Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXII Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Ricardo Anaya Cortés
Director del
Diario de los Debates
Jesús Norberto Reyes Ayala
Año II
México, DF, miércoles 9 de octubre de 2013
Sesión No. 18

SUMARIO


NOMBRAMIENTO DEL CONSEJERO ELECTORAL QUE DEBERA SUPLIR A SERGIO GARCIA RAMIREZ

Interviene sobre el tema, desde su curul, el diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara

MODIFICACION DE TURNO DE INICIATIVA

Oficio de la Presidencia Mesa Directiva, por el que comunica que se realizó modificación de turno de iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, presentada por el diputado Mario Rafael Méndez Martínez, el 24 de septiembre de 2013. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para dictamen; y a la Comisión de Ciencia y Tecnología, para opinión. Se modifica el turno. Actualícense los registros parlamentarios

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Se recibe del diputado Arturo Escobar y Vega iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

Se recibe del diputado Fernando Zárate Salgado iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o. a 4o., 5o.-A, 8o. y 19 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

Se recibe del diputado Fernando Zárate Salgado iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

El diputado Luis Gómez Gómez presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 34 del Código Penal Federal y 188 del Código Federal de Procedimientos Penales. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

El diputado Carlos Alberto García González presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Desde su curul, solicita sumarse a la iniciativa el diputado José Martín López Cisneros

Se turna a la Comisión de Competitividad, para dictamen

LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES - LEY DE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

El diputado Roberto López Rosado presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 21 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y 9o. y 10 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Asuntos Indígenas, para dictamen

LEY GENERAL DE POBLACION

La diputada Mónica García de la Fuente presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Población. Se turna a la Comisión de Población, para dictamen

CODIGO CIVIL FEDERAL

La diputada Zuleyma Huidobro González presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

Desde su curul, la diputada Martha Lucía Mícher Camarena solicita ampliar el turno a la Comisión de Igualdad de Género

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen; y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión

Desde su curul, el diputado Felipe Arturo Camarena García hace comentarios acerca del número de legisladores presentes en el salón de sesiones

LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES - LEY DE VIVIENDA

El diputado José Angelino Caamal Mena presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y de Vivienda. Se turna a la Comisión de Vivienda, para dictamen

Interviene el diputado Gerardo Peña Avilés, desde su curul

LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTICULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada Lilia Aguilar Gil presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 75 y 79 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

NOMBRAMIENTO DEL CONSEJERO ELECTORAL QUE DEBERA SUPLIR A SERGIO GARCIA RAMIREZ

Intervienen sobre el tema, desde su curul, los diputados:

Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara

Ricardo Mejía Berdeja

LEY GENERAL DE TURISMO

El diputado Juan Manuel Rocha Piedra presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Turismo. Se turna a la Comisión de Turismo, para dictamen

LEY DEL SEGURO SOCIAL

La diputada Adriana González Carrillo presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 109, 168 y 191 de la Ley del Seguro Social. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen; y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

LEY DE BIOSEGURIDAD DE ORGANISMOS GENETICAMENTE MODIFICADOS

La diputada Gloria Bautista Cuevas presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

APOYO A LA POBLACION DE ZIRANDARO Y HUETAMO AFECTADA POR LOS FENOMENOS HIDROMETEOROLOGICOS OCURRIDOS EL 15, 16 Y 17 DE SEPTIEMBRE

El diputado Brasil Alberto Acosta Peña presenta proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob a emitir la declaratoria de desastre; y a las dependencias federales, a adoptar medidas tendentes a apoyar a la población de Zirándaro y Huetamo afectada por los fenómenos hidrometeorológicos ocurridos el 15, 16 y 17 de septiembre

Se considera de urgente resolución

Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario los diputados:

Cristina Olvera Barrios

Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara

Víctor Manuel Jorrín Lozano

Ernesto Núñez Aguilar

Antonio García Conejo

Martha Berenice Alvarez Tovar

Lisandro Arístides Campos Córdova

Aprobado, comuníquese

Interviene sobre el tema, desde su curul, el diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara

Interviene sobre el tema, desde su curul, el diputado Antonio García Conejo

EXHORTO A LA SHCP A HACER PUBLICOS LOS MONTOS DE LAS CONDONACIONES EN MATERIA DE ISR EN CADA ESTADO DEL PAIS Y EL DISTRITO FEDERAL

La diputada Mariana Dunyaska García Rojas presenta proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a hacer públicos los montos de las condonaciones en materia de ISR en cada estado del país y el Distrito Federal; y a la ASF, a iniciar auditorías para determinar si los recursos condonados a estados y a municipios por ese concepto correspondientes al ejercicio fiscal de 2012 se utilizaron para subsanar necesidades de infraestructura o proyectos productivos y no para resarcir adeudos de gobernadores o de alcaldes

Se considera de urgente resolución

Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario los diputados:

José Luis Valle Magaña

Ricardo Cantú Garza

Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro

Carlos Octavio Castellanos Mijares

Glafiro Salinas Mendiola

Francisco Alberto Zepeda González

Aprobado, comuníquese

Desde su curul, el diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana hace comentarios acerca del número de legisladores presentes en el salón de sesiones

MODIFICACION AL ORDEN DEL DIA

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la propone una modificación al orden del día en el capítulo de proposiciones con punto de acuerdo de urgente resolución para que la proposición por la que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Gobernación, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y de la Secretaría de Hacienda, para que en la glosa del primer Informe de Gobierno integren el tema de la vulnerabilidad satelital de México, a cargo de la diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero, del Grupo Parlamentario del PRD, sea sustituida por la proposición con punto de acuerdo en relación a la autorización de la licencia de construcción otorgada por el ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, al proyecto Dragon Mart Cancún, a cargo de los diputados Miguel Agustín Alonso Raya, Francisco Arroyo Vieyra y Graciela Saldaña Fraire

Interviene el diputado Ricardo Mejía Berdeja, desde su curul

Se rechaza en votación económica

Desde su curul, realizan comentarios sobre el tema los diputados:

Graciela Saldaña Fraire

Lizbeth Eugenia Rosas Montero

Manuel Añorve Baños

Se repite la votación para modificar el orden del día

Se aprueba en votación económica

LICENCIA DE CONSTRUCCION OTORGADA POR EL AYUNTAMIENTO DE BENITO JUAREZ, QUINTANA ROO, AL PROYECTO DRAGON MART CANCUN

La diputada Graciela Saldaña Fraire presenta proposición con punto de acuerdo, relativo a la autorización de la licencia de construcción otorgada por el ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, al proyecto “Dragon Mart Cancún”, suscrita por los diputados Miguel Agustín Alonso Raya y Francisco Agustín Arroyo Vieyra, de los Grupos Parlamentarios del PRD y del PRI, respectivamente

No se considera de urgente resolución. Se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Economía, para dictamen

CAMBIO EN COMISION ESPECIAL

Comunicación de la Junta de Coordinación Política, en relación a cambio de integrante en la Comisión Especial de Energías Renovables. De enterado, comuníquese

INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

La Presidenta comunica que, en términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria

ANEXO

De la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a la iniciativa con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del miércoles 9 de octubre de 2013, de conformidad con el artículo 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados



Presidencia del diputado Ricardo Anaya Cortés



ASISTENCIA

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés:  Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de las diputadas y de los diputados.

La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 434 diputadas y diputados, por tanto hay quórum, presidente.

La diputada Alma Marina Vitela Rodríguez (desde la curul): Es la de la votación anterior.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés(a las 12:15 horas): Así es. Es con el registro de la sesión anterior.



ORDEN DEL DIA

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día, en virtud de que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Primer periodo de sesiones ordinarias.— Segundo año de ejercicio.— LXII Legislatura.

Orden del día

Miércoles 9 de octubre de 2013

Lectura del acta de la sesión anterior

Comunicaciones oficiales

De la Mesa Directiva

Propuestas de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política

Iniciativas

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Arturo Escobar y Vega, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Sólo Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo del diputado Carlos Alberto García González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 109, 168 y 191 de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Adriana González Carrillo y suscrita por los diputados Alfredo Rivadeneyra Hernández y Juan Bueno Torio, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 5o. y 7o. de la Ley del Servicio Militar, a cargo del diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 7o. y 8o. de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, a cargo del diputado J. Jesús Oviedo Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Andrés de la Rosa Anaya, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 21 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y los artículos 9o. y 10 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, a cargo del diputado Roberto López Rosado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Alberto Coronado Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Asentamientos Humanos, a cargo del diputado Xavier Azuara Zúñiga, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 25, 26, 27 y 28 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Alejandra López Noriega, y suscrita por los diputados José Enrique Reina Lizárraga y Damián Zepeda Vidales, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 212 de la Ley Federal del Derecho de Autor, a cargo de la diputada Elizabeth Vargas Martín del Campo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Juan Bueno Torio, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley Federal para la Prevención, Tratamiento y Mitigación de la Diabetes, a cargo de la diputada Margarita Saldaña Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, a cargo de la diputada Gloria Bautista Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 2o., 26 y 31, y adiciona un artículo 43 Bis a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a cargo del diputado Andrés de la Rosa Anaya, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 3o. y 111 de la Ley de Migración, a cargo del diputado Marino Miranda Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley de Expropiación y del Código Civil Federal, a cargo del diputado J. Jesús Oviedo Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Catalino Duarte Ortuño, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 62 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 3º de La Ley General de Cambio Climático, a cargo de la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que expide el Reglamento Interior de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado José Luis Muñoz Soria, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 3o. y 92 de la Ley General de Vida Silvestre, a cargo del diputado Silvano Aureoles Conejo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Fernando Belaunzarán Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, a cargo del diputado Carlos Alberto García González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 259 Ter al Código Penal Federal, a cargo de la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a cargo de la diputada Elizabeth Oswelia Yáñez Robles, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 17, 18 y 80 de la Ley Agraria, a cargo del diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma artículos 2o., 27, 28 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Teresa de Jesús Mojica Morga, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Valentín Maldonado Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Raúl Gómez Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 7o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Silvano Aureoles Conejo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 12, 57 y 58 de la Ley de Seguridad Nacional, a cargo del diputado Domitilo Posadas Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 6o., 25, 35 y 36 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Mario Alejandro Cuevas Mena, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Adriana González Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 75 y 79 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Karina Labastida Sotelo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, a cargo de la diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal y del Código Federal de Procedimientos Civiles, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley de Vivienda, a cargo del diputado José Angelino Caamal Mena, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)

De decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, el nombre del General Salvador Alvarado, a cargo del diputado Alfonso Inzunza Montoya y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Isaías Cortés Berumen y suscrita por el diputado Luis Alberto Villarreal García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 106 y adiciona un artículo 355 Bis al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley General de Salud Mental, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 26, 27 y 29 de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, a cargo del diputado José Everardo Nava Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 60 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a cargo del diputado José Soto Martínez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 59, 62, 63 y 63 Bis de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, a cargo del diputado William Renán Sosa Altamira y suscrita por el diputado Felipe de Jesús Muñoz Kapamas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 2o., 3o., 5-A y 19 de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Carlos Augusto Morales López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Población, a cargo de la diputada Mónica García de la Fuente y suscrita por el diputado Tomás Torres Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, a cargo del diputado Juan Isidro Del Bosque Márquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 2o., 3o., 4o., 5-A, 8o. y 19 de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Fernando Zárate Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que expide la Ley de Austeridad para Servidores Públicos de los Entes Públicos de la Federación, a cargo de la diputada Luisa María Alcalde Luján y suscrita por la diputada Merilyn Gómez Pozos, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 34 del Código Penal Federal y 188 del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Luis Armando Córdova Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Fernando Zárate Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Turismo, a cargo del diputado Jorge Terán Juárez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Proposiciones calificadas por el pleno de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, para que emita la declaratoria de desastre, y a las dependencias federales, para que adopten medidas tendientes para apoyar a la población de los municipios de Zirándaro y Huetamo afectados por los fenómenos hidrometeorológicos ocurridos el 15, 16 y 17 de septiembre, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, para que haga públicos los montos de las condonaciones en materia de ISR, en cada uno de los estados del país y del Distrito Federal; así mismo, se exhorta a la ASF, inicie las auditorías para determinar si los recursos condonados a estados y municipios por concepto de ISR correspondientes al ejercicio fiscal 2012 fueron utilizados para subsanar necesidades de infraestructura o proyectos productivos y no para resarcir adeudos de gobernadores y/o presidentes municipales, a cargo de la diputada Mariana Dunyaska García Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Segob, de la SCT y de la SHCP, para que en la glosa del Primer Informe de Gobierno, integren el tema de la vulnerabilidad satelital de México, a cargo de la diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Proposiciones

Con punto de acuerdo por el que se solicita la implantación de medidas para proteger y difundir el Ceremonial de la danza de los viejos de la Huasteca, dentro de las festividades del Día de Muertos, declaradas Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por la Unesco, a cargo de la diputada Zita Beatriz Pazzi Maza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se solicita Director General del Issste, para que haga del conocimiento público la actual situación económica, patrimonial y legal que guarda el Fovissste, en torno a la situación fraudulenta ocurrida por el otorgamiento de créditos fuera de las normas legales, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT, a Protección Civil y demás autoridades competentes en los estados de Morelos y Guerrero, para que implementen las acciones necesarias a fin de reubicar a los vendedores ambulantes de la Autopista Cuernavaca-Acapulco, a cargo del diputado Victor Manuel Jorrín Lozano, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de las secretarías de Gobierno de las entidades federativas y del Distrito Federal, para que emprendan las acciones necesarias para impulsar la Campaña Nacional para el Registro Universal, Oportuno y Gratuito, promovida por el Gobierno Federal, a cargo de la diputada Irma Elizondo Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al GDF, para que investigue y tome medidas por abusos efectuados en el operativo policiaco, instrumentado en torno a la marcha ciudadana conmemorativa del 2 de octubre de 1968; asimismo, se exhorta al Ejecutivo federal, para que reubique el centro de acopio instalado en el Zócalo Capitalino, a cargo del diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)»



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría que consulte a la asamblea si se dispensa la lectura, tomando en consideración que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria.

La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea en votación económica si se dispensa la lectura, dado que ha sido publicada en la Gaceta Parlamentaria. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes ocho de octubre de dos mil trece, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio de la sexagésima Segunda Legislatura.

Presidencia del diputadoRicardo Anaya Cortés

En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con una asistencia de doscientos cincuenta y ocho diputadas y diputados, a las once horas con seis minutos del martes ocho de octubre de dos mil trece, el Presidente declara abierta la sesión.

En sendas votaciones económicas se dispensan la lectura del Orden del Día y del Acta de la Sesión anterior, en virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria. Acto seguido, se somete a discusión el Acta, no habiendo oradores registrados, en votación económica se aprueba.

Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:

a) De la Mesa Directiva, por la que informa cambio de turno a la proposición con punto de acuerdo por el que esta soberanía extiende su reconocimiento a la Fuerza Área Mexicana, la Armada de México y a la Policía Federal, así como a diversas aerolíneas comerciales, por su participación en el puente aéreo que conectó al puerto de Acapulco con el resto del país, presentada por el diputado Manuel Añorve Baños, del Partido Revolucionario Institucional. De conformidad con lo que establece los artículos setenta y tres, y setenta y cuatro, numeral dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se modifica y se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen. Actualícense los registros parlamentarios.

b) De la Junta de Coordinación Política, en relación con cambios de integrantes y de Juntas Directivas de Grupos de Amistad, Comisiones Ordinarias y Especial. En votación económica se aprueba. Comuníquense.

c) De la diputada Lilia Aguilar Gil, del Partido del Trabajo, por la que solicita que la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos setenta y cinco, y setenta y nueve de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos ciento tres y ciento siete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el dos de octubre del año en curso, sea retirada definitivamente de la Comisión de Justicia. Se tiene por retirada. Actualícense los registros parlamentarios.

d) De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación a punto de acuerdo relativo al conflicto social por la construcción de una presa hidroeléctrica en Olintla, Puebla. Se remite a la Comisión de Energía, para su conocimiento.

e) De la Cámara de Senadores, con las que remite:

• Proposición con punto de acuerdo por el que exhorta a la Cámara de Diputados a que en el análisis de la iniciativa de decreto por el que se expiden la Ley de la Pensión Universal y la Ley del Seguro de Desempleo, y se reforman diversas leyes para establecer mecanismos de seguridad social universal, se realice con base en principios de universalidad y progresividad eficaces, mismos que sean respetados en su financiamiento para la construcción de un verdadero sistema de seguridad social universal, presentada por las senadoras Lorena Cuéllar Cisneros y Dolores Padierna Luna, del Partido de la Revolución Democrática. Se remite a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Social, para su atención.

• Acuerdo por el que solicita que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal dos mil catorce, se destinen los recursos necesarios para que se pueda incorporar en el Plan Nacional de Infraestructura dos mil trece-dos mil dieciocho, la construcción y puesta en operación de la Línea Férrea de la Estación Ingeniero Roberto Ayala. Se remite a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

• Acuerdo por el que exhorta a la Cámara de Diputados a fin de que, en la formulación del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de dos mil catorce, incluya recursos suficientes para programas de becas, capacitación y empleo dirigidos a personas sobrevivientes de los delitos de trata de personas. Se remite a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

Proposiciones con puntos de acuerdo:

• Para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal dos mil catorce, se destinen recursos suficientes para el desarrollo de diversos proyectos en municipios y en la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, presentada por la senadora Lisbeth Hernández Lecona, del Partido Revolucionario Institucional.

• Por el que exhorta a la Cámara de Diputados a otorgar recursos para el subsistema de educación media superior estatal denominado Instituto de Estudios de Bachillerato del estado de Oaxaca, presentada por senador Eviel Pérez Magaña, del Partido Revolucionario Institucional.

• Por el que exhorta a la Cámara de Diputados a considerar y destinar mayores recursos para el Instituto Nacional de Antropología e Historia y para el Fondo de Restauración de Monumentos y Bienes Artísticos, presentada por la senadora Luz María Beristáin Navarrete, del Partido de la Revolución Democrática.

• Por el que solicita a la Cámara de Diputados a que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación dos mil catorce, se destinen recursos para la creación de un fondo subsidiario al cual puedan acceder directamente los municipios mexicanos con elevado nivel de marginación, para el desarrollo de proyectos que provean a su fortalecimiento institucional, presentada por el senador Octavio Pedroza Gaitán, del Partido Acción Nacional.

• Siete, por los que exhorta a la Cámara de Diputados a que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación dos mil catorce, se destinen recursos para el desarrollo de proyectos en los municipios: El Grullo, Tonaya, Tepatitlán de Morelos y Valle de Juárez, en el Estado de Jalisco, presentadas por el senador José María Martínez Martínez, del Partido Acción Nacional.

Se remiten a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su atención.

Desde su curul el diputado Pedro Ignacio Domínguez Zepeda, del Partido Revolucionario Institucional, solicita a la Presidencia guardar un minuto de silencio en memoria de las personas que perdieron la vida el pasado cinco de octubre de dos mil trece en un evento en el estado de Chihuahua y que sean esclarecidos los hechos. Desde sus respectivas curules realizan comentarios y se unen a la petición los diputados Loretta Ortíz Ahlf, del Partido del Trabajo; Rocío Esmeralda Reza Gallegos, del Partido Acción Nacional; y Víctor Manuel Jorrín Lozano, de Movimiento Ciudadano. El Presidente obsequia la solicitud e invita a la Asamblea ponerse de pie.

Se reciben iniciativas con proyecto de decreto de los diputados:

• Juan Carlos Uribe Padilla, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo dieciocho de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.

• Carlos Octavio Castellanos Mijares y Rubén Acosta Montoya, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Laura Ximena Martel Cantú, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo dieciséis de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.

Se concede el uso de la palabra para presentar iniciativas con proyecto de decreto a los diputados:

• Luis Armando Córdova Díaz, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Desde su curul el diputado Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano, realiza comentarios en tres ocasiones sobre la notificación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación respecto al nombramiento inconcluso del consejero que ocupará la vacante generada en el Consejo General del Instituto Federal Electoral y solicita inscribir el tema en el orden del día para su procesamiento. Desde sus respectivas curules se refieren al tema los diputados: Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, del Partido del Trabajo, en dos ocasiones; Roberto López Suárez, del Partido de la Revolución Democrática; Leobardo Alcalá Padilla y Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, ambos del Partido Revolucionario Institucional. El Presidente refiere que el asunto se encuentra en el ámbito de la Junta de Coordinación Política, por lo que se estaría en espera de conocer la determinación de este órgano para estar en condiciones de cumplir con la resolución en los términos precisos en que está establecida.

• Rodolfo Dorador Pérez Gavilán, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo setenta y cuatro de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Turismo, para dictamen.

Presidencia del diputadoJosé González Morfín

• María del Socorro Ceseñas Chapa, del Partido de la Revolución Democrática:

– Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

– Que reforma el artículo ciento setenta y siete de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Antonio Cuéllar Steffan, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma los artículos cuarto y setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para opinión.

• Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, de Movimiento Ciudadano, que reforma los artículos segundo, ochenta y seis Ter y noventa de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.

• María Sanjuana Cerda Franco, de Nueva Alianza, que reforma el artículo veinticinco de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

• María Elena Cano Anaya, en nombre propio y de la diputada María de las Nieves García Fernández, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

A las doce horas con dieciocho minutos, por instrucciones de la Presidencia, se cierra el sistema electrónico de asistencia con un registro de cuatrocientos sesenta y dos diputadas y diputados.

Presidencia del diputadoRicardo Anaya Cortés

• Elizabeth Vargas Martín del Campo, del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.

• Marcos Rosendo Medina Filigrana, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo sesenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

La Presidencia informa a la Asamblea que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria los dictámenes con proyecto de decreto de las Comisiones de:

a) Seguridad Pública, que reforma el artículo doce de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

b) Reforma Agraria, que adiciona un segundo párrafo al artículo treinta y siete de la Ley Agraria.

c) Asuntos Migratorios, que adiciona una fracción sexta al artículo cuarenta y ocho de la Ley de Migración.

d) Gobernación, que reforma y adiciona el artículo treinta y dos Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

e) Cambio Climático, que reforma la fracción décimo primera del artículo séptimo de la Ley General de Cambio Climático.

f) Transparencia y Anticorrupción, que adiciona la fracción vigésimo primera Bis al artículo cuarenta y siete de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

) Derechos de la Niñez, que reforma el artículo dieciséis de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

De conformidad con lo que establece el artículo ochenta y siete del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la Declaratoria de Publicidad.

Se someten a discusión los dictámenes con proyecto de decreto de las Comisiones de:

a) Igualdad de Género, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión a la diputada María del Rocío García Olmedo. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen las diputadas: Dora María Guadalupe Talamante Lemas, de Nueva Alianza; Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Partido del Trabajo; Nelly del Carmen Vargas Pérez, de Movimiento Ciudadano; Ruth Zavaleta Salgado, del Partido Verde Ecologista de México; Lorenia Iveth Valles Sampedro, del Partido de la Revolución Democrática; Carmen Lucia Pérez Camarena, del Partido Acción Nacional; y María Guadalupe Sánchez Santiago, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados, en votación nominal por cuatrocientos cuarenta y nueve votos a favor y dos abstenciones, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales.

En su oportunidad y desde sus respectivas curules realizan comentarios en relación con los derechos de las mujeres los diputados Enrique Alejandro Flores Flores y Alfredo Zamora García, ambos del Partido Acción Nacional. El Presidente hace aclaraciones.

b) Juventud, que reforma los artículos uno y ocho de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión al diputado José Luis Oliveros Usabiaga.

Presidencia del diputadoJosé González Morfín

Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: Fernando Bribiesca Sahagún, de Nueva Alianza; Rosa Elia Romero Guzmán, del Partido del Trabajo; Francisco Alfonso Durazo Montaño, de Movimiento Ciudadano; Gabriela Medrano Galindo, del Partido Verde Ecologista de México; Gerardo Guadiano Rovirosa, del Partido de la Revolución Democrática; Humberto Armando Prieto Herrera, del Partido Acción Nacional; y Ricardo Medina Fierro, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados, en votación nominal por unanimidad de cuatrocientos treinta y ocho votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma los artículos uno y ocho de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.

c) Ganadería, que adiciona una fracción décimo quinta del artículo quinto de la Ley de Organizaciones Ganaderas. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión al diputado Salvador Barajas del Toro. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: Lucila Garfias Gutiérrez, de Nueva Alianza; María del Carmen Martínez Santillán, del Partido del Trabajo; María Fernanda Romero Lozano, de Movimiento Ciudadano; Héctor Narcia Álvarez, del Partido Verde Ecologista de México; Yazmin de los Ángeles Copete Zapot, del Partido de la Revolución Democrática; Raudel López López, del Partido Acción Nacional; y Genaro Ruíz Arriaga, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados en votación nominal por unanimidad de cuatrocientos treinta y ocho votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que adiciona una fracción décimo quinta del artículo quinto de la Ley de Organizaciones Ganaderas. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.

d) Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias:

• Que adiciona un artículo cien Bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por el que se crea el reconocimiento “Elvia Carrillo Puerto” en el Senado. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen en nombre de la Comisión a la diputada Maria del Rocio Corona Nakamura. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: Dora María Guadalupe Talamante Lemas, de Nueva Alianza; Loretta Ortíz Ahlf, del Partido del Trabajo; Zuleyma Huidobro González, de Movimiento Ciudadano; Teresita de Jesús Borges Pasos, del Partido de la Revolución Democrática; Alicia Concepción Ricalde Magaña, del Partido Acción Nacional; y William Renan Sosa Altamira, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados en votación nominal por unanimidad de cuatrocientos catorce votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que adiciona un artículo cien Bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del Orden del Día es la discusión de los dictámenes en sentido negativo con puntos de acuerdo relativos a iniciativas con proyectos de decreto de las Comisiones:

a) Del Distrito Federal, que adiciona la fracción décimo tercera del artículo cuarenta y dos del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

b) De Derechos de la Niñez, que reforma el artículo veintidós y adiciona un artículo veintidós Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

c) De Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias:

• Que reforma el numeral tres del artículo cuarenta y nueve de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

• Que reforma el artículo setenta y dos del Reglamento de la Cámara de Diputados.

d) De Seguridad Pública, que reforma la fracción tercera del artículo ciento ocho de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

e) De Salud:

• Que reforma la fracción octava y adiciona la fracción novena al artículo setenta y tres de la Ley General de Salud.

• Que reforma la fracción octava del artículo ciento treinta y cuatro, y el artículo ciento cuarenta y cuatro de la Ley General de Salud.

Sin oradores registrados, en votación económica se aprueban en conjunto los puntos de acuerdo. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.

De conformidad con el artículo cien del Reglamento de la Cámara de Diputados, las siguientes proposiciones registradas en el Orden del Día de esta sesión serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria de los siguientes diputados:

• Raymundo King de la Rosa, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, para que establezca un único salario mínimo general vigente en todo el territorio nacional. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

• Leonor Romero Sevilla, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Procuraduría Federal del Consumidor, se revise el estado físico de los cilindros de gas L.P. que se distribuyen en el territorio nacional. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen.

• Mario Rafael Méndez Martínez, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que considere la opinión de esta Soberanía, en la construcción de las reglas de operación de diversos programas. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Rosa Elba Pérez Hernández, del Partido Verde Ecologista de México, por el que se exhorta al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, para que emita el decreto de Área de Valor Ambiental al Parque Reforma Social. Se turna a la Comisión del Distrito Federal, para dictamen.

• Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social, para que haga públicas las estrategias que se tienen para el Programa Cruzada Contra el Hambre, asimismo, para que establezca un sistema de transparencia de los recursos que se reparten a los municipios pertenecientes al Programa. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.

• Jaime Bonilla Valdez, del Partido del Trabajo, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Dirección General del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para que se apoye con donaciones de bienes en poder del SAE, a los municipios y poblaciones afectadas por el desastre natural causado, por la tormenta tropical Manuel y el huracán Ingrid. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Maricela Velázquez Sánchez, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y del Gobierno del estado de Morelos, para que atiendan las necesidades de saneamiento del Río Apatlaco. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• Juan Carlos Uribe Padilla, del Partido Acción Nacional, para que se utilice la frase “Agosto dos mil catorce. Centenario de los Tratados de Teoloyucan” como membrete en los documentos oficiales que se expidan durante el año dos mil catorce. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.

• José Luis Muñoz Soria, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, haga públicos los instrumentos financieros que ha emitido para la cobertura de riesgos catastróficos de dos mil cinco a la fecha. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación, para dictamen.

• Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que a través de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, haga públicas las medidas aplicadas respecto a la situación financiera de las Administradoras de Fondos para el Retiro en México. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Lilia Aguilar Gil, del Partido del Trabajo, por el que se exhorta a las autoridades correspondientes de los diferentes niveles de gobierno, para que investiguen los hechos ocurridos en la Ciudad de Chihuahua, en el denominado “extremo aeroshow”, el sábado cinco de octubre de dos mil trece. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

• Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del Partido Revolucionario Institucional y suscrita por el diputado Federico José González Luna Bueno, del Partido Verde Ecologista de México, por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para que concluya el proceso de licitación de decodificadores y antenas digitales para la segunda etapa del programa piloto de la transición a la Televisión Digital Terrestre. Se turna a la Comisión de Comunicaciones, para dictamen.

• José Martín López Cisneros, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública, para que atienda las quejas y sugerencias de directivos de escuelas y padres de familia del estado de Nuevo León. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

• José Luis Muñoz Soria, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se solicita a la Secretaría de Educación Pública, haga público el avance del Programa escuelas de tiempo completo, en relación con los presupuestos de egresos de la federación para los ejercicios dos mil doce y dos mil trece. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

• Rodrigo Chávez Contreras, de Movimiento Ciudadano, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que implemente un Programa nacional emergente para garantizar el derecho humano a la vivienda a todas las familias afectadas por los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.

• José Luis Muñoz Soria, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se solicita a la Secretaría de Salud y a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, hagan públicos los recursos del denominado Fideicomiso del Sistema de Protección Social en Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Verónica Sada Pérez, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que expida el Reglamento de la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

• José Luis Muñoz Soria, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se solicita al Director de Pemex, haga público lo relacionado a la construcción del muelle en la residencia de operaciones portuarias de la Paz, Baja California Sur. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.

• J. Jesús Oviedo Herrera y suscrito por diputados integrantes del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores y de la Secretaría de Gobernación, se analice la viabilidad y conveniencia de eliminar el requisito de la visa para internarse a México a los ciudadanos de Taiwán. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Relaciones Exteriores, para dictamen.

Agotados los asuntos del orden del día, el Presidente cita a la Sesión Solemne en la que la Cámara de Diputados otorgará la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri y Legisladores de mil novecientos trece”, que tendrá lugar el día de mañana, nueve de octubre de dos mil trece, a las diez horas, y a la Sesión Ordinaria que tendrá lugar término de la misma e informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las ocho treinta horas.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Proceda la Secretaria a poner a discusión el acta.

La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Aprobada el acta.



NOMBRAMIENTO DEL CONSEJERO ELECTORAL QUE DEBERA SUPLIR A SERGIO GARCIA RAMIREZ

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Sonido en la curul del diputado Huerta Ladrón de Guevara. Dígame usted, señor diputado, ¿con qué objeto?

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara(desde la curul): Mire, señor presidente, desde hace un rato le pedíamos la palabra, aunque va muy rápido la sesión y qué bueno, porque no basta que en el orden del día aparezca que vamos a discutir las propuestas de acuerdo de los órganos de gobierno, de la Junta de Coordinación Política.

Desde el día de ayer —y tenía que ver también con lo que aparece en el acta— algunos diputados hemos estado solicitando que se enliste en el orden del día –todavía estaríamos en ese momento— el tema de la vacante del consejero. Ese tema no es menor.

Sabemos que la Junta está reunida ahorita para tocar el tema. Pero la verdad es que la Junta de Coordinación Política está siendo muy omisa, está maniobrando, están trampeando muchas cosas que están llevando a la ilegalidad a este pleno, a no acatar el cumplimiento de la sentencia en la materia que hemos estado debatiendo desde ayer.

Nosotros por eso pensamos que es el momento en que la Presidencia se manifieste por introducir el tema en el orden del día, por ser un tema relevante, no nada más por su contenido, sino inclusive por la relación con los poderes de la nación.

Le solicitaríamos introducir el tema en el orden del día de manera específica para obligar a la Junta. Ése es el sentido. Sabemos que la notificación vino a la Junta, eso lo entendemos, porque usted nos lo platicó. Necesitamos que la Junta active esto. No nos vayan a salir ahora que se va a discutir mañana y no hoy, porque sería otra maniobra más de las manos que están atrás de estas activaciones e inactivaciones de la justicia. Reitero que espero su prudencia y podamos en el orden del día de hoy debatir este tema.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias, señor diputado. Esta Presidencia está muy atenta al tema que usted refiere. En prevención, justamente en el orden del día está abierto el apartado de propuestas de órganos de gobierno, que incluye los de la Junta de Coordinación Política, que como usted señala en este momento está sesionando para tratar el asunto.

Estaremos muy atentos al resolutivo para dar cuenta a esta asamblea y proceder como corresponda, diputado Huerta.

Proceda la Secretaría a dar lectura al oficio por el que se comunica la modificación de un turno.



MODIFICACION DE TURNO DE INICIATIVA

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— Mesa Directiva.

Honorable Asamblea:

La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que se realizó modificación de turno de la siguiente

• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, presentada por el diputado Mario Rafael Méndez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 24 de septiembre de 2013.

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen, y a la Comisión de Ciencia y Tecnología, para opinión.

México, DF, a 9 de octubre de 2013.— Diputado Ricardo Anaya Cortés (rúbrica) Presidente.»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: De conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se modifica el turno. Actualícense los registros parlamentarios.

Pasamos al siguiente asunto.



CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Iniciativa que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Arturo Escobar y Vega, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, Arturo Escobar y Vega, diputado federal integrante de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en ejercicio de la facultad que me confieren la fracción II del artículo 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la fracción I del artículo 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración de esta honorable soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracciónXXIX-G del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Los animales tienen un gran impacto en las vidas humanas, juegan un papel fundamental en las vidas de las personas de todas partes del mundo, su importancia radica en que la mitad de la población del planeta está involucrada en agricultura y el ganado, lo cual es importante para efectos de comida, trabajo e ingresos, más de un billón de personas depende de los animales para sus sustentos, millones de personas disfrutan observando la fauna silvestre y tienen animales como compañía, además de que los animales son reconocidos por su valor intrínseco como parte de los ecosistemas.

Desde hace algunos años, ha surgido la pregunta de si el sufrimiento es un atributo único del hombre y existen cada vez más evidencias científicas de que no, si bien los humanos y otros animales pueden hacerlo de formas distintas, los animales tienen la capacidad de tener sensaciones, esto implica un nivel de percepción consiente; los tipos de sufrimiento incluyen el hambre, la sed, la angustia, el dolor, la frustración, el miedo, así mismo, también poseen la capacidad de sentir sensaciones positivas como el placer.

Gracias a la actividad de los grupos preocupados por los derechos de los animales, en los últimos años tanto a nivel internacional como a nivel nacional se ha dado un nuevo enfoque hacia el trato a los animales, por ejemplo a nivel internacional cada vez hay más comités de ética en el mundo científico, y es común que un experimento permitido en un país no lo esté en otro.

Bajo este contexto, nuestra comprensión de la capacidad de sentir y percibir de los animales ha progresado significativamente y como resultado el bienestar y la protección  animal se han convertido en temas que amerita atención.

A este respecto, es importante subrayar que el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define bienestar como “conjunto de las cosas necesarias para bien vivir” y “vida holgada o abastecida de cuanto conduce a pasarlo bien y con tranquilidad. Por bienestar se entiende “el estado o condición de salud y felicidad” “el estado o condición de armonía fisiológica entre el organismo y su ambiente” sigue el indicador más fiable “la buena salud y la manifestación de un normal repertorio de comportamientos” Concepto no muy claro ya que “salud” es más que ausencia de enfermedad y “bienestar”.

En el mismo sentido se expresó Huges (1976), asociando bienestar con un estado de completa salud física y mental en el que el animal está en perfecta armonía con el medio que lo rodea.

Dawkins (1983) lo definió como la ausencia de sufrimiento, entendiendo por sufrimiento “toda una gama de estados emocionales desagradables (miedo, dolor, frustración, agotamiento, etc.) pero analizados desde la realidad del animal y no como lo sentiríamos nosotros.

En todos los casos se hace referencia a la salud física y mental, términos que indican normalidad en los procesos neurofisiológico y respuesta perfecta y sincronizada de todos los mecanismos adaptativos ante las variaciones del medio en que vive el animal. Esto es lo que se conoce como “síndrome general de adaptación”.

Y de acuerdo a los científicos las respuestas con las que un animal responde pasan por tres fases:

1) Alarma: se activa el sistema hipotálamo-hipófisis-suprarrenal

2) Adaptación: el organismo recupera su equilibrio tras su adaptación

3) Estrés: Si la adaptación no se consigue.

Por lo anterior se coincide con los expertos en que en cualquier caso es difícil definir con claridad y precisión el bienestar por lo que es mejor usar la palabra protección.

Derivado de esta preocupación, a nivel internacional diversos países han tomado medidas respecto al bienestar o protección de los animales, así podemos mencionar la Ley sobre Bienestar Animal, de aplicación en Inglaterra y Gales, que establece que la persona que tenga animales a su cargo debe asegurar su bienestar, pudiendo ser inhabilitado para el cuidado de animales e incluso pudiendo retirársele los propios animales si esto no ocurre.

En nuestro país, actualmente existen disposiciones legales para el trato digno y respetuoso de de los animales, así encontramos el artículo 87 BIS 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente que establece:

Artículo 87 Bis 2. El gobierno federal, los gobiernos de los Estados, del Distrito Federal y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, regularán el trato digno y respetuoso que deberá darse a los animales.

Asimismo, existen las siguientes normas oficiales mexicanas que se refieren de alguna manera al trato a los animales.

NOM-033-ZOO-1995. Sacrificio humanitario de los animales domésticos y silvestres;

NOM-051-ZOO-1995. Trato humanitario en la movilización de animales;

NOM-062-ZOO-1999. Sobre especificaciones técnicas para la producción, cuidado y uso de los animales de laboratorio;

NOM-194-SSA1-2004. Establece las especificaciones sanitarias en los establecimientos dedicados al sacrificio de animales para abasto, almacenamiento, transporte y expendio;

NOM-051-ZOO-1995. Trato humanitario en la movilización de animales;

NOM-148-SCFI-2008. Prácticas comerciales-comercialización de animales de compañía o de servicio, y prestación de servicios para su cuidado y adiestramiento;

NOM-024-ZOO-1995. Especificaciones y características zoosanitarias para el transporte de animales, sus productos y subproductos, productos químicos farmacéuticos, biológicos y alimenticios para uso en animales o consumo por éstos;

NOM-054-ZOO-1996. Establecimientos de cuarentenas para animales y sus productos;

NOM-008-ZOO-1994. Para la construcción y equipamiento de establecidos para el sacrificio de animales y los dedicados a la industrialización de productos cárnicos;

NOM-009-ZOO-1994. Para el establecimiento de los procedimientos que deben cumplir los establecimientos destinados al sacrificio de animales; y

NOM-011-SSA2-1993. Para la prevención y control de la rabia.

No obstante lo anterior, en tiempos recientes se han dado a conocer que muchos sectores de nuestro sociedad muestran preocupación y repudio ante estos actos de violencia y crueldad, y cada vez son más quienes desde diferentes sectores claman por leyes que establezcan límites en nuestra manera de relacionarnos con los animales no sólo aquellos competencia de la federación.

A este respecto cada vez es más insistente la demanda social para solucionar el tema de protección animal a través de una Ley marco, sin embargo, actualmente el Congreso no se encuentra facultado para legislar en este tema.

Derivado de lo anterior, la presente iniciativa tiene como objetivo facultar al Congreso en este tema estableciendo así

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

I. a XXIX F.

XXIX-G. Para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico así como en materia de protección animal.

XXIX-H. a XXX.

Con la reforma anterior, en nuestra Constitución la protección animal se adicionaría a lo ya establecido y permitiría que el Congreso de la Unión, en forma concurrente, pueda emitir leyes más eficaces en la defensa y protección de los derechos de los animales.

Los animales en nuestro país no deben estar desprotegidos y a nuestra merced, deben dejar de ser víctimas de abusos, explotación y malos tratos, ya que esto sólo los hace vulnerables.

Por las anteriores consideraciones propongo a esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto

Primero.Se reforma la fracción XXIX-G del artículo 73 Constitucional, para quedar como sigue:

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

I. a XXIX-F.

XXIX-G. Para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico así como en materia de protección animal.

XXIX-H. a XXX.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Bases sobre Bienestar y Protección Animal Introducción y Valoración Ética. Conceptos de Bienestar y Protección Animal http://www. uco.es/organiza/departamentos/prod-animal/economia/aula/img/pictorex/06_07_06_T EMA_18.pdf

2 Bases sobre Bienestar y Protección Animal Introducción y Valoración Ética. Conceptos de Bienestar y Protección Anima, Ídem.

3 A. Blasco “Ética y Bienestar Animal”, http://dca.webs.upv.es/dcia/ablasco/Unpublished/U8.%20ETICA%20Y%20BIENESTAR%20A NIMAL.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de octubre de 2013.— Diputados: Arturo Escobar y Vega, Elvia María Pérez Escalante, Angelina Carreño Mijares y Cristina Ruiz Sandoval (rúbricas).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Iniciativa que reforma los artículos 2o. a 4o., 5o.-A, 8o. y 19 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Fernando Zárate Salgado, del Grupo Parlamentario del PRD

Fernando Zárate Salgado, diputado federal de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5, 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento para la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

I. Planteamiento del problema

El derecho a la salud, es uno de los derechos sociales de mayor importancia en México que señala, en el artículo 4 constitucional, que “ Toda persona tiene derecho a la protección de la salud (...)”. Esto implica la necesidad del Estado y de sus órganos de gobierno para llevar a cabo todas aquellas acciones que permitan tal protección, no solamente mediante el acceso a servicios de salud, sino también a través de la creación de las condiciones necesarias para que la población pueda ejercer este derecho fundamental.

En este sentido, el gobierno mexicano tiene entre sus tareas la protección de la salud, mediante el diseño, implementación y seguimiento de políticas públicas (incluyendo las tributarias) que permitan hacer frente a los principales factores de riesgo que atentan contra el bienestar, la calidad de vida y la salud plena de los ciudadanos.

En México, los índices de sobrepeso y obesidad se han triplicado desde 1980, especialmente entre los adultos. De acuerdo a la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición de 2012, 39.05 por ciento de los adultos mayores de 20 años padecen sobrepeso y 32.15 por ciento obesidad, equivalente a 7 de cada 10 mexicanos. Esta situación es grave, ya que, como lo señala la Organización Mundial de la Salud (OMS), esto padecimientos se han convertido en uno de los mayores problemas de salud pública para los países.

Actualmente, según estimaciones de la OMS, México ocupa el segundo lugar en obesidad a nivel mundial (32.15 por ciento), después de los Estados Unidos, y el primer lugar en mujeres (con 37.5 por ciento).

México registra además una cifra elevada de obesidad infantil, como los 5.6 millones de niños entre los 5 y 11 años y los 6.3 millones de adolescentes (entre 12-19 años), lo que significa que uno de cada 3 niños sufre de estos padecimientos.  De acuerdo a cifras de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), el país se encuentra entre los primeros lugares en obesidad infantil a nivel mundial (14.6 por ciento).

II. Argumentación

La obesidad aumenta substancialmente el riesgo de sufrir Enfermedades Crónicas no Transmisibles (ECNT), como diabetes y cáncer. La OMS menciona que 8 de cada 10 muertes en México son provocadas por ECNT; 13 por ciento del total por diabetes y 13 por ciento por diversos tipos de cáncer.

En cuanto a los costos de estos padecimientos, de acuerdo a cifras presentadas en el Acuerdo Nacional para la Salud Alimentaria de 2010, el costo total del sobrepeso y la obesidad (suma del costo indirecto y directo) ha aumentado de 35,429 millones de pesos en 2000 a 67,345 millones de pesos en 2008. Se estima que para 2017 el costo aumentará a 150,860 millones de pesos.

Las personas con obesidad mórbida o severa mueren entre 8 y 10 años antes que aquellas con un peso equilibrado. Con cada 15 kilogramos extra de peso, el riesgo de padecer enfermedades cardiovasculares aumenta en un 30 por ciento, lo que representa un gasto más para los servicios de salud pública.

De acuerdo a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, las personas que sufren estos padecimientos estarán enfermas aproximadamente 18.5 años de su vida, afectando su desarrollo personal y profesional. Las personas con sobrepeso gastan 36 por ciento más en servicios de atención médica y 77 por ciento más en medicamentos.

El problema de la obesidad se relaciona tanto con una dieta incorrecta, como con el sedentarismo, en donde las personas consumen más de lo que queman por la falta de actividad física. Una parte fundamental es la promoción de una alimentación saludable, que incluya la disminución del consumo de refrescos y bebidas azucaradas, dada su incidencia científicamente comprobada con el aumento de peso y con otras enfermedades como la diabetes.

El consumo tan alto de refrescos y bebidas azucaradas en nuestro país ha incidido en el aumento del sobrepeso y la obesidad, y de diversas Enfermedades Crónicas no Transmisibles como la diabetes. México consume 163 litros de refresco al año, superando en 40 por ciento el consumo de un estadounidense promedio (118 litros anuales), lo que lo convierte en el primer lugar a nivel mundial.

La publicación “Energy Intake from Beverages Is Increasing Among Mexican Adolescents and Adults”, publicado en el Journal of Nutrition en 2008, menciona que entre los años 1999 y 2006 el consumo de bebidas con alto contenido calórico como los refrescos, los jugos y el café con azúcar se ha duplicado entre los adolescentes y triplicado entre los adultos mexicanos.

De acuerdo al Departamento de Nutrición de la Escuela de Salud Pública de la Universidad de Harvard, una porción de 500 mililitros de refresco contiene más de 200 calorías, sin aportar ningún tipo de nutrientes. Este volumen de refresco, contiene 60 gramos de azúcar, lo que equivale a 12 cucharadas (5 gramos cada una).

Según el artículo “ Ounces of Prevention. The Public Policy Case for Tax son Sugared Beverages”, publicado por el doctor Kelly Brownell y el doctor Thomas Friedman en el New England Journal of Medicine, la probabilidad de que un niño sea obeso aumenta 60 por ciento por cada porción de refresco (227 ml) que consume al día, al mismo tiempo que se aumenta la probabilidad de padecer diabetes y otras enfermedades relacionadas con el sobrepeso.

En esta misma revista se reportaron dos estudios en donde se tuvieron grupos experimentales, a quienes se les otorgaban bebidas azucaradas, y grupos control, quienes recibían bebidas sin azúcar. Uno de los estudios fue realizado en niños de cuatro a ocho años de edad, mientras que el segundo se realizó en adolescentes.Ambos estudios encontraron evidencia positiva de una relación entre el consumo de bebidas azucaradas y el aumento significativo en el índice de masa corporal. Asimismo, se han realizado estudios sobre predisposición genética a la obesidad y el consumo de bebidas azucaradas, donde se observó que aquellas personas con mayor predisposición genética a la obesidad presentan mayor riesgo de padecer obesidad con el consumo de bebidas azucaradas en comparación con las personas de menor predisposición genética.

En el caso de las mujeres, el consumo de una porción diaria de refresco aumenta en 23 por ciento el riesgo de enfermedades del corazón, mientras que incrementa en 35 por ciento para las que consumen dos o más porciones al día.

Un elemento clave en el combate a la obesidad es la promoción de políticas públicas integrales y multifactoriales que protejan el derecho a la salud y a la alimentación de la población, en donde las medidas fiscales juegan un rol imprescindible para desincentivar el consumo de productos nocivos para la salud, al mismo tiempo que permiten obtener recursos para combatir los daños relacionados.

En este contexto, debe ser del interés de esta Soberanía la implementación de medidas fiscales para desincentivar el consumo de bebidas con impacto negativo en la salud, como ya se propuso dentro la Reforma Hacendaria 2014, mediante un Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a los refrescos y las bebidas azucaradas, que se calculará mediante la aplicación de una cuota de 1.00 peso por litro a estas bebidas.

Sobra señalar que los IEPS tienen por definición una función recaudatoria, que además incluyen un fin extrafiscal, como lo es inhibir el consumo de ciertos productos que pueden generar un problema de salud pública, siendo éste tipo de gravámenes un mecanismo idóneo para estos objetivos.

Entre los beneficios de un impuesto como el que se propone, se encuentran la reducción del consumo de los refrescos y las bebidas azucaradas, dada la relación comprobada entre éstas y la obesidad.

Por lo anterior, se propone que la cuota aumente de 1.00 a 2.00 pesos por litro para lograr un mayor impacto en la reducción de consumo, lo cual se fundamenta en las recomendaciones internacionales, que señalan que un impuesto de este tipo deber ser de por lo menos un 20 por ciento para tener un impacto efectivo en el consumo.

De acuerdo al doctor Kelly Brownell, un impuesto de por lo menos 20 por ciento (en este caso, 2.00 pesos por litro) ayudaría a reducir efectivamente el consumo de refrescos y a financiar programas de nutrición en contra de la obesidad, ya que un impuesto de menor nivel (como el 1.00 –peso– por litro que se propone, de aproximadamente 10 por ciento) no sería suficiente para causar cambios en los patrones de consumo y en la adopción de hábitos de alimentación más saludables.

Promover un impuesto de 2.00 pesos por litro generaría mayores beneficios a los 12 mil millones de pesos estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la propuesta de reforma fiscal para el ejercicio fiscal de 2014. De acuerdo a un análisis económico realizado por el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP), un impuesto de este nivel ayudaría a disminuir el consumo de estos productos de 163 litros por persona al año a 121 litros (en 26 por ciento). Esto es, ya que la demanda de refrescos y bebidas azucaradas es elástica, es decir, que un aumento en el precio podría reducir su consumo en un monto más que proporcional. Esto es mayor a los beneficios de un impuesto de 1.00 peso por litro, ya que el consumo solamente se reduciría entre 10 por ciento y 13 por ciento.

Por otra parte, un impuesto de 2.00 pesos por litro reduciría la prevalencia de sobrepeso y obesidad y la incidencia de diabetes, traduciéndose en ahorros de 13 mil millones de pesos por costos directos de enfermedades relacionadas con estos padecimientos; un impuesto de 1.00 peso por litro ahorraría 6.6 mil millones de pesos, si es de 2.00, aumentaría a 13.2 mil millones de pesos, adicionalmente, aumentar la cuota a 2.00 pesos ayudaría a prevenir entre 800,000 y 1,275,000 casos de diabetes al 2030.

Aunado a los beneficios en salud, se obtendría un gran beneficio económico, ya que el gravamen propuesto fortalecería la capacidad recaudatoria del país. Con un impuesto al refresco y las bebidas azucaradas de $2.00 pesos por litro se recaudarían entre $22 mil y $24 mil millones de pesos,  equivalente a 30 por ciento de los costos de obesidad en el país.

Debe ser del interés de esta Soberanía que los recursos obtenidos se destinen al sector salud, para la implementación de programas de prevención de la obesidad, especialmente para combatir la crisis hídrica que se vive en el país.

Adicionalmente, parte de estos recursos fiscales podrían destinarse para atender la crisis humanitaria y sanitaria en aquellas entidades afectadas por los recientes fenómenos climáticos Ingrid y Manuel, permitiendo aumentar las acciones de reparación, reconstrucción, restablecimiento de recursos básicos, entre otras, primordialmente el agua potable.

III. Fundamento legal y denominación del proyecto:

Dan fundamento a la presentación de la presente Iniciativa, el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5, 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento para la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

IV. Texto normativo propuesto

Por todo lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del Pleno de esta Soberanía, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman el artículo 2o., fracción II, inciso A), al artículo 4, segundo y cuarto párrafos, al artículo 5-A, primer párrafo, y al artículo 19, fracciones II, tercer párrafo, VIII, X, XI y XIII; se adicionan al artículo 2o., fracción I, al inciso F) un segundo párrafo, un inciso I) y un último párrafo, al artículo 3o., una fracción XVIII, y al artículo 8, fracción I), inciso h), de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar de la siguiente forma:

Artículo Único. Se reforman el artículo 2o., fracción II, inciso A), el artículo 4, segundo y cuarto párrafos, el artículo 5-A, primer párrafo, y el artículo 19, fracciones II, tercer párrafo, VIII, X, XI y XIII; se adicionan al artículo 2o., fracción I, al inciso F) un segundo párrafo,un inciso I) y un último párrafo, al artículo 3, una fracción XVIII, y al artículo 8, fracción I), inciso h), de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios,  para quedar como sigue:

Artículo 2o. ...

I. ...

Incisos A) al E)...

F) Bebidas energizantes, así como concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energetizantes................................................................ 25%

Adicionalmente, se aplicará la tasa descrita en el inciso I) que procede.

Incisos G) al H)...

I) Bebidas azucaradas, saborizadas, concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, que al diluirse permitan obtener bebidas saborizadas, y jarabes o concentrados para preparar bebidas saborizadas que se expendan en envases abiertos utilizando aparatos automáticos, eléctricos o mecánicos..................................... $2.00 pesos por litro

II. ...

A) Comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación y distribución, con motivo de la enajenación de los bienes señalados en los incisos A), B), C) , F) e I) de la fracción I de este artículo. En estos casos, la tasa aplicable será la que le corresponda a la enajenación en territorio nacional del bien de que se trate en los términos que para tal efecto dispone esta Ley. No se pagará el impuesto cuando los servicios a que se refiere este inciso, sean con motivo de las enajenaciones de bienes por los que no se esté obligado al pago de este impuesto en los términos del artículo 8o. de la misma.

Incisos B) al C) ...

Artículo 3. ...

Fracciones I. a XVII. ...

XVIII. Bebidas azucaradas, las bebidas saborizadas; concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, que al diluirse permitan obtener bebidas saborizadas, y jarabes o concentrados para preparar bebidas saborizadas que se expendan en envases abiertos utilizando aparatos automáticos, eléctricos o mecánicos. Incluidas las denominadas bebidas energetizantes.

Serán gravados cuando contengan cualquier tipo de azúcares añadidas. Se entiende por azúcares, todos los monosacáridos y disacáridos presentes en dichas bebidas.

Artículo 8.  ...

Fracción I. ...

Incisos a) al f)

g) De las bebidas azucaradas, las bebidas saborizadas que cuenten con registro sanitario como medicamentos; la leche en cualquier presentación, incluyendo la que esté mezclada con grasa vegetal, toda vez que si bien dicho producto puede llegar a contener azúcares añadidas, también contiene proteínas de alto valor nutritivo, por lo que su enajenación o importación no debe estar afecta al pago del impuesto; y las bebidas saborizadas que se elaboren en restaurantes, bares y otros lugares en donde se proporcionen servicios de alimentos y bebidas.

Inciso h)

Artículo 4. ...

...

Únicamente procederá el acreditamiento del impuesto trasladado al contribuyente por la adquisición de los bienes a que se refieren los incisos A) , F) e I) de la fracción I del artículo 2o. de esta Ley, así como el pagado por el propio contribuyente en la importación de los bienes a que se refieren los incisos A), C), D), E) , F) e I) de dicha fracción, siempre que sea acreditable en los términos de la citada Ley.

...

El acreditamiento consiste en restar el impuesto acreditable, de la cantidad que resulte de aplicar a los valores señalados en esta Ley, las tasas a que se refiere la fracción I, incisos A) ,  F) e I) del artículo 2o. de la misma, o de la que resulte de aplicar las cuotas a que se refieren los artículos 2o., fracción I, inciso C), segundo y tercer párrafos y 2o.-C de esta Ley. Se entiende por impuesto acreditable, un monto equivalente al del impuesto especial sobre producción y servicios efectivamente trasladado al contribuyente o el propio impuesto que él hubiese pagado con motivo de la importación, exclusivamente en los supuestos a que se refiere el segundo párrafo de este artículo, en el mes al que corresponda.

...

Fracciones I. a V. ...

...

...

...

...

Artículo 5-A. Los fabricantes, productores, envasadores o importadores, que a través de comisionistas, mediadores, agentes, representantes, corredores, consignatarios o distribuidores, enajenen los bienes a que se refieren los incisos A), B), C) , F) e I)de la fracción I del artículo 2o. de esta Ley, estarán obligados a retener el impuesto sobre la contraprestación que a éstos correspondan y enterarlo mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas, de conformidad con lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 5o. de esta Ley. Cuando las contraprestaciones se incluyan en el valor de la enajenación por las que se pague este impuesto, no se efectuará la retención y no se considerarán contribuyentes de este impuesto por dichas actividades.

...

Artículo 19. ...

...

II. Expedir comprobantes sin el traslado en forma expresa y por separado del impuesto establecido en esta Ley, salvo tratándose de la enajenación de los bienes a que se refieren los incisos A) , F) e I) de la fracción I del artículo 2o. de esta Ley, siempre que el adquirente sea a su vez contribuyente de este impuesto por dichos bienes y así lo solicite.

...

Los contribuyentes que enajenen los bienes a que se refieren los incisos A), F) e I) de la fracción I del artículo 2o. de esta Ley, que trasladen en forma expresa y por separado el impuesto establecido en la misma, deberán asegurarse de que los datos relativos al nombre, denominación o razón social de la persona a favor de quien se expiden, corresponde con el registro con el que dicha persona acredite que es contribuyente del impuesto especial sobre producción y servicios respecto de dichos bienes. Asimismo, los citados contribuyentes deberán proporcionar al Servicio de Administración Tributaria en forma trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero, del año que corresponda, la relación de las personas a las que en el trimestre anterior al que se declara les hubiere trasladado el impuesto especial sobre producción y servicios en forma expresa y por separado en los términos de esta fracción, así como el monto del impuesto trasladado en dichas operaciones y la información y documentación que mediante reglas de carácter general señale el Servicio de Administración Tributaria.

...

...

Fracción III. a la VII. ...

VIII. Los contribuyentes de los bienes a que se refieren los incisos A), B), C) , F) e I)de la fracción I del artículo 2o. de esta Ley, obligados al pago del impuesto especial sobre producción y servicios a que se refiere la misma, deberán proporcionar al Servicio de Administración Tributaria, trimestralmente, en los meses de abril, julio, octubre y enero, del año que corresponda, la información sobre sus 50 principales clientes y proveedores del trimestre inmediato anterior al de su declaración, respecto de dichos bienes. Tratándose de contribuyentes que enajenen o importen vinos de mesa, deberán cumplir con esta obligación de manera semestral, en los meses de enero y julio de cada año.

...

...

Fracción IX...

X. Los fabricantes, productores o envasadores, de alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables, de bebidas con contenido alcohólico, cerveza, tabacos labrados, bebidas energetizantes, concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energetizantes, bebidas azucaradas, saborizadas, concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, que al diluirse permitan obtener bebidas saborizadas, y jarabes o concentrados para preparar bebidas saborizadas que se expendan en envases abiertos utilizando aparatos automáticos, eléctricos o mecánicos,  deberán llevar un control físico del volumen fabricado, producido o envasado, según corresponda, así como reportar trimestralmente, en los meses de abril, julio, octubre y enero, del año que corresponda, la lectura mensual de los registros de cada uno de los dispositivos que se utilicen para llevar el citado control, en el trimestre inmediato anterior al de su declaración.

...

XI. Los importadores o exportadores de los bienes a que se refieren los incisos A), B), C) , F) e I) de la fracción I del artículo 2o. de esta Ley, deberán estar inscritos en el padrón de importadores y exportadores sectorial, según sea el caso, a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

XII...

XIII. Los contribuyentes de los bienes a que se refieren los incisos A) , F) e I) de la fracción I del artículo 2o. de esta Ley, obligados al pago del impuesto especial sobre producción y servicios, deberán proporcionar al Servicio de Administración Tributaria, trimestralmente, en los meses de abril, julio, octubre y enero, del año que corresponda, el precio de enajenación de cada producto, valor y volumen de los mismos, efectuado en el trimestre inmediato anterior.

...

Fracciones XIV. a la XXII. ...

Transitorios

Único. El presente decreto entrará vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Instituto Nacional de Salud Pública. (2012). Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2012. INSP: México DF.

2 Secretaría de Salud México. (enero 2010 ). Acuerdo Nacional para la Salud Alimentaria: Estrategia contra el sobrepeso y la obesidad. México DF, p. 9

3 Instituto Nacional de Salud Pública. (2012). Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2012. México DF.

4 Sassi, Franco. (2010). Obesity and the Economics of Prevention: Fit not Fat. Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). OCDE: París.

5 Organización Mundial de la Salud. (2011). Noncommunicable Diseases Country Profiles 2011. OMS: Francia, p. 124.

6 Secretaria de Salud. (2010). Acuerdo Nacional para la Salud Alimentaria. México DF.

7 Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (2012). Obesity Update 2012.

8 Oficina del Alto Comisionado de as Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2012). El Derecho a la Alimentación: Informe de Misión a México. Relator Especial de la ONU sobre el derecho a la alimentación. ONU-DH México: México DF.

9 (2012). México es ya el mayor consumidor de refresco en el mundo. Oxfam México (en línea). Recuperado de: http://site.oxfammexico. org/mexico-es-ya-el-mayor-consumidor-de-refresco-en-el-mundo-3/

10 Barquera, Simon et. al. (2008). Energy Intake from Beverages Is Increasing among Mexican Adolescents and Adults. The Journal of Nutrition, Community and International Nutrition, pp. 2454-2461.

11 (junio 2012). Fact Sheet: Sugary Drinks supersizing and the Obesity Epidemic. Department of Nutrition at Harvard School of Public Health. Recuperado de:  www.hsph.harvard.edu/nutritionsource/healthy-drinks/

12 Brownell, Kelly D. (30 de abril de 2009). Ounces of Prevention – The Public Policy Case for Tax son Sugared Beverages. New England Journal of Medicine.

9. Malik VS, H.F., (2012). Sweeteners and risk of obesity and type 2 diabetes: the role of sugar-sweetened beverages. Curr Diab Rep. 12: p. 195-203.

13 De Ruyter JC, et al, (2012), A trial of sugar-free or sugar sweetened beverages and body weight in children. N Engl J Med. 367: p. 1397-406.

14 Ebbeling CB, F.H., Chomitz VR. (2012).  A randomized trial of sugar

sweetenedbeverages and body weight in children. N Engl J Med,367: p.1407-16.

15 Qi Q, C.A., et al. (2012). Sweetened Beverages and Genetic Risk of Obesity. N Engl J Med. p. 367.

16 Brownell, Kelly D. et al. (2009).  The Public Health and Economis Benefits of Taxing Sugar-Sweetened Beverages. The New England Journal of Medicine.

17 (14 de mayo de 2012). 20% “fat tax” needed to improve population Health. British Medical Journal. Recuperado: http://www.bmj.com/press-releases/2012/05/14/20-%E2%80%9Cfat-tax%E2%80%9D-neede d-improve-population-health

18 Colchero MA, Unar M., Salgado JC, Hernández-Ávila M, Rivera J. “Análisis del potencial del impuesto a refresco en México como una estrategia de prevención de obesidad”. 15 Congreso en Investigación en Salud Pública. Instituto Nacional de Salud Pública. Cuernavaca, Morelos. 7 marzo 2013.

19 Colchero MA, Unar M., Salgado JC, Hernández-Ávila M, Rivera J. “Análisis del potencial del impuesto a refresco en México como una estrategia de prevención de obesidad”. 15 Congreso en Investigación en Salud Pública. Instituto Nacional de Salud Pública. Cuernavaca, Morelos. 7 marzo 2013.

20 Ibídem, 26

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de octubre de 2013.— Diputados: Fernando Zárate Salgado, Angelina Carreño Mijares, Cristina Ruiz Sandoval, (rúbricas).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Fernando Zárate Salgado, del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe, diputado de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones del artículo 2o. y 2o. C y se adicionan los artículos 30, 31, 32 y 33 a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

Planteamiento del problema

La protección de la salud de todos los mexicanos es una obligación irrenunciable del Estado, garantizado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos artículo 4o., la Ley General de Salud, la Ley General para el Control del Tabaco y otros ordenamientos legales, reglamentarios, normativos e instrumentos jurídicos y administrativos en vigencia.

Las adicciones, al igual que otras enfermedades crónicas no transmisibles, son incurables, pero se pueden prevenir, tratar y controlar. Son progresivas, recurrentes, discapacitantes y frecuentemente mortales; muchas de ellas con alta letalidad.

Es por ello que el Estado mexicano debe garantizar que el acceso a productos legales que causan adicciones sea debidamente gravado y que, estos recursos públicos sean utilizados para su tratamiento y la reincorporación de los enfermos a su ámbito social.

Argumentación

Las adicciones son uno de los problemas de salud pública más graves en el mundo y en México. Las consecuencias médicas y sociales del abuso del alcohol, fumar y estar expuestos al humo de tabaco ajeno; inhalar o aspirar vapores y gases con efectos psicoactivos así como el uso indebido de medicamentos psicotrópicos y narcóticos; si acaso, puedan ser superadas por el sobrepeso y la obesidad, que afectan a siete de cada diez adultos, a uno de cada tres adolescentes y a uno de cada cuatro escolares de 6 a 12 años de edad, según la Encuesta de Salud y Nutrición 2006. Las adicciones están consideradas por la Organización Mundial de la Salud como enfermedades, en consecuencia con esta visión, México también las considera enfermedades incluyendo al abuso de alcohol y el alcoholismo, al tabaquismo y al consumo de otras drogas.

A diferencia de otras enfermedades crónicas, las adicciones pueden considerarse en cierta medida como transmisibles, pues cuando uno o varios de los integrantes de un grupo social las padecen, es más probable que la padezcan el resto de los miembros del mismo. Como otras enfermedades crónicas es necesario promover estilos de vida activa y saludable que faciliten prevenir las adicciones, evitar o al menos retardar la edad promedio de inicio. También requieren detección temprana para proporcionar un tratamiento oportuno y adecuado que permita disminuir o evitar el consumo y adelantar la edad a la cual se pueden abandonar para limitar el daño, prevenir sus consecuencias y evitar las secuelas que ocasionan.

También demandan recibir el tratamiento oportuno y adecuado, frecuentemente reiterado por la característica generalizada de recurrencia de las adicciones. Por ser de carácter crónico, son incurables, pero se pueden controlar, lo cual demanda de seguimiento clínico prolongado, frecuentemente por el resto de la vida, lo cual significa costos crecientes y prolongados para los servicios de salud, públicos, sociales y privados.

El abuso de alcohol, por ejemplo, es causa de desviación de los recursos limitados de la familia de sus necesidades básicas hacia la bebida y es también, sin duda uno de los factores más comunes en la violencia intrafamiliar: la agresión, el abuso físico, emocional, económico o sexual, el abandono de miembros de la familia y la exclusión de la comunidad. El uso nocivo de alcohol se asocia con accidentes de diversa gravedad que llevan a lesiones de distinta severidad, a discapacidades de diferente tipo y magnitud o a la muerte, y pérdida patrimonial no sólo de quien abusa del alcohol sino de terceros inocentes que pierden la vida o son afectados en su salud, su integridad física, su autonomía e independencia o en sus bienes.

Las lesiones, discapacidades y enfermedades asociadas a las adicciones requieren ser prevenidas personal, familiar y localmente, con leyes, disposiciones jurídicas y administrativas, de manera directa y difusión a través de medios de comunicación, federales, estatales y municipales. A pesar de que las medidas preventivas son las que aportan mayor beneficio por su costo, no cuentan con recursos suficientes que compitan equitativamente contra la publicidad que se hace para incrementar sus ventas y consumo.

Esta situación demanda recursos económicos suficientes y una fuente de financiamiento permanente, para la formación de capital humano, la prevención de las adicciones y la promoción de una vida activa y saludable, como para el tratamiento y rehabilitación. En los casos de conductas antisociales y conflicto con la ley, requiere además para cubrir los costos de readaptación en centros de reclusión o bajo vigilancia jurisdiccional con libertad condicionada.

Es por ello que, con recursos incautados al crimen organizado, en la administración federal que terminó, se construyeron o adecuaron en todas la entidades federativas una red de unidades de especialidad médica (Uneme) como 330 centros de atención primaria de las adicciones (CAPA) agrupados como una red bajo el nombre de “Centros Nueva Vida”, de primer nivel de atención. De manera bipartita, entidades federativas y el gobierno federal les dotaron de plantilla básica y se proporcionaron recursos para su puesta en operación, que refuerza las acciones que la sociedad civil ha realizado a través de organizaciones como Alcohólicos Anónimos, Drogadictos Anónimos, Centros de Integración Juvenil, entre otros. La continuación de su operación, la mejora de sus procesos y la profundización de sus intervenciones demandarán recursos adicionales destinados a la atención de las adicciones en el ámbito nacional.

Los impuestos con mayor aceptación social, según el estudio de opinión pública realizado por el Consejo Mexicano contra el Tabaquismo en 2010 fueron en primer lugar los que se aplican a productos de tabaco con 69 por ciento a favor seguido por los que se aplican a bebidas alcohólicas con 66 por ciento a favor. Con el beneficio adicional de que la aplicación de estos impuestos tiene consecuencias sociales complementarias al incremento de la recaudación, como es el desaliento al inicio del uso, abuso y dependencia de sustancias adictivas, o el estímulo para disminuir su consumo y anticipar su abandono.

Por último, si aceptamos que es justo y correcto que estos recursos los aporten personas que de manera voluntaria iniciaron el uso de sustancias psicoactivas, las siguen consumiendo a pesar de identificar sus efectos dañinos a la salud y la economía personal, familiar, institucional y social, y de esa manera disminuye el subsidio injusto que pagan personas que no las consumen, son la mayoría y sin su voluntad tienen que aportar recursos para la atención de quienes son adictos.

De las bebidas alcohólicas, la cerveza es sin duda la que tiene el mayor consumo y cuya tendencia de uso es la más acelerada. De acuerdo con las Estadísticas Históricas de México, Inegi 2009, entre 1925 y 2008, la producción de cervezas creció de 53 mil 673 a 8 mil 195 millones 749 mil litros, esto es un crecimiento de 153 veces. En ese mismo lapso, el consumo de cerveza por habitante pasó de 3.5 a 70.4 litros por habitante, esto es un incremento de más de 20 veces.

En nuestro país, 85 por ciento del mercado de cervezas está controlado por dos empresas: la Cervecería Modelo, la mayor de ellas y la Cervecería Cuauhtémoc Moctezuma, que pertenecía a Coca Cola FEMSA (Fomento Económico Mexicano, SA). Ambas, orgullosamente mexicanas –en su origen– hoy día pertenecen a la cervecera belga-brasileña AB Inbeb (100 por ciento) y a la holandesa Heineken (80 por ciento) respectivamente.

Por otra parte, algunas empresas trasnacionales contemplan el mercado mexicano como un mercado que necesita incrementar aún más el consumo per cápita y consideran que de los 70.4 litros por habitante que se consumían en 2008, se podría promover llegar a 85 litros por habitante, que consumen los considerados mercados maduros.

Experiencias internacionales han demostrado que el incremento en el precio al consumidor de algunos productos tiene un efecto de desalentar su consumo y secundariamente lograr mayor recaudación. Esto ha sido comprobado con otros productos adictivos como el tabaco, cuya elasticidad del precio se ubica entre 4 y 8 por ciento ante un aumento del precio al consumidor de 10 por ciento según el nivel de ingresos, con especial énfasis en jóvenes, mujeres, precisamente la población blanco.

La estrategia de la Organización Mundial de la Salud para la Reducción del Uso Nocivo del Alcohol, de la cual México es signatario, considera entre sus estrategias más efectivas subir impuestos y precios de bebidas alcohólicas al consumidor.

Con base en lo señalado, considerando que el alcohol es una droga de abuso, aunque sea legal y socialmente aceptada, que causa la adicción más frecuente, más dañina y más costosa para la nación; que la cerveza es la bebida alcohólica de mayor consumo y con la tendencia de crecimiento más acelerada; que la prevención y tratamiento de las adicciones, es fundamentalmente responsabilidad de las Entidades Federativa, se propone la reforma a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y la asignación del incremento de recursos derivados de esta reforma sean destinados a las entidades federativas, como una medida de desaliento al uso nocivo y de recaudación complementaria para atender los problemas que ella genera.

Por lo expuesto y fundado, plenamente comprometido con la salud de la población y la prevención de las adicciones, someto a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se adiciona un párrafo segundo al numeral 1 del inciso a) de la fracción I del artículo 2o., se reforma el primer párrafo del artículo 2o. C y se adicionan los artículos 30, 31, 32 y 33 a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue:

Artículo 2o. Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan se aplicarán las tasas y cuotas siguientes:

I. ...

A) ...

1. ...

Adicionalmente, se pagará un peso por el volumen equivalente de 333 a 355 mililitros, o la parte proporcional cuando el envase sea de diferente capacidad. Tratándose de bebidas comercializadas a granel o en barril, éstas pagarán la cantidad proporcional al total del volumen contenido en el mismo.

2. ...

3. ...

...

Artículo 2o. C. Para los efectos del artículo 2o., fracción I, inciso a), numeral 1, primer párrafo de esta ley, los fabricantes, productores o envasadores de cerveza, que la enajenen y quienes la importen, pagarán el impuesto que resulte mayor entre aplicar la tasa prevista en dicho inciso al valor de la enajenación o importación de cerveza, según se trate, y aplicar una cuota de $3.00 por litro enajenado o importado de cerveza, disminuida, en los casos que proceda, con el monto a que se refiere el siguiente párrafo. En estos casos, el impuesto no podrá ser menor al que resulte de aplicar la tasa prevista en el citado inciso a la enajenación o importación de cerveza.

...

...

...

...

Artículo 30. El impuesto especial al que hace referencia el segundo párrafo del numeral 1, inciso A de la fracción 1, del artículo 2o., será distribuido a las entidades federativas en razón directa de su población, con un valor máximo de 10 por ciento y un valor mínimo de 1 por ciento para los estados cuyas poblaciones no llegan a 1 por ciento de la población total de la República Mexicana, de acuerdo con los resultados del último Censo Nacional de Población.

Artículo 31. Las entidades federativas aportarán a los municipios y órganos político administrativos, en el caso del Distrito Federal, el equivalente al 30 por ciento del total del monto que reciban por el impuesto al que hace referencia el artículo anterior, con una distribución proporcional con base en los resultados del último Censo Nacional de Población.

Artículo 32. El Distrito Federal, los estados, los municipios y los órganos político-administrativos, destinarán un porcentaje no menor al 40 por ciento del monto que reciban de dicho impuesto a las acciones de prevención de las adicciones y promoción de estilos de vida activa y saludable, libre de adicciones.

Artículo 33. Las entidades federativas podrán destinar los recursos obtenidos por este impuesto para:

A. Prevención de las adicciones y promoción de una vida activa y saludable,

B. Tratamiento de las adicciones, limitación de sus consecuencias y secuelas, así como supervisión y mejora de procesos en centros especializados en tratamiento de adicciones

C. Rehabilitación y programas de inclusión social de personas con adicción,

D. Capacitación y formación de capital humano en materia de adicciones,

E. Estudios e investigaciones que generen conocimiento sobre adicciones, para la implantación de políticas públicas, programas e intervenciones

F. Vigilancia epidemiológica y control sanitario de las adicciones.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el primero de enero de 2014, previa su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de octubre de 2013.— Diputado Fernando Zárate Salgado (rúbrica).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



CODIGO PENAL FEDERAL - CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Tiene la palabra el señor diputado Luis Gómez Gómez, a nombre del diputado Luis Armando Córdova Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 34 del Código Penal Federal y 188 del Código Federal de Procedimientos Penales.

El diputado Luis Gómez Gómez: Con su permiso, señor presidente. Amigas y amigos diputados, a nombre del diputado Luis Armando Córdova Díaz y el mío propio, hago uso de esta alta tribuna de la nación.

El acceso a la justicia y trato justo de las víctimas del delito han sido temas de interés y relevancia internacional. En este contexto, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó por consenso, el 29 de noviembre de 1985, la resolución 4034, la Declaración de los Principios Fundamentales para la Justicia para las Víctimas y Abuso de Poder, la cual considera 17 principios fundamentales.

La declaración recomienda a los Estados para que adopten las medidas necesarias que efectivamente mejoren y se garantice el acceso a la justicia y el trato justo de las víctimas del delito. Establece que las víctimas serán tratadas con respeto a su dignidad y gozarán del acceso a los mecanismos de la justicia y a una pronta reparación del daño que hayan sufrido.

En ese sentido, determina que los responsables de la conducta delictiva resarcirán equitativamente a sus víctimas cuando así proceda. Ese resarcimiento comprenderá la devolución de los bienes o el pago por los daños o pérdidas sufridas, el reembolso de los gastos realizados como consecuencia de la victimización, la prestación de servicios y la restitución de derechos.

Es de reconocer que el Estado mexicano ha venido impulsando y fomentando mediante la legislación el desarrollo de la cultura de los derechos humanos, y con ello, avanzar en el perfeccionamiento de las garantías individuales en materia penal, adoptando los mecanismos jurídicos necesarios que tutelen y protejan estos derechos.

El 3 de septiembre de 1993 fue publicada la reforma del artículo 20 constitucional, que elevó a rango constitucional la protección de los derechos de la víctima u ofendido del delito. Se incorporó como derecho para la víctima u ofendido por algún delito recibir además de la asesoría jurídica, la satisfacción de la reparación del daño, atención médica de urgencia y coadyuvar con el Ministerio Público.

Sin duda la reforma de 1993 dio muestra de avances significativos. Sin embargo, se mantenía un vacío en cuanto a plasmar con mayor definición la atención de las víctimas del delito. Sería necesaria entonces una reforma que especificara las garantías del inculpado y clarificar las garantías de la víctima u ofendido.

Surge así, el 21 de septiembre de 2000, la publicación que reforma el artículo 20 constitucional, reconociendo que las garantías del inculpado se extendían también a la víctima o al ofendido. Para la víctima o el ofendido se plasma la garantía de recibir asesoría jurídica, ser informado de sus derechos constitucionales y del desarrollo del procedimiento penal. La atención médica y sicológica se incorporan desde la comisión del delito. Se ratifica el derecho a la reparación del daño, con la obligación del Ministerio Público de solicitarla y al juzgador a no absolver de la misma al sentenciado si ha emitido una sentencia condenatoria.

Coincidimos plenamente en reconocer que los derechos de las víctimas son parte innegable de los derechos humanos. En este sentido, es necesario reconocer que las víctimas del delito necesitan la inmediata atención integral que va desde la médica, la sicológica, la jurídica, la económica y la social, por lo que la legislación ha considerado paulatinamente una atención integral a las víctimas del delito.

Amigas y amigos diputados, el Código Federal de Procedimientos Penales actualmente establece que la atención médica de quienes hayan sufrido lesiones provenientes de delito se hará en los hospitales públicos. Como se aprecia, el procedimiento penal federal ordena que los ofendidos de un delito de lesiones serán remitidos a hospitales públicos y esto lo hacen porque son lesiones de hechos violentos, en donde se tiene que dar parte al Ministerio Público para la atención legal que le corresponde. Pero no precisa que tenga que cubrir los gastos que se generen en estos hospitales por el causante de la lesión.

Viendo la legislación actual, tenemos que apreciar que la ley es clara y precisa al establecer que el que causa un daño está obligado a cubrir el pago de la reparación.

La falta de legislación en donde se permita a las instituciones como la Cruz Roja, Seguro Social, ISSSTE, Salubridad, Seguro Popular y demás, que se les considere acreedores solidarios en los procesos penales, porque la falta de ello propicia la impunidad, dado que la ley establece que el delincuente es el que tiene que cubrir todos los gastos erogados por el delito cometido, motivo por el cual el sector salud tiene cada día menos recursos para tratar otras enfermedades propias del ser humano, ya que cubren los gastos generados por las lesiones sufridas por el pasivo, sin que legamente le corresponda hacerlo.

Por ello resulta necesario reformar y adicionar diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, a efecto de cubrir las lagunas legislativas en cuanto al pago de la reparación del daño a favor del ofendido por las lesiones sufridas por motivo de delito, adecuar la legislación a efecto de que los organismos de salud pública que intervienen a favor del ofendido por las lesiones sufridas a consecuencia de un delito puedan exigir el pago correspondiente a la reparación del daño y los gastos que se generen en los hospitales públicos, que por ley debe cubrir el delincuente.

Para este fin se harán llegar al Ministerio Público las notas o facturas por conceptos de medicamentos y hospitalización emitidos por dichos organismos públicos de salud.

La reforma concreta que planteamos y que esperamos el apoyo de todos ustedes es muy concreta y es la siguiente: También podrán exigir el pago de la reparación del daño los organismos de salud que intervengan a favor del ofendido por las lesiones sufridas con motivo de un delito. Los gastos generados en esos hospitales públicos deberá cubrirlo el delincuente,  para lo cual se harán llegar al Ministerio Público o al juzgador las facturas y notas emitidas por los mismos. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma los artículos 34 del Código Penal Federal y 188 del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Luis Armando Córdova Díaz, del Grupo Parlamentario del PRI

Luis Armando Córdova Díaz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales, con arreglo en la siguiente

Exposición de Motivos

El acceso a la justicia y trato justo de las víctimas del delito ha sido un tema de interés y relevancia internacional. En este contexto, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó por consenso el 29 de noviembre de 1985, la resolución 40/34 la Declaración de los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas y Abuso de Poder, la cual considera 17 principios fundamentales para la atención de las víctimas.

La declaración recomienda a los Estados parte que adopten las medidas necesarias para que efectivamente, se mejore y se garantice el acceso a la justicia y el trato justo de las víctimas del delito.

De acuerdo con el Apartado A de la declaración, “se entenderá por víctimas las personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de los derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente en los Estados Miembros, incluida la que proscribe el abuso de poder”.

Establece además que las víctimas serán tratadas con respeto a su dignidad y gozarán del acceso a los mecanismos de la justicia y a una pronta reparación del daño que haya sufrido. En este sentido, determina que los responsables de la conducta delictiva resarcirán equitativamente a sus víctimas cuando así proceda, o a sus familias o las personas a su cargo. “Ese resarcimiento comprenderá la devolución de los bienes o el pago por los daños o pérdidas sufridos, el reembolso de los gastos realizados como consecuencia de la victimización, la prestación de servicios y la restitución de derechos”.

Con relación a la asistencia, las víctimas recibirán la atención y asistencia material, médica, psicológica y social que sean necesarios.

Es de reconocer que el Estado mexicano ha venido impulsado y fomentando con acierto mediante la legislación el desarrollo de la cultura de los derechos humanos, y con ello avanzar en el perfeccionamiento de las garantías individuales en materia penal, adoptando los mecanismos jurídicos necesarios que tutelen y protejan estos derechos.

El 3 de septiembre de 1993 fue publicada la reforma del artículo 20 constitucional, que elevó a rango constitucional la protección de los derechos de la víctima u ofendido del delito. El órgano revisor de la Constitución incorporó como derecho para la victima u ofendido por algún delito, recibir además de la asesoría jurídica, la satisfacción de la reparación del daño, atención médica de urgencia y coadyuvar con el Ministerio Público. Conforme a esta nueva modalidad, la víctima del delito es identificado como sujeto de derecho y, por ende, toma mayor relevancia su presencia en el procedimiento penal.

Sin duda, la reforma de 1993 dio muestra de avances significativos, sin embargo, se mantenía un vacio en cuanto a plasmar con mayor definición la atención de las víctimas del delito, sería necesaria entonces, una reforma que especificara las garantías del inculpado y clarificar las garantías de la víctima u ofendido. Surge así, el 21 de septiembre de 2000, la publicación que reformaba el artículo 20 constitucional, reconociendo que las garantías del inculpado se extendían también a la víctima o al ofendido. Para la víctima o el ofendido se plasmó la garantía de recibir asesoría jurídica; ser informado de sus derechos constitucionales y del desarrollo del procedimiento penal; la atención médica y psicológica se incorporan desde la comisión del delito; se ratifica el derecho a la reparación del daño, con la obligación del Ministerio Público de solicitarla y al juzgador a no absolver de la misma al sentenciado si ha emitido una sentencia condenatoria.

Coincidimos plenamente en reconocer que los derechos de las víctimas son parte innegable de los derechos humanos. Es necesario en este sentido, reconocer que las víctimas del delitito necesitan la inmediata atención integral que va desde la médica, la psicológica, la jurídica, la económica y la social, por lo que la legislación ha ido considerando paulatinamente una atención integral a las víctimas del delito.

El 18 de junio de 2008 se publicó la reforma de todo el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, plasmando en el Apartado C los derechos de la víctima o del ofendido, puntualizando en lo referente a la reparación del daño, de conformidad con la fracción “III. Recibir, desde la comisión del delito, atención médica y psicológica de urgencia”; y en la fracción “IV. Que se le repare el daño”. En los casos en que sea procedente, “el Ministerio Público estará obligado a solicitar la reparación del daño, sin menoscabo de que la víctima u ofendido lo pueda solicitar directamente, y el juzgador no podrá absolver al sentenciado de dicha reparación si ha emitido una sentencia condenatoria”. Para ello, “la ley fijará procedimientos ágiles para ejecutar las sentencias en materia de reparación del daño”.

En opinión del proponente, la fracción IV citada permite que por conducto de la víctima u ofendido se tendrán que hacer llegar al Ministerio Público o al juzgador, las facturas y notas de gastos médicos realizados por los organismos de salud pública que intervinieron para curar al pasivo de un delito y de esta manera se otorga el pago completo al daño causado.

Por su parte, el Código Penal Federal, en los artículos 30, 31 y 34, destaca:

Artículo 30.La reparación del daño debe ser integral, adecuada, eficaz, efectiva, proporcional a la gravedad del daño causado y a la afectación sufrida, comprenderá cuando menos:

I....

II.La indemnización del daño material y moral causado, incluyendo la atención médica y psicológica, de los servicios sociales y de rehabilitación o tratamientos curativos necesarios para la recuperación de la salud, que hubiere requerido o requiera la víctima, como consecuencia del delito. En los casos de delitos contra el libre desarrollo de la personalidad, la libertad y el normal desarrollo psicosexual y en su salud mental, así como de violencia familiar, además comprenderá el pago de los tratamientos psicoterapéuticos que sean necesarios para la víctima.

En consideración de esta fracción, el proponente considera que al lograr que el delincuente cubra los gastos erogados y que fueron sufragados por los organismos de salud pública en atención a la víctima, se cumple cabalmente el contenido del presente artículo.

Artículo 31.La reparación será fijada por los jueces, según el daño que sea preciso reparar, con base en las pruebas obtenidas en el proceso y la afectación causada a la víctima u ofendido del delito.

Con relación a este artículo, consideramos que para que el juez pueda imponer con precisión la reparación del daño, es necesario que se presenten como prueba notas o facturas de los gastos erogados por las Instituciones de salud pública, ya que actualmente no existe el reembolso para ellas de esos gastos que debe cubrir el autor de las lesiones.

Artículo 34. La reparación del daño proveniente de delito que deba ser hecha por el delincuente tiene el carácter de pena pública y se exigirá de oficio por el Ministerio Público. El ofendido o sus derechohabientes podrán aportar al Ministerio Público o al juez en su caso, los datos y pruebas que tengan para demostrar la procedencia y monto de dicha reparación, en los términos que prevenga el Código de Procedimientos Penales”.

Con referencia a este artículo, se debe considerar que los organismos de salud pública que intervengan a favor de la víctima o el ofendido por las lesiones sufridas como consecuencia de un delito, también podrán exigir el pago del daño.

El Código Federal de Procedimientos Penales dice:

Artículo 188.La atención médica de quienes hayan sufrido lesiones provenientes de delito, se hará en los hospitales públicos.

......

Como se aprecia, el procedimiento penal federal ordena que los ofendidos de un delito de lesiones serán remitidos a hospitales públicos, y esto lo hacen porque son lesiones de hechos violentos en donde se tiene que dar parte al Ministerio Público para la intervención legal que le corresponde, pero no precisa que tenga que cubrir los gastos que se generan en esos hospitales por el causante de la lesión.

Viendo la legislación actual, tenemos que apreciar que la ley es clara y precisa al establecer que el que causa un daño está obligado a cubrir el pago de la reparación.

Pero es el caso que no en todos los asuntos el ofendido puede mostrar cuánto se cubrió como gasto del daño causado y esto es así en razón de que intervienen algunas dependencias del Estado o instituciones menesterosas, como la Cruz Roja, en donde no se le expide al ofendido ninguna factura por motivos de sus lesiones y no se hace por una simple y sencilla razón, él no los cubre, pero se llega a la impunidad porque el que debería de cubrirlos es el delincuente, pero en la sentencia la autoridad no tiene medios legales para considerar a la Cruz Roja, Cruz Verde o cualquier otra institución del estado, municipio o de la federación que haya cubierto los gastos, como acreedor solidario, esto es, durante la convalecencia del lesionado se hacen gastos, pero éstos no los hace directamente el pasivo, a lo mucho tratándose de la Cruz Roja o Verde, presenta facturas de medicina que cubrió, pero no los gastos hospitalarios.

En el caso de las instituciones como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) o el Seguro Popular, se cubrieron cabalmente los gastos de la persona lesionada y no se expiden constancias, notas o facturas de lo que costó, ya que el pasivo no eroga ningún numerario, porque en cuanto al IMSS y al ISSSTE, en ellos mantiene una cuota permanente mientras esté afiliado a ellas y en cuanto al seguro popular o salubridad, el Estado es el que cubre los gastos y en todos estos casos, en donde no se cubren los daños por parte del delincuente, se está causando un gasto patrimonial, por muchos miles de millones de pesos a nivel nacional, que no debería de cubrir el sector salud porque vienen de un hecho delictuoso, en donde nuestra norma penal establece, como ya quedó acentuado anteriormente, que el delincuente debe de cubrir el pago de reparación del daño y aunque lo dice en el Código Penal en estas condiciones legislativas no lo cubre, ya que cualquier reparación del daño se tiene que demostrar y actualmente el ofendido no exhibe notas o facturas de lo que costó su tratamiento médico en las Instituciones antes nombradas y solamente recupera lo que pagó de su tratamiento, cuando se atiende en un clínica médica particular.

La falta de legislación en donde se permita a las Instituciones como las de Cruz Verde, la Cruz Roja, Seguro Social, ISSSTE, Salubridad, Seguro Popular, etc., que se les considere acreedores solidarios en los procesos penales, propicia la impunidad, dado que la Ley establece que el delincuente es el que tiene que cubrir todos los gastos erogados por el delito cometido, motivo por el cual el Sector Salud tiene cada día menos recursos para tratar otras enfermedades propias del ser humano, ya que cubren los gastos generados por las lesiones sufridas por el pasivo, sin que legalmente les corresponda hacerlo.

En riesgo se encuentra la seguridad social, precisamente por falta de recursos y recuperando lo que invierte en las curaciones de los ofendidos de un delito, saldría beneficiado el Estado, porque con lo mismo que aporta a las instituciones de salud, se obtendrían más beneficios para la sociedad. En el mismo tenor, estaría el sector patronal ya que no habría fuga de capital, como en este momento acontece de los órganos de salud que ellos fortalecen, pero sobre todo el propio trabajador porque la cuota que él da para el sector salud, le aportaría más beneficios que se traducirían en el mejor tratamiento de sus enfermedades.

Pero sobre todo se obligaría a las aseguradoras y a los delincuentes a pagar lo que les corresponde por el daño ocasionado.

Y quiero poner como ejemplo: “Cuando se causan daños a un vehículo el ofendido por conducto de la aseguradora manda el automóvil a un taller para su arreglo, cubriendo esta última solidariamente los gastos que se erogan, pero no otorga el ofendido el desistimiento sino que presenta las notas o facturas que cubrió la aseguradora ante el juzgador y en sentencia obtiene el reembolso del dinero invertido en la reparación, aunque se lo entregue a la aseguradora”.

Por consiguiente, si esa fórmula sirve para el delito de daño en las cosas, es viable que se adecué para las instituciones públicas que atienden a los ofendidos por lesiones procedentes de un delito, por urgencia se tiene que atender al lesionado, en la clínica a la cual pertenezca (IMSS, ISSSTE), y si no lo cubre ninguno de estos seguros es atendido en las clínicas del Seguro Popular, etc., y sus gastos deben de ser cubiertos una vez que se presentan en el proceso penal porque así lo debe ordenar la autoridad judicial en sentencia, aunque no los hubiera cubierto directamente el ofendido.

Finalmente, para el proponerte resulta necesario reformar y adicionar diversas disposiciones del Código Penal Federal, y del Código Federal de Procedimientos Penales, a efecto de cubrir las lagunas legislativas en cuanto al pago de la reparación del daño a favor del ofendido por las lesiones sufridas con motivo de un delito. Adecuar la legislación a efecto de que los organismos de salud pública que intervienen a favor del ofendido por las lesiones sufridas a consecuencia de un delito, puedan exigir el pago correspondiente a la reparación del daño y los gastos que generen los hospitales públicos que por ley debe cubrir el delincuente, para este fin, se harán llegar al Ministerio Público las notas o facturas por concepto de medicamentos y hospitalización emitidos por dichos organismos públicos de salud.

Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adicionan un quinto párrafo al artículo 34 del Código Penal Federal y un nuevo segundo párrafo al artículo 188 del Código Federal de Procedimientos Penales

Artículo Primero.Se adiciona un quinto párrafo al artículo 34 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 34. ..

..

..

...

También podrán exigir el pago de la reparación del daño los organismos de salud pública que intervengan a favor del ofendido por las lesiones sufridas con motivo de un delito.

Artículo Segundo.Se adiciona un nuevo segundo párrafo al artículo 188 del Código Federal de Procedimientos Penales, recorriéndose sucesivamente los demás párrafos, para quedar como sigue:

Artículo 188. ...

Los gastos generados en esos hospitales públicos deberá cubrirlos el delincuente, para lo cual se harán llegar al Ministerio Público o al juzgador las facturas y notas emitidas por los mismos.

...

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Declaración de los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas y Abuso de Poder.

2 Ídem.

3 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de octubre de 2013.— Diputados: Luis Armando Córdova Díaz, Elvia María Pérez Escalante, Angelina Carreño Mijares, Cristina Ruiz Sandoval, (rúbricas).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, señor diputado Luis Gómez Gómez. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.



LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Carlos Alberto García González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

El diputado Carlos Alberto García González:Con el permiso de la Presidencia. El suscrito diputado federal Carlos Alberto García González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, para elevar a rango de ley al Instituto Nacional del Emprendedor, bajo la siguiente exposición de motivos.

En México, de acuerdo con datos del Inegi existen aproximadamente 4 millones 15 mil unidades empresariales, de las cuales 99.8 por ciento son Mipymes, que generan el 52 por ciento del producto interno bruto y además generan el 72 por ciento del empleo en nuestro país. De esta forma, las Mipymes son el medio ideal para impulsar el crecimiento económico sostenido a través de la creación de empleos, generación de valor agregado, aportaciones fiscales, fortalecimiento del mercado interno y el aumento de la oferta exportable.

Los gobiernos de Acción Nacional han reconocido la aportación económica de las Mipymes al desarrollo nacional. Es por ello que durante el gobierno del presidente Vicente Fox, se le dio un gran impulso al desarrollo empresarial a través de las Mipymes.

En 2001, por ejemplo, se creó la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa dentro de la Secretaría de Economía, con la finalidad de fomentar y promover la calidad, competitividad, capacitación, desarrollo e innovación tecnológica y el desarrollo empresarial de la planta productiva, en especial de las Mipymes.

Este esfuerzo del Ejecutivo tenía la necesidad de ser consolidado por el Legislativo mediante un ordenamiento jurídico que dotara a la Secretaría de Economía de las disposiciones elementales para crear, aplicar programas e instrumentos para el desarrollo de la competitividad de las Mipymes.

En consecuencia, mediante un acto legislativo, el Congreso durante la LVIII Legislatura aprobó la nueva Ley para el Desarrollo de la Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas con el consenso de todas y cada una de las fracciones parlamentarias que estaban representadas en ese momento.

Este ordenamiento llevó a rango de ley todas las políticas económicas, con objeto de promover el desarrollo económico nacional a través del fomento de la creación de las Mipymes y el apoyo por su viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad.

En su momento, el que suscribe, como diputado federal de la LX Legislatura, presentó una iniciativa que hacía una serie de enmiendas a la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de las Mipymes para crear la Agencia para el Desarrollo de la Competitividad, mejor conocida como la Agencia Mipyme, como un organismo descentralizado de la Secretaría de Economía.

Ahora, ante la reciente creación del Instituto Nacional del Emprendedor —conocido como el Inadem— como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Economía, mediante reformas al Reglamento interno de la Secretaría de Economía, en Acción Nacional consideramos que el Inadem debe ser elevado a rango de ley, precisamente para consolidar y extender sus funciones para el desarrollo y fomento empresarial de los emprendedores y en especial de las Mipymes.

Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, la experiencia internacional no nos engaña, otros países han creado organismos similares que han generado excelentes dividendos en el desarrollo de las Mipymes.

Casos exitosos en el mundo son Estados Unidos de América y Japón, que han adoptado la forma de apoyos directos o indirectos a través de un organismo especializado sustentado con un ordenamiento jurídico para el desarrollo empresarial de las Mipymes. Esto, aunado a políticas paralelas, recursos permanentes y suficientes, financiamiento blando, tecnología e investigación, asesoría y capacitación, entre otros, permitiendo —como les repito— la sustentabilidad de miles y miles de Mipymes que hay en nuestro país.

En consecuencia, elevar a rango de ley el Instituto Nacional del Emprendedor permitirá consolidar las políticas públicas que se han desplegado en los últimos años a favor de las Mipymes.

El Inadem contribuirá en la aplicación de los objetivos más amplios de la ley para el desarrollo de la competitividad de las Mipyme. Generará las condiciones para que nuestras empresas participen de manera exitosa, tanto en el mercado nacional como en el internacional. Y reduciría, en la medida de lo posible, las asimetrías económicas con nuestros socios comerciales.

En Acción Nacional estamos convencidos que es menester que esta Legislatura apuntale el esfuerzo desplegado por nuestros antecesores y consolidar el futuro del Instituto Nacional del Emprendedor, como una piedra angular del crecimiento y desarrollo nacional, para que en el futuro inmediato la existencia de una estructura productiva conformada con pequeñas y medianas empresas, y que sean además eficientes en escala internacional, y se relacionen tanto horizontal como verticalmente en beneficio del desarrollo de nuestro país.

Presidente, por obviedad del tiempo le rogaría que el texto íntegro de esta iniciativa se inserte en el Diario de los Debates. Muchas gracias por su atención, a todas las compañeras y compañeros.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo del diputado Carlos Alberto García González, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado federal Carlos Alberto García González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional correspondiente a la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para elevar a rango de Ley el Instituto Nacional del Emprendedor, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

A nivel mundial, tanto en países avanzados como en las economías emergentes, el crecimiento económico y el progreso empresarial parte de una gran base de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipyme), que sin duda desempeñan un papel trascendental en esta tarea.

La estadística muestra que las Mipyme representan el 99 por ciento de las empresas en los países de la OCDE, y en América Latina, las cifras oscilan entre el 95 por ciento al 99 por ciento en promedio. Sin embargo, aún cuando son las más, su aportación al empleo y a la producción nacional oscila entre el 50 por ciento al 70 por ciento, dependiendo de cada país.

En México, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, existen aproximadamente 4 millones 15 mil unidades empresariales, de las cuales 99.8 por ciento son Mipyme, que generan 52 por ciento del producto interno bruto, y 72 por ciento del empleo en el país.

De esta forma, las Mipyme son el medio ideal para impulsar el crecimiento económico sostenido a través de la creación de empleos, generación de valor agregado, aportaciones fiscales, fortaleciendo el mercado interno y aumentando la oferta exportable.

Los gobiernos de Acción Nacional han reconocido la aportación económica de las Mipyme al desarrollo nacional. Es por ello que durante el gobierno del presidente Vicente Fox se le dio un gran impulso al desarrollo empresarial a través de las Mipymes. En 2001 se creó la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa dentro de la Secretaría de Economía, con la finalidad de fomentar y promover la calidad, competitividad, capacitación, desarrollo e innovación tecnológica y el desarrollo empresarial de la planta productiva, en especial de las Mipyme.

Este esfuerzo del Ejecutivo tenía la necesidad de ser consolidado por el Legislativo, mediante un ordenamiento jurídico que dotará a la Secretaría de Economía de las disposiciones elementales para crear, actualizar y aplicar programas e instrumentos para el desarrollo de la competitividad de las Mipyme, tales como: Esquemas para facilitar el acceso al financiamiento ya sea público o privado; programas de capacitación, formación y cultura empresarial; programas para asesoría y consultoría empresarial; programas para la modernización, innovación y desarrollo tecnológico; programas para la creación, integración y apoyo de cadenas productivas y agrupamientos empresariales; programas para el desarrollo de proveedores y distribuidores; programas para la consolidación de oferta exportable; entre otros más.

En consecuencia, después de largos meses de trabajo en comisiones de esta Cámara de Diputados, mediante acto legislativo, el Congreso durante la LVIII Legislatura aprobó la nueva Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, con el consenso de todos los grupos parlamentarios representadas en ese momento.

Finalmente, el 30 de diciembre de 2002, se publicó la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, en el Diario Oficial de la Federación.

Este ordenamiento llevó a rango de Ley todas las políticas económicas con el objeto de promover el desarrollo económico nacional, a través del fomento a la creación de Mipyme, y el apoyo para su viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad.

En su momento, el que suscribe, como diputado federal de la LX Legislatura, presente una iniciativa que hacía una serie de enmiendas a la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, con el propósito de crear la Agencia para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Agencia MIPYME), como un organismo descentralizado de la Secretaría de Economía.  Esto con la intención de contar con un organismo especializado y encargado única y exclusivamente del desarrollo, fortalecimiento y consolidación de las empresas de nuestro país. Sin embargo, este esfuerzo no prosperó.

Ahora, ante la reciente creación del Instituto Nacional del Emprendedor (Inadem), como un organismo desconcentrado de la Secretaría de Economía, mediante reformas al Reglamento Interno de la Secretaría de Economía,  en Acción Nacional consideramos que el Inadem debe ser elevado a rango de ley, precisamente para consolidar y extender sus funciones para el desarrollo y fomento empresarial de los emprendedores y de las Mipyme.

Compañeras y compañeros legisladores, la experiencia internacional no nos engaña, otros países han creado organismos similares que han generado excelentes dividendos en favor del desarrollo de las Mipyme.

Casos exitosos en el mundo son el de Estados Unidos y Japón que han adoptado la forma de apoyos directos o indirectos a través de un organismo especializado sustentado con un ordenamiento jurídico para el desarrollo empresarial de las Mipyme, esto aunado a políticas paralelas, recursos permanentes y suficientes, financiamiento blando, tecnología e investigación, asesoría y capacitación; entre otros, permitiendo la sustentabilidad de miles de Mipyme.

En Estados Unidos, en 1953 el Congreso Norteamericano autorizó la creación del Small Business Administration, que se ha convertido en el organismo más exitoso a nivel mundial enfocado exclusivamente a proporcionar las herramientas para el crecimiento y desarrollo de las Mipyme.

En Japón, en 1948 se estableció la Small and Medium Enterprise Agency organismo descentralizado del Ministry of Economy, Trade and Industry del Japón, misma que tiene la misión dictar la política Mipyme con el objetivo de mejorar el entorno económico de estas empresas.

El Congreso chileno, en 1939 creó la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo) con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya función principal es el fomento y desarrollo de la actividad productiva nacional, y en 1952 se instauró el Servicio de Cooperación Técnica, Institución filial de la Corfo, que tiene por misión promover y apoyar las iniciativas de mejoramiento de competitividad de las micro y pequeñas empresas y fortalecer la capacidad de gestión de sus empresarios.

Por su parte, en Brasil durante los años sesenta se estableció el Centro Brasileño de Asistencia Gerencial a la Pequeña y Mediana Empresa, para posteriormente transformarse en 1990 en el Servicio Brasileño de Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa, dejando de ser una oficina pública para ser un organismo con representación pública minoritaria.

La experiencia internacional muestra que el desarrollo de los sistemas de producción local basados en las Mipymes han sido vacunas perfectas contra el desempleo y los declives económicos, recalcando que el auge y éxito de las Mipyme está determinado por externalidades locales y entornos jurídicos eficientes.

En consecuencia, elevar a rango de Ley al Instituto Nacional del Emprendedor permitirá consolidar las políticas públicas que se han desplegado en los últimos años a favor de las Mipyme. El Inadem contribuirá en la aplicación de los objetivos más amplios de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, generará las condiciones para que nuestras empresas participen de manera exitosa en el mercado nacional e internacional y reduciría, en la medida de lo posible, las asimetrías económicas con nuestros socios comerciales.

Asimismo, es importante resaltar, que se han identificado varios programas y esquemas de apoyo a las Mipyme en las diferentes dependencias de la administración federal, esto ha generado una gran dispersión de recursos; lo que genera mayores gastos de administración en infraestructura y personal en detrimento del desarrollo empresarial. Aludiendo a la eficiencia administrativa y a una mejor transparencia en el manejo de los recursos para atender a los emprendedores y empresarios, se hace por demás necesario la concentración de estos recursos en una sola entidad, en el Inadem.

Por otro lado, la Ley en su artículo 18 señala sobre la integración del Consejo Nacional para la Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, que tiene como finalidad ser la instancia que materialice los programas, instrumentos y acciones encaminados para apoyar a las Mipyme.

Este consejo actualmente lo integran 31 personas que representan a los sectores involucrados en los apoyos al sector empresarial del país. Incluye diversas Secretarías de Estado, la Banca de Desarrollo, a los Secretarios de Desarrollo Económico de las Entidades Federativas, a los Presidentes de las Confederaciones de las Cámaras Empresariales nacionales y de los Estados más importantes, asimismo a los representantes del sector obrero, y a otras personas invitadas que inciden en el cumplimiento de los objetivos de la ley.

Sin embargo, el consejo no ha venido funcionado de una manera rápida y eficiente, en virtud del número de integrantes con los que cuenta; por lo que propongo de nueva cuenta que el número de integrantes sea menor, de 12 personas, pero esto sin limitar la participación de los demás sectores y organismos que podrían auxiliar en las tareas propias del consejo y de la ley.

En Acción Nacional, estamos convenidos que es menester que esta Legislatura apuntale el esfuerzo desplegado por nuestros antecesores y consolidar al Instituto Nacional del Emprendedor como piedra angular del crecimiento y desarrollo nacional, para que en el futuro inmediato la existencia de una estructura productiva conformada por pequeñas y medianas empresas y altamente eficientes en escala internacional, se relacionen horizontal y verticalmente, en beneficio del desarrollo de nuestro país.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Artículo Único. Se reforma el artículo 1; el artículo 2; el artículo 3, fracciones II y III; el artículo 4, inciso d) de la fracción I; el artículo 5; el artículo 6; el artículo 7; el artículo 9, párrafo primero; el artículo 10, segundo párrafo; el segundo párrafo del artículo 11; el primer párrafo y la fracción I del artículo 12; el primer párrafo del artículo 13; el primer párrafo del artículo 14; el artículo 16; el artículo 18; el artículo 19; el artículo 21; y el artículo 24, párrafo tercero; y se adicionael artículo 27; el artículo 28; el artículo 29; el artículo 30; y el artículo 31; todos de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para quedar como sigue:

Artículo 1.-La presente Ley tiene por objeto promover el desarrollo económico nacional a través del impulso a los emprendedores, del fomento a la creación de micro, pequeñas y medianas empresas y el apoyo para su viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad. Asimismo incrementar su participación en los mercados, en un marco de crecientes encadenamientos productivos que generen mayor valor agregado nacional.

...

...

Artículo 2. La autoridad encargada de la aplicación de esta Ley es el Instituto Nacional del Emprendedor quien, en el ámbito de su competencia, celebrará convenios para establecer los procedimientos de coordinación en materia de apoyo a la micro, pequeña y mediana empresa, entre las autoridades federales, estatales, del Distrito Federal y municipales, para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad federativa, del Distrito Federal y de los municipios, en congruencia con la planeación nacional.

El Instituto Nacional del Emprendedor en el ámbito de su competencia, podrá convenir con particulares para concertar las acciones necesarias para la coordinación en materia de apoyos a la micro, pequeña y mediana empresa.

...

Artículo 3. Para los efectos de esta ley, se entiende por:

I. ...

II. Inadem: Instituto Nacional del Emprendedor;

III. Mipyme: Micro, pequeñas y medianas empresas, legalmente constituidas, con base en la estratificación establecida por el Inadem,de común acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y publicada en el Diario Oficial de la Federación, partiendo de la siguiente:

...

...

IV. a la XVII. ...

Artículo 4. Son objetivos de esta Ley:

I. Establecer:

a) al c) ...

d) Las bases para que el Inadem elabore las políticas con visión de largo plazo, para elevar la productividad y competitividad nacional e internacional de las Mipyme.

II. ...

a) al i) ...

Artículo 5. El Inadem elaborará el programa sectorial correspondiente en el marco de la normativa aplicable, tomando en cuenta los objetivos y criterios establecidos en la presente ley, así como los acuerdos que tome el Consejo.

Artículo 6. El Inadem en el ámbito de su competencia, promoverá la participación de los Sectores para facilitar a las Mipymes el acceso a Programas previstos en la presente ley.

Artículo 7. El Inadem diseñara, fomentará y promoverá la creación de instrumentos y mecanismos de garantía, así como de otros esquemas que faciliten el acceso al financiamiento a las Mipyme.

Artículo 9. El programa sectorial referido en el Artículo 5 de esta Ley, deberá contener, entre otros:

I. a la IV. ...

Artículo 10. ...

I. a la IX. ...

Con el objeto de lograr la coordinación efectiva de los Programas de fomento a las Mipyme y lograr una mayor efectividad en la aplicación de los recursos, en las entidades federativas donde exista el Consejo Estatal, todos los convenios serán firmados por el gobierno estatal o del Distrito Federal, en donde no existan, el Inadem podrá firmar los convenios de manera directa con los municipios y los sectores.

Artículo 11. ...

I. a la VIII. ...

Adicionalmente, el Inadem promoverá esquemas para facilitar el acceso al financiamiento público y privado a las Mipyme.

Artículo 12. El Inadem tendrá en materia de coordinación y desarrollo de la competitividad de las Mipyme, las siguientes responsabilidades:

I. El Inadem promoverá ante las instancias competentes que los programas y apoyos previstos en esta Ley a favor de las Mipyme, sean canalizados a las mismas, para lo cual tomará las medidas necesarias conforme al Reglamento;

II. a la X. ...

...

Artículo 13. El Inadem promoverá la participación de las Entidades Federativas, del Distrito Federal y de los municipios, a través de los convenios que celebre para la consecución de los objetivos de la presente Ley, de acuerdo a lo siguiente:

I. a la V. ...

Artículo 14. El Inadem promoverá la participación del sector público y de los sectores para la consecución de los objetivos de esta Ley, a través de los convenios que celebre, de acuerdo a lo siguiente:

I. a la XIII. ...

Artículo 16.El Sistema comprende el conjunto de acciones que realice el sector público y los sectores que participen en los objetivos de esta Ley, para el desarrollo de las Mipyme, considerando las opiniones del Consejo y coordinados por el Inademen el ámbito de su competencia.

Artículo 18. El Consejo estará conformado por 12 integrantes:

I. El Secretario de Economía, quien lo presidirá;

II. El Secretario de Hacienda y Crédito Público;

III. El Secretario de Educación Pública;

IV. El Secretario de Turismo;

V. El Presidente del Inadem;

VI. El Director General de Nacional Financiera, SNC;

VII. El Director General del Banco Nacional de Comercio Exterior, SNC;

VIII. Un representante de los Secretarios de Desarrollo Económico o su equivalente en el Distrito Federal y en las Entidades Federativas;

IX. El Presidente de la Confederación Nacional de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos;

X. El Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo;

XI. El Presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana; y

XII. El Presidente de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación.

El Consejo podrá invitar a participar en las sesiones, con voz pero sin voto, a representantes del Sector Público, del Sector privado, social y del conocimiento, miembros de los consejos estatales y demás especialistas que incidan y coadyuven en el cumplimiento de los objetivos de esta ley.

Por cada uno de los miembros propietarios se deberá nombrar un suplente, en el caso de las dependencias y entidades de la administración pública federal, deberá tener al menos el nivel de director general o su equivalente.

En las ausencias del Presidente del Consejo, el Presidente del Inadem asumirá dichas funciones.

Artículo 19. El Consejo contará con un secretario técnico, a cargo del Inadem,quien dará seguimiento a los acuerdos que emanen de dicha instancia; informará semestralmente al Congreso de la Unión sobre la evolución de los Programas y los resultados alcanzados; y se coordinará con los Consejos Estatales en lo conducente.

Artículo 21. El domicilio del Consejo será en el Distrito Federal y sesionará en las instalaciones del Inadem o de la Secretaría de Economía, siempre que éste no acuerde una sede alterna.

Artículo 24. ..

...

El Consejo Estatal contará con un secretario técnico, que será el delegado de la Secretaría de Economía, o el representante del Inadem, en el Distrito Federal o en la Entidad Federativa de que se trate, quien tendrá la función de dar seguimiento a los acuerdos que de él emanen, así como apoyar al secretario técnico del Consejo para coordinar acciones con el Consejo Estatal.

...

Capítulo Sexto Del Instituto Nacional del Emprendedor

Artículo 27. El Inadem es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía, que tiene por objeto instrumentar, ejecutar y coordinar la política nacional de apoyo incluyente a emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, impulsando su innovación, competitividad y proyección en los mercados nacional e internacional para aumentar su contribución al desarrollo económico y bienestar social, así como coadyuvar al desarrollo de políticas que fomenten la cultura y productividad empresarial.

Artículo 28. El Inadem tiene las atribuciones y facultades ejecutivas que señala esta Ley, y se podrá coordinar con las demás dependencias del Ejecutivo Federal para el fiel cumplimiento de su objeto y demás funciones que le sean instruidas.

Su funcionamiento se regirá por lo dispuesto en esta Ley, los reglamentos de ésta y su reglamento interno.

Artículo 29. Para la realización de su objeto, el Inadem contará con los siguientes recursos:

I. Los bienes muebles e inmuebles, recursos materiales y financieros que le sean asignados;

II. Los ingresos que obtenga por la prestación de servicios y gastos de ejecución, y

III. Las asignaciones que establezca el Presupuesto de Egresos de la Federación;

IV. Los recursos que le aporten las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los Gobiernos de las Entidades Federativas o el Distrito Federal y Municipales;

V. Los recursos que provengan de financiamiento nacional y extranjero, y

VI. Los demás bienes que adquiera por cualquier otro título legal.

Artículo 30. El Inadem estará a cargo de un Presidente, quien será designado por el titular del Ejecutivo Federal.

El Presidente del Inadem deberá cumplir con los siguientes requisitos:

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad;

II. Estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;

III. Ser profesional en las materias afines al objeto de esta Ley;

IV. No haber sido condenado por la comisión de algún delito doloso;

V. Tener cuando menos treinta y cinco años de edad al día de su designación; y

VI. Haberse desempeñado destacadamente en actividades profesionales, de servicio público o académico, relacionadas con la materia de esta ley.

Artículo 31. El presidente del Inadem tendrá las siguientes atribuciones:

I. Representar legalmente al Inadem;

II. Coordinar los trabajos del Inadem;

III. Instrumentar, ejecutar y vigilar la aplicación de las políticas internas que se establezcan en la materia;

IV. Expedir y publicar un informe anual sobre el desempeño de las funciones del Inadem, que incluya los resultados de sus acciones para el desarrollo de la competitividad de las Mipyme;

V. Nombrar y remover al personal al servicio del Inadem señalándole sus funciones y remuneraciones;

VI. Crear las unidades necesarias para el funcionamiento del Inadem y determinar su competencia de acuerdo con su reglamento interno;

VII. Informar al Secretario de Economía sobre los asuntos que sean de la competencia del Inadem;

VIII. Proponer el anteproyecto de presupuesto del Inadem y autorizar el ejercicio del aprobado;

IX. Delegar facultades de autoridad y demás necesarias o convenientes en servidores públicos subalternos, sin perjuicio de su ejercicio directo; y

X. Las demás que le confieran las leyes y reglamentos.

Transitorios

Artículo Primero.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. El Inadem expedirá su reglamento interior dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.

Artículo Tercero.Se derogan aquellas disposiciones que se opongan al presente Decreto.

Notas:

1 Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Presentada por el diputado Carlos Alberto García González, PAN. Turnada a la Comisión de Economía. Gaceta Parlamentaria, martes 28 de abril de 2009.

http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/60/2009/abr/20090428-XII.h tml#Ini20090428-6

2 Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía.

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5284609&fecha=14/0 1/2013

3 Que reforma el artículo 18 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Presentada por el diputado Carlos Alberto García González, PAN. Turnada a la Comisión de Economía. Gaceta Parlamentaria, martes 31 de marzo de 2009.

http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/60/2009/mar/20090331-II.ht ml#Ini20090331-8

Diputados: Carlos Alberto García González, Heberto Neblina Vega, Carmen Lucía Pérez Camarena, Beatriz Eugenia Yamamoto Cáceres, Joaquina Navarrete Contreras, María Guadalupe Mondragón González, Mariana Dunyaska García Rojas, Ramón Antonio Sampayo Ortiz, María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez, Raquel Jiménez Cerrillo, Enrique Alejandro Flores Flores, Rafael Alejandro Micalco Méndez, Rocío Esmeralda Reza Gallegos, José Martín López Cisneros, Alejandra López Noriega, Glafiro Salinas Mendiola, Alicia Concepción Ricalde Magaña, Jorge Francisco Sotomayor Chávez, Gerardo Peña Avilés, Martha Lucía Micher Camarena, Juan Francisco Cáceres de la Fuente, Víctor Rafael González Manríquez, Rafael Acosta Croda, Leonor Romero Sevilla, Martha Leticia Sosa Govea, Erick Marte Rivera Villanueva, Angelina Carreño Mijares, Cristina Ruiz Sandoval, María Celia Urciel Castañeda, Martha Berenice Álvarez Tovar, Liliana Castillo Terreros, Patricia Lugo Barriga, Xavier Azuara Zúñiga, Leslie Pantoja Hernández, Tania Margarita Morgan Navarrete (rúbricas).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, señor diputado, don Carlos Alberto García González.

El diputado José Martín López Cisneros (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Sonido en la curul del diputado Martín López. Dígame usted, señor diputado, ¿con qué objeto?

El diputado José Martín López Cisneros (desde la curul): Con su permiso, presidente. Primero, felicitar al compañero Carlos García, porque es una excelente propuesta la que está haciendo el día de hoy del Instituto Nacional del Emprendedor. Y le pido si me puedo sumar a esta iniciativa. Es cuanto.

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias, señor diputado. Si el proponente no tiene inconveniente, como en este momento nos lo manifiesta, la Secretaría pone a su disposición la iniciativa. Túrnese a la Comisión de Competitividad, para dictamen.



LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES - LEY DE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Roberto López Rosado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 21 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y los artículos 9 y 10 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

El diputado Roberto López Rosado:Muchas gracias, diputado presidente, con su permiso. Presento ante esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 21 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y los artículos 9 y 10 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

Uno de los grandes desafíos del siglo XXI es lograr la verdadera multiculturalidad, la convivencia plural y democrática, y la unidad en la diversidad, encaminada hacia el respeto y el derecho de los pueblos indígenas de México.

Estamos ante la oportunidad histórica de impulsar nuevos retos que permitan al Estado y a la sociedad mexicana tomar conciencia de las demandas que desde hace más de 500 años nuestros pueblos originarios vienen haciendo por el arrebato sufrido en el proceso colonial que trajo como consecuencia la conquista y el avasallamiento por parte de los españoles.

Resulta injusto señalar que, después de que nuestros hermanos indígenas fueron los dueños originarios de las tierras donde actualmente se encuentra asentada y desarrollada nuestra nación, sean hoy un sector minoritario, objeto de desigualdad, discriminación, explotación, negación, invisibilidad y el exterminio casi por completo por parte del Estado mexicano.

Con el impulso de la política indigenista surge una concepción hacia nuestros pueblos indígenas que los catalogaba como un ente marginal que había que proteger. Pero nunca se concibió la necesidad de buscar su desarrollo y participación autogestora e igualitaria, como la demás población mexicana a la que se había integrado.

Lo único que han generado es una actitud paternalista hacia la población indígena, dándole una visión más folclórica, que se mantiene alejada del cumplimiento de las expectativas y principales demandas de los pueblos para participar en el aparato político-administrativo nacional.

Entre las instituciones asistencialistas creadas para atender esta problemática encontramos el Departamento de Educación y Cultura, creado en 1921; la Casa del Pueblo, creada en 1923; la Estación de Incorporación Indígena de Carapan, creada en 1932; el Departamento de Educación Indígena, en 1937; el Departamento de Asuntos Indígenas, en 1938; el Instituto Nacional Indigenista, en 1948; la Dirección General de Educación Indígena, creada en 1978; la Coordinación General de Educación Intercultural Bilingüe, creada en 2001; y el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, en 2005.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto:

Primero. Se reforma el artículo 21 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. Se adiciona una fracción XII al artículo 9 y se reforma el artículo 10 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, para quedar como sigue:

Artículo 21. El director general será designado por el presidente de la República, o a indicación de éste a través del coordinador de sector por el órgano de gobierno, en cuyo proceso de selección se apoyará de las instancias y leyes propias del organismo de que se trate, debiendo recaer el nombramiento en una persona que reúna los siguientes requisitos:

I. Ser ciudadano mexicano de origen indígena y estar en pleno goce de sus y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

II. Tener 30 años de edad cumplidos al día de su elección;

III. Contar con conocimientos y experiencias en materia de derechos indígenas, así como de las leyes mexicanas y los instrumentos jurídicos internacionales;

IV. Tener preferentemente título de licenciado en educación en derecho o licenciaturas afines, y tener conocimiento de un dialecto o idioma indígena mexicano como mínimo.

Ésta es la propuesta. Esperemos sea tomada en cuenta. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma los artículos 21 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y 9o. y 10 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, a cargo del diputado Roberto López Rosado, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado Roberto López Rosado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución  Democrática,  en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y fracción I de los artículos 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 21 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y los artículos 9 y 10 de la Ley de la Comisión  Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas con la siguiente

Exposición de Motivos

Uno de los grandes desafíos del siglo XXI es lograr la verdadera multiculturalidad, la convivencia plural y democrática, y la unidad en la diversidad encaminada hacia el respeto y el derecho de los pueblos indígenas de México. Estamos ante la oportunidad histórica de impulsar nuevos retos que permitan al Estado y a la sociedad mexicana tomar conciencia de las demandas que desde hace más de quinientos años nuestros pueblos originarios vienen haciendo por el arrebato sufrido en el proceso colonial, que trajo como consecuencia la conquista y el avasallamiento por parte de los españoles.

Resulta injusto señalar que después de que nuestros hermanos indígenas fueron los dueños originarios de las tierras donde actualmente se encuentra asentada y desarrollada nuestra nación, sean hoy un sector minoritario objeto de la desigualdad, discriminación, explotación, negación, invisibilidad y el exterminio por parte del Estado mexicano.

Con el impulso de la política indigenista, surge una mala concepción hacia nuestros pueblos indígenas que los catalogaba como un ente marginal “que había que proteger”, pero nunca se concibió la necesidad de buscar su desarrollo y participación autogestora e igualitaria como la demás población mexicana a la que se había integrado, lo único que han generado es una actitud paternalista hacia la población indígena dándole una visión más folklórica, que se mantiene alejada del cumplimiento de las expectativas y principales demandas de los pueblos para participar en el  aparato político y administrativo nacional.

Entre las instituciones asistencialistas creadas para atenderlos encontramos el Departamento de Educación y Cultura, creado en 1921; La Casa del Pueblo, creada en 1923; La Estación de Incorporación Indígena de Carapan, creada en 1932; el Departamento de Educación Indígena, creado en 1937; el Departamento de Asuntos Indígenas, creado en 1938; el Instituto Nacional Indigenista (INI), creado en 1948; la Dirección General de Educación Indígena (DGEI), creada en 1978; Coordinación General de Educación Intercultural Bilingüe, creada en 2001; el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas en el 2005, así como la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), que vino a sustituir al INI en 2003.

Sin embargo, el fracaso que hasta ahora se ha tenido con estas instituciones radica en que fueron creadas desde el escritorio sin pedir opiniones y mucho menos, consultar a los propios indígenas sobre sus necesidades reales. Por si fuera poco, jamás han sido tomados en cuenta para su administración y funcionamiento, siendo común que hasta la fecha las personas que están al frente de estas instituciones para los indígenas, desconozcan el tema de fondo ya que sólo están ahí por compromisos políticos.

Jurídicamente, existe el reconocimiento parcial de los derechos de nuestros pueblos y comunidades indígenas consagrado en el  artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, hecha posible con la reforma constitucional indígena del 2001. Dicho artículo, además de reconocer el derecho de nuestros pueblos, también establece la obligación del Gobierno para que conjuntamente con la participación de nuestros hermanos indígenas se diseñen las políticas públicas necesarias para superar el rezago en el que se encuentran históricamente.

En el mismo sentido el artículo 26 constitucional, también funda la participación de los diferentes sectores de la población para elaborar el Plan Nacional de Desarrollo en materia indígena. Dicha disposición se encuentra fortalecida por el propio artículo 2 constitucional que en su apartado B, párrafo I establece la obligación del Estado en sus tres órdenes de gobierno para “promover  la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria” y en la fracción IX establece textualmente el deber de “consultar a los pueblos indígenas en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo y de los estatales y municipales y, en su caso, incorporar las recomendaciones y propuestas que realicen”.

En el derecho internacional  también encontramos avances significativos en materia indígena, considerando como un instrumento fundamental en el tema al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ratificado por el Senado en julio de 1990, y que en sus artículos 6 y 7 plasma el derecho a la Consulta lo que constituye un soporte más para normar y garantizar los derechos de pueblos indígenas en su lucha por conservar su existencia.

Lamentablemente la realidad es otra, ya que se observa claramente como de manera cotidiana y frente a la ley el gobierno, se siguen pisoteando los derechos de nuestros hermanos. En este sentido, ni el gobierno federal, ni los gobiernos estatales y municipales, han creado instituciones específicas que atiendan las demandas indígenas y mucho menos, reitero, ha existido el interés de incluirlos en el funcionamiento de las instituciones indigenistas.

Es el tiempo ideal para reflexionar y tomar conciencia, las diferentes instancias del gobierno y la sociedad debe cambiar su trato con los pueblos indígenas, es un esfuerzo por establecer un nuevo tejido social que considere la diversidad cultural de nuestra nación. Es tiempo de superar la exclusión en que se han mantenido los pueblos indígenas del proyecto nacional.

Por ello, considero urgente un reordenamiento del aparato institucional que tome en cuenta a los pueblos indígenas como parte fundamental de todos los programas que se desarrollen en los diferentes espacios institucionales y además en el que ellos mismos puedan  proponer y acordar conjuntamente con el Estado lo que realmente necesitan.

Por lo cual, mi propuesta va dirigida hacia la  Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) que desde el 2001 fue creada para orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas, sin que hasta la fecha se tengan los resultados esperados.

Después de 12 años del gobierno panista las políticas públicas implementadas por la CDI se caracterizaron por ser un total fracaso y porque además, fue un periodo en el que se borraron de la agenda legislativa los avances significativos alcanzados en la lucha por la defensa y el reconocimiento de los derechos de los pueblos disminuyéndose a un simple tema de asistencia social. En estos 12 años las maneras de resolver los despojos históricos, la discriminación, y las vulneraciones a los derechos humanos del sector privado con la complicidad del gobierno fueron con tinacos, piso firme, oportunidades, y otras componendas que en ningún momento tuvieron un verdadero impacto regional que los beneficiara.

Con el regreso del PRI al gobierno federal y en lo que va de su actual administración, la CDI sigue sin mostrar cambio alguno que beneficie a los indígenas, son pocos los avances en programas reportados por esta dependencia en lo que va del nuevo sexenio, en los que pareciera haber más interés en la remodelación de las oficinas centrales que en los propios indígenas.

En este tenor, importantes líderes indígenas de los diferentes partidos políticos, organizaciones y académicos también han denunciado el desinterés del actual gobierno federal encabezado por Enrique Peña Nieto sobre el “tema indígena”  que según ellos, se reflejó desde el nombramiento de una titular ajena a los pueblos indígenas, nombramiento al que han catalogado hasta por propios hermanos priistas como una política de desplazamiento y usurpación del derecho de todos aquellos profesionistas indígenas que tienen mayor merito y experiencia para encabezar esta institución creada por ellos y para ellos.

Por lo tanto y con la única intención de redireccionar  el deficiente funcionamiento de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y dirigirla hacia la verdadera  conservación, preservación y desarrollo de nuestros pueblos, y una vez quedado comprobado el fracaso obtenido durante más de 12 años  por la inexperiencia de las personas que han estado al frente de esta institución, resulta fundamental plantar la participación directa de los pueblos dentro de la  Comisión. Para lograrlo es necesario proponer que el titular de la CDI sea un representante de origen indígena, que tenga un compromiso real con los pueblos originarios, que además de conocer sus principales necesidades y prioridades,  haya luchado junto con ellos para lograr el reconocimiento irrestricto de sus derechos humanos y sobre todo, que tenga la preparación y experiencia necesaria para entrenar esta responsabilidad y trasforman la política indigenista imperante  a una política indígena que propicie el desarrollo integral de nuestros pueblos originarios.

Tenemos un importante reto de realizar las adecuaciones legislativas que permitan avanzar en la consolidación de un marco jurídico justo para nuestros pueblos originarios, que permita potenciar sus derechos colectivos  frente al Estado, que hasta hoy por más de 500 años, siguen siendo pisoteados por los megaproyectos mineros, forestales, eólicos, carreteros, turísticos, que solamente ha generado mayor empobrecimiento, despojo, emigración y más  violencia entre las propias comunidades.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Primero. Se reforman los artículos 21 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, para quedar como sigue:

Artículo 21. El director general será designado por el presidente de la República, o a indicación de éste a través del coordinador de sector por el órgano de gobierno, en cuyo proceso de selección se apoyará de las instancias y leyes propias del organismo de que se trate, debiendo recaer tal nombramiento en persona que reúna los siguientes requisitos:

I. a III. ...

Segundo. Se reforma el artículo 10, y se adiciona una fracción XII al artículo 9 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas para quedar como sigue:

Artículo 9. La junta de gobierno, además de las atribuciones que le confiere el artículo 58 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, tendrá las siguientes

I. a la XI. ...

XII. Nombrar al director general de la comisión, en el supuesto previsto en el artículo 10 de la presente ley.

Artículo 10. El director general de la comisión será designado y removido por el presidente de la República, de quien dependerá directamente. Para tales efectos, el presidente de la República hará la designación en un plazo de 30 días naturales contados a partir de que se dio la vacante, en caso de no hacerlo en ese plazo, ocupará el cargo la persona que designe la junta de gobierno de la comisión, en sesión inmediata a que se cumpla el plazo, dicha persona designada ocupará el cargo por lo menos dos años, cumplido el plazo el presidente de la Republica podrá ratificarlo o, en su caso, removerlo durante este plazo sólo podrá ser privado de su puesto en los casos y conforme a los procedimientos que establezcan las leyes. Para la designación de quien ocupará el cargo de director general de la comisión, se deberán cumplir además de los requisitos previstos en el artículo 21 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, lo siguiente:

Ser ciudadano mexicano de origen indígena y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

II. Tener treinta años de edad cumplidos al día de su elección;

III. Contar con conocimientos y experiencia en materia de derechos indígenas, así como de las leyes mexicanas y los instrumentos jurídicos internacionales;

IV. Tener preferentemente título de licenciado en educación, derecho o licenciaturas afines.

 V. Tener conocimiento de un dialecto o idioma indígena mexicano como mínimo.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas publicará en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar 45 días posteriores a la publicación de este decreto, las modificaciones reglamentarias para armonizarlas al presente ordenamiento.

Tercero. Si al momento de la entrada en vigor del presente decreto, el director general de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, cumple con todos los requisitos establecidos en el artículo 10 de la presente ley, el presidente de la República contará con un plazo de 15 días para ratificarlo o removerlo, y en caso de no hacerlo en ese lapso, se tendrá por ratificado y durará en su cargo por lo menos en un periodo de dos años; concluido este el presidente podrá removerlo o ratificarlo.

Cuarto. Si al momento de la entrada en vigor del presente decreto el director general de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, no cumple con los requisitos señalados en el artículo 10 de la presente ley, el presidente de la República tendrá un plazo de 45 días para hacer el nombramiento respectivo, en caso de no hacerlo en ese lapso, la junta de gobierno de la comisión, se reunirá al día siguiente del vencimiento del plazo señalado en este artículo, a fin de hacer el nombramiento, y para tal efecto se tendrá a lo previsto en el artículo 10 de la presente ley.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 24 de septiembre de 2013.— Diputados: Roberto López Rosado, Joaquina Navarrete Contreras, Angelina Carreño Mijares, Cristina Ruiz Sandoval (rúbricas).»

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Gracias a usted, señor diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Asuntos Indígenas, para dictamen.



LEY GENERAL DE POBLACION

El Presidente diputado Ricardo Anaya Cortés: Tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, la diputada Mónica García de la Fuente, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Población, suscrita por el diputado Tomás Torres Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

La diputada Mónica García de la Fuente:Con su permiso, presidente. Estimadas compañeras y compañeros presentes, los que integramos esta Cámara tenemos opiniones muy diversas respecto de diversos temas. Sin embargo, estoy segura de que hay luchas que todos compartimos.

Uno de los temas en los que estoy segura coincidimos es nuestro compromiso inquebrantable con la protección de derechos humanos de todas las personas que se encuentran en territorio nacional. Es por ello que el día de hoy les presentamos una iniciativa que pretende proteger y garantizar el derecho a la identidad de todos los mexicanos.

Como bien saben, la identidad es un derecho fundamental de toda persona, incluso me atrevo a afirmar que la identidad es la base para todos los derechos, ya que no solo se trata de un derecho, sino de un requisito indispensable para el respeto y reconocimiento del resto de los derechos humanos, además de ser necesario para el ejercicio de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.

Nuestros antecesores reconocieron la urgencia de proteger este derecho en 1990, cuando se reformó nuestra Carta Magna para proveer que la expedición del documento que acredite la ciudadanía mexicana son servicios de interés público, y por tanto, responsabilidad que corresponde al Estado y a los ciudadanos.

En 1992 siguió una modificación a la Ley General de Población, que estableció el procedimiento y requisitos para la expedición de la cédula de identidad ciudadana. Es por ello que esta iniciativa, además de agregar elementos de suma importancia para la fehaciente identificación del ciudadano, da un término de 60 días naturales a la Secretaría de Gobernación para iniciar el registro y expedición de la cédula de identidad ciudadana.

Nuestra propuesta es congruente con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, donde establece que en materia de derecho a la identidad, la presente administración se plantea fortalecer el Registro Nacional de Población mediante la emisión del documento establecido por la Ley General de Población que garantice la unicidad de identidad biográfica y biométrica a la población. Pero el contenido de la iniciativa que les presento no busca proteger únicamente a los ciudadanos mexicanos. De hecho su objetivo primordial es proteger la identidad de los más vulnerables: las niñas, niños y adolescentes mexicanos.

En este sentido, la Convención de los Derechos del Niño —de la que México es parte— establece que el Estado está obligado a respetar el derecho del niño a la preservación de su identidad. Para cumplir con esta obligación del Estado mexicano, esta iniciativa propone establecer el Registro Nacional de Menores y la expedición de la Cédula de Identidad Personal como servicios de interés público que presta el Estado. Este cambio indispensable, en virtud de que el texto actual de la Ley General de Población únicamente posibilita a la Secretaría de Gobernación a expedir un documento de identidad para menores, pero no establece claramente cuál es su obligación.

En esta iniciativa se define a la Cédula de Identidad para Menores como una identificación gratuita que contiene el nombre completo, fecha y lugar de nacimiento, código de como barras con la Clave Única de Registro de Población, CURP, nombre completo de los padres o tutores, vigencia, fotografía, registro del iris del ojo, y el número único de cédula de identidad. Dicha identificación protege tanto la identidad jurídica como física, con el iris y las huellas dactilares del menor.

La cédula de identificación para menores de edad además de acreditar la identidad de los menores mexicanos, certifica su nacionalidad, evita la suplantación de identidad y protege los datos personales de los menores. Además facilitará los trámites educativos y de salud.

Esta iniciativa reconoce los esfuerzos que se realizaron para la expedición de la cédula para menores en el segundo bimestre de 2011 y que a la fecha se ha implementado en 15 estados. Sin embargo, también es sabedora de que este programa fue suspendido, por lo que buscamos exhortar a la Secretaría de Gobernación a retomar este programa y dotarlo de todos los elementos necesarios para continuar con esta indispensable labor.

Finalmente, esta iniciativa es clara y establece patentemente la obligación de la Secretaría de Gobernación para iniciar el registro y expedición de la Cédula de Identidad Personal en un término de 60 días naturales a partir de la publicación del decreto. Las bondades de la iniciativa que proponemos son evidentes y ofrecen beneficios claros para todos los mexicanos.

Por lo anterior y con la finalidad de proteger el derecho de la identidad de toda persona, es que el diputado Tomás Torres Mercado y su servidora presentamos esta iniciativa. Es cuanto, muchas gracias, presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Población, a cargo de Mónica García de la Fuente y suscrita por Tomás Torres Mercado, diputados del Grupo Parlamentario del PVEM

Los que suscriben, Mónica García de la Fuente y Tomás Torres Mercado, diputados federales, integrantes de la LXII Legislatura, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en ejercicio de la facultad que confieren la fracción II del artículo 71, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y la fracción I del artículo 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someten a consideración de esta honorable soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley General de Población, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La identidad es un derecho fundamental de toda persona. La organización de los estados americanos la define como “aquellos atributos que permiten individualizar a una persona respecto de las demás. Tiene como elementos: el nombre propio, el o los apellidos, la fecha y el lugar de nacimiento”.  No solo es un derecho sino que es un requisito indispensable para el respeto y reconocimiento del resto de los derechos humanos.

El Programa Interamericano para el Registro Civil Universal y Derecho a la Identidad, aprobado por el Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos el 15 de mayo de 2007, asegura el pleno reconocimiento del derecho a la identidad, indispensable para el ejercicio de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que todo ser humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 36, prevé que “la expedición del documento que acredite la ciudadanía mexicana son servicios de interés público, y por tanto, responsabilidad que corresponde al Estado y a los ciudadanos”.

Por otro lado, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece que “en materia de derecho a la identidad, la presente Administración se plantea fortalecer el Registro Nacional de Población... mediante la emisión del documento establecido por la Ley General de Población, que garantice la unicidad de la identidad biográfica y biométrica de la población”.

Además, el texto del Pacto por México en su compromiso 33 señala que “con el objetivo de garantizar el derecho a la entidad ciudadana, se analizará la necesidad de establecer los cambios jurídicos e institucionales para crear la Cédula de Identidad Ciudadana y el Registro Nacional de Población, asegurando que no se utilice con motivos políticos o electorales”.

En términos de la Ley General de Población, la Secretaría de Gobernación está obligada a la expedición de la Cédula de Identidad Ciudadana mediante la instrumentación del Registro Nacional de ciudadanos, identificación que tendrá pleno valor como medio de identificación de su titular ante la totalidad de las autoridades mexicanas en el interior del territorio nacional y en las representaciones en el exterior y ante todas las personas físicas y morales con domicilio en territorio nacional.

Sin embargo, a la fecha no se ha iniciado el registro y la expedición de dicha cédula. Es por ello que esta iniciativa busca dar impulso a esta identificación estableciendo en su régimen transitorio la obligación a la Secretaría de Gobernación de iniciar el registro y expedición de esta cédula, a la vez que garantiza que los datos contenidos en el registro nacional de ciudadanos y la cédula de identidad ciudadana serán tratados como información confidencial.

En este sentido, esta iniciativa propone sancionar a los servidores públicos que hagan mal uso de esta información.

Por otro lado, la Convención de los Derechos del Niño establece que el Estado está obligado a respetar el derecho del niño a la preservación de su identidad.

El artículo 7 de dicha Convención señala que el niño tendrá derecho desde que nace a un nombre, una nacionalidad y a ser cuidado por sus padres.

La Ley General de Población atribuye a la Secretaría de Gobernación, la facultad de registrar y acreditar la identidad de todas las personas residentes en el país, y específicamente menciona que será posible expedir un documento de identificación a los mexicanos menores de 18 años; sin embargo, no establece claramente la obligación de esta dependencia de registrar y emitir un documento de identidad para los menores de edad.

Sin embargo, la Secretaría de Gobernación, durante el sexenio anterior, comenzó la expedición de la cédula de identidad para menores que es el documento oficial de identificación para personas de 4 a 17 años de edad.

Esta iniciativa propone establecer la obligatoriedad del Registro Nacional de Menores y de la expedición de la Cédula de Identidad Personal. Prevé que dicha cédula es una identificación gratuita que deberá  contener el nombre completo, fecha y lugar de nacimiento, código de barras con la Clave Única de Registro de Población (CURP), nombre completo de los padres o tutor, vigencia, fotografía, registro del iris de un ojo y el Número Único de Cédula de Identidad.

Dicha identificación protegerá tanto la identidad jurídica (nombre, CURP, nombre de los padres) como física (rostro, iris y huellas dactilares) del menor.

La Cédula de Identificación para menores de edad, además de acreditar la identidad de los menores mexicanos, certifica la nacionalidad, evita la suplantación de identidad y protege los datos personales de los menores. Además, facilitará trámites educativos y de salud.

Asimismo, y tomando en consideración la importancia de mantener la confidencialidad de los datos personales de los menores de edad, se les da el carácter de información confidencial y se propone sancionar a los servidores públicos que hagan mal uso de esta información.

De conformidad con lo expuesto, se propone la discusión y, en su caso, aprobación del siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se reforman los artículos 107, 109 y 111 y se agregan los artículos 112 Bis 1, 112 Bis 2, 112 Bis 3, 112 Bis 4, 112 Bis 5, 112 Bis 6, 112 Bis 7, 112 Bis 8 y 116  de la Ley General de Población para quedar en los siguientes términos:

Capítulo VIIRegistro nacional de ciudadanos y cédula de identidad ciudadana

Artículo 107. La Cédula de Identidad Ciudadana contendrá cuando menos los siguientes datos y elementos de identificación:

I. Apellido paterno, apellido materno y nombre (s);

II. Clave Única de Registro de Población;

III. Fotografía del titular;

IV. Lugar de nacimiento;

V. Fecha de nacimiento;

VI. Firma, huella dactilar e imagen del iris.

Artículo 109. La Cédula de Identidad Ciudadana deberá renovarse:

I. A más tardar, noventa días antes de que concluya su vigencia; la cual no podrá exceder de 10 años;

II. Cuando esté deteriorada por su uso;

III. Cuando los rasgos físicos de una persona cambien de tal suerte que no se correspondan con los de la fotografía que porta la cédula; y

IV. Cuando por causas justificadas la Secretaría de Gobernación determine que es necesario cambiar el formato del documento de identidad.

En todos los casos, el portador deberá devolver la Cédula de Identidad Ciudadana anterior al momento de recoger la nueva.

Artículo 111. Todos los datos personales contenidos en el Registro Nacional de Ciudadanos y en la Cédula de Identidad Ciudadana se considerarán información confidencial en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Capítulo VII BisRegistro nacional de menores y cédula de identidad personal

Artículo 112 Bis 1. El Registro Nacional de Menores y la expedición de la Cédula de Identidad Personal son servicios de interés público que presta el Estado, a través de la Secretaría de Gobernación.

Artículo 112 Bis 2. Para efecto del documento de identificación para los mexicanos y mexicanas menores de dieciocho años, se expedirá la Cédula de Identidad Personal.

Artículo 112 Bis 3. La Cédula de Identidad Personal deberá contener, cuando menos, los siguientes datos y elementos de identificación:

a) Nombre completo;

b) Sexo del o la menor;

c) Lugar y fecha de nacimiento;

d) Nombres completos del padre y la madre;

e) Clave Única de Registro de Población;

f) Fotografía del titular;

g) La codificación de la imagen del iris; y

h) Lugar y fecha de expedición.

Artículo 112 Bis 4. La Cédula de Identidad Personal podrá ser solicitada por los padres o tutores del menor.

Cuando éste haya cumplido los catorce años podrá solicitarla personalmente.

Artículo 112 Bis 5. El Registro Nacional de Población sólo podrá acreditar fehacientemente la identidad del o la menor una vez que se le haya expedido la Cédula de Identidad Personal.

Artículo 112 Bis 6. La Cédula de Identidad Personal tendrá una vigencia de seis años, y podrá renovarse cuando a criterio de los padres o tutores los rasgos físicos del o la menor no correspondan con los de la fotografía que porta la cédula.

También deberá renovarse cuando por causas justificadas la Secretaría de Gobernación determine que es necesario cambiar el formato del documento de identidad.

Artículo 112 Bis 7. Las autoridades mexicanas, ya sea en el país o en el extranjero, y las personas físicas y morales con domicilio en el país, deberán darle plena validez a la Cédula de Identidad Personal como medio de identificación del o la menor.

Artículo 112 Bis 8.Todos lo datos personales contenidos en el Registro Nacional de Menores y en la Cédula de Identidad Personal se considerarán información confidencial en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Artículo 116. Se impondrá multa de mil a mil quinientos salarios a quien haga uso indebido de los documentos de los registros poblaciones que están bajo su resguardo y/o a quien emita documentos de identificación previstos en esta Ley contrario a los requisitos y procedimientos que correspondan.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En un término de 60 días naturales, la Secretaría de Gobernación deberá iniciar el registro y expedición de la Cédula de Identidad Ciudadana y la Cédula de Identidad Personal.

Tercero. La autoridad electoral deberá trasmitir a la Secretaría de Gobernación, integralmente los recursos materiales, financieros y humanos del área encargada del registro y expedición de  la credencial de elector, incluyendo al personal a su servicio, las asignaciones presupuestales autorizadas, mobiliario, vehículos, instrumentos, aparatos, maquinaria, archivos y demás bienes que haya utilizado para la atención de los asuntos a su cargo.

Cuarto. El personal del área encargada del registro y expedición de  la credencial de elector, adscrita a la autoridad electoral, con motivo del presente decreto, deba ser objeto de cambios en su adscripción de trabajo, conservará sus derechos laborales.

Quinto. La autoridad electoral deberá adecuar, en un término de 180 días naturales, su normatividad para adecuarla al contenido del presente decreto.

Sexto. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

Presentada en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de octubre de 2013.— Diputadas: Mónica García de la Fuente, Carla Alicia Padilla Ramos, Elvia María Pérez Escalante, Angelina Carreño Mijares, Cristina Ruiz Sandoval (rúbricas).»

Presidencia del diputado José González Morfín

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Se turna la iniciativa a la Comisión de Población, para dictamen.

Quiero saludar a un grupo de mujeres de Promoción Política de la Mujer de varios estados, que están hoy aquí invitadas por la diputada Carmen Lucía Pérez Camarena. Bienvenidas a la sesión.

Del mismo modo, a los integrantes del Instituto para la Educación Integral del Bachiller, que hoy nos acompañan. Bienvenidos todos y todas a la Cámara de Diputados.



CODIGO CIVIL FEDERAL

El Presidente diputado José González Morfín: Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal.

La diputada Zuleyma Huidobro González:Con su permiso, presidente. En la actualidad, en México coexisten distintas clases de hijos bajo regímenes normativos que ponderan distintas filiaciones. Es toda una tipología fabulosa y del absurdo comprendida en las distintas legislaciones civiles y familiares de las diferentes entidades de la República.

Existen hijos de padres desconocidos, hijos adulterinos, incestuosos, expósitos y abandonados, así como naturales, adoptivos y de concubinato, hijos de la calle y de la cárcel, irregulares y mánceres, sacrílegos, emancipados, putativos y legitimados, o de matrimonio y fuera de él. Todo un catálogo de denominaciones culturales y ofensivas, en claro detrimento de los derechos humanos elementales.

Las disposiciones jurídicas que comprenden las anteriores denominaciones citadas, vigentes en este siglo en toda la República mexicana, son una expresión desmesurada de la degradación y la ignorancia del derecho familiar, que aún hoy en día prevalece en nuestro sistema civil, específicamente en materia de filiación.

Que en la actualidad se mantengan diversos calificativos denigrantes que se imputan a los hijos, fundados en el origen de las relaciones sexuales de su padre y de su madre, o que subsista la inequidad de otorgar al padre el derecho de contradecir esa paternidad en ciertos casos, o en el extremo la obligación de la madre a reconocerlo por el solo hecho de nacimiento, constituyen anomalías jurídicas que deben de ser resarcidas.

El tema de la filiación es esencial para el derecho familiar. La clase de hijos que cada persona tiene —de acuerdo con la ley— produce efectos jurídicos en distintos niveles fundamentales, ya sean sucesorios, alimenticios, de parentesco, de origen familiar o de paternidad.

En la mayoría de los estados del país, unos más y otros menos, tienen diferentes clases de hijos de los señalados anteriormente, lo que resulta en toda una paradoja, porque en el año 2013, en pleno siglo XXI, no es posible aceptar que se siga calificando a los hijos por la clase de relación sexual de sus padres y que además se les escatimen sus derechos humanos, sin mencionar que en la última instancia no pueden quedar sujetos ni a la voluntad de sus padres ni a las obsoletas y caducas leyes que para desgracia nuestra siguen vigentes en la mayor parte del territorio de la República mexicana.

En este orden de ideas, cobra relevancia el concepto de filiación que se tiene y que opera en la mayoría de las normas de derecho familiar en el país. La filiación es el vínculo que se establece entre el padre, la madre y el hijo. De ahí surge la filiación consanguínea o adoptiva. Jurídicamente esta relación implica más deberes y obligaciones por cumplir de parte de los progenitores que derechos a exigir.

La filiación que no se reconoce voluntariamente puede ser objeto de un juicio donde se determine si es hijo o no del señor, de la señora o de la pareja.

En México existe un refrán que resulta ampliamente ejemplificativo: Los hijos de mis hijas mis nietos serán. Los hijos de mis hijos quién sabe de dónde vendrán.

La filiación se basaba tradicional y esencialmente en un hecho de confianza, y posteriormente, en diferentes hipótesis legales en las que el común denominador era aleatorio. Es decir, no se podía determinar con la certeza con la que se hace en la actualidad la verdadera filiación del hijo o la hija.

Frente a estas atrocidades, la Convención de los Derechos del Niño —de la cual nuestro país forma parte— ha emitido disposiciones verdaderamente protectoras de los menores en defensa de sus derechos humanos. Sin embargo, ni las convenciones internacionales ni las leyes secundarias han servido para proteger a los menores por el hecho circunstancial de su nacimiento.

Resulta impostergable revisar la mayor parte de los códigos civiles de la República mexicana en cuanto a las normas de derecho familiar, para eliminar las que discriminan a los hijos por su origen o por las relaciones sexuales de sus padres. Es una realidad que atenta contra los derechos humanos fundamentales de los niños, de la mujer, del hombre y de la familia en general.

Deben desaparecer de todas las legislaciones las denominaciones de hijos adulterinos, incestuosos, de la cárcel, de madre desconocida, huérfanos, de la calle, expósitos, abandonados, adoptivos, de padre desconocido, legitimados, de concubinato y de matrimonio. Pero que desaparezcan tales denominaciones en materia de afiliación no constituye solo un asunto de carácter terminológico, implica también la formación de derivaciones contradictorias y nocivas que repercuten en la implementación de la norma que se tutela.

No obstante, lo significativo de esta iniciativa no radica en el quiebre de la racionalidad estipulada en las normas que permean el concepto de filiación, sino en el enorme —repito— proceso de discriminación y violación de los derechos fundamentales de niños, mujeres y familias en general, que subsisten y operan verdaderamente en el entramado de denominaciones ofensivas y denigrantes.

Se somete a la consideración de esta honorable soberanía la iniciativa por la que se reforman los artículos 54, 55, 58, 59, 60, 62, 65, 69, 86 y 360. Se adicionan los artículos 61, 66, 67, 84 y 383 y se derogan los artículos 62, 64, 77, 354, 355, 356, 357, 358 y 359 del Código Civil Federal, solicitando que el texto íntegro de esta iniciativa sea incluido en el Diario de los Debates. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Zuleyma Huidobro González, diputada federal integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 54, 55, 58, 59, 60, 63, 65, 69, 86, y 360; se adicionan los artículos 61, 66, 67, 84 y 383, y se derogan los artículos 62, 64, 77, 354, 355, 356, 357, 358 y 359 del Código Civil Federal, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En la actualidad en México coexisten distintas clases de hijos bajo regímenes normativos que ponderan distintas filiaciones. Es toda una tipología fabulosa y del absurdo comprendida en las distintas legislaciones civiles y familiares de las diferentes entidades de la República.

Existen hijos de padres desconocidos, hijos adulterinos, incestuosos, expósitos y abandonados, así como naturales, adoptivos y de concubinato; hijos de la calle y de la cárcel, irregulares y mánceres, sacrílegos, emancipados, putativos y legitimados, o de matrimonio y fuera de él. Todo un catálogo de denominaciones culturales decimonónicas y ofensivas, en claro detrimento de los derechos humanos elementales.

Las disposiciones jurídicas que comprenden las anteriores denominaciones citadas, vigentes en este nuevo siglo en toda la República Mexicana, son una expresión desmesurada de la degradación y la ignorancia en Derecho Familiar que aún hoy en día prevalece en nuestro sistema civil, específicamente en la materia de Filiación.

Que en la actualidad se mantengan diversos calificativos denigrantes que se imputan a los hijos fundados en el origen de las relaciones sexuales de su padre y madre, o que subsista la inequidad de otorgar al padre el derecho de contradecir esa paternidad en ciertos casos, o en el extremo, la obligación de la madre a reconocerlo por el sólo hecho del nacimiento, constituyen anomalías jurídicas que deben ser resarcidas.

El tema de la filiación es esencial para el derecho familiar. La clase de hijos que cada persona tiene, de acuerdo con la ley, produce efectos jurídicos en distintos niveles fundamentales, ya sean sucesorios, alimenticios, de parentesco, de origen familiar o de paternidad.

La extensa literatura jurídico-familiar expresa en sus obras, que el hijo máncer recibió ese calificativo por ser el producto de la relación entre una mujer prostituta y un hombre cualquiera. El sacrílego, cuando es consecuencia de la relación sexual entre una persona que ha hecho votos de castidad –hombre o mujer- y que se vincula con otro u otra de la vida común. El barragano, deriva de la unión entre un cura y una mujer, teniendo aquél el permiso de vivir como si fuera casado.

El adulterino puede ser, sencillo o doble. En el primer supuesto se da cuando él o ella son casados y tienen una relación sexual con alguien que no lo es; en el segundo supuesto, si ambos están casados con distintas personas y tienen ese hijo en común.

El incestuoso emerge de la relación sexual entre parientes consanguíneos –el padre que embaraza a la hija; la madre embarazada por el hijo o entre hermanos.

Los hijos de matrimonio son producto de esa relación y reciben ese calificativo. Los legitimados son aquellos hijos que sus padres los engendraron antes de casarse al formalizar el matrimonio, los presentan y le expresan al Juez del Registro Civil, que en el momento de celebrar la unión conyugal, legitiman a sus hijos.

Los naturales son los hijos concebidos por el padre y madre, cuando no tenían impedimento legal para contraer matrimonio. Los adoptivos son producto de esta figura jurídica.

Los hijos de concubinato surgen de la relación sexual entre dos personas que sin tener impedimento legal para casarse hacen vida en común durante dos años, según la legislación civil del Distrito Federal.

Técnicamente se dice que un hijo es expósito, cuando el padre, la madre o ambos, lo exponen en el quicio de una puerta. El abandonado se parece al anterior, sin embargo surge al dejar en un albergue, en un orfanato, en un hospicio o en el propio hogar, sin protección alguna. Los huérfanos son hijos que carecen de padre y madre y que esa situación los ubica en la orfandad.

Los hijos de la cárcel han sido calificados de esa forma, cuando la madre, estando internada en un reclusorio, da a luz en ese lugar.

En la categoría de madre desconocida, entra el hijo que carece de ésta. Lo mismo ocurre en el supuesto del padre que no se conoce, y cuando se trata de que tanto la madre cuanto el padre sean desconocidos, el hijo recibe el calificativo por partida doble. Podría darse el caso, que la madre conocida se presente al Registro Civil, inscriba al hijo como suyo y exprese que el padre es desconocido; lo mismo en la hipótesis contraria, que el padre se presente, lo registre y exprese que no conoce a la madre. Y si fuera un tercero quien lo lleve a registrar, podría expresar que no conoce ni al padre ni a la madre y de ahí que surja esa clase de filiación.

Finalmente en esta tipología desmesurada, el hijo putativo surge cuando parece ser hijo de alguien y no lo es. Por ejemplo el arrimado, el sobrino, el que va a ser adoptado o el acogido, que es quien carece de padre o madre pero está integrado a una familia.

En la mayoría de los estados del país, unos más y otros menos, tienen diferentes clases de hijos de los señalados anteriormente. Lo que resulta en toda una paradoja, porque en el año 2013, en pleno siglo XXI, no es posible aceptar que se siga calificando a los hijos por la clase de relación sexual de sus padres y que además se les escatimen sus derechos humanos, sin mencionar que en última instancia, no pueden quedar sujetos ni a la voluntad de sus padres, ni a las obsoletas y caducas leyes que para desgracia nuestra, siguen vigentes en la mayor parte del territorio de la República Mexicana.

En este orden de ideas, cobra relevancia el concepto de filiación que se tiene y que opera en la mayoría de las normas de Derecho Familiar en el país.

La filiación es el vínculo que se establece entre el padre y la madre y el hijo. De ahí, surge la filiación consanguínea o adoptiva. Jurídicamente, esta relación, implica más deberes y obligaciones por cumplir de parte de los progenitores, que derechos a exigir. La filiación que no se reconoce voluntariamente, puede ser objeto de un juicio donde se determine si es o no hijo del señor, de la señora o de la pareja.

En el pasado, remontándonos hasta el derecho romano, se decía que la madre siempre era cierta “mater semper certa est”, por el sólo hecho del nacimiento. Se creía en aquella época, que por esta circunstancia la madre no tenía alternativa de negar al hijo. Y si bien podía darse la sustitución de infante o la simulación de un embarazo, al no descubrirse, el aforismo latino se aplicaba.

Respecto al hombre, desde entonces se disponía que el padre del hijo fuera el esposo de la señora, “pater ist est quod nuptia demostrant”. De esta manera, por la confianza del hombre en la mujer, se derivaba la paternidad de éste.

En México, existe un refrán que resulta ampliamente ejemplificativo: “Los hijos de mis hijas mis nietos serán, los hijos de mis hijos, quién sabe de dónde vendrán”. La filiación se basaba tradicional y esencialmente, en un hecho de confianza y posteriormente, en diferentes hipótesis legales, en las que el común denominador era aleatorio; es decir, no se podía determinar con la certeza con la que se hace en la actualidad, la verdadera filiación del hijo o la hija.

Frente a estas atrocidades, la Convención de los Derechos del Niño ,a la cual nuestro país suscribió y forma parte , ha emitido disposiciones verdaderamente protectoras de los menores en defensa de sus derechos humanos.

La convención es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante que incorpora toda la gama de derechos humanos: civiles, culturales, económicos, políticos y sociales. En 1989, los dirigentes mundiales decidieron que los niños y niñas debían de tener una Convención especial destinada exclusivamente a ellos.

La convención establece derechos en 54 artículos y dos Protocolos Facultativos. Define los derechos humanos básicos que disfrutan los niños y niñas en todas partes: el derecho a la supervivencia; al desarrollo pleno; a la protección contra influencias peligrosas, los malos tratos y la explotación; y a la plena participación en la vida familiar, cultural y social. Los cuatro principios fundamentales de la convención son la no discriminación; la dedicación al interés superior del niño; el derecho a la vida, la supervivencia y desarrollo; y el respeto por los puntos de vista del niño. Todos los derechos que se definen en la convención son inherentes a la dignidad humana y el desarrollo armonioso de todos los niños y niñas. La Convención protege los derechos de la niñez al estipular pautas en materia de atención de la salud, la educación y la prestación de servicios jurídicos, civiles y sociales.

Al aceptar las obligaciones de la convención nuestro país se ha comprometido a proteger y asegurar los derechos de la infancia y han aceptado que se les considere responsables de este compromiso ante la comunidad internacional. Los Estados parte de la convención están obligados a la estipular y llevar a cabo todas las medidas y políticas necesarias para proteger el interés superior del niño.

De igual manera, al interior de la normatividad mexicana, la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolecentes, fundamentada en el sexto párrafo del artículo 4o. constitucional, establece claramente en su artículo 3o., del Título Primero, los principios rectores que orientan la protección jurídica de los niños, enunciando sin equívocos “el interés superior de la infancia”, la no discriminación y la igualdad sin distinción de raza, edad, sexo o religión entre otras, así como aquellas surgidas por “circunstancias de nacimiento o cualquiera otra condición suya o de sus ascendientes, tutores o representantes legales”.

No obstante, ni las convenciones internacionales ni las leyes secundarias, han servido para proteger a los menores por el hecho circunstancial de su nacimiento.

Resulta impostergable revisar la mayor parte de los Códigos Civiles de la República Mexicana en cuanto a las normas de Derecho Familiar, para eliminar las que discriminan a los hijos por su origen, o por las relaciones sexuales de sus padres. Es una realidad que atenta contra los Derechos Humanos fundamentales de los niños, de la mujer, del hombre y de la familia en general. Deben desaparecer de las legislaciones en suma, los hijos adulterinos, incestuosos, de la cárcel, de madre desconocida, huérfanos, de la calle, expósitos, abandonados, adoptivos, de padre desconocido, legitimados, de concubinato, naturales y de matrimonio.

Pero que desaparezcan tales denominaciones decimonónicas en materia de filiación no constituye sólo un asunto de carácter terminológico, implica también la formación de derivaciones contradictorias y nocivas que repercuten en la implementación de la norma que las tutela.

En el sinnúmero de desaciertos jurídicos que pueden ser percibidos en nuestras legislaciones secundarias, debe considerarse como un grave error el hecho que recoge el Código Civil Federal, al calificar a los hijos tomando en consideración la clase de relación realizada por el padre o por la madre. En otras palabras, si el padre fuera casado y tuviere un hijo con mujer distinta a su cónyuge recibiría el calificativo de adúltero, como sujeto activo de esa conducta. Si de la misma surge un producto se le denominará adulterino, porque esa es la ubicación que la ley le da a esa relación. Lo mismo ocurrirá si la adúltera fuera la madre, con el agravante de que ésta no puede, según el Código Civil Federal, dejar de reconocer a su hijo, por el sólo hecho del nacimiento. Es decir, la madre siempre es cierta por el hecho de la maternidad, aún cuando en ocasiones, sobre todo si tiene relaciones sexuales plurales, ignore no con quiénes ha tenido la relación, sino quién de esos sujetos la embarazó.

Si fuera el caso de un hombre soltero quien tuviere un hijo en una relación de concubinato, para empezar la ley lo considera en términos semejantes al arrendatario: como concubinario. En efecto, el que usa una mujer se parangona con quien tiene el uso y disfrute temporal de una cosa, porque a ella se le denomina concubina y a él, concubino. Las razones son obvias, por lo cual ni siquiera vale la pena comentarlas.

Otro desacierto que se origina de la normatividad civil vigente se establece en el supuesto de discriminación materna e hijo de madre desconocida. El artículo 60 de la Ley Federal en comento, ordena: “para que se haga constar en el acta de nacimiento el nombre del padre de un hijo fuera del matrimonio, es necesario que aquél lo pida por sí o por apoderado especial, constituido en la forma establecida en el artículo 44, haciéndose constar la petición. La madre no tiene derecho de dejar de reconocer a su hijo. Tiene obligación de que su nombre figure en el acta de nacimiento de su hijo. Si al hacer la presentación, no se da el nombre de la madre, se pondrá en el acta que el presentado es hijo de madre desconocida, pero la investigación de la maternidad podrá hacerse ante los tribunales de acuerdo con las disposiciones relativas de este Código. Además de los nombres de los padres, se hará constar en el acta de nacimiento, su nacionalidad y domicilio. En las actas de nacimiento no se expresará que se trata en su caso, de hijo natural”.

Los absurdos legales saltan a la vista. En cuanto al hombre, si no pide que su nombre se anote en el acta respectiva de nacimiento del menor, será casi imposible obligarlo. En cambio a la mujer - mater semper certa est-, se le compele, aunque no quiera, a que su nombre y apellidos se asienten en el acta de nacimiento de su hijo. De la misma forma, si fuera el padre quien hiciera la presentación y no diera el nombre de la madre, resultará que ese hijo es de madre desconocida. Ingenuamente el legislador dice en la parte final del precepto reseñado, que no debe decirse que se trata de un hijo natural.

Otro desatinado jurídico acontece en la hipótesis del hijo incestuoso. Candorosamente, el legislador dice en el artículo 64 de la normatividad Civil Federal que “ Podrá reconocerse al hijo incestuoso. Los progenitores que lo reconozcan tienen derecho de que conste su nombre en el acta, pero en ella no se expresará que el hijo es incestuoso”. Parafraseando el texto anterior, el legislador dice que es una facultad concedida a los padres, reconocer o no al hijo incestuoso, bien entendido que el incesto es la relación sexual entre parientes consanguíneos, como podría ser el padre con su hija y que de ahí naciera un hijo. El otro sinsentido de la ley, es decir que los progenitores tienen derecho y no el deber, que sería lo justo, de reconocer a su hijo y que sus apellidos consten en el acta. El final del precepto por otra parte resulta inexplicable: aunque el hijo sea producto de la relación entre el padre y su hija, aun cuando lleve los mismos apellidos - no podría ser de otra manera-, la ley dice que no se califique de incestuoso, pero el acta convierte en hijo y hermano, padre y abuelo a quien lo engendró.

En el mismo contexto del absurdo y la incoherencia, acontece la hipótesis en plural de hijos de padres desconocidos. El artículo 58 del Código Civil Federal, dice:

El acta de nacimiento se levantará con asistencia de dos testigos. Contendrá el día, la hora y el lugar del nacimiento, el sexo del presentado, el nombre y apellidos que le correspondan; asimismo, la razón de si se ha presentado vivo o muerto; la impresión digital del presentado. Si éste se presenta como hijo de padres desconocidos, el Juez del Registro Civil le pondrá el nombre y apellidos, haciéndose constar esta circunstancia en el acta.

Si el nacimiento ocurriere en un establecimiento de reclusión, el Juez del Registro Civil deberá asentar como domicilio del nacido, el Distrito Federal.

En los casos de los artículo 60 y 77 de este Código el Juez pondrá el apellido paterno de los progenitores o los dos apellidos del que lo reconozca”.

Pero más allá de los errores y desaciertos jurídicos destacados en los preceptos contenidos en el Código Civil Federal en materia de filiación, resulta pertinente señalar aquellos enunciados articulados que más atentan contra los derechos humanos de los niños, las mujeres y la familia en general. La exegesis de los mismos sería redundante y por lo mismo innecesaria:

Artículo 55. “Tienen obligación de declarar el nacimiento, el padre y la madre o cualquiera de ellos, a falta de éstos, los abuelos paternos y, en su defecto, los maternos, dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que ocurrió aquél.

Los médicos cirujanos o matronas que hubieren asistido al parto, tienen obligación de dar aviso del nacimiento al Juez del Registro Civil, dentro de las veinticuatro horas siguientes. La misma obligación tiene el jefe de familia en cuya casa haya tenido lugar el alumbramiento, si éste ocurrió fuera de la casa paterna.

Si el nacimiento tuviere lugar en un sanatorio particular o del Estado, la obligación a que se refiere el párrafo anterior, estará a cargo del Director o de la persona encargada de la administración.

Recibido el aviso, el Juez del Registro Civil tomará las medidas legales que sean necesarias a fin de que se levante el acta de nacimiento conforme a las disposiciones relativas”.

Artículo 59. “Cuando el nacido fuere presentado como hijo de matrimonio, se asentarán los nombres, domicilio y nacionalidad de los padres, los nombres y domicilios de los abuelos y los de las personas que hubieren hecho la presentación”.

Artículo 60. “Para que se haga constar en el acta de nacimiento el nombre del padre de un hijo fuera del matrimonio, es necesario que aquél lo pida por sí o por apoderado especial constituido en la forma establecida en el artículo 44, haciéndose constar la petición.

La madre no tiene derecho de dejar de reconocer a su hijo. Tiene obligación de que su nombre figure en el acta de nacimiento de su hijo. Si al hacer la presentación no se da el nombre de la madre, se pondrá en el acta que el presentado es hijo de madre desconocida, pero la investigación de la maternidad podrá hacerse ante los Tribunales de acuerdo con las disposiciones relativas de este Código.

Además de los nombres de los padres se hará constar en el acta de nacimiento su nacionalidad y domicilio.

En las actas de nacimiento no se expresará que se trata en su caso de hijo natural”.

Artículo 61. “Si el padre o la madre no pudieren concurrir, ni tuvieren apoderado, pero solicitaren ambos o alguno de ellos, la presencia del Juez del Registro, éste pasará al lugar en que se halle el interesado, y allí recibirá de él la petición de que se mencione su nombre; todo lo cual se asentará en el acta”.

Artículo 62. “Si el hijo fuere adulterino, podrá asentarse el nombre del padre, casado o soltero, si lo pidiere; pero no podrá asentarse el nombre de la madre cuando sea casada y viva con su marido, a no ser que éste haya desconocido al hijo y exista sentencia ejecutoria que declare que no es hijo suyo”.

Artículo 63. “Cuando el hijo nazca de una mujer casada que viva con su marido, en ningún caso, ni a petición de persona alguna, podrá el Juez del Registro asentar como padre a otro que no sea el mismo marido, salvo que éste haya desconocido al hijo y exista sentencia ejecutoria que así lo declare”.

Artículo 64. “Podrá reconocerse al hijo incestuoso. Los progenitores que lo reconozcan tienen derecho de que conste su nombre en el acta; pero en ella no se expresará que el hijo es incestuoso”.

Artículo 65. “Toda persona que encontrare un recién nacido o en cuya casa o propiedad fuere expuesto alguno, deberá presentarlo al Juez del Registro Civil con los vestidos, valores o cualesquiera otros objetos encontrados con él, y declarará el día y lugar donde lo hubiere hallado, así como las demás circunstancias que en su caso hayan concurrido, dándose además intervención al Ministerio Público”.

Artículo 66. “La misma obligación tienen los jefes, directores o administradores de los establecimientos de reclusión, y de cualquier casa de comunidad, especialmente los de los hospitales, casas de maternidad e inclusas, respecto de los niños nacidos o expuestos en ellas y en caso de incumplimiento, la autoridad Delegacional impondrá al infractor una multa de diez a cincuenta días del importe del salario mínimo legal fijado en el lugar correspondiente”.

Artículo 67. “En las actas que se levanten en estos casos, se expresarán con especificación todas las circunstancias que designa el artículo 65, la edad aparente del niño, su sexo, el nombre y apellido que se le pongan, y el nombre de la persona o casa de expósitos que se encarguen de él”.

Artículo 68. “Si con el expósito se hubieren encontrado papeles, alhajas u otros objetos que puedan conducir al reconocimiento de aquél, el Juez del Registro Civil, ordenará su depósito ante el Ministerio Público respectivo; mencionándolos en el acta y dando formal recibo de ellos al que recoja al niño”.

Artículo 69. “Se prohíbe absolutamente al Juez del Registro Civil y a los testigos que conforme al artículo 58 deben asistir al acto, hacer inquisición sobre la paternidad. En el acta sólo se expresará lo que deben declarar las personas que presenten al niño, aunque aparezcan sospechosas de falsedad; sin perjuicio de que ésta sea castigada conforme a las prescripciones del Código Penal”.

Artículo 77. “Si el padre o la madre de un hijo natural, o ambos, lo presentaren para que se registre su nacimiento, el acta surtirá todos los efectos del reconocimiento legal, respecto del progenitor compareciente”.

Artículo 84. “Dictada la resolución judicial definitiva que autorice la adopción, el Juez, dentro del término de ocho días, remitirá copia certificada de las diligencias al Juez del Registro Civil que corresponda, a fin de que, con la comparecencia del adoptante, se levante el acta correspondiente”.

Artículo 86. “El acta de adopción simple contendrá los nombres, apellidos y domicilio del adoptante y del adoptado; el nombre y demás generales de las personas cuyo consentimiento hubiere sido necesario para la adopción, y los nombres, apellidos y domicilio de las personas que intervengan como testigos. En el acta se insertarán los datos esenciales de la resolución judicial.

En los casos de adopción plena, se levantará un acta como si fuera de nacimiento, en los mismos términos que la que se expide para los hijos consanguíneos, sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo siguiente”.

Artículo 354. “El matrimonio subsecuente de los padres hace que se tenga como nacidos de matrimonio a los hijos habidos antes de su celebración”.

Artículo 360. “La filiación de los hijos nacidos fuera de matrimonio resulta, con relación a la madre, del solo hecho del nacimiento. Respecto del padre sólo se establece por el reconocimiento voluntario o por una sentencia que declare la paternidad”.

Artículo 383. “Se presumen hijos del concubinario y de la concubina:

I. Los nacidos después de ciento ochenta días contados desde que comenzó el concubinato;

II. Los nacidos dentro de los trescientos días siguientes al en que cesó la vida común entre el concubinario y la concubina”.

Pero siguiendo con la reseña inconcebible del inventario de términos denominativos, desde la perspectiva del derecho penal, el adulterio es un delito que consiste en realizar la cópula en el domicilio conyugal o en cualquier otro lugar con escándalo. Si de esta relación nace un hijo, no se califica a los adúlteros, sino al hijo como producto de esa relación y de ahí que se le llama adulterino.

Pero aún hay más. Desde el punto de vista del derecho familiar, lo que hemos dicho del adulterio como delito no es la causal de divorcio y mucho menos el supuesto de la discriminación del hijo. El adulterio en derecho familiar no requiere la relación sexual, sino faltar al deber de fidelidad. Esto significa que al casarse los cónyuges se prometen mutua fidelidad y al faltar a ésta, pueden ubicarse en el supuesto del adulterio de derecho familiar, más no penal.

El resultado respecto al hijo, otra vez lo perjudica, porque si como consecuencia de faltar a ese deber, el padre o la madre tienen un hijo con una tercera persona, al hijo, se le califica de adulterino, como lo consigna el artículo 62 de la ley citada, que sin ambages ni consideración alguna, dice lisa y llanamente, “Que si el hijo fuera adulterino podrá asentarse el nombre del padre, casado o soltero, si lo pidiere ésta es una opción para el padre, es una facultad que la ley le concede y si él lo pide, nadie se lo puede imponer, puede es una posibilidad, asentarse su apellido, sea él casado o soltero, en el acta de nacimiento del niño”.

Y la ley después arremete contra la madre y expresamente dice, “pero no podrá asentarse el nombre de la madre cuando sea casada y viva con su marido, a no ser que éste haya desconocido al hijo y exista sentencia ejecutoria que declare que no es hijo suyo”. Quizás no sea suficiente señalar la dimensión del equívoco. La estulticia es enciclopédica. Si la madre es casada, no se puede poner su apellido al hijo que tuvo con un sujeto diferente a su marido, situación que está en entredicho, hasta que no se resuelva por una sentencia ejecutoriada. Por otro lado, si es casada y no vive con su marido, a contrario sensu, si le puede poner su apellido al hijo adulterino y finalmente, toda esta historia, ignorando las pruebas del ácido desoxirribonucleico, el legislador dice que si el padre intentó una acción a la que cayó una sentencia ejecutoriada y en la misma se acredita que el hijo adulterino no es de él, la madre podrá ponerle su apellido.

La lista de contradicciones podría continuar. No obstante, lo significativo no radica en el quiebre de la racionalidad estipulada en las normas que permean el concepto de filiación, sino en el enorme proceso de discriminación y violación de los derechos humanos fundamentales de niños, mujeres y familias en general, que subsisten y operan veladamente en el entramado de denominaciones ofensivas y denigrantes.

Por lo anterior, someto a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 54, 55, 58, 59, 60, 63, 65, 69, 86, y 360; se adicionan los artículos 61, 66, 67, 84 y 383, y se derogan los artículos 62, 64, 77, 354, 355, 356, 357, 358 y 359 del Código Civil Federal

Artículo Primero. Se reforman los artículos 54, 55, 58, 59, 60, 63, 65, 69, 86, y 360, quedando como sigue:

Artículo 54. Los hijos no recibirán calificativo alguno, son iguales ante la ley, la familia, la sociedad y el Estado. Todas las declaraciones de nacimiento se realizarán presentando al niño ante el Juez del Registro Civil en su oficina o en el lugar donde aquel hubiera nacido, acompañando el certificado de nacimiento. El certificado de nacimiento deberá ser suscrito por médico autorizado para el ejercicio de su profesión, o persona que haya asistido el parto, en el formato expedido para tal efecto por la Secretaría de Salud correspondiente, el cual contendrá los datos que establezca el Reglamento del Registro Civil. Dicho certificado hace prueba del día, hora y lugar del nacimiento, sexo del nacido y de la maternidad.

En caso de no contar con certificado de nacimiento, el declarante deberá presentar constancia de parto en los términos que lo establezca el Reglamento del Registro Civil correspondiente.

Cuando por causas de fuerza mayor, de conformidad con lo que establezca el reglamento, no se cuente con certificado de nacimiento o constancia de parto, deberá presentar denuncia de hechos ante el Ministerio Público donde se haga constar las circunstancias de los hechos.

Artículo 55. Tienen obligación de declarar el nacimiento ante el Juez del Registro Civil de su elección, de manera indistinta el padre y/o la madre; a falta de éstos, los ascendientes en línea recta, colaterales iguales en segundo grado y colaterales desiguales ascendentes en tercer grado dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que ocurrió aquél.

En caso de registro extemporáneo de nacimiento, deberá estarse a lo que disponga el Reglamento del Registro Civil de la entidad federativa o Municipio correspondiente.

Artículo 58. El acta de nacimiento contendrá el día, la hora y el lugar de nacimiento, el sexodel presentado, el nombre o nombres propios y los apellidos paterno y materno que le correspondan; asimismo, en su caso, la razón de si el registrado se ha presentado vivo o muerto y la impresión digital del mismo. Si se desconoce el nombre de los padres, el Juez del Registro Civil le pondrá el nombre y apellidos, haciendo constar esta circunstancia en el acta.

Si el nacimiento ocurriere en algún establecimiento de reclusión del país, se omitirá tal circunstancia, el Juez del Registro Civil deberá asentar como domicilio del nacido, el que señalen sus padres, o en su caso, quien realice la presentación.

En el caso del artículo 60 de este Código, el Juez del Registro Civil que corresponda, pondrá el apellido paterno de los progenitores o los dos apellidos de quien lo reconozca.

Artículo 59. En todas las actas de nacimiento se deberá asentar los nombres, domicilio y nacionalidad de los padres, los nombres y domicilios de los abuelos y los de las personas que hubieren hecho la presentación.

Artículo 60. El padre y la madre están obligados a reconocer a sus hijos.

Cuando no estén casados, el reconocimiento se hará concurriendo las dos personas o a través de sus representantes, ante el Registro Civil que les corresponda.

La investigación tanto de la maternidad como de la paternidad, podrá hacerse ante los tribunales de acuerdo a las disposiciones relativas a este Código, a los Convenios y Tratados Internacionales así como a los Criterios Jurisprudenciales establecidos para tal efecto.

Además de los nombres de los padres, se hará constar en el acta de nacimiento su nacionalidad y domicilio.

Artículo 63. Se presume, que un hijo nacido en matrimonio es hijo de los cónyuges, salvo que por medio de la prueba del ácido desoxirribonucleico (ADN) se pruebe lo contrario.

Artículo 65. Toda persona que por las condiciones evidentes de abandono, encuentre un recién nacido o en cuya casa o propiedad fuere expuesto alguno, deberá presentarlo al Ministerio Público con los vestidos, valores o cualesquiera otros objetos encontrados con él, y declarará el día y lugar donde lo hubiere hallado así como las demás circunstancias que en su caso hayan concurrido. Una vez lo anterior, el Ministerio Público dará aviso de tal situación al Juez delRegistro Civil correspondiente, para los efectos conducentes.

Artículo 69. Está prohibido totalmente al Juez del Registro Civil y a los testigos si los hubiera, hacer inquisición sobre la paternidad. En el acta sólo se expresará lo que deben declarar las personas que presenten al niño y los testigos; cuando se requieran, en términos de lo dispuesto por el artículo 60, aunque aparezcan sospechosas de falsedad; sin perjuicio de que ésta sea castigada conforme a las prescripciones del Código Penal correspondiente.

Artículo 86. En la adopción plena se levantará un acta como si fuera de nacimiento, en los mismos términos que la que se expide para los hijos consanguíneos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.

Artículo 360. La filiación también se establece por el reconocimiento de padre, madre o ambos o por una sentencia ejecutoriada que así lo declare.

Artículo Segundo.Se adicionan los artículos 61, 66, 67, 84 y 383, quedando como sigue:

Artículo 61. Si el padre o la madre no pudieren concurrir, ni tuvieren apoderado, pero solicitaren ambos o alguno de ellos, la presencia del Juez del Registro Civil, éste pasará al lugar en que se halle el interesado, y allí recibirá de él la petición de que se mencione su nombre; todo lo cual se asentará en el acta.

Artículo 66. La misma obligación tienen los jefes, directores o administradores de los establecimientos de reclusión, y de cualquier casa de comunidad, especialmente los de los hospitales, casas de maternidad e incluso, respecto de los niños nacidos o expuestos en ellas y en caso de incumplimiento, la autoridad competente de las 31 entidades federativas incluyendo al Distrito Federal que corresponda, impondrá al infractor una multa de cien a quinientos días del importe del salario mínimo general diario vigente en la entidad.

Artículo 67. En las actas que se levanten en estos casos, se expresarán con especificación todas las circunstancias que designa el artículo 65, la edad aparente del niño, su sexo, el nombre y apellido que se le pongan, y el nombre de la persona o casa de reposo, o Centro Infantilque se encarguen de él.

Artículo 84. Dictada la resolución judicial definitiva que autorice la adopción, el Juez, dentro del término de tres días, remitirá copia certificada de las diligencias al Juez del Registro Civil que corresponda, a fin de que, con la comparecencia del adoptante, se levante el acta correspondiente.

Artículo 383. Se presumen hijos del concubino y de la concubina:

I. Los nacidos dentro del concubinato; y

II. Los nacidos dentro de los trescientos días siguientes en que cesó la vida común entre el concubino y la concubina.

Artículo Tercero.Se derogan los artículos 62, 64, 77, 354, 355, 356, 357, 358, quedando como sigue:

Artículo 62. Se deroga

Artículo 64. Se deroga

Artículo 77. Se deroga

Artículo 354. Se deroga

Artículo 355. Se deroga

Artículo 356. Se deroga

Artículo 357. Se deroga

Artículo 358. Se deroga

Artículo 359.Se deroga

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo, a los 9 días del mes de octubre de 2013.— Diputadas: Zuleyma Huidobro González, Leonor Romero Sevilla, Aurora  de la Luz Aguilar Rodríguez, Angelina Carreño Mijares, Cristina Ruiz Sandoval (rúbricas).»

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada, con mucho gusto. Sonido en la curul en que se encuentra la diputada Malú Mícher, por favor.

La diputada Martha Lucía Mícher Camarena(desde la curul): Gracias, señor presidente. Solicito turno a la Comisión de Igualdad de Género de esta iniciativa, por favor.

El Presidente diputado José González Morfín: Si la diputada no tiene inconveniente. Viene con turno solo a la Comisión de Justicia, para dictamen. Pero lo podríamos otorgar a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.

La diputada Martha Lucía Mícher Camarena (desde la curul): Para la cuestión de igualdad, sí. Si lo pudieran hacer para opinión sería bueno.

El Presidente diputado José González Morfín: Con mucho gusto, diputada. Queda turnada la iniciativa a la Comisión de Justicia, para dictamen y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión. Por supuesto, se insertará íntegra en el Diario de los Debates.

Sonido por favor en la curul del diputado Camarena.

El diputado Felipe Arturo Camarena García(desde la curul): Gracias, presidente. Nada más hacer un llamado para su intervención. Si bien es cierto que no es momento de verificar el quórum, es lamentable y muy triste que en nuestra Cámara de Diputados diga en el letrero que estamos 441 diputados presentes en este momento, o que lo borren o que reamente se haga un pase de lista de nueva cuenta, después de la sesión solemne que tuvimos.

Es lamentable y triste que se están tratando asuntos tan importantes para el país en iniciativas y a los diputados les entre por aquí y les salga por el otro lado, porque parece que no hay la gran responsabilidad que debemos de asumir.

Ojalá los discursos que escuchamos en la sesión solemne sirvieran para algo más que nada más venir a hacer presencia. Muchas gracias, presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Estoy totalmente de acuerdo con lo que usted dice y se están haciendo los llamados a través de las coordinaciones de las bancadas a todos los diputados, porque tenemos la obligación de estar aquí.

Sé que hay reuniones de comisiones, pero la sesión del pleno por supuesto se tiene que atender y estamos en eso. Le agradezco su intervención.



LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES - LEY DE VIVIENDA

El Presidente diputado José González Morfín: Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado José Angelino Caamal Mena, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley de Vivienda.

El diputado José Angelino Caamal Mena:Con su permiso, diputado presidente. Señoras diputadas y señores diputados. Respetable audiencia que nos sigue a través de los medios de comunicación. El Grupo Parlamentario Nueva Alianza con esta iniciativa pretende dotar al ciudadano de elementos legales para defenderse ante las instancias por su acción u omisión que han provocado vicios ocultos en las viviendas de interés social.

El artículo 4o. de nuestra Carta Magna establece en el quinto párrafo que toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa. Eso significa que en la dignidad y el decoro que señala incluye la seguridad de las familias y su patrimonio para lograr su propio desarrollo.

Durante décadas los organismos públicos de vivienda han fomentado la construcción de inmuebles y en muchas ocasiones los lineamientos de construcción no son tomados en cuenta. Esto provoca mala calidad en las viviendas de interés social y resultan ser de alto riesgo para los derechohabientes.

Los vicios ocultos son los defectos no visibles al momento de adquirir una vivienda, estos generalmente derivan en afectaciones estructurales en los inmuebles, o se presentan como falta de servicios públicos.

Con esta reforma se pretende que las autoridades protejan los derechos de las familias a tener una vivienda digna, en primer lugar, de una forma preventiva incentivando la construcción adecuada de viviendas, y en segundo lugar, brindando soluciones a los afectados de las construcciones que presentan vicios ocultos.

Por parte de los desarrolladores es inherente su responsabilidad de entregar inmuebles eficientemente construidos. Sin embargo, pueden constreñirse a los lineamientos de construcción de los municipios y delegaciones. Por ello se pretende que todos los servidores públicos protejan a cabalidad y en el ámbito de sus funciones el derecho de obtener una vivienda segura.

Esta iniciativa propone otorgar mayor certeza a los derechohabientes respecto a los organismos encargados de velar por las viviendas de interés social, ya que éstos tendrán la obligación de vigilar la seguridad y habitabilidad de las viviendas. Con ello los organismos tendrán que asumir por mandato de ley sus responsabilidades.

En Nueva Alianza estamos comprometidos con el fortalecimiento a las instituciones que protejan a los derechohabientes y los derechos de estos mismos. Es inaceptable que las instituciones con la obligación de protegerlos permitan, ellas mismas, a las desarrolladoras lucrar con estas prioridades de la población.

La necesidad de contar con una vivienda, aunado al crecimiento poblacional provoca por una parte que las inmobiliarias generen viviendas para satisfacer esta demanda, y en muchos casos sin garantizar la calidad de la mismas, las cuales son adquiridas aunque puedan presentar fallas importantes.

Es nuestro deber como legisladores establecer una normatividad que sirva a las personas para defender sus derechos constitucionales, así como definir al mismo tiempo las obligaciones de las autoridades para vigilar el cumplimiento de los proveedores y también el derecho de los beneficiarios de las viviendas.

Pregunto, ¿quién podrá negar que la previsión y la planificación urbana en ocasiones sea cuestión de vida o muerte? Lo prueba el desastre que aún no supera nuestro país, porque de haberse planeado responsablemente los desarrollos habitacionales y la expansión de la mancha urbana en Acapulco y de los municipios de los estados afectados por los huracanes Ingrid y Manuel, se hubieran evitado pérdidas de vidas humanas y el patrimonio de numerosas familias mexicanas.

En mérito de lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el presente proyecto de decreto para reformar la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Asimismo a la Ley de Vivienda, en materia de vicios ocultos. Su apoyo, el apoyo de cada una de las fuerzas políticas representadas en esta soberanía significará dar certeza y seguridad a las familias mexicanas sobre la vida y su patrimonio. Muchas gracias por su atención.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y de Vivienda, a cargo del diputado José Angelino Caamal Mena, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

El suscrito, José Angelino Caamal Mena, diputado federal de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, con fundamento en lo dispuesto  en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, y 56, 85, 94 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y la Ley de Vivienda, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

El artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el quinto párrafo que “toda familia tiene el derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa.”  Dentro de la dignidad y el decoro que señala la Constitución, queda inmersa la seguridad de las familias que necesitan de un patrimonio para desarrollarse.

En el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, suscrito y ratificado por México el 18 de diciembre de 1980, establece en el artículo 11 que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuadas y a una mejora continua de las condiciones de existencia.

El interés social implica que el Estado destina recursos para brindar satisfactores al pueblo, con el objetivo de  invertir, puesto que una sociedad sana en su entorno es capaz de ser más productiva y hacer crecer al Estado. Sin embargo, el interés social en México se ha malinterpretado, creyendo que el interés social es brindar y ser atenuante a los problemas de la clase trabajadora.  Pero la visión que en las últimas décadas ha predominado  de interés social no solamente no ha subsanado una deficiencia en la demanda de vivienda, sino que ha  generado problemas  para la nación.

Los organismos públicos de vivienda, han fomentado la producción de inmuebles que carecen de los lineamientos de construcción, esto provoca una mala calidad en las viviendas de interés social y dan por resultado  ser de alto riesgo para los derechohabientes.

Los vicios ocultos son aquellos defectos no visibles al momento de adquirir una vivienda. Estos defectos generalmente derivan en afectaciones estructurales en los inmuebles, o bien se presentan como falta de servicios públicos. Ejemplo de los vicios ocultos se presentan en los cimientos de las casas, en los elementos de rigidización como castillos, columnas y muros, mismos que por su naturaleza oculta, no se puede cerciorar su calidad; haciéndose evidente su defecto al momento de presentar una falla en la construcción. Asimismo, la negligencia en la construcción de las viviendas de interés social genera afectaciones para los hogares, ejemplo de esto es la construcción de desarrollos habitacionales en zonas de riesgo como rellenos sanitarios, o cerca de causes de ríos; sin importar qué tan bien estén construidas las viviendas, si se encuentran en  condiciones como estas, seguramente se corre un riesgo al habitar dichos inmuebles.

Desgraciadamente existen muchos casos en toda la república que comprueban lo anterior. Ejemplo de estas situaciones se presentan en Oaxaca con los vecinos del fraccionamiento el “Pedregal” en San Francisco Lechigola; en Coatzacoalcos Veracruz los fraccionamientos de “Paraíso las Dunas”, “Puerto Esmeralda” y “Maradunas” presentan vicios ocultos; en Ecatepec Estado de México existen numerosos casos como los fraccionamientos de “Fuentes de Aragón” “Villas de Ecatepec”, “Venta de Carpio”, “Paseo de San Agustín” o “Bonito de Ecatepec”; asimismo en Cuautitlán Izcalli el fraccionamiento “Lomas de San Francisco Tepojaco” en la misma entidad es uno de los casos más graves de vivienda en del país;  en Cuernavaca Morelos, el fraccionamientos de “Rinconda Acolapa” presentó una problemática al respecto; en Cancún Quintana Roo diversos vecinos  del fraccionamiento “Urbinillas del Rey” se manifestaron por defectos en sus inmuebles;  en Chihuahua Chihuahua las quejas de vicios ocultos aumentan cada año, ejemplo de ello es el fraccionamiento “Paseo de las Misiones” ubicado al norte de la ciudad.

La necesidad de contar con una vivienda, aunado al crecimiento poblacional y su consecuente demanda, provoca por un lado que las inmobiliarias generen viviendas para satisfacer al mayor número de población, dejando de lado la calidad de las mismas, mientras que los ciudadanos, por su necesidad de tener un patrimonio propio, adquieren cualquier clase de viviendas que pueden presentar fallas importantes. Es nuestro deber como legisladores, establecer una normatividad que puedan esgrimir los ciudadanos para defender sus derechos, y las obligaciones de la autoridad para vigilar el cumplimiento de los proveedores y beneficiarios de las viviendas.

Argumentos

El objetivo de esta reforma es establecer en los principales organismos de vivienda del país, y aquellos que cuentan con la capacidad de otorgar créditos y subsidios para la construcción de viviendas de interés social, las obligaciones para preservar la seguridad de las viviendas en lo que a su competencia les concierne.

El comportamiento que se pretende obtener por parte de las autoridades es la protección de los derechos de los ciudadanos a la vivienda digna, en primer lugar de una forma preventiva, incentivando las viviendas bien construidas, y en segundo lugar brindando soluciones a aquellos afectados de las construcciones que presentan vicios ocultos. Por parte de los desarrolladores, es inherente su responsabilidad de brindar inmuebles construidos con calidad; sin embargo, los constructores de vivienda pueden constreñirse a los lineamientos de construcción de los municipios y delegaciones, por ello se pretende que todos los servidores públicos protejan a cabalidad y en el ámbito de sus funciones el derecho  de los ciudadanos a poseer una vivienda digna.

En la Tesis aislada VI. 1o. A. 7ª (10ª) del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Ciurcuito, contenida en el Libro IV, enero de 2012, tomo 5, pagina 4335 respecto al Amparo directo 251/2011. Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal. 4 de noviembre de 2011. Se establece que:

En este sentido, y en concordancia con el principio pro homine conforme al cual la interpretación jurídica siempre debe buscar el mayor beneficio para el hombre, al examinarse el cumplimiento del objeto de la causa de utilidad pública de una expropiación, consistente en la construcción de viviendas, es menester ponderar el derecho humano de los pobladores del área expropiada a la vivienda digna, a la seguridad social y a una mejora continua de las condiciones de existencia, lo que se logra, a guisa de ejemplo, con la instalación de clínicas de seguridad social y con zonas de reserva natural, al tratarse de elementos que el Estado debe garantizar al proporcionar una vivienda libre de riesgos...

Si bien es cierto que el Instituto Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores Infonavit, en la práctica ya no fomenta la construcción de conjuntos habitacionales; lo cierto es que, a pesar de esto, no cabe la menor duda de que la “Ley del Instituto Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores” se establecen facultades de financiamiento para la construcción de desarrollos, las cuales se pueden  ejercer en cualquier momento, facultad que puede ser de gran beneficio para los trabajadores que aportan a dicho fondo. Sin embargo, el Infonavit debe otorgar créditos para la   construcción de conjuntos habitacionales que sean ejercidos eficientemente, pero velando en todo por la seguridad, integridad y en beneficio de los trabajadores. Con las reformas aquí propuestas se estará favoreciendo la protección de los ciudadanos y sus viviendas ante los vicios ocultos que puedan presentar.

Es por lo anterior, que una reforma como la que se presenta es imprescindible, debido a que se preserva el derecho del Infonavit a otorgar financiamiento para la construcción de viviendas de interés social, pero se establecen responsabilidades para que los beneficiarios puedan exigir  buenas condiciones en su patrimonio. Las condiciones actuales de la legislación, así como de las exigencias de la ciudadanía presentan la premura de dotar de elementos jurídicos a aquellos ciudadanos que no cuentan con recursos legales para exigir que el daño que presentan sus viviendas sea reparado, exigencia que es parte del derecho constitucional a poseer un hogar digno y decoroso.

Esta reforma está encaminada en otorgar mayor certeza  a la ciudadanía respecto a  los organismos encargados de velar por las viviendas de interés social. Estos tendrán la obligación de vigilar la seguridad  y habitabilidad de las viviendas. Con ello, los organismos de Estado no podrán deslindarse de sus responsabilidades  con la ciudadanía, a la vez que se estará evitando que se sigan  construyendo viviendas de baja calidad que pongan en riesgo la integridad de las familias.

En la ley del Infonavit se permite que el instituto financie desarrollos habitacionales que beneficien a los trabajadores que aportan al fondo; sin embargo es necesario establecer la responsabilidad del instituto para que vigile las inversiones que se realizan, de esta forma se estará evitando que los desarrolladores puedan construir desarrollos que presenten vicios ocultos.

Asimismo, se establece en la Ley de Vivienda que la Comisión Nacional de la Vivienda tendrá las facultades de vigilar y la obligación de fomentar  la seguridad de las casas. De igual forma, que todos los funcionarios públicos estarán obligados a velar por la seguridad de las viviendas en sus respectivos ámbitos, ya sea a nivel municipal, en los organismos de vivienda estatales o federales, con ello se pretende que los gobiernos den soluciones prontas a los ciudadanos afectados, y que a corto plazo se eviten riesgos en la construcción de conjuntos  habitacionales.

La situación de las viviendas de interés social en México se encuentran en un nivel de deterioro alarmante respecto a la calidad, debido a las malas políticas de  vivienda y por falta de instituciones, incluidas las leyes, que puedan ser exigibles por los ciudadanos para ejercer sus derechos en cuanto a tener una vivienda digna, como lo señala nuestra Constitución Política.

Los legisladores, representantes de los ciudadanos, debemos crear y fortalecer a las instituciones que protejan  a los derechohabientes y los derechos de estos; y no podemos permitir que las mismas instituciones, que deben proteger a los ciudadanos, solapen a los inmobiliarios  sin escrúpulos que lucran indebidamente con la necesidad de la población de obtener un patrimonio propio.

Las reformas que aquí se presentan pretenden en primer lugar, dotar de certidumbre jurídica a los beneficiarios de las viviendas de interés social para que puedan exigir que sus viviendas sean seguras en cuanto a la calidad de construcción de la vivienda y a los servicios de sanidad; así mismo se  otorgan responsabilidades al Infonavit y a la Conavi, así como a todos los servidores públicos de proteger y velar por la seguridad de las viviendas de los ciudadanos.

Por último, con estas reformas los ciudadanos que cuenten con una vivienda de interés social, tendrán una solución pronta en cuanto  a problemas de vicios ocultos.          

Denominación del proyecto

Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley de Vivienda

Primero.Se reforma el inciso a), de la fracción II, del artículo 3; reforma el párrafo cuarto del artículo 25; adiciona un sexto párrafo recorriendo los subsecuentes del artículo 25; reforma el tercer párrafo de la fracción I del artículo 42; reforma la fracción II del artículo 46 y reforma el primer párrafo del artículo 51 Bis 2 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores para quedar como sigue:

Artículo 3. El Instituto tiene por objeto:

I....

II.Establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente para:

a).La adquisición en propiedad de habitaciones cómodas , higiénicas y seguras.

...

Artículo 25. ...

La comisión conocerá y dará solución a las reclamaciones que reciba por parte de patrones, los trabajadores o sus causahabientes y beneficiarios, cuando a juicio de éstos hubiesen recibido un tratamiento incorrecto, injusto o negligente y se asegurará de su debida atención, en los términos de la normatividad correspondiente.

La omisión conocerá, substanciará y resolverá los recursos que promuevan ante el Instituto, los patrones, los trabajadores o sus causahabientes y beneficiarios; en los términos de la normatividad correspondiente y con sujeción a los criterios que sobre el particular, establezca la Comisión de Vigilancia.

La comisión conocerá y dará solución a los  beneficiarios del fondo que presenten inconformidad debido a fallas estructurales o vicios ocultos, de los conjuntos habitacionales que hayan sido construidos con financiamiento del Instituto.

...  

Artículo 42. Los recursos del Instituto se destinarán:

I....

Asimismo, el Instituto podrá descontar a las entidades financieras que cuenten con la respectiva autorización emitida para tal efecto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los financiamientos que hayan otorgado para  aplicarse a la construcción de conjuntos habitacionales. Estos descuentos serán con la responsabilidad de esas entidades financieras.

El Instituto en todos los financiamientos que otorgue para la realización de conjuntos habitacionales, establecerá la obligación para quienes los construyan, observando las necesidades sanitarias, de protección civil y de un ambiente sano, así como, de adquirir con preferencia, los materiales que provengan de empresas ejidales, cuando se encuentren en igualdad de calidad, precio y oportunidad de suministro a los que ofrezcan otros proveedores;

...

Artículo 46. ...

I. ...

II.La factibilidad y posibilidades reales, de riesgo sanitario  y estructural, de llevar a cabo construcciones habitacionales;

...

Artículo 51 Bis 2.Las personas que participen en las subastas, deberán garantizar al Instituto: las posturas, las óptimas condiciones de la construcción, la correcta inversión de los recursos del financiamiento que, en su caso, reciban, y el pago del financiamiento.

...

Segundo.Se adiciona una fracción XI  recorriendo las subsecuentes del artículo 4; se reforma la fracción IV del artículo 6; se reforma la fracción XIV del  artículo 19; se reforma el artículo 68; se reforma el segundo párrafo del artículo 71, y se adiciona un tercer párrafo al artículo 97 de la Ley de Vivienda para quedar como sigue:

Artículo 4. Para los efectos de esta ley, se entenderá por

I. al X. ...

XI. Seguridad de vivienda: Conjunto de disposiciones, medidas y acciones destinadas a evitar riesgos que vulneren las viviendas, patrimonio de los ciudadanos, o la integridad física de sus habitantes.

XII. ...

XIII. ...   

Artículo 6. La Política Nacional de Vivienda tiene por objeto cumplir los fines de esta Ley y deberá considerar los siguientes lineamientos:

I. a III. ...

IV .Fomentar la calidad y la seguridad de la vivienda;

...

Artículo 19. Corresponde a la Comisión:

I. al XIII. ...

XIV.Fomentar y apoyar medidas que promuevan la seguridad y la calidad de la vivienda;

...

Artículo 68. La adquisición de suelo o la constitución de reservas territoriales destinada a fines habitacionales deberá observar las disposiciones técnicas, así como legales en materia de asentamientos humanos, agraria, de protección civil y ambiental aplicables. Esta disposición se aplicará a todo tipo de operaciones inmobiliarias.

...

Artículo 71. ...

Las autoridades del gobierno federal, las entidades federativas y los municipios en el ámbito de sus respectivas competencias, verificarán que se dé cumplimiento a lo dispuesto en esta Ley en materia de calidad , seguridad y sustentabilidad de la vivienda, y a las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes.

...

Artículo 97. ...

Toda persona tendrá derecho al acceso a la información pública sobre vivienda, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Es responsabilidad de todo servidor público de las instancias correspondientes el velar  por la seguridad y la dignidad de la vivienda de los ciudadanos mexicanos en cuanto a sus atribuciones competa. 

Artículos Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 8 de octubre de 2013.— Diputados: José Angelino Caamal Mena, Joaquina Navarrete Contreras,  Dora María Guadalupe Talamante Lemas,  Cristina Olvera Barrios , María Sanjuana Cerda Franco, Erick Marte Rivera Villanueva, Angelina Carreño Mijares, Cristina Ruiz Sandoval, María Celia Urciel Castañeda, Martha Berenice Álvarez Tovar, Liliana Castillo Terreros, Patricia Lugo Barriga, Xavier Azuara Zúñiga, Tania Margarita Morgan Navarrete, Leslie Pantoja Hernández (rúbricas).»

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Se turna la iniciativa a la Comisión de Vivienda, para dictamen.

Sonido en la curul del diputado Gerardo. Adelante, diputado.

El diputado Gerardo Peña Avilés(desde la curul): Gracias, presidente. Nada más para hacer la aclaración. Es de todo mundo sabido las consecuencias de las inundaciones en lugares no permitidos para desarrollar vivienda, ya sabemos las razones e históricamente por todo el país tenemos ese problema. Pero en cada construcción que se designa o que se entrega a una persona, en los municipios hay una firma responsiva del constructor. No quedan a la deriva las personas que compran una vivienda. Los constructores, todos los que hacemos una obra firmamos con la responsabilidad estructural de la vivienda que construimos. Eso lo contempla la ley y creo que es bueno ir en ese sentido para no contraponerse con lo que se vaya a hacer. Gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Ya quedó su intervención registrada, diputado.



LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTICULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Presidente diputado José González Morfín: Tiene ahora la palabra, por cinco minutos, la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 75 y 79 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada Lilia Aguilar Gil:Muchas gracias, señor presidente. Con la venia de la asamblea. Esta iniciativa versa sobre un tema que hace poco tiempo fue de gran controversia en esta Cámara de Diputados, que es la iniciativa de la Ley de Amparo que fue vastamente debatida en esta tribuna.

¿Qué es lo que nosotros venimos a presentar y que lo dejamos como un compromiso precisamente de aquel debate? Como todos ustedes saben, en aquella ocasión se reformaron algunos requisitos para el tema de la Ley de Amparo, pero quedaron otros pendientes y nosotros lo señalamos claramente en esta tribuna.

El juicio de amparo, como todos los abogados saben y los ciudadanos también —porque es un instrumento vital para la vida y la defensa de los ciudadanos frente a las resoluciones de las instituciones—, es por tradición el principal instrumento de control constitucional que ha servido para la defensa de los derechos que las personas tienen para protegerse contra los actos de autoridad que vulneran los derechos fundamentales de los ciudadanos.

En otras palabras. Un ciudadano común y corriente se puede defender de las acciones de las autoridades a través del juicio de amparo. Establecer que la nueva Ley de Amparo debe estar en sintonía con las reformas constitucionales, no solamente en materia de derechos humanos, sino también con las reformas de juicio penal de corte acusatorio, era y es indispensable.

Pero dejamos algunos cabos sueltos y hay que señalar que no podemos a través del juicio de amparo —de ninguna manera— venir a suplir un procedimiento que precisamente estamos tratando de institucionalizar y de validar frente a la ciudadanía.

Me explico rápidamente. El nuevo juicio o la nueva justicia penal de corte acusatorio, que tiene como principios la transparencia, la intermediación, y sobre todo, la claridad, donde las partes puedan defenderse y donde haya un procedimiento muy claro, no puede venir a ser suplido por un juez que finalmente determine la nulidad completa del juicio de amparo.

Eso sería negar que todo el procedimiento que ha sucedido anteriormente, —y sobre el que estamos trabajando no solamente en esta Cámara de Diputados, sino también en el Senado para dar transparencia a nuestra justicia—, sería borrado por un brochazo con el juicio de amparo.

¿Cuál es la propuesta que venimos a traer a esta tribuna? Que corrijamos nuestro error, que modifiquemos el artículo 75 en su párrafo tercero, que a la letra dice que este órgano jurisdiccional; es decir, el juez que esté a cargo del juicio, deberá recabar oficiosamente las pruebas rendidas ante la autoridad responsable y las actuaciones que estime necesarias para la resolución del asunto.

Compañeras diputadas y compañeros diputados, esto sería una gran falta al proceso. Se los pongo con mucha claridad: una persona que ha sido sujeta a un proceso, a un juicio y viene la contraparte, se ampara y un juez de amparo viene y borra de un plumazo todo aquel procedimiento y todo aquel juicio. Y este juez de amparo puede venir a solicitar todas las pruebas, a eliminar el juicio y además a solicitar las actuaciones que estime necesarias para una nueva resolución. Esto es como borrar de un plumazo la justicia transparente y de intermediación sobre la que estamos ahora legislando.

Esta iniciativa que estamos presentando es precisamente para que no demos a un solo juez, para que no demos a una sola persona, todo el poder para que vuelva a determinar y a borrar toda la transparencia y todo este proceso que estamos ahora instrumentando. Y que queremos instrumentar para que sienta la ciudadanía que la justicia es de todos y que le pertenece a todos, no solamente a aquellos que son influentes y que tienen el dinero para pagarla.

El juicio de amparo sí debe ser en beneficio de los ciudadanos. Pero no para dar un poder absoluto a los jueces, que en un momento dado pueden venir a borrar la justicia que ya se ha impartido a través de un sistema anterior. Es por esto que presentamos esta iniciativa. Solicito a la Presidencia que la iniciativa se incluya íntegra en el Diario de los Debates. Agradezco mucho su atención.

«Iniciativa que reforma los artículos 75 y 79 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, diputada federal Lilia Aguilar Gil, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en esta LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que deroga el párrafo tercero del artículo 75 y reforma el último párrafo del artículo 79, ambos de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

“Ninguna prueba, ninguna rectificación ni desmentido puede anular el efecto de una publicidad bien hecha.”

(Hermann Keyserling)

El juicio de amparo ha sido, por tradición, el principal instrumento de control constitucional que ha servido para la defensa de los derechos que las personas tienen para protegerse de los actos de autoridad que vulneren los derechos fundamentales consagrados en nuestra carta magna. La ampliación de la esfera de protección de los derechos; elevar la eficacia de la justicia mexicana y el fortalecimiento al Poder Judicial, principalmente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, son algunos de los múltiples y profundos cambios que se busco lograra con esta nueva ley.

El pasado 2 de abril del presente año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La nueva Ley de Amparo, pretende mejorar el sistema federal de impartición de justicia, a través de la armonización del sistema constitucional y tiene como objetivo obligar a todas las autoridades a sujetar su actuación al principio de protección y salvaguarda de los derechos humanos de las personas, en especial, en beneficio de los más vulnerables. Es importante establecer que la nueva ley también resulta reglamentaria del artículo 1º constitucional, al ser el instrumento adjetivo para defender la aplicación de la normatividad secundaria que habrá de reglamentar la reforma constitucional en materia penal, entre otros aspectos.

Desde su publicación en el Diario Oficial de la Federación, la nueva Ley de Amparo ha mostrado fortalezas y debilidades ante los ojos de los operadores del derecho, principalmente, así como de la sociedad en general. Mucho se puede decir en acuerdo o desacuerdo con esta nueva ley, pero una de las realidades es que viene a modificar el paradigma del principal mecanismo del control constitucional.

Estamos conscientes de que todo ordenamiento jurídico es perfectible y es por ello que nuestra propuesta se centra en dos aspectos que consideramos deben de modificarse en la nueva Ley de Amparo. En primer lugar, no referimos a lo establecido en el párrafo tercero del artículo 75 de la mencionada ley y en lo que se refiere a la suplencia de la prueba; en segundo lugar, nos referimos al último párrafo del artículo 79 relativo a la suplencia de la queja.

En primer lugar y como se ha mencionado en párrafos anteriores, la nueva Ley de Amparo, entre otras funciones, deberá velar por la aplicabilidad de la reforma constitucional en materia penal, así pues, para instaurar un proceso de corte acusatoria es necesario que el resto de los elementos que lo integran, estén en sintonía con éste, y tal es el caso del juicio de amparo.

En este orden de ideas, es preciso mencionar que la actual redacción del artículo 75 de la Ley de Amparo establece que el órgano jurisdiccional deberá recabar oficiosamente las pruebas rendidas ante la responsable y las actuaciones que estime necesarias para la resolución del asunto, por lo que consideramos que, esto lo que hace es suplir el proceso de primera instancia. Es decir, se suple  el proceso y de nada sirve entonces el juicio de garantía o el juicio oral si el juez de amparo puede suplir todo el proceso a través de la suplencia de la prueba.

Por lo expuesto es que estamos proponiendo la derogación del tercer párrafo del artículo 75, por considerar que, de alguna manera, el juez de amparo puede borrar todo el procedimiento a través de la suplencia de la prueba para volver a juzgar a la persona que ya había sido juzgada, por lo que, consideramos no se estaría otorgando certidumbre jurídica en la resoluciones judiciales.

En segundo lugar, estamos proponiendo la reforma al último párrafo del artículo 79 de la Ley de Amparo, en cuanto a la suplencia de la queja, porque consideramos que para esto, en efecto, ésta debe ser una reforma garantista, pero también garantista para las víctimas, no solamente para aquellos que se están amparando, que en la mayoría de los casos son imputados.

Asimismo, estamos proponiendo en la presente iniciativa la reforma para que  diga que la suplencia de la queja por violaciones procesales o formales sólo podrá operar cuando se advierta que en el acto reclamado no existe algún vicio de fondo y respecto del cual haya expresado agravio, aunque este agravio sea defectuoso.

Por lo expuesto someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se deroga el párrafo tercero del artículo 75 y se reforma el último párrafo del artículo 79, ambos de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 75.En las sentencias que se dicten en los juicios de amparo el acto reclamado se apreciará tal y como aparezca probado ante la autoridad responsable. No se admitirán ni se tomarán en consideración las pruebas que no se hubiesen rendido ante dicha autoridad.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, en el amparo indirecto el quejoso podrá ofrecer pruebas cuando no hubiere tenido oportunidad de hacerlo ante la autoridad responsable.

(Se deroga).

Además, cuando se reclamen actos que tengan o puedan tener como consecuencia privar de la propiedad o de la posesión y disfrute de sus tierras, aguas, pastos y montes a los ejidos o a los núcleos de población que de hecho o por derecho guarden el estado comunal, o a los ejidatarios o comuneros, deberán recabarse de oficio todas aquellas pruebas que puedan beneficiar a las entidades o individuos mencionados y acordarse las diligencias que se estimen necesarias para precisar sus derechos agrarios, así como la naturaleza y efectos de los actos reclamados.

Artículo 79.La autoridad que conozca del juicio de amparo deberá suplir la deficiencia de los conceptos de violación o agravios, en los casos siguientes:

  I.a VII. ...

...

La suplencia de la queja por violaciones procesales o formales sólo podrá operar cuando se advierta que en el acto reclamado no existe algún vicio de fondo y respecto del cual se haya expresado agravio, aunque sea éste defectuoso.

Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo, a 1o. de octubre de 2013.— Diputadas: Lilia Aguilar Gil, Angelina Carreño Mijares, Cristina Ruíz Sandoval (rúbricas).»

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada.

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Permítame un segundo, voy a turnar la iniciativa. Con mucho gusto se inserta íntegra la iniciativa en el Diario de los Debates. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



NOMBRAMIENTO DEL CONSEJERO ELECTORAL QUE DEBERA SUPLIR A SERGIO GARCIA RAMIREZ

El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Huerta Ladrón de Guevara.

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara(desde la curul): Sí, presidente, gracias. Mire, hace un rato usted estaba al pendiente de la sesión y he solicitado que se inscriba el tema del consejero vacante.

Ya nos enteramos de los resultados de la Jucopo y sigue siendo omisa, siguen toreando el tema y lo pasan para la próxima semana. No es posible que la Presidencia de este pleno no ponga a discusión este tema.

¿Quién activó al Poder Judicial de la Federación? ¿Por qué y para qué? ¿Por qué lo digo? Nada más para que quede claro. No es asesoría, es realidad. El 30 de julio se emite un incumplimiento de sentencia que promoví y que me dio la razón, y dice cómo tendría que hacerse.

Después entramos en el periodo de la Permanente y por eso le dieron oportunidad bajo que está en vías de cumplimiento, porque según iba a haber acuerdo. Y como no hubo acuerdo y se reinició el periodo hay otro incidente, que ya tiene más de un mes que se procesa aquí desde la Jucopo y no hay acuerdo ni lo habrá, porque están maniobrando en la Jucopo el Partido Revolucionario Institucional y sus adláteres, pero también los del pacto contra México para maniobrar al cuotismo sobre el Instituto Federal Electoral.

Entonces, están ya los juegos —inclusive— de la sucesión presidencial, porque quien controle ese órgano electoral seguramente tendrá que ver las elecciones próximas, incluyendo las de 2018. ¿A quién beneficia? ¿Quién es la mano negra que está atrás de estas maniobras?

Le pido, por favor, que en el pleno de hoy votemos este tema o nos dé una explicación la Presidencia de este pleno.

El Presidente diputado José González Morfín: Diputado, con todo respeto y entendiendo su situación personal, usted sabe cuál es el procedimiento para modificar el orden del día. Usted sabe también que el resolutivo del Tribunal Electoral está dirigido a la Junta y solamente la Junta podría poner un tema a discusión aquí, aunque nos involucre al pleno. Estoy totalmente consciente, ya lo leí. No puedo modificar el orden del día si no hay un planteamiento de la Junta de Coordinación Política.

Lo que puedo decirle es que todos los coordinadores de los grupos parlamentarios estuvieron presentes hoy y todos estuvieron de acuerdo en que el tema se abordara el próximo lunes. Entonces, no puedo hacer absolutamente nada más. Sonido en la curul.

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara(desde la curul): Solo una aclaración. No son cuestiones personales, es la Constitución, es la ley, es lo que los diputados deben respetar. Lo que a mí me incomoda mucho es que los diputados hacen las leyes para luego violentarlas. Evidentemente procederemos contra la Jucopo y contra los responsables en los tribunales, aunque sabemos que luego los activan y desactivan a conveniencia. Y que sirva esto para denunciar, para que los ciudadanos sepan lo que es la Cámara de Diputados, que es nada más un grupo de pactistas que manejan las leyes a su beneficio. Es cuanto.

El Presidente diputado José González Morfín: Su opinión quedará plasmada en el Diario de los Debates, como corresponde, diputado. Tiene la palabra el diputado Juan Manuel Rocha Piedra.

El diputado Ricardo Mejía Berdeja(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Ricardo Mejía.

El diputado Ricardo Mejía Berdeja (desde la curul): Nosotros estuvimos en la Junta de Coordinación Política y sí nos sentimos aludidos por la intervención del compañero Manuel Huerta.

Evidentemente que nosotros creemos que la Presidencia de la Mesa Directiva, conforme a la Ley Orgánica y el Reglamento, podría someter directamente ante el pleno un requerimiento judicial, porque hay una disposición en la Ley Orgánica y en el Reglamento que así lo establece.

Sin embargo, aunque no estuvimos de acuerdo, vimos que se va a tratar el lunes. Vamos a esperar y si no, estaríamos planteando que el martes tiene que discutirse obligadamente, porque estamos en desacato a una resolución judicial donde hay un requerimiento expresamente al pleno. Si la Junta, el lunes, no resolviera traer este tema tiene que ser directamente la Presidencia, conforme a lo que dispone la Ley Orgánica y el propio Reglamento.

El Presidente diputado José González Morfín: No quisiera discutir la cuestión de procedimiento, pero me parece, diputado, que –usted lo ha dicho– el lunes la Junta tendrá que conocer y resolver sobre el tema. Pero lo que tiene realmente la Mesa y el presidente concretamente es la relación con los poderes.

Se comunica a la Junta de Coordinación Política a través de la Mesa Directiva. Pero evidentemente el resolutivo del tribunal está dirigido a la Junta de Coordinación Política, yo ya lo vi.

El diputado Ricardo Mejía Berdeja (desde la curul): Presidente.

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Sí. A ver, primero el diputado Ricardo Mejía y después el diputado Huerta.

El diputado Ricardo Mejía Berdeja(desde la curul): Sí. Voy a dar cuenta del artículo 23 de la Ley Orgánica, dice: Son atribuciones del presidente de la Mesa Directiva las siguientes:

f) Dar curso a los asuntos y negocios en términos de la normatividad aplicable y determinar los trámites que deban recaer sobre las cuestiones con que se dé cuenta a la Cámara.

En el Reglamento también establece —artículo 59, numeral 1— que la Mesa Directiva integrará el proyecto del orden del día de las sesiones que dará a conocer al pleno con las propuestas que reciba oportunamente de la Junta, los dictámenes y resoluciones que le turnen las comisiones, así como los asuntos que reciba de la Cámara de Senadores, los otros dos Poderes de la Unión –repito, los otros dos Poderes de la Unión.

Y estamos hablando de un requerimiento del Tribunal Electoral, que es parte del Poder Judicial de la Federación. En consecuencia, conforme al artículo 59, debería dar cuenta la Mesa Directiva de este tema y ponerlo a la discusión del pleno. Nosotros estamos abriendo un impasse para que, en todo caso, sea con el aval de la Junta de Coordinación Política. Pero si persiste la omisión tiene que tocarse directamente el tema y ponerlo en el orden del día de parte de la Mesa Directiva, conforme a la prioridad de un requerimiento judicial de esta urgencia.

El Presidente diputado José González Morfín: Respeto su opinión y ya quedó también plasmada en el Diario de los Debates. Diputado Huerta.

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara(desde la curul): Sí, gracias. Estoy muy atento a su palabra y quiero nada más hacerle una pregunta. ¿Quiere decir —para que me pueda aclarar— que la Junta de Coordinación Política tiene secuestrado al pleno del Congreso, en el caso de la omisión al que estamos siendo llamados por el Poder Judicial en este tema? ¿Por eso no lo podemos discutir, porque la Jucopo nos tiene secuestrados al Congreso para este debate? Es pregunta, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: No puedo ni tengo por qué responder esa pregunta, diputado. De todas maneras su intervención quedará registrada. Vamos a continuar con el orden del día.



LEY GENERAL DE TURISMO

El Presidente diputado José González Morfín: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Juan Manuel Rocha Piedra, a nombre del diputado Jorge Terán Juárez, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Turismo.

El diputado Juan Manuel Rocha Piedra:Con su permiso, presidente. Amigas diputadas y amigos diputados, a nombre del diputado Jorge Terán Juárez y del mío propio, presento iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo.

Para México la actividad turística representa un pilar de la economía nacional al tener numerosos lugares de esparcimiento y con diferentes opciones de entretenimiento. Nuestro país ofrece turismo cultural, religioso, gastronómico, de descanso, y por supuesto, de diversión. Sin embargo, hemos tenido un descenso en las visitas de turistas a nuestro país.

De acuerdo al Banco de México el país reportó una captación de 4 mil 958 millones 483,820 dólares por divisas turísticas entre enero y abril del 2013. Un 6.64 por ciento más en comparación con lo reportado en el mismo periodo de 2012. Sin embargo, el arribo de viajeros al país se mantuvo a la baja y con perspectivas negativas.

Con base en las cifras del Banco de México, es de señalarse que el segmento de excursionistas en cruceros es el que muestra las mayores cifras negativas, las cuales se han mantenido desde 2011 a causa de la salida de algunas navieras de puertos mexicanos a causa de la inseguridad y la falta de atractivos, según ha reconocido la Secretaría de Turismo.

En divisas, durante el cuatrimestre se alcanzaron los 156,526,520 dólares, o sea 19.36 por ciento menos que el año pasado. Y el número de personas pasaron de 2,228,330 a un 1,923,670, lo que significó una baja de 13.67 por ciento. Además, su gasto medio disminuyó de 87 a 81 dólares.

Según la nota publicada por el diario electrónico Animal Político, la Organización Mundial de Turismo, OMT, informó que México ha caído un lugar en el ranking de países que más ingresos obtienen derivado de la actividad turística, pasando de la posición 23 a la 24 de un total de 50 países.

De acuerdo a la actualización de su barómetro del turismo mundial, México obtuvo el año pasado un total de 12 mil 700 millones de dólares, frente a los 11 mil 900 millones de 2011. Lo cual a pesar de suponer una mejoría de 800 millones de dólares en este rubro, no impidió que la nación mexicana cayera un lugar en el listado. Por arriba de México se encuentran países con economías que padecen los efectos de la crisis económica como Grecia y España o naciones con economías más pequeñas como Suecia, Suiza o la India.

La actividad económica relacionada con el turismo es fundamental para el desarrollo del país. Los datos señalan que a pesar de la crisis económica mundial y los temas de seguridad, la llegada de turismo a México mantiene al país entre los destinos turísticos más importantes del mundo.

El sector turismo es sin duda un pilar en la economía mexicana, representa el 9 por ciento del producto interno bruto y es la tercera fuente de divisas en el país, genera 2 millones de empleos directos, participan en él más de 43 mil unidades económicas, o sea 80 por ciento pequeñas y medianas empresas.

Los países emergentes hoy en día son los que ofrecen mayor potencial para el crecimiento de la afluencia de turistas. Por tanto, es necesario considerar estrategias de promoción que atraigan a visitantes de estos países y regiones como Rusia, China, Corea y América Latina.

México se encuentra bien posicionado en el segmento de sol y playa. Pero otros como el turismo cultural, ecoturismo y aventura, de salud, deportivo, de negocios y reuniones o de cruceros, ofrecen la oportunidad de generar más derrama económica para el país.

Es indispensable consolidar el modelo de desarrollo turístico sustentable, que compatibilice el crecimiento del turismo y los beneficios que éste genera, a través de la preservación y el mejoramiento de los recursos naturales y culturales. Adicionalmente se requiere fortalecer el impacto del turismo en el bienestar social de las comunidades receptoras para mejorar las condiciones de vida de las poblaciones turísticas.

A pesar de la riqueza del país y de que el turismo en México está considerado en la ley como una actividad prioritaria existen actividades turísticas que están poco desarrolladas y poco difundidas, lo cual frena el desarrollo económico de un gran número de municipios del país y de diversas regiones.

Por lo anterior, es menester incorporar nuevos conceptos en la ley, en la idea de impulsar una nueva cultura turística tanto entre el sector como entre los turistas nacionales y extranjeros, lo cual sin lugar a dudas fortalecerá la competitividad y el desarrollo regional y nacional.

El objeto de la iniciativa plantea incorporar e inscribir las diferentes modalidades de turismo existentes, con la finalidad de impulsar programas y políticas públicas focalizadas en diversas áreas turísticas, al tiempo de hacer valer la ley en su función de orientadora de conductas, lo que permitirá incorporar en la sociedad nuevos valores en torno a las diferentes actividades turísticas. En otras palabras, visibilizar la actividad turística que ofrece el país para mejorar la economía familiar y nacional.

Estamos convencidos que para lograr el desarrollo equilibrado y además equitativo de los municipios de estados y regiones del país, es necesario reconocer que en México contamos con una gran diversidad de actividades relacionadas al turismo, por lo que es indispensable dotarlas del marco regulatorio adecuado que impulse y fortalezca su desarrollo.

En virtud de lo anterior, se propone reconocer desde la ley la posibilidad de desarrollo, impulso, fortalecimiento y expansión de dichas actividades, entre las que se consideran ecoturismo, etnoturismo, agroturismo, acuaturismo, turismo metropolitano, turismo cultural e histórico, turismo de salud, turismo gastronómico y turismo de negocios, precisando que se respetarán los derechos de los pueblos y comunidades indígenas en los términos que establece la Constitución mexicana. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Turismo, a cargo del diputado Jorge Terán Juárez, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado Jorge Terán Juárez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman se adiciona una fracción XXII al artículo 3o. de la Ley General de Turismo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Situación actual del turismo en México

Según la información proporcionada por el periódico El Economista, y de acuerdo al Banco de México, el país reportó una captación de 4 mil 958 millones 483,820 dólares por divisas turísticas entre enero y abril del 2013, un 6.64 por ciento más en comparación con lo reportado en el mismo periodo de 2012, sin embargo, el arribo de viajeros al país se mantuvo a la baja y con perspectiva negativa.

Estimados de la Organización Mundial de Turismo, los primeros cuatro meses del año, 7 millones 955,600 turistas internacionales visitaron el país, según reveló la clasificación de 1.21 por ciento menos que el año pasado. Este segmento está integrado por los turistas de Internación (que pernoctan por lo menos una noche), quienes sumaron 4 millones 968,970 personas, un incremento de 0.53 por ciento; mientras que los turistas fronterizos fueron 2 millones 986,640, 3.97 por ciento por debajo a lo observado en el igual lapso de 2012. Los turistas de internación son quienes hacen la mayor aportación de las divisas turísticas, cerca de 80 por ciento, y en el lapso referido incrementaron su gasto promedio 6.33 por ciento, al pasar de 768.7 a 817.4 dólares.

Con base en las cifras de Banco de México, es de señalarse que el segmento de excursionistas en cruceros es el que muestra las mayores cifras negativas, las cuales se han mantenido desde 2011 a causa de la salida de algunas navieras de puertos mexicanos a causa de la inseguridad y la falta de atractivos, según ha reconocido la Secretaría de Turismo. En divisas, durante el cuatrimestre alcanzaron los 156 millones 526,520 dólares, 19.36 por ciento menos que el año pasado, y en número de personas pasaron de 2 millones 228,330 a un millón 923,670, lo que significó una baja de 13.67 por ciento. Además, su gasto medio disminuyó de 87 a 81 dólares.

Bajo este orden de ideas, es de señalarse que, según la nota publicada por el diario electrónico Animal Político, la Organización Mundial de Turismo (OMT) informó que México ha caído un lugar en el ranking de países que más ingresos obtienen derivado de la actividad turística, pasando de la posiciónnúmero 23 a la 24 de un total de 50 países. De acuerdo a la actualización de su barómetro del turismo mundial ,México obtuvo el pasado año un total de 12 mil 700 millones de dólares, frente a los 11 mil 900 millones de 2011, lo cual, a pesar de suponer una mejoría de 800 millones de dólares en este rubro, no impidió que la nación mexicana cayera un lugar en el listado. Por arriba de México se encuentran países con economías que padecen los efectos de la crisis económica comoGrecia y España o naciones con economías más pequeñas como Suecia, Suiza o la India.

El más reciente estudio llamado Country & City Rankings 2012 de la International Congress and Convention Association, señala que a nivel mundial, México fue superado por Finlandia, Turquía y Dinamarca, volviendo a descender en los rankings internacionales de la industria turística, al pasar en un año del lugar 20 al 23, como sede de congresos y convenciones mundiales.

El Director del Consejo de Promoción Turística de México, Rodolfo López Negrete, ha insistido en diversos foros que la estrategia de la administración actual está enfocada en incrementar los ingresos turísticos, a través de la diversificación de la oferta de productos y países emisores, con el objetivo de disminuir la dependencia de Estados Unidos.

Por su parte la secretaria de Turismo, Claudia Ruiz Massieu, refirió que entre 2000 y 2009, México cayó del lugar siete al 10 en número de visitantes a nivel mundial y alertó que en este año podría caer otros dos escalones y quedar cada vez más lejos de los primeros sitios. Asimismo, subrayó que 12 mil millones de dólares (cantidad de divisas que ingresan a la República Mexicana por el turismo) no es sólo una cifra, sino que representan siete millones de empleos: dos millones directos y el resto indirectos.

Marco institucional

La Organización Mundial de Turismo (OMT) menciona que el turismo comprende las actividades que realizan las personas durante sus viajes y estancias en lugares distintos a los de su entorno habitual, por un periodo inferior a un año, con fines de ocio, por negocio y otros motivos.

La actividad económica relacionada con el turismo es fundamental para el desarrollo del país, los datos señalan que a pesar de la crisis económica mundial y los temas de seguridad, la llegada de turismo a México mantiene al país entre los  destinos turísticos más importantes del mundo.

El sector turismo es sin duda un pilar en la economía mexicana: representa el 9 por ciento del PIB y es la tercera fuente de divisas en el país, genera 2 millones de empleos directos, participan en él más de 43 mil unidades económicas (80 por ciento pequeñas y medianas empresas).

En el Plan Nacional de Desarrollo 2012-2018, se señala que el turismo representa la posibilidad de crear trabajos, incrementar los mercados donde operan las pequeñas y medianas empresas, así como la posibilidad de preservar la riqueza natural y cultural de los países. Una evidencia al respecto es que 87 por ciento de la población en municipios turísticos en nuestro país tiene un nivel de marginación “muy bajo” de acuerdo con el Coneval, mientras que la cifra equivalente en los municipios no turísticos es de 9  por ciento. Por lo que México debe aprovechar integralmente el crecimiento del sector turístico a nivel mundial. Se debe mejorar el valor agregado de la oferta de este tipo de productos. En los últimos 30 años (1982-2012), los turistas internacionales en México han observado una tasa media de crecimiento anual (TMCA) de 2.0 por ciento. Como resultado, el país ha perdido posiciones en la clasificación de la Organización Mundial de Turismo (OMT), al pasar del séptimo lugar en 2000, al décimo en 2011 en la recepción de turistas internacionales y del duodécimo al vigésimo tercero en el ingreso de divisas.

El instrumento referido en el párrafo anterior, agrega que los países emergentes hoy en día son los que ofrecen mayor potencial para el crecimiento de la afluencia de turistas. Por tanto, es necesario considerar estrategias de promoción que atraigan a visitantes de estos países y regiones, como Rusia, China, Corea y América Latina. México se encuentra bien posicionado en el segmento de sol y playa, pero otros como el turismo cultural, ecoturismo y aventura, de salud, deportivo, de lujo, de negocios y reuniones o de cruceros, ofrecen la oportunidad de generar más derrama económica.

Finalmente resulta relevante, mencionar que el Plan Nacional de Desarrollo, reconoce que se deben fomentar esquemas financieros especializados y accesibles que sirvan para promover inversiones turísticas. Asimismo, es indispensable consolidar el modelo de desarrollo turístico sustentable, que compatibilice el crecimiento del turismo y los beneficios que éste genera, a través de la preservación y el mejoramiento de los recursos naturales y culturales. Adicionalmente, se requiere fortalecer el impacto del turismo en el bienestar social de las comunidades receptoras, para mejorar las condiciones de vida de las poblaciones turísticas. En este sentido, todas las políticas de desarrollo del sector deben considerar criterios enfocados a incrementar la contribución del turismo a la reducción de la pobreza y la inclusión social.

Planteamiento del problema

México tiene una gran riqueza turística fundamentalmente en dos áreas, riqueza cultural y natural. La primera contempla 37 bienes patrimonio de la humanidad: culturales, naturales e inmateriales; la segunda cuenta con 174 áreas naturales protegidas entre las que se encuentran 31 reservas de la biósfera y más de 10 mil kilómetros de litoral. En total existen 7 centros turísticos integralmente planeados; más de 70 destinos de playa, culturales y de negocios, y 43 pueblos mágicos.

A pesar de la riqueza del país y de que el turismo en México está considerado en la ley como una actividad prioritaria, existen actividades turísticas que están poco desarrolladas y poco difundidas, lo cual frena el desarrollo económico de un gran número de municipios del país y de diversas regiones.

Por lo anterior, que es menester incorporar nuevos conceptos en la ley, en la idea de impulsar una nueva cultura turística tanto entre sector los integrantes del como entre los turistas nacionales y extranjeros, lo cual sin lugar a dudas, fortalecerá la competitividad y el desarrollo regional y nacional.

Nombrar en la ley, significa también institucionalizar y recategorizar, de ahí que incorporar los distintos tipos de turismo y describirlos, implica reconocerlos para ofrecer alternativas reales para su fortalecimiento y desarrollo.

Desde la perspectiva normativa, la adición de estos contenidos a la Ley, nos da la posibilidad de reformular la política turística del país, para focalizar la atención en la demanda de bienes y servicios que en la actualidad el turismo en sus distintas modalidades requiere, y al mismo tiempo diversificar las actividades relacionadas con la difusión de la cultura del país a través de esta actividad.

En razón de lo anterior, el objeto de la Iniciativa plantea incorporar y describir las diferentes modalidades de turismo existentes, con la finalidad de impulsar programas y políticas públicas focalizadas en las diferentes áreas turísticas, al tiempo de hacer valer la ley en su función de orientadora de conductas, lo que permitirá incorporar en la sociedad nuevos valores en torno a las diferentes actividades turísticas. En otras palabras visibilizar las actividades turísticas que ofrece el país para mejorar la economía familiar y nacional.

Es oportuno dejar en claro que si bien la Ley General de define que “la materia turística comprende los procesos que se derivan de las actividades que realizan las personas durante sus viajes y estancias temporales en lugares distintos al de su entorno habitual, con fines de ocio y otros motivos ....”, y que “los procesos que se generan por la materia turística son una actividad prioritaria nacional que, bajo el enfoque social y económico, genera desarrollo regional”, la redacción a nuestro juicio resulta insuficiente, de ahí los resultados y problemática existente.

Estamos convencidos que para lograr el desarrollo equilibrado y además equitativo de los municipios, estados y regiones del país, es necesario reconocer que en México contamos con una gran diversidad de actividades relacionadas con el turismo, por lo que es indispensable dotarlas del marco regulatorio adecuado que impulse y fortalezca su desarrollo.

Actualmente, la política turística en México contempla al turismo sustentable como el eje central de su desarrollo, se establece que éste tipo de turismo contribuye al fortalecimiento de la competitividad, que conjuga la capacidad para implementar actividades productivas rentables y las actividades de conservación de atractivos socioculturales y naturales mejorando en todo momento las comunidades locales.

En virtud de lo anterior, se propone adicionar al artículo 3 una fracción XXII, para visibilizar, nombrar y conceptualizar las diferentes modalidades de la actividad turística, con el objeto de reconocer desde la ley la posibilidad de desarrollo, impulso, fortalecimiento y expansión de dichas actividades, entre las que se consideran: Ecoturismo; Etnoturismo; Agroturismo; Acuaturismo; Turismo metropolitano; Turismo cultural-histórico; Turismo de Salud; Turismo gastronómico y Turismo de negocios. Precisando que se respetarán los derechos de los pueblos y comunidades indígenas en los términos que establece la Constitución.

Por lo antes expuesto, someto a la consideración de esta H. Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto

Primero.Se adiciona una fracción XXII al artículo 3o. de la Ley General de Turismo para quedar como sigue:

Artículo 3. ...

I. a XXI. ...

XXII. Modalidades de turismo:

a. Ecoturismo: es aquel que se desarrolla en áreas con un atractivo natural especial, se vincula de manera directa con el desarrollo sostenible, contempla la recreación mediante la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente y fomenta en los turistas la importancia de la accesibilidad de los recursos humanos en el marco del desarrollo sustentable cuyo fin debe ser el disfrute, la preservación y el menor impacto sobre los ecosistemas naturales respetando en todo momento su condición.

b. Turismo de desierto: es una forma de turismo especializado en la promoción del ecosistema desértico, el cual se enfoca en permitir el acercamiento de los visitantes con la flora y fauna únicas de dicho ecosistema.

c. Etnoturismo: se trata del turismo especializado que se realiza en las zonas habitadas por grupos étnicos con fines culturales, educativos y recreativos que permite conocer los valores, las formas de vida, los usos y costumbres, diferentes aspectos históricos y el manejo de los recursos naturales.

d. Agroturismo: es el turismo especializado con fines educativos y recreativos, mediante el cual el visitante o turista, se involucra con el sector agropecuario en sus labores cotidianas.

e. Acuaturismo; es una forma de turismo cuya razón fundamental gira en torno de los ríos, mares, lagos, lagunas, presas, etcétera, así como de los diversos atractivos turísticos que se encuentren en el recorrido acuático, utilizando para ello embarcaciones especialmente adecuadas para tal fin.

f. Turismo metropolitano o turismo de ciudad; es el turismo que se realiza en los principales centros urbanos, con una diversidad de objetivos y actividades turísticas.

g. Turismo cultural-histórico; comprende, todos aquellos elementos y manifestaciones tangibles o intangibles producidos por las sociedades, tales como sitios arqueológicos, edificaciones históricas, museos, difusión de la cultura en diferentes modalidades, así como la promoción y conservación de dichos recursos culturales.

h. Turismo de salud: es la actividad que ofrece una serie de bienes y servicios relacionados con la recreación, esparcimiento, restablecimiento y recuperación del cuerpo humano; el bienestar físico y mental. Brinda la posibilidad de conocer diversas regiones del mundo, al mismo tiempo que asocia la salud y la cultura.

i. Turismo gastronómico; es la actividad turística en donde la comida y el arte culinario son parte del objetivo preponderante y abarca además del buen comer, la visita de los lugares en donde se venden o fabrican diferentes productos alimenticios regionales, así como las tradiciones y festejos que acompañan la gastronomía típica del lugar.

j. Turismo de negocios; se refiere a aquel que se lleva a cabo con motivo de sus actividades profesionales y laborales, en él se incluyen eventos como congresos, reuniones de negocios, seminarios, cursos, talleres entre otros.

Las diferentes modalidades turísticas se desarrollarán con pleno respeto a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, debiéndose llevar a cabo las consultas y procedimientos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás leyes en la materia.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 http://eleconomista.com.mx/industrias/2013/06/10/mexico-gana-mas-divisas-cae-tu ristas

2 http://eleconomista.com.mx/industrias/2013/06/10/mexico-gana-mas-divisas-cae-tu ristas

3 Íbid

4 http://www.animalpolitico.com/2013/05/mexico-cae-al-lugar-24-del-ranking-de-ing resos-turisticos/#axzz2eA5bnvMw

5 http://www.centralamericalink.com/es/Noticias/Mexico_cae_en_turismo_de_eventos_ y_convenciones/

6 http://eleconomista.com.mx/industrias/2013/06/10/mexico-gana-mas-divisas-cae-tu ristas

7 http://www.imagen.com.mx/sectur-m por cientoC3 por cientoA9xico-cae-turismo-mundial-tianguis-turistico

8 Organización Mundial de Turismo, citado en Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública Turismo [Actualización: 20 de abril de 2006] en www.diputados.gob.mx/cesop/

9 Fundación Preciado, Diagnóstico del Sector Turismo en México, Revista Numeralia, http://www.fundacionpreciado.org.mx/biencomun/ bc204-205/Numeralia.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de septiembre de 2013.— Diputados: Jorge Terán Juárez,  Elvia María Pérez Escalante, Angelina Carreño Mijares, Cristina Ruiz Sandoval (rúbricas).»

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Se turna la iniciativa a la Comisión de Turismo, para dictamen.

Aprovecho para saludar a los alumnos y maestros del Instituto Tecnológico Superior de San Martín Texmelucan, que hoy aquí nos acompañan. Bienvenidos a la Cámara de Diputados.



LEY DEL SEGURO SOCIAL

El Presidente diputado José González Morfín: Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Adriana González Carrillo, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 109, 168 y 191 de la Ley del Seguro Social.

La diputada Adriana González Carrillo:Muchas gracias, presidente y amigo. En nombre del diputado Alfredo Rivadeneyra Hernández, del diputado Juan Bueno Torio y de una servidora, presentamos esta iniciativa que es una propuesta integral para crear el seguro de desempleo en México.

En nuestro país la tasa de desocupación de los últimos tres años ha sido del 5 por ciento de la población económicamente activa. Es una de las más bajas a nivel internacional, a niveles como Alemania y Japón, que se encuentra entre 4 y 6 por ciento. Sin embargo, esto se debe al gran porcentaje de personas que se encuentran empleadas en el sector informal sin prestaciones de seguridad social, a diferencia de lo que ocurre en los otros países.

El propio Inegi ha incluido dentro de sus estadísticas la tasa de subocupación que refleja a las personas que trabajan menos de 15 horas a la semana, las cuales alcanzan un 8.5 de la población en edad de trabajar.

La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del Inegi indica que el mayor porcentaje de desempleados está entre los que tienen educación media superior y superior, y seguido de los que terminaron la secundaria. Es decir, a mayor nivel de instrucción la tasa de desocupación es mayor. Lo cual sugiere que a mayor educación es más difícil pasar al sector formal. La misma encuesta señala que el 40 por ciento de las personas desempleadas encuentran trabajo en menos de tres meses, 18 por ciento de tres a seis meses y otro 19 por ciento de seis meses a un año.

Por otro lado, se observa que los niveles más altos de desempleo se encuentran entre los más jóvenes, 11 por ciento de ellos tienen 18 años. Sin embargo, esta tasa decrece rápidamente a medida que ganan experiencia, hasta llegar al 3.8 por ciento a los 36 años de edad. Posteriormente parece estabilizarse.

Sin embargo, a partir de los 44 años existe una tendencia creciente entre la población subocupada. Lo cual sugiere que a mayor edad, las personas prefieren aceptar cualquier tipo de empleo, en lugar de permanecer desempleadas por algún tiempo. Lo anterior se confirma con que a partir de los 48 años de edad decrece de forma importante el porcentaje de personas que están en empleos formales.

En México el principal problema no es la falta prolongada de ingresos, sino también la calidad del empleo y la falta de apoyo para las personas que tengan la necesidad de buscar un trabajo acorde con sus capacidades y que no acepten el primer empleo que encuentran, ya sea en el sector informal o ya sea trabajando menos horas de las requeridas o aceptando actividades ilícitas.

En todo el mundo el principal objetivo de los esquemas de atención a personas desempleadas es asegurar la estabilidad económica de la familia mientras consiguen un empleo. Se busca que estas personas no acepten el primer ofrecimiento por necesidad, sino que tengan un tiempo razonable para buscar un empleo ad hoc a sus capacidades.

La mayoría de los países de Europa cuentan con seguros de desempleo, al igual que Canadá, Estados Unidos de América, Argentina, Brasil y Chile, en América. Estos esquemas son variados, tanto en sus formas de financiamiento como en los servicios de atención.

En cuanto al financiamiento la mayoría de los países tienen una mezcla de recursos provenientes de los trabajadores, los empleadores y el Estado. En cuanto al tipo de atención a las personas desempleadas existen distintas experiencias de atención, donde se otorgan apoyos al ingreso a través de seguros de desempleo, cuentas de ahorro individuales, asistencia económica básica, o empleo temporal, además de capacitación para la reinserción laboral y bolsas de trabajo. Generalmente se utilizan combinaciones de estos elementos para proveer una atención integral.

La presente iniciativa propone un esquema amplio e integral a las personas en situación de desempleo, para lo cual se deberán realizar reformas legales a la Ley del Seguro Social, pero también será necesario modificar y fortalecer la atención que otorgan programas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de la Secretaría de Desarrollo Social.

Esta propuesta integral incluye los siguientes cinco puntos:

Primero. Atención médica gratuita durante el primer año de desempleo. Que pase de ocho semanas a un año.

Segundo. Crear un fondo de desempleo dentro de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, que si no se usa para casos de desempleo se conserve en la cuenta Afore individual.

Tercero. Creación de un fondo solidario de desempleo para asegurar al menos un salario mínimo de beneficio durante el desempleo.

Cuarto. Ampliación del Programa de Empleo Temporal de la Secretaría de Desarrollo Social a las zonas urbanas.

Quinto. Fortalecimiento de los programas de capacitación y bolsas de trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Nosotros desde el PAN rechazamos que el modelo que hoy se pretende crear de seguro de desempleo utilice los fondos de los trabajadores a partir del Fondo para la Vivienda de los Trabajadores. Ese dinero es de los trabajadores y de nadie más.

El gobierno no debe querer saludar con sombrero ajeno. Es por eso que queremos que esta iniciativa sea considerada en el marco de la reforma constitucional para crear el seguro de desempleo para dar una atención integral en donde participen distintos modelos y distintos actores en el gobierno de la federación en nuestro país.

Le pido, señor presidente, se inserte íntegra esta iniciativa en el Diario de los Debates. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma los artículos 109, 168 y 191 de la Ley del Seguro Social, a cargo de Adriana González Carrillo y suscrita por Alfredo Rivadeneyra Hernández y Juan Bueno Torio, diputados del Grupo Parlamentario del PAN

Quienes suscriben, Adriana González Carillo, Alfredo Rivadeneyra Hernández y Juan Bueno Torio, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 109, 168 y 191 de la Ley del Seguro Social, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

En México, la tasa de desocupación de los últimos tres años ha sido de 5 por ciento de la población económicamente activa. Es una de las más bajas a nivel internacional, a niveles de Alemania y Japón que se encuentran entre 4 y 6 por ciento. Sin embargo, esto se debe al gran porcentaje de personas que se encuentran empleadas en el sector informal sin prestaciones de seguridad social, a diferencia de lo que ocurre en los otros países. El propio Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) ha incluido en sus estadísticas la tasa de subocupación que refleja a las personas que trabajan menos de 15 horas a la semana, quienes alcanzan 8.5 por ciento de la población en edad de trabajar.

La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, del Inegi, indica que el mayor porcentaje de desempleados está entre los que tienen educación media superior y superior (38 por ciento), seguido de los que terminaron la secundaria (37 por ciento). Es decir, a mayor nivel de instrucción la tasa de desocupación es mayor, lo cual sugiere que a mayor educación es más difícil pasar al sector informal.

La misma encuesta señala que 40 por ciento de las personas desempleadas encuentra trabajo en menos de tres meses, 18 por ciento de tres a seis meses y otro 19 por ciento de seis meses a un año. Por otro lado, se observa que los niveles más altos de desempleo están entre los más jóvenes (11 por ciento de los que tienen 18 años), sin embargo esta tasa decrece rápidamente a medida que ganan experiencia hasta llegar a 3.8 por ciento a los 36 años de edad, posteriormente parece estabilizarse. Sin embargo, a partir de los 44 años de edad existe una tendencia creciente entre la población subocupada, lo cual sugiere que a mayor edad las personas prefieren aceptar cualquier tipo de empleo en lugar de permanecer desempleadas por algún tiempo. Lo anterior se confirma con que a partir de los 48 años edad decrece de forma importante el porcentaje de personas que están en empleos formales.

En México, el problema principal no es la falta prolongada de ingresos sino la calidad del empleo y la falta de apoyo para que las personas tengan la paciencia de buscar un trabajo acorde con sus capacidades y no acepten el primer trabajo que encuentran ya sea en el sector informal, ya sea trabajando menos horas de las requeridas o aceptando actividades ilícitas.

En todo el mundo, el principal objetivo de los esquemas de atención a personas desempleadas es asegurar la estabilidad económica de la familia mientras consiguen un mejor empleo. Se busca que estas personas no acepten el primer ofrecimiento por necesidad, sino que tengan un tiempo razonable para buscar un empelo ad hoc a sus capacidades. La mayoría de los países de Europa cuentan con seguros de desempleo, igual que Canadá, Estados Unidos, Argentina, Brasil y Chile, en América. Estos esquemas son variados tanto en sus formas de financiamiento como en los servicios de atención. En cuanto al financiamiento la mayoría de los países tienen una mezcla de recursos provenientes de los trabajadores, los empleadores y el Estado aunque existen experiencias como Australia y Brasil que son programas financiados exclusivamente por el Estado o países como Canadá, Chile y Estados Unidos, donde el Estado no participa con recursos públicos.

En cuanto al tipo de atención a las personas desempleadas existen distintas experiencias de atención donde se otorgan apoyos al ingreso a través de seguros de desempleo, cuentas de ahorro individuales, asistencia económica básica o empleo temporal además de capacitación para la reinserción laboral y bolsas de trabajo. Generalmente se utilizan combinaciones de estos elementos para proveer una atención integral.

La presente iniciativa propone una atención integral a las personas en situación de desempleo, para la cual se deberán realizar reformas legales a la Ley del Seguro Social pero también será necesario modificar y fortalecer la atención que otorgan programas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de la Secretaría de Desarrollo Social. Esta propuesta integral incluye los siguientes seis puntos:

• Atención médica gratuita durante el primer año de desempleo.

• Crear un fondo de desempleo dentro de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, que si no se usa para casos de desempleo se conserve en la cuenta individual de la Afore.

• Creación de un fondo solidario de desempleo para asegurar al menos un salario mínimo de beneficio durante el desempleo.

• Ampliación del Programa de Empleo Temporal de la Secretaría de Desarrollo Social a las zonas urbanas.

• Fortalecimiento de los programas de capacitación y bolsas de trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

A continuación se explican las características de cada uno de estos puntos.

1. Atención médica gratuita durante el primer año de desempleo

Una de las preocupaciones más importantes dentro de la población es la salud, al momento de desempleo el acceso a la atención médica se ve reducido pudiendo provocar desenlaces fatales. Por ello, se propone ampliar el plazo que otorga la Ley del Seguro Social para las personas que caen en esta situación de 8 semanas a un año de atención médica gratuita.

2. Crear un fondo de desempleo dentro de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

Esta propuesta se basa en aumentar las aportaciones a las Afore para un fondo de desempleo. A continuación se enumeran las características generales:

• Si no se utiliza el fondo de desempleo será parte del fondo para retiro.

• En caso de que se utilice el beneficio de desempleo los años de cotización volverán a contarse desde el principio.

• El beneficio será 70 por ciento del salario base de cotización de los trabajadores promediado desde el inicio.

• La aportación deberá ser cubierta en partes iguales por el trabajador y el patrón.

Se propone otorgar más meses de beneficios a medida que aumenten los años de cotización, con lo cual se empezaría con tres meses de beneficios a los seis años de cotización, subiendo a seis meses a partir del decimosexto año de cotización, nueve meses a partir del vigesimoprimero, llegando a un máximo de doce meses de beneficio a partir del vigesimosexto año de cotización.

Sin embargo, estos beneficios deben ser acompañados de nuevas cuotas obrero patronales, las cuales se sugiere que sean de dos por ciento del salario base de cotización durante los primeros veinte años de cotización y posteriormente bajen a uno por ciento. Lo que se busca con esta diferencia es incentivar a los patrones a conservar a las personas con mayor antigüedad en los empleos formales, por otro lado, se ha observado que los últimos años de cotización generan menores rendimientos, por lo que las finanzas no se verán afectadas por esta disminución.

En la siguiente tabla aparece esta información de forma esquemática.

La propuesta especifica que una vez utilizado el beneficio se contabilizarán desde el inicio el número de años cotizados con el fin de volver a ahorrar y poder utilizar nuevamente el beneficio en caso de desempleo.

3. Creación de un fondo solidario de desempleo

Para las personas de menores ingresos no será suficiente el beneficio del fondo de desempleo propuesto a partir de un porcentaje de ahorro del sueldo bruto en las Afore. Por ello será necesario asegurar al menos un ingreso de un salario mínimo a través de un fondo solidario que permita distribuir las aportaciones de quienes tienen ingresos mayores.

Este fondo solidario busca asegurar un beneficio de desempleo que cubra las necesidades básicas de las personas durante los períodos de desempleo. Las características básicas de este fondo sugeridas se enumeran a continuación.

• El monto mínimo de referencia deberá ser un salario mínimo general vigente.

• En los casos donde el retiro de la Afore no cubra dicho monto el fondo solidario otorgará la diferencia.

• Este beneficio se otorgará hasta por los mismos meses establecidos para el fondo de desempleo según el número de años cotizados.

Se calcula que una aportación de 0.6 por ciento del ingreso permitirá cubrir este seguro solidario, por lo que las cuotas para el fondo solidario de desempleo deberán ser de 0.3 por ciento para el trabajador y 0.3 para el patrón.

4. Ampliación del Programa de Empleo Temporal de la Secretaría de Desarrollo Social a las zonas urbanas

En México, el Programa de Empleo Temporal (PET) fue creado en 1997 en la Secretaría de Desarrollo Social. Este programa ha funcionado principalmente en el sector rural apoyando proyectos de alta rentabilidad social como promoción de la salud, obras de infraestructura, habilitación de caminos y ambiente.

Se propone la creación de un programa de empleo temporal urbano que apoye a la obtención de ingresos mínimos durante períodos de desempleo de la población que no ha estado dentro de la seguridad social debido al tipo de empleo. Adicionalmente, las personas dentro de la seguridad social que hayan agotado sus beneficios de desempleo pueden participar en este tipo de esquemas para evitar que caigan en situación de riesgo.

De acuerdo con la experiencia internacional, se recomienda que un programa de este tipo tenga las siguientes características:

• Exista una buena identificación de las personas a beneficiar, es decir, personas en pobreza que tienen pocas capacidades para vincularse al mercado laboral.

• Pago de hasta un salario mínimo.

• Prestación de labores de alta valoración social establecidas por la Sedesol.

• Asistencia a cursos de capacitación para el empleo.

Este esquema deberá ser operado por la Sedesol, que establecerá el tipo de labores que se consideren socialmente valiosos, como

• Limpieza y pintura de calles

• Trabajos comunitarios

• Asistencia en orfanatos y asilos de ancianos

• Asistencia en organizaciones sin fines de lucro

• Apoyo a las organizaciones de la sociedad civil inscritas en el Indesol

• Promoción del deporte

• Labores relacionadas con el cuidado del ambiente:

- Siembra de árboles

- Separación y reciclaje de basura

- Otros

5. Fortalecimiento de los programas de capacitación y bolsas de trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social

Los resultados de la evaluación de efecto del Programa de Apoyo al Empleo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (doctor Edwin van Gameren, Evaluación de impacto del Programa de Apoyo al Empleo, Centro de Estudios Económicos, El Colegio de México, diciembre de 2010) indican que los hay positivos de la participación en empleo formal, en ingreso, permanencia en el empleo, prestaciones laborales y de seguridad social. Es decir, los participantes usan el apoyo para buscar trabajos mejor remunerados y con mejores prestaciones.

Los programas de capacitación, que son el tipo de política activa de empleo más utilizada, muestran efectos positivos sobre la probabilidad de colocación en un empleo después de la capacitación. Los efectos más importantes se asocian con programas que proveen servicios para incrementar la eficiencia del proceso de búsqueda (servicios de orientación y empleo) en combinación con la aplicación de sanciones en caso de no cumplir con las reglas.

Si bien la Secretaría del Trabajo y Previsión Social lleva años promoviendo la capacitación para el trabajo y ha desarrollado sistemas informáticos para la conexión de empresas con fuerza de trabajo disponible, los alcances de estos programas han sido reducidos. La evaluación de efecto realizada por el Colmex recomienda fortalecer la cobertura de estos programas, buscando crear un vínculo directo con las empresas que buscan trabajadores.

Por ello, se exhorta al gobierno federal a

• Ampliar el presupuesto de estos programas.

• Utilizar de forma más eficiente las redes sociales para promover el empleo, buscando que sean sistemas utilizados en todo el país y reconocidos por su eficiencia.

• Establecer alianzas con instituciones educativas para promover mejores cursos de capacitación.

• Diferenciar programas y esquemas de acuerdo con el tipo de educación y experiencia a fin de tener una oferta que abarque a personas de todos los niveles socioeconómicos que han caído en situación de desempleo.

Por lo expuesto y fundado se somete a consideración de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 109, 168 y 191 de la Ley del Seguro Social

Artículo Único.Se reforman los artículos 109, 168 y 191 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 109.El asegurado que quede privado de trabajo remunerado, pero que haya cubierto inmediatamente antes de tal privación un mínimo de ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas, conservará durante los doce mesesposteriores a la desocupación, el derecho a recibir, exclusivamente la asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria. Del mismo derecho disfrutarán sus beneficiarios...

Artículo 168.Las cuotas y aportaciones a que se refiere el artículo anterior serán

I. En el ramo de retiro, a los patrones les corresponde cubrir el importe equivalente al dos por ciento del salario base de cotización del trabajador. Adicionalmente, para el fondo de desempleo tanto el patrón como el trabajador deberán cubrir dos por ciento del salario base de cotización durante los primeros veinte años de cotización y posteriormente uno por ciento en partes iguales. Para el fondo solidario de desempleo el patrón y el trabajador en conjunto aportarán cero punto seis por ciento del salario base de cotización, dividido en partes iguales.

II. y III. ...

Artículo 191.Durante el tiempo en que el trabajador deje de estar sujeto a una relación laboral tendrá derecho a

I. Realizar aportaciones a su cuenta individual; y

II. Retirarparcialmente por situación de desempleo los recursos del fondo de desempleodelasubcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez ,a partir del cuadragésimo sexto día natural contado desde el día en que quedó desempleado, en los siguientes términos:

a) Si su cuenta individual tiene al menos tres años de haber sido abierta y tiene un mínimo de doce bimestres de cotización al Instituto acreditados en dicha cuenta, podrá retirar en una exhibición la cantidad que resulte al equivalente a treinta días de su último salario base de cotización, con un límite de diez veces el salario mínimo mensual general que rija en el Distrito Federal; o

b) Si su cuenta individual tiene cinco años o más de haber sido abierta, podrá retirar la cantidad equivalente al 70 por ciento del promedio de los salarios base de cotización durante el número de meses establecidos en la siguiente tabla:

Este beneficio podrá obtenerse una vez cada cinco años y una vez utilizado se descontarán 20 meses de antigüedad de este fondo por cada mensualidad recibida. Las cantidades a que se refiere este inciso se entregarán mensualmente. En caso de que el trabajador se reincorpore a laborar durante el plazo de entrega de los recursos, las mensualidades posteriores a su reincorporación se suspenderán.

El trabajador que cumpla los requisitos de antigüedad de la cuenta a que se refiere el primer párrafo de este inciso podrá optar en todo caso por el beneficio señalado en el inciso a).

c) El fondo solidario de desempleo servirá para asegurar que al menos las personas que queden desempleadas reciban un salario mínimo general durante el tiempo previsto en los incisos anteriores.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 19 de septiembre de 2013.— Diputados: Adriana González Carrillo, Alfredo Rivadeneyra Hernández, Juan Bueno Torio, Rafael Alejandro Micalco Méndez, Rocío Esmeralda Reza Gallegos, Leonor Romero Sevilla, Angelina Carreño Mijares, Cristina Ruiz Sandoval, María Celia Urciel Castañeda, Martha Berenice Álvarez Tovar, Liliana Castillo Terreros, Patricia Lugo Barriga, Xavier Azuara Zúñiga, Tania Margarita Morgan Navarrete, Leslie Pantoja Hernández, (rúbricas).»

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias a usted, diputada. Se inserta íntegra la iniciativa en el Diario de los Debates. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.



LEY DE BIOSEGURIDAD DE ORGANISMOS GENETICAMENTE MODIFICADOS

El Presidente diputado José González Morfín: Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Gloria Bautista Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.

La diputada Gloria Bautista Cuevas:Con su venia, señor presidente. Distinguidas diputadas y diputados, hoy en esta tarde vengo ante este pleno a proponer una iniciativa de ley que tiene que ver con nuestro sistema alimentario y nuestra cultura. Me refiero a las 57 variedades de maíz existentes y sus variantes, ya que éstas son la base de nuestra civilización.

Todos sabemos que estamos viviendo en la era de la ingeniería genética y la biotecnología. Es una época en la cual la modificación de los organismos vivos por medios, mecanismos e instrumentos científicos, probados y experimentales, están creando nuevas formas de vida e incorporando diferentes características en su mapa genético. Pero las modificaciones a los seres vivos, ya sean vegetales, animales o marinos, se deben realizar con todas las medidas de seguridad disponibles, a fin de que no sufran modificaciones que alteren su desarrollo evolutivo, o su permanencia en la naturaleza y en los ecosistemas.

En el caso de los organismos modificados utilizados para el consumo alimenticio se debe lograr que no causen alteraciones a la salud. En tal virtud, los organismos transgénicos deberán ser debidamente clasificados e identificados para que su consumo sea seguro. Esto solo se logra con un etiquetado adecuado e información precisa y transparente.

Los alimentos transgénicos son aquellos que incluyen en su composición algunos ingredientes procedentes de un organismo al que se le ha incorporado —mediante técnicas de ingeniería genética— un gen de otra especie para dotarle de alguna cualidad especial de la que carece y así pueda ser más resistente o resistir a plagas o factores medioambientales, que de acuerdo a su composición natural no podría resistir.

La modificación genética requiere de un adecuado y preciso marco normativo que brinde seguridad a las personas y al medio ambiente para tener control, evaluación y medición de los riesgos que podrían representar.

Pese a lo anterior, aún no existen evidencias científicas comprobadas sobre sus beneficios o los daños que causan al medio ambiente o en la salud de quienes lo consumen.

Por lo tanto, es importante profundizar en ello y fortalecer la bioseguridad para evitar los riesgos preexistentes y tomar las medidas preventivas necesarias. En el caso del maíz, la Ley de Bioseguridad y Organismos Genéticamente Modificados plantea su protección especial por ser parte de la identidad y base esencial de la alimentación y la cultura mexicana.

Compañeros y compañeras, somos muy pocos los que estamos en esta sala, les pediría poner atención, que su presencia valga la pena. Muchas gracias. Se los solicito con todo respeto.

En este sentido y para garantizar el estado natural del maíz, así como su proceso evolutivo, se requiere establecer un marco jurídico que garantice la bioseguridad de los reservatorios genéticos nativos, a fin de garantizar su permanencia y sustentabilidad en beneficio de las generaciones futuras, incluso, un banco genético que custodie y proteja su estado natural.

Así, la bioseguridad en general y del maíz en particular, en su escenario ideal debe abarcar la dimensión política y jurídica para ordenar y prever los riesgos relacionados con los seres vivos, principalmente en lo relacionado con la agricultura y la producción alimentaria para revertir la pobreza y las carencias alimentarias existentes en el país.

En lo referente al derecho humano a la alimentación, la bioseguridad es importante para lograr la seguridad, la autosuficiencia y la soberanía alimentaria cuando se introducen y liberan organismos vivos genéticamente modificados y sus derivados en un entorno natural no contaminado por estos organismos, en virtud de que puede generar procesos recombinantes y cambiar la evolución natural de las especies, como ha sucedido a lo largo del proceso evolutivo de la naturaleza o, en su caso, afectar la producción y generar efectos contrarios a lo esperado.

Esta situación es sumamente compleja. Por ello se deben prever los riesgos y las condiciones bajo las cuales se pueden introducir y liberar organismos vivos modificados y sus productos derivados. Esto abarca la introducción y propagación de especies exóticas invasivas, genotipos exóticos, así como plagas de plantas y animales, enfermedades y zoonosis. Es decir, las enfermedades que pueden transmitirse de los animales a las personas.

Por estas razones se deben tomar todas las previsiones y precauciones que sean necesarias, a fin de evitar la contaminación de los entornos naturales y de los ecosistemas, lo que implica evitar que se convierta en un negocio rentable que afecte a los productores.

Con el fin de proteger la extensa biodiversidad existente en el país, con la reforma a esta Ley se debe aspirar a impulsar un enfoque armonizado e integrado, para que la bioseguridad pueda contribuir a reducir al mínimo los efectos potencialmente adversos en la salud, en la economía y de otra índole, como son: Los riesgos alimenticios que implican estos productos para las personas. La trasmisión de enfermedades de los animales a las personas, entre las plantas y peces de diferentes zonas geográficas o autóctonas. La introducción de especies exóticas de plantas y animales terrestres y acuáticos a diferentes ecosistemas y que por sus especificidades o peculiares pueden ser nocivos.

La pérdida o extinción de biodiversidad y los cambios no deseados en los ecosistemas. La perturbación y cambios nocivos de los medios de subsistencia y las imposibilidades de obtener ingresos en las comunidades rurales y las industrias agropecuarias. La pérdida de confianza de los consumidores en el gobierno, la industria alimentaria y el suministro de alimentos transfronterizos debido a la globalización de las enfermedades y la falta de control de bioseguridad. La desconfianza existente entre ciudadanía y gobierno, así como la posible alteración económica y de los precios debido a los riesgos existentes para la salud.

Visto todo lo anterior, no existe duda de que el Estado mexicano debe garantizar la adecuada protección de las personas en cuanto a su derecho humano a la alimentación y a la protección del medio ambiente.

Por esta razón, de acuerdo a las facultades que nos confiere como legisladores nuestra Constitución, planteo la iniciativa de reforma a los artículos 1, 2, 3, 4, 9, 11, 12, 18, 28, 40, 91 y 108 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, para garantizar la protección de los reservorios genéticos de la biodiversidad existentes en el país, principalmente de las diversas variedades existentes del maíz, por considerar que son un derecho humano al formar parte de la identidad y cultura alimentaria de los pueblos originarios y del pueblo de México en general.

Asimismo busca fortalecer la bioseguridad y la regulación de los organismos genéticamente modificados, para evitar que estos puedan contaminar la biodiversidad existente, lo que implica transparentar las alertas internacionales sobre el consumo y efectos nocivos de los productos modificados. Y también evitar que los entes privados con fines de lucro se apropien mediante modificaciones de la titularidad del mapa genético de la biodiversidad existente en el país...

El Presidente diputado José González Morfín: Diputada, le ruego que pudiera concluir con su intervención.

La diputada Gloria Bautista Cuevas: ...con ello se pretende proteger el acceso a los beneficios de los productores y garantizar la alimentación del pueblo de México. Muchas gracias por su tolerancia. Gracias, señor presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, a cargo de la diputada Gloria Bautista Cuevas, del Grupo Parlamentario del PRD

Los suscrita, diputada Gloria Bautista Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, integrante de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, 77, 78 y 82, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea, la siguiente

Exposición de Motivos

1. Planteamiento del problema sobre la bioseguridad genética del maíz

Estamos viviendo en la era de la ingeniería genética y la biotecnología, es una época en la cual, la modificación de los organismos vivos por medios, mecanismos e instrumentos científicos probados y experimentales, están creando nuevas formas de vida e incorporando nuevas características en su mapa genético.

Las modificaciones a los seres vivos ya sean vegetales, animales o marinos, se deben realizar con todas las medidas de seguridad disponibles a fin de que no sufran modificaciones que alteren su desarrollo evolutivo o bien su permanencia en la naturaleza y en los ecosistemas o los contaminen de manera irreversible; en el caso de los organismos modificados utilizados para el consumo alimenticio, se debe lograr que no causen alteraciones a la salud de quienes los consumen, debido a las modificaciones que se les han realizado a estos organismos, se les suele denominar transgénicos, en tal virtud deberá ser debidamente clasificada e identificada para que su consumo sea seguro y la información se transparente.

Los alimentos transgénicos, por tanto, son aquellos que incluyen en su composición, algún ingrediente procedente de un organismo al que se le ha incorporado, mediante técnicas de ingeniería genética, un gen de otra especie; esto significa que con la biotecnología, se puede transferir un gen de un organismo a otro para dotarle de alguna cualidad especial de la que carece y así pueda ser más resistente o estar mejor dotado para resistir a plagas o factores medioambientales que de acuerdo a su composición natural no podría resistir o adaptarse.

Para su adecuado control y regulación, como ya se ha mencionado se crearon leyes, iniciativas, reglamentos, políticas y directivas de bioseguridad, para realizar un adecuado control, transparencia, evaluación y medición de los riesgos que podrían representar; sin embargo, aún no existen evidencias científicas comprobadas sobre sus beneficios o los daños que causan al medio ambiente o en la salud de quienes los consumen, por lo tanto, es importante profundizar en ello y fortalecer la bioseguridad, para evitar los riesgos preexistentes y tomar las medidas preventivas necesarias.

En el caso del maíz, la Ley de Bioseguridad y Organismos Genéticamente Modificados, plantea su protección especial, por ser parte de la identidad y base esencial de la alimentación y la cultura mexicana, en este mismo tenor y por ser la alimentación un derecho humano, debe ser protegido y garantizar tanto su sustentabilidad como la conservación de sus diversas variedades, por formar parte de la cultura y la identidad de México.

En éste sentido y para garantizar el estado natural del maíz así como su proceso evolutivo, se requiere establecer un marco jurídico que garantice la bioseguridad de los reservorios genéticos nativos a fin de garantizar su permanencia y sustentabilidad en beneficio de las generaciones futuras, incluso un banco genético que custodie y proteja su estado natural.

2. Argumentos de sustento

La bioseguridad en general y del maíz en particular, en su escenario ideal, debe abarcar la dimensión política y jurídica para ordenar y prever los riesgos relacionados con los seres vivos, principalmente en lo relacionado con la agricultura y la producción alimentaria, para revertir la pobreza y las carencias alimentarias existentes en el país, por ser un alimento básico de la dieta mexicana.

Las cifras son reveladoras, actualmente existen más de 7.5 millones de personas con hambre y 28. 5 millones con carencias alimentarias; en éste sentido, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, Coneval, en sus reportes de 2010, mencionaba que 52 millones de personas, se encontraban en pobreza, es decir, el 46.2 por ciento de la población y en pobreza extrema 11.7 millones, esto es el 10.4 por ciento de la población, de ahí, la importancia de perfeccionar la legislación en la materia.

En lo referente al derecho humano a la alimentación, la bioseguridad, es importante para lograr la seguridad, la autosuficiencia y la soberanía alimentaria, cuando se introducen y liberan organismos vivos genéticamente modificados y sus derivados en un entorno natural no contaminado por estos organismos, en virtud de que puede generar procesos recombinantes y cambiar la evolución natural de las especies como ha sucedido a lo largo del proceso evolutivo de la naturaleza o en su caso afectar la producción y generar efectos contrarios a los esperados.

A la luz de lo anterior, la bioseguridad se sustenta en un enfoque estratégico multidimensional e integrado al análisis y la gestión de los riesgos existentes para la vida y la salud de las personas, los animales y las plantas así como los riesgos que puede implicar para el medio ambiente.

Esta situación, es sumamente compleja, por ello, se deben prever los riesgos y las condiciones bajo las cuales, se pueden introducir y liberar organismos vivos modificados (OVM), organismos modificados genéticamente (OMG) y sus productos derivados; esto abarca la introducción y propagación de especies exóticas invasivas, genotipos exóticos, así como plagas de plantas y animales, enfermedades y zoonosis (enfermedades que pueden transmitirse de los animales a las personas) por estas razones, se deben tomar todas las previsiones y precauciones que sean necesarias a fin de evitar la contaminación de los entornos naturales y de los ecosistemas.

Con el fin de proteger la extensa biodiversidad existente en el país, se debe aspirar con la reforma a esta ley a impulsar un enfoque armonizado e integrado, para que la bioseguridad, pueda contribuir a reducir al mínimo los efectos potencialmente adversos en la salud, en la economía y de otra índole, como son:

• Los riesgos alimenticios que implican estos productos para las personas.

• La transmisión de enfermedades de los animales a las personas, entre las plantas y peces de diferentes zonas geográficas o autóctonas.

• La introducción de especies exóticas de plantas y animales terrestres y acuáticos a diferentes ecosistemas y que por sus especificidades o peculiares pueden ser nocivos.

• La pérdida o extinción de biodiversidad y los cambios no deseados en los ecosistemas.

• La perturbación y cambios nocivos de los medios de subsistencia y las imposibilidades de obtener ingresos en las comunidades rurales y las industrias agropecuarias.

• La pérdida de confianza de los consumidores en el gobierno, la industria alimentaria y el suministro de alimentos transfronterizos debido a la globalización de las enfermedades y la falta de controles de bioseguridad.

• La desconfianza existente entre ciudadanía y gobierno, así como la posible alteración económica y de los precios debido a los riesgos existentes para la salud.

A la luz de lo anterior, la bioseguridad, puede evitar que las recombinaciones no necesarias o indeseables, se propaguen de manera tal, que afecten al maíz como lo conocemos actualmente o que en su caso, se reclame la titularidad de la recombinación accidental, como parte de la propiedad de las patentes que por los efectos de la naturaleza se hayan realizado, lo que podría afectar la economía y el bienestar de los productores, poniendo en vulnerabilidad la seguridad alimentaria.

En este sentido, un enfoque armonizado e integrado de los instrumentos internacionales y nacionales para la bioseguridad, contribuye a salvaguardar de manera más eficiente el medio ambiente y al mismo tiempo, proteger a las personas y su economía de las incertidumbres que acompañan a las nuevas tecnologías.

Por lo anterior, las leyes y normas técnicas, deben ser claras y precisas afín de lograr la adecuada protección de la naturaleza en general y del maíz en particular, para que de esta forma, se pueda hacer viable su sustentabilidad. Sobre esta problemática, algunos países están asumiendo un enfoque integral y holístico, que responda de manera más precisa y certera a la recombinación genética accidental o deliberada de los organismos autóctonos.

En consecuencia, la armonización y la integración de los sistemas y controles nacionales de bioseguridad, son mecanismos para aprovechar las sinergias y potencialidades económicas que existen entre los distintos sectores. Lo anterior, permite aumentar la capacidad de los países para proteger la salud humana, los sistemas de producción agropecuaria, la población y las industrias que dependen de ellos.

Repercusiones del marco internacional en el análisis de riesgos para la bioseguridad en las legislaciones locales

Los instrumentos jurídicos y los acuerdos internacionales, en particular el Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF), el Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB) y el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología, así como las organizaciones y órganos de normalización como la Comisión del Codex Alimentarius, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) y la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF), desempeñan una función central en el avance hacia la aplicación generalizada del análisis de riesgos.

Acuerdo sobre la aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial de Comercio (OMC).

El Acuerdo MSF de la OMC, promueve el uso del análisis de riesgos para prevenirlos, a partir de medidas sanitarias y fitosanitarias, las cuales deben sustentarse en pruebas científicas obtenidas mediante la evaluación de riesgos y establece que:

“...los miembros se asegurarán de que sus medidas sanitarias o fitosanitarias, se basen en una evaluación, adecuada a las circunstancias, de los riesgos existentes para la vida y la salud de las personas y de los animales o para la preservación de los vegetales, teniendo en cuenta las técnicas de evaluación del riesgo elaboradas por las organizaciones internacionales competentes,...”

Y agrega lo siguiente:

• Reafirmando que no debe impedirse a ningún miembro adoptar ni aplicar las medidas necesarias para proteger la vida y la salud de las personas y los animales o para preservar los vegetales, a condición de que esas medidas no se apliquen de manera que constituya un medio de discriminación arbitrario o injustificable entre los miembros en que prevalezcan las mismas condiciones, o una restricción encubierta del comercio internacional;

• Deseando mejorar la salud de las personas y de los animales y la situación fitosanitaria en el territorio de todos los Miembros;

• Tomando nota de que las medidas sanitarias y fitosanitarias se aplican con frecuencia sobre la base de acuerdos o protocolos bilaterales;

• Deseando que se establezca un marco multilateral de normas y disciplinas que sirvan de guía en la elaboración, adopción y observancia de las medidas sanitarias y fitosanitarias para reducir al mínimo sus efectos negativos en el comercio;

Para el caso de la protección del maíz en México, no existe duda de que forma parte de la cultura y la identidad de los pueblos originarios y de los mexicanos más aún, en lo que se refiere a los usos y costumbres en su alimentación; por lo cual, se debe evitar que las más de las cincuenta y nueve variedades existentes, se pierdan o pueden verse afectados sus reservorios genéticos por modificaciones biotecnológicas, ya que se han cultivado a lo largo de la historia de México; por ello, el surgimiento de nuevas variedades por medios tecnológicos deben ser estrictamente controladas y evaluadas, por los medios de la bioseguridad disponibles y, por ningún motivo, pueden ser equiparables a las que históricamente se han cultivado, porque no han sido demostrados sus beneficios e inocuidad para el consumo humano.

Por otra parte, se estipula la posibilidad de recurrir a medios jurídicos, cuando los Miembros encuentren por motivos de bioseguridad restricciones a su comercio que no estén justificadas desde el punto de vista científico, empero cuando se trata de los derechos humanos como es en el caso de la alimentación de las personas, los pueblos originarios o comunidades, no se pueden argumentar restricciones comerciales ya que es una obligación de los instrumentos internacionales y nacionales, proteger la alimentación y los derechos humanos; en este caso de productos alimenticios ancestrales que definen la identidad y cultura del pueblo mexicano, así cuando se protege el maíz de los productos genéticamente modificados, no pueden argumentarse restricciones comerciales por obvias razones.

Convenio sobre la Diversidad Biológica

La diversidad biológica está estrechamente relacionada con intereses humanos, es decir con sus derechos. En éste sentido, el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), abarca la protección de la biodiversidad y la utilización sostenible de los recursos biológicos en relación con la introducción y la gestión inocua de especies y genotipos exóticos invasivos que representan una amenaza para los ecosistemas, los hábitats o las especies, más cuando se trata de organismos genéticamente modificados y no se conocen a ciencia cierta sus efectos y sobre todo, las mutaciones que pueden causar en los organismos que se encuentran libres de dichas modificaciones.

Al igual que en el acuerdo MSF de la OMC, en el CDB, se insta a las autoridades competentes a que apliquen medidas basadas en la evaluación de riesgos. Sin embargo, sigue habiendo dificultades para un acuerdo internacional sobre las metodologías. Las disposiciones del CDB también tienen una influencia cada vez mayor en la gestión y el control de los riesgos asociados con el uso y la liberación de OVM obtenidos por medios biotecnológicos, pero en el caso del maíz existe una duda razonable sobre los beneficios que puede aportar a la cultura y los hábitos alimenticios de México, por ello, se deben adoptar medidas que proteja la alimentación, la cultura y la identidad de los mexicanos sustentada en el consumo del maíz y sus derivados; por esta razón, es importante considerar que aún no existen condiciones para introducir maíz modificado por medios biotecnológicos para su consumo en México.

Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología

El Protocolo de Cartagena sobre la Seguridad de la Biotecnología (CDB) abarca los movimientos transfronterizos, la manipulación y la utilización sin riesgos de OVM que puedan tener algún efecto adverso en la biodiversidad (incluida la posibilidad de cualquier riesgo para la salud humana).

El Protocolo se concentra principalmente en los OVM destinados a su introducción en el medio ambiente y que pueden transferir o replicar material genético (por ejemplo semillas, animales vivos y microorganismos). También, contiene disposiciones relativas a los OVM destinados a su uso como alimentos o piensos o su elaboración, pero solamente están comprendidos los alimentos modificados genéticamente que se ajustan a la definición de OVM. La evaluación de los riesgos es una disciplina básica que contribuye a la gestión de riesgos de los OVM y sus productos, pero todavía se están elaborando metodologías específicas que respondan al conocimiento de las afectaciones que puede haber al medioambiente y a la salud.

Al respecto, la atención debe enfocarse a perfeccionar los protocolos que buscan proteger la biodiversidad, de ahí que las directrices para el examen de las afectaciones a la salud humana aún son muy limitadas; por ello, se deben impulsar desde los organismos internacionales y nacionales, dichos estudios dada la complejidad de los mismos y así a partir de conjuntar los esfuerzos de la comunidad científica mundial, tratar de resolver las paradojas que se están suscitando sobre la bioseguridad para despejar toda duda en la afectación a los seres vivos y sus efectos en la alimentación humana, por ello, en lo que se refiere principalmente al consumo del maíz, aún no se pueden considerar beneficiosos o aptos para el consumo humano, por esta razón no se pueden introducir aún a la dieta de los mexicanos como si fuera en realidad un producto inocuo y seguro para su consumo.

Órganos internacionales de normalización

En el Acuerdo MSF de la OMC se menciona que la Comisión del Codex Alimentarius, la OIE y la CIPF, son las organizaciones internacionales de normalización pertinentes para los aspectos relativos a la salud y la vida de la inocuidad de los alimentos, la sanidad animal y las zoonosis y la sanidad vegetal, respectivamente. Como es de notarse, las mencionadas organizaciones, están trabajando activamente en la elaboración de principios y directrices que permitan aplicar el análisis de riesgos en sus sectores relativos a la bioseguridad.

Las normas internacionales para la bioseguridad, son un recurso importante para los países que carecen de medios que les permitan elaborar sus propias normas, especialmente en lo que se refiere a la evaluación de los riesgos. Son un incentivo importante para que los países participen plenamente en las actividades de los órganos internacionales de normalización y representen de manera apropiada sus intereses. La disponibilidad de normas internacionales, también reduce los costos de las operaciones comerciales (por ejemplo, el riesgo de fraude y los costos de la búsqueda de interlocutores comerciales fidedignos) y es un requisito previo para el funcionamiento de un mercado organizado. Si las normas están armonizadas entre los países, facilitan de manera natural el comercio (internacional e interno) y se suele considerar que el propio comercio promueve el desarrollo económico.

El ámbito de aplicación de la CIPF, es suficientemente amplio para incluir los OVM y sus productos (OMG) que puedan ocasionar daños directos o indirectos a las plantas. Dado que el mandato también comprende las plantas silvestres y los riesgos para el medio ambiente, la CIPF tiene asimismo directrices para el análisis de los riesgos relativos al medio ambiente, es decir, una orientación específica sobre los peligros (plagas) que afectan primordialmente a otros organismos, provocando de esta manera efectos nocivos en las plantas o en la sanidad vegetal de los ecosistemas. Si bien se ha aclarado recientemente la función de la CIPF en relación con el CDB, hay diferencias conceptuales entre los análisis del riesgo de plagas (ARP) para los OVM y los relativos al medio ambiente, porque estos han sido modificados para resistirlas.

Como podemos ver, los instrumentos en materia de bioseguridad con los que cuenta la FAO, son la Convención Fitosanitaria (CIFP) y las Normas internacionales para aplicar las medidas fitosanitarias (NIMF) e incluso a través de la Secretaría CIPF ofrece asistencia técnica para evitar que se introduzcan y propaguen de manera irresponsable plagas de plantas y productos vegetales exóticos invasivos en los ecosistemas.

Por lo anterior, los organismos internacionales como la FAO, se han propuesto contribuir a consolidar la bioseguridad a partir del impulso de instrumentos internacionales que regulen la introducción de especies exóticas invasivas y modificaciones a los organismos vivos que son propicios para la alimentación, la agricultura, la pesca y la actividad forestal.

Los expertos, han señalado que ningún método de evaluación de riesgos puede ser óptimo y que los medios actuales para determinar el “valor” de la diversidad biológica y si sus componentes son inadecuados, tampoco pueden ser precisos; por ello, se les debe prestar atención, apoyarse en ellos y tomar en cuenta incluso medidas legislativas para que no ocurra un desastre ecológico y por tanto, se vea afectado el derecho humano a la alimentación.

Las leyes nacionales

Las bases constitucionales

En el artículo primero constitucional, se reconoce la jerarquía y aplicación de los instrumentos internacionales que ha ratificado el Estado Mexicano, por ello, es imperativo proteger el derecho humano a la alimentación y sobre todo, proteger los alimentos que dan identidad a la cultura mexicana como es el maíz dada la trascendencia con la que se identifica la alimentación del pueblo de México y sus comunidades originarias, por ello, es una prioridad darle la protección especial que requiere.

De ahí que el artículo 1° Constitucional, mencione en términos literales lo siguiente:

...todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.”

“Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.”

Por su parte, el artículo 4o. menciona que el derecho a la alimentación el Estado lo garantizará, en los siguientes términos:

Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará.

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

Lo anterior es relevante porque este derecho abarca el derecho a la salud, el medio ambiente sano y a la disponibilidad de agua apta para el consumo humano, de ahí que no pueda existir duda de la protección que el Estado Mexicano debe garantizar en la materia.

Por otra parte el artículo 27 Constitucional en cuanto a la propiedad de la biodiversidad y el acceso a los beneficios, dice a la letra

La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.

...

La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad.

En virtud de lo anterior no puede existir duda de que el Estado Mexicano, debe garantizar la adecuada protección de las personas en cuanto a su derecho humano a la alimentación y a la protección del medio ambiente y de la aguas ya que la nación es titular de todo lo existente en los límites del territorio nacional.

Finalmente, con esta reforma, se busca dar mayor certidumbre a la protección de la biodiversidad en nuestro país en el marco de la bioseguridad y evitar que los entes privados con fines de lucro se apropien o pretendan apropiarse de la biodiversidad existente en el país.

3. Fundamento legal

La presente iniciativa con proyecto de decreto se fundamenta en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 6 numeral 1, 77, 78 y 82 numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

4. Denominación del proyecto de decreto

La iniciativa plantea una reforma los artículos 1, 2, 3, 4, 9, 11, 12, 18, 28, 40, 91 y 108 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, para garantizar la protección de los reservorios genéticos de la biodiversidad existente en el país principalmente de las diversas variedades existentes del maíz por considerar que son un derecho humano al formar parte de la identidad y cultura alimentaria de los pueblos originarios y del pueblo de México en general, así mismo busca fortalecer la bioseguridad y la regulación de los organismos genéticamente modificados para evitar que estos puedan contaminar la biodiversidad existente, lo que implica transparentar las alertas internacionales sobre el consumo y efectos nocivos de los productos modificados y, también evitar que los entes privados con fines de lucro se apropien mediante modificaciones de la titularidad del mapa genético de la biodiversidad existente en el país, con ello, se pretende proteger el acceso a los beneficios de los productores.

5. Texto normativo propuesto

Por todo ello, se somete a la consideración del pleno de esta Honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, en los términos del artículo 82, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados:

Proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 1, 2, 3, 4, 9, 11, 12, 18, 28, 40, 91 y 108 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados

Artículo Único. Se reforman los artículos, 1, 2, 3, 4, 9, 11, 12, 18, 28, 40, 91 y 108 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, para quedar como sigue:

Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados

Artículo 1. La presente Ley es de orden público y de interés social, y tiene por objeto regular las actividades de utilización confinada, liberación experimental, liberación en programa piloto, liberación comercial, y acceso a los beneficios de los productores, comercialización, importación y exportación de organismos genéticamente modificados, con el fin de prevenir, evitar o reducir los posibles riesgos que estas actividades pudieran ocasionar a la salud humana o al medio ambiente y a la diversidad biológica o a la sanidad animal, vegetal y acuícola.

Artículo 2. Para cumplir su objeto, este ordenamiento tiene como finalidades:

I. Garantizar un nivel adecuado y eficiente de protección de la salud humana, del medio ambiente y la diversidad biológica y de la sanidad animal, vegetal, acuícola y del maíz, respecto de los efectos adversos que pudiera causarles la realización de actividades con organismos genéticamente modificados;

II. a VI. ...

VII. Establecer el régimen de permisos para la realización de actividades de liberación experimental, de liberación en programa piloto y de liberación comercial, de organismos genéticamente modificados, incluyendo la importación de esos organismos para llevar a cabo dichas actividades;

Para emitir el permiso, se deberá solicitar a la parte interesada, el dictamen fundamentado de bioseguridad de los organismos internacionales en la materia y de su país de origen.

Para emitir el permiso para el caso del maíz se deberá contar con el dictamen fundamentado de bioseguridad de los organismos internacionales y el de su país de origen y del permiso de las instituciones mexicanas en la materia y de las comunidades o propietarios de los entornos donde se pretenda incorporar maíz modificado.

VIII. Establecer el régimen de avisos para la realización de actividades de utilización confinada de organismos genéticamente modificados, en los casos a que se refiere esta ley;

IX. Establecer el régimen de las autorizaciones de la Secretaría de Salud de organismos genéticamente modificados que se determinan en esta Ley;

X. Crear y desarrollar el Sistema Nacional de Información sobre Bioseguridad y el Registro Nacional de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados;

El Sistema Nacional de Información sobre Bioseguridad, creará un capítulo especial para la protección y conservación de los reservorios genéticos de las diversas variedades del maíz nativo.

XI. Determinar las bases para el establecimiento caso por caso de áreas geográficas libres de OGM en las que se prohíba y aquellas en las que se restrinja la realización de actividades con determinados organismos genéticamente modificados, así como de cultivos de los cuales México sea centro de origen, en especial del maíz, que mantendrá un régimen de protección especial;

Las bases para el establecimiento caso por caso de áreas geográficas libres de OGM en las que se prohíba y aquellas en las que se restrinja la realización de actividades con determinados organismos genéticamente modificados, así como de cultivos de los cuales México sea centro de origen, en especial el maíz, en virtud de su régimen de protección especial, serán públicas y deberán estar contenidos en los diversos medios electrónicos, magnéticos e impresos disponibles.

La Secretaría de Salud, hará públicas en su portal y los medios disponibles, las alertas y advertencias internacionales y nacionales de los productos que por su composición afecten la salud, la seguridad ambiental y acuícola.

XII. Establecer las bases del contenido de las normas oficiales mexicanas en materia de bioseguridad;

XIII. Establecer medidas de control para garantizar la bioseguridad, así como las sanciones correspondientes en los casos de incumplimiento o violación a las disposiciones de esta Ley, sus reglamentos y las normas oficiales mexicanas que deriven de la misma;

XIV. Establecer mecanismos para la participación pública en aspectos de bioseguridad materia de esta ley, incluyendo el acceso a la información, así como de su identificación, etiquetados y utilización, la participación de los sectores privado, social y productivo a través del Consejo Consultivo Mixto de la Cibiogem, y la consulta pública sobre solicitudes de liberación de OGM al ambiente, y

XV. Establecer instrumentos de fomento a la investigación científica y tecnológica en bioseguridad y biotecnología y conservación de los reservorios genéticos autóctonos que pretendan modificarse.

XVI. Establecer y determinar a través de la Secretaría de Hacienda el acceso, costo y repartición de beneficios a los productores agropecuarios y de los pueblos y comunidades indígenas en los términos de justicia y economía social.

Ningún ente privado podrá ser titular exclusivo de los beneficios o patentes ya que el estado mexicano siempre estará como ente corresponsable de la conservación de los reservorios genéticos de la biodiversidad existente en el país.

XVII. Establecer las bases para la conservación de los reservorios genéticos de las diversas variedades del maíz nativo, en ningún supuesto las instituciones de investigación o empresas biotecnológicas serán titulares de dichas semillas o de las modificadas cuando estas se hallan diseminado o recombinado.

Artículo 3. Para los efectos de esta ley, se entiende por:

I. a XIII. ...

XIV. Inocuidad: La evaluación y control sanitario de los organismos genéticamente modificados que sean para uso o consumo humano o para procesamiento de alimentos para consumo humano, cuya finalidad es garantizar que dichos organismos no causen riesgos o daños a la salud de la población.

XV. a XXIII. ...

XXIV. Permiso: Es el acto administrativo que le corresponde emitir a la Semarnat o a la SAGARPA, en el ámbito de sus respectivas competencias conforme a esta Ley, necesario para la realización de la liberación experimental, la liberación en programa piloto, la liberación comercial y la importación de OGM para realizar dichas actividades, en los casos y términos establecidos en esta ley y en las normas oficiales mexicanas que de ella deriven, el cual deberá incorporar el reporte informado de su país de origen y los organismos internacionales especializados en la materia.

XXV. a XXXVI. ...

Artículo 4. Es materia de esta Ley la bioseguridad e incentivar de manera integral, el control, identificación y etiquetado de todos los OGMs obtenidos o producidos a través de la aplicación de las técnicas de la biotecnología moderna a que se refiere el presente ordenamiento, que se utilicen con fines agrícolas, pecuarios, acuícolas, forestales, industriales, comerciales, de biorremediación y cualquier otro, con las excepciones que establece esta Ley.

Artículo 5. a Artículo 8. ...

Artículo 9. Para la formulación y conducción de la política de bioseguridad y la expedición de la reglamentación y de las normas oficiales mexicanas que deriven de esta ley, se observarán los siguientes principios:

I. La nación mexicana es poseedora de una biodiversidad de las más amplias en el mundo, y en su territorio se encuentran áreas que son centro de origen y de diversidad genética de especies y variedades que deben ser protegidas, utilizadas, potenciadas y aprovechadas sustentablemente, por ser un valioso reservorio de riqueza en moléculas y genes para el desarrollo sustentable del país;

II. El Estado tiene la obligación de garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su salud, desarrollo, bienestar y alimentación inocua, de calidad, segura, nutritiva y suficiente;

III. a XIX....

Artículo 10. Son autoridades competentes en materia de bioseguridad:

I. a III. ...

La SHCP tendrá las facultades que se establecen en esta ley, en lo relativo a la importación de OGM y de productos que los contengan.

Artículo 11. Corresponde a la Semarnat el ejercicio de las siguientes facultades respecto de actividades con todo tipo de OGM, salvo cuando se trate de OGM que correspondan a la Sagarpa:

I. Participar en la formulación y aplicar la política general de bioseguridad y establecer políticas de protección de los reservorios genéticos de las especies nativas;

II. a X. ...

Artículo 12. Corresponde a la Sagarpa el ejercicio de las facultades que le confiere esta ley, cuando se trate de actividades con OGM en los casos siguientes:

I. Vegetales que se consideren especies agrícolas, incluyendo semillas, y cualquier otro organismo o producto considerado dentro del ámbito de aplicación de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, con excepción de las especies silvestres y forestales reguladas por la Ley General de Vida Silvestre y la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, respectivamente, y aquellas que se encuentren bajo algún régimen de protección por normas oficiales mexicanas derivadas de esas leyes;

II. Animales que se consideren especies ganaderas y cualquier otro considerado dentro del ámbito de aplicación de la Ley Federal de Sanidad Animal, con excepción de las especies silvestres reguladas por la Ley General de Vida Silvestre y aquellas que se encuentren bajo algún régimen de protección por normas oficiales mexicanas derivadas de esas leyes;

La protección y conservación del reservorio genético de las diversas variedades del maíz nativo.

III. a VII. ...

Artículo 13. a Artículo 17. ...

Artículo 18. Corresponde a la SHCP el ejercicio de las siguientes facultades, respecto de la importación de OGM y de productos que los contengan:

I. Revisar en las aduanas de entrada del territorio nacional, que los OGM que se importen y destinen a su liberación al ambiente o a las finalidades establecidas en el artículo 91 de esta Ley, cuenten con el permiso y/o la autorización respectiva, según sea el caso en los términos de este ordenamiento;

II. Revisar que la documentación que acompañe a los OGM que se importen al país, contenga los requisitos de identificación y de etiquetado establecidos en las normas oficiales mexicanas que deriven de esta ley;

III. a V. ...

La SHCP ejercerá las facultades anteriores...

Artículo 19. a Articulo 20. ...

Artículo 28. El Ejecutivo federal fomentará, apoyará y fortalecerá la investigación científica y tecnológica en materia de bioseguridad y de biotecnología a través de las políticas y los instrumentos establecidos en esta Ley y en la Ley de Ciencia y Tecnología. En materia de biotecnología, estos apoyos se orientarán a impulsar proyectos de investigación y desarrollo e innovación, formación de recursos humanos especializados y fortalecimiento de grupos e infraestructura de las universidades, instituciones de educación superior y centros públicos de investigación, que se lleven a cabo para resolver necesidades productivas específicas del país y que beneficien directamente a los productores nacionales.

En materia de bioseguridad se fomentará la investigación para obtener conocimientos suficientes que permitan evaluar los posibles riesgos de los OGM en el medio ambiente, la diversidad biológica, la conservación y sustentabilidad del reservorio genético de las diversas variedades del maíz nativo, la salud humana y la sanidad animal, vegetal y acuícola; para generar las consideraciones socioeconómicas de los efectos de dichos organismos para la conservación y el aprovechamiento de la diversidad biológica, y para valorar y comprobar la información proporcionada por los promoventes. Asimismo, se impulsará la creación de capacidades humanas, institucionales y de infraestructura para la evaluación y monitoreo de riesgos.

Artículo 29. a Artículo 39. ...

Artículo 40. No se permitirá la importación de OGM o de productos que los contengan al territorio nacional, en los casos en que dichos organismos se encuentren prohibidos en el país de origen o se encuentren clasificados en las listas como no permitidos para su liberación comercial o para su importación para esa actividad, dicha información deberá ser publicada en los portales electrónicos e impresos existentes y estará a disposición de la persona que lo requiera.

Artículo 41. a Artículo 90. ...

Artículo 91. Los OGM objeto de autorización son los siguientes:

I. Los que se destinen a su uso o consumo humano, incluyendo granos, y el maíz que se encuentra bajo un régimen especial de protección;

II. a IV. ...

Para los efectos de esta ley, también se consideran OGM para uso o consumo humano aquellos que sean para consumo animal...

Artículo 92. a Artículo 107. ...

Artículo 108. La Cibiogem, a través de su Secretaría Ejecutiva, desarrollará el Sistema Nacional de Información sobre Bioseguridad que tendrá por objeto organizar, actualizar y difundir la información sobre bioseguridad así como las advertencias y alertas nacionales e internacionales sobre dichos productos. En dicho sistema, la Cibiogem deberá integrar, entre otros aspectos, la información correspondiente al Registro.

La Cibiogem reunirá informes y documentos...

La Cibiogem, además, realizará los estudios y las consideraciones socioeconómicas...

Asimismo, la Secretaría Ejecutiva de la Cibiogem fungirá como...

I. a VI. ...

Las Secretarías competentes podrán proporcionar de manera directa...

Artículo 109.a Artículo 124. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1o. de octubre de 2013.— Diputada Gloria Bautista Cuevas, Marcos Rosendo Medina Filigrana, (rúbricas).»

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada. Se turna la iniciativa a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



APOYO A LA POBLACION DE ZIRANDARO Y HUETAMO AFECTADA POR LOS FENOMENOS HIDROMETEOROLOGICOS OCURRIDOS EL 15, 16 Y 17 DE SEPTIEMBRE

El Presidente diputado José González Morfín: En otro apartado del orden del día, tenemos la proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución.

De conformidad con el artículo 76, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene la palabra por cinco minutos el diputado Brasil Alberto Acosta Peña, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación para que emita la declaratoria de desastre, y a las dependencias federales para que adopten medidas tendientes a apoyar a la población de los municipios de Zirándaro y Huetamo, afectados por los fenómenos hidrometeorológicos ocurridos el 15, 16 y 17 de septiembre. Adelante, diputado.

El diputado Brasil Alberto Acosta Peña:Con su permiso, señor presidente. Como es de todos sabido, los pasados 15, 16 y 17 de septiembre de 2013 varios estados de las República Mexicana —entre ellos Guerrero y Michoacán— sufrieron un fenómeno hidrometeorológico inusual provocado por la depresión tropical Manuel y el huracán Ingrid, lo que trajo como consecuencia inundaciones severas, deslaves, afectación de carreteras y desbordamiento de ríos y presas, que han puesto a la población en situación vulnerable y de grave peligro, pues no solo ha perdido en su totalidad sus bienes, sino que también se ha puesto en riesgo su integridad física y hasta su vida.

El estado de Guerrero —el más afectado del país— cuenta con varios ríos y presas, que al desbordarse afectaron gravemente las localidades de Alita, El Cuitas, El Tamarindo, La Ordeña, Hacienda Vieja, La Calera, La Colonia, La Poza, Tziritzicuaro, Las Juntas de Cujarán, El Surandaníco, El Mulato, en el municipio de Zirándaro, por su cercanía con el río Balsas.

En el estado de Michoacán también se encuentra severamente afectado el municipio de Huetamo, en sus localidades de Quetzería, San Jerónimo, Estimucha, Santiago Comguripo, Santa Rita, Arroyo Seco, Capeo y Cuenandio, que se ubican en la ribera del río Balsas y del río bajo Tacámbaro.

Los daños en estos dos municipios perjudicaron a más de 6 mil 954 habitantes, lo que representa mil 707 viviendas colapsadas, siendo como siempre la población con mayor pobreza la más dañada, pues en cuestión de horas se quedaron sin nada.

Cabe hacer notar que la Secretaría de Gobernación, en sus boletines 285 y 289 de fecha 21 de septiembre del año en curso, emitió una declaratoria de emergencia para los municipios de Zirándaro y Huetamo, respectivamente, a petición de los gobiernos de Guerrero y Michoacán, por lo cual se activaron los recursos del Fonden, cuestión que por supuesto agradecemos a ambos niveles de gobierno.

No obstante, la ayuda que se ofrece es limitada. Es decir, se reduce a atender las necesidades alimenticias, de abrigo y salud de la población afectada, dejando de lado la reconstrucción de viviendas, la recuperación de sus enseres domésticos, la ayuda por la pérdida de sus sembradíos de maíz, sorgo y ajonjolí, así como su incorporación al Programa de Empleo Temporal.

Por lo anterior, consideramos urgente que la Secretaría de Gobernación amplíe su declaratoria de emergencia y la califique como declaratoria de desastre natural, a la que hace referencia el artículo 5, fracción VII, de las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales. Y en el contexto de dicha declaratoria, que se asignen recursos para la reconstrucción, para la restitución de los bienes que permitan adoptar medidas de mitigación para daños futuros.

Por otro lado, es urgente que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con recursos del programa Hábitat, apoye con enseres domésticos a la población, así como también brinde su apoyo con el programa de Vivienda Digna.

Lo mismo ocurre en el caso del empleo temporal que opera la Secretaría de Desarrollo Social y que también puede financiarse con recursos del Fonden para propiciar la pronta reactivación económica de las zonas afectadas.

De igual forma, solicitamos la intervención de la Sagarpa, a efecto de que active el Programa de Prevención y Manejo de Riesgos, bajo el componente Atención a desastres naturales en el sector agrario y pesquero; el Fondo de Apoyo Rural por contingencias climatológicas y así apoyar a los productores de bajos ingresos que perdieron totalmente sus cosechas a causa de los fenómenos naturales por todos conocidos.

En el mérito de lo anteriormente referido se somete a su consideración la proposición con los siguientes puntos de acuerdo:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Gobernación federal, con la finalidad de incluir en su declaratoria de desastre natural a que hacen referencia las reglas generales del Fondo Nacional de Desastres, las medidas necesarias tendentes a apoyar las comunidades mencionadas de los municipios de Zirándaro en Guerrero y Huetamo en Michoacán, afectados por el fenómeno hidrometeorológico ya citado.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, de Desarrollo Social y de Sagarpa, del gobierno federal, a destinar recursos provenientes de los programas Hábitat y Vivienda, Empleo Temporal y de Apoyo a los sembradíos siniestrados, respectivamente, para atender las necesidades de la población afectada.

Tercero —y último— La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a los gobiernos de los estados de Guerrero y Michoacán, así como de los municipios de Zirándaro y Huetamo, para que en un ambiente de coordinación institucional propicien la asignación de los recursos financieros necesarios para atender los daños del fenómeno perturbador y la realización de acciones para mitigar efectos en el futuro. Es cuanto, señor presidente.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob a emitir la declaratoria de desastre; y a las dependencias federales, a adoptar medidas tendentes a apoyar a la población de Zirándaro y Huetamo afectada por los fenómenos hidrometeorológicos ocurridos el 15, 16 y 17 de septiembre, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6o., numeral 1 , fracción 1; 79 numerales 1, fracción II; 2o., fracciones I, III, IV y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, los suscritos diputados Jesús Tolentino Román Bojórquez, Brasil Alberto Acosta Peña, Frine Soraya Córdova Morán y Lisandro Arístides Campos Córdova, someten a consideración de esta Asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación a emitir la declaratoria de desastre natural y a las dependencias de gobierno federal concernientes, para adoptar las medidas necesarias, tendientes a apoyar integralmente a la población de los municipios de Huetamo (estado de Michoacán y Zirándaro (estado de Guerrero) afectados por el fenómeno hidrometeorológico, ocurrido los días 15, 16 y 17 de septiembre del año en curso.

Consideraciones

Como es de todos sabido, el pasado 15, 16 y 17 de septiembre de 2013, varios estados de la República Mexicana, entre ellos los estados de Guerrero y Michoacán, sufrieron un fenómeno hidrometeorológico inusual, provocado por la depresión tropical “Manuel” y el huracán “Ingrid”, lo que trajo como consecuencia inundaciones severas, deslaves de carreteras y desbordamientos de ríos y presas, que han puesto a la población en una situación muy vulnerable y de grave peligro, pues no sólo han perdido en su totalidad sus bienes, sino que también se ha puesto en riesgo su integridad física, y hasta su vida.

El estado de Guerrero, el más afectado del país, cuenta con varios ríos y presas que al desbordarse, afectaron gravemente las localidadesde: Alita, El Cuitas, El Tamarindo, La Ordeña, Hacienda Vieja, La Calera, La Colonia, La Poza, Ziritzicuaro, Las Juntas de Cujarán, El Surandanico, El Mulato, en el municipio de Zirándaro, por su cercanía con el río Balsas.

En el estado de Michoacán, también se encuentra severamente afectado el municipio de Huetamo en sus localidades de: Quetzería, San Jerónimo, Estimucha, Santiago Comguripo, Santa Rita, Arroyo Seco, Capeo y Cuenandio,que se ubican en la rivera del río Balsas y el río Bajo Tacámbaro. Los daños en estos dos municipios perjudicaron a más de 6 mil 954 habitantes, lo que representa 1 mil 707 viviendas colapsadas, siendo, como siempre, la población con mayor pobreza la más dañada, pues en cuestión de horas se quedaron sin nada.

Cabe hacer notar que la Secretaría de Gobernación en sus boletines 285 y 289, de fecha 21 de septiembre del año en curso, emitió una declaratoria de emergencia para los municipios de Zirándaro y Huetamo, respectivamente, a petición de los gobiernos estatales de Guerrero y Michoacán, por lo cual se activaron ya los recursos del Fonden, cuestión que, por supuesto, agradecemos a ambos niveles de gobierno.

No obstante, la ayuda que se ofrece es limitada, es decir, se reduce a “atender las necesidades alimenticias, de abrigo y salud de la población afectada”, dejando de lado la reconstrucción de viviendas, la recuperación de sus enseres domésticos, la ayuda por la pérdida de sus sembradíos de maíz, sorgo y ajonjolí, así como su incorporación al programa de empleo temporal.

Por  lo que consideramos urgente que la Secretaría de Gobernación amplíe su declaratoria de emergencia y la califique como declaratoria de desastre. natural a la que hace referencia el artículo 5o., fracción VII, de las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales y, en el contexto de dicha declaratoria, que se asignen recursos para la reconstrucción o restitución de los bienes y que permitan adoptar medidas de mitigación para daños futuros.

Por otro lado, es urgente que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con recursos del Programa Hábitat, apoye, con enseres domésticos para la población afectada, así como también brinde su apoyo con el Programa de Vivienda Digna.

Lo mismo ocurre en el caso del Programa de Empleo Temporal que opera la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno Federal, y que también puede financiarse con los recursos del Fondo Nacional de Desastres, para propiciar la pronta reactivación económica de las zonas afectadas.

De igual forma, solicitamos la intervención de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), a efecto de que active el Programa de Prevención y Manejo de Riesgos, bajo el componente atención a desastres naturales en el sector agrario y pesquero (Fondo de Apoyo Rural por Contingencias Climatológicas), y así apoyar a los productores de bajos ingresos que perdieron totalmente sus cosechas a causa de los fenómenos naturales por todos conocidos.

En mérito de lo anteriormente referido, se somete a su consideración la proposición con los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Gobernación del gobierno federal, con la finalidad de incluir en su declaratoria de desastre natural, a que hacen referencia las Reglas Generales del Fondo Nacional de Desastres las medidas necesarias tendientes a apoyar a las comunidades mencionadas, de los municipios de Zirándaro en Guerrero y Huetamo en Michoacán, afectados por el fenómeno hidrometeorológico ya citado.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de las Secretarías de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, de Desarrollo Social y, de Sagarpa, del gobierno federal, a destinar recursos provenientes de los Programas Hábitat y Vivienda; Empleo Temporal y de Apoyo a los sembradíos siniestrados respectivamente, para atender las necesidades de la población afectada.

Tercero.La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los gobiernos de los estados de Guerrero y Michoacán, así como de los municipios de Zirándaro y Huetamo, para que en un ambiente de coordinación institucional, propicien la asignación de los recursos financieros necesarios para atender los daños del fenómeno perturbador y la realización de acciones para mitigar efectos en el futuro.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de septiembre de 2013.— Diputados: Jesús Tolentino Román Bojórquez, Brasil Alberto Acosta Peña, Frine Soraya Córdova Morán, Lisandro Arístides Campos Córdova (rúbricas.).»

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Para los efectos del artículo 100 del Reglamento, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se considera de urgente resolución.

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández:Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se pregunta a la asamblea si se considera de urgente resolución. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Sí se considera de urgente resolución.

El diputado Antonio García Conejo (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Está usted en la lista de oradores. En consecuencia, tiene el uso de la voz, hasta por tres minutos, la diputada Cristina Olvera Barrios, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.

La diputada Cristina Olvera Barrios:Con la venia de la Presidencia. Honorable asamblea, durante el mes de septiembre la confluencia del huracán Ingrid y de la tormenta tropical Manuel dejaron precipitaciones fluviales record en nuestro país y afectaciones a la vida de por lo menos 1 millón 200 mil personas.

Los daños registrados son considerados incalculables por la Secretaría de Gobernación y las afectaciones a la población apenas se comienzan a conocer, debido a que muchas comunidades quedaron incomunicadas y recién se reconoce su grado de afectación. Tal es el caso de los municipios de Zirándaro en Guerrero y Huetamo en Michoacán, los cuales al igual que muchos otros resistieron de las lluvias por la confluencia de dos meteoros de los que no existía registro en por lo menos 60 años.

En el Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza reconocemos y nos unimos a la emergencia que en estos momentos deben enfrentar las nueve poblaciones de Huetamo, Michoacán, y las 12 comunidades de Zirándaro en Guerrero, que se asientan en la ribera del río Balsas.

Al unirnos a este justo reclamo también solicitamos la vigencia estrecha de las autoridades competentes para que los recursos destinados por los tres órdenes de gobierno, así como los de la población civil lleguen por igual a todos los afectados y se evite en lo posible el desperdicio, el uso faccioso de estas ayudas.

En el Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza sabemos que los recursos económicos, y en especie, que se destinan a las poblaciones afectadas son inferiores a los que se requieren. Es por eso que la estrecha vigilancia de los recursos destinados deberá ser requisito indispensable para ejercerlos.

En este sentido, hacemos un llamado para que las autoridades realicen un censo en el menor tiempo posible y que vigilen estrechamente la comunidad y se revisen las aplicaciones de los recursos para resarcir los daños que se ocasionaron por estos eventos meteorológicos inusuales.

La declaratoria de desastre que le corresponde a la Secretaría de Gobernación, deberá aplicar los recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales, coordinados con la Secretaría de Desarrollo Social, para poder ayudar en la aplicación del Programa de Empleo Temporal, lo cual es imprescindible para todos los compañeros afectados.

En este sentido, sabemos que es bienvenida toda la ayuda, por eso la intervención de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano de atenuar a los efectos de la desgracia en que viven los habitantes de estos municipios mediante la aplicación de programas como Hábitat, que permite el acceso a enseres domésticos.

Al dar el voto a favor para el presente punto de acuerdo también hacemos un llamado a los ediles de los 312 municipios afectados en el país, para que a fin de evitar desgracias como la ocurrida —que reporta pérdida de 123 vidas humana y 68 desaparecidos a nivel nacional en 26 estados de la República— se realice la reubicación de estas poblaciones, a fin de evitar más daños en el futuro, como nos ha pasado en esta época de lluvias. Muchas gracias, señores diputados. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Tiene ahora la palabra el diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara:Ha quedado claro en México y en el mundo la incapacidad del gobierno de Peña Nieto, para atender la emergencia del 15, 16 y 17 de septiembre.

La verdad es que no fue la instrucción de Osorio Chong, que salen a dar la conferencia de prensa del 30 de octubre. Entonces, la presión de los medios de comunicación. Todos sabemos que el señor Luis Puente andaba en Las Vegas. Que no se tomaron las medidas. Y eso hay que recordarlo, porque este informe que dan lo vimos lleno de omisiones, de mentiras y ya habrá tiempo de tratar esto.

Sin embargo, la Cámara no puede estar en ese tono de circunstancias. Miren, ya el 30 de septiembre de este año se publicó en el Diario Oficial de la Federación —les pediría que checaran a los señores del PRI— la declaración de desastre natural y ya incluye a estos dos municipios, entre otros tantos.

Como sabemos que el gobierno federal, sus responsables, el propio presidente de la República, el secretario de Gobernación, por no hablar ya del de Protección Civil, el Fonden y otros, pues nos preocupa que en la fase de recuperación, en la fase de rehabilitación no se estén haciendo las cosas como se debe.

Ya salieron los medios de comunicación. Ya no es nota de primera plana. Ya quedan los damnificados, quedan los afectados y ahora sí, que Dios los bendiga, porque no se están tomando las medidas necesarias y esto, los que están atentos a lo que ocurre, pues podrán dar fe.

Nosotros estamos proponiendo —y dejamos en la mesa— una propuesta para que el punto de acuerdo sirva en este momento a la rehabilitación y a la recuperación, y en ese sentido tenemos que empoderar a la sociedad.

Nosotros estamos proponiendo —y ahorita darán cuenta los secretarios— que se publiquen los montos de los recursos del Fondo de Desastres Naturales destinados para atender cada uno de los municipios que ya están contenidos en las declaratorias de emergencia. No nada más de estos dos municipios, de todos, que sepamos qué fondos ya están destinados ahí. Así como el padrón de beneficiarios. Porque luego Peña Nieto anda diciendo que va casa por casa, y me recuerda a eso de voto por voto, casilla por casilla, porque parece que le quiere dar un uso político-electoral a las cuestiones de desastre del país. ¿Cómo eliminar eso? Pues que publiquen los montos y los padrones de beneficiarios.

Es lo mismo que tendríamos que pedirle a la Sedatu, que nos diga qué programas y acciones de apoyo se han implementado en estos municipios donde se dio la declaratoria de desastre natural, en todos, así como padrones de beneficiarios, porque si no, ya les digo, van a andar voto por voto, casilla por casilla.

—Es tema, y si no súbase a la tribuna, diputado.

Por último, hay que pedirles a los estados donde fue la emergencia los avisos, que se publiquen, y alertamientos comunicados por el Sistema Nacional de Protección Civil, porque esto no ha acabado aquí, todavía tiene que haber un deslinde de responsabilidades. La justicia, aunque tarde, algún día debe de llegar a los que fueron responsables. Sobre todo que nos informen las acciones de atención y mitigación de riesgo que han implementado para atender a los damnificados.

Yo creo –culmino– que si el PRI, que es el que promueve este punto, está en atención a dar una mejor atención a los ciudadanos afectados en esta etapa de recuperación y de rehabilitación, primero, no lo circunscriba a dos municipios, sino a todos los afectados. Y como les encanta la transparencia, pues no dudamos que aprueben este punto que lo dejamos aquí en la mesa para ser sometido a valoración y discusión. Es cuanto, muchas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Solo le recuerdo que para aceptar propuestas de modificación tiene que venir por el grupo parlamentario promovente. Le pediría que de una vez lo fuera platicando con ellos.

Tiene ahora la palabra el diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

El diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano:Con su permiso, señor presidente. El Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano se adhiere a este punto de acuerdo, porque consideramos que estos municipios realmente han sido afectados y requieren la ayuda.

Sin embargo, la mayor parte de los temas, ya lo han mencionado los compañeros, pero quiero expresar que son tres puntos. La postura de Movimiento Ciudadano ante el apoyo de este punto de acuerdo. Y el segundo es la importancia que tiene la investigación acerca de los responsables.

1. En Chihuahua hubo un accidente automovilístico en un espectáculo en donde los promotores del espectáculo no siguieron la reglamentación correspondiente ni los protocolos adecuados para resguardar la seguridad de la población y hubo una serie de decesos, lamentables decesos. Lo que ocurre es que inmediatamente —en menos de 24 horas— se encuentra detenido el chofer y los responsables de esta situación por no seguir los protocolos de seguridad.

Aquí lo que ocurre ahora es que tenemos un desastre natural en donde no se siguen los protocolos de seguridad, no se dan los avisos y no hay ningún detenido y siguen en libertad.

¿Por qué no se ha hecho la investigación? ¿Solamente en Chihuahua hay justicia? ¿En el país no hay? ¿En Guerrero no va a haber justicia? ¿Por qué quienes son responsables de no haber avisado en forma oportuna siguen en libertad? ¿Por qué no ha actuado el gobierno federal?

Quiero leerles algunos puntos de referencia que se mencionan. Se ha dicho que los estragos se debieron a la deforestación, el cambio climático, la naturaleza incontrolable, entre otros. Pero expertos de la UNAM opinan que las causas van más allá en relación a la falta de la planeación urbana y de una enorme desigualdad; incorrectos asentamientos en lugares fluviales. Pero dicha negligencia no es un secreto. La comunidad internacional ha sido muy puntual al evaluar la tardía acción del gobierno federal que derivó en tantas pérdidas económicas y humanas.

Conagua avisó sobre Ingrid y Manuel. Protección Civil no alertó. ¿Qué nos está diciendo este punto? Que hay dos dependencias que no están de acuerdo. Una dice que sí alertó y la otra no. ¿Quién es el responsable de esta situación?

La Comisión Nacional del Agua advirtió desde el viernes 13 de septiembre —dos días antes de que Ingrid y Manuel tocaran tierra— sobre la peligrosidad de ambos fenómenos meteorológicos que representaban a los estados de Chiapas, Guerrero, Tabasco, Veracruz, etcétera. Sin embargo, el Sistema Nacional de Protección Civil no alertó a estas comunidades. ¿Quién tiene la culpa? Protección Civil, negligencia oficial.

El secretario de Gobernación Osorio Chong considera —esto es de La Jornada— que las críticas al gobierno son injustificadas, porque no se podía prever la magnitud de la tormenta. Es muy difícil saber exactamente los alcances que va a tener el fenómeno.

Y por su parte, el titular de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, Luis Felipe Puente, también declaró: fue imposible calcular la magnitud de los fenómenos naturales porque el fenómeno estuvo estacionado durante varias horas en el mar, en un ambiente que le generó más líquido del previsto.

El funcionario, ligado al sector turismo en su carrera, no tiene idea de lo que está diciendo. Como siempre, cuando los funcionarios abren la boca sale un río de ignorancia y contradicciones.

Dice La Jornada: La mejor prueba de que sí era posible determinar que la población corría riesgos mayores está en los mapas del Centro de Ciencias de Atmósfera de la UNAM. Cualquiera puede consultarlos en la muy útil página del CCA, una de las series de mapas del Grupo Interacción Oceánica Atmosférica, sirve como pronóstico de precipitación acumulada total para un horizonte de 120 horas a partir del punto inicial.

Los pronósticos meteorológicos son elaborados con un modelo de predicción numérica de mesoescala elaborado por el Centro Nacional de Investigación Atmosférica.

Termino, señor presidente. La situación se agrava más. Estamos en peligro. La semana pasada declaró el director de Conagua: que la contingencia no fue atendida correctamente porque no tiene los equipos necesarios para poder medir la contingencia que venía en camino. Que él había mandado ya una carta al gobierno federal diciendo que necesitaba más recursos y que no fue atendido. Que la mayor parte de su equipo en todos los estados es inoperante.

Por lo tanto, compañeros diputados, pongamos atención a este punto: El país —de acuerdo a la declaración del director de Conagua— sigue en alto riesgo por los demás fenómenos que van a llegar, porque no tiene equipo, supuestamente, para medir las contingencias. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Tiene ahora la palabra el diputado Ernesto Núñez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Aprovecho para dar la bienvenida a un grupo de alumnos del Instituto para la Educación Integral del Bachiller, que están hoy aquí en la sesión. Bienvenidos a la Cámara de Diputados.

El diputado Ernesto Núñez Aguilar:Con su permiso, presidente. Compañeras diputadas, compañeros diputados, por supuesto en esta ocasión la postura de la fracción del Partido Verde es a favor de este punto de acuerdo, porque sabemos que muchos de los estados siguen con muchas complicaciones. Pero queremos reconocer las acciones que ha tenido el gobierno federal, porque —como sabemos— ya van destinados más de mil 500 millones de pesos del Fonden.

Si bien es cierto ha sido de manera poco expedita, pero también hay que reconocer que todavía falta mucho por hacer, sobre todo en los municipios y estados donde hubo mayor marginación. En aquellas localidades ya se empieza a caer en la desesperación, porque están en total indefensión nuestros hermanos de estas comunidades. Empieza la carencia de alimentos, empieza la desesperación por toda la pérdida de pertenencias que tuvieron y también por el extravío e incluso por la muerte de sus familiares.

Tenemos que ser muy claros y mucho más severos posteriormente en el ordenamiento en materia de construcción, porque —como sabemos— gran parte de estos problemas que se dieron fue por la mala planificación y —mencionémoslo también— por la corrupción que ha habido a la hora de entrega de estos permisos para construcción de vivienda en zonas donde no debe de hacerse.

Otro tema que tenemos que resaltar y al que le tenemos que poner mucha atención es el seguir generando la cultura de protección civil, porque si hubiera esta cultura, si hubiera este conocimiento, seguramente nos ayudaría para evitar muchas más muertes o muchas tragedias.

En Michoacán —como ya se ha mencionado— son más de 20 los municipios que se han afectado y donde día a día se vienen agudizando las necesidades por la desesperación y la falta de apoyos. No se puede permitir que la gente de escasos recursos se siga estableciendo en laderas de cerros o lechos de ríos. Esto es lo que viene causando principalmente este problema.

Por ello creemos muy oportuno este exhorto y por supuesto estaremos a favor. Como ya se dijo por el diputado Ladrón de Guevara, ya se incluyeron como municipios en zona de desastre. Pero lo que pedimos también es que se ayude a los más de 171 municipios que han venido padeciendo este tipo de problemas.

Sumarnos también al exhorto que se ha hecho al secretario de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y a la secretaria de Desarrollo Social para que puedan seguir bajando, de manera pronta, expedita, los diferentes programas que manejan en estas secretarías.

Nos queda claro que con estas acciones, más este exhorto que presenta el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional contribuimos de manera muy puntual a superar la crisis que hoy en día viven nuestros hermanos.

Por supuesto a favor, y enhorabuena por las acciones que sigue emprendiendo el gobierno federal. Es cuanto, presidente, muchas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Tiene ahora la palabra, hasta por tres minutos, el diputado Antonio García Conejo, del Grupo Parlamentario del PRD.

El diputado Antonio García Conejo:Con su anuencia, señor presidente. Estimados diputados y diputadas de este pleno. Compañeras y compañeros, es oportuno reconocer que por primera ocasión, después de acontecido un fenómeno de esta magnitud, los recursos derivados de la declaratoria de emergencia y desastres naturales han fluido con la necesaria celeridad en ciertos lugares. En otros aunque quisiéramos no podemos decir lo mismo.

Esto se debe, en buena medida y más allá de la voluntad de funcionarios, a que se trabaja con una nueva ley, fruto del esfuerzo de nuestras compañeras y compañeros de la legislatura pasada.

Sin duda alguna la nueva Ley General de Protección Civil, vigente del 6 de junio de 2012 —y vaya forma de estrenarla— justo cuando se presentaron dos fenómenos hidrometeorológicos simultáneos, en el océano Pacífico el huracán Manuel y en el Golfo de México por la tormenta Ingrid, que han afectado en forma directa e indirecta a más de un millón y medio de personas.

Desde el 14 de junio de 1958 no ocurrían simultáneamente dos fenómenos meteorológicos cuya conjunción provoca una mayor intensificación y extensión de lluvias, causando severos estragos y daños por inundaciones y deslaves.

Sin embargo y a pesar de que varios de los municipios de los estados siniestrados han sido ya objeto de alguna declaratoria, no se han considerado algunos que debieran haber sido declarados en desastre, ya que la gravedad de los daños por inundaciones y los deslaves así lo ameritan.

Es importante, compañeras y compañeros, tener presente que son dos cosas diferentes: una es declarar zona de emergencia y otra es declarar una zona de desastre. Sin duda, muchos municipios fueron declarados zona de emergencia, pero no han sido declarados zonas de desastre.

Es el caso del municipio de San Lucas, en Michoacán y los municipios de Villa Sola de Vega, Santa Cruz Zenzontepec, San Francisco Cahuacua, Zapotitlán del Río, Juquila, San Mateo Yucutindoo, Santa Cruz Mitlatongo, Santiago Juxtlahuaca en el estado de Oaxaca.

El Partido de la Revolución Democrática apoya el punto de acuerdo. Por eso es que solicitamos muy atentamente a los promotores del punto de acuerdo —con la anuencia de esta honorable asamblea— incluir a estos municipios en el exhorto, modificando el resolutivo primero y tercero del punto de acuerdo para quedar como sigue:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta con pleno respeto al ámbito de sus respectivas facultades al titular de la Coordinación Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Civil, por el conducto de la Secretaría de Gobernación del gobierno federal, para que emita a la mayor brevedad la declaratoria de desastre natural a que hace referencia en los artículos 60, 61 y 74 de la Ley de Protección Civil, para atender los daños a la infraestructura, equipamiento público, los comercios y las casas-habitación de la población de los municipios de Zirándaro, en Guerrero; Huetamo y San Lucas en Michoacán, y los municipios Villa Sola de Vega, Santa Cruz Zenzontepec, San Francisco Cahuacua, Zapotitlán del Río, Juquila, San Mateo Yucutindoo, Santa Cruz Mitlatongo, Santiago Juxtlahuaca y la región de la Mixteca, Sierra Sur, La Costa y el istmo de Tehuantepec, en el estado de Oaxaca, afectados por las lluvias severas y deslaves derivados de la conjunción de la tormenta tropical Ingrid y el huracán Manuel.

Termino, presidente. Tercero. La Cámara de Diputados exhorta con pleno respeto al ámbito de sus respectivas facultades al titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y al titular de la Secretaría de Desarrollo Social del gobierno federal a activar el Programa de Empleo Temporal, considerando en su Presupuesto 2013 para la reconstrucción de carreteras y caminos, así como para atender las necesidades de la población en las localidades y municipios de Zirándaro en Guerrero, Huetamo y San Lucas en Michoacán y los municipios de Villa Sola de Vega, Santa Cruz Zenzontepec, San Francisco Cahuacua, Zapotitlán del Río, Juquila, San Mateo Yucutindoo, Santa Cruz Mitlatongo, Santiago Juxtlahuaca y la región de la Mixteca, Sierra Sur, La Costa y el istmo de Tehuantepec del estado de Oaxaca, afectados por la tormenta tropical Ingrid y Manuel. Muchísimas gracias, compañeros, por su tolerancia.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Tiene ahora la palabra la diputada Berenice Álvarez Tovar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

La diputada Martha Berenice Álvarez Tovar:Con su permiso, señor presidente. Muy buenas tardes a todos ustedes. El Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional emitirá un voto a favor en este tema, porque ante estas situaciones no podemos mantenernos ajenos.

A días de los embates ocasionados en diversas entidades federativas por fenómenos meteorológicos que se presentaron al mismo tiempo en océanos diferentes, aún se continúan estableciendo el recuento de los daños, buscando los mecanismos para apoyar a los cientos de miles de afectados. Pero hasta el momento tales acciones emprendidas no pareciesen suficientes.

Reconocemos los diferentes esfuerzos efectivos, pero destacamos aún más la gran solidaridad de la sociedad civil que se ha sumado en apoyo de los afectados, demostrando una gran colaboración mutua y proyectando un sentimiento de unidad que ha sido ejemplo de apoyo entre los mexicanos.

Ante la pérdida del patrimonio de muchas personas es necesario tomar acciones concretas. Nos sumamos a diversos posicionamientos expresados en los que se ha pugnado por la declaratoria de zona de desastre en diversos municipios en donde se sufrieron severos daños, en lo que se refiere a los conceptos de infraestructura, salud y vivienda. Todo esto ha significado la declaratoria emergente para 312 municipios de 14 estados.

Hoy habitantes de diversas localidades del municipio de Zirándaro, Guerrero y de las localidades del municipio de Huetamo, Michoacán, requieren una atención inmediata por los daños que sufrieron en días pasados. Lo urgente fue dar atención inmediata a los damnificados y ubicarlos en lugares seguros para salvaguardar su integridad física.

Recordemos que en el denominado instrumento financiero Fonden se tiene por objeto que a través de la emisión de una declaratoria de desastres se pueden proporcionar recursos a las entidades federativas y dependencias federales para la reconstrucción de los daños ocasionados por un fenómeno natural perturbador a la vivienda de la población de bajos ingresos, así como a los servicios e infraestructura pública federal, estatal o municipal.

No podemos evadir responsabilidades sobre las acciones que se pudieron emprender para la prevención. Lo cierto es que al momento las acciones que deben preocuparnos son para lograr los apoyos necesarios que permitan mitigar los daños.

Señoras legisladoras y señores legisladores, los diputados de Acción Nacional hacemos un atento llamado al Ejecutivo federal para que se brinde la atención oportuna a la población en conjunto; que se realice una evaluación puntual y exhaustiva de los daños y que se elabore un diagnóstico de las afectaciones en todos los estados y en los diferentes sectores económicos del país.

Para el Partido de Acción Nacional la persona humana es el eje rector, el centro y fin de nuestra acción política, por quien trabajamos para asegurarle los elementos necesarios para una vida digna.

Por tanto, consideramos necesario hacer un llamado a las autoridades competentes para que se instrumenten los mecanismos adecuados en atención a los afectados y que no quede solamente este respetuoso exhorto en una intención política. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Finalmente, tiene el uso de la voz el diputado Lisandro Arístides Campos Córdova, del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado Lisandro Arístides Campos Córdova:Con su permiso, señor presidente. Diputadas y diputados, los fenómenos naturales que azotaron a nuestro país han puesto de manifiesto el grado de vulnerabilidad en la que se encuentran muchas comunidades de nuestra patria, cuya pobreza simplemente dificulta la posibilidad de enfrentar con mayor eficacia las contingencias ambientales. Mejores niveles de vida de la población nos permitirían enfrentar las dificultades con mayor eficiencia.

Estamos llamados a promover en este país una distribución más equitativa de la riqueza. Asimismo tenemos la tarea de fomentar una cultura de la protección civil, que a la fecha sigue haciendo falta.

En este orden de ideas, dados los resultados del fenómeno natural y social al que nos enfrentamos, es claro que la declaratoria de emergencia es simplemente insuficiente para la magnitud del meteoro. Por lo mismo, es necesaria la declaratoria de desastre para que se incluyan apoyos que tienen que ver con la reconstrucción de la vivienda, empleo temporal, entre otros.

Los medios de comunicación han convertido este tipo de emergencias en un verdadero reality show, con graves consecuencias para las víctimas. Primero provocan que la ayuda se concentre ahí donde el show se pueda montar con toda facilidad y éxito, y que el mismo dure solo el tiempo que la tragedia sea noticia. Pasada la euforia y la novedad, los damnificados quedan totalmente olvidados con sus necesidades a cuestas. Nadie vuelve a acordarse de ellos.

Segundo. El show deja afuera necesariamente a los pueblos y rancherías, que no son un escenario digno y atractivo para el mismo, aunque es ahí —precisamente— donde más se nota la falta de obra contra inundaciones de edificios bien hechos que sirvan como albergues, clínicas y hospitales para la atención de los enfermos y la falta de viviendas dignas y seguras que resistan temporales y temblores.

La acción selectiva de los medios incrementa el sufrimiento que de por sí conlleva este tipo de desastres.

Es por eso que estamos a favor de la proposición con punto de acuerdo en comento, pues pone de relieve la necesidad de emitir la declaratoria de desastre a las comunidades que se especifican, y por lo mismo, se toman en consideración comunidades muy pobres que fueron afectadas severamente y que requieren de nuestra solidaridad para salir adelante. Muchas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Agotada la lista de oradores voy a pedir a la Secretaría consulte a la asamblea, en votación económica, si es de aprobarse el punto de acuerdo.

El Secretario diputado Ángel Cedillo Hernández: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Aprobado. Comuníquese.

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Huerta Ladrón de Guevara.

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara(desde la curul): Sí, presidente, para solicitarle, en virtud que el PRI no quiso ampliar la solicitud del exhorto a todos los municipios afectados, y sobre todo, evitar transparentar los beneficiarios de los programas, recursos asignados y otros temas que propusimos, le solicito se inserte este planteamiento en el Diario de los Debates para que la historia conozca quién es quién en esta Cámara de Diputados.

«Ciudadano Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Propuesta de modificación a la proposición con punto de acuerdo que presentan los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación para que emitan la declaración de desastre, y a las dependencias federales, para que adopten medidas tendientes para apoyar a la población de los municipios de Zirándaro y Huetamo afectados por los fenómenos hidrometeorológicos ocurridos el 15, 16 y 17 de septiembre, así como los padrones de beneficiarios, en los términos siguientes:

Primero.La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Gobernación del gobierno federal, para que publique los montos de los recursos del Fondo de Desastres Naturales destinados para atender cada uno de los municipios con declaratoria de desastre natural, por los fenómenos hidrometeorológicos ocurridos el 15, 16 y 17 de septiembre, así como los padrones de beneficiarios.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de las Secretarías de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, así como de Desarrollo Social del Poder Ejecutivo federal publique los programas y acciones de apoyo implementados en  los municipios con declaratoria de desastre natural por los fenómenos hidrometeorológicos ocurridos el 15, 16 y 17 de septiembre, así como los padrones de beneficiarios.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los gobiernos de los estados de Chiapas, Colima, Coahuila, Distrito Federal, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Tamaulipas, Veracruz y Zacatecas, publique los avisos o alertamientos comunicados por el Sistema Nacional de Protección Civil, así como de las acciones de atención y mitigación de riesgo que se han implementado para atender a los damnificados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de octubre de 2013.— Diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: Con mucho gusto, diputado, quedará insertado en el Diario de los Debates.

Antes de pasar al siguiente punto de acuerdo, quiero aprovechar la oportunidad para saludar y dar la más cordial bienvenida a un grupo de integrantes de la Federación de Hemofilia de la República Mexicana, que están aquí invitados por la Comisión de Salud, en razón de unos foros que se están llevando aquí, en la Cámara, en materia de hemofilia. Bienvenidos a la sesión, bienvenidos a la Cámara de Diputados.

El diputado Antonio García Conejo(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado García Conejo.

El diputado Antonio García Conejo (desde la curul): Presidente, agradecerte la atención. Me hubiese gustado que hubiera preguntado a los proponentes el punto de acuerdo. Hice ahí dos puntuales propuestas, modificación en el primer y tercer punto de acuerdo. Lo he comentado con mis compañeros del Revolucionario Institucional y están en la mejor disposición, sobre todo al proponente.

Me gustaría que fuera incluida mi propuesta para que estuviera contemplado el municipio de San Lucas, Michoacán, y aparte de Huetamo y Zirándaro, en Guerrero, y los municipios de Oaxaca que mencioné.

El Presidente diputado José González Morfín: Lo lamento, diputado, pero no tuvimos aquí en nuestras manos una proposición de modificación firmada por el grupo promovente que nos pudiera haber permitido darle trámite. Pero el asunto ya fue votado.

El Reglamento me impide darle trámite a proposiciones verbales y a proposiciones que no vengan del grupo parlamentario promovente. De verdad, lo lamento y aparte el asunto ya fue votado. De todos modos, su intervención quedará registrada en el Diario de los Debates. Dígame, diputado.

El diputado Antonio García Conejo (desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Dígame, diputado.

El diputado Antonio García Conejo (desde la curul): Sí, en este momento la va a firmar y le agradezco mucho la atención. Sé que fue votado, lo propuse, lo había comentado con ellos anteriormente, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Pues de verdad lo lamento.



EXHORTO A LA SHCP A HACER PUBLICOS LOS MONTOS DE LAS CONDONACIONES EN MATERIA DE ISR EN CADA ESTADO DEL PAIS Y EL DISTRITO FEDERAL

El Presidente diputado José González Morfín: Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Mariana Dunyaska García Rojas, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que haga públicos los montos de las condonaciones en materia de impuestos sobre la renta en cada uno de los estados del país y del Distrito Federal.

La diputada Mariana Dunyaska García Rojas:Con su venia, señor presidente. Diputados y diputadas, los gobiernos y los ciudadanos contribuyen al país con el pago del impuesto sobre la renta. Existen gobiernos que transforman la realidad y que cada peso que es otorgado desde esta federación se ocupa para la mejora continua de sus habitantes. A estos gobiernos que cumplen con su encargo, más recursos y más apoyo.

En cambio, existen administraciones públicas que heredan a las subsecuentes su falta de responsabilidad en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, específicamente en el impuesto sobre la renta, y esto se agudiza cuando hay una transición, y en ocasiones, bien sea de un partido a otro o del mismo partido, o a veces en periodos de más de seis meses.

Con esto se genera un caldo de cultivo para el desvío de recursos, para el daño patrimonial de las arcas municipales, pero principalmente al pueblo de México. Por eso no se puede ocultar que hay gobernantes que usan y abusan de su encargo público con prácticas de corrupción y malversación de fondos.

En el último trimestre de 2012 la deuda de estados y municipios creció a casi 435 millones de pesos, según la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Los estados y municipios retienen los impuestos cobrados a sus trabajadores como recaudadores fiscales indirectos, y en algunos casos, el borrón y cuenta nueva beneficia a algunas administraciones que no son transparentes.

La condonación nace con el objetivo de fortalecer a los gobiernos para beneficio de los ciudadanos. Los gobiernos responsables contribuyen siempre con la información necesaria a favor de la transparencia, y en la información necesaria también de la ejecución de los recursos etiquetados, recibidos o condonados, porque tienen la conciencia tranquila.

El 12 de febrero del presente año 19 contribuyentes, ciudadanos comunes, se ampararon contra el artículo 9o. de la Ley de Ingresos de la Federación, que condona el 60 por ciento de las deudas de estados y municipios por el concepto de impuesto sobre la renta que cobran a sus empleados.

La ciudadanía contribuyente –que de manera responsable cumple con las obligaciones descritas en el Capítulo II, De los mexicanos, artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos– manifiesta la imposición de la carga tributaria para contribuir con los gastos públicos, brindando la aportación del impuesto sobre la renta.

Ellos, los ciudadanos, no cuentan con la posibilidad de ser sujetos a ninguna condonación. Los impuestos deben ser proporcionales y equivalentes, sin sesgos ni castas beneficiadas.

¿Qué sucedería si un patrón aplica el borrón y cuenta nueva a sus colaboradores? Nueve años de cárcel. Mientras que las personas físicas y morales responsables de su contribución con el país pagan puntualmente, los gobiernos cuentan con una condonación. Y, en todo caso, si existiera la exención fiscal debería considerarse que sea para los trabajadores que generaron el impuesto que dio pie a la recaudación.

Algunos estados y municipios se beneficiaron de la condonación del ISR y realizaron obras a favor de la ciudadanía. Pero algunos gobiernos no lo hicieron y deben rendir cuentas, se escudaron en el beneficio de la condonación para discrecionalmente contribuir y distribuir estos recursos con fines que la opinión pública desconoce al día de hoy. Con esto se genera un daño colateral para los contribuyentes cumplidos que brindan su aportación para el bien común de la nación, que no reciben respuesta en obra pública y social para el bien de sus familias.

Es necesario que se revise a fondo la aplicación de este recurso y en caso de que exista daño a la hacienda pública o malversación de fondos se sancione a los presuntos responsables de la forma correspondiente. Un México justo y equitativo se construye respetando la ley para beneficio de la ciudadanía, con transparencia, con rendición de cuentas, igualdad fiscal para los contribuyentes en responsabilidades y beneficios. Evitemos resarcir adeudos de gobernantes irresponsables.

Por lo que pongo a la consideración de este pleno la proposición con punto de acuerdo en el cual se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que se informe a la opinión pública, de conformidad con el artículo 9o. de la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2013, los montos de las condonaciones de los estados de la República y del Distrito Federal.

Exhorto a la Auditoría Superior de la Federación inicie las auditorías pertinentes para determinar cuál ha sido el destino específico de estos recursos, y si los recursos condonados fueron utilizados para subsanar necesidades de infraestructura, proyectos productivos, obras sociales y comunitarias, así como si estas obras se encuentran en proceso, concluidas o solo comprobadas documentalmente.

Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación y a los órganos estatales de fiscalización se incluya en los planes de trabajo la revisión del programa de adeudos fiscales implementados por el servicio de administración tributaria.

Por mayor transparencia a favor de los ciudadanos que movemos a México, y que pagamos el ISR, solicito al pleno aprueben este punto de acuerdo, con el que respondemos al encargo que México nos ha conferido, sin sesgo partidista, por la igualdad a favor de la ciudadanía, buscando la equidad fiscal entre gobiernos y ciudadanos. Vamos por políticas de anticorrupción en los que se debe tener congruencia.

Solicito que el texto íntegro sea incluido en el Diario de los Debates. Muchas gracias. Es cuanto, señor presidente.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a hacer públicos los montos de las condonaciones en materia de ISR en cada estado del país y el Distrito Federal; y a la ASF, a iniciar auditorías para determinar si los recursos condonados a estados y a municipios por ese concepto correspondientes al ejercicio fiscal de 2012 se utilizaron para subsanar necesidades de infraestructura o proyectos productivos y no para resarcir adeudos de gobernadores o de alcaldes, a cargo de la diputada Mariana Dunyaska García Rojas, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada federal Mariana Dunyaska García Rojas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea el presente punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Antecedentes

1.El día 12 de febrero del año 2013, un grupo de 19 contribuyentes presentó una demanda de amparo en contra el artículo 9 de la Ley de Ingresos de la Federación para 2013, que condona 60 por ciento de las deudas de estados y municipios por concepto del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que cobran a sus empleados.

En conferencia de prensa, integrantes de la organización “#Yo Contribuyente” aseguraron que la falta de esos recursos generará un “boquete fiscal” incalculable.

Comentaron que mientras por un lado la Ley otorga beneficios fiscales a gobiernos locales que han mal administrado sus recursos, por otro exige el pago de impuestos completos al resto de los contribuyentes.

Aseguró que la Ley de Ingresos de la Federación permite un beneficio fiscal sobre el cargo del ISR de los trabajadores, equivalente al 60 por ciento para 2013 y del 30 por ciento para 2014.

Con esto los estados y municipios sólo son vehículos transitorios que detentan esos recursos y que su condonación permite que estos gobiernos locales quedarse con los impuestos cobrados a sus trabajadores, convirtiéndose así los estados y municipios en recaudadores fiscales indirectos.

De esta forma, al aprobar una especie de rescate financiero a estados y municipios equivale a un “borrón y cuenta nueva” a entidades federativas y municipios en la medida en que cancela pasivos a cargo de los beneficiarios, beneficiando a aquellos estados o municipios que no han logrado realizar administraciones confiables.

Con esta medida se violenta flagrantemente lo establecido por el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

La deuda total de estados y municipios ha crecido en México un 150 por ciento en los últimos seis años, según datos de JP Morgan y se elevaba, solo a medio y largo plazo, a 434.000 millones de pesos, a finales de 2012, según datos de la Secretaria de Hacienda. El dato de la deuda fiscal perdonada no se conoce, porque la condonación se hace mediante convenios con el Gobierno Federal que no son públicos, pero se estima según fuentes gubernamentales, ofrecía una cifra de $13.000 (trece mil millones de pesos).

El impulsor de #Yocontribuyente, Juan Pardinas, director del Instituto Mexicano para la Competitividad, un organismo independiente, señaló: “Están violando el principio constitucional de que los impuestos sean proporcionales y equivalentes y están generando una casta privilegiada. Si un patrón hiciera eso le caerían nueve años de cárcel”, explica. Según él no se trata solo de que ese “borrón y cuenta nueva” sea injusto.

Históricamente, los estados y municipios han dejado de pagar el ISR retenido a sus trabajadores. La causa principal fue que durante décadas las entidades federativas y los municipios no lo retuvieron efectivamente, y la federación no les exigía su pago. La justificación fue, y aún lo es, que la retención efectiva del ISR habría implicado la reducción de los sueldos de los trabajadores burócratas. Un problema al que no se ha encontrado solución estructural alguna.

La Ley de Ingresos fue aprobada en la Cámara de Diputados por 446 votos a favor, 19 en contra y siete abstenciones, y en el Senado con 101 a favor, 16 en contra y dos abstenciones. Pero las declaraciones posteriores de algunos parlamentarios dan a entender que se tramitó en ambas cámaras un tanto a la ligera. La senadora del PAN Laura Rojas admitió su equivocación por haber apoyado la medida. “Reconozco en lo personal que fue un error haber votado a favor de la exención de ISR en estados y municipios”, dijo. Rojas dio la razón a los contribuyentes que presentaron el amparo y aseguró que pedirá a la Secretaría de Hacienda que realice un plan de acción correctivo. Su compañero de partido Javier Lozano, por su parte, fue aún más directo: “Nos han metido un gol”.

Para los impulsores de la iniciativa el asunto es aún más grave por cuanto la ley prevé perdonar incluso impuestos que aún no se han devengado, ya que contempla condonaciones del 60 por ciento de la deuda fiscal que se genere en 2013 y del 30 por ciento de 2014.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público avalaron la condonación de adeudos fiscales a estados y municipios para ejercicios anteriores a 2012, que en opinión de expertos fiscales es una violación flagrante a la Ley del Impuesto sobre la Renta y a preceptos Constitucionales.

Además, la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013 -aprobada por senadores y diputados en diciembre pasado- establece en el Artículo 9 que en el caso del ejercicio 2013 los gobiernos sub nacionales podrán aplicar el 60 por ciento a los adeudos y 30 por ciento para 2014, medidas que a juicio de los expertos equivalen a un rescate financiero.

En el último trimestre de 2012, la deuda de estados y municipios de México creció $27,996.6 millones de pesos, con lo que su saldo al cierre de ese año se ubicó en 434,761.2 millones de pesos, de acuerdo con cifras que dio a conocer el 18 de febrero pasado la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

El endeudamiento de los gobiernos estatales aumentó 11.25 por ciento, o 43 mil 983.7 millones de pesos, desde los 390 mil 777.5 millones en que se ubicaba a diciembre de 2011, lo que significa que creció 120.5 millones de pesos por día, revelan los datos de la dependencia.

“Como cualquier empresa, los estados y los municipios retienen el ISR de sus trabajadores para después enterarlo al fisco, pero no lo hicieron y se lo gastaron. (Al representante legal de) una compañía que no entere este impuesto la meten a la cárcel porque es un delito de recaudación”, explica el socio de Impuestos de la firma consultora PwC, Pedro Carreón.

En la Ley de Ingresos para 2013 vuelven a cancelar todos los impuestos de 2012 hacia atrás –sin condición alguna– al 100 por ciento, pero sólo pagando diciembre de 2012 dando todos los beneficios, menciona en su blog el abogado de la Escuela Libre de Derecho, Luis Pérez de Acha.

Es una situación injusta, que equivale a un rescate financiero. No se da explicación alguna de la medida tomada por el Congreso; se tomó una decisión unilateral, sin fundamentación, sin dar razones de por qué se les volvía a conceder ese beneficio, una especie de privilegio, sobre todo porque en 2008 se dijo que era la solución integral y definitiva.

Los programas de condonación fiscal no son la base, ni el cimiento para construir una responsabilidad colectiva de los mexicanos y de las autoridades para garantizar el financiamiento del Estado mexicano y violenta la equidad de las personas en nuestro país.

Lo que generan es un premio a la evasión, un premio a la elusión fiscal y hacer sentir a los contribuyentes cumplidos que se los están “llevando al baile’. Y además en el contexto de la discusión de una reforma fiscal.

Todos los asalariados del país que estamos en la economía formal generamos ISR. Lo que el SAT permitió a gobiernos estatales y municipales es quedarse con ese impuesto –que se lo debían enterar a las autoridades federales–, lo cual viola la Constitución, que establece que todas las contribuciones de los mexicanos deben ser equitativas y proporcionales”.

Con esto se constituye una violación a la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria al aprobar un crédito, una deducción y un privilegio fiscal sin asignarle una cuantificación.

Resalta que los estados pueden entrar a este programa y “esta amnistía que se da en este vehículo es para facilitar que se hagan las cuentas entre ellos”.

Con este hecho; a los gobernadores y los presidentes municipales, les están dando el beneficio de estos fondos de los que ellos básicamente no son dueños. En todo caso, si hubiera una exención fiscal de algún tipo tendría que ser para los propios trabajadores, porque ellos son los que generaron el impuesto”.

Estas condonaciones  se dieron a la luz de lo que establece el último párrafo del  artículo 9o. de la Ley de Coordinación Fiscal, que señala:

Artículo 9.Las participaciones que corresponden a las entidades y los municipios son inembargables, no pueden afectarse a fines específicos, ni estar sujetas a retención, salvo para el pago de obligaciones contraídas por los estados o municipios con autorización de las legislaturas locales, e inscritas a petición de dichas entidades ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios.

Las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluyendo sus organismos descentralizados y autónomos que se hubieran adherido al “Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia del impuesto sobre la renta, de derechos y aprovechamientos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de diciembre de 2008, se les extenderá el beneficio referido en el artículo segundo, fracción I de dicho Decreto, hasta el ejercicio fiscal de 2012 y anteriores, siempre y cuando se encuentren al corriente en los enteros correspondientes al mes de diciembre de 2012. Dichos órdenes de gobierno, en lugar de aplicar los porcentajes establecidos en el artículo segundo, fracción II del mencionado Decreto, podrán aplicar el 60 por ciento para el año 2013 y el 30 por ciento para el año 2014.

Lo anterior es totalmente contradictorio a lo que establece nuestra carta magna al señalar que “Los estados y municipios, al igual que los patrones del sector privado, tienen la obligación de retener el ISR generado por sus empleados y entregarlo al Sistema de Administración Tributaria del gobierno federal”.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que informe a la opinión pública, los montos de las condonaciones en materia del impuesto sobre la renta (ISR), en cada uno de los estados del país y del distrito federal, de conformidad con lo establecido por el último párrafo del artículo 9, de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2013; y

Segundo. Se exhorta a la Auditoria Superior de la Federación, para que inicie las auditorias para determinar si los recursos condonados a estados y municipios por concepto del impuesto sobre la renta correspondientes al ejercicio fiscal 2012 fueron utilizados para subsanar necesidades de infraestructura o proyectos productivos y no para resarcir adeudos irresponsables de gobernadores y/o presidentes municipales.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de septiembre de 2013.— Diputada Mariana Dunyaska García Rojas (rúbrica).»

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada, así se hará. El texto se inserta íntegro en el Diario de los Debates. Ahora voy a pedir a la Secretaría, para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, que consulte a la asamblea, en votación económica, si el asunto se considera de urgente resolución.

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: Para los efectos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se pregunta a la asamblea si se considera de urgente u obvia resolución. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Se considera de urgente resolución. Tiene la palabra para referirse a este tema el diputado José Luis Valle Magaña, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

El diputado José Luis Valle Magaña:Con su venia, señor presidente. Compañeras y compañeros legisladores, las condiciones económicas por las que nuestro país atraviesa son preocupantes. Entre las principales deficiencias que México presenta se encuentra la recaudación fiscal, ya que ésta se caracteriza por una base de contribuyentes reducida, por costos de cobranza altos y por la evasión como una práctica cotidiana.

Al observar a otros países de nuestro continente encontramos que aun cuando Argentina, Perú, Ecuador y Paraguay han duplicado la recaudación de 1980 a la fecha, México se encuentra estancado. Así, mientras en Brasil la carga tributaria total asciende a 34 por ciento, la nuestra se ubica en 12.9 por ciento, si se excluyen los ingresos del sector energético.

De los miembros de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, OCDE, ocupamos el último lugar en la suma de recaudaciones fiscales como proporción del producto interno bruto, con 19 por ciento, mientras Estados Unidos de América obtiene el 25.5 por ciento, Turquía el 31.3 por ciento, y el promedio en otras naciones es del 36 por ciento.

Resulta inaceptable que en nuestra nación se sigan utilizando los programas de condonación fiscal como una práctica cotidiana, cuando estos representan una contradicción al principio constitucional que establece que los impuestos deben de ser proporcionales y equivalentes. De este modo, mientras los ciudadanos comunes y corrientes pagan el ISR de manera puntual y sin posibilidad de exenciones, encontramos exenciones fiscales tanto para estados y municipios como para las grandes corporaciones.

No podemos olvidar que la irresponsabilidad con la que se han conducido algunos estados y municipios ha provocado un incremento en el saldo total de las obligaciones financieras por más de 200 mil millones de pesos en tan solo cuatro años.

Actualmente la deuda de estados y municipios equivale al 14.7 por ciento de la deuda externa total. Es 3.5 veces mayor al monto asignado a educación en el 2012 y 4.7 veces lo destinado al desarrollo social.

En Movimiento Ciudadano estamos a favor del punto de acuerdo que se discute el día de hoy, el cual exige a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que informe a la opinión pública sobre los montos de las condonaciones en materia del impuesto sobre la renta en cada uno de los estados del país y del Distrito Federal.

No obstante, vale la pena mencionar que las entidades y ayuntamientos no son los únicos que cuentan con exenciones fiscales, por lo que la proposición resulta necesaria pero no suficiente. También las grandes empresas cuentan con instrumentos que les permitan beneficiarse con miles de millones de pesos vía condonaciones.

Para evidenciar la magnitud del problema planteado basta con observar una de las últimas acciones del Sistema de Administración Tributación, SAT, de 2012 en materia de condonación de créditos fiscales, la cual significó un indulto por 73 mil 960.4 millones de pesos. A la fecha el Sistema de Administración Tributaria no ha proporcionado la información por tipo de contribuyente y nombre de beneficiarios, a pesar de recibir resoluciones del IFAI.

Es necesario desmantelar los grandes —concluyo, señor presidente— privilegios y exenciones que tienen las cúpulas del poder económico y eliminar los privilegios fiscales y adoptar un verdadero régimen proporcional y equivalente.

Por lo anteriormente expuesto, el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano votará a favor de este punto de acuerdo. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Ricardo Cantú Garza, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

El diputado Ricardo Cantú Garza:Con la venia de la Presidencia. Se propone al pleno de la Cámara de Diputados proposición con punto de acuerdo para que sea considerada como de urgente u obvia resolución, en relación con la disposición aprobada en la Ley de Ingresos de la Federación, para otorgar estímulos fiscales y facilidades administrativas que se materializan en la condonación de ISR a entidades federativas y municipios.

La proposición que presenta el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional es muy relevante, porque la información que proporcione la Secretaría de Hacienda servirá para evaluar si haber otorgado este apoyo fue positivo para los gobiernos locales. Pero sobre todo que no se haya prestado a excesos.

Este tipo de disposiciones aunque pueden parecer adecuadas y benéficas para los contribuyentes y para la autoridad, dado que resuelve créditos de muy difícil recuperación, sin embargo se prestan a malas interpretaciones. Recordemos la condonación al Grupo Televisa de 3 mil millones de pesos.

Además durante los primeros seis meses del 2013, hay indicadores de la recaudación tributaria que se ha comportado por debajo de las estimaciones que se hicieron cuando fueron aprobados los Criterios Generales de Política Económica.

El desempeño de la economía mexicana durante el 2013 genera severas dudas sobre una posible recuperación durante los meses que restan y mucho menos en el 2014.

En este contexto hay que ser muy cuidadosos con las disposiciones que deban incorporarse en materia de estímulos fiscales. Sería muy preocupante que de la información que se entregue por la Secretaría de Hacienda y de la Auditoría Superior de la Federación, se observe que los recursos perdonados a las entidades federativas y municipios fueron utilizados para gasto corriente y gastos de carácter superfluo.

La disposición contenida en el artículo 9o., último párrafo de la Ley de Ingresos de la Federación, da la oportunidad de condonación del ISR retenido a los trabajadores de estados y municipios. Lo anterior implica que el impuesto retenido no sea enterado al SAT. Por ello es imperativo convocar y conocer el monto del impuesto condonado y para qué fines fue utilizado.

No debemos olvidar que la Constitución Política, en el artículo 31, fracción IV, señala que todos los mexicanos debemos de contribuir a financiar el gasto público.

Por las razones aquí señaladas, votaremos a favor del punto de acuerdo en comento. Gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Tiene ahora la palabra el diputado Luis Ángel Espinosa Cházaro, del Grupo Parlamentario del PRD.

El diputado Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro:Con su venia, diputado presidente. Agradezco la atención de los muy escasos, pero también muy responsables diputados y diputadas que se encuentran aquí presentes.

Me corresponde, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, exponer las razones por las cuales nuestro voto es a favor del dictamen ahora en comento.

El artículo 9o. de la Ley de Ingresos faculta a los gobiernos locales a adjudicarse los impuestos cobrados a sus trabajadores en su función de recaudadores fiscales indirectos. En la práctica, esto constituye a todas luces un rescate financiero a estados y municipios, en la medida en que cancela pasivos a entes irresponsables y se manda un mensaje de premio a aquellos estados y municipios o corruptos, o con administraciones ineficientes. Tal hecho contraviene la fracción IV del artículo 31 constitucional, que prescribe que todas las contribuciones de los mexicanos deben ser equitativas y proporcionales.

La deuda total de los estados y municipios ha crecido en México un 150 por ciento en los últimos seis años y si bien representa casi el 3 por ciento del producto interno bruto, vale recalcar que no todos los estados y municipios están endeudados. Esto como muestra de que las cosas pueden hacerse diferentes.

De acuerdo con la Secretaría de Hacienda, los gobiernos estatales que tienen un nivel relativamente elevado de deuda ocurren cuando sus pasivos superan el 100 por ciento de los recursos del Ramo 28. Tal es el caso de estados como Coahuila, Nuevo León, Quintana Roo, Sonora y Veracruz, los cuales en el 2012 mostraron una deuda equivalente a más de 100 por ciento en dicho rubro.

Llamamos la atención sobre la opacidad y la falta de transparencia en el proceso, toda vez que el monto de la deuda fiscal condonada no se conoce, en virtud de que mediante convenios con el gobierno federal —que no se hacen públicos— se llevan a cabo. Esta situación constituye una violación a la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria al aprobar un crédito, una deducción y un privilegio fiscal, sin asignarle siquiera la cuantificación correspondiente.

Sostenemos que la condonación fiscal no es el camino ni el cimiento para construir una responsabilidad colectiva de los mexicanos y de las autoridades para garantizar el financiamiento al Estado mexicano. Y violenta —como ya dije— la equidad de las personas en nuestro país. Están generando un premio a la evasión, un premio a la elusión fiscal, mostrando a los contribuyentes cumplidos que no tiene ningún sentido ser responsables.

A los gobernadores y a los presidentes municipales se les está dando el beneficio de estos fondos. No fue una exención fiscal de algún tipo, ya que los trabajadores generaron el impuesto y los gobiernos irresponsables o corruptos solo se la apropiaron.

Para el PRD es indispensable que en esta coyuntura en el marco que estamos dando y daremos de la reforma fiscal y hacendaria, demos el mensaje a la ciudadanía que una recaudación mayor debe ir acompañada siempre de una mayor transparencia. Es cuanto, señor presidente. Solicitaría a usted se revise el quórum. Muchas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Tiene la palabra el diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, hasta por tres minutos.

El diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares:Con su venia, señor presidente. Compañeras y compañeros legisladores, el punto de acuerdo que hoy estamos tocando es de trascendental importancia. Toca no solo el tema de la recaudación de la cual el gobierno federal se hace de los recursos para poder llevar a cabo las obras, los programas sociales y el pago de todo aquello que es necesario para que el país pueda caminar con un rumbo fijo.

Hoy estamos discutiendo en esta tribuna la aplicación de una condonación que se hizo, en la cual en este año 2013 los estados, quienes son además obligados a retener el impuesto sobre la renta de sus trabajadores, nada más le va a hacer un entero del 40 por ciento. Es decir, tiene un 60 por ciento de deducción del pago del impuesto sobre la renta y para el año 2014, de un 30 por ciento.

Esto es a todas luces inequitativo con respecto a aquellas personas que tributan y que generando empleos tienen que enterar día a día las cantidades de dinero del impuesto sobre la renta de sus trabajadores, so pena de que el administrador de las nóminas de las empresas tiene responsabilidad penal en caso de no hacerlo.

Pongo un ejemplo, el ejemplo de mi estado, Chiapas, donde se aplica la ley, no solo en el pago del impuesto sobre la renta, sino también en la aplicación de la ley a aquellas personas que hacen disturbios y aquellas personas que hoy en día no se dedican a trabajar y están violentando.

Hago un llamado a otros gobernadores de los estados que apliquen la ley en sus estados. Hago un llamado a Oaxaca. Hago un llamado a Guerrero. Y a todos los demás estados que han permitido que hoy en día no se aplique la ley y haya desmanes en el país.

Estamos seguros que lo que necesita es país es trabajo, que lo que necesita este país es que cada quien asuma las responsabilidades que debe de tener. Contribuir es una de las principales responsabilidades, lo deben hacer los individuos, lo deben hacer los estados, lo deben hacer los municipios. Y así como hoy exigimos que estados y municipios paguen su impuesto sobre la renta, también alzo la voz para que la federación y las entidades federativas paguen los impuestos prediales a los municipios, que de ahí toman los recursos para poder afrontar los servicios públicos que debe llevar a la ciudadanía. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Tiene ahora el uso de la voz el diputado Glafiro Salinas Mendiola, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

El diputado Glafiro Salinas Mendiola:Con el permiso de la Presidencia. Compañeros y compañeras legisladores, en Acción Nacional estamos seguros que el principio de la eficiencia en el ejercicio de los recursos de nuestro pueblo y el principio de la transparencia son fundamentales para generar, por un lado, un desarrollo económico sustentable, y por el otro lado, un país sin corrupción.

Un gobierno que sustente su democracia en la claridad y en la transparencia. Y decimos esto porque el año pasado, con el propósito de apoyar a los estados y a los municipios esta Cámara aprobó la condonación del pago del impuesto sobre la renta. Es decir, se aprobó en la Ley de Ingresos de la Federación de 2013 un beneficio sobre el cargo de impuesto sobre la renta a los trabajadores, equivalente al 60 por ciento en este año y el 40 por ciento para 2014.

Con ello, tanto estados como municipios han podido quedarse con los impuestos cobrados a sus trabajadores. Sin embargo, este acto de buena fe mostrada por nuestra Cámara de Diputados no ha sido correspondido con la mayor transparencia y la eficiencia en el gasto de los recursos de nuestro pueblo. No podemos permitir que estos actos de buena fe en materia presupuestal tengan como respuesta inmediata el desvío de estos recursos a campañas políticas, o lo que es peor, los bolsillos de funcionarios públicos corruptos y no la inversión a favor de nuestra gente y de nuestro pueblo.

Ejemplos claros los tenemos en el estado de Veracruz, donde más allá de la condonación citada se le ha permitido al gobierno del estado contar con recursos adicionales. Sin embargo, el gobernador Javier Duarte pareciera estar de acuerdo que estos recursos sigan ampliando las cuentas bancarias de sus funcionarios, en detrimento y deterioro del pueblo que gobierna y que tanto necesita de estos recursos. Estamos seguros que si esto sucede en este estado está sucediendo en otras entidades.

En mi partido, Acción Nacional, estamos convencidos que el mayor pecado de un partido político o de nuestro gobierno es no velar por el bienestar de su pueblo y de su gente.

Por esta razón, el día de hoy mi partido votará a favor del presente punto de acuerdo y solicitamos su voto para exhortar al sistema administrativo tributario, como a la Auditoría Superior de la Federación, a que nos indiquen de qué manera, y precise en qué se ha ocupado el recurso que a cada entidad se le ha condonado. A cuánto asciende este monto por cada entidad federativa. Y, por supuesto, saber si los recursos condonados fueron utilizados para subsanar necesidades y la infraestructura y proyectos de nuestro pueblo, y no para resarcir adeudos irresponsables de gobernadores y de presidentes municipales.

Termino diciendo que si como partidos políticos despreciamos el bien común, anteponiendo los intereses individuales a los de nuestra nación y a los de los ciudadanos, no seremos capaces de dar respuestas a las exigencias que hoy mismo y en un futuro demandará nuestro país. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Finalmente, en la lista de oradores tiene el uso de la voz el diputado Francisco Alberto Zepeda González, del Grupo Parlamentario del PRI.

El diputado Francisco Alberto Zepeda González:Con su venia, señor presidente. Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, a nombre del Grupo Parlamentario del PRI presento al pleno de esta Cámara el posicionamiento con relación al punto de acuerdo sobre las condonaciones en materia del impuesto sobre la renta en cada uno de los estados del país y del Distrito Federal, por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

En el párrafo cuarto del artículo 9o. de la Ley de Coordinación Fiscal se señala que las entidades federativas, los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluyendo sus organismos descentralizados y autónomos que se hubieren adherido al decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia del impuesto sobre la renta, de derechos y aprovechamientos, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 5 de diciembre de 2008, expresa que se les extenderá el beneficio referido en el artículo 2o., fracción I, de dicho decreto hasta el ejercicio fiscal 2012 y anteriores, siempre y cuando se encuentren al corriente de los enteros correspondientes al mes de diciembre de 2012.

Dichos órdenes de gobierno, en lugar de aplicar los porcentajes establecidos en el artículo 2o., fracción II, del mencionado decreto podrán aplicar 60 por ciento para 2013 y 30 por ciento para 2014.

La disposición anterior atiende a una medida excepcional para apoyar la economía de los estados más endeudados. En la Ley de Ingresos para la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013 se contempla la condonación a los estados y municipios que no hayan pagado el impuesto sobre la renta que retienen a sus trabajadores. Bajo el anterior orden de ideas, la posición favorable del Grupo Parlamentario del PRI a este punto de acuerdo responde a nuestro compromiso con la transparencia y la rendición de cuentas. De ahí el impulso decidido a las reformas constitucionales a los artículos 73, 79, 116 y 117 en materia de disciplina financiera a estados y municipios.

La ciudadanía debe conocer los montos de las condonaciones en materia de impuesto sobre la renta en cada uno de los estados del país, en el Distrito Federal, en sus delegaciones y, por supuesto, en los municipios, ya que la transparencia es una condición fundamental en un Estado democrático.

Esta Cámara tiene como función primordial el control presupuestal, de ahí que la Auditoría Superior de la Federación sea el órgano coadyuvante para revisar, analizar y fiscalizar la Cuenta Pública.

En ese sentido, resulta oportuno verificar y garantizar que los recursos condonados a los estados y municipios, al Distrito Federal y sus delegaciones, así como organismos descentralizados y autónomos por concepto de impuesto sobre la renta correspondientes al ejercicio fiscal 2012, fueron utilizados para subsanar necesidades de infraestructura o proyectos productivos y no para resarcir adeudos irresponsables de servidores públicos.

La rendición de cuentas, la transparencia, la legalidad son asuntos de alta prioridad en la agenda nacional. Estamos convencidos que para que este país supere el rezago social y combata la corrupción de manera frontal, es menester que las instituciones gubernamentales y los funcionarios públicos caminen por la vía de la legalidad, rindan cuentas de cada peso que corresponda al erario público y de cada acción que se realiza en el ejercicio de su encargo. Pues no solo las acciones sino también las omisiones, pueden ser objeto de responsabilidad.

Termino, señor presidente. De conformidad con lo anterior y toda vez que el control efectivo, la vigilancia y la transparencia en los actos gubernamentales son elementos insustituibles de la buena gobernabilidad y pilares de la vida republicana es que otorgaremos nuestro voto favorable a la proposición de este punto de acuerdo. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Concluida la lista de oradores, voy a pedir a la Secretaría consulte a la asamblea, en votación económica, si es de aprobarse el punto de acuerdo.

La Secretaria diputada Angelina Carreño Mijares: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y diputados que estén por la negativa. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Aprobado. Comuníquese.

El diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Dígame, diputado Medina Filigrana.

El diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana (desde la curul): Diputado presidente, muchas gracias. Con mucho respeto, sé que usted se va a apegar al Reglamento y me va a decir que no hay votaciones, pero es una pena que no haya quórum en este momento.

Le rogaría que hiciera eco de lo que el diputado Cházaro manifestó al inicio de su intervención y que se pudiera verificar el quórum, porque creo que ésta es de las sesiones de esta Legislatura donde menos diputadas y diputados hay. Estamos, quizás, menos de una quinta parte de los diputados electos a esta Legislatura.

Le ruego que pudiera tomar medidas, presidente, por la dignidad de esta Cámara. Muchas gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Estoy totalmente de acuerdo con lo que usted dice y ya tomamos medidas, ya avisamos a través de las coordinaciones de los grupos parlamentarios.

No existe en nuestro nuevo Reglamento la figura de rectificación de quórum. Sí existe la posibilidad de pedir la votación nominal. Es la única forma de confirmar si existe o no quórum. Pero en este momento lo que vamos a hacer es tocar la chicharra allá afuera, para que los diputados que estén todavía presentes en el recinto de San Lázaro se vengan a este recinto de sesiones.



MODIFICACION AL ORDEN DEL DIA

El Presidente diputado José González Morfín: Se acaba de recibir una comunicación de la Junta de Coordinación Política. Le pido a la Secretaría dar lectura. Es una propuesta de modificación del orden del día, para cambiar el punto de urgente resolución que está en la agenda por uno con un tema diferente, pero del mismo grupo parlamentario.

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Ricardo Anaya Cortés, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 64, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de diputados, los suscritos, coordinadores de los grupos parlamentarios, integrantes de la Junta de Coordinación Política, le solicitamos atentamente una modificación al orden del día, en el capítulo de proposiciones con punto de acuerdo de urgente resolución, para que la proposición por el que se exhorta a los titulares de la Segob, de la SCT y de la SHCP, para que en la glosa del Primer Informe de gobierno, integren el tema de la vulnerabilidad satelital de México, a cargo de la diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero, del Grupo Parlamentario del PRD, sea sustituida por la siguiente:

• Proposición con punto de acuerdo en relación a la autorización de la licencia de construcción otorgada por el ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, al proyecto Dragón Mart Cancún, a cargo de los diputados Miguel Agustín Alonso Raya, Francisco Arroyo Vieyra y Graciela Saldaña Fraire.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 9 de octubre de 2013.— Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica por poder), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional,  diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputado Ricardo Monreal Ávila (rúbrica por ausencia), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, diputado Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica por ausencia), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputada María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.»

El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado.

El diputado Ricardo Mejía Berdeja(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Ricardo Mejía. ¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Ricardo Mejía Berdeja (desde la curul): Para hablar a favor.

El Presidente diputado José González Morfín: Es que no hay un punto de acuerdo. Es una comunicación, y las comunicaciones no se discuten. Tengo que plantear a la asamblea si se modifica el orden del día.

El diputado Ricardo Mejía Berdeja (desde la curul): Bueno, comentamos nosotros en la Junta de Coordinación Política que nos parece que es un tema relevante esta construcción del Dragon Mart. Nosotros estábamos en contra, porque no solo hay alteraciones al equilibrio ecológico, sino una competencia desleal para muchos empresarios e industriales mexicanos. Desafortunadamente se dio la licencia de uso de suelo, pero estamos a favor de que se discuta este tema que nos parece se debió haber agendado antes. Entonces, Movimiento Ciudadano está a favor.

El Presidente diputado José González Morfín: Vamos a consultar a la asamblea justamente sobre ese tema. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se modifica el orden del día.

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: En votación económica se consulta a la asamblea si se modifica el orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la negativa.

El Presidente diputado José González Morfín: No se autoriza la modificación del orden del día. En consecuencia, el siguiente punto. Tenemos que abordar el tema que estaba previamente agendado, así lo acaba de resolver la asamblea.

La diputada Graciela Saldaña Fraire(desde la curul): Presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Sí, dígame, diputada, ¿con qué objeto? Sonido, por favor, si me ayudan.

La diputada Graciela Saldaña Fraire (desde la curul): Ciudadano presidente, esto fue solicitado en tiempo y forma. Sin embargo, es un tema que tiene ya más de un año en la mesa y que se está violando todo permiso, toda garantía y todas las leyes mexicanas, y todo permiso que se debe de requerir para poderse llevar a cabo un proyecto.

Este proyecto en este momento está a punto de construirse en Quintana Roo y la comisión o la Junta no lo está permitiendo, y sobre todo el pleno. Me gustaría que por favor se tomara en cuenta este punto, porque lo hemos estado discutiendo y lo hemos estado poniendo para que se pueda por lo menos discutir.

No sé por qué no se aprueba la discusión de un proyecto tan importante que va a afectar a inversionistas mexicanos, pero también a una población tan importante, como es el estado de Quintana Roo. Le ruego se tome nuevamente este punto como de urgente u obvia resolución.

El Presidente diputado José González Morfín: Su intervención ya quedó registrada, diputada, y la asamblea no autorizó la modificación del orden del día. En consecuencia, tiene la palabra la diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero.

La diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero(desde la curul): Presidente, para solicitarle de manera formal —y el apoyo también a mis compañeros del Grupo Parlamentario del PRI— que nos puedan apoyar en este punto. A su servidora precisamente le tocaba el turno de este punto, sobre la venta de los satélites, que está agendado desde hace un mes y precisamente nos urgía mucho presentarlo, porque es un tema de trascendencia nacional. Pero el día de hoy se va a llevar a cabo la comparecencia del secretario de Gobernación y creemos que en ese punto, en esa sesión, podemos desahogar ese punto de manera rápida en los cuestionamientos.

Por lo cual, le solicitaría de la forma más respetuosa, apelando a la sensibilidad de ustedes y de los demás grupos parlamentarios, que pudieran considerar este cambio de turno y que se pueda acceder al uso de la palabra de mi compañera diputada Graciela, en razón de que es un tema que nos une como grupo parlamentario, que hemos estado al pendiente de él, que incluso diferentes diputados hemos acudido a constatar todas las irregularidades en las que ha incurrido la Profepa al otorgar estas licencias para que precisamente esta construcción se lleve acabo.

Estamos viendo la magnitud de los desastres naturales que pueden ocurrir cuando hay una mala decisión administrativa e invaden zonas y reservas naturales. Por eso precisamente este tema cobra relevante importancia. Le pediría a los grupos parlamentarios su apoyo para que pueda presentarlo mi compañera Graciela. Gracias.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Me están pidiendo el uso de la voz varios compañeros y compañeras diputadas. Los voy a mencionar incluso. A ver, sonido en la curul en que se encuentra el diputado Manuel Añorve.

El diputado Manuel Añorve Baños (desde la curul): Señor presidente, no tenemos inconveniente que se presente el punto de acuerdo y se cumpla con el Reglamento.

El Presidente diputado José González Morfín: Entonces tendríamos que repetir la votación, porque votaron en contra de que se votara el orden del día.

El diputado Manuel Añorve Baños (desde la curul): Por favor.

El Presidente diputado José González Morfín: Voy a repetir el trámite en ese contexto.

El diputado Manuel Añorve Baños (desde la curul): Muchas gracias, señor presidente.

El Presidente diputado José González Morfín: Pusimos a consideración del pleno una modificación del orden del día. Le voy a pedir a la Secretaría que repita la votación, si se autoriza la modificación del orden del día. En votación económica.

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: En votación económica se consulta a la asamblea si es de modificarse el orden del día en los términos anunciados. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Se autoriza la modificación del orden del día.



LICENCIA DE CONSTRUCCION OTORGADA POR EL AYUNTAMIENTO DE BENITO JUAREZ, QUINTANA ROO, AL PROYECTO DRAGON MART CANCUN

El Presidente diputado José González Morfín: En consecuencia, tiene el uso de la voz la diputada Graciela Saldaña Fraire, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar un punto de acuerdo en relación a la autorización de la licencia de construcción otorgada por el ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, al proyecto Dragon Mart, Cancún.

La diputada Graciela Saldaña Fraire:Gracias, señor presidente. Gracias a todas las diputadas y diputados. Quisiera también agradecer a varios de mis compañeros del PRI, pero también a mis compañeros del Grupo Parlamentario del PRD.

Este es un tema que le pido, señor presidente, me dé el tiempo prudente, dada la importancia. Como ya comentaba, es casi ya un año que hemos estado planteándolo en la Cámara de Diputados, no así con los organismos sociales que tienen desde el 2011 pidiendo que se revise este proyecto. Muchas gracias.

Con permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, acudo a esta tribuna para expresar con toda firmeza, con toda claridad, a nombre propio y de mis compañeras diputadas y compañeros diputados que integran mi grupo parlamentario, nuestra posición a favor de este punto de acuerdo, ya que el Dragon Mart, Cancún tiene suficientes argumentos para no llevarse a cabo.

Primero. El aspecto ambiental. La implementación del proyecto Dragon Mart implica violaciones al programa de ordenamiento local del municipio de Benito Juárez, destinado a la protección de especies endémicas y nativas, así como la Norma Oficial Mexicana 059, Semarnat 2010.

Los inversionistas presentan una manifestación de impacto ambiental autorizada por el gobierno del estado de Quintana Roo, a través del Instituto de Impacto y Riesgo Ambiental hecha a la medida de la empresa Dragon Mart, donde niega la existencia de especies endémicas protegidas en la zona.

Justifican en el documento que anteriormente había sido destruida la flora y la fauna por la empresa El Tucán. Esta destrucción debería ser una condicionante, y en consecuencia decretar el sitio como zona de restauración silvestre por las afectaciones anteriores.

En el estudio de manifestación de impacto ambiental autorizado no precisa los puertos de desembarque, y en la zona cercana al proyecto se encuentra el segundo arrecife más grande del mundo. Por lo que es prioritario evitar cualquier tipo de afectación.

Adicionalmente, no incluye ninguna condicionante y es por ello que se requiere la intervención de la Semarnat y de la Profepa para tener la certeza que garantice salvaguardar el ecosistema. Lo dijimos también en el punto anterior, la intervención de estas instituciones y hasta el momento no tenemos ninguna respuesta.

Segundo. Aspecto antropológico. Por otra parte, no puede empezar a construirse el proyecto, primero se debe corroborar y descartar que no existan vestigios arqueológicos en la zona. El Instituto Nacional de Antropología e Historia debe realizar estudios correspondientes que por ley la empresa está obligada a realizar.

Esto representa otra condicionante más, no solo para la obtención de la licencia de construcción, que de acuerdo a un instrumento importante, que es el Programa de Ordenamiento Local de Benito Juárez, así lo indica.

Tercero. Violación a las leyes laborales y del comercio. La operación de Dragon Mart implicaría prácticas de dumping operadas en una especie de ínsula china dentro del territorio mexicano, sin el empleo de mano de obra mexicana, pero sí con el empleo de trabajadores chinos bajo condiciones laborales y salariales propias de aquél país, en franca violación a lo establecido por las leyes federales del trabajo e inversión extranjera y de leyes del comercio exterior.

Cuarto. Impacto económico. Cientos de miles de empleos estarían amenazados, poniendo en riesgo la estabilidad social y económica de miles de familias mexicanas en Quintana Roo y del resto del país.

Las empresas mexicanas se encontrarán en seria desventaja, compañeras y compañeros, ya que implica prácticas de comercio desleal, contrabando triangulado, competencia desigual, problemas aduanales, comerciales y de respeto a la propiedad intelectual.

Quinto. Violación al artículo 27 constitucional. Al establecerse el complejo a escasos tres kilómetros de la franja costera, se estaría violando el artículo 27 constitucional recientemente reformado por esta honorable Legislatura el 23 de abril.

Compañeras y compañeros diputados, los convido a enviar un mensaje favorable a aquellos inversionistas que sí cumplen con la ley, y hacia aquellos empresarios que compiten lealmente y generan con mucho esfuerzo empleos en Quintana Roo y en todo el país. Aprobemos este punto de acuerdo.

También estaríamos enviando un mensaje de apoyo, de solidaridad, a ciudadanas y ciudadanos de Cancún, de Quintana Roo, que luchan por conservar día a día —créanme— nuestros recursos naturales en nuestra región. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias, diputadas y diputados.

«Proposición con punto de acuerdo, respecto a la autorización de la construcción, otorgada por el ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, al proyecto Dragon Mart Cancún, a cargo de los diputados Miguel Agustín Alonso Raya y Graciela Saldaña Fraire, del Grupo Parlamentario del PRD, y Francisco Arroyo Vieyra, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión del miércoles 9 de octubre de 2013

Los que suscriben Miguel Agustín Alonso Raya, Francisco Arroyo Vieyra y Graciela Saldaña Fraire, diputados federales integrantes de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción 1, 79, numerales 1, fracción II, 2, fracciones I, III, IV y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración del pleno, proposición con punto de acuerdo considerada como de urgente u obvia resolución, al tenor de los siguientes hechos y consideraciones:

1. Que la ciudad de Cancún, Quintana Roo es uno de los mayores polos de atracción del turismo internacional hacia nuestro país y también es una de las mayores fuentes de entrada de divisas e ingresos por servicios turísticos.

2. Que con fecha 27 de agosto de 2013, el Tribunal Superior de Justicia de Quintana Roa determinó que el ayuntamiento de Benito Juárez debería otorgar la licencia de construcción a Dragon Mart Cancún al no cumplir con el plazo de cinco días hábiles para dar respuesta a la solicitud de la empresa, previsto por el reglamento de procedimientos administrativos del municipio.

3. Que en acatamiento a la sentencia del tribunal, el ayuntamiento de Benito Juárez entregó, el 9 de septiembre, la licencia de construcción para el proyecto Dragon Mart Cancún.

4. Que Dragon Mart Cancún pretende edificar un clúster comercial de capital 100 por ciento chino en una superficie total de 561.37 hectáreas en el municipio de Benito Juárez, con el fin de establecer un inmueble de 12.7 hectáreas de área de exhibición, 4 hectáreas de bodegas para almacenamiento, 722 viviendas, 38 hectáreas para futuras bodegas del almacenaje, 6.5 hectáreas de explanada para eventos temporales, 40 hectáreas de parques públicos, centro de negocios, oficinas para prestadores de servicio, bancos y restaurantes.

5. Que una vez obtenida la licencia de construcción, y proceder a las obras respectivas, el proyecto inmobiliario Dragon Mart Cancún iniciará la comercialización de sus locales el1 de noviembre de 2013.

6. Que el proyecto inmobiliario Dragon Mart ha incumplido reglamentaciones del ayuntamiento de Benito Juárez, así como legislación estatal y federal, relacionados con el uso de suelo forestal y en materia de construcción.

7. Que desde que se dio a conocer el proyecto Dragon Mart Cancún, los empresarios mexicanos, aglutinados en la Confederación de Cámaras Industriales, la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación y la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo; han alertado de los riesgos que implica para la industria nacional las prácticas de comercio desleal, contrabando triangulado, competencia desigual, daño al medio ambiente y problemas aduana les, comerciales y de respeto a la propiedad intelectual que conllevaría el hecho de que se concrete el proyecto.

8. Que los empresarios han denunciado que una vez que entre en operación Dragon Mart Cancún, entrarían al país 100 contenedores diarios de mercancía de origen chino, lo que podría desplazar cerca de 300 mil toneladas de productos mexicanos del mercado nacional.

9. Que la Cámara de la Industria del Calzado de Guanajuato, el Consejo Coordinador Empresarial de León, la Cámara Nacional de la Industria y el Vestido, la Asociación Mexicana de la Industria del Juguete y la Cámara Nacional del Acero rechazan la instalación de Dragon Mart Cancún porque pone en riesgo la estabilidad social y económica de miles de familias mexicanas de la entidad y el resto del país.

10. Que el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, AC, y Voces Unidas de Puerto Morelos, AC, han realizado acciones legales y cívicas ante el impacto ecológico que se ha propiciado al área de construcción del Dragon Mart Cancún.

11. Que existe una marcada disparidad en el comercio bilateral, pues en 2010 las exportaciones de México a China representaron 1.7 por ciento de sus exportaciones totales; y las importaciones sumaron 17.1 por ciento del total, es decir, de 10 a uno.

12. Que China tiene 643 quejas por malas prácticas ante la Organización Mundial de Comercio, con lo que casi alcanza el 30 por ciento de las inconformidades de los países a nivel mundial.

13. Que la Comisión Permanente aprobó un punto de acuerdo en el que solicita al honorable ayuntamiento de Benito Juárez, Quinta Roo, al gobierno de Quintana Roo, a las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Economía y a la de Gobernación del gobierno federal, a que brinden toda la información económica, ambiental, de migración y social relacionada con la construcción y operación del proyecto centro comercial Dragón Mart Cancún y obras asociadas.

14. Que una de las facultades de esta soberanía, es exhortar a la administración pública federal a revisar aquellos procesos que afecten de manera importante la vida de los ciudadanos mexicanos.

15. Que el otorgamiento de la licencia de construcción del complejo Dragón Mart Cancún se debió a procesos administrativos, antes que a estudios de impacto ambiental o económico, por lo que aún se desconoce, de manera oficial, el impacto que traerá consigo este nuevo complejo comercial.

Por lo expuesto y fundado sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

1. La LXII Legislatura exhorta respetuosamente al gobierno federal a atender la petición de los industriales nacionales de abrir una mesa de diálogo para evaluar la política comercial del país, y de la mano con organizaciones, legisladores y especialistas en el tema, establecer medidas para evitar las prácticas desleales que trae consigo el proyecto Dragon Mart Cancún.

2. La Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, para que se pronuncie con respecto al cambio de uso de suelo forestal, relacionado con el proyecto inmobiliario Dragon Mart y el cumplimiento de las condicionantes, en caso de devastación.

3. El pleno de la Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a requerir el estudio de impacto ambiental respecto a las obras de competencia federal que se pretenden en la edificación de diversas construcciones en las 561.37 hectáreas en el municipio de Benito Juárez.

4. Esta soberanía exhorta a la Secretaría de Economía a emprender una investigación respecto al impacto económico en los factores de la producción así como las violaciones a la Ley de Comercio Exterior y Ley de Inversión Extranjera relacionados con el proyecto de construcción y operación de Dragon Mart Cancún.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de octubre de 2013.— Diputados: Miguel Agustín Alonso Raya, Francisco Arroyo Vieyra y Graciela Saldaña Fraire (rúbricas).»

El Presidente diputado José González Morfín: Gracias a usted, diputada. Voy a pedir a la Secretaría, para los efectos del artículo 100 del Reglamento, que se consulte a la asamblea, en votación económica, si el asunto se considera de urgente resolución.

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Para los efectos del artículo 100 del Reglamento, se pregunta a la asamblea si se considera de urgente resolución. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la negativa.

El Presidente diputado José González Morfín: No se considera de urgente resolución. Se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Economía, para dictamen.



CAMBIO EN COMISION ESPECIAL

El Secretario diputado Javier Orozco Gómez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LXII Legislatura.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Ricardo Anaya Cortés, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente se someta a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente movimiento solicitado por el coordinador del Grupo Parlamentario del PAN.

• Que el diputado Felipe de Jesús Almaguer Torres cause alta como integrante en la Comisión Especial de energías renovables.

Lo anterior para los efectos que haya lugar.

Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente

Palacio Legislativo. México, DF, a 9 de octubre de 2013.— Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica) Presidente.»

El Presidente diputado José González Morfín: De enterado. Comuníquese.



* INICIATIVAS Y PROPOSICIONES

El Presidente diputado José González Morfín: En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.



CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente diputado José González Morfín(a las 15:21 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana jueves 10 de octubre, a las 11 horas. Se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9:30 horas.

————— O —————

RESUMEN DE TRABAJOS

• Tiempo de duración: 3 horas 6 minutos

• Quórum a la apertura de sesión: 434 diputados

• Asistencia al cierre de registro: 448 diputados

• Oradores que participaron: 38

PRI 7

PAN 7

PRD 10

PVEM 5

MC 4

PT 3

NA 2

Se recibió:

• 1 oficio de la Presidencia Mesa Directiva, por el que comunica que se realizó modificación de turno de iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, presentada por el diputado Mario Rafael Méndez Martínez, el 24 de septiembre de 2013

• 1 comunicación de la Junta de Coordinación Política, con la propone una modificación al orden del día en el capítulo de proposiciones con punto de acuerdo de urgente resolución para que la proposición por la que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Gobernación, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y de la Secretaría de Hacienda, para que en la glosa del primer Informe de Gobierno integren el tema de la vulnerabilidad satelital de México, a cargo de la diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero, del Grupo Parlamentario del PRD, sea sustituida por la proposición con punto de acuerdo en relación a la autorización de la licencia de construcción otorgada por el ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, al proyecto Dragon Mart Cancún, a cargo de los diputados Miguel Agustín Alonso Raya, Francisco Arroyo Vieyra y Graciela Saldaña Fraire

• 1 comunicación de la Junta de Coordinación Política, en relación a cambio de integrante en la Comisión Especial de Energías Renovables

• 2 iniciativas del PRD

• 1 iniciativa del PVEM

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

Acosta Peña, Brasil Alberto (PRI)
Apoyo a la población de Zirándaro y Huetamo afectada por los fenómenos hidrometeorológicos ocurridos el 15, 16 y 17 de septiembre: 97
Aguilar Gil, Lilia (PT)
Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 70
Alonso Raya, Miguel Agustín (PRD)
Licencia de construcción otorgada por el ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, al proyecto Dragon Mart Cancún: 117
Alvarez Tovar, Martha Berenice (PAN)
Apoyo a la población de Zirándaro y Huetamo afectada por los fenómenos hidrometeorológicos ocurridos el 15, 16 y 17 de septiembre: 104
Añorve Baños, Manuel (PRI)
Modificación al orden del día: 115
Arroyo Vieyra, Francisco Agustín (PRI)
Licencia de construcción otorgada por el ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, al proyecto Dragon Mart Cancún: 117
Bautista Cuevas, Gloria (PRD)
Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados: 85
Caamal Mena, José Angelino (NA)
Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores - Ley de Vivienda: 64
Camarena García, Felipe Arturo (PVEM)
Código Civil Federal: 64
Campos Córdova, Lisandro Arístides (PRI)
Apoyo a la población de Zirándaro y Huetamo afectada por los fenómenos hidrometeorológicos ocurridos el 15, 16 y 17 de septiembre: 105
Cantú Garza, Ricardo (PT)
Exhorto a la SHCP a hacer públicos los montos de las condonaciones en materia de ISR en cada estado del país y el Distrito Federal: 111
Castellanos Mijares, Carlos Octavio (PVEM)
Exhorto a la SHCP a hacer públicos los montos de las condonaciones en materia de ISR en cada estado del país y el Distrito Federal: 113
Escobar y Vega, Arturo (PVEM)
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 21
Espinosa Cházaro, Luis Ángel Xariel (PRD)
Exhorto a la SHCP a hacer públicos los montos de las condonaciones en materia de ISR en cada estado del país y el Distrito Federal: 112
García Conejo, Antonio (PRD)
Apoyo a la población de Zirándaro y Huetamo afectada por los fenómenos hidrometeorológicos ocurridos el 15, 16 y 17 de septiembre: 103, 106
García de la Fuente, Mónica (PVEM)
Ley General de Población: 50
García González, Carlos Alberto (PAN)
Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa: 38
García Rojas, Mariana Dunyaska (PAN)
Exhorto a la SHCP a hacer públicos los montos de las condonaciones en materia de ISR en cada estado del país y el Distrito Federal: 107
Gómez Gómez, Luis (PRI)
Código Penal Federal - Código Federal de Procedimientos Penales: 33
González Carrillo, Adriana (PAN)
Ley del Seguro Social: 80
Huerta Ladrón de Guevara, Manuel Rafael (PT)
Nombramiento del consejero electoral que deberá suplir a Sergio García Ramírez: 20, 72
Huerta Ladrón de Guevara, Manuel Rafael (PT)
Apoyo a la población de Zirándaro y Huetamo afectada por los fenómenos hidrometeorológicos ocurridos el 15, 16 y 17 de septiembre: 100, 105
Huidobro González, Zuleyma (MC)
Código Civil Federal: 54
Jorrín Lozano, Víctor Manuel (MC)
Apoyo a la población de Zirándaro y Huetamo afectada por los fenómenos hidrometeorológicos ocurridos el 15, 16 y 17 de septiembre: 101
López Cisneros, José Martín (PAN)
Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa: 46
López Rosado, Roberto (PRD)
Ley Federal de las Entidades Paraestatales - Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas: 46
Medina Filigrana, Marcos Rosendo (PRD)
Exhorto a la SHCP a hacer públicos los montos de las condonaciones en materia de ISR en cada estado del país y el Distrito Federal: 115
Mejía Berdeja, Ricardo (MC)
Nombramiento del consejero electoral que deberá suplir a Sergio García Ramírez: 73
Mejía Berdeja, Ricardo (MC)
Modificación al orden del día: 116
Mícher Camarena, Martha Lucía (PRD)
Código Civil Federal: 63
Núñez Aguilar, Ernesto (PVEM)
Apoyo a la población de Zirándaro y Huetamo afectada por los fenómenos hidrometeorológicos ocurridos el 15, 16 y 17 de septiembre: 102
Olvera Barrios, Cristina (NA)
Apoyo a la población de Zirándaro y Huetamo afectada por los fenómenos hidrometeorológicos ocurridos el 15, 16 y 17 de septiembre: 99
Peña Avilés, Gerardo (PAN)
Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores - Ley de Vivienda: 69
Rocha Piedra, Juan Manuel (PRI)
Ley General de Turismo: 74
Rosas Montero, Lizbeth Eugenia (PRD)
Modificación al orden del día: 117
Saldaña Fraire, Graciela (PRD)
Licencia de construcción otorgada por el ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, al proyecto Dragon Mart Cancún: 117
Saldaña Fraire, Graciela (PRD)
Modificación al orden del día: 116
Salinas Mendiola, Glafiro (PAN)
Exhorto a la SHCP a hacer públicos los montos de las condonaciones en materia de ISR en cada estado del país y el Distrito Federal: 113
Valle Magaña, José Luis (MC)
Exhorto a la SHCP a hacer públicos los montos de las condonaciones en materia de ISR en cada estado del país y el Distrito Federal: 111
Zárate Salgado, Fernando (PRD)
Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios: 23, 30
Zepeda González, Francisco Alberto (PRI)
Exhorto a la SHCP a hacer públicos los montos de las condonaciones en materia de ISR en cada estado del país y el Distrito Federal: 114