Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXII Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra
Director del
Diario de los Debates
Jesús Norberto Reyes Ayala
Año I
México, DF, jueves 18 de abril de 2013
Sesión No. 26

SUMARIO


DICTAMENES NEGATIVOS DE PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

Oficio de la Mesa Directiva por el que comunica que se recibieron los siguientes dictámenes en sentido negativo a proposiciones con punto de acuerdo:

De la Comisión de Justicia, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República y a la Procuraduría General de Justicia de Chiapas a resolver con prontitud los homicidios dolosos en la entidad y la probable vinculación de éstos con el crimen organizado

De la Comisión de Justicia, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Judicial y al juez tercero en materia de Procesos Penales Federales en el estado de México, sobre la pronta liberación del general de división Tomás Angeles Dauahare

De la Comisión de Justicia, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría General de Justicia de Puebla a deslindar la responsabilidad penal del presidente municipal de Tlacotepec de Benito Juárez, respecto a las averiguaciones previas radicadas en su contra, y al órgano superior de fiscalización del estado, a auditar las Cuentas Públicas del ayuntamiento

De la Comisión de Justicia, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el cual se solicita a la Procuraduría General de Justicia de Chiapas, que esclarezca el caso de la operación en el parque eólico de Arriaga y la detención de César Octavio Blanco García, líder de los propietarios del predio El Brillante

De conformidad con el artículo 180, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, publíquense en el Diario de los Debates y archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos

RETIRO DE INICIATIVAS

Oficio del diputado Enrique Alejandro Flores Flores por el que solicita que se retiren de los registros de las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos de la Federación, reforma el artículo 217 del Código Penal Federal y deroga los artículos 66, 71 y 73 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, presentada el 27 de septiembre de 2012. Se tiene por retirada. Actualícense los registros parlamentarios

Oficio de la diputada Cristina Olvera Barrios por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Desarrollo Social, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Desarrollo Social, presentada el 4 de diciembre de 2012. Se tiene por retirada. Actualícense los registros parlamentarios

Oficio de la diputada Luis María Alcalde Luján por el que solicita que se retire de los registros de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Leu del Seguro Social, presentada el 18 de diciembre de 2012. Se tiene por retirada. Actualícense los registros parlamentarios

Oficio del diputado Erick Marte Rivera Villanueva por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos segundo, tercero, cuarto y sexto transitorios de la Ley de Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, presentada el 11 de diciembre de 2012. Se tiene por retirada. Actualícense los registros parlamentarios

ACEPTAR Y DESEMPEÑAR EL CARGO DE CONSUL HONORARIO

Oficio de la Secretaría de Gobernación, por el que solicita el permiso constitucional necesario para el ciudadano Martín Enrique Torres Lara pueda desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Estonia, en la ciudad de Tampico, con circunscripción consular en el estado de Tamaulipas. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen

DIPUTADO SUPLENTE QUE SE INCORPORA

La Presidencia designa comisión que acompañe al ciudadano Juan Isidro del Bosque Márquez, diputado federal electo en el décimo quinto distrito electoral del estado de Veracruz, en el acto de rendir su protesta de ley

CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION - LEY ORGANICA DE LA PROCURADURIA GENERALDE LA REPUBLICA - CODIGO PENAL FEDERAL

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

LEY GENERAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Deporte, con proyecto de decreto que expide la Ley General de Cultura Física y Deporte

CODIGO CIVIL FEDERAL

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto que reforma los artículos 86, 87, 133, 292, 395 y 1612; y deroga los artículos 88, 157, 295, 394, 1613 y 1620 del Código Civil Federal

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Discusión del dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo

Interviene el diputado Fernando Belaunzarán Méndez, desde su curul

Para fijar posición de sus grupos parlamentarios intervienen los diputados:

José Angelino Caamal Mena

Zuleyma Huidobro González

José Arturo López Cándido

Carlos Octavio Castellanos Mijares

Ramón Hernández Montalvo

Esther Angélica Martínez Cárdenas

La diputada María del Socorro Ceseñas Chapa presenta una modificación, se acepta

Interviene el diputado Alfredo Zamora García, desde su curul

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, pasa al Senado para sus efectos constitucionales

PROPUESTA DE MODIFICACION DEL ORDEN DEL DIA

Intervienen sobre el tema los diputados:

Víctor Serralde Martínez

José Alejandro Montano Guzmán

María Guadalupe Moctezuma Oviedo

María del Socorro Ceseñas Chapa

Juan Bueno Torio

Fernando Charleston Hernández

Gerardo Villanueva Albarrán

Roberto López González

Fernando Rodríguez Doval

Lizbeth Eugenia Rosas Montero

Humberto Alonso Morelli

Silvano Aureoles Conejo

Aída Fabiola Valencia Ramírez

Luis Alberto Villarreal García

Manlio Fabio Beltrones Rivera

Silvano Aureoles Conejo

Luis Alberto Villarreal García

Manlio Fabio Beltrones Rivera

Arturo Escobar y Vega

En votación nominal, no se aprueba la modificación al orden día

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

Discusión del dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de áreas protegidas marinas

Fundamenta el dictamen la diputada Cristina Olvera Barrios

Para fijar posición de sus grupos parlamentarios intervienen los diputados:

María Concepción Navarrete Vital

RECESO

Interviene el diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera, desde su curul

Ampliación del receso

Reanudación de la sesión

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE CONDECORACIONES

Discusión del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de condecoraciones

Fundamenta el dictamen el diputado Julio César Moreno Rivera

La diputada Loretta Ortiz Ahlf presenta un propuesta de modificación, se rechaza

El diputado Ricardo Monreal Ávila presenta un propuesta de modificación, se rechaza

En contra del dictamen el diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, pasa a las legislaturas de los estados para los efectos del artículo 135 constitucional

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE ATENCION Y PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LAS VICTIMAS

Discusión del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX-R al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de atención y protección de los derechos de las víctimas

Fundamenta el dictamen el diputado Julio César Moreno Rivera

Para fijar posición de sus grupos parlamentarios intervienen los diputados:

Magdalena del Socorro Núñez Monreal

Luisa María Alcalde Luján

Margarita Elena Tapia Fonllem

A favor del dictamen el diputado Fernando Belaunzarán Méndez

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, se devuelve al Senado para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE CANDIDATURAS INDEPENDIENTES

Discusión del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que reforma el inciso e) y adiciona un inciso o) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes

Fundamenta el dictamen el diputado Julio César Moreno Rivera

Para fijar posición de sus grupos parlamentarios intervienen los diputados:

Francisco Alfonso Durazo Montaño

Héctor Hugo Roblero Gordillo

Silvano Aureoles Conejo

El diputado Fernando Belaunzarán Méndez presenta una modificación, se acepta

A favor del dictamen el diputado Ricardo Mejía Berdeja

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, pasa al Senado para sus efectos constitucionales

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

MEDALLA AL MERITO CIVICO EDUARDO NERI Y LEGISLADORES DE 1913

El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto por el que la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados otorga la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri y Legisladores de 1913, al ciudadano Jacobo Zabludovsky Kraveski

Discusión del dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto por el que la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados otorga la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri y Legisladores de 1913, al ciudadano Jacobo Zabludovsky Kraveski

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, publíquese en el Diario Oficial de la Federación

DICTAMENES NEGATIVOS DE INICIATIVAS Y MINUTAS

Dictamen de las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez, y de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el inciso k) al artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la denominación del título quinto y los artículos 127, 168 y 169 de la Ley Federal del Trabajo

Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo

Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona los artículos tercero y cuarto transitorios al decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2006 por el que se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo

Dictamen de la Comisión de Comunicaciones, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona la fracción VII Bis al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones

Dictamen de la Comisión de Justicia, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 207 del Código Penal Federal y 194 del Código de Procedimientos Penales

Dictamen de la Comisión de Justicia, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que deroga los artículos 294 y 295 del Código Federal de Procedimientos Penales

Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona el artículo tercero transitorio al diverso que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2006

Aprobados los puntos de acuerdo. Archívense los expedientes como asuntos concluidos. Por lo que se refiere al último de los asuntos, devuélvase al Senado para los efectos de la fracción D del artículo 72 constitucional

CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL ANTONIA NAVA DE CATALAN

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se crea un grupo de trabajo responsable de la evaluación de la gestión y operación del Centro de Desarrollo Infantil Antonia Nava de Catalán

Aprobado. Comuníquese

INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

La Presidencia comunica que, en términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, se publican las votaciones de los siguientes dictámenes:

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo (en lo general y en lo particular, con la modificación propuesta por la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa y aceptada por la asamblea)

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de áreas marinas protegidas (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de condecoraciones (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX-R al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de atención y protección de los derechos de las víctimas (en lo general y en lo particular)

De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el inciso e) y adiciona un inciso o) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes (en lo general y en lo particular, con la modificación propuesta por el diputado Fernando Belaunzarán Méndez y aceptada por la asamblea)

De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto por el que la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados otorga la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri y Legisladores de 1913, correspondiente al primer año de ejercicio de la Legislatura, al ciudadano Jacobo Zabludovsky Kraveski (en lo general y en lo particular)

ANEXO

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 18 de abril de 2013, de conformidad con el artículo 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados



Presidencia del diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra

ASISTENCIA

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 254 diputadas y diputados, por lo tanto, hay quórum

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra (a las 11:10 horas): Se abre la sesión.



ORDEN DEL DIA

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.Se dispensa la lectura.

«Segundo periodo de sesiones ordinarias.— Primer año de ejercicio.— LXII Legislatura.

Orden del día

Jueves 18 de abril de 2013

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones oficiales

De la Mesa Directiva

En relación a dictámenes negativos de proposiciones con puntos de acuerdo.

De diputados

En relación a retiro de iniciativas.

De la Secretaría de Gobernación

Por el que solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Martín Enrique Torres Lara, pueda desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de la República de Estonia, en la Ciudad de Tampico, con Circunscripción Consular en el estado de Tamaulipas.

Protesta de diputado

Minuta

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y del Código Penal Federal. (Turno a Comisión)

Propuestas de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política.

Declaratoria de publicidad de los dictámenes

De la Comisión de Deporte, con proyecto de decreto que expide la Ley General de Cultura Física y Deporte.

De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto que reforma los artículos 86, 87, 133, 292, 395 y 1612, se derogan los artículos 88, 157, 295, 394, 1613 y 1620 del Código Civil Federal.

Dictámenes a discusiónDe leyes y decretos

De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX-R al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el inciso e) y adiciona un inciso o) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de áreas marinas protegidas.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 51, 62, 116 y 139 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Dictámenes a discusiónNegativos de iniciativas y minutas

De las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez, y de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el inciso k) al artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la denominación del Título Quinto y los artículos 127, 168 y 169 de la Ley Federal del Trabajo.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona los artículos Tercero y Cuarto Transitorios, al Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el diecisiete de enero de dos mil seis, por el que se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.

De la Comisión de Comunicaciones, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona una fracción VII bis al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

De la Comisión de Justicia, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 207 del Código Penal Federal, y 194 del Código de Procedimientos Penales.

De la Comisión de Justicia, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que deroga los artículos 294 y 295 del Código Federal de Procedimientos Penales.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo, por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona el artículo Tercero Transitorio al diverso que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2006.

Dictámenes a discusiónDe puntos de acuerdo

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y Ejecutivos Estatales, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, se promueva y privilegie la dignificación del Adulto Mayor.

De las Comisiones Unidas de Justicia y de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo por los que exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores; a la Procuraduría General de la República y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para que, en el ámbito de sus atribuciones, realicen las acciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos en los que falleció el connacional menor de edad José Antonio Elena Rodríguez en la línea de la frontera de Nogales, Sonora, el pasado 10 de Octubre.

De la Comisión de Competitividad, con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversos Congresos Estatales, para que aprueben el proyecto de decreto que reforma los artículos 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo federal, a través del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes y la Secretaría de Turismo, se establezca el Día Nacional de la Gastronomía Mexicana.

De la Comisión de Energía, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Energía a tomar medidas para erradicar la extracción, manejo y distribución ilícitos de gas LP en el país.

De la Comisión de Juventud, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos de las Entidades Federativas, revisen su legislación civil, a fin de aumentar la edad mínima para que ambos contrayentes puedan contraer matrimonio.

De la Comisión de Juventud, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que designe al Titular del Instituto Mexicano de la Juventud.

De las Comisiones Unidas de Asuntos Migratorios, y de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se solicita a los titulares de la Secretaría de Relaciones Exteriores, del Instituto Nacional de Migración y del Desarrollo Integral de la Familia, constituir una base de datos confiable, integral y compartida de niñas, niños y adolescentes sin compañía, que sean repatriados de los Estados Unidos de América y se promueva su protección más allá de la reunificación familiar.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que, por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, se pronuncie con el propósito de que las autoridades de los Estados Unidos de América atiendan la opinión número 19/2005 del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas, en relación con cinco ciudadanos cubanos.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que por conducto de la Procuraduría General de la República, solicite a las autoridades del Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América, una vez que se hayan concluido los procesos penales en desarrollo, la entrega al Gobierno de México, de los más de 2 millones de dólares que le fueron detectados en las Islas Bermudas a Javier Villareal ex titular del Servicio de Administración Tributaria del Estado de Coahuila.

De la Comisión del Distrito Federal, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a diversas autoridades del Gobierno del Distrito Federal, a garantizar el cumplimiento de las leyes y reglamentos que permita a los ciudadanos, el uso del espacio público con seguridad ante las diferentes modalidades de desplazamiento.

De la Comisión del Distrito Federal, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, al Secretario de Gobierno y al Jefe Delegacional en Venustiano Carranza, brindar apoyo a los locatarios afectados por el incendio de la nave mayor del mercado de La Merced.

De la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Intersecretarial para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, incorporar en su Programa Nacional a las delegaciones Cuauhtémoc, Álvaro Obregón, Benito Juárez y Venustiano Carranza, en calidad de “Demarcaciones Prioritarias”.

De la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, con puntos de acuerdo por los que se solicita al Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del Estado de Tamaulipas, una opinión en la que se evalúe el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de asentamientos humanos, ordenamiento territorial y desarrollo urbano en relación con la regularización de vivienda de las familias asentadas en el Fraccionamiento Rincón de las Flores en Reynosa, Tamaulipas.

De las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Transportes, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a la SCT, Banobras, y Capufe, para eximir del cobro en la plaza 164 por la utilización del Puente Carmen “El Zacatal”, ubicada en el Km. 165 de la carretera federal 180 Villahermosa-Ciudad del Carmen.

De la Comisión de Asuntos Migratorios, con puntos de acuerdo por los que se solicita a las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores, hagan pública la información relativa a las negociaciones con el Gobierno de los Estados Unidos de América, respecto a niños expatriados.

De la Comisión de Cambio Climático, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que en el marco de la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, integre políticas públicas sobre cambio climático.

De la Comisión de Pesca, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que expida el Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

De la Comisión de Comunicaciones, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Federal de Telecomunicaciones adoptar las medidas conducentes para asegurar que se brinde el debido seguimiento de atención de las quejas presentadas por los usuarios afectados por las fallas en el servicio de telefonía móvil prestado por la compañía “Telcel” filial de “América Móvil”, el 26 de enero de 2013.

De la Comisión de Comunicaciones, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes consolidar las áreas de servicio local correspondientes al Estado de Baja California.

De la Comisión de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los ejecutivos estatales para que de manera responsable, fortalezcan y vigilen la aplicación del Código Esperanza o su equivalente en sus respectivos estados.

De la Comisión de Derechos de la Niñez, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a diversas autoridades, a fin de aplicar programas de educación sexual a menores de edad en las escuelas del país.

De la Comisión de Asuntos Frontera Norte, con punto de acuerdo por el que se solicita al Gobierno de los Estados Unidos de América, destinar un número mayor de elementos en las garitas para agilizar los cruces fronterizos del norte del país.

Iniciativas

Que reforma el artículo 153-B de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Esther Angélica Martínez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, del diputado José Everardo Nava Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ramón Antonio Sampayo Ortíz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 144 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Miguel Ángel Aguayo López, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 226 Bis de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Margarita Saldaña Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 6o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Francisco Alberto Zepeda González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 3o. y 27 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María Guadalupe Sánchez Santiago, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 25 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a cargo de la diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Isidro Moreno Árcega, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 58, 63, 64 y 74 de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado Raymundo King De la Rosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 231 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Villarreal García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 3o. de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, a cargo de la diputada Aída Fabiola Valencia Ramírez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 11, 25 y 149 de la Ley Federal de Justicia para Adolescentes, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 222 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Pedro Ignacio Domínguez Zepeda y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 184 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Carlos Alberto García González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 8o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo del diputado Fernando Charleston Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 78 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Marino Miranda Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 3o. y 8o. de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores, a cargo de la diputada Elizabeth Vargas Martín del Campo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 19 y adiciona los artículos 19 Bis y 19 Ter a la Ley de Migración, a cargo de la diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada y de la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal, a cargo del diputado Felipe Arturo Camarena García, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 221-B a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal y del Código Federal de Procedimientos Civiles, a cargo del diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 44 y 45 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Genaro Carreño Muro, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 3o., 7o. y 14 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo de la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Anaya Cortés, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Anaya Cortés, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Anaya Cortés, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 11 de la Ley de Migración, a cargo del diputado Mauricio Sahui Rivero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 73 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Martín López Cisneros, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 6o., 25, 35 y 36 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Mario Alejandro Cuevas Mena, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 51 Bis 4 a la Ley General de Salud, a cargo del diputado Oscar Eduardo Ramírez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 199 Quintus del Código Penal Federal y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrito por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 37 y 43 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, a cargo del diputado Ricardo Cantú Garza, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo del diputado José Angelino Caamal Mena, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 65, 66, 67 y 69 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Ma. Leticia Mendoza Curiel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada Flor de María Pedraza Aguilera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Felipe Arturo Camarena García, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 9 Bis a la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General de Economía Social y Solidaria, a cargo del diputado José Arturo López Candido, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Puertos, a cargo del diputado Raúl Santos Galván Villanueva, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley General de Protección Civil y de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Humberto Armando Prieto Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 149 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Gerardo Villanueva Albarrán, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 153-T de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado José Arturo López Candido, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Faustino Félix Chávez y suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 233 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Humberto Armando Prieto Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 267 de la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado José Luis Flores Méndez, y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, de la Ley de la Policía Federal y de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a cargo de la diputada Consuelo Argüelles Loya, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y suscrita por el diputado José Alejandro Montano Guzmán, del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Roxana Luna Porquillo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que abroga la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 182-I del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Cristina Olvera Barrios, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Aurora Denisse Ugalde Alegría, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 3o. y 9o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado José Martín López Cisneros, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 129, 130, 199 y 202 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Jorge Salgado Parra, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 336 y 336 Bis del Código Penal Federal, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Fernando Bribiesca Sahagún, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 48 y 57 de la Ley General de Educación y 14 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, a cargo de la diputada Josefina García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 94 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado David Cuauhtémoc Galindo Delgado, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley del Defensor de los Derechos del Menor, a cargo del diputado Javier Salinas Narváez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General de Víctimas y abroga la vigente, a cargo del diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 219 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada Celia Isabel Gauna Ruiz de León, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Carmen Lucia Pérez Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Silvano Blanco Deaquino, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General del Seguro Universal de Salud, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 33 y 50 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Ma. Guadalupe Mondragón González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley Federal de Alimentación, a cargo del diputado Gerardo Villanueva Albarrán, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Carlos Fernando Angulo Parra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 35, 49, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ma. Guadalupe Mondragón González, y suscrita por el diputado Damián Zepeda Vidales, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Defensoría Pública, de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y del Código Federal de Procedimientos Civiles, a cargo de la diputada Josefina García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 5° de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a cargo de la diputada Sonia Rincón Chanona, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, a cargo del diputado Mauricio Sahui Rivero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el Artículo Segundo Transitorio de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Mario Alberto Dávila Delgado, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, a cargo de la diputada Alliet Mariana Bautista Bravo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por los diputados Ricardo Monreal Ávila y José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 167 y 179 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada María Sanjuana Cerda Franco, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, a cargo de la diputada Irma Elizondo Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 77 Bis 31 y 77 Bis 32 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Mario Alberto Dávila Delgado, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Juan Luis Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 225 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Jesús Antonio Valdés Palazuelos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley de Coordinación y Control de las Instituciones de Asistencia Social y Responsables de la Tutela de Niñas, Niños y Adolescentes, y reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Fernando Alejandro Larrazabal Bretón y suscrita por la diputada Carmen Lucía Pérez Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 22 y adiciona un artículo 22 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Ricardo Medina Fierro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Proposiciones calificadas por el pleno de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua, para que agilice los planes y programas contemplados en el Programa Nacional Contra la Sequía, a cargo del diputado William Renan Sosa Altamira, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de las autoridades correspondientes, revierta la reserva de la información relacionada con la explosión registrada en el edificio administrativo de Pemex, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo relativo a la solución del conflicto de la Compañía Mexicana de Aviación, a cargo de la diputada Claudia Elena Águila Torres, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Proposiciones

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Inegi, a revisar las variables consideradas para indicar rezago social, toda vez que su aplicación ha perjudicado económicamente a las localidades del municipio de Almoloya de Juárez, Estado de México, a cargo de la diputada Blanca Estela Gómez Carmona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fepade, así como a las instancias correspondientes en las entidades federativas con procesos electorales, para que divulguen la información relativa a delitos electorales e implementar acciones que eviten la manipulación, compra o coacción del voto, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrito por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, realice los estudios pertinentes para que a partir del 2014, se permita reclasificar del área geográfica “B” a la “A”, a los municipios del estado de San Luís Potosí, a cargo del diputado José Everardo Nava Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo del estado de Jalisco, para que se congele la tarifa del transporte público hasta que no se materialicen las reformas para la mejora del mismo, a cargo de la diputada Merilyn Gómez Pozos, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, para que a través de las secretarías de educación de los estados, promueva la implementación de medidas disciplinarias que propicien el aprendizaje bajo la sana convivencia, la dignidad y el respeto de las y los alumnos y el personal docente y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones, a cargo del diputado Luis Armando Córdova Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua y a la ASF, para que vigilen la implementación de los recursos asignados por parte de la Federación, asimismo, para que se realice una auditoría a la administración del Delegado de la Conagua, en el estado de Tabasco, debido a constantes irregularidades, a cargo de la diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a expedir y promulgar en el DOF, el Reglamento de la Ley General de Protección Civil, a cargo de la diputada Adriana Hernández Iñiguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Efeméride

Con motivo del aniversario luctuoso del maestro Octavio Paz, a cargo de la diputada María Sanjuana Cerda Franco, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.»



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: En virtud de que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria, proceda la Secretaria a someter a la consideración del pleno el acta de la sesión anterior.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Está a discusión el acta. No habiendo quién haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, presidente.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el miércoles diecisiete de abril de dos mil trece, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio de la Sexagésima Segunda Legislatura.

Presidencia del diputadoJosé González Morfín

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de trescientos diez diputadas y diputados, a las once horas con veinticuatro minutos del miércoles diecisiete de abril de dos mil trece, el Presidente declara abierta la sesión.

En votación económica se dispensa la lectura al Orden del Día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria; acto seguido se someten a discusión el Acta de la Sesión Solemne, así como la Acta de la Sesión anterior y, no habiendo oradores registrados, en sendas votaciones económicas se aprueban.

Desde su curul el diputado Alberto Curi Naime, del Partido Revolucionario Institucional, solicita a la Presidencia guardar un minuto de silencio para rendir un sentido homenaje a la memoria de don Pedro Ramírez Vázquez, quien fue un arquitecto, diseñador gráfico, servidor público y excepcional humanista, que contribuyó con su talento a conformar el perfil del México moderno y es considerado el padre de la arquitectura moderna de México. La Mesa Directiva a través de su Presidencia hace suyo el pronunciamiento y obsequia dicha solicitud.

Desde sus respectivas curules realizan comentarios relativos a diversos temas legislativos los diputados Francisco Alfonso Durazo Montaño, y Luisa María Alcalde Luján, ambos de Movimiento Ciudadano; y Carmen Lucia Pérez Camarena, del Partido de Acción Nacional. El Presidente realiza comentarios.

Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:

a) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la que remite la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas, correspondientes al mes de marzo de dos mil trece, desagregada por tipo de fondo, efectuando la comparación correspondiente al mes de marzo de dos mil doce. Se remite a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

b) Del Canal Once TV México, del Instituto Politécnico Nacional, con la que remite la información del Reporte de Contrataciones por Honorarios celebrados en la Administración Pública Federal, correspondiente al Primer Trimestre del Ejercicio Fiscal dos mil trece. Se remite a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

c) De la Secretaría de Gobernación:

• Con la que remite solicitud de permiso constitucional, para que las ciudadanas: Cintia Olivia Enciso Arauzo y Iris Eunice Martínez Robles, puedan prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América, en México y en su Consulado General en Ciudad Juárez, Chihuahua. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.

• Dos, con las que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados. Se remite a las Comisiones correspondientes, para su conocimiento.

Se somete a discusión el dictamen con proyecto de decreto de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Justicia, que expide la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley General de Vida Silvestre, de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, de la Ley de Aguas Nacionales, del Código Penal Federal, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, y de la Ley General de Bienes Nacionales. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la diputada Lourdes Adriana López Moreno, del Partido Verde Ecologista de México. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: Cristina Olvera Barrios, de Nueva Alianza; Zuleyma Huidobro González, de Movimiento Ciudadano; Lilia Aguilar Gil, del Partido del Trabajo; Arturo Escobar y Vega, del Partido Verde Ecologista de México; Rodrigo González Barrios, del Partido de la Revolución Democrática; Andrés de la Rosa Anaya, del Partido de Acción Nacional;

A las doce horas con veintiún minutos, por instrucciones de la Presidencia, se cierra el sistema electrónico de asistencia con un registro de cuatrocientos treinta y seis diputadas y diputados.

Y Erika Yolanda Funes Velázquez, del Partido Revolucionario Institucional. El Presidente informa a la Asamblea que se han reservado para su discusión en lo particular los artículos: primero, diecinueve fracción segunda, veintinueve, párrafo primero, y cincuenta y cuatro, tercer párrafo, de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental; cuatrocientos veintiuno, quinto párrafo del Código Penal Federal; y catorce Bis cuatro, fracciones tercera y cuarta, y noventa y seis Bis, y Bis uno, de la Ley de Aguas Nacionales. En votación nominal por unanimidad de cuatrocientos diecisiete votos, se aprueba en lo general y en lo particular los artículos no reservados del proyecto de decreto.

Para la discusión en lo particular de los artículos reservados se concede el uso de la palabra a los diputados:

• Alfa Eliana González Magallanes, del Partido de la Revolución Democrática, para presentar propuesta de modificación al artículo primero de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, reservado del proyecto de decreto. En votación económica se admite a discusión, de la misma manera se acepta la propuesta, y se reserva para su votación nominal en conjunto.

• Marcos Rosendo Medina Filigrana, del Partido de la Revolución Democrática, para presentar propuesta de modificación al artículo cincuenta y cuatro, suprimir el párrafo tercero de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, reservado del proyecto de decreto. En votación económica no se admite a discusión, y se reserva para su votación nominal en conjunto en los términos del dictamen.

• Marcelo de Jesús Torres Cofiño, del Partido de Acción Nacional, para presentar propuesta de modificación al artículo veintinueve, párrafo primero, de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, reservado del proyecto de decreto. En votación nominal por ciento ochenta y un votos a favor; doscientos nueve en contra; y una abstención, no se admite a discusión, y se reserva para su votación nominal en conjunto en los términos del dictamen.

• Marcos Rosendo Medina Feligrana, del Partido de la Revolución Democrática, para presentar propuesta de modificación al artículo cuatrocientos veintiuno, suprimir el párrafo quinto, del Código Penal Federal, reservado del proyecto de decreto. En votación económica no se admite a discusión, y se reserva para su votación nominal en conjunto en los términos del dictamen.

• Eufrosina Cruz Mendoza, del Partido de Acción Nacional, para presentar propuesta de modificación al artículo noventa y seis Bis, de la Ley de Aguas Nacionales, reservado del proyecto de decreto. En votación económica se admite a discusión, de la misma manera se acepta, y se reserva para su votación nominal en conjunto.

• Ramón Antonio Sampayo Ortíz, del Partido de Acción Nacional, para presentar propuesta de modificación al artículo catorce Bis cuatro, fracciones tercera y cuarta, de la Ley de Aguas Nacionales, reservado del proyecto de decreto. En votación económica se admite a discusión, de la misma manera se acepta, y se reserva para su votación nominal en conjunto.

• Esther Quintana Salinas, del Partido de Acción Nacional, para presentar propuesta de modificación al artículo noventa y seis Bis uno, de la Ley de Aguas Nacionales, reservado del proyecto de decreto. En votación económica se admite a discusión, de la misma manera se acepta, y se reserva para su votación nominal en conjunto.

• Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, del Partido Revolucionario Institucional, para presentar propuesta de modificación al artículo diecinueve, fracción segunda, de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, reservado del proyecto de decreto. En votación económica se admite a discusión, de la misma manera se acepta, y se reserva para su votación nominal en conjunto.

Sin más oradores registrados, en votación nominal por trescientos cincuenta y cuatro votos a favor; setenta y uno en contra; y dos abstenciones, se aprueban en lo particular los artículos reservados: cuatrocientos veintiuno, del Código Penal Federal, en los términos del dictamen; catorce Bis cuatro, fracciones tercera y cuarta; noventa y seis Bis, y noventa y seis Bis uno, de la Ley de Aguas Nacionales, con las modificaciones aceptadas por la Asamblea. En votación nominal por cuatrocientos veinticinco votos a favor; uno en contra; y dos abstenciones, se aprueban en lo particular los artículos reservados: primero, y diecinueve fracción segunda, con las modificaciones aceptadas por la Asamblea; y el veintinueve, párrafo primero, de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, en los términos del dictamen. En votación nominal por trescientos veintiséis votos a favor; y noventa y tres en contra, se aprueba en lo particular el artículo reservado cincuenta y cuatro de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, en los términos del dictamen.

Se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley General de Vida Silvestre, de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, de la Ley de Aguas Nacionales, del Código Penal Federal, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y de la Ley General de Bienes Nacionales. Se devuelve al Senado, para los efectos de la fracción E del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Presidencia de la diputadaPatricia Elena Retamoza Vega

Se concede el uso de la palabra para presentar proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución a los diputados:

• Fernando Rodríguez Doval, del Partido Acción Nacional, por el que esta Soberanía respalda la Reforma Educativa publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintiséis de febrero de dos mil trece y exhorta a los congresos de los estados de Guerrero y Oaxaca para que no promuevan legislaciones locales que eliminen sus efectos y que puedan contravenir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En votación económica no se considera de urgente resolución, y se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

• María de Jesús Huerta Rea, a nombre propio y de diversos diputados integrantes del Partido Revolucionario Institucional, por el que se solicita al Ejecutivo Federal decrete a Anáhuac, Nuevo León, como municipio fronterizo. En votación económica se considera de urgente resolución. Intervienen para referirse al tema los diputados: María Sanjuana Franco Cerda, de Nueva Alianza; Ricardo Cantú Garza, del Partido del Trabajo; Martha Beatriz Córdova Bernal, de Movimiento Ciudadano; David Pérez Tejada Padilla, del Partido Verde Ecologista de México; Marcelo Garza Ruvalcaba, del Partido de la Revolución Democrática; Alberto Coronado Quintanilla, del Partido de Acción Nacional; y Benito Caballero Garza, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados, en votación económica se aprueba el punto de acuerdo. Comuníquese.

• Ricardo Monreal Ávila en relación con los procesos electorales que se llevarán a cabo durante el dos mil trece, y suscrita por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, ambos del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. Desde su curul la diputada María Beatriz Zavala Peniche, del Partido de Acción Nacional, hace una propuesta de modificación al punto de acuerdo, la cual es avalada por el proponente. En votación económica se considera de urgente resolución. Intervienen para referirse al tema los diputados: Luis Antonio González Roldán, de Nueva Alianza; Loretta Ortíz Ahlf, del Partido del Trabajo; Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano; Oscar Eduardo Ramírez Aguilar, del Partido Verde Ecologista de México; Lizbeth Eugenia Rosas Montero, del Partido de la Revolución Democrática; Rocío Esmeralda Reza Gallegos, del Partido de Acción Nacional; y Rafael González Reséndiz, del Partido Revolucionario Institucional, quien presenta una propuesta de modificación, misma que es avalada por el proponente. Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría da lectura a la propuesta de adición al punto de acuerdo de la diputada María Beatriz Zavala Peniche, del Partido de Acción Nacional, en votación económica se acepta; del misma manera se da lectura y se acepta la propuesta de modificación presentada por el diputado Rafael González Reséndiz, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados, en votación económica se aprueba el punto de acuerdo. Comuníquese.

En su oportunidad y desde sus respectivas curules realizan moción de procedimiento los diputados Francisco Alfonso Durazo Montaño, de Movimiento Ciudadano; Víctor Serralde Martínez, Juan Bueno Torio, Leonor Romero Sevilla, y Omar Antonio Borboa Becerra, del Partido de Acción Nacional. La Presidencia hace aclaraciones.

Se continúa con la discusión del los siguientes dictámenes con proyecto de decreto de las Comisiones:

a) De Pesca, que adiciona una fracción trigésima séptima Bis al artículo octavo, y una fracción décima quinta al artículo veinte, de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión al diputado Alfonso Inzunza Montoya. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: Cristina Olvera Barrios, de Nueva Alianza; José Humberto Vega Vázquez, del Partido del Trabajo; José Luis Valle Magaña, de Movimiento Ciudadano; Nabor Ochoa López, del Partido Verde Ecologista de México; Angélica Rocío Melchor Vásquez, del Partido de la Revolución Democrática; Martín Alonso Heredia Lizárraga, del Partido de Acción Nacional; y María del Carmen Ordaz Martínez, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados en votación nominal por trescientos sesenta y cinco votos a favor; y veinte abstenciones, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que adiciona una fracción trigésima séptima Bis al artículo octavo, y una fracción décima quinta al artículo veinte, de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.

Desde su curul realiza comentarios sobre diversos temas legislativos el diputado Javier Orihuela García, del Partido de la Revolución Democrática. La Presidencia hace aclaraciones.

Se da cuenta con acuerdos de la Junta de Coordinación Política:

• Por el que se crea la Comisión Especial de la Cuenca de Bajo Pánuco. En votación económica se aprueba el acuerdo. Comuníquese.

• Por el que se crea la Comisión Especial de Promoción del Desarrollo Regional. En votación económica se aprueba el acuerdo. Comuníquese.

La Presidencia informa a la Asamblea que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria los dictámenes con proyecto de decreto de la Comisión de Puntos Constitucionales:

• Que reforma el artículo treinta y siete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

• Que adiciona fracción vigésima novena-R al artículo setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

• Que adiciona un inciso O) a la fracción cuarta del artículo ciento dieciséis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De conformidad con lo que establece el artículo ochenta y siete del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.

De conformidad con los artículos cien y ciento dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, las siguientes iniciativas y proposiciones registradas en el Orden del Día de esta sesión serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria:

a) Iniciativas con proyecto de decreto:

• Abel Octavio Salgado Peña, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo ciento dieciséis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Marina Garay Cabada, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• Jesús Antonio Valdés Palazuelos, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Rocío Adriana Abreu Artiñano, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Trinidad Morales Vargas, del Partido de la Revolución Democrática, que expide la Ley Minera y de los Derechos Sociales, y que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos y de la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a las Comisiones Unidas de Economía, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, y a la Comisión Especial de Minería, para opinión.

b) Proposiciones con punto de acuerdo:

• Jesús Antonio Valdés Palazuelos, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a implementar un programa para colocar un escalón extra en el ascenso y descenso del transporte público. Se turna a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen.

• Minerva Castillo Rodríguez y diversos diputados integrantes del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Comisión Nacional Forestal, realicen las acciones pertinentes para controlar y combatir los predios afectados por los descortezadores “Dendroctonus mexicanus”, así como “Ips Lecontei”, que afectan diversas especies de pino en la superficie forestal del estado de Chihuahua. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• María Esther Garza Moreno, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la titular de la Secretaría de Salud, para que establezca un programa emergente de atención dirigido a la población del municipio de Dolores Hidalgo, Guanajuato, a fin de ampliar y fortalecer la asistencia médica de las personas con insuficiencia renal crónica. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• Rodimiro Barrera Estrada, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública, para que implemente las medidas administrativas y operativas necesarias a fin de prevenir, controlar y erradicar el bullying. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

La Presidencia cita para la próxima Sesión Ordinaria que tendrá lugar el jueves dieciocho de abril de dos mil trece, a las once horas y levanta la sesión a las quince horas con cuarenta y nueve minutos.»

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Aprobada el acta. Continúe la Secretaría.



DICTAMENES NEGATIVOS DE PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— Mesa Directiva.

Honorable Asamblea

Esta Presidencia comunica que se recibieron dictámenes de proposiciones con punto de acuerdo sentido negativo, para su archivo, de conformidad con el artículo 180, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, que fueron publicados en la Gaceta Parlamentaria, de la siguiente comisión:

Justicia

• Dictamen por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República y a la Procuraduría General de Justicia de Chiapas a resolver con prontitud los homicidios dolosos en la entidad y la probable vinculación de éstos con el crimen organizado.

• Dictamen por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Judicial y al juez tercero en materia de Procesos Penales Federales en el estado de México, sobre la pronta liberación del general de división Tomás Ángeles Dauahare.

• Dictamen por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría General de Justicia de Puebla a deslindar la responsabilidad penal del presidente municipal de Tlacotepec de Benito Juárez, respecto a las averiguaciones previas radicadas en su contra, y al órgano superior de fiscalización del estado, a auditar las Cuentas Públicas del ayuntamiento.

• Dictamen por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el cual se solicita a la Procuraduría General de Justicia de Chiapas, que esclarezca el caso de la operación en el parque eólico de Arriaga y la detención de César Octavio Blanco García, líder de los propietarios del predio El Brillante.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de abril de 2013.— Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra (rúbrica), Presidente.»

«Dictamen de la Comisión de Justicia, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República y a la Procuraduría General de Justicia de Chiapas a resolver con prontitud los homicidios dolosos en la entidad y la probable vinculación de éstos con el crimen organizado

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para análisis y elaboración del dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la PGR y a la PGJ de Chiapas a resolver con prontitud los homicidios dolosos en la entidad y la probable vinculación de éstos con el crimen organizado, presentada por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 86, 89, 94 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, 81, 82, 84, 85, 182 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, habiendo analizado el contenido de la proposición con punto de acuerdo, somete a consideración de los integrantes de esta asamblea el presente dictamen, al tenor de la siguiente

Metodología

I. En el capítulo “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislat1ivo, del recibo de turno para el dictamen de la referida proposición y del trabajo previo para resolución de la comisión dictaminadora.

II. En el capítulo “Contenido de la proposición con punto de acuerdo” se sintetiza el alcance de la propuesta en estudio.

III. En el capítulo “Consideraciones” se expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de la comisión dictaminadora.

I. Antecedentes

1. En la sesión de fecha 5 de marzo de 2013, los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentaron la proposición con punto de acuerdo por el por el que se exhorta a la PGR y a la PGJ de Chiapas a resolver con prontitud los homicidios dolosos en la entidad y la probable vinculación de éstos con el crimen organizado, como a continuación se describe:

Único. La Cámara de Diputados exhorta a las Procuradurías General de la República y de Justicia del Estado de Chiapas a resolver con prontitud los casos de homicidios dolosos en la entidad, y la probable vinculación de éstos con el crimen organizado.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión dispuso que dicha proposición fuera turnada para estudio y dictamen correspondiente a la Comisión de Justicia.

3. En la sesión plenaria de la Comisión de Justicia celebrada el 10 de abril de 2013 se aprobó en sentido negativo por mayoría de los presentes el proyecto de dictamen de la proposición en referencia.

II. Contenido de la proposición

La proposición tiene por objeto exhortar a la PGR y a la PGJ de Chiapas a resolver con prontitud los homicidios dolosos en la entidad y la probable vinculación de éstos con el crimen organizado.

III. Consideraciones

Primera. De acuerdo con lo narrado por los proponentes, el secretario de Gobierno en Chiapas, Noé Castañón León, señaló que los hechos dan origen a la proposición con punto de acuerdo ya son investigados de manera conjunta entre la Procuraduría General de la República y la Procuraduría de Justicia del estado, y su posible relación con el crimen organizado; incluso se realizó una reunión con representantes en México del FBI, autoridades de Centroamérica y el gobierno de Chiapas, donde acordaron estrategias para reforzar la seguridad en la frontera sur del país.

Segunda. El artículo 20 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Chiapas, en el título segundo, “Jurisdicción y competencia”, capítulo I, “Jurisdicción”, se pronuncia con relación a la potestad pública, con exclusividad, para conocer de los procesos penales locales y a la letra dice:

Artículo 20. Jurisdicción penal ordinaria.

Corresponde a la jurisdicción penal el conocimiento de todos los delitos previstos en el Código Penal del Estado de Chiapas y en leyes especiales que fijan competencia a las autoridades estatales que hayan sido cometidos en el territorio del estado.

Los jueces y tribunales del estado de Chiapas tienen la potestad pública, con exclusividad, para conocer los procesos penales locales, decidirlos, imponer las sanciones penales, modificarlas, determinar su duración y ejecutar sus resoluciones. Se exceptúan los delitos cometidos por miembros del servicio militar en servicio activo y en relación con el mismo servicio.

Por tanto, la Cámara de Diputados no tiene la facultad de apresurar o determinar la duración de un proceso ni mucho menos obligar a la resolución de éstos.

Tercera. Respecto a intervención en el caso que nos ocupa y las atribuciones de este órgano legislativo, sirve de apoyo lo establecido en los párrafos tercero a quinto del artículo 93 de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos:

Articulo 93. Los secretarios del despacho, luego que este abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos.

Cualquiera de las Cámaras podrá convocar a los secretarios de Estado, al procurador general de la República, a los directores y administradores de las entidades paraestatales, así como a los titulares de los órganos autónomos, para que informen bajo protesta de decir verdad, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas.

Las Cámaras, a pedido de una cuarta parte de sus miembros, tratándose de los diputados, y de la mitad, si se trata de los senadores, tienen la facultad de integrar comisiones para investigar el funcionamiento de dichos organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria. Los resultados de las investigaciones se harán del conocimiento del Ejecutivo federal.

Las Cámaras podrán requerir información o documentación a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal, mediante pregunta por escrito, la cual deberá ser respondida en un término no mayor de 15 días naturales a partir de su recepción.

El ejercicio de estas atribuciones se realizará de conformidad con la Ley del Congreso y sus reglamentos.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Justicia someten a consideración de esta asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la PGR y a la PGJ de Chiapas a resolver con prontitud los homicidios dolosos en la entidad y la probable vinculación de éstos con el crimen organizado, presentada por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, el 5 de marzo de 2013.

(Se exhorta a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas a resolver el asunto que nos ocupa con estricto arreglo a derecho e informar a esta comisión del estado procesal del mismo en los términos del párrafo cuarto del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.)

Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2013.

La Comisión de Justicia, diputados:Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), presidente; María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Karina Labastida Sotelo (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica), Alejandro Carbajal González (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes (rúbrica), Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), Zuleyma Huidobro González (rúbrica), secretarios; Lilia Aguilar Gil (rúbrica), José Alberto Rodríguez Calderón (rúbrica), Eloy Cantú Segovia (rúbrica), Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica), Andrés de la Rosa Anaya, Tomás Torres Mercado (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Areli Madrid Tovilla, Julio César Moreno Rivera, José Antonio Rojo García de Alba, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño, Fernando Zárate Salgado (rúbrica), Darío Zacarías Capuchino (rúbrica), Damián Zepeda Vidales.»

«Dictamen de la Comisión de Justicia, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Judicial y al juez tercero en materia de Procesos Penales Federales en el estado de México, sobre la pronta liberación del general de división Tomás Ángeles Dauahare

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión fue turnada para su análisis y elaboración del dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Judicial y al juez tercero en materia de procesos penales federales en el estado de México sobre la pronta liberación del general de división Tomás Ángeles Dauahare, presentada por el diputado Javier Orihuela García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Esta comisión dictaminadora con fundamento en lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 86, 89, 94 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 80, 81, 82, 84, 85,182 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, habiendo analizado el contenido de la proposición con punto de acuerdo, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de la siguiente

Metodología

I. En el capítulo Antecedentes se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida proposición y del trabajo previo para su resolución de la comisión dictaminadora.

II. En el capítulo Contenido de la proposición con punto de acuerdo se sintetiza el alcance de la propuesta en estudio.

III. En el capítulo Consideraciones se expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de esta comisión dictaminadora.

I. Antecedentes

1. En la sesión de fecha diecinueve de febrero de dos mil trece, el diputado Javier Orihuela García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Judicial y al juez tercero en materia de procesos penales federales en el estado de México sobre la pronta liberación del general de división Tomás Ángeles Dauahare, como a continuación se describe:

Único. Se exhorta al Poder Judicial y al juzgador licenciado Raúl Valerio Ramírez, juez tercero de distrito en materia de procesos penales federales en el estado de México, con relación al caso del general de división Tomás Ángeles Dauahare y su pronta liberación.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, dispuso que dicha proposición fuera turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Comisión de Justicia.

3. En la sesión plenaria de la Comisión de Justicia, celebrada el día diez de abril del dos mil trece, se aprobó en sentido negativo por mayoría de los presentes el proyecto de dictamen de la proposición en referencia.

II. Contenido de la proposición

La proposición tiene por objeto exhortar al Poder Judicial y al juez tercero en materia de procesos penales federales en el estado de México sobre la pronta liberación del General de División Tomás Ángeles Dauahare.

III. Consideraciones

Primera. La Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en el capítulo I, Disposiciones Preliminares, artículo 1, párrafo segundo, establece que “la Procuraduría General de la República, ubicada en el ámbito del Poder Ejecutivo federal, ejercerá sus atribuciones respondiendo a la satisfacción del interés social y del bien común. La actuación de sus servidores se regirá por los principios de certeza, legalidad, objetividad, imparcialidad, eficiencia, profesionalismo, honradez, lealtad, disciplina y respeto a los derechos humanos”.

De lo anterior se desprende que la Procuraduría General de la República se ubica en el ámbito de un poder distinto al de esta comisión dictaminadora.

Segunda. En el ordenamiento y capítulo citados en la consideración que antecede, expresamente se indica quien es el titular de la dependencia competente para conocer del proceso penal que da origen a la proposición con punto de acuerdo a dictaminar y los medios por los cuales ejerce sus atribuciones, en los numerales 2 y 3 que a la letra dicen:

Artículo 2. Al frente de la Procuraduría General de la República estará el procurador general de la República, quien presidirá al Ministerio Público de la Federación.

Artículo 3. El procurador general de la República intervendrá por sí o por conducto de agentes del Ministerio Público de la Federación en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la presente ley y las demás disposiciones aplicables.

Tercera. Respecto a la intervención en el caso que nos ocupa y las atribuciones de este órgano legislativo, sirve de apoyo lo establecido en los párrafos tercero, cuarto y quinto del Artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que expone:

Artículo 93. Los secretarios del Despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos. Cualquiera de las Cámaras podrá convocar a los secretarios de Estado, al procurador general de la República, a los directores y administradores de las entidades paraestatales, así como a los titulares de los órganos autónomos, para que informen bajo protesta de decir verdad, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas.

Las Cámaras, a pedido de una cuarta parte de sus miembros, tratándose de los diputados, y de la mitad, si se trata de los senadores, tienen la facultad de integrar comisiones para investigar el funcionamiento de dichos organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria. Los resultados de las investigaciones se harán del conocimiento del Ejecutivo federal.

Las Cámaras podrán requerir información o documentación a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal, mediante pregunta por escrito, la cual deberá ser respondida en un término no mayor a 15 días naturales a partir de su recepción.

El ejercicio de estas atribuciones se realizará de conformidad con la Ley del Congreso y sus reglamentos.

Por lo antes expuesto, esta comisión considera que la Cámara de Diputados, como parte del Poder Legislativo, no cuenta con facultad alguna para pronunciarse sobre la pronta liberación del general de división Tomás Ángeles Dauahare.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Justicia someten a consideración de esta honorable asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Judicial y al juez tercero en materia de procesos penales federales en el estado de México sobre la pronta liberación del general de división. Tomás Ángeles Dauahare, presentada por el diputado Javier Orihuela García, el diecinueve de febrero de dos mil trece.

Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2013.

La Comisión de Justicia, diputados:Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), presidente; María del Roció Corona Nakamura (rúbrica), Karina Labastida Sotelo (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica), Alejandro Carbajal González (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes (rúbrica), Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), Zuleyma Huidobro González (rúbrica), Lilia Aguilar Gil (rúbrica), Eloy Cantú Segovia (rúbrica), Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica), Andrés de la Rosa Anaya, Tomás Torres Mercado (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Areli Madrid Tovilla, Julio César Moreno Rivera, José Antonio Rojo García de Alba, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño, Fernando Zárate Salgado (rúbrica), Darío Zacarías Capuchino (rúbrica), Damián Zepeda Vidales.»

«Dictamen de la Comisión de Justicia, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría General de Justicia de Puebla a deslindar la responsabilidad penal del presidente municipal de Tlacotepec de Benito Juárez, respecto a las averiguaciones previas radicadas en su contra, y al órgano superior de fiscalización del estado, a auditar las Cuentas Públicas del ayuntamiento

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia de la’ LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su análisis y elaboración del Dictamen la Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la PGJ de Puebla a deslindar la responsabilidad penal del presidente municipal de Tlacotepec de Benito Juárez respecto a las averiguaciones previas radicadas en su contra, y al Órgano Superior de Fiscalización del Estado, a auditar las cuentas públicas del ayuntamiento, presentada por la diputada María del Carmen Martínez Santillán, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Esta Comisión dictaminadora con fundamento en lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 86, 89, 94 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 80, 81, 82, 84, 85,182 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, habiendo analizado el contenido de la Proposición con Punto de Acuerdo, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de la siguiente:

Metodología

I. En el capítulo de “ Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida proposición y del trabajo previo para su resolución de la comisión dictaminadora.

II. En el capítulo referido al “ Contenido de la proposición con punto de acuerdo”, se sintetiza el alcance de la propuesta en estudio.

III. En el capítulo de “ Consideraciones”, se expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de esta comisión dictaminadora.

I. Antecedentes

1. En la sesión de fecha siete de febrero de dos mil trece, la diputada María del Carmen Martínez Santillán, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo presentó la Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a la PGJ de Puebla a deslindar la responsabilidad penal del presidente municipal de Tlacotepec de Benito Juárez respecto a las averiguaciones previas radicadas en su contra, y al Órgano Superior de Fiscalización del Estado, a auditar las cuentas públicas del ayuntamiento, como a continuación se describe:

“Artículo Único. Se exhorta, respetuosamente a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, a que deslinde responsabilidad penal del presidente municipal de Tlacotepec de Benito Juárez, Puebla, respecto de las averiguaciones previas 834/2012/tecam/dg.sp., 834/2012/tecam/DG.S. Radicadas en contra del presidente municipal Enrique Ramos Bernardino. De igual forma se exhorta al Órgano Superior de Fiscalización del estado de Puebla a que realice auditoría a las cuentas públicas de dicho municipio.”

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, dispuso que dicha proposición fuera turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Comisión de Justicia.

3. En la sesión plenaria de la Comisión de Justicia, celebrada el día diez de abril de dos mil trece se aprobó en sentido negativo por mayoría de los presentes el proyecto de dictamen de la proposición en referencia.

II. Contenido de la proposición

La proposición tiene por objeto exhortar a la PGJ de Puebla a deslindar la responsabilidad penal del presidente municipal de Tlacotepec de Benito Juárez respecto a las averiguaciones previas radicadas en su contra, y al Órgano Superior de Fiscalización del Estado, a auditar las cuentas públicas del ayuntamiento.

III. Consideraciones

Primera. La Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla en su Artículo 3 fracciones I, II, III; XVI y XX señala que son atribuciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado, que ejercerá su Titular, coordinar y supervisar la actuación de los agentes del Ministerio Público en la investigación y persecución de los hechos posiblemente delictivos; vigilar que se observen los principios de constitucionalidad y legalidad en el ámbito de su competencia, sin perjuicio de las atribuciones que legalmente correspondan a las autoridades judiciales o administrativas; promover la expedita y eficiente procuración de justicia y la intervención que sobre esta materia prevenga la legislación vigente; proteger, a través de la Institución del Ministerio Público, los intereses individuales y sociales en general y las que le señalen los demás ordenamientos legales aplicables.

Segunda. En el Capítulo III “Del Ministerio Público” de la Ley citada en el considerando que antecede encontramos los siguientes numerales que la letra dicen:

“Artículo 15. El Ministerio Público es la Institución encargada de velar por la exacta observancia de las leyes de interés público, y que a través de sus agentes lleva a cabo la persecución, ante los tribunales, de los delitos del orden común y, por lo mismo, le corresponderá solicitar las órdenes de aprehensión del inculpado, buscar o hacerse allegar de las pruebas que acrediten la responsabilidad de éstos; hacer que los juicios se sigan con toda regularidad para que la administración de justicia sea pronta y expedita; pedir la aplicación de las penas e intervenir en todos los negocios que la ley determine.

Será el Reglamento de esta Ley, el que delimite específicamente las funciones y ámbitos de competencia que deberá regir para los agentes del Ministerio Público Titulares, Adjuntos, Auxiliares del Ministerio Público, y Oficiales del Ministerio Público.

Articulo 16. Para el cumplimiento de sus atribuciones el Ministerio Público podrá solicitar informes, documentos, opiniones y elementos de prueba en general, a las dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal, y municipal, asimismo podrá requerir informes, documentos y pruebas a particulares y personas jurídicas.”

Por lo tanto la Cámara de Diputados no tiene la facultad de determinar la responsabilidad penal de sujeto alguno.

Tercera.En el Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, Capítulo VII “De la Dirección General para la Atención de los Delitos Relacionados con Servidores Públicos”, artículos 5 y 20, versan las atribuciones específicas de las Direcciones Generales y de Área, así como la adscripción y atribuciones de la Dirección General para la Atención de los Delitos relacionados con Servidores Públicos respectivamente; y a la letra dicen:

“Artículo 5. Las Direcciones Generales y de Área tendrán, además de las atribuciones específicas que para cada una se establecen en el presente Reglamento, las siguientes:

I. Acordar con su superior jerárquico, las estrategias a implementar para el cumplimiento de las atribuciones que legalmente les correspondan y el despacho de los asuntos de su competencia;

II. Organizar y dirigir las actividades de la Dirección y de las unidades administrativas o especializadas de su adscripción;

III. Coordinar el desarrollo de sus atribuciones con las demás unidades administrativas y especializadas de la Procuraduría;

IV. Formular propuestas para integrar el anteproyecto del programa anual de trabajo de la Dirección a su cargo;

V. Proponer, en el ámbito de su competencia, a la unidad administrativa correspondiente, los planes, programas, cursos, y demás medios de capacitación a los servidores públicos de su adscripción, así como la celebración de Instrumentos jurídicos;

VI. Cumplir y hacer cumplir en el ámbito de su competencia, las leyes, decretos, reglamentos, convenios, acuerdos y demás disposiciones vigentes;

VII. Elaborar y firmar las actas administrativas cuando tengan conocimiento del incumplimiento de las obligaciones en que incurran los servidores públicos de su adscripción, turnándolas a la unidad administrativa correspondiente;

VIII. Formular queja fundada y motivada ante la Comisión del Servicio de Carrera de Procuración de Justicia por incumplimiento a los requisitos de ingreso o permanencia, o ante la Visitaduría General por inobservancia de las obligaciones señaladas en la Ley, del personal de su adscripción; y

IX. Las demás que determine el Procurador o le confieran los ordenamientos legales aplicables.

Artículo 20. La Dirección General para la Atención de los Delitos relacionados con Servidores Públicos estará adscrita al Procurador, a cargo de un Director General con calidad de Agente del Ministerio Público, quien contará con el personal que requiera el servicio y permita el presupuesto, para el ejercicio de las atribuciones que le confiere este Reglamento en el artículo 5 y las siguientes:

I. Conocer de los delitos cometidos por servidores públicos en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, y de los cometidos por personas que sin ser servidores públicos hayan tenido algún grado de participación en la comisión de esos delitos;

II. Recibir denuncias o querellas relacionadas con su materia, ordenando el inicio de la investigación;

III. Recibir denuncias anónimas en contra de servidores públicos, que por sus características den lugar al inicio de acta administrativa;

IV. Establecer mecanismos de coordinación y de interrelación con otras áreas de la Procuraduría, para el óptimo cumplimiento de las funciones que le correspondan;

V. Proporcionar orientación y asesoría a personas que resulten afectadas por delitos cometidos por servidores públicos;

VI. Supervisar y dar seguimiento a los mandamientos judiciales emitidos por la autoridad jurisdiccional, así como su cumplimiento en los asuntos de su competencia;

VII. Supervisar que se realicen todas las diligencias en la integración de la averiguación previa correspondiente, y en su caso solicitar orden de arraigo, cateo, comparecencia o de aprehensión en términos de ley;

VIII. Dirigir y supervisar la actuación de los agentes del Ministerio Público de su adscripción; y

IX. Solicitar a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal y del Distrito Federal, así como de los Estados y Municipios de la República, en los términos de las disposiciones aplicables, los informes, documentos, opiniones y dictámenes necesarios para la integración de la averiguación previa correspondiente.”

Es por ello que resulta viable la petición de la diputada proponente de exhortar al Procurador General de Justicia del Estado de Puebla para que por medio del Agente del Ministerio Público Especializado para la Atención de los Delitos relacionados con Servidores Públicos investigue con exhaustividad la posible comisión de los delitos contenidos en las Averiguaciones Previas números 834/2012/tecam/dg.sp. y 834/2012/tecam/DG.S iniciadas en contra de Enrique Ramos Bernardino, Presidente Municipal de Tlacotepec de Benito Juárez. Sin que ello implique influir en el sentido de la resolución que emita la autoridad competente.

Cuarta. La Auditoría Superior del Estado de Puebla, es la unidad de fiscalización, control y evaluación, dependiente del Congreso del Estado, que cuenta con autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones, encargada de la revisión, control y evaluación de las Cuentas Públicas de los Sujetos de Revisión, bajo los principios de posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad. Motivo por el cual es competente para auditar las Cuentas Públicas del Municipio de Tlacotepec de Benito Juárez y verificar que los recursos correspondientes se han ejercido con apego a la normatividad en la materia como lo solicita la proponente.

Quinta. Con respecto a la intervención en el caso que nos ocupa y las atribuciones de este Órgano legislativo, sirve de apoyo lo establecido en los párrafos tercero, cuarto y quinto del Artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que expone:

Artículo 93. Los Secretarios del Despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos.

Cualquiera de las Cámaras podrá convocar a los Secretarios de Estado, al Procurador General de la República, a los directores y administradores de las entidades paraestatales, así como a los titulares de los órganos autónomos, para que informen bajo protesta de decir verdad, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas.

Las Cámaras, a pedido de una cuarta parte de sus miembros, tratándose de los diputados, y de la mitad, si se trata de los Senadores, tienen la facultad de integrar comisiones para investigar el funcionamiento de dichos organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria. Los resultados de las investigaciones se harán del conocimiento del Ejecutivo Federal.

Las Cámaras podrán requerir información o documentación a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal, mediante pregunta por escrito, la cual deberá ser respondida en un término no mayor a 15 días naturales a partir de su recepción.

El ejercicio de estas atribuciones se realizará de conformidad con la Ley del Congreso y sus reglamentos.”

Por lo antes expuesto, esta Comisión considera, que la cámara, como parte del Poder Legislativo, no cuenta con facultad alguna para solicitar se realice auditoría a las cuentas públicas del Municipio de Tlacotepec de Benito Juárez, Puebla. Sin embargo esta Comisión podría como desahogo del punto de acuerdo, solicitar información al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Puebla respecto a las auditorías realizadas al municipio antes mencionado con el objetivo de verificar que los recursos correspondientes se han ejercido apegados a lo que la normatividad en la materia establece.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Justicia someten a la consideración de esta honorable asamblea los siguientes:

Acuerdos

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la PGJ de Puebla a deslindar la responsabilidad penal del presidente municipal de Tlacotepec de Benito Juárez respecto a las averiguaciones previas radicadas en su contra, y al Órgano Superior de Fiscalización del Estado, a auditar las cuentas públicas del ayuntamiento, presentada por la diputada María del Carmen Martínez Santillán, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, el siete de febrero de dos mil trece.

(Se exhorta a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla a investigar con exhaustividad la posible comisión de los delitos contenidos en las Averiguaciones Previas números 834/2012/tecam/dg.sp. y 834/2012/tecam/DG.S iniciadas en contra de Enrique Ramos Bernardino, Presidente Municipal de Tlacotepec de Benito Juárez. Así como al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Puebla a informar respecto a las Cuentas Públicas del Municipio de Tlacotepec de Benito Juárez, con el objetivo de verificar que los recursos correspondientes se han ejercido apegados a lo que la normatividad en la materia establece.)

Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2013.

La Comisión de Justicia, diputados: Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), presidente; María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Karina Labastida Sotelo (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica), Alejandro Carbajal González (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), Zuleyma Huidobro González (rúbrica), Lilia Aguilar Gil (rúbrica), Eloy Cantú Segovia (rúbrica), Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), Armando Córdova Díaz (rúbrica), José Alberto Rodríguez Calderón (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Julio César Moreno Rivera, José Antonio Rojo García de Alba, Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño, Darío Zacarías Capuchino (rúbrica), Damián Zepeda Vidales, Andrés de la Rosa Anaya, Tomás Torres Mercado (rúbrica), Areli Madrid Tovilla, Fernando Zárate Salgado (rúbrica).»

«Dictamen de la Comisión de Justicia, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el cual se solicita a la Procuraduría General de Justicia de Chiapas, que esclarezca el caso de la operación en el parque eólico de Arriaga y la detención de César Octavio Blanco García, líder de los propietarios del predio El Brillante

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su análisis y elaboración del dictamen la proposición con punto de acuerdo por el cual se solicita a la PGJ de Chiapas que esclarezca el caso de la operación en el parque eólico de Arriaga y la detención de César Octavio Blanco García, líder de los propietarios del predio El Brillante, presentada por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Esta comisión dictaminadora con fundamento en lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 86, 89, 94 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 80, 81,82,84,85, 182 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, habiendo analizado el contenido de la proposición con punto de acuerdo, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente Dictamen, al tenor de la siguiente:

Metodología

I. En el capítulo de “ Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida proposición y del trabajo previo para su resolución de la Comisión Dictaminadora.

II. En el capítulo referido al “ Contenido de la proposición con punto de acuerdo”, se sintetiza el alcance de la propuesta en estudio.

III. En el capítulo de “ Consideraciones”, se expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de esta Comisión Dictaminadora.

I. Antecedentes

1. En la sesión de fecha seis de febrero de dos mil trece, los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano presentaron la proposición con punto de acuerdo por el cual se solicita a la PGJ de Chiapas que esclarezca el caso de la operación en el parque eólico de Arriaga y la detención de César Octavio Blanco García, líder de los propietarios del predio El Brillante, como a continuación se describe:

Único. Por el cual se solícita a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas que esclarezca el caso de la operación en el parque eólico de Arriaga y la detención de César Octavio Blanco García, líder de los propietarios del predio El Brillante”

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, dispuso que dicha proposición fuera turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Comisión de Justicia.

3. Si bien es cierto que el incumplimiento de una obligación contractual faculta a la parte afectada a ejercer su derecho de acción, el bloqueo del acceso al parque eólico de Arriaga realizado por el grupo de propietarios del predio “El Brillante” descrito por los diputados proponentes, no es la vía idónea para exigir el cumplimiento del contrato de arrendamiento Y la reparación de daños contra el medio ambiente.

4. Como se desprende de la citada proposición tras aproximadamente una semana de los hechos descritos en el punto anterior, la Procuraduría General de Justicias del Estado de Chiapas en coordinación con personal de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana realizó un “operativo de restitución” con la finalidad de reabrir las instalaciones y permitir el acceso a los trabajadores de la empresa, restableciendo las operaciones normales.

5. Respecto a la detención de César Octavio Blanco García los proponentes manifiestan la existencia de contradicciones evidentes en las declaraciones sobre la forma en la que fue arrestado y sobre todo los motivos de las acusaciones que se le imputan, ya que según el informe de las autoridades el líder del grupo de propietarios del predio “El Brillante” fue detenido en el “operativo de restitución”; mientras que Mirna Palacios Ovando, esposa del ejidatario declaró que la detención se llevó a cabo luego de que la camioneta donde viajaban fue interceptada por dos camionetas blancas con hombres armados vestidos de civil, quienes sin ninguna orden de aprehensión, bajo amenazas y con uso de violencia bajaron a su esposo de la camioneta para llevárselo a la Fiscalía de Justicia de Tonalá.

6. En la sesión plenaria de la Comisión de Justicia, celebrada el día diez de abril de dos mil trece, se aprobó en sentido negativo por mayoría de los presentes el proyecto de dictamen de la proposición en referencia.

II. Contenido de la proposición

La proposición tiene por objeto solicitar a la PGJ de Chiapas que esclarezca el caso de la operación en el parque eólico de Arriaga y la detención de César Octavio Blanco García, líder de los propietarios del predio El Brillante.

III. Consideraciones

Primera. El Ministerio Público como órgano investigador del poder judicial está facultado para determinar si derivado de los hechos que se llevaron a cabo en el predio “El Brillante”, donde se encuentran las instalaciones del parque eólico de Arriaga, configura el delito de despojo en contra de la empresa que lo opera y el ejercicio de acción penal en contra César Octavio Blanco García por la comisión del mismo.

Segunda. Asimismo, en el artículo 20 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Chiapas en el Título Segundo “Jurisdicción y Competencia”, Capítulo I “Jurisdicción” se pronuncia en relación a la potestad pública, con exclusividad, para de conocer los procesos penales locales y a la letra dice:

“Artículo 20. Jurisdicción penal ordinaria.

Corresponde a la jurisdicción penal el conocimiento de todos los delitos previstos en el Código Penal del Estado de Chiapas y en leyes especiales que fijan competencia a las autoridades estatales, que hayan sido cometidos en el territorio del Estado.

Los jueces y tribunales del estado de Chiapas tienen la potestad pública, con exclusividad, para conocer los procesos penales locales, decidirlos, imponer las sanciones penales, modificarlas, determinar su duración y ejecutar sus resoluciones. Se exceptúan los delitos cometidos por miembros del servicio militar en servicio activo y en relación con el mismo servicio.”

Por tanto la Cámara de Diputados no tiene la facultad de apresurar o determinar la duración de un proceso ni mucho menos obligar a la resolución de estos.

Tercera. Con respecto a la intervención en el caso que nos ocupa y las atribuciones de este órgano legislativo, sirve de apoyo lo establecido en los párrafos tercero, cuarto y quinto del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que expone:

Artículo 93. Los Secretarios del Despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos.

Cualquiera de las Cámaras podrá convocar a los Secretarios de Estado, al Procurador General de la República, a los directores y administradores de las entidades para estatales, así como a los titulares de los órganos autónomos, para que informen bajo protesta de decir verdad, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas.

Las Cámaras, a pedido de una cuarta parte de sus miembros, tratándose de los diputados, y de la mitad, si se trata de los Senadores, tienen la facultad de integrar comisiones para investigar el funcionamiento de dichos organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria. Los resultados de las investigaciones se harán del conocimiento del Ejecutivo Federal.

Las Cámaras podrán requerir información o documentación a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal, mediante pregunta por escrito, la cual deberá ser respondida en un término no mayor a 15 días naturales a partir de su recepción.

El ejercicio de estas atribuciones se realizará de conformidad con la Ley del Congreso y sus reglamentos.”

Por lo antes expuesto, esta comisión considera, que la cámara, como parte del Poder Legislativo, no cuenta con facultad alguna para solicitar el esclarecimiento de un hecho que está en curso, ya que este es competencia del Poder Judicial, sin embargo esta Comisión podría como desahogo del punto de acuerdo, solicitar el estado que guarda el proceso de dicho ilícito.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Justicia someten a la consideración de esta honorable asamblea los siguientes:

Acuerdos

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo que solicita a la PGJ de Chiapas que esclarezca el caso de la operación en el parque eólico de Arriaga y la detención de César Octavio Blanco García, líder de los propietarios del predio El Brillante, presentada por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, el seis de febrero de dos mil trece.

(Se exhorta a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas a informar a esta Comisión el estado procesal del caso de la operación en el parque eólico de Arriaga y la detención de César Octavio Blanco García, líder de los propietarios del predio El Brillante, en los términos del párrafo cuarto del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.)

Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2013.

La Comisión de Justicia, diputados: Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), presidente; María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Karina Labastida Sotelo (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica), Alejandro Carbajal González (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), Zuleyma Huidobro González (rúbrica), Lilia Aguilar Gil (rúbrica), Eloy Cantú Segovia (rúbrica), Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), Armando Córdova Díaz (rúbrica), José Alberto Rodríguez Calderón (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Julio César Moreno Rivera, José Antonio Rojo García de Alba, Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño, Darío Zacarías Capuchino (rúbrica), Damián Zepeda Vidales, Andrés de la Rosa Anaya, Tomás Torres Mercado (rúbrica), Areli Madrid Tovilla, Fernando Zárate Salgado (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: De conformidad con el artículo 180, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, publíquense en el Diario de los Debates y archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.



RETIRO DE INICIATIVAS

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Sirva la presente para enviarle un cordial y respetuoso saludo, a la vez que con base en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, hago del conocimiento de usted y de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados que usted honrosamente preside, mi deseo de retirar la iniciativa que expide la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos de la Federación, reforma el artículo 217 del Código Penal Federal y deroga el 66, 71 y 73 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, suscrita por un servidor y turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública. Pidiéndole tenga a bien girar las instrucciones correspondientes para hacer efectiva mi petición.

Agradezco de antemano el favor de su atención y quedo a sus apreciables órdenes.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2013.— Diputado Enrique Alejandro Flores Flores (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados de la LXII Legislatura.— Presente.

Por este conducto y en uso de la facultad que me confiere lo dispuesto en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, mediante el presente vengo a ejercer mi derecho de retirar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XI, al artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social, presentada por la suscrita en la sesión ordinaria de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados de fecha 4 de diciembre de 2012.

Sobre el particular, solicito a Usted gire sus apreciables instrucciones a quien corresponda, a efecto de que se realicen las modificaciones correspondientes en los registros parlamentarios de esta Cámara.

Sin otro particular, envío un cordial saludo.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2013.— Diputada Cristina Olvera Barrios (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado Francisco Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Me dirijo a usted para comunicarle que con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, he decidido retirar la iniciativa por la que se reforman, adicionan y derogan los artículos: 21 Bis, 331, 331 Bis, 331 Ter, 332, 333, 333 Bis, 334, 335, 336, 336 Bis, 336 Ter, 337, 337 Bis, 337 Ter, 338, 339, 340, 341 Bis, 342, 343, 343 Bis, 343 Ter, 343 Quáter, 541, 542, 998 de la Ley Federal del Trabajo y se reforma el artículo 12 y deroga la fracción II del artículo 13 de la Ley del Seguro Social, presentada por mí y turnada a las Comisión de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social, para el análisis y dictamen correspondiente el 18 de diciembre de 2012.

Además de las facultades que me otorga el Reglamento de la Cámara de Diputados, he decidido retirar esta iniciativa para coadyuvar al acuerdo de la reunión de las Comisiones de Seguridad Social, y de Trabajo y Previsión Social, celebrada el martes 16 de abril del presente, en la que se determinó que se profundizaría en el análisis de las modificaciones necesarias para mejorar el régimen legal de las trabajadores del hogar. Lo anterior, en aras de buscar un mayor consenso entre las posturas legislativas.

Solicito atentamente a la Mesa Directiva que usted preside, dar trámite a esta solicitud para formalizar el retiro de la iniciativa en cuestión.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2013.— Diputada Luisa María Alcalde Luján (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.

Diputado Francisco Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me dirijo a usted para comunicarle la decisión de retirar la iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma los artículos segundo a cuarto y sexto transitorios de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, de un servidor, presentada el 4 de diciembre de 2012, misma que fue turnada a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social; por lo anterior le solicito gire instrucciones a quien corresponda, a fin de que se haga el trámite correspondiente en tiempo y forma.

Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2013.— Diputado Érick Marte Rivera Villanueva (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Se tienen por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios.

Continúe la Secretaría.



ACEPTAR Y DESEMPEÑAR EL CARGO DE CONSUL HONORARIO

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

Por este medio me permito hacer de su conocimiento que por el oficio número PRO-04467, el embajador Alfredo Pérez Bravo, director general de Protocolo de la Secretaría de Relaciones Exteriores, solicita que se tramite ante el Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción IV, Apartado C, del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que el ciudadano Martín Enrique Torres Lara pueda desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Estonia en Tampico, con circunscripción consular en Tamaulipas.

Por lo anterior me permito anexar para la integración del expediente originales de la carta, dirigida al Congreso de la Unión, con la que el interesado solicita el permiso respectivo y de la constancia de residencia, copia certificada del acta de nacimiento de dicha persona, así como copias simples de su currículum vitae, de su identificación oficial y de la nota de nombramiento formulada por la Embajada de Estonia en México.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

México, DF, a 16 de abril de 2013.— Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



DIPUTADO SUPLENTE QUE SE INCORPORA

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Honorable asamblea, se encuentra a las puertas de este recinto el ciudadano don Juan Isidro del Bosque Márquez, diputado federal electo en el XV distrito electoral del estado de Veracruz.

Se designa en comisión para que lo acompañen en el acto de rendir la protesta de ley, a nuestros muy apreciables compañeros diputados Willi Ochoa, a la diputada Sanjuanita, al señor diputado... Perdón, es a doña Patricia Guadalupe Peña Recio, a María del Rocío García Olmedo, a Yazmín de los Ángeles Copete Zapot, a doña Lorena Méndez Denis y a doña Cristina Olvera Barrios. Por favor.

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Se pide a la comisión cumplir con este encargo.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Y Adán Ruiz, también que vaya.

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: Se pide a la comisión cumplir con este encargo.

(La comisión cumple su encargo)

Se invita a los presentes ponerse de pie.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Ciudadano Juan Isidro del Bosque Márquez, ¿protesta guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado que el pueblo le ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?

El ciudadano Juan Isidro del Bosque Márquez: Sí, protesto.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Si así no lo hiciera, que la nación se lo demande. Felicidades, diputado, bienvenido.

Continúe la Secretaría.



CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES - LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION - LEY ORGANICA DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA - CODIGO PENAL FEDERAL

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y del Código Penal Federal.

Atentamente

México, DF, a 11 de abril de 2013.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Proyecto de Decreto

Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Orgánica de la Procuraduria General de la República y del Código Penal Federal

Artículo Primero. Se reforma el artículo 6, párrafo primero, y se adicionan los párrafos quinto, sexto, séptimo y octavo al artículo 10, ambos del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

Artículo 6o. Es tribunal competente para conocer de un delito, el del lugar en que se comete, salvo lo previsto en los párrafos segundo, tercero y quinto del artículo 10.

...

Artículo 10. ...

...

...

...

En los casos de delitos del fuero común cometidos contra algún periodista, persona o instalación, que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta, el Ministerio Público de la Federación podrá ejercer la facultad de atracción para conocerlos y perseguirlos, y los jueces federales tendrán, asimismo, competencia para juzgarlos. Esta facultad se ejercerá en los casos de delitos en los que se presuma su intención dolosa y cuando se presente alguna de las siguientes circunstancias:

I. Cuando existan indicios de que en el hecho constitutivo de delito hubiere participado algún servidor público de los órdenes estatal o municipal;

II. Cuando en la denuncia o querella la víctima o el ofendido hubiere señalado como presunto responsable a algún servidor público de los órdenes estatal o municipal;

III. Cuando se trate de delitos graves así calificados por la ley;

IV. Cuando la vida o integridad física de la víctima u ofendido se encuentre en riesgo real;

V. Cuando lo solicite la autoridad competente de la entidad federativa de que se trate;

VI. Cuando los hechos constitutivos de delito impacten de manera trascendente al ejercicio al derecho a la información o a las libertades de expresión o imprenta;

VII. Cuando en la entidad federativa en la que se hubiere realizado el hecho constitutivo de delito o se hubieren manifestado sus resultados, existan circunstancias objetivas y generalizadas de riesgo para el ejercicio del derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta;

VIII. Cuando el hecho constitutivo de delito trascienda el ámbito de una o más entidades federativas; o

IX. Cuando por sentencia o resolución de un órgano previsto en cualquier tratado internacional del que el Estado Mexicano sea parte, se hubiere determinado la responsabilidad internacional del Estado Mexicano por defecto u omisión en la investigación, persecución o enjuiciamiento de delitos contra periodistas, personas o instalaciones que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta.

En cualquiera de los supuestos anteriores, la víctima u ofendido podrá solicitar al Ministerio Público de la federación el ejercicio de la facultad de atracción.

En los supuestos previstos en las fracciones IV y V o cuando la víctima u ofendido lo solicite, el Ministerio Público de la federación inmediatamente requerirá a la autoridad local una copia de la investigación respectiva, y una vez recibida deberá determinar si procede o no el ejercicio de la facultad de atracción dentro de las 48 horas siguientes.

Contra la resolución que niegue el ejercicio de la facultad de atracción, la víctima o el ofendido podrá interponer, ante el procurador general de la República, recurso de reconsideración, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se le hubiere notificado. El procurador general de la República, o el servidor público en quien delegue la facultad, deberá resolver el recurso en un término que no excederá de 48 horas hábiles. El recurso de reconsideración tendrá por objeto revocar, modificar o confirmar la resolución relativa al ejercicio de la facultad de atracción. Se tramitará de manera expedita. El silencio del Procurador General de la República, o del servidor público al que se le hubiere delegado esa facultad, constituirá el efecto de confirmar la resolución del Ministerio Público de la Federación.

Artículo Segundo. Se adiciona una fracción IV al artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para quedar como sigue:

Artículo 50. Los jueces federales penales conocerán:

I. a III. ...

IV. De los delitos del fuero común respecto de los cuales el Ministerio Público de la Federación hubiere ejercido la facultad de atracción.

Artículo Tercero. Se adicionan los párrafos segundo y tercero al artículo 11 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, para quedar como sigue:

Artículo 11. Para el desarrollo de las funciones de la Procuraduría General de la República y del Ministerio Público de la federación, se contará con un sistema de especialización y de coordinación regional y desconcentración, sujeto a las bases generales siguientes:

I. Sistema de especialización:

a) a c) ...

En todos los casos en que el Ministerio Público de la federación hubiere ejercido la facultad establecida en el párrafo quinto del artículo 10 del Código Federal de Procedimientos Penales se deberán agotar las diversas líneas de investigación relativas a la afectación, limitación o menoscabo del derecho a la información o de las libertades de expresión o imprenta.

Para los efectos del párrafo anterior, la unidad administrativa que conozca de los delitos cometidos en contra del derecho a la información, la libertad de expresión o de imprenta, tendrá pleno acceso a los datos, registros y actuaciones de la investigación de delitos relacionados con su ámbito de competencia, que se encuentren bajo el conocimiento de cualquier unidad administrativa de la Procuraduría General de la República.

II. ...

a) a g) ...

Artículo Cuarto. Se adicionan los párrafos tercero y cuarto al artículo 51 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 51. ...

...

Cuando se cometa un delito doloso en contra de algún periodista, persona o instalación con la intención de afectar, limitar o menoscabar el derecho a la información o las libertades de expresión o de imprenta, se aumentará hasta en un tercio la pena establecida para tal delito.

En el caso anterior, se aumentará la pena hasta en una mitad cuando además el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones o la víctima sea mujer y concurran razones de género en la comisión del delito, conforme a lo que establecen las leyes en la materia.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El titular del Poder Ejecutivo federal contará con un término de 180 días naturales para expedir las adecuaciones al Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a efecto de establecer la unidad administrativa que conozca de los delitos federales cometidos contra algún periodista, persona o instalación que atenten contra el derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta, así como para aquellos delitos del fuero común que sean atraídos de conformidad con lo dispuesto por los artículos 73, fracción XXI, segundo párrafo, de la Constitución y 10 del Código Federal de Procedimientos Penales.

Tercero. En tanto se expiden las adecuaciones al Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República al que se refiere el artículo transitorio anterior, la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión, de la Procuraduría General de la República ejercerá las atribuciones establecidas en el presente decreto.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 11 de abril de 2013.— Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente; Senadora Lilia Guadalupe Merodio Reza (rúbrica), Secretaria.»

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.



LEY GENERAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Dictamen de la Comisión de Deporte, con proyecto de Ley General de Cultura Física y Deporte

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Deporte de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, fue turnada la minuta con proyecto de decreto que expide la Ley General de Cultura Física y Deporte.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso e), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los diversos 80, numeral 1, fracción I; 85 y 157, numeral 1, fracción I, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente

Dictamen

I. Antecedentes

• Con fecha 5 de febrero de 2013, los senadores integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte: Lilia Guadalupe Merodio Reza, Roberto Armando Albores Gleason, Daniel Gabriel Ávila Ruiz y Carlos Alberto Puente Salas, presentaron Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Cultura Física y Deporte.

En la misma fecha, la Presidencia dictó el trámite de turno a comisiones unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos.

• Con fecha 9 de abril de 2013, las Comisiones Unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos, presentaron dictamen en primera lectura, se dispensó la segunda y se sometió a discusión, siendo aprobado por 95 votos a favor; 2 votos en contra; y 6 abstenciones.

II. Contenido y objeto de la minuta

La iniciativa planteada por los senadores promoventes, tiene como objetivo consolidar la reforma constitucional en materia de cultura física y deporte, mediante la expedición de una nueva ley de carácter reglamentario bajo el objetivo de proclamar y garantizar constitucionalmente el derecho de los ciudadanos a la práctica del deporte, dando origen a una verdadera política de Estado en la materia, y con ello consolidar el fortalecimiento a las instituciones encargadas de planear y aplicar las diversas políticas públicas necesarias para su mejor desarrollo;

Que la nueva Ley, no solo atiende a su objeto desde el punto de vista de únicamente establecer bases de coordinación y colaboración entre la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, así como la concertación para la participación de los sectores social y privado en el ámbito de la cultura física y el deporte, sino además, proclama y preserva éstos como un derecho;

Como consecuencia del derecho establecido en la norma fundamental, debe sustentarse en el reconocimiento expreso del derecho a la cultura física y el deporte: el interés de los poderes públicos por la materia en general y no sólo por la actividad institucionalizada y organizada, resaltándose la importante labor del Estado respecto de su promoción y fomento; la no cabida a más posturas interpretativas unilaterales e incuestionables que demeriten, intervengan o interrumpan el desarrollo del ordenamiento jurídico en la materia; y permitirá la definición de una serie de directrices de actuación de los poderes públicos y las instancias particulares en sus respectivas y definidas competencias.

Por todo lo anterior, las comisiones unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos del Senado, consideraron que la propuesta, y las modificaciones realizadas, reunían lo necesario para transformarse en una nueva ley de Cultura física y Deporte, con el propósito de asegurar la práctica de la actividad física, la recreación y el deporte entre la sociedad, conforme lo que establece nuestra Constitución.

Asimismo asentaron que puede ser considerada como un marco jurídico moderno que permite orientar y garantizar a la sociedad mexicana los beneficios de la cultura física y el deporte, sobre todo porque transparenta la aplicación de los recursos federales.

Al establecer un mecanismo claro y específico mediante el cual se deberá elaborar e integrar el plan sectorial en la materia, se podrá aspirar a que nuestra nación sea reconocida como un país con un alto nivel de desarrollo de la cultura física y el deporte, donde las políticas públicas de Estado fomenten de forma masiva todas aquellas actividades físicas, recreativas y deportivas, con la finalidad que la población eleve su calidad de vida y se desarrolle en un ambiente sano con igualdad de oportunidades.

III. Consideraciones

Una vez planteados los antecedentes, contenido y objeto de la minuta, los integrantes de esta Comisión de Deporte consideran necesario destacar, por su importancia lo siguiente:

Estamos ante un momento histórico en lo que se refiere al deporte y cultura física en nuestro País por 2 razones:

La primera, porque nuestra Constitución nos otorga a todos el Derecho a la cultura física y a la práctica del deporte, y

Y en segundo lugar, porque asigna al Estado Mexicano la responsabilidad de garantizar la cultura física y al deporte su promoción, fomento y estímulo.

La minuta enviada por el Senado de la República, así como la aprobación que otorgue la Cámara de Diputados, constituyen los pasos decisivos para instrumentar el derecho a la cultura física y al deporte.

Después del análisis minucioso que esta Comisión dictaminadora realizó de esta minuta, se tiene la convicción de emitir este dictamen en sentido positivo.

Estamos de acuerdo con lo que la Colegisladora manifiesta, que a partir de esta Ley, la cultura física deberá ser promovida, fomentada y estimulada en todos los niveles, como factor fundamental del desarrollo armónico e integral del ser humano.

En la nueva Ley en comento, específicamente en el Título Primero, SE ESTABLECEN LAS BASES GENERALES para la distribución de competencias, la coordinación y colaboración entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios en materia de cultura física y deporte, con el principio de concurrencia previsto en la propia Constitución Política.

Las FINALIDADES PRINCIPALES son: fomentar equitativamente el desarrollo de la cultura física y el deporte como medio importante en la preservación de la salud y disminución de enfermedades; prevención del delito; y se incentiva la inversión social y privada para el desarrollo de la cultura física y deporte, así como se ordena y regula el deporte civil.

Se formulan estrategias al establecer que el Ejecutivo Federal, a través de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE), integre EL PROGRAMA NACIONAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE, documento básico para el desarrollo de la actividad deportiva en el País, definiendo objetivos, metas y políticas, así como responsabilidades y su respectiva coordinación.

Asimismo, SE FORTALECE EL SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE (SINADE), órgano colegiado integrado por dependencias gubernamentales, sociedades y asociaciones civiles, instituciones públicas y privadas, coordinando desde su respectivo ámbito de competencia, lo relacionado a la cultura física y deporte.  Destaca la CREACIÓN DE LOS SISTEMAS ESTATALES DEL DEPORTE, así como la participación directa de las comisiones de Deporte de las cámaras de Diputados y del Senado del honorable Congreso de la Unión.

Por primera vez se contempla el concepto de DEPORTE SOCIAL, a través del cual se promoverá la igualdad de oportunidades para la participación de actividades deportivas de carácter recreativo, educativo, salud o rehabilitación.

Al plasmarse en la Constitución el Derecho a la cultura física y deporte particularmente en el Artículo 4º, en donde están contemplados los derechos a la protección de la salud, a un medio ambiente adecuado y otros derechos que generan bienestar en los individuos, se manifiesta claramente que ES EL ESTADO EL GARANTE DE LOS DERECHOS SOCIALES; en este caso, corresponde a la CONADE la responsabilidad exclusiva de conducir y articular la política nacional en materia de cultura física y deporte, en consecuencia, se elimina la duplicidad de funciones y se evita la triangulación de recursos y apoyos a federaciones y/o asociaciones deportivas nacionales, garantizándose de esta manera la transparencia y la rendición de cuentas en el uso de los recursos públicos destinados al deporte, y eliminando prácticas autoritarias en el entorno de las autoridades deportivas civiles.

Por otra parte, en esta nueva Ley se establecen los mecanismos para garantizar el FUNCIONAMIENTO EFECTIVO DEL REGISTRO NACIONAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE, que permitirá a los Estados, el Distrito Federal y la totalidad de las asociaciones deportivas, formar e integrar un solo registro, situación novedosa que nunca había existido en nuestro País; el anterior sistema nacional en ningún momento logró indicar las cifras reales de deportistas o de instalaciones deportivas existentes en México.

En este orden de ideas, la multicitada Ley hace un RECONOCIMIENTO AL DEPORTE PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD y  los deportistas Paralímpicos, quienes han sido ejemplo y brindado grandes triunfos y satisfacciones a la Nación, gracias a su alto desempeño en diversas justas y competencias internacionales, otorgándoles el lugar que les corresponde al ser considerados parte integral de SINADE, colocando al Comité Paralímpico Mexicano en el mismo nivel que al Comité Olímpico Mexicano, sin distinción alguna.  De esta manera, un deportista con discapacidad y un deportista convencional no tendrán diferencia alguna ante la nueva Ley General de Cultura Física y Deporte.

Otro de los temas fundamentales que aborda este nuevo ordenamiento, es la CREACIÓN DEL CONSEJO DE VIGILANCIA DEPORTIVA ELECTORAL (COVED), que como su nombre lo indica, vigilará los procesos electorales de las asociaciones deportivas, observando que se cumplan con los principios de legalidad, transparencia, equidad e igualdad de oportunidades dentro de los marcos democráticos y representativos, con estricto apego a las disposiciones estatutarias legales nacionales e internacionales aplicables.

Esta nueva figura, evitará lo que LAMENTABLEMENTE ha venido sucediendo con el tiempo en el territorio nacional, como la creación y existencia de 2 federaciones o asociaciones deportivas de una misma disciplina; y asimismo evitará que un conflicto de carácter electoral federado llegue a niveles inesperados muy largos, causando un gran deterioro al deporte nacional.

Por lo que corresponde a la COMISIÓN DE APELACIÓN Y ARBITRAJE DEL DEPORTE (CAAD), se amplía su margen de acción hacia todas las personas físicas o morales pertenecientes al SINADE e inscritas en el RENADE; se fortalecen los mecanismos de justicia alternativa en materia deportiva, al permitir que se pueda atender a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.

En el texto de esta Ley se continúa claramente con la lucha contra las sustancias prohibidas y métodos no reglamentarios en el deporte, comúnmente conocido como “ doping”, y se DECLARA DE INTERÉS PÚBLICO la prohibición del consumo, uso y distribución de sustancias farmacológicas potencialmente peligrosas para la salud y métodos no reglamentarios destinados a aumentar artificialmente las capacidades físicas de los deportistas.

A partir de esta normatividad, se instituyen los primeros avances para la prevención de la violencia en los eventos públicos relacionados a la actividad deportiva, al CREARSE LA COMISIÓN ESPECIAL CONTRA LA VIOLENCIA EN EL DEPORTE, con un claro énfasis en la atención a la prevención y erradicación de actos violentos en los espectáculos deportivos, esta acción representa un paso vanguardista en relación a estos penosos actos antideportivos.

Finalmente, es menester hacer hincapié en que si bien este nuevo instrumento legal es perfectible, y entre los diputados aún existen inquietudes que podrían incorporarse, resulta necesaria su inmediata aprobación debido a que para la Conade es la herramienta de trabajo que requiere para poder instrumentar de manera eficiente los trabajos que realizará no sólo para un período inmediato, sino para la correcta elaboración del Plan Nacional de Deporte con bases sólidas que le proporciona la nueva Ley General de Cultura Física y Deporte, de no ser así, el desarrollo de la actividad deportiva se verá retrasado por prácticamente un año.

Para concluir, consideramos que estamos en posibilidad de dar un paso cualitativo para mejorar el deporte del País, por el que debemos sentirnos orgullosos de ser partícipes.  En el deporte, los triunfos son resultado de muchos factores: de una sociedad fuerte, sana, de deportistas con talento y decisión; de entrenadores capacitados, de instalaciones modernas y funcionales; de un gobierno eficiente y de calidad, de legisladores comprometidos y responsables, y de una Ley Justa y sólida.

Por todo lo anteriormente señalado y para los efectos del Apartado A del artículo 72 Constitucional, los integrantes de esta Comisión de Deporte, con base en las consideraciones expresadas, aprueban en sus términos la minuta del Senado de la República y someten a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se expide la nueva Ley General de Cultura Física y Deporte, para quedar en los siguientes términos:

LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE

Título PrimeroDisposiciones Generales

Artículo 1. La presente Ley es de orden público e interés social y de observancia general en toda la República, reglamenta el derecho a la cultura física y el deporte reconocido en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, correspondiendo su aplicación en forma concurrente al Ejecutivo Federal, por conducto de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, las Autoridades Estatales, del Distrito Federal y las municipales, así como los sectores social y privado, en los términos que se prevén.

Artículo 2. Esta Ley y su Reglamento tienen por objeto establecer las bases generales para la distribución de competencias, la coordinación y colaboración entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los municipios en materia de cultura física y deporte, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73 fracción XXIX inciso J de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la participación de los sectores social y privado en esta materia, con las siguientes finalidades generales:

I. Fomentar el óptimo, equitativo y ordenado desarrollo de la cultura física y el deporte en todas sus manifestaciones y expresiones;

II. Elevar, por medio de la activación física, la cultura física y el deporte, el nivel de vida social y cultural de los habitantes en los Estados, el Distrito Federal y los municipios;

III. Fomentar la creación, conservación, mejoramiento, protección, difusión, promoción, investigación y aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y financieros destinados a la activación física, cultura física y el deporte;

IV. Fomentar el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, como medio importante en la preservación de la salud y prevención de enfermedades;

V. Fomentar el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, como medio importante en la prevención del delito;

VI. Incentivar la inversión social y privada para el desarrollo de la cultura física y el deporte, como complemento de la actuación pública;

VII. Promover las medidas necesarias para erradicar la violencia y reducir los riegos de afectación en la práctica de actividades físicas, recreativas o deportivas, así como para prevenir y erradicar el uso de sustancias y métodos no reglamentarios que pudieran derivarse del doping.

VIII. Fomentar, ordenar y regular a las Asociaciones y Sociedades Deportivas, Recreativo-Deportivas, del Deporte en la Rehabilitación y de Cultura Física-Deportiva;

IX. Incentivar la actividad deportiva que se desarrolla en forma organizada y programática a través de las Asociaciones Deportivas Nacionales;

X. Promover en la práctica de actividades físicas, recreativas y deportivas el aprovechamiento, protección y conservación adecuada del medio ambiente;

XI. Garantizar a todas las personas sin distinción de género, edad, discapacidad, condición social, religión, opiniones, preferencias o estado civil, la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo que en materia de cultura física y deporte se implementen, y

XII. Los deportistas con algún tipo de discapacidad no serán objeto de discriminación alguna.

Artículo 3. El ejercicio y desarrollo del derecho a la cultura física y el deporte tienen como base los siguientes principios:

I. La cultura física y la práctica del deporte son un derecho fundamental para todos;

II. La cultura física y la práctica del deporte constituyen un elemento esencial de la educación;

III. El derecho a la cultura física y al deporte constituye un estímulo para el desarrollo afectivo, físico, intelectual y social de todos, además de ser un factor de equilibrio y autorrealización;

IV. Los programas en materia de cultura física y deporte deben responder a las necesidades individuales y sociales, existiendo una responsabilidad pública en el fomento cualitativo y cuantitativo de la cultura física y el deporte;

V. La enseñanza, capacitación, gestión, administración y desarrollo de la cultura física y el deporte deben confiarse a un personal calificado;

VI. Para el desarrollo de la cultura física y la práctica del deporte es indispensable una infraestructura adecuada y la generación de sistemas de financiamiento y administración eficientes y estables, que permitan desarrollar políticas y programas que contribuyan al objetivo común de hacer de la cultura física y el deporte un derecho de todos;

VII. La investigación, información y documentación son elementos indispensables para el desarrollo de la cultura física y el deporte;

VIII. Las instituciones deportivas públicas y privadas del país deben colaborar y cooperar en forma estrecha y responsable en la promoción, fomento y estímulo del derecho a la cultura física y a la práctica del deporte;

IX. La distinción entre las diversas manifestaciones o modalidades del deporte resulta necesaria para el óptimo, equitativo y ordenado desarrollo de los sistemas deportivos del país;

X. El desarrollo y la práctica del deporte debe realizarse observando sus bases éticas;

XI. En el desarrollo del deporte debe protegerse la dignidad, integridad, salud y seguridad de los deportistas, así como asegurarse y defenderse el desarrollo sostenible del deporte, y

XII. La existencia de una adecuada cooperación a nivel internacional es necesaria para el desarrollo equilibrado y universal de la cultura física y deporte.

Artículo 4. Para efectos de la presente Ley, se entenderá por:

I. Ley: La Ley General de Cultura Física y Deporte;

II. Reglamento: El Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte;

III. CONADE: La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte;

IV. COM: El Comité Olímpico Mexicano, Asociación Civil;

V. COPAME: El Comité Paralímpico Mexicano, Asociación Civil;

VI. CAAD: La Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte;

VII. CONDE: Los Consejos Nacionales del Deporte Estudiantil;

VIII. SINADE: El Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte;

IX. RENADE: El Registro Nacional de Cultura Física y Deporte;

X. SEP: La Secretaría de Educación Pública;

XI. Comisión Especial: La Comisión Especial Contra la Violencia en el Deporte, y

XII.COVED: Consejo de Vigilancia Electoral Deportiva.

Artículo 5. Para efecto de la aplicación de la presente Ley, se considerarán como definiciones básicas las siguientes:

I. Educación Física: El medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura física;

II. Cultura Física: Conjunto de bienes, conocimientos, ideas, valores y elementos materiales que el hombre ha producido con relación al movimiento y uso de su cuerpo;

III. Actividad Física: Actos motores propios del ser humano, realizados como parte de sus actividades cotidianas;

IV. Recreación Física: Actividad física con fines lúdicos que permiten la utilización positiva del tiempo libre;

V. Deporte: Actividad física, organizada y reglamentada, que tiene por finalidad preservar y mejorar la salud física y mental, el desarrollo social, ético e intelectual, con el logro de resultados en competiciones;

VI. Deporte social: el deporte que promueve, fomenta y estimula el que todas las personas sin distinción de género, edad, discapacidad, condición social, religión, opiniones, preferencias o estado civil, tengan igualdad de participación en actividades deportivas con finalidades recreativas, educativas y de salud o rehabilitación;

VII. Deporte de rendimiento: el deporte que promueve, fomenta y estimula el que todas las personas puedan mejorar su nivel de calidad deportiva como aficionados, pudiendo integrarse al deporte de alto rendimiento, o en su caso, sujetarse adecuadamente a una relación laboral por la práctica del deporte;

VIII. Deporte de alto rendimiento: el deporte que se practica con altas exigencias técnicas y científicas de preparación y entrenamiento, que permite al deportista la participación en preselecciones y selecciones nacionales que representan al país en competiciones y pruebas oficiales de carácter internacional;

IX. Activación Física: Ejercicio o movimiento del cuerpo humano que se realiza para mejora de la aptitud y la salud física y mental de las personas, y

X. Rehabilitación Física: Actividades para restablecer a una persona sus capacidades físicas, reeducando por medio de ellas a su cuerpo.

Artículo 6. La Federación, los Estados, el Distrito Federal, y los municipios, fomentarán la activación física, la cultura física y el deporte en el ámbito de su competencia, de conformidad con las bases de coordinación previstas en esta Ley, su Reglamento y demás ordenamientos aplicables.

Artículo 7. La Federación, los Estados, el Distrito Federal, y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán el adecuado ejercicio del derecho de todos los mexicanos y las mexicanas a la cultura física y a la práctica del deporte.

Artículo 8. Las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán apoyar a la CONADE en el ejercicio de sus atribuciones.

Artículo 9. En la Planeación Nacional, se deberá incorporar el desarrollo de la cultura física y el deporte, considerando las disposiciones previstas en la presente Ley y su Reglamento.

El Ejecutivo Federal a través de CONADE procurará establecer en el Plan Nacional a su cargo, los objetivos, alcances y límites del desarrollo del sector; así como, el deber de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal en relación con la cultura física y el deporte.

La CONADE, en coordinación con la SEP, integrará el Programa Nacional de Cultura Física y Deporte con base en un diagnóstico nacional, estatal y municipal, debiendo contener al menos:

I. Una clara definición de objetivos y metas;

II. La formulación de estrategias, tomando en cuenta criterios de coordinación institucional para el aprovechamiento de los recursos públicos y privados;

III. El diseño de políticas que aseguren la efectiva participación del sector privado en la actividad deportiva nacional; y

IV. El plan de inversiones con los presupuestos de los principales programas y proyectos de inversión pública de los distintos entes deportivos y la especificación de los recursos financieros requeridos para su ejecución; así como, su rendición de cuentas.

Para el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo se adoptarán las acciones y estrategias pertinentes, se dictarán los instrumentos normativos a que haya lugar y se formularán los planes operativos anuales que garanticen su ejecución.

Título SegundoDel Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte

Artículo 10. Para la eficaz y eficiente promoción, fomento y estímulo de la cultura física y de la práctica del deporte en todas sus manifestaciones existirá un Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte que tendrá como objeto asesorar en la elaboración del Programa Nacional de Cultura Física y Deporte, coordinar, dar seguimiento permanente y evaluar los programas, acciones y procedimientos que formen parte de la ejecución de las políticas públicas para promover, fomentar y estimular la cultura física y a la práctica del deporte, tomando en consideración el desarrollo de la estructura e infraestructura deportiva y de los recursos humanos y financieros vinculados a la cultura física y al deporte en el país.

El SINADE es un órgano colegiado que estará integrado por las Dependencias, Organismos e Instituciones públicas y privadas, Sociedades, Asociaciones Nacionales y Consejos Nacionales del Deporte Estudiantil reconocidos por esta Ley, que en sus respectivos ámbitos de actuación tienen como objetivo generar las acciones, financiamientos y programas necesarios para la coordinación, fomento, ejecución, apoyo, promoción, difusión y desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, así como el óptimo aprovechamiento de los recursos humanos, financieros y materiales.

Artículo 11. Entre los organismos e instituciones públicas y privadas que se consideran integrantes del SINADE, se encuentran entre otros:

I. La CONADE;

II. Los Órganos Estatales, del Distrito Federal, y Municipales de Cultura Física y Deporte;

III. El COM;

IV. El COPAME;

V. Las Asociaciones Deportivas Nacionales;

VI. Los CONDE, y

VII. Las Asociaciones y Sociedades que estén reconocidas en términos de esta Ley y su Reglamento.

A las sesiones del SINADE serán invitados permanentes, previa convocatoria, las Comisiones de Deporte de las Cámaras de Diputados y de Senadores del H. Congreso de la Unión, quienes tendrán voz para opinar sobre los temas que se aborden.

Artículo 12. El SINADE deberá sesionar en pleno cuando menos dos veces en cada año natural y su Consejo Directivo en las fechas que éste determine, a efecto de fijar la política operativa y de instrumentación en materia de cultura física y deporte y dar cumplimiento al Programa Nacional de Cultura Física y Deporte. La CONADE tendrá la responsabilidad de integrar a dicho Programa los acuerdos del SINADE.

El SINADE está dirigido por el pleno, el Consejo Directivo y el Presidente.

Artículo 13. Mediante el SINADE se llevarán las siguientes acciones:

I. Ejecutar las políticas para fomentar, promover y estimular el desarrollo y ejercicio del derecho a la cultura física y el deporte en el ámbito nacional;

II. Establecer los mecanismos para la planeación, supervisión, ejecución y evaluación de los programas, organismos, procesos, actividades y recursos de los integrantes del SINADE;

III. Proponer planes y programas que contribuyan a fomentar, promover y estimular el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, considerando el pleno reconocimiento a la equidad e igualdad hacia las personas con discapacidad;

IV. Promover mecanismos de integración institucional y sectorial para fomentar, promover y estimular el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, y

V. Las demás que le otorgue esta Ley u otros ordenamientos legales.

Artículo 14. El funcionamiento y requisitos de integración del SINADE estarán regulados en términos de lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento y demás ordenamientos aplicables.

Capítulo IDel Sector Público

Sección PrimeraDe la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte

Artículo 15. La actuación de la Administración Pública Federal en el ámbito de la cultura física y del deporte, corresponde y será ejercida directamente, por un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, que será el conductor de la política nacional en estas materias y que se denominará, Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, quien contará con personalidad jurídica, patrimonio propio y domicilio en el Distrito Federal.

Artículo 16. El patrimonio de la CONADE se integrará con:

I. Las aportaciones que realice el Gobierno Federal, a través de los recursos que se le asignen en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, así como los subsidios y demás recursos que reciba;

II. Las aportaciones que en su caso, le realicen los Gobiernos Estatales, del Distrito Federal y de los municipios, así como las Entidades Paraestatales;

III. Las aportaciones que le realicen las personas físicas y morales nacionales o extranjeras, a través de donaciones, legados, fideicomisos y premios, los cuales de ninguna manera podrán implicar condiciones contrarias a su objetivo conforme lo establece la Ley;

IV. Los bienes muebles e inmuebles que adquiera o se le destinen para su servicio;

V. Los recursos que la propia CONADE genere, y

VI. Los demás recursos, bienes y derechos que se adquieran o reciban por cualquier otro título legal.

Artículo 17. La administración de la CONADE estará a cargo de un órgano de gobierno denominado Junta Directiva y de las estructuras administrativas que se establezcan en el Estatuto Orgánico correspondiente. Asimismo, tendrá un Director General designado por el titular del Ejecutivo Federal.

Artículo 18. La Junta Directiva a que se refiere el artículo anterior, estará integrada por representantes de cada una de las siguientes Dependencias:

a) Secretaría de Educación Pública;

b) Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

c) Secretaría de Relaciones Exteriores;

d) Secretaría de Gobernación;

e) Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;

f) Secretaría de la Defensa Nacional;

g) Secretaría de Marina;

h) Secretaría de Salud;

i) Secretaría de Desarrollo Social, y

j) Procuraduría General de la República.

La Junta Directiva será presidida por el titular de la SEP.

El Presidente de la Junta Directiva, convocará a participar como invitados permanentes al Contralor Interno y al Comisario propietario o suplente, designado por la Secretaría de la Función Pública, quienes participarán con voz pero sin voto.

De la misma manera, podrán ser invitados a participar con voz pero sin voto, personalidades distinguidas de los sectores social y privado que por su relación, nexos, vinculación y aportaciones con la práctica de la activación física, la cultura física y deporte e importancia de los asuntos a tratar en dicha reunión, tengan interés directo en la misma y puedan hacer aportaciones en la materia.

Artículo 19. La Junta Directiva tendrá las siguientes facultades:

I. Establecer en congruencia con el programa sectorial, las políticas generales y definir las prioridades a las que deberá sujetarse la CONADE relativas a la dirección, desarrollo, promoción, fomento, difusión e investigación de la activación física, la cultura física y el deporte;

II. Establecer, conforme al programa sectorial, lo relativo al impulso de políticas específicas en materia de cultura física y deporte destinadas al desarrollo e integración de las personas con discapacidad;

III. Aprobar los programas y presupuesto de la CONADE, así como sus modificaciones, en los términos de las disposiciones aplicables;

IV. Aprobar de acuerdo con los ordenamientos aplicables, las políticas, bases y programas generales que regulen los convenios, contratos o acuerdos que deba celebrar la CONADE con terceros en las materias de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles. El Director General y en su caso los servidores públicos que deban intervenir, de conformidad con el Estatuto, realizarán tales actos bajo su responsabilidad con sujeción a las directrices fijadas por la Junta Directiva;

V. Aprobar la estructura básica de la organización de la CONADE, y las modificaciones que procedan a la misma, en términos de las disposiciones aplicables;

VI. Autorizar la creación de comités de apoyo;

VII. Establecer, con sujeción a las disposiciones legales relativas, con la intervención que corresponda a las dependencias federales, las normas y bases para la adquisición, arrendamiento y enajenación de inmuebles que la CONADE requiera para la prestación de sus servicios y de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Reglamento de esta Ley;

VIII. Analizar y aprobar en su caso, los informes periódicos que rinda el Director General con la intervención que corresponda a los comisarios;

IX. Acordar, con sujeción a las disposiciones legales relativas, los donativos o pagos extraordinarios y verificar que los mismos se apliquen precisamente a los fines señalados, conforme a las instrucciones de la Coordinadora de Sector correspondiente;

X. Aprobar las normas y bases para cancelar adeudos a cargo de terceros y a favor de la CONADE, cuando fuere notoria la imposibilidad práctica de su cobro, informando a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Coordinadora de Sector;

XI. Conocer oportunamente el cumplimiento de los planes, programas, presupuestos, reglamentos, manuales, sistemas y políticas, a efecto de ponderar las causas que determinen variaciones con respecto a lo autorizado y, en su caso, dictar las medidas correctivas que procedan en materia de planeación, organización o dirección;

XII. Designar comisionados especiales en los cuales la CONADE delegue algunas de sus facultades;

XIII. Realizar los actos que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la CONADE y para los que la Junta Directiva tenga facultades en término de la Ley o del Estatuto;

XIV. Formular los lineamientos que se estimen necesarios para racionalizar las estructuras de organización y el uso de los recursos disponibles, así como delinear las políticas específicas de apoyo a prioridades del sector deportivo o bien, respecto de los asuntos que se consideren relevantes;

XV. Aprobar y evaluar el Programa Anual de Trabajo y los programas institucionales de corto, mediano y largo plazos que sean elaborados por el Director General;

XVI. Evaluar los presupuestos de la CONADE en términos de las disposiciones aplicables, sin perjuicio de las atribuciones que en materia de evaluación correspondan a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;

XVII. Aprobar los anteproyectos y proyecto de presupuesto de la CONADE que habrán de presentarse ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto de la Coordinadora de Sector;

XVIII. Establecer las directrices y políticas para que la ejecución de los programas y presupuestos se apeguen a la asignación presupuestal autorizada, lo que permitirá el logro oportuno de los objetivos y metas programadas de la CONADE;

XIX. Vigilar que la CONADE conduzca sus actividades en forma programada y con base en las políticas sectoriales, prioridades y restricciones que se deriven del Sistema Nacional de Planeación;

XX. Autorizar la creación de grupos de trabajo que coadyuven en la formulación y evaluación de programas institucionales;

XXI. Autorizar la creación de Comités Técnicos Especializados de apoyo que el Presidente o una tercera parte de los miembros de la propia Junta Directiva propongan para el cumplimiento de los objetivos y para el desarrollo oportuno y eficaz de las actividades que realice la CONADE;

XXII. Aprobar los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público y demás instrumentos normativos transcendentes que regulen el funcionamiento de la CONADE, así como las reformas o adiciones a dichos ordenamientos;

XXIII. Aprobar el contenido de las actas que se levanten de las sesiones que se celebren, ya sean ordinarias o extraordinarias;

XXIV. Aprobar el calendario anual de sesiones;

XXV. Proporcionar al Comisario la información que solicite para el desarrollo de sus funciones;

XXVI. Analizar y considerar el informe que rinda el Comisario para la programación de actividades de la CONADE, en sus aspectos preventivos y correctivos;

XXVII. Aprobar las medidas que proponga el Director General para atender los informes que presente el Contralor Interno, resultantes de las auditorías, exámenes y evaluaciones que haya realizado;

XXVIII. Delegar facultades a favor del Director General o a favor de Delegados Especiales;

XXIX. Autorizar al Director General para que ejerza facultades de dominio, administración, pleitos y cobranzas en nombre de la CONADE, de conformidad con las disposiciones legales o reglamentarias aplicables;

XXX. Autorizar al Director General, con las limitaciones que al efecto se precisen, para que éste pueda emitir, avalar y negociar títulos de crédito a nombre de la CONADE;

XXXI. Autorizar al Director General, con las limitaciones que al efecto se determinen, para que éste pueda comprometer asuntos en arbitrajes y celebrar transacciones en nombre de la CONADE y bajo su responsabilidad;

XXXII. Autorizar al Director General para ejercitar y desistirse de acciones judiciales, inclusive del Juicio de Amparo a nombre de la CONADE;

XXXIII. Ratificar los nombramientos de apoderados que recaigan en personas ajenas a la CONADE, y

XXXIV. Ejercer las facultades que la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento asigna a los Órganos de Gobierno de las entidades.

Artículo 20. El Director General del organismo será nombrado y removido por el Presidente de la República, debiendo recaer tal nombramiento en persona que reúna los requisitos señalados en el artículo 21 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales.

Artículo 21. El Director General tendrá las siguientes atribuciones y obligaciones:

I. Administrar y representar legalmente a la CONADE;

II. Formular los programas institucionales de corto, mediano y largo plazos, así como el presupuesto de la CONADE y presentarlos para su aprobación a la Junta Directiva;

III. Formular programas de organización;

IV. Establecer los métodos que permitan el óptimo aprovechamiento de los bienes muebles e inmuebles de la CONADE;

V. Tomar las medidas pertinentes a fin de que las funciones de la CONADE se realicen de manera articulada, congruente y eficaz;

VI. Establecer los procedimientos para controlar la calidad de los suministros y programas de recepción que aseguren la continuidad en las políticas aprobadas por la Junta Directiva;

VII. Recabar información y elementos estadísticos que reflejen el estado de las funciones de la CONADE para así poder mejorar la gestión del mismo;

VIII. Establecer sistemas de control necesarios para alcanzar las metas u objetivos propuestos;

IX. Presentar periódicamente a la Junta Directiva el informe del desempeño de las actividades de la CONADE, incluido el ejercicio del presupuesto de ingresos, egresos y los estados financieros correspondientes. En el informe y en los documentos de apoyo se cotejarán las metas propuestas y los compromisos asumidos por la Dirección General con las realizaciones alcanzadas;

X. Establecer los mecanismos de evaluación que destaquen la eficiencia y eficacia con que se desempeñe la CONADE y presentarlos a la Junta Directiva por lo menos dos veces al año;

XI. Ejecutar los acuerdos que dicte la Junta Directiva;

XII. Suscribir, en su caso, los contratos que regulen las relaciones laborales de la CONADE con sus trabajadores;

XIII. Coordinar todas las acciones administrativas y operativas de la CONADE, para el eficaz cumplimiento de los acuerdos y disposiciones de la Junta Directiva, de los programas concretos y de las leyes vigentes aplicables;

XIV. Ejercer las facultades específicas que le confiera el Estatuto o las que le otorguen al ser designado, así como las que determine la Junta Directiva, para administrar y representar legalmente a la CONADE como mandatario de la misma;

XV. Ejercer facultades de dominio, administración, pleitos y cobranzas a nombre de la CONADE, previa autorización que para su ejercicio le haya conferido la Junta Directiva;

XVI. Aprobar estrategias, metodologías, programas de investigación, contenidos, materiales, programas y planes institucionales;

XVII. Formular y someter a la autorización de la Junta Directiva el Programa Presupuestal y Financiero Anual de la CONADE, con excepción de aquel que deberá presentarse a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para integrar el Presupuesto de Egresos de la Federación;

XVIII. Una vez aprobado el Programa Presupuestal y Financiero Anual de la CONADE, remitir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la parte correspondiente a la suscripción de créditos externos para su autorización en términos de la Ley correspondiente;

XIX. Validar los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público y demás instrumentos normativos trascendentes que regulen el funcionamiento de la CONADE, así como las reformas y adiciones a dichos ordenamientos legales y someterlos a la aprobación de la Junta Directiva;

XX. Emitir, avalar y negociar títulos de crédito a nombre de la CONADE, de acuerdo a la autorización que para tal fin le haya otorgado la Junta Directiva;

XXI. Informar, siempre que sea requerido para ello por las Cámaras del H. Congreso de la Unión, cuando se discuta un proyecto de ley o se estudie un asunto del ámbito de competencia de la CONADE;

XXII. Aprobar la contratación del personal de la CONADE;

XXIII. Implementar todo lo necesario a efecto de que se cumpla con cada una de las fases del proceso de ingreso al Servicio Civil de Carrera;

XXIV. Formular las normas y bases para cancelar adeudos a cargo de terceros y a favor de la CONADE, cuando fuere notoria la imposibilidad práctica de su cobro y someterlas a la aprobación de la Junta Directiva;

XXV. Proponer a la Junta Directiva el establecimiento de las unidades técnicas y administrativas de la CONADE conforme al Estatuto;

XXVI. Someter a la aprobación de la Junta Directiva las bases y programas generales que regulen los contratos, convenios o acuerdos que deba celebrar la CONADE en las materias de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;

XXVII. Someter a la aprobación de la Junta Directiva las normas y bases para la adquisición, arrendamiento y enajenación de inmuebles que la CONADE requiera para la prestación de sus servicios, con sujeción a las disposiciones legales relativas, con la intervención que corresponda a las dependencias federales y de acuerdo a los ordenamientos legales aplicables;

XXVIII. Celebrar contratos, convenios o acuerdos con terceros, tratándose de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles, bajo su responsabilidad y con sujeción a lo dispuesto en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y conforme a las directrices que hayan sido fijadas por la Junta Directiva;

XXIX. Proponer a la Junta Directiva las modificaciones que procedan a la estructura básica de la organización de la CONADE;

XXX. Proponer a la Junta Directiva la designación o remoción del Prosecretario de la misma, quien podrá ser o no miembro de la CONADE;

XXXI. Proporcionar al Comisario la información que solicite para el desarrollo de sus funciones;

XXXII. Proponer a la Junta Directiva las medidas conducentes para atender los informes que presente el Contralor Interno, resultantes de las auditorías, exámenes y evaluaciones que hayan realizado;

XXXIII. Establecer las instancias de asesoría, de coordinación y de consulta que estimen necesarias para el adecuado funcionamiento de la CONADE;

XXXIV. Celebrar y suscribir convenios de coordinación, colaboración y concertación inherentes a los objetivos de la CONADE;

XXXV. Recibir en acuerdo a los titulares de las unidades administrativas de la CONADE y resolver los asuntos de su competencia;

XXXVI. Formular querellas y otorgar perdón a nombre de la CONADE;

XXXVII. Ejercitar y desistirse de acciones judiciales inclusive del Juicio de Amparo a nombre de la CONADE, previa autorización que para su ejercicio le haya conferido la Junta Directiva;

XXXVIII. Comprometer asuntos en arbitrajes y celebrar transacciones bajo su responsabilidad y de acuerdo con la autorización que para tal efecto le haya otorgado la Junta Directiva;

XXXIX. Otorgar poderes generales y especiales con las facultades que les competan a los mandatarios, de acuerdo con la autorización que para tal efecto le haya otorgado la Junta Directiva;

XL. Sustituir y revocar poderes generales o especiales, en los términos aprobados por la Junta Directiva, y

XLI. Las que señalen otras Leyes, Reglamentos, Decretos, acuerdos y demás ordenamientos legales aplicables.

Artículo 22. El Director General tendrá además, las facultades que le delegue y confiera la Junta Directiva para administrar y representar legalmente a la CONADE como mandatario del mismo.

Artículo 23. El órgano de vigilancia de la CONADE estará integrado por un Comisario Público propietario y un suplente, designados por la Secretaría de la Función Pública en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Artículo 24. Los Comisarios Públicos tendrán las siguientes atribuciones:

I. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales, así como de las reglamentarias, administrativas y de política general y sectorial que emita el Ejecutivo Federal o sus dependencias en relación con las entidades paraestatales;

II. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones y lineamientos relativos al sistema de control y evaluación gubernamental;

III. Vigilar la instrumentación y funcionamiento de los sistemas de programación y presupuesto de la CONADE;

IV. Vigilar que la CONADE conduzca sus actividades conforme al Programa Sectorial correspondiente, así como que cumpla con lo previsto en el programa institucional;

V. Promover y vigilar que la CONADE establezca indicadores básicos de gestión en materia de operación, productividad, financieros y de impacto social, que permitan medir y evaluar su desempeño;

VI. Con base en las autoevaluaciones de la CONADE opinar sobre su desempeño general.

La opinión a que se refiere el párrafo anterior deberá abarcar los aspectos que establece el artículo 30, fracción VI del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales;

VII. Evaluar aspectos específicos de la CONADE y hacer las recomendaciones procedentes;

VIII. Vigilar y dar seguimiento a los procesos de desincorporación de las entidades paraestatales; fungir como representantes de la Secretaría de la Función Pública ante las dependencias, entidades e instancias que intervengan en estos procesos. Requerir a las instancias involucradas la información necesaria para el cumplimiento de las funciones a su cargo, así como recomendar las medidas que procedan tendientes a promover la conclusión de los procesos con estricto apego a las disposiciones aplicables;

IX. Verificar la debida integración y funcionamiento de la Junta Directiva;

X. Vigilar que la CONADE, con la oportunidad y periodicidad que se señale, la información que requiera el Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gastos Públicos;

XI. Solicitar y verificar que se incluyan en el Orden del Día de las sesiones de la Junta Directiva, los asuntos que consideren necesarios;

XII. Intervenir con voz pero sin voto en las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva;

XIII. Proporcionar al Director General la información que le solicite;

XIV. Opinar sobre los informes de evaluación de la gestión que por lo menos dos veces al año rinda el Director General a la Junta Directiva;

XV. Rendir informes a la Junta Directiva sobre las actividades de la CONADE, precisando los aspectos preventivos y correctivos;

XVI. Evaluar el desempeño general y por funciones de la CONADE;

XVII. Realizar estudios sobre la eficiencia con la que se ejerzan los desembolsos en los rubros de gasto corriente y de inversión, así como en lo referente a los ingresos;

XVIII. Solicitar a la Junta Directiva o al Director General la información que requiera para el desarrollo de sus funciones;

XIX. Solicitar información y efectuar los actos que requiera el adecuado cumplimiento de sus funciones, sin perjuicio de las tareas que la Secretaría de la Función Pública le asigne específicamente;

XX. Rendir anualmente a la Junta Directiva un informe sobre los estados financieros, con base en el dictamen de los auditores externos, y

XXI. Las demás inherentes a su función y las que le señale expresamente la Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de su competencia.

Artículo 25. La actuación de los Comisarios Públicos se ajustará en todo caso a lo dispuesto por la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, por el Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, por el Estatuto Orgánico que al efecto se expida y por las demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 26. El órgano interno de control de la Comisión Nacional de Cultura Física está a cargo de un Contralor Interno, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, quien en el ejercicio de sus facultades se auxiliará por los titulares de las áreas de auditoría, quejas y responsabilidades designados en los mismos términos.

Artículo 27. El Contralor Interno, podrá asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva, con voz pero sin voto.

Artículo 28. Para la atención de los asuntos y la substanciación de los procedimientos a su cargo, el Contralor Interno y las direcciones de responsabilidades y auditoría, se auxiliarán del personal adscrito al propio órgano interno de control.

Artículo 29. El Contralor Interno en la CONADE, tendrá las siguientes atribuciones:

I. Recibir quejas y denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos adscritos a la CONADE y darles seguimiento; investigar y fincar las responsabilidades a que hubiere lugar e imponer las sanciones aplicables en los términos de ley, con excepción de las que deba conocer la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial de la Secretaría de la Función Pública; así como calificar y constituir los pliegos de responsabilidades a que se refiere la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, salvo los que sean competencia de la Dirección General;

II. Realizar la defensa jurídica de las resoluciones que emitan ante las diversas instancias jurisdiccionales, representando al titular de la Secretaría de la Función Pública, así como expedir las certificaciones de los documentos que obran en los archivos del órgano interno de control de la CONADE;

III. Implementar el sistema integral de control gubernamental y coadyuvar a su debido funcionamiento, proponer las normas y lineamientos que al efecto se requieran y vigilar el cumplimiento de las normas de control que expida la Secretaría de la Función Pública, así como aquellas que regulan el funcionamiento de la CONADE;

IV. Programar y realizar auditorías, inspecciones o visitas de cualquier tipo; informar periódicamente a la Secretaría de la Función Pública sobre el resultado de las acciones de control que hayan realizado y proporcionar a ésta la ayuda necesaria para el adecuado ejercicio de sus atribuciones;

V. Coordinar la formulación de los anteproyectos de programas y presupuesto del órgano interno de control en la CONADE y proponer las adecuaciones que requiera el correcto ejercicio del presupuesto;

VI. Denunciar ante las autoridades competentes los hechos de que tenga conocimiento y puedan ser constitutivos de delitos, e instar al área jurídica de la CONADE a formular cuando así se requiera, las querellas a que hubiere lugar;

VII. Requerir a las unidades administrativas de la CONADE, la información necesaria para cumplir con sus atribuciones, y brindar la asesoría que les requieran en el ámbito de sus competencias;

VIII. Instrumentar los sistemas de control establecidos por la Dirección General de la CONADE para alcanzar las metas u objetivos propuestos;

IX. Apoyar la función directiva y promover el mejoramiento de gestión de la CONADE;

X. Desarrollar sus funciones conforme a los lineamientos que emita la Secretaría de la Función Pública;

XI. Realizar sus actividades de acuerdo a las reglas y bases que le permitan cumplir su cometido con autosuficiencia y autonomía;

XII. Presentar al Director General, a la Junta Directiva y a las demás instancias internas de decisión, los informes resultantes de las auditorías, exámenes y evaluaciones que realicen;

XIII. Realizar la defensa jurídica de los actos y resoluciones que emita el propio órgano interno de control;

XIV. Examinar y evaluar los sistemas, mecanismos y procedimientos de control; efectuar revisiones y auditorías, vigilando que el manejo y aplicación de los recursos públicos se efectúe conforme a las disposiciones aplicables, y

XV. Las demás que les atribuya expresamente el Titular de la Secretaría de la Función Pública y aquellas que les confieran las leyes y reglamentos a las Contralorías Internas y órganos internos de control.

Artículo 30. La CONADE tiene las siguientes atribuciones:

I. Las que conforme a los ordenamientos legales aplicables, correspondan a la SEP en materia de cultura física y deporte, excepto aquellas que las disposiciones legales o reglamentarias le atribuyan expresamente a dicha Secretaría;

II. Proponer, dirigir, ejecutar, evaluar y vigilar la política nacional de cultura física, así como del deporte en todas sus manifestaciones.

Para efectos de esta fracción se entenderán como manifestaciones del deporte, el deporte social y el deporte de rendimiento.

III. Celebrar acuerdos, convenios, contratos y bases con las autoridades de los Estados, el Distrito Federal, y los Municipios a fin de promover, con la participación, en su caso, de los sectores social y privado, las políticas, acciones y programas tendientes a la promoción, fomento, estímulo, incentivo y desarrollo de la cultura física y el deporte en todas sus manifestaciones;

IV. Integrar en coordinación con la SEP el Programa Nacional de Cultura Física y Deporte;

V. Convocar al SINADE, con la participación que corresponda al sector público y a los sectores social y privado;

VI. Diseñar y establecer estrategias y prioridades en materia de cultura física y deporte en el marco del SINADE;

VII. Celebrar, con la participación que le corresponda a la SEP y a la Secretaría de Relaciones Exteriores, acuerdos de cooperación en materia de cultura física y deporte, con órganos gubernamentales y organizaciones internacionales como mecanismo eficaz para fortalecer las acciones que en materia de cultura física y deporte se concierten;

VIII. Coordinar acciones con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, los Estados, el Distrito Federal, los Municipios y el sector social y privado en lo relativo a investigación en ciencias y técnicas en materia de cultura física y deporte;

IX. Promover el desarrollo de los programas de formación, capacitación, actualización y los métodos de certificación en materia de cultura física y deporte, promoviendo y apoyando, la inducción de la cultura física y el deporte en los planes y programas educativos;

X. Promover la capacitación y certificación de directivos, deportistas, entrenadores, jueces, árbitros y técnicos;

XI. Promover y fomentar ante las instancias correspondientes en el ámbito federal, el otorgamiento de estímulos fiscales a los sectores social y privado derivado de las acciones que estos sectores desarrollen a favor de la cultura física y el deporte;

XII. Fomentar y promover la construcción, conservación, adecuación, uso y mejoramiento de instalaciones destinadas a la cultura física y deporte;

XIII. Integrar y actualizar el Registro Nacional de Cultura Física y Deporte de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento, los Lineamientos que para tal efecto emita y los demás ordenamientos jurídicos que resulten aplicables;

XIV. Otorgar el registro correspondiente a las Asociaciones y Sociedades a que hace referencia esta Ley, así como sancionar sus estatutos y promover la práctica institucional y reglamentada del deporte a través de las Asociaciones Deportivas Nacionales;

XV. Atender y orientar permanentemente a las Asociaciones Deportivas Nacionales y Organismos Afines en la creación y actualización de su estructura, así como brindar la asesoría necesaria para que sus estatutos no contravengan lo dispuesto en la presente Ley y en su Reglamento;

XVI. Vigilar y asegurar a través del COVED que los procesos electorales en los órganos de gobierno y representación de las Asociaciones Deportivas Nacionales y Organismos Afines, en atención a sus funciones que como agentes colaboradores del Gobierno Federal les son delegadas, se realicen con estricto cumplimiento de las disposiciones legales y estatutarias vigentes;

XVII. Supervisar que las Asociaciones Deportivas Nacionales y Organismos Afines realicen sus actividades conforme a sus respectivos estatutos, reglamentos y demás ordenamientos aplicables;

XVIII. Verificar y asegurar que los estatutos, reglamentos y demás reglamentos deportivos que expidan las Asociaciones Deportivas Nacionales y, en su caso, los Organismos Afines, contengan con toda claridad, entre otros aspectos, los derechos y obligaciones de sus miembros asociados, deportistas y órganos de gobierno y representación así como los procedimientos disciplinarios y sanciones aplicables;

XIX. Emitir opinión en la formulación de los programas deportivos de las Asociaciones Deportivas Nacionales;

XX. Fijar criterios para que dentro de los programas en los que se establezca la práctica de actividades de cultura física, recreación, rehabilitación o deporte dentro del territorio nacional, se ofrezcan las medidas de seguridad necesarias, de acuerdo con las Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones que para tal efecto expida la Dependencia con competencia en la materia.

XXI. Establecer los lineamientos para la participación de los deportistas en cualquier clase de competiciones nacionales e internacionales, sin contravenir lo dispuesto por las reglas internacionales.

Tratándose de las competiciones internacionales se considerará la opinión del COM y del COPAME, según sea el caso;

XXII. Fijar criterios y verificar el cumplimiento de los mismos, con la participación del COM o de COPAME, según sea el caso, para la celebración de competiciones oficiales internacionales dentro del territorio nacional, para los cuales se soliciten o no recursos públicos sin contravenir lo dispuesto por las reglas internacionales.

Tratándose de las competiciones internacionales se considerará la opinión del COM y del COPAME, según sea el caso;

XXIII. Definir los lineamientos para la lucha contra el dopaje en el deporte y la prevención de la violencia en el deporte;

XXIV. Recibir apoyos económicos, técnicos y materiales en territorio nacional o extranjero, para el desarrollo de sus objetivos, sin contravenir las disposiciones legales aplicables al caso concreto;

XXV. Diseñar y establecer los criterios para asegurar la uniformidad y congruencia entre los programas de cultura física y deporte del sector público federal y la asignación de los recursos para los mismos fines;

XXVI. Promover e incrementar con las previsiones presupuestales existentes, los fondos y fideicomisos ya sean públicos o privados, que en materia de cultura física y deporte se constituyan con el objeto de organizar la participación de los sectores social y privado, a efecto de contribuir al desarrollo deportivo del País;

XXVII. Fomentar la cultura física, la recreación, la rehabilitación y el deporte entre la población en general, como medio para la prevención del delito;

XXVIII. Formular programas para promover la cultura física y deporte entre las personas con discapacidad;

XXIX. Celebrar todos aquellos contratos y convenios que le permitan cumplir con el objetivo para el cual fue creado, y

XXX. Las demás que esta Ley u otras disposiciones legales o reglamentarias determinen.

Artículo 31. Las relaciones de trabajo entre la CONADE y sus trabajadores se regirán por el Apartado A, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por la Ley Federal del Trabajo.

Sección SegundaDe los Órganos Estatales, del Distrito Federal y municipales de Cultura Física y Deporte

Artículo 32. Cada Entidad Federativa, Distrito Federal y municipios podrán contar, de conformidad con sus ordenamientos, con un órgano que en coordinación y colaboración con la CONADE promueva, estimule y fomente el desarrollo de la cultura física y el deporte, estableciendo para ello, sistemas de cultura física y deporte en sus respectivos ámbitos de competencia.

Los Sistemas Estatales de Cultura Física y Deporte se integrarán por las Dependencias, Organismos e Instituciones públicas y privadas, Sociedades y Asociaciones de carácter local y tendrán como objeto, generar las acciones, financiamiento y programas necesarios para la coordinación, fomento, apoyo, promoción, difusión y desarrollo de la cultura física y el deporte, así como el óptimo aprovechamiento de los recursos humanos, financieros y materiales en el ámbito de sus competencias.

El Sistema de Cultura Física y Deporte del Distrito Federal, se integrará por las Autoridades, Unidades Administrativas, Organismos e Instituciones públicas y privadas, Sociedades y Asociaciones de carácter local, y tendrá como objeto, generar las acciones, financiamiento y programas necesarios para la coordinación, fomento, apoyo, promoción, difusión y desarrollo de la cultura física y el deporte, así como el óptimo aprovechamiento de los recursos humanos, financieros y materiales en el ámbito de su competencia.

Los Sistemas Municipales de Cultura Física y Deporte, se integrarán por las Autoridades Municipales, Organismos e Instituciones públicas y privadas, Sociedades y Asociaciones que en el ámbito de su competencia tengan como objeto, generar las acciones, financiamiento y programas necesarios para la coordinación, fomento, apoyo, promoción, difusión y desarrollo de la cultura física y el deporte, así como el óptimo aprovechamiento de los recursos humanos, financieros y materiales.

Artículo 33. Los Estados, el Distrito Federal y los municipios, promoverán, y fomentarán el desarrollo de la activación física, la cultura física y del deporte con los habitantes de su territorio, conforme al ámbito de su competencia y jurisdicción.

Artículo 34. Corresponde a los Estados y al Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y lo que establezcan las Leyes locales en la materia, las siguientes atribuciones:

I. Formular, conducir y evaluar la política de cultura física y deporte estatal;

II. Diseñar y aplicar los instrumentos y programas de política para la cultura física y deporte estatal, en concordancia y sin contravenir la Política Nacional de Cultura Física y Deporte, vinculándolos con los programas nacional, estatales, regionales, municipales y delegaciones en los casos del Distrito Federal, así como su respectivo Plan Estatal de Desarrollo;

III. Diseñar, aplicar y evaluar el programa estatal de cultura física y deporte;

IV. Celebrar convenios o acuerdos de coordinación y colaboración con la CONADE y con los municipios en materia de cultura física y deporte;

V. Integrar el Sistema Estatal de Cultura Física y Deporte, o en su caso, el Sistema de Cultura Física y Deporte del Distrito Federal, para promover y fomentar el desarrollo de la cultura física y deporte;

VI. Establecer, operar y mantener actualizado el Registro Estatal de Cultura Física y Deporte en coordinación con el Registro Nacional de Cultura Física y Deporte;

VII. Promover la participación de los sectores social y privado para el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, y

VIII. Las demás que señale esta Ley, su reglamento y los demás ordenamientos aplicables.

Artículo 35. Los municipios y las delegaciones, en el caso del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias y de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las Leyes locales en la materia, tendrán las siguientes atribuciones:

I. Proponer, coordinar y evaluar la política de cultura física y deporte municipal y delegacional;

II. Diseñar y aplicar los instrumentos y programas Estatales, del Distrito Federal y municipales en cultura física y deporte, acorde con los programas nacional, estatales y regionales;

III. Diseñar, aplicar y evaluar el programa municipal y delegacional de cultura física y deporte;

IV. Coordinarse con la CONADE, los Estados, el Distrito Federal y con otros municipios para la promoción, fomento y desarrollo de la cultura física y deporte;

V. Integrar el Sistema Municipal de Cultura Física y Deporte para promover y fomentar el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte;

VI. Promover la participación de los sectores social y privado para el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte;

VII. Las demás que señale esta Ley, su reglamento y los demás ordenamientos aplicables.

Artículo 36. En el ejercicio de sus atribuciones, los Estados, el Distrito Federal y los municipios, observarán las disposiciones de esta Ley, su reglamento y los demás ordenamientos aplicables en la materia, nacional e internacionales.

Los Congresos de los Estados, con apego a sus respectivas Constituciones y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, expedirán los ordenamientos legales que sean necesarios para regular las materias de su competencia previstas en esta Ley, contemplando lo relacionado a estímulos fiscales y deducciones de impuestos.

Los Ayuntamientos, por su parte, dictarán las disposiciones administrativas que correspondan, con apego a lo establecido por la presente Ley.

Artículo 37. Los Sistemas Estatales, del Distrito Federal y Municipales otorgarán los registros a las Asociaciones y Sociedades que los integren, verificando que cumplan con los requisitos establecidos por el SINADE y en coordinación con el Registro Nacional de Cultura Física y Deporte.

El registro a que se refiere el párrafo anterior, será requisito indispensable para su integración al respectivo Sistema.

Artículo 38. Los Órganos Estatales, del Distrito Federal y Municipales de Cultura Física y Deporte se regirán por sus propios ordenamientos, sin contravenir lo dispuesto por la presente Ley, su Reglamento y las demás disposiciones que de ella deriven, cumpliendo en todo momento con cada una de las obligaciones que como integrantes del SINADE les corresponde.

Artículo 39. Los Sistemas Estatales, del Distrito Federal y Municipales coordinarán sus actividades para aplicar las políticas, planes y programas que en materia de activación física, cultura física y deporte se adopten por el SINADE.

Los Órganos Estatales, del Distrito Federal y Municipales de Cultura Física y Deporte publicarán su presupuesto, programas determinados y sistemas de evaluación, en el periódico oficial que corresponda.

Sección TerceraDe la Concurrencia, Coordinación, Colaboración y Concertación

Artículo 40. La Administración Pública Federal a través de la CONADE, ejercerá las competencias que le son atribuidas por esta Ley, para ello, se coordinará con los Estados, el Distrito Federal y los municipios y, en su caso, concertará acciones con el sector social y privado que puedan afectar directa y manifiestamente los intereses generales de la cultura física y el deporte en el ámbito nacional.

Artículo 41. Las autoridades competentes de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los municipios, se coordinarán entre sí o con instituciones del sector social y privado para:

I. Establecer en sus respectivos ámbitos de competencia los Sistemas Estatales, del Distrito Federal y Municipales de cultura física y deporte;

II. Promover la iniciación y garantizar el acceso a la práctica de las actividades de cultura física-deportiva, recreativo-deportivas, de deporte en la rehabilitación y deporte a la población en general, en todas sus manifestaciones y expresiones;

III. Ejecutar y dar seguimiento al Programa Nacional de Cultura Física y Deporte;

IV. Promover la construcción, adecuación, conservación y aprovechamiento óptimo de la infraestructura para la cultura física y el deporte, en coordinación con las respectivas Asociaciones Deportivas Nacionales y de acuerdo a las Normas Oficiales y demás disposiciones que para tal efecto expida la dependencia correspondiente;

V. Formular y ejecutar políticas públicas, que fomenten actividades físicas y deportivas destinadas a las personas con discapacidad;

VI. Dar seguimiento y ejecutar las políticas y planes aprobados por el SINADE, y

VII. Establecer procedimientos de promoción en materia de cultura física y deporte.

Artículo 42. La coordinación a que se refiere el artículo anterior, se realizará conforme a las facultades concurrentes en los tres ámbitos de gobierno, a través de convenios de coordinación, colaboración y concertación que celebren las autoridades competentes de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los municipios entre sí o con instituciones del sector social y privado, de conformidad con los procedimientos y requisitos que estén determinados en el Reglamento de la presente Ley.

Capítulo IIDe los Sectores Social y Privado

Sección PrimeraDe las Asociaciones y Sociedades Deportivas

Artículo 43. Serán registradas por la CONADE como Asociaciones Deportivas, las personas morales, cualquiera que sea su estructura, denominación y naturaleza jurídica, que conforme a su objeto social promuevan, difundan, practiquen o contribuyan al desarrollo del deporte sin fines preponderantemente económicos.

Artículo 44. El Estado reconocerá y estimulará las acciones de organización y promoción desarrolladas por las Asociaciones y Sociedades Deportivas, a fin de asegurar el acceso de la población a la práctica de la activación física, la cultura física y el deporte.

En el ejercicio de sus respectivas funciones en materia de cultura física y deporte, el sector público, social y privado se sujetará en todo momento, a los principios de colaboración responsable entre todos los interesados.

Artículo 45. Serán registradas por la CONADE como Sociedades Deportivas las personas morales, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, estructura o denominación, que conforme a su objeto social promuevan, practiquen o contribuyan al desarrollo del deporte con fines preponderantemente económicos.

Artículo 46. Para los efectos de la presente Ley, las Asociaciones Deportivas se clasifican en:

I. Equipos o clubes deportivos;

II. Ligas deportivas;

III. Asociaciones Deportivas Municipales, Estatales o Regionales, y

IV. Asociaciones Deportivas Nacionales y Organismos Afines.

Para los fines y propósitos de la presente Ley se reconoce la participación de los CONDE dentro de la fracción III del presente artículo, para incrementar la práctica deportiva de los estudiantes y elevar su nivel de rendimiento físico.

Los CONDE son asociaciones civiles, constituidas por universidades públicas o privadas, tecnológicos y normales del país, y cualquier institución educativa pública o privada de educación básica, media o superior que tienen por objeto coordinar, de acuerdo con las autoridades educativas competentes los programas emanados de la CONADE entre la comunidad estudiantil de sus respectivos niveles, a las cuales se les reconoce el carácter de Asociaciones Deportivas.

Serán considerados Organismos Afines las asociaciones civiles que realicen actividades cuyo fin no implique la competencia deportiva, pero que tengan por objeto realizar actividades vinculadas con el deporte en general y a favor de las Asociaciones Deportivas Nacionales en particular, con carácter de investigación, difusión, promoción, apoyo, fomento, estímulo y reconocimiento.

A los Organismos Afines les será aplicable lo dispuesto para las Asociaciones Deportivas Nacionales.

La presente Ley y para los efectos de este artículo, se reconoce al deporte en todas sus modalidades y categorías, incluyendo al desarrollado por el sector estudiantil, al deporte para personas con discapacidad y al deporte para personas adultas mayores en plenitud.

Artículo 47. Para efecto de que la CONADE otorgue el registro correspondiente como Asociaciones o Sociedades Deportivas, éstas deberán cumplir con los requisitos establecidos en la presente Ley, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.

Artículo 48. La presente Ley reconoce el carácter de entes de promoción deportiva a aquellas personas físicas o morales, que sin tener una actividad habitual y preponderante de cultura física o deporte, conforme a lo dispuesto por este ordenamiento y los emanados de él, realicen o celebren eventos o espectáculos en estas materias de forma aislada, que no sean competiciones de las previstas en el artículo 56 de esta Ley.

Las personas físicas o morales que se encuentren en el supuesto previsto en el párrafo anterior, deberán cumplir con las disposiciones de esta Ley que le sean aplicables y de todos aquellos ordenamientos que en materia de cultura física y deporte dicten las autoridades Federal, Estatales, del Distrito Federal y municipales.

Artículo 49. Las Asociaciones y Sociedades Deportivas deberán observar los lineamientos que se señalan en la fracción XXI del artículo 30 de esta Ley, respecto a la integración de las delegaciones deportivas que representen al País en competiciones internacionales.

Sección SegundaDe las Asociaciones Deportivas Nacionales

Artículo 50. La presente Ley reconoce a las Federaciones Deportivas Mexicanas el carácter de Asociaciones Deportivas Nacionales, por lo que todo lo previsto en esta Ley para las Asociaciones Deportivas, les será aplicable.

Las Asociaciones Deportivas Nacionales regularán su estructura interna y funcionamiento, de conformidad con sus Estatutos Sociales, la presente Ley y su Reglamento, observando en todo momento los principios de democracia, representatividad, equidad, legalidad, transparencia y rendición de cuentas.

Artículo 51. Las Asociaciones Deportivas Nacionales debidamente reconocidas en términos de la presente Ley, además de sus propias atribuciones, ejercen, por delegación, funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso como agentes colaboradores del Gobierno Federal, por lo que dicha actuación se considerará de utilidad pública. Además de las actividades propias de gobierno, administración, gestión, organización y reglamentación de las especialidades que corresponden a cada una de sus disciplinas deportivas, ejercen bajo la coordinación de la CONADE las siguientes funciones públicas de carácter administrativo:

I. Calificar y organizar en su caso, las actividades y competiciones deportivas oficiales;

II. Actuar en coordinación con sus asociados en la promoción general de su disciplina deportiva en todo el territorio nacional;

III. Colaborar con la Administración Pública de la Federación, de los Estados, del Distrito Federal y de los municipios en la formación de técnicos deportivos y en la prevención, control y represión del uso de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y métodos no reglamentarios en el deporte;

IV. Colaborar con la Administración Pública de la Federación, de los Estados, del Distrito Federal y de los municipios en el control, disminución y prevención de la obesidad y las enfermedades que provoca;

V. Colaborar con la Administración Pública de la Federación, de los Estados, del Distrito Federal y de los municipios en la prevención de la violencia en el deporte y eventos o espectáculos públicos o privados en materia de activación física, cultura física o deporte;

VI. Actuar como el organismo rector de su disciplina deportiva, en todas sus categorías, especialidades y modalidades, en la República Mexicana;

VII. Representar oficialmente al país ante sus respectivas federaciones deportivas internacionales, y

VIII. Ejercer la potestad disciplinaria en los términos establecidos en la presente Ley, su Reglamento y demás ordenamientos aplicables.

Artículo 52. Las Asociaciones Deportivas Nacionales son la máxima instancia técnica de su disciplina y representan a un solo deporte en todas sus modalidades y especialidades, en los términos del reconocimiento de su respectiva Federación Deportiva Internacional.

Artículo 53. Las Asociaciones Deportivas Nacionales se rigen por lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento, las demás disposiciones jurídicas que les sean aplicables y por sus estatutos y reglamentos.

Artículo 54. Las Federaciones Deportivas Nacionales que soliciten su registro como Asociaciones Deportivas Nacionales a la CONADE deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. Existencia de interés deportivo nacional o internacional de la disciplina;

II. La existencia de competiciones de ámbito internacional con un número significativo de participantes;

III. Representar mayoritariamente una especialidad deportiva en el País;

IV. Contemplar en sus estatutos, además de lo señalado en la legislación civil correspondiente, lo siguiente:

a) Órganos de dirección, de administración, de auditoría, de evaluación de resultados y de justicia deportiva, así como sus respectivas atribuciones, sin perjuicio de las demás que se establezcan en la presente Ley y su Reglamento;

b) Tipo y número de asambleas que se realizarán durante el año, indicando las materias que en ellas podrán tratarse, y el quórum para sesionar;

c) Procedimiento y quórum para reforma de estatutos y adopción de acuerdos;

d) El reconocimiento de las facultades de la CONADE por conducto del COVED, establecidas en la presente Ley y su Reglamento en materia de vigilancia de los procesos electorales de los órganos de gobierno y representación de las Asociaciones Deportivas Nacionales, en atención a sus funciones que como agentes colaboradores del Gobierno Federal le son delegadas;

e) Normas sobre administración patrimonial y forma de fijar cuotas de los asociados;

f) Mecanismos de apoyo para sus deportistas afiliados, dirigidos a todos aquellos trámites que se requieran para su participación en competiciones nacionales e internacionales, y

g) El reconocimiento de la facultad de la CONADE de fiscalizar la correcta aplicación y ejercicio de los recursos públicos, así como evaluar los resultados de los programas operados con los mencionados recursos.

V. Contar con la afiliación a la Federación Internacional correspondiente.

VI. Estar reconocida conforme a la presente Ley.

Quedarán exentos del cumplimiento de lo dispuesto por la fracción V de este artículo, las Federaciones Mexicanas de Charrería y, Juegos y Deportes Autóctonos.

Artículo 55. Las Asociaciones Deportivas Nacionales, para ser sujetos de los apoyos y estímulos que en su caso acuerde el Ejecutivo Federal, deberán estar registradas como tales por la CONADE, cumplir con lo previsto en la presente Ley, el Programa Nacional de Cultura Física y Deporte, con las obligaciones que se les imponga como integrantes del SINADE y demás disposiciones aplicables en materia presupuestaria, incluyendo el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación que anualmente expida la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, así como las Reglas de Operación correspondientes.

Artículo 56. Las Asociaciones Deportivas Nacionales serán las únicas facultadas para convocar a competiciones realizadas bajo la denominación de “Campeonato Nacional” con estricto apego a los estatutos y reglamentos aplicables, y de acuerdo a los criterios que fije la CONADE.

Artículo 57. Para la realización de competiciones deportivas oficiales internacionales dentro del territorio nacional, las Asociaciones Deportivas Nacionales, tienen la obligación de registrarlas ante la CONADE, respetando en todo momento el procedimiento y requisitos que para tal efecto prevea el Reglamento de la presente Ley, asimismo, deberá cumplir y apegarse a lo dispuesto por los lineamientos expedidos en términos de la fracción XXII del artículo 30 de la presente Ley.

Artículo 58. Con el fin de garantizar el cumplimiento efectivo de las funciones que como colaboradoras de la Administración Pública Federal les son delegadas a las Asociaciones Deportivas Nacionales en términos de la presente Ley, la CONADE, con absoluto y estricto respeto a los principios de auto organización que resultan compatibles con la vigilancia y protección de los intereses públicos, podrá llevar a cabo acciones de fiscalización, supervisión, evaluación y vigilancia de los recursos públicos.

Artículo 59. Los procesos electorales de los órganos de gobierno y representación de las Asociaciones Deportivas Nacionales serán vigilados por la CONADE a través del COVED.

El COVED estará adscrito orgánicamente a la CONADE y velará de forma inmediata por el ajuste a Derecho de los procesos electorales en los órganos de gobierno y representación de las Asociaciones Deportivas Nacionales, vigilando que se cumplan con los principios de legalidad, transparencia, equidad e igualdad de oportunidades dentro del marco de los principios democráticos y representativos y con estricto apego de las disposiciones estatutarias y legales aplicables.

En caso de que exista alguna controversia en cualquiera de las fases de los procesos de elección de los órganos de gobierno y representación de las Asociaciones Deportivas Nacionales, el COVED deberá resolver sobre el particular, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento de esta Ley y los demás ordenamientos aplicables, garantizando el derecho de audiencia de los interesados.

Las resoluciones definitivas dictadas por el COVED en relación con la solución de las controversias a que se refiere el párrafo anterior podrán ser impugnadas mediante el recurso de apelación ante la CAAD.

El COVED, terminado el proceso electoral respectivo, expedirá la constancia que corresponda.

Artículo 60. El COVED se integrará por un Consejero Presidente y dos Consejeros Titulares con sus respectivos suplentes designados por la Junta Directiva de CONADE.

La designación deberá recaer en personas con profesión de Licenciado en Derecho, conocimiento en el ámbito deportivo, así como reconocido prestigio y calidad moral.

El Consejero Presidente y los Consejeros Titulares durarán cuatro años en su encargo pudiendo ser ratificados por un periodo más.

El funcionamiento, integración y operación del COVED estarán regulados en términos de lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento y demás ordenamientos aplicables.

Sección TerceraDe Otras Asociaciones y Sociedades

Artículo 61. Las personas morales, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, estructura y denominación que conforme a su objeto social promuevan, practiquen o contribuyan al desarrollo de la activación física y la recreación deportiva, serán registradas por la CONADE como Asociaciones Recreativo-Deportivas, cuando no persigan fines preponderantemente económicos o como Sociedades Recreativo-Deportivas cuando su actividad se realice con fines preponderantemente económicos o de lucro.

Artículo 62. Las personas morales, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, estructura y denominación que conforme a su objeto social desarrollen, promuevan o contribuyan a la rehabilitación en el campo de la Cultura Física-Deportiva y el Deporte, serán registradas por la CONADE como Asociaciones de Deporte en la Rehabilitación, cuando no persigan fines preponderantemente económicos o como Sociedades de Deporte en la Rehabilitación cuando su actividad se realice con fines preponderantemente económicos o de lucro.

Artículo 63. Las personas morales, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, estructura y denominación que conforme a su objeto social promuevan o contribuyan a la investigación, estudio, análisis, enseñanza, difusión y fomento de la cultura física y el deporte en México, serán registradas por la CONADE como Asociaciones de Cultura Física-Deportiva, cuando no persigan fines preponderantemente económicos o como Sociedades de Cultura Física-Deportiva, cuando su actividad se realice con fines económicos o de lucro.

Artículo 64. Para efecto de que la CONADE otorgue el registro correspondiente como Asociaciones o Sociedades de las descritas en los artículos 61, 62 y 63 éstas deberán cumplir con el trámite previsto por el Reglamento de esta Ley.

Artículo 65. En el caso de que desaparecieran las condiciones o motivaciones que dieron lugar al registro de una Asociación o Sociedad Deportiva de las reconocidas por esta Ley, o que la CONADE estime que existe incumplimiento de los objetivos para los cuales fue creada, se seguirá el trámite que prevé el Reglamento de la presente Ley, para la revocación del registro inicial.

Artículo 66. Cualquier órgano ya sea público o privado de los reconocidos en este Título que reciba recursos del erario público, deberá presentar a la CONADE un informe semestral sobre la aplicación de los mismos y estarán sujetos a las auditorías financieras y evaluaciones que la misma CONADE determine.

De igual forma, deberán rendir a la CONADE un informe anual sobre las actividades realizadas y los resultados nacionales e internacionales alcanzados, y acompañar al mismo el programa de trabajo para el siguiente ejercicio.

La CONADE presentará a las Cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso de la Unión un informe semestral de los resultados alcanzados en la materia.

Sección CuartaDel Comité Olímpico Mexicano

Artículo 67. El COM es una asociación civil autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, compuesto entre otros, por las Asociaciones Deportivas Nacionales debidamente afiliadas a las federaciones deportivas internacionales, que cuenten con el reconocimiento del Comité Olímpico Internacional, de conformidad con el contenido de la Carta Olímpica, cuya actividad es de utilidad pública; en virtud de que su objeto consiste fundamentalmente en fomentar, proteger y velar por el desarrollo del deporte y el movimiento olímpico, así como la difusión de los ideales olímpicos en nuestro país y representar al Comité Olímpico Internacional en México.

Artículo 68. El COM se rige de acuerdo a su estatuto, reglamentos y por los principios y normas emanadas del Comité Olímpico Internacional, de conformidad con la legislación nacional e instrumentos internacionales aplicables.

Artículo 69. El COM es el único organismo que tiene la facultad exclusiva para la representación del país en los Juegos Olímpicos y en las competiciones multideportivas regionales, continentales o mundiales, patrocinadas por el Comité Olímpico Internacional, así como, la inscripción de los integrantes de las delegaciones deportivas nacionales a dichos eventos.

Artículo 70. El COM promoverá la práctica de las actividades deportivas reconocidas por la Carta Olímpica, dentro del país, y velará por el respeto a la misma difundiendo los principios fundamentales del olimpismo y movimiento olímpico en territorio nacional. De conformidad con la Carta Olímpica, el COM es responsable ante el Comité Olímpico Internacional de hacer respetar en el territorio nacional las normas contenidas en la misma, particularmente para tomar medidas oportunas que impidan toda utilización indebida del símbolo, la bandera, el lema o el himno olímpico, así como para obtener protección jurídica de los términos “olímpico”, “olimpiada”, “juegos olímpicos” y “comité olímpico”.

Artículo 71. El COM en coordinación con la CONADE participará en la integración de las delegaciones deportivas que representen al país en las competiciones que se celebren en el ámbito internacional a que se refiere el artículo 69.

Artículo 72. Libre e independientemente de su objeto y facultades que su estatuto le confiere, el COM tiene entre otros los siguientes fines:

I. Promover en la niñez y en la juventud, la afición al deporte y el espíritu olímpico en todo el País;

II. Establecer en coordinación con las Asociaciones Deportivas Nacionales y la CONADE los métodos y parámetros para la integración de las delegaciones deportivas mexicanas que representen al País en competencias internacionales, patrocinadas por el Comité Olímpico Internacional, celebrando para ello los convenios que se consideren necesarios;

III. Colaborar con las entidades públicas y privadas en el fomento de una política sana del deporte;

IV. Fomentar el establecimiento de escuelas y centros de capacitación para entrenadores, dirigentes y administradores deportivos;

V. Colaborar y apoyar a la CONADE en todo lo relacionado al desarrollo del deporte.

Sección QuintaDel Comité Paralímpico Mexicano

Artículo 73. El Comité Paralímpico Mexicano es una asociación civil autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituida por las Asociaciones Deportivas Nacionales que rigen y organizan los deportes y modalidades deportivas para las personas con discapacidad, debidamente afiliadas a las Federaciones Deportivas Internacionales que cuenten con el reconocimiento del Comité Paralímpico Internacional.

Su objeto consiste fundamentalmente en fomentar, proteger y velar por el desarrollo del deporte y el movimiento paralímpicos, así como la difusión de los ideales paralímpicos en nuestro país y representar al Comité Paralímpico Internacional en México y su actividad es considerada de utilidad pública.

Artículo 74. El COPAME se rige de acuerdo con su estatuto y reglamento y por los principios y normas del Comité Paralímpico Internacional, de conformidad con la legislación nacional e instrumentos internacionales aplicables.

Artículo 75. El COPAME es el único organismo que tiene la facultad exclusiva para la representación del país en los Juegos Paralímpicos y en las competencias regionales, continentales y mundiales, así como la inscripción de los integrantes de las delegaciones deportivas nacionales a dichos eventos.

Artículo 76. El COPAME apoyará a las Asociaciones Deportivas Nacionales en el fomento y promoción de la práctica dentro del país de las actividades deportivas reconocidas por el Comité Paralímpico Internacional y velará por el respeto a la misma, difundiendo los principios fundamentales del paralimpismo en territorio nacional, de conformidad con el Comité Paralímpico Internacional.

Artículo 77. El COPAME participará, en coordinación y respeto mutuo de sus respectivos derechos y jurisdicciones con la CONADE en la integración de las delegaciones deportivas que representen al país en las competencias que se celebren en el ámbito internacional al que se refiere el artículo 75.

Título TerceroDe la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte

Artículo 78. La CAAD es un órgano desconcentrado de la SEP cuyo objeto es resolver el recurso de apelación que se interponga en los casos y términos previstos en esta Ley y su Reglamento, así como fungir como Panel de Arbitraje, o coadyuvar en las mediaciones y conciliaciones, respecto de las controversias de naturaleza jurídica deportiva que se susciten o puedan suscitarse entre deportistas, entrenadores, directivos, autoridades, entidades u organismos deportivos, con la organización y competencia que esta Ley establece; dotado de plena jurisdicción y autonomía para dictar sus acuerdos, laudos y resoluciones e independiente de las autoridades administrativas.

Artículo 79. La CAAD, tendrá las siguientes atribuciones:

I. Conocer y resolver mediante el recurso de apelación, sobre las impugnaciones planteadas por cualquier persona física o moral inscrita en el RENADE o cualquiera de los miembros del SINADE, en contra de actos, omisiones, decisiones, acuerdos o resoluciones emitidos por las autoridades, entidades u organismos deportivos, que afecten los derechos deportivos establecidos a favor del apelante, en la presente Ley o en los reglamentos y demás disposiciones que de ella emanen.

El impugnante podrá optar en agotar el medio de defensa que corresponda o interponer directamente el recurso de apelación.

II. Conceder la suspensión provisional y, en su caso, definitiva, del acto impugnado dentro del trámite del recurso de apelación;

III. Efectuar la suplencia de la deficiencia de la queja dentro del trámite del recurso de apelación, cuando el impugnante no sea directivo, autoridad, entidad u organismo deportivo;

IV. Fungir como conciliador dentro del trámite del recurso de apelación;

V. Intervenir como Panel de Arbitraje en las controversias que se susciten o puedan suscitarse entre deportistas, entrenadores, directivos, autoridades, entidades u organismos deportivos, o entre unos y otros, de conformidad con el Reglamento que se expida para tal efecto;

VI. Coordinar un área de mediación y conciliación con la participación de personal calificado y, en su caso, de mediadores o conciliadores independientes, para permitir la solución de controversias que se susciten o puedan suscitarse entre deportistas, entrenadores, directivos, autoridades, entidades u organismos deportivos, o entre unos y otros, de conformidad con el Reglamento que se expida para tal efecto.

Para efectos de esta fracción se entiende por mediación la función de establecer comunicación y negociación entre las partes para prevenir o resolver un conflicto, y por conciliación el método para proponer a las partes alternativas concretas de solución para que resuelvan de común sus diferencias.

VII. Imponer correcciones disciplinarias y medidas de apremio a todas aquellas personas físicas o morales, organismos y entidades deportivas por conducto de sus titulares que se nieguen a acatar y ejecutar o que no acaten y ejecuten en sus términos, los acuerdos, decisiones, laudos y resoluciones emitidos por la propia CAAD, y

VIII. Las demás que establezca la presente Ley y otras disposiciones reglamentarias.

Artículo 80. La CAAD se integrará por un Pleno, por las unidades administrativas y Oficinas Regionales, necesarias para el cabal desempeño de sus funciones.

El Pleno se integrará por un Presidente y cuatro Miembros Titulares. El Ejecutivo Federal designará al Presidente y a los Miembros Titulares.

Los nombramientos antes citados, deberán recaer en personas con profesión de Licenciado en Derecho o Abogado, amplio conocimiento del ámbito deportivo, y reconocido prestigio y calidad moral.

El Presidente y los Miembros Titulares de la CAAD, durarán tres años en su encargo, pudiendo ser reelectos para un periodo más.

Artículo 81. El Pleno de la CAAD, requerirá para la celebración en sus sesiones de la mayoría de sus miembros integrantes.

En ausencia del Presidente, en cualquiera de las sesiones, asumirá sus funciones, uno de los Miembros Titulares, elegido por mayoría de los presentes.

Cuando la ausencia del Presidente sea definitiva, el titular del Ejecutivo Federal designará de entre los Miembros Titulares, a quien deba sustituirlo para que concluya el periodo respectivo. Ante la ausencia definitiva de cualquiera de los Miembros Titulares, el titular del Ejecutivo Federal, designará a quien deba sustituirlo para que concluya el periodo respectivo.

Artículo 82. El Ejecutivo Federal expedirá las normas reglamentarias necesarias para la integración y funcionamiento de la CAAD. Asimismo, proporcionará anualmente el presupuesto para su funcionamiento.

Artículo 83. La tramitación y resolución del recurso de apelación a que hace referencia este Título, se sujetará a los requisitos y condiciones siguientes:

I. Se interpondrá por escrito, por comparecencia o a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, dentro de los quince días hábiles siguientes al que surta efectos la notificación o se tenga conocimiento del acto, omisión, decisión, acuerdo o resolución impugnado, debiéndose señalar la autoridad, organismo o entidad que lo emitió o que fue omiso en su realización, acompañando en su caso, el documento original que lo contenga y su constancia de notificación, así como señalando los hechos y agravios que se le causaron, y ofreciendo las pruebas que acrediten dichos hechos y agravios.

Si la interposición del recurso de apelación se hace por medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, el apelante deberá ratificar dicho recurso por escrito y exhibir la documentación a que hace referencia el párrafo anterior, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su interposición.

II. La CAAD, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción del escrito o de la comparecencia respectiva, por la que se interpuso el recurso de apelación, o en su caso, a la ratificación del recurso, acordará sobre la prevención, admisibilidad o no del recurso.

Si el recurso fuera obscuro o irregular, o no cumpliera con alguno de los requisitos establecidos en la fracción anterior, la CAAD prevendrá al apelante para que dentro del término de tres días hábiles subsane los defectos. De no hacerlo transcurrido el término, la CAAD lo tendrá por no admitido y devolverá al apelante todos los documentos que haya presentado.

Una vez admitido el recurso, se correrá traslado al apelado para que dentro del término de cinco días hábiles siguientes a que surta efectos la notificación correspondiente, rinda un informe por escrito justificando el acto, omisión, decisión, acuerdo o resolución impugnado, ofreciendo las pruebas que correspondan.

En el acuerdo que determine la admisibilidad del recurso de apelación se citará a las partes a una audiencia de conciliación dentro de los diez días hábiles siguientes, la que se llevará a cabo concurran o no las partes.

III. Admitido el recurso de apelación, la CAAD podrá conceder la suspensión provisional y en su caso definitiva del acto impugnado o de la resolución materia de la apelación, siempre y cuando lo justifique el apelante, no se trate de actos consumados, no se ponga en riesgo a la comunidad de la disciplina deportiva respectiva, ni se contravengan disposiciones de orden público. La CAAD podrá revocar en cualquier momento esta suspensión, cuando cambien las condiciones de su otorgamiento;

IV. En la audiencia de conciliación, la CAAD escuchará a las partes en conflicto y de ser posible propondrá una solución al mismo, que podrá ser aceptada por ambas partes, mediante la celebración de un convenio que tendrá los efectos de una resolución definitiva emitida por la CAAD. En caso de que las partes no quisieran conciliar, la CAAD continuará con la secuela del procedimiento, pronunciándose sobre la admisión de las pruebas ofrecidas por las partes, y citándolas a una audiencia de desahogo de pruebas y alegatos, dentro de los diez días hábiles siguientes, la que se llevará a cabo concurran o no las partes;

V. Las pruebas admitidas se desahogarán en la audiencia de desahogo de pruebas y alegatos, y de ser posible en un solo día. Acto seguido, en su caso las partes formularán alegatos y se citará para la resolución definitiva que deberá emitir el Pleno de la CAAD en ese momento, o dentro de los quince días hábiles siguientes, en razón de lo voluminoso del expediente.

VI. Las notificaciones se podrán hacer a las partes por correspondencia o mediante la utilización de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología. Asimismo, se podrán utilizar dichos medios para la administración de los expedientes formados con motivo del recurso de apelación;

VII. Las resoluciones definitivas emitidas por la CAAD no admitirán recurso alguno en el ámbito deportivo, agotarán la vía administrativa, serán obligatorias y se ejecutarán en su caso, a través de la autoridad, entidad u organismo que corresponda, que será responsable de su estricto y efectivo cumplimiento, y

VIII. En todo lo no previsto en esta Ley y su Reglamento para la substanciación del recurso de apelación, la CAAD aplicará supletoriamente lo dispuesto por el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Titulo CuartoDel Deporte Profesional

Artículo 84. Se entiende por deporte profesional aquél en el que el deportista se sujeta a una relación de trabajo, obteniendo una remuneración económica por su práctica.

Artículo 85. Los deportistas que participen dentro del deporte profesional, se regirán por lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.

Artículo 86. Los deportistas profesionales mexicanos que integren preselecciones y selecciones nacionales, que involucren oficialmente la representación del país en competiciones internacionales, gozarán de los mismos derechos e incentivos establecidos dentro de esta Ley, para los deportistas de alto rendimiento.

Artículo 87. La CONADE coordinará y promoverá la constitución de comisiones nacionales de Deporte Profesional, quienes se integrarán al SINADE de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de esta Ley.

Titulo QuintoDe la Cultura Física y el Deporte

Artículo 88. La cultura física deberá ser promovida, fomentada y estimulada en todos los niveles y grados de educación y enseñanza del país como factor fundamental del desarrollo armónico e integral del ser humano.

La Federación, los Estados, el Distrito Federal y los municipios, se coordinarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, involucrando la participación de los sectores social y privado, para realizar las acciones generales siguientes:

I. Difundir programas y actividades que den a conocer los contenidos y valores de la cultura física y deportiva;

II. Promover, fomentar y estimular las actividades de cultura física con motivo de la celebración de competiciones o eventos deportivos;

III. Promover, fomentar y estimular las investigaciones sobre la cultura física y los resultados correspondientes;

IV. Promover, fomentar y estimular el desarrollo de una cultura deportiva nacional que haga del deporte un bien social y un hábito de vida;

V. Difundir el patrimonio cultural deportivo;

VI. Promover certámenes, concursos o competiciones de naturaleza cultural deportiva, y

VII. Las demás que dispongan otras leyes u ordenamientos aplicables.

Los Juegos Tradicionales y Autóctonos y la Charrería serán considerados como parte del patrimonio cultural deportivo del país y la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los municipios en el ámbito de sus respectivas competencias deberán preservarlos, apoyarlos, promoverlos, fomentarlos y estimularlos, celebrando convenios de coordinación y colaboración entre ellos y con las Asociaciones Deportivas Nacionales y Asociaciones Deportivas Estatales, del Distrito Federal o municipales correspondientes.

Artículo 89. La CONADE en coordinación con la SEP, los Estados, el Distrito Federal y los municipios planificará y promocionará el uso óptimo de las instalaciones deportivas de carácter público, para promover y fomentar entre la población en general la práctica de actividades físicas y deportivas.

Los titulares de las dependencias de la Administración Pública Federal, tendrán la obligación de promover y fomentar la práctica de actividades físicas o deportivas entre sus trabajadores, con objeto de contribuir al control del sobre peso y la obesidad, el mejoramiento de su estado físico y mental, y facilitar su plena integración en el desarrollo social y cultural.

Para cumplir con esta responsabilidad podrán celebrar acuerdos de colaboración con la CONADE.

Asimismo, impulsarán la adopción de disposiciones y acuerdos tendientes a facilitar las condiciones de empleo compatibles con la activación física su entrenamiento y participación en competiciones oficiales.

Capítulo IDe la Infraestructura

Artículo 90. Es de interés público la construcción, remodelación, ampliación, adecuación, mantenimiento, conservación y recuperación de las instalaciones que permitan atender adecuadamente las demandas que requiera el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, promoviendo para este fin, la participación de los sectores social y privado en el territorio nacional.

Artículo 91. La planificación y construcción de instalaciones de cultura física y deporte financiadas con recursos provenientes del erario público, deberá realizarse tomando en cuenta las especificaciones técnicas de los deportes y actividades que se proyecta desarrollar, considerando la opinión de la Asociación Deportiva Nacional que corresponda, así como los requerimientos de construcción y seguridad determinados en la Norma Oficial Mexicana correspondiente, que para tal efecto expida la dependencia en la materia, para el uso normal de las mismas por parte de personas con alguna discapacidad física, garantizando en todo momento que se favorezca su utilización multifuncional, teniendo en cuenta las diferentes disciplinas deportivas, la máxima disponibilidad de horario y los distintos niveles de práctica de los ciudadanos. Estas instalaciones deberán ser puestas a disposición de la comunidad para su uso público.

Artículo 92. Los integrantes del SINADE promoverán acciones para el uso óptimo de las instalaciones públicas.

Las actividades físicas y la práctica del deporte en espacios naturales deben regirse por los principios de respeto por la naturaleza y de preservación de sus recursos, debiéndose observar las disposiciones de los instrumentos de gestión territorial vigentes.

Asimismo, se respetarán las áreas clasificadas para asegurar la conservación de la diversidad biológica, la protección de ecosistemas y la gestión de recursos, el tratamiento de los residuos y la preservación del patrimonio natural y cultural.

Artículo 93. La CONADE coordinará con la SEP, los Estados, el Distrito Federal, los Municipios y los sectores social y privado el adecuado mantenimiento, conservación y uso óptimo de las instalaciones de cultura física y deporte y emitirá para ello los lineamientos correspondientes.

Artículo 94. La CONADE formulará las normas y criterios requeridos en materia de instalaciones deportivo-recreativas, deportivas, del deporte en la rehabilitación y activación física deportiva.

Para tal efecto, constituirá los fondos, fideicomisos o cualquier otro instrumento financiero que permita el transparente manejo de los recursos federales que para este objeto se destinen y que del uso de las instalaciones se obtengan.

Artículo 95. En los términos de los convenios de coordinación y colaboración respectivos, los Gobiernos Estatal, del Distrito Federal y Municipales inscribirán sus instalaciones destinadas a la activación física, la cultura física y deporte al RENADE, previa solicitud de los responsables o administradores de cualquier instalación de cultura física o deporte, con la finalidad de contar con la información actualizada que permita la planeación nacional.

La CONADE podrá solicitar a las autoridades correspondientes que se suspenda total o parcialmente el uso de cualquier instalación que no cumpla con los requisitos mínimos de operación señalados en las Normas Oficiales Mexicanas, ordenamientos técnicos de las disciplinas deportivas correspondientes y demás disposiciones aplicables, cumpliendo el procedimiento que para ese propósito prevea el Reglamento de esta Ley.

Artículo 96. Las instalaciones destinadas a la activación física, la cultura física, el deporte y en las que se celebren eventos o espectáculos deportivos deberán proyectarse, construirse, operarse y administrarse en el marco de la normatividad aplicable, a fin de procurar la integridad y seguridad de los asistentes y participantes, privilegiando la sana y pacífica convivencia, de manera que impidan o limiten al máximo las posibles manifestaciones de violencia y discriminación y cualquier otra conducta antisocial.

Artículo 97. La CONADE promoverá ante las diversas instancias de gobierno la utilización concertada de laboratorios, centros de salud, parques, plazas y demás espacios o instalaciones públicas en apoyo a la cultura física y el deporte.

Artículo 98. En el uso de las instalaciones a que se refiere este Capítulo, con fines de espectáculo, deberán tomarse las providencias necesarias que determine la presente Ley y la Comisión Especial.

Asimismo, deberán respetarse los programas y calendarios previamente establecidos, así como acreditar por parte de los organizadores, ante la Comisión Especial, que se cuenta con póliza de seguro vigente que cubra la reparación de los daños a personas y bienes que pudieran ocasionarse, cuando así se acredite su responsabilidad y que sea sujeto de ser asegurado.

Capítulo IIDe la Enseñanza, Investigación y Difusión

Artículo 99. La CONADE promoverá, coordinará e impulsará en coordinación con la SEP la enseñanza, investigación, difusión del desarrollo tecnológico, la aplicación de los conocimientos científicos en materia de activación física, cultura física y deporte, así como la construcción de centros de enseñanza y capacitación de estas actividades.

Artículo 100. En el desarrollo de la investigación y conocimientos científicos, deberán participar los integrantes del SINADE, quienes podrán asesorarse de universidades públicas o privadas e instituciones de educación superior del País de acuerdo a los lineamientos que para este fin se establezcan en el Reglamento de la presente Ley.

Artículo 101. La CONADE participará en la elaboración de programas de capacitación en actividades de activación física, cultura física y deporte con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, Gobiernos de las Entidades Federativas, del Distrito Federal, y Municipales, organismos públicos, sociales y privados, nacionales e internacionales para el establecimiento de escuelas y centros de educación y capacitación para la formación de profesionales y técnicos en ramas de la cultura física y el deporte. En los citados programas, se deberá contemplar la capacitación respecto a la atención de las personas con algún tipo de discapacidad.

Artículo 102. La CONADE promoverá y gestionará conjuntamente con las Asociaciones Deportivas Nacionales la formación, capacitación, actualización y certificación de recursos humanos para la enseñanza y práctica de actividades de cultura física deportiva y deporte. Para tal efecto, emitirá los lineamientos necesarios en los que se determine el procedimiento de acreditación considerando lo dispuesto por la Ley General de Educación.

Capítulo IIIDe las Ciencias Aplicadas

Artículo 103. La CONADE promoverá en coordinación con la SEP, el desarrollo e investigación en las áreas de Medicina Deportiva, Biomecánica, Control del Dopaje, Psicología del Deporte, Nutrición y demás ciencias aplicadas al deporte y las que se requieran para la práctica óptima de la cultura física y el deporte.

Artículo 104. La CONADE coordinará las acciones necesarias a fin de que los integrantes del SINADE obtengan los beneficios que por el desarrollo e investigación en estas ciencias se adquieran.

Artículo 105. Los deportistas integrantes del SINADE tendrán derecho a recibir atención médica. Para tal efecto, las autoridades Federales, Estatales, del Distrito Federal, Municipales promoverán los mecanismos de concertación con las instituciones públicas o privadas que integren el sector salud.

Los deportistas y los entrenadores que integren el padrón de deportistas de alto rendimiento dentro del RENADE, así como aquellos considerados como talentos deportivos que integren preselecciones y selecciones nacionales, deberán contar con un seguro de vida y gastos médicos que proporcionará la CONADE, así como incentivos económicos con base a los resultados obtenidos. El procedimiento correspondiente quedará establecido en el Reglamento de la presente Ley.

Artículo 106. Las instituciones y organizaciones de los sectores social y privado están obligadas a prestar el servicio médico que se requiera durante las prácticas y competiciones oficiales que promuevan y organicen.

Artículo 107. Las instituciones del sector salud y educativo promoverán en su respectivo ámbito de competencia, programas de atención médica, psicológica y de nutrición para deportistas, formación y actualización de especialistas en medicina del deporte y ciencias aplicadas, así como para la investigación científica.

Artículo 108. La Secretaría de Salud y la CONADE, procurarán la existencia y aplicación de programas preventivos relacionados con enfermedades y lesiones derivadas de la práctica deportiva, así como proporcionar servicios especializados y de alta calidad en medicina y demás ciencias aplicadas al deporte.

Artículo 109. Las instancias correspondientes, verificarán y certificarán que los laboratorios y profesionistas dedicados al ejercicio de estas ciencias, cumplan con los requisitos que fijen los Reglamentos y Normas Oficiales Mexicanas que sobre el particular, emita la dependencia con competencia en la materia.

Capítulo IVDel Estímulo a la Cultura Física y al Deporte

Artículo 110. Corresponde a la CONADE y a los organismos de los sectores públicos otorgar y promover en el ámbito de sus respectivas competencias, ayudas, subvenciones y reconocimientos a los deportistas, técnicos y organismos de cultura física y deporte ajustándose a lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento y en su caso, en la convocatoria correspondiente.

La CONADE promoverá y gestionará la constitución de fideicomisos destinados al otorgamiento de un reconocimiento económico vitalicio, a los deportistas que en representación oficial obtengan o hayan obtenido una o más medallas en Juegos Olímpicos o Paralímpicos.

La CONADE, regirá los criterios y bases para el otorgamiento y monto de la beca a que se harán acreedores los beneficiados por los fideicomisos creados para reconocimiento a medallistas olímpicos y paralímpicos.

La CONADE gestionará y establecerá los mecanismos necesarios para que los deportistas con discapacidad, sin discriminación alguna, gocen de los mismos reconocimientos y estímulos que otorgue el Gobierno Federal a los deportistas convencionales.

Artículo 111. Los estímulos a que se refiere el presente Capítulo, que se otorguen con cargo al presupuesto de la CONADE, tendrán por finalidad el cumplimiento de alguno de los siguientes objetivos:

I. Desarrollar los programas deportivos de las Asociaciones Deportivas Nacionales;

II. Impulsar la investigación científica en materia de activación física, cultura física y deporte;

III. Fomentar las actividades de las Asociaciones Deportivas, Recreativas, de Rehabilitación y de Cultura Física, cuyo ámbito de actuación trascienda de aquél de las Entidades Federativas;

IV. Promover la actividad de clubes, asociaciones, ligas y deportistas, cuando esta actividad se desarrolle en el ámbito nacional;

V. Cooperar con los Órganos Estatales de Cultura Física y Deporte y, en su caso, con los Municipales, del Distrito Federal y con el sector social y privado, en el desarrollo de los planes de la actividad deportiva escolar y universitaria, así como en los de construcción, mejora y sostenimiento de instalaciones deportivas para el desarrollo del deporte de alto rendimiento;

VI. Promover con los CONDE, Universidades y demás instituciones educativas la participación en los programas deportivos y cooperar con éstos para la dotación de instalaciones y medios necesarios para el desarrollo de sus programas;

VII. Promover con las Universidades la participación en los programas deportivos universitarios y cooperar con éstas para la dotación de instalaciones y medios necesarios para el desarrollo de sus programas.

VIII. Contribuir a elevar el desarrollo deportivo de los países de nuestro entorno histórico y cultural en respuesta a tratados o convenios de cooperación internacional;

IX. Fomentar y promover equitativamente planes y programas destinados al impulso y desarrollo de la actividad física y del deporte para las personas con discapacidad, y

X. Realizar cualquier actividad que contribuya al desarrollo de las competiciones que de acuerdo con la legislación vigente corresponda a la CONADE.

Artículo 112. Los candidatos a obtener estímulos y apoyos a que se refiere este Capítulo, deberán satisfacer además de los requisitos que establezca el Reglamento de la presente Ley los siguientes:

I. Formar parte del SINADE, y

II. Ser propuesto por la Asociación Deportiva Nacional correspondiente.

El trámite y demás requisitos para ser acreedores de los estímulos a que se refiere este Capítulo, se especificarán en el Reglamento de la presente Ley y su otorgamiento y goce estará sujeto al estricto cumplimiento de las disposiciones antes mencionadas, los Reglamentos Técnicos y Deportivos de su disciplina deportiva, así como a las bases que establezca el Ejecutivo Federal por conducto de la CONADE.

Artículo 113. Los estímulos previstos en esta Ley podrán consistir en:

I. Dinero o especie;

II. Capacitación;

III. Asesoría;

IV. Asistencia, y

V. Gestoría.

Artículo 114. Serán obligaciones de los beneficiarios de los estímulos antes señalados:

I. Realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de los estímulos;

II. Acreditar ante la entidad concedente, la realización de la actividad o la adopción del comportamiento así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la ayuda;

III. El sometimiento a las actuaciones de comprobación y a las de control financiero que correspondan en relación a los estímulos y apoyos concedidos, y

IV. Facilitar cuanta información le sea requerida por las autoridades de la Administración Pública Federal.

Artículo 115. Las personas físicas y morales, así como las agrupaciones que hubieren contribuido al desarrollo de la cultura física y el deporte nacional, podrán obtener reconocimiento por parte de la CONADE, así como en su caso, estímulos en dinero o en especie previo cumplimiento de los requisitos que para tal efecto se establezcan.

Artículo 116. Para efecto del cumplimiento de lo dispuesto por el presente Capítulo, el Fondo para el Deporte de Alto Rendimiento brindará los apoyos económicos y materiales a los deportistas de alto rendimiento con posibilidades de participar en Juegos Olímpicos y Paralímpicos.

En el Fondo para el Deporte de Alto Rendimiento, concurrirán representantes del Gobierno Federal, del Comité Olímpico Mexicano, y los particulares que aporten recursos a dicho fondo, mismo que estará conformado por un Comité Técnico, que será la máxima instancia de este fondo y responsable de autorizar los programas de apoyo y los deportistas beneficiados, quien se auxiliará de una Comisión Deportiva, integrada por un panel de expertos independientes.

La Comisión Deportiva, se apoyará en las opiniones de asesores nombrados por especialidad deportiva, quienes deberán ser expertos en sus respectivas disciplinas y podrán emitir sus opiniones sobre los atletas propuestos y sus programas de preparación.

Artículo 117. Los deportistas y entrenadores de alto rendimiento que gocen de apoyos económicos y materiales a que se refiere el presente Capítulo, deberán participar en los eventos nacionales e internacionales a que convoque la CONADE.

Capítulo VDel Control de Sustancias Prohibidas y Métodos no Reglamentarios en el Deporte

Artículo 118. Se declara de interés público, la prohibición del consumo, uso y distribución de sustancias farmacológicas potencialmente peligrosas para la salud y métodos no reglamentarios destinados a aumentar artificialmente las capacidades físicas de los deportistas o a modificar el resultado de las competiciones.

Artículo 119. Se entenderá por dopaje en el deporte la administración a los deportistas o a los animales que estos utilicen en su disciplina, así como su uso deliberado o inadvertido de una sustancia prohibida o de un método no reglamentario; enunciado en la lista vigente de la Agencia Mundial Antidopaje, misma que será publicada por la CONADE anualmente para efectos del conocimiento público.

Se sancionará como infracción, por dopaje, lo establecido en la fracción I del artículo 151 de la presente Ley.

La Federación, los Estados, el Distrito Federal y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, con la participación de los sectores social y privado velarán por la aplicación de la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte y los demás ordenamientos que resulten aplicables.

Artículo 120. La CONADE promoverá la creación de un Comité Nacional Antidopaje, involucrando para el efecto, a todas aquellas instancias públicas o privadas que a través de sus respectivas competencias puedan formar parte de dicho Comité.

Artículo 121. El Comité Nacional Antidopaje será junto con las asociaciones deportivas nacionales, la instancia responsable de conocer de los resultados, controversias e irregularidades en las normas y procedimientos que surjan de los controles dentro y fuera de competición a que sean sometidos los deportistas en el territorio nacional.

Artículo 122. Cuando se determinen casos de dopaje dentro o fuera de competición, las asociaciones deportivas nacionales cuyos atletas hayan resultado positivos, tendrán la obligación de hacer del conocimiento de la CONADE y el COM, cuando corresponda, dicha situación.

Artículo 123. La CONADE, conjuntamente con las Autoridades Federales, Estatales, del Distrito Federal y Municipales, del sector salud y los integrantes del SINADE, promoverá e impulsará las medidas de prevención y control del uso de sustancias y de la práctica de los métodos referidos en el artículo 118 de la presente Ley. Asimismo, realizará informes y estudios sobre las causas y efectos del uso de dichas sustancias.

Artículo 124. Se establece la obligación de contar con la Cartilla Oficial de Control de Sustancias Prohibidas y Métodos no Reglamentarios que expedirá la CONADE, a los deportistas que integren el padrón de alto rendimiento y talentos deportivos dentro del RENADE. Los requisitos para el otorgamiento de la cartilla mencionada en el presente artículo, se establecerán en el Reglamento de la presente Ley.

Artículo 125. Todos los deportistas que integren las preselecciones y selecciones nacionales, deberán someterse a los controles para la detección del uso de sustancias prohibidas y métodos no reglamentarios para participar en competiciones nacionales e internacionales o por lo menos en tres ocasiones al año, pudiendo ser éstas dentro o fuera de competición y de acuerdo a lo que se establezca en el Reglamento de la presente Ley.

Para los atletas de otras nacionalidades que compitan en eventos deportivos dentro del territorio nacional, sólo será requisito, el pasar control si son designados en la competición en que participen.

Artículo 126. Para los efectos de la presente Ley y su Reglamento, se considera infracción administrativa el resultado positivo del análisis antidopaje practicado al deportista o los animales que estos utilicen en su disciplina. Lo anterior sin menoscabo de las sanciones que procedan en el ámbito deportivo y que al efecto se establezcan en el Reglamento de la presente Ley, así como de la responsabilidad penal en que se incurra de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

Artículo 127. Lo dispuesto en el artículo 122 de la presente Ley, aplica en los mismos términos a los directivos, técnicos, médicos, entrenadores o cualquier otra persona física o moral que resulte responsable de la inducción, facilitación o administración de sustancias, métodos de dopaje prohibidos o no reglamentarios en el deporte. Lo anterior sin menoscabo de las sanciones que pudieran proceder de otros ordenamientos aplicables.

Artículo 128. Los integrantes del SINADE en su respectivo ámbito de competencia, orientarán a los deportistas que hayan resultado positivos en los controles antidopaje para el restablecimiento de su salud física y mental e integración social.

Artículo 129. Los métodos, prácticas y análisis para determinar el uso de sustancias y/o métodos no reglamentarios, deberán realizarse conforme a los establecidos por la Comisión Médica del Comité Olímpico Internacional y la Agencia Mundial Antidopaje con estricto apego a las normas y procedimientos que para tal efecto dicte la CONADE y respetando en todo momento, las garantías individuales.

Artículo 130. Los Poderes Públicos en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán medidas normativas para controlar la circulación, disponibilidad, tenencia, importación, distribución, venta y utilización en el deporte de agentes dopantes y de métodos de dopaje prohibidos o no reglamentarios.

Artículo 131. El Comité Nacional Antidopaje, será la instancia responsable de homologar a los laboratorios antidopaje en el ámbito nacional y en su caso, convalidar a aquellos que cuenten con el reconocimiento internacional por parte del Comité Olímpico Internacional y/o la Agencia Mundial Antidopaje.

Artículo 132. Para los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, el Comité Nacional Antidopaje, nombrará un Subcomité de Homologación, involucrando para el efecto, a aquellas instituciones públicas o privadas que a través de sus respectivas competencias puedan formar parte de dicho Subcomité.

Artículo 133. La CONADE y el Comité Nacional Antidopaje, serán los responsables de solicitar la acreditación o reacreditación de los laboratorios nacionales homologados, ante las instancias correspondientes, con objeto de alcanzar su certificación internacional.

Artículo 134. La CONADE, será responsable del manejo y funcionamiento del laboratorio central antidopaje.

Artículo 135. El laboratorio central antidopaje tendrá carácter nacional en tanto no exista otro homologado en el país, obligándose las asociaciones deportivas nacionales a enviar a dicho laboratorio para su análisis, todas las muestras biológicas que se recolecten en los eventos y competiciones de carácter nacional o internacional que se realicen en el país.

Artículo 136. Para efectos del artículo anterior, quedan exentas las muestras biológicas recolectadas en los eventos que se realicen en el territorio nacional y que se encuentren inscritos en los calendarios oficiales de competiciones de las federaciones internacionales o aquellas que se enmarquen en el contexto del movimiento olímpico, mismas, que serán remitidas para su estudio analítico al laboratorio certificado por el Comité Olímpico Internacional o la Agencia Mundial Antidopaje que se haya previamente determinado.

Capítulo VIDe la Prevención de la Violencia en el Deporte

Artículo 137. Las disposiciones previstas en este Capítulo, serán aplicables a todos los eventos deportivos, sin perjuicio de dar cumplimiento a otros ordenamientos, que en la materia dicten la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los municipios.

La CONADE, podrá asesorar en la materia, dentro del ámbito de su competencia, a los organizadores de eventos deportivos cuando así lo requieran.

Artículo 138. Para efectos de esta Ley, de manera enunciativa y no limitativa, por actos o conductas violentas o que incitan a la violencia en el deporte se entienden los siguientes:

I. La participación activa de deportistas, entrenadores, jueces o árbitros, espectadores, organizadores, directivos o cualquier involucrado en la celebración del evento deportivo en altercados, riñas, peleas o desórdenes públicos en los recintos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte organizados para acudir a los mismos, cuando tales conductas estén relacionadas con un evento deportivo que vaya a celebrarse, se esté celebrando o se haya celebrado;

II. La exhibición en los recintos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte organizados para acudir a los mismos de pancartas, símbolos, emblemas o leyendas que, por su contenido o por las circunstancias en las que se exhiban o utilicen de alguna forma inciten, fomenten o ayuden a la realización de comportamientos violentos, o constituyan un acto de manifiesto desprecio a las personas participantes en el evento deportivo;

III. La entonación de cánticos que inciten a la violencia o a la agresión en los recintos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte organizados para acudir a los mismos. Igualmente, aquéllos que constituyan un acto de manifiesto desprecio a las personas participantes en el evento deportivo;

IV. La irrupción no autorizada en los terrenos de juego;

V. La emisión de declaraciones o la transmisión de informaciones, con ocasión de la próxima celebración de un evento deportivo, ya sea en los recintos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte públicos en los que se pueda desplazar a los recintos deportivos, en cuya virtud se amenace o incite a la violencia o a la agresión a los participantes o asistentes a dichos encuentros, así como la contribución significativa mediante tales declaraciones a la creación de un clima hostil, antideportivo o que promueva el enfrentamiento físico entre los participantes en los eventos deportivos o entre asistentes a los mismos;

VI. La facilitación de medios técnicos, económicos, materiales o tecnológicos que den soporte a la actuación de las personas o grupos que promuevan la violencia, o que inciten, fomenten o ayuden a los comportamientos violentos, o la creación y difusión o utilización de soportes digitales utilizados para la realización de estas actividades, y

VII. Las que establezca la presente Ley, su Reglamento, el Código de Conducta de cada disciplina y demás ordenamientos aplicables.

Artículo 139. Se crea la Comisión Especial Contra la Violencia en el Deporte que será la encargada de elaborar y conducir las políticas generales contra la violencia en el deporte.

La Comisión Especial será un órgano colegiado integrado por representantes de CONADE, de los Órganos Estatales, del Distrito Federal y Municipales de Cultura Física y Deporte, de las Asociaciones Deportivas Nacionales, del COM, del COPAME, del CONDE, de las Ligas Profesionales y, en su caso, de las Comisiones Nacionales del Deporte Profesional.

La composición y funcionamiento de la Comisión Especial se establecerá en el Reglamento de la presente Ley.

En la Comisión Especial podrán participar dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, a fin de colaborar, apoyar y desarrollar planes y estudios que aporten eficacia a las acciones encaminadas en la prevención de la violencia en el deporte. Asimismo, podrán participar personas destacadas en el ámbito del deporte.

La coordinación y operación de los trabajos de la Comisión Especial, estarán a cargo de la CONADE.

Artículo 140. Las atribuciones de dicha Comisión Especial además de las que se establezcan en el reglamento respectivo, serán:

I. Promover e impulsar acciones de prevención contra la violencia en el deporte;

II. Fomentar, coordinar y realizar campañas de divulgación y de sensibilización en contra de la violencia, con el fin de conseguir que el deporte sea un referente de integración y convivencia social;

III. Asesorar, dentro del ámbito de su competencia siempre que lo requieran, a los organizadores de aquellos eventos o espectáculos deportivos en los que razonablemente se prevea la posibilidad de actos violentos;

IV. Coadyuvar con las dependencias administrativas involucradas en la realización de eventos deportivos, procuradurías, áreas de seguridad pública y protección civil de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los municipios;

V. Establecer los lineamientos que permitan llevar a cabo los acuerdos o convenios de colaboración entre los tres niveles de gobierno en la materia, los requisitos y normas mínimas que deben cumplir las instalaciones donde se lleven a cabo eventos deportivos, sin perjuicio de las establecidas por Protección Civil, y las medidas que se consideren necesarias para la prevención de la violencia en los eventos deportivos;

VI. Fomentar programas y campañas de divulgación en contra de la violencia y la discriminación a fin de retribuir los valores de integración y convivencia social del deporte;

VII. Emitir recomendaciones y orientar a los miembros del SINADE sobre la implementación de medidas tendientes a erradicar la violencia y la discriminación en el desarrollo de sus actividades y la celebración de eventos deportivos;

VIII. Brindar asesoría a quien lo solicite, en materia de prevención de la violencia en el deporte, y

IX. Las demás que se establezcan en esta Ley, su Reglamento y demás ordenamientos aplicables.

Artículo 141. Dentro de los lineamientos que emita la Comisión Especial a que se refiere el artículo anterior deberán regularse, en lo concerniente al acceso a los eventos deportivos, entre otras medidas:

I. La introducción de armas, elementos cortantes, punzantes, contundentes u objetos susceptibles de ser utilizados como tales, mismos que puedan poner en peligro la integridad física de los deportistas, entrenadores, directivos, árbitros y de espectadores o asistentes en general;

II. El ingreso y utilización de petardos, bombas de estruendo, bengalas, fuegos de artificio u objetos análogos;

III. La introducción de banderas, carteles, pancartas, mantas o elementos gráficos que atenten contra la moral, la sana convivencia o inciten a la violencia, así como cualquier elemento que impida la plena identificación de los espectadores o aficionados en general;

IV. El establecimiento de espacios determinados, de modo permanente o transitorio, para la ubicación de las porras o grupos de animación empadronados por los clubes o equipos y registrados ante su respectiva Asociación Deportiva Nacional, y

V. El ingreso de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o sustancias análogas; así como de personas que se encuentren bajo los efectos de las mismas.

Artículo 142. Quienes en su carácter de asistente o espectador acudan a la celebración de un evento deportivo deberán:

I. Acatar las disposiciones normativas relacionadas con la celebración de eventos deportivos que emita la Comisión Especial, así como las de la localidad en donde se lleven a cabo, y

II. Cumplir con las indicaciones señaladas por el organizador, mismas que deberán contener las causas por las que se pueda impedir su entrada a las instalaciones donde se llevará a cabo dicho espectáculo.

Con estricto respeto a las disposiciones y procedimientos previstos en las leyes u ordenamientos en materia de responsabilidades administrativas, civiles y penales aplicables de carácter federal, estatal, del Distrito Federal y municipal, los asistentes o espectadores que cometan actos que generen violencia u otras acciones sancionables al interior o en las inmediaciones de los espacios destinados a la realización de la cultura física, el deporte y en las que se celebren eventos deportivos en cualquiera de sus modalidades, serán sujetos a la aplicación de la sanción correspondiente conforme a los ordenamientos referidos por la autoridad competente.

Artículo 143. Los deportistas, entrenadores, técnicos, directivos y demás personas, en el ámbito de la disciplina deportiva, deberán actuar conforme a las disposiciones y lineamientos que para prevenir y erradicar la violencia en el deporte emita la Comisión Especial, así como los establecidos en las disposiciones reglamentarias y estatutarias emitidas por las Asociaciones Deportivas Nacionales respectivas.

Artículo 144. Los integrantes del SINADE, podrán revisar continuamente sus disposiciones reglamentarias y estatutarias a fin de promover y contribuir a controlar los factores que puedan provocar estallidos de violencia por parte de deportistas y espectadores.

Asimismo, brindarán las facilidades y ayuda necesarias a las autoridades responsables de la aplicación de las disposiciones y lineamientos correspondientes para la prevención de la violencia en el deporte, a fin de conseguir su correcta y adecuada implementación.

Capítulo VIIDe las Infracciones y Sanciones

Artículo 145. La aplicación de sanciones administrativas por infracciones a esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones que de ella emanen, corresponde a la CONADE.

Artículo 146. Las sanciones administrativas a que se refiere el artículo anterior, se aplicarán de acuerdo a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Los servidores públicos, además estarán sujetos a las leyes que rigen la materia.

Artículo 147. Contra la resolución de la autoridad que imponga sanciones administrativas, procederá el recurso de revisión independientemente de las vías judiciales que correspondan.

Artículo 148. En el ámbito de la justicia deportiva, la aplicación de sanciones por infracciones a sus estatutos, reglamentos deportivos y ordenamientos de conducta corresponde a:

I. El COM, el COPAME, las Asociaciones Deportivas Nacionales, los Organismos Afines, las Asociaciones y Sociedades Deportivas, Recreativo-Deportivas, del Deporte en la Rehabilitación y de Cultura Física-Deportiva, y

II. A los directivos, jueces y árbitros de competiciones deportivas.

Artículo 149. Contra las resoluciones de los organismos deportivos que impongan sanciones, proceden los recursos siguientes:

I. Recurso de inconformidad, tiene por objeto, impugnar las resoluciones y se promoverá ante la instancia inmediata en orden ascendente dentro de la estructura deportiva nacional, y

II. Recurso de apelación, el cual se promoverá ante la CAAD.

Para efectos de este artículo, se entiende por estructura deportiva nacional, la distribución y orden que guardan entre sí las autoridades deportivas y los integrantes del asociacionismo deportivo del país.

Artículo 150. Para la aplicación de sanciones por faltas a estatutos, reglamentos y ordenamientos de conducta, los organismos deportivos que pertenecen al SINADE habrán de prever lo siguiente:

I. Un apartado dentro de sus estatutos que considere las infracciones y sanciones correspondientes, de acuerdo a su disciplina deportiva, el procedimiento para imponer dichas sanciones y el derecho de audiencia a favor del presunto infractor;

II. Los criterios para considerar las infracciones con el carácter de leves, graves y muy graves, y

III. Los procedimientos para interponer los recursos establecidos en el artículo anterior.

Artículo 151. Se considerarán como infracciones muy graves a la presente Ley, las siguientes:

I. En materia de dopaje:

a) La presencia de una sustancia prohibida, de sus metabolitos o marcadores en la muestra de un deportista;

b) La utilización o tentativa, de las sustancias y grupos farmacológicos prohibidos, así como de métodos no reglamentarios, destinados a aumentar artificialmente las capacidades físicas de los deportistas o a modificar los resultados de las competiciones;

c) La promoción, instigación, administración y encubrimiento a la utilización de sustancias prohibidas o métodos no reglamentarios dentro y fuera de competiciones;

d) La negativa o resistencia, sin justificación válida, a someterse a los controles de dopaje dentro y fuera de competiciones cuando sean exigidos por los órganos o personas competentes, posterior a una notificación hecha conforme a las normas antidopaje aplicables;

e) Cualquier acción u omisión tendiente a impedir o perturbar la correcta realización de los procedimientos de represión del dopaje;

f) La falsificación o tentativa, de cualquier parte del procedimiento de control del dopaje;

g) Tráfico o tentativa, de cualquier sustancia prohibida o de algún método no reglamentario, y

h) La administración o utilización de sustancias o prácticas prohibidas en animales destinados a la práctica deportiva.

II. Las distinciones, exclusiones, restricciones, preferencias u hostigamiento que se hagan en contra de cualquier deportista, motivadas por origen étnico o nacional, de género, la edad, las discapacidades, la condición social, la religión, las opiniones, preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra su dignidad o anule o menoscabe sus derechos y libertades;

III. El uso indebido de recursos públicos por parte de los sujetos destinatarios de los mismos, y

IV. El incumplimiento o violación a los estatutos de las Asociaciones Deportivas Nacionales, por cuanto hace a la elección de sus cuerpos directivos.

Artículo 152. A las infracciones a esta Ley o demás disposiciones que de ella emanen, se les aplicarán las sanciones administrativas siguientes:

I. A las Asociaciones y Sociedades Deportivas, Deportivas Nacionales, Recreativo-Deportivas, del Deporte en la Rehabilitación y de Cultura Física-Deportiva:

a) Amonestación privada o pública;

b) Limitación, reducción o cancelación de apoyos económicos;

c) Suspensión temporal o definitiva del uso de instalaciones oficiales de cultura física y deporte, y

d) Suspensión temporal o definitiva de su inscripción al SINADE.

II. A directivos del deporte:

a) Amonestación privada o pública;

b) Suspensión temporal o definitiva de su inscripción al SINADE, y

c) Desconocimiento de su representatividad.

III. A deportistas:

a) Amonestación privada o pública;

b) Limitación, reducción o cancelación de apoyos económicos, y

c) Suspensión temporal o definitiva de su inscripción al SINADE.

IV. A técnicos, árbitros y jueces:

a) Amonestación privada o pública, y

b) Suspensión temporal o definitiva de su inscripción al SINADE.

Artículo 153. Las sanciones por las infracciones previstas en el presente Capítulo se impondrán de conformidad con el procedimiento previsto en el Reglamento de esta Ley.

Transitorios

Primero. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se abroga la Ley General de Cultura Física y Deporte, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veinticuatro de febrero de dos mil tres, y se derogan todas las disposiciones jurídicas que contravengan la presente Ley.

En cuanto a las disposiciones legales y reglamentarias que se refieren a la CODEME, se ajustarán a las previsiones señaladas en la presente Ley.

Tercero. El Reglamento y demás disposiciones reglamentarias a que se refiere esta Ley deberán expedirse dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la Ley.

Cuarto. En tanto se expiden las disposiciones reglamentarias de esta Ley, seguirán en vigor las que han regido hasta ahora, en lo que no la contravengan.

Quinto. En todo lo previsto en la presente Ley para la Secretaría de la Función Pública, se estará a lo dispuesto en el artículo segundo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dos de enero de dos mil trece.

Sexto. La CONADE desarrollará las nuevas atribuciones que le confiere la presente Ley con los recursos humanos, financieros y materiales con los que cuenta actualmente.

Séptimo. Las modificaciones necesarias al Estatuto Orgánico de la CONADE se harán dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor de la Ley y deberá inscribirse en el Registro Público de organismos descentralizados.

Octavo. La CAAD se ajustará a los recursos humanos, financieros y materiales con los que cuenta actualmente. Respecto del periodo de duración del Presidente y Miembros Titulares que actualmente integran la CAAD, éste se contabilizará a partir de la fecha en la que fueron designados.

Noveno. Todos los procedimientos y recursos administrativos relacionados con las materias de esta Ley, que se hubiesen iniciado bajo la vigencia de la Ley General de Cultura Física y Deporte, se tramitarán y resolverán conforme a las disposiciones de la Ley que se abroga.

Décimo. Para los efectos de la integración y actualización del Registro Nacional de Cultura Física y Deporte de conformidad con el artículo 30, fracción XIII de la Ley, las Asociaciones Deportivas Nacionales reconocidas en los términos de la presente Ley, deberán acreditar en un plazo no mayor de ciento ochenta días naturales, que cumplen con lo dispuesto en el artículo 54 de esta Ley.

Décimo Primero. Para los efectos de lo establecido en la presente Ley las autoridades competentes ajustarán su legislación dentro del primer año siguiente a la entrada en vigor del presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, abril 16 de 2013.

La Comisión de Deporte, diputados: Felipe Muñoz Kapamas (rúbrica), William Renán Sosa Altamira (rúbrica), Gerardo Francisco Liceaga Arteaga (rúbrica), Mayra Karina Robles Aguirre (rúbrica), Fernando Alejandro Larrazábal Bretón, Flor de María Pedraza Aguilera, Regina Vázquez Saut (rúbrica), Juana Bonilla Jaime (rúbrica), José Valentín Maldonado Salgado, Gabriela Medrano Galindo (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Eligio Cuitláhuac González Farías (rúbrica), Brasil Alberto Acosta Peña (rúbrica), Roberto Ruiz Moronatti (rúbrica), Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Rafael González Reséndiz (rúbrica), Delvim Fabiola Bárcenas Nieves (rúbrica), Omar Antonio Borboa Becerra, José Guadalupe García Ramírez, Alejandra López Noriega, María Isabel Ortiz Mantilla, Ponciano Vázquez Parissi, Tomás Brito Lara, Catalino Duarte Ortuño, Gerardo Villanueva Albarrán, Jorge Salgado Parra (rúbrica), Rosa Elia Romero Guzmán, Laura Ximena Martel Cantú (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



CODIGO CIVIL FEDERAL

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto que reforma los artículos 86, 87, 133, 292, 395 y 1612; y deroga el 88, 157, 295, 394, 1613 y 1620 del Código Civil Federal

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, le fue turnada para su análisis y elaboración del dictamen, iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal, presentada por la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con fundamento en los artículos 39, numeral 1, y 45, numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80 numeral 1, fracción II, 81 numeral 2, 85,157 numeral 1, fracción I; 158 numeral 1, fracción IV y 167 numeral 4 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con la siguiente

Metodología

I. En el capítulo de “ Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y del trabajo previo para su resolución de la comisión dictaminadora.

II. En el capítulo referido al “ Contenido de la iniciativa”, se sintetiza el alcance de la propuesta de reforma en estudio.

III. En el capítulo de “ Consideraciones”, se expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de esta comisión dictaminadora.

I. Antecedentes

1. En la sesión de fecha veintiocho de febrero de dos mil trece, la diputada Zuleyma Huidobro González, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal, como se describe a continuación:

Se reforman los artículos 86, 87, 133, 292, 395 y 1612, y se derogan los artículos 88, 157, 295, 394, 1613 y 1620 del Código Civil Federal, quedando como sigue:

En la adopción plena se levantará un acta como si fuera de nacimiento, en los mismos términos que la que se expide para los hijos consanguíneos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.

En la adopción plena, a partir del levantamiento del acta a que se refiere el artículo anterior se harán las anotaciones en el acta de nacimiento originaria, la cual quedará reservada. No se publicará ni se expedirá constancia alguna que revele el origen del adoptado ni su condición de tal, salvo providencia dictada en juicio.

Se deroga.

Cuando se recobre la capacidad legal para administrar, se presente la persona declarada ausente o cuya muerte se presumía, se dará aviso al juez del Registro Civil por el mismo interesado y por la autoridad que corresponda, para que cancele la inscripción a que se refiere el artículo anterior.

Se deroga.

La ley no reconoce más parentesco que los de consanguinidad y afinidad.

Se deroga.

Se deroga.

El que adopta tendrá respecto de la persona y bienes del adoptado, los mismos derechos y obligaciones que tienen los padres respecto de la persona y bienes de los hijos. El adoptante dará nombre y sus apellidos al adoptado.

El adoptado hereda como hijo.

Se deroga.

Se deroga.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.”

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, dispuso que dicha iniciativa fuera turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Comisión de Justicia.

3. En la sesión plenaria de la Comisión de Justicia, celebrada el quince de abril de dos mil trece, se aprobó en sentido positivo por mayoría de los presentes el proyecto de dictamen de la iniciativa en referencia.

II. Contenido de la iniciativa

Esta iniciativa pretende realizar cambio al Código Civil Federal, tienen el propósito de generalizar de manera definitiva la llamada “adopción plena”, y con ello, la posibilidad de extender y sistematizar los vínculos, los derechos y los deberes propios de los emanados en las relaciones entre padres e hijos consanguíneos, y así la extinción de los originados en la familia natural.

Eliminar del Código Civil Federal la figura de “adopción simple” y “parentesco civil”.

III. Consideraciones

Primera.Dada la importancia que representa la adecuación permanente de la norma, no sólo para darle congruencia y esclarecimiento en su aplicación; pues de una correcta y adecuada conjunción de supuestos establecemos desde su nacimiento dar cuerpo y solvencia jurídica a un ordenamiento legal para su aplicación.

La hermenéutica jurídica, entendida como la técnica, método o ciencia que tiene como propósito la interpretación; y en su esencia conjunta disciplinas, visiones y valores agrupándolos sistemáticamente con el fin de redireccionar objetivos para propiciar ilustración y brindar certeza.

Los integrantes de esta Comisión de Justicia, como ha quedado de manifiesto en sus puntos de vista y argumentos han determinado dar coherencia a las recientes reformas que en el tema de adopción fueron aprobadas por este Congreso federal.

Como parte del estudio y análisis de la iniciativa en la cual se propone la reforma los artículos 86, 87, 133, 292, 395 y 1612, Y se derogan los artículos 88, 157, 295, 394, 1613 y 1620 del Código Civil Federal, y con el fin de allegarse de elementos suficientes para atender el mandato de la Mesa Directiva, se analizaron y valoraron los argumentos de la proponente.

Segunda. El ocho de abril de dos mil trece, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Código Civil Federal, que derogó los artículos 402 al 410 del Capítulo V De la Adopción, Sección Segunda De la Adopción Simple, con el propósito de hacer de la adopción un proceso ágil, transparente y efectivo, salvaguardando el interés superior de los menores de edad e incapaces, a favor de la adopción plena, buscando con ello, garantizar al adoptado su incorporación integral y absoluta a la familia del adoptante con derechos y obligaciones iguales a los de un hijo consanguíneo

Tercera. La iniciativa propone adecuar la norma, atendiendo que la figura de la adopción simple ha sido derogada, y los artículos que la iniciativa propone reformar y derogar están vinculados aun con esta figura, por lo que para su correcta interpretación es necesario armonizar el contenido de la disposición.

Esta Comisión de Justicia considera que la iniciativa de la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal, es procedente, en virtud de que sustenta una adecuada interpretación y aplicación de la norma de mérito, dando así certeza jurídica a los menores de edad e incapaces adoptados.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Justicia ponemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Decreto por el que se reforman los artículos 86, 87, 133, 292, 395 y 1612, y se derogan los artículos 88, 157, 295, 394, 1613 y 1620 del Código Civil Federal.

Artículo Único. Se reforman los artículos 86, 87, 133, 292, 395 y 1612, y se derogan los artículos 88, 157, 295, 394, 1613 y 1620 del Código Civil Federal, quedando como sigue:

Artículo 86. En la adopción plena se levantará un acta como si fuera de nacimiento, en los mismos términos que la que se expide para los hijos consanguíneos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.

Artículo 87. En la adopción plena, a partir del levantamiento del acta a que se refiere el artículo anterior se harán las anotaciones en el acta de nacimiento originaria, la cual quedará reservada. No se publicará ni se expedirá constancia alguna que revele el origen del adoptado ni su condición de tal, salvo providencia dictada en juicio.

Artículo 88. Se deroga.

Artículo 133. Cuando se recobre la capacidad legal para administrar, se presente la persona declarada ausente o cuya muerte se presumía, se dará aviso al juez del Registro Civil por el mismo interesado y por la autoridad que corresponda, para que cancele la inscripción a que se refiere el artículo anterior.

Artículo 157. Se deroga.

Artículo 292. La ley no reconoce más parentesco que los de consanguinidad y afinidad.

Artículo 295. Se deroga.

Artículo 394. Se deroga.

Artículo 395. El que adopta tendrá respecto de la persona y bienes del adoptado, los mismos derechos y obligaciones que tienen los padres respecto de la persona y bienes de los hijos. El adoptante dará nombre y sus apellidos al adoptado.

Artículo 1612. El adoptado hereda como hijo.

Artículo 1613. Se deroga.

Artículo 1620. Se deroga.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de abril de 2013.

La Comisión de Justicia, diputados:Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), presidente; María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Karina Labastida Sotelo (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica), Alejandro Carbajal González, Alfa Eliana González Magallanes (rúbrica), Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), Zuleyma Huidobro González (rúbrica), Lilia Aguilar Gil (rúbrica), José Alberto Rodríguez Calderón, secretarios; Eloy Cantú Segovia (rúbrica), Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica), Andrés de la Rosa Anaya, Tomás Torres Mercado (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Areli Madrid Tovilla, Julio César Moreno Rivera, José Antonio Rojo García de Alba, Margarita Elena Tapia Fonllen (rúbrica), Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño, Fernando Zárate Salgado, Darío Zacarías Capuchino (rúbrica), Damián Zepeda Vidales.»

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Honorable asamblea, el siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo.

El Secretario diputado Xavier Azuara Zúñiga: «Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su análisis y elaboración del dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 530 en su fracción III de la Ley Federal del Trabajo, presentada por la diputada Zuleyma Huidobro González, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Esta comisión dictaminadora con fundamento en lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 86, 89, 94 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 80, 81, 82, 84, 85, 182 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, habiendo analizado el contenido de la citada Iniciativa, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de la siguiente:

Metodología

I. En el capítulo de “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y del trabajo previo para su resolución de la Comisión Dictaminadora.

II. En el capítulo referido al “Contenido de la iniciativa”, se sintetiza el alcance de la propuesta de reforma en estudio.

III. En el capítulo de “ Consideraciones”, se expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de esta Comisión Dictaminadora.

I. Antecedentes

1. En la sesión de fecha de trece de noviembre de dos mil doce, la diputada Zuleyma Huidobro González, integrante del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó la iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, dispuso que dicha iniciativa fuera turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

II. Contenido de la iniciativa

La iniciativa tiene por objeto facultar a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para que además de proponer soluciones para el arreglo de conflictos, pueda celebrar convenios que tendrán las mismas consecuencias jurídicas que si se hubiere firmado en la Junta de Conciliación y Arbitraje.

Es decir, que los convenios conciliatorios que sean celebrados ante el procurador del Trabajo, tendrán reconocimiento ante la ley, con facultades para ello, otorgadas al propio Procurador, en texto de ley, so pena de sufrir la promoción de la nulidad del documento, a cargo de aquel a quien no le sea favorable el acuerdo de voluntades y sus consecuencias. Se trata de dotar al ordenamiento laboral, de mayor precisión y certeza, en beneficio de las partes, trabajador y patrón; presentada como a continuación se describe:

“Decreto por el que se adiciona un texto a la fracción III, del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo

Articulo 530. La Procuraduría de la Defensa del Trabajo tiene las funciones siguientes:

I. Representar o asesorar a los trabajadores y a sus sindicatos, siempre que lo soliciten, ante cualquier autoridad, en las cuestiones que se relacionen con la aplicación de las normas de trabajo;

II. Interponer los recursos ordinarios y extraordinarios procedentes, para la defensa del trabajador o sindicato; y

III. Proponer a las partes interesadas soluciones amistosas para el arreglo de sus conflictos y hacer constar los resultados en actas autorizadas, así como la celebración de convenios entre las partes, que serán considerados como firmados ante la junta.”

III. Consideraciones

La propuesta de iniciativa que se dictamina no obstante que se encuentra prevista en el artículo 32 del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo vigente, que establece:

“Las actas y los convenios elaborados y aprobados por los Procuradores Auxiliares fuera de juicio tendrán validez jurídica, siempre y cuando los trabajadores no renuncien a los salarios devengados, a las indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los servicios prestados.”

Derivado de lo anterior, resulta pertinente  dar el nivel que pretende la iniciativa en virtud de ser complementaria en lo atención a lo antes citado.

Por lo que si bien el Reglamento prevé mecanismos de conciliación consistentes en resolver, a través de juntas de avenimiento o conciliatorias, los conflictos entre patrones y trabajadores y demás sujetos de la relación laboral, a efecto de preservar los derechos que la Ley consagra en favor de los trabajadores, resulta precedente dictaminar en sentido positivo la propuesta en comento, pues una de las bondades de la misma se reflejaría en un desahogo de la carga litigiosa, en las instancias correspondientes.

Con la presente iniciativa, esta Comisión considera viable dar un rango a la  Procuraduría de la defensa del trabajo, que actualmente no tiene, mismo que al ser incorporado a la Ley Federal del Trabajo podrá citar a las partes interesadas para celebrar pláticas conciliatorias con el objeto de solucionar sus conflictos, esto se podrá realizar a través de actas o convenios elaborados y aprobados por los Procuradores Auxiliares fuera de juicio, mismos que tendrán validez jurídica, siempre y cuando los trabajadores no renuncien a los salarios devengados, a las indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los servicios prestados. Por lo anterior, se considera  que la iniciativa en estudio queda sin materia.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social someten a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo.

Artículo Único. Se reforma la fracción III del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Articulo 530. La Procuraduría de la Defensa del Trabajo tiene las funciones siguientes:

I. y II. ...

III. Proponer a las partes interesadas soluciones amistosas para el arreglo de sus conflictos y hacer constar los resultados en actas autorizadas, así como la celebración de convenios entre las partes, que serán considerados como firmados ante la junta.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a cuatro de abril de dos mil trece.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados:Claudia Delgadillo González (rúbrica), presidenta; Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Francisco Grajales Palacios, Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez,  Fernando Salgado Delgado (rúbrica), Karina Labastida Sotelo (rúbrica en contra), Rafael Alejandro Micalco Méndez, Ramón Montalvo Hernández (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem, Luisa María Alcalde Luján (rúbrica), José Arturo López Cándido, José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Carlos Humberto Aceves y del Olmo, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Elsa Patricia Araujo de la Torre (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal (rúbrica), Silvano Blanco Deaquino (rúbrica), José Alfredo Botello Montes (rúbrica en contra), Juan Bueno Torio (rúbrica en contra), María del Ceseñas Chapa Socorro (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), Esther Angélica Martínez Cárdenas (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica en contra), Marcelo de Torres Cofiño Jesús (rúbrica en contra), Alfredo Zamora García.»

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: No hay nadie registrado para fundamentar el dictamen. Luego entonces, tiene el uso de la voz don José Angelino Caamal Mena, para presentar postura de Nueva Alianza.

Perdón, diputado Belaunzarán, le ruego me disculpe, no lo había visto, pero ¿con qué objeto?

El diputado Fernando Belaunzarán Méndez(desde la curul): Sí, presidente, pasó muy rápido la discusión sobre el orden del día, pero el día de ayer hubo un acontecimiento con repercusión nacional.

Como usted sabe, se dieron a conocer ciertas grabaciones de funcionarios públicos queriendo utilizar programas sociales federales en las elecciones de Veracruz, tanto funcionarios estatales como federales, nacionales. Un tema grave, que incluso —entiendo— ya les costó la remoción a varios funcionarios públicos por esto, así lo anunció la secretaria de Desarrollo Social.

Entonces, la pregunta es, si está considerado este asunto en el orden del día, en virtud de su importancia, y si no, creo que este pleno tendría que ver si lo amerita, porque no es cualquier cosa lo que se está discutiendo.

Quería ver, si es que no está considerado, si todavía daría lugar, si es que hay esa flexibilidad, para que el pleno pudiera definir si discute o no este asunto que me parece primordial. Creo que no deberíamos dejar pasar un acontecimiento de esta naturaleza, por sus implicaciones, presidente. Ésa es la petición.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: No está considerado en el orden del día, pero usted tiene la posibilidad y el derecho de inscribirlo en la Junta de Coordinación Política, por medio de su coordinador, de tal suerte de que venga al pleno cuando así se considere prudente.

Don José Angelino Caamal, tiene usted el uso de la voz.

El diputado José Angelino Caamal Mena: Con el permiso de la Presidencia. Los integrantes del Grupo Parlamentario Nueva Alianza votaremos a favor del dictamen que el día de hoy se somete a discusión en ésta, la más alta tribuna de la nación, debido a que tiene por objeto brindar certeza jurídica y mayor prontitud a los litigios laborales mediante convenios que tendrán la misma validez que si fueran firmados ante una Junta de Conciliación y Arbitraje.

Con esta reforma estaremos agilizando una gran cantidad de casos que pueden ser desahogados por medio de la conciliación en la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y en lugar de durar dos, tres años o más en juntas locales o federales para la emisión de un laudo, con esta modificación al artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo, respectivo de la funciones de la Procuraduría de la Defensa del Trabajador, en el que se adiciona la celebración de convenios entre las partes, con la misma validez que ante una junta.

Estamos beneficiando la conciliación y la mediación de los conflictos laborales; en consecuencia, no se está perjudicando a ningún agente económico ni al trabajador ni a los patrones.

Si bien la Procuraduría ya realiza tareas de conciliación, a partir de la entrada en vigor de esta reforma los acuerdos a los que logren llegar los involucrados tendrán la misma validez jurídica que una resolución de una Junta de Conciliación y Arbitraje. Es importante destacar que con este nuevo mecanismo se da certeza jurídica a los patrones y trabajadores que suscriban dichos convenios.

Hay que destacar que uno de los objetivos de la reforma laboral que votamos el pasado 28 de septiembre de 2012 fue promover la conciliación y la prontitud en la solución de los conflictos laborales.

El dictamen que hoy está a discusión sin duda aportará otro elemento para que estos procesos sean más expeditos.

Es necesario resaltar que la reforma que propone este dictamen de ninguna manera afecta a los trabajadores puesto que ya está previsto en el artículo 32 del Reglamento de la Procuraduría General de la Defensa del Trabajo que los convenios que se realicen se podrán efectuar, siempre y cuando el trabajador no renuncie a sus salarios devengados y a las indemnizaciones y a las demás prestaciones que resulten de los servicios que ha prestado.

Compañeras y compañeros diputados, coincidimos en los motivos de esta iniciativa, así como en el mismo contenido plasmado en el presente dictamen, que habrá de establecer una importante reforma en la Ley Federal del Trabajo.

Por tanto, el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza votará a favor, porque forma parte de nuestra agenda legislativa el fortalecimiento y la defensa de los derechos de los trabajadores. Muchas gracias por su atención. Es cuanto, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Muchas gracias, don José Angelino. Ahora viene doña Zuleyma Huidobro González, por cierto iniciante de este proceso parlamentario. Tiene usted el uso de la voz.

Esta Presidencia les recuerda que estamos discutiendo en lo general y en lo particular en un solo acto.

La diputada Zuleyma Huidobro González:Con su permiso, señor presidente. Debo informar a este pleno que no hubo fundamentación de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, porque la presidenta se encuentra en la Comisión de Puntos Constitucionales, que está sesionando.

Agradezco a todos los integrantes de la Comisión de Trabajo por dictaminar a favor este dictamen. Y, por supuesto, agradezco a esta Mesa Directiva la importancia que le dio para que se presentara el dictamen.

La importancia del tema de los conflictos de trabajo es evidente, si se considera el carácter opuesto de los intereses de los actores del proceso productivo.

Es una verdad indiscutible que se ha avanzado enormemente en el renglón del dialogo entre trabajadores y patrones; han ido cambiando paulatinamente aquellas formas violentas de solucionar las diferencias que segaban vidas obreras y reducían a cenizas las fábricas, por mecanismos civilizados. Hoy día el campo de batalla es una mesa de negociaciones.

No obstante los significativos logros que trabajadores y patrones han conseguido en sus relaciones, con base a una madurez y una creciente voluntad concertadora, sus intereses como clase social son y continuarán siendo encontrados.

El derecho, como instrumento al servicio de la mejor convivencia entre los hombres y las mujeres tiene una importante misión que cumplir en este terreno. Los conflictos laborales, por pequeños que sean, constituyen fisuras en el funcionamiento de las sociedades, son otras discordancias que rompen con el estado de convivencia y armonía que deben permanecer en los conglomerados sociales.

Un pilar fundamental de todo sistema jurídico es el establecimiento de mecanismos eficaces para dirimir las controversias, que garantice que lo resuelto se cumplirá, inclusive en contra de la voluntad de aquel a quien se le impone una obligación.

Si bien es deseable contar con un sistema judicial confiable y eficaz, resulta más sano el activar con la menor frecuencia posible la maquinaria jurisdiccional. Es muy apropiado que existan variados mecanismos o vías de solución de los conflictos; habiendo múltiples causas las soluciones necesariamente llegarán.

Los trabajadores y los patrones, en sus controversias laborales tienen la opción de acudir ante la Procuraduría del Trabajo; elegir esta opción puede significar evitar la posibilidad de instar a la autoridad del trabajo en el inicio de un procedimiento y con ello aumentar la inmensa carga de trabajo, que de por sí ya tienen los servidores que prestan sus servicios en las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

Como sabemos, en la actualidad la norma otorga la oportunidad de recibir asesoría y representación gratuitas por parte de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, como autoridad del trabajo que depende del gobierno federal o de los gobiernos de los estados. Su función es asesorar a los trabajadores y a sus sindicatos ante cualquier instancia en asuntos que se encuentren relacionados con la aplicación de las normas de trabajo; toda la atención que brinda es gratuita, basta con que se presenten a solicitar el servicio los trabajadores o sus organizaciones sindicales; el derecho del trabajo es protector de los trabajadores.

Por esa razón, produce preocupación que existan procuradores generales y procuradores auxiliares que no cuentan con las habilidades y conocimientos suficientes para dirimir un conflicto laboral vía convenio, generando como consecuencia una mayor carga de trabajo a la Junta de Conciliación y Arbitraje.

Es necesario evitar desviaciones para que los trabajadores puedan acercarse con confianza a las procuradurías en la búsqueda de solución a sus conflictos, sabiendo que recibirán un servicio acorde con sus necesidades y bajo la protección de sus intereses.

Este sistema de procuración es una realidad jurídica que puede darse tan fácilmente ahora, que ayuda a aminorar el alto costo de la vida y las crecidas cifras de desempleados y de personas que se ven afectadas por un conflicto de naturaleza laboral.

Sin embargo, debe prevalecer el hecho de que aunque la inmensa mayoría de procuradores auxiliares desempeñan su papel con seriedad, con profesionalismo y con honestidad, algunos de ellos actúan al margen de la ley al orientar y al asistir a los patrones, cometiendo con ello un grave error y sembrando desconfianza entre los trabajadores.

Por esa razón debemos poner atención en este problema y atenderlo puntualmente, ya que resulta indispensable que los trabajadores y los sindicatos acudan ante estas autoridades a sabiendas de que van a ser tratados profesionalmente, entendiendo sus problemas, orientándolos y aún representándolos en el litigio, dado que esta reforma a la ley los proveerá de las figuras y las instancias en que podrán resolver sus conflictos.

Resulta innegable la concurrida práctica de los procuradores del Trabajo de avalar e instrumentar la celebración de convenios ante su presencia, por medio de los cuales, tanto el trabajador como el patrón dirimen una controversia y plantean sus requerimientos en forma escrita; por lo cual se considera oportuno que se conceda dentro de la Ley Federal del Trabajo la facultad expresa para que ante dicha instancia se celebren instrumentos como si ya se hubiese realizado ante la autoridad jurisdiccional; en este caso la Junta de Conciliación y Arbitraje correspondiente, toda vez que de facto lo hacen.

Cabe señalar que la iniciativa fue presentada por una servidora con la principal finalidad de que, en virtud de la carga importante y el número de juicios derivados de las controversias laborales, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo pueda celebrar convenios entre las partes que serán consideradas como afirmadas ante la Junta.

Recordemos que actualmente la Profedet solo tiene facultad de proponer soluciones amistosas para arreglo de sus conflictos y hacer constar los resultados en actas autorizadas, la cuales nunca se cumplen, porque en la mayoría de los casos las controversias terminan en conflicto ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.

En México, durante 2012, diariamente 84 personas en promedio fueron despedidas de manera injustificada, lo que hizo un total de 29,729 demandas individuales interpuestas ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Sin embargo, los representantes laborales lograron conciliar con las empresas en 24,148 casos, mediante la firma de convenios fuera de juicio, mientras en 5,582 procesos se determinó continuar con el trámite. De esta manera se evitó incrementar el número de expedientes rezagados, que suman 79,334.

Como es evidente, los acuerdos a que llegan trabajadores y patrones, y que ponen fin a los conflictos, pueden hacerse lo mismo en una negociación amigable que dé un convenio o en una transacción dolorosa.

El Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano reconoce el esfuerzo de las y los legisladores integrantes de la Comisión por conceder dentro de la Ley Federal del Trabajo la facultad expresa para que ante dicha instancia se celebren instrumentos conciliatorios como si ellos se hubiese realizado ante la autoridad laboral.

Derivado de lo anterior, invitamos a todos los legisladores a votar a favor del presente dictamen ya que seguramente con la nueva disposición se obtendrán grandes beneficios. Se trata de dotar al ordenamiento laboral de mayor precisión y certeza en beneficio de las partes, trabajador y patrón. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Muchas gracias y muchas felicidades. Don José Arturo López Candido, del PT, se le respeta su espacio.

El diputado José Arturo López Candido:Gracias, señor presidente. Buenos días, compañeros diputados y diputadas. La iniciativa de ley por la que se faculta a la Procuraduría del Trabajo para que sus convenios celebrados entre trabajadores y los patrones tengan validez plena —-esto se refiere a un gran salto en distintos esfuerzos para la solución de conflictos laborales en México—- ya que la Juntas federal y locales no se dan abasto.

Tenemos que recordar que la Procuraduría del Trabajo fue creada como un organismo para la ayuda del trabajador, por lo que al llegar a tener un conflicto laboral, se tenía a la Procuraduría para que asesorara y ayudara a los trabajadores, que son los que por su situación económica la utilizaban, ya que al llegar a un juicio no tenían para pagar un abogado y era muy difícil y muy caro demandar los servicios jurídicos.

Recordando que la palabra procuraduría, que significa procurar, como ejemplo, justicia. La Procuraduría General de Justicia tiene y es la encargada de procurar justicia en los ámbitos penales, también encargada de procurar que los derechos de las mujeres y hombres no se vean violados en los juicios familiares y funjan como representantes de los menores de edad e incapacitados. En los juicios deberá la Procuraduría del Trabajo procurar que el derecho de los trabajadores y patrones sean de igual a igual y en las mismas circunstancias.

Tenemos que observar que la Procuraduría del Trabajo tendrá que contar con personal de lo más capacitado, igual que las mismas juntas, ya que los procuradores auxiliares tendrán que resumir lo que es un juicio laboral, en lo que es un procedimiento y todo esto para llegar a un convenio.

Con esta iniciativa observamos que puede entrar en la gran mayoría de conflictos que existen entre trabajadores y sindicatos con los patrones, dejándole a la Junta de Conciliación y Arbitraje los conflictos de los cuales no se tenga una primera solución favorable para ambas partes o que por naturaleza del conflicto requiera de una aportación y pruebas mayores.

Esta iniciativa también sirve para acabar con la corrupción que existe en las Juntas de Conciliación y Arbitraje o con los golpeadores que se encuentran a las afueras de estos recintos.

Por tal motivo, los beneficios serán de carácter general para trabajadores, patrones y personal de labor de las mencionadas oficinas. Por eso el Partido del Trabajo se adhiere a esta iniciativa y creemos que va a tener bastante beneficio para trabajadores y patrones. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Y fue mucho. Don Carlos Octavio Castellanos Mijares, del Verde, tiene usted el uso de la voz.

El diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares:Con su venia señor presidente. Compañeras y compañeros diputados, los conflictos laborales son inherentes a las relaciones obrero patronales. Siempre vamos a encontrar alguna relación jurídica que ventilar entre patrones y trabajadores derivada ya sea de un despido injustificado, de alguna situación que haga necesario acudir ante la Junta de Conciliación y Arbitraje para poder garantizar los derechos de los trabajadores.

Actualmente nuestro sistema jurídico laboral genera grandes dilaciones en los procesos jurídicos que se llevan ante ellas, ya sean procesales, ya sean conflictos individuales, conflictos colectivos de trabajo, todos siguen la misma suerte: tiempo, tiempo y tiempo para ser resueltos.

Actualmente la primera instancia que tienen los trabajadores para poder hacer frente a sus derechos, para poder exigir sus derechos, es llegar ante el procurador de la Defensa del Trabajo. Es este funcionario quien los asesora y los ayuda, y muchas veces instaura una demanda en contra del patrón.

El proceso laboral inicia con una demanda de conciliación, contestación de la demanda y pruebas. Generalmente la conciliación laboral se da en este momento en audiencias que son programadas seis meses, ocho meses, incluso hasta un año después de que la demanda es planteada, generando con ello salarios caídos, que los trabajadores no tengan un ingreso rápido o no tengan en su mano lo que puede ser el recurso para su subsistencia. Y obviamente que los patrones tengan que contratar abogados, que tengan que defender a la empresa de un conflicto laboral que, por el mismo paso del tiempo —- aunque ya aprobamos un tope para los salarios caídos en la última reforma laboral—- es gravoso y costoso para las empresas.

La reforma que hoy se propone permite que la Procuraduría de la Defensa del Trabajo tenga fe pública para poder realizar los convenios y que éstos sean considerados como si los hubieran realizado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.

Es decir, que la Procuraduría del Trabajo se vuelve una autoridad en la que las partes pueden solucionar sus problemas, en la que las partes pueden llegar a un acuerdo y que va a tener característica de cosa juzgada, que es lo mismo que sucedería si se llevara ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.

¿Con qué beneficio? El beneficio es el tiempo en el cual se van a poder solucionar estos conflictos laborales, obviamente el costo económico para las empresas, y que el trabajador pueda acceder a los derechos que por ley tiene, en menos tiempo.

Por eso el Partido Verde Ecologista de México se pronuncia a favor de la reforma, la vemos como un gran avance en materia jurídico-laboral y apoyaremos con todo la reforma en mérito. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Gracias. Don Ramón Montalvo Hernández, del PRD, tiene el uso de la voz.

El diputado Ramón Montalvo Hernández:Con su permiso, señor presidente. Con el permiso de todos ustedes, compañeras diputadas y diputados. Sin duda alguna la reciente reforma laboral aprobada en los meses pasados ha sido un tema polémico, que ha puesto a pensar a la clase trabajadora de cómo y cuánto pudieran ser afectados ellos en sus derechos laborales.

Sin duda alguna esta polarización que se vive hoy en día en el país nos obliga, al Congreso de la Unión, a tener que tener los cuidados suficientes de cómo legislar, modificar y precisar las reformas que se vayan a realizar en este ámbito del campo laboral.

Por ello, compañeras y compañeros, quiero subrayar que la justicia en la medida en que se concretiza no solo abre el camino para el bienestar y el desarrollo, sino mantiene a raya los abusos.

El procedimiento laboral es parte consustancial al logro de la justicia en bien de los trabajadores. Por más que la parte sustantiva de la Ley Federal del Trabajo establezca en su favor un cúmulo del derecho, esto —créanme compañeros— será poco significativo si su parte procesal da facilidades para que la impunidad penetre todos sus tejidos y en la práctica se anulen tales derechos, incluidos los derechos colectivos.

El Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática ha propuesto la supresión de las Juntas de Conciliación y Arbitraje para entregar las atribuciones de éstas a jueces laborales integrados al Poder Judicial federal o local, según sea el caso. Ésas son las coincidencias que tienen que ver con este apartado y esta reforma.

Compañeros, esto permitiría por un lado impulsar la democratización del mundo del trabajo, un beneficio en general y un beneficio del propio país. El hacer a un lado uno de los pilares del corporativismo sindical, como son las Juntas de Conciliación y Arbitraje, permitiría abrir el camino hacia una justicia imparcial, expedita y profesional necesarias para las y los trabajadores del país. Es decir, un verdadero equilibrio entre los factores de la producción, del concepto de la justicia distributiva.

El análisis que damos como Partido de la Revolución Democrática, es que desde el momento en que se propone que los convenios conciliatorios sean celebrados por los factores de la producción ante el procurador federal del Trabajo, tengan el reconocimiento como si se hubieran celebrado ante las Juntas de Conciliación. Esto sin duda alguna beneficiaría a los compañeros trabajadores, simplificaría los tiempos, ayudaría a resolver tantos problemas y resoluciones que están pendientes en el país.

Hacemos una recomendación a esta modificación a esta reforma, para alcanzar a plenitud este objetivo, compañeros, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo deberá tomar las medidas administrativas necesarias para elevar la capacitación de su personal en la celebración de estos convenios; fortalecer sus controles para que tales convenios se celebren en el marco de la legalidad, tutelando los derechos humanos laborales de los trabajadores.

Nuestro acuerdo, partiendo de lo antes dicho, y aunque el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática apoyaremos en lo general este dictamen, nos permitimos presentar una modificación a este dictamen en voz de nuestra compañera diputada Socorro Ceseñas, con el objeto de que como elemento sustancial éstos deberán contener una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven, y no contener renuncia alguna de los derechos de los trabajadores. De lo contrario consideramos que se estaría concediendo el abuso contra el trabajador que la Ley Federal del Trabajo no debe permitir. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Y es mucho, señor diputado. Doña Esther Angélica Martínez Cárdenas, del PRI.

La diputada Esther Angélica Martínez Cárdenas:Con su permiso, señor presidente. Compañeras y compañeros, los derechos de los trabajadores deben estar siempre en constante expansión, esto por su situación de vulnerabilidad frente a los empleadores que se encuentran en condiciones más favorables económicamente. Dentro de estos derechos que han de crecer y fortalecerse, está el relativo al acceso a la justicia. De ahí que se salude el dictamen que hoy nos ocupa.

La importancia del proyecto que se somete a discusión es que se multiplican las posibilidades de celebrar convenios para subsanar conflictos laborales, observando siempre el principio de que tales acuerdos de voluntades no pueden ser leoninos para la clase trabajadora.

Los convenios, a los cuales nos referimos, serán los elaborados en la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y tendrán la misma validez que los firmados ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, de esta forma la Procuraduría —como autoridad laboral— será la encargada de asesorar a los trabajadores ante cualquier autoridad en las cuestiones que se relacionen con la aplicación de las normas laborales, y la atención que brindará no tendrá ningún costo, pues bastará con que los trabajadores se presenten a solicitar el servicio por sí mismos o a través de sus organizaciones sindicales.

En este sentido, también se estaría favoreciendo con la celeridad de los procesos laborales y con el desahogo de la carga de trabajo de los tribunales en materia de trabajo, pues al facultar a los procuradores de la instancia referida, habría una nueva ventanilla a la cual acudir de forma optativa, lo que aminoraría sensiblemente los asuntos de esta naturaleza que se tramitan ante las juntas.

Resulta innegable la muy socorrida práctica de los procuradores en materia laboral de avalar e instrumentar la celebración de convenios ante su presencia, por medio de los cuales el trabajador puede acudir y dirimir una controversia y así externar sus pretensiones y acuerdos en forma escrita, por lo cual se concuerda con el dictamen al considerar oportuno que se dote en el texto de la Ley Federal del Trabajo la facultad expresa para que ante dicha autoridad se lleven a cabo estos convenios, como si se hubieran efectuado en el seno de un juzgado especializado en la materia, en este caso la Junta de Conciliación y Arbitraje que corresponda, toda vez que es una práctica que en los hechos se lleva a cabo, y dicha atribución no les ha sido expresada ni concedida en el texto normativo.

La utilidad generada por el presente dictamen radica en que los convenios conciliatorios que sean celebrados ante la Procuraduría del Trabajo tendrán reconocimiento en y ante la ley, con facultades para ello, otorgadas al propio procurador en texto normativo. Se trata de dotar en el ordenamiento del trabajo de una mayor precisión y certeza en beneficio de las partes, trabajador y patrón.

En el PRI coincidimos con el fortalecimiento de los derechos de los trabajadores, la facilitación de los procesos jurisdiccionales y el acceso ejecutivo a la justicia, aminorando la carga de las autoridades para su mejor desempeño y favoreciendo a la certeza jurídica, en razón por lo cual votaremos en sentido aprobatorio el presente dictamen. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Gracias, a usted. Honorable asamblea hemos terminado con la ronda de fijación de posiciones y esta Presidencia le otorga el uso de la voz a doña Socorro Ceseñas Chapa, para hablar en contra, inmediatamente después, si nos deja alguna propuesta, la someteremos a la conciliación del pleno y abriremos el sistema electrónico para recabar votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto.

La diputada María del Socorro Ceseñas Chapa:Es para una modificación.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Ah, es para una modificación. Bueno, pues le doy el uso de la voz para presentar su modificación. ¿Le descuento el tiempo? Bueno, está bien. Tiene usted el uso de la voz.

La diputada María del Socorro Ceseñas Chapa: Para aclararle al compañero diputado presidente, no es una posición en contra, es una propuesta de agregado a la redacción, de modificación de la redacción en una de las fracciones del 530. Presidente, ¿escuchó?

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: ¿Perdóneme? Que es una propuesta. Sí, adelante, doña Socorro, la escuchamos.

La diputada María del Socorro Ceseñas Chapa: Que me descontara el tiempo para hacer la aclaración.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Ya se lo descontamos, con mucho gusto. Bueno, se lo reponemos. Pónganle, por favor, sus tres minutos, por favor.

La diputada María del Socorro Ceseñas Chapa: Aclarada la posición de su servidora, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, procedo a hacer la propuesta correspondiente, no sin antes reconocer la iniciativa presentada por la diputada Zuleyma, así como también la posición que han tenido las y los diputados de los diferentes grupos parlamentarios para manifestarse a favor de esta propuesta, que su espíritu fundamental radica en darle mayores funciones a la Procuraduría de la Defensa del Trabajador o la Defensa Laboral.

Tan es así, que nuestra posición es a favor y reconocemos cómo han expresado y argumentado las diversas posiciones los diferentes grupos parlamentarios.

La propuesta de modificación, de agregado en la redacción de la fracción III, tiende fundamentalmente a que esas funciones que estaríamos dotando con la reforma al 530 —tal cual está expresado— estaríamos fortaleciéndolo con lo siguiente.

¿Por qué el agregado en esa redacción? En un principio decirles que ya fue manifestado por nuestro compañero diputado del PRD que fijó posición, que inicialmente en la discusión, en el debate de la reforma laboral —recientemente aprobada— veíamos en el asunto del apartado de la defensa de los derechos de los trabajadores y de sus instancias, la desaparición de las juntas.

Fortalecer en sus funciones a la Procuraduría, viendo, obviamente, a ir abonándole a lo que hemos estado atendiendo diferentes diputadas y diputados, con relación de que haya una defensa irrestricta, tanto de los derechos de los trabajadores y en muchos de los casos, o en algunos de los casos, de quienes están en la figura de patrón o contratador.

La propuesta que se hace —y que esperamos que los grupos parlamentarios tengan a bien apoyar— sería de agregar, en donde concluye la propuesta de iniciativa a la fracción III, el agregado sería después de la palabra junta, siempre que contengan una redacción circunstanciada de los hechos que lo motiven y que no contengan renuncia de los derechos de las y los trabajadores.

Ése es el agregado en la fracción III, que no ha habido ninguna voz en discrepancia del espíritu y de la intención de esta reforma en el 530 de la Ley Federal del Trabajo, recientemente aprobada.

Reconocer, tanto a la diputada y a otros diputados de los diferentes grupos parlamentarios, no en particular de este articulado, sino de otros, que han tenido a bien a presentar para fortalecer, para reformar, para hacer mejor la iniciativa de la reforma laboral recientemente aprobada, siempre fundada en tener en primer término la defensa irrestricta de los derechos laborales de los trabajadores.

La Procuraduría siempre ha tenido esas funciones a desarrollar, pero está sin dientes, está obviamente acotada en sus actividades. ¿De qué se trata? De atenuar o acortar conflictos que en su momento a veces duran años y que pudieran bien atenderse con prontitud dándole obviamente una certeza, dándole obviamente funciones que tengan a bien la tendencia a conciliar sobre los distintos conflictos.

Solicitamos el apoyo a este agregado en la redacción de la fracción III del 530. Es cuanto, y muchas gracias por su atención, compañeras diputadas y compañeros diputados.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados

Diputado Francisco Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente

Con fundamento en los artículos 109 y 110 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la suscrita diputada, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presento la siguiente reserva al dictamen de la Comisión de trabajo y Previsión Social, con proyecto de Decreto que reforma la fracción II del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Dictamen:

Artículo 530....

I. y II....

III. Proponer a las partes interesadas soluciones amistosas para el arreglo de sus conflictos y hacer constar los resultados en actas autorizadas, así como la celebración de convenios entre las partes, que serán considerados como firmados ante la junta.

Propuesta de modificación:

Artículo 530...

I. y II....

III. Proponer a las partes interesadas soluciones amistosas para el arreglo de sus conflictos y hacer constar los resultados en actas autorizadas, así como la celebración de convenios entre las partes, que serán considerados como firmados ante la junta, siempre que contengan una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y, que no contengan renuncia de los derechos de los trabajadores.

Atentamente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de abril de 2013.— diputada María del Socorro Ceseñas Chapa (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Muchas gracias a usted, diputada. Pregunte la Secretaría a la asamblea si se admite a discusión la propuesta de la diputada doña Socorro Ceseñas Chapa.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Por instrucciones de la Presidencia...

El diputado Alfredo Zamora García(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Sí, permítame un segundo. ¿Sí? ¿Con qué objeto, diputado Zamora?

El diputado Alfredo Zamora García (desde la curul): Presidente, para manifestar que este dictamen es muy positivo para el desahogo de las controversias laborales, porque sin lugar a dudas que va a agilizar los juicios en las juntas, va a desahogar, va a descargar el trabajo que hoy existe.

Me parece que es fundamental que hoy las procuradurías puedan efectivamente tener esa capacidad jurídica, de que los convenios que se puedan celebrar ahí tengan carácter de cosa juzgada. Por ello Acción Nacional va a aprobar este dictamen, precisamente porque beneficia; beneficia indudablemente la administración de la justicia laboral. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Gracias, diputado Zamora. Siempre el consenso es de celebrarse. Pregunte la Secretaría a la asamblea si se admite a discusión.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se admite a discusión la propuesta. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Pregunte si es de aprobarse que pase formar parte del dictamen para votarlo en esas condiciones.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Se consulta a la asamblea si se acepta la modificación para que entre al dictamen. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: En estas condiciones, ábrase el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, a efecto de recabar votación nominal en lo general y en lo particular de la fracción III del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo, con la modificación de la diputada Socorro Ceseñas, que ha sido aprobada por la asamblea.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

(Votación)

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Esta Presidencia saluda con un enorme afecto a los alumnos de la escuela de derecho de la Universidad de Guanajuato, que vienen encabezados por don Jesús Meza, gran abogado laboralista, guanajuatense, y si me permiten la digresión personal, un maestro muy querido por los que fuimos sus alumnos.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Diputado Juan Isidro del Bosque Márquez, ¿podría expresar su voto de viva voz, por favor?

El diputado Juan Isidro del Bosque Márquez (desde la curul): A favor.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Ciérrese el sistema de votación electrónico. Señor presidente, se registraron 438 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo. Pasa al Senado, para los efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día...



PROPUESTA DE MODIFICACION DEL ORDEN DEL DIA

El diputado Víctor Serralde Martínez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Diputado, ¿con qué objeto? Don Víctor Serralde, de Huatusco, Veracruz.

El diputado Víctor Serralde Martínez(desde la curul): Muchas gracias, presidente. Es para hacer una solicitud a esta Mesa Directiva. Quiero hacer referencia a los hechos que en la prensa hoy generan la atención de los mexicanos. Fue presentada una denuncia y pruebas contundentes en contra de funcionarios públicos del gobierno federal y del gobierno del estado de Veracruz. Esta Cámara de Diputados no pueden permanecer inerte ante hechos tan deleznables que ponen en entredicho la credibilidad de la actuación del gobierno federal.

Quiero decirle, presidente, que la secretaria Rosario Robles, hoy por la mañana ordenó la separación del cargo del delegado de la Secretaría de Desarrollo Social en el estado de Veracruz, Ranulfo Márquez.

Solicitamos también que haga lo propio con el coordinador regional del programa Oportunidades, Alejandro Baquedano, principal indiciado en los hechos que se denunciaron.

Le solicito a esta Mesa Directiva que en la próxima sesión se agende este tema para ser discutido en el pleno de esta Legislatura. Estos hechos no pueden quedar impunes y el peso de la ley debe recaer sobre todos los funcionarios corruptos.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: La asamblea se ha impuesto de su discurso. Haga su propuesta por la vía de la Junta de Coordinación Política. Don Alejandro Montano, ¿con qué objeto?

El diputado José Alejandro Montano Guzmán(desde la curul): Gracias, señor presidente. Creo que debemos de tener seriedad en el Congreso. Ayer votamos la conformación de una comisión especial que se encargará de darle seguimiento a las 14 elecciones que habrá este año en los diversos estados del país.

Creo que no debemos de ser sensacionalistas y prejuzgar anticipadamente hechos que aún no han sido investigados ni detallados. En consecuencia, solicito que se le dé el peso a la comisión que se conformó ayer y que sea la encargada de llevar a cabo este seguimiento.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: El peso lo tiene, diputado. Doña Guadalupe.

La diputada María Guadalupe Moctezuma Oviedo(desde la curul): Buenos días. Me sumo a la petición del diputado Serralde. Se me hace un cinismo lo que sucedió el día de ayer en Veracruz, sobre todo haciendo mención de lo que acaba de nombrar el diputado Montano, porque necesito que se investigue a profundidad y que se llame a juicio político a la secretaria de Desarrollo Social, así como al gobernador Javier Duarte, por malversación de recursos.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Honorable asamblea, les ruego su atención y su consideración. No vamos a abrir en este momento el asunto a discusión, en virtud de que tenemos varios dictámenes.

Hemos quedado en que vamos a hacer la solicitud por las vías correspondientes y que en el orden del día de la próxima sesión tendrá que aparecer el asunto. Les ruego su consideración, en función de respetar el orden del día y que tenemos el día de hoy seis dictámenes. Doña Socorro Ceseñas, ¿con qué objeto?

La diputada María del Socorro Ceseñas Chapa(desde la curul): Dos objetos, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: A ver.

La diputada María del Socorro Ceseñas Chapa (desde la curul): El segundo, creo que ya adivinaron lo que iba a decir, porque ya el ingeniero de sonido como que rectificó, porque curiosamente cuando hay alguna voz disidente de lo que usted está planteando o con lo que usted a veces no está de acuerdo, manipula el ingeniero de sonido los sonidos de las diferentes curules.

La otra es recordarle, señor presidente, que esta soberanía es la que tiene que tomar la decisión de si se discute o no en este momento. No es un asunto menor.

Si bien es cierto, ya ha habido alguna respuesta, hasta cierto punto inmediata o expedita de la secretaria de Desarrollo Social, pero estamos hablando de un tema no menor, sino un tema mucho muy grave, que atraviesa por actos que no deben de ser vistos en los diferentes órdenes de gobierno, dado que hubo ya inclusive un exhorto que fue votado de manera unánime en esta Cámara, donde se hacía el llamado a los gobiernos de los diferentes niveles de gobierno de las 14 entidades de sacar la mano de los procesos electorales de 2013.

No es un asunto menor y le recuerdo que este pleno tiene la soberanía para decidir si es de discutirse en este momento o no, indistintamente —o sométalo a votación— que el orden del día se haya votado al inicio, al arranque de esta sesión.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Le recuerdo, diputada, que pasó el orden del día y no tuve la comunicación de su parte en el momento procesal y oportuno. Don Juan Bueno Torio ¿con qué objeto?

El diputado Juan Bueno Torio(desde la curul): Señor presidente, solicitarle que sea considerado ante esta soberanía desde hoy mismo. Entendemos que la aprobación del orden del día se da al inicio de la asamblea, pero queremos solicitarle, señor presidente, que agende este asunto como agenda política para el próximo martes; es un asunto de vital importancia, es un asunto que requerimos los diputados analizar y discutir, pues no solo afecta al estado de Veracruz.

Es evidente, lo hemos visto y lo hemos escuchado en los videos que se han difundido, cómo los funcionarios están planteando hacer uso de los programas sociales, escatimando las despensas y utilizando la fuerza de esos programas para coaccionar el voto en el estado de Veracruz.

Finalmente, ya logramos verlo y a ver si así las autoridades de allá, de Veracruz, actúan y también las autoridades federales.

Por eso, presidente, le solicito de la manera más atenta a usted, como Presidente de la Mesa Directiva, que dada la importancia de las 14 elecciones en el país se agende este tema como agenda política para debatirlo el próximo martes.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Lo haremos. Fernando Charleston.

El diputado Fernando Charleston Hernández(desde la curul): Gracias. No, nosotros no creemos que haya mala intención en el uso del sonido, señor presidente. Solamente ya usted comunicó varias veces, y lo comunicó el presidente que tenía hace un momento la conducción de la asamblea, el procedimiento para poner a consideración este punto de acuerdo.

Hay algunos diputados a los que se les tiene que explicar muchas veces, hay otros a los que no, como bien ya vimos con el diputado Juan Bueno Torio. Solamente le pediríamos continuar con el orden del día que ya fue aprobado, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Diputado ¿con qué objeto?

El diputado Gerardo Villanueva Albarrán(desde la curul): Sí, muchas gracias, diputado presidente. Quiero apelar al carácter soberano de esta asamblea para que en este momento podamos decidir la modificación al orden del día, agregando en la agenda política este tema que el día de hoy se hace público.

El problema de Veracruz no es únicamente local, porque está interviniendo una autoridad federal.

Les quiero pedir a los diputados del PAN, y al diputado Bueno Torio en particular, que acompañen mi petición que en este momento estoy formalizando de manera directa a la Mesa Directiva a través de su presidente, para que se incorpore en este momento este tema. Tenemos que empezar a discutir los temas que son de importancia y de trascendencia nacional.

Este tema en particular lastima a la democracia, lastima a la ciudadanía veracruzana y pone en serias dudas la capacidad de este Parlamento de ser contrapeso y de ser voz de la ciudadanía afectada. Muchas gracias, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Gracias a usted. El artículo 64 obliga a esta Presidencia a escuchar a la Junta de Coordinación Política para poder incluir un punto en el orden del día. Le ruego por favor tenga usted a bien ver con su coordinador y con los coordinadores, de tal suerte que la Junta de Coordinación Política me lo solicite y le pida al pleno su voto al respecto.

Les rogaría de la manera más atenta nos permitieran pasar a dictámenes, porque tenemos seis, tres de asuntos de cambio constitucional.

Diputado, ¿con qué objeto?

El diputado Roberto López González(desde la curul): Con el objeto de expresarme.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Lo escucho.

El diputado Roberto López González(desde la curul): Muchísimas gracias, presidente. Me parece que la interpretación que usted hace de la lectura de ese artículo no debe de limitar la soberanía que tenemos en este Congreso.

Está bien, si a esa Presidencia el Reglamento y la Ley Orgánica le dicen que lo escuche, escúchelos, pero esta soberanía tiene la capacidad de decidir y no necesitamos que nos estén repitiendo el Reglamento ni la Ley Orgánica, lo único que necesitamos es no tener pastores.

Estos 500 diputados que conformamos esta soberanía somos capaces de decidir por nosotros mismos. No necesitamos, y menos en estos momentos, que haya una Junta de Coordinación Política que nos diga qué podemos o qué no podemos hacer.

Me parece que hoy los diputados debemos alzar la voz. No estoy de acuerdo en que se discuta esto para el martes, es una salida fácil a un asunto y lo vamos a despresurizar. Vamos acordando el día de hoy discutirlo. ¿A qué le tememos?

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Don Fernando Rodríguez Doval.

El diputado Fernando Rodríguez Doval(desde la curul): Gracias, presidente. Solamente unirme a las peticiones para que podamos discutir este tema, que es un tema muy delicado.

Además, déjeme decirle, presidente, que los que somos del Distrito Federal conocemos muy bien a la secretaria de Desarrollo Social y sabemos que esta señora es la campeona del clientelismo electoral. Ya la padecimos aquí. Por supuesto que vamos a estar muy pendientes para que esto no ocurra a nivel federal.

Este año hay 14 elecciones y esta Cámara de Diputados tiene que vigilar que esta señora no haga de las suyas, como ya lo hizo en el Distrito Federal, y ahora lo haga a nivel federal. Por eso mismo me sumo a las peticiones de que se pueda discutir este tema. Gracias.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Honorable asamblea, hemos escuchado. ¿Con qué objeto, diputada? La escucho.

La diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero(desde la curul): Presidente, usted no estuvo el día de ayer, desafortunadamente para nosotros, porque el día de ayer discutimos este tema y obviamente la presidenta que quedó en su lugar actuó todo el tiempo de manera facciosa.

Lo exhorto a escucharnos y a tomar este asunto con la seriedad con la que usted sabe tomar las cosas. Nos urge debatir este tema y ojalá y sea el día de hoy, porque verdaderamente esto no puede estar sucediendo. Estamos avalando el uso faccioso de recursos públicos en campañas a través de una persona que, como bien dice mi compañero Fer Doval, hemos padecido en los últimos años y no podemos dejar que esto siga sucediendo.

Le pido que tome el punto el día de hoy. Acabo de comentarlo con mi coordinador Silvano, se suma a esta posición el Grupo Parlamentario, pide la palabra y le pido, por favor, que no dejemos ya pasar minutos ni horas.

Los dictámenes son muy importantes, pero esto es trascendental, y aquí nos quedamos a morir. El Grupo Parlamentario del PRD se queda a morir el día de hoy para debatir el tema.

El diputado Humberto Alonso Morelli(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Diputado Morelli.

El diputado Humberto Alonso Morelli (desde la curul): Gracias, señor presidente. Solamente para sumarme a la petición de los demás compañeros, señor presidente. Creo que este acontecimiento que ha ocurrido en Veracruz es realmente deplorable. No podemos permitir que se utilicen recursos de los mexicanos, de los veracruzanos, de todos los contribuyentes, para financiar campañas políticas y operar para un partido político. Muchas gracias.

El diputado Silvano Aureoles Conejo(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Don Silvano Aureoles.

El diputado Silvano Aureoles Conejo (desde la curul): Gracias, presidente. Breve. Hemos escuchado solicitudes, casi generalizadas en este pleno, de que se pueda incluir en el orden del día el asunto grave, delicado, de Veracruz que hemos conocido.

Soy integrante de la Junta, y me sumo a esa solicitud, de que se incluya, se abra un espacio, se desahogue el tema por la gravedad del asunto, presidente. Le suplico, como integrante de la Junta de Coordinación Política, que atienda nuestra solicitud. Muchas gracias.

La diputada Aída Fabiola Valencia Ramírez(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Doña Aída Fabiola.

La diputada Aída Fabiola Valencia Ramírez (desde la curul): Gracias presidente. Lo que está sucediendo en Veracruz, sucede en Oaxaca, sucede en Chiapas, pero quiero concretamente ponerles, comentarles qué pasó hace seis años.

Hace seis años grabamos al candidato del PRI ofreciendo despensas, el presidente municipal ofreciendo despensas, los grabamos. Incluso, hice la traducción, porque fue en zapoteco, se subió a la red. Lo único que ocurrió hace seis años, presidente, fue que detuvieron dos días al culpable. Eso fue todo, no hubo castigo.

Es grave que en este país se siga condicionando el voto y se sigan condicionando los apoyos. Eso es grave, porque la pobreza en este país parece ser negocio bastante jugoso para los que están en el poder. Por eso exijo que se tomen en cuenta los comentarios que se han vertido en este pleno, presidente.

El diputado Luis Alberto Villarreal García(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Diputado Villarreal.

El diputado Luis Alberto Villarreal García (desde la curul): Gracias, presidente. Lo que sucede en Veracruz no es un asunto sencillo ni se puede tomar a la ligera porque sucede en otros estados de la República, porque es un hecho grave, porque es un hecho que nos debe de indignar a todos quienes hacemos de la política una actividad para servir a la sociedad, para fortalecer sus derechos y para fortalecer sus libertades.

Lo que se denunció ayer del estado de Veracruz rompe con todo lo admisible en este país. Si los medios de comunicación no le dieron la potencia debida al tema se lo tiene que dar esta Cámara de Diputados que representa al pueblo de México, se tiene que hacer, sí, y se tiene que hacer hoy.

El diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Diputada María de las Nieves. Diputado Beltrones.

El diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (desde la curul): Gracias, presidente. Presidente, respetando enormemente la idea de todos y cada uno de los que han estado participando insistiendo en modificar el orden del día previamente acordado en Junta de Coordinación Política, como lo hemos hecho por muchas sesiones anteriores, queriendo privilegiar sobre todo lo que hemos hecho durante mucho tiempo, el agotar estos dictámenes, que han costado tanto trabajo en comisiones, y entendiendo que nos encontramos también en sesiones, pero involucrados en elecciones en muchas entidades de la República en donde las estrategias político-electorales tienen que ver en la materia, sabiendo que el día de ayer han presentado diversas denuncias sobre supuestos eventos llevados a cabo que están sujetos a investigación, supuestos eventos que han estado denunciados y que están sujetos a investigación, es que nosotros insistimos en que el orden del día sea respetado; fue votado al inicio, que sea respetado y continúe esta sesión.

Al final de la jornada ya han sido escuchadas muchas voces que han logrado el propósito de debatir lo que no estamos nosotros poniendo a discusión si se debe de debatir, sobre la verdad jurídica y política de ciertos hechos en cualquier entidad de la República.

Nosotros aceptamos, y en buena lid, la sugerencia que ha hecho el diputado Juan Bueno, de llevarlo a agenda política ordenadamente el próximo martes, y privilegiemos hoy el trabajo legislativo.

Sé que la voz de hoy que repite la izquierda, después de haberla puesto de moda la derecha, está haciendo ver con insistencia un contubernio. No obstante, se conserva la originalidad de la derecha sobre esa expresión a la que se suma la izquierda, pero lo que queremos es orden en la Cámara de Diputados, de tal suerte que continuemos con el trabajo legislativo, y comprometiéndonos con todos y cada uno de ustedes a discutir también responsablemente esto que todavía, apenas está en una denuncia que está sujeta a investigación, y que será materia política el próximo martes.

Por lo cual, rogamos que la sesión continúe y agotemos los temas que hemos puesto en el orden del día.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Don Silvano Aureoles.

El diputado Silvano Aureoles Conejo(desde la curul): Presidente, entendiendo que es correcta la apreciación de que hay un orden del día aprobado por la Junta, pero hay que precisar que la máxima instancia de decisión es el pleno de la Cámara. No es la Junta el órgano pleno de decisión, es una instancia de deliberación y de definición, pero la instancia de toma de decisiones es el pleno de la Cámara.

En consecuencia, le propongo una salida. Abra usted el tablero electrónico y sometámoslo a votación.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: A ver, diputados. Diputado Villarreal.

El diputado Luis Alberto Villarreal García(desde la curul): Presidente, sin demérito, bajo ninguna circunstancia, de las facultades y de la fuerza que tiene la Junta de Coordinación Política y, desde luego, sin entrar en controversia con mi compañero, el coordinador del Grupo Parlamentario del PRI, es procedente hacer esta propuesta, porque se trata de un hecho superviniente.

Es decir, ayer cuando la Junta de Coordinación sesionamos este hecho no era conocido en ese momento; al surgir este tema es que hoy distintos diputados, de distintos grupos parlamentarios, le solicitamos a usted, de manera formal y respetuosa, que con fundamento en el artículo 64, numeral 1, se someta a votación el cambio de orden del día y se ponga éste que ha sido referido.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Diputado Beltrones.

El diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera(desde la curul): He escuchado con mucha atención y respeto cada una de las propuestas de los distintos coordinadores parlamentarios y de las diputadas y los diputados, que valemos lo mismo, de tal suerte que todos nos ajustamos a lo que señala la ley y el Reglamento.

Considero que todos los días suceden hechos supervinientes, algunos les acomodan más a unos que a otros, de tal suerte que se vuelven estrategias de carácter político. Admitiendo lo anterior y sujetándome a que el orden del día, por cierto, por esta soberanía ya ha sido votado y hay insistencia en modificar el orden del día, cuestión que se puede volver común y corriente en el futuro, y habremos de sujetarnos a esta experiencia, es que nosotros no nos oponemos a que esta soberanía pase a registrar su voto, para ver si contempla como prioridad nuestra responsabilidad de seguir agotando el trabajo de comisiones, que tanto ejercicio ha procurado de voluntad política entre todos los aquí asistentes, o vamos a la discusión inmediata de un tema que todavía ni tan siquiera ha sido juzgado, sino que se encuentra en el prejuicio y en el perjuicio de la Cámara de Diputados. Adelante, con la votación.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Ábrase el sistema... Don Arturo Escobar, lo escucho.

El diputado Arturo Escobar y Vega(desde la curul): Presidente, gracias. Quisiera simplemente advertir de los enormes riesgos que tiene modificar el orden del día por hechos supervinientes declarados por el coordinador del PAN; es como si para nosotros fuera un hecho superviniente la liberación del general Ángeles Dauahare el día de ayer y subirlo a agenda política para únicamente golpetear.

Respetar a los órganos internos de la Cámara de Diputados es nuestra obligación, señor presidente.

Ya el coordinador del Grupo Parlamentario del PRI, el diputado Beltrones, invitó a que pudiéramos registrar en agenda política el próximo martes este tema.

Le pido, señor presidente, que nos ajustemos al Reglamento y a la Ley Orgánica del Congreso Mexicano y no vengamos con ocurrencias para afectar el orden del día que ya fue votado por este pleno. Gracias, presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Honorable asamblea, permítanme un segundo. El artículo 64 y 65 de nuestro Reglamento, me dicen que para incluir un punto en el orden del día tendría que tener la solicitud formal de la Junta de Coordinación Política.

Aquí se han expresado los coordinadores. Tengo dos opciones, ustedes que me han propuesto salidas, más bien les propongo entradas. Miren, una de ellas es pedirle a los coordinadores que me formalicen la petición y aceptarlo. La otra es abrir el tablero electrónico de votación en este momento.

Ábrase el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, en el entendido de que el voto por el sí es incluir el día de hoy en la agenda política el tema que nos ocupa. El no es por continuar nuestra sesión e inscribirlo para la sesión del próximo martes.

Repito, el sí es para incluirlo el día de hoy como tema de agenda política, y el no es para inscribirlo el próximo martes.

La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación.

(Votación)

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Le ruego a la Secretaría tomar la votación del diputado que acaba de entrar en funciones y que no tiene registro.

El diputado Juan Isidro del Bosque Márquez (desde la curul): En contra.

La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: Les recuerdo a los diputados que no se aceptará ningún voto cerrado el sistema electrónico.

Ciérrese el sistema electrónico. Señor presidente, se emitieron a favor 223, 0 abstenciones, en contra 234.



LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de áreas protegidas marinas.

La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de áreas marinas protegidas

Honorable Asamblea

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 81, 84, 85, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV; 167, numeral 4 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, el siguiente dictamen.

I. Antecedentes legislativos

Primero.El 28 de mayo de 2008, en sesión de la Comisión Permanente el senador Arturo Escobar y Vega, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó una iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de áreas protegidas marinas, que se turnó a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, y de Estudios Legislativos del Senado de la República.

Segundo. El 25 de abril de 2012, el Senado de la República aprobó el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, misma que remitió a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

Tercero. El 26 de abril de 2012, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, que se turnó a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para el análisis y dictamen correspondientes.

II. Contenido de la minuta

La minuta que nos ocupa tiene como fin fortalecer el régimen jurídico de las áreas naturales protegidas (ANP) que constituyen el instrumento toral en la conservación de la biodiversidad y de los bienes y servicios ecológicos. Representan la posibilidad de reconciliar la integridad de los ecosistemas que se establecen en las zonas marinas mexicanas. Para ello propone establecer reglas mínimas que adapten las categorías de las ANP a los problemas que se suscitan en el medio marino.

La colegisladora nos describe un paquete de información sobre lo que representan los océanos y mares como parte integrante del planeta, así como nuestra dependencia de los océanos y zonas costeras para obtener alimentos y múltiples servicios ambientales, además de la recreación.

Señala la gran diferencia que existe en la diversidad de animales terrestres y marinos.

Concluyen que la productividad de los mares es, en conjunto, muy superior a la de los continentes; enfatizando, que el océano constituye para la humanidad una reserva prometedora.

No es de extrañar entonces que nosotros dependamos de los océanos y las zonas costeras para la obtención de un sinnúmero de recursos tales como los alimentos y de múltiples servicios ambientales además de la recreación. Sin embargo, las actividades humanas son la causa principal del deterioro de los mares.

El medio oceánico representa un sistema ecológico particular, muy diferente del ambiente terrestre, y en su dilatada extensión comprende múltiples y variados biotipos. Más bien pobre en flora, (no en número de individuos) el océano está habitado por una gran diversidad de animales, pertenecientes a casi todos los grupos zoológicos.

Aluden a la enorme dimensión que ha alcanzado la contaminación del medio marino, en virtud de que el hombre lo ha considerado como un crisol receptor de toda clase de desperdicios. Asimismo, que la mayor parte de los residuos del mundo son vertidos al mar generalmente sin tratamiento previo.

Sin duda un gran número de actividades productivas, agrícolas, turísticas, industriales y extractivas, entre otras, lo dañan de manera importante, poniendo en tela de duda la sustentabilidad de éstas.

Dichos impactos devienen de la descarga directa a los mares, o a los ríos que desembocan a ellos, de sustancias químicas tóxicas, materia orgánica que incrementa la demanda bioquímica de oxígeno; exceso de nutrientes, desechos orgánicos o energía, entre otros. Todo ello muestra el carácter intersectorial que deben tener los esfuerzos para prevenir y controlar la contaminación del ambiente marino.

Por otro lado señalan el problema que representa la explotación irracional de los recursos pesqueros que ponen en peligro la supervivencia de ciertas especies y en un gran número de casos se ha llegado a su exterminio.

Como señala la colegisladora, la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, Conabio, ha señalado que algunos de los problemas fundamentales de los ambientes oceánicos y costeros son la carencia de información suficiente y la falta de un ordenamiento que permita la conservación.

Sostienen que la conservación debe involucrar el mantenimiento de los sistemas marinos íntegros, con el objeto de conservar su estructura original y funcional, así como el equilibrio entre el uso de los recursos y la protección de los mismos.

Las áreas protegidas marinas (APM) son muy recientes si se comparan con las existentes en el medio terrestre, y especialmente tardía es la conciencia sobre la necesidad de establecer figuras de protección en nuestros océanos. Algunos países establecieron sus primeras APM hace ya varias décadas y en 1997 existían cerca de 4000 APM en más de 80 países, siendo la más extensa de todas ellas la Gran Barrera de Coral australiana.

Con las APM se pretende proteger, conservar y restaurar especies, hábitats y procesos ecológicos que como resultado de diversas actividades humanas se han visto afectados. Del mismo modo, y actuando con cautela, pretenden prevenir la degradación futura y el daño a especies, hábitats y procesos ecológicos aún no estudiados o desconocidos.

Con las APM se pretende proteger, conservar y restaurar especies, hábitats y procesos ecológicos que como resultado de diversas actividades humanas se han visto afectados. Del mismo modo pretenden prevenir la degradación futura y el daño a especies, hábitats y procesos ecológicos aún no estudiados o desconocidos.

1. La disminución significativa de la mortalidad de especies debido a la pesca consiguiendo el restablecimiento de las poblaciones naturales y el incremento de aquellas especies más vulnerables que habían desaparecido o reducido significativamente sus individuos; en general se produce un aumento de su abundancia.

2. La prohibición dentro del APM de determinadas artes de pesca destructivas mantiene e incrementa la complejidad poblacional del hábitat debido a la recuperación de las especies-clave que contribuyen a estructurar el espacio, ayuda a incrementar la captura incidental de especies no-objetivo y que fueron previamente afectadas por dichos métodos destructivos.

3. Conservación del patrimonio natural y cultural de los países. Y

4. Apoyan la gestión de áreas terrestres costeras al servir como zona de amortiguamiento.

En la medida en que ha mejorado el conocimiento de los ambientes marinos y se ha demostrado su importancia, se han incrementado considerablemente las declaratorias de APM en todo el mundo.

Algunos de los instrumentos que hacen referencia de las APM son los siguientes:

Instrumentos internacionales vinculantes

La Convención de Diversidad Biológica, CDB, que compromete al Estado mexicano a designar y crear áreas protegidas. Precisamente, fruto de la Octava Conferencia del las Partes del CDB, celebrada en Brasil en 2006, se reconoce la importancia de la gestión integrada marino costera para alcanzar los objetivos del 2010 e impulsar las acciones tendientes a mejorar la protección y el manejo efectivo de los ecosistemas marinos.

El mandato Yakarta sobre Diversidad Biológica Marina y Costera (Decisión 1/10 de la CDB) cuyo objetivo principal es ayudar a aplicar el mandato de Yakarta sobre la diversidad biológica marina y costera a nivel nacional, regional y mundial. En él se determinan objetivos operativos clave y actividades prioritarias dentro de los cinco elementos clave del programa: la ordenación integrada de las zonas marinas y costeras, los recursos vivos marinos y costeros, las zonas marinas y costeras protegidas, la maricultura y los genotipos y las especies exóticas.

La Convención para la Protección de Flora y Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de los Países de América, signado por México, obliga a la creación de parques o reservas naturales. La principal obligación se refiere a la creación de parques o reservas naturales, entendiéndose por parques nacionales, las regiones establecidas para la protección y conservación de las bellezas escénicas naturales y de la flora y la fauna de importancia nacional, de las que el público pueda disfrutar mejor al ser puestas bajo la vigilancia oficial; Asimismo se entenderá por reservas nacionales: Las regiones establecidas para la conservación y utilización bajo vigilancia oficial, de las riquezas naturales, en las cuales se dará a la flora y la fauna toda la protección que sea compatible, con los fines para los que son creadas estas reservas.

La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, convención suscrita el 10 de diciembre de 1982 en Montego Bay (Jamaica), Intenta un nuevo orden jurídico internacional sobre los océanos y el mar, regulando los espacios marinos, pero considerándolos en su conjunto.

La Conabio identificó en México un total de 70 áreas prioritarias marinas, de las cuales 43 se encuentran en el Pacífico y 27 en el Golfo de México y en el Mar Caribe. Áreas que se basan en su alta biodiversidad, así como en su índice de fragilidad.

Las figuras de protección del medio marino, las APM

Para los ecosistemas marinos la figura de conservación más importante es la del área protegida marina (APM), existiendo otras como las áreas protegidas que persiguen fines pesqueros, que pueden también aplicarse con miras a proteger los recursos marinos. Su manejo debe incluir objetivos compartidos tanto pesqueros, como ambientales y socioeconómicos, con la finalidad de asegurar el uso sostenible de los recursos y la efectividad del área declarada.

Contaminación acústica

Atendiendo a que es necesario regular todo tipo de contaminación dentro de las áreas protegidas marinas, en especial la acústica, la colegisladora consideró pertinente esta inclusión.

El secretario general de Naciones Unidad reportó a la Asamblea General, el problema del ruido oceánico, como uno de los asuntos relacionados con la conservación y el uso sustentable de la biodiversidad marina más allá de la jurisdicción nacional. Asimismo señala que le ruido submarino antropogénico es una de las “mayores amenazas para poblaciones de ballenas y otros cetáceos”.

Especies exóticas invasoras

La colegisladora estimó pertinente la propuesta del iniciador en el sentido de prohibir la invasión de especies exóticas al interior de las áreas protegidas, con el objeto de salvaguardar la biodiversidad nativa, elemento esencial del objeto de las ANP. Por ello el Convenio sobre la Diversidad Biológica establece en el inciso h) de su numeral 8 que cada una de las partes contratantes, en la medida de lo posible según proceda “impedirá que se introduzcan, controlará o erradicará las especies exóticas que amenacen ecosistemas hábitats o especies”.

Por su parte el artículo 51 de la LGEEPA establece que “para proteger y preservar los ecosistemas marinos y regular el aprovechamiento sustentable del la flora y fauna acuática, en las zonas marinas mexicanas que podrán incluir la zona federal marítimo terrestre contigua se podrán establecer áreas naturales protegidas de los tipos a que se refieren las fracciones I, III, IV, VII y VIII del artículo 46, atendiendo a las características particulares de cada caso”.

Asimismo, estableció en la LGEEPA un sistema de planeación y manejo espacial diferenciado, que se aplica a través del instrumento conocido como zonificación y el cual es definido por la propia ley como:

XXXIX Zonificación. El instrumento técnico de planeación que puede ser utilizado en el establecimiento de las áreas naturales protegidas, que permite ordenar su territorio en función del grado de conservación y representatividad de sus ecosistemas, la vocación natural del terreno, de su uso actual y potencial, de conformidad con los objetivos dispuestos en la misma declaratoria. Asimismo existirá una subzonificación, la cual consiste en el instrumento técnico y dinámico de planeación, que se establecerá en el programa de manejo respectivo y que es utilizado en el manejo de las ANP’S, con el fin de ordenar detalladamente las zonas núcleo y de amortiguamiento, previamente establecidas mediante la declaratoria correspondiente.

Dicha zonificación y subzonificación se encuentran desarrolladas en el artículo 47 Bis de la LGEEPA mientras que el numeral 47 BIS 1 detalla la zonificación y subzonificación que aplicaran a cada una de las categorías de ANP de competencia de la federación.

De esta forma, a pesar de que existen ambientes y ecosistemas distintos en nuestro país, las ANP están concebidas para adecuarse a dicha diversidad. De la revisión de las disposiciones de la LGEEPA en materia de ANP se desprende de acuerdo con la colegisladora que el régimen especial de protección que aplica a los ambientes marinos es sumamente débil o no prevé reglas especiales que atiendan a las características particulares de este tipo de espacios. Por esta razón el Senado de la República concluye que es necesario adecuar el artículo 47 Bis de la LGEEPA a lo previsto en el numeral 51 del mismo ordenamiento jurídico ya que las reglas que se crearon para las ANP terrestres presentan problemas para aplicarse a la realidad de los recursos marinos.

En este sentido, el proyecto de decreto tiene como fin fortalecer el régimen jurídico de las APM que se establecen en las zonas marinas mexicanas. Para ello propone establecer reglas mínimas que adapten las categorías de las ANP a los problemas que se suscitan en el medio marino.

III. Consideraciones

Los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, después de hacer un análisis exhaustivo, tiene a bien dictaminar en sentido positivo a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en materia de áreas protegidas marinas y bajo las siguientes:

Las condiciones para el aprovechamiento de los recursos marinos tienden a estar dadas por la capacidad de un estado para regular las actividades que se realizan en su mar territorial y en su zona económica exclusiva, así como por la cantidad de recursos disponibles que son susceptibles de ser utilizados. México cuenta con una extensa zona oceánica bajo su jurisdicción y que requiere ser manejada de la mejor manera para mantener el flujo de beneficios que se derivan de los ambientes marinos.

Asimismo, la generación de instrumentos de política ambiental, como el Ordenamiento Ecológico Marino (OEM), ha brindado la posibilidad de establecer un procedimiento planificador para las áreas oceánicas bajo la jurisdicción nacional, cuya implementación ha demostrado ser factible, como lo constata el decreto del Programa de Ordenamiento Ecológico Marino del Golfo de California.

Los integrantes de esta comisión, coincidimos que el espacio marino es un recurso valioso, el cual está cada vez más sobre utilizado en muchos lugares de los mares del mundo (por ejemplo, el Mar del Norte) y a menudo, mal manejado. En este sentido, prohibir la invasión de especies exóticas al interior de las áreas protegidas, con el objeto de salvaguardar la biodiversidad nativa, elemento esencial para el cuidado de los ecosistemas de áreas marinas que no están siendo manejados y, por ende, no están siendo protegidos. Los usos del espacio marino a saber: Conservación (APM); Pesquerías; Navegación; Acceso a la Costa; Marinas/Puertos a menudo presentan conflictos (uso-uso) y algunos de estos usos son incompatibles con el mantenimiento de funciones críticas de ecosistemas (uso-ambiente).

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales considera que no obstante, estos usos, incluyendo el del espacio marino, se podrían manejar adecuadamente. Más aún, muchos de estos conflictos con motivo del uso-ambiente como puede ser el elegir entre un espacio de ruta de transporte o área de Pesca, o depósitos de arena o yacimientos petróleo se pueden reducir a través de la Planeación Espacial Marina el incidir en la ubicación de actividades humanas en el espacio y en el tiempo. Para el manejo del desempeño de las actividades humanas, se necesitan otras herramientas.

Los diputados federales consideramos que la conservación y el uso sustentable de la biodiversidad marina más allá de la jurisdicción nacional debe ser un proceso público para analizar y asignar una distribución espacial y temporal de las actividades humanas en áreas marinas, con el fin de alcanzar objetivos ecológicos, económicos y sociales que han sido especificados por medio de un proceso político y ejemplo de ello es que muchos países ya designan espacios marinos para la transportación, desarrollo de actividades petroleras, plantas eólicas, disposición de residuos, etc. Sin embargo esto sucede en una escala caso por caso o sector por sector; raramente se practica una planeación espacial marina evidente en la actualidad.

En la Cámara de Diputados, por lo tanto, consideramos indispensable que los grandes ecosistemas marinos se sigan abordando desde una perspectiva nacional considerando la heterogeneidad de Hábitats, las áreas de alta biodiversidad, las áreas de reproducción, los corredores migratorios y las áreas de alta productividad. Una buena política nacional debería tomar además un enfoque internacional de heterogeneidad económica en el cual los temas específicos de una región se consideren en el contexto internacional (agua y recursos como bien común) y no de forma independiente a la parte continental ya que hay impactos tierra a mar y mar a tierra.

Los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados consideramos que el uso del mar en el futuro es una cuestión de elección y de prioridades, lo cual requiere diálogo y medios participativos para la toma de decisiones y maneja la coexistencia entre diversos usos y objetivos en el ambiente marino.

Queda claro que la planeación espacial marina debe desarrollar un ambiente regulatorio estable para el desarrollo de actividades económicas con objetivos compartidos tanto en los temas pesqueros, como ambientales y socioeconómicos, con la finalidad de influenciar el comportamiento humano y sus actividades en relación con los recursos marinos, en este sentido, las acciones combinadas de usos en la medida que se relacionan un tema de integración multi-sectorial.

Por lo expuesto, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales considera de forma general como herramientas esenciales para el manejo integrado de zonas protegidas marinas el reformar el párrafo primero del artículo 44 de la LGEEPA, para que diga:

Articulo 44. Las zonas del territorio nacional y aquellos sobre las que la Nación ejerce su soberanía y jurisdicción, en las que los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano o que sus ecosistemas y funciones integrales requieren ser preservadas y restauradas quedarán sujetas al régimen previsto en esta ley y los demás ordenamientos aplicables.

Con esta redacción se elimina la propuesta de agregar los términos “terrestres o marinas”, originalmente planteada por el iniciador, y que acertadamente se eliminó por el Senado, en virtud de que las zonas del territorio nacional sean “terrestres o marinas” es repetitiva, toda vez que el propio párrafo hace dicha distinción al estipular que se refiere a “las zonas del territorio nacional y aquellas sobre las que la Nación ejerce su soberanía y jurisdicción”.

Recordemos que nuestro sistema jurídico, al referirse a las zonas marinas mexicanas, ha adoptado como formula general señalar que éstas son aquellas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción.

Atentos a las reformas al numeral 44 de la LGEEPA, estimamos pertinentes las propuestas de reformas a las fracciones I y III del artículo 45 de la ley, las cuales toman en cuenta la importancia de los ecosistemas y las funciones que se lleven a cabo dentro de los mismos; de tal manera, ambas fracciones quedarían en los siguientes términos:

Artículo 45. El establecimiento de las áreas naturales protegidas tiene por objeto:

I. Preservar los ambientes naturales representativos de las diferentes regiones biogeográficas y ecológicas y de los ecosistemas más frágiles así como sus funciones para asegurar el equilibrio y la continuidad de los procesos evolutivos y ecológico;

II. Asegurar la preservación y el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas, sus elementos y funciones.

Apreciamos la decisión de la colegisladora de desechar la propuesta de incluir en el catálogo de los tipos ANP a las reservas marinas, con la adición de una fracción XI al artículo 46 de la LGEEPA; de tal manera, se trata de establecer un grupo de opciones para la protección de las zonas terrestres y marinas de México, y no de determinar tipos de áreas naturales protegidas específicas por cada ámbito espacial.

De la misma manera, estimamos procedente la propuesta de adicionar un párrafo final al artículo 46 de la LGEEPA con el propósito de que quede prohibida la introducción de especies exóticas invasoras en las áreas naturales protegidas.

En términos generales esta comisión coincide con la colegisladora en lo que se refiere a las reformas y adiciones al artículo 47 Bis, toda vez que incluyen aspectos que permiten precisar el régimen aplicable a las ANP que se establecen en las zonas marinas mexicanas.

En cuanto a la adición de los párrafos tercero y cuarto al artículo 48 de la LGEEPA coincidimos con la decisión del Senado de la República en cuanto a que se limite el tráfico de embarcaciones en las zonas núcleo ubicadas en zonas marinas, así como regular los aprovechamientos no extractivos de vida silvestre de conformidad con las normas oficiales mexicanas.

En cuanto a las reformas a los párrafos segundo y cuarto del artículo 51 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, consideramos acertado incorporar la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable y la Ley General de Vida Silvestre como cuerpos normativos aplicables para restringir o prohibir las actividades o aprovechamientos que procedan; asimismo expresamos nuestro acuerdo con la prohibición de la introducción de especies exóticas invasoras en las áreas naturales protegidas establecidas en las zonas marinas mexicanas.

Finalmente, coincidimos con la colegisladora en el reconocimiento de la procedencia de adicionar un párrafo tercero al artículo 55 de la Ley que nos ocupa para establecer que las actividades de aprovechamiento no extractivo quedan restringidas a los programas de manejo y normas oficiales mexicanas emitidas por la Semarnat.

Por lo expuesto y fundado la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales somete a la consideración de este honorable pleno, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de áreas protegidas marinas

Artículo Único. Se reforman el primero párrafo del artículo 44; las fracciones I y III del artículo 45; el primer párrafo, los párrafos primero y segundo del inciso a) y, el segundo párrafo del inciso b) de la fracción I; el segundo párrafo del inciso a), el segundo párrafo del inciso b), el primer párrafo del inciso c), el primero, segundo y tercer párrafos del inciso d), el segundo párrafo del inciso e), y el primer párrafo del inciso h) de la fracción II del artículo 47 Bis; el segundo párrafo del artículo 48; los párrafos segundo y cuarto del artículo 51; y se adicionan un último párrafo al artículo 46; los párrafos tercero y cuarto, recorriéndose en el orden el subsecuente del artículo 48; y el párrafo tercero al artículo 55, todos ellos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

Artículo 44. Las zonas del territorio nacional y aquellas sobre las que la Nación ejerce soberanía y jurisdicción, en las que los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano, o que sus ecosistemas y funciones integrales requieren ser preservadas y restauradas, quedarán sujetas al régimen previsto en esta Ley y los demás ordenamientos aplicables.

...

Artículo 45. El establecimiento de las áreas naturales protegidas, tiene por objeto:

I. Preservar los ambientes naturales representativos de las diferentes regiones biogeográficas y ecológicas y de los ecosistemas más frágiles, así como sus funciones, para asegurar el equilibrio y la continuidad de los procesos evolutivos y ecológicos;

II. ...

III. Asegurar la preservación y el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas, sus elementos, y sus funciones;

IV. a VII. ...

Artículo 46. Se consideran áreas naturales protegidas:

I. a XI. ...

...

...

...

...

En las áreas naturales protegidas queda prohibida la introducción de especies exóticas invasoras.

Artículo 47 Bis. ...

I. Las zonas núcleo, tendrán como principal objetivo la preservación de los ecosistemas y su funcionalidad a mediano y largo plazo, en donde se podrán autorizar las actividades de preservación de los ecosistemas y sus elementos, de investigación y de colecta científica, educación ambiental, y limitarse o prohibirse aprovechamientos que alteren los ecosistemas. Estas zonas podrán estar conformadas por las siguientes subzonas:

a) De protección: Aquellas superficies dentro del área natural protegida, que han sufrido muy poca alteración, así como ecosistemas relevantes o frágiles, o hábitats críticos; y fenómenos naturales, que requieren de un cuidado especial para asegurar su conservación a largo plazo.

En las subzonas de protección sólo se permitirá realizar actividades de monitoreo del ambiente, de investigación científica no invasiva en los términos del reglamento correspondiente, que no implique la extracción o el traslado de especímenes, ni la modificación del hábitat.

...

En las subzonas de uso restringido sólo se permitirán la investigación científica no invasiva y el monitoreo del ambiente, las actividades de educación ambiental y turismo de bajo impacto ambiental, que no impliquen modificaciones de las características o condiciones naturales originales, y la construcción de instalaciones de apoyo, exclusivamente para la investigación científica o el monitoreo del ambiente, y

II. ...

a) ...

En las subzonas de preservación sólo se permitirán la investigación científica y el monitoreo del ambiente, las actividades de educación ambiental y las actividades productivas de bajo impacto ambiental que no impliquen modificaciones sustanciales de las características o condiciones naturales originales, promovidas por las comunidades locales o con su participación, y que se sujeten a una supervisión constante de los posibles impactos negativos que ocasionen, de conformidad con lo dispuesto en los ordenamientos jurídicos y reglamentarios que resulten aplicables.

b) ...

En dichas subzonas no podrán realizarse actividades que amenacen o perturben la estructura natural de las poblaciones y ecosistemas o los mecanismos propios para su recuperación. Sólo se podrán realizar actividades de investigación científica, educación ambiental y de turismo de bajo impacto ambiental, así como, en su caso, pesca artesanal con artes de bajo impacto ambiental; así como la infraestructura de apoyo que se requiera, utilizando ecotécnias y materiales tradicionales de construcción propios de la región, aprovechamiento de los recursos naturales para la satisfacción de las necesidades económicas básicas y de autoconsumo de los pobladores, utilizando métodos tradicionales enfocados a la sustentabilidad, conforme lo previsto en las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

c) De aprovechamiento sustentable de los recursos naturales: Aquellas superficies en las que los recursos naturales pueden ser aprovechados, y que, por motivos de uso y conservación de sus ecosistemas a largo plazo, es necesario que todas las actividades productivas, se efectúen bajo esquemas de aprovechamiento sustentable.

...

...

d) De aprovechamiento sustentable de los ecosistemas: Aquellas superficies con usos agrícolas, pesqueros, y pecuarios actuales.

En dichas subzonas se podrán realizar actividades agrícolas, pesqueras, y pecuarias de baja intensidad que se lleven a cabo en predios, o zonas que cuenten con aptitud para este fin, y en aquellos en que dichas actividades se realicen de manera cotidiana, y actividades de pesquería artesanal, agroforestería y silvopastoriles, siempre y cuando sean compatibles con las acciones de conservación del área, y que en su caso contribuyan al control de la erosión y evitar la degradación de los suelos.

La ejecución de las prácticas agrícolas, pesqueras, pecuarias, agroforestales y silvopastoriles que no estén siendo realizadas en forma sustentable, deberán orientarse hacia la sustentabilidad y a la disminución del uso de agroquímicos e insumos externos para su realización.

e) De aprovechamiento especial: Aquellas superficies generalmente de extensión reducida, con presencia de recursos naturales que son esenciales para el desarrollo social, y que deben ser explotadas sin deteriorar el ecosistema, modificar el paisaje de forma sustancial, ni causar impactos ambientales irreversibles en los elementos naturales que conformen.

En dichas subzonas sólo se podrán ejecutar obras públicas o privadas para la instalación de infraestructura o explotación de recursos naturales, que generen beneficios públicos, que guarden armonía con el paisaje, que no provoquen desequilibrio ecológico grave y que estén sujetos a estrictas regulaciones de uso sustentable de los recursos naturales, con apego estricto a los programas de manejo emitidos por la secretaría.

f) ...

...

g) ..., y

h) De recuperación: Aquellas superficies en las que los recursos naturales han resultado severamente alterados o modificados, y que serán objeto de programas de recuperación y rehabilitación, por lo que no deberán continuar las actividades que llevaron a dicha alteración.

...

...

Artículo 48. ...

En las zonas núcleo de las reservas de la biosfera sólo podrá autorizarse la ejecución de actividades de preservación de los ecosistemas y sus elementos, y educación ambiental, mientras que se prohibirá la realización de aprovechamientos que alteren los ecosistemas.

Para el caso de zonas núcleo que se ubiquen en zonas marinas deberá limitarse el tráfico de embarcaciones de conformidad con el programa de manejo respectivo.

Asimismo, se deberán regular los aprovechamientos no extractivos de vida silvestre que deberán de ser de bajo impacto, y de acuerdo con las normas oficiales mexicanas que para tal efecto emita la secretaría.

...

Artículo 51. Para los fines señalados en el presente capítulo, así como para proteger y preservar los ecosistemas marinos y regular el aprovechamiento sustentable de la flora y fauna acuática, en las zonas marinas mexicanas, que podrán incluir la zona federal marítimo terrestre contigua, se podrán establecer áreas naturales protegidas de los tipos a que se refieren las fracciones I, III, IV, VII y VIII del artículo 46, atendiendo a las características particulares de cada caso.

En estas áreas se permitirán y, en su caso, se restringirán o prohibirán las actividades o aprovechamientos que procedan, de conformidad con lo que disponen esta ley, la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, la Ley General de Vida Silvestre, la Ley Federal del Mar, las convenciones internacionales de las que México sea parte y las demás disposiciones jurídicas aplicables.

...

Para el establecimiento, administración y vigilancia de las áreas naturales protegidas establecidas en las zonas marinas mexicanas, así como para la elaboración de su programa de manejo, se deberán coordinar, atendiendo a sus respectivas competencias, la Secretaría y la Secretaría de Marina. En todos los casos queda prohibida la introducción de especies exóticas invasoras.

Artículo 55. ..

...

Las actividades de aprovechamiento no extractivo quedan restringidas a los programas de manejo, y normas oficiales mexicanas emitidas por la secretaría.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Los residuos sólidos en el medio marino constituyen un problema grave tanto en alta mar como junto a las costas, que empeora constantemente. Los residuos sólidos pueden ser transportados a grandes distancias por las corrientes marinas y los vientos. Hay residuos en prácticamente todas partes del medio marino y costero (en alta mar, en el fondo del mar, en las marismas litorales, en desembocaduras de ríos, en las playas) y no solamente en zonas densamente pobladas, sino también en lugares muy remotos de la tierra, lejos de fuentes contaminantes evidentes. La mayor parte de estos residuos son de larga vida y permanecen durante decenios. Una parte son letales para la fauna, matando y dañando una y otra vez de forma indiscriminada. Los residuos de larga vida constan principalmente de plástico, metal y vidrio, materiales que no se degradan fácilmente ni con rapidez en el medio ambiente.

2 Rowley, R.J., Case studies and reviews. Marine reserves in fisheries management. Aquatic Conservation. Marine and Freshwater Ecosystems, 1994, 4: 233-254.

3 (http://www.ine.gob.mx/descargas/ord_ecol/pres_1bienal_oemgc_ a_dpedroza.pdf).

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2013.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), José Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Cristina Olvera Barrios (rúbrica), Ricardo Astudillo Suárez, Darío Badillo Ramírez, Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza, José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Juan Manuel Fócil Pérez (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), Rodrigo González Barrios (rúbrica), Gabriel Gómez Michel (rúbrica), Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López (rúbrica), Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Alfio Vega de la Peña (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la voz doña Cristina Olvera Barrios, para fundamentar el dictamen.

La diputada Cristina Olvera Barrios:Con su permiso, diputado presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, a nombre de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el pasado 3 de abril del presente año, aprobamos el dictamen por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de áreas protegidas marinas.

Como es sabido, uno de los temas claves para lograr la conservación y el uso de la diversidad biológica es atender la problemática de especies invasoras.

En la actualidad se considera a las invasiones biológicas como la segunda causa de pérdida de biodiversidad, superada solamente por la reducción y deterioro de los hábitats. Asimismo, la introducción de las especies ha sido identificada como uno de los problemas ambientales más críticos a los que se enfrentan los hábitats acuáticos, sus especies y la biodiversidad en general.

El impacto de las especies invasoras sobre los ecosistemas marinos es inmenso; sin embargo, su repercusión va más allá de los daños directos que ocasiona a la biodiversidad, pues también implican pérdidas económicas y problemas sanitarios severos, lo que las transforman en una amenaza directa para el bienestar humano.

Es tiempo de atender los problemas que ocasionan las especies invasoras en el medio marino, que sin duda será la mejor herramienta para propiciar el control y su erradicación, y con ello evitar estragos más graves en términos ambientales.

Fortalecer el régimen jurídico de las áreas naturales protegidas, que constituyen el instrumento toral en la conservación de la biodiversidad y de los bienes y servicios ecológicos, representa la posibilidad de reconciliar la integridad de los ecosistemas que se establecen en las zonas marinas mexicanas.

Para ello, a través del dictamen que abordamos el día de hoy, se establecen reglas mínimas que deben ser adoptadas por las categorías de las áreas naturales protegidas, respecto de los problemas que se suscitan en el medio ambiente marino.

Recordemos nuestra dependencia de los extensos recursos que obtenemos de los océanos y de las zonas costeras, tales como los alimentos y servicios ambientales, además de la recreación.

Pero hoy, con pena, podemos observar las dimensiones que han alcanzado los niveles de contaminación en el medio marino, en virtud de que el hombre lo ha considerado como un crisol receptor de toda clase de desperdicios.

Sin duda un gran número de actividades productivas, agrícolas, turísticas, industriales y extractivas, entre otras, lo dañan de manera importante, poniendo en riesgo la sustentabilidad de éstas.

Dichos impactos devienen de la descarga directa a los mares o a los ríos que desembocan a ellos de sustancias químicas, tóxicas, materias orgánicas que incrementan la demanda bioquímica de oxígeno, exceso de nutrientes, desechos orgánicos o energía, entre otros. Todo ello muestra el carácter intersectorial que deben tener los esfuerzos para prevenir y controlar la contaminación del ambiente marino.

Bajo esta óptica, los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales observamos con optimismo esta propuesta del dictamen por el que se promueve una reforma normativa en el que convergen objetivos ambientales, económicos y sociales, y es por ello que solicitamos su voto a favor. Muchas gracias, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Muchas gracias, doña Cristina.

Doña Luisa María Alcalde Luján, tiene el uso de la voz para posicionar en este dictamen. No va a venir. No quiere posicionarse. Doña Milkdret Marina Verde Avendaño, del PRD; doña Patricia Lugo Barriga. Esta Presidencia le da el uso de la voz a doña Concepción Navarrete Vital.

El diputado Roberto López González(desde la curul): Presidente, le solicito la verificación del quórum, por favor.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: El quórum se verifica conforme al Reglamento. Esta Presidencia lo decidirá en su momento.

La diputada María Concepción Navarrete Vital:Con el permiso de la Presidencia. El día de hoy tratamos un tema de suma importancia, de suma relevancia para el futuro nuestro como nación, pues somos poseedores de una gran riqueza natural y de gran extensión constituida por nuestros ecosistemas mexicanos.

Nuestra sociedad ha tenido a lo largo del tiempo una relación enorme con el mar, que se basa en la idea de los océanos que son una inagotable e inexplorada fuente de recursos naturales. Sin embargo, a pesar de que los ecosistemas marinos por siglos han servido como un espacio que suministra constantemente alimentos para la especie humana o rutas a la navegación, lo cierto es que las aguas de los océanos ahora son un sumidero infinito de residuos provenientes de las actividades que generan el desarrollo, lo que ha traído como consecuencia graves daños a los ecosistemas y la extinción de las especies.

En todo el planeta los ecosistemas marinos se encuentran en una situación de deterioro, los daños causados por el abuso de la pesca y la contaminación, entre otros factores, han traído como consecuencia que el medio marino y sus recursos se encuentren en una situación comprometida de sobreexplotación y degradación sin precedentes. Es por ello que los gobiernos se han dado a la tarea de crear áreas marinas protegidas como método para revertir esta situación y preservar el desarrollo de estos ecosistemas.

Con la votación a favor del dictamen que hoy se somete a la consideración de esta asamblea estamos garantizando por ley la restauración y preservación de nuestros ecosistemas marinos, así como de sus funciones integrales que así lo requieran.

De igual forma, estaremos protegiendo nuestros litorales de una de las mayores amenazas para la biodiversidad, que es la introducción intencional o accidental de especies exóticas invasoras que desplazan a especies nativas y causan graves daños a nuestros litorales.

De igual forma, se limitará el tráfico de embarcaciones para el caso de zonas núcleo que se ubiquen en zonas marinas y que tienen como principal objetivo la preservación de los ecosistemas y su funcionalidad a mediano y largo plazo. Asimismo se regularán los aprovechamientos no extractivos de vida silvestre, que deberán ser de bajo impacto y de acuerdo con las normas oficiales mexicanas que para tal efecto emitan las autoridades competentes.

Compañeras y compañeros, México se ha distinguido ante el mundo por la riqueza de sus ecosistemas y sus recursos naturales, pero ahora deberá hacerlo como referente para el tránsito hacia mejores prácticas de cuidado y conservación de este patrimonio natural, lo que representa un gran reto que trae aparejado la supervivencia de nuestra sociedad.

En este orden de ideas, es impostergable asumir nuestro compromiso en aras de avanzar hacia el desarrollo sustentable de nuestro patrimonio ecológico. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Muchas gracias, Coni.



RECESO

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra(a las 12:48 horas): Esta Presidencia, con el objeto de dar oportunidad a los compañeros que en este momento no están en el salón de sesiones de manifestar el sentido de su voluntad en este dictamen declara un receso de 20 minutos.

(Receso)

(A las 13:18 horas): Se reanuda la sesión. Ábrase el sistema electrónico de votación para recabar votación nominal del dictamen. Vamos a hacerlo por 15 minutos a efecto de dar oportunidad... Vamos a esperar cinco minutos más.

El diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Adelante, señor diputado.

El diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (desde la curul): Le ruego a la Presidencia si puede prorrogar este receso 20 minutos más, ya que estamos a punto de celebrar una reunión diversos coordinadores parlamentarios, a fin de acordar lo conducente para reanudar la sesión y cumplir con responsabilidad votando cada uno de los dictámenes que tanto trabajo han costado crear en cada una de las comisiones. Pido de la Presidencia y de la Mesa el que nos puedan conceder que el receso se prolongue 20 minutos más.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra(a las 13:19 horas): Ante tan impecables razonamientos, esta Presidencia amplía el receso.

(Ampliación del receso)



LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra(a las 14:13 horas): Se reanuda la sesión.

Ábrase el sistema electrónico de votación a efecto de recabar la correspondiente al dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de áreas protegidas marinas. Ábrase por 10 minutos.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por 10 minutos, para proceder a la votación.

(Votación)

El diputado Juan Isidro del Bosque Márquez(desde la curul): A favor.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Damos la bienvenida a los alumnos y directivos de la preparatoria particular de Cuautitlán, estado de México, invitados por el señor diputado don Francisco Javier Fernández Clamont.

También a los invitados del diputado Hugo Sandoval Martínez, de la secundaria 224, Huetzalin, secundaria 33, Cuauhtémoc, y secundaria 28, Francisco Goitia García. Sean ustedes bienvenidos.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Ciérrese el sistema de votación electrónico. Presidente, son 438 votos a favor, 2 abstenciones y 0 en contra.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 438 votos el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de áreas protegidas marinas. Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales.



CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE CONDECORACIONES

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Honorable Asamblea:

La Comisión de Puntos Constitucionales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 84, 85, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV; 167, numeral 4 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía el siguiente dictamen:

I. Antecedentes legislativos

1. El 26 de abril de 2007, los diputados Jorge Zermeño Infante y Jesús de León Tello, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentaron Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, turnó la Iniciativa a la Comisión de Puntos Constitucionales para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

2. El 26 de abril de 2007, el diputado José Jesús Reyna García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y suscrita por el Diputado Mauricio Ortiz Proal. En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, turnó la Iniciativa a la Comisión de Puntos Constitucionales para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

3. El 19 de junio 2008, la Comisión de Puntos Constitucionales de la LX Legislatura, después de analizar las Iniciativas, aprobó por mayoría de los presentes el dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. El 20 de junio de 2008, el Pleno de la Cámara de Diputados, remitió al Senado de la República, la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones II, III y IV así como el último párrafo del apartado C, del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,  para sus efectos constitucionales.

5. En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, Primera, la minuta antes mencionada, para su análisis, estudio y elaboración de dictamen.

6. El 28 de abril de 2009, el Senado de la República, aprobó el dictamen en sentido positivo con modificaciones, a la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, enviándolo a la Cámara de Diputados para efectos constitucionales.

7. El 30 de abril de 2009, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, dio cuenta de la minuta enviada por el Senado de la República, turnándola a la Comisión de Puntos Constitucionales de la LX Legislatura, para sus efectos constitucionales.

II. Contenido de la minuta 

Para efecto de emitir el presente dictamen, se transcribe las consideraciones del dictamen aprobado por el Senado de la República, bajo lo siguiente:

Estas comisiones unidas coinciden con la minuta en estudio, toda vez que no se considera razonable perder la ciudadanía mexicana por el hecho de que alguien preste servicios oficiales a un gobierno extranjero, sin tener permiso del Congreso General como lo establece nuestra Carta Magna en la fracción II del apartado C) del artículo 37.

Por otra parte, el procedimiento que requiere la autorización para prestar servicios a un gobierno extranjero actualmente es complicado y tardado, por lo que se estima que si el asunto tiene el  mérito de permitir a una persona ocuparse de un trabajo lícito, un procedimiento más simple ayudaría a aligerarlo. Este tipo de requisitos son actualmente injustificables para poner en funcionamiento la maquinaria del Poder Legislativo con el propósito de emitir una autorización con alcances muy particulares y específicos.

Asimismo, se considera que los miembros del Congreso deben buscar formas para agilizar y hacer más eficaz el trabajo a realizar, con el fin de que las reformas sean aprobadas oportunamente y se conviertan en herramientas de solución de los problemas que aquejan a la ciudadanía. En virtud de lo anterior, resulta obsoleto que en la actualidad se dediquen largas horas al análisis y aprobación según lo dispuesto por el artículo 37, apartado C, fracciones II, III y IV de nuestra Constitución Política, el establecimiento de un mecanismo más sencillo para tales efectos ahorrará tiempo y esfuerzo de ambas cámaras.

Por ello, estas dictaminadoras coinciden con la propuesta de la minuta, el ciudadano mexicano que pretenda prestar servicios o funciones oficiales en el extranjero, aceptar o usar una condecoración y en su caso admitir títulos o funciones de un gobierno otro país, sea atribución del Ejecutivo federal, ya que a éste le compete el ejercicio de las atribuciones en materia de nacionalidad, extranjería y ciudadanía.

También es importante considerar que si a un mexicano, atendiendo a las circunstancias actuales de la globalización, de libre circulación y del trabajo sin fronteras, le es lícito y natural trabajar para un gobierno extranjero, pareciere excesivo despojarlo de su ciudadanía porque no solicitó permiso; o bien, pidiéndolo no se le concedió, en tanto que es desproporcionado que el derecho del trabajo de un mexicano en el extranjero quede a la voluntad del Congreso.

II. Modificaciones

Como se ha referido en el apartado anterior, estas comisiones unidas coinciden con la minuta en estudio, para que sea el Ejecutivo federal quien otorgue los permisos a los ciudadanos para prestar voluntariamente servicios o funciones oficiales a un gobierno extranjero,  aceptar o usar condecoraciones extranjeras o admitir títulos o funciones de otro país.

Y en este tenor, se propone exceptuar al Presidente de la República de la obligación de solicitar permiso para aceptar y usar condecoraciones extranjeras, por tratarse del mismo Poder Ejecutivo federal quien otorgaría los permisos. De igual forma a los titulares del Poder Legislativo Federal y a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, toda vez que de esta manera se mantendrá el equilibrio en los tres poderes.

Dicha excepción quedaría establecida en la fracción III del apartado C) del artículo 37 constitucional.

Asimismo, estas dictaminadoras formulan una modificación respecto al último párrafo del artículo de mérito, referente a que en los casos señalados en las fracciones II a IV del apartado C) del artículo 37 constitucional, la minuta propone que:

El Ejecutivo federal comunicará inmediatamente a la Cámara de Senadores o a la Comisión Permanente las solicitudes de permiso recibidas. Dicha Cámara o la Comisión Permanente, contarán con un plazo de cinco días hábiles para, de ser el caso, manifestar las observaciones correspondientes. Transcurrido el plazo, el Ejecutivo federal resolverá sobre la procedencia de las solicitudes.

Se estima innecesario hacer partícipe al Senado de la República o a la Comisión Permanente para que en dado caso se hagan observaciones, pues si una de las propuestas es darle la facultad de otorgar los permisos referidos al Poder Ejecutivo federal, establecer dicha afirmativa ficta resulta contradictorio, por lo que se propone que el párrafo en comento sea derogado, ya que el texto vigente establece:

En el caso de las fracciones II a IV de este apartado, el Congreso de la Unión establecerá en la ley reglamentaria respectiva, los casos de excepción en los cuales los permisos y licencias se entenderán otorgados, una vez transcurrido el plazo que la propia ley señale, con la sola presentación de la solicitud del interesado.

Lo anterior en virtud de que el trámite se efectuará ante el Ejecutivo, corresponderá a éste emitir las disposiciones reglamentarias que normen los procedimientos administrativos conducentes.

III. Cuadro comparativo 

Con el objeto de una debida apreciación de las modificaciones propuestas por la Cámara Revisora al citado precepto constitucional, se vierte el siguiente comparativo, en el cual se reflejan concretamente los dos cambios realizados por la Cámara Revisora y los cuales son materia de análisis en el presente dictamen:

IV. Consideraciones

Esta Comisión dictaminadora, después de hacer un análisis exhaustivo de la minuta enviada por el Senado de la República, llega a la convicción de emitir dictamen en sentido positivo, relativo al proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, atendiendo a las siguientes consideraciones:

Dentro del Derecho Diplomático, una condecoración es aquella que representa una “señalada diferencia del país otorgante hacia la persona que se le ha concedido, para premiar los méritos o recompensar los servicios de personas a un país” (Ruiz Sánchez, Lucia Irene, Derecho diplomático.Porrúa, México, 2005, página 323).

Al respecto, los países han creado órdenes especiales para cumplir con el propósito de condecorar a personajes distinguidos; cada orden cuenta con su propio reglamento que define a quiénes se podrá otorgar, los motivos para otorgarla, los grados de los que consta o quiénes serán los encargados de imponer las condecoraciones.

Asimismo, existen algunos Estados que no permiten a sus nacionales recibir ningún tipo de condecoración en el extranjero, siendo el caso de Gran Bretaña y Suecia, en donde el gobierno que otorga la condecoración debe pedir permiso para considerar como candidatos a tal distinción a los nacionales de dichos Estados.

Por su parte, Argentina, cuenta con la Ley 23.732, en la que se autoriza a los ciudadanos argentinos a aceptar y usar condecoraciones y honores otorgados por los Estados con los que dicha República mantiene relaciones diplomáticas, especificando que, en los casos de condecoraciones u honores que impliquen obligaciones para con el Estado otorgante, el beneficiario deberá pedir autorización expresa al H. Congreso de la Nación.

En México, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 12 de la Carta Magna, “no se concederán títulos de nobleza, ni prerrogativas y honores hereditarios, ni se dará efecto alguno a los otorgados por cualquier otro país”, sin embargo es posible mediante el permiso del Congreso de la Unión la aceptación de algunas distinciones extranjeras siempre y cuando se respete el artículo 37, apartado C) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en esta ocasión constituye nuestro objeto de análisis.

Al respecto, de la minuta en estudio, se advierte que el Senado de la República coincide con el espíritu expresado por esta Cámara en cuanto a la parte sustantiva de la reforma constitucional propuesta, salvo lo señalado en el párrafo segundo de la fracción III y párrafo segundo de la fracción VI del artículo citado.

Por lo que hace a la adición del párrafo segundo de la fracción III, del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,  en cuanto a que: “el Presidente de la República, los Senadores y Diputados del Congreso de la Unión y los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, podrán libremente aceptar y usar condecoraciones extranjeras”, es importante señalar que el principio de igualdad, se configura como uno de los valores superiores del orden jurídico, lo que significa que ha de servir de criterio básico para la producción normativa y su posterior interpretación, así como de su aplicación, de manera que opera para que los poderes públicos tengan en cuenta que los particulares que se encuentran en igual situación de hecho deben ser tratados de la misma forma, sin privilegio alguno.

Es decir, a través de la igualdad, se busca colocar a todos los particulares en condiciones de poder acceder a derechos superiores protegidos constitucionalmente, lo que implica eliminar situaciones de desigualdad manifiesta, aunque ello no significa que todos los individuos se encuentren en todo momento y ante cualquier circunstancia, en condiciones de absoluta igualdad, pues dicho principio se refiere a la igualdad jurídica, que debe traducirse en la seguridad de no tener que soportar un perjuicio o privarse de un beneficio desigual o injustificado.

Esta disposición daría pie a renunciar a títulos nobiliarios obtenidos en otros países, a fin de salvaguardar el principio de igualdad ante la ley. En todo caso, pueden recibirse reconocimientos o preseas de tipo cultural u honorario; no obstante, para que un mexicano reciba uno de esos reconocimientos, requiere el consentimiento del Congreso de la Unión.

Sin embargo, el hecho de que en México no se den títulos de nobleza no implica ignorar la destacada labor de sus habitantes. La Constitución permite otorgar menciones honoríficas a un mexicano que haya prestado servicios relevantes a la nación. De esta circunstancia, se desprende que la ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, de carácter federal, tiene por objeto: “Determinar las normas que regulan el reconocimiento público que haga el Estado, de aquellas personas que por su conducta, actos u obras, merezcan los premios, estímulos o recompensas”. Así lo establece el artículo 1° de la Ley en comento.

En este contexto, se plasma el espíritu de la reforma en estudio, la cual consiste en distinguir a los mexicanos con ciertas cualidades, dentro de una ideología de equilibrio e identidad humana, como guía ejemplar de la conducta en la sociedad dentro de un ambiente de respeto, equidad y tolerancia que consagra el principio de igualdad jurídica.

Los miembros de esta Comisión Dictaminadora, coinciden en cuanto a la modificación del proyecto de decreto, sin embargo, es una inquietud de esta Cámara señalar que podrán aceptar y usar las condecoraciones extranjeras libremente, pero bajo la limitante de que la condecoración será entendida únicamente como aquella que reviste un reconocimiento a la persona por alguna aportación a la sociedad, a la ciencia o incluso a la humanidad, y que no rompa con el principio de igualdad consagrada en la Constitución, muy en lo particular, el señalado en el artículo 12, en lo referente a que en México no se hace distinción de persona, ni mucho menos se da efecto a los títulos nobiliarios concedidos en el extranjero.

Es decir, que la Constitución acepte libremente la condecoración, pero no implica que pueda contener título nobiliario, prerrogativa y como se ha dicho, sólo por mérito o aportación y como reconocimiento al mismo.

Esta Comisión acepta el cambio propuesto, toda vez que no se genera ninguna desigualdad entre los funcionarios expresados en el párrafo segundo de la fracción III, del artículo 37 del proyecto de decreto que propone la Revisora, en virtud de que no se concede un derecho más, que cualquier otro ciudadano puede gozar, como lo es el de aceptar una condecoración, sino únicamente se retira el requisito para ellos en cuanto a que deban realizar la solicitud de aceptación, sin perjuicio de que en su caso, la condecoración aceptada le pueda ser retirada en función de que trasgreda los principios de igualdad consagrados en nuestra Constitución.

Ahora bien, por lo que respecta a las modificaciones propuestas por esta Cámara de origen, al párrafo segundo de la fracción VI del artículo en cita, se destaca el sentido afirmativo en que se pronuncia, en virtud, de considerar innecesaria la participación del Senado de la República o de la Comisión Permanente, para determinar la concesión de los permisos.

Efectivamente, las apreciaciones que realiza la Cámara Revisora son concordantes con el efecto jurídico que quedará plasmado en la Constitución, toda vez que el párrafo segundo de la fracción VI  ya no tiene razón de existir, en virtud de que la facultad de otorgamiento se traslada al Ejecutivo federal.

Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión dictaminadora, ha tenido a bien pronunciarse en un sentido positivo, respecto al hecho que versa sobre la distinción que se otorga a los mexicanos, ya sea en nombre propio o en representación de una colectividad, que permite el reconocimiento de su labor en el extranjero, mediante el otorgamiento de condecoraciones, ya que esto no implica de ninguna manera sumisión o compromisos de ninguna especie hacia el otorgante.

Este Órgano Colegiado, considera que no constituye obstáculo ni justificación suficiente solicitar permiso al Congreso de la Unión o su Comisión Permanente, para poder prestar servicios oficiales a un gobierno extranjero.

Por tal motivo, la esencia de la propuesta consiste en otorgarle facultades al Poder Ejecutivo, pues efectivamente a éste le compete el ejercicio de las atribuciones en materia de nacionalidad, extranjería y ciudadanía, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

En este tenor, se propone exceptuar al presidente de la República de la obligación de solicitar permiso para aceptar y usar condecoraciones extranjeras, por tratarse del mismo Poder Ejecutivo federal quien otorgaría los permisos. Dichas atribuciones son homologables a los titulares del Poder Legislativo Federal y a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, toda vez que de esta manera se mantendrá el equilibrio en los tres poderes.

Consecuentemente, con el ánimo de avanzar en el perfeccionamiento del proceso legislativo, se coincide con los cambios propuestos por la Colegisladora en los términos precisados anteriormente, ello en virtud, de que las observaciones realizadas por la Cámara Revisora no alteran sustancialmente la propuesta original, si no por el contrario auxilia en precisiones no previstas por la iniciativa de origen.

Por lo tanto, esta Comisión se pronuncia en favor de la disposición legal en comento y coincide ampliamente en los términos de la minuta enviada por la Cámara revisora, en consecuencia, somete a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se reforman las fracciones II, III y IV, y se suprime el último párrafo del apartado C) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 37. ...

A)...

B)...

C)...

I. ...

II. Por prestar voluntariamente servicios o funciones oficiales a un gobierno extranjero, sin permiso del Ejecutivo federal;

III. Por aceptar o usar condecoraciones extranjeras sin permiso del Ejecutivo federal.

  El presidente de la República, los senadores y diputados al Congreso de la Unión y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrán libremente aceptar y usar condecoraciones extranjeras;

IV. Por admitir del gobierno de otro país títulos o funciones sin previo permiso del Ejecutivo federal, exceptuando los títulos literarios, científicos o humanitarios que pueden aceptarse libremente;

V. ...

VI. En los demás casos que fijan las leyes.

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Quedará sin efecto toda disposición que contravenga el presente Decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a dieciséis de abril de 2013.

La Comisión de Puntos Constitucionales, diputados: Julio César Moreno Rivera (rúbrica), presidente; Marcos Aguilar Vega, Fernando Rodríguez Doval (rúbrica), Pedro Domínguez Zepeda (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Raymundo King de la Rosa, Luis Antonio González Roldán (rúbrica), Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica en contra), Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica), Paulina Alejandra del Moral Vela (rúbrica), Julisa Mejía Guardado (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), secretarios; José Alfredo Botello Montes (rúbrica), Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbrica), Ricardo Villarreal García (rúbrica), Damián Zepeda Vidales (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Miriam Cárdenas Cantú, Rocío Adriana Abreu Artiñano (rúbrica), Arely Madrid Tovilla (rúbrica), Gloria Elizabeth Núñez Sánchez (rúbrica), José Isidro Moreno Árcega (rúbrica), Delvim Faviola Bárcenas Nieves (rúbrica), José Alberto Rodríguez Calderón (rúbrica), Ricardo Cantú Garza, Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), Amalia Dolores García Medina (rúbrica), José Ángel Ávila Pérez (rúbrica), Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro, Fernando Zárate Salgado (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la voz don Julio César Moreno Rivera, para fundamentar el dictamen.

El diputado Julio César Moreno Rivera:Con su venia, diputado presidente. Compañeras y compañeros diputados, el día de hoy a nombre de la Comisión de Puntos Constitucionales someto a consideración de esta honorable asamblea el dictamen con proyecto de decreto que reforma las fracciones II, III y IV, y suprime el último párrafo del apartado C) del artículo 37 constitucional, en materia de condecoraciones.

La presente reforma tiene como finalidad modificar el trámite que deben realizar los ciudadanos mexicanos para no perder tal carácter. En ese sentido, los ciudadanos que presten voluntariamente servicios o funciones oficiales a un gobierno extranjero, acepten o usen condecoraciones extranjeras, o bien admitan del gobierno de otro país funciones o títulos que no sean literarios, científicos o humanitarios, deberán solicitar permiso al Ejecutivo federal y no al Congreso de la Unión o a la Comisión Permanente, como actualmente dispone nuestra Ley Suprema.

Asimismo, tratándose del presidente de la República, los senadores y diputados al Congreso de la Unión y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, podrán aceptar y usar condecoraciones extranjeras.

Lo anterior es así, ya que hoy en día resulta injustificable poner en funcionamiento a la maquinaria del Poder Legislativo, con el solo propósito de emitir una autorización con alcances tan particulares y específicos.

Al respecto, es preciso señalar algunos datos estadísticos. En la LX Legislatura se autorizaron 135 permisos para aceptar y usar condecoraciones, 107 para prestar servicios y 33 por nombramientos de cónsules.

En la LXI Legislatura se otorgaron 105 permisos para aceptar y usar condecoraciones, 86 para prestar servicios y 15 por nombramientos de cónsules honorarios.

Por lo anterior, estas estadísticas nos ilustran que todo este trabajo legislativo realizado por algunas comisiones y la soberanía de este pleno se pueden aprovechar de una manera más sustantiva para elaborar dictámenes que se traduzcan en reformas de ley para los temas prioritarios de nuestra nación, y no como sucede actualmente en trámites, que parecieran más administrativos que legislativos.

Asimismo con esta reforma se da certeza y agilidad al trámite que realizan los ciudadanos para prestar servicios a gobiernos extranjeros, así como usar condecoraciones.

Por lo anterior, compañeras y compañeros diputados, los invito a votar a favor del dictamen para terminar con un trámite que en la actualidad se encuentra superado, y que sin embargo mantiene ocupadas tanto a comisiones como al pleno de esta Cámara, órganos que en la época que vivimos deben conjuntar esfuerzos en la satisfacción de las principales exigencias de la sociedad de nuestro país. Es cuanto, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Y es mucho, diputado Julio César. Está a la consideración.

Solamente le vamos a dar la palabra a doña Loretta Ortiz Ahlf, que tiene una propuesta de modificación, al diputado Ricardo Monreal, que tiene una propuesta de modificación y que está muy gustoso de venir a la tribuna, y luego en contra a Marcos Rosendo Medina Filigrana. Entonces, tiene el uso de la voz doña Loretta Ortiz Ahlf.

La diputada Loretta Ortiz Ahlf:Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo acudo a esta tribuna para expresar nuestro rechazo y, en consecuencia, nuestro voto en contra del dictamen que reforma el artículo 37, apartado C), fracciones II, III y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Lo que se regula en este precepto constitucional es lo relativo a las causales de pérdida de la ciudadanía mexicana por aceptar o usar condecoraciones extranjeras sin permiso del Congreso federal o de su Comisión Permanente en la fracción III, y en la fracción IV por admitir del gobierno de otro país títulos o funciones sin previa licencia del Congreso federal o de su Comisión Permanente.

Como se puede apreciar, en el esquema actual son las Cámaras del Congreso de la Unión, o la Comisión Permanente en los recesos de aquellas, quienes autorizan a cualquier ciudadano mexicano el aceptar y usar condecoraciones o títulos que otorguen otros países.

Tal y como se contiene en el dictamen, se propone que el Congreso de la Unión abdique de esta facultad de otorgar autorizaciones y la función del Congreso pase al Ejecutivo federal, quien será el encargado de otorgar dichas autorizaciones. Además se establece un régimen en el segundo párrafo, fracción III, de mexicanos de primera y mexicanos de segunda, porque se prevé que el presidente de la República, los senadores y diputados al Congreso de la Unión y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrán libremente aceptar y usar condecoraciones extranjeras.

Compañeras y compañeros legisladores, debemos recordar que en días recientes esta soberanía aprobó reformas al Título Cuarto constitucional en materia de responsabilidades de los servidores públicos, para eliminar el fuero de los altos servidores públicos de la nación, quedando exceptuado el presidente de la República.

En aquella ocasión, en particular los legisladores del PRI y del PAN decían que todos deberíamos de ser iguales ante la ley y que no debían existir mexicanos de primera y de segunda, siendo de primera aquellos servidores públicos en contra de los cuales no se podía seguir un proceso penal sin que previamente la Cámara de Diputados aprobara, vía la declaración de procedencia, retirar el fuero constitucional al servidor público protegido por esta inmunidad procesal. En tanto que, como mexicanos de segunda, cualquier otra persona que no actúe con la inmunidad constitucional podrá ser procesada sin mayor trámite.

Ahora, en el presente dictamen pretenden imponer la diferenciación de mexicanos de primera y de segunda, donde la clase privilegiada no requiere permiso y el resto de los mexicanos sí lo necesita.

En vista de lo anterior, es indudable que existen dos posiciones de los principales partidos políticos en esta soberanía, cuestión que el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo rechaza tajantemente.

En todo caso, son precisamente los servidores públicos: presidente de la República, diputados y senadores del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ministros de la Corte, quienes por las tareas que desempeñan están en posibilidades de poder comprometer al Estado mexicano —subrayo— poder comprometer al Estado mexicano mediante sus actos u omisiones que favorezcan a otro país que les haya otorgado alguna condecoración, título o reconocimiento.

Somos nosotros quienes en todo caso sí debemos pedir la autorización y no el resto de la ciudadanía. Por estas consideraciones, votaremos en contra del dictamen y presentaremos, precisamente, una reserva para el efecto de que se mantenga el texto actual del apartado C) del artículo 37 constitucional, en sus fracciones II, III y IV. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Muchas gracias. Pregunte la Secretaría a la asamblea si admite a discusión la propuesta de doña Loretta Ortiz Ahlf.

La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a asamblea si se acepta la modificación al artículo...

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Si se acepta a discusión.

La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: A discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la negativa, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Queda en términos del dictamen. Don Ricardo Monreal, tiene usted el uso de la voz.

El diputado Ricardo Monreal Ávila:Ciudadano presidente y ciudadanos legisladores. Advierto, presidente, que no es el procedimiento usual, dado que es una reforma constitucional usted debió haber preguntado quién fijaba posición, quién se inscribía en contra y no pasar de manera directa a las reservas. Sin embargo, frente a la crisis temporal que vivió esta Cámara, voy a hacer un intento de explicarles por qué razón nosotros estamos en contra de esta reforma propuesta.

Primero, nos causa mucha sorpresa. Nos parece lamentable cómo pueden llegar minutas a esta Cámara con tal nivel de retrocesos, pero sobre todo, desconocimiento de la historia, la teoría del Estado y el sistema jurídico de nuestro país. Es igualmente lamentable que se privilegie la dictaminación de este tipo de minutas, cuando quedan otras pendientes en la comisión de carácter mucho más relevante.

Revisando una y otra vez el propósito de la reforma en estudio, no puedo encontrar una justificación de peso, un problema o un reclamo social que requiera atención urgente, una laguna importante que deba ser cubierta, una adición que renueve el diseño orgánico institucional de la dimensión gubernamental del Estado para garantizar algún derecho social. No.

Tal parece que el único sentido que persigue la reforma en estudio es inscribirse en la línea de la desmantelación de las facultades, competencias y atribuciones del Congreso, para retornar a la figura presidencial plenipotenciaria, añorada por la cúpula en el poder, aunque de paso se están trastocando fundamentos básicos de los principios de justificación y del quehacer del Congreso.

Se está comprometiendo el principio de separación y equilibrio entre poderes; se está posibilitando la institucionalización y legalización del intervencionismo e injerencismo, y finalmente, se está abriendo la puerta para desfigurar aun más el proyecto nacional vislumbrado por el Constituyente del 17.

La Comisión de Puntos Constitucionales elaboró otro dictamen chatarra, que constituye una mera tautología de lo expuesto en la minuta, por lo cual se desaprovecha la oportunidad de plantear cuestiones de fondo que se han dejado de lado.

La reforma en estudio no solo gira en torno a las distinciones que se otorgan a los mexicanos, ya sea a nombre propio o en representación de una colectividad que permita el reconocimiento de su labor en el extranjero mediante el otorgamiento de condecoraciones, lo cual puede implicar o no la sumisión o compromisos del otorgante.

Lo que se está ocultando, lo que se encubre o no se menciona mediante esta reforma diacrónica, sistemática, incongruente, es que nuestro país ha lidiado históricamente y sigue lidiando con perennes políticas colonialistas, imperialistas e injerencistas, propias de las potencias extranjeras.

Entrando en materia, hoy en día el Estado mexicano no solo ha dejado de lado responsabilidades que son intrínsecas al mismo Estado, sino que además ha subordinado sus intereses a los intereses del vecino del norte.

Hace no mucho tiempo se dieron a conocer los primeros cables publicados por WikiLeaks, los cuales pusieron al descubierto algo que desde hace mucho tiempo se instituía y se intuía, porque sabíamos que había ocurrido, pero no podíamos demostrarlo; los altos niveles de injerencia por parte de los diplomáticos estadounidenses en los asuntos internos de nuestro país.

WikiLeaks confirmó lo que reiteradamente se había venido denunciando por los diferentes sectores de la sociedad y del personal político, no solo en asuntos que tienen que ver con la cooperación asimétrica en materia de combate al crimen organizado, sino que se demostró además la injerencia que tienen en nuestros procesos de designación política interna, lo cual resulta inadmisible.

Hoy mismo estamos en crisis frente a la justicia. La justicia no existe en nuestro país, la justicia está podrida. Hoy mismo, cuando liberan a Ángeles o a Noé Mandujano, no podemos sino sentirnos avergonzados porque se utilizó el poder, o bien, los jueces de consigna sometieron a proceso penal a personas que no tenían ninguna vinculación o tenían presuntos nexos con el narcotráfico. Éste es un asunto de la mayor importancia. La justicia está en entredicho. ¿Quiénes fueron los jueces de consigna? ¿De quién recibieron las consignas?

Por esa razón, nosotros nos oponemos a ese tipo de reformas. Pero lo que más me causa tristeza de esta Cámara es que no se dan cuenta, los diputados y las diputadas, que están autocercenando sus facultades, ¿es que no se dan cuenta que están renunciando a facultades que desde 1857 tiene la Cámara de Diputados?

Ahora se alega que nos hace perder tiempo analizar las condecoraciones. Lo que más tristeza me causa es que sea la izquierda la que venga a proponer; un sector de la izquierda, el que venga a justificar este planteamiento de modificación del artículo 37 constitucional. No puede ser que esta Cámara esté autocercenando sus propias facultades.

Esta disposición contenida en el artículo 37 —que ahora pretende suprimirse— proviene de 1857 y ahora se le quiere dar simple y sencillamente un fast track para desaparecerla. Estos niveles de injerencia que hoy, de manera vergonzosa y casi insultante son cotidianos, van a desaparecer.

He considerado siempre que cuando el Congreso legisla para autolimitarse es un error, así sucedió en el fuero, así fue la supresión del informe presidencial de rendir informes ante esta Cámara, ante este Congreso, así han sido muchas facultades que ahora de manera incluso de complicidad los diputados no afirman ni dicen nada. Es impresionante el nivel de ignorancia que existe cuando se aprueban este tipo de medidas.

Peyorativamente se dice: son los corcholatazos. Pero no es así, este Congreso tiene la facultad de decidir si un nacional merece la condecoración de un gobierno extranjero, este Congreso necesita tener ese principio fundamental, que le da origen al principio de división de poderes.

Montesquieu, cuando diseña la teoría de la división de poderes, que éste copia de Bentham y a su vez de Locke, era sabio el pensamiento en establecer resortes que pudieran equilibrarse en el sentido de equilibrar los tres poderes. Solo hay un poder, el Poder Ejecutivo.

Por eso me da mucha tristeza que sea un sector del PRD quien venga a justificar la desaparición de una facultad tan importante, contenida en el 37 constitucional. Lo aceptaría de la derecha, lo aceptaría incluso del gobierno, porque les incomoda, les resulta incómodo que tengan que venir a pedir permiso al Congreso para recibir una condecoración por el gobierno extranjero. Hoy, ustedes quieren suprimirla, quieren autorizar solo al Ejecutivo federal para que sea quien resuelva si merece o no la condecoración. Cosa más torpe en materia legislativa no había visto, cosa más incongruente de la izquierda podría admitirlo.

Estoy dispuesto a discutir —desde 1857— a debatir con sentido de seriedad y de responsabilidad el porqué debe mantenerse inalterable esta disposición en el artículo 37 constitucional.

No se puede alegar, señores diputados, que nos quita tiempo en las comisiones. ¿Cuáles comisiones, si ni trabajan? ¿Qué trabajo les quita, si le dedican cuatro horas, ocho horas a la semana al Congreso? ¿Cuál es la prisa por suprimir facultades, que desde 1857 se mantienen en la Carta Magna?

Me resisto a creer que haya diputados y diputadas que se autocastren, que se autolimiten, que se autoflagelen y ahora le hagan el trabajo al Ejecutivo federal para no incomodarlo. Me parece muy grave el retroceso en el que estamos atravesando.

Miren ustedes, incluso si atiendes el derecho comparado, en la mayor parte de países mantienen esta facultad. Pero si quieren ir más allá, en países europeos los gobiernos nacionales prohíben usar y recibir cualquier tipo de condecoración de gobiernos extranjeros; prohíben a los ciudadanos, prohíben a los funcionarios, porque finalmente es el deber de esos funcionarios hacer buenos gobiernos, actuar con honradez y actuar con honestidad.

Por eso en Movimiento Ciudadano somos congruentes. No admitimos, rechazamos tajantemente esta intención de la propuesta de modificación al artículo 37 constitucional.

Hay muchas materias en las que deberíamos incursionar, ¿por qué meterse a estos temas que autoflagelan, que autodenigran, que autolimitan al Congreso mexicano? Van a ver las consecuencias del fuero; van a ver ahora que están intentando restituir el informe presidencial; van a ver figuras como el arraigo y los testigos protegidos y ahora quieren suprimir, los que aprobaron la reforma para instalar estas figuras ominosas, como el arraigo y los testigos protegidos. Por esa razón, me resisto a creer.

Tengo amigos senadores, amigas senadoras que fueron conmigo, participaron en discusiones históricas. Me resisto a creer que ellos vayan a votar en favor. Me resisto a pensar que ustedes no sean capaces de decirle: No, no voy a esa reforma, por congruencia.

Gracias, presidente. Le pediría, presidente que plasme integro un documento que preparé ayer por la noche, en el Diario de Debates, porque este debate es histórico, lamentablemente la subordinación es evidente. Muchas gracias.

«Posicionamiento del diputado Ricardo Monreal Ávila, respecto del dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Condecoraciones.

Con su venía señor Presidente; compañeras y compañero diputados:

Cabe señalar en primer término, que resulta lamentable como pueden llegar minutas a esta Cámara con tal nivel de retroceso y desconocimiento de la historia, la teoría del Estado y el sistema jurídico de nuestro país. Es igualmente lamentable, que se privilegie la dictaminación de este tipo de minutas, cuando quedan otras pendientes en la Comisión de carácter mucho más relevante.

Revisando una y otra vez el propósito de la reforma en estudio, no puede encontrarse una justificación de peso; un problema o un reclamo social que requiere atención urgente; una laguna importante que deba ser cubierta; una adición que renueve el diseño orgánico o institucional de la dimensión gubernamental del Estado para garantizar algún derecho social, etcétera.

No, tal parece que el único sentido que persigue la reforma en estudio, es inscribirse en la línea de la  desmantelación de las facultades, competencias y atribuciones del Congreso para retornar a la figura presidencial plenipotenciaria, añorada por la cúpula en el poder.

Aunque de paso, se están trastocando fundamentos básicos de los principios de justificación y del quehacer del Congreso; se está comprometiendo el principio de separación y equilibrio entre poderes; se está posibilitando la institucionalización y legalización del intervencionismo e injerencismo y, finalmente, se está abriendo la puerta para desfigurar aún más el proyecto nacional vislumbrado por el Constituyente de 1917.

La Comisión de Puntos Constitucionales elaboró otro dictamen chatarra que constituye una mera tautología de lo expuesto en la minuta. Por lo cual, se desaprovecha la oportunidad de plantear cuestiones de fondo que se han dejado de lado.

Los antecedentes del artículo 37 constitucional los encontramos en los artículos 37 y 38 de la Carta Magna de 1857. Respecto de las fracciones contempladas en el inciso C del propio artículo 37, el legislador consideró que dada la vinculación o la estrecha cercanía que podría establecerse entre los nacionales mexicanos e intereses, compromisos o propósitos contrarios al interés general o al bien común, era lo más conveniente exigir la intervención del Congreso, para que éste, como representante de la soberanía popular, evaluará la viabilidad de otorgar su consentimiento para que los mexicanos pudieran admitir del gobierno de otro país títulos o funciones, prestar servicios oficiales a un gobierno extranjero o aceptar o usar condecoraciones.

Por ello, la reforma en estudio no solo gira en torno a la distinción que se otorga a los mexicanos, ya sea en nombre propio o en representación de una colectividad, que permite el reconocimiento de su labor en el extranjero, mediante el otorgamiento de condecoraciones. Lo cual puede implicar o no la sumisión de los nacionales hacia el otorgante.

Lo que se está ocultando, lo que se encubre o no se menciona mediante esta reforma diacrónica, asistemática e incongruente, es que nuestro país ha lidiado históricamente y sigue lidiando con perennes políticas colonialistas, imperialistas e injerencistas propias de las potencias extranjeras.

Entrando en materia, hoy en día el Estado mexicano no solo ha dejado de lado responsabilidades que son intrínsecas al mismo Estado, sino que además ha subordinado sus intereses a los intereses del vecino del norte. Hace no mucho tiempo se dieron a conocer los primeros cables publicados por Wikileaks, los cuales pusieron al descubierto algo que desde hace mucho tiempo se intuía pero que era difícil de comprobar; los altos niveles de injerencia por parte de la diplomacia estadounidense en los asuntos internos de nuestro país.

Wikileaks confirmó lo que retiradamente se había venido denunciando por diferentes sectores de la sociedad y del personal político. N o solo en asuntos que tienen que ver con la “cooperación” asimétrica en materia de combate al crimen organizado, sino que se demostró además la injerencia que tienen en nuestros procesos de designación política interna. Lo cual resulta inadmisible.

Estos niveles de injerencia vistos hoy de manera vergonzosa y casi insultante, son producto de una dinámica entreguista que se ha venido gestando desde hace más de veinte años y que inició con el TLCAN (NAFTA por sus siglas en ingles) entre México, EU y Canadá. El siguiente paso fue la ASPAN (Alianza para la Seguridad y la Prosperidad de América del Norte) creado en 2005. Para posteriormente continuar con la adhesión al Comando Norte, y la adopción de cuestionables instrumentos como la Iniciativa Mérida.

Todo lo anterior se ha gestado y consolidado por permitirle al Ejecutivo Federal que lleve a cabo acciones bonapartistas de carácter meta legal, como suscribir sin el consentimiento del Poder Legislativo, acuerdos, convenios o reglas para la cooperación bilateral en materia de inteligencia, seguridad, espionaje, etcétera. Lo cual lesiona gravemente el Estado de derecho, y ofusca los intentos por arribar a un gobierno transparente y de rendición de cuentas.

Si se comete el error histórico de arrebatarle la facultad al Congreso de conceder los permisos para aceptar títulos,  funciones, condecoraciones o servir a gobiernos extranjeros, para dejársela al Presidente, estaremos convalidando la política entreguista que se ha estado llevando por décadas.

Pues siendo este último el principal responsable de consolidar una política de total abnegación frente a los intereses de las potencias extranjeras, en un marco de total opacidad y falta de transparencia eventualmente tendríamos a muchos mexicanos “patriotas” sirviendo oficialmente en las filas de algunas de las agencias del Estado secreto norteamericano, instaladas en el corazón de nuestro país a través de las dos OBI –oficinas de fusión, las llama The New Yord Times-. Sin mayor requisito ni publicidad, más allá de la venia del siempre opaco Presidente.

Recuérdese que en México se habla de la existencia de por lo menos dos OBI, en donde es el Pentágono el que tiene la presencia más significativa, pues ahí opera su personal de la Agencia de Inteligencia Militar, de la Oficina Nacional de Reconocimiento y de la Agencia Nacional de Seguridad. Le siguen el Departamento de Justicia, con sus tres agencias: el FBI, la DEA y el Buró de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos.

También tienen presencia en dichas oficinas, el Departamento de Seguridad Interior, con dos servicios: el de Inteligencia de Guardia Costera y la Oficina de Cumplimiento Aduanal y Migratorio; y el Departamento del Tesoro, con sus agentes de la Oficina de Inteligencia sobre Terrorismo y Asuntos Financieros.

Viendo las implicaciones que pueden tener este tipo de reformas, queda claro porque algunos países de primer mundo como Gran Bretaña y Suecia, no permiten a sus nacionales recibir ningún tipo de condecoración en el extranjero.

La situación de pérdida de nacionalidad por aceptar una condecoración por parte de un estado extranjero no parece tener vigencia en muchos países.

Empero, en prácticamente todos se señala que cuando un ciudadano se enrola en alguna milicia extranjera, o realiza actos que atenten contra la nación de origen en colaboración con otros estados, entonces sí procede la pérdida de la nacionalidad.

En España, la nacionalidad se pierde en caso de solicitar la nacionalidad de otro Estado extranjero y no hacer explícito ante las autoridades españolas su interés de conservar la nacionalidad Española. En el caso de los españoles naturalizados, se pierde en caso de hacer acciones en pro de otro país una vez habiendo renunciado a la nacionalidad original o bien por irse a vivir al extranjero y no hacer explicito su interés de conservar la nacionalidad española en un lapso de tres años o bien por renuncia voluntaria.

En Chile se pierde la nacionalidad por “renuncia voluntaria” solo cuando quien renuncia ya cuenta con otra nacionalidad. A su vez, cuando en situación de Guerra, el ciudadano chileno presta servicios a un enemigo de Chile o aliados del mismo. Otra forma es por sentencia judicial cuando se cometan delitos contra la dignidad de la patria o se afecten los intereses esenciales y permanentes del Estado. Así también por cancelación de la carta de naturalización o por ley que revoque la nacionalización concedida por “gracia”.

En Alemania son las principales causas. de pérdida de nacionalidad, la adquisición de otra nacionalidad por solicitud (naturalización) y de “permanencia no legitimada en el extranjero” (para personas que emigraron de Alemania antes del año 1913), por renuncia voluntaria, por ingreso a fuerzas armadas extranjeras, por ser menor de edad y ser adoptado por padres extranjeros y no conservar parentesco con padre o madre alemana.

En Japón se pierde nacionalidad cuando 1) opta por adoptar otra nacionalidad y por lo tanto deba renunciar a la japonesa; 2) teniendo la doble nacionalidad, opta por la ley de ese país adoptar solamente esa nacionalidad y renunciar a la japonesa; 3 ) Los hijos de japoneses nacidos en el exterior que si bien se registraron en el Consulado no tramitaron su inscripción en el Registro Familiar (koseki) para mantener en reserva la nacionalidad japonesa; 4 ) Teniendo doble nacionalidad opta por voluntad propia renunciar a la nacionalidad japonesa; 5 ) A los que tienen doble nacionalidad el Ministerio de Justicia puede exigir que elija una de ellas dentro de un plazo determinado.

Si pasados los 30 días no hay una decisión de adoptar una de las nacionalidades, el Ministerio puede declarar la pérdida de la nacionalidad japonesa; 6) El Ministerio de Justicia puede anular unilateralmente la nacionalidad japonesa a los que tienen doble nacionalidad

Entonces, en un contexto de absolutismo y de vuelta retrograda al siempre nocivo presidencialismo meta constitucional —que está reportando considerables saldos antidemocráticos—, en vez de fortalecer la democracia representativa a través de la mayor participación del máximo órgano político por excelencia, nos estamos precipitando en el sentido contrario.

La comisión ve con buenos ojos los cambios propuestos, toda vez que con la reforma no se genera supuestamente ninguna desigualdad entre los titulares de los Poderes de la Unión, expresados en el párrafo segundo de la fracción III, del artículo 37 del proyecto en estudio.

Empero, sucede todo lo contrario; si bien se argumenta que la esencia de la propuesta consiste en otorgarle facultades al Poder Ejecutivo, ya que a éste le compete el ejercido de las atribuciones en materia de nacionalidad, extranjería y ciudadanía, se deja de lado, que el Senado por ejemplo, tiene la facultad explícita de aprobar los tratados internacionales que suscriba el Presidente y revisar la política exterior seguida por éste.

Asimismo, el Congreso tiene las facultades y el peso específico para sostener o resguardar institucionalmente la soberanía nacional. Por ello, en el artículo 73 de nuestra Carta Magna, se dispone que dicho órgano es el facultado, entre otras cosas, para declarar la guerra; para levantar y sostener a las fuerzas armadas, y para organizar, armar y disciplinar a la Guardia Nacional.

Cuando el 24 de febrero de 1824 los diputados del Primer Congreso Constituyente Mexicano concibieron al Poder Legislativo como el principal legatario de la soberanía popular, siguieron una fundamentación de carácter filosófico, como bien lo había hecho notar G.W.F Hegel en su Filosofía del Derecho. Hegel expuso en dicha obra, que el fin del Estado es el mantenimiento y conservación de la vida interna de su organización política y su relación con otros estados, en donde la sustancia que emana del Poder Legislativo —entendida ésta como la facultad de determinar y de instituir lo universal—, funge como un elemento que determina la forma de la soberanía y, por tanto, como creador del concepto universal e ideal que se ha formado como autoconocimiento y proceso de identidad del mismo Estado.

Al Poder Legislativo, nos dice Hegel: conciernen las leyes como tales (en tanto necesitan una progresiva determinación) y los asuntos interiores más generales en su contenido. De este modo, en los inicios de la República Mexicana, al conocer la primera junta, la totalidad de los asuntos, pudieron legar interinamente el Poder Ejecutivo en la regencia:

“aunque en este Congreso Constituyente reside la soberanía, no conviniendo que estés los tres poderes, se reserva el ejercicio del Poder Legislativo en toda. su extensión, delegando interinamente el Poder Ejecutivo en las personas que componen la actual regencia, y el judiciario en los tribunales que actualmente existen ó que se nombraren en adelante, quedando uno y otros cuerpos responsables a la nación por el tiempo de su administración con arreglo a las leyes.”

El problema al que muchos volvían a darle hincapié, era el de que la soberanía no pudo haber -ni en lo formal y mucho menos en lo material- recaída sólo en el Poder Legislativo, pero a decir verdad, este primer indicio nos da pié para hablar sobre algo de mucha mayor envergadura, a saber, que el Poder Legislativo puede asumir interinamente, asuntos relativos al Ejecutivo.

Ergo, históricamente, queda claro como los padres fundadores concibieron una República Democrática, con base en el principio de separación de poderes, pero dándole preeminencia al Poder Legislativo, y por ello dotándole de las mayores facultades.

Por ello, autores como Manuel Ferrer Muñoz, en Apuntes sobre la historia del Congreso en México, mencionan que el Poder Legislativo desde sus inicios gozó de más facultades que el Ejecutivo .Empero, conforme fueron apareciendo los ordenamientos fundamentales (de los que van de 1824 a 1857), el Ejecutivo fue conquistando el terreno institucional y el control de un mayor número de facultades.

Aunque cabe notar, no precisamente fundamentándose en una teoría o corriente que aliente la consolidación de una democracia de tipo sustancia. Por el contrario, la tendencia a fortalecer al Ejecutivo, tiene siempre como trasfondo el ejercicio absolutista y controlador del poder.

Finalmente, del dictamen se desprende que tácitamente se está pasando por alto la vigencia de la posible sumisión de los nacionales a un gobierno extranjero, lo cual constituye el fondo o la quintaesencia del dispositivo constitucional en estudio. Así, cabe recordar que aún en la figura del Presidente de la República se ha podido observar esta funesta tendencia.

El caso del ex presidente Zedillo, entre muchos otros, constituye un ejemplo paradigmático; nadie puede negar sus abiertas relaciones con trasnacionales norteamericanas, a las cuales privilegió desde el poder y a las cuales fue a parar una vez que concluyó su mandato.

Ahora bien, estando tan latentes los ánimos neocolonialistas, imperialistas e injerencistas de determinadas potencias extranjeras, y en virtud de lo expuesto con antelación, resulta del todo pertinente dejar al Congreso como el facultado para otorgar los permisos para que los connacionales interactúen de cualquier modo con países extranjeros.

Esto contribuiría a mantener el equilibrio de poderes y le daría tintes democráticos a los lazos de nuestros connacionales con otros países, cuando no se trata tan solo de la recepción de reconocimientos por labores artísticas, científicas, culturales o humanitarias.

Es cuanto, señor Presidente.»

Notas:

1  Esquivel, Jesús J. 2011. Diagnóstico en Washington sin duda, México está en guerra. Proceso, No. 1815:11.

2  G. W. F. Hegel, Filosofía del Derecho, Ed.Claridad, Buenos Aires, 1986. § 273

3  Ibíd. §§ 298-320

4  Ibíd. § 298

5  Actas constitucionales mexicanas (1821-1824) ,10 Vols., México, UNAM, Instituto de investigaciones Jurídicas, 1980 (edición facsimilar), Vol. II, P. 8, Primera foliatura (24 de febrero de 1822). Cfr Ferrer Muños Manuel, La Formación de un Estado Nacional en México (El Imperio y la República Federal 1821-1835), México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 1995, Pp. 41-42 y 118-119.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 16 días del mes de abril de 2013.— Diputado Ricardo Monreal Ávila.»

Presidencia del diputado José González Morfín

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. El documento por supuesto se insertará íntegramente en el Diario de los Debates.

Voy a pedir a la Secretaría que consulte a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la propuesta de modificación planteada por el diputado Monreal.

La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se acepta a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría, presidente, por la negativa.

El Presidente diputado José González Morfín: No se admite. Queda en sus términos. Ahora para hablar en contra del dictamen, tiene el uso de la voz el diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana.

Si me permiten, aprovecho la oportunidad para saludar a un grupo de alumnos y maestros de la Escuela Secundaria General Jaime Torres Bodet, de la ciudad de Iguala. Invitados por el diputado Marino Miranda Salgado. Bienvenidos a la sesión.

El diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana:Gracias, diputado presidente; compañeras y compañeros diputados, quisiera en primer término dejar claro que vengo a esta tribuna a razonar mi voto en contra del dictamen, mi voto personal, eso no obsta para que reconozca el trabajo que se realiza al interior de las comisiones de este Congreso y en particular el trabajo de la Comisión de Puntos Constitucionales y de su presidente.

Hoy, lo que estoy haciendo es hacer uso de mi legítimo derecho como diputado a disentir y a votar en contra de un dictamen que me parece que va en contra evolución histórica.

Mi primera pregunta sería, ¿por qué renunciamos? ¿Este Congreso de la Unión por qué renuncia a sus facultades y las transmite gratuitamente al Poder Ejecutivo federal?

Lo que hoy estamos discutiendo, el artículo 37 de Nuestra Constitución, en la prohibición expresa de aceptar condecoraciones extranjeras, tiene su antecedente más remoto hasta la propia Constitución de Cádiz de 1812. Decía la Constitución de Cádiz de 1812, en su artículo 24, fracción II, que se perdía la calidad de ciudadano por admitir empleo de otro gobierno.

Después, en el México independiente, paradójicamente entre las innovaciones que tuvieron las Siete Leyes Constitucionales, nos encontramos que clarifica cómo se pierde la nacionalidad en su artículo 12, y señala en la fracción III que es por alistarse en banderas extranjeras, y en su fracción IV por aceptar empleos de otro gobierno.

Pero dice el artículo 13 de aquellas Siete Leyes Constitucionales que se pierde la calidad de mexicano, pero que puede obtener rehabilitación por el Congreso en los casos y con los requisitos que establezcan las leyes. Es la primera vez que en nuestra historia constitucional se habla de la participación del Congreso en el caso de la ciudadanía.

Posteriormente, en las bases orgánicas de 1846, el artículo 16 también señala la pérdida de nacionalidad, en su fracción III, por aceptar empleo o condecoración de otro gobierno sin permiso del Congreso —dicen aquellas bases orgánicas de 1846.

Al igual que lo hacía su antecesora centralista, las Siete Leyes Constitucionales, en el artículo 17 vuelve a establecer la facultad del Congreso para rehabilitar la calidad de ciudadano.

Posteriormente, —como aquí lo ha dicho de manera muy clara el diputado Monreal— en la Constitución de 1857 se establece este artículo 37 que hoy estamos debatiendo. Decía aquél artículo 37, en su fracción II: Por servir oficialmente al gobierno de otro país o admitir de él condecoraciones, títulos o funciones, sin previa licencia del Congreso federal, exceptuándose los títulos literarios, científicos y humanitarios que pueden aceptarse libremente.

Como ven ustedes, estamos frente a la reforma de un artículo que tiene una génesis en nuestra historia constitucional. Aquí se viene a argumentar de manera frívola con cifras, porque dicen que es demasiada la carga de trabajo de las comisiones. Si vamos a empezar a caer en esas frivolidades en ese Congreso, a la mejor mañana desaparecemos la glosa del informe, porque es mucho el papel que se gasta haciendo los documentos.

Decir con las cifras que de 400 solicitudes que se presentaron en las Legislaturas anteriores solo una fue rechazada, es no decir la verdad, porque una de esas condecoraciones, de esos permisos para portar condecoraciones, que se negó, fue al titular del Poder Ejecutivo federal. Tal vez por eso la prisa de hacer esta reforma, una reforma caprichosa que va en contra de nuestros antecedentes históricos.

Si la Constitución de 1837 preveía la rehabilitación de la ciudadanía por el Congreso, era el reconocimiento a que era la soberanía popular en este Congreso la que tenía que definir sobre un tema tan importante.

La evolución que vimos en 1857 era una medida preventiva para no perder la ciudadanía, que fuera el propio Congreso federal el que se pronunciara por permitir que se usara una condecoración o que se sirviera a un gobierno extranjero.

Es una pena que estemos aprobando una reforma que limita las facultades de este Congreso, que las transfiere, sin argumentación mayor, al Poder Ejecutivo y que permite la subordinación de ciudadanos mexicanos de manera literal, a potencias, a naciones extranjeras, por el uso de condecoraciones o títulos sin haber pasado por este Congreso, que es depositario de la representación popular y que indirectamente a través de nosotros eran las ciudadanas y los ciudadanos mexicanos quienes otorgaban su venia y su beneplácito para el uso de estas condecoraciones. Qué lamentable. Por eso mi voto va a ser en contra. Es cuanto, ciudadano presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Agotada la lista de oradores, voy a pedir a la Secretaría que abra el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para recoger la votación nominal del proyecto de decreto en lo general y en lo particular.

La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

(Votación)

El Presidente diputado José González Morfín: Quiero dar la más cordial bienvenida y saludar a los integrantes de la asociación civil de Defensores del Canal de Sales, que están hoy aquí invitados por la diputada Joaquina Navarrete Contreras. Bienvenidos a la sesión.

También con mucho gusto saludamos a un grupo de estudiantes de octavo y noveno semestre de la carrera de contaduría de la Universidad Autónoma de Querétaro, que nos acompañan hoy aquí invitados por el diputado Marcos Aguilar. Bienvenidos a la sesión.

La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: De viva voz.

El diputado Juan Isidro del Bosque Márquez (desde la curul): A favor.

El diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (desde la curul): A favor.

El diputado Rodolfo Dorador Pérez Gavilán (desde la curul): A favor.

La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: Ciérrese el sistema electrónico. Señor presidente, se emitieron a favor 347 votos, 10 abstenciones, 94 en contra.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Sí se da la mayoría calificada referida. En consecuencia, aprobado en lo general y en lo particular por 347 votos el proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Pasa a las Legislaturas de los estados, para los efectos del artículo 135 constitucional.



VOLUMEN II



CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE ATENCION Y PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LAS VICTIMAS

El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX-R al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: «Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX-R al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Honorable Asamblea:

La Comisión de Puntos Constitucionales, con Opinión de la Comisión de Justicia, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 81 numeral 1, 82, 84, 85 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta Soberanía, el siguiente dictamen.

I. Antecedentes legislativos

1.El 19 de abril de 2012, el senador José González Morfín, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona la fracción XXIX-Q al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, turnó la Iniciativa a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

2.El 25 de abril de 2012, el Pleno de la Cámara de Senadores, aprobó el Dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, que contiene Proyecto de Decreto que adiciona la fracción XXIX-Q al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Atención y Protección de los Derechos de las Víctimas, enviándolo a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

3.El 26 de abril de 2012, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, recibió oficio de la Cámara de Senadores con el que se remite el expediente de la Minuta antes mencionada, la cual fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

4.El 30 de abril de 2012, fue recibido en la Comisión de Puntos Constitucionales, oficio No. D.G.P.L. 61-II-6-2674, en el que la Presidencia de la Cámara de Diputados modifica el trámite dictado a la Minuta, para quedar como sigue: “Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para Dictamen y a la Comisión de Justicia para Opinión”.

II. Contenido de la minuta

Esta Colegisladora, por cuestión de método considera oportuno transcribir el contenido de la Minuta materia de este dictamen:

“III. Consideraciones

Estas comisiones unidas consideran que la propuesta de la iniciativa en estudio es asequible, ya que es necesario garantizar el respeto a la dignidad humana, es inevitable la realización de una serie de acciones que posibiliten la expedición de normas jurídicas constitucionales y legales, que permitan a las personas invocar la protección del orden jurídico y acudir ante las instituciones facultadas para garantizar sus derechos.

Actualmente existe una gran exigencia en la sociedad mexicana, en el sentido de que el Estado garantice de manera integral la asistencia y protección a las víctimas, lo cual se logrará precisamente con la expedición de normas jurídicas constitucionales y legales, cuyo objetivo sea atender y proteger cabalmente los derechos de las víctimas.

Estas comisiones unidas consideran que con la propuesta de la iniciativa en estudio, se reafirma  la convicción de que en la actualidad nuestra Carta Magna y los tratados internacionales que forman parte integral de la misma, recogen este amplio marco protector de los derechos de las víctimas de violaciones de derechos humanos.

No debemos perder de vista que la atención y protección de las víctimas es un asunto inherente a los derechos humanos. Es importante recordar que la reforma constitucional en esa materia, publicada el pasado 10 de junio de 2011 en el Diario Oficial de la Federación, representa el paso más importante que el país ha dado en muchas décadas para que todas las personas cuenten con la protección de los derechos humanos contenidos en la Constitución y los tratados internacionales. Además, establece que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Por lo que no debemos escatimar esfuerzos para expedir todas las normas constitucionales y legales necesarias para que el Poder Legislativo cumpla con su parte de la gran tarea que implica la protección y ejercicio de los derechos fundamentales.

Estas comisiones dictaminadoras también coinciden con el autor de la iniciativa, al mencionar que es necesario fortalecer, fomentar y regular la cultura de la legalidad, para propiciar entre otros aspectos, una mejor protección, atención y reparación integral de las víctimas, por lo que se considera que la propuesta de la iniciativa en estudio debe ser congruente con el tercer párrafo del artículo 1° constitucional, que a letra dice:

Artículo 1o. ......

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia,el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

...

...”

Y en ese tenor, estas comisiones unidas aceptan la propuesta de la iniciativa, estableciendo la calidad de “víctimas”, para quedar como sigue:

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

I. a XXIX-P. (...)

XXIX-Q. Para expedir leyes que establezcan la concurrencia de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de atención y protección de los derechos de las víctimas.

XXX. (...)

Es nuestro deber como legisladores sembrar en nuestra sociedad, la semilla que fructifique en un conjunto de valores, acciones y creencias que reconozcan y acepten al Estado de derecho como la vía adecuada para gozar de una vida mejor, que procuren su permanencia y repudien la ilegalidad.

Y así cumplir con la obligación de procurar un marco jurídico adecuado para la atención, protección y reparación integral de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos. Además de los grandes avances logrados con las reformas en la materia, a los artículos 17 y el apartado C) del 20 constitucional (publicadas en el DOF el 18 de junio de 2008) y el tercer párrafo del artículo 1° constitucional (contenido en la reciente reforma de derecho humanos), es necesario fortalecer expresamente en el artículo 73 de la Carta Magna, la facultad para que el Congreso de la Unión pueda expedir una ley en la materia.

Es fundamental señalar que una ley general a diferencia de una ley federal es un ordenamiento que obliga tanto a las autoridades federales como a las de los Estados, del Distrito Federal y de los municipios.

Las facultades concurrentes implican, que las entidades federativas, incluso el Distrito Federal, los Municipios y la Federación, pueden actuar respecto de una misma materia, pero que, en estos casos, corresponde en exclusiva al Congreso de la Unión, el determinar la forma y términos de la participación de dichos entes, a través de una Ley General. El anterior criterio, se contiene en la jurisprudencia de rubro “FACULTADES CONCURRENTES EN EL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO. SUS CARACTERÍSTICAS GENERALES”.

Novena Época

Instancia: Pleno

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Tomo: XV, Enero de 2002

Tesis: P. /J. 142/2001 Página: 1042

FACULTADES CONCURRENTES EN EL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO. SUS CARACTERÍSTICAS GENERALES.Si bien es cierto que el artículo 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que: “Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados.”, también lo es que el Órgano Reformador de la Constitución determinó, en diversos preceptos, la posibilidad de que el Congreso de la Unión fijara un reparto de competencias, denominado “facultades concurrentes”, entre la Federación, las entidades federativas y los Municipios e, inclusive, el Distrito Federal, en ciertas materias, como son: la educativa (artículos 3o., fracción VIII y 73, fracción XXV), la de salubridad (artículos 4o., párrafo tercero y 73, fracción XVI), la de asentamientos humanos (artículos 27, párrafo tercero y 73, fracción XXIX-C), la de seguridad pública (artículo 73, fracción XXIII), la ambiental (artículo 73, fracción XXIX-G), la de protección civil (artículo 73, fracción XXIX-I) y la deportiva (artículo 73, fracción XXIX-J). Esto es, en el sistema jurídico mexicano las facultades concurrentes implican que las entidades federativas, incluso el Distrito Federal, los Municipios y la Federación, puedan actuar respecto de una misma materia, pero será el Congreso de la Unión el que determine la forma y los términos de la participación de dichos entes a través de una ley general.

Controversia constitucional 29/2000. Poder Ejecutivo Federal. 15 de noviembre de 2001. Once votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretario: Pedro Alberto Nava Malagón.

El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy seis de diciembre en curso, aprobó, con el número 142/2001, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a seis de diciembre de dos mil uno.

Una reforma de esta naturaleza, ampliará la certeza jurídica y fortalecerá las capacidades de las autoridades que actualmente se encargan de proteger los derechos de las víctimas. El Congreso podrá expedir las leyes en materia de atención y protección de los derechos de las víctimas, las cuales deberán incluir los más altos estándares internacionales en la materia, y así poder contar con los instrumentos necesarios para enfrentar de manera global la problemática que aqueja a las víctimas en nuestro país.

Paralelamente a la reforma constitucional, la legislación secundaria deberá generar criterios homogéneos de atención y protección de los derechos de las víctimas, así como la constitución de esquemas de coordinación entre las autoridades de los distintos órdenes de gobierno.

Las entidades federativas que aún no lo hayan hecho, tendrán que adecuar su legislación en la materia a los términos que se proponen en el decreto de la iniciativa de mérito, por lo que en toda la República se expedirán leyes de atención, protección y reparación integral a las víctimas que permitirán atender con mayor eficacia el fenómeno.

En ese tenor, la protección de los derechos de las víctimas requiere de una normatividad uniforme, así como de la colaboración ordenada de los tres niveles de gobierno.

Esta reforma representa la atención a exigencias planteadas por los ciudadanos y por instituciones de amplio reconocimiento social como la Universidad Nacional Autónoma de México.”

III. Consideraciones

Esta Comisión Dictaminadora, después de hacer un análisis al contenido de la Minuta del Senado de la República, llega a la convicción de emitir dictamen en sentido positivo, en atención a lo siguiente:

Fue turnada para su estudio y posterior dictamen, la Minuta con proyecto de Decreto que adiciona la fracción XXIX-Q, al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de atención y protección de los derechos de las víctimas.

La temática de la minuta se centra, en la facultad que se otorga al Congreso de la Unión para expedir normas relativas a los Derechos de las víctimas y para establecer la concurrencia entre los tres niveles de gobierno, para efecto de consolidar la acción del Estado en este rubro, lo que hace necesario analizar el alcance de esta modificación constitucional.

Como es sabido, en las últimas décadas el Constituyente ha ido realizando una serie de reformas entorno a fortalecer los Derechos Humanos en nuestro país, cabe recordar la reforma del 18 de junio del 2008, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que transforma el juicio penal tradicional a un juicio acusatorio -basado en una serie de principios inherentes a la materia penal-. Asimismo, con la publicación en el DOF, del 10 de junio de 2011, se plasman en el texto constitucional la protección a los Derechos Humanos y sus Garantías, en lo específico el artículo primero constitucional, estableciendo orden jurídico que prevalecerá respecto a los tratados internacionales, en los que nuestro país es parte y se apliquen en rango de nuestra constitución, prevaleciendo así la supremacía de nuestra Carta Magna.

En este orden de ideas, como legisladores tenemos la obligación de reforzar el Estado de Derecho como garante de los Derechos Humanos, por medio de legislar para dotar de los mecanismos jurídicos como las herramientas acordes a las necesidades del país y, por ende de todos los mexicanos y mexicanas. Es en ese sentido, se han publicado diversas leyes para cumplir ese fin, como es el caso de la Ley General de Víctimas como un instrumento de derechos de las mismas.

Por lo anterior y con el apoyo de los instrumentos internacionales que ha celebrado nuestro país, se ha fomentado una cultura de protección a las víctimas, sustentado lo anterior en Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia de Delitos y del abuso del Poder. Este instrumento internacional primeramente hace mención de que se debe entender por “víctima”, siendo aquellas personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente en los Estados miembros, incluida la proscribe el abuso de poder. Cabe resaltar que la concepción de víctima no es solamente a la persona que se afecta en lo individual, por lo contrario, se incluye a familiares o aquellas personas que tengan una relación inmediata con la víctima o, en su caso, a aquellas personas que hayan padecido o sufrido daños al momento de intervenir en asistencia del sujeto o sujetos en peligro o para prevenir la victimización.

La Declaración establece los principios en que sustentará la justicia de las víctimas, siendo:

• Acceso a la justicia y trato justo, cuyas directrices se centran en el derecho al acceso a los mecanismos de justicia y que se hará bajo un trato de compasión y respeto de su dignidad como víctima o víctimas del delito, con una reparación pronta del daño sufrido, este punto se encuentra ligado a la legislación específica. Este principio incluye los mecanismos de índole jurídico-administrativo que el Estado realizará para establecer o, en su caso, reforzar los procedimientos de reparación del daño a la víctima, no olvidándose de sus propias las necesidades.

En este principio juega un papel importante la información, la protección y el acceso que la víctima tenga dentro del proceso que se siga al victimario.

• Resarcimiento, lo que se comprende en este principio, se resume en que aquella persona o personas que en su carácter de víctima o víctimas del delito, sufren un perjuicio por lo que se hará todo lo posible para restituir pérdidas sufridas o en su caso, la devolución de los bienes afectados siempre y cuando sean susceptibles a esa valoración. En este tenor, se debe entender que la obligación de resarcir, más que pecuniaria es la que el Estado está obligado por ley a crear, revisar, adecuar o modificar todo su esquema normativo a efecto de armonizar a modo que se cumpla con este principio, lo que obliga al legislador a considerar al resarcimiento de los daños en las normas.

• Indemnización, este principio vincula al Estado con la víctima que no obtenga la suficiente indemnización por parte del delincuente, este en sus niveles de gobierno procurará indemnizar financieramente, esto está sujeto a las consecuencias de los delitos graves que sufra directamente la víctima, o por su parte la familia como resultado de la victimización sufrida. Por último, y para que esto tenga la viabilidad que se requiere, se tendrá que implementar los fondos nacionales para poder indemnizar a las víctimas cuando así proceda.

• Asistencia, es vital este principio dado que las víctimas tendrán como derecho que se les asista en lo material, en lo médico, sicológico y en lo social  que a través de los medios establecidos por el Estado, o sea gubernamentales, incluyendo los voluntarios y comunitarios, para ello, se deberá de capacitar a todos los elementos de justicia, de salud, de servicios sociales y de policía para lograrlo y.

• Las víctimas del abuso del Poder, en este principio se centran las consideraciones que se deriven del ejercicio del poder por parte de las instituciones pertenecientes al Estado, por ende, adaptación continua de la legislación nacional para erradicar el abuso del poder, es un trabajo constante que asumirá el legislador para efecto de lograr este propósito.

Los anteriores elementos sirvieron como base para la creación de la Ley General de Víctimas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero del presente año, a grosso modo este marco normativo, reconoce y garantiza los Derechos de las víctimas, coordina y establece las acciones y medidas necesarias para promover, respetar, proteger, garantizar el ejercicio de esos Derechos, asimismo establece los deberes, obligaciones y compromisos específicos a cargo de  las autoridades y las sanciones que se deben de aplicar por las acciones u omisiones que se realicen en contra víctimas. Por último, en la ley se crea un sistema, denominado Sistema Nacional de Atención a Víctimas, que involucra a los tres órdenes de gobierno, para sistematizar, agrupar y ordenar las instituciones y organismos del Estado.

En ese sentido la Ley General de Víctimas, crea el Sistema Nacional de Atención a Víctimas, así como el Registro Nacional de Víctimas, si la pretensión es consolidar estos elementos, es necesario que todos los órdenes de gobierno, en todo los niveles del Estado estén involucrados para ello, el proyecto que se está dictaminando establece la concurrencia de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, si se considera que “en determinada materia uno de los ámbitos concurrentes puede tener preferencia para legislar, pero en tanto no lo haga, puede hacerlo el otro”

El Estado como tutor del bien común, tiene la obligación de proteger, atender y en la medida de las posibilidades con las que se cuente  la reparación del daño, aquellas personas que directamente o indirectamente hayan sufrido una laceración de sus derechos humanos, sea por persona o por alguna institución estatal, es por ello, y con lo mencionado en el párrafo que antecede, fue un deber de todos los legisladores dotar de mecanismos jurídicos especializados en este tema, con la finalidad de reafirmar el respeto y protección de las víctimas como un elemento básico esencial del Estado de Derecho que pretendemos fortalecer en nuestra nación.

En ese sentido, cabe mencionar que con la expedición de la Ley, el Legislador Constituyente dio el primer paso, sin embargo, el compromiso no puede quedarse ahí, la labor es y debe ser continua de conformidad a lo estipulado en los principios de los Derechos de las Víctimas, antes mencionados. Con base en ello, es necesario modificar el marco constitucional relacionado con las atribuciones que tiene el Congreso de la Unión, para poder legislar en esta materia, en este punto los diputados integrantes de esta Comisión de Puntos Constitucionales, coincidimos ampliamente con la minuta, y con adhesión de la fracción XXIX-Q al artículo 73 constitucional, estamos por una parte cumpliendo con una exigencia social que el Estado garantice de una manera integral la protección y asistencia a las víctimas.

No podemos como legisladores comprometidos con el respeto a los Derecho Humanos dejar de ejercer las acciones pertinentes encaminadas para ese respeto, por lo que es necesario contar con las facultades legislativas para adecuar o crear los marcos jurídicos idóneos para ese fin, asimismo, involucrar a todos los órganos Estatales para consolidar lo que pretendemos constituir en nuestra nación.

Los Diputados Integrantes de esta Comisión consideran que con la propuesta de la minuta enviada a esta la Colegisladora, se confirma el espíritu plasmado en nuestra Carta Magna y los tratados internacionales mismos que forman parte integral de la misma, ya que recogen la protección de los Derechos de las Víctimas, lo que consolida a nuestra nación como protectora de los Derechos Humanos.

Por último, se hace mención que por razones de técnica legislativa, se modificó el orden de los incisos, en virtud de que en el Decreto que contiene la minuta enviada por la Colegisladora adiciona el inciso Q a la fracción XXIX, del artículo 73 constitucional. Sin embargo, este inciso fue adicionado el 9 de agosto del 2012, como se constata en la publicación del Diario Oficial de la Federación de esa fecha, por lo tanto, se modifica el orden para quedar como inciso “R”, de la fracción XXIX, del artículo 73 Constitucional.

Por lo anteriormente expuesto, los miembros de esta Comisión de Puntos Constitucionales, convencidos de que la estructura formal de una sociedad es el sistema normativo general que la rige, someten a la consideración del Pleno de esta Honorable Cámara de Diputados, el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XXIX-R al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Único. Se adicionauna fracción XXIX–R de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 73.El Congreso tiene facultad:

I. a XXIX-Q. (...)

XXIX-R. Para expedir leyes que establezcan la concurrencia de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de los derechos de las víctimas.

XXX. (...)  

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión dentro de los 180 días siguientes a partir de la entrada en vigor del presente decreto, deberá adecuar en materia de víctimas, la normativa federal que así lo requiera.

Tercero.Las Legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal deberán adecuar su legislación aplicable conforme a lo dispuesto en este Decreto, dentro de los 180 días siguientes de su entrada en vigor.

Notas:

1. Tratado Internacional, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 40/34, del 29 de noviembre de 1985.

2. Recopilación de reglas y normas de las Naciones Unidas en la esfera de la prevención del Delito y del abuso del poder, de la Oficina contra la Droga y el Delito de las Naciones Unidas de la Oficina, documento electrónico, consultado en sitio: www.unodc.org/pdf/criminal_ justice/Compendium_UN_Standards_and_Norms_CP_and_CJ_Spanish.pdf el 18 de febrero de 20011.

3. Andrade Sánchez, J., Eduardo, Derecho Constitucional, edit. Oxford., primera reimpresión, México, pág. 448.

Palacio Legislativo de San Lázaro a dieciséis de abril de dos mil trece.

Comisión de Puntos Constitucionales, diputados: Julio César Moreno Rivera (rúbrica), presidente; Marcos Aguilar Vega, Fernando Rodríguez Doval (rúbrica), Pedro Domínguez Zepeda (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Raymundo King de la Rosa, Luis Antonio González Roldán (rúbrica), Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica), Paulina Alejandra del Moral Vela (rúbrica), Julisa Mejía Guardado (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), secretarios; José Alfredo Botello Montes (rúbrica), Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbrica), Ricardo Villarreal García (rúbrica), Damián Zepeda Vidales (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Miriam Cárdenas Cantú, Rocío Adriana Abreu Artiñano (rúbrica), Arely Madrid Tovilla (rúbrica), Gloria Elizabeth Núñez Sánchez (rúbrica), José Isidro Moreno Árcega (rúbrica), Delvim Faviola Bárcenas Nieves (rúbrica), José Alberto Rodríguez Calderón (rúbrica), Ricardo Cantú Garza, Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), Amalia Dolores García Medina (rúbrica), José Ángel Ávila Pérez (rúbrica), Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro, Fernando Zárate Salgado (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: Para fundamentar el dictamen tiene el uso de la voz el presidente de la comisión, el diputado Julio César Moreno Rivera.

El diputado Julio César Moreno Rivera:Con su venia, diputado presidente. Compañeras y compañeros diputados, a nombre de los que integramos la Comisión de Puntos Constitucionales vengo a fundamentar el presente dictamen, y digo a nombre de todos los integrantes de esta comisión.

Asimismo esta fundamentación la hago en mi calidad de presidente, a nombre de todos, no a título particular ni como posición de mi grupo parlamentario o grupo parlamentario alguno; es de manera institucional, a nombre de la comisión.

Compañeras y compañeros diputados, el dictamen que hoy se va a discutir y, en su caso, aprobar tiene como propósito adicionar la fracción XXIX-R al artículo 73 de nuestra Carta Magna, para dar atribuciones al Congreso de la Unión para legislar en materia de atención y protección de los derechos de las víctimas.

Estarán de acuerdo, compañeras y compañeros diputados, en que la realidad que vive nuestro país es severa. La problemática derivada de la violencia es el tema que acapara toda nuestra atención; es por ello que tenemos la necesidad de tomar las acciones que nos lleven al camino de la justicia y del derecho, y que abatan la intranquilidad de nuestros connacionales por no tener los resultados que ayuden a superar esta violencia.

En este sentido, el trabajo legislativo se ha ido encauzando para dar resultados en dos vertientes; por una parte, es la de abatir la violencia, y por otra la protección de los derechos humanos.

Esto se vio materializado con la reforma constitucional del año 2011, mediante la cual se plasmó en nuestro orden jurídico nacional la protección de los mismos, con la determinación de fortalecer en nuestra sociedad una cultura de respeto y de protección de los derechos de todos, en especial de aquellos grupos vulnerables, en este caso específico es lo relacionado a la afectación de daños sufridos, tanto en lo físico como en lo material.

En esa tesitura, conjuntamente con la reforma de derechos humanos se plasmó la importancia que deben de tener en nuestro orden jurídico los tratados internacionales. La pretensión de éstos recae en el hecho de que a través de estos instrumentos vayamos perfeccionando nuestro sistema jurídico.

Sin embargo, es necesario consolidar la función del Congreso en este tema. Es por ello que la pretensión general de esta reforma es otorgar las facultades concurrentes al Congreso, lo que implicaría que las entidades federativas, incluso, el Distrito Federal, los municipios y la federación, puedan actuar respecto de una misma materia.

Por ello, diputadas y diputados, coincidirán seguramente con esta postura. El otorgamiento de estas facultades no es solamente con la concurrencia, sino tiene un trasfondo que incide en lo prioritario, que es el tema de la atención y protección de los derechos de las víctimas para el Congreso de la Unión.

Por ello es significativo que cada uno de nosotros, como legisladores, cuente con facultades específicas para poder tener capacidad de acción en esta materia, que es tan preocupante en la sociedad.

Como es sabido por ustedes, el 9 de enero de 2013, en el Diario Oficial de la Federación, se publica la Ley General de Víctimas, ley que generó mucha especulación, dada la problemática que generó. Fueron no días, sino meses que dicha norma estuvo congelada, lo que generó gran especulación por parte del gobernado en lo que se iba a obtener con dicha ley.

Con la expedición de esta norma se cumplen dos aspectos importantes, como lo son la protección de los derechos humanos, en especial de las víctimas, y la materialización de los tratados en materia de víctimas; sin embargo, compañeras y compañeros diputados, no es posible que leyes que protegen todo tipo de derechos sean obstruidas por no obtener los sustentos jurídicos constitucionales claros y congruentes.

Es por ello —y por lo anteriormente expuesto— que al otorgarse al Congreso de la Unión esta facultad, se va a contar con los elementos necesarios para legislar congruentemente en la forma y en los términos que lleven el perfeccionamiento del orden jurídico nacional, con el afán de expedir las leyes que puedan fincar un pleno respeto de los derechos de las víctimas en nuestro país. Es cuanto, diputado presidente.

Presidencia del diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra

El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Y es mucho, señor diputado presidente. Esta Presidencia comparte con ustedes el gusto de tener presente en esta sesión al señor diputado don René Núñez Téllez, presidente de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua y presidente del Foro de Presidentes de Poderes Legislativos de Centroamérica y el Caribe.

Don René Núñez Téllez ha hecho una cruzada, por demás importante, para impulsar las legislaciones anticorrupción, la transparencia y las mejores prácticas de gobierno. Sea usted bienvenido, don René.

Presidencia del diputado José González Morfín

El Presidente diputado José González Morfín: Está a discusión el dictamen. Para fijar la posición del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo tiene el uso de la voz la diputada Magdalena Núñez Monreal.

La diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo acude a esta tribuna para apoyar la adición de una fracción XXIX-R al artículo 73 de nuestra norma fundamental, el propósito de esta adición de dotar al Congreso de la Unión para legislar en materia de los derechos de las víctimas.

Este tema de los derechos de las víctimas ha sido motivo de una gran polémica en nuestro país, en virtud de que en la pasada legislatura se aprobó la Ley General de Víctimas, misma que fue motivo de observaciones por el Ejecutivo federal, y al inicio de la presente administración se retiraron dichas observaciones, por lo que el presidente de la Cámara de Diputados ordenó su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Una vez publicada la ley, y ya en vigor, en el Senado de la República se propusieron una serie de modificaciones turnándose la minuta a esta soberanía, y en la sesión del pasado martes 16 de abril se aprobó el dictamen correspondiente.

Lo anterior nos muestra las visiones encontradas que sobre la garantía del derecho de las víctimas se tuvo desde la Presidencia de la República en la pasada administración y de la que se ha tenido en la presente y pasada Legislatura en el Poder Legislativo.

No sobra decir que en el artículo 20, apartado C, de nuestra Constitución se establecen los derechos de la víctima o del ofendido, mismos principios que se desarrollan de manera puntual en la ley de la materia.

El Poder Legislativo en México, en la pasada y presente Legislatura ha sido sumamente sensible al tema de la adopción de los tratados internacionales como fuente de derecho interno, no obstante que así ya lo preveía el artículo 133 constitucional.

Debemos recordar que la reforma constitucional en materia de derechos humanos establece expresamente el principio pro persona, al indicar en el artículo 1o., párrafo segundo, que: Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

En el cuerpo del dictamen se establecen como ejes básicos de los derechos de la víctima el acceso a la justicia, el trato justo, el resarcimiento, la indemnización, la asistencia a las víctimas del abuso del poder, entre otros derechos. Éste es el mínimo indispensable que en la ley correspondiente se debe atender.

El mérito del dictamen que aprobaremos es establecer la facultad concurrente de los niveles de gobierno federal, de los estados, Distrito Federal y municipios, en el ámbito del derecho de las víctimas

A lo largo y ancho del país infinidad de personas resienten en su perjuicio la comisión de diferentes delitos, sin que la autoridad correspondiente haga nada para brindar justicia a los afectados. Esta situación ha llevado a la conclusión de que en México reina una absoluta impunidad a favor de la delincuencia, porque el Ministerio Público no investiga; en consecuencia, no consigna y los jueces no pueden dictar sentencias, o cuando éstas se llegan a dar son absolutorias y las víctimas del delito nunca encontraron respuesta oportuna por parte del Estado.

En consecuencia, esta reforma constitucional pretende que los órganos legislativos de los estados y del Distrito Federal expidan leyes para adecuar su legislación a lo que se prevé en la Ley General de Víctimas.

Es de destacar que en la ley que recién aprobamos, en los artículos 118 y 119 se establecen las obligaciones de las entidades federativas y los municipios, en el marco de la protección a las víctimas de los delitos.

Compañeras y compañeros legisladores, con la aprobación de esta reforma constitucional y también con lo que hemos hecho en la Ley General de Víctimas, mandamos una señal positiva a la sociedad, de que los legisladores somos sensibles a sus justas demandas y a la preocupación que se tiene por el combate a la impunidad, procuramos proveer un adecuado acceso a la justicia y eliminar de una vez y para siempre el concepto de que justicia tardía no es justicia.

Por estas consideraciones, el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo votará a favor el presente dictamen. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Ahora para fijar la posición del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, tiene el uso de la voz la diputada Luisa María Alcalde Luján.

La diputada Luisa María Alcalde Luján:Muchas gracias, presidente. El día de hoy, a tan solo dos días de haber aprobado la Ley General de Víctimas, nos corresponde votar un dictamen de reforma constitucional en materia de atención y protección a los derechos de las víctimas. La finalidad de la reforma es la de otorgar a este Congreso de la Unión facultades para expedir leyes que establezcan la concurrencia de las disposiciones legales en la materia; busca armonizar y permitir al Congreso de la Unión concertar el orden legal en materia de atención y protección a víctimas.

Resulta curioso que justo ahora votemos este dictamen sobre concurrencia jurídica, habiendo sido recién aprobada la Ley de Víctimas, un tema que ha resultado ser el gran tema de la concurrencia en México.

Con respecto a la protección y atención de las víctimas han concurrido los partidos políticos, las organizaciones sociales, las propias víctimas, los medios, el gobierno y la ciudadanía en general, todos hemos llegado a la misma conclusión, todos hemos coincidido en que este tema no podía abandonarse un segundo más, no podía dejar de legislarse, debía atenderse de inmediato; sin embargo, espero que coincidamos en una cosa más, estas medidas tomadas hasta ahora, la aprobación de la ley, y esperemos la de este dictamen, responde a una deuda que se tiene con las decenas de miles de víctimas de la inseguridad; inseguridad que el Estado ha fallado en controlar.

Coincidamos en que la atención a las víctimas no va a generar menos víctimas; coincidamos en que si no atendemos de manera paralela las causas sociales del delito, la cifra de víctimas jamás dejará de crecer, por más manipuladas que estén las cifras. De nada servirá legislar a favor de las víctimas y, por el otro lado, legislar a favor del sistema que las genera.

Para que dejen de existir víctimas tendremos que coincidir en muchos más temas y no ha sido así; tendríamos que coincidir en el tema laboral, en el de telecomunicaciones, en el educativo, en el energético o el fiscal desde una perspectiva social.

Es incongruente flexibilizar los despidos y limitar los salarios caídos a un año, pero por otro lado legislar por las víctimas; es incongruente acotar el amparo agrario, pero legislar por las víctimas; es incongruente avalar el cobro de cuotas escolares, pero legislar por las víctimas. Lo mismo con no garantizar participación a radios comunitarias, o con utilizar programas sociales con fines electorales.

Es incongruente pretender privatizar la renta petrolera o aumentar el IVA a alimentos y medicinas, pero legislar por las víctimas; es incongruente legislar desde las cúpulas de los partidos, a través de un pacto que deja sin sentido al Legislativo y excluye de la participación a todos los sectores sociales, o dejar vivo el arraigo.

Diputadas y diputados, indudablemente votaremos a favor de este dictamen, es algo que debe hacerse por justicia. Pero si queremos que en este país deje de haber víctimas, debemos de legislar para que no haya victimarios, que el narcotráfico deje de representar la única oportunidad de aparente superación de los jóvenes, que dejen de haber salarios de hambre, que no sea imposible atenderse en un hospital si estás enfermo, que no te ahoguen los intereses y seas brutalmente expulsado de tu casa del Infonavit. Sin justicia social, pretender hacer justicia a las víctimas es solo eso: pretender.

Nosotros votaremos a favor de este dictamen por congruencia y por representar un beneficio a nuestro país, y seguiremos actuando de esa manera, no nos vamos a cansar. Muchas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene ahora la palabra la diputada Margarita Tapia Fonllem, para fijar la posición del Grupo Parlamentario del PRD.

La diputada Margarita Elena Tapia Fonllem:Buenas tardes, diputadas y diputados. Con su permiso, señor presidente. Vengo a nombre del Partido de la Revolución Democrática a fijar el posicionamiento al dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX-R al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de víctimas.

En el transcurso de esta semana dimos curso a las reformas que resultaban indispensables para la operatividad de la Ley General de Víctimas, y que fueron consensadas con la sociedad civil.

En esta ocasión nos encontramos discutiendo una reforma constitucional que otorga al Congreso las facultades indispensables para que esta ley pase a formar parte indiscutible de nuestro marco jurídico.

Queremos recordar que nuestro país ha sido objeto de múltiples recomendaciones y sentencias de los órganos para la protección de derechos humanos, tanto de Naciones Unidas como del sistema interamericano. En esta materia, las obligaciones sobre derechos humanos que hemos contraído son producto del nuevo bloque de constitucionalidad que integran las disposiciones de la Carta Magna con las que contienen los tratados internacionales. Es por ello que la responsabilidad hacia esos derechos básicos compete a todo el Estado mexicano, tanto municipios como entidades federativas, y desde luego a los poderes a nivel federal.

La facultad para legislar en materia de víctimas se encuentra en diversos ordenamientos y disposiciones sobre derechos humanos, comenzando por el principio pro persona, por el transitorio de la reforma constitucional que ordena una ley de reparación integral del daño, y también por el artículo 17 de la Constitución, que permite mecanismos de solución alternativa de controversias y reparación del daño en el ámbito penal. Asimismo la fracción XXX del artículo 73 permite que el Congreso apruebe las leyes necesarias para hacer efectivas sus facultades.

En nuestro sistema federal, una ley general establece obligaciones para los tres niveles de gobierno, cuya soberanía, libertad e independencia podrían afectarse si el Congreso de la Unión hace uso de una facultad que no está claramente detallada, y es necesario operar la cesión de las facultades que competen a estados y municipios para llevarla a cabo.

Una reforma como la que hoy esperamos aprobar, respeta el espíritu federalista de nuestra Constitución y fortalece el sustento de todas las disposiciones contenidas en la Ley de Víctimas. Con estos actos la Cámara de Diputados y el Congreso de la Unión atienden la grave problemática que un sexenio de confrontación, arrebatamiento y falta de políticas públicas encaminadas a solventar la vulneración y violación de los derechos fundamentales de miles de ciudadanos y ciudadanas, ha derivado en una grave crisis humanitaria de dimensiones inconmensurables.

Asimismo, establecemos un mecanismo constitucional para la aplicación directa de los tratados internacionales en materia de derechos humanos, de reparación del daño, y muchos otros que protegen y garantizan la libertad ciudadana de todas las personas. Al mismo tiempo genera la posibilidad de que, conforme a lo mandatado en la reforma del 10 de julio de 2011, que elevó a los derechos humanos a rango constitucional, se pueda proteger en específico a las víctimas por medio de las leyes en la materia que este Congreso expida y reforme, al dar un mandato claro a nivel federal y de las entidades federativas.

De esta manera podremos ajustar la legislación para hacer más operativo el Sistema Nacional de Víctimas, para consolidar el Registro Nacional de Víctimas, para atender los problemas administrativos que enfrentan familiares de personas desaparecidas, entre otros aspectos.

Es así como termina de saldarse la controversia que suscitó la Ley de Víctimas, en especial se anulan todos los posibles obstáculos que Felipe Calderón interpuso a su puesta en marcha, en su intento por evitar que una ley evidenciara los graves resultados de su administración y se diera a las víctimas un nombre, una historia y una posibilidad de luchar por la justicia.

Nunca más podrán negarnos la facultad de atender los daños colaterales ni a una supuesta mayoría de delincuentes. Este Congreso hoy asume la obligación de atender a todas las personas que sean víctimas de la acción o de la omisión del Estado. Por estas razones, el Grupo Parlamentario del PRD votará a favor de este dictamen. Muchas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Ahora para hablar a favor del dictamen, tiene el uso de la voz el diputado Fernando Belaunzarán Méndez.

El diputado Fernando Belaunzarán Méndez:Con su venia, diputado presidente. No quiero hacer más tardada esta sesión; hemos tenido algunos acontecimientos que alargaron la sesión, así que voy a ser muy breve.

Solamente decir que con esto cerramos el círculo; acabamos de aprobar la Ley de Víctimas hace pocos días, es un asunto de justicia, ya lo habíamos mencionado y algunas personas habían dicho que esta falta de reforma constitucional pudiera hacer endeble la ley que acabamos de aprobar, y con esto realmente cerramos ese flanco posible para desvirtuar la otra ley o para declararla inconstitucional, etcétera.

Aprovechar simplemente para hacer un reconocimiento a quien está ahorita presidiendo la Mesa, a José González Morfín, por esta iniciativa que hizo desde que estaba en el Senado, muy importante. Se ve la preocupación por las víctimas, por saldar este asunto.

Recordar —además— la valentía que tuvo, diría más que nada convicción institucional y democrática, cuando a pesar de que estaban las observaciones, él representando al Congreso de la Unión, siendo presidente de la Comisión Permanente, mandó publicar la Ley de Víctimas, a pesar de que las observaciones eran de un presidente que era de su partido, pero actuó con gran institucionalidad, con sentido del Congreso, no con sentido de partido.

Se lo quería reconocer, porque me parece que a veces tenemos que actuar representando a un órgano plural, a una institución fundamental del Estado mexicano y no al partido al cual pertenecemos, y así actuó el diputado José González Morfín en esa ocasión, además de que estamos votando una minuta que él promovió desde el Senado y con esto se ve claramente su compromiso y su responsabilidad con este grave problema que estamos sufriendo los mexicanos y que dio origen a la Ley de Víctimas. Es cuanto, diputado presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Muchas gracias, diputado. Agotada la lista de oradores, voy a pedir a la Secretaría se abra el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para recoger la votación nominal del proyecto de decreto en lo general y en lo particular.

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

(Votación)

De viva voz, diputado Juan Isidro del Bosque Márquez, su voto por favor.

El diputado Juan Isidro del Bosque Márquez (desde la curul): A favor. Gracias.

El diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra (desde la curul): A favor.

El Presidente diputado José González Morfín: Esta presidencia agradece la visita de un grupo de jóvenes del Instituto de la Juventud, del ayuntamiento de Huehuetoca, estado de México, que están aquí invitados por el diputado José Luis Oliveros.

También de un grupo de alumnos de las escuelas secundarias Víctor Puebla y Rey Itzcóatl, del municipio de Texcoco, estado de México, invitados por el diputado Brasil Alberto Acosta Peña.

También a un grupo de ciudadanos del estado de Querétaro, que vienen aquí hoy invitados por el diputado Marcos Aguilar.

También a un grupo de ciudadanos del municipio de Sanctorum de Lázaro Cárdenas, Tlaxcala, que invitó la diputada Aurora Aguilar.

También a los alumnos de la Universidad Iberoamericana, de derecho, que están hoy aquí invitados por el diputado Jorge Sotomayor.

Bienvenidos todos a esta sesión. Agradecemos mucho su presencia.

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Ciérrese el sistema electrónico de votación. Se emitieron 439 votos a favor, 1 abstención y 0 en contra.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Sí hay mayoría calificada. Aprobado en lo general y en lo particular por 439 votos el proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX-R al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se devuelve al Senado de la República, para los efectos del inciso E del artículo 72 constitucional.



CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE CANDIDATURAS INDEPENDIENTES

El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el inciso e) y adiciona un inciso o) a la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: «Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que adiciona el inciso o) a la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Honorable Asamblea:

La Comisión de Puntos Constitucionales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 84, 85, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV; 167, numeral 4 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta Soberanía, el siguiente:

Dictamen

I. Antecedentes legislativos

1.El 30 de mayo de 2012, ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, el diputado Carlos Flores Rico, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 116, fracción IV, inciso e), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La Mesa Directiva de la Comisión Permanente turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, la Iniciativa antes mencionada.

En la misma fecha, se recibió en esta Comisión la Iniciativa con proyecto de Decreto, para su análisis, estudio y elaboración de dictamen.

2.El 20 de septiembre de 2012, el diputado José González Morfín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar la fracción IV, inciso e) del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales, la Iniciativa antes mencionada.

3.El 9 de abril de 2013, el diputado Ricardo Anaya Cortés, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales, la Iniciativa antes mencionada.

El 16 de abril de 2013, se recibió en esta Comisión la Iniciativa con proyecto de Decreto, para su análisis, estudio y elaboración de dictamen.

II. Contenido de la iniciativa

La Iniciativa presentada por el diputado José González Morfín, señala que las candidaturas ciudadanas, entre otras figuras que fortalecen la democracia participativa, quedaron plasmadas en la reciente reforma constitucional en materia política, cuyo decreto se publicó en el Diario Oficial de la Federación el día 9 de agosto de 2012.

En este sentido, el proponente señala que si bien la reforma aprobada integra en el artículo 35 Constitucional el derecho de los ciudadanos a solicitar su registro de manera independiente, cumpliendo con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación, a fin de poder ser votados a todos los cargos de elección popular, resulta necesario complementar y armonizar el propósito de esta reforma para que los Estados incluyan dicha previsión constitucional en la legislación electoral.

El iniciante propone incorporar en el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la base normativa para la existencia y regulación, en la ley electoral local, las candidaturas independientes a todos los cargos de elección popular.

Además, el diputado González Morfín apunta que la participación ciudadana es un elemento fundamental en las democracias modernas, lo que implica trascender de la noción de democracia electoral y dar paso a la democracia participativa, en la que se promuevan espacios de interacción entre los ciudadanos y el Estado. Así, las candidaturas independientes constituyen una vía de participación de los ciudadanos en los asuntos públicos en un régimen democrático, por lo que la apertura en esta materia representa un avance en la construcción de la democracia mexicana.

El derecho ciudadano a “votar y ser votado” forma parte de los derechos políticos reconocidos tanto en el ámbito internacional como en el caso de México, lo que permite afirmar que con ello se fortalece el régimen democrático mexicano a partir de la coexistencia de un sistema de partidos y de candidaturas independientes. Este derecho es sin duda el fundamento de todo sistema democrático: el ciudadano y su participación en la vida pública constituye la esencia de la democracia por encima de los partidos políticos o de los grupos de interés particular.

El régimen democrático es la forma de vida política que da la mayor libertad al mayor número, que protege y reconoce la mayor diversidad posible. En consecuencia, es preciso que sean garantizados los derechos fundamentales de los individuos y que éstos participen en la construcción de la vida colectiva.

En la exposición de motivos, el diputado proponente menciona que en el ámbito internacional de los derechos humanos no sólo se sanciona el derecho de todo ciudadano a participar de la vida pública de su país mediante el ejercicio del voto, sino que garantiza los derechos de los ciudadanos sobre los de los partidos políticos en materia de participación en las contiendas electorales, al señalar claramente que cualquier ciudadano que cumpla con criterios de elegibilidad (que no pueden contradecir norma alguna de los derechos humanos) puede aspirar a ser electo a un cargo público sin necesidad de que sea propuesto por un partido político. Esto es, todo ciudadano tiene el derecho de convertirse en un candidato independiente.

Algunos de los ejemplos de acuerdos e instituciones internacionales que consagran este derecho son:

1. La Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas establece los derechos democráticos entre los que destacan el derecho a la participación política, incluida la igualdad de oportunidades de todos los ciudadanos para presentarse como candidatos y el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a la función pública en el propio país.

2. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos consagra el derecho del ciudadano (sin distinciones de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social) de

• Participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos;

• Votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores; y

• Tener acceso, en condiciones generales de igualdad.

3. La Corte Interamericana de Derechos Humanos considera que los derechos políticos son derechos humanos de importancia fundamental, que se relacionan estrechamente con otros derechos consagrados en el Pacto de San José como las libertades de expresión, reunión y asociación, que en conjunto, propician el fortalecimiento de la democracia y el pluralismo político.

Por ello, según los diversos instrumentos internacionales sobre derechos humanos, específicamente sobre derechos civiles y políticos, el derecho del ciudadano prima sobre el derecho de los partidos y en un régimen democrático, restringir el derecho a los ciudadanos de ser candidatos independientes significa restringir las libertades políticas y el pluralismo. Significa también atentar contra el derecho de los ciudadanos que no se sienten representados por los partidos políticos.

Como se apuntó anteriormente, México ha dado un gran avance para consolidar el desarrollo democrático del país, al incluir en el artículo 35 Constitucional las candidaturas independientes a fin de que los ciudadanos, sin ser requisito su afiliación a algún partido político, pueda materializar su derecho a ser votado para cargos de elección popular.

Por último, para que no quede sujeto a la interpretación de los aplicadores y operadores de la norma constitucional, el diputado González Morfín concluye que es necesario armonizar el texto constitucional recién modificado con el régimen que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece para los cargos de elección popular de los Estado.

III. Cuadro comparativo

IV. Consideraciones

Esta comisión dictaminadora, después de hacer un análisis exhaustivo de la Iniciativa en estudio, llega a la convicción de emitir dictamen en sentido positivo del proyecto de decreto por el que se reforma el inciso e) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes, en razón de los siguientes argumentos:

En principio, esta comisión dictaminadora reconoce que las candidaturas independientes constituyen un avance en la garantía de los derechos políticos de la ciudadanía, por lo que resulta necesario complementar el propósito de esta reforma para que en el ámbito de las Entidades Federativas dicha previsión constitucional tenga también plena aplicación en la legislación electoral.

La iniciativa pretende incluir el derecho de los ciudadanos para solicitar un registro en forma independiente en el artículo 116, fracción IV, inciso e) de la Constitución Federal para obligar a los Estados a incorporarlo en la legislación electoral estatal, sin embargo, dicha norma constitucional prohíbe la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente en la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa, por lo cual no es dable incluir en esta porción normativa el referido derecho.

Es decir, la norma constitucional citada prescribe que los partidos políticos únicamente podrán constituirse por ciudadanos sin intervención de dichas organizaciones y sin la existencia de afiliación corporativa.

Ahora bien, con el propósito de dar congruencia y eficacia a los planteamientos de la iniciativa propuesta por el diputado, los suscritos integrantes de esta Comisión planteamos algunas modificaciones a la iniciativa que se dictamina.

En primer lugar, se modifica el inciso e) de la fracción IV del artículo 116 de la Ley Fundamental en la porción normativa que indica “Asimismo, tengan reconocido el derecho exclusivo para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular” para eliminar la palabra “exclusivo”; ello con la finalidad de hacer acorde la reforma propuesta con la fracción II del artículo 35 de la Constitución, publicada en el Diario Oficial de la Federación del día 9 de agosto de 2012, que establece el derecho del ciudadano de solicitar su registro como candidato ante la autoridad electoral por parte de un partido político o en forma independiente.

Por ello, su redacción queda de la siguiente forma:

a) a d) (...)

e) Los partidos políticos sólo se constituyan por ciudadanos sin intervención de organizaciones gremiales, o con objeto social diferente y sin que haya afiliación corporativa. Asimismo tengan reconocido el derecho para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular, con excepción de lo dispuesto en el artículo 2o., apartado A, fracciones III y VII, de esta Constitución;

En segundo lugar, se modifica la propuesta contenida en la iniciativa, para adicionar a la fracción IV del artículo 116 de la Ley Fundamental el inciso o) para que su redacción quede de la siguiente forma:

IV. Las Constituciones y las leyes de los Estados en materia electoral garantizarán que:

f) a n) (...)

o) Se fijen las bases y requisitos para que en las elecciones los ciudadanos soliciten su registro para poder ser votados en forma independiente a todos los cargos de elección popular.

Lo anterior, resuelve la antinomia que actualmente presentan los artículos 35, fracción II y 116, fracción IV de la Constitución, al mantener este último precepto legal una redacción que permite a los partidos políticos continuar con el monopolio de las candidaturas y del registro.

Así, esta comisión dictaminadora coincide con el diputado González Morfín que el derecho político de los ciudadanos a “votar y ser votado”, fortalece el régimen democrático mexicano a partir de la coexistencia de un sistema de partidos y de candidaturas independientes. Las candidaturas independientes constituyen una fórmula de acceso a ciudadanos sin partidos para competir en procesos comiciales, tanto a nivel federal como local, por lo que, de esta forma, se abren las puertas a la participación independiente de los ciudadanos en las contiendas electorales, con los requisitos de ley que aseguren representatividad y autenticidad, con ciertos derechos y obligaciones que sean armónicos con las existentes para los partidos políticos, que garanticen transparencia y rendición de cuentas.

El sustento de todo régimen que se considere democrático es la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos, vía la emisión del voto, los partidos políticos, las agrupaciones u organizaciones no gubernamentales y los instrumentos propios de la democracia participativa como la iniciativa popular, el referéndum, plebiscito o la revocación del mandato. El fundamento de la democracia es precisamente el ciudadano, cuyos derechos políticos deben ser promovidos y respetados.

En virtud de ello, la Comisión que dictamina considera que garantizar la coexistencia entre el sistema de partidos y las candidaturas independientes en todo el país no es un tema menor, pues se trata de un derecho democrático establecido por diferentes instancias y acuerdos internacionales entre los que se destacan la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Si bien los ciudadanos mexicanos cuentan ya con el derecho a las candidaturas independientes a nivel federal, la que dictamina coincide con el diputado González Morfín que las candidaturas independientes en el ámbito local, harán posible que los partidos políticos retomen el camino de un mayor y permanente contacto con la sociedad y los ciudadanos, dando cauce a la participación amplia y efectiva de sus propios afiliados, de sus simpatizantes y de todos los que están interesados en participar en ellos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, los miembros de la Comisión de Puntos Constitucionales que suscriben, someten a consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente

Proyecto de decreto que reforma el inciso e) y adiciona un inciso o) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se reforma el inciso e) y se adiciona el inciso o) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 116. (...)

(...)

I. a III. (...)

IV. Las Constituciones y las leyes de los Estados en materia electoral garantizarán que:

a) a d) (...)

e) Los partidos políticos sólo se constituyan por ciudadanos sin intervención de organizaciones gremiales, o con objeto social diferente y sin que haya afiliación corporativa. Asimismo tengan reconocido el derecho para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular, con excepción de lo dispuesto en el artículo 2o., apartado A, fracciones III y VII, de esta Constitución;

f) a n) (...)

o) Se fijen las bases y requisitos, para que en las elecciones, los ciudadanos soliciten su registro para poder ser votados en forma independiente a todos los cargos de elección popular.

V. a VII. (...)

Artículo Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a dieciséis de abril de 2013.

La Comisión de Puntos Constitucionales, diputados:Julio César Moreno Rivera (rúbrica), presidente; Marcos Aguilar Vega, Fernando Rodríguez Doval (rúbrica), Pedro Ignacio Domínguez Zepeda (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Raymundo King de la Rosa, Luis Antonio González Roldán (rúbrica), Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica), Paulina Alejandra del Moral Vela (rúbrica), Julisa Mejía Guardado (rúbrica), Carlos Angulo Parra (rúbrica), secretarios; José Alfredo Botello Montes (rúbrica), Jorge Sotomayor Chávez (rúbrica), Ricardo Villarreal García (rúbrica), Damián Zepeda Vidales (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Míriam Cárdenas Cantú, Rocío Adriana Abreu Artiñano (rúbrica), Arely Madrid Tovilla (rúbrica), Gloria Núñez Sánchez (rúbrica), José Isidro Moreno Árcega (rúbrica), Delvim Fabiola Bárcenas Nieves (rúbrica), José Alberto Rodríguez Calderón (rúbrica), Ricardo Cantú Garza, Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), Amalia Dolores García Medina (rúbrica), José Ángel Ávila Pérez (rúbrica), Luis Ángel Espinosa Cházaro, Fernando Zárate Salgado (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: Para fundamentar el dictamen por la comisión, tiene el uso de la voz el diputado Julio César Moreno Rivera.

El diputado Julio César Moreno Rivera:Con su venia, diputado presidente. Compañeras y compañeros diputados. A nombre de la Comisión de Puntos Constitucionales vengo a fundamentar el presente dictamen.

El dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el inciso e) y adiciona un inciso o) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes que ahora se propone discutir y, en su caso, aprobar por este pleno, pretende resolver una antinomia que actualmente presenta dicha disposición constitucional, con la fracción II del artículo 35 de la Ley Fundamental.

En ese sentido, la fracción II del artículo 35 constitucional en vigor establece que el derecho para solicitar el registro de candidatas y candidatos ante la autoridad electoral corresponde tanto a los partidos políticos como a las ciudadanas y ciudadanos que lo soliciten en forma independiente.

Por su parte, el inciso e) de la fracción IV del artículo 116 constitucional establece que las constituciones y las leyes de las entidades federativas deberán garantizar que en materia electoral los partidos políticos solo se constituyan por ciudadanos, sin intervención de organizaciones gremiales u objeto social diferente y que tengan reconocido el derecho exclusivo para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular.

El dictamen cuyos fundamentos ahora se exponen, precisamente pretende modificar el inciso e) de la fracción IV del artículo 116 de la Ley Fundamental, en la porción normativa que indica: asimismo tengan reconocido el derecho exclusivo para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular. Para eliminar la palabra: exclusivo.

Ello con la finalidad de hacer acorde la reforma de la fracción II del artículo 35 de la Constitución, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de agosto del 2012, y así resolver el conflicto normativo que actualmente prevalece entre el referido precepto legal y el artículo 116, fracción IV, inciso e), de la Constitución, al mantener este último precepto legal una redacción que permita a los partidos políticos continuar con el monopolio de las candidaturas y del registro.

Lo anterior resuelve la antinomia que actualmente presentan los artículos 35, fracción II; y 116, fracción IV, de la Constitución, al mantener éste último precepto legal una redacción que permite a los partidos políticos continuar con el monopolio de las candidaturas y del registro.

Ahora bien, la adición del inciso o) a la fracción IV del artículo 116 constitucional es con el objeto de que la normativa en materia electoral de los estados fije las bases y requisitos para que en las elecciones los ciudadanos puedan solicitar su registro como candidatos independientes para ser votados en los cargos de elección popular correspondientes. Esto es, que exista una norma explícita que establezca adecuar la normativa electoral estatal.

Si bien las ciudadanas y ciudadanos mexicanos cuentan ya con el derecho a las candidaturas independientes en el ámbito federal, la reforma propuesta en el dictamen —en caso de ser aprobada— hará posible que en los estados este derecho se haga extensivo a quienes decidan obtener su registro sin la intervención de un partido político.

Finalmente, con la reforma y adición propuestas, las candidaturas independientes constituyen una forma de acceso a ciudadanos sin partido para competir en todos los procesos comiciales locales, abriendo con ello las puertas a la participación ciudadana en las contiendas electorales, con los procedimientos y requisitos que aseguren representatividad y autenticidad.

Es por ello, compañeras y compañeros diputados, que llamo a votar a favor del presente dictamen. Es cuanto, diputado presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Está a discusión el dictamen. Para fijar la posición del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, tiene el uso de la voz el diputado Víctor Hugo Roblero Gordillo. No está.

En consecuencia, tiene el uso de la voz el diputado Alfonso Durazo Montaño, para fijar la posición del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

El diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño:Diputado presidente, compañeras y compañeros diputados, no es lo mismo que el poder emane del pueblo, que resida en el pueblo y sobre todo que lo ejerza el pueblo. Este dictamen nos acerca un poco a ese ideal y ésa es la lógica política que guía las acciones de Movimiento Ciudadano, en cuyo nombre lleva implícitos sus objetivos políticos.

La participación social es una de las más dignas expresiones republicanas, tan ajenas siempre a las mal disimuladas formas lacayunas que se expresan en esta Cámara, en la que la institucionalidad resulta con frecuencia servil a los dictados del Ejecutivo. Por ello hoy en Movimiento Ciudadano estimamos que se da un pequeño paso en nuestra maltrecha democracia.

La aprobación de las candidaturas independientes ha sido una asignatura pendiente gracias —hay que decirlo con claridad— a la actitud timorata de los mayores partidos políticos, que han frustrado por muchos años todo intento por darnos una reforma política integral. Aun cuando todavía no la logramos, reconocemos este dictamen que aprueba las candidaturas independientes, pues sabemos que mientras más se estrecharon los márgenes para la participación política independiente, más se dio la participación social al margen de las vías institucionales.

Por décadas no hubo nada más efectivo para las candidaturas que el corsé de los partidos políticos. Pero afortunadamente ya no es el caso, con el tiempo hemos aprendido —también afortunadamente— que no hay nada más divisivo que la imposición y la marginación de los ciudadanos activos políticamente pero no militantes.

En Movimiento Ciudadano estimamos que las candidaturas independientes vendrán a refrescar la vida parlamentaria y a impulsar un escrutinio más amplio del quehacer gubernamental.

Estoy seguro que las y los eventuales representantes populares que lleguen por la vía independiente no se plegaran a las viejas formas de la política. Ello refrescará también los excesivos rituales y el apego excesivo a los viejos rituales, particularmente priistas.

Vendrán además a representar auténticamente los intereses sociales, y a actuar al margen de los poderes económicos que controlan y construyen mayorías a su antojo en esta Cámara.

El subsistema de partidos ha estancado las posibilidades de transitar a una democracia sustancial en las que los tomadores de decisiones sean auténticos representantes del sentir social, por eso es frecuente que las propuestas y el perfil de los candidatos de los partidos políticos no representen invariablemente al electorado.

Resulta, pues, necesario que la ciudadanía pueda optar por candidatos independientes salidos auténticamente de su seno, y sin vinculaciones que limiten o condicionen la calidad de su representación con los entendibles intereses de los partidos políticos.

No existe una razón de peso, ni teórica ni práctica, que sostenga la exclusividad de los partidos políticos para acaparar todas y cada una de las candidaturas que han de registrarse ante el Instituto Electoral.

Es deber y obligación de los políticos aceptar la voluntad del pueblo, y reconocer el derecho que tiene cualquier ciudadano a votar y ser votado sin la necesidad de pertenecer a un partido político.

Al negarse o limitarse injustificadamente dichos derechos se limitan las posibilidades de nuestro régimen democrático, al que aún le falta tanto para consolidarse, pero que millones de mexicanos estamos empeñados en construir, así sea paso a paso, como el que hoy estamos dando.

Por todo lo anterior, no sobra decir que se consigue un gran logro al considerar las candidaturas ciudadanas, logro que viene a fortalecer las garantías para disfrutar plenamente del derecho de votar y ser votado, fortaleciendo de paso nuestro sistema democrático, así sea marginalmente.

Abriendo las puertas a los ciudadanos de cualquier sector y condición para que compitan por un cargo de elección popular, aunado a la necesaria transparencia y rendición de cuentas a cargo de los partidos políticos, podremos transitar por la vía correcta para superar la democracia minimalista y simulada en la que nos hemos encasillado.

Las candidaturas ciudadanas independientes, por otro lado, obligarán a los partidos políticos a tener mayor contacto con el electorado y a poner mayor interés en sus expectativas y necesidades.

Por todo lo anterior, en Movimiento Ciudadano damos la bienvenida a los términos de este dictamen y adelantamos a ustedes que lo apoyaremos entusiastamente por unanimidad. Muchas gracias a todos.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Ya está aquí el diputado Roblero Gordillo. Se le concede el uso de la voz para fijar la posición del Partido del Trabajo.

El diputado Héctor Hugo Roblero Gordillo:Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo acude a esta tribuna para expresar su apoyo al dictamen que nos presenta la Comisión de Puntos Constitucionales, por el que se reforma y adiciona la fracción IV del artículo 116 constitucional, en materia de candidaturas independientes.

En los últimos años se ha dado una demanda de la sociedad mexicana para, de manera complementaria a la postulación por parte de los partidos políticos de sus militantes o ciudadanos a distintos cargos de elección popular, permitir también el registro de ciudadanos que no son propuestos por ningún partido político, como candidatos independientes.

En el actual sistema constitucional de partidos políticos, estos tienen el monopolio para postular y registrar candidatos, ya sean propios candidatos o simpatizantes, así como de personas que sin militar en dichos partidos, pero que poseen un liderazgo social importante, aceptan la postulación por algún partido a los cargos de elección popular.

El mérito de este dictamen para efecto de las Constituciones y leyes de los estados es romper dicho monopolio y establecer la obligatoriedad de las Constituciones y leyes de los estados para establecer las candidaturas ciudadanas, así como los requisitos que éstas deben cumplir.

En la pasada legislatura se aprobó en las Cámaras del Congreso de la Unión, como parte de la Constituyente Permanente la denominada reforma política, que entre otras cosas reformó el artículo 35 constitucional para establecer en la fracción II, como derecho de los ciudadanos, el de poder ser votados para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley.

El derecho de solicitar el registro de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos, así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación.

Esta reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de agosto de 2012 y entró en vigor al día siguiente de su publicación en dicho medio de difusión; sin embargo, en aquella ocasión no se quiso avanzar en la reforma al artículo 116, fracción IV, para establecer candidaturas ciudadanas, puesto que quedaba a la potestad de las Legislaturas locales aceptar o no dichas candidaturas.

El mérito del dictamen que discutimos es que como se contiene en la propuesta, no es optativo para las Legislaturas locales establecer o no las candidaturas independientes; como se propone en el dictamen, la adición del inciso o) a la fracción IV del artículo 116 deriva en la obligatoriedad de las entidades federativas para establecer en sus Constituciones y leyes estas candidaturas independientes.

Compañeros y compañeras legisladoras, durante mucho tiempo se ha discutido respecto de que si el actual régimen de partidos corresponde o no a las expectativas de la sociedad. En el Partido del Trabajo hemos sido firmes impulsores de distintos instrumentos de democracia participativa que complementen la democracia representativa. A este proceso lo hemos denominado democratizar la democracia, que se traduce en alentar la participación de la ciudadanía en la toma de decisiones políticas fundamentales.

En el Partido del Trabajo estamos firmemente convencidos de que —como lo establece el artículo 39 constitucional— el pueblo es el titular de la soberanía, es el que finalmente a través del ejercicio del sufragio da o quita.

Por ello, y como no le tememos al pueblo, estamos convencidos que las candidaturas independientes, con los controles que en las leyes secundarias se deberán establecer respecto de financiamiento y acceso a medios, dinamizarán el sistema democrático.

Esta coincidencia en los procesos electorales entre candidatos postulados por partidos y candidatos independientes se debe traducir en alentar la participación de los ciudadanos en los procesos electorales, y hacer que las elecciones sean legales, pero también legítimas, con la amplia participación del electorado en estos procesos comiciales.

Por estas consideraciones, el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo votará a favor del dictamen. Es cuanto, diputado presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Quiero aprovechar la oportunidad para saludar a un grupo de alumnos de la Escuela Preparatoria Oficial 89, de Huixquilucan, estado de México, que están aquí invitados por el diputado Juan Pablo Adame Alemán, bienvenidos.

También saludamos a un grupo de ciudadanos del municipio de San Luis de la Paz, que están aquí invitados por la diputada Petra Barrera. Bienvenidos todos a la sesión.

Tiene el uso de la voz, para fijar la posición del Grupo Parlamentario del PRD, el diputado Silvano Aureoles Conejo.

El diputado Silvano Aureoles Conejo:Muchas gracias, diputado presidente. Compañeras, compañeros, uno de los temas más debatidos dentro del ya extenso ciclo de reformas electorales que hemos vivido en los últimos 25 años tiene que ver justamente con las modalidades de participación política, en buena medida tales reformas han servido para dar cauce a la expresión de fuerzas políticas que antes no tenían manera de integrarse a la vida pública nacional.

Desde ese entonces la izquierda ha sido receptiva y consecuente por la demanda de la apertura de espacios en puestos de elección a candidatos o candidatas que no tienen militancia partidaria.

En el caso del PRD, nuestros propios estatutos establecen que se debe de permitir la participación de candidatos o candidatas ciudadanas y, por supuesto, abrir con ello la participación a perfiles adecuados para cargos de elección popular de ciudadanas, de ciudadanos sin militancia, pero que sin duda gozan y tienen perfiles adecuados para ello y que sea expresado a través de las llamadas candidaturas externas.

Son muchas y muchos los alcaldes o legisladoras y legisladores que han llegado a ocupar cargos de responsabilidad y que las han desarrollado con honestidad, dignidad y eficacia y que en su momento fueron candidatas o candidatos nuestros sin ser militantes de nuestro partido. El PRD ha sido precursor en otorgar la posibilidad a muchas y a muchos ciudadanos de competir electoralmente, y para desempeñar cargos públicos.

Hoy, compañeras y compañeros, tenemos la gran oportunidad de que nuestra democracia transite con pasos firmes para consolidar las aspiraciones de todas y de todos los mexicanos.

El dictamen que hoy se discute, sin duda tiene la finalidad de hacer acorde la reforma a la fracción II del artículo 35 de la Constitución, que establece el derecho del ciudadano de solicitar su registro como candidato ante la autoridad electoral por un partido político o hacerlo de manera independiente.

Para este propósito, se propone la adición del inciso o) a la fracción IV del artículo 116, que mandata a los estados de la Unión para que en sus marcos jurídicos, en lo que se refiere a materia electoral, se fijen las bases y los requisitos para que en las elecciones los y las ciudadanas puedan solicitar su registro como candidatos y candidatas independientes para cargos de elección popular.

Este es el espíritu de esta reforma constitucional, que aunque llega con demora es un esfuerzo necesario de la mayor importancia, que permite consolidar la participación ciudadana en los espacios donde tendremos la oportunidad de elegir candidatos con amplios perfiles, capacidades y prestigios.

Esta reforma no constituye de modo alguno una cortesía o una dádiva política a la ciudadanía; es y representa una añeja aspiración y una exigencia que proviene del derecho de la gente para participar, defender y representar sus propios intereses; es cumplir con nuestro deber de escuchar y de atender nuestra responsabilidad de ser auténticos representantes populares y traducir en hechos este mandato.

En síntesis, esta reforma representa un acto de justicia y de mayor desarrollo democrático, ya que por primera vez nuestro derecho constitucional reconocerá plenamente el derecho de las y los ciudadanos para participar en los procesos electorales de manera independiente en relación a los partidos políticos que, como bien se ha dicho aquí, hoy ostentan el monopolio de la participación electoral, y contarán con condiciones de equidad para participar en las contiendas electorales locales.

Esta propuesta representa mayores oportunidades para las ciudadanas y los ciudadanos, mayor pluralidad para la sociedad, mayor oxigenación para la política, y hoy incorpora una realidad evidente que con sus votos habrá de fortalecer el régimen constitucional y democrático de México.

Termino, presidente. En honor a la justicia, decir que además nuestro querido compañero José González Morfín fue promotor de esta reforma que hoy discutimos en este pleno. Además, felicitar a nuestros compañeros de la Comisión de Puntos Constitucionales, cuyo presidente es el diputado Julio César, aquí presente. Muchas gracias por su atención.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado; gracias por sus comentarios. Están anotados en la discusión el diputado Fernando Belaunzarán, que presentará una propuesta de modificación, y posteriormente el diputado Ricardo Mejía, para hablar en pro. Adelante, diputado.

El diputado Fernando Belaunzarán Méndez:Sí, con su venia, diputado presidente. Es simplemente del artículo 116 constitucional que estamos discutiendo, de la fracción IV, inciso o).

Para hacerlo más claro les leería cómo diría —la verdad es que compartimos el espíritu, pero creo que la claridad nos puede ayudar—, muy bien, dice: que se fijen las bases y requisitos para que en las elecciones los ciudadanos soliciten su registro como candidatos —porque no lo decía— para poder ser votados en forma independiente a todos los cargos de elección popular.

Otra adición que en este cabildeo hizo un diputado, que me parece muy importante retomar, que es en los términos del artículo 35 de esta Constitución, de tal manera que los requisitos que se piden a nivel federal también sean recogidos en las entidades.

De esta manera creo que habrá mucha más claridad para que no sean incondicionados los registros, sino que tengan que cumplir con los requisitos que están ya en el artículo 35, y quede muy claro que lo que se está pidiendo es el requisito para inscribirse como candidatos. Lo leo una vez más, nada más para que quede claro.

o) Se fijen las bases y requisitos para que en las elecciones los ciudadanos soliciten su registro como candidatos para poder ser votados en forma independiente a todos los cargos de elección popular, en los términos del artículo 35 de esta Constitución. Es cuanto, diputado presidente.

«Escudo del Grupo Parlamentario PRD.— Cámara de Diputados.— Congreso de la Unión.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— LXII Legislatura.— Presentes

Con fundamento en los artículos 109 y 110 del Reglamento de la Cámara de Diputados presento la siguiente reserva al inciso o) de la fracción IV del artículo 116 del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dice:

Artículo 116. (...)

(...)

I. a III. (...)

IV.Las Constituciones y las leyes de los Estados en materia electoral garantizarán que:

a)  a n) (...)

o) se fijen las bases y requisitos para que en las elecciones los ciudadanos soliciten su registro para poder ser votados en forma independiente a todos los cargos de elección popular.

Debe decir:

Artículo 116. (...)

(...)

I. a III. (...)

IV. Las Constituciones y las leyes de los Estados en materia electoral garantizarán que:

a) a n) (...)

o) Se fijen las bases y requisitos para que en las elecciones los ciudadanos soliciten su registro como candidatos para poder ser votados en forma independiente a todos los cargos de elección popular, en los términos del artículo 35 de esta Constitución.

Atentamente

Recinto Legislativo de San Lázaro, a 18 de abril de 2013.— Diputado Fernando Belaunzarán Méndez (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Voy a pedirle a la Secretaría que consulte a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la propuesta de modificación presentada por el diputado Belaunzarán.

La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se admite a discusión la propuesta. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría, presidente, por la afirmativa.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Consulte ahora la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se acepta la propuesta para que forme parte del dictamen.

La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: En votación económica se consulta a la asamblea si se acepta. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría, presidente, por la afirmativa.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, sí se acepta la propuesta. En consecuencia, el dictamen en su momento será votado con la modificación aceptada por la asamblea.

Tiene la palabra para hablar a favor, el diputado Ricardo Mejía, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

El diputado Ricardo Mejía Berdeja:Gracias, compañero presidente. En primer término, felicitar a quien está en estos momentos fungiendo como presidente de la Mesa Directiva, al diputado José González Morfín, porque fue promovente de esta iniciativa y es justo hacerle un reconocimiento. Por otra parte, señalar que esta reforma al artículo 116, en la fracción IV, que añade un inciso o), es congruente con el artículo 35, fracción II.

A nosotros nos parece, en Movimiento Ciudadano, que instituir las candidaturas independientes a cargos de elección popular es un paso en la democratización del país; lo es porque hace plenamente vigentes los derechos político-electorales del ciudadano, pero además porque introduce una sana presión en el sistema de partidos del país y en los estados de la República.

Esto es una válvula también para que aquellos ciudadanos que sufren atropellos en sus derechos políticos, o que sufren las exclusiones antidemocráticas de las cúpulas tengan una salida institucional y democrática consagrada en la Constitución; por eso en su esencia y por las consecuencias democráticas que trae consigo nosotros apoyamos este dictamen.

Nos parece, además, también sano que junto a esta reforma que fortalece los derechos humanos en su vertiente político-electoral, se avance también en un tema que ha quedado en el tintero en las reformas que ensanchan la democracia participativa. Se ha avanzado en el referéndum, se ha avanzado en la iniciativa popular, se está avanzando en las candidaturas independientes, pero sigue todavía pendiente una reforma que algunos hemos presentado, que tiene que ver con la revocación del mandato. Aquellos funcionarios incompetentes, negligentes o corruptos que no cumplen con su encargo deben irse a través de una figura instituida en la legislación.

Por eso hacemos un exhorto a la Comisión de Puntos Constitucionales para que, con la misma celeridad que se le dan trámite a otras iniciativas, se pueda ya resolver de una vez por todas el tema de la revocación del mandato. Si le vamos a apostar a fondo a la democratización del país tenemos que ir a la revocación del mandato. Tenemos que hacerlo en este contexto de insurgencia ciudadana, por más democracia y por buenos gobiernos. Por eso también queremos señalar que en los procesos electorales en curso se tiene que avanzar en esta materia.

Qué bueno que ya se dictaminó y se aprobó el día de ayer un punto de acuerdo para fortalecer la vigilancia y el blindaje electoral en los 14 estados. Pero aunque está agendado para el martes, no se puede dejar pasar lo que aconteció en Veracruz y nos sumamos a la exigencia de varios legisladores y ciudadanos porque, por su propia voluntad y no por ser despedida, renuncie la secretaria de Desarrollo Social, Rosario Robles, para que no sea secretaria de desarrollo electoral, y también su operador y coordinador de delegaciones, Pedro de León Mojarro. Que quede constancia de una vez, hoy que hablamos de democratización en este dictamen. Es cuanto.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Habiéndose agotado la lista de oradores, ruego a la Secretaría que abra el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, con la modificación aceptada, propuesta por el diputado Belaunzarán.

La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

(Votación)

Diputado Juan Isidro del Bosque Márquez, el sentido de su voto.

El diputado Juan Isidro del Bosque Márquez (desde la curul): A favor.

El Presidente diputado José González Morfín: Saludamos con mucho gusto a un grupo de alumnos universitarios de Toluca, estado de México, que están hoy aquí invitados por la diputada Cristina Ruiz Sandoval. Bienvenidos todos a esta sesión.

La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: Ciérrese el sistema electrónico. De viva voz.

El diputado Gabriel Gómez Michel (desde la curul): A favor.

El diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra (desde la curul): A favor.

La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: Diputado presidente, se emitieron a favor 420, 1 abstención y 0 en contra.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Aprobado en lo general y en lo particular por 420 votos el proyecto de decreto que reforma el inciso e) y adiciona un inciso o) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.

Tengo en mis manos un oficio firmado por todos los coordinadores parlamentarios, con el que me solicitan una modificación al orden del día. Para incluir también el dictamen de la medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri.



CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: «Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma la fracción I del párrafo noveno del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de propiedad para extranjeros.

Honorable Asamblea:

La Comisión de Puntos Constitucionales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 81, 85, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta Soberanía, el siguiente:

Dictamen

I. Antecedentes legislativos

1. El 1 de agosto de 2012, el Diputado Miguel Ángel García Granados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Inversión Extranjera.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la Iniciativa a la Comisión de Puntos Constitucionales, la Iniciativa antes mencionada. El 2 de agosto de 2012, se recibió en esta Comisión la Iniciativa con proyecto de Decreto, para su análisis, estudio y elaboración de dictamen.

2. El 3 de abril de 2013, los Diputados Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, Manlio Fabio Beltrones Rivera del Grupo Parlamentario del PRI y Raúl Paz Alonzo del Grupo Parlamentario del PAN presentaron ante el Pleno de la Cámara de Diputados, Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de propiedad para extranjeros.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales, la Iniciativa antes mencionada.

El 4 de abril de 2013, se recibió en esta Comisión la Iniciativa con proyecto de Decreto, para su análisis, estudio y elaboración de dictamen.

3. El 9 de abril de 2013, el Diputado Ricardo Anaya Cortés, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales, la Iniciativa antes mencionada. El 16 de abril de 2013, se recibió en esta Comisión la Iniciativa con proyecto de Decreto, para su análisis, estudio y elaboración de dictamen.

II. Contenido de la iniciativa

La Iniciativa presentada por la Diputada Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, el Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera del Grupo Parlamentario del PRI y el Diputado Raúl Paz Alonzo del Grupo Parlamentario del PAN, señalan que el constituyente de 1917 determinó que sólo los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las sociedades mexicanas tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones. Por ello, la redacción del artículo 27 de la Constitución quedó en esos términos.

Además, que la referida disposición constitucional establece en sus preceptos que el Estado podrá conceder derechos de dominio de las tierras y aguas a los extranjeros, siempre que convengan ante la Secretaría de Relaciones Exteriores en considerarse como nacionales respecto de dichos bienes.

Sostienen que actualmente, quienes no tengan la nacionalidad mexicana por nacimiento o por naturalización, no tienen la facultad de adquirir propiedades en una franja de cien kilómetros al interior del país a partir de las fronteras y de cincuenta kilómetros en las playas, prohibición que el constituyente estableció como respuesta a problemas de política internacional del siglo XIX cuando existía el temor de la invasión de ejércitos de otras naciones.

Consideran que en la práctica, dicha prohibición se elude al constituirse fideicomisos, siendo las instituciones de crédito las fiduciarias que figuran como “propietarios” de los bienes adquiridos por los fideicomisarios.

Indican que los extranjeros no perjudican de modo alguno la soberanía, el territorio nacional y los bienes jurídicos que tutela el Estado.

Estiman que los extranjeros, en su carácter de fideicomisarios, tienen que enfrentar “altos costos” derivados de la constitución de los fideicomisos y de pagos de cuotas diversas por trámites de registro, avalúos, impuestos y permisos previos ante la autoridad gubernamental.

Para los proponentes, el objetivo de la iniciativa es eliminar a los intermediarios, esto es, las casas inmobiliarias o constructoras que figuran como los propietarios del terreno pero venden la construcción a extranjeros, neutralizando así la restricción de que no poder poseer tierras, puesto que legalmente en la actualidad, el extranjero sólo es propietario de la construcción, cuando en la práctica lo es también de la extensión de terreno.

Además, los iniciantes consideran que modificar la prohibición de adquirir el dominio directo de inmuebles en las fronteras y las costas por parte de extranjeros, es una estrategia que permitirá y dará certeza a la inversión extranjera en vivienda, pues hoy en día existe un número importante de propietarios extranjeros que mediante la figura del fideicomiso, poseen inmuebles para residencia plena o retiro en la faja territorial precisada.

III. Cuadro comparativo

IV. Consideraciones

Esta Comisión dictaminadora, después de hacer un análisis exhaustivo de la Iniciativa en estudio, llega a la convicción de emitir Dictamen en del Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de propiedad para extranjeros, en razón de los siguientes argumentos:

Las Diputadas y Diputados que integran este órgano, coinciden con los proponentes en la necesidad de reformar la Constitución para establecer nuevas condiciones para el régimen de propiedad para los extranjeros.

En este sentido, el propósito de la iniciativa es modificar la parte final de la fracción I del párrafo noveno del artículo 27 de la Ley Fundamental para permitir que los extranjeros adquieran tierras en la zona históricamente prohibida, esto es, la faja de cien kilómetros en la frontera y de cincuenta en las playas, condicionando su adquisición a cuatro aspectos:

1) Que el uso de las tierras sea destinado para vivienda, única y exclusivamente;

2) Que el uso de las tierras no tenga un uso comercial, industrial, agrícola o cualquier otro que implique explotación económica directa o indirecta, que derive de un uso distinto a la vivienda o casa habitación;

3) El extranjero deberá convenir con la Secretaría de Relaciones Exteriores en los términos de la fracción I del párrafo noveno del artículo 27 Constitucional; y

4) En caso de que las tierras sean destinadas a un uso distinto a la vivienda, la ley establecerá los procedimientos para que el extranjero pierda los bienes adquiridos en beneficio de la nación.

Cabe precisar que la iniciativa no pretende eliminar que el Estado mexicano siga otorgando el dominio a extranjeros sobre tierras, aguas y sus accesiones, ya que ello puede acontecer siempre y cuando convengan ante la Secretaría de Relaciones Exteriores en considerarse como nacionales respecto de tales bienes y se comprometan a no invocar, por lo que hace a éstos, la protección de sus gobiernos, pues en caso contrario los perderán en beneficio de la nación.

Esta Comisión dictaminadora, realizó una búsqueda de antecedentes legislativos para determinar el origen de la denominada zona prohibida, la cual en principio se puede decir que no fue creada por el Constituyente de 1917.

El primer antecedente se ubica en la Ley de Colonizaciónpromulgada el 18 de agosto de 1824, cuyo artículo 4º establecía lo siguiente: “No podrán colonizarse los territorios comprendidos entre veinte leguas limítrofes con cualquier nación extranjera, y diez litorales, sin previa aprobación del Supremo Poder Ejecutivo General”.

Posteriormente, el día 20 de marzo de 1829, se promulga el Decreto por el cual se expulsa del país a los extranjeros. El artículo 19 indicaba que: “los españoles que hayan de permanecer en la República, no podrán fijar en lo sucesivo su residencia en las costas, y los que actualmente residan en ellas podrá el Gobierno obligarlos a que se internen, en caso de que tema una invasión próxima de tropas enemigas.”

El artículo 21, fracción IV de la Constitución Centralista de 1836, indicaba que: “los extranjeros introducidos legalmente en la República gozarán: IV. De la libertad de adquirir en la República propiedades raíces con tal de que primero se naturalicen en ellas, se casen con mexicano, y se arreglen a los demás que prescriba la ley relativa a estas adquisiciones.”

Bajo el gobierno provisional de Santa Ana se promulgó la Ley de 11 de marzo de 1842, la cual prohibió a los extranjeros adquirir inmuebles en los litorales y tierras que estuvieran dentro de las 5 leguas de la costa.

Al revisar las actas de los debates del Constituyente de 1917 no se advierten las razones por las cuales se haya adoptado este principio, pero se infiere que la intención fue resguardar, vigilar y mantener la integridad del territorio nacional. Es decir, que por motivos estratégicos militares se consideró un riesgo establecer permanentemente a los extranjeros en las fronteras y costas.

Respecto a la evolución del artículo 27 Constitucional en lo relativo a la materia del dictamen que nos ocupa, el texto de la fracción I del párrafo sexto del artículo 27 Constitucional, publicado en el Diario Oficial de la Federación del día 5 de febrero de 1917, establecía lo siguiente:

“La capacidad para adquirir el dominio de las tierras y aguas de la Nación, se regirá por las siguientes prescripciones:

I.- Sólo los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las sociedades mexicanas tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones o para obtener concesiones de explotación de minas o aguas o combustibles minerales en la República Mexicana. El Estado podrá conceder el mismo derecho a los extranjeros, siempre que convengan ante la Secretaría de Relaciones en considerarse como nacionales respecto de dichos bienes y en no invocar, por lo mismo, la protección de sus Gobiernos por lo que se refiere a aquéllos; bajo la pena, en caso de faltar al convenio, de perder en beneficio de la Nación, los bienes que hubieren adquirido en virtud del mismo. En una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, por ningún motivo podrán los extranjeros adquirir el dominio directo sobre tierras y aguas.”

El día 2 de diciembre de 1948, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Decreto por el que se adicionó un segundo párrafo a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como a continuación se transcribe:

“I. ...

El Estado de acuerdo con los intereses públicos internos y los principios de reciprocidad, podrá, a juicio de la Secretaría de Relaciones, conceder autorización a los Estados extranjeros para que adquieran, en el lugar permanente de la residencia de los Poderes Federales, la propiedad privada de bienes inmuebles necesarios para el servicio directo de sus embajadas o legaciones.”

Además, mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del día 20 de enero de 1960, fue reformada la fracción I del párrafo séptimo (antes sexto) del artículo 27 de la Ley Fundamental, para suprimir la porción normativa “o combustibles minerales en la República Mexicana” y quedar redactada de la siguiente forma:

“La capacidad para adquirir el dominio de las tierras y aguas de la Nación, se regirá por las siguientes prescripciones:

I.- Sólo los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las sociedades mexicanas tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones o para obtener concesiones de explotación de minas o aguas. El Estado podrá conceder el mismo derecho a los extranjeros, siempre que convengan ante la Secretaría de Relaciones en considerarse como nacionales respecto de dichos bienes y en no invocar por lo mismo la protección de sus gobiernos por lo que se refiere a aquéllos; bajo la pena, en caso de faltar al convenio, de perder en beneficio de la Nación, los bienes que hubieren adquirido en virtud del mismo. En una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, por ningún motivo podrán los extranjeros adquirir el dominio directo sobre tierras y aguas.”

De lo anterior, esta Comisión dictaminadora advierte que la esencia del texto de la fracción I del párrafo noveno del artículo 27 de la Carta Magna en vigor no ha sido alterada desde su promulgación, por lo que sus disposiciones siempre han estado encaminadas a prohibir que los extranjeros adquieran el dominio directo sobre tierras y aguas en zona prohibida.

Las Diputadas y Diputados integrantes de esta Comisión dictaminadora, coinciden en que debe actualizarse a la realidad social y económica el texto de la Constitución materia del presente dictamen. Ello es así, debido a que las circunstancias que llevaron al Poder Constituyente a limitar que los extranjeros adquirieran tierras y aguas en las fronteras y playas han sido superadas.

Por ello, las Diputadas y Diputados que conforman esta Comisión dictaminadora consideran que la razón de ser de la zona prohibida es sólo histórica y en consecuencia la prohibición que la afecta ha dejado de tener vigencia y contenido práctico, pues en la actualidad, la suscripción de Tratados Internacionales y la inclusión de nuestro país como integrante de Organismos Internacionales, así como del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, entre otros, dan a México la garantía legal y política en el ámbito del derecho internacional público, de que la inversión extranjera en la zona referida no representará un riesgo para nuestro país.

Por otra parte, como indican los iniciantes y según la información generada por la Secretaría de Relaciones Exteriores, del año 2000 al 2012 fueron autorizados 48,559 permisos para constituir fideicomisos en zona restringida. La referida dependencia del Ejecutivo Federal, mediante un Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de abril de 1971, fue autorizada para conceder a las instituciones nacionales de crédito permisos para adquirir como fiduciarias el dominio de bienes inmuebles destinados a la realización de actividades industriales o turísticas en fronteras y costas.

El propósito de dicha disposición fue armonizar las inversiones extranjeras en terrenos ubicados en la zona prohibida y la prohibición constitucional para que los extranjeros adquirieran la propiedad de bienes inmuebles ubicados en la referida zona; para ello, se estableció la posibilidad de que mediante el fideicomiso y la emisión de certificados de participación inmobiliaria pudiera captarse inversión extranjera en la frontera y las playas.

Otro aspecto a destacar por parte de esta dictaminadora, es el impacto que tendrá la propuesta en los ingresos tributarios de los Municipios, ya que al tener la propiedad los extranjeros de las tierras para uso habitacional, podrán recaudar las contribuciones a que se refiere el artículo 115, fracción IV Constitucional.

Esta Comisión dictaminadora no pasa por inadvertido el contenido y alcances del primer párrafo del artículo 1º en relación con el primer párrafo del artículo 33 ambos de la Constitución en vigor, pues ambas disposiciones normativas reconocen que las personas, incluidas las extranjeras, gozan de los derechos humanos reconocidos tanto en la Carta Magna como en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte; por ello, todos los órganos del Estado, ya no solo los de carácter jurisdiccional, deben ejercer el control de convencionalidad, lo que implica que todos los poderes públicos deben hacerlo, en tanto operadores del Derecho.

Bajo esta tesitura, la reforma constitucional permitirá a los extranjeros adquirir el dominio de tierras en las fronteras y costas en términos de lo dispuesto por el artículo 21, numerales 1 y 2, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto de San José de Costa Rica” que establece:

“Artículo 21

Derecho a la propiedad privada

1. Toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes.  La ley puede subordinar tal uso y goce al interés social.

2. Ninguna persona puede ser privada de sus bienes, excepto mediante el pago de indemnización justa, por razones de utilidad pública o de interés social y en los casos y según las formas establecidas por la ley.”

Dicha propiedad sólo estará sujeta al destino del inmueble adquirido y que en la especie deberá ser de uso habitacional. Cabe aclarar, que la fracción I del noveno párrafo del artículo 27 Constitucional seguirá regulando la propiedad privada en el país, prevaleciendo las diversas prevenciones, limitaciones y aun prohibiciones en la capacidad para ser titular de derechos de propiedad sobre tierras y aguas cuyo dominio original corresponde a la Nación.

Incluso, continuará la limitación para los extranjeros en cuanto a su capacidad para adquirir la propiedad de tierras y aguas ubicadas en el territorio nacional, quienes seguirán haciéndolo bajo la prevención de la llamada Cláusula Calvo, que se traduce, dentro de nuestro ordenamiento jurídico, en la suscripción de un convenio ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, por el cual el extranjero interesado debe considerarse como nacional respecto de todos los bienes que adquiera y renunciar a invocar la protección de su gobierno, en relación con dichos bienes, bajo la sanción de perderlos en beneficio de la nación mexicana, en caso de faltar al citado convenio promoviendo cualquier reclamación diplomática en contra de los Estados Unidos Mexicanos.

Ahora bien, con el propósito de dar congruencia y eficacia a los planteamientos de la iniciativa propuesta por la Diputada y los Diputados proponentes, los suscritos integrantes de esta Comisión planteamos una modificación a la iniciativa que se dictamina, debido a que los iniciantes hacen referencia a la fracción I del artículo 27 de la Ley Fundamental, siendo que dicha fracción se encuentra inserta en el párrafo noveno. Por tal motivo, quedaría la reforma a la fracción I del párrafo noveno del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Finalmente, los dos párrafos que conforman la fracción I del artículo 27 Constitucional, hacen alusión a la “Secretaría de Relaciones”, por lo que para armonizar la denominación que actualmente tiene dicha dependencia del Ejecutivo Federal, se modifica para quedar como “Secretaría de Relaciones Exteriores”.

Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión Dictaminadora somete a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

Proyecto de decreto que reforma la fracción I del párrafo noveno del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Único.Se reforma la fracción I del párrafo noveno del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 27....

...

...

...

...

...

...

...

...

I.- Sólo los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las sociedades mexicanas tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones o para obtener concesiones de explotación de minas o aguas. El Estado podrá conceder el mismo derecho a los extranjeros, siempre que convengan ante la Secretaría de Relaciones Exteriores en considerarse como nacionales respecto de dichos bienes y en no invocar por lo mismo la protección de sus gobiernos por lo que se refiere a aquéllos; bajo la pena, en caso de faltar al convenio, de perder en beneficio de la nación, los bienes que hubieren adquirido en virtud del mismo. En una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, los extranjeros por ningún motivo podrán adquirir el dominio directo sobre las aguas, en el caso de las tierras, podrán adquirirlas cuando sean exclusivamente para uso de vivienda sin fines comerciales, para lo cual deberán convenir con la Secretaría de Relaciones Exteriores en los términos descritos en esta fracción.

El Estado de acuerdo con los intereses públicos internos y los principios de reciprocidad, podrá, a juicio de la Secretaría de Relaciones Exteriores, conceder autorización a los Estados extranjeros para que adquieran, en el lugar permanente de la residencia de los Poderes Federales, la propiedad privada de bienes inmuebles necesarios para el servicio directo de sus embajadas o legaciones.

II. a XX. ...

Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.El Congreso de la Unión realizará las adecuaciones necesarias al marco jurídico conforme al presente Decreto dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a su entrada en vigor.

Tercero.La ley establecerá los procedimientos en que un extranjero pierda en beneficio de la nación los bienes que hubiera adquirido, en caso de que las tierras sean destinadas a un uso diferente a la vivienda.

Nota:

1 Secretaría de Relaciones Exteriores, estadísticas de permisos artículo 27 Constitucional (fideicomisos en zona restringida) 2000-2012, consultada el día 11 de abril en el sitio: http://www.sre.gob.mx/index.php/estadisticas-de-los-servicios

Palacio Legislativo de San Lázaro a dieciocho de abril de 2013.

La Comisión de Puntos Constitucionales, diputados: Julio César Moreno Rivera (rúbrica), presidente; Marcos Aguilar Vega (rúbrica), Fernando Rodríguez Doval (rúbrica), Pedro Ignacio Domínguez Zepeda (rúbrica), Héctor García García (rúbrica), Raymundo King de la Rosa (rúbrica), Luis Antonio González Roldán (rúbrica), Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica en contra), Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica), Paulina Alejandra del Moral Vela (rúbrica), Julisa Mejía Guardado (rúbrica), Carlos Angulo Parra (rúbrica), secretarios; José Alfredo Botello Montes (rúbrica), Jorge Sotomayor Chávez (rúbrica), Ricardo Villarreal García (rúbrica), Damián Zepeda Vidales (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Míriam Cárdenas Cantú (rúbrica), Rocío Adriana Abreu Artiñano (rúbrica), Arely Madrid Tovilla (rúbrica), Gloria Núñez Sánchez (rúbrica), José Isidro Moreno Árcega (rúbrica), Delvim Fabiola Bárcenas Nieves (rúbrica), José Alberto Rodríguez Calderón (rúbrica), Ricardo Cantú Garza, Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), Amalia Dolores García Medina (rúbrica), José Ángel Ávila Pérez (rúbrica), Luis Ángel Espinosa Cházaro (rúbrica), Fernando Zárate Salgado.»

«Voto particular sobre el dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de propiedad para extranjeros.

Ricardo mejia berdeja, diputado de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 90 y 91 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento voto particular, con relación al dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de propiedad para extranjeros.

Antecedentes

1. El 3 de abril de 2013, los Diputados Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, Manlio Fabio Beltrones Rivera del Grupo Parlamentario del PRI y Raúl Paz Alonzo del Grupo Parlamentario del PAN presentaron ante el Pleno de la Cámara de Diputados, Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de propiedad para extranjeros.

2. En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales, la Iniciativa antes mencionada.

3. El 4 de abril de 2013, se recibió en la Comisión de Puntos Constitucionales la Iniciativa con proyecto de Decreto, para su análisis, estudio y elaboración de dictamen.

Exposición de Motivos

Procedimiento

El dictamen en estudio, es producto del trabajo a todo vapor de la presidencia de la Junta Directiva de la Comisión de Puntos Constitucionales. Por ello, está vaciado de sustancia, y a lo mucho constituye un pobre ejercicio de triangulación de ideas que no clarifica mucho el por qué la prisa por entregarles nuestras tierras cercanas a las costas y nuestras fronteras a los extranjeros.

Se encuentran en el dictamen dos grandes defectos: el primero, la naturaleza fugaz con que pretende ser aprobado, y el segundo, la pobre argumentación con que pretende ser sustentado, consecuencia del primero.

Se llega incluso al absurdo de echar mano de disposiciones del derecho internacional de los derechos humanos, como lo es el artículo 21 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, cuando del contenido de dicho dispositivo, no se desprende la obligación del Estado mexicano de apresurarse a reducir el dominio directo sobre sus fronteras nacionales, menos aún cuando es en pro del ánimo consumista y expansionista de las personas extranjeras, ya sean físicas o jurídicas.

Muy por el contrario, en el propio artículo 21 de la Convención en cita, se establece con claridad que el derecho de propiedad encuentra sus límites o está subordinado en el interés social.

Es pues el dictamen en estudio un arquetipo de los que se han elaborado y de los que han de venir, cuando son producto de iniciativas derivadas directa o indirectamente del mezquino “pacto por México”.

Dictámenes chatarra, sin mucho cuerpo o sustancia ni posibilidad de enriquecimiento, que reducen a la Comisión de Puntos Constitucionales tan solo a la función de una especie de mes era legislativo, en donde el Pri es el único cliente, el único dueño, el único patrón.

Fondo

El contenido de la fracción 1 del artículo 27 constitucional, es resultado de un arduo proceso dialéctico de construcción de la soberanía y de la identidad nacional; de una brega de eternidad por la libertad y por la plena vigencia del principio de la libre determinación de los pueblos.

Por otro lado, en tiempos en los que abundan los cuestionamientos sobre la eficacia del trabajo legislativo, no se comprende como la Comisión de Puntos Constitucionales le imprime tanta celeridad a un dictamen, que no viene a resolver ni aún parcialmente, cualquiera de los problemas que enfrenta la sociedad mexicana.

Al contrario, el dictamen que nos ocupa se inscribe en una línea de reformas de carácter legislativo que vienen a favorecer los intereses de los extranjeros por encima de los intereses nacionales. En este sentido, cabe señalar que no tenemos que pagar los mexicanos los daños colaterales de un grupo siniestro que a toda costa se ha hecho del poder y a toda costa quiere conservarlo.

Ahora resulta que tenemos que precipitarnos todos a una agenda entreguista, que encuentra su ongen en el apoyo financiero de entidades o gobiernos extranjeros que a la postre deben certificar tácitamente el acenso y el quehacer del nuevo gobierno.

Es pertinente recordar en este punto que la política exterior norteamericana se encuentra traspasada por la máxima de John Foster Dulles, que a grandes rasgos señala que los Estados Unidos no tienen amigos sino intereses.

Así verbigracia, la llamada “Iniciativa Mérida” ha funcionado como un ariete para institucionalizar y legalizar la intromisión descarada de las agencias de inteligencia de EUA, predominantemente las de carácter militar.

México podría estar compartiendo el mismo destino de varios países de Europa del Este, ex miembros del Pacto de Varsovia o de la ex República Socialista de Yugoslavia, quienes a partir de la caída del Muro de Berlín, y del empoderamiento de la OTAN,se han convertido prácticamente en colonias militares, al servicio de los juegos geopolíticos de los norteamericanos.

Avanza el Juego perverso de la política intervencionista, neocolonialista e imperialista de los norteamericanos, en donde “el mundo tiene dueño y se rige bajo un modelo geopolítico que tiene como axioma inalienable la “seguridad nacional” estadounidense.

Estamos pues sufriendo la embestida de estos “neo polkos”, cuya estrategia reformista constituye uno de los principales escollos para configurar la más pertinente y adecuada estrategia de seguridad nacional. Todo en aras de privilegiar la agenda mafiosa del pacto por México, que es más bien la del pacto por el prian, con la situación de que dicha agenda incluye compromisos ominosos con agentes extranjeros.

De ahí que las últimas reformas que han sido producto de este pacto mafioso y cupular, apunten a la entrega paulatina de la soberanía y de los bienes nacionales para ponerlos al servicio de los extranjeros. Ejemplo de ello es la llamada reforma en telecomunicaciones, la reforma laboral y, por supuesto, la inminente reforma fiscal y energética.

Por otro lado, en términos prácticos, resulta totalmente absurdo pretender reformar la Constitución para favorecer los intereses de extranjeros, con el argumento de que al adquirir propiedades en costas y cerca de la frontera, indirectamente se aumentarían las fuentes de recaudación de los municipios y se abriría una puerta más a la inversión extranjera.

Ya que esto tan solo fortalece el esquema de capitalismo de cuate s, que caracteriza el neoliberalismo de las cúpulas que ostentan el poder, pero mengua aún más la vigencia de los derechos sociales y culturales de los mexicanos menos privilegiados.

Quienes seguirán sufriendo la laceración de la discriminación por causas económicas, pero ahora con mayores implicaciones negativas, puesto que en adelante se pretende negarles el disfrute de tierras paradisiacas que ahora son del dominio público.

Planteamientos técnicos

El constituyente de 1917 recogió designios históricos establecidos en las pasadas Constituciones Políticas, respecto del dominio directo de tierras yaguas cercanas a las costas y las fronteras nacionales. Por ello, determinó que sólo los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las sociedades mexicanas tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones. ASÍ, la redacción del artículo 27 de la Constitución quedó redactada en esos términos.

Además, la referida disposición constitucional establece en sus preceptos que el Estado podrá conceder derechos de dominio de las tierras yaguas a los extranjeros, siempre que convengan ante la Secretaría de Relaciones Exteriores en considerarse como nacionales respecto de dichos bienes. Es decir, se establece en el cuerpo mismo de la Carta Magna, lo que se conoce como Cláusula Calvo.

Asimismo, actualmente, quienes no tengan la nacionalidad mexicana por nacimiento o por naturalización, no tienen la facultad de adquirir propiedades en una franja de cien kilómetros al interior del país a partir de las fronteras y de cincuenta kilómetros en las playas.

Lo anterior refleja la intención de corregir una tendencia histórica funesta, propia de la cúpula gobernante: el entreguismo sistemático. Desde los albores del siglo XIXtiranos como Santa Ana y secuaces como Manuel de la Peña y Peña, entregaron prácticamente la mitad del territorio a través de figuras como el Tratado de Guadalupe-Hidalgo, incluso Benito [uárez hizo lo propio a través del Tratado Mclane -Ocampo.

Empero, aquellos actos pueden encontrar su justificación en las recalcitrantes guerras intestinas entre los diferentes grupos que se disputaban el poder en México, o en la enajenación por el destino manifiesto y el ánimo expansionista del vecino país del norte.

Tristemente, el entreguismo que estamos presenciando en estos momentos se debe a la incompetencia, al cinismo, a la corrupción, a la desorientación y falta de identidad del grupo que actualmente ostenta el poder: el prian.

Si como se dice en el cuerpo del dictamen en estudio, la prohibición que se consigna para que los extranjeros no puedan adquirir la propiedad de tierras yaguas cerca de las costas y las fronteras, en la práctica se elude al constituirse fideicomisos, lo dable no es legalizar por completo la depredación de nuestras aguas y tierras por parte de personas extrajeras.

Muy por el contrario, se debe trabajar con seriedad, profesionalismo y patriotismo para darnos a nosotros mismos un marco jurídico que regule adecuadamente todo lo relacionado con lo que se conoce como “fraude a la ley”.

Si se permite el dominio directo de nuestras tierras en las fronteras y en las costas por parte de extranjeros; cuando la única limitación que se les ocurrió a estos neo polkos, estriba en que la propiedad no se utilice para fines comerciales, entonces todo el artículo 27 está condenado a ser letra muerta. Centros de espionaje e inteligencia; bases de operaciones y hasta instalaciones o bases militares con la fachada de “casas habitación”, podrían ensanchar de golpe y porrazo las fronteras o la zona de seguridad de la potencia extranjera obsesionada con su perenne agenda de seguridad nacional.

Cosa más ridícula: mientras queda claro que una potencia extranjera, a merced de su ánimo imperialista nos puede estar empujando sin escollos ni tapujos -mediante nuestros propios pseudo-legisladores-, a la inclusión de nuestro territorio y de nuestros recursos en su agenda de seguridad nacional, los mexicanos estamos sumidos en engaños, chantajes, farsas y martingalas por parte de la elite cleptocrática y plutocrática que controla nuestro país.

En este punto, resulta pertinente reconocer la necesidad de echar por la borda los pactos y compromisos mafiosos de la cúpula que ostenta el poder, para adoptar una política realmente incluyente e integral que se avoque a temas verdaderamente preocupantes para la sociedad, como lo son el crimen organizado y la inseguridad.

Pero en la que se asegure al mismo tiempo, la integridad, la soberanía e independencia del Estado Mexicano; variables que se encuentran ligadas inextricablemente.

La cúpula cleptocrática y plotocrática tiene pnsa por entregarle nuestros recursos naturales, financieros y humanos a los extranjeros, pero en nada se ha avanzado en materia de corrupción, delincuencia organizada, impunidad y en la consecuente fragilidad del Estado de Derecho. Lastres todos que han producido encono en la sociedad mexicana, y han minado al mismo tiempo al Estado mexicano.

Derivado de lo anterior, someto a consideración de la Asamblea el siguiente voto particular sobre el dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de propiedad para extranjeros

Único.Se reforma la fracción 1del párrafo noveno y se adicionan los incisos a) y b) del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Atentamente

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 18 días del mes de abril de 2013.— Diputado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



MEDALLA AL MERITO CIVICO EDUARDO NERI Y LEGISLADORES DE 1913

La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: «De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto por el que la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados otorga la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri y Legisladores de 1913", al ciudadano Jacobo Zabludovsky Kraveski.

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias le fueron turnados para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, cuatro expedientes que contienen los documentos que sustentan las propuestas de los candidatos presentados por diversas instituciones, para recibir la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri y Legisladores de 1913”.

Este órgano legislativo, después de analizar su contenido, expone a la consideración de la honorable Asamblea de la Cámara de Diputados, el presente dictamen conforme a  lo siguiente:

Antecedentes

1. La Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri y Legisladores de 1913” ha pasado por diversas etapas, hasta llegar a lo que hoy representa. La primera de ellas, en 1969, año de su creación, con el fin de reconocer el mérito, valentía y. defensa de la dignidad del Poder Legislativo que hizo el abogado Eduardo Neri Reynoso, desde la más alta tribuna de la Nación, cuando siendo diputado se manifestó en contra del gobierno.

2. La XLVII Legislatura, propuso que la Cámara de Diputados rindiera un homenaje al licenciado Eduardo Neri Reynoso por su labor patriótica, pero sobre todo,  por el discurso valeroso que pronunciara el. 9 de octubre de 1913, a los 26 años de edad, manifestando su repudio al régimen de Victoriano Huerta, después de los asesinatos de los entonces diputados Adolfo C. Gurrión y Serapio Rendón, así como del senador Belisario Domínguez.  Cabe señalar, que al siguiente día, el Congreso fue disuelto por Victoriano Huerta y Eduardo Neri hecho preso junto con otros 82 diputados. Por ello, la XLVII Legislatura de la Cámara de Diputados dispuso que al propio Licenciado Neri, con entonces 82 años de edad, se le entregará una medalla conmemorativa, con la siguiente leyenda: “Al Valor Civil y Defensor de la Dignidad del Poder Legislativo”. Fue así como surgió la Medalla al Mérito Cívico, “Eduardo Neri”.

3. La etapa posterior para el otorgamiento de la presea se ubica en la LII Legislatura, en 1987, cuando fue sustituida por  la Medalla al Mérito “Legisladores Mártires de 1913”. En aquel momento, los legisladores creyeron oportuno reconocer y conmemorar el mérito, no sólo de Eduardo Neri, sino de todos los legisladores de 1913, quienes con sus actos patrióticos y ética civil, enfrentaron al gobierno de Victoriano Huerta. No obstante, con este nombre el galardón no fue entregado en ninguna ocasión.

4. En el año 2001, los diputados de la LVIII Legislatura decidieron retomar la entrega de la Medalla, hecho con el cual se inició una nueva etapa para el galardón. Así, la Cámara de Diputados aprobó el Decreto que crea la Medalla al Mérito Cívico, “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”, cuyo objetivo primordial era conmemorar cada tres años, el ejemplo patriótico y la valentía cívica con la que condujeron su actuar los legisladores de 1913, principalmente Eduardo Neri. En el mismo sentido, con esta presea se buscaba reconocer en un ciudadano mexicano, sus servicios y méritos en beneficio de la colectividad nacional y la República. En esta última etapa, la Medalla se ha otorgado en cuatro ocasiones:

I. En 2002, los legisladores de la LVIII Legislatura premiaron al Maestro Andrés Henestrosa;

II. En 2005, los diputados y diputadas de la LlX Legislatura entregaron la distinción al Maestro Raúl Anguiano Valadez;

III. En el año de 2008, la LXI Legislatura acordó galardonar al Dr. Miguel León-Portilla, y

IV La LXI Legislatura, en octubre de 2011, eligió al .Dr. José Sarukán Kérmez, como el candidato merecedor de la presea.

5. El 25 de febrero de 2013 fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, las reformas al Diverso por el que se crea la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”, publicado el 2 de mayo de 2001, así como al Reglamento de la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri, Legisladores de 1913, con el objetivo fundamental de que este reconocimiento otorgado en tiempos recientes una vez en cada Legislatura, ahora se entregue cada año de ejercicio, en la Cámara de Diputados.

6. Asimismo, con esta reforma, el nombre de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”, cambió la “coma”, después del apellido Neri, por la conjunción “y”, para destacar y enaltecer así, a la generación de legisladores a la cual perteneció el ilustre diputado guerrerense.

7. Por lo anterior, a fin de dar cumplimiento a lo que dispone el actual Reglamento, el 28 de febrero de 2013, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados emitió la Convocatoria para el proceso de selección de candidatos a recibir la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri y Legisladores de 1913”, presea que, a partir de esta LXII Legislatura, será otorgada cada año, por la Cámara de Diputados, a un ciudadano distinguido por sus méritos cívicos o políticos.

8. En dicha Convocatoria se estableció como plazo para recibir las propuestas candidaturas, el comprendido a partir del día de su publicación y hasta el 15 de marzo del presente año, determinando que la fecha para la entrega de la Medalla seria el 30 de abril de 2013, en atención a lo dispuesto por el artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reformó el Reglamento de la propia Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri y Legisladores de 1913”.

9. Esta Cámara de Diputados de la LXII Legislatura, a partir de la emisión de la Convocatoria, realizó una campaña de difusión a través de la Gaceta Parlamentaria y del Canal del Congreso.

10. Conforme a la base 1a de la Convocatoria publicada en la Gaceta Parlamentaria, el Dip. Fernando Bibriesca Sahagún, Secretario de la Mesa Directiva, designado para el proceso de recepción de candidaturas, remitió a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, los expedientes de los candidatos registrados, para dar cumplimiento al proceso de dictaminación para el otorgamiento de dicha presea. Dichos documentos fueron entregados a los integrantes de la Comisión, a fin de que conocieran con detalle cada una de las propuestas. De esta forma, comenzó la etapa de análisis y valoración de la trayectoria, méritos y aportaciones de todos los candidatos.

Las propuestas recibidas en la Mesa Directiva y turnadas a la Comisión son:

11. El C. Dante Delgado, Coordinador del Partido Movimiento Ciudadano, presentó a través de escrito, acompañado del expediente requerido, ante la Secretaría de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, la propuesta para que el C. Jacobo Zabludovsky Kraveski fuera galardonado, entre otros motivos, porque “su trayectoria profesional y humanista da testimonio de sus invaluables contribuciones a la construcción del México contemporáneo”. Además, “todos sabemos de su prestigio y reconocemos, entre sus logros, sus aportaciones al género de la entrevista, en sus notables conversaciones con grandes personajes de México y el mundo en todas sus áreas: la social, la política, la cultura y las finanzas”.

12. La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias en su Reunión Extraordinaria del día 18 de abril de 2013 y dada la cercanía de la fecha determinada en la Convocatoria para la entrega de la Medalla, discutió y aprobó el dictamen que hoy se presenta a su consideración.

13. En dicha Reunión, la Comisión dictaminadora eligió con el voto aprobatorio de sus integrantes, al candidato considerado merecedor a recibir la Medalla al Mérito Cívico, “Eduardo Neri y Legisladores de 1913”, que otorga la Cámara de Diputados en esta LXII Legislatura, durante el Primer año de ejercicio.

Consideraciones

Primera. La Cámara de Diputados está facultada para conocer y resolver la materia motivo del presente dictamen, de acuerdo con lo que establece el primer párrafo del artículo 70, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo dispuesto en los artículos 38 numeral 1 , fracción II y 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Segunda. La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, de esta representación, es competente para conocer y resolver todo lo relacionado con las distinciones que se otorgan a nombre de la Cámara de Diputados, según lo dispuesto por el artículo 40, párrafo segundo, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. En el mismo sentido, es responsabilidad de esta Comisión elaborar el dictamen para otorgar la presea referida, en concordancia con lo que señala el artículo tercero del Decreto por el que se Crea la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”, así como los artículos quinto y sexto, del Reglamento de la Medalla al Mérito Cívico, “Eduardo Neri y Legisladores de 1913”.

Tercera. La Comisión considera que el reconocimiento de la Cámara de Diputados a los méritos de un ciudadano distinguido, por realizar acciones que contribuyan al desarrollo de la sociedad, es un acto sin duda oportuno en cualquier tiempo, y con ello el Poder Legislativo demuestra que los actos de un mexicano en favor de su patria, siempre serán dignamente retribuidos.

Cuarta. Esta representación manifiesta su compromiso, a través de este reconocimiento, de continuar fomentando y premiando los valores cívicos y la dedicación de mexicanos, que han aportado su talento y valentía a causas que redundan en beneficios para la colectividad.

Quinta. Cabe señalar la necesidad actual de promover una cultura, en donde los ciudadanos de nuestro país trabajen por el bien de su familia, y de su comunidad, a fin de que ello se traduzca en un mejor entorno social para todos.

Sexta. Los integrantes de la Comisión deseamos expresar un amplio reconocimiento a la labor de todos y cada uno de los mexicanos que fueron propuestos para ser reconocidos con la presea, Medalla, por su labor constante principalmente en los ámbitos cívico y político. No cabe duda de que su trayectoria, labor e incidencia en la sociedad, son dignos de destacarse; sin embargo, como lo establecen el Decreto que crea la Medalla y su Reglamento, sólo puede haber un galardonado.

Séptima. Es pertinente hacer mención, que a pesar del poco tiempo que se tuvo para la revisión, análisis y valoración de la labor de cada uno de los candidatos, producto de la reciente reforma al Reglamento de la Medalla, fue posible explorar el trabajo y las aportaciones de los candidatos propuestos, para determinar quién sería en esta ocasión el candidato ganador.

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado; en atención a la trayectoria, experiencia y aportaciones en su ámbito, que se han traducido en hechos tangibles para la colectividad nacional y de la República, esta dictaminadora estima que el candidato merecedor para ser galardonado con la Medalla al Mérito Cívico, “Eduardo Neri y legisladores de 1913”, es el C. Jacobo Zabludovsky Kraveski.

Trayectoria del candidato ganador

El C. Jacobo Zabludovsky Kraveski, nació en la ciudad de México, el 24 de mayo de 1928. Se graduó como Licenciado en Derecho en 1967. En el año de 1945, obtuvo su licencia de locutor en el año de 1945. Inició sus actividades periodísticas en 1946 en Cadena Radio Continental como ayudante de redactor de noticieros. En 1947 ingresó a la estación radiodifusora XEX como subjefe de los Servicios Informativos de esa emisora. En 1950, al empezar la televisión en México, inició la producción y dirección del primer noticiero profesional de la televisión mexicana y. Desde entonces, ininterrumpidamente, dirigió y presentó tele noticieros hasta el 30 de marzo de 2000, fecha en que renunció a Televisa, S. A.

En cine, dirigió el noticiero “El Mundo en Marcha”que se exhibió en 300 salas de República Mexicana. Ha sido colaborador de los diarios “Novedades” y “Ovaciones”y de los semanarios “Claridades” y “El Redondel” y actualmente “El Universal”

Desde 1959 fue redactor de planta de la revista Siempre.

Las series periodísticas de televisión que ha tenido a su cargo, son: 1) Primera Plana, 2) Siglo Veinte, 3) la verdad en el espacio,4) Telemundo, 5) Su diario Nescafé, 6) Hoy domingo, 7) Hoy domingo, 8) Hoy sábado, 9) 24 horas, 10) Contrapunto, 11) Somos, 12) Eco, 13) El Noticiero ( Cablevisión).

Como catedrático de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México, impartió el curso de Técnica de Información para Radio, Cine y Televisión en el cuarto año de la carrera de Periodismo.

Es autor de los libros: La Conquista del Espacio, La Libertad y la Responsabilidad en la Radio y la Televisión Mexicanas, Charlas con Pintores, Siqueiros me dijo, En el aire y Cinco Días de Agosto (en coautoría con Jesús Hermida).

Entre los meses de noviembre de 1986 y marzo de 1987, realizó una serie de programas semanales de una hora bajo los auspicios de la agencia informativa ECO, con los señores Raúl Alfonsín, Alan García, José Sarney, José Azcona Hoyo, Víctor Paz Estensoro, Julio María Sanguinetti, Virgilio Barco, Felipe González, Joaquín Balaguer, León Febres Cordero, Vinicio Cerezo, Oscar Arias Sánchez, Antonio Ortiz Mena, Plácido Domingo, Carlos Fuentes, Mario Vargas Llosa, Luis Yáñez, Miguel de la Madrid.

De noviembre de 1986 a marzo de 1987, transmitió por Canal 2 a las 22 horas un comentario diario sobre temas nacionales e internacionales.

De abril a noviembre de 1988 por Canal 2 dirigió y condujo el programa Somos.

Fue Vicepresidente de Univisa, cadena de Televisa en español de los Estados Unidos a cargo de eventos especiales y programas periodísticos.

Durante 27 años dirigió y presentó el programa periodístico de televisión “24 HORAS” transmitido en red nacional por Televisa en la República Mexicana.

El primero de septiembre de 1988 inauguró y asumió la Dirección General de ECO, primer servicio de información y noticias en español las 24 horas del día, transmitido en la Unión Americana por Galavisión  (primera compañía en español de los Estados Unidos de Norteamérica de servicios de televisión por Cable con 3090 afiliadas) y Europa por Galavisión y Eurovisa.

El 11 de diciembre de 1993, tomó posesión como Director General del periódico Ovaciones.

El 15 de febrero de 1994, asumió la Presidencia y Dirección General de los periódicos Ovaciones y Summa.

El 10 de marzo de 1995, fue designado Presidente de Noticieros de Televisa.

El 9 de julio de 1996, fue nombrado Presidente del Comité de Asuntos Informativos y Vicepresidente de la División Noticias de Televisa, S. A.

A partir del 12 de mayo de 1997, obtuvo el cargo de Presidente del Comité Editorial de Televisa.

En enero de 1998, salió del aire el noticiero 24 HORAS.

El 7 de septiembre de 1999, inició “El Noticiero”, de una hora de lunes a viernes que se transmitió durante ocho meses por Cablevisión.

El 30 de marzo del 2000, renunció a Televisa, S. A.

En septiembre de 2001 inicia el programa de noticias “De Una a Tres” transmitido por Radio 690, la 69 de Radio Centro.

Desde marzo del 2007 es colaborador de planta del diario mexicano “El Universal”.

El 23 de noviembre de 2008, recibió un reconocimiento como fundador en 1947 (único sobreviviente) del Instituto Cultural México-Israel.

Ha sido distinguido con premios, condecoraciones, diplomas y nombramientos, entre ellos:

• PREMIO ONDAS (por dos ocasiones, en Barcelona, España); MONJE DE ORO (en Managua, Nicaragua);

• PRESEA AL MÉRITO EN LAS CIENCIAS Y TÉCNICAS DE LA COMUNICACIÓN HUMANA, DEL INSTITUTO MEXICANO DE CUL TURA;

• COMENDADOR DE LA ORDEN DE LAS ARTES Y LAS LETRAS, (otorgado por el Ministerio de Asuntos Culturales de Francia);

• ENCOMIENDA DE NÚMERO AL MÉRITO CIVIL (otorgada por S. M. el Rey Juan Carlos I de España, en 1978);

• PREMIO NACIONAL DE PERIODISMO Y DE INFORMACIÓN (México 1959 y en 1976, entregados por el Presidente de México);

• PREMIO A LA MEJOR LABOR INFORMATIVA (por su trabajo como Director de Programas Informativos de Televisa, otorgado por la Agencia EFE en 1980);

• PRIMER PREMIO INTERNACIONAL DE PERIODISMO REY DE ESPAÑA (en 1983 y 1986);

• PREMIO DE LA ASOCIACIÓN DE CRONISTAS DE ESPECTÁCULOS DE NUEVA YORK (ACE) 1986.

• DIEZ PREMIOS ANUALES DEL CERTAMEN NACIONAL DE PERIODISMO EN MÉXICO.

• CONCURSO NACIONAL DE LA TELEVISIÓN MEXICANA CINCO VECES.

• TELETRIUNFO 1952.

• PLACA AL MÉRITO 1972-1973 DEL CLUB DE FOTÓGRAFOS DE CINE, TEATRO Y TELEVISIÓN, A.C.

• CLUB PRIMERA PLANA, DIPLOMA POR 55 AÑOS DE ACTIVIDAD PROFESIONAL AL AÑO 2001.

 •DIPLOMA DE LA UNIÓN DE VOCEADORES Y EXPENDEROS DE PERIÓDICOS DE MÉXICO, A.C. 2000.

• RECONOCIMIENTO DE LA SOCIEDAD MEXICANA DE GEOGRAFÍA Y ESTADÍSTICA 1977.

• CALENDARIO AZTECA DE ORO DE LA AMPRYT 1966.

• CERTAMEN NACIONAL DE PERIODISTAS, PRIMER PREMIO 1991.

• MENCIÓN HONORÍFICA DE LA AMPRYT.

• TESTIMONIO DE AGRADECIMIENTO DE LA OPERACIÓN PLUS ULTRA, CADENA SER DE ESPAÑA 1977.

• CIUDADANO HONORARIO DE TEXAS, POR LOS ALCALDES DE ARLINGTON, DALLAS Y FORT WORTH 1973.

• PALMAS DE ORO DEL CÍRCULO NACIONAL DE PERIODISTAS FRANCISCO ZARCO, CLUB DE PERIODISTAS DE MÉXICO 1969.

• DOCTOR HONORIS CAUSA DE LA UNIVERSIDAD CAUSA DE LA UNIVERSIDAD BAR ILÁN (Israel) junio 13, 1989.

• DOCTOR HONORIS CAUSA DE LA UNIVERSIDAD HEBREA DE JERUSALEM, junio 17, 1992.

• ORDEN NACIONAL AL MÉRITO EN EL GRADO DE CRUZ DE PLATA QUE CONFIERE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, 1994.

• PREMIO ANTENA DE ORO, MADRID 1993.

• CONSEJERO DE LA FUNDACIÓN UNAM

• ACADÉMICO FUNDADOR DE LA ACADEMIA MEXICANA DE DERECHO ESPACIAL.

• MIEMBRO DE LA BARRA MEXICANA DE ABOGADOS

• ACADÉMICO DE NÚMERO FUNDADOR DE LA ACADÉMIA MEXICANA DE LA COMUNICACIÓN

• MIEMBRO DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL CONSEJO CONSULTIVO DEL CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

• PREMIO NACIONAL DE LA COMUNICACIÓN 2002, OTORGADO POR EL CONSEJO DE LA COMUNICACIÓN A.C.

• MIEMBRO DE AMIGOS DEL MUSEO NACIONAL DE ARTE.

• MIEMBRO DEL PATRONATO DEL MUSEO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA.

 • SOCIO FUNDADOR DEL MUSEO JOSÉ LUIS CUEVAS.

• PREMIO ONDAS DE ORO EN LA CATEGORÍA RADIO, Y TELEVISIÓN  IBEROAMÉRICA  (Barcelona, España, Noviembre 27, 2003)

• CABALLERO DE LA LEGION DE HONOR DE FRANCIA, Septiembre 2004.

• MIEMBRO DEL CONSEJO DE HONOR DE LA FUNDACIÓN PRO ACADEMIA MEXICANA DE LA LENGUA.

• CONSEJERO ASOCIADO HONORARIO DEL PATRONATO DE APOYO Y      FOMENTO A BIBLIOTECAS PÚBLICAS Y CENTROS CULTURALES.

• RECONOCIMIENTO CIUDAD DE MÉXICO 2005 OTORGADO POR EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Julio 7, 2005.

• PRIMER MICROFONO INTERNACIONAL CONCEDIDO POR LA ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES DE RADIO Y TELEVISIÓN DE LA REGIÓN DE MURCIA, ESPAÑA, Noviembre 12, 2005.

• PREMIO NACIONAL DE PERIODISMO CONCEDIDO POR EL CLUB DE PERIODISTAS DE MÉXICO, POR EL PROGRAMA “VEINTE AÑOS DESPUÉS”, TRANSMITIDO DURANTE 15 HRS. POR RADIO CENTRO, Diciembre 6, 2005.

• MICRÓFONO DE ORO EXTRAORDINARIO ORTORGADO POR LA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE RADIO Y TELEVISIÓN DE ESPAÑA, 2006.

• MEDALLA AL MÉRITO FUNDACIÓN UNAM 2005, Febrero 22, 2006.

• MEDALLA A LA UNIVERSIDAD ANÁHUAC, EN COMUNICACIÓN.

• PATRONO INTERNACIONAL DEL MUSEO DEL PRADO DE MADRID.

• DEVELACIÓN BUSTO, J.Z., EL 26 Enero, 2009 PARQUE DE LOS PERIODISTAS.

• MEDALLA AL MÉRITO CIUDADANO 2009, ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL D.F. Agosto 19, 2009.

• PREMIO TRAYECTORIA PROFESIONAL 2010, CONCEDIDO POR ASICOM EN OVIEDO, ESPAÑA.

• PREMIO DEL CLUB INTERNACIONAL DE PRENSA 20 DE Enero, 2011, MADRID.

• PREMIO CRÓNICA 2012, RUBRO COMUNICACIÓN PÚBLICA OTORGADO POR EL PERIÓDICO LA CRÓNICA.

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• EN ESTE AÑO CUMPLE 70 AÑOS DE PERIODISTAS Y 70 DE HABER ENTRADO A LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO Y 85 AÑOS DE EDAD.

En razón de todo lo antes expuesto, fundado y motivado la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, de la Cámara de Diputados, de la LXII Legislatura, acuerda presentar a la consideración del Pleno de esta Asamblea, el siguiente Proyecto de

Decreto por el que la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados otorga la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri y Legisladores de 1913”, correspondiente al Primer Año de Ejercicio de la Legislatura, al C. Jacobo Zabludovsky Kraveski.

Artículo Primero.La Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, otorga la Medalla al Mérito Cívico, “Eduardo Neri y Legisladores de 1913”, correspondiente al primer año de ejercicio, al C. Jacobo Zabludovsky Kraveski.

Artículo Segundo.La Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri y Legisladores de 1913”, un pergamino alusivo al dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, por el que se decide quién será la persona galardonada, suscrito por los integrantes de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados y, una suma de dinero equivalente a tres veces la dieta mensual de un ciudadano diputado, se entregarán al C. Jacobo Zabludovsky Kraveski, en Sesión solemne que se celebrará el día 30 de abril, a las 11:00 horas, en el Salón de Sesiones del Recinto Legislativo de San Lázaro.

Artículo Tercero.La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por conducto de su Presidente, informará al candidato que ha resultado elegido, respecto de la decisión de esta Asamblea, el día de la aprobación del dictamen en el Pleno.

Artículo Cuarto.En la Sesión solemne a que se refiere el artículo anterior, podrán hacer uso de la palabra, un diputado miembro de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, la persona homenajeada y el Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. La Junta de Coordinación Política acordará los tiempos de las intervenciones, así como el orden en que intervendrán los oradores.

Artículo Quinto. El protocolo que rija dicha Sesión solemne será definido conjuntamente por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados y por la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Artículo Sexto. El presente Decreto será publicado en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, en el Diario Oficial de la Federación y en tres diarios de circulación nacional.

Transitorios

Único: El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Así lo resolvieron los diputados integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en el Recinto Legislativo de San Lázaro, el jueves 18 de abril de 2013.

La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, diputados:Marcos Aguilar Vega (rúbrica), presidente; Alberto Díaz Trujillo (rúbrica), Williams Oswaldo Ochoa Gallegos (rúbrica), Brenda María Izontli Alvarado Sánchez (rúbrica), Amira Gricelda Gómez Tueme, Ricardo Monreal Ávila, Roberto López Suárez, Rubén Camarillo Ortega (rúbrica), Fernando Rodríguez Doval, María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Norma Ponce Orozco (rúbrica), Miguel Sámano Peralta (rúbrica), Eduardo Román Quian Alcocer (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes, Marcos Rosendo Medina Filigrana (rúbrica), Jorge Salgado Parra, Felipe Arturo Camarena García (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.

Cumplido este requisito, voy a pedir a la Secretaría que consulte a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que se someta a discusión de inmediato.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: En votación económica se consulta a la asamblea si se autoriza se someta a discusión y votación de inmediato. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. En consecuencia, el siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto por el que la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados otorga la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri y Legisladores de 1913, al ciudadano Jacobo Zabludovsky.

Está a discusión en lo general. Al no haber alguna intervención solicitada, voy a pedir a la Secretaría que se abra el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, para recoger la votación nominal del proyecto de decreto.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

(Votación)

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: De viva voz.

El diputado Juan Isidro del Bosque Márquez (desde la curul): A favor.

El diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra (desde la curul): A favor.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Ciérrese el sistema de votación electrónico. Señor presidente, se emitieron 352 votos a favor, 27 abstenciones y 16 en contra.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Aprobado en lo general y en lo particular por 352 votos el proyecto de decreto por el que la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados otorga la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri y Legisladores de 1913, al ciudadano Jacobo Zabludovsky Kraveski. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.



DICTAMENES NEGATIVOS DE INICIATIVAS Y MINUTAS

El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es dictámenes en sentido negativo.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Dictamen de las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez, y de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el inciso k) al artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Honorable Asamblea:

A Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez, y de Atención a Grupos Vulnerables de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, les fue turnada para su análisis y dictamen correspondiente, la Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el inciso k) al artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, presentada por el diputado Óscar Eduardo Ramírez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y suscrita por diputadas y diputados de diversos grupos parlamentarios.

Estas comisiones dictaminadoras, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 80, 82, 84, 85, 86, 158, 167, 173, 174, 176, 177, 182, 185 y 187 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someten a la consideración del pleno el presente dictamen, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. Con fecha 25 de octubre de 2012, el diputado Óscar Eduardo Ramírez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y suscrita por diputadas y diputados de diversos grupos parlamentarios, presentó ante el pleno de la honorable Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el inciso k) al artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Segundo. En la misma fecha, la Mesa Directiva determinó turnarla a las Comisiones Unidas de Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y de Atención de Grupos Vulnerables de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, para su análisis y dictamen.

Contenido de la iniciativa

El iniciante expresa que es muy difícil que los padres puedan identificar cuando un niño padece de una enfermedad mental.

Refiere que una de las principales razones de que los niños no sean diagnosticados a tiempo cuando padecen de trastornos mentales se debe a que los padres tienden a confundir las señales de problemas mentales en los menores con el comportamiento infantil, y asumen que algunas de estas actitudes son normales durante las etapas de su desarrollo.

Señala que la Organización Mundial de la Salud (OMS) asegura que gran parte de los problemas de salud mental tiene su origen justamente al término de la infancia y al principio de la adolescencia. Se dice que al menos 20 por ciento de los jóvenes sufren en esta etapa de alguna enfermedad, entre ellas depresión, trastornos del estado de ánimo, abuso de sustancias, comportamientos suicidas o algún trastorno de índole alimentario.

Para abundar sobre el tema, manifiesta que el desarrollo normal del ser humano puede ser valorado en cinco áreas principales: motor (movimiento), del pensamiento, psicosexual, emocional y psicosocial. Éstos permiten al individuo adquirir las habilidades necesarias para interactuar con su entorno.

Advierte que muchas enfermedades psiquiátricas se deben a alteraciones de los neurotransmisores, sustancias químicas que sirven para regular funciones mentales, por lo que el ambiente es únicamente parte del problema. Los trastornos emocionales o psiquiátricos son producto de muchos factores que confluyen, y algunos agentes del medio socioeconómico o familiar servirán como detonantes o precipitantes de un problema.

Menciona que en México la política nacional de salud mental para los jóvenes se considera en el Plan Nacional de Juventud 2008-2010. Este documento incorpora los objetivos que establecen otros instrumentos normativos importantes relacionados al derecho a la protección de la salud, como el Plan Nacional de Desarrollo, la Ley General de Salud, y la Estrategia Nacional de Promoción y Prevención para una Mejor Salud. En general, todos estos documentos comparten una visión integral de la salud de los jóvenes, entendida como un estado de bienestar físico, mental y social, a través del cual se puede alcanzar el ejercicio pleno de las capacidades, y el mejoramiento de la calidad de vida.

Asimismo señala que la OMS recomienda que la atención, la detección y el tratamiento de los problemas de salud mental corran por parte de profesionales capacitados, que puedan trabajar con niños y con jóvenes, y que cuenten con habilidades para detectar los síntomas tempranamente y dar un seguimiento oportuno a los que lo requieran.

Finalmente, aduce que en el país las posibilidades de prevención y atención de enfermedades mentales de la población en general y de los niños y los jóvenes en particular son limitadas, pues hay un déficit de servicios específicos para la atención de estos problemas, el número de especialistas en las instituciones públicas es insuficiente, y los recursos destinados a programas específicos de promoción de la salud mental y atención de los psicotrastornos son mínimos.

Contenido de la propuesta

Se propone adicionar el inciso k) al artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Texto vigente

Artículo 28. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la salud. Las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, se mantendrán coordinadas a fin de:

A. a J. ...

Propuesta

Artículo 28. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la salud. Las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, se mantendrán coordinadas a fin de:

A. a J. ...

K. Atender, detectar y dar el debido tratamiento a los trastornos mentales.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la iniciativa, las y los integrantes de las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez, y de Atención a Grupos Vulnerables de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, que suscriben el presente dictamen, exponen las siguientes:

Consideraciones

Tras el análisis detallado de la propuesta y coincidir en términos generales con los argumentos  expuestos en la iniciativa referida en el presente proyecto de dictamen, estas comisiones dictaminadoras estimamos que no es procedente la adición planteada, con fundamento en las siguientes consideraciones:

Primera. Es importante mencionar que el 27 de septiembre del año próximo pasado, la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional presentó iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Salud; y para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, para fomentar la creación de programas de prevención del suicidio y sobre el tema de la salud mental de los niños.

Cabe mencionar que la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados decidió en la misma fecha turnarla a las Comisiones Unidas de Salud, y de Atención a Grupos Vulnerables de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, para su análisis y dictamen.

Segunda. Sin embargo a lo anterior, el 25 de octubre del año 2012, el Diputado Óscar Eduardo Ramírez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y suscrita por diputadas y diputados de diversos grupos parlamentarios, presentó la iniciativa en los mismos términos que la iniciativa anteriormente mencionada, con el propósito de adicionar un inciso k) al artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de trastornos mentales.

Cabe señalar que la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados la turnó indebidamente a las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y de Atención de Grupos Vulnerables para su análisis y dictamen, siendo que debió turnarla a las Comisiones Unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables, para que dictaminara ambas iniciativas, en virtud de que adicionaban un inciso k) al artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de trastornos mentales.

Tercera. Sin que haya advertido la Mesa Directiva su error de haber turnado las dos iniciativas a Comisiones Unidas diversas; el 13 de marzo del año en curso, la propuesta de mérito fue aprobada por las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y de Atención de Grupos Vulnerables, en sentido positivo, a lo que inmediatamente se turnó al pleno de la Cámara de Diputados para su discusión y aprobación.

No obstante, con independencia de lo anterior, el 19 de marzo del año en curso, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de las Comisiones Unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables que adiciona el inciso k) del artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de trastornos mentales.

Cuarta. Es el caso que en la Comisión de Derechos de la Niñez, se recibió oficio LXII-II/ST-PMD/0107/13, de fecha 02 de abril de 2013, signado por el maestro Jorge Alberto Cortés Green, Secretario Técnico de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, mediante el cual informa que por instrucciones del diputado Francisco Arroyo Vieyra, presidente de la Mesa Directiva, los integrantes de dicho órgano de gobierno acordaron en la reunión celebrada el 02 de abril de 2013, hacer la devolución del original del dictamen de las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez, y de Atención de Grupos Vulnerables, a la iniciativa que adiciona el inciso k) al artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, en virtud de que el 19 de marzo del año en curso, el pleno aprobó el dictamen de las Comisiones Unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables que adiciona el artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de trastornos mentales.

Quinta. En consecuencia de lo anterior, la propuesta de iniciativa que fue turnada indebidamente a las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y de Atención de Grupos Vulnerables, se considera improcedente, en virtud de que ya se encuentra aprobada por el pleno de la Cámara de Diputados.

Por tanto, esta comisión emite el siguiente:

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el inciso k) al artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, presentada por el diputado Óscar Eduardo Ramírez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y suscrita por diputadas y diputados de diversos grupos parlamentarios.

Segundo. Archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, abril de 2013.

La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables. diputados: Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), presidenta; Leticia Calderón Ramírez (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Fernanda Schroeder Verdugo (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas, Genaro Carreño Muro (rúbrica), Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica), Josefina Salinas Pérez (rúbrica), secretarios; José Angelino Caamal Mena (rúbrica en abstención), Martha Beatriz Córdova Bernal, Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Mariana Dunyaska García Rojas (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo, Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), Roberto López Rosado, Sonia Catalina Mercado Gallegos, Zita Beatriz Pazzi Maza, Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara (rúbrica), Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Elizabeth Vargas Martín del Campo.

La Comisión de Derechos de la Niñez, diputados: Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), presidenta; María del Rosario Merlín García (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Cinthya Noemí Valladares Couoh (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán (rúbrica), secretarios; Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica en abstención), Alberto Anaya Gutiérrez.»

«Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la denominación del título quinto y los artículos 127, 168 y 169 de la Ley Federal del Trabajo

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para análisis y elaboración de dictamen la iniciativa con Proyecto de decreto que reforma la denominación del título quinto y los artículos 127, 168 y 169 de la Ley Federal del Trabajo, remitida a la Cámara de Diputados por el Congreso de Baja California.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 86, 89, 94 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, 81, 82, 84, 85, 182 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, habiendo analizado el contenido de la citada iniciativa, somete a la consideración de los integrantes de esta asamblea el presente dictamen, al tenor de la siguiente

Metodología

I. En el capítulo “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida Iniciativa y del trabajo previo para su resolución de la comisión dictaminadora.

II. En el capítulo “Contenido de la iniciativa” se sintetiza el alcance de la propuesta de reforma en estudio.

III. En el capítulo “Consideraciones” se expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de esta comisión dictaminadora.

I. Antecedentes

1. En la sesión de fecha de quince de noviembre de dos mil doce, el pleno de la Cámara de Diputados recibió del Congreso de Baja California la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la denominación del título quinto y los artículos 127, 168 y 169 de la Ley Federal del Trabajo.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, dispuso que dicha iniciativa fuera turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

II. Contenido de la iniciativa

La iniciativa tiene por objeto incorporar a las madres y los padres trabajadores durante el período de descanso por adopción, al listado de trabajadores con derecho a participar en el reparto de utilidades. Cambiar la denominación del título quinto añadiéndole “De la maternidad y la paternidad”. Establecer que las madres y los padres trabajadores que adopten disfrutarán de un período de dos semanas de descanso posteriores a la fecha en que se concluya formalmente el proceso de adopción con la intención de fortalecer el vínculo familiar y de convivencia entre la madre y el padre con el menor adoptado. Propone también que para que los padres disfruten de los días de descanso enunciados en las líneas precedentes, bastará con que presenten el certificado de adopción o la resolución en la que se determine concluido el proceso de adopción; presentada como a continuación se describe:

Honorable XX Legislatura Constitucional de Baja California,

De la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales

Único. Se aprueba la remisión al Congreso de la Unión de la iniciativa con proyecto de decreto por la cual se reforma la denominación del Título Quinto y los artículos 127, 168 y 169 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de días de descanso para madres y padres trabajadores, para quedar como sigue:

Artículo 127. ...

I. a III. ...

IV. Las madres trabajadoras, durante los períodos pre y postnatales, las madres y los padres trabajadores durante el período de descanso por adopción, y los trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el período de incapacidad temporal, serán considerados como trabajadores en servicio activo;

V. a VII. ...

Título QuintoTrabajo de las Mujeres

De la Maternidad y la Paternidad

Artículos 164. a 167. ...

Artículo 168. Las madres y los padres trabajadores que adopten disfrutarán de un período de dos semanas de descanso posteriores a la fecha en que se concluya formalmente el proceso de adopción, esto con la intención de fortalecer el vínculo familiar y de convivencia entre la madre y el padre con el menor adoptado.

Artículo 169. Para que los padres disfruten de los días de descanso enunciados en el artículo anterior, bastará con que presenten el certificado de adopción o la resolución en la que se determine concluido el proceso de adopción.

Artículo 170. a 172. ...

Artículos Transitorios

Primero. Una vez aprobada por el pleno del honorable Congreso del estado de Baja California, sírvase a turnar la presente Iniciativa con proyecto de decreto al Congreso de la Unión, para efectos del procedimiento legislativo previsto en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Segundo. Hecho lo anterior, efectuándose el análisis correspondiente y decretada la procedencia de las presentes reformas, procédase a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

III. Consideraciones

El 30 de noviembre de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, entre otras propuestas, se consideró necesario propiciar la equidad y la corresponsabilidad familiar entre hombres y mujeres, para lo cual se incluyó en la legislación, la figura de las licencias por adopción, en este sentido para el caso de los trabajadores que se conviertan en padres, pueden disfrutar de una licencia de cinco días, con goce de sueldo. Con ello, se contribuye a fomentar la conciliación entre la vida laboral y familiar de las personas, pues ambos padres compartirán el gozo y la atención del recién nacido.

Para tal efecto fue reformado el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, que establece:

Artículo 132. ...

I. a XXVII. ...

XXVII Bis. Otorgar permiso de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un infante;

Además, fue reformada la fracción II Bis del artículo 170 del mismo ordenamiento, con objeto de fortalecer los derechos laborales de las madres trabajadoras para fomentar la convivencia familiar:

Artículo 170. ...

I. y II. ...

II Bis. En caso de adopción de un infante disfrutarán de un descanso de seis semanas con goce de sueldo, posteriores al día en que lo reciban;

Por lo anterior se considera que la iniciativa en estudio ha quedado sin materia, en virtud de que la Ley Federal de Trabajo vigente prevé las licencias de maternidad y paternidad por adopción.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social someten a consideración de esta asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero.Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la denominación del título quinto y los artículos 127, 168 y 169 de la Ley Federal del Trabajo, remitida a la Cámara de Diputados por el Congreso de Baja California.

Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2013.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados:Claudia Delgadillo González (rúbrica), presidenta; Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, Fernando Salgado Delgado, Karina Labastida Sotelo (rúbrica), Rafael Alejandro Micalco Méndez, Ramón Montalvo Hernández (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Luisa María Alcalde Luján (rúbrica), José Arturo López Candido, José Angelino Caamal Mena (rúbrica), secretarios; Carlos Humberto Aceves del Olmo, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Elsa Patricia Araujo de la Torre (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal (rúbrica), Silvano Blanco Deaquino (rúbrica), José Alfredo Botello Montes (rúbrica), Juan Bueno Torio (rúbrica), María del Socorro Ceseñas Chapa (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), Esther Angélica Martínez Cárdenas (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño (rúbrica), Alfredo Zamora García.»

«Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su análisis y elaboración del dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma los artículos 15 y 72 de la Ley Federal del Trabajo, presentada por el diputado José Angelino Caamal Mena, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 86, 89, 94 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 81, 82, 84, 85, 182 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, habiendo analizado el contenido de la citada iniciativa, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de la siguiente:

Metodología

I. En el capítulo de “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida Iniciativa y del trabajo previo para su resolución de la comisión dictaminadora.

II. En el capítulo referido al “Contenido de la iniciativa”, se sintetiza el alcance de la propuesta de reforma en estudio.

III. En el capítulo de “Consideraciones”, se expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de esta comisión dictaminadora.

I. Antecedentes

1. En la sesión de fecha veinte de noviembre de dos mil doce, el diputado José Angelino Caamal Mena, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 15 y 72 de la Ley Federal del Trabajo.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión dispuso que dicha iniciativa fuera turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

II. Contenido de la iniciativa

La iniciativa propone incluir la definición de teletrabajador como la persona que desempeña actividades laborales a través de tecnologías de la información y la comunicación por fuera de la empresa a la que presta sus servicios. Además plantea que los teletrabajadores en situación de discapacidad, en situación de desplazamiento forzado y o de aislamiento geográfico, así como mujeres cabeza de hogar, trabajen un día a la semana fuera del lugar de trabajo debiendo recibir el pago del día completo y precisa que el día que se trabaje desde casa será acordado previamente en el centro de trabajo.

Asimismo, propone que los empleadores deberán proveer y garantizar el mantenimiento de los equipos de los tele-trabajadores, conexiones, programas, valor de la energía, desplazamientos ordenados por él, necesarios para desempeñar sus funciones y determinar que los elementos y medios suministrados no podrán ser usados por persona distinta al teletrabajador, quien al final del contrato deberá restituir los objetos entregados para la ejecución de éste, en buen estado, salvo el deterioro natural, presentada cómo a continuación se describe:

Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo

Primero. Se adiciona una tercera fracción al artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 15. ...

I....

II....

III. Teletrabajador es la persona que desempeña actividades laborales a través de tecnologías de la información y la comunicación por fuera de la empresa a la que presta sus servicios.

Segundo.Se adiciona un segundo, tercero y cuarto párrafos al artículo 72 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 72. ...

Con la finalidad de tener mayor eficiencia y ahorros en gastos y transporte, los teletrabajadores en situación de discapacidad, en situación de desplazamiento forzado y o de aislamiento geográfico, así como mujeres cabeza de hogar, trabajarán un día a la semana fuera del lugar de trabajo, sin que ello represente que les sea negado el pago del día completo. El día que se trabaje en casa será acordado previamente en el centro de trabajo.

Los empleadores deberán proveer y garantizar el mantenimiento de los equipos de los teletrabajadores, conexiones, programas, valor de la energía, desplazamientos ordenados por él, necesarios para desempeñar sus funciones.

Los elementos y medios suministrados no podrán ser usados por persona distinta al teletrabajador, quien al final del contrato deberá restituir los objetos entregados para la ejecución del mismo, en buen estado, salvo el deterioro natural.

III. Consideraciones

La iniciativa que se dictamina establece al teletrabajo como una nueva modalidad de contratación a distancia para las personas en situación de discapacidad, en situación de desplazamiento forzado y/o de aislamiento geográfico, así como mujeres cabeza de hogar. Sin embargo, la propuesta se encuentra superada, debido a que el pasado 30 de noviembre de 2012, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Trabajo, en su artículo 311 se establece:

Será considerado como trabajo a domicilio el que se realiza a distancia utilizando tecnologías de la información y la comunicación.

Si el trabajo se ejecuta en condiciones distintas de las señaladas en este artículo se regirá por las disposiciones generales de esta ley.

Por lo anterior,  se considera que la iniciativa en estudio ha quedado sin materia, en virtud de que la nueva Ley Federal de Trabajo, reconoce al teletrabajo como aquel que se realiza a distancia, utilizando tecnologías de la información y la comunicación, como una de las formas de trabajo a domicilio, que favorece la posibilidad ocupacional de cualquier persona, incluidas la que se encuentran en situación de discapacidad, de desplazamiento forzado y/o de aislamiento geográfico, así como mujeres cabeza de hogar, pues les permite compaginar su trabajo con sus respectivas responsabilidades familiares y que además, cuenten con la protección de las normas de trabajo y de seguridad social.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social someten a la consideración de esta honorable asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la Iniciativa que reforma el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, presentada por el diputado José Angelino Caamal Mena, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, el 20 de noviembre de 2012.

Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Dado en el salón de comisiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2013.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados:Claudia Delgadillo González (rúbrica), presidenta; Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, Fernando Salgado Delgado, Karina Labastida Sotelo (rúbrica), Rafael Alejandro Micalco Méndez, Ramón Montalvo Hernández (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Luisa María Alcalde Luján (rúbrica), José Angelino Caamal Mena (rúbrica en abstención), secretarios; Carlos Humberto Aceves y del Olmo, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Elsa Patricia Araujo de la Torre (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal (rúbrica), Silvano Blanco Deaquino (rúbrica), José Alfredo Botello Montes (rúbrica), Juan Bueno Torio (rúbrica), María del Socorro Ceseñas Chapa (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), Esther Angélica Martínez Cárdenas (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño (rúbrica), Alfredo Zamora García.»

«Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona los artículos tercero y cuarto transitorios al decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2006 por el que se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su análisis y elaboración del dictamen, la minuta con proyecto de decreto que adiciona los artículos tercero y cuarto transitorios, al Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día diecisiete de enero de dos mil seis, por el que se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para efectos de la fracción d, artículo 72 constitucional.

Esta comisión dictaminadora con fundamento en lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 86, 89, 94 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 80, 81, 82, 84, 85, 182 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, habiendo analizado el contenido de la citada iniciativa, somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, al tenor de la siguiente

Metodología

I. En el capítulo de “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida Iniciativa y del trabajo previo para su resolución de la comisión dictaminadora.

II. En el capítulo referido al “Contenido de la iniciativa”, se sintetiza el alcance de la propuesta de reforma en estudio.

III. En el capítulo de “ Consideraciones”, se expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de esta comisión dictaminadora.

I. Antecedentes

1. Con fecha diecisiete de enero de dos mil seis, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforma al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, resultado de diversas iniciativas presentadas por los diferentes Grupos Parlamentarios, en las LVIII y LIX Legislaturas, referidas a la materia de los días de descanso obligatorio, con la finalidad de crear el concepto de “fines de semana largos”, a efecto no sólo de fomentar la convivencia familiar, sino de incentivar la actividad turística nacional en las diversas partes y regiones de la República Mexicana.

2. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada el veintisiete de octubre de 2009, fue presentada ante el Pleno, por los Diputados Ricardo Sánchez Gálvez y Jesús Ramírez Rangel ambos del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional y respaldada por Diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos tercero y cuarto transitorios al diverso que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día diecisiete de enero de dos mil seis.

3. En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, dispuso que dicha iniciativa fuera turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

4. En la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada el cinco de noviembre de dos mil nueve, se aprobó con 324 votos a favor, 7 en contra y 12 abstenciones, el dictamen negativo de la iniciativa en referencia. Misma que fue turnada a la Cámara de Senadores (Revisora), para efectos de la fracción a) del artículo 72 constitucional.

5. Con fecha diez de noviembre de dos mil nueve, en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores se recibió la minuta. En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social; y de Estudios Legislativos para su estudio y dictamen correspondiente.

6. En la sesión ordinaria de la Cámara de Senadores (revisora), celebrada el doce de noviembre de dos mil nueve, se aprobó con 74 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, el dictamen de la minuta en sentido negativo. La Mesa Directiva turnó la minuta a la Cámara de Diputados (Origen), para efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional.

7. En fecha dieciocho de noviembre de dos mil nueve, la Cámara de Diputados recibió la minuta. En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para su estudio y dictamen correspondiente.

II. Contenido de la iniciativa

La minuta en estudio propone modificar el día de descanso obligatorio en el 2009, que conforme a la Ley Federal del Trabajo vigente se celebraría el tercer lunes de noviembre, con motivo del aniversario de la Revolución Mexicana en la fecha de su conmemoración; así mismo, modificar para el año 2010, el día quince de noviembre para trasladarlo al día lunes 22 de noviembre, recorriendo por estas dos únicas ocasiones “el fin de semana largo”, en virtud de las festividades y conmemoración del Centenario de nuestra Revolución Mexicana.

III. Consideraciones

Primera. Los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social consideran que en el momento que aprobó en sentido negativo, el dictamen de la minuta en referencia, la Cámara de Diputados, esgrimió los siguientes argumentos:

“Que de llevar a cabo la modificación propuesta por la Cámara de Diputados de otorgar dos días de descanso obligatorios en el mes de noviembre de 2009, para conmemorar el Centenario de la Revolución Mexicana, iría en contra del espíritu del decreto por el que se declaró el año 2010 “Año del Bicentenario del Inicio del Movimiento de Independencia Nacional y del Centenario del Inicio de la Revolución Mexicana”.

Segunda. Considero que no era viable y congruente con la situación económica por la que atravesaba el país, al otorgar dos días de descanso obligatorio en una misma semana con motivo de la conmemoración del Centenario de la Revolución Mexicana, ya que repercutiría directamente en la industria, particularmente en la situación ya de por si precaria de la micro, pequeña y mediana empresa.

Asimismo, refirió que en el 2009, había sido un año particularmente difícil en materia económica, donde se conjugaron la crisis mundial y la crisis sanitaria, que tuvieron como resultado, cierre de empresas, pérdida de empleos y la necesidad de implementar estrategias como los paros técnicos, las jornadas reducidas y vacaciones a destiempo, a fin de paliar los efectos negativos para la actividad productiva y el empleo.

Tercera. Que la propuesta de modificar el día de descanso obligatorio contemplado para el día 15 de noviembre de 2010, para trasladarlo al día 22 de noviembre de mismo año, no tenía ningún efecto sustantivo en la participación cívica de los mexicanos, ni en la Conmemoración del Centenario de la Revolución Mexicana.

Cuarta. Por tratarse de una propuesta legislativa y de hechos que han sido superados por el tiempo para su aplicación, la comisión dictaminadora considera que la minuta en estudio ha quedado sin materia.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social someten a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona los artículos Tercero y Cuarto Transitorios, al Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el diecisiete de enero de dos mil seis, por el que se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.

Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 04 de abril de dos mil trece.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados:Claudia Delgadillo González (rúbrica), presidenta; Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, Fernando Salgado Delgado, Karina Labastida Sotelo (rúbrica), Rafael Alejandro Micalco Méndez, Ramón Montalvo Hernández (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica en abstención), Luisa María Alcalde Luján (rúbrica), José Arturo López Cándido, José Angelino Caamal Mena, secretarios; Carlos Humberto Aceves y del Olmo, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Elsa Patricia Araujo de la Torre (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal (rúbrica), Silvano Blanco Deaquino (rúbrica en contra), José Alfredo Botello Montes (rúbrica), Juan Bueno Torio (rúbrica), María del Socorro Ceseñas Chapa, Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), Esther Angélica Martínez Cárdenas (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño (rúbrica), Alfredo Zamora García.».

«Dictamen de la Comisión de Comunicaciones, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona la fracción VII Bis al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Comunicaciones de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura, fue turnada la minuta que adiciona una fracción VII bis al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional, a propósito de la iniciativa presentada por el diputado Óscar González Yáñez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, perteneciente a la LXI Legislatura.

Los legisladores integrantes de esta comisión, realizaron el estudio y análisis de los planteamientos de la minuta de mérito, a fin de valorar su contenido, deliberar y verter las consideraciones que integran el presente dictamen.

Con fundamento en los artículos 39, y 45 numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción II; 81, 82, 157, numeral 1, fracción I, y 158 numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, los miembros de esta comisión que suscriben, someten a la consideración del Pleno el siguiente dictamen, con base en la siguiente:

I. Metodología

La comisión encargada del análisis y dictamen de la minuta en comento, desarrolló su trabajo conforme al procedimiento que a continuación se describe:

En el capítulo de “Antecedentes”, se da constancia del trámite de ir1icio del proceso legislativo, del recibo y turno para el dictamen del referido proyecto y de los trabajos previos de la comisión.

En el capítulo de “Contenido de la minuta”, se reproducen los resolutivos a efecto de puntualizar la propuesta a estudio.

En el capítulo de “Consideraciones”, los integrantes de esta comisión expresan argumentos de valoración del proyecto y de los motivos que sustentan el presente dictamen:

II. Antecedentes

1. Con fecha 24 de marzo de 2011, el diputado Óscar González Yáñez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción VII bis al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, y en la misma fecha fue turnada a la Comisión de Comunicaciones para su estudio y dictamen.

2. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del 22 de septiembre de 2011, se sometió a consideración de su Pleno, un dictamen de la Comisión de Comunicaciones, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción VII bis al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, mismo que fue aprobado por 290 votos en pro, 22 votos en contra y 4 abstenciones y se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

3. En sesión ordinaria de fecha 27 de septiembre de 2011, la Mesa Directiva del Senado de la República dio cuenta de la recepción de una minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción VII bis al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y en la misma fecha la turnó a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos, para su estudio y dictamen.

4. Con fecha 24 de abril de 2012, las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes y Estudios Legislativos, del Senado de la República, presentaron ante el Pleno de la Cámara Revisora un Dictamen, en sentido negativo, en relación con el proyecto de decreto que adicionaba una fracción VII bis al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, siendo aprobado y enviado a la Cámara de Diputados ese mismo día.

5. Con fecha 4 de septiembre de 2012, el Pleno de la Cámara de Diputados recibió la minuta que desecha el Proyecto de Decreto que adiciona una fracción VII bis al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional, siendo turnada a la Comisión de Comunicaciones para su estudio y dictamen el31 de octubre de 2012.

6. Los miembros de esta comisión, en reunión de trabajo procedimos a la elaboración del presente dictamen, mismo que se hace al tenor siguiente:

III. Contenido de la minuta

Los suscritos integrantes de esta comisión, estiman oportuno puntualizar los resolutivos de la minuta que se dictamina, mismos que, a la letra, señalan:

“... Primero. Se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción VII bis al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, remitida por la Cámara de Diputados a esta Soberanía el 27 de septiembre de 2011.

Segundo. Devuélvase a la Cámara de Diputados el asunto mencionado en el resolutivo que antecede, en términos de lo dispuesto por el inciso D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.”.

IV. Consideraciones

1. El diputado González Yáñez expone, en su iniciativa, que las telecomunicaciones son un elemento esencial en la sociedad actual y que México cuenta con 19 millones 430 mil líneas telefónicas fijas, siendo una herramienta importante para la comunicación, permitiendo estrechar lazos de amistad y fraternidad entre los seres humanos.

Argumenta el autor de la iniciativa que el servicio de telefonía fija fue prestado durante varias décadas por una sola empresa, por lo que acaparaba todo el mercado y de manera arbitraria, fijaba sus tarifas y condiciones de servicios.

Explica el diputado González Yáñez que a partir de 1990, se planteó la necesaria modernización del sector de telecomunicaciones, lo que implicaba abrir a la competencia de telefonía fija, sin embargo, en la actualidad, se siguen presentando deficiencias en el servicio y los consumidores no reciben un servicio con la calidad que se merecen.

Por último, el diputado González Yáñez, comenta que el propósito de la iniciativa, es obligar a los concesionarios de redes de telecomunicaciones a establecer un dispositivo en cada línea telefónica que permita al usuario conocer su nivel de consumo en moneda nacional, para supuestamente brindar certeza jurídica y económica de lo que tendrán que pagar por la utilización de la línea telefónica.

Por su parte, la Comisión de Comunicaciones de la Cámara de Diputados que dictaminó en primer término este asunto, consideró oportuno aplicar una modificación al texto normativo de la iniciativa, eliminando la referencia a que la medición debía realizarse en moneda nacional, ya que dicha exigencia se encuentra atendida en el artículo 7 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, en el que se establece que las obligaciones de pago de cualquier suma en moneda mexicana se denominaran invariablemente en pesos.

Posteriormente, las Comisiones de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos del Senado de la República, que dictaminaron la minuta antes mencionada, una vez que realizaron el estudio de sus elementos formales, precisan que, actualmente, cada vez se hacen más populares los planes de servicios que incluyen todas las llamadas locales o de larga distancia nacional que el usuario realice al mes, donde la importancia del costo de la llamada individual es irrelevante, ya que el usuario paga una tarifa fija mensual por el plan.

Las comisiones dictaminadoras del Senado, estiman que los concesionarios son los que deben de competir entre sí en aquellos servicios, incluidos los de información de consumo, que perciben son valuados por los usuarios y que diferencian su servicios del resto de sus competidores.

Los servicios de valor agregado, valuados por los usuarios, forman parte de la competencia entre los concesionarios.

Derivado de la convergencia, se han creado muchos planes que incluyen dos o más servicios simultáneos (doble, triple y hasta cuádrupe play), como son voz, internet, datos, videos, mensajes cortos y otros, en donde no es posible determinar consumos individuales por eventos dados, ya que las tarifas son por el conjunto de los servicios.

Igualmente, para aquellos usuarios que opten por planes o empaquetamiento de servicios de telecomunicaciones que incluyen llamadas ilimitadas, el conteo de las mismas es irrelevante, dado que su consumo es una tarifa fija independientemente de la actividad o intensidad del consumo, lo anterior se observa tanto en telefonía fija como en móvil.

Las codictaminadoras continúan expresando que, la información sobre el monto de consumo incurrido en un punto en el tiempo, no es un instrumento superior a la información anterior a realizar el consumo, como instrumento de protección al consumidor, es superior la información ex ante que ex post al consumo.

Actualmente, existe en telefonía móvil el esquema de prepago con el objeto de que el usuario administre el monto que dedica a su consumo, en el esquema de post pago existe la posibilidad de alertas que notifican cuando un usuario excede los parámetros de su plan o su monto de consumo promedio mensual de tal forma que se eviten cargos de consumo inesperados a tarifas mayores que las que han seleccionado en sus planes de consumo.

Las comisiones dictaminadoras del Senado, consideran que el incorporar el servicio de información sobre el monto de consumo realizado para todos los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones implica lo siguiente:

a) Elimina la posibilidad de que los propios concesionarios adopten tal mecanismo de información como parte de su oferta competitiva de servicio;

b) Disminuye el valor de la funcionalidad de los equipos terminales de almacenar información sobre el conteo y medición del uso de tales equipos;

c) En un entorno de planes o empaquetamiento que incluyen llamadas ilimitadas por una tarifa fija, la obligatoriedad de referencia es de nula utilidad;

d) No se protege al usuario antes de incurrir en el uso que es de mayor relevancia que informar ex post al haber sido realizado el consumo, y

e) Existen o pueden existir los mecanismos de protección al consumidor respecto a niveles de consumo fuera de su intensidad rutinaria como alertas por SMS que evitan incurrir en un consumo no planeado. Por lo tanto la obligatoriedad de referencia sólo implica mayores costos a los concesionarios sin que el beneficio a los usuarios sea de una magnitud evidente y el mercado no pueda ofrecerlo en una forma más eficiente y a menor costo.

Además de lo anterior, las Comisiones de la Cámara de Senadores, consideran que la minuta en estudio resulta innecesaria para el sistema de prepago, ya que los sistemas de facturación fueron diseñados para calcular el saldo del usuario al instante, toda vez que de ello depende el hecho de que el usuario pueda seguir haciendo uso del servicio, por lo que se recalca que el usuario-consumidor actualmente ya pueda consultar su saldo en cualquier momento, de manera inmediata y permanente.

Mientras que para el mecanismo del postpago, el diseño de los sistemas de facturación fue totalmente diferente, toda vez que los eventos se almacenan y cuantifican en cada central telefónica y se recopilan por lo general una vez al mes para producir la factura.

De aprobarse la minuta en estudio, de acuerdo con las comisiones del Senado, implicaría hacer inversiones de muchos millones de dólares por parte de los concesionarios de redes públicas y un par de años para la migración y cuyo costo indispensablemente lo verían reflejado los usuarios en la tarifas.

Por lo que, en aquellos planes donde aplica lo de contar con un instrumento de medición, la mayor parte de los concesionarios actualmente ya ponen a disposición de los usuarios el reporte detallado de llamadas, que en términos generales muestra el número de destino, la duración de la llamada y la tarifa aplicada.

Las comisiones del Senado hacen notar que, en México, más del 85% de los usuarios de servicios móviles, han optado por consumir planes de prepago y ya pueden conocer su consumo en cualquier momento vía llamada o consulta en Internet.

Por lo que, después de realizar un profundo análisis de la inclusión en el catálogo de obligaciones de los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones previsto en la Ley Federal de Telecomunicaciones, de la obligación para estos de que deban de disponer de instrumentos o mecanismos técnicos de consulta gratuita, permanente e inmediata, que permitan al usuario desde su equipo terminal conocer el nivel de consumo preciso en moneda nacional de su línea telefónica fija o móvil, generaría efectos negativos, ya que considerando el universo de usuarios tan pequeño que utilizarían la medida propuesta, con relación a las decenas de millones que no la requieren, se estaría afectando los costos de todos los usuarios, por lo que la introducción de dicha obligación generará más un perjuicio que un benefició para los destinatarios de la norma.

Es más, diversas cámaras y asociaciones de la industria de las telecomunicaciones de nuestro país, allegaron de información a esas Comisiones codictaminadoras, que ha permitido establecer que la implementación de un medidor telefónico, ya había sido propuesto anteriormente, pero al ser revisada dicha pretensión por parte de la citada industria y de funcionarios de la Procuraduría Federal del Consumidor, se llegó a la conclusión de que con su implementación, se causaría mayor perjuicio que beneficio al usuario.

De acuerdo con lo anterior, los Integrantes de las Comisiones Dictaminadoras del Senado de la República consideran que no es procedente adicionar una nueva fracción VII Bis al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones en los términos de la minuta con proyecto de decreto en estudio.

2. Los miembros de esta comisión dictaminadora procedieron al análisis de la minuta en comento y coinciden plenamente con la posición de la Colegisladora, en especial si se toman en cuenta los siguientes argumentos:

a) En estos días, el nivel de consumo de los usuarios de servicios de telecomunicaciones se informa en detalle por medio de los estados de cuenta periódicos que los concesionarios están obligados a enviar a sus usuarios, por lo que el objetivo de la iniciativa originalmente planteada, ya se encuentra cumplido con anterioridad a la minuta en estudio.

b) Actualmente, los equipos terminales de telefonía fija y móvil han incorporado funciones de conteo y medición de la duración de cada llamada realizada, es así que los diferentes fabricantes de estos equipos han incluido, como característica de diferenciación, funcionalidades para ofrecer al usuario información sobre su uso que está disponible en forma permanente en su propio equipo terminal, por lo que nuevamente se estima que el objetivo de la reforma planteada, resulta improcedente.

c) Esta comisión dictaminadora, considera que con la instrumentación del sistema de medición de consumo propuesto en la iniciativa original, se generaría un perjuicio económico para el usuario, ya que las tarifas no disminuirían y se correría el riesgo de su incremento, para recuperar los costos de su instrumentación, por lo que conviene en adoptar y hacer suyos los planteamientos hechos por las codicatminadoras del Senado de la República y, en consecuencia, desechar la minuta y declara el asunto como totalmente concluido.

Además, la iniciativa, pasa por alto el hecho de que de acuerdo a las cifras emitidas por la Comisión Federal de Telecomunicaciones, las tarifas de los servicios de telecomunicaciones llevan más de 14 años reduciéndose año con año, por lo que de aprobar una medida como la propuesta de adicionar una nueva fracción VII Bis al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, podría incrementar los costos, afectando las tarifas y por ende perjudicando a los usuarios-consumidores.

d) Por último, el pasado 18 de diciembre de 2012, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen de esta comisión por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 60 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 16 de enero y que, a la letra, dice:

“En el caso de servicios de telecomunicaciones que se ofrecen al público consumidor con cargos por concepto de la duración de las comunicaciones, los concesionarios y permisionarios deberán incluir dentro de su oferta comercial planes y tarifas, el cobro por segundo, sin perjuicio de otros planes que se basen en el cobro por minuto, por evento, por capacidad o cualquier otra modalidad”

De lo anterior, se puede asegurar que el objetivo primordial de la iniciativa del diputado González Yáñez, motivo de la minuta en estudio, ya se ha superado.

En mérito de lo antes expuesto y para los efectos del inciso D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Comunicaciones somete, a la consideración del Pleno, el siguiente:

Acuerdo

Primero.Se desecha la minuta que adiciona una fracción VII bis al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, enviada por el Senado el 4 de septiembre del 2012.

Segundo.Archívese el expediente que corresponda como asunto total y definitivamente concluido.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados, a 10 de abril de 2013.

La Comisión de Comunicaciones, diputados: Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), presidente; Andrés de la Rosa Anaya (rúbrica), Homero Ricardo Niño de Rivera Vela (rúbrica), José Noel Pérez de Alba (rúbrica), Víctor Manuel Díaz Palacios, Eligio Cuitláhuac González Farías (rúbrica), Federico José González Luna Bueno (rúbrica), Marcelo Garza Ruvalcaba (rúbrica), Purificación Carpinteyro Calderón (rúbrica), secretarios; Sue Ellen Bernal Bolnik (rúbrica), Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Jorge Mendoza Garza, Landy Margarita Berzunza Novelo, Heriberto Manuel Galindo Quiñones, José Luis Flores Méndez (rúbrica), Martha Gutiérrez Manrique (rúbrica), Humberto Alonso Morelli, Rafael Alejandro Micalco Méndez (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández, José Isabel Trejo Reyes (rúbrica), Juan Carlos Uribe Padilla (rúbrica), Gloria Bautista Cuevas (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo (rúbrica), Andrés Eloy Martínez Rojas (rúbrica), Agustín Miguel Alonso Raya (rúbrica), María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica), José Antonio Hurtado Gallegos (rúbrica), Jaime Bonilla Valdez (rúbrica), Tomás Torres Mercado (rúbrica).»

«Dictamen de la Comisión de Justicia, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 207 del Código Penal Federal y 194 del Código de Procedimientos Penales

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, le fue turnada para su análisis y elaboración del Dictamen correspondiente, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 207 fracción I del Código Penal Federal y 194 inciso 18 del Código Federal de Procedimientos Penales, presentada por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con fundamento en los artículos 39, numeral 1 y 45 numeral 6, incisos e), D y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80 numeral 1, fracción II, 81, numeral 2, 85,157, numeral 1, fracción 1; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con la siguiente

Metodología

I. En el capítulo de “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y del trabajo previo para su resolución de la comisión dictaminadora.

II. En el capítulo referido al “Contenido de la iniciativa”, se sintetiza el alcance de la propuesta de reforma en estudio.

III. En el capítulo de “Consideraciones”, se expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de esta comisión dictaminadora.

I. Antecedentes

1. En la sesión de fecha de veintitrés de enero de dos mil trece, los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Avila, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano presentaron la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 207, fracción I, del Código Penal Federal y 194, inciso 18, del Código Federal de Procedimientos Penales, como a continuación se describe:

Artículo Primero. Se reforma y adiciona el artículo 207 y su fracción I del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Articulo 207. Comete el delito de trata de personas quien por acción u omisión dolosa de una o varias personas capte, enganche, transporte, retenga, entregue, reciba, aloje, a una o varias personas a través de engaño, amenaza, violencia física o moral, abuso de poder, situación de vulnerabilidad, con fines de explotación sexual: prostitución ajena, pornografía, exhibiciones públicas o privadas de orden sexual, el turismo sexual, o cualquier otra actividad sexual remunerada; trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a esta, la servidumbre, la mendicidad forzada; matrimonio forzoso o servil, la explotación laboral; tráfico de órganos, tejidos y células de seres humanos vivos, y experimentación biomédica ilícita en seres humanos.

I. La trata de personas se sancionará de 5 a 15 años de prisión y de un mil a veinte mil días multa. Artículo Segundo. Se reforma y adiciona el artículo 194, inciso 18, del Código de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

Artículo 194. Se califican como delitos graves, para todos los efectos legales, por afectar de manera importante valores fundamentales de la sociedad, los previstos en los ordenamientos legales siguientes:

1. Del Código Penal Federal, los delitos siguientes:

1) Homicidio por culpa grave...

2) a 17) ...

18) Trata de personas, previsto en el artículo 207.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, dispuso que dicha iniciativa fuera turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Comisión de Justicia.

3. En la sesión plenaria de la Comisión de Justicia, celebrada el día diez de dos mil trece, se aprobó en sentido negativo por mayoría de los presentes el proyecto de dictamen de la iniciativa en referencia.

I. Contenido de la iniciativa

La iniciativa tiene por objeto reformar y adicionar los artículos 207 fracción I del Código Penal Federal y 194 inciso 18 del Código Federal de Procedimientos Penales, para tipificar penalmente el delito de trata de personas, con pena de prisión de 5 a 15 años y multa de un mil a veinte mil días.

III. Consideraciones

Primero. Con el objeto de preservar la convivencia humana en el respeto de los derechos individuales y sociales, el veintisiete del marzo de dos mi siete se publicó en el Diario Oficial el Decreto por el que se reforman y adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en materia de explotación infantil. Mismo que en su artículo primero se refiere a los artículos 205 y 207 del Código Penal Federal:

Artículo Primero: Se reforma el inciso c) del artículo 85; las denominaciones del Título Octavo y de sus correspondientes Capítulos Primero, Segundo, Tercero y Cuarto del Libro Segundo; los artículos 200; 201 bis; 202; 203; 204, 205; 206, 207, 208 y 209. Se adicionan los artículos 202 bis 203 bis, 204 bis, 205 bis y 206 bis; tres nuevos Capítulos Quinto, Sexto y Séptimo al Título Octavo, un Capítulo Tercero al Título Décimo Octavo ambos del Libro Segundo. Se derogan los artículos 201 Bis 1, 201 Bis 2 y 201 Bis 3, todos del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

...

Título OctavoDelitos contra el Libre Desarrollo de la Personalidad

Capítulo I

...

Capítulo VTrata de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo

Artículo 205. Comete el delito de trata de persona menor de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, quien promueva, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba a una de estas personas para someterla a cualquier forma de explotación, ya sea explotación sexual, trabajos o servicios impuestos de manera coercitiva, o para que le sea extirpado cualquiera de sus órganos, tejidos o sus componentes, dentro o fuera del territorio nacional, a quien cometa este delito se le impondrá prisión de ocho a quince años y de mil a dos mil quinientos días de multa.

205 Bis. Las sanciones señaladas en los articulas 200, 201, 202, 203, 204 y 205 se aumentarán al doble de la que corresponda cuando el autor tuviere para con la víctima, alguna de las siguientes relaciones:

a) Los que ejerzan la patria potestad, guarda o custodia;

b) Ascendientes o descendientes sin límite de grado;

c) Familiares en línea colateral hasta cuarto grado;

d) Tutores o curadores;

e) Aquél que ejerza sobre la víctima en virtud de una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima;

f) Quien se valga de función pública para cometer el delito;

g) Quien habite en el mismo domicilio de la víctima;

h) Al ministro de un culto religioso;

i) Cuando el autor emplee violencia física, psicológica o moral en contra de la víctima; y

j) Quien esté ligado con la víctima por un lazo afectivo o de amistad, de gratitud, o algún otro que pueda influir en obtener la confianza de ésta.

En los casos de los incisos a), b), c) y d) además de las sanciones señaladas, los autores del delito perderán la patria potestad, tutela o curatela, según sea el caso, respecto de todos sus descendientes, el derecho a alimentos que pudiera corresponderle por su relación con la víctima y el derecho que pudiera tener respecto de los bienes de ésta.

En los casos de los incisos e), f) y h) además de las sanciones señaladas, se castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión o cualquiera otro de carácter público o similar, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

En todos los casos el juez acordará las medidas pertinentes para que se le prohíba permanentemente al ofensor tener cualquier tipo de contacto o relación con la víctima.

Capítulo VILenocinio y trata de personas

...

Artículo 207. Comete el delito de trata de personas quien promueva, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba a una persona para someterla a cualquier forma de explotación, ya sea explotación sexual, trabajos o servicios impuestos de manera coercitiva, o para que le sean extirpados cualquiera de sus órganos, tejidos o sus componentes, dentro o fuera del territorio nacional.

Al autor de este delito se le impondrá pena de cuatro a nueve años y de cuatrocientos a novecientos días multa.

...

Segundo.Ante la necesidad de crear un marco legal que, vinculado al derecho internacional, atienda de forma integral la problemática de la trata de personas, como un problema de índole mundial y del que nuestro país no está exento, el veintisiete de noviembre de dos mil siete se publicó en el Diario Oficial el Decreto por el que se expide la Ley para prevenir y sancionar la Trata de Personas, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; el Código Federal de Procedimientos Penales y el Código Penal Federal, que en su Artículo Cuarto a la letra dice:

“... se derogan los artículos 205 y 207 todos del Código Penal Federal.”

Tercero. El catorce de junio de dos mil doce se publicó en el Diario Oficial el Decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos; y reforma diversas disposiciones de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada; del Código Federal de Procedimientos Penales; del Código Penal Federal, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; de la Ley de la Policía Federal y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que en el Segundo Transitorio versa:

“Se abroga la Ley para prevenir y sancionar la Trata de Personas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2007.”

Dicho lo anterior la iniciativa en estudio se considera innecesaria, toda vez que en la Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos está tipificado el delito de trata de personas así como la sanción a la que quien lo comete se hace acreedor para fines de práctica jurídica como lo exponen los proponentes en la iniciativa que nos ocupa.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Justicia someten a la consideración del pleno los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 207 fracción I del Código Penal Federal y 194 inciso 18 del Código Federal de Procedimientos Penales, presentada por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2013.

La Comisión de Justicia, diputados:Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, (rúbrica), presidente; María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Karina Labastida Sotelo (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica), Alejandro Carbajal González (rúbrica), secretarios; Alfa Eliana González Magallanes (rúbrica), Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), Zuleyma Huidobro González (rúbrica), Lilia Aguilar Gil (rúbrica), José Alberto Rodríguez Calderón (rúbrica), Eloy Cantú Segovia (rúbrica), Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), Luis Armando Cordova Díaz (rúbrica), Andrés de la Rosa Anaya, Tomás Torres Mercado (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Areli Madrid Tovilla, Julio César Moreno Rivera, José Antonio Rojo García de Alba, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño, Fernando Zárate Salgado (rúbrica), Darío Zacarías Capuchino (rúbrica), Damián Zepeda Vidales.»

«Dictamen de la Comisión de Justicia, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que deroga los artículos 294 y 295 del Código Federal de Procedimientos Penales

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del  Congreso de la Unión, le fue turnada para su análisis y elaboración del Dictamen, iniciativa con proyecto de decreto por el que deroga los artículos 294 y 295 del Código Federal de Procedimientos Penales, suscrita por la diputada Mirna Esmeralda Hernández Morales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con fundamento en los artículos 39, numeral 1, y 45, numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 1, fracción II, 81, numeral 2, 85, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con la siguiente:

Metodología

I. En el capítulo de “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y del trabajo previo para su resolución de la Comisión Dictaminadora.

II. En el capítulo referido al “Contenido de la Iniciativa”, se sintetiza el alcance de la propuesta de reforma en estudio.

III. En el capítulo de “Consideraciones”, se expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de esta Comisión Dictaminadora.

I. Antecedentes

1. En la sesión de fecha de veintitrés de enero de dos mil trece, los diputada Mirna Esmeralda Hernández Morales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron la iniciativa con proyecto de decreto por el que deroga los artículos 294 y 295 del Código Federal de Procedimientos Penales, suscrita por la diputada Mima Esmeralda Hernández Morales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, como a continuación se describe:

“Decreto

Único. Se derogan los artículos 294 y 295 de Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar de la siguiente manera

Artículo 294. Derogado.

Artículo 295. Derogado.

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.”

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Nota: Burgoa, Ignacio (1999). El juicio de amparo. México, DF, Porrúa. ISBN 970-07-1711-9.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, dispuso que dicha iniciativa fuera turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Comisión de Justicia.

3. En la sesión plenaria de la Comisión de Justicia, celebrada el día diez de abril de dos mil trece, se aprobó en sentido negativo por mayoría de los presentes el proyecto de dictamen de la iniciativa en referencia.

II. Contenido de la iniciativa

Es de sobra conocido, que el juicio de amparo directo o indirecto, constituye un importantísimo medio procesal constitucional del ordenamiento jurídico mexicano, cuyo objeto específico es salvaguardar los derechos humanos establecidos en la Constitución. En suma, es un medio de control jurisdiccional, en adición a la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional, pero que en distinción de éstas últimas, es promovido por cualquier particular, constituyendo entraña una verdadera protección para el promovente y una contención entre éste y la autoridad.

El juicio de amparo es un procedimiento judicial, siendo un juicio impugnativo autónomo,1 es decir, no consiste en un recurso o apelación que meramente constituya otra instancia, sino que implica iniciar un proceso completamente nuevo; no es parte del mismo juicio, sino que es otro juicio; y un juicio de garantías, ya que el juzgador no se limita a resolver si existieron violaciones constitucionales, sino que incluso las puede dejar subsistentes, siempre que se demuestre que nadie resultó afectado en sus derechos fundamentales. Además, puede exigir la suspensión de un acto que a pesar de ser constitucional, viole las garantías individuales o derechos humanos.

Bajo el anterior orden de ideas, resulta de vital importancia atender y escuchar las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia, toda vez que la las leyes no son únicas y para siempre, por el contrario siempre son perfectibles y susceptibles de mejora no sólo por la dinámica social en que se inscriben sino porque al ser hechas por el ser humano, nunca estarán exentas de mejoras.

En concordancia con la premisa expuesta, resulta de la mayor envergadura atender ella resolución del amparo en revisión sobre la inconstitucionalidad de los artículos 294 y 295 de Código Federal de Procedimientos Penales.

A mayor abundamiento, es preciso señalar que en noviembre del año pasado, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinó la inconstitucionalidad de los artículos 294 y 295 del Código Federal de Procedimientos Penales, mediante los cuales se faculta a los impartidores de justicia verificar la corrección de las conclusiones del Ministerio Público y, en caso de advertir alguna irregularidad, enviarlas a la Procuraduría General de la República para que ahí confirme o modifique la acusación.

Al resolver el amparo en revisión 558/2012 bajo la ponencia de la ministra Olga Sánchez Cordero, se estableció que la inconstitucionalidad de los citados artículos se da al permitir que el juzgador desarrolle una doble función, como juzgador y como auxiliar del órgano ministerial, lo cual trastoca la división constitucional de funciones competenciales, en este caso, las pertenecientes al Poder Ejecutivo y al Judicial.

En la resolución citada, se argumentó que el juzgador, como órgano del Estado que depende del Poder Judicial, no comparte facultades con otro poder estatal, por lo que se revocó la sentencia recurrida y se concedió el amparo a la quejosa para efecto de que el tribunal de apelación sin aplicar los referidos numerales resuelva lo que conforme a derecho proceda.

Es de señalarse que en la resolución en comento, se argumentó que el juzgador, como órgano del Estado que depende del Poder Judicial, no comparte facultades con otro poder estatal sino que “Desempeña la actividad de juzgamiento de un caso concreto, con pleno respeto y vigilancia de la observancia de las directrices que conforman el derecho de debido proceso penal. Se coloca como eje central, ante quien las partes hacen valer sus pretensiones, vigila la instrucción legal del proceso y resuelve el caso a través de las normas aplicables al caso concreto”.

En razón de lo anterior, es que someto a su consideración la presente Iniciativa, con el objeto de evitar la doble función del juzgador y recobrar el equilibrio procesal, lo cual sin duda alguna se traducirá en certeza y seguridad jurídica para todos los ciudadanos, toda vez que es competencia de este Poder, perfeccionar las normas jurídicas, a efecto de regular la vida en sociedad y las relaciones que de ahí se deriven, convirtiéndose en actos y hechos jurídicos que competen al derecho. A mayor abundamiento es preciso señalar que es nuestro deber evitar que existan normas que contravengan lo mandatado por la Constitución, particularmente si ello ha sido ya señalado por el máximo tribunal de justicia del país, con lo que se reivindica no sólo la división de Poderes establecida en la Carta Magna sino que se instrumenta la debida coordinación entre éstos, dando cauce al Estado de derecho.

No queda duda que la función del juzgador debe ser clara, transparente, pulcra y quedar libre de dudas, pues la certeza y seguridad jurídica de los ciudadanos, depende también del grado de legalidad y legitimidad de que gocen los juzgadores, entendiendo por legitimidad el grado de aceptación, confianza y reconocimiento social de la institución y sus funcionarios, por el adecuado ejercicio de sus facultades.

De acuerdo con el Código de Ética del Poder Judicial de la Federación, los principios fundamentales que rigen la labor judicial son independencia, imparcialidad, objetividad y profesionalismo, por lo que toda modificación al andamiaje jurídico que posibilite la cumplimentación estricta de estos principios, resulta del primer orden de importancia para la vida de la nación.

III. Consideraciones

Primera. La presente iniciativa basa su exposición de motivos en la resolución de inconstitucionalidad del proceso de amparo de al permitir que el juzgador desarrolle una doble función, como juzgador y como auxiliar del órgano ministerial.

“Artículo 294. Si las conclusiones fueren de no acusación, el juez o tribunal las enviará con el proceso al Procurador General de la República, para los efectos del artículo 295. Se tendrán por conclusiones no acusatorias, aquéllas en las que no se concretice la pretensión punitiva, o bien, ejercitándose ésta, se omite acusar:

a) Por algún delito expresado en el auto de formal prisión; o

b) A persona respecto de quien se abrió el proceso.

Artículo 295. El Procurador General de la República o el Subprocurador que corresponda oirán el parecer de los funcionarios que deban emitirlo y dentro de los diez días siguientes al de la fecha en que se haya recibido el proceso, resolverán, si son de confirmarse o modificarse las conclusiones. Si transcurrido este plazo no se recibe respuesta de los funcionarios primeramente mencionados, se entenderá que las conclusiones han sido confirmadas.

Segunda. Derivado de la exposición de motivos de la diputada proponente, en la que establece que al resolver el amparo en revisión 558/2012 bajo la ponencia de la ministra alga Sánchez Cordero, se estableció que la inconstitucionalidad de los citados artículos se da al permitir que el juzgador desarrolle una doble función, como juzgador y como auxiliar del órgano ministerial, lo cual trastoca la división constitucional de funciones competenciales, en este caso, las pertenecientes al Poder Ejecutivo y al Judicial, más si embargo, la argumentación establecida por la proponente sería contradictoria con la Jurisprudencia (penal) establecida por la Primera Sala con registro número 188661 en la que la ponente fue la Ministra alga Sánchez Cordero, y que a la letra dice:

“(J); 9a. Época; 1a Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Octubre de 2001; pág. 44

Conclusiones acusatorias. Procedimiento a seguir cuando se formulan en contravención a los artículos 292 y 293 del Código Federal de Procedimientos Penales (falta de cita del artículo 13 del Código Penal Federal).

Una etapa importante del proceso penal la constituye la acusación, en la cual el Ministerio Público formula sus conclusiones, las que sirven para fijar el alcance de la sentencia y que el inculpado pueda responder a la acusación. Los citados preceptos 292 293 establecen los requisitos que debe satisfacer el representante social al formular sus conclusiones acusatorias, entre éstos, que se señale en proposiciones concretas la responsabilidad del acusado en la comisión del delito que se le atribuye, a fin de no dejarlo en estado de indefensión; para ello, el órgano acusador debe: a) citar el artículo 13 del Código Penal Federal, el cual define qué personas resultan ser autores o partícipes de un hecho delictuoso, especificando la fracción o fracciones en la que se estima se ubica la conducta del inculpado, b) razonar el porqué así se considera y, c) señalar las pruebas que demuestren su responsabilidad. La satisfacción total o parcial de estos requisitos por parte del Ministerio Público regulará el trámite e seguir por el juzgador, quien deberá optar por alguno de los siguientes procedimientos: 1. El Juez o tribunal dará vista con las conclusiones acusatorias al acusado y a su defensor para que la contesten y, continúe con el procedimiento: A) cuando los referidos requisitos queden satisfechos en las conclusiones; B) Si se diera el caso de que se omita citar el artículo 13 o sólo la fracción o fracciones respectivas, pero si se contienen los razonamientos tendientes a demostrar la responsabilidad del acusado y la relación de pruebas que los apoyen, de tal manera que quede claro a qué supuesto de los previstos en las diversas fracciones de ese precepto se refiere la acusación; c) cuando no obstante que se cite el referido artículo 13 y la fracción o fracciones que se estimen aplicables, las razones formuladas para ubicar la responsabilidad y las pruebas que se mencionen para apoyarlas no se adecuen a las fracciones invocadas, sin embargo, no existe duda en cuál fracción o fracciones verdaderamente se ubica la conducta, pues en este supuesto sólo se está ante una cita equivocad de preceptos; 2. El Juez o tribunal tendrá por conclusiones no acusatorias ( al no concretizarse la pretensión punitiva) las formuladas por el Ministerio Público y las remitirá con el proceso al procurador general de la República para que confirme o modifique dichas conclusiones, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 294 y 295 del código adjetivo penal e cita: A) Cuando en lo absoluto se satisfagan los requisitos mencionados en líneas precedentes; B) Si en las conclusiones sólo se cita el precepto 13 y la fracción o fracciones correspondientes, pero se omite razonar sobre la responsabilidad del inculpado; y C) Cuando las conclusiones fueren contra constancias (porque tampoco se concretiza la acusación), ya porque los razonamientos no se adecuen a las pruebas mencionadas, o bien, porque éstas, sólo si fueren trascendentales para fincar la responsabilidad, no correspondan a las que obren en el proceso; en esta hipótesis el juzgador debe señalar la contradicción. Si se diera el caso de que se está en cualquiera de los supuestos mencionados en los tres últimos incisos, el tribunal de apelación debe, en el supuesto de que el apelante sea acusado, ordenar la reposición del procedimiento, para que el Juez de la causa proceda en términos de los artículos 294 y 295 del código adjetivo de la materia, atento lo dispuesto por los numerales 387 y 388, fracción XIII, del propio ordenamiento. Las reglas mencionadas tienen como propósito otorgar la debida seguridad jurídica en el proceso penal y respetar la garantía de audiencia del inculpado.”

Ahora bien, atendiendo que la jurisprudencia que establezca la Suprema Corte de Justicia, funcionando en pleno o en salas, es obligatoria para éstas en tratándose de la que decrete el pleno, y además para los Tribunales Unitarios y Colegiados de Circuito, los juzgados de Distrito, los tribunales militares y judiciales del orden común de los Estados y del Distrito Federal, y tribunales Administrativos y del Trabajo, Locales o Federales, tal y como lo establece el artículo 217 de la Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 Y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por tal razón, se determina que la jurisprudencia aquí planteada establece el procedimiento en el que el Juez o tribunal tendrá por conclusiones no acusatorias (al no concretizarse la pretensión punitiva) las formuladas por el Ministerio Público y las remitirá con el proceso al Procurador General de la República para que confirme o modifique dichas conclusiones, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 294 y 295 del código adjetivo penal en cita; dando así por Constitucional dicho procedimiento.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Justicia someten a la consideración de esta honorable asamblea los siguientes:

Acuerdos

Primero.Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que deroga los artículos 294 y 295 del Código Federal de Procedimientos Penales, suscrita por la diputada Mirna Esmeralda Hernández Morales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2013

La Comisión de Justicia, diputados:Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), presidente; María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Karina Labastida Sotelo (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica), Alejandro Carbajal González (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), Zuleyma Huidobro González (rúbrica), Lilia Aguilar Gil  (rúbrica), Eloy Cantú Segovia (rúbrica), Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), Armando Córdova Díaz (rúbrica), José Alberto Rodríguez Calderón (rúbrica), Cristina González Cruz (rúbrica), Alfa Eliana González Magallanes  (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Julio César Moreno Rivera, José Antonio Rojo García de Alba (rúbrica), Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño, Darío Zacarías Capuchino (rúbrica), Damián Zepeda Vidales, Andrés de la Rosa Anaya, Tomás Torres Mercado (rúbrica), Areli Madrid Tovilla (rúbrica), Fernando Zárate Salgado (rúbrica).»

«Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona el artículo tercero transitorio al diverso que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2006

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su análisis y elaboración del dictamen, la minuta con proyecto de decreto que adiciona el artículo tercero transitorio al diverso que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día diecisiete de enero de dos mil seis.

Esta comisión dictaminadora con fundamento en lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 86, 89, 94 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 80, 81, 82, 84, 85, 182 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, habiendo analizado el contenido de la citada iniciativa, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen ,al tenor de la siguiente

Metodología

I. En el capítulo de “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida Iniciativa y del trabajo previo para su resolución de la comisión dictaminadora.

II. En el capítulo referido al “Contenido de la iniciativa”, se sintetiza el alcance de la propuesta de reforma en estudio.

III. En el capítulo de “ Consideraciones”, se expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de esta comisión dictaminadora.

I. Antecedentes

1. En fecha diecisiete de enero de dos mil seis, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforma al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, resultado de diversas iniciativas presentadas por los diferentes grupos parlamentarios, en las LVIII y LIX Legislaturas, referidas a la materia de los días de descanso obligatorio, con la finalidad de crear el concepto de “fines de semanas largos”, a efecto no sólo de fomentar la convivencia familiar, sino de incentivar la actividad turística nacional en las diversas partes y regiones de la República Mexicana.

2. Con fecha dieciocho  de marzo de dos mil diez, el senador Alejandro Zapata Perogordo, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, haciendo uso de la facultad que les confiere el artículo 71, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores, la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona el artículo Tercero Transitorio al diverso que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2006.

3. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva del Senado de la República dispuso que esta iniciativa se turnara a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social; y de Estudios Legislativos, para su estudio y análisis correspondiente.

4. En la sesión ordinaria de la Cámara de Senadores, celebrada el quince de abril del dos mil diez, se aprobó con 84 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención, el dictamen de la iniciativa en referencia. En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó a la Cámara de Diputados (Revisora) para efectos de la fracción a) del artículo 72 constitucional.

5. En fecha quince de abril de dos mil diez, en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados se recibió la minuta de referencia. Con esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para su estudio y dictamen correspondiente.

II. Contenido de la iniciativa

La minuta propone la adición de un artículo Tercero Transitorio al diverso que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2006 a efecto de que la conmemoración del 20 de noviembre de 2010, a celebrarse el día 15, se celebre por excepción el día 22 de noviembre.

El senador proponente señalo en la parte expositiva de su iniciativa lo siguiente:

1. Definió a la cultura cívica como una estructura ética ampliamente socializada que define el contenido de virtudes ciudadanas, basadas en la solidaridad, y que orienta la acción cotidiana de los miembros de una comunidad.

2. Señaló que en nuestro país, la consolidación de la democracia depende en gran medida, del fortalecimiento de la cultura cívica y democrática de la sociedad.

3. Precisó que resulta de suma importancia para el desarrollo de la cultura política democrática de nuestro país, el establecimiento y difusión de un calendario cívico, permitiría un mayor involucramiento en los asuntos públicos por parte de nuestra sociedad.

4. Mencionó que en los últimos años, se han presentado en el Congreso de la Unión, diversas propuestas para reformar la Ley Federal del Trabajo para que se incluyan en dicho ordenamiento, días de descanso obligatorio, con una triple finalidad: realizar actividades relacionadas con las fechas más significativas en la vida política y social de nuestro país; buscando una mayor derrama económica en los bienes y servicios que presta el sector turístico; y fomentar la convivencia y fortalecimiento del núcleo familiar.

5. Señaló que en diciembre de 2005, la Cámara de Diputados aprobó una reforma al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, la cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2006, resultado de cinco iniciativas presentadas por diversos grupos parlamentarios y que fusionan las tres finalidades mencionadas anteriormente, estableciéndose ocho fechas como días de descanso obligatorio, creándose los llamados “fines de semana largos”.

6. Que dentro de las reformas al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, se encuentra la fracción VI en la que se estableció como día de descanso obligatorio: “El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre”.

III. Consideraciones

Primera. Los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social consideran que la minuta en referencia, la Colegisladora como Cámara Origen, esgrimió sus argumentos en las siguientes consideraciones:

Que para llegar a un estado pleno de desarrollo cívico y democrático, es necesario promover e impulsar la cultura cívica de los mexicanos; esto generaría un fuerte conocimiento de la memoria histórica acerca de los diversos acontecimientos nacionales que han marcado el cambio de manera trascendental en nuestro país y reforzaría la existencia de valores democráticos como elementos constitutivos de la identidad nacional.

Coincidieron plenamente con lo señalado por el senador proponente, en el sentido de que la reforma al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación en enero de 2006 había tenido una gran trascendencia, tanto en el calendario cívico de los mexicanos, como en el fomento de la actividad turística nacional, debido a su derrama económica en las diversas regiones de la Republica Mexicana, y ha beneficiado la convivencia de las familias mexicanas.

Señalaron que el Congreso de la Unión, aprobó el Decreto por el que se declaro el 2010 “Año del Bicentenario del Inicio del Movimiento de Independencia Nacional y de Centenario del Inicio de la Revolución Mexicana”, en el que se establecían los criterios para el desarrollo de un programa que incluyera eventos, acciones, expresiones, homenajes, calendarios cívicos, conmemoraciones y demás proyectos recomendables para llevarse a cabo desde la entrada en vigor del mismo y hasta el mismo día del año 2010, por lo que consideraron relevante que en el año 2010, se traslade el día de descanso obligatorio, del lunes 15 de noviembre al día lunes 22 de noviembre, a efecto de acercar la fecha de la conmemoración del Centenario de la Revolución Mexicana, ya que resultaba que el día de descanso obligatorio vigente será presidido por cinco días naturales para llevar a cabo la conmemoración mencionada, perdiendo con ello su real sentido cívico el día de descanso obligatorio.

Por último, argumentaron que el día que se pretendía determinar de manera excepcional, como de descanso obligatorio para conmemorar el inicio de la Revolución Mexicana para el año 2010, no vulneraba los derechos, beneficios o prerrogativas a favor de los trabajadores contenidos en los contratos de trabajo individuales, colectivos o convenios que se encontraban celebrados, ya que éstos estaban salvaguardados en la Ley Federal del Trabajo vigente, de conformidad con su artículo tercero transitorio publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 1969.

Segunda. Sin embargo por tratarse de una propuesta legislativa y de hechos que han sido superados por el tiempo para su aplicación, la comisión dictaminadora considera que la minuta en estudio ha quedado sin materia.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social someten a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo Tercero Transitorio al diverso que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el diecisiete de enero de dos mil seis, presentada por el senador Alejandro Zapata Perogordo, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, el dieciocho de marzo de dos mil diez.

Segundo. Devuélvase el expediente a la Cámara de Senadores, de conformidad con lo previsto en el inciso d), del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de dos mil trece.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados:Claudia Delgadillo González (rúbrica), presidenta; Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, Fernando Salgado Delgado, Karina Labastida Sotelo (rúbrica), Rafael Alejandro Micalco Méndez, Ramón Montalvo Hernández (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Luisa María Alcalde Luján, José Arturo López Cándido, José Angelino Caamal Mena, secretarios; Carlos Humberto Aceves y del Olmo, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Elsa Patricia Araujo de la Torre (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal (rúbrica), Silvano Blanco Deaquino (rúbrica en contra), José Alfredo Botello Montes (rúbrica), Juan Bueno Torio (rúbrica), María del Socorro Ceseñas Chapa, Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), Esther Angélica Martínez Cárdenas (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño (rúbrica), Alfredo Zamora García.»

El Presidente diputado José González Morfín: En consecuencia, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban los puntos de acuerdo.

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se aprueban los puntos de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Aprobados los puntos de acuerdo. Archívense los expedientes como asuntos concluidos. Por lo que se refiere al último de los asuntos, devuélvase al Senado para los efectos del inciso D del artículo 72 constitucional.

Ruego a la Secretaría dar lectura a un acuerdo de la Junta de Coordinación Política.



CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL ANTONIA NAVA DE CATALAN

El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se crea un grupo de trabajo responsable de la evaluación de la gestión y operación del Centro de Desarrollo Infantil Antonia Nava de Catalán

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1 del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propone a la consideración del pleno el siguiente proyecto de punto de acuerdo conforme a las siguientes

Consideraciones

Primera. Que de acuerdo con los artículos 33 y 34 de la propia Ley Orgánica, la Junta de Coordinación Política es la expresión de la pluralidad de la Cámara de Diputados y el órgano en el que se impulsan los entendimientos y convergencias políticas a fin de alcanzar los acuerdos para que el Pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden. De igual manera, tiene la atribución de presentar puntos de acuerdo, pronunciamientos y declaraciones.

Segunda. Que conforme a lo dispuesto en el inciso c) del numeral 1 del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos es facultad de la Junta de Coordinación Política proponer al Pleno de la Cámara la integración de las comisiones, con el señalamiento de la conformación de sus respectivas Mesas Directivas; por otra parte, según lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 44 de la propia Ley Orgánica, es potestad de las comisiones de la Cámara de Diputados la de constituir grupos de trabajo que se aboquen al estudio de un asunto en particular, no legislativo, o bien, que realicen estudios, investigaciones o trabajo de campo.

Tercera. Que de una interpretación sistemática y funcional de lo establecido en los artículos 33, 34, numeral 1, inciso c), 44, numeral 4 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 153, numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Junta de Coordinación Política, que puede proponer la creación e integración de las Comisiones, así como la designación de los integrantes de las Juntas Directivas, tiene plenas facultades para proponer al Pleno de la Cámara la constitución e integración de un Grupo de Trabajo.

Por lo anterior, se propone al pleno de la honorable Cámara de Diputados los siguientes

Acuerdos

Primero. Se propone la constitución de un grupo de trabajo, adscrito a la Junta de Coordinación Política que tendrá por objetivo evaluar al Centro de Desarrollo Infantil “Antonia Nava de Catalán”, el cual brinda el servicio de educar y cuidar a los hijos de las madres trabajadoras de la Cámara de Diputados;

Segundo. El grupo de trabajo contará con siete integrantes, uno por cada uno de los grupos parlamentarios. Los integrantes serán propuestos por la Junta de Coordinación Política al pleno una vez que cada grupo haga su designación;

Tercero. El grupo de trabajo será presidido por el diputado Alberto Anaya Gutiérrez durante la vigencia de éste;

Cuarto.El Grupo de Trabajo estará en funciones durante la LXII Legislatura.

Transitorio

Primero. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el pleno de la Cámara de Diputados.

Segundo. Comuníquese a la Mesa Directiva.

Dado en el Recinto Legislativo de San Lázaro a los 17 días del mes de abril de 2013.— Diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputado Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputado Ricardo Monreal Ávila (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputada María Sanjuana Franco Cerda (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.»

Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Aprobado. Comuníquese.



* INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

El Presidente diputado José González Morfín: En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.



CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente diputado José González Morfín (a las 16:25 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el martes 23 de abril, a las 11 horas. Se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9:30 horas.

————— O —————

RESUMEN DE TRABAJOS

RESUMEN DE TRABAJOS

• Tiempo de duración: 5 horas 15 minutos

• Quórum a la apertura de sesión: 254 diputados

• Asistencia al cierre de registro: 445 diputados

• Oradores que participaron: 35

PRI 5

PAN 6

PRD 10

PVEM 2

MC 7

PT 3

NA 2

Se recibió:

• 1 oficio del diputado Enrique Alejandro Flores Flores por el que solicita que se retiren de los registros de las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos de la Federación, reforma el artículo 217 del Código Penal Federal y deroga los artículos 66, 71 y 73 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, presentada el 27 de septiembre de 2012

• 1 oficio de la diputada Cristina Olvera Barrios por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Desarrollo Social, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Desarrollo Social, presentada el 4 de diciembre de 2012

• 1 oficio de la diputada Luis María Alcalde Luján por el que solicita que se retire de los registros de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Leu del Seguro Social, presentada el 18 de diciembre de 2012

• 1 oficio del diputado Erick Marte Rivera Villanueva por el que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos segundo, tercero, cuarto y sexto transitorios de la Ley de Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, presentada el 11 de diciembre de 2012

• 1 oficio de la Secretaría de Gobernación, por el que solicita el permiso constitucional necesario para el ciudadano Martín Enrique Torres Lara pueda desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Estonia, en la ciudad de Tampico, con circunscripción consular en el estado de Tamaulipas

• 1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y del Código Penal Federal

Dictámenes de declaratoria de publicidad

• 1 de la Comisión de Deporte, con proyecto de decreto que expide la Ley General de Cultura Física y Deporte

• 1 de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto que reforma los artículos 86, 87, 133, 292, 395 y 1612; y deroga los artículos 88, 157, 295, 394, 1613 y 1620 del Código Civil Federal

• 1 de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

• 1 de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto por el que la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados otorga la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri y Legisladores de 1913, al ciudadano Jacobo Zabludovsky Kraveski

Dictámenes aprobados

• 1 de la Comisión de Justicia, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República y a la Procuraduría General de Justicia de Chiapas a resolver con prontitud los homicidios dolosos en la entidad y la probable vinculación de éstos con el crimen organizado

• 1 de la Comisión de Justicia, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Judicial y al juez tercero en materia de Procesos Penales Federales en el estado de México, sobre la pronta liberación del general de división Tomás Angeles Dauahare

• 1 de la Comisión de Justicia, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría General de Justicia de Puebla a deslindar la responsabilidad penal del presidente municipal de Tlacotepec de Benito Juárez, respecto a las averiguaciones previas radicadas en su contra, y al órgano superior de fiscalización del estado, a auditar las Cuentas Públicas del ayuntamiento

• 1 de la Comisión de Justicia, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el cual se solicita a la Procuraduría General de Justicia de Chiapas, que esclarezca el caso de la operación en el parque eólico de Arriaga y la detención de César Octavio Blanco García, líder de los propietarios del predio El Brillante

• 1 de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo

• 1 de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de áreas protegidas marinas

• 1 de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de condecoraciones

• 1 de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX-R al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de atención y protección de los derechos de las víctimas

• 1 de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que reforma el inciso e) y adiciona un inciso o) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes

• 1 de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto por el que la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados otorga la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri y Legisladores de 1913, al ciudadano Jacobo Zabludovsky Kraveski

• 1 de las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez, y de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el inciso k) al artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

• 1 de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la denominación del título quinto y los artículos 127, 168 y 169 de la Ley Federal del Trabajo

• 1 de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo

• 1 de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona los artículos tercero y cuarto transitorios al decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2006 por el que se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo

• 1 de la Comisión de Comunicaciones, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona la fracción VII Bis al artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones

• 1 de la Comisión de Justicia, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 207 del Código Penal Federal y 194 del Código de Procedimientos Penales

• 1 de la Comisión de Justicia, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que deroga los artículos 294 y 295 del Código Federal de Procedimientos Penales

• 1 de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con puntos de acuerdo por los que se desecha la minuta con proyecto de decreto que adiciona el artículo tercero transitorio al diverso que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2006

Acuerdos aprobados

• 1 de la Junta de Coordinación Política, por el que se crea un grupo de trabajo responsable de la evaluación de la gestión y operación del Centro de Desarrollo Infantil Antonia Nava de Catalán

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

Alcalde Luján, Luisa María (MC)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de atención y protección de los derechos de las víctimas: 129
Alonso Morelli, Humberto (PAN)
Propuesta de modificación del orden del día: 92
Aureoles Conejo, Silvano (PRD)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes: 139
Aureoles Conejo, Silvano (PRD)
Propuesta de modificación del orden del día: 92, 93
Belaunzarán Méndez, Fernando (PRD)
Ley Federal del Trabajo: 81
Belaunzarán Méndez, Fernando (PRD)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de atención y protección de los derechos de las víctimas: 130
Belaunzarán Méndez, Fernando (PRD)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes: 140
Beltrones Rivera, Manlio Fabio (PRI)
Receso: 104
Beltrones Rivera, Manlio Fabio (PRI)
Propuesta de modificación del orden del día: 93
Bueno Torio, Juan (PAN)
Propuesta de modificación del orden del día: 90
Caamal Mena, José Angelino (NA)
Ley Federal del Trabajo: 81
Castellanos Mijares, Carlos Octavio (PVEM)
Ley Federal del Trabajo: 84
Ceseñas Chapa, María del Socorro (PRD)
Ley Federal del Trabajo: 87
Ceseñas Chapa, María del Socorro (PRD)
Propuesta de modificación del orden del día: 90
Charleston Hernández, Fernando (PRI)
Propuesta de modificación del orden del día: 90
Durazo Montaño, Francisco Alfonso (MC)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes: 137
Escobar y Vega, Arturo (PVEM)
Propuesta de modificación del orden del día: 94
Hernández Montalvo, Ramón (PRD)
Ley Federal del Trabajo: 85
Huidobro González, Zuleyma (MC)
Ley Federal del Trabajo: 82
López Cándido, José Arturo (PT)
Ley Federal del Trabajo: 84
López González, Roberto (PRD)
Propuesta de modificación del orden del día: 91
Martínez Cárdenas, Esther Angélica (PRI)
Ley Federal del Trabajo: 86
Medina Filigrana, Marcos Rosendo (PRD)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de condecoraciones: 118
Mejía Berdeja, Ricardo (MC)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes: 141
Moctezuma Oviedo, María Guadalupe (PRD)
Propuesta de modificación del orden del día: 89
Monreal Ávila, Ricardo (MC)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de condecoraciones: 113
Montano Guzmán, José Alejandro (PRI)
Propuesta de modificación del orden del día: 89
Moreno Rivera, Julio César (PRD)
Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de condecoraciones: 111
Moreno Rivera, Julio César (PRD)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de atención y protección de los derechos de las víctimas: 126
Moreno Rivera, Julio César (PRD)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes: 136
Navarrete Vital, María Concepción (PRI)
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente: 104
Núñez Monreal, Magdalena del Socorro (PT)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de atención y protección de los derechos de las víctimas: 128
Olvera Barrios, Cristina (NA)
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente: 103
Ortiz Ahlf, Loretta (PT)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de condecoraciones: 111
Roblero Gordillo, Héctor Hugo (PT)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes: 138
Rodríguez Doval, Fernando (PAN)
Propuesta de modificación del orden del día: 91
Rosas Montero, Lizbeth Eugenia (PRD)
Propuesta de modificación del orden del día: 91
Serralde Martínez, Víctor (PAN)
Propuesta de modificación del orden del día: 89
Tapia Fonllem, Margarita Elena (PRD)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de atención y protección de los derechos de las víctimas: 129
Valencia Ramírez, Aída Fabiola (MC)
Propuesta de modificación del orden del día: 92
Villanueva Albarrán, Gerardo (MC)
Propuesta de modificación del orden del día: 91
Villarreal García, Luis Alberto (PAN)
Propuesta de modificación del orden del día: 92, 93
Zamora García, Alfredo (PAN)
Ley Federal del Trabajo: 88

VOTACIONES

Del dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo (en lo general y en lo particular, con la modificación propuesta por la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa y aceptada por la asamblea)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor

2 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoFavor

3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor

4 Anaya Gudiño, AlfredoFavor

5 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor

6 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor

7 Alcalá Padilla, LeobardoFavor

8 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor

9 Allende Cano, Ana IsabelFavor

10 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor

11 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoAusente

12 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor

13 Arellano Guzmán, SalvadorFavor

14 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor

15 Añorve Baños, ManuelFavor

16 Athie Flores, KamelFavor

17 Ayala Robles Linares, FlorFavor

18 Badillo Ramírez, DaríoFavor

19 Barajas del Toro, SalvadorFavor

20 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor

21 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor

22 Barrera Barrera, PetraFavor

23 Barrera Estrada, RodimiroAusente

24 Barrera Fortoul, LauraFavor

25 Barrueta Barón, NoéFavor

26 Bautista Villegas, OscarFavor

27 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor

28 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor

29 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioFavor

30 Berzunza Novelo, Landy MargaritaAusente

31 Bonilla Gómez, AdolfoFavor

32 Caballero Garza, BenitoFavor

33 Calderón Ramírez, LeticiaFavor

34 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor

35 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor

36 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor

37 Cantú Segovia, EloyFavor

38 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor

39 Cárdenas Cantú, MiriamFavor

40 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor

41 Carreño Mijares, AngelinaFavor

42 Carreón Cervantes, VerónicaFavor

43 Castillo Rodríguez, MinervaFavor

44 Charleston Hernández, FernandoFavor

45 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor

46 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor

47 Córdova Morán, Frine SorayaFavor

48 Corona Nakamura, María del RocíoFavor

49 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor

50 Cruz Morales, MaricruzFavor

51 Curi Naime, AlbertoFavor

52 De la Cruz Requena, RosalbaFavor

53 Del Angel Acosta, JorgeFavor

54 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor

55 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor

56 Delgadillo González, ClaudiaFavor

57 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor

58 Doger Guerrero, José EnriqueFavor

59 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor

60 Duarte Murillo, José IgnacioFavor

61 Elizondo Ramírez, IrmaFavor

62 Escajeda Jiménez, José RubénFavor

63 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor

64 Félix Chávez, FaustinoFavor

65 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor

66 Flores Gómez, José Luis CruzFavor

67 Flores Méndez, José LuisFavor

68 Flores Sandoval, PatricioFavor

69 Fuentes Téllez, AdrianaFavor

70 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor

71 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor

72 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor

73 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor

74 Garay Cabada, MarinaAusente

75 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor

76 García Fernández, Maria de las NievesFavor

77 García García, HéctorFavor

78 García Hernández, JosefinaFavor

79 García Olmedo, María del RocíoFavor

80 Garza Moreno, María EstherFavor

81 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelAusente

82 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor

83 Gómez Gómez, LuisFavor

84 Gómez Gómez, PedroFavor

85 Gómez Michel, GabrielAusente

86 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor

87 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor

88 González Cruz, CristinaFavor

89 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor

90 González Gómez, CeciliaFavor

91 González Martínez, Olivares IrazemaFavor

92 González Reséndiz, RafaelFavor

93 González Valdez, Marco AntonioFavor

94 González Vargas, FranciscoFavor

95 Grajales Palacios, FranciscoFavor

96 Gualito Castañeda, RosalbaFavor

97 Guerra Garza, AbelFavor

98 Guevara González, Javier FilibertoFavor

99 Gurrión Matías, SamuelFavor

100 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor

101 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoAusente

102 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor

103 Hernández Burgos, GaudencioFavor

104 Hernández González, NoéFavor

105 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor

106 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor

107 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor

108 Herrera Delgado, JorgeFavor

109 Huerta Rea, María de JesúsAusente

110 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor

111 Juan Marcos, Issa SalomónFavor

112 King de la Rosa, RaymundoFavor

113 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor

114 López Alvarado, Jaime ChrisFavor

115 López Landero, TomásFavor

116 López Segura, María CarmenFavor

117 López Zavala, JavierFavor

118 Macías Sandoval, RaúlFavor

119 Madrid Tovilla, AreliFavor

120 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor

121 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor

122 Manzur Quiroga, José SergioFavor

123 Márquez Martínez, José LuisFavor

124 Márquez Velasco, SilviaFavor

125 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor

126 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor

127 Medina Fierro, RicardoFavor

128 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor

129 Mendoza Garza, JorgeFavor

130 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor

131 Miranda Munive, EmilseFavor

132 Montano Guzmán, José AlejandroFavor

133 Montes Alvarado, AbrahamFavor

134 Morales Flores, JesúsFavor

135 Moreno Árcega, José IsidroFavor

136 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroFavor

137 Moreno Montoya, José PilarFavor

138 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor

139 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor

140 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor

141 Nava Gómez, José EverardoFavor

142 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor

143 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor

144 Niaves López, Ossiel OmarAusente

145 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor

146 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor

147 Ochoa González, ArnoldoFavor

148 Olvera Correa, LuisFavor

149 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor

150 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor

151 Ortiz García, SalvadorFavor

152 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor

153 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor

154 Padilla Navarro, CesarioAusente

155 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor

156 Peña Recio, Patricia GuadalupeFavor

157 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor

158 Pérez de Alba, José NoelFavor

159 Pérez Escalante, Elvia MaríaAusente

160 Ponce Orozco, NormaFavor

161 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor

162 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaAusente

163 Quintana León, Socorro de la LuzFavor

164 Rangel Espinosa, JoséFavor

165 Rangel Segovia, AlejandroFavor

166 Rellstab Carreto, TanyaFavor

167 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor

168 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor

169 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor

170 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor

171 Rojo García de Alba, José AntonioFavor

172 Román Bojórquez, Jesús TolentinoAusente

173 Romero Valencia, SalvadorAusente

174 Ruiz Arriaga, GenaroFavor

175 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor

176 Ruiz Moronatti, RobertoFavor

177 Ruiz Sandoval, CristinaFavor

178 Sahui Rivero, MauricioAusente

179 Salgado Delgado, FernandoFavor

180 Salgado Peña, Abel OctavioFavor

181 Sámano Peralta, MiguelFavor

182 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente

183 Sánchez Romero, CarlosFavor

184 Sánchez Santiago, María GuadalupeAusente

185 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor

186 Sosa Altamira, William RenánFavor

187 Terán Guevara, María RebecaFavor

188 Terán Juárez, JorgeFavor

189 Treviño Cantú, JavierFavor

190 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

191 Ugalde Alegría, Aurora DenisseAusente

192 Valanci Buzali, SimónFavor

193 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor

194 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor

195 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor

196 Vázquez Saut, ReginaFavor

197 Vega de la Peña, AlfioFavor

198 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor

199 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor

200 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor

201 Velázquez López, MirnaFavor

202 Velázquez Ramírez, Diana KarinaFavor

203 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor

204 Vildosola Lacarra, Miguel AlfonsoFavor

205 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor

206 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor

207 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor

208 Zacarías Capuchino, DaríoFavor

209 Zamora Morales, FernandoFavor

210 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor

Favor: 192

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 18

Total: 210

PARTIDO ACCION NACIONAL

1 Adame Alemán, Juan PabloFavor

2 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor

3 Aguilar Vega, MarcosFavor

4 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor

5 Alonso Morelli, HumbertoFavor

6 Álvarez Tovar, Martha BereniceAusente

7 Anaya Cortés, RicardoFavor

8 Anaya Llamas, José GuillermoFavor

9 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor

10 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor

11 Argüelles Loya, ConsueloFavor

12 Azuara Zúñiga, XavierFavor

13 Borboa Becerra, Omar AntonioAusente

14 Botello Montes, José AlfredoFavor

15 Bueno Torio, JuanFavor

16 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor

17 Camarillo Ortega, RubénFavor

18 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor

19 Carreño Muro, GenaroFavor

20 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

21 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor

22 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor

23 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor

24 Cortés Berumen, IsaíasFavor

25 Cortes Talamantes, Gabriela EugeniaFavor

26 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor

27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor

28 De la Rosa Anaya, AndrésFavor

29 De la Rosa Escalante, ArturoFavor

30 Díaz Trujillo, AlbertoFavor

31 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorFavor

32 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor

33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor

34 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor

35 García González, Carlos AlbertoAusente

36 García Ramírez, José GuadalupeFavor

37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelFavor

39 Gómez Ramírez, RaúlFavor

40 González Aguilar, Lazara NellyFavor

41 González Carrillo, AdrianaFavor

42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor

43 González Morfín, JoséFavor

44 González Serna, José ÁngelFavor

45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioAusente

46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor

47 Jiménez Castillo, BlancaFavor

48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor

49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor

50 Labastida Sotelo, KarinaFavor

51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor

52 Licea González, MargaritaFavor

53 Llanas Alba, José AlejandroFavor

54 López Cisneros, José MartínFavor

55 López Landero, LeticiaFavor

56 López López, RaudelFavor

57 López Noriega, AlejandraFavor

58 Lugo Barriga, PatriciaFavor

59 Micalco Méndez, Rafael AlejandroAusente

60 Mondragón González, María GuadalupeFavor

61 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor

62 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor

63 Neblina Vega, HebertoFavor

64 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor

65 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor

66 Orta Coronado, MarcelinaFavor

67 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor

68 Osorno Malpica, DamarisFavor

69 Othón Zayas, MáximoFavor

70 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor

71 Pacheco Díaz, GermánAusente

72 Pantoja Hernández, LeslieFavor

73 Paz Alonzo, RaúlAusente

74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor

75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor

76 Peña Avilés, GerardoFavor

77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor

78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoAusente

79 Quintana Salinas, EstherFavor

80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor

81 Ramírez Romero, Luis MiguelFavor

82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor

83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor

84 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor

85 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor

86 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor

87 Rodríguez Doval, FernandoFavor

88 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor

89 Romero Sevilla, LeonorFavor

90 Rosiñol Abreu, JorgeFavor

91 Sada Pérez, VerónicaFavor

92 Saldaña Hernández, MargaritaFavor

93 Salinas Garza, José ArturoAusente

94 Salinas Mendiola, GlafiroFavor

95 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor

96 Sánchez Ruiz, MarioFavor

97 Serralde Martínez, VíctorAusente

98 Sosa Govea, Martha LeticiaAusente

99 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor

100 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor

101 Trejo Reyes, José IsabelFavor

102 Urciel Castañeda, María CeliaFavor

103 Uribe Padilla, Juan CarlosAusente

104 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor

105 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor

106 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor

107 Villarreal García, Luis AlbertoFavor

108 Villarreal García, RicardoFavor

109 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor

110 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor

111 Zamora García, AlfredoFavor

112 Zavala Peniche, María BeatrizFavor

113 Zepeda Vidales, DamiánFavor

Favor: 101

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 12

Total: 113

PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

1 Alavez Ruiz, AleidaAusente

2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor

3 Alonso Raya, Agustín MiguelAusente

4 Amaya Reyes, María de LourdesFavor

5 Antonio Altamirano, CarolFavor

6 Arias Pallares, Luis ManuelFavor

7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor

8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor

9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor

10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor

11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor

12 Bautista Cuevas, GloriaFavor

13 Bautista López, Victor ManuelFavor

14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor

15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor

16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethAusente

17 Bonilla Jaime, JuanaFavor

18 Borges Pasos, Teresita de JesúsAusente

19 Brito Lara, TomásFavor

20 Carbajal González, AlejandroFavor

21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónAusente

22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor

23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor

24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor

25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor

26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor

27 Cruz Ramírez, ArturoFavor

28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor

29 Cuevas Mena, Mario AlejandroAusente

30 De Jesús, Alejandro CarlosAusente

31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoFavor

32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor

33 Diego Cruz, EvaFavor

34 Duarte Ortuño, CatalinoFavor

35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielFavor

36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor

37 Flores Aguayo, UrielFavor

38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor

39 Fócil Pérez, Juan ManuelAusente

40 García Conejo, AntonioFavor

41 García Medina, Amalia DoloresAusente

42 García Reyes, VerónicaFavor

43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor

44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor

45 González Barrios, RodrigoFavor

46 González Bautista, ValentínFavor

47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor

48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor

49 Jardines Fraire, JhonatanFavor

50 Jarquín, HugoAusente

51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

52 León Mendívil, José AntonioFavor

53 López González, RobertoFavor

54 López Rosado, RobertoFavor

55 López Suárez, RobertoFavor

56 Luna Porquillo, RoxanaFavor

57 Maldonado Salgado, José ValentínAusente

58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor

59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor

60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor

61 Mejía Guardado, JulisaFavor

62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoAusente

63 Méndez Martínez, Mario RafaelFavor

64 Merlín García, María del RosarioFavor

65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor

66 Miranda Salgado, MarinoFavor

67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor

68 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor

69 Montalvo Hernández, RamónFavor

70 Morales López, Carlos AugustoAusente

71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor

72 Moreno Rivera, IsraelAusente

73 Moreno Rivera, Julio CésarFavor

74 Mota Ocampo, Gisela RaquelAusente

75 Muñoz Soria, José LuisFavor

76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor

77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor

78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor

79 Orihuela García, JavierFavor

80 Porras Pérez, PedroAusente

81 Portillo Martínez, VicarioFavor

82 Posadas Hernández, DomitiloFavor

83 Quiroga Anguiano, KarenAusente

84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor

85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeAusente

86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor

87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaFavor

88 Salazar Trejo, JessicaFavor

89 Salgado Parra, JorgeAusente

90 Salinas Narváez, JavierFavor

91 Salinas Pérez, JosefinaFavor

92 Sánchez Torres, GuillermoFavor

93 Sandoval Martínez, HugoFavor

94 Sansores Sastré, AntonioAusente

95 Serrano Toledo, RosendoFavor

96 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor

97 Tovar Aragón, CrystalAusente

98 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor

99 Verde Avendaño, Milkdret MarinaFavor

100 Zárate Salgado, FernandoAusente

Favor: 78

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 22

Total: 100

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

1 Acosta Montoya, RubénFavor

2 Astudillo Suárez, RicardoFavor

3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueAusente

4 Camarena García, Felipe ArturoFavor

5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor

6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor

7 Escobar y Vega, ArturoAusente

8 García de la Fuente, MónicaFavor

9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor

10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor

11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor

12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor

13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor

14 Medrano Galindo, GabrielaFavor

15 Narcia Álvarez, HéctorFavor

16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor

17 Ochoa López, NaborFavor

18 Orozco Gómez, JavierFavor

19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor

20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor

21 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor

22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor

23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoFavor

24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor

25 Torres Mercado, TomásFavor

26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor

27 Vital Vera, Martha EdithFavor

28 Zavaleta Salgado, RuthFavor

Favor: 26

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 28

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor

2 Chávez Contreras, RodrigoFavor

3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor

4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor

5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoFavor

6 Gómez Pozos, MerilynFavor

7 Huidobro González, ZuleymaFavor

8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor

9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor

10 Martínez Martínez, Juan LuisFavor

11 Mejía Berdeja, RicardoFavor

12 Méndez Denis, LorenaFavor

13 Monreal Ávila, RicardoFavor

14 Romero Lozano, María FernandaFavor

15 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor

16 Soto Martínez, JoséFavor

17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor

18 Valle Magaña, José LuisFavor

19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor

20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor

Favor: 20

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 20

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Aguilar Gil, LiliaFavor

2 Anaya Gutiérrez, AlbertoAusente

3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor

4 Bonilla Valdez, JaimeFavor

5 Cantú Garza, RicardoFavor

6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelAusente

7 López Cándido, José ArturoFavor

8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor

9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor

10 Orive Bellinger, AdolfoAusente

11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor

12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor

13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor

14 Torres Flores, AraceliFavor

15 Vega Vázquez, José HumbertoFavor

Favor: 12

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 15

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor

2 Caamal Mena, José AngelinoFavor

3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor

4 Félix Hays, Rubén BenjamínAusente

5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor

6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor

7 González Roldán, Luis AntonioFavor

8 Olvera Barrios, CristinaFavor

9 Rincón Chanona, SoniaFavor

10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor

Favor: 9

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 10

Del dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de áreas marinas protegidas (en lo general y en lo particular)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor

2 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoFavor

3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor

4 Anaya Gudiño, AlfredoFavor

5 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor

6 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor

7 Alcalá Padilla, LeobardoFavor

8 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor

9 Allende Cano, Ana IsabelFavor

10 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor

11 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoAusente

12 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor

13 Arellano Guzmán, SalvadorFavor

14 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor

15 Añorve Baños, ManuelFavor

16 Athie Flores, KamelFavor

17 Ayala Robles Linares, FlorFavor

18 Badillo Ramírez, DaríoFavor

19 Barajas del Toro, SalvadorFavor

20 Barba Mariscal, Marco AntonioAusente

21 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor

22 Barrera Barrera, PetraFavor

23 Barrera Estrada, RodimiroFavor

24 Barrera Fortoul, LauraFavor

25 Barrueta Barón, NoéFavor

26 Bautista Villegas, OscarFavor

27 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor

28 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor

29 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioFavor

30 Berzunza Novelo, Landy MargaritaAusente

31 Bonilla Gómez, AdolfoFavor

32 Caballero Garza, BenitoFavor

33 Calderón Ramírez, LeticiaFavor

34 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor

35 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor

36 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor

37 Cantú Segovia, EloyFavor

38 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor

39 Cárdenas Cantú, MiriamFavor

40 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor

41 Carreño Mijares, AngelinaFavor

42 Carreón Cervantes, VerónicaFavor

43 Castillo Rodríguez, MinervaFavor

44 Charleston Hernández, FernandoFavor

45 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor

46 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor

47 Córdova Morán, Frine SorayaFavor

48 Corona Nakamura, María del RocíoFavor

49 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor

50 Cruz Morales, MaricruzFavor

51 Curi Naime, AlbertoFavor

52 De la Cruz Requena, RosalbaFavor

53 Del Angel Acosta, JorgeFavor

54 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor

55 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor

56 Delgadillo González, ClaudiaFavor

57 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor

58 Doger Guerrero, José EnriqueFavor

59 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor

60 Duarte Murillo, José IgnacioFavor

61 Elizondo Ramírez, IrmaFavor

62 Escajeda Jiménez, José RubénFavor

63 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor

64 Félix Chávez, FaustinoFavor

65 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor

66 Flores Gómez, José Luis CruzFavor

67 Flores Méndez, José LuisFavor

68 Flores Sandoval, PatricioFavor

69 Fuentes Téllez, AdrianaFavor

70 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor

71 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor

72 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor

73 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor

74 Garay Cabada, MarinaAusente

75 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor

76 García Fernández, Maria de las NievesFavor

77 García García, HéctorFavor

78 García Hernández, JosefinaFavor

79 García Olmedo, María del RocíoFavor

80 Garza Moreno, María EstherFavor

81 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor

82 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor

83 Gómez Gómez, LuisFavor

84 Gómez Gómez, PedroFavor

85 Gómez Michel, GabrielFavor

86 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor

87 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor

88 González Cruz, CristinaFavor

89 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor

90 González Gómez, CeciliaFavor

91 González Martínez, Olivares IrazemaFavor

92 González Reséndiz, RafaelFavor

93 González Valdez, Marco AntonioFavor

94 González Vargas, FranciscoFavor

95 Grajales Palacios, FranciscoAusente

96 Gualito Castañeda, RosalbaFavor

97 Guerra Garza, AbelFavor

98 Guevara González, Javier FilibertoFavor

99 Gurrión Matías, SamuelFavor

100 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor

101 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor

102 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor

103 Hernández Burgos, GaudencioFavor

104 Hernández González, NoéFavor

105 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor

106 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor

107 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor

108 Herrera Delgado, JorgeFavor

109 Huerta Rea, María de JesúsFavor

110 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor

111 Juan Marcos, Issa SalomónFavor

112 King de la Rosa, RaymundoFavor

113 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor

114 López Alvarado, Jaime ChrisFavor

115 López Landero, TomásFavor

116 López Segura, María CarmenFavor

117 López Zavala, JavierFavor

118 Macías Sandoval, RaúlFavor

119 Madrid Tovilla, AreliFavor

120 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor

121 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor

122 Manzur Quiroga, José SergioFavor

123 Márquez Martínez, José LuisFavor

124 Márquez Velasco, SilviaFavor

125 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor

126 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor

127 Medina Fierro, RicardoFavor

128 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor

129 Mendoza Garza, JorgeFavor

130 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor

131 Miranda Munive, EmilseFavor

132 Montano Guzmán, José AlejandroFavor

133 Montes Alvarado, AbrahamFavor

134 Morales Flores, JesúsFavor

135 Moreno Árcega, José IsidroFavor

136 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroFavor

137 Moreno Montoya, José PilarFavor

138 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor

139 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor

140 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor

141 Nava Gómez, José EverardoFavor

142 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor

143 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor

144 Niaves López, Ossiel OmarAusente

145 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor

146 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor

147 Ochoa González, ArnoldoFavor

148 Olvera Correa, LuisFavor

149 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor

150 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor

151 Ortiz García, SalvadorFavor

152 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor

153 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor

154 Padilla Navarro, CesarioAusente

155 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor

156 Peña Recio, Patricia GuadalupeFavor

157 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor

158 Pérez de Alba, José NoelFavor

159 Pérez Escalante, Elvia MaríaAusente

160 Ponce Orozco, NormaFavor

161 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor

162 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaAusente

163 Quintana León, Socorro de la LuzFavor

164 Rangel Espinosa, JoséFavor

165 Rangel Segovia, AlejandroFavor

166 Rellstab Carreto, TanyaFavor

167 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor

168 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor

169 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor

170 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor

171 Rojo García de Alba, José AntonioFavor

172 Román Bojórquez, Jesús TolentinoAusente

173 Romero Valencia, SalvadorFavor

174 Ruiz Arriaga, GenaroFavor

175 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor

176 Ruiz Moronatti, RobertoFavor

177 Ruiz Sandoval, CristinaFavor

178 Sahui Rivero, MauricioAusente

179 Salgado Delgado, FernandoFavor

180 Salgado Peña, Abel OctavioFavor

181 Sámano Peralta, MiguelFavor

182 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente

183 Sánchez Romero, CarlosFavor

184 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor

185 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor

186 Sosa Altamira, William RenánFavor

187 Terán Guevara, María RebecaFavor

188 Terán Juárez, JorgeFavor

189 Treviño Cantú, JavierFavor

190 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

191 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor

192 Valanci Buzali, SimónFavor

193 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor

194 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor

195 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor

196 Vázquez Saut, ReginaFavor

197 Vega de la Peña, AlfioFavor

198 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor

199 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor

200 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor

201 Velázquez López, MirnaFavor

202 Velázquez Ramírez, Diana KarinaFavor

203 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor

204 Vildosola Lacarra, Miguel AlfonsoFavor

205 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor

206 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor

207 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor

208 Zacarías Capuchino, DaríoFavor

209 Zamora Morales, FernandoFavor

210 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor

Favor: 198

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 12

Total: 210

PARTIDO ACCION NACIONAL

1 Adame Alemán, Juan PabloFavor

2 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor

3 Aguilar Vega, MarcosFavor

4 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor

5 Alonso Morelli, HumbertoFavor

6 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor

7 Anaya Cortés, RicardoFavor

8 Anaya Llamas, José GuillermoFavor

9 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor

10 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor

11 Argüelles Loya, ConsueloFavor

12 Azuara Zúñiga, XavierFavor

13 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor

14 Botello Montes, José AlfredoFavor

15 Bueno Torio, JuanFavor

16 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor

17 Camarillo Ortega, RubénFavor

18 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor

19 Carreño Muro, GenaroFavor

20 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

21 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor

22 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor

23 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor

24 Cortés Berumen, IsaíasFavor

25 Cortes Talamantes, Gabriela EugeniaFavor

26 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor

27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor

28 De la Rosa Anaya, AndrésFavor

29 De la Rosa Escalante, ArturoAusente

30 Díaz Trujillo, AlbertoFavor

31 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorAusente

32 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor

33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor

34 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor

35 García González, Carlos AlbertoFavor

36 García Ramírez, José GuadalupeFavor

37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelAusente

39 Gómez Ramírez, RaúlFavor

40 González Aguilar, Lazara NellyFavor

41 González Carrillo, AdrianaFavor

42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor

43 González Morfín, JoséFavor

44 González Serna, José ÁngelFavor

45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioAusente

46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor

47 Jiménez Castillo, BlancaFavor

48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor

49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor

50 Labastida Sotelo, KarinaFavor

51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor

52 Licea González, MargaritaFavor

53 Llanas Alba, José AlejandroFavor

54 López Cisneros, José MartínFavor

55 López Landero, LeticiaFavor

56 López López, RaudelFavor

57 López Noriega, AlejandraFavor

58 Lugo Barriga, PatriciaFavor

59 Micalco Méndez, Rafael AlejandroAusente

60 Mondragón González, María GuadalupeFavor

61 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor

62 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor

63 Neblina Vega, HebertoFavor

64 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor

65 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor

66 Orta Coronado, MarcelinaFavor

67 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor

68 Osorno Malpica, DamarisFavor

69 Othón Zayas, MáximoAusente

70 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor

71 Pacheco Díaz, GermánFavor

72 Pantoja Hernández, LeslieFavor

73 Paz Alonzo, RaúlAusente

74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor

75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor

76 Peña Avilés, GerardoFavor

77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor

78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor

79 Quintana Salinas, EstherFavor

80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor

81 Ramírez Romero, Luis MiguelAusente

82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor

83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor

84 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor

85 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor

86 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor

87 Rodríguez Doval, FernandoFavor

88 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor

89 Romero Sevilla, LeonorFavor

90 Rosiñol Abreu, JorgeFavor

91 Sada Pérez, VerónicaFavor

92 Saldaña Hernández, MargaritaFavor

93 Salinas Garza, José ArturoAusente

94 Salinas Mendiola, GlafiroFavor

95 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor

96 Sánchez Ruiz, MarioAusente

97 Serralde Martínez, VíctorFavor

98 Sosa Govea, Martha LeticiaAusente

99 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor

100 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor

101 Trejo Reyes, José IsabelFavor

102 Urciel Castañeda, María CeliaFavor

103 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor

104 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor

105 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor

106 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor

107 Villarreal García, Luis AlbertoFavor

108 Villarreal García, RicardoAusente

109 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor

110 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor

111 Zamora García, AlfredoFavor

112 Zavala Peniche, María BeatrizFavor

113 Zepeda Vidales, DamiánFavor

Favor: 101

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 12

Total: 113

PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

1 Alavez Ruiz, AleidaFavor

2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor

3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor

4 Amaya Reyes, María de LourdesFavor

5 Antonio Altamirano, CarolAusente

6 Arias Pallares, Luis ManuelFavor

7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor

8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor

9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor

10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor

11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor

12 Bautista Cuevas, GloriaFavor

13 Bautista López, Victor ManuelFavor

14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor

15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor

16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethAusente

17 Bonilla Jaime, JuanaAusente

18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor

19 Brito Lara, TomásFavor

20 Carbajal González, AlejandroFavor

21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor

22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor

23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor

24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor

25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor

26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor

27 Cruz Ramírez, ArturoFavor

28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor

29 Cuevas Mena, Mario AlejandroAusente

30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor

31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoFavor

32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoQuorum

33 Diego Cruz, EvaFavor

34 Duarte Ortuño, CatalinoAusente

35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielAusente

36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor

37 Flores Aguayo, UrielFavor

38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor

39 Fócil Pérez, Juan ManuelAusente

40 García Conejo, AntonioFavor

41 García Medina, Amalia DoloresFavor

42 García Reyes, VerónicaAusente

43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor

44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor

45 González Barrios, RodrigoFavor

46 González Bautista, ValentínFavor

47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor

48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor

49 Jardines Fraire, JhonatanFavor

50 Jarquín, HugoFavor

51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

52 León Mendívil, José AntonioFavor

53 López González, RobertoFavor

54 López Rosado, RobertoFavor

55 López Suárez, RobertoAusente

56 Luna Porquillo, RoxanaFavor

57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor

58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor

59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor

60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor

61 Mejía Guardado, JulisaFavor

62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoFavor

63 Méndez Martínez, Mario RafaelAusente

64 Merlín García, María del RosarioFavor

65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor

66 Miranda Salgado, MarinoFavor

67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor

68 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor

69 Montalvo Hernández, RamónFavor

70 Morales López, Carlos AugustoAusente

71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor

72 Moreno Rivera, IsraelAusente

73 Moreno Rivera, Julio CésarFavor

74 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor

75 Muñoz Soria, José LuisFavor

76 Nájera Medina, Víctor ReymundoAusente

77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor

78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor

79 Orihuela García, JavierFavor

80 Porras Pérez, PedroAusente

81 Portillo Martínez, VicarioFavor

82 Posadas Hernández, DomitiloFavor

83 Quiroga Anguiano, KarenAusente

84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosAusente

85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor

86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor

87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaAbstención

88 Salazar Trejo, JessicaFavor

89 Salgado Parra, JorgeFavor

90 Salinas Narváez, JavierFavor

91 Salinas Pérez, JosefinaAusente

92 Sánchez Torres, GuillermoFavor

93 Sandoval Martínez, HugoFavor

94 Sansores Sastré, AntonioAusente

95 Serrano Toledo, RosendoFavor

96 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor

97 Tovar Aragón, CrystalFavor

98 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor

99 Verde Avendaño, Milkdret MarinaFavor

100 Zárate Salgado, FernandoAusente

Favor: 79

Contra: 0

Abstención: 1

Quorum: 1

Ausentes: 19

Total: 100

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

1 Acosta Montoya, RubénFavor

2 Astudillo Suárez, RicardoFavor

3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueAusente

4 Camarena García, Felipe ArturoFavor

5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor

6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor

7 Escobar y Vega, ArturoFavor

8 García de la Fuente, MónicaFavor

9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor

10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor

11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor

12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor

13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor

14 Medrano Galindo, GabrielaFavor

15 Narcia Álvarez, HéctorFavor

16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor

17 Ochoa López, NaborFavor

18 Orozco Gómez, JavierFavor

19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor

20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor

21 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor

22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor

23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoFavor

24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor

25 Torres Mercado, TomásFavor

26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor

27 Vital Vera, Martha EdithFavor

28 Zavaleta Salgado, RuthFavor

Favor: 27

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 28

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor

2 Chávez Contreras, RodrigoAusente

3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor

4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor

5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoFavor

6 Gómez Pozos, MerilynFavor

7 Huidobro González, ZuleymaFavor

8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor

9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor

10 Martínez Martínez, Juan LuisAusente

11 Mejía Berdeja, RicardoFavor

12 Méndez Denis, LorenaAusente

13 Monreal Ávila, RicardoAusente

14 Romero Lozano, María FernandaAusente

15 Samperio Montaño, Juan IgnacioAusente

16 Soto Martínez, JoséAusente

17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor

18 Valle Magaña, José LuisFavor

19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor

20 Villanueva Albarrán, GerardoAbstención

Favor: 12

Contra: 0

Abstención: 1

Quorum: 0

Ausentes: 7

Total: 20

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Aguilar Gil, LiliaFavor

2 Anaya Gutiérrez, AlbertoAusente

3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor

4 Bonilla Valdez, JaimeFavor

5 Cantú Garza, RicardoFavor

6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelAusente

7 López Cándido, José ArturoFavor

8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor

9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor

10 Orive Bellinger, AdolfoAusente

11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor

12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor

13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor

14 Torres Flores, AraceliFavor

15 Vega Vázquez, José HumbertoAusente

Favor: 11

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 15

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor

2 Caamal Mena, José AngelinoFavor

3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor

4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor

5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor

6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor

7 González Roldán, Luis AntonioFavor

8 Olvera Barrios, CristinaFavor

9 Rincón Chanona, SoniaFavor

10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor

Favor: 10

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 10

Del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de condecoraciones (en lo general y en lo particular)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor

2 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoFavor

3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor

4 Anaya Gudiño, AlfredoFavor

5 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor

6 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor

7 Alcalá Padilla, LeobardoFavor

8 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor

9 Allende Cano, Ana IsabelFavor

10 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor

11 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoAusente

12 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor

13 Arellano Guzmán, SalvadorFavor

14 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor

15 Añorve Baños, ManuelFavor

16 Athie Flores, KamelFavor

17 Ayala Robles Linares, FlorFavor

18 Badillo Ramírez, DaríoFavor

19 Barajas del Toro, SalvadorFavor

20 Barba Mariscal, Marco AntonioAusente

21 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor

22 Barrera Barrera, PetraFavor

23 Barrera Estrada, RodimiroFavor

24 Barrera Fortoul, LauraFavor

25 Barrueta Barón, NoéFavor

26 Bautista Villegas, OscarFavor

27 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor

28 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor

29 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioFavor

30 Berzunza Novelo, Landy MargaritaAusente

31 Bonilla Gómez, AdolfoFavor

32 Caballero Garza, BenitoFavor

33 Calderón Ramírez, LeticiaFavor

34 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor

35 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor

36 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor

37 Cantú Segovia, EloyFavor

38 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor

39 Cárdenas Cantú, MiriamFavor

40 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor

41 Carreño Mijares, AngelinaFavor

42 Carreón Cervantes, VerónicaFavor

43 Castillo Rodríguez, MinervaFavor

44 Charleston Hernández, FernandoFavor

45 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor

46 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor

47 Córdova Morán, Frine SorayaFavor

48 Corona Nakamura, María del RocíoFavor

49 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor

50 Cruz Morales, MaricruzFavor

51 Curi Naime, AlbertoFavor

52 De la Cruz Requena, RosalbaFavor

53 Del Angel Acosta, JorgeFavor

54 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor

55 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor

56 Delgadillo González, ClaudiaFavor

57 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor

58 Doger Guerrero, José EnriqueFavor

59 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor

60 Duarte Murillo, José IgnacioFavor

61 Elizondo Ramírez, IrmaFavor

62 Escajeda Jiménez, José RubénFavor

63 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor

64 Félix Chávez, FaustinoFavor

65 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor

66 Flores Gómez, José Luis CruzFavor

67 Flores Méndez, José LuisFavor

68 Flores Sandoval, PatricioFavor

69 Fuentes Téllez, AdrianaFavor

70 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor

71 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor

72 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor

73 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor

74 Garay Cabada, MarinaAusente

75 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor

76 García Fernández, Maria de las NievesFavor

77 García García, HéctorFavor

78 García Hernández, JosefinaFavor

79 García Olmedo, María del RocíoFavor

80 Garza Moreno, María EstherFavor

81 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor

82 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor

83 Gómez Gómez, LuisFavor

84 Gómez Gómez, PedroFavor

85 Gómez Michel, GabrielFavor

86 Gómez Olguín, Roy ArgelAusente

87 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor

88 González Cruz, CristinaFavor

89 González Farías, Eligio CuitláhuacAusente

90 González Gómez, CeciliaFavor

91 González Martínez, Olivares IrazemaFavor

92 González Reséndiz, RafaelFavor

93 González Valdez, Marco AntonioFavor

94 González Vargas, FranciscoFavor

95 Grajales Palacios, FranciscoFavor

96 Gualito Castañeda, RosalbaFavor

97 Guerra Garza, AbelFavor

98 Guevara González, Javier FilibertoFavor

99 Gurrión Matías, SamuelFavor

100 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor

101 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor

102 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor

103 Hernández Burgos, GaudencioFavor

104 Hernández González, NoéFavor

105 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor

106 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor

107 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor

108 Herrera Delgado, JorgeFavor

109 Huerta Rea, María de JesúsFavor

110 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor

111 Juan Marcos, Issa SalomónFavor

112 King de la Rosa, RaymundoFavor

113 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor

114 López Alvarado, Jaime ChrisFavor

115 López Landero, TomásFavor

116 López Segura, María CarmenFavor

117 López Zavala, JavierFavor

118 Macías Sandoval, RaúlFavor

119 Madrid Tovilla, AreliFavor

120 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor

121 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor

122 Manzur Quiroga, José SergioFavor

123 Márquez Martínez, José LuisFavor

124 Márquez Velasco, SilviaFavor

125 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor

126 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor

127 Medina Fierro, RicardoFavor

128 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor

129 Mendoza Garza, JorgeFavor

130 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor

131 Miranda Munive, EmilseFavor

132 Montano Guzmán, José AlejandroFavor

133 Montes Alvarado, AbrahamFavor

134 Morales Flores, JesúsFavor

135 Moreno Árcega, José IsidroFavor

136 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroFavor

137 Moreno Montoya, José PilarFavor

138 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor

139 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor

140 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor

141 Nava Gómez, José EverardoFavor

142 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor

143 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor

144 Niaves López, Ossiel OmarAusente

145 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor

146 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor

147 Ochoa González, ArnoldoFavor

148 Olvera Correa, LuisFavor

149 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor

150 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor

151 Ortiz García, SalvadorFavor

152 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor

153 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor

154 Padilla Navarro, CesarioAusente

155 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor

156 Peña Recio, Patricia GuadalupeFavor

157 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor

158 Pérez de Alba, José NoelFavor

159 Pérez Escalante, Elvia MaríaAusente

160 Ponce Orozco, NormaFavor

161 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor

162 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaAusente

163 Quintana León, Socorro de la LuzFavor

164 Rangel Espinosa, JoséFavor

165 Rangel Segovia, AlejandroFavor

166 Rellstab Carreto, TanyaFavor

167 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor

168 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor

169 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor

170 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor

171 Rojo García de Alba, José AntonioFavor

172 Román Bojórquez, Jesús TolentinoAusente

173 Romero Valencia, SalvadorFavor

174 Ruiz Arriaga, GenaroFavor

175 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor

176 Ruiz Moronatti, RobertoFavor

177 Ruiz Sandoval, CristinaFavor

178 Sahui Rivero, MauricioAusente

179 Salgado Delgado, FernandoFavor

180 Salgado Peña, Abel OctavioFavor

181 Sámano Peralta, MiguelFavor

182 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente

183 Sánchez Romero, CarlosFavor

184 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor

185 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor

186 Sosa Altamira, William RenánFavor

187 Terán Guevara, María RebecaFavor

188 Terán Juárez, JorgeFavor

189 Treviño Cantú, JavierFavor

190 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

191 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor

192 Valanci Buzali, SimónFavor

193 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor

194 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor

195 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor

196 Vázquez Saut, ReginaFavor

197 Vega de la Peña, AlfioFavor

198 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor

199 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor

200 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor

201 Velázquez López, MirnaFavor

202 Velázquez Ramírez, Diana KarinaFavor

203 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor

204 Vildosola Lacarra, Miguel AlfonsoFavor

205 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor

206 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor

207 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor

208 Zacarías Capuchino, DaríoFavor

209 Zamora Morales, FernandoFavor

210 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor

Favor: 197

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 13

Total: 210

PARTIDO ACCION NACIONAL

1 Adame Alemán, Juan PabloFavor

2 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor

3 Aguilar Vega, MarcosFavor

4 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor

5 Alonso Morelli, HumbertoFavor

6 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor

7 Anaya Cortés, RicardoFavor

8 Anaya Llamas, José GuillermoFavor

9 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor

10 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor

11 Argüelles Loya, ConsueloFavor

12 Azuara Zúñiga, XavierFavor

13 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor

14 Botello Montes, José AlfredoFavor

15 Bueno Torio, JuanFavor

16 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor

17 Camarillo Ortega, RubénFavor

18 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor

19 Carreño Muro, GenaroFavor

20 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

21 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor

22 Coronado Quintanilla, AlbertoFavor

23 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor

24 Cortés Berumen, IsaíasFavor

25 Cortes Talamantes, Gabriela EugeniaFavor

26 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor

27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor

28 De la Rosa Anaya, AndrésFavor

29 De la Rosa Escalante, ArturoAusente

30 Díaz Trujillo, AlbertoFavor

31 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorFavor

32 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor

33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor

34 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor

35 García González, Carlos AlbertoFavor

36 García Ramírez, José GuadalupeContra

37 García Rojas, Mariana DunyaskaContra

38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelContra

39 Gómez Ramírez, RaúlFavor

40 González Aguilar, Lazara NellyFavor

41 González Carrillo, AdrianaFavor

42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor

43 González Morfín, JoséFavor

44 González Serna, José ÁngelFavor

45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioAusente

46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor

47 Jiménez Castillo, BlancaFavor

48 Jiménez Cerrillo, RaquelContra

49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor

50 Labastida Sotelo, KarinaAusente

51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor

52 Licea González, MargaritaFavor

53 Llanas Alba, José AlejandroFavor

54 López Cisneros, José MartínFavor

55 López Landero, LeticiaFavor

56 López López, RaudelFavor

57 López Noriega, AlejandraFavor

58 Lugo Barriga, PatriciaFavor

59 Micalco Méndez, Rafael AlejandroAusente

60 Mondragón González, María GuadalupeFavor

61 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor

62 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor

63 Neblina Vega, HebertoFavor

64 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoFavor

65 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor

66 Orta Coronado, MarcelinaFavor

67 Ortiz Mantilla, María IsabelAusente

68 Osorno Malpica, DamarisFavor

69 Othón Zayas, MáximoAusente

70 Oviedo Herrera, J. JesúsAusente

71 Pacheco Díaz, GermánFavor

72 Pantoja Hernández, LeslieFavor

73 Paz Alonzo, RaúlAusente

74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor

75 Pelayo Covarrubias, FranciscoFavor

76 Peña Avilés, GerardoFavor

77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor

78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor

79 Quintana Salinas, EstherFavor

80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor

81 Ramírez Romero, Luis MiguelAusente

82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor

83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaContra

84 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor

85 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor

86 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoAusente

87 Rodríguez Doval, FernandoFavor

88 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor

89 Romero Sevilla, LeonorFavor

90 Rosiñol Abreu, JorgeFavor

91 Sada Pérez, VerónicaFavor

92 Saldaña Hernández, MargaritaFavor

93 Salinas Garza, José ArturoAusente

94 Salinas Mendiola, GlafiroFavor

95 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor

96 Sánchez Ruiz, MarioFavor

97 Serralde Martínez, VíctorFavor

98 Sosa Govea, Martha LeticiaAusente

99 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor

100 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor

101 Trejo Reyes, José IsabelFavor

102 Urciel Castañeda, María CeliaFavor

103 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor

104 Valladares Couoh, Cinthya NoemíAusente

105 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor

106 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor

107 Villarreal García, Luis AlbertoFavor

108 Villarreal García, RicardoAusente

109 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor

110 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor

111 Zamora García, AlfredoContra

112 Zavala Peniche, María BeatrizFavor

113 Zepeda Vidales, DamiánFavor

Favor: 93

Contra: 6

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 14

Total: 113

PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

1 Alavez Ruiz, AleidaContra

2 Algredo Jaramillo, EdilbertoContra

3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor

4 Amaya Reyes, María de LourdesContra

5 Antonio Altamirano, CarolContra

6 Arias Pallares, Luis ManuelContra

7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor

8 Águila Torres, Claudia ElenaAbstención

9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor

10 Barrios Gómez Segués, AgustínContra

11 Bautista Bravo, Alliet MarianaContra

12 Bautista Cuevas, GloriaContra

13 Bautista López, Victor ManuelContra

14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor

15 Blanco Deaquino, SilvanoContra

16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethAusente

17 Bonilla Jaime, JuanaContra

18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor

19 Brito Lara, TomásFavor

20 Carbajal González, AlejandroContra

21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónContra

22 Carrillo Huerta, Mario MiguelContra

23 Cedillo Hernández, ÁngelContra

24 Ceseñas Chapa, María del SocorroContra

25 Contreras Ceballos, ArmandoContra

26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesAusente

27 Cruz Ramírez, ArturoAbstención

28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor

29 Cuevas Mena, Mario AlejandroAusente

30 De Jesús, Alejandro CarlosContra

31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoAbstención

32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoContra

33 Diego Cruz, EvaContra

34 Duarte Ortuño, CatalinoContra

35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielAusente

36 Esquivel Zalpa, José LuisContra

37 Flores Aguayo, UrielAbstención

38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroContra

39 Fócil Pérez, Juan ManuelAusente

40 García Conejo, AntonioFavor

41 García Medina, Amalia DoloresFavor

42 García Reyes, VerónicaFavor

43 Garza Ruvalcaba, MarceloContra

44 Gaudiano Rovirosa, GerardoContra

45 González Barrios, RodrigoAbstención

46 González Bautista, ValentínContra

47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor

48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethContra

49 Jardines Fraire, JhonatanFavor

50 Jarquín, HugoContra

51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

52 León Mendívil, José AntonioFavor

53 López González, RobertoFavor

54 López Rosado, RobertoContra

55 López Suárez, RobertoContra

56 Luna Porquillo, RoxanaContra

57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor

58 Manriquez González, Víctor ManuelContra

59 Martínez Rojas, Andrés EloyContra

60 Medina Filigrana, Marcos RosendoContra

61 Mejía Guardado, JulisaContra

62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoContra

63 Méndez Martínez, Mario RafaelAusente

64 Merlín García, María del RosarioContra

65 Mícher Camarena, Martha LucíaContra

66 Miranda Salgado, MarinoContra

67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeContra

68 Mojica Morga, Teresa de JesúsAbstención

69 Montalvo Hernández, RamónFavor

70 Morales López, Carlos AugustoAusente

71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor

72 Moreno Rivera, IsraelFavor

73 Moreno Rivera, Julio CésarFavor

74 Mota Ocampo, Gisela RaquelContra

75 Muñoz Soria, José LuisContra

76 Nájera Medina, Víctor ReymundoContra

77 Navarrete Contreras, JoaquinaAbstención

78 Nolasco Ramírez, YeseniaContra

79 Orihuela García, JavierContra

80 Porras Pérez, PedroAusente

81 Portillo Martínez, VicarioContra

82 Posadas Hernández, DomitiloContra

83 Quiroga Anguiano, KarenAusente

84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosContra

85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor

86 Rodríguez Montero, Francisco TomásContra

87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaContra

88 Salazar Trejo, JessicaAbstención

89 Salgado Parra, JorgeContra

90 Salinas Narváez, JavierFavor

91 Salinas Pérez, JosefinaContra

92 Sánchez Torres, GuillermoContra

93 Sandoval Martínez, HugoContra

94 Sansores Sastré, AntonioAusente

95 Serrano Toledo, RosendoAbstención

96 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor

97 Tovar Aragón, CrystalFavor

98 Valles Sampedro, Lorenia IvethContra

99 Verde Avendaño, Milkdret MarinaContra

100 Zárate Salgado, FernandoAusente

Favor: 24

Contra: 56

Abstención: 9

Quorum: 0

Ausentes: 11

Total: 100

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

1 Acosta Montoya, RubénFavor

2 Astudillo Suárez, RicardoFavor

3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueAusente

4 Camarena García, Felipe ArturoFavor

5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor

6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor

7 Escobar y Vega, ArturoFavor

8 García de la Fuente, MónicaContra

9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor

10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor

11 Guerrero López, Judit MagdalenaContra

12 López Moreno, Lourdes AdrianaAusente

13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor

14 Medrano Galindo, GabrielaFavor

15 Narcia Álvarez, HéctorFavor

16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor

17 Ochoa López, NaborFavor

18 Orozco Gómez, JavierFavor

19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor

20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor

21 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor

22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor

23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoFavor

24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor

25 Torres Mercado, TomásAbstención

26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor

27 Vital Vera, Martha EdithFavor

28 Zavaleta Salgado, RuthFavor

Favor: 23

Contra: 2

Abstención: 1

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 28

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Alcalde Luján, Luisa MaríaContra

2 Chávez Contreras, RodrigoContra

3 Córdova Bernal, Martha BeatrizContra

4 Coronato Rodríguez, José FranciscoContra

5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoContra

6 Gómez Pozos, MerilynContra

7 Huidobro González, ZuleymaContra

8 Hurtado Gallegos, José AntonioContra

9 Jorrín Lozano, Victor ManuelContra

10 Martínez Martínez, Juan LuisContra

11 Mejía Berdeja, RicardoContra

12 Méndez Denis, LorenaContra

13 Monreal Ávila, RicardoContra

14 Romero Lozano, María FernandaContra

15 Samperio Montaño, Juan IgnacioContra

16 Soto Martínez, JoséContra

17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaContra

18 Valle Magaña, José LuisContra

19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenContra

20 Villanueva Albarrán, GerardoContra

Favor: 0

Contra: 20

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 20

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Aguilar Gil, LiliaContra

2 Anaya Gutiérrez, AlbertoAusente

3 Benavides Castañeda, José AlbertoContra

4 Bonilla Valdez, JaimeContra

5 Cantú Garza, RicardoAusente

6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelAusente

7 López Cándido, José ArturoContra

8 Martínez Santillán, María del CarmenAusente

9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroContra

10 Orive Bellinger, AdolfoAusente

11 Ortiz Ahlf, LorettaContra

12 Roblero Gordillo, Héctor HugoContra

13 Romero Guzmán, Rosa EliaContra

14 Torres Flores, AraceliContra

15 Vega Vázquez, José HumbertoContra

Favor: 0

Contra: 10

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 5

Total: 15

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor

2 Caamal Mena, José AngelinoFavor

3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor

4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor

5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor

6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor

7 González Roldán, Luis AntonioFavor

8 Olvera Barrios, CristinaFavor

9 Rincón Chanona, SoniaFavor

10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor

Favor: 10

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 10

Del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX-R al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de atención y protección de los derechos de las víctimas (en lo general y en lo particular)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor

2 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoFavor

3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor

4 Anaya Gudiño, AlfredoFavor

5 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor

6 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor

7 Alcalá Padilla, LeobardoFavor

8 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor

9 Allende Cano, Ana IsabelFavor

10 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor

11 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoAusente

12 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor

13 Arellano Guzmán, SalvadorFavor

14 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor

15 Añorve Baños, ManuelFavor

16 Athie Flores, KamelFavor

17 Ayala Robles Linares, FlorFavor

18 Badillo Ramírez, DaríoFavor

19 Barajas del Toro, SalvadorFavor

20 Barba Mariscal, Marco AntonioAusente

21 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor

22 Barrera Barrera, PetraFavor

23 Barrera Estrada, RodimiroFavor

24 Barrera Fortoul, LauraFavor

25 Barrueta Barón, NoéFavor

26 Bautista Villegas, OscarFavor

27 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor

28 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor

29 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioFavor

30 Berzunza Novelo, Landy MargaritaAusente

31 Bonilla Gómez, AdolfoFavor

32 Caballero Garza, BenitoFavor

33 Calderón Ramírez, LeticiaFavor

34 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor

35 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor

36 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor

37 Cantú Segovia, EloyFavor

38 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor

39 Cárdenas Cantú, MiriamFavor

40 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor

41 Carreño Mijares, AngelinaFavor

42 Carreón Cervantes, VerónicaFavor

43 Castillo Rodríguez, MinervaFavor

44 Charleston Hernández, FernandoFavor

45 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor

46 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor

47 Córdova Morán, Frine SorayaFavor

48 Corona Nakamura, María del RocíoFavor

49 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor

50 Cruz Morales, MaricruzFavor

51 Curi Naime, AlbertoFavor

52 De la Cruz Requena, RosalbaFavor

53 Del Angel Acosta, JorgeFavor

54 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor

55 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor

56 Delgadillo González, ClaudiaFavor

57 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor

58 Doger Guerrero, José EnriqueFavor

59 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor

60 Duarte Murillo, José IgnacioFavor

61 Elizondo Ramírez, IrmaFavor

62 Escajeda Jiménez, José RubénFavor

63 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor

64 Félix Chávez, FaustinoFavor

65 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor

66 Flores Gómez, José Luis CruzFavor

67 Flores Méndez, José LuisFavor

68 Flores Sandoval, PatricioFavor

69 Fuentes Téllez, AdrianaFavor

70 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor

71 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor

72 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor

73 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor

74 Garay Cabada, MarinaAusente

75 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor

76 García Fernández, Maria de las NievesFavor

77 García García, HéctorFavor

78 García Hernández, JosefinaFavor

79 García Olmedo, María del RocíoFavor

80 Garza Moreno, María EstherFavor

81 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor

82 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor

83 Gómez Gómez, LuisFavor

84 Gómez Gómez, PedroFavor

85 Gómez Michel, GabrielFavor

86 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor

87 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor

88 González Cruz, CristinaFavor

89 González Farías, Eligio CuitláhuacAusente

90 González Gómez, CeciliaFavor

91 González Martínez, Olivares IrazemaFavor

92 González Reséndiz, RafaelFavor

93 González Valdez, Marco AntonioFavor

94 González Vargas, FranciscoFavor

95 Grajales Palacios, FranciscoFavor

96 Gualito Castañeda, RosalbaFavor

97 Guerra Garza, AbelFavor

98 Guevara González, Javier FilibertoFavor

99 Gurrión Matías, SamuelFavor

100 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor

101 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor

102 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor

103 Hernández Burgos, GaudencioFavor

104 Hernández González, NoéFavor

105 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor

106 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor

107 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor

108 Herrera Delgado, JorgeFavor

109 Huerta Rea, María de JesúsFavor

110 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor

111 Juan Marcos, Issa SalomónFavor

112 King de la Rosa, RaymundoFavor

113 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor

114 López Alvarado, Jaime ChrisFavor

115 López Landero, TomásFavor

116 López Segura, María CarmenFavor

117 López Zavala, JavierFavor

118 Macías Sandoval, RaúlFavor

119 Madrid Tovilla, AreliFavor

120 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor

121 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor

122 Manzur Quiroga, José SergioFavor

123 Márquez Martínez, José LuisFavor

124 Márquez Velasco, SilviaAusente

125 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor

126 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor

127 Medina Fierro, RicardoFavor

128 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor

129 Mendoza Garza, JorgeFavor

130 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor

131 Miranda Munive, EmilseFavor

132 Montano Guzmán, José AlejandroFavor

133 Montes Alvarado, AbrahamFavor

134 Morales Flores, JesúsFavor

135 Moreno Árcega, José IsidroFavor

136 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroFavor

137 Moreno Montoya, José PilarFavor

138 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor

139 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor

140 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor

141 Nava Gómez, José EverardoFavor

142 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor

143 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor

144 Niaves López, Ossiel OmarAusente

145 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor

146 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor

147 Ochoa González, ArnoldoFavor

148 Olvera Correa, LuisFavor

149 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor

150 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor

151 Ortiz García, SalvadorFavor

152 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor

153 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor

154 Padilla Navarro, CesarioAusente

155 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor

156 Peña Recio, Patricia GuadalupeFavor

157 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor

158 Pérez de Alba, José NoelFavor

159 Pérez Escalante, Elvia MaríaAusente

160 Ponce Orozco, NormaFavor

161 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor

162 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaAusente

163 Quintana León, Socorro de la LuzFavor

164 Rangel Espinosa, JoséFavor

165 Rangel Segovia, AlejandroFavor

166 Rellstab Carreto, TanyaFavor

167 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor

168 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor

169 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor

170 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor

171 Rojo García de Alba, José AntonioFavor

172 Román Bojórquez, Jesús TolentinoAusente

173 Romero Valencia, SalvadorFavor

174 Ruiz Arriaga, GenaroFavor

175 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor

176 Ruiz Moronatti, RobertoFavor

177 Ruiz Sandoval, CristinaFavor

178 Sahui Rivero, MauricioAusente

179 Salgado Delgado, FernandoFavor

180 Salgado Peña, Abel OctavioFavor

181 Sámano Peralta, MiguelFavor

182 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente

183 Sánchez Romero, CarlosFavor

184 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor

185 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor

186 Sosa Altamira, William RenánFavor

187 Terán Guevara, María RebecaFavor

188 Terán Juárez, JorgeFavor

189 Treviño Cantú, JavierFavor

190 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

191 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor

192 Valanci Buzali, SimónFavor

193 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor

194 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor

195 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor

196 Vázquez Saut, ReginaFavor

197 Vega de la Peña, AlfioFavor

198 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor

199 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor

200 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor

201 Velázquez López, MirnaFavor

202 Velázquez Ramírez, Diana KarinaFavor

203 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor

204 Vildosola Lacarra, Miguel AlfonsoFavor

205 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor

206 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor

207 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor

208 Zacarías Capuchino, DaríoFavor

209 Zamora Morales, FernandoFavor

210 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor

Favor: 197

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 13

Total: 210

PARTIDO ACCION NACIONAL

1 Adame Alemán, Juan PabloFavor

2 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor

3 Aguilar Vega, MarcosFavor

4 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor

5 Alonso Morelli, HumbertoFavor

6 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor

7 Anaya Cortés, RicardoFavor

8 Anaya Llamas, José GuillermoFavor

9 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor

10 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor

11 Argüelles Loya, ConsueloFavor

12 Azuara Zúñiga, XavierFavor

13 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor

14 Botello Montes, José AlfredoFavor

15 Bueno Torio, JuanFavor

16 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoFavor

17 Camarillo Ortega, RubénFavor

18 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor

19 Carreño Muro, GenaroFavor

20 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

21 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor

22 Coronado Quintanilla, AlbertoAusente

23 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor

24 Cortés Berumen, IsaíasFavor

25 Cortes Talamantes, Gabriela EugeniaFavor

26 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor

27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor

28 De la Rosa Anaya, AndrésAusente

29 De la Rosa Escalante, ArturoAusente

30 Díaz Trujillo, AlbertoFavor

31 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorAusente

32 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor

33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor

34 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor

35 García González, Carlos AlbertoFavor

36 García Ramírez, José GuadalupeFavor

37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelAusente

39 Gómez Ramírez, RaúlFavor

40 González Aguilar, Lazara NellyFavor

41 González Carrillo, AdrianaFavor

42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor

43 González Morfín, JoséFavor

44 González Serna, José ÁngelFavor

45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioAusente

46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor

47 Jiménez Castillo, BlancaFavor

48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor

49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor

50 Labastida Sotelo, KarinaFavor

51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor

52 Licea González, MargaritaFavor

53 Llanas Alba, José AlejandroFavor

54 López Cisneros, José MartínFavor

55 López Landero, LeticiaFavor

56 López López, RaudelFavor

57 López Noriega, AlejandraFavor

58 Lugo Barriga, PatriciaFavor

59 Micalco Méndez, Rafael AlejandroAusente

60 Mondragón González, María GuadalupeFavor

61 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor

62 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor

63 Neblina Vega, HebertoFavor

64 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoAusente

65 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor

66 Orta Coronado, MarcelinaFavor

67 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor

68 Osorno Malpica, DamarisFavor

69 Othón Zayas, MáximoAusente

70 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor

71 Pacheco Díaz, GermánFavor

72 Pantoja Hernández, LeslieFavor

73 Paz Alonzo, RaúlAusente

74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaFavor

75 Pelayo Covarrubias, FranciscoAusente

76 Peña Avilés, GerardoFavor

77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor

78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor

79 Quintana Salinas, EstherFavor

80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor

81 Ramírez Romero, Luis MiguelAusente

82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor

83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor

84 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor

85 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor

86 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor

87 Rodríguez Doval, FernandoFavor

88 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor

89 Romero Sevilla, LeonorFavor

90 Rosiñol Abreu, JorgeFavor

91 Sada Pérez, VerónicaFavor

92 Saldaña Hernández, MargaritaFavor

93 Salinas Garza, José ArturoAusente

94 Salinas Mendiola, GlafiroFavor

95 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor

96 Sánchez Ruiz, MarioFavor

97 Serralde Martínez, VíctorFavor

98 Sosa Govea, Martha LeticiaAusente

99 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor

100 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsFavor

101 Trejo Reyes, José IsabelAusente

102 Urciel Castañeda, María CeliaFavor

103 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor

104 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor

105 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor

106 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor

107 Villarreal García, Luis AlbertoFavor

108 Villarreal García, RicardoAusente

109 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor

110 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor

111 Zamora García, AlfredoAusente

112 Zavala Peniche, María BeatrizFavor

113 Zepeda Vidales, DamiánFavor

Favor: 96

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 17

Total: 113

PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

1 Alavez Ruiz, AleidaFavor

2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor

3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor

4 Amaya Reyes, María de LourdesFavor

5 Antonio Altamirano, CarolFavor

6 Arias Pallares, Luis ManuelFavor

7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor

8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor

9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor

10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor

11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor

12 Bautista Cuevas, GloriaFavor

13 Bautista López, Victor ManuelFavor

14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor

15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor

16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethAusente

17 Bonilla Jaime, JuanaFavor

18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor

19 Brito Lara, TomásFavor

20 Carbajal González, AlejandroAusente

21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor

22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor

23 Cedillo Hernández, ÁngelFavor

24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor

25 Contreras Ceballos, ArmandoFavor

26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor

27 Cruz Ramírez, ArturoFavor

28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor

29 Cuevas Mena, Mario AlejandroAusente

30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor

31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoFavor

32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor

33 Diego Cruz, EvaFavor

34 Duarte Ortuño, CatalinoFavor

35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielAusente

36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor

37 Flores Aguayo, UrielFavor

38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor

39 Fócil Pérez, Juan ManuelAusente

40 García Conejo, AntonioFavor

41 García Medina, Amalia DoloresFavor

42 García Reyes, VerónicaFavor

43 Garza Ruvalcaba, MarceloFavor

44 Gaudiano Rovirosa, GerardoFavor

45 González Barrios, RodrigoFavor

46 González Bautista, ValentínAusente

47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor

48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor

49 Jardines Fraire, JhonatanFavor

50 Jarquín, HugoAusente

51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

52 León Mendívil, José AntonioAusente

53 López González, RobertoFavor

54 López Rosado, RobertoFavor

55 López Suárez, RobertoFavor

56 Luna Porquillo, RoxanaFavor

57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor

58 Manriquez González, Víctor ManuelFavor

59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor

60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor

61 Mejía Guardado, JulisaFavor

62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoFavor

63 Méndez Martínez, Mario RafaelAusente

64 Merlín García, María del RosarioFavor

65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor

66 Miranda Salgado, MarinoFavor

67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor

68 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor

69 Montalvo Hernández, RamónFavor

70 Morales López, Carlos AugustoAusente

71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor

72 Moreno Rivera, IsraelFavor

73 Moreno Rivera, Julio CésarFavor

74 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor

75 Muñoz Soria, José LuisFavor

76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor

77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor

78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor

79 Orihuela García, JavierAusente

80 Porras Pérez, PedroAusente

81 Portillo Martínez, VicarioFavor

82 Posadas Hernández, DomitiloFavor

83 Quiroga Anguiano, KarenAusente

84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor

85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor

86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor

87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaAusente

88 Salazar Trejo, JessicaFavor

89 Salgado Parra, JorgeFavor

90 Salinas Narváez, JavierFavor

91 Salinas Pérez, JosefinaFavor

92 Sánchez Torres, GuillermoFavor

93 Sandoval Martínez, HugoFavor

94 Sansores Sastré, AntonioAusente

95 Serrano Toledo, RosendoFavor

96 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor

97 Tovar Aragón, CrystalFavor

98 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor

99 Verde Avendaño, Milkdret MarinaFavor

100 Zárate Salgado, FernandoAusente

Favor: 84

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 16

Total: 100

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

1 Acosta Montoya, RubénFavor

2 Astudillo Suárez, RicardoFavor

3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueAusente

4 Camarena García, Felipe ArturoFavor

5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor

6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor

7 Escobar y Vega, ArturoAusente

8 García de la Fuente, MónicaFavor

9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor

10 González Luna Bueno, Federico JoséAusente

11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor

12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor

13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor

14 Medrano Galindo, GabrielaFavor

15 Narcia Álvarez, HéctorFavor

16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor

17 Ochoa López, NaborFavor

18 Orozco Gómez, JavierFavor

19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor

20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaAusente

21 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor

22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor

23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoFavor

24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor

25 Torres Mercado, TomásFavor

26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor

27 Vital Vera, Martha EdithFavor

28 Zavaleta Salgado, RuthFavor

Favor: 24

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 28

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor

2 Chávez Contreras, RodrigoFavor

3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor

4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor

5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoFavor

6 Gómez Pozos, MerilynFavor

7 Huidobro González, ZuleymaFavor

8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor

9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor

10 Martínez Martínez, Juan LuisFavor

11 Mejía Berdeja, RicardoFavor

12 Méndez Denis, LorenaFavor

13 Monreal Ávila, RicardoAbstención

14 Romero Lozano, María FernandaFavor

15 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor

16 Soto Martínez, JoséFavor

17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor

18 Valle Magaña, José LuisFavor

19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor

20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor

Favor: 19

Contra: 0

Abstención: 1

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 20

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Aguilar Gil, LiliaFavor

2 Anaya Gutiérrez, AlbertoAusente

3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor

4 Bonilla Valdez, JaimeAusente

5 Cantú Garza, RicardoAusente

6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelAusente

7 López Cándido, José ArturoFavor

8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor

9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor

10 Orive Bellinger, AdolfoAusente

11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor

12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor

13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor

14 Torres Flores, AraceliFavor

15 Vega Vázquez, José HumbertoFavor

Favor: 10

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 5

Total: 15

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor

2 Caamal Mena, José AngelinoFavor

3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor

4 Félix Hays, Rubén BenjamínAusente

5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor

6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor

7 González Roldán, Luis AntonioFavor

8 Olvera Barrios, CristinaFavor

9 Rincón Chanona, SoniaFavor

10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor

Favor: 9

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 10

Del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el inciso e) y adiciona un inciso o) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de candidaturas independientes (en lo general y en lo particular, con la modificación propuesta por el diputado Fernando Belaunzarán Méndez y aceptada por la asamblea)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor

2 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoFavor

3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor

4 Anaya Gudiño, AlfredoFavor

5 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor

6 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor

7 Alcalá Padilla, LeobardoFavor

8 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor

9 Allende Cano, Ana IsabelFavor

10 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor

11 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoAusente

12 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor

13 Arellano Guzmán, SalvadorFavor

14 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor

15 Añorve Baños, ManuelFavor

16 Athie Flores, KamelFavor

17 Ayala Robles Linares, FlorFavor

18 Badillo Ramírez, DaríoFavor

19 Barajas del Toro, SalvadorFavor

20 Barba Mariscal, Marco AntonioAusente

21 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor

22 Barrera Barrera, PetraFavor

23 Barrera Estrada, RodimiroFavor

24 Barrera Fortoul, LauraFavor

25 Barrueta Barón, NoéFavor

26 Bautista Villegas, OscarFavor

27 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor

28 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor

29 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioAusente

30 Berzunza Novelo, Landy MargaritaAusente

31 Bonilla Gómez, AdolfoFavor

32 Caballero Garza, BenitoFavor

33 Calderón Ramírez, LeticiaFavor

34 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor

35 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor

36 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor

37 Cantú Segovia, EloyFavor

38 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor

39 Cárdenas Cantú, MiriamFavor

40 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor

41 Carreño Mijares, AngelinaFavor

42 Carreón Cervantes, VerónicaFavor

43 Castillo Rodríguez, MinervaFavor

44 Charleston Hernández, FernandoFavor

45 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoAusente

46 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor

47 Córdova Morán, Frine SorayaFavor

48 Corona Nakamura, María del RocíoFavor

49 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor

50 Cruz Morales, MaricruzFavor

51 Curi Naime, AlbertoFavor

52 De la Cruz Requena, RosalbaFavor

53 Del Angel Acosta, JorgeFavor

54 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor

55 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor

56 Delgadillo González, ClaudiaAusente

57 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor

58 Doger Guerrero, José EnriqueFavor

59 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor

60 Duarte Murillo, José IgnacioFavor

61 Elizondo Ramírez, IrmaFavor

62 Escajeda Jiménez, José RubénFavor

63 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor

64 Félix Chávez, FaustinoFavor

65 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor

66 Flores Gómez, José Luis CruzFavor

67 Flores Méndez, José LuisFavor

68 Flores Sandoval, PatricioFavor

69 Fuentes Téllez, AdrianaFavor

70 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor

71 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor

72 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor

73 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor

74 Garay Cabada, MarinaAusente

75 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor

76 García Fernández, Maria de las NievesFavor

77 García García, HéctorFavor

78 García Hernández, JosefinaFavor

79 García Olmedo, María del RocíoFavor

80 Garza Moreno, María EstherFavor

81 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor

82 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor

83 Gómez Gómez, LuisFavor

84 Gómez Gómez, PedroFavor

85 Gómez Michel, GabrielFavor

86 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor

87 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor

88 González Cruz, CristinaFavor

89 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor

90 González Gómez, CeciliaFavor

91 González Martínez, Olivares IrazemaFavor

92 González Reséndiz, RafaelFavor

93 González Valdez, Marco AntonioFavor

94 González Vargas, FranciscoFavor

95 Grajales Palacios, FranciscoFavor

96 Gualito Castañeda, RosalbaFavor

97 Guerra Garza, AbelFavor

98 Guevara González, Javier FilibertoFavor

99 Gurrión Matías, SamuelFavor

100 Gutiérrez Álvarez, HarveyAusente

101 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor

102 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor

103 Hernández Burgos, GaudencioFavor

104 Hernández González, NoéFavor

105 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor

106 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor

107 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor

108 Herrera Delgado, JorgeFavor

109 Huerta Rea, María de JesúsFavor

110 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor

111 Juan Marcos, Issa SalomónAusente

112 King de la Rosa, RaymundoFavor

113 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor

114 López Alvarado, Jaime ChrisAusente

115 López Landero, TomásFavor

116 López Segura, María CarmenFavor

117 López Zavala, JavierFavor

118 Macías Sandoval, RaúlFavor

119 Madrid Tovilla, AreliFavor

120 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor

121 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor

122 Manzur Quiroga, José SergioFavor

123 Márquez Martínez, José LuisFavor

124 Márquez Velasco, SilviaFavor

125 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor

126 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor

127 Medina Fierro, RicardoFavor

128 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor

129 Mendoza Garza, JorgeAusente

130 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor

131 Miranda Munive, EmilseFavor

132 Montano Guzmán, José AlejandroFavor

133 Montes Alvarado, AbrahamFavor

134 Morales Flores, JesúsFavor

135 Moreno Árcega, José IsidroFavor

136 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroFavor

137 Moreno Montoya, José PilarFavor

138 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor

139 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor

140 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor

141 Nava Gómez, José EverardoFavor

142 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor

143 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor

144 Niaves López, Ossiel OmarAusente

145 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor

146 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor

147 Ochoa González, ArnoldoFavor

148 Olvera Correa, LuisFavor

149 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor

150 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor

151 Ortiz García, SalvadorFavor

152 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor

153 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor

154 Padilla Navarro, CesarioAusente

155 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor

156 Peña Recio, Patricia GuadalupeFavor

157 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor

158 Pérez de Alba, José NoelFavor

159 Pérez Escalante, Elvia MaríaAusente

160 Ponce Orozco, NormaFavor

161 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor

162 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaAusente

163 Quintana León, Socorro de la LuzFavor

164 Rangel Espinosa, JoséFavor

165 Rangel Segovia, AlejandroFavor

166 Rellstab Carreto, TanyaFavor

167 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor

168 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor

169 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor

170 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor

171 Rojo García de Alba, José AntonioFavor

172 Román Bojórquez, Jesús TolentinoAusente

173 Romero Valencia, SalvadorFavor

174 Ruiz Arriaga, GenaroFavor

175 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor

176 Ruiz Moronatti, RobertoFavor

177 Ruiz Sandoval, CristinaFavor

178 Sahui Rivero, MauricioAusente

179 Salgado Delgado, FernandoFavor

180 Salgado Peña, Abel OctavioFavor

181 Sámano Peralta, MiguelFavor

182 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente

183 Sánchez Romero, CarlosFavor

184 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor

185 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor

186 Sosa Altamira, William RenánFavor

187 Terán Guevara, María RebecaAusente

188 Terán Juárez, JorgeFavor

189 Treviño Cantú, JavierFavor

190 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

191 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor

192 Valanci Buzali, SimónAusente

193 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor

194 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor

195 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor

196 Vázquez Saut, ReginaFavor

197 Vega de la Peña, AlfioFavor

198 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor

199 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor

200 Velázquez Díaz, María GuadalupeAusente

201 Velázquez López, MirnaFavor

202 Velázquez Ramírez, Diana KarinaFavor

203 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor

204 Vildosola Lacarra, Miguel AlfonsoFavor

205 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor

206 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor

207 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor

208 Zacarías Capuchino, DaríoFavor

209 Zamora Morales, FernandoFavor

210 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor

Favor: 189

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 21

Total: 210

PARTIDO ACCION NACIONAL

1 Adame Alemán, Juan PabloFavor

2 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor

3 Aguilar Vega, MarcosFavor

4 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor

5 Alonso Morelli, HumbertoFavor

6 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor

7 Anaya Cortés, RicardoFavor

8 Anaya Llamas, José GuillermoAusente

9 Angulo Parra, Carlos FernandoFavor

10 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor

11 Argüelles Loya, ConsueloFavor

12 Azuara Zúñiga, XavierFavor

13 Borboa Becerra, Omar AntonioAusente

14 Botello Montes, José AlfredoFavor

15 Bueno Torio, JuanFavor

16 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoAusente

17 Camarillo Ortega, RubénFavor

18 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor

19 Carreño Muro, GenaroFavor

20 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

21 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor

22 Coronado Quintanilla, AlbertoAusente

23 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoFavor

24 Cortés Berumen, IsaíasFavor

25 Cortes Talamantes, Gabriela EugeniaFavor

26 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor

27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor

28 De la Rosa Anaya, AndrésAusente

29 De la Rosa Escalante, ArturoAusente

30 Díaz Trujillo, AlbertoFavor

31 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorAusente

32 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor

33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor

34 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor

35 García González, Carlos AlbertoFavor

36 García Ramírez, José GuadalupeFavor

37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelAusente

39 Gómez Ramírez, RaúlAusente

40 González Aguilar, Lazara NellyFavor

41 González Carrillo, AdrianaFavor

42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor

43 González Morfín, JoséFavor

44 González Serna, José ÁngelFavor

45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioAusente

46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor

47 Jiménez Castillo, BlancaFavor

48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor

49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor

50 Labastida Sotelo, KarinaFavor

51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor

52 Licea González, MargaritaFavor

53 Llanas Alba, José AlejandroFavor

54 López Cisneros, José MartínFavor

55 López Landero, LeticiaFavor

56 López López, RaudelFavor

57 López Noriega, AlejandraFavor

58 Lugo Barriga, PatriciaFavor

59 Micalco Méndez, Rafael AlejandroAusente

60 Mondragón González, María GuadalupeFavor

61 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor

62 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor

63 Neblina Vega, HebertoFavor

64 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoAusente

65 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor

66 Orta Coronado, MarcelinaFavor

67 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor

68 Osorno Malpica, DamarisFavor

69 Othón Zayas, MáximoAusente

70 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor

71 Pacheco Díaz, GermánFavor

72 Pantoja Hernández, LeslieFavor

73 Paz Alonzo, RaúlAusente

74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaAusente

75 Pelayo Covarrubias, FranciscoAusente

76 Peña Avilés, GerardoFavor

77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor

78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor

79 Quintana Salinas, EstherFavor

80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor

81 Ramírez Romero, Luis MiguelAusente

82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor

83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor

84 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor

85 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor

86 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor

87 Rodríguez Doval, FernandoFavor

88 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor

89 Romero Sevilla, LeonorFavor

90 Rosiñol Abreu, JorgeAusente

91 Sada Pérez, VerónicaFavor

92 Saldaña Hernández, MargaritaFavor

93 Salinas Garza, José ArturoAusente

94 Salinas Mendiola, GlafiroFavor

95 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor

96 Sánchez Ruiz, MarioFavor

97 Serralde Martínez, VíctorFavor

98 Sosa Govea, Martha LeticiaAusente

99 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoFavor

100 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsAusente

101 Trejo Reyes, José IsabelFavor

102 Urciel Castañeda, María CeliaFavor

103 Uribe Padilla, Juan CarlosFavor

104 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor

105 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor

106 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor

107 Villarreal García, Luis AlbertoFavor

108 Villarreal García, RicardoAusente

109 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor

110 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor

111 Zamora García, AlfredoAusente

112 Zavala Peniche, María BeatrizFavor

113 Zepeda Vidales, DamiánFavor

Favor: 90

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 23

Total: 113

PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

1 Alavez Ruiz, AleidaFavor

2 Algredo Jaramillo, EdilbertoFavor

3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor

4 Amaya Reyes, María de LourdesFavor

5 Antonio Altamirano, CarolFavor

6 Arias Pallares, Luis ManuelFavor

7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor

8 Águila Torres, Claudia ElenaFavor

9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor

10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor

11 Bautista Bravo, Alliet MarianaFavor

12 Bautista Cuevas, GloriaFavor

13 Bautista López, Victor ManuelFavor

14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor

15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor

16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethAusente

17 Bonilla Jaime, JuanaFavor

18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor

19 Brito Lara, TomásFavor

20 Carbajal González, AlejandroFavor

21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor

22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor

23 Cedillo Hernández, ÁngelAusente

24 Ceseñas Chapa, María del SocorroFavor

25 Contreras Ceballos, ArmandoAusente

26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor

27 Cruz Ramírez, ArturoFavor

28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor

29 Cuevas Mena, Mario AlejandroAusente

30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor

31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoFavor

32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor

33 Diego Cruz, EvaFavor

34 Duarte Ortuño, CatalinoFavor

35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielAusente

36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor

37 Flores Aguayo, UrielFavor

38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroFavor

39 Fócil Pérez, Juan ManuelAusente

40 García Conejo, AntonioFavor

41 García Medina, Amalia DoloresFavor

42 García Reyes, VerónicaFavor

43 Garza Ruvalcaba, MarceloAusente

44 Gaudiano Rovirosa, GerardoAusente

45 González Barrios, RodrigoFavor

46 González Bautista, ValentínAusente

47 González Magallanes, Alfa ElianaFavor

48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor

49 Jardines Fraire, JhonatanFavor

50 Jarquín, HugoFavor

51 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

52 León Mendívil, José AntonioAusente

53 López González, RobertoFavor

54 López Rosado, RobertoAusente

55 López Suárez, RobertoFavor

56 Luna Porquillo, RoxanaFavor

57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor

58 Manriquez González, Víctor ManuelAusente

59 Martínez Rojas, Andrés EloyFavor

60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor

61 Mejía Guardado, JulisaFavor

62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoFavor

63 Méndez Martínez, Mario RafaelAusente

64 Merlín García, María del RosarioFavor

65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor

66 Miranda Salgado, MarinoAusente

67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeFavor

68 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor

69 Montalvo Hernández, RamónFavor

70 Morales López, Carlos AugustoFavor

71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor

72 Moreno Rivera, IsraelFavor

73 Moreno Rivera, Julio CésarFavor

74 Mota Ocampo, Gisela RaquelFavor

75 Muñoz Soria, José LuisFavor

76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor

77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor

78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor

79 Orihuela García, JavierFavor

80 Porras Pérez, PedroAusente

81 Portillo Martínez, VicarioFavor

82 Posadas Hernández, DomitiloFavor

83 Quiroga Anguiano, KarenAusente

84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosFavor

85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor

86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor

87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaAusente

88 Salazar Trejo, JessicaFavor

89 Salgado Parra, JorgeFavor

90 Salinas Narváez, JavierFavor

91 Salinas Pérez, JosefinaFavor

92 Sánchez Torres, GuillermoFavor

93 Sandoval Martínez, HugoFavor

94 Sansores Sastré, AntonioAusente

95 Serrano Toledo, RosendoFavor

96 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor

97 Tovar Aragón, CrystalFavor

98 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor

99 Verde Avendaño, Milkdret MarinaFavor

100 Zárate Salgado, FernandoAusente

Favor: 81

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 19

Total: 100

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

1 Acosta Montoya, RubénFavor

2 Astudillo Suárez, RicardoFavor

3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueAusente

4 Camarena García, Felipe ArturoFavor

5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor

6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor

7 Escobar y Vega, ArturoFavor

8 García de la Fuente, MónicaFavor

9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor

10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor

11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor

12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor

13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor

14 Medrano Galindo, GabrielaFavor

15 Narcia Álvarez, HéctorFavor

16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor

17 Ochoa López, NaborFavor

18 Orozco Gómez, JavierFavor

19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor

20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaAusente

21 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor

22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor

23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoAusente

24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor

25 Torres Mercado, TomásFavor

26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoAusente

27 Vital Vera, Martha EdithFavor

28 Zavaleta Salgado, RuthFavor

Favor: 24

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 28

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Alcalde Luján, Luisa MaríaFavor

2 Chávez Contreras, RodrigoFavor

3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor

4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor

5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoFavor

6 Gómez Pozos, MerilynFavor

7 Huidobro González, ZuleymaFavor

8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor

9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor

10 Martínez Martínez, Juan LuisFavor

11 Mejía Berdeja, RicardoFavor

12 Méndez Denis, LorenaAusente

13 Monreal Ávila, RicardoFavor

14 Romero Lozano, María FernandaAusente

15 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor

16 Soto Martínez, JoséFavor

17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor

18 Valle Magaña, José LuisFavor

19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor

20 Villanueva Albarrán, GerardoFavor

Favor: 18

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 20

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Aguilar Gil, LiliaFavor

2 Anaya Gutiérrez, AlbertoAusente

3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor

4 Bonilla Valdez, JaimeAusente

5 Cantú Garza, RicardoAusente

6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelAusente

7 López Cándido, José ArturoFavor

8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor

9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor

10 Orive Bellinger, AdolfoAusente

11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor

12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor

13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor

14 Torres Flores, AraceliAusente

15 Vega Vázquez, José HumbertoAbstención

Favor: 8

Contra: 0

Abstención: 1

Quorum: 0

Ausentes: 6

Total: 15

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor

2 Caamal Mena, José AngelinoFavor

3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor

4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor

5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor

6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor

7 González Roldán, Luis AntonioFavor

8 Olvera Barrios, CristinaFavor

9 Rincón Chanona, SoniaFavor

10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor

Favor: 10

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 10

Del dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto por el que la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados otorga la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri y Legisladores de 1913, correspondiente al primer año de ejercicio de la Legislatura, al ciudadano Jacobo Zabludovsky Kraveski (en lo general y en lo particular)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor

2 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoFavor

3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor

4 Anaya Gudiño, AlfredoFavor

5 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor

6 Arroyo Ruiz, Alma JeannyFavor

7 Alcalá Padilla, LeobardoFavor

8 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor

9 Allende Cano, Ana IsabelFavor

10 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor

11 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoAusente

12 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor

13 Arellano Guzmán, SalvadorAusente

14 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor

15 Añorve Baños, ManuelFavor

16 Athie Flores, KamelFavor

17 Ayala Robles Linares, FlorFavor

18 Badillo Ramírez, DaríoFavor

19 Barajas del Toro, SalvadorFavor

20 Barba Mariscal, Marco AntonioAusente

21 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor

22 Barrera Barrera, PetraFavor

23 Barrera Estrada, RodimiroFavor

24 Barrera Fortoul, LauraFavor

25 Barrueta Barón, NoéFavor

26 Bautista Villegas, OscarFavor

27 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor

28 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor

29 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioAusente

30 Berzunza Novelo, Landy MargaritaAusente

31 Bonilla Gómez, AdolfoFavor

32 Caballero Garza, BenitoAusente

33 Calderón Ramírez, LeticiaFavor

34 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor

35 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor

36 Cano Ayala, Ma. ElenaAusente

37 Cantú Segovia, EloyFavor

38 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor

39 Cárdenas Cantú, MiriamFavor

40 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor

41 Carreño Mijares, AngelinaFavor

42 Carreón Cervantes, VerónicaFavor

43 Castillo Rodríguez, MinervaFavor

44 Charleston Hernández, FernandoFavor

45 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoAusente

46 Córdova Díaz, Luis ArmandoAusente

47 Córdova Morán, Frine SorayaFavor

48 Corona Nakamura, María del RocíoFavor

49 Corrales Corrales, Francisca ElenaAusente

50 Cruz Morales, MaricruzFavor

51 Curi Naime, AlbertoFavor

52 De la Cruz Requena, RosalbaFavor

53 Del Angel Acosta, JorgeFavor

54 Del Bosque Márquez, Juan IsidroFavor

55 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor

56 Delgadillo González, ClaudiaAusente

57 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor

58 Doger Guerrero, José EnriqueFavor

59 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor

60 Duarte Murillo, José IgnacioFavor

61 Elizondo Ramírez, IrmaFavor

62 Escajeda Jiménez, José RubénFavor

63 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor

64 Félix Chávez, FaustinoFavor

65 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor

66 Flores Gómez, José Luis CruzFavor

67 Flores Méndez, José LuisFavor

68 Flores Sandoval, PatricioFavor

69 Fuentes Téllez, AdrianaFavor

70 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor

71 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor

72 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor

73 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor

74 Garay Cabada, MarinaAusente

75 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor

76 García Fernández, Maria de las NievesFavor

77 García García, HéctorAusente

78 García Hernández, JosefinaFavor

79 García Olmedo, María del RocíoFavor

80 Garza Moreno, María EstherFavor

81 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor

82 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor

83 Gómez Gómez, LuisAusente

84 Gómez Gómez, PedroFavor

85 Gómez Michel, GabrielFavor

86 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor

87 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor

88 González Cruz, CristinaFavor

89 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor

90 González Gómez, CeciliaFavor

91 González Martínez, Olivares IrazemaFavor

92 González Reséndiz, RafaelFavor

93 González Valdez, Marco AntonioFavor

94 González Vargas, FranciscoFavor

95 Grajales Palacios, FranciscoFavor

96 Gualito Castañeda, RosalbaFavor

97 Guerra Garza, AbelAusente

98 Guevara González, Javier FilibertoFavor

99 Gurrión Matías, SamuelFavor

100 Gutiérrez Álvarez, HarveyAusente

101 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor

102 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor

103 Hernández Burgos, GaudencioFavor

104 Hernández González, NoéFavor

105 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor

106 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor

107 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor

108 Herrera Delgado, JorgeFavor

109 Huerta Rea, María de JesúsAusente

110 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor

111 Juan Marcos, Issa SalomónAusente

112 King de la Rosa, RaymundoFavor

113 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor

114 López Alvarado, Jaime ChrisAusente

115 López Landero, TomásAusente

116 López Segura, María CarmenFavor

117 López Zavala, JavierFavor

118 Macías Sandoval, RaúlFavor

119 Madrid Tovilla, AreliFavor

120 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor

121 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor

122 Manzur Quiroga, José SergioFavor

123 Márquez Martínez, José LuisFavor

124 Márquez Velasco, SilviaFavor

125 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaAusente

126 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor

127 Medina Fierro, RicardoFavor

128 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor

129 Mendoza Garza, JorgeFavor

130 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor

131 Miranda Munive, EmilseFavor

132 Montano Guzmán, José AlejandroFavor

133 Montes Alvarado, AbrahamFavor

134 Morales Flores, JesúsFavor

135 Moreno Árcega, José IsidroFavor

136 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroAusente

137 Moreno Montoya, José PilarFavor

138 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor

139 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor

140 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor

141 Nava Gómez, José EverardoFavor

142 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor

143 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor

144 Niaves López, Ossiel OmarAusente

145 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor

146 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor

147 Ochoa González, ArnoldoFavor

148 Olvera Correa, LuisFavor

149 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor

150 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor

151 Ortiz García, SalvadorFavor

152 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor

153 Padilla Fierro, Román AlfredoAusente

154 Padilla Navarro, CesarioAusente

155 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor

156 Peña Recio, Patricia GuadalupeAusente

157 Pérez Anzueto, Hugo MauricioAusente

158 Pérez de Alba, José NoelFavor

159 Pérez Escalante, Elvia MaríaAusente

160 Ponce Orozco, NormaFavor

161 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor

162 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaAusente

163 Quintana León, Socorro de la LuzFavor

164 Rangel Espinosa, JoséFavor

165 Rangel Segovia, AlejandroFavor

166 Rellstab Carreto, TanyaFavor

167 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor

168 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor

169 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor

170 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor

171 Rojo García de Alba, José AntonioFavor

172 Román Bojórquez, Jesús TolentinoAusente

173 Romero Valencia, SalvadorFavor

174 Ruiz Arriaga, GenaroFavor

175 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor

176 Ruiz Moronatti, RobertoFavor

177 Ruiz Sandoval, CristinaFavor

178 Sahui Rivero, MauricioAusente

179 Salgado Delgado, FernandoFavor

180 Salgado Peña, Abel OctavioFavor

181 Sámano Peralta, MiguelFavor

182 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente

183 Sánchez Romero, CarlosFavor

184 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor

185 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor

186 Sosa Altamira, William RenánFavor

187 Terán Guevara, María RebecaAusente

188 Terán Juárez, JorgeFavor

189 Treviño Cantú, JavierFavor

190 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

191 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor

192 Valanci Buzali, SimónAusente

193 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor

194 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor

195 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor

196 Vázquez Saut, ReginaFavor

197 Vega de la Peña, AlfioFavor

198 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor

199 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor

200 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor

201 Velázquez López, MirnaFavor

202 Velázquez Ramírez, Diana KarinaFavor

203 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor

204 Vildosola Lacarra, Miguel AlfonsoFavor

205 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor

206 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor

207 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor

208 Zacarías Capuchino, DaríoFavor

209 Zamora Morales, FernandoFavor

210 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor

Favor: 176

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 34

Total: 210

PARTIDO ACCION NACIONAL

1 Adame Alemán, Juan PabloFavor

2 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzFavor

3 Aguilar Vega, MarcosFavor

4 Almaguer Torres, Felipe de JesúsFavor

5 Alonso Morelli, HumbertoFavor

6 Álvarez Tovar, Martha BereniceFavor

7 Anaya Cortés, RicardoFavor

8 Anaya Llamas, José GuillermoAusente

9 Angulo Parra, Carlos FernandoAbstención

10 Aquino Calvo, Juan JesúsFavor

11 Argüelles Loya, ConsueloFavor

12 Azuara Zúñiga, XavierFavor

13 Borboa Becerra, Omar AntonioFavor

14 Botello Montes, José AlfredoFavor

15 Bueno Torio, JuanFavor

16 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoAusente

17 Camarillo Ortega, RubénAusente

18 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsFavor

19 Carreño Muro, GenaroFavor

20 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

21 Chan Lugo, Sergio AugustoAbstención

22 Coronado Quintanilla, AlbertoAusente

23 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoAusente

24 Cortés Berumen, IsaíasFavor

25 Cortes Talamantes, Gabriela EugeniaFavor

26 Cruz Mendoza, EufrosinaAbstención

27 Dávila Delgado, Mario AlbertoFavor

28 De la Rosa Anaya, AndrésAusente

29 De la Rosa Escalante, ArturoAusente

30 Díaz Trujillo, AlbertoFavor

31 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorAusente

32 Flores Flores, Enrique AlejandroFavor

33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoFavor

34 Galindo Delgado, David CuauhtémocFavor

35 García González, Carlos AlbertoFavor

36 García Ramírez, José GuadalupeFavor

37 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelAusente

39 Gómez Ramírez, RaúlAbstención

40 González Aguilar, Lazara NellyFavor

41 González Carrillo, AdrianaFavor

42 González Manríquez, Víctor RafaelFavor

43 González Morfín, JoséFavor

44 González Serna, José ÁngelFavor

45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioAusente

46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoFavor

47 Jiménez Castillo, BlancaFavor

48 Jiménez Cerrillo, RaquelFavor

49 Jiménez Esquivel, María TeresaFavor

50 Labastida Sotelo, KarinaAusente

51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroFavor

52 Licea González, MargaritaFavor

53 Llanas Alba, José AlejandroFavor

54 López Cisneros, José MartínAusente

55 López Landero, LeticiaFavor

56 López López, RaudelFavor

57 López Noriega, AlejandraFavor

58 Lugo Barriga, PatriciaFavor

59 Micalco Méndez, Rafael AlejandroAusente

60 Mondragón González, María GuadalupeFavor

61 Morgan Navarrete, Tania MargaritaFavor

62 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor

63 Neblina Vega, HebertoFavor

64 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoAusente

65 Oliveros Usabiaga, José LuisFavor

66 Orta Coronado, MarcelinaFavor

67 Ortiz Mantilla, María IsabelFavor

68 Osorno Malpica, DamarisFavor

69 Othón Zayas, MáximoAusente

70 Oviedo Herrera, J. JesúsFavor

71 Pacheco Díaz, GermánContra

72 Pantoja Hernández, LeslieFavor

73 Paz Alonzo, RaúlAusente

74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaAusente

75 Pelayo Covarrubias, FranciscoAusente

76 Peña Avilés, GerardoContra

77 Pérez Camarena, Carmen LucíaFavor

78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoFavor

79 Quintana Salinas, EstherFavor

80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónFavor

81 Ramírez Romero, Luis MiguelAusente

82 Reina Lizárraga, José EnriqueFavor

83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor

84 Rivadeneyra Hernández, AlfredoFavor

85 Rivera Villanueva, Erick MarteAusente

86 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoAusente

87 Rodríguez Doval, FernandoFavor

88 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueFavor

89 Romero Sevilla, LeonorContra

90 Rosiñol Abreu, JorgeAusente

91 Sada Pérez, VerónicaAusente

92 Saldaña Hernández, MargaritaFavor

93 Salinas Garza, José ArturoAusente

94 Salinas Mendiola, GlafiroFavor

95 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor

96 Sánchez Ruiz, MarioFavor

97 Serralde Martínez, VíctorAusente

98 Sosa Govea, Martha LeticiaAusente

99 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoAbstención

100 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsAusente

101 Trejo Reyes, José IsabelFavor

102 Urciel Castañeda, María CeliaFavor

103 Uribe Padilla, Juan CarlosContra

104 Valladares Couoh, Cinthya NoemíFavor

105 Vargas Martín del Campo, ElizabethFavor

106 Villalobos Seáñez, Jorge IvánFavor

107 Villarreal García, Luis AlbertoFavor

108 Villarreal García, RicardoAusente

109 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaFavor

110 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaFavor

111 Zamora García, AlfredoAusente

112 Zavala Peniche, María BeatrizFavor

113 Zepeda Vidales, DamiánFavor

Favor: 75

Contra: 4

Abstención: 5

Quorum: 0

Ausentes: 29

Total: 113

PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

1 Alavez Ruiz, AleidaAusente

2 Algredo Jaramillo, EdilbertoAbstención

3 Alonso Raya, Agustín MiguelFavor

4 Amaya Reyes, María de LourdesAbstención

5 Antonio Altamirano, CarolFavor

6 Arias Pallares, Luis ManuelFavor

7 Ávila Pérez, José ÁngelFavor

8 Águila Torres, Claudia ElenaContra

9 Aureoles Conejo, SilvanoFavor

10 Barrios Gómez Segués, AgustínFavor

11 Bautista Bravo, Alliet MarianaAbstención

12 Bautista Cuevas, GloriaFavor

13 Bautista López, Victor ManuelAbstención

14 Belaunzarán Méndez, FernandoFavor

15 Blanco Deaquino, SilvanoFavor

16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethAusente

17 Bonilla Jaime, JuanaFavor

18 Borges Pasos, Teresita de JesúsFavor

19 Brito Lara, TomásFavor

20 Carbajal González, AlejandroFavor

21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónFavor

22 Carrillo Huerta, Mario MiguelFavor

23 Cedillo Hernández, ÁngelAusente

24 Ceseñas Chapa, María del SocorroContra

25 Contreras Ceballos, ArmandoAbstención

26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesFavor

27 Cruz Ramírez, ArturoContra

28 Cuéllar Reyes, FernandoFavor

29 Cuevas Mena, Mario AlejandroAusente

30 De Jesús, Alejandro CarlosFavor

31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoContra

32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoFavor

33 Diego Cruz, EvaFavor

34 Duarte Ortuño, CatalinoFavor

35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielAusente

36 Esquivel Zalpa, José LuisFavor

37 Flores Aguayo, UrielAbstención

38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroAbstención

39 Fócil Pérez, Juan ManuelAusente

40 García Conejo, AntonioFavor

41 García Medina, Amalia DoloresFavor

42 García Reyes, VerónicaAbstención

43 Garza Ruvalcaba, MarceloAbstención

44 Gaudiano Rovirosa, GerardoAusente

45 González Barrios, RodrigoAbstención

46 González Bautista, ValentínAusente

47 González Magallanes, Alfa ElianaAbstención

48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethFavor

49 Jardines Fraire, JhonatanContra

50 Jarquín, HugoAusente

51 Juárez Piña, Verónica BeatrizAusente

52 León Mendívil, José AntonioAusente

53 López González, RobertoAusente

54 López Rosado, RobertoAusente

55 López Suárez, RobertoFavor

56 Luna Porquillo, RoxanaFavor

57 Maldonado Salgado, José ValentínFavor

58 Manriquez González, Víctor ManuelAusente

59 Martínez Rojas, Andrés EloyAbstención

60 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor

61 Mejía Guardado, JulisaAbstención

62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoAbstención

63 Méndez Martínez, Mario RafaelAusente

64 Merlín García, María del RosarioAbstención

65 Mícher Camarena, Martha LucíaFavor

66 Miranda Salgado, MarinoAusente

67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeAusente

68 Mojica Morga, Teresa de JesúsFavor

69 Montalvo Hernández, RamónFavor

70 Morales López, Carlos AugustoFavor

71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoFavor

72 Moreno Rivera, IsraelFavor

73 Moreno Rivera, Julio CésarFavor

74 Mota Ocampo, Gisela RaquelAbstención

75 Muñoz Soria, José LuisAbstención

76 Nájera Medina, Víctor ReymundoFavor

77 Navarrete Contreras, JoaquinaFavor

78 Nolasco Ramírez, YeseniaFavor

79 Orihuela García, JavierAbstención

80 Porras Pérez, PedroAusente

81 Portillo Martínez, VicarioFavor

82 Posadas Hernández, DomitiloFavor

83 Quiroga Anguiano, KarenAusente

84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosAbstención

85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeFavor

86 Rodríguez Montero, Francisco TomásFavor

87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaFavor

88 Salazar Trejo, JessicaContra

89 Salgado Parra, JorgeFavor

90 Salinas Narváez, JavierAusente

91 Salinas Pérez, JosefinaContra

92 Sánchez Torres, GuillermoAusente

93 Sandoval Martínez, HugoContra

94 Sansores Sastré, AntonioAusente

95 Serrano Toledo, RosendoFavor

96 Tapia Fonllem, Margarita ElenaFavor

97 Tovar Aragón, CrystalFavor

98 Valles Sampedro, Lorenia IvethAbstención

99 Verde Avendaño, Milkdret MarinaAbstención

100 Zárate Salgado, FernandoAusente

Favor: 48

Contra: 8

Abstención: 21

Quorum: 0

Ausentes: 23

Total: 100

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

1 Acosta Montoya, RubénFavor

2 Astudillo Suárez, RicardoFavor

3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueAusente

4 Camarena García, Felipe ArturoFavor

5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioAusente

6 Cuéllar Steffan, AntonioFavor

7 Escobar y Vega, ArturoFavor

8 García de la Fuente, MónicaFavor

9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor

10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor

11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor

12 López Moreno, Lourdes AdrianaFavor

13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor

14 Medrano Galindo, GabrielaFavor

15 Narcia Álvarez, HéctorFavor

16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor

17 Ochoa López, NaborFavor

18 Orozco Gómez, JavierAusente

19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor

20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaAusente

21 Pérez Hernández, Rosa ElbaContra

22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor

23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoAusente

24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor

25 Torres Mercado, TomásFavor

26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoAusente

27 Vital Vera, Martha EdithFavor

28 Zavaleta Salgado, RuthFavor

Favor: 21

Contra: 1

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 6

Total: 28

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Alcalde Luján, Luisa MaríaContra

2 Chávez Contreras, RodrigoContra

3 Córdova Bernal, Martha BeatrizFavor

4 Coronato Rodríguez, José FranciscoFavor

5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoFavor

6 Gómez Pozos, MerilynAusente

7 Huidobro González, ZuleymaFavor

8 Hurtado Gallegos, José AntonioFavor

9 Jorrín Lozano, Victor ManuelFavor

10 Martínez Martínez, Juan LuisFavor

11 Mejía Berdeja, RicardoFavor

12 Méndez Denis, LorenaAusente

13 Monreal Ávila, RicardoAbstención

14 Romero Lozano, María FernandaAusente

15 Samperio Montaño, Juan IgnacioFavor

16 Soto Martínez, JoséFavor

17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaFavor

18 Valle Magaña, José LuisFavor

19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenFavor

20 Villanueva Albarrán, GerardoContra

Favor: 13

Contra: 3

Abstención: 1

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 20

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Aguilar Gil, LiliaFavor

2 Anaya Gutiérrez, AlbertoAusente

3 Benavides Castañeda, José AlbertoFavor

4 Bonilla Valdez, JaimeAusente

5 Cantú Garza, RicardoAusente

6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelAusente

7 López Cándido, José ArturoFavor

8 Martínez Santillán, María del CarmenFavor

9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor

10 Orive Bellinger, AdolfoAusente

11 Ortiz Ahlf, LorettaFavor

12 Roblero Gordillo, Héctor HugoFavor

13 Romero Guzmán, Rosa EliaFavor

14 Torres Flores, AraceliAusente

15 Vega Vázquez, José HumbertoFavor

Favor: 9

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 6

Total: 15

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor

2 Caamal Mena, José AngelinoFavor

3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor

4 Félix Hays, Rubén BenjamínFavor

5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor

6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor

7 González Roldán, Luis AntonioFavor

8 Olvera Barrios, CristinaFavor

9 Rincón Chanona, SoniaFavor

10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor

Favor: 10

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 10