SUMARIO
Oficio de la Mesa Directiva relativo a modificación de turno de iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 141 Bis al Código Penal Federal, presentada por el diputado Jorge Francisco Sotomayor Chávez, del PAN. Se modifica el turno. Actualícense los registros parlamentarios
Oficio de la Comisión de Gobernación, relativo a la información proporcionada por la Procuraduría General de la República relacionada sobre los posibles hechos delictivos contra la vida del diputado Ricardo Monreal Ávila y del senador David Monreal Ávila. De enterado
Interviene el diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño, desde su curul
El diputado Trinidad Secundino Morales Vargas, desde su curul, solicita minuto de silencio en memoria de siete trabajadores de la Cervecería Modelo que murieron asfixiados en su centro de trabajo. El Presidente obsequia la petición
Oficio de la diputada María del Rocío Corona Nakamura por el que solicita que se retiren de los registros de la Comisión de Juventud: la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 11 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, presentada el 14 de marzo de 2013; y la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos estatales y municipales para que los puestos de dirección de todos los espacios gubernamentales, destinados a la atención de los temas referentes a la juventud, sean ocupados por personas menores de 29 años de edad, presentada el 19 de marzo del año en curso. Se tienen por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios
Oficio de la Secretaría de Gobernación, por el que solicita el permiso constitucional necesario para que la ciudadana Nohemí Lira Albarrán pueda presentar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México, e informa que el ciudadano Gilberto de Jesús Cardeña Ciau ha dejado de prestar servicios en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Mérida, Yucatán. La solicitud de permiso se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen. Por lo que se refiere al ciudadano que deja de prestar servicios, comuníquese a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, para su conocimiento
Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite el Informe anual sobre las concesiones otorgadas y autorizadas durante el ejercicio fiscal 2012, por la Secretaría de la Función Pública, a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. Se remite a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para su conocimiento
Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Turismo, a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a apoyar el proyecto de recuperación del Barrio de Tacubaya en la delegación Miguel Hidalgo del Distrito Federal, con el propósito de convertirlo en un centro turístico. Se remite a la Comisión de Turismo, para su conocimiento
Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Dirección Jurídica de Petróleos Mexicanos, a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la revisión de la infraestructura de todas las instalaciones de Petróleos Mexicanos. Se remite a las Comisiones de Protección Civil y de Energía, para su conocimiento
Oficio del gobierno del estado de México, con el que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la ampliación de la matrícula en educación media superior. Se remite a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para su conocimiento
Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Economía, a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente, relativo a a la problemática actual de los productores de caÑa, procurando que a la brevedad posible se devuelva la rentabilidad a la industria azucarera. Se remite al promovente, para su conocimiento
Oficio de la Procuraduría Federal del Consumidor, con el que remite alcance a la contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la carne de pollo y a los huevos provenientes de las instalaciones donde se ha detectado el virus de la influenza aviar. Se remite a las Comisiones de Economía y de Ganadería, para su conocimiento
Oficio del Congreso del estado de México, con el que remite fe de erratas en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, enviada el 5 de marzo del año en curso. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su atención
Oficio del Congreso del estado de México, con el que remite fe de erratas en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y el Código Federal de Procedimientos Penales, enviada el 5 de marzo del año en curso. Se turna a las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y de Justicia, para su atención
Oficio de la Cámara de Senadores, con la que remite acuerdo aprobado por el que se exhorta a las Comisiones de Seguridad Pública, y de Derechos Humanos de ambas Cámaras a dar seguimiento puntual a cualquier atentado contra medios de comunicación y periodistas, así como a los actos que pongan en riesgo el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la información. Se turna a las Comisiones de Seguridad Pública y de Derechos Humanos, para su atención
Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de atención preventiva integrada a la salud, para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley de Coordinación Fiscal, presentada por el senador Carlos Alberto Puente Salas, del Grupo Parlamentario del PVEM. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
El diputado Omar Antonio Borboa Becerra presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de organizar, adecuar y fortalecer las comisiones especiales. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen
El diputado José Arturo López Cándido presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 5o. y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona el 158 Bis a la Ley Federal del Trabajo, para incluir el concepto de antigüedad dentro de los derechos de los trabajadores en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley Federal del Trabajo. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
La diputada Lucila Garfias Gutiérrez presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y expide la Ley General del Sistema Nacional de Vigilancia y Supervisión de las Instituciones Públicas y Privadas de Asistencia Social en las que se encuentran Niñas, Niños y Adolescentes. Se turna a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Derechos de la Niñez, para dictamen; y a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión
Intervienen desde su curul los diputados:
Verónica Beatriz Juárez Piña
Genaro Carreño Muro
Adriana Hernández Iñiguez
El diputado José Luis Valle Magaña presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 7o. y 30 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, sobre la aplicación de los esquemas tarifarios a los habitantes residentes de los municipios que cuenten con una plaza de cobro. Se turna a la Comisión de Transportes, para dictamen
La diputada María del Socorro Ceseñas Chapa presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, para suprimir los denominados contratos de protección.. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
El diputado Ricardo Astudillo Suárez presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 155 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de contaminación acústica. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen
El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y décimo primero transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicado en el DOF el 18 de junio de 2008, en materia de arraigo. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
Interviene la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, desde su curul
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto que adiciona las fracciones XXXVII Bis al artículo 8o. y XV al 20 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 343-A, 343-C, 343-D y 343-E de la Ley Federal del Trabajo
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 7, 9, 10, 11 y 14 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, PequeÑa y Mediana Empresa
El Presidente, con base a lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, anuncia la declaratoria de publicidad de dictamen de la Comisión de Energía, con proyecto de decreto que ratifica la Estrategia Nacional de Energía
Discusión del dictamen de la Comisión de Energía, con proyecto de decreto que ratifica la Estrategia Nacional de Energía
Interviene el diputado Juan Bueno Torio, desde su curul
Fundamenta el dictamen el diputado Williams Oswaldo Ochoa Gallegos
Para fijar posición de sus grupos parlamentarios intervienen los diputados:
Dora María Guadalupe Talamante Lemas
José Alberto Benavides Castañeda
Ricardo Mejía Berdeja
Laura Ximena Martel Cantú
Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro
Juan Bueno Torio
Blanca María Villaseñor Gudiño
Para hablar en contra intervienen los diputados:
Aleida Alavez Ruiz
Germán Pacheco Díaz
Lilia Aguilar Gil
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales
Tres comunicaciones de la Junta de Coordinación Política en relación con cambios en las Comisiones de: Asuntos de la Frontera Sur-Sureste, de Comunicaciones, de Infraestructura, de Hacienda y Crédito Público, de Justicia y de Comunicaciones
Comunicación de la Junta de Coordinación Política en relación con cambios en la Comisión Especial para la conservación y, en su caso, restauración del medio ambiente en las entidades federativas donde se ubican las instalaciones de Pemex
Comunicación de la Junta de Coordinación Política en relación con cambios en: el Comité del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas; el Comité del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias; el Comité del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública; el Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género; el Comité del Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria
Aprobados. Comuníquense
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se define la integración de la junta directiva de la Comisión Especial que se ocupa de indagar el funcionamiento de las instancias del gobierno federal relacionadas con el otorgamiento de permisos para juegos y sorteos
Desde su curul, el diputado Roberto López Suárez solicita aclaración
Aprobado. Comuníquese
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua a implantar medidas urgentes para garantizar el suministro de agua para actividades agrícolas en los distritos de riego 025 y 026 en el estado de Tamaulipas
Aprobado. Comuníquese
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Gobernación que libere los recursos correspondientes al Fonden con la misma oportunidad con que el 26 de marzo del presente fue emitida la declaratoria de emergencia por los incendios forestales presentados en San Luis Potosí
Aprobado. Comuníquese
El presidente solicita que sólo se dé lectura a los encabezados y se discutan en conjunto
Desde su curul, el diputado Ricardo Mejía Berdeja solicita que cada punto de acuerdo se discuta uno a uno
En votación económica se autoriza la propuesta del presidente
Discusión del dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se solicita al Ejecutivo federal que fortalezca los programas e instrumentos de atención para combatir la violencia contra las niñas y las mujeres, a efecto de que puedan ser implantados de manera eficiente y equitativa
Discusión del dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Sagarpa a incrementar los apoyos en favor de las mujeres rurales
Discusión del dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo relativos a lo sucedido en Tacotalpa, Tabasco
Discusión del dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo relativo a la revisión de las reglas de operación de los programas contenidos en el anexo 10, Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres, conforme a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2012
Discusión del dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos estatales a armonizar su legislación con lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en el Código Penal Federal en materia de feminicidios
Discusión del dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría General de Justicia de Sinaloa a aplicar en coordinación con la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas medidas a fin de atender el creciente índice de feminicidios en el estadov
Discusión del dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos estatales a armonizar su legislación conforme a lo establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en materia de acceso pleno y permanencia de las mujeres en cargos de elección popular
Discusión del dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se solicita a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la Procuraduría General de la República a colaborar con la Procuraduría estatal en las investigaciones relacionadas con los feminicidios ocurridos en Tula, Hidalgo
Discusión del dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al gobernador de Querétaro con relación a la ola de secuestros y desapariciones de personas en la entidad; y al Congreso local, a realizar los trabajos legislativos pertinentes para tipificar el delito de feminicidio
Discusión del dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Ejecutivos federal y estatales a establecer de manera corresponsable centros de justicia para mujeres y reforzar los existentes
La diputada Rosalba de la Cruz Requena fundamenta los 10 dictámenes de la Comisión e Equidad y Genero
El diputado Felipe Arturo Camarena García hace moción de orden
La diputada Lorena Méndez Denis se refiere al dictamen por el que se solicita al Ejecutivo federal que fortalezca los programas e instrumentos de atención para combatir la violencia contra las niñas y las mujeres, a efecto de que puedan ser implantados de manera eficiente y equitativa
La diputada Aida Fabiola Valencia Ramírez se refiere al dictamen por el que se exhorta al titular de la Sagarpa a incrementar los apoyos en favor de las mujeres rurales
La diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez se refiere al dictamen relativo a lo sucedido en Tacotalpa, Tabasco
El diputado Juan Luis Martínez Martínez se refiere al dictamen relativo a la revisión de las reglas de operación de los programas contenidos en el anexo 10, Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres, conforme a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2012
El diputado José Francisco Coronato Rodríguez se refiere al dictamen por el que se exhorta a los congresos estatales a armonizar su legislación con lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en el Código Penal Federal en materia de feminicidios
El diputado Ricardo Mejía Berdeja se refiere al dictamen por el que se solicita a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la Procuraduría General de la República a colaborar con la Procuraduría estatal en las investigaciones relacionadas con los feminicidios ocurridos en Tula, Hidalgo
La diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro se refiere al dictamen por el que se exhorta a la Procuraduría General de Justicia de Sinaloa a aplicar en coordinación con la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas medidas a fin de atender el creciente índice de feminicidios en el estado
Intervienen desde su curul los diputados:
Martha Lucía Mícher Camarena
Manuel Añorve Baños
Raquel Jiménez Cerrillo
Aprobados los 10 puntos de acuerdo. Comuníquense
Discusión del dictamen de la Comisión de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a organizar e instalar un consejo nacional de prestación de servicios para la atención, el cuidado y el desarrollo integrales infantiles
Discusión del dictamen de la Comisión de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los congresos locales a conferir en sus labores legislativas prioridad al interés superior de la infancia, conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los convenios internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano y las recomendaciones que de ellos emanan, para preservar los derechos de niÑos y de adolescentes
Discusión del dictamen de la Comisión de Derechos de la Niñez, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Segob y a la SEP a establecer una estrategia nacional de prevención infantil contra abusos producto de la navegación insegura de niños y de adolescentes en Internet; y a las legislaturas locales y a la ALDF, a legislar en la materia
La diputada Verónica Beatriz Juárez Piña fundamenta los 3 dictámenes de la Comisión de Derechos de la Niñez
La diputada Lucila Garfias Gutiérrez se refiere al dictamen por el que se exhorta al Ejecutivo federal a organizar e instalar un consejo nacional de prestación de servicios para la atención, el cuidado y el desarrollo integrales infantiles
El diputado José Antonio Hurtado Gallegos se refiere al dictamen por el que se exhorta al Ejecutivo federal a organizar e instalar un consejo nacional de prestación de servicios para la atención, el cuidado y el desarrollo integrales infantiles
El diputado Gerardo Villanueva Albarrán se refiere al dictamen por el que se exhorta respetuosamente a los congresos locales a conferir en sus labores legislativas prioridad al interés superior de la infancia, conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los convenios internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano y las recomendaciones que de ellos emanan, para preservar los derechos de niÑos y de adolescentes
El diputado Juan Ignacio Samperio Montaño se refiere al dictamen por el que se exhorta a la Segob y a la SEP a establecer una estrategia nacional de prevención infantil contra abusos producto de la navegación insegura de niÑos y de adolescentes en Internet; y a las legislaturas locales y a la ALDF, a legislar en la materia
Aprobados, comuníquense
El Presidente comunica que, en términos del artículo 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las proposiciones serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria, salvo las que se pida explícitamente registro para la próxima sesión
De conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, se publican las votaciones de los siguientes dictámenes:
De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que ratifica la Estrategia Nacional de Energía (en lo general y en lo particular)
Dictamen de la Comisión de Energía, con proyecto de decreto que ratifica la Estrategia Nacional de Energía
Opiniones:
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales
De la Comisión de Cambio Climático
Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que le corresponde a la iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 9 de abril de 2013, de conformidad con el artículo 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados
ASISTENCIA
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia, cuando son las 11 de la mañana con 7 minutos.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 259 diputadas y diputados, por tanto, hay quórum.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra(a las 11:07 horas): Se abre la sesión.
ORDEN DEL DIA
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, señor presidente. Se dispensa la lectura.
«Segundo periodo de sesiones ordinarias. Primer año de ejercicio. LXII Legislatura.
Orden del día
Martes 9 de abril de 2013
Lectura del acta de la sesión anterior.
Comunicaciones oficiales
De la Mesa Directiva
En relación a modificación de turno de iniciativa.
De la Comisión de Gobernación
Relativo a la información proporcionada por la Procuraduría General de la República, relacionada con los posibles hechos delictivos en contra de la vida del diputado Ricardo Monreal Ávila y el senador David Monreal Ávila.
De la diputada María del Rocio Corona Nakamura
En relación a retiro de iniciativa y proposición.
De la Secretaría de Gobernación
Con la que solicita el permiso constitucional necesario para que la ciudadana Nohemí Lira Albarrán, pueda prestar sus servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México, e informa que el ciudadano Gilberto de Jesús Cardeña Ciau ha dejado de prestar servicios en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Mérida Yucatán.
Con la que remite el informe anual sobre las Concesiones Otorgadas y Autorizadas durante el Ejercicio Fiscal 2012 por la Secretaría de la Función Pública, a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
Dos, con las que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados.
Con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso, relativo a la industria azucarera.
Del Gobierno del Estado de México
Con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la ampliación de la matrícula en el nivel de educación media superior.
De la Procuraduría Federal del Consumidor
Con la que remite alcance a la contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la carne de pollo y huevos provenientes de las instalaciones donde se ha detectado el virus de la influenza aviar.
Del Congreso del Estado de México
Por el que remite Fe de Erratas en relación con la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, enviada el 5 de marzo del año en curso.
Por el que remite Fe de Erratas en relación con la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y el Código Federal de Procedimientos Penales, enviada el 5 de marzo del año en curso.
De la Cámara de Senadores
Acuerdo aprobado por el Senado de la República, por el que exhorta a las comisiones de Seguridad Pública, y de Derechos Humanos de ambas cámaras, a dar seguimiento puntual a cualquier atentado en contra de Medios de comunicación y Periodistas, así como a los actos que pongan en riesgo el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la información.
Minuta
Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de atención preventiva integrada a la salud, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional. (Turno a Comisión)
Iniciativa de ley de senador
Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley de Coordinación Fiscal, presentada por el senador Carlos Alberto Puente Salas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Propuestas de acuerdo de los órganos de gobierno
De la Junta de Coordinación Política.
Iniciativas
Que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Artículo Décimo Primero Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el 18 de junio de 2008, suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera, Luis Alberto Villarreal García, Héctor Humberto Gutiérrez De la Garza y Consuelo Argüelles Loya, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional y Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 2o. y 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Victor Manuel Jorrín Lozano, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 294 y 306 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 7o. de la Ley General de Educación, 113 de la Ley General de Salud y 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, del diputado José Everardo Nava Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Omar Antonio Borboa Becerra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Ley Federal de Radio y Televisión, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrito por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ramón Antonio Sampayo Ortíz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 144 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Miguel Ángel Aguayo López, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 226 Bis de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Margarita Saldaña Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 6o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Francisco Alberto Zepeda González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 320, 324 y 334 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrita por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 5o. y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona un artículo 158 Bis a la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado José Arturo López Candido, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y expide la Ley General del Sistema Nacional de Vigilancia y Supervisión de las instituciones públicas y privadas de Asistencia Social en las que se encuentran niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Lucila Garfias Gutiérrez, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 3o. y 27 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María Guadalupe Sánchez Santiago, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 7o. y 30 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado José Luis Valle Magaña, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 25 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a cargo de la diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Isidro Moreno Árcega, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 58, 63, 64 y 74 de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado Raymundo King De la Rosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 231 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Villarreal García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que adiciona un artículo 155 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Arturo Escobar y Vega y suscrita por el diputado Ricardo Astudillo Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 3o. de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, a cargo de la diputada Aída Fabiola Valencia Ramírez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 11, 25 y 149 de la Ley Federal de Justicia para Adolescentes, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 222 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Pedro Ignacio Domínguez Zepeda y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 184 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Carlos Alberto García González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María Guadalupe Sánchez Santiago, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 8o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo del diputado Fernando Charleston Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 78 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Marino Miranda Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a cargo de la diputada Miriam Cárdenas Cantú, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 3o. y 8o. de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores, a cargo de la diputada Elizabeth Vargas Martín del Campo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 19 y adiciona los artículos 19 Bis y 19 Ter a la Ley de Migración, a cargo de la diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada y de la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal, a cargo del diputado Felipe Arturo Camarena García, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 132 y 170 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila y suscrito por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 74 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Loretta Ortíz Ahlf, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 25 de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, a cargo de la diputada María Sanjuana Cerda Franco y suscrita por el diputado Rosendo Serrano Toledo, de los Grupos Parlamentarios Nueva Alianza y del Partido de la Revolución Democrática, respectivamente. (Turno a Comisión)
Que adiciona un artículo 221-B a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, y del Código Civil Federal, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja y suscrito por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal y del Código Federal de Procedimientos Civiles, a cargo del diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 44 y 45 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Genaro Carreño Muro, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 3°, 7° y 14 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo de la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Anaya Cortés, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Anaya Cortés, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Anaya Cortés, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Que reforma y adiciona los artículos 73 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Angélica Rocío Melchor Vásquez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.(Turno a Comisión)
Declaratoria de publicidad de los dictámenes
De la Comisión de Pesca, con Proyecto de Decreto que adiciona una fracción XXXVII Bis al artículo 8o., y una fracción XV al artículo 20, de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.
De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 343-A, 343-C, 343-D y 343-E de la Ley Federal del Trabajo.
De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con Proyecto de Decreto que reforma la fracción II del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo.
De la Comisión de Economía, con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona los artículos 7, 9, 10, 11 y 14 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
De la Comisión de Energía, con Proyecto de Decreto que ratifica la Estrategia Nacional de Energía. (Discusión y votación)
Dictámenes a discusión
De puntos de acuerdo
De la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se solicita al Ejecutivo federal, fortalezca los programas y los mecanismos de atención para combatir la violencia contra las niñas y mujeres, a efecto de que puedan ser implementados de manera eficiente y equitativa.
De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Sagarpa, incrementar los apoyos a favor de las mujeres rurales.
De la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo, relativos a lo sucedido en Tacotalpa, Tabasco.
De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo relativo a la revisión de las Reglas de Operación de los Programas contenidos en el anexo 10 Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, conforme a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2012.
De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos Estatales, armonizar su legislación conforme a lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en el Código Penal Federal, en materia de Feminicidios.
De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Sinaloa, aplicar en coordinación con la Fiscalía Especial para los delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, las medidas necesarias para atender el creciente índice de Feminicidios en la entidad.
De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos Estatales, armonizar su legislación conforme a lo establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de acceso pleno y permanencia de las mujeres en los cargos de elección popular.
De la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se solicita a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la Procuraduría General de la República que coadyuve con la Procuraduría Estatal en las investigaciones relacionadas con los feminicidios presentados en Tula, Hidalgo.
De la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Gobernador del Estado de Querétaro con relación a la ola de secuestros y desapariciones de personas en la entidad; y al Congreso local a realizar los trabajos legislativos pertinentes para tipificar el delito de feminicidio.
De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Ejecutivos Federal y Estatales a establecer de manera corresponsable Centros de Justicia para Mujeres, y para que sean reforzados en aquellas entidades donde ya existen.
De la Comisión de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que organice e instale el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
De la Comisión de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los Congresos de los Estados de la Federación, para que legislen priorizando el interés superior de la infancia, tomando en cuenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los convenios internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano y las recomendaciones que de ellos emanan para preservar los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
De la Comisión de Derechos de la Niñez, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Segob y a la SEP, para que establezcan una estrategia nacional de prevención infantil contra abusos producto de la navegación insegura de las niñas, niños y adolescentes en Internet; asimismo se exhorta a las legislaturas de los estados y a la ALDF, para que legislen en la materia.
De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos de las entidades donde no se ha legislado sobre el derecho a la no discriminación, a expedir disposiciones legales encaminadas a prohibirlas y desarrollar acciones institucionales para compensar la violación de esa garantía.
De la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que la Cámara de Diputados manifiesta su rechazo a los actos de violencia y discriminación llevados a cabo por medios de comunicación públicos y privados de Quintana Roo, en contra de las Diputadas Graciela Saldaña Fraire y Alicia Ricalde Magaña, así como de Edith Mendoza Pino, ex alcaldesa del municipio de Tulum.
De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y Ejecutivos Estatales, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, se promueva y privilegie la dignificación del Adulto Mayor.
De las Comisiones Unidas de Justicia y de Relaciones Exteriores, con puntos de acuerdo por los que exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores; a la Procuraduría General de la República y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para que, en el ámbito de sus atribuciones, realicen las acciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos en los que falleció el connacional menor de edad José Antonio Elena Rodríguez en la línea de la frontera de Nogales, Sonora, el pasado 10 de Octubre.
De la Comisión de Competitividad, con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversos Congresos Estatales, para que aprueben el proyecto de decreto que reforma los artículos 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De la Comisión de Turismo, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo federal, a través del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes y la Secretaría de Turismo, se establezca el Día Nacional de la Gastronomía Mexicana.
De la Comisión de Energía, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Energía a tomar medidas para erradicar la extracción, manejo y distribución ilícitos de gas LP en el país.
De la Comisión de Juventud, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos de las Entidades Federativas, revisen su legislación civil, a fin de aumentar la edad mínima para que ambos contrayentes puedan contraer matrimonio.
De las Comisiones Unidas de Asuntos Migratorios, y de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se solicita a los titulares de la Secretaría de Relaciones Exteriores, del Instituto Nacional de Migración y del Desarrollo Integral de la Familia, constituir una base de datos confiable, integral y compartida de niñas, niños y adolescentes sin compañía, que sean repatriados de los Estados Unidos de América y se promueva su protección más allá de la reunificación familiar.
De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que, por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, se pronuncie con el propósito de que las autoridades de los Estados Unidos de América atiendan la opinión número 19/2005 del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas, en relación con cinco ciudadanos cubanos.
De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que por conducto de la Procuraduría General de la República, solicite a las autoridades del Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América, una vez que se hayan concluido los procesos penales en desarrollo, la entrega al Gobierno de México, de los más de 2 millones de dólares que le fueron detectados en las Islas Bermudas a Javier Villareal ex titular del Servicio de Administración Tributaria del Estado de Coahuila.
De la Comisión del Distrito Federal, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a diversas autoridades del Gobierno del Distrito Federal, a garantizar el cumplimiento de las leyes y reglamentos que permita a los ciudadanos, el uso del espacio público con seguridad ante las diferentes modalidades de desplazamiento.
De la Comisión del Distrito Federal, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, al Secretario de Gobierno y al Jefe Delegacional en Venustiano Carranza, brindar apoyo a los locatarios afectados por el incendio de la nave mayor del mercado de La Merced.
De la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Intersecretarial para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, incorporar en su Programa Nacional a las delegaciones Cuauhtémoc, Álvaro Obregón, Benito Juárez y Venustiano Carranza, en calidad de Demarcaciones Prioritarias.
De la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, con puntos de acuerdo por los que se solicita al Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del Estado de Tamaulipas, una opinión en la que se evalúe el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de asentamientos humanos, ordenamiento territorial y desarrollo urbano en relación con la regularización de vivienda de las familias asentadas en el Fraccionamiento Rincón de las Flores en Reynosa Tamaulipas.
De las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Transportes, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a la SCT, BANOBRAS, y CAPUFE, para eximir del cobro en la plaza 164 por la utilización del Puente Carmen El Zacatal, ubicada en el Km. 165 de la carretera federal 180 Villahermosa-Ciudad del Carmen.
Proposiciones calificadas por el pleno de urgente u obvia resolución
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que emita el decreto correspondiente, a fin de que el Hospital Central Dr. Ignacio Morones Prieto de San Luis Potosí, sea reconocido y clasificado como Hospital Regional de Alta Especialidad, a cargo del diputado Jorge Terán Juárez y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)
Con punto de acuerdo por el que esta Soberanía respalda la Reforma Educativa publicada en el DOF el 26 de febrero de 2013 y exhorta a los congresos de los estados de Guerrero y Oaxaca, para que no promuevan legislaciones locales que eliminen sus efectos y que puedan contravenir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Fernando Rodríguez Doval, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)
Con punto de acuerdo relativo a la adquisición del edificio del IFE, a cargo del diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Urgente resolución)
Proposiciones
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al director del IMSS, para que implemente mecanismos que regulen las guarderías subrogadas a nivel nacional, a cargo de la diputada María Fernanda Schroeder Verdugo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sener, para que se publique en el DOF, información relativa a la regulación de los precios y tarifas aplicables a las actividades de transporte, almacenamiento y distribución de gas LP, a cargo del diputado Germán Pacheco Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que implemente un plan emergente para combatir la inseguridad y la fuerte ola de violencia que aqueja a diversos estados de la República Mexicana, a cargo del diputado Andrés Eloy Martínez Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades correspondientes de las entidades federativas, para que se implemente una política permanente de aplicación del alcoholímetro en los eventos de asistencia masiva, a cargo del diputado Enrique Aubry De Castro Palomino, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de los titulares de la Conagua y de la Semarnat, implemente políticas públicas que incluya la nula descarga de sustancias tóxicas en los ríos del país, suscrito por los diputados Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Jefe de Gobierno del D.F., a replantear los proyectos de las líneas de metrobús, a efecto de aplicar sistemas de cero emisiones de Gases de Efecto Invernadero, a cargo de la diputada Cristina Olvera Barrios, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las legislaturas de las entidades federativas, para que emprendan las acciones legislativas conducentes, a efecto de tipificar en su legislación y conforme a los estándares internacionales en la materia, el delito de desaparición forzada de personas, a cargo de la diputada Miriam Cárdenas Cantú, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Conagua y de Banobras, para que atiendan la instrucción del Ejecutivo federal, a fin darle celeridad a la realización del proyecto hidráulico Monterrey VI, cargo del diputado José Martín López Cisneros, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo relativo a la solución del conflicto de la Compañía Mexicana de Aviación, a cargo de la diputada Claudia Elena Águila Torres, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de las Secretarías de Salud, Federal y del estado de Baja California, para que se establezcan acciones de prevención y atención de la enfermedad denominada Rickettsia, a cargo del diputado David Pérez Tejada Padilla, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT y a la SSA, para que lleven a cabo inspecciones periódicas en los diversos sanitarios que se encuentran ubicados en las casetas de la autopista del Sol, así mismo para que se redoblen esfuerzos para mantener en buen estado la red carretera del país, a cardo del diputado Victor Manuel Jorrrín Lozano, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se solicita al Gobierno Federal, para que a través de sus consulados en los Estados Unidos de América, informe a la población mexicana residente en aquel país, los beneficios que se tiene al registrar a sus hijos en las oficinas consulares; así mismo para que las representaciones de México en los Estados Unidos de América emprendan una campaña de información, en el caso de que se dé una deportación, a cargo del diputado Julio César Flemate Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a la Semarnat, para que se realicen acciones de reforestación, para la recuperación del daño causado al ecosistema y población de la Huasteca Potosina, derivada de los incendios forestales ocurridos el pasado mes de marzo, a cargo de la diputada María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que en Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, se considere el aprovechamiento sustentable del agua como una estrategia de seguridad nacional, conservar y preservar los servicios ambientales asociados al agua y para que en los proyectos de inversión consideren el emplazamiento por región hídrica y garantizar cobertura universal de agua a la población, a cargo del diputado Javier Orihuela García, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la PGJDF, para que integre una averiguación previa sólida y contundente que permita hacer justicia en el caso del feminicidio de Darcy Losada, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la SRE, se inicien las negociaciones con la finalidad de establecer oficinas consulares de los Estados Unidos de América en los municipios de Acuña y Piedras Negras, en Coahuila de Zaragoza, a cargo de la diputada Irma Elizondo Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que modifique la denominación del Espacio Conmemorativo y Monumento Estela de Luz por la de Memorial de las Víctimas de la Violencia, Estela de Paz y a transformar Centro de Cultura Digital Estela de Luz en Centro de la Memoria y de la Paz, a cargo de la diputada Margarita Elena Tapia Fonllem, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y suscrita por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que privilegie el diálogo ante las manifestaciones realizadas en relación con la Reforma Educativa en diferentes zonas del país y para que los legisladores incluyan sus propuestas en la reforma a la legislación secundaria en la materia, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la STPS, para que investigue las causas de la muerte de siete trabajadores en la cervecería Grupo Modelo, localizada en la delegación Miguel Hidalgo, D.F., a cargo del diputado Trinidad Morales Vargas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, para que inicie negociaciones bilaterales para la construcción de un instrumento internacional entre los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Guatemala para la regulación y cooperación regional en materia de cuerpos de agua y sistemas hídricos transfronterizos referentes al Río Usumacinta, a cargo de la diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo por el que se solicita a la Conagua, para que haga del conocimiento de la opinión pública los motivos por los que el contrato para la construcción del túnel emisor oriente, incrementó su monto y se reprogramó el periodo de ejecución de los trabajos, a cargo del diputado Roberto Carlos Reyes Gámiz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Efeméride
Con motivo del Día Mundial de la Salud, a cargo del diputado Marino Miranda Salgado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.»
ACTA DE LA SESION ANTERIOR
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: En virtud de que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria, proceda la Secretaría a someter a discusión el acta de la sesión anterior.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, señor presidente.
«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves cuatro de abril de dos mil trece, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio de la Sexagésima Segunda Legislatura.
Presidencia del diputadoJosé González Morfín
En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de doscientos setenta y nueve diputadas y diputados, a las once horas con siete minutos del jueves cuatro de abril de dos mil trece, el Presidente declara abierta la sesión.
En votación económica se dispensa la lectura al Orden del Día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria; acto seguido se somete a discusión el Acta de la Sesión anterior y, no habiendo oradores registrados, en votación económica se aprueba.
Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:
a) De la Mesa Directiva:
Por la que se comunica que se recibió de la Comisión de Infraestructura, dictamen de proposición con punto de acuerdo en sentido negativo, en relación a los trabajos de reconstrucción de la carretera Tehuacán-Teotitlán, del kilometro 30+000 en las localidades de Calipan y Coxcatlán, estado de Puebla. De conformidad con el artículo ciento ochenta, numeral dos, fracción segunda, del Reglamento de la Cámara de Diputados, publíquese en el Diario de los Debates y archívese el expediente como asunto totalmente concluido.
En relación a modificación de turno de Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Javier Orihuela García del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el cinco de marzo de dos mil trece. De conformidad con lo que establecen los artículos setenta y tres, y setenta y cuatro, numeral dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se modifica el turno. Actualícense los registros parlamentarios.
b) De los diputados:
Javier López Zavala, del Partido Revolucionario Institucional, por la que solicita que se retire de los registros de la Comisión de Ganadería, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos segundo y tercero, de la Ley Federal de Sanidad Animal, presentada el dieciocho de diciembre de dos mil doce.
Alfonso Inzunza Montoya, del Partido Revolucionario Institucional, por la que solicita que se retiren de los registros de la Comisión de Justicia, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo cuatrocientos veinte del Código Penal Federal, presentada el veintiocho de febrero de dos mil trece.
José Isidro Moreno Árcega, Partido Revolucionario Institucional, por la que solicita que se retire de los registros de la Comisión del Distrito Federal, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, presentada el siete de marzo de dos mil trece.
Salvador Arellano Guzmán, del Partido Revolucionario Institucional, por la que se solicita que se retire de los registros de la Comisión de Puntos Constitucionales, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo ciento quince de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el veintiocho de febrero de dos mil trece.
Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios.
c) De la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, por la que invita a la Ceremonia Cívica Conmemorativa del Nonagésimo Cuarto Aniversario Luctuoso del General Emiliano Zapata Salazar. Se designa una comisión de representación.
d) Del Gobierno del estado de Quintana Roo, y del Ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, con las que remiten contestaciones a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo al proyecto Centro Comercial Dragon Mart Cancún. Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su conocimiento.
e) De Petróleos Mexicanos, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a las necesidades de la población de la Isla de Cedros, Baja California. Se remite a la Comisión de Desarrollo Municipal, para su conocimiento.
f) De la Procuraduría Federal del Consumidor, con la que remite contestación a Punto de Acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la carne de pollo y huevos provenientes de las instalaciones donde se ha detectado el virus de la influenza aviar. Se remite a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para su conocimiento.
g) De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativo al Programa de Seguros Catastróficos para el Sector Rural componente de atención a desastres naturales. Se remite a las Comisiones de Gobernación, y de Agricultura y Sistemas de Riego, para su conocimiento.
h) Del diputado Julio César Lorenzini Rangel, del Partido de Acción Nacional, por la que solicita licencia por tiempo indefinido, para separarse de sus actividades legislativas como diputado federal electo en el Décimo Distrito Electoral del estado de Puebla, a partir de esta fecha. En votación económica se aprueban los puntos de acuerdo para conceder licencia y llamar al suplente. Comuníquese. Desde su curul realiza comentarios la diputada Blanca Jiménez Castillo, del Partido de Acción Nacional.
La Presidencia informa a la Asamblea que la ciudadana Mirna Velázquez López, diputada federal electa en el Séptimo Distrito Electoral del estado de Sonora, se encuentra a las puertas del Salón de Sesiones, designa una comisión para acompañarla en el acto de rendir protesta de Ley, mismo que se lleva a cabo y entra en funciones.
i) De la Cámara de Senadores, con las que remite:
Minuta con proyecto de decreto, que reforma la fracción décima primera del artículo siete de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. Se turna a la Comisión de Equidad y Género, para dictamen.
Iniciativa con proyecto de decreto, que Expide la Ley de Fomento al Primer Empleo para los Jóvenes Estudiantes y Egresados de Nivel Técnico Superior y de Educación Superior, reforma la Ley del Impuesto sobre la Renta y la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, presentada por los senadores José María Martínez Martínez, Carlos Mendoza Davis, Daniel Gabriel Ávila Ruíz y Benjamín Robles Montoya, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, y de la Revolución Democrática. Se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
Se someten a discusión los siguientes dictámenes con proyecto de decreto de la Comisión de Transportes:
a) Que reforma la fracción primera del artículo diez y el segundo párrafo del artículo treinta y dos de la Ley de Aviación Civil. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión al diputado Marco Antonio Calzada Arroyo, quien también lo realiza para los siguientes dos dictámenes de la Comisión. Para fijar la postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados: José Angelino Caamal Mena, de Nueva Alianza; y
Presidencia del diputadoFrancisco Agustín Arroyo Vieyra
A las once horas con cuarenta y tres minutos, por instrucciones de la Presidencia, se cierra el sistema electrónico de asistencia con un registro de cuatrocientos treinta y un diputadas y diputados.
Lorena Méndez Denis, de Movimiento Ciudadano. Sin más oradores registrados, en votación nominal por trescientos ochenta y seis votos a favor; y diecisiete abstenciones, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma la fracción primera del artículo diez y el segundo párrafo del artículo treinta y dos de la Ley de Aviación Civil. Se devuelve al Senado, para los efectos de la fracción E, del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
b) Que reforma los artículos seis, setenta y seis y se adiciona el artículo quince y un artículo setenta y seis Bis a la Ley de Aviación Civil. Para fijar la postura de sus respectivos grupos parlamentarios intervienen los diputados María Fernanda Romero Lozano, de Movimiento Ciudadano; y Nabor Ochoa López, del Partido Verde Ecologista de México. Sin más oradores registrados, en votación nominal por cuatrocientos tres votos a favor; y cuatro abstenciones, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma los artículos seis, setenta y seis, y se adiciona el artículo quince y un artículo setenta y seis Bis a la Ley de Aviación Civil. Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales.
c) Que reforma el último párrafo del artículo cincuenta y dos de la Ley de Aviación Civil. Para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario interviene el diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño, de Movimiento Ciudadano. Sin más oradores registrados, en votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos tres votos, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma el último párrafo del artículo cincuenta y dos de la Ley de Aviación Civil. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.
d) Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión al diputado Juan Carlos Muñoz Márquez.
Presidencia del diputadoJosé González Morfín
Para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario interviene el diputado Gerardo Villanueva Albarrán, de Movimiento Ciudadano. Sin más oradores registrados, en votación nominal por cuatrocientos seis votos a favor; y diez abstenciones, se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Pasa al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales.
Se concede el uso de la palabra para presentar proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución al diputado Salvador Ortiz García, del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, implemente las acciones de barrido, atención de cuarentenas e indemnización de reactores en los municipios de Tepalcatepec, Buenavista, Apatzingán, Parácuaro y F.J. Múgica, del estado de Michoacán, a fin de evitar que las enfermedades o plagas causen daños a la ganadería estatal. En votación económica se considera de urgente resolución. Intervienen para referirse al tema los diputados: Fernando Bribiesca Sahagún, de Nueva Alianza;
Presidencia del diputadoFrancisco Agustín Arroyo Vieyra
La Presidencia saluda a nombre de la Cámara de Diputados a los legisladores del Congreso de los Diputados y del Senado del Reino de España, que visitan el Recinto en el marco de Foro de Consulta de los Presidentes de Parlamentos G-20.
Presidencia del diputadoJosé González Morfín
José Humberto Vega Vázquez, del Partido del Trabajo; Víctor Manuel Jorrín Lozano, de Movimiento Ciudadano; Ernesto Núñez Aguilar, del Partido Verde Ecologista de México; Yazmín de los Ángeles Copete Zapot, del Partido de la Revolución Democrática; Martha Berenice Álvarez Tovar, del Partido de Acción Nacional; y Rodimiro Barrera Estrada, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados, en votación económica se aprueba el punto de acuerdo. Comuníquese.
El Presidente instruye a la Secretaría a dar lectura al resolutivo del dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que a la brevedad se asegure que se haya observado el debido proceso legal, en particular, el aviso consular a que hace referencia el artículo treinta y seis de la Convención de Viena, en el juicio mediante el que fue sentenciado a muerte en el estado de Texas de los Estados Unidos de América el connacional Édgar Tamayo Arias. En votación económica se aprueba el punto de acuerdo. Comuníquese.
Se continúa con el uso de la palabra para presentar proposiciones con puntos de acuerdo de urgente u obvia resolución a los diputados:
María de Lourdes Amaya Reyes, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Fiscalía General del estado de Chihuahua, zona norte, para que entregue la información acerca de las mujeres desaparecidas y asesinadas, a la Organización Nuestras hijas de regreso a casa de Ciudad Juárez. En votación económica se considera de urgente resolución. Intervienen para referirse al tema los diputados: Dora María Guadalupe Talamante Lemas, de Nueva Alianza; Loretta Ortíz Ahlf, del Partido del Trabajo; Martha Beatriz Córdova Bernal, de Movimiento Ciudadano; Rubén Acosta Montoya, del Partido Verde Ecologista de México; Guadalupe Socorro Flores Salazar, del Partido de la Revolución Democrática; Rocío Esmeralda Reza Gallegos, del Partido de Acción Nacional; y Adriana Fuentes Téllez, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados, en votación económica se aprueba el punto de acuerdo. Comuníquese.
Adolfo Orive Bellinger, del Partido del Trabajo, por el que se exhorta a la Secretaría de Economía, para que aplique de manera urgente y de conformidad con la normatividad vigente, cuotas compensatorias y medidas de salvaguarda, tanto provisionales como definitivas, por prácticas desleales de comercio internacional en los sectores siderúrgico, agroalimentario y pesquero. En votación económica se considera de urgente resolución. Intervienen para referirse al tema los diputados: Luis Antonio González Roldán, de Nueva Alianza; José Alberto Benavides Castañeda, del Partido del Trabajo; José Luis Valle Magaña, de Movimiento Ciudadano; David Pérez Tejada Padilla, del Partido Verde Ecologista de México; Edilberto Algredo Jaramillo, del Partido de la Revolución Democrática; José Ángel González Serna, del Partido de Acción Nacional; y José Rubén Escajeda Jiménez, del Partido Revolucionario Institucional. Sin más oradores registrados, en votación económica se aprueba el punto de acuerdo. Comuníquese.
Se da cuenta con oficios de los diputados:
Blas Ramón Rubio Lara, del Partido Revolucionario Institucional, por la que solicita licencia por tiempo indefinido, para separarse de sus actividades legislativas como diputado federal electo en el Cuarto Distrito Electoral del estado de Sinaloa, a partir de esta fecha. En votación económica se aprueban los puntos de acuerdo para conceder licencia y llamar al suplente. Comuníquese.
Víctor Emmanuel Díaz Palacios, del Partido Revolucionario Institucional, por la que solicita licencia por tiempo indefinido, para separarse de sus actividades legislativas como diputado federal electo en el Tercer Distrito Electoral del estado de Puebla, a partir de esta fecha. En votación económica se aprueban los puntos de acuerdo para conceder licencia y llamar al suplente. Comuníquese.
De conformidad con el artículo cien del Reglamento de la Cámara de Diputados, las siguientes proposiciones registradas en el Orden del Día de esta sesión serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria:
Diputados integrantes del Partido Revolucionario Institucional, por el que se exhorta a los titulares de Petróleos Mexicanos y de la Procuraduría General de la República, para que agilicen los trabajos de investigación sobre las causas de la explosión en el Centro Receptor de Gas y Condensados de la Subsidiaria Pemex Exploración y Producción en Reynosa, Tamaulipas, sucedida el pasado dieciocho de Septiembre de dos mil doce. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.
Tania Margarita Morgan Navarrete, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta al Gobierno Federal, para que a través de la Secretaría de Desarrollo Social, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ponga en marcha el Programa de Empleo Temporal en los estados de Baja California Sur, Sonora, Sinaloa, Nayarit, Jalisco y Colima, a fin de mitigar el desempleo de pescadores. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
Marcos Rosendo Medina Filigrana, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, para que genere las condiciones que permitan el cumplimiento de la recomendación 061/2011 emitida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
Carla Alicia Padilla Ramos, del Partido Verde Ecologista de México, por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Salud, para que evalúe, intensifique y perfeccione las campañas enfocadas a la detección temprana de la hipertensión entre la población susceptible de padecer esta enfermedad. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
Carlos Alberto García González, del Partido Acción Nacional, por el que se exhorta a la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de las Instituciones Financieras, para que solicite a la Secretaría de Gobernación que a través de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, sea dado a conocer en tiempos oficiales, así como en el programa de radio La Hora Nacional, cuáles son las instituciones financieras que cobran las más altas comisiones y tasas de interés por los servicios de banca y crédito. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Fernando Zárate Salgado, del Partido de la Revolución Democrática, relativo a las solicitudes, permisos o licencias otorgadas o en trámite para la operación de salas de juegos y sorteos en sitios considerados como monumentos históricos, artísticos y/o arqueológicos, así como aquellos que se sitúen en las proximidades de centros de educación, públicos o privados. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen; y a la Comisión de Especial para Indagar el funcionamiento de las instancias del Gobierno Federal relacionadas con el otorgamiento de permisos para Juegos y Sorteos, para opinión.
Andrés de la Rosa Anaya, del Partido Acción Nacional, por el que se solicita al Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se restituyan los recursos destinados para el programa de repatriación de migrantes, en apoyo a personas deportadas por las diversas garitas hacia los Estados Unidos de América, con sede en Baja California. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen; y a la Comisión de Asuntos Frontera Norte, para opinión.
Carlos de Jesús Alejandro, del Partido de la Revolución Democrática, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que se otorgue el indulto al ciudadano Alberto Patisthán Gómez, indígena tzotzil. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
Agotados los asuntos del Orden del Día, el Presidente cita para la próxima Sesión Ordinaria que tendrá lugar el martes nueve de abril de dos mil trece, a las once horas y levanta la sesión a las catorce horas con cincuenta y dos minutos.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Aprobada el acta.Continúe la Secretaría.
MODIFICACION DE TURNO DE INICIATIVA
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Mesa Directiva.
Honorable Asamblea
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que se realizó modificación de turno, de la siguiente:
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 141 Bis al Código Penal Federal, presentada por el diputado Jorge Francisco Sotomayor Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 21 de marzo de 2013.
Se turna a la Comisión de Justica, para dictamen, y a la Comisión de Derechos Humanos, para opinión.
México, DF, a 9 de abril de 2013. Diputado Francisco Arroyo Vieyra, Presidente.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: De conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se modifica el turno. Actualícense los registros parlamentarios.
Diputado Durazo, ¿con qué objeto? ¿Quiere usted decir algo, diputado Durazo? Lo escucho. Sonido en la curul del diputado Durazo.
El diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño(desde la curul): Presidente, gracias por su atención. Quisiera solicitar la palabra, pero inmediatamente después de la lectura del oficio de la Comisión de Gobernación. Si me lo permite, por favor.El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Dé lectura al oficio de Gobernación.
RICARDO MONREAL AVILA - DAVID MONREAL AVILA
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Comisión de Gobernación.
De la Comisión de Gobernación, relativo a la información proporcionada por la Procuraduría General de la República, relacionada con los posibles hechos delictivos en contra de la vida del diputado Ricardo Monreal Ávila y el senador David Monreal Ávila.
La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados, en conocimiento de los hechos informados a la opinión pública el jueves 4 de abril del año 2013 por la Procuraduría General de la República, relacionados con un posible atentado contra la vida del diputado Ricardo Monreal Ávila y el senador David Monreal Ávila manifiesta:
Esta Comisión de Gobernación reitera su compromiso con la gobernabilidad democrática, el respeto irrestricto al estado de derecho y la paz social, por lo que condena energéticamente cualquier atentado contra la vida e integridad de las personas.
En razón de lo anterior los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación se solidarizan con nuestros compañeros legisladores Ricardo Monreal Ávila, David Monreal Ávila y con sus familias.
Asimismo exhorta respetuosamente a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para que, en el marco de sus atribuciones constitucionales y legales, establezca comunicación institucional con las autoridades federales competentes a fin de que se garantice su seguridad, como a cualquier ciudadano, y se dé puntual seguimiento a las investigaciones que correspondan para el pronto esclarecimiento de los hechos y, en su caso, la consignación de los presuntos responsables.
Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 4 de abril de 2013. Por el Partido Revolucionario Institucional, diputado Rafael Alejandro Moreno Cárdenas (rúbrica), Presidente; por el Partido Acción Nacional, diputado José Alfredo Botello Montes (rúbrica), secretario; por el Partido de la Revolución Democrática, diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero (rúbrica), secretaria; por el Partido Verde Ecologista de México, diputada Mónica García de la Fuente (rúbrica), secretaria; por el Partido Movimiento Ciudadano, diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño (rúbrica pa), secretario; por el Partido del Trabajo, diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (rúbrica), secretario; por el Partido Nueva Alianza, diputado Luis Antonio González Roldán (rúbrica), secretario.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Gracias. Diputado Durazo, no está a discusión el tema.
Esta Presidencia informa a la asamblea que ha hecho toda clase de gestiones a efecto de que el compañero Ricardo Monreal Ávila tenga las seguridades que, como legislador, como ciudadano, como compañero y si me apuran un poquito como nuestro amigo debemos de brindarle, en ocasión de hechos muy lamentables que está investigando la Procuraduría General de la República. Sin embargo, desde su curul lo escucho, diputado Durazo. Este turno es de enterado.
El diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño(desde la curul): Gracias, presidente, por su cortesía. Solo para expresar mi agradecimiento y el agradecimiento de la fracción a los miembros de la Comisión de Gobernación y a todas las expresiones de solidaridad que ha recibido el diputado Monreal, así como el senador David Monreal.No voy a argumentar sobre el sinsentido de cualquier atentado; sin embargo, debo resaltar la trayectoria política, limpia y comprometida del diputado Monreal, que hace doblemente inexplicable el posible atentado.
Finalmente también, aún y cuando tengo observaciones respecto a todos estos acontecimientos, expresar a las autoridades el reconocimiento personal y de la fracción, por el trabajo de inteligencia que han desarrollado. Gracias, presidente, por su tolerancia.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Gracias. Coincido plenamente con sus dichos y esperemos que la investigación llegue a esclarecer la realidad y la verdad de tan abominable acontecimiento.
TRABADORES MUERTOS EN LA CERVECERIA MODELO
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Don Trinidad Morales, a sus órdenes.
El diputado Trinidad Secundino Morales Vargas(desde la curul): Gracias, compañero presidente. Aunque no basta con pedir minutos de silencio ante la pérdida de vida de trabajadores, creo que esta soberanía es lo mínimo que puede hacer ante la pérdida de siete vidas más y que nos debe llevar a una gran reflexión, ante las llamadas medidas de flexibilización laboral que acabamos de aprobar recientemente.Esto se está traduciendo en un relajamiento completo de las medidas de seguridad e higiene para los trabajadores, cosechando sus familiares solo muertos y vertiendo lágrimas; en cambio, los patrones, los poderosos, porque casi estas muertes colectivas han sido de empresas muy grandes, solo recogen las ganancias.
Por eso, compañero presidente, solicito se pudiera obsequiar ante esta pérdida de siete vidas, un minuto de silencio por esta soberanía.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Obsequiado. Pongámonos todos de pie.
(Minuto de silencio)
Continúe la Secretaría.
RETIRO DE INICIATIVA Y DE PROPOSICION
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados.
Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Presente.
Por medio del presente solicito atentamente a la Mesa Directiva de esta honorable Cámara de Diputados realice el procedimiento necesario para retirar una iniciativa y una proposición con punto de acuerdo presentada por su servidora, lo anterior de conformidad con el artículo 77 numeral 2 del Reglamento de Cámara de Diputados.
La iniciativa y la proposición que solicito sean retiradas son las siguientes:
1) Iniciativa que reforma el artículo 11 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, presentada el 14 de marzo del presente y con número de expediente 1544, misma que con oficio número D.G.P.L. 62-II-1-0747, fue turnada a la Comisión de Juventud.
2) Proposición con punto de acuerdo para exhortar a los gobiernos estatales y municipales para que los puestos de dirección de todos los espacios gubernamentales destinados a la atención de los temas referentes a la juventud, sean ocupados por personas menores a 29 años de edad, al día siguiente de su designación, presentada el día 19 de marzo del presente, con número de expediente 1553 y que con oficio número D.G.P.L. 62-II-3-614 fue turnada a la Comisión de Juventud.
Agradezco su atención y aprovecho para enviarle atentos saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2013. Diputada María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica).»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Se tiene por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios.
PERMISO PARA QUE CIUDADANO PUEDA PRESTAR SERVICIOS EN SEDE DIPLOMATICA
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Presentes.
Por este conducto me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número DEP-0546/13, el licenciado Emilio Suárez Licona, director general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, solicita se tramite ante el honorable Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción II, apartado C), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que la persona que se cita a continuación, pueda prestar sus servicios al gobierno extranjero que se menciona:
Nombre: Nohemí Lira Albarrán.
Puesto: Especialista en Reducción de la Demanda de Droga.
Lugar de Trabajo: Embajada de los Estados Unidos de América en México.
Por lo anterior me permito anexar, para la integración de su expediente, copia certificada del acta de nacimiento que acredita la nacionalidad mexicana de dicha persona y original del escrito en el que solicita se realicen los trámites correspondientes; asimismo, copia simple de su identificación oficial.
Al mismo tiempo se informa que la persona que se cita a continuación solicita la cancelación del permiso que le fue concedido para prestar servicios al Gobierno extranjero que se menciona:
Nombre: Gilberto de Jesús Cardeña Ciau.
Puesto: Técnico en mantenimiento.
Lugar de Trabajo: Consulado General de los Estados Unidos de América en Mérida, Yucatán.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
México, DF, a 5 de abril de 2013. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Por lo que hace a lo primero, se tiene por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios.
Por lo que hace a la solicitud de permiso túrnese a la Comisión de Gobernación, para dictamen.
Por lo que se refiere al ciudadano que deja de prestar servicios, comuníquese a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, para su conocimiento.
Continúe la Secretaría.
CONCESIONES OTORGADAS Y AUTORIZADAS DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2012, POR LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Presentes.
Por este medio me permito hacer de su conocimiento que mediante el oficio número DGAPIF/ DGUI/ 100/ 2013, el doctor en administración pública Eliseo Rosales Ávalos, director general de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, envía el informe anual sobre las concesiones otorgadas y autorizadas en el ejercicio fiscal de 2012 por la Secretaría de la Función Pública.
Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y en el último párrafo del artículo 72 de la Ley General de Bienes Nacionales, les acompaño para los fines procedentes copia del oficio a que me he referido y del anexo que en él se cita.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
México, DF, a 3 de abril de 2013. Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de la Función Pública.
Licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación. México, Distrito Federal.
Por este medio hago de su conocimiento que con fundamento en los artículos 8, 15, primer párrafo, 16, 64, 72 y 73 de la Ley General de Bienes Nacionales; 37, fracciones XX, XXII, XXIII y XXIV, y segundo transitorio de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, inciso B, y 85 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; y 11, fracciones I, XII y XX, del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, esta dirección general tiene a su cargo otorgar y autorizar a particulares, previo análisis y estudio de las solicitudes respectivas, el uso o aprovechamiento de espacios en inmuebles federales competencia de la Secretaría de la Función Pública, mediante la figura jurídica de la concesión para la realización de actividades económicas, sociales o culturales.
En virtud de lo anterior, me permito hacer de su conocimiento la obligación contenida en el último párrafo del artículo 72 de la Ley General de Bienes Nacionales, que a la letra dice:
Artículo 72. Las dependencias administradoras de inmuebles podrán otorgar a los particulares derechos de uso o aprovechamiento sobre los inmuebles federales, mediante concesión, para la realización de actividades económicas, sociales o culturales, sin perjuicio de leyes específicas que regulen el otorgamiento de concesiones, permisos o autorizaciones sobre inmuebles federales.
(...)
Las dependencias administradoras de inmuebles, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, conforme a las condiciones a que se refiere el artículo siguiente, emitirán los lineamientos para el otorgamiento o la prórroga de las concesiones sobre los inmuebles federales de su competencia, sin perjuicio de las disposiciones legales aplicables. Asimismo, presentarán un informe anual a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión sobre las concesiones otorgadas en el periodo correspondiente.
En ese tenor y con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en el numeral transcrito, me permito solicitar a usted, con fundamento en los artículos 6, fracción II, y 16, fracción VII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, que a través de su amable conducto se remita a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el informe anual sobre las concesiones otorgadas y autorizadas en el ejercicio fiscal de 2012 por la Secretaria de la Función Pública, a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, con base en la relación detallada anexa al presente.
Sin otro particular, reitero a usted mi atenta y distinguida consideración.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, DF, a 6 de marzo de 2013. Doctor en Administración Pública Eliseo Rosales Ávalos (rúbrica), director general de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Remítase a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para su conocimiento.
RECUPERACION DEL BARRIO DE TACUBAYA
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Secretarios de la Cámara de Diputados, del honorable Congreso de la Unión. Presentes.
En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-6-0480, signado por el diputado Francisco Arroyo Vieyra, presidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número CA/AG/188/13, suscrito por la maestra Jimena Gómez Pazos, coordinadora de asesores de la Secretaria de Turismo, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a apoyar el proyecto de recuperación del Barrio de Tacubaya en la delegación Miguel Hidalgo del Distrito Federal, con el propósito de convertirlo en un centro turístico.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
México, DF, a 4 de abril de 2013. Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Turismo.
Héctor Hugo Olivares Ventura, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación. Presente.
Hago referencia al oficio No. SEL/UEL/311/440/13, por medio del cual hizo del conocimiento de esta Secretaría el Punto de Acuerdo aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en su sesión del 14 de marzo del año en curso, mismo que señala:
Único. La Cámara de Diputados exhorte a la Secretaría de Turismo a apoyar el proyecto de recuperación del Barrio de Tacubaya en la delegación Miguel Hidalgo del Distrito Federal, con el propósito de convertirlo en un centro turístico que de vida al entorno social y cultural de sus habitantes, y buscando que esta acción se sume al constante esfuerzo de contar con espacios seguros y de calidad para el turismo y de conservación del patrimonio tangible e intangible de un entidad turística como lo es la Ciudad de México.
Sobre el particular y a fin de desahogar el referido punto de acuerdo, me permito informarle que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, fracción I, 4, fracción VIII, y 5, fracción III, de la Ley General de Turismo, corresponde a la Secretaría de Turismo coordinarse con los Estados, Municipios y el Distrito Federal para promover la infraestructura y equipamiento que contribuyan al fomento y desarrollo de la actividad turística, a través de la celebración de convenios o acuerdos de coordinación, con base en la disponibilidad de los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Por lo anterior, esta Secretaría respetando el ámbito de competencia de la Secretaría de Turismo del Gobierno del Distrito Federal, estaría en espera que dicha dependencia, en el marco de los lineamientos para la operación de convenios de coordinación para el otorgamiento de subsidios, presente el proyecto de recuperación del Barrio de Tacubaya en la delegación Miguel Hidalgo del Distrito Federal para su análisis y dictamen correspondiente.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
México, DF, a 3 de abril de 2013. Maestra Jimena Gómez Pazos (rúbrica), coordinadora de asesores.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Se remite a la Comisión de Turismo, para su conocimiento.
REVISION DE LA INFRAESTRUCTURA DE TODAS LAS INSTALACIONES DE PETROLEOS MEXICANOS
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Presentes.
En respuesta al oficio número DGPL 62-II-8-1069, signado por el diputado Francisco Arroyo Vieyra, presidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número DJ-A-048-2013, suscrito por la maestra Laura J. Chong Gutiérrez, asesora de la Dirección Jurídica de Petróleos Mexicanos, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a la revisión de la infraestructura de las todas las instalaciones de Petróleos Mexicanos.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
México, DF, a 4 de abril de 2013. Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»
«Pemex.
Profesor Héctor Hugo Olivares Ventura, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la subsecretaría de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación. Presente.
En atención a su oficio con número SEL/UEL/311/295/13 de fecha 21 de febrero de 2013, dirigido a la maestra Sharon Cuenca Ayala, directora general de Vinculación y Enlace de la Secretaría de Energía, con copia al maestro Emilio Lozoya Austin, director general de Petróleos Mexicanos, por medio del cual informa respecto al punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados el día 21 de febrero de 2013, el cual se transcribe a continuación:
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal a que a través de las autoridades correspondientes realice una revisión exhaustiva de la infraestructura de todas las instalaciones de Pemex; a elaborar programas de atención a las observaciones de las compañías aseguradoras; a que actualice y supervise los programas de simulacros operativos y de emergencia mayor en sus plantas; a que actualice o elabore nuevos programas de capacitación al personal de protección civil; a que elabore estudios que permitan re ubicar las refinerías que se encuentran en zonas urbanas, así como de estadísticas de accidentalidad para determinar cuáles son las instalaciones que requieren mayor atención.
Al respecto y para los efectos a que haya lugar, se remite presentación que contiene información relacionada al punto de acuerdo señalado anteriormente, misma que se considera atiende los diversos cuestionamientos formulados por esa honorable Cámara de Diputados, y que esencialmente se refieren a lo siguiente.
1. Descripción de las evaluaciones de riesgo realizadas por inspectores de la compañía de seguros Inbursa, SA, Grupo Financiero Inbursa, contratada por Petróleos Mexicanos, para identificar las condiciones de riesgo o las prácticas normales de seguridad de la industria, y recomendar acciones encaminadas a corregirlas.
2. Desempeño del Programa SSPA (Seguridad, Salud, Protección Ambiental) 2012, mismo que contiene índices de frecuencia y desempeño de accidentabilidad en Pemex, así como los principales resultados al 2012 de los cuatro Organismos Subsidiarios de Petróleos Mexicanos, Pemex Gas y Petroquímica Básica (PGPB), Pemex Petroquímica (PPQ), Pemex Exploración y Producción (PEP) y Pemex Refinación (REF) así como de Pemex Corporativo y Plan de Contención de Accidentes.
3. Estrategia Institucional de Respuesta a Emergencias en Petróleos Mexicanos.
4. Información relacionada al convenio de colaboración y coordinación en materia de protección civil entre Pemex y los gobiernos de los estados, en el seno de la XXXVI Conferencia Nacional de Gobernadores, realizada el 30 de marzo de 2009 en Monterrey, Nuevo León.
Por otra parte, es importante señalar que para Pemex la seguridad y protección ambiental son nuestra más alta prioridad.
En ese sentido, y con el fin de mejorar la integridad de nuestras instalaciones, durante los últimos años, Petróleos Mexicanos ha implementado los sistemas Pemex SSPA y Pemex Confiabilidad, dicho esfuerzo ha permitido mantener un estricto seguimiento sobre la ocurrencia de incidentes industriales vinculados con la actividad petrolera: fugas y derrames en ductos e instalaciones, conatos de incendios e incendios.
El sistema Pemex-SSPA es de aplicación obligatoria tanto en áreas corporativas como en los Organismos Subsidiarios. Dicho sistema está conformado por diversas herramientas administrativas orientadas a la prevención de accidentes durante todo el ciclo de vida de un proyecto, desde las fases de diseño, licitación, contratación, construcción, puesta en marcha y operación, mantenimiento y desmantelamiento.
Los 5 ejes fundamentales de la referida política SSPA se centran en:
Principio 1
La seguridad, salud y protección ambiental son valores de la más alta prioridad para la producción, el transporte, las ventas, la calidad y los costos.
Principio 2
Todos los incidentes y lesiones se pueden prevenir.
Principio 3
La seguridad, salud y protección ambiental son responsabilidad de todos y condición de empleo.
Principio 4
Pemex Gas se compromete a continuar protegiendo y mejorando el medio ambiente en beneficio de la comunidad.
Principio 5
Los trabajadores de Pemex estamos convencidos de que la Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental son en beneficio propio y nos motivan a participar en este esfuerzo.
Ahora bien, para mitigar los impactos asociados con incidentes industriales, Pemex cuenta con procedimientos de respuesta y atención a emergencias acordes con las mejores prácticas de la industria.
Asimismo , se mantiene un vínculo continuo con las comunidades en las que opera Pemex así como con las autoridades de Protección Civil federales y locales, a fin de prevenir y, en su caso, resarcir cualquier daño o afectación provocada por un incidente.
Acciones para evitar recurrencia de incidentes industriales
Reforzamiento de la estrategia Pemex Confiabilidad y de la administración de la seguridad de los procesos en instalaciones de Petróleos Mexicanos.
Atención oportuna de los hallazgos y recomendaciones de integridad mecánica emitidas por los diferentes organismos de seguridad.
Reforzamiento de la capacitación y entrenamiento del personal en las áreas de mayor incidencia; incluyendo a proveedores y contratistas, enfocándose en: las necesidades y requerimientos del puesto-persona, los riesgos de SSPA involucrados en el puesto y operaciones asociadas, y la normatividad vigente.
Implementación de medidas operativas, reparaciones e inspecciones vencidas en tanques de almacenamiento atmosférico, como medida preventiva para recudir los incendios por descargas eléctricas atmosféricas.
Seguimiento al cumplimiento de las acciones y recomendaciones derivadas de los análisis causa-raíz de los incidentes.
Conforme a lo anterior, Petróleos Mexicanos reitera el compromiso que tiene con la seguridad de todos los mexicanos y habitantes de comunidades donde se ubican distintas instalaciones de la entidad, mediante la implementación de acciones como las ya señaladas, mismas que se realizan continuamente con la finalidad de prevenir y evitar cualquier tipo de incidencia que pudiera afectar a la población.
Atentamente
México, DF, a 3 de abril de 2013. Maestra Laura J. Chong Gutiérrez (rúbrica), asesora de la Dirección Jurídica.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Se remite a las Comisiones de Protección Civil y de Energía, para su conocimiento.
AMPLIACION DE LA MATRICULA EN EDUCACION MEDIA SUPERIOR
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo. Gobierno del Estado de México.
Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Por instrucciones del doctor Eruviel Ávila Villegas, gobernador constitucional del estado de México, acuso recibo de su amable oficio número D.G.P.L. 62-II-8-0148, de fecha 9 de octubre de 2012, mediante el cual comunica que en sesión celebrada en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, se aprobó el siguiente punto de acuerdo:
Único. La Cámara de Diputados exhorta al Poder Ejecutivo Federal, a los Poderes Ejecutivos estatales, al Distrito Federal y a los gobiernos municipales, que consideren en sus programas y planes de desarrollo educativo, los elementos necesarios para la ampliación de la matrícula en el nivel de educación media superior, del fortalecimiento de las instituciones, la infraestructura, el personal académico y la evaluación de la calidad educativa, para el cumplimiento del mandato institucional.
Con fundamento en lo establecido en los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, así como 1, 3, 15 y 19, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, me permito informar a usted muy atentamente, lo siguiente:
El Poder Ejecutivo del estado de México, se da por enterado del contenido de dicho exhorto. Asimismo, le manifiesto que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, contempla que la educación es un elemento fundamental para mejorar la calidad de vida en la sociedad, por lo que se están instrumentado, políticas, estrategias y acciones, que impulsen a la educación en todos sus niveles; que avancen significativamente en la ampliación de su cobertura, eleven su calidad y hagan que su distribución atienda a los valores universales de equidad y justicia social.
Aunado a lo anterior, el pasado 1 de junio de 2012 se suscribió el Convenio de Colaboración para el Acuerdo Estratégico por la Educación Media Superior y Superior del Estado de México, ciclo escolar 2012-2013, que celebraron la Universidad Autónoma del Estado de México y el gobierno del estado de México, cuyo objeto fue que los aspirantes de nivel medio superior y superior que presentaron el examen de admisión y no fueron aceptados, tuvieran la oportunidad de incorporarse a planteles del sistema educativo estatal, para continuar sus estudios.
Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Toluca de Lerdo, México, a 5 de abril de 2013 Maestro Efrén Rojas Dávila (rúbrica), Secretario General de Gobierno.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Se remite a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para su conocimiento.
PRODUCTORES DE CAÑA
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación.
Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Presentes.
En respuesta al oficio No. DGPL 62-II-8-0828, signado por el diputado Francisco Arroyo Vieyra, presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número 100.2013.DGVP. 0208, suscrito por el maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero, director general de Vinculación Política de la Secretaría de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a la problemática actual de los productores de caña, procurando que a la brevedad posible se devuelva la rentabilidad a la industria azucarera.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
México, DF, a 2 de abril de 2013. Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Economía.
Profesor Héctor Hugo Olivares Ventura, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación. Presente.
Me refiero al oficio SEL/UEL/311/0112/13 de fecha 24 de enero de 2013, a través del cual remite el Punto de Acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía a llevar a cabo las acciones conducentes a la solución de la problemática actual de los productores de caña, procurando que a la brevedad posible se devuelva la rentabilidad a la industria azucarera.
Al respecto, me permito comunicarle que la Subsecretaría de Industria y Comercio destaca que la agroindustria azucarera cuenta con un marco legal e institucional específico para promover la sustentabilidad del sector, aprobado por el Congreso de la Unión a través de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 2005. Esta Ley creó al Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar (Conadesuca), organismo descentralizado de la Sagarpa, para coordinar las actividades para promover la sustentabilidad de esta agroindustria. Además de las Dependencias competentes, en la Junta Directiva del Cadesuca participan de manera activa las organizaciones industriales y de productores de caña.
En el marco de sus atribuciones, las Secretarías de Economía y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Sagarpa, han llevado a cabo una serie de reuniones para escuchar los planteamientos de los representantes de la industria y de las organizaciones cañeras en la reducción del precio de este producto. Se están explorando alternativas, considerando que el consumo de azúcar no crece en la misma proporción que lo hizo la producción de azúcar, por lo que se ha determinado que la exportación de los excedentes es la mejor opción para reducir los inventarios y liberar las presiones al precio.
Conviene destacar que por tratarse de un commodity, el precio del azúcar está sujeto a las variaciones de los precios internacionales que cotizan en futuros, que también se han reducido por cosechas abundantes y elevada producción de azúcar en los principales países productores.
De acuerdo con la primera estimación del Conadesuca, la producción para la zafra 2012/2013 se espera en 5,668,062 toneladas de azúcar, esto es, 12.3% más que en la zafra anterior (5,040,469 toneladas), mientras el consumo doméstico estimado es de 4,157,913 toneladas de este producto.
Existe coincidencia entre el sector público y privado sobre la necesidad de impulsar y agilizar las exportaciones del excedente de más de 1.5 millones de toneladas para reducir presión al mercado y a los precios. El 28 de enero de 2013, por acuerdo de los integrantes de la cadena productiva, Sagarpa y el Conadesuca, firmaron las Reglas de Operación del Fideicomiso Maestro para la exportación de excedentes de azúcar, que operará Financiera Rural. A través de este mecanismo, mediante certificados de depósito con bonos de prenda se asegurará que fluyan las exportaciones.
Asimismo, el 31 de enero los Secretarios de Economía y Sagarpa se reunieron con los productores e industriales del sector azucarero para dar seguimiento a los acuerdos establecidos en la mesa permanente con el propósito de analizar las alternativas que permitan la continuidad de la zafra y la continuidad de las operaciones de los ingenios, de manera que puedan cumplirse los compromisos contraídos y las actividades de exportación.
Ambos funcionarios federales refrendaron el compromiso y voluntad política del Gobierno Federal de trabajar conjuntamente para buscar alternativas y soluciones en beneficio del productor primario, la industria y el consumidor.
Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 27 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la fracción II del artículo 48 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, así como el acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la conducción y coordinación de las relaciones del Poder Ejecutivo Federal con el Poder Legislativo de la Unión, publicado el 1 de octubre de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, le solicito atentamente haga del conocimiento a la Cámara de Senadores la información contenida en el presente, en la forma que usted estime conveniente.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.
Atentamente
México, DF, a 25 de marzo de 2013. Maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero (rúbrica), director general de Vinculación Política.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Se remite al promovente, para su conocimiento.
VIRUS DE LA INFLUENZA AVIAR
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Procuraduría Federal del Consumidor.
Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LXII Legislatura. Presente.
Hago referencia al oficio número OP/096/2013, de fecha 26 de marzo de 2013, mediante el cual se informa a esa honorable Cámara de Diputados las acciones competencia de esta Procuraduría, en atención al punto de acuerdo de fecha 21 de febrero del año en curso que establece lo siguiente:
Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular de la Procuraduría Federal del Consumidor a efecto de que se apliquen las medidas que correspondan para asegurar que no se comentan abusos en los precios de la carne de pollo y del huevo.
Al respecto y en alcance al oficio en cita, respetuosamente se informa adicionalmente a esa honorable Cámara de Diputados que con la finalidad de dar cumplimiento al objeto de la Ley Federal de Protección al Consumidor que es promover y proteger los derechos y cultura del consumidor y procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores. Esta Procuraduría ha implementado circulares que los servidores públicos deberán observar en su actuación, así como también criterios para la imposición de sanciones, que se han publicado en el Diario Oficial de la Federación y que entre otras medidas que se llevan a cabo, buscan fortalecer las acciones tendientes a evitar el incremento en el precio del pollo y el huevo:
Circular OP/001/2013, para las delegaciones y subdelegaciones de la Procuraduría Federal del Consumidor en materia de verificaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 febrero 2013
Para instruir a las delegaciones y subdelegaciones, o encargados de despacho para la ejecución de acciones por las cuales la Dirección General de Verificación y Vigilancia adscrita a la Subprocuraduría de Verificación de esta Procuraduría, obtenga y reciba información inmediata respecto de las órdenes de visita y los resultados de las visitas sustanciados en la circunscripción territorial de las representaciones y con ello se encuentre en aptitud de identificar las prácticas realizadas en perjuicio de los consumidores.
Circular OP/002/2013, por la que se dan a conocer los principios para condonar, reducir o conmutar las sanciones impuestas por los servidores públicos de la Procuraduría Federal del Consumidor, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de febrero de 2013
Establece que ante las solicitudes de condonación, reducción o conmutación de sanciones, los servidores públicos que las hayan impuesto deberán negar su procedencia sólo mediante la autorización del Procurador Federal del Consumidor, como un mecanismo de control que permita fortalecer la facultad sancionadora de esta autoridad y hacer prevalecer el objeto de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Criterios para aplicación de la suspensión de la comercialización de bienes, productos o servicios; y la clausura, en el Diario Oficial de la Federación el 1 abril 2013
Sé establecen los criterios con base en los cuales los servidores públicos competentes en esta Procuraduría actuarán en contra de hechos que puedan afectar la vida, la salud, la seguridad o la economía de los consumidores, o de conductas o prácticas comerciales abusivas como la manipulación de precios derivada de fenómenos naturales, meteorológicos, contingencias en materia de salud que impliquen la violación de derechos del público consumidor, o bien, cuando se acredite la comisión de infracciones particularmente graves, a tal virtud a través de los referidos criterios se buscan combatir los hechos o conductas que afecten a los consumidores.
Sin otro particular, le reitero las seguridades de mi alta y distinguida consideración.
Atentamente
México, DF, a 4 de abril de 2013. Doctor Humberto Benítez Treviño (rúbrica), Procurador Federal del Consumidor.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Remítase a las Comisiones de Economía y de Ganadería, para su conocimiento.
CONGRESO DEL ESTADO DE MEXICO
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LVIII Legislatura del Estado de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Presentes.
En alcance del oficio de fecha 15 de febrero del año en curso, mediante el cual se envía a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión iniciativa de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito remitir a ustedes fe de erratas de la iniciativa de referencia; se acompaña ejemplar del periódico oficial del gobierno del estado, Gaceta del Gobierno.
Lo que hago de su conocimiento para los efectos conducentes.
Atentamente
Toluca de Lerdo, México, a 2 de abril de 2013. Maestro Javier Domínguez Morales (rúbrica), Secretario de Asuntos Parlamentarios de la LVIII Legislatura del estado de México.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LVIII Legislatura del Estado de México.
Fe de erratas de la iniciativa al Congreso de la Unión por la que se reforma el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México número 36, sección cuarta, de fecha 21 de febrero de 2013.
En el artículo 19 dice lo siguiente:
Articulo 19. ...
El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso. El juez ordenará la prisión preventiva, oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, extorsión, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.
Y debe decir lo siguiente:
Articulo 19. ...
El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso. El juez ordenará la prisión preventiva, oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, extorsión, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.
...
...
...
...
...
Atentamente
Toluca de Lerdo, México, a 2 de abril de 2013. Diputado Luis Gilberto Marrón Agustín (rúbrica), Presidente de la Diputación Permanente de la LVIII Legislatura del estado de México.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su atención.
CONGRESO DEL ESTADO DE MEXICO
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LVIII Legislatura del Estado de México.
Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Presentes.
En alcance del oficio de fecha 15 de febrero del año en curso, mediante el cual se envía a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión iniciativa de decreto por la que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y del Código Federal de Procedimientos Penales, me permito remitir a ustedes fe de erratas de la iniciativa de referencia; se acompaña ejemplar del Periódico Oficial del Gobierno del Estado, Gaceta del Gobierno.
Lo que hago de su conocimiento para los efectos conducentes.
Atentamente
Toluca de Lerdo, México, a 2 de abril de 2013. Maestro Javier Domínguez Morales (rúbrica), Secretario de Asuntos Parlamentarios.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LVIII Legislatura del Estado de México.
Fe de erratas de la iniciativa al Congreso de la Unión por la que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y del Código Federal de Procedimientos Penales; publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, número 37, sección quinta, de fecha 22 de febrero de 2013.
En el artículo 194, fracción III, inciso 1, del Código Federal de Procedimientos Penales, dice:
1) Portación de armas de fuego.
Y debe decir:
1) Portación de arma de fuego.
Atentamente
Diputado Luis Gilberto Marrón Agustín (rúbrica), Presidente de la Comisión Permanente.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Túrnese a las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y de Justicia, para su atención.
LIBERTAD DE EXPRESION Y DERECHO A LA INFORMACION
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó el siguiente Punto de Acuerdo:
Primero.El Senado de la República manifiesta su rechazo más enérgico a las amenazas vertidas en contra de Valor por Tamaulipas; así como cualquier tipo de agresión en contra de los medios de comunicación, los periodistas y todos quienes trabajan en los medios nacionales o locales.
Segundo. El Senado de la República exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal y a los titulares de las entidades federativas a implementar las acciones necesarias para proteger la libertad de expresión y a garantizar el derecho a la información en el país.
Tercero. -El Senado de la República exhorta a las comisiones de Seguridad Pública y de Derechos Humanos de las Cámaras de Diputados y de Senadores, a dar seguimiento puntual a cualquier atentado en contra de medios de comunicación y periodistas, así como a los actos que pongan en riesgo el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la información .
Atentamente
México, DF, a 4 de abril de 2013. Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Túrnese a las Comisiones de Seguridad Pública y de Derechos Humanos, para su atención.
LEY GENERAL DE SALUD
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.
Para los efectos de lo dispuesto en la fracción e) del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de atención preventiva integrada a la salud.
Atentamente
México, DF, a 3 de abril de 2013. Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Proyecto de Decreto
Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de atención preventiva integrada a la salud
Artículo Único.Se reforman los artículos 6o., fracción I; y 27, fracción III; y se adiciona el artículo 7o., con una fracción II Bis de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 6o.El sistema nacional de salud tiene los siguientes objetivos:
I.Proporcionar servicios de salud a toda la población y mejorar la calidad de los mismos, atendiendo a los problemas sanitarios prioritarios y a los factores que condicionen y causen daños a la salud, con especial interés en la promoción, implementación e impulso de acciones de atención integrada de carácter preventivo, acorde con la edad, sexo y factores de riesgo de las personas.
II.a IX. ...
Artículo 7o.La coordinación del Sistema Nacional de Salud estará a cargo de la Secretaría de Salud, correspondiéndole a ésta:
I.y II. ...
II. Bis.Promover e impulsar que las instituciones del Sistema Nacional de Salud implementen programas cuyo objeto consista en brindar atención médica integrada de carácter preventivo, acorde con la edad, sexo y factores de riesgo de las personas;
III.a XV. ...
Artículo 27. ...
I.y II. ...
III.La atención médica integral, que comprende la atención médica integrada de carácter preventivo, acciones curativas, paliativas y de rehabilitación, incluyendo la atención de urgencias.
Para efectos del párrafo anterior, la atención médica integrada de carácter preventivo consiste en realizar todas las acciones de prevención y promoción para la protección de la salud, de acuerdo con la edad, sexo y los determinantes físicos y psíquicos de las personas, realizadas preferentemente en una sola consulta;
IV.a XI. ...
Transitorios
Primero.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.Apartir de la entrada en vigor del presente decreto, la Secretaría de Salud y todas las instituciones relacionadas, contarán con 180 días para realizar los ajustes necesarios a fin de poder otorgar la Atención Preventiva Integrada a la Salud.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 3 de abril de 2013. Senadores: José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente; María Elena Barrera Tapia (rúbrica), secretaria.»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.
LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS - LEY FEDERAL DE DERECHOS - LEY DE COORDINACION FISCAL
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, DF.
Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Presentes.
Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Carlos Alberto Puente Salas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley de Coordinación Fiscal.
La Presidencia dispuso que dicha iniciativa, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
México, DF, a 4 de abril de 2013. Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), vicepresidente.»
«El suscrito senador, Carlos Puente Salas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de conformidad con el artículo 164 del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración del pleno, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, y se reforman las Leyes Federal de Derechos, y la de Coordinación Fiscal, con base en la siguiente:
Exposición de Motivos
La adicción al consumo de tabaco es un problema de salud pública que representa para el país innumerables costos asociados a los daños que genera. Recientemente han surgido diversas disposiciones con el fin de controlar el consumo del tabaco debido a los graves y costosos impactos que provoca en los sistemas de salud pública.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha publicado que poco más de mil millones de personas fuman tabaco en todo el mundo y su consumo mata prematuramente a cerca de 6 millones de personas, causando pérdidas económicas de cientos de miles de millones de dólares. De continuar dicha tendencia, en el 2030 el tabaco matará a más de 8 millones de personas al año, lo que significaría que a lo largo del siglo XXI mataría a más de mil millones de personas.
Asimismo, de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud y a la Encuesta Nacional de Adicciones 2011 de la Secretaría de Salud, el consumo de tabaco y la exposición a su humo se mantienen como la primera causa de muerte prevenible a nivel mundial.
Adicionalmente, dicha encuesta señala que el consumo de tabaco es factor de riesgo para seis de las ocho principales causas de mortalidad; además, reduce la esperanza de vida al causar diversos tipos de cáncer y otras enfermedades respiratorias al igual que otras complicaciones como parto prematuro, defectos de nacimiento e infertilidad.
Para México, el tabaquismo representa un problema grave de salud pública, con una tendencia al incremento en el consumo y la exposición al humo de tabaco.
La Encuesta Nacional de Adicciones 2011 reporta una prevalencia de consumo activo de tabaco de 21.7 por ciento, lo que representa 17.3 millones de mexicanos fumadores. El 31.4 por ciento de los hombres y el 12.6 por ciento de las mujeres son fumadores activos, es decir, 12 millones de hombres y 5.2 millones de mujeres. El 8.9 por ciento de la población en el grupo de edad de 12 a 65 años reportó ser fumador diario (7.1 millones); al desagregar por sexo, el 13.2 por ciento de los hombres y 4.8 por ciento de las mujeres fuman diariamente.
En general, se observa que la prevalencia global de fumadores activos permanece estable, ya sea en el área rural o urbana, aun cuando hay una disminución estadísticamente significativa en el grupo de los hombres entre 2002 y 2011.
La encuesta refiere que en México, los fumadores fuman en promedio 6.5 cigarros al día, sin existir un cambio estadísticamente significativo en el promedio de consumo diario al comparar los resultados con la Encuesta Nacional de Adicciones del 2002 y 2008.
A partir de 2010, las cajetillas de cigarros deben exhibir las advertencias sanitarias que incluyen textos y pictogramas en los que se muestran los daños a la salud ocasionados por el consumo de tabaco. A partir de esta decisión y con la intención de conocer las reacciones de los fumadores hacia dichas advertencias, la encuesta encontró los siguientes resultados entre los participantes que fuman: a) el 55.7 por ciento notó con mucha frecuencia las advertencias con imágenes que se muestran en las cajetillas de cigarros; b) el 47.5 por ciento leyó con mucha frecuencia las advertencias; c) el 54.9 por ciento refirió que con mucha frecuencia las advertencias en cajetillas les hace pensar en los daños que causa fumar y, d) el 47 por ciento opinó que las advertencias les hacen pensar en dejar de fumar.
En lo que se refiere a gasto y consumo, la encuesta arrojó los siguientes datos: las personas que fuman diariamente, gastaron en promedio 397.4 pesos en cigarros al mes y adquirieron un promedio de 15.6 cigarros en su última compra. Respecto del lugar de compra, más de tres cuartas partes (77.8 por ciento) de los fumadores activos compraron sus cigarros en tiendas de abarrotes, el 12.6 por ciento compró en tiendas abiertas las 24 horas y el 4.2 por ciento a vendedores ambulantes o en mercados, proporción que se conserva en el caso de adolescentes y adultos.
De acuerdo al estudio La economía del tabaco y los impuestos al tabaco en México, los fumadores de México empiezan a fumar desde jóvenes. La edad promedio de inicio es a los 16.6 años entre los nacidos en el período de 1975 a 19783.
Además, el estudio refiere que las estimaciones de mortalidad prematura atribuible al tabaquismo indican que el consumo de tabaco es responsable de entre 25 mil y 60 mil muertes al año en México, en tanto que el gasto total en atención médica asociado con el tabaquismo se calcula en 75 mil 200 millones de pesos (5 mil 700 millones de dólares estadounidenses) en 2008. El mismo estudio estimó que los costos atribuibles al tabaquismo de la atención médica proporcionada por el Instituto Mexicano del Seguro Social, incluyendo sólo cuatro enfermedades, fueron de al menos 7 mil 100 millones de pesos (541 millones de dólares estadounidenses), o el equivalente a 4.3 por ciento de los gastos operativos del IMSS en 2004.
Respecto a la industria, dos empresas controlan el 95 por ciento del mercado. Del área total cultivada de México, el 0.05 por ciento se usó para la producción de hojas de tabaco en 2007, mientras que el empleo relacionado con la manufactura de tabaco representa el 0.4 por ciento del empleo total del sector manufacturero. Casi todo el consumo de tabaco en México es en forma de cigarros, el cual representaba el 99.6 por ciento del valor total de los productos de tabaco vendidos en 2004; los puros representaron el 0.3 por ciento, y el tabaco picado para armar sólo el 0.01 por ciento.
El estudio mencionado, el cual coincide con diversos organismos internacionales, señala que es conveniente aumentar los impuestos al consumo de tabaco de manera tal que los impuestos totales alcancen un nivel de 75 por ciento del precio de venta al público. Esta propuesta es compatible con las mejores prácticas internacionales y evitaría casi un millón de muertes a causa de enfermedades relacionadas con el tabaquismo, prefiriendo impuestos específicos y con ajustes automáticos con la inflación. Lo anterior sugiere, por tanto, una mejor administración de los impuestos al tabaco.
Asimismo, de acuerdo al estudio antes citado, se calcula que la elasticidad precio de la demanda de los cigarros es de menos 0.52 y en México ocupaban el cuarto lugar en asequibilidad entre 16 países de ingresos medios. Estas cifras significan que es bastante accesible su compra, de forma que la cantidad de tiempo que una persona debe tomarse para comprar una cajetilla de cigarros es considerablemente más baja en México (22 minutos) que en otros países, como por ejemplo Reino Unido y China, en los cuales toma entre 35 y 42 minutos.
I. Legislación federal
Es importante mencionar que las advertencias sanitarias en las cajetillas se introdujeron por primera vez en 1973; en tanto que desde 1993 toda la publicidad exterior debe mostrar advertencias sanitarias. A raíz de la ratificación del Convenio Marco para el Control del Tabaco de la Organización Mundial de la Salud en 2004, se prohibió la publicidad de productos de tabaco en televisión y radio.
En 2008 se aprueba la Ley General para el Control del Tabaco (LGCT) que establece nuevas disposiciones, reemplazando aquellas de la Ley General de Salud.
En materia fiscal, se han emprendido en los años recientes diversas reformas con el fin de gravar en un mayor nivel a los productos del tabaco, incluidos los cigarros.
De esta forma, durante años anteriores y para 2006, en el marco de la discusión del Paquete Económico se aprobó un impuesto con el objetivo de destinar los ingresos recaudados a un fondo de gastos catastróficos y así subsanar los costos asociados al consumo del tabaco.
Asimismo, se han emprendido diversas reformas a la Ley General de Salud y se promovió la expedición de la Ley General del Control del Tabaco con la finalidad de desarrollar diversas disposiciones en materia de regulación del consumo del tabaco y la promoción de advertencias y pictogramas que informen al consumidor de los efectos nocivos del consumo de este producto.
De igual forma, la Ley del Impuesto Especial de Productos y Servicios ha sufrido diversas modificaciones en el apartado relativo al gravamen a cigarros y tabacos labrados con el fin de incrementar el impuesto a los tabacos, como una medida recaudatoria y que a la vez desincentive su consumo.
Lo anterior se deriva de la tesis de que el tabaco es un producto con muy poca variabilidad en su consumo ante un incremento en el precio, lo que en términos económicos se conoce como un producto inelástico. Es decir, ante un incremento en el precio de la cajetilla, derivado del incremento de impuestos, el consumo ha permanecido casi invariable.
II. Impuestos
La Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios establece en su artículo 2 fracción c) el nivel de impuesto con el cual se grava al tabaco.
A lo largo de estos años la tasa del IEPS se ha ido incrementando gradualmente de manera que al día de hoy dicha tasa para tabacos labrados y otros productos del tabaco, se compone de dos elementos: un impuesto en porcentaje, llamado también ad valorem respecto del precio al detallista y, un monto fijo, de acuerdo a lo siguiente:
Hoy la Ley del IEPS dispone lo siguiente:
Artículo 2o. Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas y cuotas siguientes:
I. En la enajenación o, en su caso, en la importación de los siguientes bienes:
A) ...
B) ...
C) Tabacos labrados:
1. Cigarros: 160 por ciento.
2. Puros y otros tabacos labrados:160 por ciento.
3. Puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano: 30.4 por ciento.
Adicionalmente a las tasas establecidas en este numeral, se pagará una cuota de $0.35 por cigarro enajenado o importado. Para los efectos de esta Ley se considera que el peso de un cigarro equivale a 0.75 gramos de tabaco, incluyendo el peso de otras sustancias con que esté mezclado el tabaco.
Tratándose de los tabacos labrados no considerados en el párrafo anterior se aplicará la cuota mencionada en dicho párrafo al resultado de dividir el peso total de los tabacos labrados enajenados o importados, entre 0.75. Para tal efecto se deberá incluir el peso de otras sustancias con que esté mezclado el tabaco. No se deberá considerar el filtro ni el papel o cualquier otra sustancia que no contenga tabaco, con el que estén envueltos los referidos tabacos labrados.
Asimismo, la Ley del IEPS vigente, en su artículo 3 define los siguientes conceptos:
IV. Marbete, el signo distintivo de control fiscal y sanitario, que se adhiere a los envases que contengan bebidas alcohólicas con capacidad que no exceda de 5 mil mililitros.
V. Precinto, el signo distintivo de control fiscal y sanitario, que se adhiere a los recipientes que contengan bebidas alcohólicas con capacidad que exceda a 5 mil mililitros...
En el caso de los tabacos labrados, establece la siguiente definición:
VIII. Tabacos labrados:
a) Cigarros, los cigarros con o sin filtro, elaborados con mezcla de tabacos rubios o de tabacos obscuros, envueltos con papel o cualquier otra sustancia que no contenga tabaco.
b) Puros, los tabacos labrados confeccionados y enrollados al 100 por ciento con hojas de tabaco o cualquier otra sustancia que contenga tabaco.
c) Otros tabacos labrados, los que no están comprendidos en los incisos anteriores. Se consideran tabacos labrados, entre otros, a los tabacos cernidos, picados, de hebra, de mascar, así como al rapé.
Adicionalmente el capítulo II de la propia Ley del IEPS, relativa a la enajenación, determina que:
se considera enajenación de los bienes a que hace referencia el inciso C) de la fracción I del artículo 2o. de esta Ley, el retiro del lugar en el que se fabricaron o, en su caso, del almacén del contribuyente, cuando los mismos no se destinen a su comercialización y se encuentren empaquetados en cajas o cajetillas. En este caso, el impuesto se pagará a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél en el que sean retirados los bienes de los citados lugares, considerando como contraprestación el precio promedio de venta al detallista, tratándose de cigarros, o el precio promedio de enajenación, en el caso de puros y otros tabacos labrados, de los tres meses inmediatos anteriores a aquél en el que se efectúe el pago.
En este caso, el artículo 11 establece que:
Los productores o importadores de cigarros, para calcular el impuesto por la enajenación de esos bienes en territorio nacional, considerarán como valor de los mismos el precio de venta al detallista. Los fabricantes, productores o importadores de puros y otros tabacos labrados, para calcular el impuesto por la enajenación de esos bienes en territorio nacional, considerarán como valor de los mismos la contraprestación pactada. Tratándose de la enajenación de los combustibles a que se refieren los incisos D) y E) de la fracción I del artículo 2o. de esta Ley, los productores o importadores, para calcular el impuesto por la enajenación de esos bienes, considerarán como valor el precio a que se refiere la fracción I del artículo 2o.-A de esta ley.
El impuesto a que se refiere el párrafo anterior, no se pagará por las enajenaciones subsecuentes, no procediendo en ningún caso el acreditamiento o la devolución del impuesto por dichas enajenaciones... Tratándose de la cuota por enajenaciones de cigarros u otros tabacos labrados a que se refieren los párrafos segundo y tercero del inciso C) de la fracción I del artículo 2o. de esta Ley, se considerará la cantidad de cigarros enajenados y, en el caso de otros tabacos labrados, la cantidad de gramos enajenados.
De acuerdo a lo anterior, la Ley de Ingresos de la Federación para 2012 estableció que la recaudación estimada por el concepto de ingresos tributarios derivados del impuesto al tabaco fue de 33 mil 55 millones de pesos. De conformidad con el cuarto Informe Trimestral sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública de 2012, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la recaudación obtenida por dicho concepto para 2012 fue de 33 mil 426 millones de pesos. La cifra realmente recaudada fue superior en 370 millones de pesos a lo estimado en la Ley de Ingresos, lo cual significa un incremento porcentual de 1.1 por ciento por otra parte, los ingresos recaudados por el impuesto a las bebidas alcohólicas presentó un incremento del 71 por ciento. Así, los recursos obtenidos por ambos conceptos, impuesto al tabaco labrado e impuesto a las bebidas alcohólicas, fueron los que presentaron aumentos en el 2012.
La recaudación del IEPS distinta a la gasolina, establecida en el artículo 2-A fracción I, la recaudación por tabacos labrados corresponde a un 46 por ciento del total de recaudación por dicho concepto. Dado el nivel de recaudación, así como el nivel de elasticidad o afectación del consumo ante cambios en impuestos, es posible determinar que resulta factible la inclusión de medidas como la propuesta en esta iniciativa respecto de la impresión de marbetes.
En el caso del ejercicio fiscal de 2013, la Ley de Ingresos de la Federación estima recaudar el monto de 52 mil 982.3 millones de pesos como nivel total de recaudación del impuesto especial sobre producción y servicios, en tanto que para el concepto de Tabacos labrados se espera recaudar un monto 35,379.1 millones de pesos.
En el caso de las cajetillas de cigarro, la Fundación Interamericana del Corazón señala que para 2010 la industria produjo 2 mil 179 millones de cajetillas y para 2011 se produjeron 1,800 millones de cajetillas. Del mismo modo, las ventas para los años 2010 y 2011 fueron del orden de 2,200 millones de cajetillas y de mil 760 millones de cajetillas, respectivamente.
La producción nacional de cigarros ha permanecido relativamente estable en los últimos años. Entre 1994 y 2008 se produjo un promedio anual de 2 mil 700 millones de cajetillas, de los cuales, el 89.1 por ciento de los cigarros producidos en México tienen filtro y la mayoría de la producción se consume dentro del territorio nacional.
En el caso del precio, se puede observar que los cigarros han incrementado su precio sustancialmente durante los últimos años a causa del incremento del impuesto especial sobre producción y servicios.
Sin embargo, como se ha visto, a pesar de los incrementos en el precio, las ventas de cajetillas de cigarro continúan en un nivel elevado.
Un factor adicional es la presencia del contrabando y piratería en el tabaco. Estos hechos delictivos, además de incrementar el nivel de consumo de tabaco en la población fumadora y no generar ingresos fiscales al no contar con los controles para su tributación, representan un riesgo a la salud pública por las siguientes razones: a) no contienen las revisiones en materia de calidad de su contenido, b) no se puede determinar con exactitud dicho contenido y, c) no se pueden especificar las implicaciones para la salud.
De acuerdo con el Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT) de la Organización Mundial de la Salud, ratificado por México en 2004, el comercio ilícito se define como toda práctica o conducta prohibida por la ley, relativa a la producción, envío, recepción, posesión, distribución, venta o compra, incluida cualquier práctica o conducta destinada a facilitar esa actividad.
Entre dichas actividades se identifican el contrabando, la falsificación de marcas y la fabricación ilícita de los productos del tabaco. En el caso del contrabando y la falsificación de marcas, dichos delitos se encuentran tipificados en el Código Fiscal de la Federación y la Ley de Propiedad Industrial. Adicionalmente, la Ley General para el Control del Tabaco (LGCT) considera prohibida la venta de cigarros a menores y por unidad, aun cuando no existe un mecanismo claro para su eliminación.
Si bien, la Ley General del Control del Tabaco y el Reglamento de dicha ley solamente estable en actos de prevención al mercado ilícito, al obligar a los importadores y exportadores de productos de tabaco a tener licencias para el tránsito internacional de esta mercancía, así como permisos únicos por cada importación o exportación, no se cuenta con los mecanismos de coordinación entre autoridades ara el combate de dichos ilícitos. Esta laguna hace necesario establecer una me ida para el control y fiscalización del consumo del tabaco, con el fin de garantiza que su consumo sea de procedencia lícita y con los controles adecuados de sal d y calidad. Para lograr tal objetivo se deberá involucrar a la Procuraduría General de la República, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), el Servicio de Administración de Bienes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), entre otros.
Para ello, el Convenio Marco para el Control del Tabaco señala que es necesario establecer diversas medidas a fin de evitar el mercado ilícito, así como generar controles y seguimiento de la mercancía. Una de las medidas que recomienda es la inserción de leyendas específicas en las cajetillas de cigarros.
La Fundación Interamericana del Corazón menciona que para lograr lo apuntado en el párrafo anterior, es necesario establecer un registro público sobre la producción de productos del tabaco y la mercancía incautada. Además propone promover un sistema de seguimiento y localización de los productos de cigarro. Con estas medid s se facilitaría la investigación e identificación de los puntos de desvío de los productos de tabaco para su distribución ilegal.
Sin embargo, la industria tabacalera argumenta que el incremento de impuestos ha provocado un aumento en el contrabando, efectos negativos en el empleo y la presencia de un mercado negro de productos de tabaco.
Según cálculos más recientes, se estima que en el 2008 el comercio ilegal representó el 5. por ciento del consumo de tabaco en México, el cual se ha incrementando desde 2003 (Euromonitor, 2009). En el 2012, el presidente de la Comisión de Comercio Interior de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (Canacintra) dio a conocer que el 16.6 por ciento de los cigarros que son vendidos en nuestros país tiene su origen en el contrabando y que 9 de cada 10 cigarros ilegales son vendidos en el comercio no organizado, principalmente en las tiendas del canal tradicional, tianguis y mercados sobre ruedas, proliferando la venta de cigarros sueltos. Según el análisis presentado por el organismo, el 71.3 por ciento de los fumadores de cigarros ilegales son los hombres de los niveles socioeconómicos más bajos, principalmente de edades entre los 30 y los 64 años de edad.
Adicionalmente se comentó que fueron encontradas más de 102 marcas ilegales de las cuales 15 representan más del 52 por ciento de la totalidad del mercado ilegal existente. Cerca de 60 por ciento de los fumadores reconocen tener conocimiento de la existencia de marcas ilegales y consideran que la disponibilidad es muy alta, casi en los mismos niveles de las marcas consideradas legales.
En este sentido, la Organización Mundial de la Salud y el Convenio Marco para el Control del Tabaco señalan que una medida adecuada para evitar dicho contrabando es la promoción de medidas como los marbetes, las licencias, la inclusión de estampillas, así como la integración de registros públicos.
III. Otras iniciativas
Es importante señalar que el Partido Verde Ecologista de México ha presentado diversa propuestas a lo largo de estos años, con el fin de promover un mejor esquema de pago de impuestos del tabaco, en congruencia con su Agenda Legislativa y su interés por la protección de la salud de los ciudadanos, reconociendo los g aves efectos del tabaco en la salud pública, en los costos para la salud y para la sociedad y la gravedad de los impactos producidos, teniendo como fundamento primordial el derecho humano a la salud al igual que al acceso a la información, como un elemento primordial en la toma de decisiones respecto de fumar.
En este sentido, es necesario informar al ciudadano, las implicaciones de fumar y, por tanto, que él pueda asumir, con total conocimiento los costos de su decisión, lo cual se conocen en economía como internalizar los costos mencionados. Sin embargo, dada la prevalencia y edades tempranas en que los jóvenes fuman, es necesario informar advertir de las consecuencias y costos de fumar.
Diversas han sido las iniciativas de los legisladores del Partido Verde, no sólo en materia fiscal, sino las relativas a la Ley General de Salud y Ley General para el Control del Tabaco, entre las que destacan:
13 de diciembre 2006. LX Legislatura. Diputados Verónica Velasco Rodríguez y Carlos Alberto Puente Salas proponen la inclusión de marbetes y todo el marco jurídico para su manejo, reformando diversas disposiciones fiscales, tal como el esquema aprobado para el ejercicio fiscal 2005 y que finalmente s integran en el Paquete Económico del 2007, obligando a las empresas tabacaleras a llevar registros, sin considerar la inclusión de los marbetes.
Ley General de Salud, LX Legislatura. Diputada Patricia Chozas y Chozas.
Ley General para el Control del Tabaco, LXI Legislatura, diputado Juan José Guerra Abud.
20 de octubre 2011. LXI Legislatura. Senadores: Arturo Escobar y Vega, Francisco Agundis Arias, Jorge Legorreta Ordorica, Ludivina Menchaca Castellanos, Javier Orozco Gómez, Manuel Velasco Coello y René Arce Círigo, relativa a la Ley del IEPS para la inclusión de marbetes.
IV. Evolución en la tasa del impuesto especial sobre producción y servicios
Cabe señalar que la evolución de la tasa del IEPS ha contemplado diversos incrementos y ajustes.
Desde su creación, implementado en 1981, el IEPS es un impuesto al consumo ad valorem y hasta 2001, el IEPS estaba diferenciado por producto. Los cigarros sin filtro y otros productos de tabaco como los puros pagaban una tasa inferior (20.9 por ciento) debido a que como eran consumidos por los personas de bajos ingresos, dicho impuesto sería regresivo. Sin embargo, esta situación se fue nivelando.
Como se advierte más adelante, la tasa del IEPS ha variado: comenzó con un 139.3 por ciento entre 1981 y 1985, llegó a un nivel de 180 por ciento entre 1986 y 1988, posteriormente bajó al 160 por ciento en1989 y 1990, y regresó a un 139.3 por ciento entre 1991 y 1994. Para el período de 1995 a 2000 disminuyó al 85 por ciento para posteriormente ascender gradualmente al 160 por ciento. En el caso de los labrados a mano se explica el nivel de tasas bajas debido a que requiere mucho más mano de obra.
En la creación de la Ley del IEPS, en 1980, se establecen dos categorías para gravara los tabacos:
Artículo 2o. H)
I. Cigarros. 139.3 por ciento
II. Cigarros populares sin filtro con un precio máximo, puros y otros tabacos labrados. 20.9 por ciento
Durante los años posteriores, la tasa se ve modificada, llegando al nivel de 180 por ciento, para reducirse al 80 por ciento en los años subsecuentes.
Para 2002, la tasa se establece en 110 por ciento y en el caso de puro y otros tabacos labrados, se mantiene en 20.9 por ciento, incrementándose gradualmente a partir de este nivel.
Artículo 2o. Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas siguientes:
I. En la enajenación o, en su caso, en la importación de los siguientes bienes:
C) Taba s labrados:
1. Cigarros 110 por ciento
2. Puros y otros tabacos labrados 26:9 por ciento
Adicionalmente se celebra un Convenio entre el gobierno federal y las tabacaleras relativas las aportaciones de éstas al Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, y se firma el decreto de exención de impuestos a las tabacaleras en 2004. Dichas aportaciones al fondo surtirían efectos a partir del 1 de agosto de 2004 a razón de 2.5 centavos de peso moneda nacional por cigarro enajenado hasta el 31 de diciembre de 2005. A partir del 1 de enero de 2006 a razón de 3.5 centavos de peso m.n. por cigarro enajenado hasta el 30 de septiembre de 2006, y a partir del 1 de octubre de 2006 a razón de 5.0 centavos de peso m.n. por cigarro enajenado hasta el 1 de diciembre de 2006, fecha en que cesan las aportaciones al Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos. El 30 de julio de 2004 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se exime del pago de los impuestos Especial sobre Producción y Servicios, y al Valor Agregado a los contribuyentes que se indican.
En 2004 se reforma la Ley del IEPS con el fin de incluir marbetes en las cajetillas de cigarros, para lo cual se establecen diversas disposiciones al respecto. Con este fin, se reforma el artículo 3° referente a la inclusión de marbetes en los cigarros, así como el artículo 19 y 23 y 23 -B , fracciones IV y V; 19, fracción V y XV; 23, segundo párrafo y 23-B, y se adiciona el artículo 19, fracción XIII, de acuerdo a lo siguiente:
Artículo 3o. ...
IV. Marbete, el signo distintivo de control fiscal y sanitario, que se adhiere a los envases que contengan bebidas alcohólicas con capacidad que no exceda de 5 mil mililitros y que se incorpora a las cajetillas que contengan cigarros.
V. ...
Artículo 19. ...
V. ... Tratándose de cigarros, deberán incorporar marbetes en las cajetillas antes de su empaquetado. No será aplicable lo dispuesto en este párrafo tratándose de bebidas alcohólicas envasadas y de cajetillas de cigarros empaquetadas que se destinen a la exportación, siempre que se cumplan con las reglas de carácter general que al efecto se señalen en el Reglamento de esta ley.
Quienes importen bebidas alcohólicas o cigarros y estén obligados al pago del impuesto en términos de esta ley, deberán colocar los marbetes o precintos a que se refiere esta fracción previamente a la internación en territorio nacional de los productos o, en su defecto, tratándose de marbetes, en la aduana, almacén general de depósito o recinto fiscal o fiscalizado, autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. No podrán retirarse los productos de los lugares antes indicados sin que se haya cumplido con la obligación señalada.
...
...
El marbete para cigarros deberá ser colocado en la cajetilla de forma tal que una vez abierta se rompa o inutilice dicho marbete y que el consumidor pueda observar que el producto es de legal procedencia.
...
XV. Los productores, envasadores e importador es, de bebidas alcohólicas y de cigarros, según sea el caso, estarán obligados a presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, trimestralmente, en los meses de abril, julio, octubre y enero, del año que corresponda, un informe de los números de folio de marbetes y precintos, según corresponda, obtenidos, generados, utilizados, destruidos, e inutilizados durante el trimestre inmediato anterior.
...
Artículo 23. ...
Cuando el contribuyente omita registrar empaques, envases o sus accesorios, u omita informar sobre el control, extravío, pérdida, destrucción o deterioro de marbetes o precintos, se presumirá, salvo prueba en contrario, que dichos faltantes se utilizaron para el envasado o empaquetado de productos por los que se está obligado al pago del impuesto establecido en esta Ley, que estos productos fueron enajenados y efectivamente cobrados en el mes en que se adquirieron los empaques, envases, accesorios, marbetes precintos, y que el impuesto respectivo no fue declarado.
...
Artículo 23-B. Se presume que las bebidas alcohólicas o cajetillas de cigarros que no tengan adherido el marbete o precinto correspondiente y que se encuentren fuera de los almacenes, bodegas o cualesquiera otro lugar propiedad o no del contribuyente o de los recintos fiscales o fiscalizados, fueron enajenados y efectivamente cobradas las contraprestaciones o importados, en el mes en que se encuentren dichos bienes al poseedor o tenedor de los mismos, y que el impuesto respectivo no fue declarado. Para tales efectos, se considerará como precio de enajenación, el precio promedio de venta al público en el mes inmediato anterior a aquél en el que dichos bienes sean encontrados.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no será aplicable respecto de las bebidas alcohólicas o cajetillas de cigarros destinadas a la exportación por las que no se esté obligado al pago de este impuesto, que sé encuentren en tránsito hacia la aduana correspondiente, siempre que dichos bienes lleven adheridos etiquetas o contraetiquetas que contengan los datos de identificación del importador en el extranjero.
En este caso, los artículos transitorios señalan que dicha disposición entraría en vigor en 2006.
Sin embargo, en 2005 se derogan dichas disposiciones eliminando la inclusión de marbetes y los dispositivos establecidos en los artículos referidos de la Ley del IEPS.
En sustitución de lo anterior, se reforma el artículo 2o. para quedar en el esquema actual, un componente ad valorem para entrar en vigor en enero de 2007, dejando sin efecto todas las disposiciones anteriores y se establece una tabla para los ejercicios fiscales 2007 y 2008 que incluye las tasas, menores al 160 por ciento con el fin de incrementar gradualmente el nivel de impuesto.
Artículo 2o. ...
I. ...
C) ...
1. Cigarros 160 por ciento
2. Puros y otros tabacos labrados. 160 por ciento
3. Puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano. 30.4 por ciento
...
a) Cigarros
Año Tasa
2007 140 por ciento
2008 150 por ciento
b) Puros y otros tabacos labrados:
Año Tasa
2007 140 por ciento
2008 150 por ciento
c) Puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano:
Año Tasa
2007 26.6 por ciento
2008 28.5 por ciento
Posteriormente, en 2009 se reforma la Ley del IEPS en materia de los impuestos al tabaco, estableciendo un esquema distinto para el pago de impuesto al tabaco y señalando disposiciones con el fin de incluir el componente fijo de $0.10 pesos por cigarro y se obliga la industria a llevar a cabo una contabilidad especial para el registro de los productos vendidos, enajenados, el peso y cantidad de los mismos para informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Adicionalmente, se incluye la disposición de imprimir en las cajetillas un código de seguridad de acuerdo a lo que el SAT establezca.
Artículo 2. ...
I. ...
C)...
...Adicional ente a las tasas establecidas en este numeral, se pagará una cuota de $0.10 por cigarro enajenado o importado. Para los efectos de esta Ley se considera que el peso de un cigarro equivale a 0.75 gramos de tabaco, incluyendo el peso de otras sustancias con que esté mezclado el tabaco.
Tratándose de los tabacos labrados no considerados en el párrafo anterior se aplicará la cuota mencionada en dicho párrafo al resultado de dividir el peso total de los tabacos labrados enajenados o importados, entre 0.75. Para tal efecto se deberá incluir el peso de otras sustancias con que esté mezclado el tabaco. No se deberá considerar el filtro ni el papel o cualquier otra sustancia que no contenga tabaco, con el que estén envueltos los referidos tabacos labrados.
Artículo 19. ...
I. Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de esta Ley, y efectuar conforme a este último la separación de las operaciones, desglosadas por tasas. Asimismo, se deberán identificar las operaciones en las que se pague el impuesto mediante la aplicación de las cuotas previstas en los artículos 2o., fracción I, inciso C), segundo y tercer párrafos y 2o.-C de esta ley.
II. ...
Tratándose d la enajenación de tabacos labrados, en los comprobantes que se expidan s deberá especificar el peso total de tabaco contenido en los tabacos labrados enajenados o, en su caso, la cantidad de cigarros enajenados.
III. a VIII. ...
IX Los productores e importador es de tabacos labrados, deberán informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, conjuntamente con su declaración el mes, el precio de enajenación de cada producto y el valor y volumen de los mismos; así como especificar el peso total de tabacos labrados enajenados o, en su caso, la cantidad total de cigarros enajenados. Esta información se deberá proporcionar por cada una de las marcas que produzca o importe el contribuyente.
XXII. Los productores, fabricantes e importadores de cigarros y otros tabacos labrados, con excepción de puros y otros tabacos labrados hechos enteramente mano, deberán imprimir en cada una de las cajetillas de cigarros para su venta en México, el código de seguridad que reúna las característica que determine el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. En dichas reglas se podrán establecer los mecanismos o sistemas que se utilizarán para imprimir en cada cajetilla de cigarros el código de seguridad correspondiente.
Para 2010 se reforma nuevamente el artículo 2 con el fin de incrementar el componente fijo, señalando que la cuota será ahora de 35 centavos por cigarro enajenado o importado, considerando nuevamente que el peso de un cigarro equivale a 0.75 gramos de tabaco, siendo el nivel actual del IEPS al tabaco.
Sin embargo, dada las condiciones actuales, la efectividad del impuesto se reduce, al no contemplar ajustes por inflación.
De acuerdo al estudio mencionado, La economía del tabaco y los impuestos al tabaco en México, se analiza la estructura impositiva del tabaco de acuerdo a lo siguiente:
Sin embargo, organismos internacionales sugieren incrementar aún más la tasa de impuestos con el fin de evitar el consumo del tabaco. Una medida que resulta conveniente es la relativa a la inclusión de marbetes.
Al respecto, resulta necesario reformar las disposiciones fiscales vigentes con el fin de incluir marbetes a los cigarros y a los productos de tabaco como una medida que cumple con tres fines principales.
En primer lugar, el incluir un marbete en los productos del tabaco resulta ser una forma conveniente de mayor recaudación fiscal, dado el carácter inelástico del consumo del tabaco.
En segundo lugar, tiene un impacto en el control y reducción de la piratería y falsificación del cigarro y los otros productos del tabaco, por lo que se vuelve imprescindible establecer mecanismos de control y verificación de que el producto adquirido por los consumidores procede de actividades económicas lícitas, en beneficio del consumidor y su salud.
En tercer lugar, resulta una medida con impacto en la salud pública al generar políticas que promuevan la reducción del consumo del tabaco, sustancia con claros efectos nocivos en la salud, y genere mayores controles con el fin de evitar el consumo de cigarros y tabacos de ilegal procedencia, lo cual tiene aun mayores efectos adversos en la población dada la falta de cumplimiento, control y verificación de normas y estándares de calidad, derivado de que no existe ningún mecanismo que permita al consumidor identificar la autenticidad de los cigarros.
Sabemos hoy que las disposiciones vigentes relativas a los controles y códigos no han permitido efectivamente ser un medio de cobro y de reportes fidedignos y completos, por lo que los marbetes han sido un excelente medio para la fiscalización del impuesto al alcohol, evitando el contrabando. Se estima que dicha medida generará un incremento en el reporte de las ventas del producto y una mayor recaudación. De forma que una medida complementaria al incremento de impuestos y su relación posible con el contrabando resulta ser la impresión de marbetes en los productos del tabaco.
Cabe señalar que la Ley General para el Control del Tabaco contempla, en su artículo 18, la inclusión de leyendas, pictogramas o imágenes de advertencia que muestren los efectos nocivos del consumo de los productos del tabaco, y especifica que deberán ocupar al menos el 30 por ciento de la cara anterior, 100 por ciento de la cara posterior y el 100 por ciento de una de las caras laterales del paquete y la cajetilla y que al 30 por ciento de la cara anterior de la cajetilla se le deberán incorporar pictogramas o imágenes; el 100 por ciento de la cara posterior y el 100 por ciento de la cara lateral serán destinados al mensaje sanitario... De la misma forma, en el Título Cuarto establece Medidas para Combatir la Producción Ilegal y el Comercio Ilícito de Productos del Tabaco, por lo que la propuesta aquí presentada va en concordancia con dichas disposiciones de forma que el marbete se ajuste a esta reglamentación.
V. Cambios a las disposiciones actuales
Para tal fin, se propone reformar la Ley del IEPS, en lo relativo a las disposiciones de carácter normativo que establecen la figura del marbete. Es de hacer notar que el consumo de cigarros representa más del 99 por ciento de la venta de los productos del tabaco, de forma que gravar a los cigarros representa casi la totalidad de las ventas del tabaco.
Asimismo, se requiere reformar la Ley Federal de Derechos con el fin de incluir la fracción relativa al pago de derechos derivados de la expedición de marbetes.
Es importante mencionar que la Ley del IEPS, en sus artículos 27 y 28, establece el destino de la recaudación derivada del tabaco, que forma parte de la recaudación federal participable con las entidades federativas (RFP).
Adicionalmente, se reforma la Ley de Coordinación Fiscal con el fin de establecer que la recaudación derivada del tabaco se destine en una mayor parte a las entidades federativas quienes habrán de destinarlo a programas de salud pública, a través del Fondo de Aportaciones a los Servicios de Salud (FASSA), para lo cual se reforma la fracción II del artículo 3-A incrementando a 8.5 por ciento el monto correspondiente a los impuestos a los tabacos, mismo que se destinará al FASSA, incluyendo la fracción Ven el artículo 30.
A) Ley del IEPS:
De igual forma, en esta misma ley, en el Capítulo VII, artículo 28, relativo a las Participaciones a las Entidades Federativas, se señala que los estados adheridos al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal no mantendrán impuestos locales o municipales sobre los actos por los que se paga impuestos que esta Ley establece, en tanto que los Estados que no se adhieran al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal participarán de la recaudación atribuible a sus respectivos territorios, conforme a las siguientes bases:
Artículo 28. ...
III. Del importe recaudado sobre tabacos:
a) 2 por ciento a las entidades productoras.
b) 13 por ciento a las entidades consumidoras.
c) 5 por ciento a los municipios de las entidades consumidoras.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público cubrirá directamente las cantidades que correspondan a los municipios, de acuerdo con la distribución que señale la legislatura local respectiva y en su defecto, en función del número de sus habitantes según los datos del último censo.
Los estados que no se adhieran al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, podrán gravar la producción, acopio o venta de tabaco en rama con impuestos locales o municipales que en conjunto no excederán de un peso cincuenta y cinco centavos por kilo, que sólo podrán decretar las entidades en que aquél se cultive.
B) Ley Federal de Derechos
De igual forma, se proponen modificaciones en la Ley Federal de Derechos, a fin de incluir el pago de derechos por la obtención de marbetes que se adhieran a las cajetillas de cigarro, en la sección novena correspondiente a otros servicios.
C) Ley de Coordinación Fiscal
La iniciativa propone incrementar de 8 por ciento (como está en la legislación vigente) a 8.5 por ciento la proporción de la recaudación en la que participan las entidades federativas adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal por obtener el impuesto especial sobre producción y servicios. Además, propone que ese 0.5 por ciento adicional se destine al Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA) para atender las enfermedades crónico-degenerativas de mayor prevalencia en los estados.
En atención a lo expuesto, someto a consideración de este honorable pleno la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto
Artículo Primero. Se reforman la fracción IV del artículo 3; el párrafo segundo de la fracción V del artículo 19; la fracción X, fracción XIV y fracción XV; artículos 23 B párrafos primero y segundo y se adiciona el párrafo quinto del artículo 19 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios para quedar como sigue:
Artículo 3o. Pa a los efectos de esta ley se entiende por:
I. a III. ...
IV. Marbete, el signo distintivo de control fiscal y sanitario, que se adhiere a los envases que contengan bebidas alcohólicas con capacidad que no exceda de 5 mil mililitros, y a las cajetillas de cigarros.
...
Artículo 19. ...
I. a IV. ...
V.
...
Quienes importen bebidas alcohólicas y cigarros, y estén obligados al pago del impuesto en términos de esta Ley, deberán colocar los marbetes o precintos a que se refiere esta fracción previamente a la internación en territorio nacional de los productos o, en su defecto, tratándose de marbetes, en la aduana, almacén general de depósito o recinto fiscal o fiscalizado, autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. No podrán retirarse los productos de los lugares antes indicados sin que se haya cumplido con la obligación señalada.
...
...
Para el caso de cigarros se deberán incorporar marbetes antes de su empaquetado. El marbete para cigarros deberá ser colocado en la cajetilla norma tal que una vez abierta dicha cajetilla, se rompa o inutilice el marbete con el fin de identificar su legal procedencia de acuerdo a las disposiciones que la autoridad establezca, sin interferir con los pictogramas establecidos en la Ley General para el Control del Tabaco. El marbete deberá tener elementos de seguridad y códigos alfanuméricos que eviten su falsificación.
VI. a IX. ...
X. Los fabricantes, productores o envasadores, de alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables, de bebidas con contenido alcohólico, cerveza, tabacos labrados, bebidas energetizantes, concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energetizantes, deberán llevar un control físico del volumen fabricado, producido o envasado, según corresponda, así como reportar trimestralmente, en los meses de abril, julio, octubre y enero, del año que corresponda, la lectura mensual de los registros de cada uno de los dispositivos que se utilicen para llevar el citado control, en el trimestre inmediato anterior al de su declaración y que incluya un informe de los números de folio de marbetes y precintos, según corresponda, obtenidos, generados, utilizados, destruidos, e inutilizados durante el trimestre inmediato anterior.
XI. a XII. ...
XIV. Los fabricantes, productores, envasado res e importadores, de alcohol, alcohol desnaturalizado, mieles incristalizables y de bebidas alcohólicas, y cigarros, deberán estar inscritos en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas y Cigarros, a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Asimismo, los fabricantes, productores, envasadores e importadores, de bebidas alcohólicas y cigarros, deberán cumplir con esta obligación para poder solicitar marbetes y precintos, según se trate, debiendo cumplir con las disposiciones del Reglamento de esta Ley y disposiciones de carácter general que para tal efecto se emitan.
XV. Los productores, envasadores e importadores de bebidas alcohólicas y cigarros, estarán obligados a presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, trimestralmente, en los meses de abril, julio, octubre y enero, del año que corresponda, un informe de bs números de folio de marbetes y precintos, según corresponda, obtenidos, utilizados, destruidos, e inutilizados durante el trimestre inmediato anterior.
...
Artículo 23-B. Se presume que las bebidas alcohólicas o cajetillas de cigarros que no tengan adherido el marbete o precinto correspondiente y que se encuentren fuera de los almacenes, bodegas o cualesquiera otro lugar propiedad o no del contribuyente o de los recintos fiscales o fiscalizados, fueron enajenados y efectivamente cobradas las contraprestaciones o importados, en el mes en que se encuentren dichos bienes al poseedor o tenedor de los mismos, y que el impuesto respectivo no fue declarado. Para tales efectos, se considerará como precio de enajenación, el precio promedio de venta al público en el mes inmediato anterior a aquél en el que dichos bienes sean encontrados.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no será aplicable respecto de las bebidas alcohólicas o cajetillas de cigarros destinadas a la exportación por las que no se esté obligado al pago de este impuesto, que se encuentren en tránsito hacia la aduana correspondiente, siempre que dichos bienes lleven adheridos etiquetas o contra etiquetas que contengan los datos de identificación del importador en el extranjero.
Artículo Segundo. Se reforman el artículo 53-I de la ley Federal de Derechos para quedar como sigue:
Artículo 53-I. Por la obtención de marbetes que se adhieran a las cajetillas de cigarros, a que se refiere la ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, se pagará el derecho de marb4ttes conforme a la cuota de $ 0.10 por cada uno.
Artículo Tercero. Se reforman el artículo 3-A y artículo 30, fracción V, de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:
Artículo 3-A. ...
I. ...
II. El 8.5 por ciento de la recaudación si se trata de tabacos labrados.
...
...
Artículo 30. ...
I. a IV. ...
V. Por los recursos provenientes del 0.5 por ciento de la Recaudación Federal Participable generado por los impuestos obtenidos por la recaudación proveniente de productos del tabaco, con el fin de destinarlo a la atención de enfermedades crónico-degenerativas de mayor prevalencia en los estados.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el 1 de enero del 2014. Las empresas referidas realizarán las medidas señaladas para dar cumplimiento a las disposiciones establecidas.
Notas:
1 Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente Muñiz; Instituto Nacional de Salud Pública; Secretaría de Salud. Encuesta Nacional de Adicciones 2011: Reporte de Tabaco. Reynales-Shigematsu et al. México, DF, México: Inprfm, 2012.Disponible en: www.inprf.gob.mx.
2 Instituto Nacional De Psiquiatría Ramón de la Fuente Muñiz; Instituto Nacional de Salud Pública; Secretaría de Salud. Encuesta Nacional de Adicciones 2011: Reporte de Tabaco. Reynales-Shigematsu et al. México, DF, México: Inprfm, 2012.Disponible en: www.inprf.gob.mx. Pag.23.
3 Waters H. Sáenz de Miera B., Ross H. Reynales Shigematsu LM. La economía del tabaco y los impuestos al tabaco en México. París: Unión Internacional contra la Tuberculosis y Enfermedades Respiratorias; 2010.
4 Ibid, página 15.
5 Cigarros La Tabacalera Mexicana (Cigatam), asociada con Philip Morris (PM), y British American Tobacco Mexico (BAT).
6 Waters H. Sáenz de Miera B, Ross H. Reynales Shigematsu LM. La economía del tabaco y los impuestos al tabaco en México. París: Unión Internacional contra la Tuberculosis y Enfermedades Respiratorias; 2010.
7 Ley del IEPS. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 12-12-2011.
8 http://www.ficmexico.org/index.php/control-tabacolindicadores
9 Fundación Interamericana del Corazón. México. http://www.ficmexico.org/index.php/control-tabacolindicadores
10 Articulo 1.8 del CMCT.
11 http://www.ficmexico.org index.php/control-tabaco/situación-políticas
12 Diario Oficial de la Federación, 30 de diciembre 1980.
13 Diario Oficial de la Federación, 1 de enero de 2002.
14 Diario Oficial de la Federación, miércoles 1 de diciembre de 2004.
15 Diario Oficial de la Federación, viernes 23 de diciembre de 2005.
16 Diario Oficial de la Federación, Miércoles 27 de diciembre de 2006.
17 Diario Oficial de la Federación, viernes 27 de noviembre de 2009.
18 Diario Oficial de la Federación, viernes 19 de noviembre de 2010.
19 Waters H. Sáenz de Miera B., Ross H. Reynales Shigematsu LM. La economía del tabaco y los impuestos al tabaco en México. París: Unión Internacional contra la Tuberculosis y Enfermedades Respiratorias; 2010.
Salón de sesiones del Senado de la República, a los 4 días del mes de abril de 2013. Senador Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica).»
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, el señor diputado don Omar Antonio Borboa Becerra, del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
El diputado Omar Antonio Borboa Becerra: Con su venia, presidente. El que suscribe, Omar Antonio Borboa Becerra, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, del distrito X del estado de Jalisco, con cabecera en Zapopan, tierra de amistad, trabajo y respeto, comparezco ante esta tribuna a presentar iniciativa por la cual se hace una modificación al artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de organizar, adecuar y fortalecer las comisiones especiales. Esto debido a que como todos ustedes saben en la ley no se estipula ningún momento para su apertura ni para que se pongan en consideración ni para instalarlas.La propuesta es que sea a más tardar al finalizar el primer periodo de sesiones, toda vez de que no vuelva a suceder en un tiempo superior a éste, debido a que existen comisiones especiales de sumo interés para todo el país. El tiempo de la Legislatura es muy corto y con este tipo de inconsistencias no se puede avanzar dentro de estas comisiones.
Por todo ello, en la presente iniciativa propongo establecer expresamente y explícitamente en la ley, los plazos para la constitución de las comisiones especiales y su instalación, debido a que después de los acuerdos políticos que se presentan dentro de esta Cámara no hay un ordenamiento en la Ley Orgánica que genere aperturar las comisiones especiales ni tampoco el tiempo en el cual se deberán de instalar.
Con base en lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de decreto:
Artículo Único. Se reforma el numeral 1 del artículo 42 y se adiciona un segundo párrafo al mismo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, quedando de la siguiente manera.
Artículo 42. El pleno podrá acordar, durante el primer periodo de sesiones ordinarias del primer año del ejercicio de la Legislatura, la constitución de las comisiones especiales cuando se estimen necesarias para hacerse cargo de un asunto específico. El acuerdo que las establezca señalará su objeto, el número de los integrantes que las conforman y el plazo para efectuar las tareas que se le hayan encomendado, y deberá ser publicado a más tardar el siguiente mes del que haya sido acordado su constitución.
Esto lo queremos hacer y lo queremos adecuar para que en el primer periodo de sesiones ordinarias tengan que estar instaladas las comisiones especiales, debido a que pierde el interés de todos los diputados en pertenecer a ellas.
Hoy estamos a siete u ocho sesiones de terminar el segundo periodo y hay comisiones especiales que apenas se acaban de instalar, pero no por el interés de los que las van a presidir, sino por el interés de los grupos parlamentarios de proponer a quienes sean los que van a integrar estas comisiones.
Por tal motivo y es por lo que hemos hecho esta propuesta el pleno podrá acordar la constitución de comisiones especiales fuera de los plazos establecidos, debido a que habrá comisiones especiales que durante la Legislatura se tendrán que formar y que esto no sea parte del suceso para que ya no se puedan formar.
Lo que solicitamos es que así como hay interés en presidir las comisiones ordinarias, también exista para las comisiones especiales, debido a que son de sumo interés para algunos temas en específico.
Transitorio. Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Todo esto para que los próximos diputados que tengan interés en temas específicos y que pidan o soliciten integrar o de presidir alguna comisión especial, tengan el tiempo suficiente y la certeza de cuándo se podrán formar estas comisiones especiales para que las integren y que puedan trabajar en ellas debido al corto plazo que tiene la legislatura y al poco interés que tienen algunos organismos de que éstas se realicen.
Es cuanto, señora presidenta. Con su permiso, compañeras y compañeros diputados; muchas gracias.
«Iniciativa que reforma el artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Omar Antonio Borboa Becerra, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, diputado federal Omar Antonio Borboa Becerra, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción I del numeral 1 del artículo 6, 77 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLas comisiones especiales son órganos colegiados no dictaminadores que se encargan de atender los asuntos específicos que se les encomiendan. Se crean mediante acuerdo del pleno de la Cámara de Diputados a propuesta de la Junta de Coordinación Política. Dicho acuerdo debe señalar: Su objeto y duración; sus tareas, con plazos para su cumplimiento; las tareas específicas que le sean encomendadas; el número de integrantes que la conforman, y los integrantes de su junta directiva.
Cabe destacar que el marco jurídico del Congreso no prevé la disposición que defina expresamente el plazo para su creación e instalación, cómo si lo define para las comisiones ordinarias. El artículo 43 numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, establece que las comisiones ordinarias se constituyen durante el primer mes de ejercicio de la legislatura...
Por su parte, el Reglamento de la Cámara de Diputados establece en el artículo 208, numeral 1, que es aplicable a los comités y a las comisiones especiales lo previsto en este Reglamento para lascomisiones ordinarias, por lo que hace al acto de su constitución e instalación; plazos y requisitos para laemisión de sus convocatorias y las formas de sustitución de sus integrantes.
Sin embargo, dicho Reglamento sólo prevé lo concerniente a la instalación en el artículo 146, numeral 1, que a la letra dice: Las comisiones o comités deberán instalarse dentro de los quince días hábiles posteriores a laaprobación del acuerdo que las conforma. Por lo que no queda explicito el plazo que se debe acatar para la conformación o constitución de comisiones especiales.
Es así que las comisiones especiales se conforman hasta que, en el desarrollo de los trabajos legislativos, las y los diputados las proponen para analizar algún tema en específico. Ello hace que los tiempos de su creación e instalación se extiendan hasta, por lo menos, a finales del primer periodo ordinario de sesiones, del primer año de la legislatura correspondiente.
Por ejemplo, en la Cámara de Diputados, la LXI legislatura se inició en septiembre de 2009, y el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política para la creación e instalación de las Comisiones Especiales se publicó hasta el 10 de diciembre de ese mismo año; y el Acuerdo que contiene la integración complementaria de las Comisiones Especiales fue publicado hasta el 11 de febrero de 2010.
En cuanto a la LX legislatura, inició en septiembre de 2006, y el acuerdo de la Junta de Coordinación Política para la creación de las comisiones especiales se publicó hasta el 15 de enero de 2007, es decir, cuando ya había terminado el primer periodo de sesiones del primer año de la legislatura. Respecto a la legislatura LIX, ésta inició en septiembre de 2003, y el acuerdo de la Junta de Coordinación Política para la creación de las Comisiones Especiales se publicó hasta el 19 de marzo de 2004, es decir, cuando el segundo periodo ordinario de sesiones del primer año ya había avanzado la mitad.
Estas son evidencias de que mientras no haya acuerdo de la Junta de Coordinación Política, la creación de las comisiones especiales puede permanecer pendiente sin que haya disposición legal alguna que obligue a su conformación sujetándose a un plazo determinado.
Sin duda todo ello repercute negativamente en el trabajo legislativo, toda vez que mientras más se demoré la constitución de comisiones especiales, el tiempo para que cumplan con el objeto por el que fueron creadas se acorta.
Compañeras y compañeros diputados, tenemos que tener presente que la legislatura es muy corta, sólo contamos con 3 años para legislar en beneficio de los ciudadanos, ello nos obliga a hacer más eficiente y eficaz nuestro trabajo. Es por ello que debemos procurar crear las comisiones a tiempo, buscando que los objetivos que se definan en los planes de trabajo se cumplan durante la legislatura, o durante el tiempo de vigencia de la comisión. Pero también, es necesario considerar que sólo debemos crear las comisiones necesarias, no más ni menos.
En particular, tenemos que cuidar que las comisiones especiales respondan a necesidades reales, y que sean creadas al igual que las comisiones ordinarias, al inicio de la legislatura en cuestión. Es necesario que las y los legisladores definan iniciando la legislatura los temas específicos que les interesa analizar a través de alguna comisión especial.
Por todo ello, con la presente iniciativa propongo establecer explícitamente en la ley, los plazos para la constitución de las comisiones especiales y para la publicación del acuerdo que las establezca.
Con base en lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
DecretoArtículo Único.Se reforma el numeral 1 del artículo 42, y se adiciona un segundo párrafo al mismo, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 42
1. El pleno podrá acordar , durante el primer periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la legislatura, la constitución de comisiones especiales cuando se estimen necesarias para hacerse cargo de un asunto específico. El acuerdo que las establezca señalará su objeto, el número de los integrantes que las conformarán y el plazo para efectuar las tareas que se les hayan encomendado , y deberá ser publicado a más tardar al siguiente mes del que haya sido acordada su constitución. Cumplido su objeto se extinguirán. Cuando se haya agotado el objeto de una comisión especial o al final de la Legislatura, el Secretario General de la Cámara informará lo conducente a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, la cual hará la declaración de su extinción.
El pleno podrá acordar la constitución de comisiones especiales fuera de los plazos establecidos en el párrafo anterior, siempre y cuando sean para hacerse cargo de un asunto de coyuntura que deba atender la Cámara.
TransitoriosÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de abril de 2013. Diputados: Omar Antonio Borboa Becerra, Ricardo Villarreal García (rúbricas).»
Presidencia de la diputada Patricia Elena Retamoza Vega
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: A usted, diputado. Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS - LEY FEDERAL DEL TRABAJO
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado José Arturo López Cándido, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 5o. y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y adiciona un artículo 158 Bis a la Ley Federal del Trabajo.
El diputado José Arturo López Candido:Gracias, señora presidenta. Es lamentable reconocer que las propuestas que contemplan beneficios laborales no se encuentran incluidas en las leyes de nuestro país, por lo cual es necesario recordar que la elaboración de nuestro marco jurídico es pertinente y tiende a incorporar los mayores elementos necesarios para una sana relación entre los trabajadores y los patrones.No obstante, el sector de personas con pocas posibilidades de conseguir un empleo formal que le otorgue seguridad social, que les reconozca su antigüedad para efectos de jubilación y que reciba el beneficio de las prestaciones sociales es cada vez mayor y aún no se ha dado solución a ese grave fenómeno social.
Es pertinente recordar que para el cierre del año pasado el Inegi calculaba que la cifra de personas en el sector informal era de unos 29 millones. Por desgracia, los beneficios con los que cuenta este sector son muy graves, ya que no cuenta con ninguna prestación social, y es nula al no gozar de un empleo estable.
Ya se ha dicho repetidamente que el tiempo de cotización por algún instituto de seguridad social reconocido por el Estado será aquél que haya acumulado cualquier trabajo, siempre y cuando cubra los requisitos de ley, como son los derechos a que están sujetos los trabajadores al servicio del Estado para recibir una obtención de retiro por edad, tiempo o jubilación, así como los trabajadores que cotizan al IMSS, también bajo las premisas señaladas en la Ley del Seguro Social para dichos efectos.
Ninguna posición legal en la materia, incluyendo la Constitución, reconoce fehacientemente el derecho a toda persona trabajadora para generar la antigüedad en el cargo o función que desempeñe, aún bajo la práctica de algunas actividades laborales por su propia cuenta, ya sea a través de un trabajo formal o informal.
Este tema se debe discutir para proporcionar mayores elementos para que todo trabajador cuente con el mismo derecho al acumular tiempo y experiencia y sea reconocido por el Estado.
El propósito de la iniciativa es llevar a rango constitucional este concepto y subsecuentemente la Secretaría del Trabajo y Previsión Social será la que participe directamente en la generación de un sistema único, que permita recibir las constancias de todas las personas interesadas y que por su propio conducto comuniquen a esta dependencia el siguiente ejercicio de su actividad laboral.
Cabe señalar que en nuestros días existe un número elevado de personas en edad de retiro o jubilación que se encuentran imposibilitadas para hacerlo, en cuanto a un cálculo exacto de los días trabajados y acumulados para generar sus posiciones correspondientes.
Resulta determinante lograr que la situación laboral que hay detrás de cada una de ellas sea reconocida y se le brinde un trato justo.
Nuestro propósito es lograr que el Estado no solo participe con la correspondiente entrega de pensión o jubilación previamente requerida por cada trabajador, sino que termine y que también reconozca su antigüedad, para que en dado el caso el interesado pueda tramitar su retiro anticipado.
Finalmente, además de un sistema único entre instituciones de gobierno en materia de retiro, se permita cruzar información y garantizar mayor certidumbre para el cálculo de los elementos necesarios para tramitar el retiro en el trabajo de cualquier persona de edad y condiciones de hacerlo. Es cuanto, presidente. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma los artículos 5o. y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona el 158 Bis a la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado José Arturo López Candido, del Grupo Parlamentario del PT
El suscrito, José Arturo López Cándido, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de la Ley Federal del Trabajo, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEs lamentable tener que reconocer que toda propuesta que contemple beneficios laborales no se encuentran incluidos en las leyes en nuestro país.
En este sentido, también es necesario recordar que la elaboración de nuestros marcos jurídicos son perfectibles y tienden a incorporar los mayores elementos necesarios para una sana relación entre los trabajadores y la parte patronal.
No obstante, el sector de personas con pocas posibilidades de conseguir un empleo formal, que les otorgue seguridad social, que les reconozca su antigüedad para efectos de jubilación y que reciban el beneficio de las prestaciones sociales, es cada vez mayor y aún no se ha dado solución a este grave fenómeno social.
Es pertinente recordar que para el cierre del año pasado, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía calculaba que la cifra de personas en el sector informal era de unos 29 millones, y por desgracia los beneficios con los que cuenta cada una de estas personas en cuanto a prestaciones sociales es nulo, al no gozar de un empleo estable.
Ya se ha dicho en múltiples ocasiones que, el tiempo de cotización por algún instituto de seguridad social reconocido por el Estado, será aquel que haya acumulado cualquier trabajador siempre y cuando cubra los requisitos de ley, como pueden ser los derechos a que están sujetos los trabajadores al servicio del Estado para recibir una pensión de retiro por edad y tiempo o por jubilación.
Otro caso lo tenemos para los trabajadores quienes cotizan al Instituto Mexicano del Seguro Social, también bajo las premisas señaladas en la propia Ley del Seguro Social para dichos efectos.
Es de todos conocido que la aspiración de toda persona trabajadora es no solamente a que el Estado le reconozca su tiempo de trabajo, sino también, que sea el Estado quien pueda dar las garantías de un retiro justo y digno, según las condiciones a las que haya estado sujeta cada persona para obtener su retiro.
No debe ser sólo un tema que las instituciones de seguridad social puedan determinar para los efectos de retiro, pues el derecho que la población trabajadora que no cotiza para dichos institutos también es susceptible de tenerse en cuenta y dar solución a sus necesidades de retiro y jubilación.
Por increíble que parezca, ninguna disposición legal en la materia, incluyendo nuestro texto constitucional, reconoce fehacientemente el derecho que toda persona trabajadora posee para generar antigüedad en el cargo o función que desempeñe aún bajo la práctica de alguna actividad laboral por su propia cuenta, bajo las condiciones que fueran ya sea a través de un trabajo formal o informal.
Es de reconocer que este aspecto resulta altamente cuestionado dado a la disposición que toda persona tendría para acumular tiempo para efectos de su antigüedad, pero precisamente este es el tema por el cual se debe discernir para proporcionar mayores elementos para que todo trabajador cuente con el mismo derecho de acumular tiempo y experiencia y que este sea reconocido por el Estado.
El propósito de la presente iniciativa es ese, llevar a rango constitucional este concepto y que para lo subsecuente sea la Secretaría del Trabajo y Previsión Social la que participe directamente en la generación de un sistema único que permita recibir las constancias de toda persona interesada y que por su propio conducto comunique a esta dependencia que sigue ejerciendo su actividad laboral.
En este sentido, es pertinente señalar que en nuestros días existe un número elevado de personas en edad de retiro o jubilados, mismos que por diversas condiciones entre las que se encuentra la imposibilidad de hacer un cálculo exacto de los días trabajados y acumulados para generar sus pensiones correspondientes, ahora por ejemplo las vemos empleadas como franeleros o empacadores en tiendas de autoservicio y centros comerciales.
En definitiva no es un tema denigrante el que dichas personas puedan dedicarse a este tipo de actividades, pero sí resulta determinante lograr que la situación laboral que hay detrás de cada una de ellas sea reconocida y se le brinde el trato justo.
Decir que uno de los argumentos para ocupar un puesto deseado tiene que ver con que no se comprueba la experiencia necesaria para desempeñar un oficio ya debe ser un tema suficientemente discutido, pues existen los elementos para hacer que tal situación deje de ser un impedimento.
Otra causa más, como ya lo mencionamos en párrafos anteriores, resulta una condición de imposibilidad para poder calcular el tiempo dedicado al empleo o la ocupación practicada incluso por su propia cuenta, no sin antes aclarar que para el propósito de acreditar dicha antigüedad se debe cotizar el correspondiente tiempo ante alguna de las instituciones de seguridad social legalmente constituidas y reconocidas para realizar el pago conducente de la pensión o jubilación.
También nuestro propósito es este, lograr que el Estado no sólo participe con la correspondiente entrega de pensión o jubilación previamente requisitada por cada trabajador, sino que también les reconozca su antigüedad para que, dado el caso, el interesado pueda tramitar su retiro anticipado.
Finalmente, hemos de comentar que cuestiones como la presente exposición, además de un sistema único entre instituciones de gobierno en materia de retiro que les permita cruzar información y de esta forma garantice mayor certidumbre para el cálculo de elementos necesarios para tramitar el retiro en el trabajo de cualquier persona en edad o condición de hacerlo.
Por las consideraciones expuestas, sometemos a su consideración el siguiente proyecto de
DecretoArtículo Primero. Se adiciona un párrafo noveno al artículo 5o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 5o....
I. a VIII. ...
Todo trabajador gozara de las garantías que el Estado brinde para reconocer y proteger la antigüedad laboral, para los efectos de prestaciones de servicios, otorgamiento de derechos así como de jubilaciones y pensiones previstas en las leyes secundarias en la materia.
Artículo Segundo. Se adiciona un inciso g) a la fracción IX del artículo 123 en su apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 123.
I. a IX. ...
a) a f) ...
g) Todo trabajador tiene derecho a que se le reconozca su antigüedad, conforme a lo previsto en el párrafo noveno del artículo 5o. de esta Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos. Será la Secretaría del Trabajo y Previsión Social la que reconozca y norme el registro alterno de los tiempos calculados para los trabajadores que no coticen para alguna institución de seguridad social reconocida por el Estado.
Artículo Tercero. Se adiciona un artículo 158 Bis a la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 158 Bis. El Estado, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, se encargará de dar el reconocimiento y contabilizar el o los periodos de trabajo justificados por cada trabajador y que son el resultado del desempeño de funciones o tareas a fines a las que hayan sido efectuadas durante el o los periodos de trabajo bajo contrato en alguna institución privada o pública y sin menoscabo del reconocimiento institucional por parte de las dependencias de seguridad social reconocidas por el propio Estado.
TransitoriosPrimero. El presente decreto, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente decreto.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los dos días del mes de abril de 2013. Diputado José Arturo López Cándido (rúbrica).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: A usted, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL - LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE VIGILANCIA Y SUPERVISION DE LAS INSTITUCIONES PUBLICAS Y PRIVADAS DE ASISTENCIA SOCIAL EN LAS QUE SE ENCUENTRAN NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Tiene la palabra, hasta por 10 minutos, la diputada Lucila Garfias Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública federal y expide la Ley General del Sistema Nacional de Vigilancia y Supervisión de las Instituciones Públicas y Privadas de Asistencia Social en las que se encuentran Niñas, Niños y Adolescentes.
La diputada Lucila Garfias Gutiérrez:Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, la Organización de las Naciones Unidas para la Infancia, UNICEF, define como huérfano al menor de edad que ha perdido a uno o ambos progenitores, cifra que alcanza los 132 millones de menores en el mundo, de los cuales 13 millones se encuentran en total desamparo y sin algún familiar a quien recurrir, por lo que viven en instituciones de asistencia social o en la vía pública.Fenómenos como las guerras, las enfermedades, el desplazamiento poblacional, el abandono y víctimas colaterales de la delincuencia, son solo una parte de las causas que contribuyen a que los menores de edad se encuentren desamparados, quedando en la indefensión total.
Para su atención, los gobiernos han establecido instituciones públicas y han permitido la instalación de organismos privados en los que se puede atender a los menores de edad en esta situación.
Por su parte, la Organización de las Naciones Unidas para la Infancia ha contribuido a la protección de los menores de edad mediante diversos instrumentos que buscan brindar protección jurídica, a fin de fomentar políticas públicas acordes con su pleno desarrollo.
Como parte de este compromiso, el Cuarto Convenio de Ginebra, en 1949, solicitó a sus países miembros la protección civil durante conflictos armados, y muy especialmente a los niños, lo que dio paso a la Declaración de los Derechos del Niño, 10 años después.
A partir de esto, se han generado 24 documentos relativos a la protección del derecho de los menores de edad.
México ha hecho eco de estas preocupaciones, las cuales se han consagrado en el artículo 4o. de nuestra Constitución Política y en la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
Actualmente, nuestro país cuenta con 81 leyes locales en materia de protección a la niñez y adolescencia, así como de la creación de diversos organismos gubernamentales para dar atención a estos mandatos, labor a la que se ha sumado el sector académico y múltiples organismos de carácter no gubernamental, vigilantes y preocupados por el problema. Se trata entonces de establecer compromisos para hacer prevalecer el interés superior de la niñez y que ningún niño, niña o adolescente sea vulnerado en sus derechos humanos.
Sabemos que hay mucho por realizar, pues en nuestra sociedad cada día se presentan nuevos problemas, a los que debemos hacer frente e incluso adelantarnos a aquellos que pueden presentarse, a efecto de propiciar un desarrollo óptimo en pro de estos menores de edad.
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía indica que para 2010 existían 28 mil 107 menores de edad bajo el cuidado de instituciones de asistencia pública y privada en todo el país, cifra que dista mucho de la realidad imperante.
Sabemos de los esfuerzos del Estado y la sociedad civil para proporcionar cuidados óptimos a los menores que se encuentran en situación de completa indefensión o de riesgo; sin embargo, lamentablemente hemos conocido casos de abusos y violaciones a los derechos de la niñez, propiciadas por una legislación que permite la operación descoordinada de estos organismos y que en el pasado han propiciado también delitos en contra de estos menores.
A fin de establecer los lineamientos jurídicos para que la población de estas instituciones reciba los cuidados óptimos, con la presente iniciativa proponemos adicionar la fracción XXIV al artículo 27, recorriéndose las actuales de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a fin de que la Secretaría de Gobernación sea la encargada de dirigir los esfuerzos de las instituciones públicas y privadas encargadas de atender a menores de edad en situación de desamparo, con la visión de construir y vigilar la reglamentación adecuada aplicable en estos casos.
Lo anterior, debido a que actualmente no existe instancia gubernamental que supervise y vigile la actuación de las instituciones públicas y privadas de asistencia social, que brindan servicios asistenciales o cuidados especiales a las niñas, niños y adolescentes en situación de riesgo o abandono.
De igual manera, proponemos la creación de la Ley General del Sistema Nacional de Vigilancia y Supervisión de las Instituciones Públicas y Privadas de Asistencia Social en las que se encuentran Niñas, Niños y Adolescentes, norma que considera la actualización de las reglas para atender a esta población mediante la construcción de un censo, estados de salud constantemente actualizados y rendición de cuentas oportuna ante la autoridad federal.
Con esta medida el Estado se asegurará que las instituciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños desamparados cumplan con las normas establecidas, especialmente en materia de seguridad, sanidad, número y competencia de su personal, así como en relación con la existencia de una supervisión adecuada.
La norma también prevé la suspensión definitiva en aquellas instituciones públicas y privadas que pongan en riesgo o hayan violado los derechos fundamentales de niñas, niños y adolescentes en situación de riesgo o afectados, criterio que se fundamenta en el principio de cero tolerancia a quienes atenten contra los grupos sociales más vulnerables. Esta medida evitará que se presenten casos extremos, como la sustracción de menores e incluso la posibilidad de actuar rápidamente en la localización de un menor extraviado.
Con la obligación de actualizar constantemente los datos de estos menores y de reportarlos a la autoridad federal, sabremos el paradero de cada uno de estos menores a nivel nacional y hacer efectivo el derecho fundamental de protección a la niñez y juventud.
Compañeras y compañeros diputados, es una realidad la poca atención que hemos dado a los menores que se encuentran en casas de atención por no contar con familiares e incluso a quienes no pueden estar en compañía de sus familiares por procesos legales.
Desde este grupo parlamentario reiteramos nuestro compromiso inalienable con la niñez mexicana, por lo que con nuestra propuesta pretendemos atender una necesidad, que para muchos es una triste y lamentable realidad.
No existe viabilidad de futuro como nación si no atendemos y protegemos a nuestras niñas, niños y adolescentes; por ello solicito, respetuosamente, su sensibilidad y apoyo para aprobar esta iniciativa. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y expide la Ley General del Sistema Nacional de Vigilancia y Supervisión de las Instituciones Públicas y Privadas de Asistencia Social en las que se encuentran Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Lucila Garfias Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
La que suscribe, diputada federal Lucila Garfias Gutiérrez, de la LXII Legislatura del honorable Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, en ejercicio de la facultad conferida en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XXII Bis al artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y por el que se crea la Ley General del Sistema Nacional de Vigilancia y Supervisión de las instituciones públicas y privadas de asistencia social en las que se encuentran niñas, niños y adolescentes, al tenor del siguiente
Planteamiento del problema
De conformidad con la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por México el 21 de septiembre de 1990, es responsabilidad del Estado mexicano; adoptar entre otras, medidas legislativas para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y adolescencia así como el pleno ejercicio de sus derechos fundamentales.
La presente iniciativa de reforma y creación de Ley, se integra de una serie de medidas especiales tendientes a respetar, pero sobre todo a garantizar eficazmente los derechos fundamentales de la niñez y adolescencia mexicana en situaciones de desventaja y de especial vulnerabilidad.
Los integrantes del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, reconocemos que a partir de los principios fundamentales como supervivencia y desarrollo, no discriminación, interés superior del niño, supervivencia y desarrollo y participación, contenidos en la citada Convención, deben hacerse efectivos tanto la protección como el cuidado necesario para el bienestar y el ejercicio de los derechos fundamentales de nuestra niñez y adolescencia mexicana.
A propósito del aniversario de haberse ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño en nuestro país, compartimos el criterio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el sentido que cualquier violación de derechos humanos resulta especialmente grave cuando se trata de un niño.
En México, las niñas y niños que son atendidos desde la asistencia social, recorren un trayecto que involucra en muchos casos diversas instituciones, que pueden ser desde el Ministerio Público, los juzgados de lo familiar, los consejos tutelares locales, los albergues o casas-hogar tanto de organizaciones sociales, civiles, instituciones de asistencia privada (IAP) o religiosas que atienden situaciones de riesgo o desamparo social, así como instancias del gobierno local o federal en materia de asistencia social.
El artículo 3 de la Ley de Asistencia Social consigna:
Se entiende por asistencia social el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva.
La asistencia social comprende acciones de promoción, previsión, prevención, protección y rehabilitación.
Entre los sujetos de la asistencia social se consideran niños, niñas y adolescentes en riesgo (desnutrición, deficiencias en el desarrollo físico y mental, maltrato o abuso, abandono, ausencia e irresponsabilidad de los progenitores en el cumplimiento o garantía de derechos, hijos de padres con enfermedades terminales o en condiciones de extrema pobreza, dependientes de personas privadas de su libertad, de alcohólicos o fármaco dependientes, entre otras circunstancias).
Sin embargo, no existe instancia alguna que supervise y vigile la actuación de las instituciones públicas y privadas de asistencia social que brindan servicios asistenciales o cuidados especiales a las niñas, niños y adolescentes en situación de riesgo o abandono. Situación que ha derivado en una de las problemáticas más sensibles y que dieron origen a la recomendación 04/2009 de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, en la que resultaron agraviadas niñas y niños que se localizaban en los inmuebles de La Casita del Sur, en el Distrito Federal, con inclusión, en particular, de aquellos desaparecidos.
En Nueva Alianza coincidimos con la Recomendación 04/2008 de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal en el sentido de visualizar a las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos y no como personas cuya forma de vida y desarrollo siempre esté decidida bajo condiciones particulares de los adultos, sean o no favorables a su sano desarrollo pero al final de naturaleza asistencialista.
Argumentación
Como representantes de la nación no podemos continuar asumiéndonos como cómplices de violaciones a los derechos fundamentales de la niñez y adolescentes, derivados de la omisión, negativa, restricción u obstaculización para llevar a cabo medidas de protección que se requieran por parte del Estado, aunado a las consecuencias en la ausencia de supervisión oportuna.
La Convención de los Derechos del Niño establece criterios generales para el funcionamiento de las instituciones de cuidado, en su artículo 3, último párrafo, prevé que los Estados parte se aseguren de que las instituciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños cumplan las normas establecidas por las autoridades competentes, especialmente en materia de seguridad, sanidad, número y competencia de su personal, así como en relación con la existencia de una supervisión adecuada
La presente iniciativa de adición y de creación del sistema nacional de vigilancia y supervisión de las instituciones públicas y privadas de asistencia social en las que se encuentran niñas, niños y adolescentes, pretende garantizar el cumplimiento de estos derechos fundamentales y asumir en el mismo sentido, el reconocimiento del derecho a la protección especial de la niñez y adolescencia mexicana, como un derecho adicional o complementario, de conformidad con el artículo 19 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos:
Los derechos de las niñas, niños y adolescentes, con inclusión de los derechos a su integridad personal, dignidad, a una vida con calidad, a una vida libre de violencia, a su certeza jurídica y a que reciban protección especial de todos los órganos de gobierno.
En México existe un marco general regulatorio de dichas instituciones, en la cual a nivel federal el artículo 168 de la Ley General de Salud establece como actividades básicas de asistencia social, la atención en establecimientos especializados a menores en estado de abandono o desamparo, así como el ejercicio de la tutela de los menores. En tanto que la Ley de Asistencia Social establece los servicios que se deben prestar, la supervisión de las Instituciones dedicadas a tales fines, así como la obligación de que éstas se sujeten a lo dispuesto por las normas oficiales mexicanas que al efecto se expidan.
Los artículos 65 y 66 de la Ley de Asistencia Social establecen que le corresponde a la Secretaría de Salud a través del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y a las autoridades locales, la supervisión y vigilancia del cumplimiento de la legislación y de las NOM en la materia, a la vez que serán coadyuvantes en la supervisión los sistemas estatales y del Distrito Federal para el Desarrollo Integral de la Familia y las Juntas de Asistencia Privada u órganos similares, lo que pocas veces se realiza en la práctica.
Basta mencionar que al consultar los registros del DIF, en el rubro de servicio de tutela y custodia de menores, en noviembre de 2009 solamente se tenían registradas a 281 instituciones en todo el país y para el año 2010 existían 337, lo que representó un 20 por ciento más de registros, lo que refleja que no se cuenta con un dato preciso respecto al número de albergues o casas hogar existentes, ni mucho menos a cuántos menores de edad albergan.
La única estadística que proporciona el Sistema Nacional de Información de la Asistencia Social señala que hasta enero de 2009 en toda la república se tienen albergados un total de 10 mil 326 menores, la gran mayoría en albergues privados, sin embargo, en 17 entidades federativas aún no existe información, lo que representa el 53 por ciento del total, e incluso dentro de las entidades que sí proporcionaron información, en algunos casos los números reportados resultan difíciles de creer como es el caso de Chiapas que asegura tener sólo 46 albergados.
De esta manera, los datos que arroja el Sistema Nacional de Información de la Asistencia Social respecto de la información estadística de menores albergados hasta enero de 2009 en las Entidades Federativas en donde se tienen datos, son los siguientes: Baja California 7,336 (40 por ciento en albergues privados), Campeche 247 (80 por ciento en albergues privados), Chiapas 46, Coahuila 354 (60 por ciento en albergues privados), Colima 152 (100 por ciento en albergues privados), Estado de México 668, Hidalgo 148, Michoacán 67, Morelos 221, Querétaro 563 (100 por ciento en albergues privados), Quintana Roo 148, San Luis Potosí 76 (90 por ciento en albergues privados), Yucatán 237, Zacatecas 53, DIF Nacional 617.
Aunado a lo anterior, la Red por los Derechos de la Infancia en México indica que en 2010 existían en el país alrededor de 29 mil 310 niños que no cuentan con cuidados familiares ni institucionales, por lo que es urgente que el Estado mexicano actúe frente a este altísimo grado de vulnerabilidad en que se encuentran todos estos menores.
En este sentido, la falta de información respecto a cuántas niñas y niños se encuentran en albergues, quiénes son, dónde y cómo están, sumados a la incapacidad del Estado y de la sociedad para dar atención y cuidado a miles de niños, abre un amplio espacio de riesgo e impunidad.
Estamos convencidos que a partir de esta nueva ley, contaremos con una instancia pública responsable de la protección legal de los menores y las organizaciones de la sociedad civil tanto públicas como privadas encargadas de los cuidados especiales del sector, en el ámbito de su competencia, defenderán y garantizarán plenamente los derechos de las niñas, niños y adolescentes en México.
Esta iniciativa es una medida de protección y salvaguarda de los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes, en la cual el Estado mexicano, a través de la Secretaría de Gobernación, asume la responsabilidad directa de vigilar la actuación de aquellas instituciones públicas y privadas de naturaleza asistencial.
Queremos dejar claro que ante la falta de regulación y la incapacidad hasta ahora mostrada por las instancias competentes, consideramos que se requiere una acción integral, y que es con la creación de una instancia que dependerá de la Secretaría de Gobernación, con facultades de vigilancia e inspección en la actuación de las instituciones públicas y privadas de asistencia social en las que se encuentran niñas, niños y adolescentes, con lo que se dará un paso más en el diseño responsable del marco de acción concreta que permitirá garantizar los derechos fundamentales de este sector de la población.
De igual forma, enfatizar que la presente iniciativa, en su contenido ha retomado las observaciones y recomendación del Comité de los Derechos del Niño, del 8 de junio de 2005, respecto a la falta de supervisión del Estado mexicano en el funcionamiento y situación de las niñas, niños y adolescentes que viven en las instituciones de asistencia social; así como el contenido del artículo 3.3 de la Convención sobre los derechos del Niño en el que se precisa que el Estado se asegurará de que las instituciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños cumplan las normas establecidas por las autoridades competentes, especialmente en materia de seguridad, sanidad, número y competencia de su personal, así como en relación con la existencia de una supervisión adecuada y por último, el anteproyecto que contiene las directrices de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para el uso apropiado y condiciones del cuidado alternativo de niños y niñas del 18 de marzo de 2009, en el que se enfatiza que las entidades y personas involucradas a la provisión de cuidado alternativo para niños y niñas deben sujetarse al regular monitoreo y revisión, así como la responsabilidad de las autoridades competentes de desarrollar criterios psicológicos y otros diversos para efectos de evaluar la aptitud profesional y ética de los cuidadores para su acreditación, monitoreo y supervisión.
En el mismo sentido, el proyecto de ley fue objeto de análisis por parte de la primera visitaduría general de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en octubre de 2010, pese a no compartir integralmente nuestra propuesta, comparte la afirmación que en nuestro país no existe instancia alguna que supervise y vigile la actuación de dichas instituciones; por ello, la iniciativa se sintetiza como el voto de confianza en el poder Ejecutivo para su amplia y adecuada reglamentación.
Con el establecimiento de un nuevo procedimiento oportuno y permanente, traducido en la facultad de vigilancia e inspección por parte de los tres órdenes de gobierno, reconocidos en la figura del Instituto y con estricto apego a las garantías contenidas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se sancionará con la suspensión definitiva a aquellas instituciones públicas y privadas que pongan en riesgo o hayan violado los derechos fundamentales de niñas, niños y adolescentes en situación de riesgo o afectados, criterio que se fundamenta en el principio de cero tolerancia a quienes atenten contra los grupos sociales más vulnerables.
A más de una década del siglo XXI, es dable generar espacios de diálogo y concertación para modificar el criterio asistencialista y tutelar por el del reconocimiento y respeto explícito de los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes por parte del Estado y de la sociedad civil organizada con la intención única de consolidar nuestro presente real: las niñas, niños y adolescente de México.
Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, someto a consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona la fracción XXII Bis al artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y por el que se crea la Ley General del Sistema Nacional de Vigilancia y Supervisión de las Instituciones Públicas y Privadas de Asistencia Social en las que se encuentran Niñas, Niños y Adolescentes
Primero.Se adiciona la fracción XXII Bis al artículo 27 recorriéndose las actuales de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:
Artículo 27....
I. a XXII. ...
XXII Bis. Vigilar y supervisar el cumplimento de los derechos y políticas de apoyo de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas que otorgan servicios de asistencia social.
XXIII a XLIII. ...
Segundo. Se crea la Ley General del Sistema Nacional de Vigilancia y Supervisión de las instituciones públicas y privadas de Asistencia Social en las que se encuentran niñas, niños y adolescentes, para quedar como sigue:
Ley General del Sistema Nacional de Vigilancia e Inspección de Instituciones Públicas y Privadas de Asistencia Social en las que se encuentran Niñas, Niños y Adolescentes
Título Primero Capítulo ÚnicoDisposiciones GeneralesArtículo 1.La presente ley tiene como fundamento el artículo 4 párrafos séptimo y octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Convención de los Derechos del Niño, la Ley General de Salud, la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley de Asistencia Social.
Las disposiciones de la presente ley son de orden público, interés social y de observancia general en la República y tienen por objeto establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios para garantizar la protección especial de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en instituciones públicas y privadas que otorguen servicios de asistencia social.
Artículo 2. Para los efectos de la presente ley, se entenderá por:
Niñas y niños que se encuentren en instituciones públicas y privadas de asistencia social pública o privada,alas personas de hasta 12 años incompletos, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Adolescentes que se encuentren en instituciones públicas y privadas de asistencia social,a las personas que tienen entre 12 años cumplidos y 18 años incumplidos, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, niños y adolescentes.
Niñas, niños y adolescentes en situación de riesgo o afectados,por desnutrición; deficiencias en su desarrollo físico o mental, o cuando éste sea afectado por condiciones familiares adversas; maltrato o abuso; abandono, ausencia o irresponsabilidad de progenitores en el cumplimiento y garantía de sus derechos; ser víctimas de cualquier tipo de explotación; vivir en la calle; ser víctimas del tráfico de personas, la pornografía y el comercio sexual; trabajar en condiciones que afecten su desarrollo e integridad física y mental; infractores y víctimas del delito; ser hijos de padres que padezcan enfermedades terminales o en condiciones de extrema pobreza; ser migrantes y repatriados; y ser víctimas de conflictos armados y de persecución étnica o religiosa. Lo anterior de conformidad con el artículo 4, fracción I de la Ley de Asistencia Social.
Asistencia social, conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión, desventaja, física y mental hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva. De conformidad con el artículo 167 de la Ley General de Salud y el artículo 3 de la Ley de Asistencia Social.
Instituciones públicas y privadas de asistencia social,aquellasen las que se encuentran niñas, niños y adolescentes.
Diagnóstico anual, al informe sobre la situación actual de la infancia y adolescencia en situación de riesgo o abandono que entregará el Instituto Nacional a más tardar el 1 de diciembre de cada año a la Secretaría de Gobernación.
Instituto Nacional, al Instituto Nacional de Vigilancia e Inspección, desconcentrado de la Secretaría de Gobernación.
Catálogo Nacional, catálogo nacional de identificación de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social.
Artículo 3.De conformidad con el artículo 3 de la Ley de Protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, se consideran principios rectores del presente ordenamiento:
A. El del interés superior de la infancia.
B. El de la no discriminación por ninguna razón, ni circunstancia.
C. El de igualdad sin distinción de raza, edad, sexo, religión, idioma o lengua, opinión política o de cualquier otra índole, origen étnico, nacional o social, posición económica, discapacidad, circunstancias de nacimiento o cualquiera otra condición suya o de sus ascendientes, tutores o representantes legales.
D. El de vivir en familia, como espacio primordial de desarrollo.
E. El de tener una vida libre de violencia.
F. El de corresponsabilidad de los miembros de la familia, Estado y sociedad.
G. El de la tutela plena e igualitaria de los derechos humanos y de las garantías constitucionales.
Título Segundo Capítulo IDel Sistema Nacional de Vigilancia y Supervisión de las instituciones de asistencia social públicas y privadas en las que se encuentran niñas, niños y adolescentesArtículo 4. La federación, las entidades federativas,el Distrito Federal y los municipios, se coordinarán para la integración y funcionamiento del sistema, el cual tiene por objeto la conjunción de esfuerzos, instrumentos, políticas y acciones interinstitucionales para el control, sanción y erradicación de los actos de autoridad o de las instituciones públicas y privadas de asistencia social que vulneren los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social.
Artículo 5. El Sistema Nacional se integrará por:
I. La Secretaría de Gobernación, quien lo presidirá;
II. El Consejo Nacional del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada;
III. El Sistema Nacional para el Desarrollo de la Familia;
IV. El Instituto Nacional de Vigilancia y Supervisión de las Instituciones de asistencia social en las que se encuentren Niñas, niños y adolescentes, quien coordinará el Sistema;
V. La Procuraduría General de la República;
VI. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos;
VII. El Instituto Nacional de las Mujeres, y
VIII. El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación
Por cada representante propietario se designará un suplente que deberá tener el mismo nivel administrativo que aquél, o el inmediato inferior, y cuyas funciones muestren correspondencia e interacción con la defensa y protección de las niñas, niños y adolescentes en estado de riesgo o afectados, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 numeral 3 de la presente ley.
Cuando se trate de asuntos de la competencia de otras dependencias u organismos del sector público, el Presidente del Sistema podrá solicitar de sus titulares que acudan a la sesión o sesiones correspondientes o nombren un representante para desahogar aquéllos.
De la misma manera, cuando los integrantes del sistema lo consideren procedente, se podrá invitar a los titulares de las comisiones legislativas del Congreso de la Unión, quienes participarán con voz pero sin voto.
El Sistema contará con el auxilio de consultorías técnicas e integrar las unidades interdisciplinarias de asesoramiento que estime pertinentes, con especialistas en derechos de las Niñas, niños y adolescentes.
I. El Catálogo Nacional de Identificación de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social;
II. El diagnóstico sobre la situación de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social; que deberá contener aspectos médicos, psicológicos, situación jurídica de cada niño o niña y la de sus familiares y/o la de las personas con quienes se les pretendiera incorporar así como otros que se consideren indispensables para determinar integralmente el tipo de atención y seguimiento que se le ha dado a cada niño y niña;
III. La evaluación sobre la eficacia de las acciones, las políticas públicas y los programas estatales;
IV. Los mecanismos de sanción derivado del proceso de inspección previsto en la presente ley, y
V. Las demás previstas para el cumplimiento de la presente ley.
Capítulo IIDel Instituto Nacional de Vigilancia y Supervisión De las instituciones públicas y privadas de asistencia social en las que se encuentran niñas, niños y adolescentesArtículo 6. Corresponderá al Instituto las atribuciones siguientes:
I. Fungir como coordinador del Sistema, a través de su titular;
II. Proponer a las autoridades de las instituciones públicas y privadas de asistencia social en las que se encuentren niñas, niños y adolescentes, las medidas y acciones que consideren pertinentes, con la finalidad de proteger y respetar sus derechos;
III. Colaborar con las instituciones del Sistema en el diseño y evaluación del modelo de atención a las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social;
IV. Impulsar la protección de las niñas, niños y adolescentes a través del procedimiento previsto en la presente ley;
V. Promover y vigilar que la atención ofrecida en las instituciones públicas y privadas de asistencia social, se proporcione en los términos de lo establecido en la Ley General de Salud, la Ley de Asistencia Social y en los principios rectores contenidos en el artículo 3 de la presente ley;
VI. Difundir la cultura de la denuncia respecto de actos en contra de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en instituciones públicas y privadas de asistencia social;
VII. Coordinar las visitas de vigilancia y supervisión física interinstitucional a las instalaciones públicas y privadasde asistencia social de la República, en las que se encuentren niñas, niños y adolescentes;
VIII. Coordinar la actualización permanente del Catálogo Nacional de Identificación de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social;
IX. Promover que las instancias de procuración de justicia garanticen la integridad física y psicológica de las niñas, niños y adolescentes que denuncian las violaciones a sus derechos fundamentales ocurridas en alguna de las instituciones públicas o privadas de asistencia social;
X. Elaborar y presentar a las instancias de procuración de justicia, el dictamen para determinar la idoneidad de las casas hogar a las que se envían a niñas, niños y adolescentes;
XI. Coordinar y presentar a la instancia que preside el Sistema Nacional de Vigilancia y Supervisión, el diagnóstico anual sobre la situación de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social; mismo que deberá contener aspectos médicos, psicológicos, situación jurídica de cada niño o niña y la de sus familiares y/o la de las personas con quienes se les pretendiera incorporar así como otros que se consideren indispensables para determinar integralmente el tipo de atención y seguimiento que se le ha dado a cada niño y niña.
XII. Apoyar mediante programas reeducativos integrales a las niñas, niños y adolescentes que sean víctimas de violaciones a sus derechos fundamentales en las instituciones públicas y privadas de asistencia social;
XIII. Promover la difusión y divulgación de los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social;
XIV. Difundir por todos los medios de comunicación el contenido de la presente ley;
XV. Promover investigaciones sobre las causas y las consecuencias de la violencia contra las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social;
XVI. Realizar foros con la sociedad civil organizada con la finalidad de mejorar los mecanismos de protección y respeto de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social;
XVII. Proporcionar la información estadística requerida, como sujeto Informante del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, de conformidad con la Ley Reglamentaria del Apartado B del Artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
XVIII. Impulsar reformas, en el ámbito de su competencia, para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley, así como para establecer como agravantes los delitos contra la vida y la integridad de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en instituciones públicas y privadas de asistencia social, al momento de cometerse el ilícito;
XIX. Celebrar convenios de cooperación, coordinación y concertación en la materia; y
XX. Las demás previstas para el cumplimiento de la presente ley.
Artículo 7. El Instituto Nacional de Vigilancia y Supervisión de las instituciones públicas y privadas de asistencia social en las que se encuentren niñas, niños y adolescentes, en su carácter de coordinador elaborará y presentará para la aprobación de los integrantes del Sistema, el proyecto de Reglamento para su funcionamiento, en el que deberá considerarse una representación por cada entidad federativa y el Distrito Federal.
Capítulo IIIDe las Entidades Federativas y el Distrito FederalArtículo 8. Corresponde a las entidades federativas y al Distrito Federal,de conformidad con lo dispuesto por la presente ley y la legislación local aplicable en la materia:
I. Ejercer sus facultades reglamentarias para la aplicación de la presente ley;
II. Coadyuvar en la adopción y consolidación del sistema estatal o del Distrito Federal de vigilancia y supervisión de las instituciones públicas y privadas de asistencia social en los que se encuentran Niñas, niños y adolescentes;
III. Fungir como Secretaría Ejecutiva del Sistema estatal o del Distrito Federal, a través de su titular;
IV. Proponer a las autoridades de las instituciones públicas y privadas de asistencia social en las que se encuentren niñas, niños y adolescentes, las medidas y acciones que consideren pertinentes, con la finalidad de proteger y respetar sus derechos;
V. Colaborar con las instituciones del Sistema estatal o del Distrito Federal en el diseño y evaluación del modelo de atención a las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social;
VI. Impulsar la cultura de vigilancia y protección especial de las niñas, niños y adolescentes a través del procedimiento previsto en la presente ley;
VII. Promover y vigilar que la atención ofrecida en las instituciones públicas y privadas de asistencia social, se proporcione en los términos de lo establecido en las Leyes estatales o del Distrito Federal de Salud y de Asistencia social y en los principios rectores contenidos en el artículo 3 de la presente ley;
VIII. Difundir la cultura de respeto de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia pública;
IX. Coordinar las visitas de vigilancia e inspección física interinstitucional a las instalaciones públicas y privadas de asistencia social ubicadas en el estado o el Distrito Federal, en las que se encuentren niñas, niños y adolescentes;
X. Coordinar la actualización permanente del Catálogo de Identificación Estatal o del Distrito Federal de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social;
XI. Promover que las instancias de procuración de justicia garanticen la integridad física y psicológica de las niñas, niños y adolescentes que denuncian las violaciones a sus derechos provocadas en alguna de las instituciones públicas o privadas de asistencia social;
XII. Elaborar y presentar a las instancias de procuración de justicia, el dictamen para determinar la idoneidad de las casas hogar a las que se envían a niñas, niños y adolescentes;
XIII. Presentar ante al Instituto la información necesaria para integrar el Diagnóstico anual sobre la situación de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social; mismo que deberá contener aspectos médicos, psicológicos, situación jurídica de cada niña, niño o adolescente y la de sus familiares y/o la de las personas con quienes se les pretendiera incorporar así como otros que se consideren indispensables para determinar integralmente el tipo de atención y seguimiento que se le ha dado a cada niña, niño y adolescente.
XIV. Apoyar mediante programas reeducativos integrales a las niñas, niños y adolescentes víctimas de violaciones en las instituciones públicas y privadas de asistencia social, que les permita participar activamente en la vida pública, privada y social;
XV. Promover la difusión y divulgación de los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social;
XVI. Difundir por todos los medios de comunicación el contenido de la presente Ley;
XVII. Promover investigaciones sobre las causas y las consecuencias de la violencia contra las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social;
XVIII. Realizar foros con la sociedad civil organizada con la finalidad de mejorar los mecanismos de protección y respeto de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social;
XIX. Proporcionar la información estadística requerida, como Unidad del Estado del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, de conformidad con el artículo 2 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica;
XX. Impulsar reformas, en el ámbito de su competencia, para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley, así como para establecer como agravantes los delitos contra la vida y la integridad de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en instituciones públicas y privadas de asistencia social, al momento de cometerse el ilícito;
XXI. Celebrar convenios de cooperación, coordinación y concertación en la materia, y
XXII. Las demás previstas para el cumplimiento de la presente ley.
Capítulo IVDe los MunicipiosArtículo 9.Corresponde a los municipios, de conformidad con esta Ley y las disposiciones Leyes locales en la materia, las atribuciones siguientes:
I. Ejecutar las acciones necesarias para el cumplimiento del presente ordenamiento;
II. Instrumentar y articular, en concordancia con la política nacional y estatal, la política municipal orientada a la vigilancia y protección especial de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en instituciones públicas y privadas de asistencia social;
III. Coadyuvar con la Federación y las entidades federativas, en la adopción y consolidación del Sistema;
IV. Promover, en coordinación con las entidades federativas, cursos de capacitación a las personas que atienden a niñas, niños y adolescentes que se encuentran en las instituciones públicas y privadas de asistencia social;
V. Apoyar la creación de programas de reeducación integral a las niñas, niños y adolescentes víctimas de violaciones en las instituciones públicas y privadas de asistencia social, que les permita participar activamente en la vida pública, privada y social;
VI. Promover programas educativos sobre los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social;
VII. Participar y coadyuvar en la prevención, atención y protección especial a las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en instituciones públicas y privadas de asistencia social;
VIII. Llevar a cabo, de acuerdo con el Sistema, programas de información a la población respecto de la violencia contra las niñas, niños y adolescentes en instituciones públicas y privadas de asistencia social.
IX. Celebrar convenios de cooperación, coordinación y concertación en la materia, y
X. Las demás previstas para el cumplimiento de la presente ley.
Título Tercero Capítulo IDel Catálogo Nacional de Identificación de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de Asistencia SocialArtículo 10. El catálogo Nacional de Identificación de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social, deberá integrarse con los datos siguientes:
I. El número, nombre o razón social y la ubicación geográfica de cada una de las instituciones públicas y privadas de asistencia social;
II. El número y nombres completos de las niñas, niños y adolescentes mediante acta de nacimiento en caso de contar con esta, hecho que motivó la canalización por parte de las Procuradurías Estatales o del Distrito Federal a las instituciones públicas y privadas de asistencia social;
III. El número de las niñas, niños y adolescentes en estado de abandono y que haya familiar alguno que los reclame;
IV. El número de las niñas, niños y adolescentes en total abandono o que no haya familiar alguno que los reclame;
V. Fotografías de cada una de las niñas, niños y adolescentes de frente y de perfil; que deberán actualizarse por lo menos 2 veces al año;
VI. Huellas plantares de cada una de las niñas, niños y adolescentes;
VII. Huellas palmares de cada una de las niñas, niños y adolescentes;
VIII. Somatometría de cada una de las niñas, niños y adolescentes, que deberán actualizarse por lo menos 2 veces al año; y
IX. Exploración médica de cada una de las niñas, niños y adolescentes; que deberán actualizarse por lo menos 2 veces al año.
Título Cuarto Capítulo IDe la Vigilancia y Supervisión a las Instituciones de Asistencia Social Públicas y Privadas en las que se encuentran Niñas, Niños y AdolescentesArtículo 11. La inspección física e interinstitucional y coordinada por el Instituto Nacional, deberá efectuarse por lo menos cada tres meses al año, con independencia de los resultados de la supervisión y evaluación del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
Previo a la inspección física, el Instituto estatal y del Distrito Federal, debe notificar al Sistema Nacional, estatal o del Distrito Federal para el Desarrollo Integral de la Familia.
Capítulo IIDe los funcionarios autorizadosArtículo 12.Los funcionarios designados por los Institutos Nacional y estatal llevarán a cabo la inspección y vigilancia a las instituciones públicas y privadas de asistencia social, relacionadas con el trato de los niños y de las niñas sin que preceda una denuncia o bien una querella, debiéndose cumplir los requisitos siguientes:
I. Acreditar mediante oficio la visita e inspección;
II. Nombre de los funcionarios encargados de realizar la visita e inspección;
III. Nombre y domicilio de la institución oficial a visitar;
IV. Fecha y hora de la realización de la visita;
V. Firma y sello de la dependencia emisora
Capítulo IIIDe las entrevistas a niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de Asistencia SocialArtículo 13. Entrevistas a las niñas, niños y adolescentes:
El procedimiento de entrevistas, estará a cargo de los funcionarios que pertenecen al Instituto sin la presencia de los directivos o encargados de la Institución pública o privada que tengan más contacto con los menores.
El contenido de la entrevista, deberá diseñarse tomando en cuenta el derecho de las niñas, niños y adolescentes a expresar sus opiniones libremente en todos los asuntos que le afecten, teniéndose debidamente en cuenta sus opiniones, en función de su edad y madurez.
De igual forma, en el proceso de entrevista deberá corroborarse si las niñas, niños y adolescentes conocen sus derechos fundamentales y el motivo o causa por la que se encuentran en determinada institución pública o privada de asistencia social.
Capítulo IVDe las entrevistas a cuidadores y personal encargado de niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de Asistencia SocialArtículo 14. El contenido de la entrevista versará respecto de los temas siguientes:
I. Antecedentes personales cuando se trata de la primera inspección;
II. Examen médico y psicológico;
III. Capacitación y correspondiente acreditación sobre el trato digno a las niñas, niños y adolescentes; y
IV. Capacitación y correspondiente acreditación respecto los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas de asistencia social.
Capítulo VDe la Constancia de VisitaArtículo 15. La Constancia de Visita se otorgará a aquellas instituciones públicas y privadas de asistencia que cumplan con los requisitos del Artículo 14 y deberá renovarse cada seis meses previa supervisión e inspección de los Consejos Nacional, estatales y del Distrito Federal cada tres meses.
Artículo 16. La Constancia de Visita se integrará de los apartados siguientes:
1. Datos generales de la institución pública o privada, denominación, número de registro, dirección y nombres de los representantes generales o directivos,
2. Estado en el que se encuentran las instalaciones;
3. Número de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en las instituciones públicas o privadas de asistencia social;
4. Resultado de las entrevistas a niñas, niños y adolescentes;
5. Resultado de la entrevista en términos generales de los cuidadores y demás personal de las instituciones públicas o privadas a cargo del cuidado de niñas, niños y adolescentes;
6. Firma de autorización de los Integrantes del Sistema Nacional de Vigilancia y Supervisión y sello al margen.
Capítulo VIObligaciones de las instituciones públicas y privadas de Asistencia Social en las que se encuentran niñas, niños y adolescentesArtículo 17. Además de los requisitos previstos por las Leyes que rigen la materia, para su constitución y permanencia, tratándose de aquellas que su objeto versare respecto de servicios destinados a niñas, niños y adolescentes, deberán cumplir adicionalmente con los siguientes:
I. Acreditar formalmente el cumplimiento de los requisitos establecidos por las autoridades competentes;
II. Cumplir con el procedimiento de inspección y vigilancia de la autoridad correspondiente en la presente ley; y
III. Acreditar la vigencia de la Constancia de Visita, prevista en el presente ordenamiento.
Capítulo VIIDe las sanciones o suspensión definitiva a las instituciones públicas y privadas de Asistencia Social en las que se encuentran niñas, niños y adolescentesArtículo 18. Se procederá a sancionar o la suspensión definitiva, a cargo del Instituto Nacional de Vigilancia e Inspección de aquellas instituciones públicas y privadas de asistencia social en las que se encuentren niñas, niños y adolescentes, cuando derivado del proceso de inspección previsto en la presente ley, se incurra en incumplimiento en las materias objeto del presente capítulo.
Artículo 19. De la supervisión y condiciones de lasInstalaciones:
I. Cuando se impida por parte de las personas a cargo del cuidado de las niñas, niños y adolescentes, la visita de inspección y vigilancia; y
II. No concuerde la descripción de los servicios proporcionados a la población usuaria con la del objeto que motivó la constitución de la institución pública o privada,
Artículo 20. De los cuidadores y demás personal que labore en instituciones públicas y privadas de asistencia social en la que se encuentren niñas, niños y adolescentes:
I. No se cuente con expedientes que acrediten el total de ingresos, egresos y destino de las niñas, niños y adolescentes;
II. No se compruebe el perfil de los prestadores de los servicios;
III. Cuando más del 50 por ciento de los cuidadores y demás personal a cargo, desconozcan los derechos de las niñas, niños y adolescentes;
IV. Cuando alguno de los cuidadores y demás personal a cargo, no acrediten el examen psicológico y médico correspondiente; y
V. No se compruebe la capacitación y actualización permanente de los cuidadores y demás personal sobre los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes.
Artículo 21. Que derivado de las entrevistas a las niñas, niños y adolescentes, que se encuentren en instituciones públicas y privadas de asistencia social:
I. Existan indicios fundados o se acredite de cualquier tipo de violencia;
II. Evidencien nulo conocimiento de sus derechos fundamentales;
III. Ignoren el motivo o causa por la que se encuentran en determinada institución pública o privada de asistencia social; y
IV. Tengan contacto físico directo con personas ajenas a la institución pública o privada responsable, sin conocimiento e inspección del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
Artículo 22. De los traslados de las niñas, niños y adolescentes, las Instituciones públicas y privadas de asistencia social en las que se encuentren niñas, niños y adolescentes, bajo ninguna circunstancia podrán trasladarlos a menos que dicho traslado se derive de:
I. Cumplimiento de una orden judicial; y
II. Previo aviso al Ministerio Público y contar con la autorización de la instancia encargada de las niñas, niños y adolescentes para efectuar el traslado.
Artículos TransitoriosArtículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. El Ejecutivo federal emitirá el Reglamento de la Ley dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.
Artículo Tercero. El Sistema Nacional a que se refiere esta ley, se integrará dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.
Artículo Cuarto. El Reglamento del Sistema debidamente aprobado deberá expedirse dentro de los 120 días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.
Artículo Quinto. El Catálogo Nacional a que se refiere la fracción VIII del artículo 6 de la presente ley, deberá realizarse dentro de los seis meses siguientes a la expedición del Reglamento del Sistema.
Artículo Sexto. El Diagnóstico Nacional, a que se refiere la fracción XIII del artículo 8 de la presente ley, deberá realizarse dentro de los 365 días siguientes a la integración del Sistema.
Dado en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 3 de abril de 2013. Diputados: Lucila Garfias Gutiérrez, Joaquina Navarrete Contreras, Flor Ayala Robles Linares, Fernando Bribiesca Sahagún, María Sanjuana Cerda Franco, Sonia Rincón Chanona, Verónica Beatriz Juárez Piña, José Angelino Caamal Mena, María Celia Urciel Castañeda, David Cuauhtémoc Galindo Delgado, Felipe de Jesús Almaguer Torres, Cristina Ruiz Sandoval, Jorge Herrera Delgado, Laura Barrera Fortoul, Paulina Alejandra del Moral Vela, Roberto Ruiz Moronatti, Angélica Rocío Melchor Vásquez, María Fernanda Schroeder Verdugo, Darío Badillo Ramírez, Marco Antonio González Valdez, José Pilar Moreno Montoya, Abraham Montes Alvarado, José Luis Flores Méndez, Alfio Vega de la Peña, Milkdret Marina Verde Avendaño, Angelina Carreño Mijares, Sue Ellen Bernal Bolnik, Josefina Salinas Pérez (rúbricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputada. Túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Derechos de la Niñez, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
La diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: ¿Con qué objeto, diputada Verónica Juárez? Sonido, por favor, a la curul de la diputada Juárez.
La diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (desde la curul): Gracias, presidenta. En principio, para felicitar a la diputada Lucila Garfias, por la presentación de esta iniciativa. Me parece que efectivamente tenemos una deuda pendiente con las niñas y niños que se encuentran en distintos lugares, tanto de la asistencia pública como de la asistencia privada.
Felicitarla y comprometernos para hacer efectivo el derecho de las niñas y niños que se encuentran en estas circunstancias. Y preguntarle si me permitiría acompañarla para suscribir esta iniciativa.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: ¿Diputada Garfias?
La diputada Lucila Garfias Gutiérrez (desde la curul): Sí.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Aquí queda a su disposición, diputada, para su firma, gracias.
El diputado Genaro Carreño Muro (desde la curul): Presidenta.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Diputado Carreño, a sus órdenes.
El diputado Genaro Carreño Muro(desde la curul): Presidenta, con el propósito de solicitar, si está de acuerdo también, para que la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables pudiera participar, aunque fuera con voz, como opinión.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: En virtud de que usted no es el presidente de dicha comisión, si puede mandar, por favor, la solicitud por escrito aquí a la Mesa.
La diputada Adriana Hernández Iñiguez(desde la curul): Presidenta.La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Diputada Hernández. Sonido, por favor, a la curul de la diputada.
La diputada Adriana Hernández Iñiguez(desde la curul): Gracias, presidenta. Como presidenta de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, solicitar lo que acaba de pedir el compañero, que se turne a nuestra comisión para opinión.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Con gusto, diputada. Diputado, su solicitud, a través de la presidenta, ya quedó. Se turna para opinión.
LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado José Luis Valle Magaña, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 7o. y 30 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
El diputado José Luis Valle Magaña:Con su venia, presidenta. Compañeras, compañeros legisladores, desde hace más de cinco décadas la construcción de carreteras ha sido un factor fundamental en el desarrollo económico, político y cultural de nuestro país, incentivando de esta manera la construcción de infraestructura educativa, hidráulica, agrícola y de salud, permitiendo integrar y comunicar a todas las regiones de la República Mexicana.En México, la red de autopistas se encuentra operada por Caminos y Puentes Federales, Capufe, organismo encargado de la administración, mantenimiento y construcción de las autopistas. Este organismo opera un total de tres tipos de redes carreteras, las cuales se mencionan a continuación.
La primera es la red propia, la cual se refiere a las autopistas de más antigüedad y por tanto, a las más consolidadas en México.
La segunda es la red privada, que consiste en las autopistas concesionadas a particulares o a los gobiernos estatales.
La tercera, el Fonadin, son las autopistas de la red adscrita al entonces Fideicomiso de Apoyo para el Rescate de Autopistas Concesionadas, FARAC, hoy llamado Fondo Nacional de Infraestructura, Fonadin, las cuales estaban concesionadas a particulares o gobiernos estatales y que después de un quebranto económico pasaron a la administración de dicho fideicomiso creado por el gobierno.
La Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en su artículo 5o., estipula que es jurisdicción federal todo lo relacionado con caminos y puentes, así como que será la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la que pueda desarrollar, entre otras atribuciones, la planeación, formulación y conducción de las políticas y programas para el desarrollo de los caminos, puentes, servicios de autotransporte federal y sus servicios auxiliares.
Sin embargo, la construcción de algunas carreteras ha traído aparejada al desarrollo una carga económica a los habitantes y a algunos estados de la República.
Ponemos un ejemplo, entre los muchos que podríamos citar y es el caso de la carretera federal 45, en su tramo Chihuahua-Ciudad Juárez, perteneciente a la carretera Panamericana, la cual fue modificada para agregar una segunda calzada y mediante ese expediente se obliga a los viajeros a pagar un peaje por una de las principales carreteras federales, sin que exista opción de evitar el pago de la cuota.
Si bien es cierto que la construcción de estas vías de comunicación son importantes para el desarrollo del país, por el hecho de que con ellas se logra una mejora en el traslado de las personas, así como tener un mejor y más rápido desarrollo comercial y turístico, también es cierto que a lo largo y ancho de las carreteras federales, de las cuales se desprenden las autopistas de cuota, operadas por los concesionarios particulares y estatales, éstas no han traído en muchas ocasiones un beneficio directo a la economía de las personas que viven en municipios que cuentan con una caseta de cobro.
Según estudios realizados en otros países sobre el costo por kilómetro de las cuotas en su infraestructura carretera, revelan que las cuotas aplicadas en las plazas de cobro de México son de las más caras del mundo. Actualmente el precio promedio por kilómetro en el país es de aproximadamente 1.46 pesos.
Sin embargo, en países como Estados Unidos de América el costo promedio por kilómetro es de apenas 48 centavos; en Chile, de solo 38 centavos; en España el costo es de 1.21 pesos, y en Francia es de 1.36 pesos, según el último estudio realizado sobre costos de peaje por parte de la Comisión de Transportes de la Cámara de Senadores.
Este estudio señala que nuestro país ocupa el segundo lugar en lo que se refiere a kilómetros de carretera concesionada, con aproximadamente 6 mil kilómetros, solo por debajo de Argentina, la cual tiene aproximadamente 10 mil kilómetros concesionados, aunque con un costo inferior hasta en 16 veces en comparación con el nuestro.
Como mencioné, la gran mayoría de estas vías atraviesan comunidades donde el ingreso per cápita por día no supera el salario mínimo y muchas de ellas, al ser comunidades pequeñas, no cuentan con lo básico.
Por ello, sus habitantes tienen la necesidad de trasladarse a las grandes ciudades para trabajar y satisfacer necesidades tan vitales como la de salud y la alimentaria, poniendo en grave riesgo la economía de estas familias, que son obligadas a pagar una cuota de peaje, la cual siempre o casi siempre es excesiva.
Como ejemplo, tenemos el caso de los habitantes del municipio de Tonalá, Jalisco, en donde la concesionaria instaló varios puntos de cobro para poder ingresar a la red principal, en donde una familia con promedio de cuatro miembros llega a pagar hasta mil 920 pesos mensuales, por el simple hecho de ir y venir al lugar donde realiza sus principales actividades.
Esto inclusive ya cobró la detención de una persona, quien en su derecho de manifestar esta inconformidad, el año pasado fue detenida por la PGR, al ser acusada por la empresa concesionaria de obstruir las vías públicas; gracias al apoyo del gobierno municipal salió libre bajo fianza. Pero esta acción, lo único que genera es inconformidad, impotencia y hasta abandono de sus bienes inmuebles, al ser muy caro el tránsito por esta vía, entre otras.
Si bien es cierto que existe un programa de residentes que opera en este punto y en otros 22 puntos del país, esto no garantiza el descuento para todos, ya que existe una comisión que se encarga de determinar quién es beneficiario del programa y quién no.
Por estos motivos y con esto concluyo considerando el esfuerzo económico que los mexicanos y las mexicanas hacen para transitar por las carreteras de la República, y a fin de que a todos los habitantes de los municipios que cuenten con una plaza de cobro se les realice el 70 por ciento de descuento, con el único objetivo de hacer más ligera la carga económica de estas regiones, presentamos por estos motivos esta iniciativa.
Pedimos que quede asentada íntegra en el Diario de los Debates de esta honorable Cámara. Por su atención, diputadas, diputados, muchas gracias.
«Iniciativa que reforma los artículos 7o. y 30 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado José Luis Valle Magaña, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
José Luis Valle Magaña, integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa que reforma la Ley de Caminos, Puentes y Autotransportes Federales, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosDesde hace más de cinco décadas la construcción de carreteras, ha sido un factor fundamental en el desarrollo económico, político y cultural de nuestro país, incentivando de esta manera la construcción de infraestructura educativa, hidráulica, agrícola, urbana y de salud, permitiendo integrar y comunicar a todas las regiones de la República Mexicana.
En México, la red de autopistas se encuentra operada por Caminos y Puentes Federales (Capufe), organismo encargado de la administración, mantenimiento y construcción de las autopistas.
Este organismo opera un total de 3 tipos de redes carreteras, las cuales se mencionan a continuación:
1. Red propia: la cual se refiere a las autopistas de más antigüedad y por tanto, las mayormente consolidadas en México;
2. Red privada: consiste en operar autopistas concesionadas a particulares y/o gobiernos de los Estados;
3. Fonadin: son las autopistas de la red adscrita al entonces Fideicomiso de Apoyo para el Rescate de Autopistas Concesionadas, hoy llamado Fondo Nacional de Infraestructura (Fonadin), las cuales estaban concesionadas a particulares o gobiernos estatales y que después de un quebranto económico pasaron a la administración de dicho fideicomiso creado por el gobierno.
La Ley Federal de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal en su artículo 5 estipula que es jurisdicción federal todo lo relacionado con caminos y puentes, así como que será la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la que pueda desarrollar entre otras atribuciones la planeación, formulación y conducción de las políticas y programas para el desarrollo de los caminos, puentes, servicios de autotransporte federal y sus servicios auxiliares.
Sin embargo, la construcción de algunas carreteras ha traído aparejado al desarrollo una carga económica a los habitantes de algunos Estados de la República y como ejemplo podemos citar el caso de la Carretera Federal 45 en su tramo Chihuahua - Ciudad Juárez, perteneciente a la Carretera Panamericana, la cual fue modificada para agregar una segunda calzada y, mediante ese expediente, se obliga a los viajeros a pagar un peaje por una de las principales carreteras federales sin que exista opción de evitar el pago de la cuota.
Otro caso es el de la Carretera Federal 57 en su tramo México, DF - Santiago de Querétaro, considerada la columna vertebral de la red vial de México, no tiene una alternativa libre de cuota.
Y finalmente es el tramo de Mexicali a La Rumorosa, aunque para este caso algunos residentes obtuvieron un descuento en el pago de peaje, debido a los acuerdos establecidos por la SHCP y Capufe.
Si bien es cierto que la construcción de estas vías de comunicación son importante para el desarrollo del país, por el hecho de que con ellas se logra una mejora en el traslado de las personas, así como tener un mejor y más rápido desarrollo comercial y turístico, también es cierto, que a lo largo y ancho de las carreteras federales de las cuales se desprenden las autopistas de cuota operadas por los concesionarios particulares y estatales, estas no han traído beneficio alguno de manera directa a la economía de las personas que viven en municipios que cuentan con una caseta de cobro.
La situación económica por la que atraviesa el país dificulta en gran medida el tránsito de residentes por las casetas de cobro, si consideramos que la mayoría de ellos utilizan un vehículo como herramienta de trabajo y por ende, se ven obligados a destinar una parte considerable de su salario, el cual no ha tenido modificaciones significativas en los últimos años.
Ejemplo de lo anterior, ha sido que tan sólo en el sexenio pasado, el poder adquisitivo del salario mínimo en México, cayó 43.1 por ciento; con esto, en 25 años registra una pérdida acumulada del 79.11 por ciento.
Según estudios realizados en otros países sobre el costo por kilómetro de las cuotas en su infraestructura carretera, revelan que las cuotas aplicadas en las plazas de cobro en México, son de las más caras de mundo.
Actualmente el precio promedio por kilómetro en el país, es de aproximadamente de 1.46 pesos. Sin embargo en países como Estados Unidos el costo promedio por kilómetro es de apenas 0.48 centavos de peso; en Chile a sólo 0.38 centavos de peso; en España a 1.21 pesos y en Francia a 1.36 pesos según el último estudio sobre costos de peaje de la Comisión de Transportes de la Cámara de Senadores.
Este estudio, señala que nuestro país ocupa el segundo lugar en lo que se refiere a kilómetros de carretera concesionada, con aproximadamente 6 mil km, sólo por debajo de Argentina la cual tiene aproximadamente 10 mil kilómetros concesionados, aunque con un costo inferior hasta en 16 veces en comparación con el nuestro.
Algunas de estas prácticas las podemos observar en el libramiento de Tecpan en Guerrero, el cual está ubicado entre las carreteras más caras del país, ya que presenta un costo por kilometro de $6.17 pesos, es decir, mil 624 por ciento mayor que el promedio en Chile.
De igual forma, se encuentra el libramiento de Nogales concesionado y operado por el Gobierno del Estado de Sonora, tiene un costo por km de $3.76 pesos; y el libramiento de Tecate, el cual tiene un costo por km de $3.15 pesos, es decir 900 por ciento superior a la misma nación.
De este modo, podemos afirmar que el costo en las plazas de cobro es excesivamente alto, en un país en donde existen 52 millones de pobres, de los cuales 13.1 millones se encuentran en pobreza extrema según la Comisión Nacional de la Evaluación de la Política de Desarrollo Social, y donde el salario mínimo sube en promedio $2.43 anuales.
Como se mencionó en un principio, la gran mayoría de estas vías, atraviesan comunidades donde el ingreso per cápita por día no supera el salario mínimo, y mucha de ellas por ser comunidades pequeñas no cuentan con lo básico para sus habitantes, por ello sus habitantes necesitan trasladarse a otras ciudades para poder trabajar y satisfacer algunas de sus necesidades de salud y alimentarias, poniendo en grave riesgo la economía de esas familias que son obligados a pagar una cuota de peaje, la cual siempre, o casi siempre son excesivas.
Como ejemplo tenemos el caso de los habitantes del municipio de Tonalá, Jalisco, en donde la concesionaria instalo varios puntos de cobro, para poder ingresar a la red principal, en donde una familia con promedio de 4 miembros llega a pagar hasta 1,920 pesos mensuales por el simple hecho de ir y venir del lugar donde realizan sus principales actividades.
Esta cantidad en muchas ocasiones se suma a la renta de la casa habitación que en promedio es de 3000 a 5000 y a otros servicios, por lo que habitantes de esta comunidad tienen que hacer un esfuerzo económico para poder soportar este cobro excesivo, lo que lleva a los habitantes de estas regiones opten por cambiar de residencia y esto ocasiona el abandono de las viviendas y pone en riesgo el patrimonio de la familia al quedar abandonado y desprotegido, dando puerta al vandalismo, entre otras cosas en estos lugares abandonados, por el alto costo de la vida.
Por lo anterior, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en coordinación con Capufe y Fonadin establecen los Lineamientos para el Control Administrativo de Usuarios Residentes.
Con dichos lineamientos no se garantiza la extensión de pago para los residentes, ya que establecen que sólo podrán ser registrados en el padrón de usuarios que cubran alguna de las siguientes condiciones:
a) Cuando la construcción de nuevos tramos carreteros y/o plazas de cobro afecte el paso de los pobladores aledaños.
b) Cuando por motivo de reubicación de plazas de cobro y/o trazos carreteros se hubiera afectado el paso de pobladores que ya se encontraban asentados en el lugar.
c) El radio de distancia que se debe considerar para los dos casos señalados anteriormente será 5 (cinco) kilómetros de la plaza de cobro como máximo.
d) Cuando un conjunto de poblaciones hayan sido comunicadas a través de un puente de peaje, se consideran como residentes de la plaza de cobro a las poblaciones menores que se encuentren obligadas a demandar servicios de las poblaciones mayores.
e) En el caso de los usuarios que por su ubicación no cumplan con el radio de distancia de 5 (cinco) kilómetros de la plaza de cobro como máximo y no cuenten con otra alternativa directa de comunicación, podrán ser considerados como residentes a una plaza de cobro en aquellos casos en que usen de manera parcial el tramo amparado por la cuota de peaje correspondiente, para lo cual la Subdelegación o Subgerencia de Operación realizará el estudio Técnico-Operativo que sustente dicho trato de usuario residente.
Además, el usuario deberá realizar la solicitud correspondiente en el Modulo de Atención a Residentes, para lo cual deberá llevar los siguientes documentos:
a) Credencial de Elector vigente (IFE), cuyo domicilio deberá corresponder a la población autorizada reportada, o en su defecto pasaporte, en cuyo caso deberá corroborar la residencia en el domicilio a través de una visita.
b) Carta de Residencia expedida por el H. Ayuntamiento al que corresponda la población autorizada.
c) Comprobante de domicilio (recibo de pago de servicio de energía eléctrica, recibo telefónico o recibo de pago del impuesto predial), que deberá corresponder a la población autorizada.
d) Factura y/o endoso (original para cotejo) del vehículo que se registrará y que deberá pertenecer a la categoría 1 (automóvil, puck Up, Panel y/o motocicleta). Este documento deberá estar a nombre del solicitante.
e) En el caso de los usuarios propietarios de vehículos que tengan una tarifa distinta a la mencionada en el punto anterior, Capufe deberá presentar al Comité Técnico del Fonadin, la SHCP u otros concesionarios según corresponda, el estudio y dictamen Técnico-Operativos sobre la factibilidad de hacer extensivo el descuento que aplique a este tipo de usuarios; El comité Técnico del Fonadin, la SHCP u otros concesionarios son los únicos facultados para autorizar la inclusión de estos usuarios en el Esquema Tarifario para Usuarios Residentes.
f) Para el caso de que la persona que realiza la solicitud no sea el titular interesado, el personal del MAR verificará que la solicitud venga acompañada de carta poder y copia de la credencial de elector del apoderado, además de la del solicitante.
g) Tarjeta de circulación o equivalente del vehículo presentado.
h) Sólo se registrarán las solicitudes (tanto para nuevos usuarios como nuevos vehículos) de aquellos usuarios residentes que pertenezcan a poblaciones autorizadas y su solicitud y anexos estén completos.
i) La captura de solicitudes en el Portal de Control de Operación (PCO) será realizada una vez que ha sido validada por el personal designado por la Subdelegación de Operación para la operación del PCO, dicho personal deberá capturar diariamente en el PCO las solicitudes validadas, no deberán permanecer solicitudes sin capturar, cerrando diariamente un corte entre solicitudes recibidas y capturadas en el PCO.
j) La Gerencia de Servicios Especiales asignará a petición de la Subdelegación de Operación o Subgerencia del Tramo, el perfil con los privilegios correspondientes en el PCO al personal de captura.
Sin embargo, después de todo lo anterior, el registro de una solicitud no implica su autorización, ya que ésta será sometida a consideración del Comité Técnico del Fonadin, la SHCP u otros concesionarios, según corresponda, para su posible autorización, además de que el Esquema Tarifario para Usuarios Residentes, en el caso de ser aprobado, no es transferible entre usuarios, y sólo limita el servicio a 2 cruces diarios siempre y cuando se tenga convenio, ya que esta condición no es aplicable en el resto de la República Mexicana .
Cabe mencionar que sólo 22 plazas de la Red que es operada por Capufe cuentan con este servicio.
Las únicas normas aprobadas de Carácter General por el concesionario, son las previstas en las Disposiciones para vehículos que no pagan peaje, del apartado II Reglas de Operación , punto 3.2 Vehículos al servicio de la Comunidad , el cual establece que quedarán exentos aquellos vehículos considerados al servicio de la comunidad entre los que se encuentran Cruz Roja , Cruz Verde, IMSS, ISSSTE, Secretaría de Salud , DIF, PEMEX y Protección Civil, Servicio Médico Forense, Bomberos, Policía local, Fuerzas Armadas, Transporte de indocumentados, Grúas y ambulancias de Capufe, haciendo énfasis en que los vehículos que no se encuentren dentro de esta lista, deberán forzosamente cubrir su cuota por concepto de peaje.
En este contexto, es necesario hacer una reforma para que el Estado garantice el libre paso a todos los usuarios residentes, por el número veces que sea necesario.
Si bien es cierto que muchas de estas carreteras ayudaron en el desarrollo de muchas regiones que se encontraban incomunicadas, también lo es que el costo en las plazas de cobro puede ser excesivo en un municipio donde la mayoría de la población obtiene bajos ingresos.
Por lo anterior, nuestra propuesta pretende modificar la Ley Federal de Caminos, Puentes y Autotransportes Federales a fin de que todo municipio que cuente con una plaza de cobro, realice el 70% de descuento a los habitantes del mismo, con el objetivo de hacer menos pesada la carga económica de estas regiones, y así mejorar su calidad de vida.
Recordemos que la mayoría de los cruces por estas plazas responden a una necesidad de los habitantes para trasladarse a su lugar de trabajo, escuela o simplemente para satisfacer su demanda de servicios de salud y alimentaria.
De esta manera y considerando el esfuerzo económico que los mexicanos hacen para transitar por las carreteras de la República, someto a consideración de la honorable Cámara de Diputados la siguiente
Iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransportes Federales
Único. Se reforma la fracción III del artículo 7 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransportes, al tenor de lo siguiente:
Artículo 7o. Las concesiones a que se refiere este capítulo se otorgarán mediante concurso público, conforme a lo siguiente:
I. ...
II. ...
III. Las bases del concurso incluirán como mínimo las características técnicas de la construcción de la vía o el proyecto técnico, el plazo de la concesión, los requisitos de calidad de la construcción y operación; los criterios para su otorgamiento serán principalmente contar con una correcta administración y aplicación de los esquemas tarifarios para los habitantes residentes de los municipios que cuenten con una plaza de cobro,los precios y tarifas para el usuario, el proyecto técnico en su caso, así como las contraprestaciones ofrecidas por el otorgamiento de la concesión.
En el caso de los usuarios residentes se otorgará un descuento general de 70 por ciento sobre la tarifa correspondiente de peaje vigente.
IV. a VII...
Artículo 30. La Secretaría podrá otorgar concesiones para construir, mantener, conservar y explotar caminos y puentes a los particulares, estados o municipios, conforme al procedimiento establecido en la presente Ley; así como para mantener, conservar y explorar caminos federales construidos o adquiridos por cualquier título por el Gobierno Federal. En este último caso, las concesiones no podrán ser por plazos mayores a 20 años. La Secretaría garantizará, cuando haya vías alternas, la operación de una libre de peaje ; o en su caso, la aplicación de los esquemas tarifarios para los habitantes residentes de los municipios que cuenten con una plaza de cobro.
...
...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 3 días del mes de abril de 2013. Diputado José Luis Valle Magaña (rúbrica).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Túrnese a la Comisión de Transportes, para dictamen.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
La diputada María del Socorro Ceseñas Chapa: Buenos días. Con su permiso, presidenta. Acudo a esta tribuna para presentar iniciativa de ley con proyecto de decreto para adicionar un artículo 388 Bis a la Ley Federal del Trabajo, en general para suprimir los denominados contratos de protección.La historia pone ante nosotros, los primeros y desastrosos resultados de la contrarreforma laboral, nacida de la mal llamada reforma iniciativa preferente: despidos de trabajadores para recontratarlos bajo las nuevas formas flexibilizadoras, incremento del desempleo, aumento del empleo precario, mayor violencia en las empresas contra los trabajadores, y de parte de las autoridades contra los sindicatos independientes, bajo la forma de actos legales entre comillas por citar algunas. Por lo que urge impulsar los cambios necesarios para rescatar los derechos y la dignidad de la mayoría de los mexicanos.
En materia de relaciones individuales de trabajo, una de las técnicas jurídicas neoliberales más empleadas para el fraude de los derechos de los trabajadores es la subcontratación u outsourcing.
Por su importancia, el equivalente jurídico en el terreno de las relaciones colectivas de trabajo son los denominados contratos colectivos de protección patronal, instrumento que permite anular los derechos a la sindicalización, la contratación colectiva y la huelga, y en consecuencia, impide que los derechos colectivos se usen para mejorar las condiciones laborales en bien de la clase trabajadora, incluidas las relativas a la salud y prevención de riesgos de trabajo. Son contratos para la protección de lo patronal y la desprotección total de los trabajadores, anulando en los hechos gran parte de los derechos humanos sociales.
Esta infamia jurídica se ha extendido como peste en el mundo del trabajo, al grado de que representan más del 90 por ciento de los contratos colectivos de trabajo, con enormes ganancias para los integrantes de esta verdadera mafia, que agrede a los trabajadores.
Es evidente que esta maquinación contra los trabajadores no podría existir sin la corrupción de las juntas de conciliación y arbitraje, federal y locales, y en general, de las autoridades laborales.
El problema va más allá, pues responde a una verdadera política de Estado para mantener bajo control, no solo laboral y económico, sino político, a los que viven de su trabajo.
Evidentemente este estado de cosas acaba revirtiéndose contra sus impulsores, ya que la acumulación monstruosa de la riqueza nacional en unas cuantas manos está construyendo una nueva etapa de capital en manos muertas, que constituye un freno insuperable para acabar con el estancamiento nacional que se da no solo en el campo económico.
La recuperación de nuestro país pasa necesariamente por el impulso a la sindicalización de los trabajadores y concretamente por la veracidad de tal sindicalización libre y autónoma, de manera que se ponga fin a los contratos de protección, permitiendo una justa distribución de la riqueza, mejores niveles en la alimentación, vivienda, vestido, educación, cultura del grueso de la población, tal y como sucedió en el marco del gobierno Cardenista y de la gran depresión, iniciada en el año de 1929, por lo que proponemos adición de un segundo párrafo al artículo 386 y un artículo 1004 Bis de la Ley Federal del Trabajo.
Los contratos colectivos de protección, al celebrarse sin la voluntad real de los trabajadores para afectar sus derechos colectivos de trabajo, implica que estamos en presencia de un contrato viciado de origen, incluso en el marco del derecho común, con mayor razón en el ámbito del derecho laboral, de conformidad con el artículo 5o. de la Ley Federal del Trabajo y la fracción XXVII del artículo 123, Apartado A de la Constitución federal, razón por la cual debe conceptuarse que los contratos de protección son nulos de pleno derecho, por lo que éstos no deben ser obstáculo para la celebración de contratos colectivos auténticos, debiéndose presumir sin prueba en contrario, que son contratos fraudulentos cuando durante dos o más años no hayan sido sometidos a revisión; cuando su contenido sea una reproducción de las condiciones de trabajo mínimas previstas en la Ley Federal del Trabajo, entre otras.
En complemento de lo anterior, debe crearse un tipo penal contra los que de esta manera se burlan de manera grotesca de los derechos humanos sociales de los trabajadores, en afectación de su derecho al bienestar, a su dignidad, a su libertad y muchas veces en perjuicio de su salud y vida, lo que debe incluir una fuerte sanción económica para que no les sea redituable este sucio negocio.
Se propone adicionar en este artículo 386: Los contratos colectivos de protección patronal son nulos de pleno derecho, conceptuándose como tales, y sin admitir prueba en contrario, aquellos contratos que durante dos años consecutivos o más no sean revisados.
Voy a solicitar que se incluya de manera íntegra en la Gaceta Parlamentaria y concluyo con lo correspondiente al artículo 388 Bis. Cuando un sindicato pretenda la celebración de un contrato colectivo de trabajo, deberá promover ante la Junta federal o local de Conciliación y Arbitraje competente, la solicitud correspondiente, que deberá reunir los siguientes requisitos que se enumeran y son de un total de cinco con los incisos correspondientes:
Mediante el voto decidir sus direcciones; mediante el voto libre, directo y secreto, los trabajadores podrán elegir entre los sindicatos solicitantes a manifestar su oposición a la celebración de contrato colectivo de trabajo.
En el artículo 1004: A la persona que participe en la celebración, registro, administración o cualquier otro acto relativo o un contrato colectivo de protección patronal, se le impondrá prisión de 3 a 20 años y multa de 5 mil a 500 mil veces el salario mínimo general, conforme a lo establecido en el artículo 992.
En los transitorios, el primero, el presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación, y como segundo, no procederá el ejercicio de la acción penal, o el Ministerio Público deberá desistirse de ésta respecto a las personas que sean probables responsables en el delito previsto termino, presidenta en el artículo 104 Bis de esta ley, y denuncien o acepten ante las juntas de conciliación y arbitraje federal o locales, según corresponda, la existencia del contrato colectivo de protección patronal, y celebren y depositen ante aquellas, en sustitución de tal contrato fraudulento, un contrato colectivo en apego a derecho. Es cuanto, señora presidenta, muchas gracias.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa, del Grupo Parlamentario del PRD
La que suscribe, Socorro Ceseñas Chapa, diputada federal a la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo que dispone el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la Iniciativa con proyecto de decreto que modifica diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosPlanteamiento del problema a resolver con la presente iniciativa
Impedir que se sigan usando los contratos colectivos de protección patronal como medio para anular los derechos de libertad sindical, de contratación colectiva y de huelga; y luego como un medio para la sobreexplotación y opresión de los trabajadores.
Argumentos
La historia pone cada vez más ante nosotros, los primeros y desastrosos resultados de la contrarreforma laboral nacida de la mal llamada iniciativa preferente: despidos de trabajadores para recontratarlos bajo las nuevas formas flexibilizadoras, incremento del desempleo, aumento del empleo precario, mayor violencia en las empresas contra los trabajadores y, de parte de las autoridades contra los sindicatos independientes aunque sea mini-independientes, bajo la forma de actos legales, por citar algunas. Por lo que urge, impulsar los cambios necesarios para rescatar los derechos y la dignidad de la mayoría de los mexicanos, los integrantes de la clase trabajadora.
En materia de relaciones individuales de trabajo, una de las técnicas jurídicas neoliberales más empleadas para el fraude de los derechos de los trabajadores es la subcontratación u outsourcing. Y bien, por su importancia, el equivalente jurídico en el terreno de las relaciones colectivas de trabajo son los denominados contratos colectivos de protección patronal. Instrumento que permite anular los derechos a la sindicalización, la contratación colectiva y la huelga; y en consecuencia, impide que los derechos colectivos se usen para mejorar las condiciones laborales en bien de la clase trabajadora, incluidas las relativas a la salud y prevención de riesgos de trabajo. Son contratos para la protección de la patronal y la desprotección total de los trabajadores, anulando en los hechos gran parte de los derechos humanos sociales.
Luego, en la realidad de los hechos, el outsourcing y los contratos de protección, son dos aspectos complementarios de un mismo fenómeno de simulación jurídica, ya que el primero también acaba afectando el ejercicio de los derechos colectivos, y los contratos de protección acaban igualmente impactando las condiciones individuales de trabajo.
Estos contratos aparentes, fantasmas, simulados o fraudulentos, se celebran entre un patrón que busca eludir sus obligaciones que le impone el derecho laboral y así sobreexplotar a sus trabajadores, con un sindicato también simulado, al no representar a los trabajadores que supuestamente representa. Lo que provoca, que la negociación, administración y terminación de los contratos de protección no queda en manos de los trabajadores, sino del respectivo membrete sindical. Razón por la cual muchos trabajadores desconocen la existencia de estos contratos colectivos fraudulentos y de los sindicatos que los operan como titulares de una franquicia comercial; cada vez más se celebran antes de que el respectivo centro de trabajo contrate a los trabajadores; y, suelen repetir mecánicamente las condiciones mínimas de trabajo contenidas en la Ley Federal del Trabajo, de manera que no representan beneficio alguno para sus supuestos agremiados, pero eso sí establecen responsabilidades redobladas en perjuicio de los trabajadores.
Esta infamia jurídica se ha extendido como peste en el mundo del trabajo, al grado de que representan más del 90 por ciento de los contratos colectivos de trabajo, con enormes ganancias para los integrantes de esta verdadera mafia, que agrede a los trabajadores.
Mafia que igual llega a abusar en muchos casos también de los patrones, a los que obliga prácticamente a aceptar determinada franquicia sindical para la celebración de un contrato de protección, a costa de un pago mayor o menor, siendo la industria de la construcción, un caso paradigmático.
Es evidente, que esta maquinación contra los trabajadores no podría existir sin la complicidad de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, federal y locales, y en general de las autoridades laborales; pero el problema va más allá. Pues responde a una verdadera política de Estado para mantener bajo control, no sólo laboral y económico, sino político a los que viven de su trabajo. Más en la construcción de la democracia, de un país de derechos humanos, esto ya no es admisible.
Evidentemente, este estado de cosas acaba revirtiéndose contra sus impulsores, ya que la acumulación monstruosa de la riqueza nacional en unas cuantas manos, está construyendo una nueva etapa de capital en manos muertas, que constituye un freno insuperable para acabar con el estancamiento nacional, que se da no sólo en el campo económico.
La recuperación de nuestro país, pasa necesariamente por el impulso a la sindicalización de los trabajadores, y concretamente, por la veracidad de tal sindicalización libre y autónoma, de manera que se ponga fin a los contratos de protección. Permitiendo una justa distribución de la riqueza, mejores niveles en la alimentación, vivienda, vestido, educación, cultura, del grueso de la población. Tal y como sucedió en el marco del gobierno cardenista y de la Gran Depresión iniciada en el año de 1929.
Artículo 388 Bis cuya adición se propone
Como sabemos, el pasado 30 de noviembre del 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Reforma Integral a la Ley Federal del Trabajo, producto de la iniciativa preferente presentada por el Ejecutivo Federal, con excepción de los artículos 388 bis y 390, cuya discusión y aprobación fue diferida, en los términos del artículo 72 E) de la Constitución. Sin embargo, esta discusión y aprobación se ha diferido de manera inadmisible en el tiempo.
Este artículo 388 Bis, en íntima relación al artículo 390 establecía y ahora retomamos tal propuesta, el mecanismo para alcanzar la verdad, la verdad real, para lo cual se refiere la necesidad de que se consulte a los trabajadores previamente a la firma de un contrato colectivo de trabajo, también antes de tal firme se le permita a los trabajadores conocer a su dirigente, al sindicato del cual van a ser socios, así como sus condiciones laborales. De manera que el sindicato y el contrato colectivo nazcan de una expresión de voluntad cierta y válida, base de toda democracia gremial.
La supresión de los artículos 388 Bis y 390 como materia de la reforma antes aludida, se hizo con argumentos insostenibles: que llevaban a la inestabilidad; que se traducían en una subasta de los contratos colectivos. Todo, para impedir una plenitud en el ejercicio de los derechos colectivos de los trabajadores, destacadamente la libertad sindical, consagrada en el artículo 123 Constitucional, la Ley Federal del Trabajo y, entre otros, el Convenio 87 de la OIT.
Este artículo 388 Bis, como antes ya se refirió, tiene por objeto apoyar a los patrones, muchos de los cuales son chantajeados por pseudo líderes sindicales, para que cubran una iguala mensual a cambio de no luchar por los intereses de los trabajadores. No deben permitirse más contratos colectivos simulados o fraudulentos. Los sindicatos reales y fuertes, con una democracia viva, son base indispensable para una economía competitiva, basta ver a los países más desarrollados.
Adición de un segundo párrafo al artículo 386 y un artículo 1004 Bis, de la ley federal del trabajo
Los colectivos de protección, al celebrarse sin la voluntad real de los trabajadores para afectar sus derechos colectivos de trabajo, implica que estamos en presencia de un contrato viciado de origen, incluso en el marco del derecho común, con mayor razón en el ámbito del derecho laboral, de conformidad con el artículo 5o. de la Ley Federal del Trabajo y la fracción XXVII del artículo 123, Apartado A, de la Constitución Federal. Razón por la cual, debe conceptuarse que los contratos de protección son nulos de pleno derecho; por lo que éstos no deben ser obstáculo para la celebración de contratos colectivos auténticos. Debiéndose presumir sin prueba en contrario: que son contratos fraudulentos, cuando durante dos o más años no hayan sido sometidos a revisión, cuando su contenido sea una reproducción de las condiciones de trabajo mínimas previstas en la LFT, entre otras.
En complemento de lo anterior, debe crearse un tipo penal, contra los que de esta manera se burlan de manera grotesca de los derechos humanos sociales de los trabajadores, en afectación de su derecho al bienestar, a su dignidad, a su libertad, y muchas veces en perjuicio de su salud y vida. Lo que debe incluir una fuerte sanción económica para que no les sea redituable este sucio negocio.
En suma, estamos frente a una práctica que abre el camino a sindicatos simulados, contratos colectivos simulados y emplazamientos de huelga simulados. Pues es evidente que los contratos de protección atentan contra la libertad sindical, consagrada en el artículo 123 constitucional y el Convenio 87 de la OIT, ya ratificado por México.
Fundamento legal
Con fundamento en el artículo 71, fracción II, y en el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, ponemos a su consideración la presente iniciativa.
Denominación del proyecto de ley o decreto
Iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 390 y, se adicionan un segundo párrafo al artículo 386, un artículo 388 Bis y un artículo 1004 Bis a la Ley Federal del Trabajo
Artículo Único. Se propone la reforma del segundo párrafo del artículo 390; la adición de un segundo párrafo al artículo 386, un artículo 388 Bis y un artículo 1004 Bis a la Ley Federal del Trabajo, en los siguientes términos:
Artículo 386. ...
Los contratos colectivos de protección patronal son nulos de pleno derecho, conceptuándose como tales y sin admitir prueba en contrario, aquellos contratos que durante dos años consecutivos o más no sean revisados, los que se depositen ante las Juntas antes de contratar al primer trabajador, los que reproduzcan las condiciones de trabajo mínimas previstas en la Ley Federal del Trabajo en materia de salario, jornada, vacaciones y aguinaldo, por citar algunas, los que no se hayan publicitado en el centro de trabajo, entre otros.
...
Artículo 388 Bis. Cuando un sindicato pretenda la celebración de un contrato colectivo de trabajo, deberá promover ante la Junta federal o local de Conciliación de Arbitraje competente, la solicitud correspondiente, que deberá reunir los requisitos siguientes:
I. La solicitud de celebración de contrato colectivo de trabajo se presentará por escrito en duplicado, por el sindicato que represente trabajadores al servicio del patrón. El escrito se dirigirá al patrón y en él se formularán las peticiones que comprenderán el proyecto de estipulaciones del contrato colectivo de trabajo y la determinación de los salarios. El sindicato solicitante, deberá acompañar copia certificada del registro de la directiva sindical y de sus estatutos.
II. La Junta de Conciliación y Arbitraje actuando bajo su más estricta responsabilidad y dentro de las 48 horas siguientes, hará llegar al patrón la copia de la solicitud y le requerirá, con apercibimiento de las sanciones a que se establecen en esta ley, para que dentro del término de 72 horas contadas a partir de la notificación le exhiba por duplicado y bajo protesta de decir verdad, un listado de los trabajadores a su servicio que contenga respecto de cada uno de ellos, nombre completo ordenado alfabéticamente por el primer apellido, fecha de ingreso al trabajo, Registro Federal de Contribuyentes, registro ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, puesto de trabajo y el domicilio del centro de trabajo en que prestan el servicio. La notificación y sus anexos deberán ser hecha del conocimiento por el patrón a los trabajadores a su servicio a más tardar el día siguiente al en que la hubiera recibido.
III. Una vez recibido por la Junta de Conciliación y Arbitraje, el listado a que se refiere la fracción II de este artículo, mandará notificar el listado de los trabajadores al servicio del patrón, mediante la publicación en los centros de trabajo en que presten los servicios, así como el boletín oficial de la junta.
Dentro de los cinco días siguientes, contados a partir de la notificación a que se refiere el párrafo que precede, los demás sindicatos que representan trabajadores al servicio del patrón, podrán adherirse a la solicitud de celebración del contrato colectivo del trabajo y a efecto, exhibirán a la Junta de Conciliación y Arbitraje, los documentos a que se refiere la fracción I del presente artículo y, en su caso, podrán hacer manifestaciones sobre el listado exhibido por el patrón. En este caso, dentro de las 48 horas siguientes se notificará de las adhesiones al sindicato que hubiere solicitado en primer término la celebración del contrato colectivo del trabajo y al patrón para los efectos de la fracción II y primer párrafo de la fracción III de este artículo.
IV. Transcurridos los cinco días de la última notificación que se hiciera en términos de la fracción anterior, la Junta de Conciliación y Arbitraje, dará aviso a las partes con los listados y sindicatos que en su caso se hayan adherido, para que dentro del término de 72 horas manifiesten lo que a su derecho corresponda. En caso de existir objeciones, la Junta citará a las partes para una audiencia, ofrecimiento y rendición de pruebas en la que resolverá de plano, elaborando el padrón definitivo de trabajadores con derecho a voto.
V. Transcurrido el plazo a que se refiere la fracción anterior, o desahogada la audiencia a que alude, la Junta de Conciliación y Arbitraje, dentro de las 24 horas siguientes, dictará acuerdo en el que se señalará fecha y hora para la realización de un recuento que deberá efectuarse dentro de las 48 horas siguientes, bajo las siguientes modalidades:
a) Mediante el voto libre, directo y secreto. Los trabajadores podrán elegir entre los sindicatos solicitantes o manifestar su oposición a la celebración del contrato colectivo de trabajo.
b) Las cédulas de votación deberá emitirse en un número igual al de las personas documentadas en el padrón y estar debidamente selladas y autorizadas por la Junta de Conciliación y Arbitraje, debiendo aparecer en ellas los nombres de los sindicatos que sean parte en el procedimiento relativo, un círculo o recuadro a la altura de cada uno de dichos nombres, así como la leyenda no acepto el contrato colectivo de trabajo y en un círculo o recuadro a la altura de tal leyenda, a efecto de que pueda ser emitido el voto marcando una cruz en el círculo o recuadro correspondiente al sindicato de la preferencia del emisor del voto o en contra de la celebración del contrato colectivo de trabajo.
c) La decisión de los trabajadores a favor de alguno de los sindicatos solicitantes, deberá adoptarse por el voto de la mayoría relativa de participantes con derecho a voto, siempre que la suma de votos a favor del o los sindicatos solicitantes, representen la tercera parte o más del total de los trabajadores al servicio del patrón.
d) La decisión de los trabajadores en contra de la celebración del contrato colectivo deberá adoptarse por el voto de cuando menos las dos terceras partes de los trabajadores con derecho a voto.
VI. Si el recuento favorece a alguno de los sindicatos solicitantes, la Junta de Conciliación y Arbitraje, bajo su más estricta responsabilidad, dentro de las 24 horas hará la declaratoria y dentro de las siguientes 24 horas notificará personalmente al patrón y al o a los sindicatos, dando un plazo de 10 días hábiles para concluir pláticas sobre el contenido del contrato colectivo de trabajo con el sindicato favorecido con el voto de los trabajadores, el cual será el único legitimado para celebrar el contrato colectivo de trabajo. En caso de que las partes no se pongan de acuerdo sobre el contenido del contrato colectivo de trabajo, el sindicato favorecido con el voto de los trabajadores podrá emplazar a huelga exigiendo la celebración y firma de dicho contrato colectivo.
VII. Si el resultado del recuento es en contra de la celebración del contrato colectivo, la Junta de Conciliación y Arbitraje, dentro de las 24 horas siguientes, hará la declaratoria y dispondrá el archivo del expediente como asunto total y definitivamente concluido, ordenando notificar personalmente a las partes.
VIII. El procedimiento al que se refiere este artículo será obligatorio para la celebración y depósito de un contrato colectivo de trabajo, en consecuencia no se dará trámite al depósito de un contrato colectivo de trabajo ni al emplazamiento a huelga por firma de contrato colectivo de trabajo cuando no se haya desahogado el procedimiento a que se refiere el presente artículo.
Artículo 390. ...
No se podrá depositar el contrato colectivo cuando no se acredite el cumplimiento de lo establecido en el artículo 388 Bis.
Artículo 1004 Bis. A la persona que participe en la celebración, registro, administración, o cualquier otro acto relativo a un contrato colectivo de protección patronal, se le impondrá prisión de 3 a 20 años y multa de cinco mil a quinientas mil veces el salario mínimo general, conforme a lo establecido en el artículo 992.
Si este delito es cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones, la sanción de prisión se aumentará en un tercio, y también se le sancionará con la destitución e inhabilitación para ocupar otro empleo, cargo o comisión públicos en un lapso de uno a cinco años.
Los registros de los sindicatos que sean empleados para la celebración y operación de estos contratos, serán nulos de pleno derecho, por los que sus bienes y derechos pasarán a propiedad del Instituto Mexicano del Seguro Social, sin menoscabo de que se les apliquen las normas previstas en el Código Penal Federal.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el siguiente día al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. No procederá el ejercicio de la acción penal o el Ministerio Público deberá desistirse de ésta, respecto a las personas que sean probables responsables en el delito previsto en el artículo 1004 Bis de esta ley y denuncien o acepten ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, federal o locales, según corresponda, la existencia de tal contrato colectivo de protección patronal, y celebren y depositen ante aquellas, en sustitución de tal contrato fraudulento, un contrato colectivo en apego a derecho.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2013. Diputada Socorro Ceseñas Chapa (rúbrica).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Ricardo Astudillo Suárez, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 155 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
El diputado Ricardo Astudillo Suárez:Con su permiso, señora presidenta; compañeras y compañeros legisladores, hemos sido testigos de los grandes avances parlamentarios que hemos tenido sin precedente en nuestra historia reciente en esta Legislatura. Tiene que ver, por supuesto, en ser parte del pacto fundante del nuevo Estado democrático que nos demanda nuestro país.Un rumbo que dé certeza, que vislumbremos el pasado y que por supuesto, lo aterricemos en el presente.
La iniciativa que presento con nuestro coordinador, el diputado Arturo Escobar y Vega, tiene que ver con el tema de atender las necesidades de muchas familias mexicanas que así nos lo han demandado; me refiero al tema de medio ambiente.
Estamos proponiendo adicionar un artículo el 155 Bis a la ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.
Como hemos visto y dado muestras de esta comisión, en sesiones pasadas, en las cuales se han votado los acuerdos por unanimidad y me parece que en el momento que se analice en dicha comisión, ésta no será la excepción.
Hemos trabajado en lo que tiene que ver con la contaminación del aire, con la contaminación del agua y con la contaminación del suelo.
La siguiente iniciativa que presento tiene que ver con la contaminación acústica. Esta contaminación, que si bien es cierto no se acumula en la atmósfera como se puede acumular la contaminación al aire, es una contaminación que se ha probado desde los años noventas, cuando el Libro Verde agarró una fuerza prioritaria a nivel mundial, en el que tiene que ver con la salud de los seres humanos; me refiero al tema fisiológico, psicológico y que muchas veces tiene que ver también con la destrucción del tejido social que se vive en nuestras colonias, en los barrios, en las comunidades, en los municipios de nuestro país.
Los puntos a los cuales se refiere este artículo son muy concretos, es el integrar y mantener un mapa de fuentes emisoras de ruido en las distintas áreas, zonas y regiones del territorio nacional; formular y aplicar programas en el ámbito municipal y estatal, coordinados para la reducción y contaminación acústica generadas por el ruido de los seres humanos.
Promover también, en coordinación con los estados y el Distrito Federal, el establecimiento de los programas y sistemas de monitoreo de niveles de contaminación acústica o por ruido, para que podamos generar un protocolo único en la detección adecuada y en su momento se puedan resarcir los daños que se pudiesen producir a mediano y largo plazo, en lo que tiene que ver con la tranquilidad, generar menos molestia en el ámbito vecinal y que podamos buscar llegar a una legislación en lo que tiene que ver con la contaminación acústica. Es cuanto, señora presidenta. Muchas gracias.
«Iniciativa que adiciona el artículo 155 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de Arturo Escobar y Vega y suscrita por Ricardo Astudillo Suárez, diputados del Grupo Parlamentario del PVEM
Los suscritos, Arturo Escobar y Vega y Ricardo Astudillo Suárez, diputados integrantes de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6o., fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración del pleno de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 155 BIS a la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, al tenor del siguiente
Planteamiento del problema
Toda actividad humana produce una consecuencia en el entorno natural; los excesos que actualmente se registran en muchos ámbitos de ésta, han derivado en fuertes impactos en el medio ambiente, los efectos negativos de ello son lo que conocemos como contaminación ambiental. En general, las grandes urbes del mundo se encuentran inevitablemente expuestas a tener problemas de contaminación en sus diversas modalidades.
Existe evidencia de que el problema de la contaminación ha sido reconocido desde tiempos remotos, pero fueron los elevados niveles de la contaminación del aire, del agua y del suelo que generó en los países industrializados el surgimiento de la revolución industrial, los que hicieron necesario que se promulgaran leyes encaminadas a garantizar un aire limpio y a sancionar la contaminación del medio ambiente.
Sin embargo, durante mucho tiempo el ruido que es también un fenómeno contaminante, propio de los lugares con grandes concentraciones de población, pasó desapercibido. El ruido es un sonido o conjunto de sonidos mezclados y desordenados, molestos e intempestivos que producen efectos fisiológicos y psicológicos no deseados en los seres vivos.
Si bien el ruido urbano no es acumulativo en el ambiente como sí lo son, por ejemplo, los contaminantes que se emiten a la atmósfera, éste representa una molestia, principalmente, para los habitantes de las grandes ciudades del planeta.
La contaminación acústica es el conjunto de sonidos y ruidos que circulan a nivel aéreo por las calles de una población. Generalmente, las ciudades poseen gran cantidad de elementos generadores de ruido, como el tránsito vehicular y las industrias, estas actividades producen, en conjunto, un alto nivel sonoro que perjudica la integridad física y psíquica del habitante urbano. El oído humano sólo puede soportar ciertos niveles máximos de ruido, sin embargo, el nivel de ruido que se genera en varias regiones de las ciudades en reiteradas ocasiones supera ese máximo.
El reconocimiento del ruido, alrededor del mundo, como un factor de contaminación ambiental de alto impacto, sobretodo, para los ecosistemas urbanos que puede generar graves consecuencias en la salud de los seres humanos, se ha dado apenas en tiempos recientes. Fue en la década de los años 90 del siglo pasado, al publicarse por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) el Libro Verde, que el combate del ruido urbano cobró mayor relevancia.
En el Libro Verde la OMS señala que, el ruido urbano representa pérdidas económicas de hasta el 2% del PIB en los países que conforman la Unión Europea, además de afirmar que el ruido urbano causa trastornos psicológicos, sociales e inclusive puede causar la muerte, puesto que entre el 2 y el 5% de los infartos mortales, están asociados con altos niveles de exposición de presión acústica generada, precisamente, por el ruido urbano.
Los efectos del ruido pueden resultar tan devastadores, que incluso es utilizado como una forma de tortura. El ruido genera estrés, y este puede volverse crónico cuando alguien se expone al mismo de manera continua y por lapsos de tiempo prolongados.
Es por este motivo que el ruido está asociado a padecimientos tales como gastritis, insomnio, depresión, síndrome de colon irritable e hipertensión, además de falta de concentración, bajo rendimiento escolar y pérdida auditiva.
Un sonido indeseable de manera continua o a alto volumen, provoca afectaciones al sistema nervioso, y ello impacta a los sistemas endócrino, digestivo, inmunológico y cardiovascular.
A raíz de la publicación del Libro Verde, y a la luz de los efectos nocivos que el ruido provoca en la salud humana, varios países han legislado en materia del ruido urbano, y con ello han adoptado políticas encaminadas a monitorear y predecir la evolución del ruido a través de mapas de ruido, para posteriormente establecer acciones para su mitigación.
El tema del ruido requiere de redes de monitoreo y elaboración de bases de datos a nivel de mapas, que permitan mostrar y predecir los comportamientos de las distintas actividades de una ciudad, en sus distintos entornos y escenarios cotidianos. Sólo así, es posible establecer criterios para generar políticas públicas encaminadas a prevenir y controlar de modo más efectivo el problema de la contaminación acústica.
Los mapas de ruido han sido definidos como mapas diseñados para poder evaluar globalmente la exposición al ruido en una zona determinada, debido a la existencia de distintas fuentes de ruido, o para poder realizar predicciones globales para dicha zona.
Aunque la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 4°, reconoce el derecho que tienen las y los mexicanos a la protección de la salud y a un ambiente saludable, y a pesar de que la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente ha sido reformada con la finalidad de incluir en ella el reconocimiento del ruido como factor contaminante del medio ambiente, lo cierto es que nuestra legislación se ha rezagado en lo que respecta al establecimiento de métodos de medición del ruido, como pueden ser los ya mencionados mapas de ruido.
Los mapas de ruido han sido contemplados en diversos marcos jurídicos alrededor del mundo, este es el caso de la Ley 37/2003 en España que establece en su sección tercera del capítulo II las disposiciones legales en torno a estas herramientas para el combate y la prevención de la contaminación acústica.
Asimismo, en el artículo 23 de la Ley 1540/Control de la Contaminación Acústica en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se establece el contenido que deberán incluir los mapas de ruido y se establece que deberá implementarse un programa permanente de medición de los niveles de ruido en el ambiente exterior, en las zonas de mayor concentración urbana consideradas como los más afectados por la contaminación acústica con la finalidad de actuar en consecuencia.
Derivado de lo anterior, sometemos a consideración de esta honorable Asamblea, la siguiente Iniciativa que adiciona un artículo 155 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente
Para quedar como sigue:
Artículo 155 Bis.Para controlar y reducir la contaminación acústica o por ruido, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales tendrá las siguientes facultades:
I. Integrar y mantener actualizado el mapa de fuentes emisoras de ruido en las distintas áreas, zonas y regiones del territorio nacional, con base en los valores máximos permisibles de ruido para la salud pública establecidos por la norma oficial mexicana vigente en la materia.
II. Formular y aplicar programas y campañas para la reducción de la contaminación acústica o por ruido.
III. Promover, en coordinación con los gobiernos de los estados y del Distrito Federal, el establecimiento de programas y sistemas de monitoreo de los niveles de contaminación acústica o por ruido.
TransitorioÚnico.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Presentada en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 4 días del mes de abril del año 2013. Diputados: Arturo Escobar y Vega, Ricardo Astudillo Suárez, Leobardo Alcalá Padilla (rúbricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo décimo primero transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008, suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera, Luis Alberto Villarreal García y Consuelo Argüelles Loya, de los Grupos Parlamentarios del PRI y del PAN.
El diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza:Con su venia, diputada presidenta. Hago uso de esta tribuna para presentar una iniciativa de reforma constitucional al artículo 16 de nuestra Constitución, iniciativa que está suscrita por mi coordinador el diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera, por el coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el diputado Luis Alberto Villarreal, por nuestra compañera Sanjuana Cerda, coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza y por nuestro compañero Arturo Escobar, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como por un servidor y la diputada Consuelo Argüelles, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.La propuesta que sometemos a consideración de la comisión correspondiente, una vez que sea turnada por esta Mesa Directiva, consiste en lo siguiente.
Un tema que para toda la comunidad, para el país, es muy sensible es la figura del arraigo. Podremos analizarlo el propio día de hoy, cuando hay declaraciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en donde solicita respetuosamente que se analice la figura del arraigo.
Esta propuesta presentada por coordinadores de cuatro grupos parlamentarios lleva como fin, principalmente, matizar y ponerle orden y control a la figura del arraigo.
Como es de todos ustedes conocido, nuestra Constitución, en su artículo 16, prevé actualmente 40 días para la emisión por parte de la autoridad judicial y decretar un arraigo, mismo que se puede ampliar por un periodo igual de 40 días. En consecuencia, hay un máximo de 80 días naturales.
Esta propuesta contiene principalmente la protección de los derechos humanos de los ciudadanos del país, ¿por qué? Porque no solo reduce al 50 por ciento los términos del arraigo; es decir, no solo reduce a la mitad la posibilidad de que la autoridad judicial decrete un arraigo, fijando como límite 20 días, más una ampliación de 20 días solo en los casos de delitos de delincuencia organizada o delitos graves, toda vez que hay procedimiento o hay estados del país en los que sigue operando la figura de delito grave, dado que no ha iniciado el procedimiento adversarial en su totalidad.
Pero a su vez se fijan requisitos muy puntuales de cuándo debe otorgarse esta figura, y es: la existencia de indicios suficientes que vinculen a los inculpados con delitos de delincuencia organizada; que siempre con el establecimiento de la medida se provea de mayores elementos a la investigación y se proteja la vida, la integridad de las personas, bienes jurídicos, o se evite que el indiciado se sustraiga a la acción de la justicia.
Todo esto eleva el estándar probatorio que la autoridad investigadora debe presentar al juez antes de que decrete la medida correspondiente.
Por otro lado, se señala de manera muy clara la intervención de los organismos protectores de los derechos humanos; es decir, se eleva a rango constitucional dentro del propio 16, dentro del propio párrafo octavo, que regula la materia del arraigo, que los organismos de protección de los derechos humanos a que se refiere el artículo 102, Apartado B, de esta Constitución podrán revisar la aplicación de esta medida a solicitud de la persona sujeta a ello.
Esto ya no va a ser a interpretación de la autoridad investigadora o de la autoridad ejecutiva. Es obligación el respeto a los derechos humanos en la aplicación de la medida conducente.
Por otro lado, se incorpora una nueva figura en el artículo 16 constitucional. Como es de todos ustedes conocido, cuando hay la detención de una persona, en los casos de delitos graves o de prisión preventivo oficiosa o de delincuencia organizada se tienen 48 horas antes de ser consignado a la autoridad judicial. Ese plazo constitucionalmente puede ampliarse por 48 horas más; es decir, dos días más en los casos de delincuencia organizada.
¿Qué es lo que se propone? Que con autorización de la autoridad judicial solo por autorización de la autoridad judicial ese plazo de retención se puede ampliar por parte el Ministerio Público, tres días, es decir 72 horas. Esto, con la finalidad de que la autoridad investigadora tenga la posibilidad de integrar debidamente la averiguación y evite con ello tener que solicitar la medida del arraigo para integrarla adecuadamente, sobre todo en aquellos delitos graves y especiales, como es la trata de personas, como son los delitos de pornografía infantil, como son los delitos de índole financiero, en los que se requiere un ejercicio de manera distinta.
Eso es lo que el día de hoy someto a consideración de esta Mesa Directiva para que sea turnada a la Comisión correspondiente, a fin de que a la brevedad tengamos un dictamen a ser visto, analizado, debatido y discutido en esta tribuna del Congreso. Muchísimas gracias, diputada presidenta.
«Iniciativa que reforma los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y décimo primero transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicado en el DOF el 18 de junio de 2008, suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera, Luis Alberto Villarreal García, Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Manuel Añorve Baños y Consuelo Argüelles Loya, de los Grupos Parlamentarios del PRI y del PAN
Fabio Beltrones Rivera, Luis Alberto Villarreal García, Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza y Consuelo Arguelles Loya, integrantes de la LXII Legislatura, y con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y en los artículos 6, fracciones I y IV, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los párrafos octavo y décimo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se reforma el artículo décimo primero transitorio del decreto de reforma constitucional publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosAnálisis de la figura de arraigo
Existe una preocupación real en torno a la regulación constitucional del arraigo, así como a la forma en que se ejecuta dicha figura por las autoridades competentes. Es importante señalar que el arraigo no es por sí mismo una figura que lesione o vulnere los derechos humanos de los imputados. Son las condiciones en las que se lleva a cabo las que pueden resultar en un daño a la esfera de derechos de los individuos.
En consecuencia, quienes presentamos esta iniciativa somos sensibles a los reclamos que desde la sociedad civil y desde distintos organismos internacionales en materia de derechos humanos señalan que es imperativo realizar una revisión exhaustiva de la figura del arraigo a fin de modificar los alcances de esta medida y evitar en lo sucesivo abusos en el uso de la misma.
Marco constitucional del arraigo
De conformidad con lo prescrito por el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el arraigo puede decretarse sólo cuando se cumplan las siguientes hipótesis 1) se trate de delitos de delincuencia organizada y 2) sea necesario, según sea el caso, para el éxito de una investigación, la protección de personas o bienes jurídicos, o cuando exista riesgo fundado de que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia. En cualquier escenario, la medida de arraigo será decretada por juez por un plazo máximo de cuarenta días que puede ser prorrogable, pero en ningún caso excederá de ochenta días.
Por su parte, el artículo décimo primero transitorio del decreto de reforma constitucional publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008 establece la figura del arraigo domiciliario, misma que puede solicitarse al juzgador cuando se trate de delitos graves, siempre que dicha medida sea necesaria para el éxito de la investigación, la protección de personas o bienes jurídicos, o cuando exista riesgo fundado de que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia. De decretarse el establecimiento de esta medida, su vigencia tiene una duración máxima de cuarenta días.
La reforma constitucional en materia de seguridad y justicia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008, no se circunscribió al establecimiento del sistema procesal penal acusatorio, sino que se trató de una reforma integral que incluyó además los ejes de la regulación de otros aspectos en materia de seguridad pública, extinción de dominio, ejecución de sanciones y el régimen especial contra la delincuencia organizada.
En efecto, además de establecerse un sistema penal que brindara mayor protección a los derechos humanos y garantías a los ciudadanos, también se dispuso una regulación especial que se circunscribiera a la delincuencia organizada con el propósito de establecer mecanismos que permitieran hacerle frente. Debe recordarse que dada la compleja situación de inseguridad y violencia que prevaleció en el país en el pasado reciente, se hizo necesaria la previsión de una figura excepcional como lo es el arraigo.
Si bien es cierto que, como se mencionó, en el pasado persistió una situación de crisis en materia de seguridad pública, también lo es que en la actualidad existe una necesidad de revisar los alcances del arraigo, en virtud del uso excesivo que se hizo en años anteriores de esta figura con el ánimo de revertir los niveles de inseguridad y violencia.
En ese sentido, el arraigo fue un sustituto de la investigación con criterios científicos que debe llevar a cabo el Ministerio Público de la Federación. Con ello, se desvaneció el carácter de excepcionalidad que debe tener la medida señalada y, por tanto, la finalidad de la medida quedó desvirtuada.
Quienes suscribimos esta iniciativa estamos conscientes de que la autoridad investigadora debe de contar con los instrumentos que permitan construir una investigación de manera eficaz a partir de mecanismos legales. Sin embargo, si el Constituyente Permanente o el legislador ordinario deciden establecer figuras que pueden limitar la esfera de derechos de los individuos, a la par de la disposición de dichas medidas deben preverse límites claros que impidan una actuación arbitraria de la autoridad que tenga por consecuencia la vulneración de los derechos humanos.
Debido a los argumentos vertidos, es que puede concluirse que la figura del arraigo en términos de lo previsto por el párrafo octavo del artículo 16 de la CPEUM así como la dispuesta por el artículo décimo primero transitorio del decreto antes referido, debe ser restringida a los niveles mínimos posibles para con ello lograr un equilibrio procesal entre la protección a los derechos de los imputados y de las víctimas, así como el adecuado desarrollo de una investigación penal, razón por la cual se presenta esta iniciativa.
Propuesta de reforma constitucional
En el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con la figura de arraigo, plantea reducir su aplicación a veinte días pudiendo ser prorrogables por veinte días más. Ello con la finalidad de precisar, primero, que se trata estrictamente de una medida de carácter temporal. Es necesario referir que se intenta disminuir al máximo posible la duración de la vigencia de la medida. En términos prácticos, si se toma en cuenta la regulación constitucional que hoy se encuentra vigente, la temporalidad del arraigo quedaría reducida a la mitad. Esto es un cambio sustancial.
En segundo lugar, se propone una redacción que favorezca una mayor protección de los derechos humanos. Ello se refleja si se considera que la decisión del juez en la que se dicte la imposición de la figura del arraigo deberá de sustentarse en la existencia de indicios suficientes que vinculen a los inculpados con delitos de delincuencia organizada, siempre que con el establecimiento de la medida se provea de mayores elementos en la investigación y se proteja la vida, la integridad de las personas, bienes jurídicos o se evite que el indiciado se sustraiga a la acción de la justicia cuando exista riesgo fundado de ello. Con esto se deja claro que la figura sólo procederá en casos de delincuencia organizada y se eleva el estándar probatorio que la autoridad investigadora debe presentar al juez para que se decrete la medida.
Además, se fortalece la protección de los derechos humanos al preverse la participación de los organismos de protección de los derechos humanos previstos en la Constitución cuando las personas sujetas a la medida cautelar así lo soliciten.
En consecuencia, quienes presentamos la presente iniciativa de reforma constitucional tenemos en mente dejar en claro el carácter excepcional de esta figura, así como las restricciones por lo que hace tanto a la temporalidad en que puede estar vigente la figura como a los requisitos que deben acreditarse para que un juez la imponga.
En este sentido y con la finalidad de dar cabal armonía a la reforma propuesta, es que se debe reformar el artículo décimo primero transitorio del decreto de reforma constitucional del 18 de junio de 2008, a fin de reducir y limitar el periodo de aplicación del arraigo para delitos graves en la Federación y las entidades que cuentan con un sistema penal mixto, para que únicamente pueda ser aplicado por un máximo de veinte días y no mayor a cuarenta, y siendo procedente cuando se acredite la existencia de indicios suficientes que vinculen a la persona con esos delitos, siempre que con esa medida se provea de mayores elementos en la investigación y se proteja la vida, la integridad de las personas, bienes jurídicos o se evite que el indiciado se sustraiga a la acción de la justicia cuando exista riesgo fundado de ello.
Por otra parte, se estima que para el adecuado desarrollo de las funciones de investigación ministerial es pertinente ampliar el plazo de retención por parte del Ministerio Público, toda vez que, el plazo vigente de 48 horas para delitos comunes y la ampliación de hasta por 96 horas en el caso de delincuencia organizada, no son suficientes para que el Ministerio Público logre integrar los elementos probatorios para la consignación ante la autoridad judicial, lo que actúa en detrimento de la correcta procuración de justicia, generando amplios índices de impunidad en agravio de las víctimas y de la sociedad, por lo cual se propone reformar el párrafo noveno del artículo 16 constitucional para establecer que previa autorización judicial el Ministerio Público podrá retener a una persona por un período adicional de hasta setenta y dos horas, tratándose delincuencia organizada y los delitos de prisión preventiva oficiosa, cuando esto sea necesario para ampliar los elementos probatorios que motivan la retención. En este sentido se propone el artículo cuarto transitorio de este Decreto a fin de establecer la posibilidad de que la autoridad judicial autorice al Ministerio Público la retención al indiciado por un período de hasta setenta y dos horas en los casos de delitos graves cuando sea necesario para ampliar los elementos probatorios que motiven la retención, en tanto entra en vigor el sistema procesal acusatorio.
Se prevé que la propuesta de ampliación del plazo de retención, será una medida que contribuya al cabal ejercicio de procuración de justicia y una herramienta que permita transitar hacia la derogación paulatina de la medida cautelar, mediante la aplicación de recursos jurídicos que sean lo menos restrictivos de los derechos humanos de los justiciables, en aras de un adecuado equilibrio procesal, que permita correctamente llevar a cabo las funciones de investigación y persecución de delitos.
Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, me permito poner a consideración de esta Cámara de Diputados la siguiente iniciativa de
Decreto que reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo Primero. Se reforman los párrafos octavo y décimo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 16. ...
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La autoridad judicial, a petición del Ministerio Público y tratándose de delitos de delincuencia organizada, podrá decretar arraigo de una persona,con las modalidades de lugar y tiempo que la ley señale, hasta por un plazo de veinte días, cuando se acredite la existencia de indicios suficientes que la vinculen con esos delitos, siempre que con esta medida se provea de mayores elementos en la investigación y se proteja la vida, la integridad de laspersonas, bienes jurídicos o se evite que el indiciado se sustraiga a la acción de la justicia cuando exista riesgo fundado de ello. Este plazo podrá prorrogarse hasta por un término igual,cuando el Ministerio Público acredite ante la autoridad judicial quesubsisten las causas que le dieron origen. En todo caso, la duración total de la medida no podrá exceder los cuarenta días. Los organismos de protección de los derechos humanos a que se refiere el artículo 102, apartado B, de esta Constitución podrán revisar la aplicación de esta medida a solicitud de la persona sujeta a ella.
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Ningún indiciado podrá ser retenido por el Ministerio Público por más de cuarenta y ocho horas, plazo en que deberá ordenarse su libertad o ponérsele a disposición de la autoridad judicial; este plazo podrá duplicarse en aquellos casos que la ley prevea como delincuencia organizada. La autoridad judicial podrá autorizar que el Ministerio Público retenga al indiciado por un período adicional de hasta setenta y dos horas en los casos de prisión preventiva oficiosa previstos en el segundo párrafo del artículo 19 de esta Constitución, siempre que sea necesario para ampliar los elementos probatorios que motivan la retención.Todo abuso a lo anteriormente dispuesto será sancionado por la ley penal.
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Artículo Segundo. Se reforma el artículo décimo primero transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008, para quedar como sigue:
Décimo Primero. En tanto entra en vigor el sistema procesal acusatorio, los agentes del Ministerio Público que determine la ley podrán solicitar al juez el arraigo domiciliario del indiciado tratándose de delitos graves y hasta por un máximo de veinte días.
Esta medida será procedente cuando se acredite la existencia de indicios suficientes que vinculen a la persona con esos delitos, siempre que con esta se provea de mayores elementos en la investigación y se proteja la vida, la integridad de laspersonas, bienes jurídicos o se evite que el indiciado se sustraiga a la acción de la justicia cuando exista riesgo fundado de ello.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las legislaturas de las entidades federativas deberán adecuar su legislación al presente Decreto, en un término de seis meses contados a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Tercero. Los arraigos solicitados o iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este Decreto, se regirán bajo las disposiciones vigentes al momento de la solicitud a la autoridad judicial.
Cuarto. En tanto entra en vigor el sistema procesal acusatorio, la autoridad judicial podrá autorizar que el Ministerio Público, retenga al indiciado por un período adicional de hasta setenta y dos horas en los casos de delitos graves, siempre que sea necesario para ampliar los elementos probatorios que motivan la retención.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2013. Diputados: Manlio Fabio Beltrones Rivera, Luis Alberto Villarreal García, Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Consuelo Arguelles Loya, Angelina Carreño Mijares, Adriana Hernández Íñiguez, Maricela Velázquez Sánchez, Mirna Esmeralda Hernández Morales, Socorro de la Luz Quintana León, Martha Gutiérrez Manrique, Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, Rafael González Reséndiz, Leobardo Alcalá Padilla, María del Rocío Corona Nakamura, Ricardo Villarreal García, Cristina Ruiz Sandoval, Jorge Herrera Delgado, Laura Barrera Fortoul, Paulina Alejandra del Moral Vela, Roberto Ruiz Moronatti, Verónica Beatriz Juárez Peña, Joaquina Navarrete Contreras, Marco Antonio Calzada, Alma Marina Vitela Rodríguez, Sonia Catalina Mercado Gallegos, María Fernanda Schroeder Verdugo, Irma Elizondo Ramírez, Miriam Cárdenas Catú, Darío Badillo Ramírez, Miguel Ángel Aguayo López, Sue Ellen Bernal Bolnik, Francisco Alberto Zepeda González, Julio César Flemate Ramírez, Jorge del Ángel Acosta, Cristina González Cruz, María Guadalupe Sánchez Santiago, Fernando Zamora Morales, Fernando Alfredo Maldonado Hernández, Salvador Arellano Guzmán, Román Alfredo Padilla Fierro, Enrique Cárdenas del Avellano, Mayra Carina Robles Aguirre, Adán David Ruiz Gutiérrez, María del Carmen López Segura, Brenda María Izontli Alvarado Sánchez, Miguel Sámano Peralta, Minerva Castillo Rodríguez, Adriana Fuentes Téllez, Luis Alfredo Murguía Lardizábal, Marco Antonio González Valdez, José Pilar Moreno Montoya, Abraham Montes Alvarado, José Luis Flores Méndez, Alfio Vega de la Peña, Raúl Santos Galván Villanueva, Raymundo King de la Rosa, Eduardo Román Quian Alcocer, María de la Paloma Villaseñor Vargas, Diana Karina Velázquez Ramírez, Patricia Guadalupe Peña Recio, Zita Beatriz Pazzi Maza, Emilse Miranda Munive, Dulce María Muñiz Martínez, Víctor Hugo Velasco Orozco, Felipe de Jesús Muñóz Kapamas, Martín de Jesús Vásquez Villanueva, Mirna Velázquez López, Delvim Fabiola Bárcenas Nieves, María de Jesús Huerta Rea, Rosalba de la Cruz Requena, María Esther Garza Moreno, Eligio Cuitháhuac González Farías, Luis Olvera Correa, Salvador Ortiz García, Rodimiro Barrera Estrada, Mauricio Sahui Rivero, Maricruz Cruz Morales, Francisco González Vargas, Hugo Maauricio Pérez Anzueto, María Elena Cano Ayala, María Concepción Navarrete Vital, Gabriel Gómez Michel, María Angélica Magaña Zepeda, Cesario Padilla Navarro, Issa Salomón Juan Marcos, Antonio de Jesús Díaz Athié, Miguel Alfonso Vildózola Lacarra, José Ignacio Duarte Murillo, Norma Ponce Orozco, Roberto López González, Gaudencio Hernández Burgos, Genaro Ruiz Arriaga, Verónica Carreón Cervantes, Fernando Bribiesca Sahagún, Jaime Chris López Alvarado, José Enrique Doger Guerrero, Ricardo Medina Fierro, Javier López Zavala, Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, Lizbeth Loy Gamboa Song, Karina Labastida Sotelo, Elizabeth Vargas Martín del Campo, Margarita Licea González, Flor de María Pedraza Aguilera, Cinthya Noemí Valladares Couoh, Xavier Azuara Zúñiiga, Erick Marte Rivera Villanueva, Carlos Alberto García González, Raudel López López, Alfredo Rivadeneyra Hernández, Isaías Cortés Berumen, Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez, Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares, Lázara Nelly González Aguilar, Juan Carlos Muñoz Márquez, Genaro Carreño Muro, Heberto Neblina Vega, Glafiro Salinas Mendiola, María Guadalupe Mondragón González, Omar Antonio Borboa Becerra, Elizabeth Oswelia Yáñez Robles, Víctor Rafael González Manríquez, Martha Berenice Álvarez Tovar, Leonor Romero Sevilla, Gerardo Maximiliano Cortázar Lara, David Cuauhtémoc Galindo Delgado, Juan Pablo Adame Alemán, Víctor Oswaldo Fuentes Solís, Juan Bueno Torio, Tania Margarita Morgan Navarrete, Fernando Rodríguez Doval, Marcos Aguilar Vega, María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez, Carmen Lucía Pérez Camarena, Leslie Pantoja Hernández, María Teresa Jiménez Esquivel, Gabriela Eugenia Cortés Talamantes, José Manuel Gastélum Buenrostro, Rubén Camarillo Ortega, José Arturo Salinas Garza, Martha Leticia Sosa Govea, Juan Francisco Cáceres de la Fuente, Rocío Esmeralda Reza Gallegos, Mariana Dunyaska García Rojas, José Alfredo Botello Montes, Raquel Jiménez Cerrillo, Mario Alberto Dávila Delgado, Verónica Sada Pérez, Blanca Jiménez Castillo, Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, Eufrosina Cruz Mendoza, Dámaris Osorno Malpica, Germán Pacheco Díaz, Jorge Francisco Sotomayor Chávez, Felipe de Jesús Almaguer Torres, José Martín López Cisneros, Humberto Alonso Morelli, Fernando Alejandro Larrazábal Bretón, Marcelina Orta Coronado, Patricia Lugo Barriga, Nestor Octavio Gordillo Castillo, Rafael Alejandro Micalco Martínez, José González Morfín, Jorge Rosiñol Abreu, José Luis Oliveros Usabiaga, Enrique Alejandro Flores Flores, Gavilán Rodolfo Dorador Pérez, Jorge Ivan Villalobos Séañez, José Isabel Trejo Reyes, Mario Sánchez Ruiz, María Beatriz Zavala Peniche, Raúl Gómez Ramírez, Martín Alonso Heredia Lizárraga, Raúl Paz Alonzo, José Guadalupe García Ranmírez, Juan Jesús Aquino Calvo, Arturo de la Rosa Escalante, Esther Quintana Salinas, José Guillermo Anaya Llamas, Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbricas).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: A usted, diputado. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
La escucho, diputada Juárez, doña Verónica Juárez.
La diputada Verónica Beatriz Juárez Piña(desde la curul): Gracias, presidenta. Preguntarle si la iniciativa que ha presentado el diputado Gutiérrez de la Garza, a quien acabamos de escuchar podrá ser suscrita, siempre y cuando si así nos lo permite quien lo ha exteriorizado, y si lo podríamos hacer los diputados que estemos de acuerdo.
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Me dice el diputado Héctor Gutiérrez de la Garza que nada le daría más gusto que usted lo acompañe en su iniciativa. Usted y quien desee, aquí la Secretaría pondrá a su disposición el ocurso.
Continúe la Secretaría con la declaratoria de publicidad de dictámenes.
LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto que adiciona las fracciones XXXVII Bis al artículo 8o. y XV al 20 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXII Legislatura, le fue turnada para su análisis y dictamen la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, presentada por el diputado Alfonso Inzunza Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
En virtud del análisis y estudio de la iniciativa que se dictamina, esta comisión ordinaria, con base en las facultades que nos confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXVI, 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 1, 81, numeral 2, 84, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, 162 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea, el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes:
Antecedentes
1. Con fecha 22 de octubre de 2012, el diputado Alfonso Inzunza Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.
2. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 23, fracción f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en esa misma fecha, acordó turnar la iniciativa que nos ocupa, para análisis y dictamen, a la Comisión de Pesca.
Contenido de la iniciativa
Fundamentalmente la iniciativa objeto de este dictamen sustenta que las condiciones económicas y sociales del país han lacerado la calidad de vida de las comunidades, campos y puertos pesqueros, por lo cual se requieren acciones a cargo de las diversas instancias de gobierno, que transformen estructuralmente esta situación.
Expone que la pesca y la acuacultura son actividades productivas que generan alimento para la población y que con una política de planeación adecuada, asumirán el papel que les corresponde, principalmente en la generación de empleos, divisas, desarrollo comunitario y portuario, además del embate a la pobreza y una mejor calidad de vida de los que viven de la pesca.
Cita uno de los preceptos del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación en el desarrollo nacional.
Asimismo, el artículo 1o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, que considera de interés público la planeación y organización de la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, y de los demás bienes, servicios y acciones tendentes a la elevación de la calidad de vida de la población rural.
En cumplimiento de estos mandatos, esta iniciativa propone el establecimiento de apoyos directos a la pesca y la acuacultura, similar al Procampo y al Progan, como apoyo a la productividad de los pescadores ribereños, que en términos de justicia social y política merecen, y que contribuya a abatir los rezagas En que se encuentra la pesca del país desde hace ya varios años. En este sentido los apoyos directos a la pesca, habrán de convertirse en un instrumento presupuestal que haría justicia a un padrón estimado de 350 mil familias que integran el sector social de la pesca en México, que ha sufrido los estragos y el abandono gubernamental, que lo ha llevado a la ruina y a la desesperanza.
Tomando como base los elementos de información disponibles, así como la propuesta citada, la Comisión de Pesca se abocó al estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados con base en los siguientes:
Considerandos
1. Es necesario que se implante de manera urgente en los 31 estados que inciden en la pesca y la acuacultura un sistema de apoyos que fomente mayor productividad en los entes acuícolas y en los mares, riberas, esteras yaguas continentales de los sectores social y privado para mejorar la competitividad interna y externa, pero sobre todo dignificar y elevar el nivel de vida de los pescadores.
2. Actualmente existen programas de apoyos a los campesinos tales como Programa de Apoyos al Campo (Procampo) o el Programa de Apoyo a los Ganaderos (Progan); y no así para el sector pequero mexicano. Con la creación de un programa especifico se podrá coadyuvar en el alivio a las condiciones de pobreza en las que se encuentran los pescadores.
3. La iniciativa de proponer e implementar apoyos directos a la pesca y la acuacultura, que podrán solventar de alguna manera las necesidades más apremiantes del sector pesquero y acuícola, con la finalidad de enfrentar los tiempos de escasa producción, de vedas, de mareas rojas, de temporadas de ciclones, entre otros, por ello es necesario reactivar el programa que incluya al sector pesquero y acuícola en el texto de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y que se destinen recursos para los apoyos directos a la pesca.
4. La solicitud de estos apoyos no es nuevo, en el ejercicio fiscal de 2005 le fueron asignados 49.5 millones de pesos, etiquetados en los Fondos Regionales de Combate a la Pobreza, que se destinaron exclusivamente a la población en pobreza y de marginación de acuerdo a los criterios oficiales, según se establecieron en las Reglas de Operación, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 25 de octubre de 2004.
5. Es necesario que se apoye a los pescadores con un incentivo en épocas de vedas ya sea por disposición de las normas oficiales mexicanas o por las naturales como es el caso de los cambios climatológicos que generan los fenómenos del niño y la niña.
6. Los apoyos directos a la pesca, serán un instrumento de apoyo eficaz para fomentar la capacidad del sector pesquero nacional con la finalidad de fortalecerlo y hacerlo autosuficiente.
7. La Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública con fecha 5 de febrero de 2013, emitió su opinión de impacto presupuestario siendo este de un aproximado de mil 742.2 millones de pesos si se toma como referencia el promedio pagado por productor inscrito en Procampo; o bien de 3 mil 408.3 millones de pesos, si se toma como referencia el promedio pagado a los productores inscritos en el Progan.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Artículo Único. Se adicionan una fracción XXXVII Bis, al artículo 8o., y una fracción XV, al artículo 20 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para quedar como sigue:
Artículo 8o. ...
I. a XXXVII. ...
XXXVII Bis. Expedir las reglas de operación conforme a las disposiciones en materia presupuestaria;
XXXVIII. a XL. ...
Artículo 20. ...
I. a XII. ...
XIII. Programas que promuevan la acuacultura rural e industrial, así como la reconversión productiva como una alternativa de desarrollo;
XIV. El Programa Integral de Inspección y Vigilancia para el Combate a la Pesca Ilegal, y
XV. Apoyos a los pescadores que se encuentren en el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura y que se dediquen de manera legal y sustentable a la captura y al cultivo de cualquiera de los recursos marinos en bahías, esteros, riberas, alta mar yaguas continentales mexicanos.
Transitorios
Artículo Primero. EI presente decreto entrará en vigor al día 1 de enero del año 2014.
Artículo Segundo. Las erogaciones que, en su caso, deban realizarse con el fin de dar cumplimiento al presente decreto estarán sujetas al presupuesto autorizado en el Presupuesto de Egresos de la Federación y se ejecutarán observando las prioridades que se establezcan en el Plan Nacional de Desarrollo, debiendo observar las disposiciones aplicables en materia presupuestaria a partir del ejercicio fiscal de 2014.
México, Distrito Federal, a 3 de abril de dos mil trece.
La Comisión de Pesca, diputados: Alfonso Inzunza, Montoya (rúbrica), presidente; Arturo de la Rosa Escalante (rúbrica), Landy Margarita Berzunza Novelo (rúbrica), Ricardo Medina Fierro (rúbrica), Leopoldo Sánchez Cruz (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Angélica Rocío Melchor Vásquez, secretarios; María Celia Urciel Castañeda (rúbrica), Salvador Ortiz García (rúbrica), Martín Alonso Heredia Lizárraga (rúbrica), Tania Margarita Morgan Navarrete (rúbrica), María del Carmen Ordaz Martínez (rúbrica), Eduardo Román Quian Alcocer (rúbrica), Juan Manuel Rocha Piedra (rúbrica), Francisco Grajales Palacios, Nabor Ochoa López, Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez (rúbrica), Víctor Reymundo Nájera Medina (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz, María Fernanda Romero Lozano.»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:«Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 343-A, 343-C, 343-D y 343-E de la Ley Federal del Trabajo
Honorable Asamblea
A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona los artículos 343-A, 343-C, 343-D y 343-E de la Ley Federal del Trabajo, en relación con actividades de la industria minera, en lo que toca a prospección, preparación, explotación, exploración, extracción; seguridad y riesgos de trabajo en dichas actividades, presentada por el diputado Adolfo Bonilla Gómez integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera, Jesús Murillo Karam y diversos diputados firmantes.
Con fundamento en los artículos 39 numerales 1 y 2, fracción XXXVII, 3, 40, 43, 45 numeral 6, incisos e) y f), 7 y relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 67 fracción I, 68, 79, 80 fracción VI, 89, 146, 157, 182 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, la Comisión de Trabajo y Previsión Social, emite el siguiente dictamen:
Antecedentes
1. Con fecha 15 de noviembre de 2012, el diputado Adolfo Bonilla Gómez integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera, Jesús Murillo Karam y diversos diputados firmantes, presentó iniciativa con proyecto de decreto para reformar y adicionar los artículos 343-A, 343-C, 343-D y 343-E de la Ley Federal del Trabajo, del Capitulo XIII bis, al Título Sexto denominado Trabajos Especiales, de la Ley Federal del Trabajo, en relación con actividades mineras, extracción de carbón, faenas subterráneas, riesgos de trabajos en minas, seguridad en extracción de carbón, y actividades diversas relacionadas con minas, que se nos turnó a la Comisión que emite este dictamen.
2. En esa misma sesión y acuerdo del pleno de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión mediante oficio D.G.P.L. 62-II-4-135 de la Mesa Directiva, se turnó dicho asunto a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, asignándole el expediente número 742.
3. Asimismo, en sesión de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, de fecha 27 de noviembre de 2012, se presentó la iniciativa del diputado Mario Dávila Delgado y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, recibida en esta comisión mediante oficio DGPL 62-II-5-242, la cual reforma el artículo 343-A de la Ley Federal del Trabajo.
4. De la documentación remitida, recabada y antecedentes del procedimiento, proceso de análisis de la iniciativa de comento propuesto por esta comisión basado en lo esencial, en la experiencia y práctica Legislativa, así como en base a los principios de economía, sencillez y concentración parlamentarias, consideramos debe analizarse, resolverse y dictaminarse en el presente expediente, en términos de lo que adelante se expone, encontrando sus fundamentos y razonamientos en las siguientes:
Consideraciones
I. La Comisión de Trabajo y Previsión Social, es competente para conocer y resolver de este asunto, en términos del fundamento legal descrito en el párrafo segundo del cuerpo del presente documento, que aquí se reproduce en vía de repeticiones innecesarias.
II. Como método de análisis y dictamen, consideramos debemos apoyarnos en la experiencia y práctica legislativa de esta y las legislaturas pasadas, estableciendo secuencia lógica entre los planteamientos formulados por los proponentes; espíritu y contenido de los preceptos legales objeto de la materia, finalidades, interpretación teleológica de la Ley Federal del Trabajo y del artículo 123 Constitucional, y el enlace natural entre las causas, objeto y conclusiones a que se llegue en el dictamen, para determinar mediante un sencillo razonamiento, la procedencia o improcedencia de la petición en cuestión.
III. De las constancias que integran este expediente, y de los contenidos de las iniciativas presentadas, se desprenden lo siguiente:
En la parte relativa a la exposición de motivos: Que las actividades mineras registran riesgos laborales generalizados en extracción de carbón, debido a que los procesos y técnicas son artesanales y rudimentarios; omiten la normatividad en materia de seguridad; por tanto, los riesgos en faenas subterráneas son frecuentes, especialmente cuando se utilizan explosivos o por la presencia de gases tóxicos, empleo de maquinas y equipos, aguas subterráneas y otros; a los que se suman factores humanos, las incipientes inversiones, dispersión geográfica, abandono, ausencia de tecnología, de licencias, permisos y autorizaciones legales, que incrementan los riesgos de trabajo.
Ante esa situación, es necesario minimizar o eliminar, las practicas mineras de elevado riesgo, e implementar las medidas, programas y acciones para complementar, ampliar o adicionar, lo relativo a la seguridad minera y en la extracción de carbón en tiros verticales, cuevas y pozos carboneros, que eviten y prevengan fatalidades o desgracias conocidas en el medio minero y por la opinión pública.
Por los hechos ocurridos en la mina Pasta de Conchos en Coahuila con la muerte de 65 trabajadores mineros, llamó los reflectores de la opinión pública y de la urgencia de tomar medidas para la seguridad en la actividad minera, precedida de una huelga de cuyas principales peticiones eran incrementos salariales y revisión de las medidas de seguridad y salud precarias y obsoletas que prevalecían, con los desenlaces públicamente conocidos, experiencia que dio origen a la NOM 032, que resolvió el problema paliativamente pero no de fondo, dejando prácticamente al azar que en los meses venideros se encontraran las soluciones, lo que totalmente a la fecha no ha acontecido y de allí en gran parte, dar vida al problema minero en México, especialmente en materia de seguridad y salud.
IV. Independientemente de las causas de fondo expuestas por los proponentes en el punto que antecede, la Industria Minera Mexicana originalmente en la época precolonial o prehispánica; después de la colonia también de manera artesanal y con técnicas de exploración, explotación y extracción muy primigenias, que tuvo un cierto repunte e impulso a su incipiente modernidad después de la Revolución Mexicana; y con la Constitución de 1917, a una reglamentación Constitucional con la Rectoría del Estado, en lo que hace al Desarrollo Nacional, a los conceptos de propiedad del Estado y Soberanía de la Nación y la conducción a cargo del Estado; con una reglamentación en los artículos 27 y 28 Constitucionales; sobre el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones; explotación de minas y aguas; correspondiéndole el otorgamiento de las concesiones a particulares en relación con la explotación, exploración y extracción de minas y por el propio Estado o por las entes e instituciones que lo conforman; donde el Estado se convierte en conductor, guía y director en actividades mineras; facultades que le alcanzan para expedir la legislación y reglamentos necesarios; pero además, para implementar las políticas de Desarrollo, Planeación e Impulso Minero, para establecer los paramentaros medidas y programas que exijan y promuevan, la modernización no solo de las normatividades, adecuándolas a las exigencias contemporáneas, y a las propias de la industria minera; situándolas dentro del marco internacional, como una exigencia del fenómeno globalizador a nivel mundial.
Desarrollada por años la minería en nuestro país, aún se siguen procesos y técnicas artesanales y rudimentarias; se carece de las medidas normativas en materia de seguridad, que generan múltiples riesgos laborales; la maquinaria y equipos no responden a las exigencias del peligro o de las propias condiciones de prospección, preparación, extracción, explotación o exploración. Si bien se anuncian inversiones millonarias, eso no es necesariamente síntoma o reflejo de modernización, o con lo cual se ataquen las causas de fondo de la inseguridad.
Se requiere además de lo anterior, que el Estado diseñe políticas adecuadas, como rector, por atribución Constitucional, generando la legislación que facilite la comprensión clara, para accesar al medio de exigencias, que nuestra industria minera contemporánea exige.
Las inversiones que públicamente anuncia Grupo Minero México o Industrial Minera México, uno de los principales exploradores, explotadores o extractores mineros de nuestro país y aun en el extranjero, son buenas para reactivar la planta productiva y por ende el mercado interno, requiriendo regulación jurídica adecuada.
En ese sentido las inquietudes planteadas por los proponentes de la iniciativa con proyecto de decreto, para reformar y adicionar los artículos 343-A, 343-C, 343-D y 343-E del Capítulo XIII bis, relativo De los trabajos en Minas, del Titulo Sexto de la Ley Federal del Trabajo que analiza las necesidades, requerimientos y exigencias de nuestra industria minera, resultan procedentes.
V. No obsta a lo anterior y en complemento a la justificación que esta Comisión se permite expresar para la procedencia de la Iniciativa de comento, que en el periodo del 17 de septiembre al 30 de noviembre ambos del año 2012, tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores, se analizó, discutió y dictaminó en ambas soberanías el proyecto de decreto del Ejecutivo federal de 1 de diciembre de 2012, llamado iniciativa preferente, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, proceso que culminó con el decreto de 29 de noviembre de 2012, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 del mismo año, el cual entró en vigor al día siguiente de su publicación en dicho Diario Oficial de la Federación.
Que en el decreto en comento, se aprobaron las reformas a los artículos 343-A, 343-B, 343-C, 343-D y 343-E de la Ley Federal del Trabajo, quedando de la siguiente forma:
Capitulo XIII BisDe los trabajos en minas
Artículo 343-A. Las disposiciones de este capítulo son aplicables en todas las minas de carbón de la República Mexicana y a todos sus desarrollos mineros en cualquiera de sus etapas mineras en que se encuentre, ya sea, prospección, preparación, exploración y explotación, independientemente del tipo de exploración y explotación de que se trate, ya sean, minas subterráneas, minas de arrastre, tajos a cielo abierto, tiros inclinados y verticales, así como la extracción en cualquiera de sus modalidades, llevada a cabo en forma artesanal, mismas que, para los efectos de esta Ley, son consideradas centros de trabajo.
Artículo 343-B. Todo centro de trabajo debe contar con un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo y con un responsable de su funcionamiento, designado por el patrón, en los términos que establezca la normatividad aplicable.
Artículo 343-C. Independientemente de las obligaciones que la presente Ley u otras disposiciones normativas le impongan, el patrón está obligado a:
I. Facilitar y mantener en condiciones higiénicas instalaciones para que sus trabajadores puedan asearse y comer;
II. Contar, antes y durante la exploración y explotación, con los planos, estudios y análisis necesarios para que las actividades se desarrollen en condiciones de seguridad, los que deberán actualizarse cada vez que exista una modificación relevante en los procesos de trabajo;
III. Informar a los trabajadores de manera clara y comprensible los riesgos asociados a su actividad, los peligros que éstos implican para su salud y las medidas de prevención y protección aplicables;
IV. Proporcionar el equipo de protección personal necesario, a fin de evitar la ocurrencia de riesgos de trabajo y capacitar a los trabajadores respecto de su utilización y funcionamiento;
V. Contar con sistemas adecuados de ventilación y fortificación en todas las explotaciones subterránea, las que deberán tener dos vías de salida, por lo menos, desde cualquier frente de trabajo, comunicadas entre sí.
VI. Establecer un sistema de supervisión y control adecuados en cada turno y frente de trabajo, que permitan garantizar que la explotación de la mina se efectúa en condiciones de seguridad;
VII. Implementar un registro y sistema que permita conocer con precisión, los nombres de todas las personas que se encuentran en la mina, así como mantener un control de entradas y salidas de esta.
VIII. Suspender las actividades y disponer la evacuación de los trabajadores a un lugar seguro en caso de riesgo inminente para la seguridad y salud de los mismos; y
IX. No contratar o permitir que se contrate a menores de 18 años.
Los operadores de las concesiones que amparen lotes mineros, en los cuales se ubiquen los centros de trabajo a que se refiere este Capítulo, deberán cerciorarse de que el patrón cumpla con sus obligaciones. Los operadores de las concesiones mineras serán subsidiariamente responsables, en caso de que ocurra un suceso en donde uno o más trabajadores sufran incapacidad permanente parcial o total, o la muerte, derivada de dicho suceso.
Artículo 343-D. Los trabajadores podrán negarse a prestar sus servicios siempre y cuando la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene confirme que:
I. No se cuenten con la debida capacitación y adiestramiento que les permita identificar los riesgos a los que están expuestos, la forma de evitar la exposición a los mismos y realizar sus labores en condiciones de seguridad.
II. El patrón no les entregue el equipo de protección personal o no las capacite para su correcta utilización.
III. Identifiquen situaciones de riesgo inminente que puedan poner en peligro su vida, integridad física o salud o las de sus compañeros de trabajo.
Cuando los trabajadores tengan conocimiento de situaciones de riesgo inminente, deberán retirarse del lugar de trabajo expuesto a ese riesgo, haciendo del conocimiento de esta circunstancia al patrón, a cualquiera de los integrantes de la Comisión de Seguridad e Higiene o a la Inspección del Trabajo.
Enterada la Inspección del Trabajo, por cualquier medio o forma, de que existe una situación de riesgo inminente, deberá constatar la existencia de dicho riesgo, a través de los inspectores del Trabajo que comisione para tal efecto y de manera inmediata, ordenar las medidas correctivas o preventivas en materia de seguridad e higiene con la finalidad de salvaguardar la vida, la integridad física o la salud de los trabajadores. Dichas medidas podrán consistir en la suspensión total o parcial de las actividades de la mina e inclusive en la restricción de acceso de los trabajadores al centro de trabajo hasta en tanto no se adopten las medidas de seguridad necesarias para inhibir la ocurrencia de un siniestro.
En caso de que un patrón se niegue a recibir a la autoridad laboral, esta podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública, Federal, Estatal o Municipal, según sea el caso, para ingresar al centro de trabajo y cumplir con sus funciones de vigilancia del cumplimiento de la normatividad laboral. La inspección del Trabajo deberá notificar esta circunstancia a la autoridad minera para que ésta proceda a la suspensión de obras y trabajos mineros en los términos de la Ley de la materia.
Artículo 343-E. A los responsables y encargados directos de la operación y supervisión de los trabajos y desarrollos mineros, que dolosamente o por negligencia omitan implementar las medidas de seguridad previstas en la normatividad, y que hayan sido previamente identificados por escrito en dictamen fundado y motivado de la autoridad competente, se les aplicarán las penas siguientes:
I. Multa de hasta 2 mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, cuando por omisión se produzca un riesgo de trabajo, que genere a uno o varios trabajadores una incapacidad permanente parcial.
II. Multa de hasta 3 mil 500 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, cuando por su omisión se produzca un riesgo de trabajo, que genere a uno o varios trabajadores una incapacidad permanente total.
VI. Conforme a lo anterior y como se expresó por los proponentes Adolfo Bonilla Gómez y otros, presentaron iniciativas de reformas y adiciones a los artículos 343-A, 343-C, 343-D y 343-E de la Ley Federal del Trabajo, aduciendo en forma esencial: que el título del capítulo XIII Bis debía llamarse: De los trabajos en minas de carbón, dado que el conjunto de los artículos de dicho capítulo adicionado al Título Sexto de la Ley Federal del Trabajo, estaba encausado en lo esencial a la reglamentación de los trabajos en minas de carbón y de allí, la justificación del nombre correcto que debía asignársele y desde luego tomar en cuenta la iniciativa del diputado Mario Dávila Delgado, para adicionar el artículo 343-A, en términos de su propuesta antes referida.
Análisis y valoración de los textos normativos propuestos
Los proponentes de las iniciativas sostienen que deben reformar y adicionarse los artículos 343-A, 343-C, 343-D y 343-E, en los siguientes términos:
Artículo 343 A. ...
Queda prohibido el trabajo en tiros verticales para la extracción de carbón, a profundidades menores de 100 metros ó mediante el empleo de botes, en este caso, la extracción de carbón, deberá realizarse mediante tajos a cielo abierto y tiros inclinados; Asimismo queda prohibido, el trabajo en minas conocidas como cuevas y pozos carboneros, entendiéndose por esto a los trabajos de extracción de carbón en tiros verticales en forma artesanal, en donde las actividades mineras se llevan a cabo sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas para este tipo de obras, no contando con las medidas de seguridad que correspondan de acuerdo a la normatividad vigente, para proteger la vida de los trabajadores.
Aduciéndose entre otras cosas que dicho párrafo formaba parte de la propuesta original que fue omitido formar parte de dicho precepto adicionado, por lo que deberá reconsiderarse su inclusión tanto por cuestiones de seguridad y salud, por la definición establecida en el párrafo primero que permitiera esclarecer su contenido.
Tampoco es óbice a lo anterior, como ya se expresó, el Diputado Mario Dávila Delgado y demás firmantes del Partido Acción Nacional, aduciendo en lo esencial que el mismo párrafo segundo antes transcrito, ya formaba parte del artículo 343-A de la minuta enviada al Senado, pero que no se incluyó finalmente, debiéndose incluir y de allí la propuesta de iniciativa formulada por el citado diputado Dávila Delgado, e igualmente cuestiones de seguridad, salud, trabajo en tiros verticales de carbón como parte de la regulación del párrafo primero, y desde luego clarificarse para el caso de la extracción, mediante el empleo de botes que resulta procedente agregarse.
En lo que hace al artículo 343-C, debían clarificarse las obligaciones del patrón, en el caso de la fracción V, que permitiera ubicar a las personas en la mina y agregarle al párrafo último, la sustitución de operador por titular, a fin de determinar claramente su carácter, quienes deberían tener responsabilidad solidaria y no subsidiaria.
En el caso de 343-D, eliminar la facultad confirmatoria que tiene la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene en los supuestos de las fracciones I, II y III del actual texto reformado es conveniente, y conferirle al trabajador la negativa para prestar sus servicios en los casos de no contar con capacitación y adiestramiento, protección personal o identificación de los riesgos inminentes también es conveniente, dado que la Comisión tiene una función regulatoria y en veces de sanción en dicha materia y esto sería ajeno a la decisión propia del trabajador, como se lo atribuía el artículo ya reformado, concentrando la negativa a una atribución del trabajador sin que la Comisión deba confirmar y obligación del patrón, debiéndose eliminar esa facultad confirmatoria a la Comisión y darle el derecho al trabajador de negarse a prestar sus servicios de no cumplirse los supuestos de las tres fracciones antes indicadas del precepto en cita.
En el caso del 343-E, sostener la conducta dolosa, y cambiar la negligente por la de culpa grave por omisión, lo que nos parece inapropiado, dado que la reforma aprobada en este precepto distinguía la conducta intencional o dolosa con la de culpa, imprudencia o no intencional como negligente; asimismo no sería correcto eliminar en este primer párrafo la parte que dice ...y que hayan visto previamente identificados por escrito en dictamen fundado y motivado de la autoridad competente..., a nuestro juicio es correcto se sostenga el dictamen fundado y motivado de autoridad competente que da seguridad jurídica al trabajador, y permite mayor claridad a la responsabilidad y sanción por los sujetos y por las conductas.
Asimismo la propuesta sugiere la adición de las fracciones III ampliando prisión de 3 a 6 años, y multa hasta de 5 mil veces el salario mínimo cuando se produzca la muerte de los trabajadores y una fracción IV ampliando la prisión de 6 a 9 años y la multa hasta de 10 mil veces el salario mínimo en el caso de muerte de trabajadores en la extracción del carbón en tiros verticales a profundidades menores a 100 metros, y en cuevas y pozos carboneros y en los tiros verticales, sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones por omisión de las medidas de seguridad, con lo cual consideramos procedente, para clarificar el contenido de los preceptos reformados y adicionados en el Decreto del 29 de noviembre de 2012, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012.
No obstante lo anterior, la comisión dictaminadora en sesión ordinaria de fecha 4 de abril de 2013, manifestó que referente a la propuesta de la fracción V del artículo 343-C de la Ley Federal del Trabajo, debe quedar actualmente como se encuentra en el ordenamiento vigente, ya que ésta obliga al patrón, a contar con vías de salida en explotaciones subterráneas desde cualquier frente de trabajo, facilitando en caso de cualquier incidente la evacuación de los trabajadores de una manera ágil, insistiendo con ello, que esta medida puede salvar la vida de los mismos en caso de una explotación, derrumbe o cualquier otra contingencia que se suscite, por lo que dicha dictaminadora aprobó que dicha fracción del citado artículo se conserve en sus términos vigente.
Asimismo, y por lo que ve a la propuesta del artículo 343-D, referente a eliminar la facultad confirmatoria que tiene la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene en los supuestos de las fracciones I, II y III del actual texto, los legisladores integrantes de ésta dictaminadora aprobaron de igual forma el conservar el texto vigente de dicho artículo, ya que en el seno de la discusión manifestaron que ante la negativa del trabajador a prestar sus servicios bajo cualquiera de las tres hipótesis establecidas, dicha decisión debe estar respaldada y confirmada por la citada Comisión, a efecto de que ésta verifique que efectivamente existe incumplimiento por parte del patrón al no estar brindando a los trabajadores las medidas previstas, al tener la Comisión funciones regulatorias y de sanción, la cual al confirmar el incumplimiento debe proceder conforme a sus atribuciones.
Conforme a los antecedentes, consideraciones y justificaciones expuestas en el presente documento, esta Comisión somete a la consideración del Pleno de esta Honorable Asamblea, el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo
Artículo Único. Se reforman los artículos 343-C fracción VII y último párrafo y 343-E primer párrafo, y se adicionan los artículos 343-A segundo párrafo y 343-E fracciones III y IV de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 343-A. ...
Queda prohibido el trabajo en tiros verticales para la extracción de carbón, a profundidades menores de 100 metros o mediante el empleo de botes, en este caso, la extracción de carbón, deberá realizarse mediante tajos a cielo abierto y tiros inclinados; asimismo queda prohibido, el trabajo en minas conocidas como cuevas y pozos carboneros, entendiéndose por esto, a los trabajos de extracción de carbón en tiros verticales en forma artesanal, en donde las actividades mineras, se llevan a cabo, sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas para este tipo de obras, no contando con las medidas de seguridad que correspondan de acuerdo a normatividad vigente, para proteger la vida de los trabajadores.
Artículo 343-C. Independientemente de las obligaciones que la presente Ley u otras disposiciones normativas le impongan, el patrón está obligado a:
I. a VI. ...
VII. Implementar un registro y sistema que permita conocer con precisión, en tiempo real y en cualquier momento, los nombres de todas las personas que se encuentran en la mina, así como la ubicación de las mismas;
VIII. y IX. ...
Los titulares de las concesiones que amparen lotes mineros, en los cuales se ubiquen los centros de trabajo a que se refiere este capítulo, deberán cerciorarse de que el patrón cumpla con sus obligaciones. Los titulares de las concesiones mineras serán solidariamente responsables, en caso de que ocurra un suceso en donde uno o más trabajadores sufran incapacidad permanente parcial o total, o la muerte, derivada de dicho suceso.
Artículo 343-E. A los responsables y encargados directos de la operación y supervisión de los trabajos y desarrollos mineros, que dolosamente o por negligencia, omitan implementar las medidas de seguridad previstas en la normatividad, y que hayan sido previamente identificados por escrito en dictamen fundado y motivado de la autoridad competente, se les aplicarán las penas siguientes:
I. y II. ...
III. Prisión de 3 a 6 años y multa de hasta 5 mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, cuando por la omisión produzca la muerte de uno o varios trabajadores.
IV. Prisión de 6 a 9 años y multa de hasta 10 mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, cuando se produzca la muerte de uno o varios trabajadores, por la realización de trabajos de extracción de carbón, mediante tiros verticales a profundidades menores de 100 metros y en cuevas y pozos carboneros, cuando se realicen trabajos de extracción de carbón en tiros verticales en forma artesanal, sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas para este tipo de obras y donde no se observen, las medidas de seguridad que correspondan, para proteger la vida de los trabajadores.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 4 días del mes abril del año dos mil trece.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados: Claudia Delgadillo González (rúbrica), presidenta; Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Francisco Grajales Palacios, Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, Fernando Salgado Delgado, Karina Labastida Sotelo (rúbrica), Rafael Alejandro Micalco Méndez, Ramón Montalvo Hernández (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem, Luisa María Alcalde Luján (rúbrica), José Angelino Caamal Mena (rúbrica), secretarios; Carlos Humberto Aceves y del Olmo, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Elsa Patricia Araujo de la Torre (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal (rúbrica), Silvano Blanco Deaquino (rúbrica), José Alfredo Botello Montes (rúbrica), Juan Bueno Torio (rúbrica), María del Socorro Ceseñas Chapa (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), Esther Angélica Martínez Cárdenas (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica), Marcelo de Jesús Torres Cofiño (rúbrica), Alfredo Zamora García.»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: «Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su análisis y elaboración del dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 530 en su fracción III de la Ley Federal del Trabajo, presentada por la diputada Zuleyma Huidobro González, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Esta comisión dictaminadora con fundamento en lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 86, 89, 94 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 80, 81, 82, 84, 85, 182 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, habiendo analizado el contenido de la citada Iniciativa, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de la siguiente:
Metodología
I. En el capítulo de Antecedentes se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y del trabajo previo para su resolución de la Comisión Dictaminadora.
II. En el capítulo referido al Contenido de la iniciativa, se sintetiza el alcance de la propuesta de reforma en estudio.
III. En el capítulo de Consideraciones, se expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la resolución de esta Comisión Dictaminadora.
I. Antecedentes
1. En la sesión de fecha de trece de noviembre de dos mil doce, la diputada Zuleyma Huidobro González, integrante del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó la iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo.
2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, dispuso que dicha iniciativa fuera turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
II. Contenido de la iniciativa
La iniciativa tiene por objeto facultar a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para que además de proponer soluciones para el arreglo de conflictos, pueda celebrar convenios que tendrán las mismas consecuencias jurídicas que si se hubiere firmado en la Junta de Conciliación y Arbitraje.
Es decir, que los convenios conciliatorios que sean celebrados ante el procurador del Trabajo, tendrán reconocimiento ante la ley, con facultades para ello, otorgadas al propio Procurador, en texto de ley, so pena de sufrir la promoción de la nulidad del documento, a cargo de aquel a quien no le sea favorable el acuerdo de voluntades y sus consecuencias. Se trata de dotar al ordenamiento laboral, de mayor precisión y certeza, en beneficio de las partes, trabajador y patrón; presentada como a continuación se describe:
Decreto por el que se adiciona un texto a la fracción III, del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo
Articulo 530. La Procuraduría de la Defensa del Trabajo tiene las funciones siguientes:
I. Representar o asesorar a los trabajadores y a sus sindicatos, siempre que lo soliciten, ante cualquier autoridad, en las cuestiones que se relacionen con la aplicación de las normas de trabajo;
II. Interponer los recursos ordinarios y extraordinarios procedentes, para la defensa del trabajador o sindicato; y
III. Proponer a las partes interesadas soluciones amistosas para el arreglo de sus conflictos y hacer constar los resultados en actas autorizadas, así como la celebración de convenios entre las partes, que serán considerados como firmados ante la junta.
III. Consideraciones
La propuesta de iniciativa que se dictamina no obstante que se encuentra prevista en el artículo 32 del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo vigente, que establece:
Las actas y los convenios elaborados y aprobados por los Procuradores Auxiliares fuera de juicio tendrán validez jurídica, siempre y cuando los trabajadores no renuncien a los salarios devengados, a las indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los servicios prestados.
Derivado de lo anterior, resulta pertinente dar el nivel que pretende la iniciativa en virtud de ser complementaria en lo atención a lo antes citado.
Por lo que si bien el Reglamento prevé mecanismos de conciliación consistentes en resolver, a través de juntas de avenimiento o conciliatorias, los conflictos entre patrones y trabajadores y demás sujetos de la relación laboral, a efecto de preservar los derechos que la Ley consagra en favor de los trabajadores, resulta precedente dictaminar en sentido positivo la propuesta en comento, pues una de las bondades de la misma se reflejaría en un desahogo de la carga litigiosa, en las instancias correspondientes.
Con la presente iniciativa, esta Comisión considera viable dar un rango a la Procuraduría de la defensa del trabajo, que actualmente no tiene, mismo que al ser incorporado a la Ley Federal del Trabajo podrá citar a las partes interesadas para celebrar pláticas conciliatorias con el objeto de solucionar sus conflictos, esto se podrá realizar a través de actas o convenios elaborados y aprobados por los Procuradores Auxiliares fuera de juicio, mismos que tendrán validez jurídica, siempre y cuando los trabajadores no renuncien a los salarios devengados, a las indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los servicios prestados. Por lo anterior, se considera que la iniciativa en estudio queda sin materia.
Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social someten a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo.
Artículo Único. Se reforma la fracción III del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Articulo 530. La Procuraduría de la Defensa del Trabajo tiene las funciones siguientes:
I. y II. ...
III. Proponer a las partes interesadas soluciones amistosas para el arreglo de sus conflictos y hacer constar los resultados en actas autorizadas, así como la celebración de convenios entre las partes, que serán considerados como firmados ante la junta.
Transitorio
Único.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a cuatro de abril de dos mil trece.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputados:Claudia Delgadillo González (rúbrica), presidenta; Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Francisco Grajales Palacios, Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, Fernando Salgado Delgado (rúbrica), Karina Labastida Sotelo (rúbrica en contra), Rafael Alejandro Micalco Méndez, Ramón Montalvo Hernández (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem, Luisa María Alcalde Luján (rúbrica), José Arturo López Cándido, José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Carlos Humberto Aceves y del Olmo, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Elsa Patricia Araujo de la Torre (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal (rúbrica), Silvano Blanco Deaquino (rúbrica), José Alfredo Botello Montes (rúbrica en contra), Juan Bueno Torio (rúbrica en contra), María del Ceseñas Chapa Socorro (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), Esther Angélica Martínez Cárdenas (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica en contra), Marcelo de Torres Cofiño Jesús (rúbrica en contra), Alfredo Zamora García.»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
VOLUMEN II
LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: «Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 7, 9, 10, 11 y 14 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Economía de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso e), ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los diversos 80, numeral 1, fracción II; 85 y 157, numeral 1, fracción I, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes:
I. I. Antecedentes
Primero. En sesión ordinaria del Pleno de la Cámara de Diputados realizada, el 4 de octubre de 2012, se presentó al pleno la iniciativa con proyecto de decreto a cargo de la diputada Socorro de la Luz Quintana León del Grupo Parlamentario del PRI que se menciona en el exordio del presente dictamen.
Segundo. En misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Economía para Dictamen y a la Comisión de Competitividad para opinión.
Tercero. El 14 de enero de 2013, la Mesa Directiva del Pleno de la Cámara de Diputados acordó conceder la prórroga para dictaminar la iniciativa.
II. II. Descripción de la iniciativa
La iniciativa en comento, pretende propiciar condiciones de igualdad y de no discriminación por razones de género, en el diseño de medidas y políticas de financiamiento, regionalización de acciones y de formación de cultura empresarial, todas estas vinculadas con el desarrollo de la competitividad de la MIPYMES. Lo anterior pretende alcanzarlo a través de:
1) Incorporar explícitamente en la legislación en cuestión, la obligación de mantener una perspectiva de género en el diseño e implementación de medidas de apoyo a la MIPYMES en materia de financiamiento, focalización regional de acciones y formación de cultura empresarial.
La reforma propuesta contempla los siguientes cambios:
III. Consideraciones
Primera. Los diputados que integran la Comisión de Economía coinciden en que son legítimas las preocupaciones de la Diputada Quintana León, ya que es impostergable la ejecución de medidas que promuevan la equidad de género en las esferas productivas.
Segunda. Los diputados que integran esta Comisión, consideran acertadas las propuestas de modificación a la Ley, ya que coinciden en la importancia de diseñar y ejecutar acciones con perspectiva de género, que entre otros beneficios, facilite la incorporación plena de la mujer en las actividades empresariales y de emprendurismo, principalmente en sector de la MIPYMES.
Lo anterior, ya que de preservarse las actuales brechas de género en el ámbito productivo, evidenciadas por la propia legisladora en su exposición de motivos, se seguirá incurriendo en múltiples y diversos costos sociales, entre los que se destacan:
a) La pérdida de los ingresos potenciales de aquellas empresas y emprendimientos que no son apoyados por la ausencia de una perspectiva de género que adecúe dichos apoyos a sus necesidades.
b) La pérdida de capital humano y de capacidades gerenciales que no pueden ser incorporadas plenamente al sistema productivo nacional, debido a la falta de esquemas de capacitación, asesoría y consultoría ad hoc al enfoque de género.
c) Las pérdida de bienestar social explicadas por los bajos ingresos, baja participación económica y precarización del empleo, existentes en amplios sectores de las mujeres y que son explicados por una falta de enfoque de género en el diseño y ejecución de las políticas públicas de apoyo a las MIPYMES.
Tercera. Se reconoce que las mujeres enfrentan una doble problemática cuando deciden emprender un negocio por cuenta propia en la escala MIPYME, ya que por un lado deben encarar los obstáculos que caracterizan este tipo de emprendimientos (falta de financiamiento, capacitación, acceso a tecnología y nuevos mercados, etcétera), mientras que por otra parte también experimentan limitaciones en su apertura y operación debido a que las políticas públicas de apoyo a esta escala empresarial, no contemplan las necesidades y demandas de género.
Los integrantes de esta Comisión consideran que la iniciativa en comento, puede resolver algunos de esos aspectos, y además presenta diversos beneficios potenciales, entre los que se destacan:
a) La generación de ingresos adicionales en la economía nacional, debido a los nuevos emprendimientos o al mejoramiento del desempeño de los actuales, y que son encabezados por mujeres.
b) Aprovechamiento más eficiente del capital humano, ya que la perspectiva de género permite potencializar su utilización y formación.
c) Incremento del bienestar social, derivado de mayores oportunidades para que las mujeres compitan exitosamente, y en condiciones de equidad, por mejores ingresos y empleos.
Cuarta. La Comisión de Competitividad, en el marco de sus facultades y reunida en sesión plenaria el 6 de febrero de 2013, a las 11:00 hrs emitió, una opinión favorable sobre la iniciativa. Entre su contenido se destaca lo siguiente:
Que el acceso al crédito en México es una problemática que abarca a toda la economía, así el financiamiento al sector privado se ubica en 26.1% del PIB mientras que en países como Brasil y Chile alcanza el 61.4% y el 71.2% del PIB respectivamente1. Lo que, como es de esperarse, impacta negativamente en el acceso de las Mipymes al financiamiento a pesar de los esfuerzos emprendidos a través de programas como el de promoción y acceso al financiamiento de las Pymes, que no obstante el incremento de recursos presupuestales tiene un alcance limitado ya que, por ejemplo, en 2011 cubrió a un poco más de 77 mil empresas de un universo de 4.9 millones de éstas en el país.
Asimismo, considera que:
...la Comisión de Competitividad comparte la preocupación de la Diputada Socorro de la Luz Quintana León con respecto a la necesidad de incorporar la perspectiva de género y el principio de igualdad entre mujeres y hombres como ejes rectores de las políticas y programas de apoyo y fomento a las Mipymes, muy en particular por lo que respecta a los relativos al acceso al crédito y al financiamiento.
Ello es así toda vez que las micro, pequeñas y medianas empresas constituyen en muchos casos la única salida que tienen las jefas de familia para obtener los ingresos económicos tendientes al sostenimiento familiar. Por lo que la autoridad encargada de las políticas y acciones en favor de las Mipymes, en especial en materia de crédito y financiamiento para éstas, debe tener en cuenta tal situación al momento de su implementación mediante acciones afirmativas en favor de las mujeres.
Por lo anterior, es que la Comisión de Competitividad concluyó emitir opinión en la que considera viable la iniciativa de la Diputada Quintana León.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, los miembros de la Comisión de Economía, de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, que suscriben, se permiten someter a la consideración de esta Honorable Asamblea, la aprobación del siguiente proyecto de:
Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
Artículo Único.Se reforman los artículos 7; 10, fracción III; 11, último párrafo y 14, fracción I; y se adiciona el artículo 9, con una fracción V; de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para quedar como sigue:
Artículo 7. La Secretaría diseñará, fomentará y promoverá la creación de instrumentos y mecanismos de garantía, así como de otros esquemas que faciliten el acceso al financiamiento a las MIPYMES, en igualdad de oportunidades para mujeres y hombres.
Artículo 9. ...
I. y II. ...
III. Los mecanismos y esquemas mediante los cuales se ejecutarán las líneas estratégicas ;
IV. Los criterios, mecanismos y procedimientos para dar seguimiento, a la evolución y desempeño de los beneficios previstos en esta Ley , y
V. Perspectiva de género.
Artículo 10. ...
I. y II. ...
III. Enfocar los esfuerzos de acuerdo con las necesidades, el potencial y las vocaciones regionales, estatales y municipales, atendiendo la perspectiva de género e impulsando en todo momento la igualdad entre mujeres y hombres;
IV. a IX. ...
...
Artículo 11. ...
I. a VIII. ...
Adicionalmente, la Secretaría promoverá esquemas para facilitar el acceso al financiamiento público y privado a las MIPYMES, en igualdad de oportunidades para las mujeres y los hombres. Poniendo especial énfasis en garantizar el acceso a dicho financiamiento para la mujeres.
Artículo 14. ...
I. La formación de una cultura empresarial con perspectiva de género enfocada al desarrollo de la competitividad en las MIPYMES a través de la detección de necesidades en Capacitación, Asesoría y Consultoría;
II. a XIII. ...
Transitorio
Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro de la honorable Cámara de Diputados, a 9 de abril de 2013.
La Comisión de Economía, diputados:Mario Sánchez Ruiz (rúbrica), Juan Carlos Uribe Padilla (rúbrica), Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares (rúbrica), Amira Gricelda Gómez Tueme (rúbrica), Salvador Romero Valencia (rúbrica), Jesús Antonio Valdés Palazuelos (rúbrica), Maricela Velázquez Sánchez (rúbrica), Mario Rafael Méndez Martínez (rúbrica), Yesenia Nolasco Ramírez, Rubén Acosta Montoya (rúbrica), Lilia Aguilar Gil (rúbrica), Noé Hernández González (rúbrica), Edilberto Algredo Jaramillo (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Adolfo Bonilla Gómez (rúbrica), José Ignacio Duarte Murillo (rúbrica), Eloy Cantú Segovia, Rubén Benjamín Félix Hays, Carlos Alberto García González (rúbrica), Ana Lilia Garza Cadena (rúbrica), José Ángel González Serna (rúbrica), Víctor Manuel Jorrín Lozano (rúbrica), Carlos Augusto Morales López (rúbrica), Silvia Márquez Velasco (rúbrica), Adolfo Orive Bellinger, Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Fernando Salgado Delgado (rúbrica), José Arturo Salinas Garza (rúbrica), Guillermo Sánchez Torres (rúbrica), Fernando Zamora Morales (rúbrica).»
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
ESTRATEGIA NACIONAL DE ENERGIA
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Dictamen de la Comisión de Energía, con proyecto de decreto que ratifica la Estrategia Nacional de Energía.*
La Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
Presidencia del diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra:Honorable asamblea, en virtud de que se ha cumplido con el requisito de la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Energía, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que se ponga a discusión y votación de inmediato.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se autoriza que el dictamen de la Comisión de Energía se ponga a discusión y votación de inmediato. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría, presidente, por la afirmativa.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra:Así las cosas. El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto...
El diputado Juan Bueno Torio(desde la curul): Presidente.El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra:¿Sí? Don Juan Bueno Torio.
El diputado Juan Bueno Torio (desde la curul): Presidente, muchas gracias. Solicitándole, como éste es un asunto tan importante para el país y de gran relevancia en la discusión, le solicitaría que tenga usted a bien otorgar los posicionamientos en este tema por parte de los partidos, hasta por diez minutos.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra:Petición obsequiada, señor diputado Bueno Torio.
Tiene el uso de la palabra para fundamentar el dictamen el diputado Williams Ochoa Gallegos, chiapaneco, por diez minutos, todos.
El diputado Williams Oswaldo Ochoa Gallegos: Con su anuencia, diputado presidente.El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Usted la tiene.
El diputado Williams Oswaldo Ochoa Gallegos: Señoras legisladoras, señores legisladores, a nombre de la Comisión de Energía me presento ante el pleno de esta soberanía para dar cuenta del trabajo que hemos desarrollado a fin de examinar y debatir la Estrategia Nacional de Energía 2013-2017, presentada por el titular del Poder Ejecutivo federal a este cuerpo legislativo.
El dictamen que aprobamos en comisión considera que esta estrategia otorga plena certeza del programa que el gobierno federal pretende implementar, a fin de reorientar los objetivos y metas con plena claridad de intenciones en la conducción de las políticas públicas en la materia.
Esta visión es un eje rector sobre el que descansa el futuro de las energías del país, que proyecta establecer exactas estrategias que se traducirán en planes concretos cuyo objetivo sea el crecimiento y desarrollo económico para la nación.
Hemos realizado nuestras labores parlamentarias con plena responsabilidad, conscientes de que el presente dictamen da sustento a un documento que será de referencia estratégica para la planeación, el diseño, la ejecución y la evaluación de las políticas públicas del sector de energía, que definirá en gran medida el presente y futuro energético del país.
Reconocemos también el valor de las aportaciones realizadas por los diversos especialistas del sector energético que contribuyeron invaluablemente en el foro organizado por el Consejo Nacional de Energía, pues esta estrategia constituye un instrumento fundamental para el análisis de éste, a partir del cual se coordina y orienta la actuación del sector.
La Estrategia Nacional de Energía no solamente cumple con el mandato establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, sino que es consistente con otras disposiciones legales, como la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, que cumplirá con la meta estratégica de reducir en un 30 por ciento las emisiones del carbono para el año 2020.
El respeto al medio ambiente es un eje transversal de este planteamiento gubernamental, lo cual es un exacto compromiso con nuestro entorno, que se vuelve en observancia indispensable para la responsabilidad con el futuro.
La instalación de las bases de un mejor sector es inaplazable. Por ello, este documento tiene el principal propósito de generar acciones precisas y específicas para modernizar a esta industria que se encuentra apremiante de mejores planes y proyectos.
En particular, la estrategia fortalece nuestra oferta energética a través de aumentar la tasa de restitución de reservas de hidrocarburos y mantener un nivel de producción que fortalezca, en primer lugar, nuestro desarrollo nacional, el sistema de refinación, procesamiento y generación de combustibles.
Asimismo requerimos modernizar nuestros sistemas de transporte, almacenamiento, distribución de combustibles, además de nuestros sistemas de transmisión y distribución de electricidad.
De manera paralela, como país debemos dirigirnos hacia el aprovechamiento de fuentes renovables y tecnologías limpias para generar electricidad, de manera que reduzcamos la dependencia de los hidrocarburos como fuente primaria. Es necesario comentar que todo lo anterior estará evaluado por indicadores de medición para determinar los resultados concretos alcanzados periódicamente.
Esta estrategia es también un llamado urgente a la acción ante el reconocimiento de tendencias que no ignoramos, pero que es necesario tener muy presentes en esta discusión, ya que como advierte el documento, durante la última década se ha observado un crecimiento anual promedio del consumo energético final, que resulta superior al observado en el producto interno bruto del país.
En términos generales acusamos un desbalance energético que resulta insostenible a mediano y largo plazo y amenaza el crecimiento económico y la seguridad energética, así como al sustentabilidad del medio ambiente.
Si no se revierten las tendencias actuales de producción y consumo de energía, en las cuales México ya resulta un importador neto de gasolinas, diesel, turbosina, gas natural, gas licuado y petroquímicos, para el 2020 el país será estructuralmente deficitario de energía y los ingresos presupuestales del sector público, provenientes del petróleo, que ahora representan un tercio de los ingresos totales podrían disminuir de manera significativa.
Se busca diversificar de manera prioritaria la actual dependencia de una sola fuente de energía, como lo es el petróleo, para blindarnos de impactos derivados de la volatilidad en los precios de los combustibles o riesgos en el suministro y escasez de los mismos.
En congruencia, con esta política de diversificación de las fuentes de abastecimiento energético, una medida que me permito destacar y que se plantea en el capítulo De transición energética, es desarrollar en el corto plazo los recursos de aceite o gas de lutita, el llamado shale gas, para que funja como el combustible de transición que diversifique la matriz de consumo energético, mientras se desarrollan otras tecnologías limpias, con costos más competitivos y por lo cual urge diseñar un modelo de negocio adecuado para la producción de este recurso en el mediano plazo, así como desarrollar el amplio potencial en materia de energías renovables.
Preservar y aprovechar la pluralidad de ideas en nuestro sistema político democrático requiere del diálogo permanente entre los actores políticos para alcanzar acuerdos que nos permitan tener un país con mayor crecimiento, paz y justicia, en el beneficio de la población. Así lo hemos hecho en esta comisión y así lo seguiremos haciendo por el bien del país.
Por esta razón, esta comisión acordó incluir en el presente dictamen las observaciones realizadas por distintos legisladores, integrantes de la misma, para que el Ejecutivo federal, por conducto del área responsable, las precise o aclare y esté en posibilidad de integrarlas en lo procedente en el documento de la siguiente Estrategia Nacional de Energía, que pretende la aprobación del Congreso de la Unión.
Compañeras legisladoras y compañeros legisladores, se pone a su consideración esta estrategia, y solicitamos su aprobación, ya que tiene una visión de largo plazo, con una perspectiva moderna y responsable.
Sin más miramientos que el beneficio de la nación nos expresamos convencidos de que la transformación y la modernidad deben anidar en las políticas públicas de este sector fundamental de la economía nacional.
Este esfuerzo se inscribirá en definitiva como el referente de las futuras discusiones de lo que serán la modificaciones normativas que se esperan para ser viables todos los planos inscritos en esta estrategia. Se trata de abordar con plena objetividad el presente y futuro energético del país sin causar sobresaltos, pero con un claro sentido de urgencia y de responsabilidad colectiva.
Con este ánimo hemos desarrollado nuestro trabajo de análisis y deliberación en la Comisión de Energía, y hemos aprobado su contenido para presentarlo ante esta soberanía, solicitando su validación por el pleno de la Cámara de Diputados. Está a su consideración. Muchas gracias.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Muchas gracias. Ahora sí está a la consideración del pleno. En virtud de la naturaleza jurídica del documento que tenemos a la vista, la discusión será en lo general y en lo particular en un solo acto.
Vamos a darles el uso de la palabra a representantes de los grupos parlamentarios, e inmediatamente después van a hablar tres oradores en contra, y se cierra la lista de oradores. Tiene el uso de la voz la diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas, de Nueva Alianza.
Esta Presidencia le da la más cordial bienvenida a alumnos y personal docente de la DGETI de San Miguel Mixtepec, Oaxaca, invitados por nuestra muy querida amiga, la diputada doña Eufrosina Cruz Mendoza.
A personas de la colonia La Florida, de Ciudad Azteca, del municipio de Ecatepec, estado de México, invitadas por doña Norma Ponce Orozco, también muy apreciable diputada.
La diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas: Con su permiso, diputado presidente. Honorable asamblea, como grupo parlamentario reconocemos que nuestro país demanda el necesario establecimiento de las condiciones de sostenibilidad adecuadas a los tiempos, retos y contextos actuales, y para ello impulsamos leyes, ordenamientos, políticas públicas, que fomentan en la nación las respuestas a estas demandas, con plena responsabilidad ante los mexicanos, en concordancia con una visión global de un medio ambiente sano y en equilibrio en el uso de sus recursos naturales, renovables y fósiles.En ese sentido, el Grupo Parlamentario Nueva Alianza apoyamos la ratificación de la Estrategia Nacional de Energía 2013-2027, presentada por el Poder Ejecutivo, la cual establece, a partir de un diagnóstico preciso, el futuro energético y ambiental a largo plazo para el país.
Tal vez algunas voces inconformes se alcen hoy demandando acciones concretas y metas específicas, más allá de las establecidas para finales de 2018, 2024 o 2027; sin embargo, el documento sectorial que hoy se somete a la ratificación de esta honorable asamblea es un obligado referente de planeación estratégica y como tal nos brinda un conjunto de políticas públicas flexibles y ordenadas, con el propósito que el siguiente paso de esta planeación, el obligado programa sectorial, defina en sus propósitos y objetivos las acciones para alcanzar las metas energéticas en el marco referencial que propone.
Esta estrategia ofrece una visión acertada del sector, reconociendo que un escenario inercial convertirá a México en un importador neto de energía para el 2020 y que más allá de definir políticas públicas obsoletas, la atención presente y futura de demanda de energéticos del país deberá abordarse de manera integral bajo criterios de sustentabilidad, eficiencia energética y ambiental, así como de seguridad energética aportando grandes beneficios en términos de calidad de vida e inclusión social.
Con este encuadre, las directrices estratégicas de política energética nacional reconocen la existencia de una clara correlación entre la actividad económica y la demanda energética, en la cual el crecimiento del PIB nacional en 2011 fue inferior al 4 por ciento y la demanda de energéticos creció en una tasa superior del 6 por ciento, mediante el suministro de agua potable, iluminación eficiente, calefacción, cocción de alimentos, refrigeración, transporte, telecomunicaciones.
La energía tiene como efectos derivar una mejor educación, salud, seguridad, igualdad de género, sostenibilidad del entorno y del medio ambiente; sin embargo, también se reconoce que aún tenemos un déficit en la atención de este derecho social, pues aun cuando la cobertura es cercana al 98 por ciento, existen algunas localidades que se encuentran rezagadas en el acceso a la electricidad, principalmente como consecuencia de su dispersión y requieren de este servicio para mejorar su calidad de vida.
Retos como éstos, así como el de mantener la reposición de reservas probadas de petróleo a un rango superior de 100 por ciento, a la necesaria transformación del alcance y funciones de los organismos reguladores son parte fundamental de la estrategia que hoy discutimos.
Con esa flexibilidad que permea el documento, se reconoce que existen aspectos legales de transición energética y de mitigación, como las incluidas en las leyes de cambio climático y energía renovable, que deberán ser abordadas con suma responsabilidad a efecto de brindar las condiciones de certeza jurídica y de competitividad que demanda el país, en donde la sociedad e inversionistas privados tendrán una activa participación en estas deliberaciones.
La sostenibilidad energética es abordada de manera integral, analizando las condiciones presentes y la prospectiva de desarrollo y uso de energías renovables, con el propósito de que el país pueda transitar los próximos años hacia una matriz energética de bajo carbono en una forma eficiente.
Con ello se promueve el tránsito hacia una economía con una menor huella de carbono cuya electricidad, factor importante de crecimiento, sea generada en un 35 por ciento por el uso de energías limpias para el año 2024.
El Grupo Parlamentario Nueva Alianza sabe y reconoce, en concordancia con la Estrategia Nacional de Energía 2013-2027, que aún falta mucho por hacer, como el resolver importantes ineficiencias en los patrones de consumo de energía en México y en la política de subsidios generalizados que no contribuyen a la adopción de su uso racional eficiente y ecológico.
Sin embargo, reconocemos la importancia de una visión y metas a largo plazo como las manifiesta esta estrategia, y en este sentido votaremos por su ratificación porque estamos convencidos que un uso responsable y sostenible de la energía contribuye al desarrollo y fortalecimiento económico de los mexicanos. Muchas gracias. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Gracias a usted. Don José Alberto Benavides Castañeda, del PT.
El diputado José Alberto Benavides Castañeda:Con la venia de la Presidencia. Buenos días, compañeras y compañeros diputados. En el análisis de la Estrategia Nacional de Energía que aprobó el Senado a propuesta del Ejecutivo deben de tomarse en cuenta varias consideraciones.La estrategia presentada no contiene un diagnóstico profundo del sector y no define claramente una política para lograr nuestra independencia energética. No se especifican las ineficiencias existentes, las cuales son muchas y es necesario identificarlas para que, a partir de esto, se planteen las propuestas que contribuyan al mejor funcionamiento del sector energético.
Lo que más destaca sin duda de toda la estrategia, es la clara intención de incorporar la inversión privada, suplantando a Pemex y CFE para transferir la renta energética de la nación.
En el documento se manifiesta la intención de definir incentivos para facilitar el establecimiento o ampliación de infraestructura energética, siempre y cuando el bienestar social y la presencia de externalidades lo justifiquen. Pero habría que aclarar para quiénes irían dirigidas estas externalidades, sobre todo qué se entiende por bienestar social, ya que hemos visto en los años recientes, por parte de anteriores gobiernos, que existe un concepto muy distorsionado de beneficio social.
Sin duda el PT está a favor de la inclusión social en el sector energético, siempre y cuando estos objetivos centrales se cumplan a través de medidas que respeten la soberanía y la repartición justa y equitativa de los beneficios sociales.
La estrategia Nacional de Energía incluye descripciones que consideramos se quedan muy cortas y carecen de un detalle técnico que provea una referencia que ayude a ubicar el avance de acuerdo a los objetivos planteados, al mismo tiempo que reduce la responsabilidad del gobierno federal en aspectos clave, delegando esto en algunos casos a autoridades locales.
En el tema del sistema de transporte de energéticos, la evaluación hecha por el gobierno indica la presencia de signos de obsolescencia, capacidad insuficiente, problemas de integridad física y en general, que se cuenta con pocas rutas de transporte.
Es evidente que los proyectos del sexenio anterior fueron fallidos en este tema y, sobre todo, carecieron de transparencia.
En lo correspondiente a transporte de energéticos podemos decir que ésta es un área relativa, evidentemente abierta a la iniciativa privada y no ha demostrado las señales de eficiencia, que tanto se espera que sucedan, poniendo en claro que la privatización en sí misma no genera eficiencia ni solución a los problemas del sector.
No se menciona ninguna línea de acción referente a la investigación en tecnologías que hagan más eficiente el consumo. Se menciona la promoción como un eje principal que consideramos no es suficiente.
Es necesaria la inversión en investigación y desarrollo tecnológico, lo cual se excluye en la estrategia, contradiciendo una casuística natural del progreso.
Es necesario ampliar el acceso de energía a las comunidades menos favorecidas, pero no a través de una participación del sector privado en el suministro de energía, ya que de ser así los intereses del capital estarían siempre por encima del interés social, en un sector de la población sumamente vulnerable.
Se destaca en el documento el poder potencial del gas natural y en cómo ha cambiado el sector de hidrocarburos, dirigiéndose cada vez más a este sector y aun así se decide no invertir, decidiendo importarlo de Estados Unidos de América para cubrir el déficit entre la oferta y la demanda.
Por otro lado, se pretende dar apertura al sector privado para la explotación y que éste sea quien se lleve los beneficios, justificando que no es un sector rentable, cuando es evidente que sí lo es porque si no fuera rentable simplemente nadie lo produciría.
No llevemos al sector de gas natural a donde se ha llevado al sector de las gasolinas, siendo México actualmente un importador neto, limitando los beneficios obtenidos que se pueden tener de la refinación con producción nacional.
Es indudable la importancia de llevar a cabo proyectos de nuevas refinerías como se menciona en el documento, tal y como es el caso de la que se pretende construir en Tula; Pemex Refinación ha hablado de las estimaciones acerca del inicio de operaciones, las cuales se prevé que sean para el 2017, lo cual ya es mérito de duda, dado que lo único que se hizo en todo el sexenio anterior fue poner una barda alrededor del terreno.
El PT votará en contra del dictamen a esta minuta, porque no respeta la soberanía del país, pretendiendo ofrecer a los ricos y poderosos los recursos naturales de la nación, sustituyendo inversión pública con inversión privada, justificando que la eficiencia se garantiza solo por el hecho de las incursiones de privados en el sector, cosa que es una rotunda falacia.
Además de todo esto, se incurre en la falta de definición de cómo alcanzar los objetivos generales, mitiga el desarrollo científico y tecnológico y no especifica en los esquemas organizacionales que se pretende imponer, entre otros. Muchas gracias. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Gracias a usted. Don Ricardo Mejía Berdeja, de Movimiento Ciudadano, tiene usted el uso de la voz, por 10 minutos.
Esta Presidencia anuncia que el debate se va a regir luego de la fijación de los grupos parlamentarios, estrictamente por la fracción VIII del artículo 104.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja:Compañero presidente, compañeras y compañeros diputados, la Estrategia Nacional de Energía que se presenta para su ratificación expone que del año 2000 al 2011 el consumo de energía del país ha crecido en promedio anual 2.08 por ciento, mientras que la producción de energía primaria ha disminuido 0.3 por ciento al año; en lo que se refiere al petróleo, después de alcanzar una producción máxima en 2004, ésta ha decaído casi 25 por ciento, hasta ubicarse en 2.5 millones de barriles diarios.Como consecuencia, de seguir con las tendencias observadas hasta el momento, México se convertirá para el año 2020 en un país estructuralmente deficitario en el ramo energético. Es por ello que se requiere una estrategia inteligente, nacionalista, productiva y económicamente viable.
La estrategia que hoy se presenta resulta insuficiente ante los retos estructurales del sector y ante un futuro cada vez más cercano. Cómo puede utilizar como parámetro el crecimiento del producto interno bruto cuando el gobierno enfrenta al corto plazo condiciones poco favorables que han desembocado en un crecimiento estimado del 3.5 por ciento, lo que permitirá crear en este año, en el mejor de los casos, 600 mil empleos, muy por debajo de la demanda nacional.
Los casos exitosos de fortalecimiento de la industria del sector en el mundo se basan en empresas públicas manejadas correctamente por el Estado, a través de un régimen contable y presupuestal donde la lógica que se sigue es que siempre, cuando la inversión sea rentable como lo es en este rubro no se considere como parte del déficit público, porque la inversión en este sector no es un gasto, ya que genera ingresos directos en el futuro inmediato. Con esto se evita el falso dilema entre destinar los ingresos al gasto social o la inversión productiva.
Asimismo esta estrategia permite el desarrollo eficiente, sin la necesidad de caer en esquemas de privatización. Sin embargo, esta opción no se contempla en el documento, que no quiso venir aquí a discutir el secretario de Energía, Pedro Joaquín Coldwell, ¿por qué? ¿Se trata acaso de forzar la participación privada en el capital para buscar después una eventual privatización total, como fue el caso de la banca?
La prueba de esto, compañeras y compañeros diputados, es la omisión en el documento de medidas que busquen el fortalecimiento de las capacidades productivas y tecnológicas de Petróleos Mexicanos.
Como se observa, se va a continuar disminuyendo el valor de la paraestatal de forma deliberada para posteriormente venderla por partes a precios ridículos.
Por esta razón, de ninguna manera podemos estar a favor de un plan, de una estrategia que representa la avanzada privatizadora del sector energético. Las intenciones privatizadoras del actual gobierno, que se ha dedicado a vender por el mundo la industria más importante del país, la esconden retóricamente en conceptos, como alianzas estratégicas, asociaciones comerciales, desincorporación, modernización, reestructuración. Trampas semánticas, eufemismos, con el cual buscan esconder lo evidente: una privatización abierta o disfrazada de Petróleos Mexicanos.
Los casos en que se han generado asociaciones privadas han desembocado en fraudes, en satisfacción de intereses particulares en detrimento del interés público. Un caso emblemático, tristemente emblemático es el caso de Mexicana de Lubricantes. Esta empresa, o mejor dicho Pemex, cuando tenía esta actividad comercializaba cerca de 300 millones de litros de lubricantes, con un ingreso bruto cercano a 360 millones de dólares. Desde que se dio la asociación con Impulsora Jalisciense, que es el socio privado de Pemex, que tiene el 51 por ciento, durante los 15 años de asociación se han acumulado pérdidas por casi 3 mil 400 millones de dólares.
Además de esto, en forma escandalosa el anterior director de Petróleos Mexicanos, Suárez Coppel, en septiembre del año pasado autorizó un convenio donde le perdonan a Impulsora Jalisciense una serie de demandas penales, mercantiles, laborales e incluso denuncias penales de administración fraudulenta en contra de su director general y presidente del consejo de administración.
Con ligereza, en un documento que firma el apoderado legal de Petróleos Mexicanos, hacen un borrón y cuenta nueva de todos los desfalcos de Mexicana de Lubricantes.
Por eso preguntaríamos, ¿qué ventajas tiene para el interés público este tipo de asociaciones que solamente reditúan contubernio, tráfico de influencias y corrupción con el argumento de que se van a traer inversiones privadas?
Si esto de Mexicana de Lubricantes es una parte muy mínima del sector, imagínense ustedes qué negocios hay detrás de la privatización de Petróleos Mexicanos, una privatización que ya empieza a hacerse de manera parcial en asociaciones y en operaciones, como la de Pemex con Mexichem, en el tema de Pajaritos. Por eso este tema no puede verse con superficialidad, por eso nosotros planteábamos que hubiera un debate más amplio, todavía había días, pero finalmente hay prisa por sacarlo.
La estrategia presentada por el Ejecutivo está planteando también el aumento gradual de tarifas y combustibles, como ya se viene haciendo con los cruentos gasolinazos, esto con el pretexto de disminuir subsidios indiscriminados, como se señala en la Estrategia Nacional de Energía.
Imaginen ustedes que al aumento mensual de los combustibles, los gasolinazos, se sumen aumentos a las tarifas eléctricas y lo que ya anuncian, de pretender gravar con IVA los alimentos y medicinas.
¿Adónde va a llegar la economía popular? ¿Adónde va a llegar la economía de millones de familias, que han venido absorbiendo estos aumentos generalizados? Es inconcebible que la gasolina mexicana cueste más ya que la de Estados Unidos de América, mientras hay una asimetría en las economías y en los ingresos de la población.
También, no estamos de acuerdo en que no se tome en cuenta en esta estrategia las circunstancias extremas climatológicas que enfrentan millones de mexicanos en entidades del sur y del norte de la República.
Éstas, compañeras y compañeros diputados, son solo algunas de las razones por las cuales no estaremos de acuerdo, el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en ratificar esta estrategia que hoy se pone a votación a este pleno. Es cuanto.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Muchas gracias. Doña Laura Ximena Martel Cantú, del Partido Verde Ecologista de México, la esperamos con un entusiasmo por todos compartido.
La diputada Laura Ximena Martel Cantú:Con el permiso de la Presidencia. Compañeros diputados, el Partido Verde Ecologista de México se pronuncia a favor de la aprobación de la Estrategia Nacional de Energía.Estamos convencidos que nuestro país requiere realizar una profunda transformación en materia energética que le permita estar a la vanguardia, elevar su competitividad y afrontar con éxito los retos que este siglo plantea.
La Estrategia Nacional de Energía es parte integral de un plan de política pública, el cual ha de ser el eje articulador para impulsar la reforma energética que sea motor para el desarrollo de México.
De ahí que el diseño de la política energética debe atender, tanto a los factores macroeconómicos como a las características de la nueva estructura poblacional y a los fenómenos demográficos contemporáneos.
La Estrategia Nacional de Energía debe ser la base para impulsar el desarrollo del sector energético nacional, sin perder de vista la necesidad de satisfacer la demanda básica de todos los hogares mexicanos, principalmente de aquellos que más lo necesitan.
Crecimiento económico e inclusión social es la fórmula que hoy avalamos. La eficiencia del sector energético debe traducirse en una oferta constante de energía a precios accesibles y estables para las familias y la industria mexicana.
Es claro que nuestro país requiere un crecimiento del producto interno bruto del 6 por ciento anual para sostener una economía en desarrollo y el sector energético aporta casi el 8 por ciento de este producto interno bruto; por ello resulta urgente expandir las actividades económicas y explotar el potencial de nuevos mercados para la conformación de polos desarrolladores, enfocarse en estrategias concretas para disminuir la pérdida de energía a lo largo de la cadena productiva, así como ampliar la variedad de fuentes alternativas de energía en condiciones de igualdad y accesibilidad para los consumidores, reducir el impacto ambiental y prever la sostenibilidad de los recursos.
En este sentido, es preciso señalar que en el Partido Verde nos pronunciamos a favor de una política de Estado de largo alcance, que garantice la continuidad y la rectoría del Estado en esta materia.
El tema va mucho más allá de la electricidad y los hidrocarburos, coincidimos con la propuesta ya que la estrategia sienta las bases para conformar la transformación del sector en condiciones de modernidad, eficiencia, transparencia y con una rendición de cuentas absoluta, pero sobre todo, con una profunda orientación social.
En México, 1.6 millones de personas carecen de acceso a la electricidad. De ahí la prioridad de que todas las regiones del país puedan satisfacer sus necesidades energéticas básicas y posibilitar su desarrollo.
Electricidad es igual a mejor educación, seguridad, salud y, en general, mejor calidad de vida. Lograr cobertura total en el servicio de energía eléctrica es una condición necesaria para la erradicación de la pobreza extrema.
Seguridad alimentaria y seguridad energética forman un binomio inseparable, que permitirá a México ejercer plenamente su soberanía.
Por ello, las distintas fuerzas políticas del país acordamos y buscamos en el Pacto por México que el sector energético se convierte en uno de los más poderosos motores del crecimiento económico, a través de la atracción de inversión, el desarrollo tecnológico y la formación de cadenas de valor. El Pacto por México es la posibilidad de anteponer los intereses superiores de la nación a la visión parcial de cada partido político.
México requiere un suministro energético moderno, confiable y seguro, por lo que otorgamos nuestro respaldo a la Estrategia Nacional de Energía, ya que consideramos que incorpora los principios y acciones necesarios para construir el sector energético del siglo XXI. Por su atención, muchas gracias.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Gracias a usted. Don Luis Ángel Espinosa Cházaro, tiene usted el uso de la voz hasta por diez minutos.
El diputado Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro:Con su venia, diputado presidente. Buenas tardes, compañeras y compañeros diputados. Vengo a presentar la posición del Partido de la Revolución Democrática respecto de la Estrategia Nacional de Energía.El día de hoy esta Cámara votará la Estrategia Nacional, un documento que debería resultar central, de la mayor importancia para el país y, por ende, para el nuevo gobierno de la República.
Esto que nos ha sido enviado es un documento que no cumple ni en un sentido mínimo con lo que la ley establece, denostando de origen su intencionalidad; compuesta de temas energéticos generales e imprecisos, enfocados en una visión de política energética inercial, sin lograr fijar una visión nacional en materia energética a 15 años, que es lo que se supondría debe hacerse. Se desaprovecha entonces la oportunidad de realmente darle un rumbo al sector energético para las próximas décadas.
Dado que las últimas dos estrategias no fueron aprobadas, en el Partido de la Revolución Democrática estamos conscientes de la necesidad de un documento que marque las líneas de actuación que den certeza y transparencia sobre los planes en el sector de energía, proporcionando un marco bajo el cual puedan desarrollarse políticas públicas adecuadas.
Sin embrago, no podemos avalar esta propuesta como un documento de visión nacional, dada las evidentes carencias que éste presenta. Dicho de otra forma, no estuvimos de acuerdo en la forma y no podemos estar de acuerdo en el fondo.
Se suponía que iba a comparecer fue un acuerdo en la Comisión de Energía el secretario del ramo, situación que no sucedió y que nos deja con todas estas dudas. Consideramos que un documento de esta naturaleza e importancia debe explicar claramente metas, estrategias, objetivos y prioridades.
El presidente de la República, Enrique Peña Nieto, ha declarado hace apenas unas horas, en su viaje, que su proyecto de crecimiento económico para el país es del 5 o 6 por ciento anual. Pero esta proyección es totalmente inviable, cuando al mismo tiempo hoy estamos analizando aquí en el Congreso la Estrategia Nacional de Energía, con una proyección de crecimiento de la oferta energética que no pasa del 2 por ciento para los años de la administración. Hay una incongruencia incluso numérica.
La estrategia plantea una participación mínima del Estado en el desarrollo del sector; las líneas de acción para desarrollar los temas estratégicos fijan, como la principal tarea, el incentivar y fomentar el capital privado dentro del margen de la ley, presentándose como una única solución ante un escenario inercial de crecimiento nacional que demanda energía, que de otra manera entrará en una situación de déficit a partir del 2020.
Observamos que en distintos de los temas estratégicos, como el uno, el cinco, el siete, el diez, el diecisiete y el dieciocho, se establece con toda claridad que la mejor solución para atender estas problemáticas es la inversión privada. No compartimos esta visión, porque si bien la inversión privada pudiera conceptualizarse como una opción, no podemos aceptar que el gobierno federal nos proponga como única opción para el desarrollo y para potencializar el sector justamente el tema de la inversión privada.
Esto nos preocupa ampliamente, porque su planteamiento es claro, crear huecos vacíos en la acción pública e invocar el concurso de la inversión privada para que el más fuerte en el mercado se establezca en ambientes desregulados.
Solo quiero hacer aquí referencia y detenerme un momento en la definición del término privatizar, de la Real Academia Española de la lengua, es: transferir una actividad pública al sector privado. En el 80 por ciento de este documento se propone precisamente eso.
Por otro lado, las líneas de acción son genéricas, imprecisas y ambiguas, lo más preocupante es que no se establecen las acciones por periodos de temporalidad ni establece metas específicas dentro de un margen de 15 años que contempla. Además, muchas de las líneas de acción resultan de ejecución obvia, como por ejemplo cito obtener información sobre el consumo de energía por sector y subsector.
Es decir, si no se establece en este documento, ¿la Secretaría de Energía nos preguntamos trabajaría sin dichos datos?
Los temas estratégicos son presentados como prioritarios para el sector, cuando muchos de ellos no se traducen en acciones específicas, sino más bien en frases de lugares comunes, sin sustento ni base real.
Pongo otro ejemplo, el tema estratégico 17 establece: desarrollar soluciones y productos para nuestros retos. Si esto es una estrategia, la verdad es preocupante para nosotros que realmente no haya estrategia ni planeación.
Las líneas de acción no cubren de manera suficiente los temas estratégicos, la mayoría de ellas resultan escuetas y solo parecen acciones obvias cuya finalidad no queda clara, tal como cito implementación de prácticas que hagan competitivo al sector. ¿Cuáles son estas prácticas? Es lo que debería contener la estrategia.
Según la Estrategia Nacional de Energía, estas líneas de acción se llevarán a cabo mediante instrumentos y políticas públicas definidas por cada una de las entidades. Esto no se define en metas vinculatorias a nivel nacional, entendiendo que cada entidad actuará en la medida de sus posibilidades, de sus prioridades, a su mejor entendimiento y recursos; es decir, de manera discrecional.
La Estrategia Nacional de Energía presenta un análisis solamente parcial del sector energético y carece como ya dije de estrategias y acciones claras sobre la extracción del petróleo crudo.
El documento entre otras no desarrolla el potencial de energías alternativas, son solo un par de renglones insustentables. Ni tampoco elabora proyecciones de crecimiento en este último ramo. No está contemplado el tema de la transición energética y, por supuesto, al no estar contemplado tampoco contempla los cómos.
En los próximos años, ¿cuál es la producción anual de petróleo crudo que se pretende? ¿Saldrá de las cuencas de tierra firme, o de aguas someras en la sonda de Campeche? ¿De aguas profundas en la región occidental del Golfo de México? ¿De dónde? No está claro, no se estipula.
Esta soberanía estaría obligada a conocer esa información para poder aprobar las inversiones que se requieren. Incluso, el propio artículo 33, en sus fracciones XVII y XVIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece esa obligación a la Secretaría de Energía.
No contempla tampoco el fortalecimiento de las paraestatales, lo cual es muy preocupante; la estrategia no contempla los temas ni líneas relacionadas con el fortalecimiento de las paraestatales, como son Comisión Federal de Electricidad y Pemex, cuando ésta no debemos olvidar representa un tercio de los ingresos del Estado. No considera tampoco la designación por parte de la Secretaría de Hacienda de mayores recursos para fortalecer el desarrollo de la infraestructura de las mismas.
La generación en los años recientes se ha ido concentrando en desarrolladores y operadores transnacionales y como parte del estímulo para su crecimiento se pretende que la CFE facilite la incorporación del fluido eléctrico de esas empresas a la red de transmisión con tarifas de porteo y respaldo sumamente bajas, y que realice inversiones en líneas de transmisión para que esos operadores puedan establecerse.
Esto dicho de otra manera es, no solo se pretende que la iniciativa privada participe, sino que ni siquiera se hacen los cobros adecuados por la parte que corresponde a las paraestatales.
Aquí paso a un punto que es de suma importancia. No considera revisar la corrupción en las empresas paraestatales, como son CFE y Pemex, ni establecer mayores mecanismos de control para evitar fraudes y componendas en detrimento del erario público. Como parte de uno de los temas estratégicos necesariamente tendría que haberse planteado el saneamiento interno de las empresas.
Pongo tres ejemplos, el caso de Pemex con Siemens, 500 millones de dólares que la empresa está a punto de perder, porque no se ha aclarado qué fueron los actos de corrupción que se prestaron para estos trabajos extraordinarios; el tema del préstamo al sindicato de 500 millones de pesos, que tampoco ha sido aclarado, y el tema de la empresa Mexlub, en donde la empresa está quebrada y los altos funcionarios tienen elevados sueldos, que ya en la Comisión de Energía hemos estado investigando.
No podemos construir sobre este territorio impregnado de corrupción la reforma energética que este país necesita. Y de esto, esta estrategia que hoy se pretende votar, no contempla nada.
No establece una responsabilidad social clara sobre las acciones de generación de energía. Se ha olvidado a los pueblos originales en estos temas de generación de energías alternativas y no han sido consideradas las personas que en esos territorios viven.
Por eso, porque el documento enviado por el presidente de la República al Senado y ahora a esta soberanía no es coherente siquiera con el propio proyecto de crecimiento económico planteado por el gobierno federal, porque no ofrece a las mexicanas y a los mexicanos seguridad, accesibilidad y calidad al suministro energético, y porque abre una gran brecha de discrecionalidad que extravía la rectoría del Estado en un tema que la Constitución define como estratégico para la nación, es que el PRD se manifiesta en contra de la ratificación del proyecto de la Estrategia Nacional de Energía, enviada por el Ejecutivo federal.
Debemos más bien seguir reivindicando la importancia de la planeación y, por ende, del mejoramiento de sus instrumentos.
Termino, señor presidente. ¿Quién de los diputados que se ha manifestado a favor de este dictamen podría sostener o defender que este documento realmente es la estrategia que el Estado mexicano necesita? Nos parece que no hay tal. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Muchas gracias. Don Juan Bueno Torio. ¿Está el diputado Bueno?
El diputado Juan Bueno Torio:Con su permiso, presidente. Compañeros y compañeras diputados, el sector energético es fundamental para lograr un mejor y mayor desarrollo nacional.Las repercusiones directas que tiene este sector en el bienestar social hace imprescindible que revisemos si la Estrategia Nacional de Energía 2013-2027, enviada por el Ejecutivo, responde y es acorde a las necesidades del sector para satisfacer las necesidades de los mexicanos y para dar mayor eficiencia y competitividad a la energía en el país. Desde nuestro punto de vista la respuesta es no.
La Estrategia Nacional de Energía que está a discusión no la consideramos como un instrumento que defina con suficiencia el eje rector de la política energética para mediano y largo plazo. No está bien sustentada y no contiene objetivos parciales ni mecanismos de medición en el tiempo y, sobre todo, no define las acciones para que los mexicanos tengamos energía con oportunidad, con calidad, con un buen servicio y con el mejor precio, accesible y justo para todos los mexicanos.
La estrategia debe analizar y plantear, como punto de partida, si la operación de la industria paraestatal atiende la necesidad de contar con entidades modernas, pues en la estrategia que hoy discutimos no existen ni acciones ni incentivos que las orienten a una mayor eficiencia y competitividad, y sigue orientándose a mantener los monopolios del Estado.
Conviene señalar, en primer término, la necesidad de que la estrategia se sustente en escenarios del entorno cuantitativo y cualitativo de mayor alcance y precisión, que permita definir el mercado y la demanda que deberá enfrentar el sector energético en el futuro.
En ese sentido, los dos objetivos estratégicos establecidos en el documento como uno y dos, apoyo al crecimiento económico, e inclusión social, son determinantes para que el sector energético impulse el desarrollo nacional.
Sin embargo, en la estrategia no se plantea cuáles son las expectativas de crecimiento de la economía mexicana para que efectivamente se puedan dimensionar de manera clara los requerimientos de los próximos 15 años; es decir, la estrategia no establece los intervalos del crecimiento del producto interno bruto de nuestro país, tampoco ofrece una visión de conjunto del balance de energía que garantice que habrá equilibro entre la oferta y la demanda de energía y el consumo nacional de los años 2018 al 2027.
¿Por qué la estrategia no considera al carbón, cuando es una fuente importante de energía primaria, y tampoco plantea las aportaciones relativas actuales y futuras de las fuentes alternas de energía primaria, como lo es la nuclear, la geotermia, la hidráulica, la solar, la biomasa, la eólica? Ese es un aspecto de la estrategia que requiere de definiciones y de un amplio debate adicional.
El planteamiento esencial es, ¿cuáles son las líneas de acción de la estrategia para asegurar que se reduzca la alta dependencia de la matriz energética de los hidrocarburos? Al no establecer metas cuantitativas precisas no es posible esperar que las acciones necesarias se desarrollen de manera efectiva ni lograr la diversificación de las fuentes de energía.
En materia de las políticas energéticas 1 y 2, planteadas en la estrategia y en particular en el desarrollo de los temas estratégicos 7 y 9, surgen interrogantes como, ¿por qué la estrategia plantea que prevalezca la alta dependencia en la importación de las gasolinas a nuestro país?
Dicen que eso estaría en el plan de negocios de Pemex, pero realmente el plan de negocios de Pemex solo contempla la construcción de una nueva refinería que estará terminada teóricamente en el 2017 y la ampliación o reconfiguración de Salamanca, y esto nos seguirá mandando a mantener importaciones superiores al 40 por ciento de las gasolinas, lo cual vulnera la seguridad energética de nuestro país y por lo tanto, la certidumbre de un buen desarrollo económico.
No plantea entonces algún proyecto adicional para aumentar la capacidad de producción o de proceso para que haya más gasolinas en el país, por lo que se acentuará aún más la subordinación a las importaciones.
El shale gas que está señalado en la estrategia, de alguna manera se sustenta en el tema estratégico 11, Detonar la petroquímica nacional, aspecto crucial, pero que parece ser un planteamiento débil, ya que la estrategia no explica cuántos años se requerirán para la exploración, caracterización y desarrollo de estos campos y garantizar el abasto de gas natural y petroquímicos básicos al sector productivo a precios competitivos.
¿Cuenta Pemex en este momento o el país con la capacidad técnica, ambiental, tecnológica y de ejecución para estos proyectos, así como su marco regulatorio? La respuesta es no y la estrategia no marca ningún rumbo en este sentido.
¿Cómo se detonará pues la estrategia en la industria petroquímica nacional, si no existe una sinergia entre Petroquímica, Pemex Gas y Refinación para incentivar y vincular las cadenas productivas entre la petroquímica básica y la petroquímica secundaria, que representarían juntas un potencial de gran generación de valor?
¿Cómo se asegurará el suministro de materias primas para producción de fertilizantes y aromáticos en México, ya que nos dicen que está en el plan de negocios de Pemex? Pero, ¿cómo se logrará detonar la petroquímica, cuando las inversiones del plan de negocios de Pemex en ninguno de sus escenarios contemplan el crecimiento de las mismas? No hay respuesta en la estrategia a estas preguntas.
Resulta trascendente evaluar cuidadosamente las potencialidades de las fuentes de oferta de energía para no generar expectativas infundadas en la producción esperada en aguas profundas.
En la medida de política 3, producción de petróleo, la estrategia establece como tema 11 que la producción de petróleo debe ir a la par del desarrollo nacional y en la realidad solo se estima ahí que será hasta el 2021 cuando se cuente con una producción favorable en aguas profundas. Es decir, no tendrá un efecto favorable en el mediano plazo.
¿Cuáles serían las acciones para acelerar la evaluación y la explotación del potencial petrolero en aguas profundas? Consideramos que existe entonces poco detalle sobre las líneas de acción a seguir para poder explotar de la mejor forma estos recursos.
Entendemos que es prioritario el desarrollo científico y tecnológico nacional para mejorar la productividad en Chicontepec y en aguas profundas; sin embargo, la estrategia tampoco contempla la participación del Instituto Mexicano del Petróleo en este proceso.
No existe una estrategia clara para el aprovechamiento de la capacidad de cogeneración con la que cuenta Pemex y tampoco una estrategia clara que incentive el consumo eficiente de energía, y como consecuencia de ello desconocemos los alcances, pues no establece como parámetro la medición del índice de productividad energética en los años por venir.
Dada la importancia de generar energías limpias, lamentamos que la estrategia no considere las acciones a seguir para alcanzar la meta del 35 por ciento de generación en el 2024 y tampoco explica, dado el potencial que se tiene proyectado, la generación de cada una de las distintas fuentes de energía renovable en la matriz energética del país.
Consideramos que la estrategia debe de abordar el tema de la política de subsidios a seguir, ya que es de vital importancia para los ciudadanos conocer específicamente qué plantea hacer el Ejecutivo federal en lo que se refiere a los precios de gasolina y tarifas eléctricas. La Estrategia Nacional de Energía debe considerar que la viabilidad futura del país depende en buena medida de lo que sucede con el sector energético.
Existen muchas otras inconsistencias en el documento; sin embargo, reconocemos que al inicio de todo nuevo gobierno faltan elementos y experiencia para que de entrada se elabore una estrategia de esta envergadura.
Ofrecemos, que el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional seguirá abordando este tema para consolidar una verdadera Estrategia Nacional de Energía, y con ella contribuir mejor al desarrollo de nuestro país. Por su atención, muchas gracias.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra:Muchas gracias, don Juan Bueno Torio. Blanca Villaseñor Gudiño, tiene usted el uso de la voz.
Esta Presidencia saluda a los invitados de la diputada Dora María Talamante Lemas, alumnos de cuarto grado de la escuela Ford 117. También a los alumnos de la Escuela Superior de Economía del IPN, invitados por Denisse Ugalde Alegría. Sean ustedes bienvenidos.
Adelante, diputada.
La diputada Blanca María Villaseñor Gudiño:Con su permiso, diputado presidente. Honorable asamblea, los integrantes del Grupo Parlamentario del PRI en la Cámara de Diputados votaremos favorablemente el dictamen que aprueba la Estrategia Nacional de Energía del periodo 2013-2027, no solo porque da testimonio del acatamiento del Ejecutivo federal a la obligación de elaborar y presentar este documento para aprobación ante la soberanía del Congreso de la Unión, sino también porque propone una visión ordenada de los riesgos que enfrentamos, así como la mejor manera de enfrentarlos y de superarlos.Tal es el sentido de un documento estratégico, que fija objetivos y establece la orientación hacia dónde dirigirnos, los riesgos y costos de atenderlos, así como los beneficios a obtener en caso de atender las previsiones y actuar en consecuencia a tiempo en el momento que más nos conviene, anticipando los efectos perniciosos y haciendo de cualquier perspectiva negativa una oportunidad de cambio, de renovación y de modernización de las expectativas.
La Estrategia Nacional de Energía que hoy nos ocupa, aprobada también por nuestros compañeros legisladores en el Senado, se define a partir de dos objetivos estratégicos que alientan el actuar del gobierno federal; el primero, alineado con el crecimiento positivo y de mayor alcance que estamos previendo asumir en el país en los próximos años, y que se refiere a satisfacer con oportunidad, menor costo y mayor calidad la demanda de energéticos para el desarrollo de las actividades productivas; el segundo, para hacer viable una mayor inclusión social, que se traduzca en energéticos baratos, oportunos y suficientes que hagan tangible el acceso universal a la energía.
Consideramos por ello necesario e indispensable la aprobación del pleno de esta Cámara de Diputados para la Estrategia Nacional de Energía 2013-2027, para que el Estado mexicano cuente con un instrumento de planeación integral y de largo plazo del sector energético, el cual sirva como palanca del desarrollo nacional y sea un mecanismo de inclusión social, a partir de los beneficios del consumo de energía a precios competitivos y con calidad y sustentabilidad ambiental.
Como sucede en todo documento estratégico, muchos quisieran que a la visión integral y de conjunto se le agregaran las metas que corresponden a los planes de ejecución anual de las políticas que se implementen a la luz de la Estrategia Nacional. Sin duda, corresponde observar tales indicadores en los planes de trabajo, correspondientes a las cuatro medidas de política que se proponen para alcanzar los objetivos estratégicos de mayor crecimiento e inclusión social anteriormente planteados.
La primera medida de política propuesta se refiere a los sistemas de transporte, almacenamiento y distribución de combustibles y electricidad, de modo que el país se encuentre interconectado y con una red e infraestructura suficiente y eficiente para apoyar el desarrollo de cualquier región.
La segunda medida de políticas se refiere a los mecanismos de refinación, procesamiento y generación de energéticos, en donde se abordan los retos relacionados con la producción de los combustibles que el país demanda, así como la diversificación del parque de generación instalado.
La tercera medida de política es inherente a la producción de petróleo crudo, con el objetivo de mantener una explotación sostenible de los recursos petroleros a la altura de las necesidades del país y del lugar que ocupa en el mundo.
La cuarta se refiere a la impostergable y muy necesaria transición energética para reducir la dependencia de combustibles fósiles y aprovechar las nuevas tecnologías que están surgiendo, aprovechando en este momento los beneficios que ofrece el gas natural, del cual tenemos grandes reservas para garantizar la sustentabilidad del sector y transitar hacia energías más limpias.
Cuatro medidas de políticas a implementar, que se entrelazan con tres elementos de integración trasversales: la sustentabilidad del sector energía, la eficiencia energética y ambiental compatible con las mejores prácticas disponibles para producción y consumo de energéticos, y el sostenimiento de la seguridad energética, que nos permite, como país, sostener un superávit energético conforme a las expectativas de crecimiento económico que le garantice certidumbre a las actividades productivas.
El presente dictamen cumple con las bases establecidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública, a partir de la reforma energética aprobada por esta soberanía en el año 2008, así como los componentes de publicidad, análisis, discusión y evaluación inherentes al proceso parlamentario.
Está en línea, además, con otras disposiciones jurídicas y estratégicas del sector, como es la meta legal de incrementar en por lo menos el 35 por ciento el potencial de energías no fósiles, en el portafolio de fuentes primarias de energía para la generación de electricidad para el año 2024.
En el dictamen se recogen asimismo las opiniones vertidas por especialistas en el foro consultivo organizado por el Consejo Nacional de Energía, consistentes en las opiniones y participaciones de los integrantes de la propia Comisión de Energía. Todo ello a partir de la minuta en sentido positivo que remitiera el Senado de la República, en donde se discutió como cámara de origen la Estrategia Nacional de Energía en comento.
De aprobarse favorablemente el dictamen por este honorable pleno de la Cámara de Diputados, las instituciones políticas, los sectores productivos y sociales, la academia y los institutos de investigación, así como esta representación popular habrán de contar con un marco de referencia estratégica para la planeación, el diseño, la ejecución y la evaluación de las políticas públicas del sector energía.
La estrategia que comentamos plantea medidas de política en materia de transporte, almacenamiento y distribución que buscan resolver las alertas críticas que recientemente han afectado al sector productivo debido a las restricciones en el abasto de gas natural.
La necesidad de atender la saturación del 40 por ciento de los poliductos y la confrontación de los retos del sector eléctrico en cuanto a eficiencia, disponibilidad, confiabilidad y seguridad de los sistemas de transmisión y distribución de energía, mediante el diseño de redes eléctricas inteligentes.
En materia de refinación, procesamiento y generación de energéticos la estrategia propone reducir la creciente brecha entre la producción y la demanda interna de combustible por medio de una revisión profunda de la operación del Sistema Nacional de Refinación. La propuesta de diseñar programas y presupuestos multianuales para la ejecución eficiente de los servicios de mantenimiento programados, el desarrollo de una nueva infraestructura que garantice el suministro de energéticos, y el fortalecimiento de una política que incentive la inversión complementaria del sector privado dentro del marco legal vigente.
La estrategia también propone medidas de política pública en materia de producción petrolera, reconociendo el gran potencial petrolero del país, por la existencia de amplios recursos prospectivos y contingentes de hidrocarburos en el subsuelo nacional.
Reconociendo, además, que ha concluido la llamada fase sencilla de producción de petróleo, caracterizada por yacimientos de fácil acceso, con altas tasas de producción y que actualmente el 80 por ciento de los campos petroleros se encuentran en estado avanzado de explotación.
Esta situación explica, pero no como destino inexorable, que México haya perdido ventaja en su posición dentro de los países con mayor producción del crudo, al pasar del sexto al noveno lugar del 2004 al 2012, de igual forma que las exportaciones del petróleo crudo han disminuido en poco más de un tercio en la última década.
Con objetividad se plantea la oportunidad que actualmente representa el hecho de que México ocupa el cuarto nivel mundial en recursos técnicamente recuperables de gas de lutitas y llama a la elaboración del marco regulatorio que permita su inmediata explotación, en el contexto de la llamada revolución energética, originada por los descubrimientos y el creciente consumo de este gas, por ahora con efectos principalmente en el mercado energético y manufacturero de Estados Unidos de América.
A este nuevo mercado este país se puede sumar, dado que contamos también con grandes yacimientos de este novedoso hidrocarburo no convencional, que podría permitir en muy corto plazo disponer de energía suficiente para la competitividad, mejores precios de electricidad y gas, para la competitividad y el beneficio de las economías familiares.
Asimismo se alude a la importancia de crear el marco regulatorio para el aprovechamiento del potencial de energías renovables de que dispone el país y de lo cual da cuenta el Inventario Nacional de Energías Renovables.
Termino, presidente. Bajo la premisa de que su aprovechamiento será de gran importancia para la diversificación de la matriz energética nacional, la reducción de importaciones de energías fósiles y la transición energética hacia fuentes renovables y sustentables, digamos sí a los objetivos estratégicos de crecer con energías menos costosas, más limpias y suficientes y con mayor inclusión social. Muchas gracias, es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Gracias. Ahora vamos en estricto apego a la fracción VIII del 104, a darle el uso de la palabra a doña Aleida Alavez Ruiz, en contra.
La diputada Aleida Alavez Ruiz:Con su venia, diputado presidente. Compañeras y compañeros diputados, la Estrategia Nacional de Energía que hoy se somete al pleno para su aprobación conlleva serias implicaciones que no pueden soslayarse, toda vez que la ruta gubernamental vislumbra una serie de paliativos cuyo destinatario ni es el desarrollo con beneficio social, ni la distribución equitativa de la riqueza generada, ni el resguardo con enfoque de soberanía sobre todos nuestros recursos energéticos, finitos e infinitos, sino que entre sus líneas se asoman los destinatarios reales: el capital privado.Desde el Partido de la Revolución Democrática hemos señalado puntual y reiteradamente cuáles son las deficiencias e inconsistencias que presenta esta estrategia y hemos razonado el porqué no la vamos a acompañar.
Como esta tribuna es la caja de resonancia del pueblo y de la República, es menester que la ciudadanía conozca en qué radica nuestra reflexión y evidenciar la afrenta gubernamental, que pretende impulsar una privatización secundaria a través de acciones de mayor apertura a la inversión privada con todas sus consecuencias.
En primera instancia, la estructura de la estrategia es genérica, imprecisa y en muchos casos ambigua, que no visualiza el escenario final que se requiere alcanzar, a pesar de que el objetivo de la estrategia debe ser el de proporcionar un marco bajo el cual puedan desarrollarse políticas públicas requeridas dentro del sector, con un enfoque a mediano y largo plazo. Éstas no se ven reflejadas en el documento.
Se percibe falta de claridad y especificidad de las líneas de acción, puesto que no cubren, de manera suficiente, los temas estratégicos. La mayoría de ellas son escuetas y solo parecen acciones obvias cuya finalidad no queda clara. Esto implica que no se definen metas vinculatorias a nivel nacional y que traslada la responsabilidad de la evaluación y desempeño de estas líneas de acción a los propios agentes del sector involucrados en su realización.
La Estrategia Nacional de Energía presenta un análisis parcial del sector energético, toda vez que no desarrolla el potencial de energías alternativas y sustentables ni tampoco elabora proyecciones de crecimiento en este último ramo.
En el tema estratégico 15, por ejemplo, que aquí acaban de mencionar y que señalan acciones como identificar y aprovechar el potencial de energías renovables en nuestro país, cuando debería ser una acción prioritaria la potencialización de este tipo de energías y no establecerse como una acción apenas de identificación del potencial de este tipo de energías.
Este instrumento plantea un nuevo esquema de privatización secundaria en el 80 por ciento de las líneas de acción. Lo que se acaba de decir aquí en tribuna, a través de la diputada Villaseñor, por parte del PRI, sobre el transporte, almacenamiento, producción, distribución, en efecto así lo mencionan, pero abriéndolo al sector privado.
Para desarrollar los temas estratégicos se fija como principal acción la apertura al capital privado, supuestamente dentro del margen de la ley, presentándose esta acción de apertura a la inversión privada como la única solución ante un escenario inercial de crecimiento nacional de la demanda de energía.
Observamos como lo comentó mi compañero Cházaro que los temas estratégicos 1, 6, 7, 8, 9, 10, 17 y 18 establecen claramente que la mejor solución para atender esas problemáticas es la inversión privada; sin embargo, ésta no puede ser contraria al precepto constitucional ni pretender legislar por la vía del reglamento, como es práctica común de los paladines del neoliberalismo en los últimos 30 años de imposición del modelo económico, que buscan flexibilizar el marco jurídico vigente para permitir la inversión privada en todas las cadenas que constituyen el sector energético, tanto en materia de hidrocarburos como en energía eléctrica.
Es decir, mantiene la potestad de los recursos en manos de las mexicanas y de los mexicanos, pero cede todos los procesos que componen el sector energético a los particulares.
En distintas partes de esta estrategia observamos también criterios contradictorios. Por ejemplo, en el tema 4 se propone ampliar el acceso de energías a las comunidades menos favorecidas a través de subsidios focalizados, mientras que en el tema estratégico 18 se propone contar con la capacidad para cubrir los costos, manteniendo capacidad de inversión, previendo un alza en los precios finales de los usuarios de la energía, incluso aquellos menos favorecidos.
Hay una ausencia en temas como el establecimiento de sistemas rigurosos de rendición de cuentas, así como la revisión del tema de corrupción en ambas empresas del sector CFE y Pemex. No establece mayores mecanismos de control para evitar fraudes y componendas en detrimento del erario público.
Como parte de unos de los temas estratégicos necesariamente tendría que haberse planteado el saneamiento interno de ambas empresas, sobre todo cuando el ex diputado federal César Augusto Santiago, del PRI, que encabezó la Comisión Especial para investigar casos de corrupción en la CFE, es ahora abogado general de la paraestatal.
Esta estrategia debe definirse como una herramienta necesaria para la definición del Plan Nacional de Desarrollo, planes sectoriales, planes estatales y municipales en materia de energía, no como un documento aislado.
Una estrategia que no contiene indicadores, metas, objetivos verificables, es una estrategia que no puede evaluarse ni revisarse. Debería entonces desarrollarse una nueva y distinta Estrategia Nacional de Energía, pues lo contrario estaría avalando un plan vacío y si contenidos reales de políticas públicas concretas.
Compañeras y compañeros, son éstas algunas de las razones del Grupo Parlamentario del PRD para votar en contra de la Estrategia Nacional de Energía 2013-2027, porque no podemos permitir que un documento con estas características sea considerado como una guía para este importante sector hacia los próximos años y, sobre todo, votaremos en contra porque estamos convencidas y convencidos de que es posible fortalecer y desarrollar el sector energético de nuestro país, desde una perspectiva distinta planteada en esta estrategia, que debió haberse llamado estrategia nacional de privatización energética. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Muchas gracias. Esta Presidencia saluda a los invitados de la diputada Cecilia González Gómez. A saber, el licenciado Levy González Lozano, presidente del Consejo de Turismo Altos Sur, Jalisco, y el cavaliere Giancarlo Quequinato, camarlengo de la Confraternita del Bavarolo, Rovigo-Italia.
A los estudiantes de la Universidad Bicentenario de Villa Victoria, invitados por la diputada Paulina Alejandra del Moral Vela. Sean ustedes bienvenidos.
Don Germán Pacheco Díaz, tiene usted el uso de la voz.
El diputado Germán Pacheco Díaz:Con su venia y su permiso, señor presidente; compañeros diputados, compañeras diputadas, en Acción Nacional consideramos que la Estrategia Nacional de Energía 2013-2027 es una oportunidad para crear consensos y generar una visión común, hacia la cual todos los actores encaucen sus esfuerzos para considerar nuestro sector energético, solo así podremos lograr un sector energético más eficiente, competitivo y seguro.Al respecto, es importante señalar que durante la Estrategia Nacional de Energía se presentan 22 temas estratégicos para el sector y se plantean tres etapas a ser resueltos en los siguientes años: para el 2018, 2024 y 2027.
Asimismo se precisan dos objetivos estratégicos: el apoyo al crecimiento económico, la inclusión social. También plantea tres elementos de integración: sustentabilidad, con el objeto de lograr un sector sostenible y diverso de energía no fósiles; eficiencia energética y ambientalmente; seguridad energética para garantizar el abasto de energía. Es importante que cada uno de estos venga acompañado de más información estadística; es decir, de sus metas y proyecciones.
Este documento enviado por la Secretaría de Energía es incompleto, debido a que carece de información estadística y metas a alcanzar, específicamente no se tiene claro hacia dónde se dirige el sector energético para el 2027; por lo tanto, no existe certidumbre ni rumbo en las acciones a seguir por parte del Ejecutivo federal en materia energética, por lo que podemos señalar que la Estrategia Nacional de Energía 2013-2027 es inconclusa en el alcance de sus metas.
También en la revisión de la Estrategia Nacional de Energía observamos que no se abunda ni se detalla sobre la política a seguir en el conocimiento a los tiempos y montos, lo anterior para el caso específico de los subsidios, las gasolinas y las tarifas eléctricas, como lo mencionaba hace rato el compañero Mejía, de Movimiento Ciudadano.
Asimismo, un tema de mayor relevancia para hacer viable y factible, técnica y económicamente el alcance de la Estrategia Nacional de Energía es el concerniente al desarrollo científico y tecnológico, mismo que tiene implicaciones en el desarrollo de la energía renovable y los procesos de generación de electricidad en la exploración y explotación de yacimientos e hidrocarburos en su complejidad, como son los de aguas profundas y otros.
Asimismo hace falta detallar y explicar la Estrategia Nacional de Energía; el papel que jugará en el desarrollo el Instituto Mexicano del Petróleo y el Instituto de Investigación Eléctrica. Otro factor que vemos con especial preocupación es el referente al sistema nacional de refinación, el cual no presenta importantes cambios en el volumen de producción.
Es necesario señalar que para que nuestro país sea autosuficiente en la producción de combustibles es preciso realizar fuertes inversiones en la construcción y reconfiguración de refinerías. En este tenor, encontramos que en la Estrategia Nacional de Energía se menciona poco este importante rubro, por lo tanto, resulta evidente que la Estrategia Nacional de Energía tiene que ser detallada y enviada de nueva cuenta a este Congreso de la Unión.
Dadas estas argumentaciones, consideramos que no podemos aprobar la Estrategia Nacional de Energía enviada por el Ejecutivo federal; sería una gran irresponsabilidad por parte del Partido Acción Nacional y por el Congreso de la Unión que se apruebe en los términos presentados.
Aquí quiero mencionarles que hace aproximadamente un mes y medio tuvimos una reunión con el subsecretario de Energía, el cual nos presentó esta Estrategia Nacional de Energía señor presidente, ya termino y los siete diputados de la bancada del Partido Acción Nacional fuimos muy claros; le dijimos que esta estrategia se ve muy bonita, de color de rosa, como Alicia en el país de las maravillas, pero queríamos que nos enseñara las metas, proyectos, alcances, sumas, fórmulas de cómo llegaron a esta estrategia, a lo cual él mencionó que eso no estaba a su alcance y que esto lo tenía que decir el secretario de Energía.
Por eso le dijimos, la bancada del Partido Acción Nacional, que lo esperábamos, por eso pedimos que viniera a comparecer a esta tribuna, a lo cual al señor hasta la fecha seguimos esperándolo y no ha venido.
Es por lo antes expuesto que la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional votará en abstención al dictamen de la Comisión de Energía referente a la Estrategia Nacional de Energía. Es todo, señor presidente, gracias.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Gracias. Doña Lilia Aguilar Gil, del PT.
La diputada Lilia Aguilar Gil:Muchas gracias, señor presidente; con la venia de la asamblea. Vendré aquí a dar el posicionamiento en contra o la explicación de porqué estamos en contra de esta estrategia que hoy se ha traído al pleno.En esta discusión, compañeros diputados, se ha abusado en exceso de dos palabras, permítanme centrar en eso mi intervención; la primera, la palabra estrategia, y la segunda, la palabra modernidad. Ésta como se ha dicho ya en repetidas ocasiones en esta tribuna no es para nada una estrategia, y para esto hay que decirlo muy claramente hay muchas razones.
Primero. No hay un diagnóstico claro del sector. No solamente del sector, no solamente le faltan metas, objetivos, alcances como ya se ha dicho en esta tribuna sino tampoco de la situación financiera de Pemex o de la Comisión Federal de Electricidad, que son básicos para hacer una Estrategia Nacional de Energía.
Segundo. Las líneas estratégicas no tienen acciones específicas, es en realidad una serie de planteamientos, no solamente generales, sino que parecen de buena voluntad y a veces hasta completamente absurdos, generales, imprecisos, llenos de lugares comunes, llenos de verbos y acciones obvias, como el de fortalecer al sector o implementaremos prácticas que hagan competitivo al sector, o se buscará o se generará información, cuando éstas son actividades que claramente deben de generar las paraestatales.
Tercero. No determina una verdadera estrategia de fortalecimiento del sector y las paraestatales, porque parte de una premisa falsa y eso hay que decirlo con todas sus letras: parte de la premisa falsa de que el sector energético en este país no es rentable, y si no es rentable entonces, ¿por qué hay tantos privados que quieren invertir en el sector energético en México?
No plantea líneas de acción para la investigación y el desarrollo tecnológico en Pemex; es decir, estamos matando a la gallina de los huevos de oro, que como ya en esta tribuna dijo la representante del Partido Verde Ecologista, representa el 8 por ciento del producto interno bruto.
No se plantea ni siquiera la creación de una sola refinería; es decir, ¿cómo podemos hablar de una Estrategia Nacional de Energía si no estamos hablando de lo que vamos a invertir en la infraestructura de la misma?
Quieren hacernos creer con este plan, compañeros diputados, que la Estrategia Nacional de Energía de este país depende solamente de la inversión extranjera, que se basa básicamente en la importación de productos terminados y que no debemos invertir más que en lo que ya se ha comentado en esta tribuna: en la extracción y la producción de crudo, porque la transformación debemos de dejársela al extranjero.
Cerraría diciendo, compañeros diputados: no hay en este documento una visión para el fortalecimiento de las capacidades del sector y, sobre todo, de Pemex y de CFE.
Es por eso que en el PT creemos que es un documento equivocado, porque no podemos dejar el destino de un sector estructural de este país en manos, no solamente de privados, dejemos eso de lado, sino de extranjeros.
¿Qué va a pasar cuando nuestro sector energético ya no dependa de los mexicanos, sino dependa de los extranjeros? Compañeros diputados, ¿qué vamos a hacer?
Permítame cerrar, señor presidente, diciendo que también se ha abusado de la palabra modernizar. Pero aquí hay una cuestión bastante simpática, porque la palabra modernizar, en su definición según la Real Academia dice que es lo que se contrapone a lo clásico, y lo clásico en el escenario internacional, compañeros diputados, es precisamente la privatización.
Si en México quisiéramos modernizar al sector energético, no estaríamos proponiendo precisamente su privatización, sino todo lo contrario, modernizar y contraponernos a lo clásico. Muchas gracias.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Gracias. Ábrase el sistema electrónico de votación, por cinco minutos, a efecto de recabar votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: Háganse los avisos a los que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación nominal en lo general y en lo particular.
(Votación)
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Esta Presidencia saluda a doña Rosalva Guevara Alardín, tesorera de la Asociación Mantense de Ayuda Mutua para los Trabajadores Jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social, invitada por la diputada doña Rosalba de la Cruz Requena, de Tamaulipas.
La Secretaria diputada Tanya Rellstab Carreto: Ciérrese el sistema electrónico. Presidente, se emitieron 237 votos a favor, 99 abstenciones y 125 en contra.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 237 votos el proyecto de decreto que ratifica la Estrategia Nacional de Energía. Pasa al Ejecutivo, para los efectos constitucionales.
Dejo la Presidencia en las expertas manos de don José González Morfín.
Presidencia del diputado José González Morfín
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Antes de entrar a los dictámenes con punto de acuerdo, voy a pedir a la Secretaría dé cuenta con algunos acuerdos de la Junta de Coordinación Política de cambios de integrantes en comisiones.
CAMBIOS EN COMISIONES
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Francisco Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que el diputado Joaquín Caballero Rosiñol cause baja como secretario de la Comisión de Asuntos de la Frontera Sur-Sureste.
Que la diputada Patricia Guadalupe Peña Recio cause alta como secretaria en la Comisión de Asuntos de la Frontera Sur-Sureste.
Que el diputado Joaquín Caballero Rosiñol cause baja como integrante de la Comisión de Comunicaciones.
Que la diputada Patricia Guadalupe Peña Recio cause alta como integrante en la Comisión de Comunicaciones.
Que el diputado Joaquín Caballero Rosiñol cause baja como integrante de la Comisión de Infraestructura.
Que la diputada Patricia Guadalupe Peña Recio cause alta como integrante en la Comisión de Infraestructura.
Lo anterior para los efectos a que haya lugar.
Le protesto mis respetos.
Atentamente
Palacio Legislativo, San Lázaro, México, DF, a 8 de abril de 2013. Diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Francisco Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Que el diputado Sergio Torres Félix cause baja como secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
Que el diputado Javier Treviño Cantú cause alta como secretario en la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 9 de abril de 2013. Diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Francisco Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Arturo Escobar y Vega, coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM:
Que la diputada Ana Lilia Garza Cadena cause baja como integrante de la Comisión de Justicia.
Que el diputado Tomás Torres Mercado cause alta como integrante de la Comisión de Justicia.
Que el diputado Tomás Torres Mercado cause baja como integrante de la Comisión de Comunicaciones.
Que la diputada Ana Lilia Garza Cadena cause alta como integrante de la Comisión de Comunicaciones.
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Le protesto mis respetos.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 9 de abril de 2013. Diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Francisco Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes movimientos, solicitados por el diputado Manuel Añorve Baños, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Que el diputado Joaquín Caballero Rosiñol cause baja como integrante de la Comisión Especial para la conservación y, en su caso, restauración del medio ambiente en las entidades federativas donde se ubican las instalaciones de Pemex.
Que la diputada Patricia Guadalupe Peña Recio cause alta como integrante en la Comisión Especial para la conservación y, en su caso, restauración del medio ambiente en las entidades federativas donde se ubican las instalaciones de Pemex.
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi consideración.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 8 de abril de 2013. Diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica), Presidente.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Diputado Francisco Arroyo Vieyra, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le pido atentamente que se sometan a consideración del pleno de la Cámara de Diputados las siguientes integraciones, solicitadas por el diputado Alberto Anaya Gutiérrez, coordinador del Grupo Parlamentario del PT:
Que el diputado José Alberto Benavides Castañeda cause alta como integrante del Comité del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas.
Que la diputada Loreta Ortiz Ahlf cause alta como integrante del Comité del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias
Que la diputada Lilia Aguilar Gil cause alta como integrante del Comité del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública
Que la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal cause alta como integrante del Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género
Que el diputado Adolfo Orive Bellinger cause alta como integrante del Comité del Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria
Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.
Le protesto mis respetos.
Atentamente
Palacio Legislativo, México, DF, a 9 de abril de 2013. Diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica), Presidente.»
Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Aprobado. Comuníquense.
Ahora le ruego dar cuenta con el acuerdo de la integración de la Junta Directiva de la comisión especial.
COMISION ESPECIAL QUE SE OCUPA DE INDAGAR EL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTANCIAS DEL GOBIERNO FEDERAL RELACIONADAS CON EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS PARA JUEGOS Y SORTEOS
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se define la integración de la Comisión Especial que se ocupa de indagar el funcionamiento de las instancias del gobierno federal relacionadas con el otorgamiento de permisos para juegos y sorteos, y de su junta directiva
La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 33, 34 numeral uno, inciso c); 39; 40 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno, el siguiente acuerdo, con base en las siguientes:
Consideraciones
Primera. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 39, numeral uno, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las comisiones son órganos constituidos por el pleno que contribuyen a que la Cámara de Diputados cumpla con sus atribuciones constitucionales y legales;
Segunda: Que el 15 de febrero de 2013 el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la propuesta de la Junta de Coordinación Política por el que se creaba la Comisión Especial que se ocupa de indagar el funcionamiento de las instancias del gobierno federal relacionadas con el otorgamiento de permisos para juegos y sorteos.
Tercera: Que de conformidad con lo establecido en el artículo primero de los transitorios del acuerdo referido, la Junta de Coordinación Política hará la designación de los integrantes y de la junta directiva de la comisión de que se trata, una vez que le sea informada por los coordinadores de todos los grupos parlamentarios sobre los nombres de los integrantes.
Por lo anterior, se somete a consideración del pleno los siguientes:
Acuerdos
Primero. La junta directiva de la Comisión Especial que se ocupa de indagar el funcionamiento de las instancias del gobierno federal relacionadas con el otorgamiento de permisos para juegos y sorteos contará con una presidencia y dos secretarías.
Segundo. La presidencia será rotatoria entre todos los grupos parlamentarios que cuentan con integrantes en la comisión; la vigencia de cada presidencia será de tres meses. La primera presidencia recaerá en un integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Tercero. Las secretarías recaerán una en un integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y otra en un integrante de Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Cuarto: El pleno de la Cámara de Diputados ratifica la validez de los actos de instalación de la comisión.
Quinto: Los integrantes de la comisión son:
1. Diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza
2. Diputado Marco Antonio Bernal Gutiérrez
3. Diputado William Oswaldo Ochoa Gallegos
4. Diputado José Arturo Salinas Garza
5. Diputada Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez
6. Diputado Fernando Zárate Salgado
7. Diputado Agustín Barrios Gómez Segués
8. Diputada Mónica García de la Fuente
9. Diputado Ricardo Mejía Berdeja
10. Diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal
11. Diputado Rubén Benjamín Félix Hays
Sexto. Para el primer periodo de tres meses de funcionamiento de la comisión la presidencia será ejercida por el diputado Ricardo Mejía Berdeja.
Séptimo: Para el primer periodo trimestral de funcionamiento de la comisión las secretarías recaerán en los siguientes diputados:
1. Diputado William Oswaldo Ochoa Gallegos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Institucional.
2. Diputada Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;
3. Fernando Zárate Salgado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Transitorios
Primero. Por única vez y para el primer periodo de tres meses cuya presidencia recae en un integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la comisión contará con tres secretarías las cuales recaerán en los integrantes a los que se refiere el artículo tercero de este acuerdo y una más que recaerá en un integrante del Partido de la Revolución Democrática.
Segundo. Este acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación por el pleno de la Cámara de Diputados.
Dado en el recinto legislativo de San Lázaro, a 8 de abril de 2013. Diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica p.a.), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica p.p.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Arturo Escobar y Vega, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputado Ricardo Monreal Ávila (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;diputada María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.»
El Presidente diputado José González Morfín: Permítame un momento, diputado. ¿Con qué objeto, diputado?
El diputado Roberto López Suárez(desde la curul): Nada más quisiera que aclararan con precisión sobre los temas de la Junta de Coordinación Política a que hacen referencia. Esa es la pregunta, nada más.El Presidente diputado José González Morfín: El primero es el de cambios de comisión, que está publicado. Se puede consultar en las pantallas.
Ésta es la integración de la junta directiva de la Comisión Especial que se ocupará de indagar el funcionamiento de los sorteos.
Continúe la Secretaría. Permítame, diputado.
El diputado Roberto López Suárez(desde la curul): Más precisa la pregunta, ¿viene en estos comunicados a los que usted hace referencia el tema de la Comisión Condusef?
El Presidente diputado José González Morfín: No, no ha llegado, diputado.
El diputado Roberto López Suárez (desde la curul): Gracias, presidente.
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Aprobado. Comuníquese.
DISTRITOS DE RIEGO 025 Y 026 EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua a implantar medidas urgentes para garantizar el suministro de agua para actividades agrícolas en los distritos de riego 025 y 026, en el estado de Tamaulipas
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que suscriben diversos grupos parlamentarios, por lo que se somete a consideración del pleno el siguiente
Acuerdo
Único. Se exhorta a la Comisión Nacional del Agua a implantar medidas urgentes para garantizar el suministro de agua para actividades agrícolas en los distritos de riego 025 y 026, en el estado de Tamaulipas, para prevenir el colapso social y económico de la entidad y un desastre agrícola de grandes repercusiones para la producción nacional y que dañaría al sector agropecuario del país.
Dado en el recinto legislativo de San Lázaro, a 8 de abril de 2013. Diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica p.p.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Arturo Escobar y Vega, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Ricardo Monreal Ávila (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; Diputado Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputada María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.»
En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Aprobado. Comuníquese.
INCENDIOS FORESTALES PRESENTADOS EN SAN LUIS POTOSI
El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. LXII Legislatura. Cámara de Diputados. Junta de Coordinación Política.
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Gobernación que libere los recursos correspondientes del Fonden con la misma oportunidad con que el 26 de marzo del presente fue emitida la declaratoria de emergencia por los incendios forestales presentados en San Luis Potosí
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que suscriben diversos grupos parlamentarios, por lo que se someten a consideración del pleno los siguientes
Acuerdos
Primero. La Cámara de Diputados solicita respetuosamente a la Secretaría de Gobernación que libere los recursos correspondientes del Fonden con la misma oportunidad con que fue realizada la declaratoria de emergencia, emitida el 26 de marzo del presente, con motivo de los incendios forestales presentados en el estado de San Luis Potosí.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al titular de la Secretaría de Gobernación para que se emita la declaratoria de emergencia correspondiente, con la finalidad de que las autoridades locales se encuentren en posibilidades de continuar el combate del incendio en la Sierra de San Miguelito.
Tercero. La Cámara de Diputados exhorta a los titulares de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Energía para que en el ámbito de su competencia realicen las acciones necesarias a efecto de instrumentar un programa de reducción de tarifas eléctricas para la región de la Huasteca potosina y la Zona Media, ante las elevadas temperaturas que se han registrado y que han sido la causa de los recientes incendios.
Cuarto.Las y los legisladores de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados nos solidarizamos con la población potosina y le refrendamos nuestro total apoyo y compromiso, a la vez que expresamos nuestras más sentidas condolencias a los familiares de la ciudadana potosina que lamentablemente perdió la vida durante el incendio.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de abril de 2013. Diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica), Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Diputado Arturo Escobar y Vega, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Diputado Ricardo Monreal Ávila (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; Diputado Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputada María Sanjuana Franco Cerda (rúbrica), Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.»
En votación económica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Aprobado. Comuníquese.
DICTAMENES DE PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
El Presidente diputado José González Morfín: El siguiente punto del orden del día es la discusión de los dictámenes con punto de acuerdo. En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si autoriza que solo se dé lectura a los encabezados y se discutan en conjunto. Si se autoriza que se discutan en conjunto, compañero secretario.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja(desde la curul): Presidente.El Presidente diputado José González Morfín: Sonido en la curul del diputado Ricardo Mejía.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja (desde la curul): Presidente, nosotros solicitamos que cada punto de acuerdo remitido por cada comisión, en virtud de que son dictámenes, se discutan uno a uno cada uno de los dictámenes que están listados en el orden del día.
El Presidente diputado José González Morfín: Que lo determine la asamblea. Pero le garantizo, diputado Mejía, que los oradores que ustedes han inscrito en cada uno de los dictámenes hará uso de la palabra. Adelante. Continúe la Secretaría.
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea en votación económica si se autoriza que solo se dé lectura a los encabezados y se discutan en conjunto. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Voy a pedir entonces a la Secretaría dé lectura a los encabezados de los diez dictámenes de la Comisión de Equidad y Género.
PROGRAMAS E INSTRUMENTOS DE ATENCION PARA COMBATIR LA VIOLENCIA CONTRA LAS NIÑAS Y LAS MUJERES
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: «Dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se solicita al Ejecutivo federal que fortalezca los programas e instrumentos de atención para combatir la violencia contra las niñas y las mujeres, a efecto de que puedan ser implantados de manera eficiente y equitativa
Honorable Asamblea:
La Comisión de Equidad y Género con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la Honorable Asamblea el siguiente
Dictamen
Antecedentes
A la Comisión de Equidad y Género, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente No. 867 que contiene la Proposición con Punto de de Acuerdo, por el que se le solicita al Ejecutivo Federal que fortalezca los programas e instrumentos de atención para combatir la violencia contra niñas y mujeres, a efecto de poder implantarlos de manera eficiente y equitativa, presentada por la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del PAN, el 27 de septiembre de 2012.
En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, turnó la proposición de referencia a la Comisión de Equidad y Género, misma que se recibió en las oficinas de la mencionada Comisión el 3 de diciembre de 2012.
Contenido de la Proposición
De acuerdo con la diputada promovente, la violencia contra la mujer inhibe su derecho a la plena participación y su desempeño en la toma de decisiones y la cuestión cultural es uno de los motivos por los que hoy en día continúa presentándose este fenómeno en nuestra sociedad. Al hacer estas referencias, cita a la Organización de las Naciones Unidas y al Instituto Nacional de las Mujeres.
Asimismo, refiere, que de acuerdo al Mecanismo de seguimiento de la Convención Belém Do Pará (Mesecvi), que los presupuestos para la seguridad pública en México y los países que integran la Organización de Estados Americanos (OEA) llegan hasta 5 por ciento del producto interno bruto (PIB), mientras que en el caso de los programas para atender la creciente violencia y discriminación hacia niñas y mujeres van apenas del .01 al .1 por ciento del PIB.
Para la promovente, la elaboración de los indicadores para la protección del derecho de la mujer y de las niñas a una vida libre de violencia, así como las medidas adoptadas para prevenir y erradicar la violencia contra la mujer y para asistir a la mujer afectada por la violencia, deben ser fortalecidas puesto que las estadísticas son alarmantes en nuestro país como un ejemplo de la magnitud de esta problemática mundial. De todas las mujeres que comparten hogar con su pareja, 45 por ciento manifiesta haber sido víctima de, por lo menos, un incidente relacionado con violación emocional, física, económica o sexual.
Otros datos proporcionados en la novena reunión del comité de expertas de Mesecvi, son que en México, 67 por ciento de las mujeres ha sido víctima de algún tipo de violencia, o que en la región niñas y mujeres representen 80 por ciento de las víctimas de trata, mayoritariamente con fines de explotación sexual y que en aplicación del derecho en el caso de violación a los derechos de niñas y mujeres, prevalezca la impunidad. Se destacó que la mayoría de los países con representación ante la OEA, no reportan el número de violaciones contra niñas y mujeres, ni el número de sentencias contra sus violadores; tampoco el número de feminicidios ni de sentencias contra sus asesinos.
Asimismo, la Secretaría de Salud señala que los egresos hospitalarios por abuso sexual en el año 2000 ascendieron a 21 casos y para 2009 la cifra se incrementó a 59, mientras que las muertes por agresión en menores de 15 años en el año 2009, fueron de 296 casos en mujeres y 199 en hombres. De igual forma, esta secretaria reporta que 73 por ciento de los casos de abuso sexual lo padecen menores de cuatro a nueve años de edad: más de 70 por ciento de los delitos lo padecen las niñas y 45 por ciento de estos hechos se originan en el propio hogar. Mientras que 86 por ciento de los abusos los cometen los varones y 13.9 por ciento mujeres adultas.
De acuerdo con la diputada promovente, si bien el Estado mexicano ha realizado una serie de acciones para combatir esta problemática, como la expedición de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ejemplo que han seguido diversas entidades federativas, aún falta camino por recorrer, pues hasta ahora los resultados han sido limitados en parte por la tolerancia de esta práctica por parte de la sociedad e incluso, de las autoridades.
La sociedad y las autoridades deben ser conscientes y sensibles para combatir esta práctica, de lo contrario no se logrará mejorar la situación. Para ello es necesario contar con servicios de vigilancia y atención eficaces, así como con un sistema de justicia imparcial, que sancione a los responsables.
Las circunstancias nos obligan a que las palabras de los discursos se transformen en políticas públicas oportunas, consistentes, eficientes y efectivas, pero sobre todo que se destinen mayores presupuestos a los programas, tanto de prevención como de contención, a fin de resguardar de la violencia y mejorar la calidad de vida de las mujeres y niñas.
En virtud de lo anterior, la diputada Martha Leticia Sosa Govea, propone el siguiente Punto de Acuerdo:
Primero. Se solicita respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo Federal, para que fortalezca los programas y los mecanismos de atención para combatir la violencia contra las niñas y mujeres, a efecto de que puedan ser implementados de manera eficiente y equitativa en comparación con otros programas que cuentan con mayores recursos.
Segundo. Se solicita respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo Federal, a intensificar las campañas destinadas a concientizar y sensibilizar a la población sobre la no violencia contra las niñas y mujeres.
Consideraciones
El derecho de las mujeres a vivir libres de violencia y discriminación, ha sido consagrado y establecido como un desafío prioritario a nivel nacional e internacional. La promulgación de instrumentos internacionales de derechos humanos que protegen el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia, refleja un consenso y reconocimiento por parte de los Estados sobre el trato discriminatorio tradicionalmente recibido por las mujeres en sus sociedades.
La obligación de contar con mecanismos para atender, prevenir y erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres, en todos los ámbitos de ocurrencia, ha permitido incidir de manera determinante en las agendas de los gobiernos. Así, en el ámbito de las Naciones Unidas, en el año de 1979, se adoptó la Convención sobre Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (en adelante, CEDAW) y, dentro del Sistema Interamericano, en el año de 1994, se estableció la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (en adelante, Convención de Belém do Pará).
Sin embargo, a pesar de la existencia de un marco jurídico internacional tendiente a proteger los derechos humanos de las mujeres la violencia contra las mujeres persiste en todos los países del mundo como una violación generalizada de sus derechos humanos y uno de los principales obstáculos para lograr la igualdad de género. Esta violencia, en palabras del Secretario General de Naciones Unidas, es inaceptable, ya sea cometida por el Estado y sus agentes; por parientes o por extraños; en el ámbito público o privado; en tiempos de paz o de conflictos. Mientras exista la violencia contra las mujeres, no se puede afirmar que se han logrado progresos reales hacia la igualdad, el desarrollo y la paz.
Además, las experiencias dramáticas en la región muestran la ineficacia del sistema jurídico y de los aparatos policiales y de persecución para prevenir, investigar y sancionar adecuadamente las desapariciones, violaciones, asesinatos y mutilaciones de los cuerpos de las mujeres.
Tal como ha observado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en la mayoría de los países de la región existe un reconocimiento formal y jurídico de que la violencia contra las mujeres constituye un desafío prioritario. Y a pesar del deber general de los Estados de promover la igualdad de jure y de facto entre las mujeres y los hombres; así como el deber de elaborar y aplicar efectivamente un marco de normas jurídicas y de políticas públicas para proteger y promover plenamente los derechos humanos de las mujeres, existe una gran brecha entre la incidencia y la gravedad del problema; así como, entre la calidad de la respuesta judicial ofrecida para atender la violencia contra las mujeres.
La obligación de respetar y garantizar los derechos humanos de todas las personas y en particular de las mujeres, constituye la obligación fundamental de los Estados. Así lo establece el artículo 1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos cuando señala el compromiso de los Estados de respetar los derechos y las libertades reconocidos en ella y de garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna.
Por su parte, el Comité de Expertas de la CEDAW, concretamente las Recomendación General 19 y 24, se ha recomendado que:
a) Los Estados Partes adopten medidas apropiadas y eficaces para combatir los actos públicos o privados de violencia por razones de sexo.
b) Los Estados Partes velen por que las leyes contra la violencia y los malos tratos en la familia, la violación, los ataques sexuales y otro tipo de violencia contra la mujer protejan de manera adecuada a todas las mujeres y respeten su integridad y su dignidad. Debe proporcionarse a las víctimas protección y apoyo apropiados. Es indispensable que se capacite a los funcionarios judiciales, los agentes del orden público y otros funcionarios públicos para que apliquen la Convención.
c) Los Estados Partes alienten la recopilación de estadísticas y la investigación de la amplitud, las causas y los efectos de la violencia y de la eficacia de las medidas para prevenir y responder a ella.
d) Se adopten medidas eficaces para garantizar que los medios de comunicación respeten a la mujer y promuevan el respeto de la mujer.
e) En los informes que presenten, los Estados Partes individualicen la índole y el alcance de las actitudes, costumbres y prácticas que perpetúan la violencia contra la mujer, y el tipo de violencia que engendran. Se debe informar sobre las medidas que hayan tomado para superar la violencia y sobre los resultados obtenidos.
f) Se adopten medidas eficaces para superar estas actitudes y prácticas. Los Estados deben introducir programas de educación y de información que ayuden a suprimir prejuicios que obstaculizan el logro de la igualdad de la mujer (Recomendación Nº 3, 1987).
g) Se adopten medidas preventivas y punitivas para acabar la trata de mujeres y la explotación sexual.
h) En sus informes, los Estados Partes describan la magnitud de todos estos problemas y las medidas, hasta disposiciones penales y medidas preventivas o de rehabilitación, que se hayan adoptado para proteger a las mujeres que se prostituyan o sean víctimas de trata y de otras formas de explotación sexual. También deberá darse a conocer la eficacia de estas medidas.
i) Se prevean procedimientos eficaces de denuncia y reparación, la indemnización inclusive.
j) Los Estados Partes incluyan en sus informes datos sobre el hostigamiento sexual y sobre las medidas adoptadas para proteger a la mujer del hostigamiento sexual y de otras formas de violencia o coacción en el lugar de trabajo.
k) Los Estados Partes establezcan o apoyen servicios destinados a las víctimas de violencia en el hogar, violaciones, violencia sexual y otras formas de violencia contra la mujer, entre ellos refugios, el empleo de trabajadores sanitarios especialmente capacitados, rehabilitación y asesoramiento.
l) Los Estados Partes adopten medidas para poner fin a estas prácticas y tengan en cuenta las recomendaciones del Comité sobre la circuncisión femenina (Recomendación Nº 14) al informar sobre cuestiones relativas a la salud.
m) Los Estados Partes aseguren que se tomen medidas para impedir la coacción con respecto a la fecundidad y la reproducción, y para que las mujeres no se vean obligadas a buscar procedimientos médicos riesgosos, como abortos ilegales, por falta de servicios apropiados en materia de control de la natalidad.
n) Los Estados Partes den a conocer en sus informes la amplitud de estos problemas e indiquen las medidas que hayan adoptado y sus resultados.
o) Los Estados Partes garanticen que en las zonas rurales los servicios para víctimas de la violencia sean asequibles a las mujeres y que, de ser necesario, se presten servicios especiales a las comunidades aisladas.
p) Las medidas destinadas a proteger de la violencia incluyan las oportunidades de capacitación y empleo y la supervisión de las condiciones de trabajo de empleadas domésticas.
q) Los Estados Partes informen acerca de los riesgos para las mujeres de las zonas rurales, la amplitud y la índole de la violencia y los malos tratos a que se las somete y su necesidad de apoyo y otros servicios y la posibilidad de conseguirlos, y acerca de la eficacia de las medidas para superar la violencia.
r) Entre las medidas necesarias para resolver el problema de la violencia en la familia figuren las siguientes:
i) sanciones penales en los casos necesarios y recursos civiles en caso de violencia en el hogar;
ii) legislación que elimine la defensa del honor como justificación para atacar a las mujeres de la familia o darles muerte;
iii) servicios, entre ellos, refugios, asesoramiento y programas de rehabilitación, para garantizar que las víctimas de violencia en la familia estén sanas y salvas;
iv) programas de rehabilitación para los culpables de violencia en el hogar;
v) servicios de apoyo para las familias en las que haya habido un caso de incesto o de abuso deshonesto.
s) Los Estados Partes informen acerca de la amplitud de la violencia en el hogar y el abuso deshonesto y sobre las medidas preventivas, punitivas y correctivas que hayan adoptado.
t) Los Estados Partes adopten todas las medidas jurídicas y de otra índole que sean necesarias para proteger eficazmente a las mujeres contra la violencia, entre ellas:
i) medidas jurídicas eficaces, como sanciones penales, recursos civiles e indemnización para protegerlas contra todo tipo de violencia, hasta la violencia y los malos tratos en la familia, la violencia sexual y el hostigamiento en el lugar de trabajo;
ii) medidas preventivas, entre ellas programas de información y educación para modificar las actitudes relativas al papel y la condición del hombre y de la mujer;
iii) medidas de protección, entre ellas refugios, asesoramiento, rehabilitación y servicios de apoyo para las mujeres que son víctimas de violencia o que se encuentren en peligro de serlo.
u) Los Estados Partes informen sobre todas las formas de violencia contra la mujer e incluyan todos los datos de que dispongan acerca de la frecuencia de cada una y de sus efectos para las mujeres víctimas.
v) Los informes de los Estados Partes incluyan información acerca de las medidas jurídicas y de prevención y protección que se hayan adoptado para superar el problema de la violencia contra la mujer y acerca de la eficacia de esas medidas.
Por lo antes expuesto, la Comisión de Equidad y Género, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente:
Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión solicita respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo Federal fortalecer los programas y los mecanismos de atención para combatir la violencia contra las niñas y mujeres, a efecto de que puedan ser implementados de manera eficiente y equitativa en comparación con otros programas que cuentan con mayores recursos.
Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión solicita respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo Federal intensificar las campañas destinadas a concientizar y sensibilizar a la población sobre la no violencia contra las niñas y las mujeres.
Notas:
1 La Convención de Belém do Pará cuenta con 32 ratificaciones de Estados Miembros de la OEA, con ello se convierte en el instrumento más ratificado del sistema interamericano de derechos humanos.
2 Naciones Unidas, Poner fin a la violencia contra la Mujer: De las palabras a los hechos, Estudio del Secretario General de Naciones Unidas, 2006.
3 Diez Andrea y Herrera Kenia, El tratamiento Violencia contra las mujeres. Tratamiento por parte de la justicia penal de Guatemala. Informe Final de Guatemala. Disponible en Internet: http://www.cejamericas.org/doc/proyectos/informe_guatemala.pdf (2 de noviembre 2012).
4 Cfr. CIDH, Informe Acceso a la Justicia para Mujeres Víctimas de Violencia en las Américas, OEA/Ser.L/V/II. Doc. 68, 20 enero 2007. Disponible en Internet: http://www.cidh.org (2 de noviembre de 2012).
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de diciembre de 2012.
La Comisión de Equidad y Género, diputadas: Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica) presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), María Guadalupe Sánchez Santiago (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica) secretarias; Maricruz Cruz Morales (rúbrica), Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Erika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica en abstención), María Esther Garza Moreno (rúbrica en abstención), Adriana Hernández Iñiguez, María Carmen López Segura (rúbrica en abstención), Margarita Licea González (rúbrica), Leticia López Landero, Flor de María Pedraza Aguilera, María Celia Urciel Castañeda (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo, Julisa Mejía Guardado (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica).»
APOYOS EN FAVOR DE LAS MUJERES RURALES
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: «Dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Sagarpa a incrementar los apoyos en favor de las mujeres rurales
Honorable Asamblea:
La Comisión de Equidad y Género con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la Honorable Asamblea el siguiente dictamen
Antecedentes
A la Comisión de Equidad y Género le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente No. 454 que contiene Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta al titular de la Sagarpa a incrementar los apoyos en favor de las mujeres rurales, presentada por la diputada Judit Magdalena Guerrero López del Grupo Parlamentario del PVEM, el 16 de octubre de 2012.
En la misma fecha, la Mesa Directiva determinó turnarla a la Comisión de Equidad y Género de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, para su análisis y dictamen.
Contenido de la Proposición
En su Punto de Acuerdo, la diputada promovente refiere que La Asamblea General de las Naciones Unidas, en la resolución 62/136, reconoce el 15 de octubre como el Día Internacional de las Mujeres Rurales, y destaca la igualdad de género y la eliminación de la discriminación de la mujer, así como la importancia de hacer llegar los recursos necesarios a las zonas rurales como educación, alimentación, salud y las comunicaciones, de igual manera poner énfasis en las mujeres y los niños.1
Se señala en el mismo exhorto que Las mujeres rurales desempeñan un papel fundamental en las economías rurales de los países desarrollados y en desarrollo. En la mayor parte del mundo son encargadas de la agricultura, de la crianza, son educadoras y empresarias, contribuyen a la seguridad alimentaria y por consiguiente al desarrollo sostenible.2 Sin embargo las mujeres, no cuentan con el acceso a las oportunidades y a los recursos productivos de la misma forma que los hombres, por lo que truncan su progreso, en cambio si la situación fuera igualitaria, las mujeres rurales podrían reducir el hambre hasta en un 17 por ciento, y la explotación agrícola aumentaría hasta en un 30 por ciento con el apoyo de las medidas adecuadas de acceso.
La población que reside en las áreas rurales del país presenta menores niveles de desarrollo y de bienestar; forma uno de los principales grupos marginados, no sólo por vivir en localidades dispersas en el territorio, lo que les dificulta contar con infraestructura de servicios y de comunicación, sino por su estrecha relación con las actividades agropecuarias, que constituyen aun, su principal sustento económico, refiere la Diputada promovente.
En la Proposición se señalan cifras que son de suma importancia al referir que las mujeres que laboran en el campo representan el 43 por ciento de la población mundial, y en algunos lugares este sector representa hasta 70 por ciento. La desigualdad entre los géneros, la crisis alimentaria y el cambio climático, hacen que el 60 por ciento de la población mundial con hambre crónica sean mujeres y niñas.3
En México, 22 por ciento de las unidades económicas rurales están a cargo de mujeres; sin embargo, 75 por ciento de ellas no reciben un salario por su trabajo. Además sus oportunidades de desarrollo son limitadas ya que solo 13 por ciento de estas, tienen propiedad jurídica de sus tierras, y prácticamente no tienen acceso a crédito ni a servicios de capacitación.
Asimismo, las mujeres rurales mexicanas tienen trabajos más precarios y menos seguros que los de los hombres rurales, es decir, sin horarios flexibles para conciliar el cuidado familiar, con una menor remuneración y con escasa representación en las organizaciones de los trabajadores.
En el texto, la diputada promovente señala la especial importancia de que nos merecen las mujeres indígenas, pues señala que una de las muestras de la discriminación hacia la mujer, particularmente en el medio rural y en comunidades indígenas, es la elevada tasa de muertes maternas, que se ubica en 62 por cada 100 mil nacimientos. De acuerdo con la meta a la que se comprometió México para 2015 como parte de los Objetivos del Milenio, tendrá que reducir ese número de decesos en 65 por ciento o lo que es lo mismo 22 por cada 100 mil nacimientos.
Cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) indican que el promedio de escolaridad de las mujeres rurales de 15 años y más es tan sólo de 4.6 años. De cada 100 mujeres de 15 años y más, 20 no tienen instrucción alguna, 33 tienen la primaria completa, 16 cuentan con algún grado de secundaria, 5 lograron concluir al menos un año en el nivel superior y sólo 2 tienen algún grado aprobado de estudios superiores.
Asimismo, 7.3 por ciento de las niñas de 6 a 12 años no asiste a la escuela, proporción que aumenta a 36.7 por ciento en las adolescentes de 13 a 15 años.
La diputada Judit Magdalena Guerrero López concluye señalando que en el marco del Día Internacional de las Mujeres Rurales celebrado este 15 de octubre pasado, creemos que uno de los grandes retos para el gobierno federal es la generación de los apoyos necesarios en favor de las mujeres rurales mediante políticas públicas eficaces, los cuales les deben permitir adquirir los insumos necesarios (fertilizantes, ganado, equipamiento, semillas, agua, etcétera) para hacer producir sus tierras. De igual forma, se debe facilitar el acceso total de estas mujeres a sistemas de salud y educación.
Y propone el siguiente Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a incrementar los apoyos en favor de las mujeres rurales mediante políticas públicas eficaces, que les permitan adquirir los insumos necesarios para hacer producir sus tierras. Asimismo se debe facilitar el acceso total de estas mujeres a sistemas de salud y educación.
Consideraciones
Para valorar el presente Punto de Acuerdo es necesario tomar en consideración el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (Proigualdad) 2008-2012, a fin de ubicar la forma en que este programa rector en materia de igualdad de género incluye a las mujeres rurales e indígenas.
En el 2008 en el contexto de la celebración del Día Internacional de la Mujer, el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) presentó oficialmente el Proigualdad 2008-2012, el cual fue publicado en julio del mismo año.
Este programa especial contempla 7 objetivos estratégicos orientados a garantizar la igualdad entre mujeres y hombres, en alineación con el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.
En un análisis de los programas federales relacionados con las mujeres rurales y las mujeres indígenas realizado por el Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género de la Cámara de Diputados, destaca que el Proigualdad incluye a las mujeres rurales e indígenas en varios de sus objetivos; destacando dos, los cuales se presentan a continuación con sus respectivas estrategias y líneas de acción.
Según el Proigualdad, la atención a las mujeres rurales e indígenas retoma y amplía las estrategias del PND, a través de líneas de acción que deben observarse en los programas y acciones de política pública enfocadas a estos sectores de la población.
En el Punto de Acuerdo se hace referencia a exhortar a la Sagarpa a efecto de incrementar los apoyos en beneficio de las mujeres del sector rural, exhorto que compartimos y respaldamos desde esta Comisión. Sin embargo, consideramos que ese mismo exhorto puede extenderse a otras instancias de la administración pública federal que integran programas específicos para la atención de este mismo grupo de población y que como se señala en el PROIGUALDAD corresponde entre otras instancias al Consejo Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, a la Secretaría de Economía, y a la Secretaría de la Reforma Agraria.
En el caso del Consejo Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, se ha desarrollado el Programa de Organización Productiva para Mujeres Indígenas (POPMI), cuyo objetivo general es contribuir a mejorar las condiciones de vida y posición social de las mujeres indígenas que habitan en localidades de alta y muy alta marginación, impulsando y fortaleciendo su organización así como su participación en la toma de decisiones, a través del desarrollo de un proyecto productivo.
E Impulsar la participación de las mujeres indígenas en procesos organizativos en torno a un proyecto productivo definido por ellas mismas, atendiendo a los criterios de equidad, género, sustentabilidad, interculturalidad y derechos, además de facilitar el desarrollo de las capacidades y habilidades de las mujeres indígenas mediante capacitación y asistencia técnica orientadas a la consolidación de la organización y el desarrollo de su proyecto productivo, y promover la apropiación y permanencia de los proyectos de organización productiva de las mujeres indígenas con el fin de que éstas obtengan un beneficio económico que les permita mejorar su participación en la economía familiar.
Teniendo como población objetivo las mujeres indígenas mayores de edad que conformen grupos de 10 mujeres como mínimo, o de 8 mujeres en localidades con menos de 50 habitantes. Asimismo, podrán ser beneficiarias mujeres indígenas menores de edad que al contraer matrimonio, vivir en pareja o ser madres solteras, adquieren responsabilidades en la manutención del hogar.
El POPMI es un programa de financiamiento focalizado, por lo que se constituye en una herramienta económica de suma importancia para el desarrollo de las mujeres indígenas del sector rural económicamente activas.
Por su parte la Secretaría de Economía integra entre sus programas el denominado Programa del Fondo de Microfinanciamiento para Mujeres Rurales (FOMMUR) que surgió luego de la celebración del convenio modificatorio del contrato constitutivo del fideicomiso, mediante el cual se formalizó su resectorización de la Sagarpa a la Secretaría de Economía (SE).
El programa se derivó del Fondo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa de la SE, en el que se agruparon diversos programas de financiamiento que venían operando distintas dependencias como: la Sedesol; la SRA; y la Sagarpa y entre los que se encontraba el Programa del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (FOMMUR).
El Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales, FOMMUR, es un fondo instituido para fomentar las actividades productivas e impulsar el autoempleo de las mujeres en situación de pobreza, preponderantemente del medio rural, que no tienen acceso al financiamiento de la banca tradicional; así como promover el desarrollo de habilidades para el manejo de su patrimonio y de su negocio, por medio de un mecanismo de microfinanciamiento orientado a proporcionar microcréditos accesibles y oportunos. Opera mediante el Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales, con el mismo nombre, FOMMUR.
Teniendo como finalidad el apoyar a la población de mujeres de bajos ingresos habitantes en el medio rural con el acceso a servicios financieros y no financieros necesarios para desarrollar sus actividades productivas y mejorar sus condiciones de vida a través de Instituciones de Microfinanciamiento, Intermediarios y Organizaciones, e impulsar un sistema sólido de Instituciones de Microfinanciamiento con sentido social.
Para facilitar el acceso a los servicios financieros y no financieros que otorgan las Instituciones de Microfinanciamiento, los Intermediarios y las Organizaciones a la población de mujeres de bajos ingresos en el medio rural para el apoyo de sus actividades productivas y para mejorar sus condiciones de vida; promover el conocimiento de los servicios financieros y no financieros entre la población de mujeres de bajos ingresos en el medio rural para el apoyo de sus actividades productivas y mejorar sus condiciones de vida.
Así como desarrollar habilidades y capacidades en la población de mujeres de bajos ingresos en el medio rural, para el manejo de su patrimonio y de su negocio; proporcionar servicios financieros y no financieros a las Instituciones de Microfinanciamiento, Intermediarios y a las Organizaciones, para fomentar y apoyar las actividades productivas de la población de mujeres de bajos ingresos en el medio rural y mejorar sus condiciones de vida.
Teniendo como población objetivo a las mujeres de bajos ingresos, habitantes en zonas rurales, que soliciten financiamiento para una actividad productiva; que se organicen y cuenten con la capacidad de administración mínima para solicitar dichos fondos.
El FOMMUR es un programa concentrador de varios apoyos dirigidos a las mujeres rurales con la finalidad de incidir en la capacidad para generar autoempleo y para invertir en el desarrollo de la micro y pequeña empresa.
Por último es importante señalar, que la Secretaría de la Reforma Agraria, cuenta con el Programa de la Mujer en el Sector Agrario (PROMUSAG) que se constituye como un elemento central que coadyuva con la política pública en materia social respecto al desarrollo de actividades productivas, ofreciendo condiciones favorables, que contribuyen al incremento del ingreso y la generación de empleos de las mujeres del sector rural que se encuentren preferentemente en condiciones de mayor vulnerabilidad, marginación y desigualdad.
A través de este Programa, la Secretaría de la Reforma Agraria reconoce la aportación o contribución que las mujeres realizan al desarrollo y mejoramiento de las condiciones de vida del medio rural, mediante el otorgamiento de apoyos para implementar, poner en marcha y ejecutar nuevos Proyectos Productivos que les permitan incrementar sus ingresos y mejorar su nivel de vida en lo personal, familiar y comunitario.
Teniendo como finalidad el contribuir a la generación de empleo e ingreso y mejoramiento de las condiciones de vida de las mujeres de 18 años y más que habitan en Núcleos Agrarios, mediante el otorgamiento de apoyos para la implementación y puesta en marcha de Proyectos productivos.
Así como apoyar a las mujeres que habitan en Núcleos Agrarios en la implementación y puesta en marcha de Proyectos productivos en condiciones de equidad e igualdad que sean viables técnica, económica, de mercado, ambientalmente y financieramente sustentables, mediante el otorgamiento de Aportaciones Directas así como otorgar Capacitación productiva con Perspectiva de Género a los Grupos de Beneficiarias.
Son población objetivo del Programa las mujeres con edad mínima de 18 años al momento del registro, que habiten en Núcleos Agrarios y que no hayan sido apoyadas en los últimos cinco ejercicios fiscales por el propio PROMUSAG o por el FAPPA.
Así mismo se consideran beneficiarias, las integrantes de un Grupo que cuenta con aprobación y autorización de recursos por parte del Comité Técnico del propio Programa.
En relación con el primer punto propuesto, esta dictamidaora lo considera procedente. Sin embargo, en atención a lo expresado por la promovente y lo analizado en el presente dictamen, esta dictaminadora considera que este exhorto pueda hacerse extensivo a las otras dependencias que cuentan con programas de apoyo y financiamiento de las mujeres rurales y de las mujeres rurales indígenas, con la finalidad de que se incremente la inversión y el desarrollo de las mujeres indígenas y campesinas.
Por lo que hace al segundo punto propuesto; en virtud del momento en el que se realiza el presente dictamen ¾dentro del tiempo legal establecido por el Reglamento de la Cámara de Diputados¾, no resulta procedente porque las previsiones de gasto para los progamas de financiamiento mencionados ya fueron presentados para el ejercicio fiscal para el año 2013.
Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a incrementar los apoyos en favor de las mujeres rurales mediante políticas públicas eficaces, que les permitan adquirir los insumos necesarios para hacer producir sus tierras. Asimismo se debe facilitar el acceso total de estas mujeres a sistemas de salud y educación.
Notas:
1 Consúltese la declaración en línea en la página http://www.un.org/es/events/ruralwomenday/
2 Consúltese el mensaje en línea en http://www.un.org/es/events/ruralwomenday/sgmessages.shtml
3 Consúltese en línea en http://www.un.org/es/events/womensday/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de diciembre de 2012.
La Comisión de Equidad y Género, diputadas:Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica) presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Guadalupe Sánchez Santiago, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica) secretarias; Erika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), Adriana Hernández Iñiguez, María Esther Garza Moreno (rúbrica), María Carmen López Segura (rúbrica), Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Maricruz Cruz Morales (rúbrica), Margarita Licea González, Leticia López Landero, Flor de María Pedraza Aguilera, María Celia Urciel Castañeda (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica), Julisa Mejía Guardado, María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado.»
TACOTALPA, TABASCO
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: «Dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo relativos a lo sucedido en Tacotalpa, Tabasco
Honorable Asamblea:
La Comisión de Equidad y Género con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la Honorable Asamblea el siguiente
Dictamen
Antecedentes
A la Comisión de Equidad y Género, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente No. 76 que contiene la Proposición con Punto de Acuerdo por el que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita a la Secretaría de Gobernación que inicie investigaciones para determinar la procedencia de la declaratoria de alerta por violencia de género en Tabasco y se solicita a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la PGR que coadyuve con la procuraduría estatal en las investigaciones relacionadas con los asesinatos de adolescentes y mujeres en Tacotalpa, Tabasco, presentada por la diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, el 6 de septiembre de 2012.
En la misma fecha, la Mesa Directiva determinó turnarla a la Comisión de Equidad y Género de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, para su análisis y dictamen.
Contenido de la Proposición
La diputada promovente refiere en su punto de acuerdo que los feminicidios son la forma más extrema de violencia de género, pero también el signo más alarmante de la descomposición social de una comunidad.
En el caso específico del estado de Tabasco, la promovente refiere que el 24 de marzo de este año se tipificó el delito de feminicidio, en el artículo 115 Bis del Código Penal Estatal, y hasta la fecha se han registrado tres casos.
Sin embargo, refiere que de acuerdo a los datos proporcionados por la Procuraduría General de Justicia del Estado al Comité de Derechos Humanos de Tabasco A.C., en el periodo de 2005 a 2009 se han inciado 124 averiguaciones previas por homicidio de mujeres, de las cuales únicamente se han resuelto 30.
De acuerdo con los mismos datos de la PGJE, en 2010 se documentaron 14 casos de homicidios dolosos contra las mujeres, y 16 durante 2011. Pero los casos más preocupantes se viven en los últimos meses en el municipio de Tacotalpa -el cual colinda con el Estado de Chiapas- donde durante abril y agosto se ha secuestrado, y luego torturado y asesinado a 11 personas menores de edad, 5 del sexo femenino. De acuerdo con la promovente, esta situación ha llevado incluso a la cancelación de clases ante el temor entre la población por la seguridad de las niñas y los niños.
De acuerdo con la promovente, en este municipio se presentan otras formas de violencia como la trata de personas con fines de explotación sexual.
Con base en lo anterior, la promovente solicita:
Primero.La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita a la Secretaría de Gobernación que inicie investigaciones para determinar la procedencia de la declaratoria de alerta por violencia de género en Tabasco.
Segundo. Se solicita a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la PGR que coadyuve con la procuraduría estatal en las investigaciones relacionadas con los asesinatos de adolescentes y mujeres en Tacotalpa, Tabasco.
Consideraciones
Sobre el primer punto referente a la solicitud a la Secretaría de Gobernación de iniciar la investigación para declarar la Alerta de Violencia de Género en el municipio de Tacotalpa, Tabasco, es pertinente precisar lo siguiente:
La Alerta de violencia de género contra las mujeres se encuentra regulada en los artículos 22 al 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Es importante dimensionar que, de acuerdo con esta Ley, todas las medidas que emanan de la Ley buscan garantizar la prevención, la atención, la sanción y la erradicación de todos los tipos de violencia contra las mujeres durante su ciclo de vida. De igual manera, la Ley establece que cualquier política pública deberá elaborarse y ejecutarse observando los principios rectores para el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia; dichos principios son los siguientes:
La igualdad jurídica entre la mujer y el hombre.
El respeto a la dignidad humana de las mujeres.
La no discriminación.
La libertad de las mujeres.
Por otra parte, para una lectura completa del marco jurídico de la Alerta de Género, es necesario considerar las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley General de Acceso las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, artículos 30 al 39. Pues es a través de este, que se regulan las disposiciones de la Ley General de Acceso, en lo relativo al Poder Ejecutivo Federal, y las bases de coordinación entre éste, las entidades federativas y los municipios, necesarias para su ejecución.
La Alerta de Violencia de Género es un recurso jurídico (medida de protección colectiva) que obliga a actuar a los tres niveles de gobierno federal, estatal y municipal de manera articulada para enfrentar y erradicar -desde una perspectiva de género, de forma pronta y expedita, sin dilación-, la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad. Esta medida de protección emergencia implica el conjunto de acciones gubernamentales de investigación, procuración y administración de justicia que conduzcan al esclarecimiento de los hechos, a la detención y el proceso de los agresores y al acceso a la justicia de familiares de las víctimas de un grupo específico de mujeres.
La medida de protección únicamente busca enfrentar y erradicar la violencia feminicida, es decir, la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.
El precepto aludido es muy importante porque en los casos de violencia feminicida en el país -a pesar de recomendaciones internacionales emitidas sobre todo por los feminicidios en Ciudad Juárez; así como, la sentencia condenatoria para el Estado mexicano por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso González y otras Campo Algodonero-, persisten las quejas de familiares de las víctimas por la discriminación que sufren por parte de las autoridades; las negligencias y omisiones existentes en la investigación y sanción de los responsables; y sobre todo, en la falta de una adecuada reparación del daño. En este sentido, se continúa la victimización de los familiares por parte de las institucione.
Es un hecho que la mayor parte de las autoridades no considera que enfrentar la violencia feminicida sea parte de su responsabilidad y/o de sus atribuciones; descalificando a las mujeres víctimas ya sea por su oficio, por su calidad moral o por su condición social. Es por ello que la gravedad del problema se ha caracterizado por la actitud gubernamental frente al asesinato de mujeres, conjugándose una serie de factores como son la negación del problema; la ausencia de políticas gubernamentales para enfrentarlo; y la negligencia de las autoridades locales y federales para responder manera adecuada.
Por lo anterior, la inclusión de la definición de violencia feminicida en la Ley General de Acceso en conjunto con la alerta de violencia de género, se constituyen como un paso importante para el combate contra la misoginia criminal que prevalece, hoy por hoy, en el país.
El objetivo fundamental de la Alerta de Violencia de Género es:
Garantizar la seguridad de las mujeres
El cese de la violencia en contra de las mujeres
Eliminar las desigualdades producidas por una legislación que agravia sus derechos humanos (Figura de Agravio Comparado)
Para poder garantizar el objetivo fundamental de la Alerta de Violencia de Género se deberá:
Finalmente, ante la violencia feminicida, el Estado mexicano deberá resarcir el daño conforme a los parámetros establecidos en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y considerar como reparación:
I. El derecho a la justicia pronta, expedita e imparcial: Se deben investigar las violaciones a los derechos de las mujeres y sancionar a los responsables;
II. La rehabilitación: Se debe garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas o indirectas;
III. La satisfacción: Son las medidas que buscan una reparación orientada a la prevención de violaciones. Entre las medidas a adoptar se encuentran:
La aceptación de responsabilidad del Estado ante el daño causado y su compromiso de repararlo.
La investigación y sanción de los actos de autoridades omisas o negligentes que llevaron a la impunidad la violación de los derechos humanos de las víctimas.
El diseño e instrumentación de políticas públicas que eviten la comisión de delitos contra las mujeres.
La verificación de los hechos y la publicidad de la verdad.
Activación de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres.
De acuerdo con la doctora Marcela Lagarde, la conciencia social sobre la violencia contra las mujeres, en particular sobre la violencia feminicida y la movilización de la sociedad civil son fundamentales para la activación de la Alerta de Violencia Género.
Supuestos en los que procede la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género.
En este sentido, el artículo 24 de la Ley General de Acceso, establece que la declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres, se emitirá o procede cuando:
I.Los delitos del orden común contra la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las mujeres, perturben la paz social en un territorio determinado y la sociedad así lo reclame.
II. Exista un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres.
III. Los organismos de derechos humanos a nivel nacional o de las entidades federativas, los organismos de la sociedad civil y/o los organismos internacionales, así lo soliciten.
Sujetos que pueden solicitar la investigación de la Procedencia de la Declaratoria.
De igual manera, se observa que los sujetos que pueden solicitar la investigación de la procedencia de declaratoria de Alerta de Violencia de Género son:
Los organismos de derechos humanos a nivel nacional
Los organismos de derechos humanos de las entidades federativas
Los organismos de la sociedad civil
Los organismos internacionales
La solicitud se presentará por escrito ante la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres (en adelante, Sistema), directamente o a través del servicio postal mexicano, quien lo hará del conocimiento del Sistema en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la admisión de la misma.
Requisitos para solicitar la investigación sobre la Procedencia de la Declaratoria.
La solicitud de investigación sobre la procedencia de declaratoria de alerta de violencia de género sólo podrá ser admitida, para ser puesta a consideración del Sistema cuando en la misma se afirme la totalidad de los siguientes supuestos 15:
Existe violencia sistemática contra las mujeres
Dicha violencia se traduce en delitos del orden común contra la vida, la libertad, la integridad y la seguridad jurídica de las mujeres y existe un contexto de impunidad o permisibilidad social, o que existe un agravio comparado que impide el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres
La violencia proviene de un conjunto de conductas misóginas que perturban la paz social
Una interpretación restrictiva podría considerar que de acuerdo con el artículo 24 de la Ley General de Acceso, se deben acreditar los tres supuestos. Sin embargo, el Reglamento de la Ley General de Acceso en el artículo 30, segundo párrafo, permite realizar la interpretación de que son dos los supuestos para la emisión de la alerta de género:
Procede la declaratoria de alerta de violencia de género cuando se demuestre que en un territorio determinado se perturba la paz social por la comisión de delitos contra la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las mujereso cuando exista un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres.
Ahora bien, y aunado a los requisitos anteriores, para que la solicitud sea aceptada debe contener la totalidad de los siguientes requisitos:
Nombre del solicitante
Carácter con el que actúa el solicitante
Domicilio para oír y recibir notificaciones
Lugar o lugares donde se presenta dicha violencia de género
Descripción de los hechos violatorios de los derechos humanos de las mujeres
Grupo de mujeres afectadas y número aproximado
Ò Periodo de reiteración de las conductas
Situaciones por las que no se acepta la solicitud.
Cuando no se cumple con alguno de los requisitos anteriormente mencionados, la Secretaría Ejecutiva del Sistema, deberá prevenir al solicitante por escrito y por una sola vez, para que subsane la omisión dentro del plazo de cinco días hábiles. Transcurrido el plazo sin que se desahogue la prevención, se desechará el trámite. Una vez desahogada la prevención, la Secretaría Ejecutiva del Sistema resolverá sobre la aceptación o no de la radicación de la solicitud, en un plazo de dos días hábiles.
En cualquier caso, el Sistema instruirá a la Secretaría Ejecutiva para que dé respuesta al solicitante de la investigación sobre la procedencia de declaratoria de alerta de violencia de género, en un plazo no mayor a treinta días naturales, contados a partir de la fecha en que se tenga por aceptada la radicación de la solicitud, por parte de la Secretaría Ejecutiva.
Cuando haya sido declarada improcedente una solicitud, se garantizará el derecho de audiencia. No podrá presentarse una nueva solicitud por los mismos hechos, sin que hubieran transcurrido, por lo menos seis meses.
Resolución definitiva sobre la admisión. Trabajo del Grupo Interinstitucional y multidisciplinario.
Cuando una solicitud de investigación sobre la procedencia de declaratoria de alerta de violencia de género es admitida, la Secretaría Ejecutiva tiene que convocar al Sistema a sesión extraordinaria, a fin de que éste resuelva en definitiva si procede o no iniciar la investigación solicitada.
De ser procedente la solicitud, el Sistema conformará un grupo interinstitucional y multidisciplinario para el estudio y análisis de la posible emisión de alerta de violencia de género contra las mujeres. Asimismo, se le hará del conocimiento del Ejecutivo Local correspondiente, el contenido de la solicitud de investigación sobre la procedencia de declaratoria de alerta de violencia de género, y pedirá un informe sobre los actos que se narran en dicha solicitud, señalando un plazo perentorio de quince días hábiles.
El Ejecutivo local, en adición al informe, podrá presentar todos los medios de prueba pertinentes, a fin de demostrar las afirmaciones que, en su caso, contenga su informe.
El grupo interinstitucional y multidisciplinario correspondiente, una vez efectuado el estudio y análisis referido, remitirá un informe al Sistema por conducto de su Secretaría Ejecutiva. Dicho informe no podrá calificar la legalidad de lo actuado en averiguaciones previas, juicios o procedimientos de cualquier índole. Para la debida integración del informe que se remita al Sistema, se podrá solicitar a las autoridades federales y locales todo tipo de información y documentación que tenga relación con la investigación.
Asimismo, se podrá solicitar la colaboración de las personas físicas o morales, que resulte necesaria a fin de que manifiesten los hechos o datos que les consten. La documentación y demás información que genere el grupo interinstitucional y multidisciplinario es confidencial en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; de igual manera, las personas que integren o participen en el grupo tienen obligación de guardar la más estricta confidencialidad sobre el expediente e información respectivos, quedando sujeto el infractor, al procedimiento de responsabilidad correspondiente.
Comisión Dictaminadora y Procedencia de la Emisión de la Declaratoria de Alerta.
El Sistema podrá formar una comisión dictaminadora que valorará, en su conjunto, el informe y pruebas rendidas por el Ejecutivo Local, así como el informe rendido por el grupo interinstitucional y multidisciplinario.
El Sistema acordará si ha lugar a la procedencia de emitir la declaratoria de alerta de violencia de género y, en su caso, la remitirá a la Secretaría de Gobernación para que emita la declaratoria de alerta de violencia de género y notifique la misma al titular del Poder Ejecutivo de la entidad federativa correspondiente. Lo anterior, queda exceptuado tratándose del acuerdo sobre la procedencia de emitir la declaratoria de alerta de violencia de género por la existencia de un agravio comparado.
Por lo anterior, no resulta procedente que sea la Cámara de Diputados quien solicite a la Secretaría de Gobernación se inicie la investigación para declarar una Alerta de violencia de género contra las mujeres en el municipio de Tacotalpa, Tabasco.
Es importante señalar que este análisis no prejuzga sobre la situación de violencia contra las mujeres que ocurre en el municipio. El rechazo se fundamenta en que la Cámara de Diputados no puede presentar una solicitud de alerta y la Secretaría de Gobernación no tiene la atribución de iniciar una investigación de oficio, de conformidad con lo que se expuso en los párrafos anteriores.
En relación con el segundo punto, la promovente solicita que la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la PGR que coadyuve con la procuraduría estatal en las investigaciones relacionadas con los asesinatos de adolescentes y mujeres en Tacotalpa, Tabasco.
De conformidad con el Acuerdo A/024/08, publicado el 31 de enero de 2008 y por el que se crea la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA), esta institución fue creada para investigar y perseguir los delitos previstos en la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, con excepción de cuando se cometan por miembros de la delincuencia organizada en términos de los artículos 2 y 8 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; así como aquellos hechos de violencia contra las mujeres en el país que sean de la competencia de la Federación.
En consonancia con el propio Acuerdo de creación, para lograr estos objetivos coadyuvará en el cumplimiento de la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
De acuerdo con el artículo tercero del Acuerdo, la Fiscalía será competente para investigar y perseguir los delitos federales relacionados con hechos de violencia contra las mujeres, así como los de trata de personas, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. Agregando, Para los efectos de este Acuerdo se entenderá por violencia contra las mujeres cualquier hecho basado en su género, que lesione o ponga en peligro algún bien jurídico tutelado por las normas penales en materia federal o por normas penales del orden común cuando sean conductas conexas con delitos federales.
De acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CoIDH), los Estados deben actuar con la debida diligencia ante casos de violencia contra las mujeres, ya que existen obligaciones adicionales que se desprenden del marco jurídico internacional: ... el deber de investigar efectivamente... tiene alcances adicionales cuando se trata de una mujer que sufre una muerte, maltrato o afectación a su libertad personal en el marco de un contexto general de violencia contra las mujeres..., pues cuando un ataque contra una mujer es motivados por un asunto de discriminación, por el hecho de ser mujer, es particularmente importante que la investigación sea realizada con vigor e imparcialidad, ya que existen dos obligaciones adicionales para resolver estos crímenes: reiterar continuamente la condena de los crímenes por razones de género a la sociedad y para mantener la confianza de la población en la habilidad de las autoridades de protegerlas de la amenaza de violencia.
Asimismo, la CoIDH señala que la falta de una investigación adecuada conlleva a la impunidad, el cual facilita y promueve la repetición de los hechos de violencia en general y envía un mensaje según el cual la violencia contra las mujeres puede ser tolerada y aceptada como parte del diario vivir.
Por lo anterior, atendiendo a las obligaciones que se derivan del marco jurídico internacional de actuar con la debida diligencia ante denuncias de violaciones a los derechos humanos de las mujeres, se considera procedente solicitar a la FEVIMTRA coadyuve con la investigación de los delitos perpetrados contra las niñas y mujeres en el municipio de Tacotalpa, Tabasco.
Así mismo, esta dictaminadora considera que en virtud de la gravedad de los hechos descritos por la proponente, resulta necesario que se exhorte a la Procuraduría General del Estado a actuar con la debida diligencia para la investigación de los feminicidios.
Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Equidad y Género somete a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente:
Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión solicita a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la PGR que coadyuve con la Procuraduría Estatal en las investigaciones relacionadas con los asesinatos de adolescentes y mujeres en Tacotalpa, Tabasco.
Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tabasco a investigar con la debida diligencia los feminicidios ocurridos en el municipio de Tacotalpa.
Notas:
1 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, art. 3º.
2 Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, art. 1º.
3 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, art. 22.
4 Lagarde y de los Ríos, Marcela, Por los derechos humanos de las mujeres: la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales, Vol. XLIX, Núm. 200, mayo-agosto, 2007, pp. 143-165, UNAM, México
Disponible en Internet http://redalyc.uaemex.mx/src/inicio/ArtPdfRed.jsp?iCve=42120009
5 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, art. 21.
6 Una larga descripción de las muertes y desapariciones en Ciudad Juárez y los planteamientos de los órganos de derechos humanos puede encontrarse en el reciente fallo CoIDH, Caso González y otras Campo Algodonero v. México, 16 de noviembre de 2009. Disponible en Internet: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_205_ esp.pdf
7 Lagarde y de los Ríos, Marcela, Por los derechos humanos de las mujeres: la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales, Vol. XLIX, Núm. 200, mayo-agosto, 2007, pp. 143-165, UNAM, México
Disponible en Internet: http://redalyc.uaemex.mx/src/inicio/ArtPdfRed.jsp?iCve=42120009
8 Lagarde y de los Ríos, Marcela, Por los derechos humanos de las mujeres: la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales, Vol. XLIX, Núm. 200, mayo-agosto, 2007, pp. 143-165, UNAM, México
Disponible en Internet: http://redalyc.uaemex.mx/src/inicio/ArtPdfRed.jsp?iCve=42120009
9 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, art. 23.
10 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, art. 23.
11 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, art. 26.
12 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
13 La Secretaría Ejecutiva se encuentra a cargo del Instituto Nacional de la Mujeres.
14 El Sistema se conforma, por las y los titulares, de la Secretaría de Gobernación, quien preside; la Secretaría de Desarrollo Social; la Secretaría de Seguridad Pública; la Procuraduría General de la República; la Secretaría de Educación Pública; la Secretaría de Salud; el Instituto Nacional de las Mujeres, ocupa la Secretaría Ejecutiva del Sistema; el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación; el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, y los mecanismos para el adelanto de las mujeres en las entidades federativas.
15 Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, art. 34.
16 Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, art. 33.
17 Ibídem, párr. 293.
18 Ibídem, párr. 388.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de diciembre de 2012.
La Comisión de Equidad y Género, diputadas: Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica) presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Guadalupe Sánchez Santiago, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica) secretarias; Erika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), Adriana Hernández Iñiguez, María Esther Garza Moreno (rúbrica), María Carmen López Segura (rúbrica), Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Maricruz Cruz Morales (rúbrica), Margarita Licea González, Leticia López Landero, Flor de María Pedraza Aguilera, María Celia Urciel Castañeda (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica), Julisa Mejía Guardado, María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado.»
REGLAS DE OPERACION DE LOS PROGRAMAS CONTENIDOS EN EL ANEXO 10, EROGACIONES PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: «Dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo relativo a la revisión de las reglas de operación de los programas contenidos en el anexo 10, Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres, conforme a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2012
Honorable Asamblea:
La Comisión de Equidad y Género con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la Honorable Asamblea el siguiente
Dictamen
Antecedentes
A la Comisión de Equidad y Género, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente No. 243 que contiene la Proposición con Punto de Acuerdo relativo a la revisión de las Reglas de Operación de los programas previstos en el Anexo 10, Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres, conforme a lo establecido en el PEF de 2012, presentada por la diputada Blanca Jiménez Castillo, del Grupo Parlamentario del PAN, el 25 de septiembre de 2012.
El 1 de noviembre de 2011 fue turnada a la Comisión de Equidad y Género de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, para su análisis y dictamen.
Contenido de la Proposición
La diputada promovente refiere en su Punto de Acuerdo que la Secretaría de la Función Pública define que las Reglas de Operación son un conjunto de disposiciones que precisan la forma de operar un programa, con el propósito de lograr los niveles esperados de eficacia, eficiencia, equidad y transparencia.
Las Reglas de Operación detallan las formas de interrelación e interlocución entre el Estado con la población objetivo de los programas sociales personas, grupos u organizaciones y llegan a constituirse como mecanismo de corresponsabilidad. Por ello, los programas regidos por Reglas de Operación deben establecer con claridad quién o quiénes son sujetos de recibir los apoyos; en qué consisten éstos y cuáles son los requisitos para obtenerlos; cómo contribuyen al desarrollo personal, comunitario y organizacional o institucional; y cuáles son los medios para vigilar que los recursos públicos se apliquen conforme a los objetivos establecidos en esos programas (Inmujeres, Reglas de Operación con perspectiva de género. Guía práctica para elaborar Reglas de Operación de programas sociales con perspectiva de género, diciembre de 2011).
La estructura general de las Reglas de Operación tiene una secuencia que define el marco legal, los antecedentes y los objetivos del programa, así como su alcance. Del mismo modo, las Reglas definen el funcionamiento del programa y los mecanismos para su seguimiento y evaluación.
En el proceso de elaboración, autorización y publicación de las Reglas de Operación concurren varias instituciones, entre ellas la Secretaría de la Función Pública, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión Federal de Mejora Regulatoria como entidades rectoras de los lineamientos para la formulación, y autorización de las Reglas de Operación y, por supuesto, las dependencias de la Administración Pública Federal encargadas de operar los programas. Por lo anterior, estas tres dependencias son fundamentales en el proceso de elaboración, aprobación y publicación de estos instrumentos normativos.
Por otra parte, es conveniente aclarar que desde el ejercicio fiscal de 2008, el PEF ha incluido un Anexo específico que detalla las erogaciones etiquetadas para el adelanto de las mujeres y la igualdad de género. En dicho Anexo se concentran todos los programas presupuestarios que la Administración Pública Federal destina para atender las necesidades y problemáticas que viven las mujeres en el país, ya sea en materia de salud, educación, desarrollo social, violencia de género y trata de personas, agencia económica, discriminación y violación de derechos, etcétera.
Respecto al Ejercicio Fiscal de 2012, el Anexo 10, Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres, del PEF de 2012 incluye 30 programas sujetos a Reglas de Operación. Muchos programas, desde la naturaleza de su concepción y por el tipo de funciones que realiza la Unidad Responsable de su ejecución, ya incorporan una visión de género en sus reglas.
La promovente refiere que entre los programas señalados en el Anexo 10 del PEF 2012 se encuentran: el S010, Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género; y el S229, Fortalecimiento a las Políticas Municipales de Igualdad y Equidad entre Mujeres y Hombres, ejecutados por el Inmujeres, así como el S181, Programa Organización Productiva para Mujeres Indígenas, y S239, Acciones para la Igualdad de Género con Población Indígena, ejecutados por la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. Estos programas desde su misma denominación llevan implícitos el objetivo de atender las necesidades de las mujeres o actuar en favor de la igualdad de género.
Sin embargo, en el resto de programas no necesariamente se hacen visibles las diferencias existentes entre hombres y mujeres en los ámbitos de ejecución de cada programa, ya sea por ejemplo en el acceso a créditos para proyectos productivos, la atención de problemáticas comunitarias o de espacios públicos, o atención de problemas de desarrollo sustentable y sostenible.
La diputada promovente es contundente en señalar que la importancia de analizar desde la perspectiva de género las Reglas de Operación radica en que durante la elaboración o actualización permite la reflexión sobre los resultados de los programas y las políticas públicas y su efecto en la vida de mujeres y de hombres, de tal forma que en su formulación puedan plantearse criterios y acciones que favorezcan la igualdad de género, así como conocer si hombres y mujeres obtienen un beneficio equivalente en términos de derechos y oportunidades o, por el contrario, se producen situaciones de desigualdad y discriminación.
La proposición se fundamenta en lo establecido en el artículo 28 del PEF 2012 que señala: La Comisión Federal de Mejora Regulatoria, en conjunción con el Instituto Nacional de las Mujeres, revisará las Reglas de Operación de los programas del anexo 10 a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de la política nacional para la igualdad entre mujeres y hombres, en los términos de las disposiciones aplicables.
Por lo anterior, de acuerdo a la promovente, se requiere que desde el diseño de las Reglas de Operación se incluya el análisis desde la perspectiva de género, con el objetivo de erradicar todas las situaciones que perpetúen las desigualdades de género y los rezagos en la condición de vida de las mujeres.
Por ello, propone como puntos de acuerdo los siguientes:
Primero. Se exhorta al gobierno federal a cumplir la revisión de las Reglas de Operación de los programas contenidos en el anexo 10, Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres, conforme a lo establecido en el artículo 28 del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2012.
Segundo. Se solicita a las Secretarías de la Función Pública, y de Hacienda y Crédito Público, así como a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, que emitan los lineamientos a fin de que todas las Reglas de Operación de los programas de la administración pública federal consideren el principio de igualdad de género en su elaboración o actualización.
Consideraciones
Es indispensable diseñar, aplicar y vigilar a todos los niveles, con la plena participación de la mujer, políticas y programas, entre ellos políticas y programas de desarrollo efectivos, eficaces y sinérgicos, que tengan en cuenta el género y contribuyan a promover la potenciación del papel y el adelanto de la mujer
Declaración de la Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer (Beijing, 1995)
Durante la IV Conferencia Mundial de la Mujer, celebrada en Beijing, China, en 1995, los países ahí reunidos México incluido, asumieron compromisos con la igualdad entre mujeres y hombres y el empoderamiento de la mujer. La Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing (PAB), adoptadas en la Conferencia, encuentran sus cimientos en las perspectivas y estrategias definidas en conferencias anteriores de las Naciones Unidas sobre Educación (Jomtien, 1990); Medio Ambiente (Río de Janeiro, 1992); Derechos Humanos (Viena, 1993); Población y Desarrollo (El Cairo, 1994); y Desarrollo Social (Copenhague, 1995).
Basada en principios de derechos humanos y justicia social, Beijing es un hito en la agenda internacional por los derechos humanos de las mujeres: por primera ocasión los países abordaron temas fundamentales con el objetivo de lograr la erradicación de la discriminación por motivos de sexo. A fin de conseguir lo anterior, la PAB establece que:
Para... promover el adelanto de la mujer en los planos nacional, subregional y regional e internacional, los gobiernos... deben apoyar una política activa y visible de incorporación de una perspectiva de género, entre otras cosas, en la vigilancia de todos los programas y políticas.
Así, es PAB el punto de partida idóneo para legitimar y formalizar a nivel internacional un nuevo marco teórico-conceptual tendiente a reducir las desigualdades entre mujeres y hombres. La llamada transversalización de la perspectiva de género pasó a formar parte desde ese momento de los esfuerzos internacionales por incorporar de manera efectiva a las mujeres a los procesos de desarrollo, y, más importante aún, por cuidar que sus derechos y libertades fundamentales fueran respetados, conocidos y ejercidos en todos los ámbitos de la vida social.
La transversalización de la perspectiva de género conlleva no sólo la incorporación del análisis de género en las estructuras existentes, sino una herramienta que debe tomarse en cuenta e incluirse al interior de las instituciones, tanto públicas como privadas. El objetivo consiste en impedir que la inevitable interpretación social de las funciones atribuibles al hecho de ser hombre o mujer, de pie a un prejuicio discriminatorio que subordine a las mujeres o que las coloque en una posición inferior o de desventaja.
La incorporación de la perspectiva de género es el proceso para crear una conciencia pública de la condición de los hombres y las mujeres dados los roles sociales que juegan, por el hecho de serlo, y de los mecanismos necesarios para superar y mejorar esa condición.
Al ser el presupuesto un instrumento económico que permite la concreción de las políticas públicas y ser el mecanismo que expresa la forma en que los gobiernos prevén movilizar y asignar los recursos disponibles, y orientar el gasto público en función de sus prioridades de agenda. Es decir, es un indicador económico de compromiso político con la sociedad. Por ello, incorporar la perspectiva de género en el presupuesto público se convierte en una herramienta efectiva que contribuye a la democratización del Estado, a la democratización de las relaciones entre los gobiernos y la sociedad civil y a la democratización de las relaciones sociales.
Así, un presupuesto público con perspectiva de género, es un presupuesto que reconoce:
Las construcciones de género como normas que rigen las relaciones sociales.
Las diferentes posiciones y condiciones que mujeres y hombres tienen en la sociedad como producto de las relaciones genéricas.
La existencia de desigualdades económicas, sociales, políticas y culturales entre hombres y mujeres, resultantes de las relaciones genéricas.
Las diferentes necesidades de bienes y servicios públicos en mujeres y hombres por las posiciones y condiciones desiguales entre mujeres y hombres, generalmente desfavorables para las mujeres.
Los presupuestos con perspectiva de género al reconocer tales condiciones y posiciones elaboran programas de ingresos y gastos, que atiendan no solamente las necesidades prácticas de mujeres y hombres, sino también sus intereses estratégicos.1Esto implica programar una política de ingreso y gasto que al mismo tiempo que satisfaga las necesidades básicas, promueva el reconocimiento social y el empoderamiento de las mujeres.
La elaboración de presupuestos públicos que ignore el ordenamiento de género reproducirá las desigualdades económicas, sociales, políticas y culturales que se generan entre hombres y mujeres, y el supuesto de la neutralidad del presupuesto en cuanto al género quedará intacto.
En ese sentido, el 27 de enero de 2012 se publicó una reforma a la Ley General de Planeación, en la cual se establece la obligación del Estado de incorporar la perspectiva de género en la planeación del desarrollo del país:
Artículo 2o. La planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable del país y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Para ello, estará basada en los siguientes principios:
VII. La perspectiva de género, para garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y promover el adelanto de las mujeres mediante el acceso equitativo a los bienes, recursos y beneficios del desarrollo, y...
...
Artículo 9o. Las dependencias de la administración pública centralizada deberán planear y conducir sus actividadescon perspectiva de género y con sujeción a los objetivos y prioridades de la planeación nacional de desarrollo, a fin de cumplir con la obligación del Estado de garantizar que éste sea equitativo, integral y sustentable. (subrayado nuestro)
Este mismo ordenamiento establece la atribución de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en su artículo 14, fracción II:
II. Elaborar el Plan Nacional de Desarrollo, tomando en cuenta las propuestas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de los estados, los planteamientos que se formulen por los grupos sociales y por los pueblos y comunidades indígenas interesados,así como la perspectiva de género; (subrayado nuestro)
En relación con el punto primero propuesto por la Diputada promovente, en él se refiere:
Primero. Se exhorta al gobierno federal a cumplir la revisión de las Reglas de Operación de los programas contenidos en el anexo 10, Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres, conforme a lo establecido en el artículo 28 del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2012.
Al momento en el que se analiza la proposición, esta dictaminadora ?dentro del tiempo establecido por la normatividad de la Cámara de Diputados? considera que este punto no resulta procedente, en virtud de que estamos a días de que concluya el ejercicio presupuestal 2012 y en unos días también de que esta Cámara de Diputados apruebe el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Presupuestal 2013. Por lo tanto, este punto no resulta procedente.
El segundo punto propuesto por la promovente señala:
Segundo.Se solicita a las Secretarías de la Función Pública, y de Hacienda y Crédito Público, así como a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, que emitan los lineamientos a fin de que todas las Reglas de Operación de los programas de la administración pública federal consideren el principio de igualdad de género en su elaboración o actualización.
Como se ha referido ampliamente, la incorporación de la perspectiva de género resulta una obligación para el Estado mexicano, por ello esta dictaminadora considera procedente este punto propuesto. Sin embargo, para complementar este punto, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley General de Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Política Nacional en Materia de Igualdad entre mujeres y hombres deberá asegurar que la planeación presupuestal incorpore la perspectiva de género.
Asimismo, la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres establece que tiene, entre otras atribuciones: Impulsar la incorporación de la perspectiva de género en la planeación nacional del desarrollo...
Con base en lo anterior, en la incorporación de las Reglas de Operación, debe el Inmujeres participar activamente para asegurar la incorporación de la perspectiva de género, al ser el mecanismo especializado en la materia.
Por otra parte, el punto refiere a la Secretaría de la Función Pública, institución que de acuerdo a la nueva estructura considerada en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal ?aprobada y enviada al Ejecutivo para su publicación? desaparece y sus atribuciones en materia de supervisión del presupuesto son incorporadas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con el artículo 31 de dicho ordenamiento. Por lo cual, se suprime el nombre de esta Secretaría de este punto.
Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Equidad y Género, somete a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente:
Acuerdo
Único.Se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, para que en coordinación con el Instituto Nacional de las Mujeres, emitan los lineamientos a fin de que todas las Reglas de Operación de los programas de la Administración Pública Federal consideren el principio de igualdad de género en su elaboración o actualización.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de diciembre de 2012.
La Comisión de Equidad y Género, diputadas: Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica) presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Guadalupe Sánchez Santiago, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica) secretarias; Erika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), Adriana Hernández Iñiguez, María Esther Garza Moreno (rúbrica), María Carmen López Segura (rúbrica), Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Maricruz Cruz Morales (rúbrica), Margarita Licea González, Leticia López Landero, Flor de María Pedraza Aguilera, María Celia Urciel Castañeda (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo, Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica), Julisa Mejía Guardado, María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado.»
EXHORTO A LOS CONGRESOS ESTATALES A ARMONIZAR SU LEGISLACION EN MATERIA DE FEMINICIDIOS
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: «Dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos estatales a armonizar su legislación con lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en el Código Penal Federal en materia de feminicidios
Honorable Asamblea:
La Comisión de Equidad y Género con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la Honorable Asamblea el siguiente
Dictamen
Antecedentes
A la Comisión de Equidad y Género, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente No. 711 que contiene la Proposición con Punto de Acuerdo por el se exhorta a los Congresos Estatales a armonizar su legislación con lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en el Código Penal Federal en materia de feminicidios, presentada por la diputada Aurora Denisse Ugalde Alegría, del Grupo Parlamentario del PRI, el 13 de noviembre de 2012.
En la misma fecha, la Mesa Directiva determinó turnarla a la Comisión de Equidad y Género de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, para su análisis y dictamen.
Contenido de la Proposición
La diputada promovente refiere en su Punto de Acuerdo que a pesar del grave problema de la violencia contra las mujeres, y de la obligación de las instituciones de satisfacer la demanda social para dar solución a los feminicidios, aún no se han podido erradicar los asesinatos de miles de niñas y mujeres que tienen lugar en distintas regiones el país. Es claro que la violencia feminicida está estrechamente relacionada con fenómenos como la trata de personas, la prostitución forzada, la violencia familiar, la explotación, y otras formas de violencia contra niñas y mujeres. Por lo anterior, es necesario impulsar las acciones necesarias que coadyuven a terminar con los actos que fomentan o toleran esta realidad.
Asimismo refiere que en nuestro país, a nivel federal, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define la violencia feminicida como la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y de estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.
En atención a este tipo de violencia, la citada Ley General contempla la alerta de violencia de género, que mandata a la Secretaría de Gobernación a emitirla cuando los delitos del orden común contra la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las mujeres, perturben la paz social en un territorio determinado y la sociedad así lo reclame, o cuando exista un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres.
Asimismo, refiere que el Código Penal Federal en su artículo 325, reformado el 14 de junio de 2012, sanciona el tipo penal de feminicidio al señalar que, a quien prive de la vida a una mujer por razones de género, se le impondrá una pena de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días multa. Asimismo, establece características específicas en la comisión del delito al señalar que existen razones de género cuando:
I. la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
II. a la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;
III. existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar del sujeto activo en contra de la víctima;
IV. haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;
V. existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;
VI. la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida; el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.
La promovente refiere que hay entidades federativas que aún no han tipificado el delito en el Código Penal; también refiere que hay otras entidades que si bien ya incluyen el tipo penal en el Código, no establecen la obligación de crear protocolos de investigación o registros especializados para los feminicidios.
Se expone en la proposición que, de acuerdo a las estadísticas, los feminicidios se han incrementado de forma importante en diversas entidades federativas. Se cita el Informe presentado en 2012 por el Observatorio Nacional del Feminicidio ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de la Organización de la Naciones Unidas (ONU), en el cual México se ubica en el lugar 16 en la incidencia de homicidios contra mujeres a nivel mundial. El informe señala también que entre enero de 2010 y junio de 2011, en 24 estados de la república al menos 2 mil 273 mujeres fueron víctimas de feminicidio.
De acuerdo a la promovente, estas cifras son un reflejo de que México carece de una política integral que garantice el acceso a la justicia para las mujeres, ya que un gran número de casos de violencia continúan sin ser debidamente investigados, juzgados y sancionados por el sistema de justicia, tanto a nivel federal como local.
Todo lo anterior se ve agravado por una falta de armonización en la legislación actual, principalmente en los Códigos Penales Estatales y las leyes afines. Se hace necesario combatir, desde la norma, la impunidad que sigue tolerando la muerte de miles de mujeres por razones de género.
Por ello, la promovente refiere que es de suma importancia impulsar, desde este Poder Legislativo y en los estados de la República Mexicana, una política que articule, desde la legislación, los tres niveles de gobierno, para prevenir, atender, perseguir, sancionar, procurar justicia y erradicar la violencia contra las mujeres y las niñas.
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los congresos estatales a emprender las acciones legislativas necesarias a fin de armonizar su legislación conforme a lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en el Código Penal Federal en materia de feminicidios.
Consideraciones
La Convención de Belém do Pará reconoce el vínculo crítico que existe entre el acceso de las mujeres a una adecuada protección judicial al denunciar hechos de violencia, la eliminación del problema de la violencia y la discriminación que la reproduce
Es a través del artículo 7 de la Convención de Belém do Pará que se establecen las obligaciones inmediatas de los Estados en casos de violencia contra las mujeres, que incluyen procedimientos, mecanismos judiciales y legislación para prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia. Entre dichas obligaciones se encuentran las relativas a la implementación de medidas tendientes a la prevención y la protección de las mujeres, tales como:
-En cuanto al marco normativo, dispone que los Estados deben incluir en su legislación interna normas penales, civiles y administrativas, así como las de otra naturaleza que sean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y adoptar las medidas administrativas apropiadas que sean del caso, así como adoptar las medidas apropiadas, incluyendo medidas de tipo legislativo, para modificar o abolir leyes y reglamentos vigentes, o para modificar prácticas jurídicas o consuetudinarias que respalden la persistencia o la tolerancia de la violencia contra la mujer.
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer, art. 7.C
Es a través de estas obligaciones internacionales que se constriñe a los Estados para adoptar medidas adecuadas y efectivas tendientes a garantizar la protección de las mujeres víctimas de violencia. La adopción de estas medidas es promisoria, pues tienen como objetivo principal dar mayor eficacia a la respuesta del Estado frente a la violencia contra la mujer.
En cuanto a la justificación de normas penales específicas sobre ciertas formas de violencia contra las mujeres o leyes penales sexualizadas ha sido abordada desde otra perspectiva por el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (MESECVI) en las recomendaciones de su Informe Hemisférico. En dicho documento se señala expresamente:
Eliminar toda norma sobre el problema de violencia contra las mujeres que sea genéricamente neutra. En este sentido, es necesario que las normas referentes a violencia doméstica sean específicas para prevenir, sancionar y/o erradicar las agresiones infligidas contra las mujeres.
La justificación de esta recomendación se encuentra en el cuerpo del Informe, al señalar que las disposiciones genéricamente neutras suponen el riesgo de permitir su aplicación en contra de las mujeres, por lo que no cumplirían con el objetivo del Art. 7 c) de la Convención.
Como una de las manifestaciones extremas de la violencia contra las mujeres, en diversas partes de nuestro país, así como de la región americana, se han identificado los asesinatos de mujeres, aunque con características distintas relativas a la edad, las relaciones de parentesco o las condiciones particulares de cada lugar, tienen en común su origen en la desigualdad de poder entre mujeres y hombres, el cual genera una situación de mayor vulnerabilidad y de limitación para las mujeres en el disfrute de sus derechos humanos, en especial el derecho a la vida, a la integridad personal, a la libertad, entre otros.
Enmarcados en la violencia contra las mujeres definida en la Convención de Belém do Pará, estos asesinatos se han nombrado de manera particular en nuestro país como feminicidios.
En el año de 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CoIDH) señaló los feminicidios como los homicidios de mujeres por razones de género, considerando que éstos se dan como resultado de una situación estructural y de un fenómeno social y cultural enraizado en las costumbres y mentalidades y que estas situaciones de violencia están fundadas en una cultura de violencia y discriminación basada en el género.
La CoIDH consideró en su fallo que la investigación de este tipo de crímenes implica obligaciones adicionales para los Estados:
...el deber de investigar efectivamente... tiene alcances adicionales cuando se trata de una mujer que sufre una muerte, maltrato o afectación a su libertad personal en el marco de un contexto general de violencia contra las mujeres...
De acuerdo a la CoIDH, cuando un ataque contra una mujer es motivado por un asunto de discriminación, por el hecho de ser mujer, es particularmente importante que la investigación sea realizada con vigor e imparcialidad, ya que existen dos obligaciones adicionales para resolver estos crímenes: reiterar continuamente la condena de los crímenes por razones de género a la sociedad y para mantener la confianza de la población en la habilidad de las autoridades de protegerlas de la amenaza de violencia.
En consecuencia, realizando una interpretación a contrario sensu, cuando un Estado no investiga ni sanciona los crímenes de mujeres, envía un mensaje de permisividad: se puede violar, golpear y asesinar a las mujeres. Así como, un mensaje de inseguridad a las mujeres.
Asimismo, la CoIDH señala que la falta de una investigación adecuada conlleva la impunidad y esta es la principal causa de la continuidad de los crímenes pero también consecuencia de la violencia estructural contra las mujeres.
En cuanto a la incorporación del delito de femincidio en la legislación, el Comité para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación (CoCEDAW) en su sexto informe periódico de México recomendó a nuestro país: El Comité insta al Estado Parte a que acelere la aprobación de la enmienda del Código Penal para tipificar el feminicidio como delito...
Asimismo, en el Examen Periódico Universal, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, recomendó al Estado mexicano la tipificación del feminicidio.
Finalmente, en el reciente informe presentado este año, el CoCEDAW recomendó al Estado mexicano: Adoptar las medidas necesarias para garantizar que la codificación del feminicidio se base en elementos objetivos que permitan su adecuada calificación en los códigos penales locales; acelerar su codificación en esos códigos penales pendientes; normalizar los protocolos de investigación policial para el feminicidio en todo el país...
Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Equidad y Género somete a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente:
Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los Congresos Estatales a emprender las acciones legislativas necesarias a fin de armonizar su legislación conforme a lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en el Código Penal Federal en materia de feminicidios.
Notas:
1 Cfr. CIDH, Informe Acceso a la Justicia para Mujeres Víctimas de Violencia en las Américas, OEA/Ser.L/V/II. Doc. 68, 20 enero 2007. Disponible en Internet: http://www.cidh.org
2 Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Informe Hemisférico, Adoptado en la Segunda Conferencia de Estados Parte, celebrada en Caracas, Venezuela, del 9 al 10 de julio de 2008, Consultado en: http://portal.oas.org/Portals/7/CIM/documentos/MESECVI-II-doc.16.rev.1.esp.Info rme%20Hemisferico. doc.
3 CoIDH, Caso González y otras (Campo Algodonero) Vs. México. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 16 de noviembre de 2009. Serie C No. 205.
4 Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer: México, (CEDAW/C/MEX/6) , 36º período de sesiones, 7 a 25 de agosto de 2006, párr. 15. Consultado en http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/cedaw36/cc/Mexico_es.pdf
5 Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer: México, CEDAW/C/MEX/CO/7-8, 52o período de sesiones9 a 27 de julio de 2012, pág. 7.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de diciembre de 2012.
La Comisión de Equidad y Género, diputadas: Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica) presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Guadalupe Sánchez Santiago, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica) secretarias; Erika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), Adriana Hernández Iñiguez, María Esther Garza Moreno (rúbrica), María Carmen López Segura (rúbrica), Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Maricruz Cruz Morales (rúbrica), Margarita Licea González, Leticia López Landero, Flor de María Pedraza Aguilera, María Celia Urciel Castañeda (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica), Julisa Mejía Guardado, María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado.»
PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DE SINALOA
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: «Dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría General de Justicia de Sinaloa a aplicar en coordinación con la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas medidas a fin de atender el creciente índice de feminicidios en el estado
Honorable Asamblea:
La Comisión de Equidad y Género con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la Honorable Asamblea el siguiente
Dictamen
Antecedentes
A la Comisión de Equidad y Género, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente No. 1008 que contiene la Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a la PGJ de Sinaloa a aplicar con la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas medidas a fin de atender el creciente número de feminicidios en la entidad, presentada por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, el 13 de diciembre de 2012.
Ese mismo día fue turnado por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para su análisis y dictamen a esta Comisión.
Contenido de la Proposición
El diputado promovente fundamenta su proposición en la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas en 1993, define ésta como todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la privada.
La forma más extrema de violencia hacia las mujeres la representan los feminicidios; con base en el género, se llevan a cabo asesinatos cuyas víctimas presentan graves evidencias de abuso y misoginia.
Refiere el promovente que según datos del Instituto Nacional de las Mujeres, la entidad se encuentra entre los cinco primeros lugares de feminicidios en el país. Ello generó que, en 2009, el Congreso de Sinaloa presentara una iniciativa para tipificar el delito de feminicidio en el Código Penal, con la adición del título De los delitos de género. La iniciativa de ley se aprobó recientemente, tras lo cual la entidad se suma a la lista de los estados donde la tipificación del feminicidio es una realidad.
No obstante, el pasado 23 de noviembre, con el asesinato de una mujer de 32 años en Culiacán Sinaloa, se alcanzó la cifra de 80 asesinadas de manera violenta en lo que va del año, lo cual representa un aumento considerable si se parte de la base que de 2007 a 2009 se tiene el registro de 136 feminicidios.
Ante este panorama, el promovente considera que en virtud de que la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, fue creada para investigar y perseguir los delitos federales relacionados con hechos de violencia contra las mujeres y la trata de personas, a fin de contribuir al derecho de las mujeres al acceso a la justicia; por lo cual propone que la Procuraduría General de Justicia del Estado de Sinaloa se coordine con esta Fiscalía para que se tomen las medidas necesarias para atender el creciente índice de feminicidios en la entidad.
Por lo anterior propone el siguiente Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Sinaloa a aplicar en coordinación con la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas las medidas necesarias para atender el creciente índice de feminicidios en la entidad.
Consideraciones
En los estados y el Distrito Federal, con gran preocupación se han identificado como una de las manifestaciones extremas de la violencia contra las mujeres, los asesinatos de mujeres. Este tipo de crímenes han sido nombrados de forma particular en nuestro país como feminicidios.
En el año de 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CoIDH) en el Caso González y otras vs. México como los homicidios de mujeres por razones de género, considerando que éstos se dan como resultado de una situación estructural y de un fenómeno social y cultural enraizado en las costumbres y mentalidades y que estas situaciones de violencia están fundadas en una cultura de violencia y discriminación basada en el género.
La CoIDH consideró en su fallo que la investigación de este tipo de crímenes implica obligaciones adicionales para los Estados:
...el deber de investigar efectivamente... tiene alcances adicionales cuando se trata de una mujer que sufre una muerte, maltrato o afectación a su libertad personal en el marco de un contexto general de violencia contra las mujeres...
De acuerdo a la CoIDH, cuando un ataque contra una mujer es motivado por un asunto de discriminación, por el hecho de ser mujer, es particularmente importante que la investigación sea realizada con vigor e imparcialidad, ya que existen dos obligaciones adicionales para resolver estos crímenes: reiterar continuamente la condena de los crímenes por razones de género a la sociedad y para mantener la confianza de la población en la habilidad de las autoridades de protegerlas de la amenaza de violencia.
En consecuencia, realizando una interpretación a contrario sensu, cuando en Estado no investiga ni sanciona los crímenes de mujeres, envía un mensaje de permisividad: se puede violar, golpear y asesinar a las mujeres. Así como, un mensaje de inseguridad a las mujeres.
Por su parte el Acuerdo A/024/08, publicado el 31 de enero de 2008 y por el que se crea la FEVIMTRA, como bien refiere el diputado promovente esta institución fue creada para investigar y perseguir los delitos previstos en la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, con excepción de cuando se cometan por miembros de la delincuencia organizada en términos de los artículos 2 y 8 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; así como aquellos hechos de violencia contra las mujeres en el país que sean de la competencia de la Federación.
De acuerdo con el propio Acuerdo de creación, para lograr estos objetivos coadyuvará en el cumplimiento de la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
De acuerdo con el artículo tercero del Acuerdo, la Fiscalía será competente para investigar y perseguir los delitos federales relacionados con hechos de violencia contra las mujeres, así como los de trata de personas, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. Agregando, Para los efectos de este Acuerdo se entenderá por violencia contra las mujeres cualquier hecho basado en su género, que lesione o ponga en peligro algún bien jurídico tutelado por las normas penales en materia federal o por normas penales del orden común cuando sean conductas conexas con delitos federales.
Considerando que la CoIDH señala que la falta de una investigación adecuada conlleva a la impunidad, y facilita y promueve la repetición de los hechos de violencia en general y envía un mensaje según el cual la violencia contra las mujeres puede ser tolerada y aceptada como parte del diario vivir. Se requiere de una intervención en todos los niveles que permita una actuación coordinada con la debida diligencia en la investigación de los feminicidios.
Por lo anterior, atendiendo a las obligaciones que se derivan del marco jurídico internacional, de actuar con la debida diligencia ante denuncias de violaciones a los derechos humanos de las mujeres. Se considera procedente solicitar a la FEVIMTRA coadyuve con la investigación de los delitos perpetrados contra las niñas y mujeres en Sinaloa.
Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Equidad y Género somete a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente:
Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Sinaloa a aplicar en coordinación con la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas las medidas necesarias para atender el creciente índice de feminicidios en la entidad.
Notas:
1 CoIDH, Caso González y otras (Campo Algodonero) Vs. México. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 16 de noviembre de 2009. Serie C No. 205.
2 Ibídem, párr. 388.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de diciembre de 2012.
La Comisión de Equidad y Género, diputadas: Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica) presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Guadalupe Sánchez Santiago, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica) secretarias; Erika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), Adriana Hernández Iñiguez, María Esther Garza Moreno (rúbrica), María Carmen López Segura (rúbrica), Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Maricruz Cruz Morales (rúbrica), Margarita Licea González, Leticia López Landero, Flor de María Pedraza Aguilera, María Celia Urciel Castañeda (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica), Julisa Mejía Guardado, María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado.»
EXHORTO A LOS CONGRESOS ESTATALES A ARMONIZAR SU LEGISLACION EN MATERIA DE ACCESO PLENO Y PERMANENCIA DE LAS MUJERES EN CARGOS DE ELECCION POPULAR
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: «Dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos estatales a armonizar su legislación conforme a lo establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en materia de acceso pleno y permanencia de las mujeres en cargos de elección popular
Honorable Asamblea:
La Comisión de Equidad y Género con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la Honorable Asamblea el siguiente
Dictamen
Antecedentes
A la Comisión de Equidad y Género, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente No. 967 que contiene la Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a los congresos estatales a establecer acciones para armonizar su legislación conforme a lo establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en materia de acceso pleno y permanencia de las mujeres en los cargos de elección popular, presentada por la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del PRI, el 27 de noviembre de 2012.
El 12 de diciembre fue turnada a la Comisión de Equidad y Género de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, para su análisis y dictamen.
Contenido de la Proposición
La diputada promovente refiere que cada vez más las mujeres participan en los ámbitos políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, educativos y de investigación, etc. lo cual es resultado de la lucha por los derechos de las mujeres.
La promovente refiere que México es Estado Parte de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, comprometiéndose a garantizar a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho pleno a participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y la oportunidad y acceso a ocupar cargos públicos y desempeñar cualquier función pública en todos los planos gubernamentales, a condenar y eliminar todo acto de discriminación contra las mujeres en todas sus formas.
Sin embargo, a pesar de ese compromiso internacional, en México todavía se impiden a las mujeres el disfrute, acceso, desarrollo y pleno ejercicio de sus derechos, y donde se les anteponen también criterios que las mantienen ligadas a una segmentación sexual laboral que las sitúa en el desempeño de labores ajenas a los altos cargos de toma de decisiones.
Si bien, las mujeres son más del 51 por ciento de la población, este porcentaje no se encuentra representado en los espacios de toma de decisiones y están excluidas en su mayoría de los altos puestos de gobierno. Asimismo, una de cada tres mujeres mexicanas ha sufrido maltrato, discriminación, exclusión, rechazo y violencia en algún momento o a lo largo de toda su vida tanto en el ámbito, social y laboral como en el familiar, pues estudios realizados destacan y la realidad afirma día tras día que 68 por ciento de las mujeres mayores de 15 años ha sufrido de violencia en cualquiera de sus formas; esto, sin contabilizar los casos no reportados por coerción, la fuerza y bajo amenaza.
De acuerdo con la promovente, estos lamentables y desafortunados datos son básicos y resultado de estudios en una muestra de la población; pero lo verdaderamente alarmante y vergonzante es que no alcanzan a representar la totalidad, la verdadera magnitud y la realidad que viven las mujeres en el país.
La promovente es contundente en afirmar que es inadmisible que como sociedad hayamos omitido o permitido que en las políticas públicas se carezca de los preceptos de igualdad de género y empoderamiento de las mujeres.
Para la promovente, el respeto a los derechos humanos de las mujeres no es una concesión. Una de sus aristas implica respetar el derecho de éstas a participar activamente en los puestos de poder y los espacios de toma de decisiones significa enriquecer el establecimiento de una legítima gobernabilidad duradera, eficiente y efectiva, en tanto cumplamos la condición no sólo de su acceso sino de garantizar su permanencia en éstos.
La promovente refiere que en la Legislatura pasada, el primer día de sesiones, ocho diputadas pidieron licencia para ceder deliberadamente las curules a los suplentes del sexo masculino. Estas legisladoras fueron de diversos grupos parlamentarios: del Partido Verde, del PRI, del PRD y del PT.
Como una consecuencia de lo anterior, fue establecer de forma obligatoria que las fórmulas de candidatos a diputados y senadores (titular y suplente) estén constituidas por personas del mismo género en cumplimiento irrestricto de las cuotas de género, establecidas actualmente en la legislación e inscritas en los resolutivos de los acuerdos del Instituto Federal Electoral (IFE), que señalan una representación de al menos 40 por ciento de mujeres y 60 de hombres.
En este mismos sentido, el pasado 22 de febrero, el IFE asumió la sentencia dictada por el Tribunal Electoral con el folio número SUP-JDC-12624/2011, que determina obligar a todos los partidos políticos instituidos en el país a adoptar medidas para garantizar el estricto cumplimiento de registrar al menos 40 por ciento de sus candidatos a diputados y senadores de un mismo género. Aunado a esto se realizaron diversas reformas y modificaciones a los artículos 20, 218, 219 y 225 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales al efecto.
Para la promovente, esta soberanía está obligada a velar por las conquistas de las mujeres en todos los ámbitos de su interés, igualdad de género sean irreversibles. Por ello, considera que la LXII
Legislatura está apremiada a mejorar la realidad y las condiciones de vida en igualdad de oportunidades para las mujeres y no puede en ninguna circunstancia permitir que se despoje a las mexicanas de lo que históricamente han logrado.
Por lo anterior propone el siguiente Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los congresos estatales a establecer acciones a fin de armonizar su legislación conforme a lo establecido en el Código Federal de Procedimientos Electorales, en materia de acceso pleno y permanencia de las mujeres en los cargos de elección popular, para eliminar cualquier forma de exclusión hacia las mujeres en el goce de sus derechos político-electorales.
Consideraciones
La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) fue adoptada el 18 de diciembre de 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Es considerada como la Carta internacional de los derechos humanos de las mujeres. México ratificó la Convención el 23 de marzo de 1981, año en el que entró en vigor en nuestro país.
La CEDAW establece la especial importancia a la participación de la mujer en la vida pública de su país, al señalar:
Recordando que la discriminación contra la mujer viola los principios de igualdad de derechos y de respeto de la dignidad humana, que dificulta su participación, en las mismas condiciones que el hombre, en la vida política, social, económica y cultural de su país, que constituye un obstáculo para el aumento del bienestar de la sociedad y de la familia y que entorpece el pleno desarrollo de sus posibilidades para prestar servicio a su país y a la humanidad.
En el mismo preámbulo reitera la importancia de la participación de la mujer refiriendo:
Convencidos de que la máxima participación de la mujer en todas las esferas, en igualdad de condiciones con el hombre, es indispensable para el pleno desarrollo de un país, el bienestar del mundo y la causa de la paz.
Este instrumento define así el concepto de discriminación contra la mujer:
...la expresión discriminación contra la mujer denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.
En su artículo, la CEDAW establecerá una agenda para la acción nacional con el objetivo de poner fin a tal discriminación. Así en su artículo 7 establece que:
Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a:
a) Votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas;
b) Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales;
c) Participar en organizaciones y en asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida pública y política del país.
La obligación especificada en este artículo abarca todas las esferas de la vida pública y política y no se limita a las indicadas en los incisos a), b) y c) del párrafo. La vida política y pública de un país es un concepto amplio. Se refiere al ejercicio del poder político, en particular al ejercicio de los poderes legislativo, judicial, ejecutivo y administrativo. El término abarca todos los aspectos de la administración pública y la formulación y ejecución de la política a los niveles internacional, nacional, regional y local. El concepto abarca también muchos aspectos de la sociedad civil, entre ellos, las juntas públicas y los consejos locales y las actividades de organizaciones como son los partidos políticos, los sindicatos, las asociaciones profesionales o industriales, las organizaciones femeninas, las organizaciones comunitarias y otras organizaciones que se ocupan de la vida pública y política.
Con el fin de examinar los progresos realizados en el cumplimiento de la CEDAW, el artículo 17 de este mismo instrumento establece la creación de un Comité integrado por 23 expertas elegidas por los Estados parte entre sus nacionales, a quienes ?de conformidad con el artículo 18? los Estados parte deben presentar informes periódicos sobre el cumplimiento de la Convención.
Con base en lo anterior este año México presentó sus informes 7º y 8º ante el mecanismo, quien el julio pasado emitió una serie de observaciones al Estado mexicano. En materia de participación política, el CoCEDAW señaló:
El Comité toma nota con reconocimiento de las modificaciones realizadas en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales de 2008, que introdujo un sistema de cupos de género para registrar a los candidatos en una proporción de 40:60, y acoge con beneplácito los resultados preliminares de las elecciones federales (2012), que indican que el 36,46% de los escaños del Congreso Nacional serán ocupados por mujeres.
Sin embargo, manifestó su preocupación ante las lagunas existentes en los marcos jurídicos electorales en los planos federal y estatal, mismos que pueden ocasionar el incumplimiento del sistema de cupos de género establecido para propiciar la inscripción de candidatos en una proporción de 40:60. Asimismo, expresó su preocupación ante el hecho de que este sistema no se haya incorporado aún en la legislación electoral de todos los Estados.
Ante esta situación, El CoCEDAW recomendó específicamente a nuestro país:
a) Se asegure de que los Estados partes cumplan con los marcos jurídicos electorales en los planos federal y estatal, inclusive enmendando o derogando las disposiciones discriminatorias contra la mujer, como el párrafo 2 del artículo 219 del Código Federal de Instituciones y Procedimiento Electorales, y estableciendo sanciones en caso de incumplimiento de los cupos de género;
b) Elimine los obstáculos que impiden que las mujeres, en particular las indígenas, participen en la vida política de sus comunidades, inclusive realizando campañas de concienciación orientadas a ampliar la participación de la mujer en la vida política en los planos estatal y municipal;
Por las consideraciones anteriores, en cumplimiento de las recomendaciones internacionales hechas por el CoCEDAW, la Comisión de Equidad y Género somete a consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente:
Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los congresos estatales a establecer acciones a fin de armonizar su legislación conforme a lo establecido en el Código Federal de Procedimientos Electorales, en materia de acceso pleno y permanencia de las mujeres en los cargos de elección popular, para eliminar cualquier forma de exclusión hacia las mujeres en el goce de sus derechos político-electorales.
Notas:
1 Cfr.CEDAW, Recomendacion General Nº 23: Vida Política y Publica, 16º período de sesiones (03/01/1997).
2 Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, 52o período de sesiones, 9 a 27 de julio de 2012, CEDAW/C/MEX/ CO/7-8 Distr. General 7 de agosto de 2012.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de diciembre de 2012.
La Comisión de Equidad y Género, diputadas: Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica) presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Guadalupe Sánchez Santiago, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica) secretarias; Erika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), Adriana Hernández Iñiguez, María Esther Garza Moreno (rúbrica), María Carmen López Segura (rúbrica), Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Maricruz Cruz Morales (rúbrica), Margarita Licea González, Leticia López Landero, Flor de María Pedraza Aguilera, María Celia Urciel Castañeda (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica), Julisa Mejía Guardado, María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado.»
FEMINICIDIOS OCURRIDOS EN TULA, HIDALGO
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: «Dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se solicita a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la Procuraduría General de la República a colaborar con la Procuraduría estatal en las investigaciones relacionadas con los feminicidios ocurridos en Tula, Hidalgo
Honorable Asamblea:
La Comisión de Equidad y Género, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la honorable asamblea, el siguiente dictamen.
Antecedentes
A la Comisión de Equidad y Género le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente número 1189 que contiene la proposición con punto de acuerdo por el que por el que se solicita a la Secretaría de Gobernación que inicie el procedimiento para emitir la declaratoria de alerta por violencia de género en Hidalgo, presentada por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, el 30 de enero de 2013.
En la misma fecha, la Mesa Directiva determinó turnarla a la Comisión de Equidad y Género de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, para su análisis y dictamen.
Contenido de la proposición
Los diputados promoventes refieren que en el municipio de Tula, Hidalgo, han sido asesinadas 10 mujeres desde noviembre de 2012 a la fecha. Asimismo, se tiene conocimiento de 4 mujeres que han desaparecido.
Entre los estudios que citan los diputados, se encuentra el Diagnóstico del Feminicidio en México. Aproximación, Tendencias y Cambios 1985-2009 realizado por ONU Mujeres, El Colegio de México y el Instituto Nacional de las Mujeres, según el cual, en dicho periodo se registraron 431 feminicidios en Hidalgo, con una clara tendencia de crecimiento a partir de 2005.
A esta cifra hay que agregar el número de casos ocurridos desde 2010, lo cual claramente representa un grave problema que debe atenderse de manera urgente. A pesar de que estos siete asesinatos ya son considerados como feminicidios por la Fiscal en Delitos de Género de la Procuraduría del estado, María Concepción Aragón, es necesario visibilizar que este delito aún no está tipificado en el Código Penal del estado.
En Hidalgo, el primer caso, de estas siete muertes recientes en Tula, fue el de una mujer que fue asesinada a pedradas, cuyos restos fueron hallados el 11 de junio de 2012.
Luego, en septiembre (el cuerpo de una mujer fue encontrado) entre los matorrales de la avenida Insurgentes en la colonia El Llano; y a mediados de octubre se halló un cadáver más de una mujer degollada.
Es importante resaltar el hecho de que en todos los casos se presentaron claras señales de violencia y seis de los siete cuerpos fueron arrojados a un predio baldío de la segunda sección del fraccionamiento El Llano, ubicado en el municipio hidalguense.
El periódico Reforma señala el perfil de las víctimas: una era ama de casa, otra taxista, dos vendían productos naturistas, y tres trabajaban en un centro comercial de Ciudad Cooperativa Cruz Azul; en este último caso, dos eran amigas y ambas fueron halladas en el mismo sitio en diferente día.
Angélica, Elda, Mónica, son algunos de los nombres de las víctimas de esta ola de violencia feminicida que ataca la entidad y que ha provocado que la sociedad esté atemorizada por la integridad de sus madres, hijas y hermanas.
Ante estos hechos, aproximadamente, 200 personas salieron el pasado fin de semana a las calles de la Entidad exigiendo justicia y reclamando que se ponga un alto a estos hechos. Nos sumamos a las voces que gritan que no queremos presenciar otro caso como el de Ciudad Juárez, Chihuahua, decimos no a las muertas de Tula.
Por lo anterior, los diputados promoventes presentan la siguiente proposición con puntos de acuerdo:
Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita a la Secretaría de Gobernación inicie el procedimiento para emitir la declaratoria de alerta por violencia de género en el estado de Hidalgo.
Segundo. Se solicita a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (Fevimtra) de la Procuraduría General de la República, que coadyuve con la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo en las investigaciones relacionadas con los feminicidios presentados en últimas fechas.
Consideraciones
Sobre el primer punto, referente a la solicitud a la Secretaría de Gobernación de iniciar la investigación para declarar la Alerta de Violencia de Género en el municipio de Tula, Hidalgo, es pertinente precisar lo siguiente.
La alerta de violencia de género contra las mujeres se encuentra regulada en los artículos 22 al 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Es importante dimensionar que, de acuerdo con esta ley, todas las medidas que emanan de ella buscan garantizar la prevención, la atención, la sanción y la erradicación de todos los tipos de violencia contra las mujeres durante su ciclo de vida De igual manera, la Ley establece que cualquier política pública deberá elaborarse y ejecutarse observando los principios rectores para el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia; dichos principios son los siguientes:
La igualdad jurídica entre la mujer y el hombre.
El respeto a la dignidad humana de las mujeres.
La no discriminación.
La libertad de las mujeres.
Por otra parte, para una lectura completa del marco jurídico de la alerta de género, es necesario considerar las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley General de Acceso las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, artículos 30 al 39. Pues es a través de éste, que se regulan las disposiciones de la Ley General de Acceso, en lo relativo al Poder Ejecutivo federal, y las bases de coordinación entre éste, las entidades federativas y los municipios, necesarias para su ejecución.
La alerta de violencia de género es un recurso jurídico (medida de protección colectiva) que obliga a actuar a los tres niveles de gobierno federal, estatal y municipal de manera articulada para enfrentar y erradicar desde una perspectiva de género, de forma pronta y expedita, sin dilación, la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad. Esta medida de protección de emergencia implica el conjunto de acciones gubernamentales de investigación, procuración y administración de justicia que conduzcan al esclarecimiento de los hechos, a la detención y el procesamiento de los agresores y al acceso a la justicia de familiares de las víctimas de un grupo específico de mujeres.
La medida de protección únicamente busca enfrentar y erradicar la violencia feminicida, es decir, la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.
El precepto aludido es muy importante porque, en los casos de violencia feminicida en el país a pesar de recomendaciones internacionales emitidas a raíz de los feminicidios en Ciudad Juárez; así como, la sentencia condenatoria para el Estado mexicano por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso González y otras Campo Algodonero, persisten las quejas de familiares de las víctimas por la discriminación que sufren por parte de las autoridades; las negligencias y omisiones existentes en la investigación y sanción de los responsables; y sobre todo, en la falta de una adecuada reparación del daño. En este sentido, se continúa la victimización de los familiares por parte de las instituciones.
Es un hecho que la mayor parte de las autoridades no considera que enfrentar la violencia feminicida sea parte de su responsabilidad o de sus atribuciones; descalificando a las mujeres víctimas ya sea por su oficio, por su calidad moral o por su condición social. Es por ello que la gravedad del problema se ha caracterizado por la actitud gubernamental frente al asesinato de mujeres, conjugándose una serie de factores como son la negación del problema; la ausencia de políticas gubernamentales para enfrentarlo; y la negligencia de las autoridades locales y federales para responder manera adecuada.
Por lo anterior, la inclusión de la definición de violencia feminicida en la Ley General de Acceso, en conjunto con la alerta de violencia de género, se constituyen como un paso importante para el combate contra la misoginia criminal que prevalece, hoy por hoy, en el país.
El objetivo fundamental de la alerta de violencia de género es:
Garantizar la seguridad de las mujeres
El cese de la violencia en contra de las mujeres
Eliminar las desigualdades producidas por una legislación que agravia sus derechos humanos (Figura de Agravio Comparado)
Para poder garantizar el objetivo fundamental de la alerta de violencia de género se deberá:
Establecer un grupo interinstitucional y multidisciplinario con perspectiva de género que dé el seguimiento respectivo
Implementar las acciones preventivas, de seguridad y justicia, para enfrentar y abatir la violencia feminicida
Elaborar reportes especiales sobre la zona y el comportamiento de los indicadores de la violencia contra las mujeres
Asignar los recursos presupuestales necesarios para hacer frente a la contingencia de alerta de violencia de género contra las mujeres
Hacer del conocimiento público el motivo de la alerta de violencia de género contra las mujeres, y la zona territorial que abarcan las medidas a implementar.
Finalmente, ante la violencia feminicida, el Estado mexicano deberá resarcir el daño conforme a los parámetros establecidos en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y considerar como reparación:
I. El derecho a la justicia pronta, expedita e imparcial: Se deben investigar las violaciones a los derechos de las mujeres y sancionar a los responsables;
II. La rehabilitación: Se debe garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas o indirectas;
III. La satisfacción: Son las medidas que buscan una reparación orientada a la prevención de violaciones. Entre las medidas a adoptar se encuentran:
La aceptación de responsabilidad del Estado ante el daño causado y su compromiso de repararlo.
La investigación y sanción de los actos de autoridades omisas o negligentes que llevaron a la impunidad la violación de los derechos humanos de las víctimas.
El diseño e instrumentación de políticas públicas que eviten la comisión de delitos contra las mujeres.
La verificación de los hechos y la publicidad de la verdad.
Activación de la alerta de violencia de género contra las mujeres
De acuerdo con la doctora Marcela Lagarde, la conciencia social sobre la violencia contra las mujeres, en particular sobre la violencia feminicida y la movilización de la sociedad civil son fundamentales para la activación de la alerta de violencia género.
Supuestos en los que procede la declaratoria de alerta de violencia de género
En este sentido, el artículo 24 de la Ley General de Acceso, establece que la declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres, se emitirá o procede cuando:
I.Los delitos del orden común contra la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las mujeres, perturben la paz social en un territorio determinado y la sociedad así lo reclame.
II.Exista un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres.
III.Los organismos de derechos humanos a nivel nacional o de las entidades federativas, los organismos de la sociedad civil y o los organismos internacionales, así lo soliciten.
Sujetos que pueden solicitar la investigación de la procedencia de la declaratoria
De igual manera, se observa que los sujetos que pueden solicitar la investigación de la procedencia de declaratoria de alerta de violencia de género son:
Los organismos de derechos humanos a nivel nacional
Los organismos de derechos humanos de las entidades federativas
Los organismos de la sociedad civil
Los organismos internacionales
La solicitud se presentará por escrito ante la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres (en adelante, Sistema), directamente o a través del servicio postal mexicano, quien lo hará del conocimiento del Sistema en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la admisión de la misma.
Requisitos para solicitar la investigación sobre la procedencia de la declaratoria
La solicitud de investigación sobre la procedencia de declaratoria de alerta de violencia de género sólo podrá ser admitida, para ser puesta a consideración del sistema cuando en la misma se afirme la totalidad de los siguientes supuestos:
Existe violencia sistemática contra las mujeres.
Dicha violencia se traduce en delitos del orden común contra la vida, la libertad, la integridad y la seguridad jurídica de las mujeres y existe un contexto de impunidad o permisibilidad social, o que existe un agravio comparado que impide el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres.
La violencia proviene de un conjunto de conductas misóginas que perturban la paz social.
Una interpretación restrictiva podría considerar que, de acuerdo con el artículo 24 de la Ley General de Acceso, se deben acreditar los tres supuestos. Sin embargo, el Reglamento de la Ley General de Acceso en el artículo 30, segundo párrafo, permite realizar la interpretación de que son dos los supuestos para la emisión de la alerta de género:
Procede la declaratoria de alerta de violencia de género cuando se demuestre que en un territorio determinado se perturba la paz social por la comisión de delitos contra la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las mujeres o cuando exista un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres.
Ahora bien, y aunado a los requisitos anteriores, para que la solicitud sea aceptada debe contener la totalidad de los siguientes requisites:
Nombre del solicitante.
Carácter con el que actúa el solicitante
Domicilio para oír y recibir notificaciones
Lugar o lugares donde se presenta dicha violencia de género
Descripción de los hechos violatorios de los derechos humanos de las mujeres
Grupo de mujeres afectadas y número aproximado
Periodo de reiteración de las conductas
Situaciones por las que no se acepta la solicitud
Cuando no se cumple con alguno de los requisitos anteriormente mencionados, la Secretaría Ejecutiva del Sistema deberá prevenir al solicitante por escrito y por una sola vez, para que subsane la omisión dentro del plazo de cinco días hábiles. Transcurrido el plazo, sin que se desahogue la prevención, se desechará el trámite. Una vez desahogada la prevención, la Secretaría Ejecutiva del sistema resolverá sobre la aceptación o no de la radicación de la solicitud, en un plazo de dos días hábiles.
En cualquier caso, el sistema instruirá a la Secretaría Ejecutiva para que dé respuesta al solicitante de la investigación sobre la procedencia de declaratoria de alerta de violencia de género, en un plazo no mayor a treinta días naturales, contados a partir de la fecha en que se tenga por aceptada la radicación de la solicitud, por parte de la Secretaría Ejecutiva.
Cuando haya sido declarada improcedente una solicitud, se garantizará el derecho de audiencia. No podrá presentarse una nueva solicitud por los mismos hechos, sin que hubieran transcurrido, por lo menos seis meses.
Resolución definitiva sobre la admisión. Trabajo del grupo interinstitucional y multidisciplinario
Cuando una solicitud de investigación sobre la procedencia de declaratoria de alerta de violencia de género es admitida, la Secretaría Ejecutiva tiene que convocar al sistema a sesión extraordinaria, a fin de que éste resuelva en definitiva si procede o no iniciar la investigación solicitada.
De ser procedente la solicitud, el sistema conformará un grupo interinstitucional y multidisciplinario para el estudio y análisis de la posible emisión de alerta de violencia de género contra las mujeres. Asimismo, se le hará del conocimiento del Ejecutivo Local correspondiente, el contenido de la solicitud de investigación sobre la procedencia de declaratoria de alerta de violencia de género, y pedirá un informe sobre los actos que se narran en dicha solicitud, señalando un plazo perentorio de quince días hábiles.
El Ejecutivo local, en adición al informe, podrá presentar todos los medios de prueba pertinentes, a fin de demostrar las afirmaciones que, en su caso, contenga su informe.
El grupo interinstitucional y multidisciplinario correspondiente, una vez efectuado el estudio y análisis referido, remitirá informe al sistema por conducto de su Secretaría Ejecutiva. Dicho informe, no podrá calificar la legalidad de lo actuado en averiguaciones previas, juicios o procedimientos de cualquier índole. Para la debida integración del informe que se remita al Sistema, se podrá solicitar a las autoridades federales y locales todo tipo de información y documentación que tenga relación con la investigación.
Asimismo, se podrá solicitar la colaboración de las personas físicas o morales que resulten necesarias, a fin de que manifiesten los hechos o datos que les consten. La documentación y demás información que genere el grupo interinstitucional y multidisciplinario es confidencial en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; de igual manera, las personas que integren o participen en el grupo tienen obligación de guardar la más estricta confidencialidad sobre el expediente e información respectivos, quedando sujeto el infractor, al procedimiento de responsabilidad correspondiente.
Comisión dictaminadora y procedencia de la emisión de la declaratoria de alerta
El sistema podrá formar una comisión dictaminadora que valorará, en su conjunto, el informe y pruebas rendidas por el Ejecutivo local, así como el informe rendido por el grupo interinstitucional y multidisciplinario.
El sistema acordará si ha lugar a la procedencia de emitir la declaratoria de alerta de violencia de género y, en su caso, la remitirá a la Secretaría de Gobernación para que emita la declaratoria de alerta de violencia de género y notifique la misma al titular del Poder Ejecutivo de la entidad federativa correspondiente. Lo anterior, queda exceptuado tratándose del acuerdo sobre la procedencia de emitir la declaratoria de alerta de violencia de género por la existencia de un agravio comparado.
Por lo anterior, no resulta procedente que sea la Cámara de Diputados quien solicite a la Secretaría de Gobernación se inicie la investigación para declarar una alerta de violencia de género contra las mujeres en el municipio de Tula, Hidalgo.
Es importante señalar que éste análisis no prejuzga sobre la situación de violencia contra las mujeres que ocurre en el municipio. El rechazo se fundamenta en que la Cámara de Diputados no puede presentar una solicitud de alerta, y la Secretaría de Gobernación no tiene la atribución de iniciar una investigación de oficio, de conformidad con lo que se expuso en los párrafos anteriores.
En relación con el segundo punto, los promoventes solicitan que la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la PGR, coadyuve con la Procuraduría estatal en las investigaciones relacionadas con los feminicidios presentados en Tula, Hidalgo.
De conformidad con el Acuerdo A/024/08, publicado el 31 de enero de 2008 por el que se crea la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (Fevimtra), esta institución fue creada para investigar y perseguir los delitos previstos en la Ley para prevenir y sancionar la Trata de Personas, con excepción de cuando se cometan por miembros de la delincuencia organizada en los términos de los artículos 2 y 8 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; así como aquellos hechos de violencia contra las mujeres en el país que sean competencia de la federación.
En consonancia con el propio acuerdo de creación, para lograr estos objetivos coadyuvará en el cumplimiento de la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
De acuerdo con el artículo tercero del acuerdo, la fiscalía será competente para investigar y perseguir los delitos federales relacionados con hechos de violencia contra las mujeres, así como los de trata de personas, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. Agregando, para los efectos de este acuerdo se entenderá por violencia contra las mujeres cualquier hecho basado en su género, que lesione o ponga en peligro algún bien jurídico tutelado por las normas penales en materia federal o por normas penales del orden común cuando sean conductas conexas con delitos federales.
De acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH), los Estados deben actuar con la debida diligencia ante casos de violencia contra las mujeres, ya que existen obligaciones adicionales que se desprenden del marco jurídico internacional: ... el deber de investigar efectivamente... tiene alcances adicionales cuando se trata de una mujer que sufre una muerte, maltrato o afectación a su libertad personal en el marco de un contexto general de violencia contra las mujeres..., pues cuando un ataque contra una mujer es motivados por un asunto de discriminación, por el hecho de ser mujer, es particularmente importante que la investigación sea realizada con vigor e imparcialidad, ya que existen dos obligaciones adicionales para resolver estos crímenes: reiterar continuamente la condena de los crímenes por razones de género a la sociedad y para mantener la confianza de la población en la habilidad de las autoridades de protegerlas de la amenaza de violencia.
Asimismo, la CIDH señala que la falta de una investigación adecuada conlleva a la impunidad, el cual facilita y promueve la repetición de los hechos de violencia en general y envía un mensaje según el cual la violencia contra las mujeres puede ser tolerada y aceptada como parte del diario vivir.
Por lo anterior, atendiendo a las obligaciones que se derivan del marco jurídico internacional de actuar con la debida diligencia ante denuncias de violaciones a los derechos humanos de las mujeres, se considera procedente solicitar a la Fevimtra coadyuve con la investigación de los feminicidios en Tula, Hidalgo.
Asimismo, esta dictaminadora considera que en virtud de la gravedad de los hechos descritos por los proponentes, resulta necesario que se exhorte a la Procuraduría General del Estado a actuar con la debida diligencia para la investigación de los feminicidios.
Por lo expuesto, la Comisión de Equidad y Género somete a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente
Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la PGR que coadyuve con la Procuraduría estatal en las investigaciones relacionadas con los feminicidios presentados en Tula, Hidalgo.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo a investigar con la debida diligencia los feminicidios ocurridos en el municipio de Tula, Hidalgo.
Notas:
1 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, artículo 3o..
2 Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, artículo 1o..
3 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, artículo 22.
4 Lagarde y de los Ríos, Marcela, Por los derechos humanos de las mujeres: la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales, Volúmen XLIX, Número 200, mayo-agosto, 2007, página 143-165, UNAM, México.
Disponible en Internet: http://redalyc.uaemex.mx/src/inicio/ArtPdfRed.jsp?iCve=42120009
5 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, artículo21.
6 Una larga descripción de las muertes y desapariciones en Ciudad Juárez y los planteamientos de los órganos de derechos humanos puede encontrarse en el reciente fallo Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Caso González y otras Campo Algodonero v. México, 16 de noviembre de 2009. Disponible en Internet: http://www. corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_205_esp.pdf
7 Lagarde y de los Ríos, Marcela, Por los derechos humanos de las mujeres: la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales, Volúmen XLIX, Número 200, mayo-agosto, 2007, páginas 143-165, UNAM, México.
Disponible en Internet: http://redalyc.uaemex.mx/src/inicio/ArtPdfRed.jsp?iCve=42120009
8 Lagarde y de los Ríos, Marcela, Por los derechos humanos de las mujeres: la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales, Volúmen XLIX, Número 200, mayo-agosto, 2007, páginas 143-165, UNAM, México.
Disponible en Internet: http://redalyc.uaemex.mx/src/inicio/ArtPdfRed.jsp?iCve=42120009
9 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, artículo23.
10 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, artículo 23.
11 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, artículo 26.
12
13 La Secretaría Ejecutiva se encuentra a cargo del Instituto Nacional de la Mujeres.
14 El sistema se conforma, por las y los titulares, de la Secretaría de Gobernación, quien preside; la Secretaría de Desarrollo Social; la Secretaría de Seguridad Pública; la Procuraduría General de la República; la Secretaría de Educación Pública; la Secretaría de Salud; el Instituto Nacional de las Mujeres, ocupa la Secretaría Ejecutiva del Sistema; el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación; el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, y los mecanismos para el adelanto de las mujeres en las entidades federativas.
15 Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, artículo 34.
16 Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, artículo 33.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de febrero de 2013.
La Comisión de Equidad y Género, diputadas: Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica); presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), María Guadalupe Sánchez Santiago (rúbrica en abstención), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), secretarias; Maricruz Cruz Morales (rúbrica), Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez, María Esther Garza Moreno (rúbrica), Adriana Hernández Íñiguez, María Carmen López Segura (rúbrica), Margarita Licea González (rúbrica), Leticia López Landero (rúbrica), Flor de María Pedraza Aguilera (rúbrica), María Celia Urciel Castañeda (rúbrica), Allieth Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Julisa Mejía Guardado (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo (rúbrica), Lorenia Ivette Valles Sampedro (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica).»
EXHORTO AL GOBERNADOR DE QUERETARO CON RELACION A LA OLA DE SECUESTROS Y DESAPARICIONES DE PERSONAS EN LA ENTIDAD
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: «Dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al gobernador de Querétaro con relación a la ola de secuestros y desapariciones de personas en la entidad; y al Congreso local, a realizar los trabajos legislativos pertinentes para tipificar el delito de feminicidio
Honorable Asamblea:
La Comisión de Equidad y Género, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la honorable asamblea, el siguiente
Dictamen
Antecedentes
A la Comisión de Equidad y Género le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente número 242 que contiene la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobernador del estado de Querétaro con relación a la ola de secuestros y desapariciones de personas en la entidad; y al Congreso local, a realizar los trabajos legislativos pertinentes para tipificar el delito de feminicidio, presentada por la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, del Grupo Parlamentario del PAN, el 25 de septiembre de 2012.
En la misma fecha, la Mesa Directiva determinó turnarla a la Comisión de Equidad y Género de la diputada LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, para su análisis y dictamen.
Contenido de la proposición
La diputada promovente refiere en su punto de acuerdo que durante los últimos diez años, en el proceso de construcción de un régimen de democracia plena en nuestro país, el marco jurídico para garantizar la seguridad de las personas, tanto en sus propiedades como en sus vidas, se ha ido delineando cuidadosamente, para de esta manera prevenir y eliminar actos que atenten en contra de las mujeres, de los hombres, niñas, niños, ancianos y de las familias enteras.
Asimismo, refiere que nuestro país cuenta con un marco jurídico nacional e internacional para el combate al secuestro, a la desaparición forzada, la discriminación y el uso de la violencia en contra de la población..., agregando:
Esta tendencia nacional de construcción del marco normativo adecuado ha ido acompañada de insistentes llamados hacia las autoridades correspondientes a cumplir con honestidad y apego a la ley cada una de sus tareas...
En la proposición presentada, la diputada promovente refiere que en el Estado de Querétaro existe un problema que va en aumento día con día... Nos referirnos a la desaparición de cientos de personas de la sociedad queretana, que para el mes de octubre del año 2011 sumaban ya 330, y al momento se desconoce la cifra total... En diversos medios de comunicación, tanto locales como nacionales, se ha informado, que de dos años a la fecha, Querétaro se ha convertido en una especie de agujero negro para las adolescentes. El número de muchachas de entre 13 y 16 años que simplemente desaparecen ha aumentado exponencialmente a partir de 2010.
La diputada promovente refiere las cifras del grave problema de las desapariciones que han ido en aumento año con año. En 2006 se registraron 5 personas desaparecidas, para el 2007 fueron 9, al año siguiente ya fueron 26, en el 2009 se registraron 25, y en el año 2010 la cifra se disparó a 126 y en los primeros diez meses del año pasado ya se habían reportado un total de 139 persona.
En la proposición con punto de acuerdo señala que las autoridades argumentan en los casos de adolescentes desaparecidas que esto se debe a que son adolescentes rebeldes que tendían a irse de sus casas, y bajo este entendido, no se procede a su búsqueda.
Asimismo, la diputada promovente refiere que desde 2009 las autoridades han señalado que se han iniciado investigaciones por el delito de trata de personas; sin embargo es manifiesta su preocupación ante las declaraciones de las autoridades de que este tipo de delitos no representa una problemática para el Estado.
Concluye la argumentación del punto de acuerdo, señalando que diversas voces han expresado la urgente necesidad de que el gobierno estatal presente y ejecute de inmediato protocolos para localizar a las personas desaparecidas, y de igual urgencia es que en nuestro estado se tipifique el delito de feminicidio establecido en el actual Código Penal Federal en su artículo 325, y en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el artículo 21 federal.
Ante estas consideraciones, presenta la Proposición que considera dos puntos:
Uno. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión hace un respetuoso exhorto al gobernador de Querétaro, licenciado José Eduardo Calzada Rovirosa, a hacer del conocimiento público la información y la razón por la cual se dio un grave incremento de secuestros y desapariciones de personas en el estado, así también, para que conmine al licenciado Arsenio Durán Becerra, titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Querétaro, a cumplir sin omisión alguna con las tareas que las leyes le asignan, a informar a detalle a esta soberanía sobre cada uno de los casos denunciados con apego a la verdad y a referirse con respeto a familiares y víctimas.
Dos. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión hace un atento exhorto al Congreso de Querétaro a realizar los trabajos legislativos pertinentes para tipificar en esta entidad el delito de feminicidio, establecido en el actual Código Penal Federal, en el artículo 325, y en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en el artículo 21.
Consideraciones
El derecho de las mujeres a vivir libres de violencia y discriminación ha sido consagrado y establecido como un desafío prioritario a nivel nacional e internacional. La promulgación de instrumentos internacionales de derechos humanos que protegen el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia, refleja un consenso y reconocimiento por parte de los Estados sobre el trato discriminatorio tradicionalmente recibido por las mujeres en sus sociedades.
La obligación de contar con mecanismos para atender, prevenir y erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres, en todos los ámbitos de ocurrencia, ha permitido incidir de manera determinante en las agendas de los gobiernos. Así, en el ámbito de las Naciones Unidas, en el año de 1979, se adoptó la Convención sobre Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (en adelante, CEDAW) y, dentro del Sistema Interamericano, en el año de 1994, se estableció la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (en adelante, Convención de Belém do Pará).
Sin embargo a pesar de la existencia de un marco jurídico internacional tendiente a proteger los derechos humanos de las mujeres, la violencia en su contra persiste en todos los países del mundo como una violación generalizada de sus derechos humanos y uno de los principales obstáculos para lograr la igualdad de género. Esta violencia, en palabras del Secretario General de Naciones Unidas, es inaceptable, ya sea cometida por el Estado y sus agentes; por parientes o por extraños; en el ámbito público o privado; en tiempos de paz o de conflictos. Mientras exista la violencia contra las mujeres, no se puede afirmar que se han logrado progresos reales hacia la igualdad, el desarrollo y la paz.
Además, las experiencias dramáticas en la región muestran la ineficacia del sistema jurídico y de los aparatos policiales y de persecución para prevenir, investigar y sancionar adecuadamente las desapariciones, violaciones, asesinatos y mutilaciones de los cuerpos de las mujeres.
Tal como ha observado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, CIDH o Comisión Interamericana), en la mayoría de los países de la región existe un reconocimiento formal y jurídico de que la violencia contra las mujeres constituye un desafío prioritario. Y a pesar del deber general de los Estados de promover la igualdad de jure y de {acto entre las mujeres y los hombres; así como el deber de elaborar y aplicar efectivamente un marco de normas jurídicas y de políticas públicas para proteger y promover plenamente los derechos humanos de las mujeres, existe una gran brecha entre la incidencia y la gravedad del problema; así como, entre la calidad de la respuesta judicial ofrecida para atender la violencia contra las mujeres.
La obligación de respetar y garantizar los derechos humanos de todas las personas y en particular de las mujeres, constituye la obligación fundamental de los Estados. Así lo establece el artículo 1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos cuando señala el compromiso de los Estados de respetar los derechos y las libertades reconocidos en ella y de garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna.
En México, con gran preocupación, se ha reconocido que existe una de las manifestaciones extremas de la violencia: los asesinatos de mujeres. Aunque con características distintivas relativas a la edad, la etnia, las relaciones de parentesco o las condiciones particulares de cada lugar, tienen en común su origen en relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres que generan una situación de mayor vulnerabilidad y de limitación para las mujeres en el disfrute de sus derechos humanos, en especial el derecho a la vida, a la integridad personal, a la libertad ya la seguridad, entre otros. Estos asesinatos se han nombrado de manera particular como feminicidios.
Esta modalidad de violencia contra las mujeres, que en diversos casos ha sido sistemática, sólo se ha identificado por el trabajo de familiares de las víctimas, de organizaciones de mujeres, feministas y de derechos humanos. Así mismo, gracias a la actuación de organismos internacionales como la CIDH que produjo el Informe sobre la Situación de los Derechos de la Mujer en Ciudad Juárez, México: El Derecho a no ser Objeto de Violencia y Discriminación, el cual ha sido fundamental para visibilizar el problema.
No obstante la gravedad de la situación México, como Estado Parte de la Convención Belém Do Pará, hasta ahora ha incumplido con su obligación de debida diligencia en la prevención, atención, investigación, judicialización, sanción y reparación en los casos de feminicidio. El gobierno mexicano reconoció ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante Corte Interamericana, CNDH), que los feminicidios tienen causas diversas, con diferentes autores, en circunstancias muy distintas y con patrones criminales diferenciados, pero se encuentran influenciados por una cultura de discriminación contra la mujer; señalando que esta cultura de discriminación contra las mujeres ha contribuido a que los feminicidios no sean percibidos como un problema de magnitud importante para el cual se requieren acciones inmediatas y contundentes por parte de las autoridades.
Es menester señalar, que el Estado mexicano fue condenado por la CIDH en el caso González y otras, conocido como Campo Algodonero, por su falta de prevención, atención y sanción de tres jóvenes que desaparecieron y fueron torturadas y asesinadas en Ciudad Juárez. La falta de actuación con debida diligencia de las autoridades mexicanas genero la responsabilidad del Estado mexicano.
La sentencia señala el contexto de violencia sistemática contra las mujeres; enfatiza los aspectos fallidos en los procesos de investigación, servicios forenses y de impartición de justicia, así como la falta de profesionalismo y compromiso de los funcionarios encargados de las investigaciones. Resalta también la evidente ausencia de protocolos adecuados para la búsqueda de niñas y mujeres desaparecidas, así como para la conducción de las investigaciones, además de apuntar las fallas en el seguimiento y en el registro de los casos.
La conclusión de la CoIDH es que el caso de Campo Algodonero no es un evento único ya que apunta que, no se trata casos aislados, esporádicos o episódicos de violencia, sino de una situación estructural y de un fenómeno social y cultural, enraizado en las costumbres y mentalidades (fundadas) en una cultura de violencia y discriminación basada en el género. Por ello dictó reparaciones específicas en materia de procuración e impartición de justicia, que resulta indispensable instrumentar, para evitar la repetición de estas violaciones a los derechos humanos de las mujeres: integración de un Banco de información genética; página electrónica sobre las mujeres desaparecidas; diseño de protocolos especializados con perspectiva de género para la investigación de delitos relacionados con homicidios de mujeres, desapariciones y violencia sexual; diseño e implementación de un mecanismo de búsqueda inmediata de mujeres y niñas; capacitación a funcionarios de gobierno, principalmente.
Es decir, lo establecido en la Sentencia de Campo Algodonero representa una oportunidad para el Estado mexicano prevenir y atender adecuadamente los casos de feminicidio.
En ese sentido, vale recordar que el Parlamento Europeo en su Resolución del 5 de mayo de 2010, sobre la Estrategia de la UE para las relaciones con América Latina, reconoció la importancia de la sentencia del Campo Algodonero y pidió a los Gobiernos de la Unión Europea, América Latina y el Caribe que acojan la sentencia como guía para su futuro trabajo, y que garanticen que acompañarán su firme condena de la violencia contra las mujeres con programas de protección, prevención y justicia y financiación adecuados ...
En el caso del Congreso mexicano, durante la Legislatura LXI se aprobó una serie de reformas a diversos ordenamientos como el Código Penal Federal, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, incorporando a la legislación la obligación de las instituciones y entidades federativas de adoptar lo establecido en la sentencia Campo Algodonero por la CoIDH. Además de incorporarse en el Código Penal el delito de Feminicidio. Estas reformas fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 14 de junio de este año.
Con base en lo anterior, el artículo 49 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece:
Artículo 49. Corresponde a las entidades federativas y al Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto por esta ley y los ordenamientos locales aplicables en la materia:
XXIII. Crear un registro público sistemático de los delitos cometidos en contra de mujeres, que incluya la clasificación de los hechos de los que tenga conocimiento, lugar de ocurrencia y lugar de hallazgo de los cuerpos, características socio demográficas de las víctimas y del sujeto activo, especificando su tipología, relación entre el sujeto activo y pasivo, móviles, diligencias básicas a realizar, así como las dificultades para la práctica de diligencias y determinaciones; los índices de incidencia y reincidencia, consignación, sanción y reparación del daño. Este registro se integrará a la estadística criminal y victimal para definir políticas en materia de prevención del delito, procuración y administración de justicia;
XXIV. Elaborar y aplicar protocolos especializados con perspectiva de género en la búsqueda inmediata de mujeres y niñas desaparecidas, para la investigación de los delitos de discriminación, feminicidio, trata de personas y contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual...
En importante señalar, que desde el año 2009 se ha incorporado de forma paulatina en diversos Códigos Penales la figura del feminicidio y, hasta la fecha, son 20 entidades federativas que consideran este delito.
Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Equidad y Género, somete a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente:
Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión hace un respetuoso exhorto al gobernador de Querétaro, licenciado José Eduardo Calzada Rovirosa, a hacer del conocimiento público la información y la razón por la cual se dio un grave incremento de secuestros y desapariciones de personas en el estado, así también, para que conmine al licenciado Arsenio Durán Becerra, titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Querétaro, a cumplir sin omisión alguna con las tareas que las leyes le asignan, a informar a detalle a esta soberanía sobre cada uno de los casos denunciados con apego a la verdad y a referirse con respeto a familiares y víctimas.
Segundo. Al honorable Congreso del estado de Querétaro a realizar los trabajos legislativos pertinentes para tipificar en esta Entidad el delito de feminicidio, considerando la redacción del artículo 325 del Código Penal Federal.
Notas:
1 La Convención de Belém do Pará cuenta con 32 ratificaciones de Estados miembros de la OEA, con ello se convierte en el instrumento más ratificado del sistema interamericano de derechos humanos.
2 Naciones Unidas, Poner fin a la violencia contra la Mujer: De las palabras a los hechos; Estudio del Secretario General de Naciones Unidas, 2006.
3 Diez Andrea y Herrera Kenia, El tratamiento Violencia contra las mujeres. Tratamiento por parte de la justicia penal de Guatemala. Informe Final de Guatemala. Disponible en Internet:
http://www.cejamericas.org/doc/proyectos/informe_guatemala.pdf (2 de noviembre 2011).
4 Cfr. CIDH, 1nforme Acceso a la Justicia para Mujeres Víctimas de Violencia en las Américas; OEA/Ser.L/V/II. Doc. 68, 20 enero 2007. Disponible en Internet: http://www.cndh.org (2 de noviembre de 2011).
5 El concepto de femicide, de acuerdo a Diana Russell, fue utilizado por primera vez públicamente en inglés en el año 1801 en un artículo, para referirse al asesinato de una mujer. La misma Russell lo utilizó en 1976 ante el Tribunal Internacional sobre Crímenes contra las Mujeres, realizado en Bruselas. Ella lo define como el asesinato de mujeres por hombres, por ser mujeres. En 1992 Diana Russell y JiII Radford plantean que el femicide está en el extremo final del continuum del terror contra las mujeres, el cual incluye una gran variedad de abusos verbales y físicos, como la violación, la tortura, la esclavitud sexual (particularmente en prostitución), el incesto y el abuso sexual infantil extrafamiliar, la agresión psicológica, el hostigamiento sexual, entre otras. Cfr. Russell, Diana E. y Harmes, Roberta A. Feminicidio: una perspectiva global. Centro de Investigaciones Interdisciplinarias en Ciencias y Humanidades, UNAM. México, 2006, pp. 75-76. Tomando como base el trabajo de Radford y Russell, Marcela Lagarde construyó el concepto de feminicidio. En sus diferentes análisis la autora señala que en castellano feminicidio es una voz homóloga a homicidio y solo significa asesinato de mujeres. En su opinión, Russell y Radford definen el feminicidio como crimen de odio contra las mujeres, como el conjunto de formas de violencia que, en ocasiones, concluyen en asesinatos de mujeres, por lo que en su concepto, sería insuficiente utilizar feminicidio para denominar estos homicidios que incluyen el elemento de odio contra las mujeres. La explicación del feminicidio, se encuentra en el dominio de género caracterizado tanto por la supremacía masculina como por la opresión, discriminación, explotación y, sobre todo, exclusión social de niñas y mujeres, legitimado por una percepción social desvalorizadora, hostil y degradante de las mujeres. La arbitrariedad e inequidad social se potencian con la impunidad social y del Estado en torno a los delitos contra las mujeres, lo cual significa que la violencia está presente de formas diversas a lo largo de la vida de las mujeres antes del homicidio y que, aún después de perpetrado el homicidio, continúa la violencia institucional y la impunidad. Cfr. Peritaje presentado por la doctora Lagarde para el Caso Campo Algodonero vs. Estados Unidos Mexicanos. Disponible en internet: www.feminicidios-campoalgodonero.org.mx. (2 de noviembre 2011). Por su parte, Julia Monárrez, realizando un análisis sobre la situación de violencia extrema contra las mujeres en Ciudad Juárez, define el feminicidio como el asesinato de mujeres cometido por hombres desde su superioridad de grupo; tiene que ver con los motivos, con las heridas que se infligen en el cuerpo de la mujer...; o como el asesinato de mujeres por razones asociadas con su género. El feminicidio es la forma más extrema de violencia de género, entendida ésta como la violencia ejercida por los hombres contra las mujeres en su deseo de obtener poder, dominación o control. Incluye los asesinatos producidos por la violencia intrafamiliar y la violencia sexual. Cfr. Peritaje presentado por la doctora Julia Monárrez para el caso Campo Algodonero vs. Estados Unidos Mexicanos. Disponible en Internet: www.feminicidios-campoalgodonero.org.mx. (2 de noviembre 2011).
6 Corte IDH. Caso González y otras (Campo Algodonero) vs. México. Excepción Preliminar; Fondo, Reparaciones y Costas, sentencia del 16 de noviembre de 2009, serie C, número 205, párr. 129.
7 Naciones Unidas, Informe de México producido por el CEDAW bajo el artículo 8 del Protocolo Facultativo de la Convención y respuesta del Gobierno de México, CEDAW/C/2005/0P.8/MÉXICO, 27 de enero de 2005 en Ibídem, párr. 152.
8 Corte IDH. Caso González y otras (Campo Algodonero) vs. México. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas, supra nota 6, párr. 133.
9 Resolución del Parlamento Europeo, de 5 de mayo de 2010, sobre la Estrategia de la UE para las relaciones con América Latina (2009/2213(INI) Disponible en: http://www.europarl.europa.eu/ (2 de noviembre de 2011).
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de diciembre de 2012.
La Comisión de Equidad y Género, diputadas: Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica); presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica en contra), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica en contra), María Guadalupe Sánchez Santiago, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), secretarias; Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica en contra), Adriana Hernández Íñiguez, María Esther Garza Moreno (rúbrica), María Carmen López Segura (rúbrica en abstención), Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Maricruz Cruz Morales (rúbrica en contra), Margarita Licea González, Leticia López Landero, Flor de María Pedraza Aguilera, María Celia Urciel Castañeda (rúbrica), Allieth Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Lorenia Ivette Valles Sampedro (rúbrica), Julisa Mejía Guardado, María Guadalupe Moctezuma Oviedo, Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado.»
EXHORTO A LOS EJECUTIVOS FEDERAL Y ESTATALES A ESTABLECER DE MANERA CORRESPONSABLE CENTROS DE JUSTICIA PARA MUJERES Y REFORZAR LOS EXISTENTES
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: «Dictamen de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Ejecutivos federal y estatales a establecer de manera corresponsable centros de justicia para mujeres y reforzar los existentes
Honorable Asamblea:
La Comisión de Equidad y Género, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la Honorable Asamblea, el siguiente dictamen.
Antecedentes
1. En sesión celebrada el 6 de febrero de 2013, la diputada Carmen Lucía Pérez Camarena, del Grupo Parlamentario del PAN, presentó la proposición con Ejecutivo federal y a los Ejecutivos estatales, para que de manera corresponsable establezcan Centros de Justicia para Mujeres, y para que sean reforzados en aquellas entidades donde ya existen.
2. Con la misma fecha, la Mesa Directiva decidió turnarla a la Comisión de Equidad y Género, para dictamen. Turno recibido en esta comisión el 7 de febrero.
Contenido de la proposición
Las consideraciones en las que basa su propuesta la diputada Carmen Lucía Pérez Camarena, son contundentes y precisas. Se refiere a que a pesar de que el acceso a la justicia es un derecho, y de que el Estado tiene la obligación y la responsabilidad de brindarlo, la violencia contra las mujeres prevalece, aún con todos los esfuerzos que se han hecho en la materia, manifestándose en distintas formas y magnitudes.
La promovente proporciona cifras y datos sobre la materia, así como diversas estadísticas obtenidas durante el sexenio pasado, ya que en dicho periodo el gobierno federal, a través de la Secretaría de Gobernación y la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), erogó 42 millones de pesos para construir los Centros de Justicia para las Mujeres (CJM).
La diputada explica que en 2012 se financiaron y se encuentran en etapa de habilitación o construcción los CJM en Cuautitlán Izcalli, México; Puebla, Puebla; Oaxaca, Oaxaca; y Azcapotzalco, Distrito Federal. Y que el objeto o fin de estos CJM es la creación de espacios libres de violencia que contribuyan a prevenir la comisión de delitos derivados de la violencia de género, así como fomentar el incremento de las denuncias con un seguimiento puntual que reduce la impunidad y brinda la restitución del daño a las víctimas.
Dichos centros se basan en la coordinación de instancias gubernamentales, del Poder Judicial y de organizaciones de la sociedad civil. Su trabajo tiene como objetivo ofrecer servicios coordinados y bajo un mismo techo a personas usuarias víctimas de violencia y a sus hijos para facilitarles el acceso a la justicia, lo cual favorece que inicien un proceso de autovaloración que las lleve a detener la violencia que viven, además, se les proporcionan a las mujeres servicios integrales que contribuyan a la toma de decisiones que las acerquen al ejercicio de sus derechos y a la construcción de nuevos proyectos de vida para ellas y sus familias.
A través de estas instancias las mujeres que viven violencia, reciben atención especializada en un ambiente confidencial y seguro.
Asimismo indica que la Conavim informa que, actualmente, operan CJM en Campeche, Ciudad Juárez, Chihuahua y Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
En virtud de lo anterior, es importante que todos los gobiernos estatales del país garanticen el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, así como a sus hijas e hijos, a través de acciones como la instauración de los Centros de Justicia para las Mujeres, que contengan mecanismos y recursos integrales legales, psicológicos y de apoyo en todo el proceso, a fin de que se respete cada uno de sus derechos, su integridad física, de conformidad con nuestros ordenamientos, respetando en todo momento su dignidad y sus derechos humanos, por lo que se hace urgente y necesario que por lo menos se edifique en cada estado un centro de justicia para las mujeres.
Por lo anterior, la diputada promovente presenta la siguiente proposición con punto de acuerdo:
Único. La Cámara de Diputados exhorta a los Ejecutivos federal y estatales a establecer de manera corresponsable centros de justicia para mujeres; y de los segundos, a los que ya cuentan con dichos centros, a reforzarlos en beneficio de las mujeres de las respectivas entidades.
Consideraciones
El 18 de diciembre de 1979, la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, entrando en vigor como Tratado Internacional en septiembre de 1981, tras su ratificación por 20 países, incluido México.
Por su parte, la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer de la Asamblea General de las Naciones Unidas, define como violencia de género como: Todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas o tales actos, la coacción o privación arbitraria, tanto si se producen en la vida pública o privada.
Con fecha 1 de febrero de 2007, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia.
De acuerdo a lo dispuesto por los tratados internacionales de protección de los derechos humanos de las mujeres suscritos por el Estado mexicano, particularmente, la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Atender, Sancionar y erradicar la Violencia contra las Mujeres (Belém Do Pará), así como las disposiciones de leyes específicas de protección a los derechos de las mujeres, particularmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia:
La violencia contra las mujeres es una grave violación a sus derechos humanos y algunas de sus manifestaciones, constituyen delitos que deben ser perseguidos y sancionados por los órganos responsables de la procuración e impartición de justicia, garantizando a las víctimas la reparación del daño.
Sin embargo, tal y como ha sido señalado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su Informe Acceso a la Justicia para las Mujeres Víctimas de Violencia en las Américas (2007), a pesar del reconocimiento formal y jurídico de los Estados de que la violencia contra las mujeres constituye un desafío prioritario, existe una gran brecha entre la incidencia y la gravedad del problema y la calidad de la respuesta ofrecida. Bajo este panorama, en distintas partes del mundo se han venido desarrollando iniciativas para atender adecuadamente a las mujeres víctimas de violencia a partir de un objetivo simple: proporcionar servicios integrales, más seguridad y acceso a la justicia para las mujeres víctimas.
Según datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH), realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en 2011, una de cada cuatro mujeres encuestadas fue víctima de algún tipo de violencia. La gran mayoría (87 por ciento) de las encuestadas reporta que fue violentada de manera emocional. La encuesta hace referencia a otro tipo de violencia como: Económica (48 por ciento de las encuestadas), física (15 por ciento), y sexual (9 por ciento). Hubo una minoría (1.5 por ciento) que no describió el tipo de violencia a la que fue sometida.
En el marco del proceso impulsado por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) para la creación de Centros de Justicia para las Mujeres en diferentes entidades del país, como política pública que se enmarca en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, apartado 3.5, relativo a la Igualdad de mujeres y hombres, al eliminar la doble injusticia que las mujeres enfrentan ante el sistema de justicia, por los obstáculos institucionales que perpetúan las situaciones de desigualdad, discriminación, violencia y maltrato en sus vidas, se impulsó con ayuda de los gobiernos estatales, la creación de los primeros Centros de Justicia para las Mujeres, sin embargo hasta la fecha este mérito no se ha conseguido en todos los Estados de nuestro país.
Los primeros Centros de Justicia para las Mujeres nacieron en nuestro país a partir de esta necesidad y consideraciones, a efecto de brindar atención oportuna concentrada en una sola sede, lo que supone ahorro de tiempo, desplazamientos y trámites a las víctimas y ventajas en el sentido de que la definición del proceso completo supone evitar intervenciones inútiles, repetidas e innecesarias por el sistema, con la finalidad de favorecer el respeto, goce y garantía del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
En ocasiones las y los servidores públicos generan una doble o triple victimización al no cumplir con su obligación de respetar la dignidad de las víctimas, investigar los delitos con diligencia y sin omitir pruebas en la integración de expedientes, acciones que redundan en la impunidad y constituyen actos de violencia institucional establecidos en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Esta comisión considera que es imperante coadyuvar con cualquier acción orientada a fortalecer a las instituciones públicas que apoyan a las mujeres que sufren violencia en cualquiera de sus manifestaciones, y que tienen como propósito eliminar esta condición que afecta su integridad y dignidad.
Finalmente esta comisión considera que aprobar la proposición con punto de acuerdo de la diputada Carmen Lucía Pérez Camarena y, más aún, que el Ejecutivo federal y los Ejecutivos estatales atiendan el exhorto relativo que emita la honorable Cámara de Diputados, a efecto de que de manera corresponsable establezcan Centros de Justicia para Mujeres, y para que sean reforzados en aquellas entidades donde ya existen, contribuirá en parte a mermar los efectos del agravio comparado que viven las mujeres de los estados de nuestro país que no son protegidas o no tiene acceso a estos Centros de Justicia para las Mujeres.
Por lo expuesto, la Comisión de Equidad y Género somete a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente
Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta a los Ejecutivos federal y estatales a establecer de manera corresponsable Centros de Justicia para Mujeres; y de los segundos, a los que ya cuentan con dichos Centros, a reforzarlos en beneficio de las mujeres de las respectivas entidades.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de marzo de 2013.
La Comisión de Equidad y Género, diputadas: Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel, Socorro de la Luz Quintana León (rúbrica), María Guadalupe Sánchez Santiago (rúbrica), Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), secretarias; Maricruz Cruz Morales, Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Adriana Hernández Íñiguez, Margarita Licea González (rúbrica), Leticia López Landero, Flor de María Pedraza Aguilera (rúbrica), María Celia Urciel Castañeda, Allieth Mariana Bautista Bravo, Julisa Mejía Guardado (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo (rúbrica), Lorena Ivette Valles Sampedro (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), Ruth Zavaleta Salgado (rúbrica).»
De la Comisión de Derechos de la Niñez... perdón.
El Presidente diputado José González Morfín: No, ésos ya no. Los 10.
Están a discusión los puntos de acuerdo de los 10 dictámenes de la Comisión de Equidad y Género. Para fundamentar todos estos dictámenes por la Comisión, tiene el uso de la tribuna la diputada Rosalba de la Cruz Requena.
La diputada Rosalba de la Cruz Requena:Honorable asamblea, hoy se enlistan en el orden del día nueve dictámenes de la Comisión de Equidad y Género en sentido positivo, mismos que serán sometidos a discusión durante la presente sesión, por lo que solicitamos que una vez dispensada la lectura nos permitan argumentar en bloque para solicitarles su voto a favor de todos y cada uno de ellos.Es evidente que a pesar de los avances en el reconocimiento de los derechos de las mujeres en nuestro país, especialmente el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y discriminación, aún tenemos una larga lista de pendientes; entre ellos destaca la obligación de visibilizar la necesidad de las mujeres de diversos sectores de la población, y a esos requerimientos responden los dictámenes de la Comisión de Equidad y Género que hoy se someten a votación.
Cualquiera que sea su condición, las mujeres siguen siendo víctimas de diversas formas de violencia: en sus hogares, en la comunidad, en las escuelas, en los centros de trabajo y en las instituciones, tanto por conocidos como por desconocidos. Seguimos siendo discriminadas para accesar al empleo, a la educación y a mejores condiciones de vida. Seguimos siendo las más pobres entre los pobres.
Las diputadas integrantes de la Comisión de Equidad y Género, conscientes de esta situación, trabajamos y analizamos a profundidad cada uno de los puntos de acuerdo llegando a la conclusión de que cada uno de los aprobados presenta un acto de justicia para las mujeres.
Dictaminamos los puntos de acuerdo desde la perspectiva de la armonización legislativa y de acuerdo con el artículo 1o. constitucional, que nos obliga a normar nuestro criterio legislativo de acuerdo a los instrumentos internacionales de derechos humanos de las mujeres.
Nuestra labor legislativa debe obedecer a la progresividad de los derechos; su omisión representa una falla grave al compromiso que esta Legislatura hemos adquirido con las mujeres.
Las legisladoras y legisladores no debemos representar un impedimento para resolver las necesidades específicas de las mujeres, sino todo lo contrario, nos corresponde facilitar el acceso y ejercicio de sus derechos.
Desde el Congreso, especialmente desde la Comisión de Equidad y Género, nos hemos comprometido a combatir la violencia contra las mujeres con la visión de género, a través de la hechura de reformas, posicionamientos, acciones legislativas y nuevas leyes que signifiquen verdaderos avances legislativos que se inscriban en el cumplimiento de los compromisos internacionales.
El Estado mexicano, al suscribir y ratificar la CEDAW, como parte de la Convención de Belém do Pará, se comprometió a tomar las medidas necesarias, entre ellas, las de carácter legislativo para modificar, abolir leyes y reglamentos vigentes, o para modificar prácticas jurídicas o consuetudinarias que respalden la persistencia o la tolerancia de la violencia contra las mujeres, así como establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia y que incluya, entre otras medidas de protección, un juicio oportuno y el acceso efectivo a todos los procedimientos. Son los siguientes dictámenes de punto de acuerdo:
Con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal que fortalezca los programas e instrumentos de atención para combatir la violencia contra las niñas y las mujeres, a efecto de que ésta puede ser implantada de manera efectiva y equitativa.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Sagarpa a incrementar los apoyos a favor de las mujeres rurales.
Con punto de acuerdo relativo a lo sucedido en Tacotalpa, Tabasco.
Punto de acuerdo relativo a la revisión de las reglas de operación de los programas contenidos en el Anexo 10, Erogaciones por la igualdad entre hombres y mujeres, conforme a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación del 2012.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos estatales a armonizar su legislación con lo establecido a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Penal Federal, en materia de feminicidios.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría General de Justicia de Sinaloa a aplicar en coordinación con la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas medidas a fin de atender el creciente índice de feminicidios en el estado.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos estatales a armonizar su legislación conforme a lo establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de acceso pleno y permanencia de las mujeres en cargos de elección popular.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobernador de Querétaro en relación a la ola de secuestros y desapariciones en esa entidad y al Congreso local a realizar trabajos legislativos para tipificar el feminicidio.
El Presidente diputado José González Morfín: Permítame un momento, diputada. Dígame, diputado Camarena.
El diputado Felipe Arturo Camarena García(desde la curul): Muchas gracias, presidente. Nada más pedirle con todo respeto que si puede hacer aplicar el artículo 115 de nuestro Reglamento, para que ponga orden en esta sala. Lamentablemente, se están tratando puntos a discusión muy importantes de la Comisión de Equidad y Género, y que parece que a ninguno de los diputados les interesa lo que está sucediendo en ello. Le pido, con todo respeto, que ponga orden en la sala, señor.El Presidente diputado José González Morfín: Sí, tiene usted toda la razón diputado. Pediría a todos los compañeros su colaboración para entrar a la discusión de este paquete de dictámenes, que es muy importante.
También pido a las autoridades administrativas de la Cámara que nos ayuden liberando los pasillos de gente que no tiene que estar aquí adentro y que nada más está distrayendo el trabajo de los legisladores. Gracias. Continúe, diputada.
La diputada Rosalba de la Cruz Requena: Gracias, señor presidente. Punto de acuerdo por el que se solicita a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la Procuraduría General de la República, a colaborar con la Procuraduría estatal en las investigaciones relacionadas con los feminicidios ocurridos en Tula, Hidalgo.
Compañeros, no olvidemos que la feminidad ya no se limita a la sensibilidad y a la pasividad o a la maternidad, como algunos todavía piensan y creen, la mujer del siglo XXI es creativa e innovadora.
En México las mujeres constituyen más de la mitad de la población y han traspasado la etapa de la reivindicación para ser parte sustancial del desarrollo económico, político, social y cultural de nuestro país.
Por lo anterior, nuevamente, compañeras y compañeros legisladores, les solicitamos votar a favor de estos dictámenes. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Están a discusión los puntos de acuerdo.
Para referirse al que tiene que ver con un exhorto al titular de la Sagarpa para incrementar los apoyos a favor de las mujeres rurales, tiene el uso de la voz la diputada Lorena Méndez, de Movimiento Ciudadano.
La diputada Lorena Méndez se va a referir, en primer término, al dictamen por el que se solicita al Ejecutivo federal fortalezca los programas y los mecanismos de atención para combatir la violencia contra niñas y mujeres. Perdón, la equivocación fue mía. Adelante, diputada.
La diputada Lorena Méndez Denis:Muy buenas tardes, presidente de la Mesa Directiva, compañeras diputadas y compañeros diputados. La violencia contra la mujer, especialmente la ejercida por su pareja, y la violencia sexual constituyen un grave problema de salud pública y una violación a los derechos humanos de las mujeres.Según informes publicados por la Organización Mundial de la Salud el 71 por ciento de las mujeres de 15 a 49 años refirieron haber sufrido violencia física y/o sexual por parte de su pareja en algún momento de su vida.
La Organización Mundial de la Salud define a la violencia contra la mujer como todo acto de violencia de género que resulte o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se produce en la vida pública como en la privada.
El dictamen a discusión pretende fortalecer los programas e instrumentos implementados por los tres órdenes de gobierno, a fin de que sean respetados a cabalidad los derechos de la mujer y debido a la falta de mecanismos que hagan cumplir la ley.
Los costos sociales y económicos de este problema son enormes y repercuten en toda la sociedad. Las mujeres pueden llegar a encontrarse aisladas e incapacitadas para trabajar, perder su sueldo, dejar de participar en actividades cotidianas y ver mermada sus fuerzas para cuidar de sí mismas y de sus hijos.
Desgraciadamente la normatividad vigente en el país referente a proteger de los abusos cometidos contra el género femenino no ha sido suficiente, es necesario poner en marcha políticas públicas que ayuden a mejorar los mecanismos de protección a sus derechos fundamentales, además de dotar de mayores recursos a las instituciones encargadas de velar por los derechos de las mismas.
Es por eso que el Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano se muestra a favor del presente dictamen debido a que es necesario erradicar la violencia contra niñas y mujeres, a fin de garantizar el respeto a sus derechos fundamentales, lo cual les permitirá mejorar su calidad de vida. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada. Ahora sí, para referirse al dictamen por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a incrementar los apoyos a favor de las mujeres rurales, tiene el uso de la voz la diputada Aída Fabiola Valencia Ramírez.
La diputada Aída Fabiola Valencia Ramírez:Con su venia, señor presidente. Muy buenas tardes. Es una lástima que a pesar de la infinidad de tratados internacionales y de preceptos legales que existen dentro de nuestro marco jurídico en torno a la igualdad, a la equidad, a la no discriminación, al derecho a la salud, al agua, a la cultura, al deporte, entre otros, que en la práctica ésta simplemente sea letra muerta y tengamos que recurrir a estos exhortos para que las instituciones obligadas a brindar el abanico de oportunidades recuerden que tienen la tarea de cumplir y hacer cumplir las leyes, tal y como todos los que ocupamos un cargo público lo protestamos al inicio de nuestra función.Resulta increíble también, que aun cuando es obligación del Estado velar por la aplicación de los recursos de manera equitativa, éstos sean aplicados de forma sesgada, siendo las zonas rurales las menos favorecidas y de ahí las más afectadas sean las mujeres del campo, a quienes no se les brinda la posibilidad de elevar su nivel de vida y desgraciadamente cuando busca alguna alternativa a su situación, en muchos de los casos se encuentran con la brutal discriminación de misóginos y racistas, como el caso públicamente conocido de un conductor de televisión, por citar un ejemplo.
Por eso es que el punto de acuerdo a discusión resulta de suma importancia, debido a que destaca el papel de las mujeres en actividades productivas en las comunidades rurales, posicionándolas como un eje toral de la productividad y el desarrollo de la nación.
Por lo tanto, para los diputados de Movimiento Ciudadano representa una violación flagrante al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la forma inequitativa en la que se destinan los recursos hacia las mujeres. Pero sobre todo a las mujeres rurales, siendo que el impulso de las capacidades y habilidades de las mujeres debe establecerse como eje rector en cada una de las políticas y programas del Estado y como una meta para los gobiernos.
Como mexicanos, pero sobre todo como legisladoras y legisladores, tenemos que la obligación de conducirnos en un plano de igualdad, con una visión incluyente y federalista, incidiendo en el desarrollo y bienestar de la sociedad en su totalidad.
Por las razones vertidas, Movimiento Ciudadano, como Grupo Parlamentario, considera impostergable que se incluya y se cumpla de manera tajante con los programas rectores en materia de igualdad de género y la participación de las mujeres y hombres rurales e indígenas en todas las instancias de la administración pública federal.
En consecuencia, apoyamos la propuesta de exhortar al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que incremente los apoyos en favor de las mujeres rurales, los cuales les permitan adquirir y producir sus tierras y, por ende, ejerzan ellas y sus familias su derecho a la salud y a la educación como lo marca nuestro máximo ordenamiento jurídico.
Basta ya de utilizar los programas como botín político; basta ya de utilizar a las mujeres rurales y a los hombres rurales simplemente como la máquina de hacer votos; basta ya de estar burlándonos de las zonas rurales. Muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada. Tiene ahora el uso de la voz la diputada Nelly Vargas, para referirse al dictamen relativo a lo sucedido en Tacotalpa, Tabasco.
La diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez:Con su venia, señor presidente. Muy buenas tardes, compañeras y compañeros diputados federales. La extrema violencia en contra de las mujeres en Tabasco ha sido uno de los más graves focos rojos para la alarmante descomposición social, principalmente en el municipio de Tacotalpa en los años recientes.Los crímenes dolosos e impunes y la trata de personas, en el caso específico de esta entidad, son una de las preocupaciones más grandes, en donde deberían estar presentes las autoridades correspondientes de preservar y hacer cumplir los derechos humanos.
Es de verdad indignante que en un periodo de solo cuatro años, del 2005 al 2009, se hayan iniciado 124 averiguaciones previas por asesinato en contra de mujeres y que solo se hayan podido resolver 30.
Es inaceptable que ni las propias autoridades, supuestamente competentes, sepan con exactitud el número de víctimas y desaparecidas arrebatadas por cobardes sin rostro. Son insensibles las respuestas indolentes ante la falta de eficacia respecto a tales atrocidades.
Los feminicidios en México son un problema que desde principios de 1990 no alcanza un estatus de seria importancia para el gobierno federal, ya que hasta el 2003, es decir desde hace solo 10 años, se pudo calificar la violencia en contra de la mujer como feminicidio.
Una década entera de formas extremas de maltratos y violentos asesinatos tuvieron que pasar para poder tipificar estas violaciones a los derechos humanos de las mujeres; durante más de una década Ciudad Juárez fue epicentro de los feminicidios en México, acaparando las miradas del ámbito nacional e internacional, debido a la impotencia provocada por la impunidad ante los escabrosos hechos.
Estas lamentables últimas circunstancias en el estado de Tabasco acentúan la evidencia de que este tipo de violencia de género no es única y exclusiva de Ciudad Juárez, sino que es una realidad latente que persiste en todo el país.
Este fenómeno adquiere una forma continua de violencia sexual, donde prevalecen los actos que atentan la integridad, los motivos, el desequilibrio de poder entre los sexos en las esferas económicas, políticas y sociales.
Sin duda es una situación que hay que erradicar desde la educación en nuestros niños y jóvenes, para así poder cambiar la cultura de violencia de género basada en patrones de masculinidad que predominan históricamente en nuestro país.
Según el Instituto Nacional de las Mujeres y la Organización de las Naciones Unidas, al menos 34 mil mujeres han sido presuntamente violentadas hasta la muerte en los últimos 25 años.
Cada año en nuestro país mueren por causas violentas alrededor de 5 mil 200 mujeres entre 15 y 49 años, cifras que son verdaderamente preocupantes, más las últimas mujeres asesinadas estas semanas en Chihuahua y en Ciudad Juárez.
Por lo anterior, en el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano condenamos arduamente los feminicidios en el municipio de Tacotalpa, y en Tabasco, y creemos que por la gravedad del delito la Secretaría de Gobernación deberá asignar partida en las indagaciones para instalar de manera inmediata la alerta de género en las indagaciones en el municipio tabasqueño y en el estado de Tabasco.
Estamos convencidos de que las políticas empleadas por los tres órdenes de gobierno para reducir los casos de feminicidios y trata de personas no han sido los correctos; es por eso que exhortamos a que se abogue por los adecuados elementos objetivos que permitan una correcta y sistemática admisibilidad de la violencia de género en los códigos penales dentro de todos los niveles.
Por último, consideramos que la violencia de género es un tema de suma importancia, el cual sigue nublando al país con hechos detestables y cobardes, por lo que no debemos descansar hasta encontrar las medidas efectivas y eficientes que pongan un final definitivo a estas brutales situaciones. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada. Tiene ahora el uso de la voz el diputado Juan Luis Martínez, para referirse al dictamen relativo a la revisión de las reglas de operación de los programas del Anexo 10.
Aprovecho la oportunidad para dar la más cordial bienvenida a un grupo de estudiantes de derecho de la Universidad Mexiquense del Bicentenario, plantel San José del Rincón, que están hoy aquí invitados por el diputado José Rangel Espinosa. Bienvenidos todos y todas a esta sesión de la Cámara de Diputados.
El diputado Juan Luis Martínez Martínez:Con su venia, señor presidente. Revertir la discriminación no es cosa fácil, en primer lugar, porque responde a conductas que se afianzan durante mucho tiempo en la cotidianeidad de la vida diaria y van cobrando fuerza conforme las personas o sociedades las integran en su actuar de forma casi inconsciente.En segundo lugar, no es fácil revertirla, porque justamente esa cotidianeidad, afianzada por el tiempo y reforzada por la colectividad, provoca que no sea tan comprensible ni tan clara la necesidad de implantar acciones afirmativas y medidas especiales para destruir una idea que de antaño es discriminatoria.
Es necesario visibilizar claramente cuáles son los aspectos que se deben combatir y contemplar para lograr la igualdad; es necesario dejar muy claro cómo es que se pretenderá lograr eliminar la discriminación, sobre todo si se trata de un programa de gobierno que además ejercerá recursos públicos.
El Anexo 10 del Presupuesto de Egresos de la Federación efectivamente contempla las erogaciones para la igualdad entre las mujeres y los hombres; sin embargo, coincidimos con las y los promoventes y consideramos que no se hacen visibles las diferencias entre hombres y mujeres en los ámbitos de ejecución de cada programa de los que contempla el mencionado anexo.
Consideramos muy pertinente exhortar a las secretarías de la Función Pública, de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión Federal de la Mejora Regulatoria para que emitan los lineamientos, a fin de que todas las reglas de operación de los programas de la administración pública federal consideren el principio de igualdad de género en su elaboración o actualización, porque el combate a la discriminación debe ser un tema transversal.
La búsqueda de la igualdad no se satisface de forma residual, no se puede pretender implementar un programa a favor de la igualdad y pensar que se ha hecho ya lo suficiente; al contrario, el combate a la discriminación no es accesorio, sino debe ser lo principal. A la par que todos los programas de gobierno, debe operar una perspectiva de igualdad entre mujeres y hombres y entre todas las personas en general.
Es por ello que apoyaremos el punto de acuerdo que hoy se somete a votación para que las reglas de operación de los programas visibilicen la desigualdad imperante y se actúe en consecuencia. La igualdad entre las personas no podrá ser lograda exclusivamente por la autoridad, es necesaria la participación activa de todas las personas.
Sin embargo, por supuesto que es la autoridad quien debe erigirse como punta de lanza, ya que tiene una obligación con toda la población, además porque administra los recursos de los mexicanos.
Se deben de armonizar y recomponer los programas operativos, manuales de procedimiento y reglas de operación que permitan establecer sinergias con el principio de igualdad.
Coincidimos además especialmente en el dictamen con lo que respecta a que la transversalización de la perspectiva de género conlleva, no solamente la incorporación del análisis de género en las estructuras existentes, sino también herramientas que deben tomarse en cuenta e incluirse al interior de las instituciones tanto públicas como privadas.
Las mujeres y los hombres y todas las personas somos iguales y así lo deben reflejar los programas de gobierno.
Compañeras y compañeros, precisamente el día de mañana se cumple un aniversario más de la muerte del general Zapata y el campo, el sector agrario, está devastado por las drásticas reglas de operación que nos imponen y es una deuda histórica que se tiene con este importante sector rural, que es el que contribuye a la grandeza del pueblo de México. Es cuanto, compañeras y compañeros.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Tiene ahora el uso de la tribuna el diputado Francisco Coronato, para referirse al punto de acuerdo por el que se exhorta a los Congresos de los estados a armonizar su legislación en materia de feminicidios.
El diputado José Francisco Coronato Rodríguez:Con su venia, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados, la violencia contra las mujeres no puede ser vista de manera aislada, es un problema social que nos debe involucrar a todas y todos. Ésta ocurre principalmente en la familia, aunque también en el trabajo o escuela, y lo más grave es que es tolerada y en ocasiones perpetrada por el Estado, mismo que vuelve a victimizar a estas víctimas de este tan deleznable delito.No se trata de incidentes azarosos sin conexión entre sí, sino de los resultados de las relaciones estructurales de desigualdad entre hombres y mujeres que durante años se han sistematizado en nuestra vida diaria, derivado de la falta de una cultura a la igualdad y a la dignidad de todo ser humano.
El caso extremo al que llega esta situación son los feminicidios, los cuales en nuestro país han llegado a niveles alarmantes; en 2007 se realizaban tres homicidios dolosos de mujeres por día; en 2008 la cifra aumentó a cuatro; en 2009 a cinco, y actualmente se cometen de cuatro a cinco homicidios contra mujeres cada día.
Los últimos dos años del sexenio anterior dejaron un saldo de 4,112 asesinatos de mujeres y 3,976 desparecidas. Tan solo en Nuevo León, en 2012, fueron asesinadas 132 mujeres, creciendo el índice de feminicidios estatal en 698 por ciento.
Asimismo se tiene una cifra de 500 niñas y jovencitas, dentro de 10 y 20 años, desaparecidas. Lo cual nos lleva a otro problema intrínsecamente relacionado con el que discutimos: la trata con fines de explotación sexual y laboral.
Tristemente el problema no es exclusivo de un estado, esta situación tan denigrante sucede en la mayoría de las entidades federativas de la República, por lo que las políticas que combatan dicha acción deben ser apoyadas en todo el territorio nacional.
El aumento de la violencia feminicida está estrechamente relacionado con la negativa de algunos estados a declarar la alerta de género. Chihuahua, Veracruz, el estado de México, Nuevo León, Morelos, Chiapas y Guerrero son los estados con mayor índice de violencia contra mujeres, lo cual significa que se requiere mayor atención de las autoridades, más recursos federales y mejores acciones para erradicar las agresiones contra este sector de la población.
Cada vez son más el número de mujeres asesinadas y son mayores los índices de violencia y exhibición de sus cuerpos. ¿Cuánto tiempo más esperaran los Congresos estatales para emprender acciones legislativas que armonicen su legislación conforme a lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y en el Código Penal Federal, en materia de los feminicidios?
En Movimiento Ciudadano somos conscientes de que estamos ante un grave problema y que es nuestro deber, como legisladores, terminar con las prácticas atroces que han ocurrido en todas las regiones del país, las cuales están relacionados con la trata de personas, prostitución forzada, violencia familiar y explotación.
Nuestras mujeres merecen un trato digno acorde a lo que son: seres humanos únicos e irrepetibles, dotados de dignidad. Así como de una mejor atención como consecuencia de las autoridades tanto federales como estatales. No podemos ni debemos perder más tiempo, no podemos permitir que una mujer más sea víctima de la violencia feminicida.
Por lo anteriormente expuesto, compañeras y compañeros, el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano votará a favor de este acuerdo. Es cuanto.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Habiéndose agotado la lista de oradores, procede pasar a recoger la votación económica para ver si se aprueban los puntos de acuerdo.
El Grupo Parlamentario del PRI... perdón. ¿Sobre cuál dictamen?
El diputado Ricardo Mejía Berdeja(desde la curul): Señor presidente, sobre el dictamen de Tula, Hidalgo.El Presidente diputado José González Morfín: El de Tula, Hidalgo, perdón. Perdón, diputado. Tiene el uso de la voz el diputado Ricardo Mejía, para referirse al dictamen que tiene que ver con los feminicidios en Tula, Hidalgo.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja: Gracias, presidente. En primer término, felicitar a la Comisión de Equidad y Género, y aunque sé que hay premura porque la sesión pueda continuar y terminar, para nosotros es un tema fundamental; este punto de acuerdo fue propuesto por el diputado Ricardo Monreal y el de la voz y fue dictaminado positivamente por la Comisión.
Para nosotros lo hemos señalado el tema de los feminicidios y de la violencia en cualquier manifestación económica, laboral, política o sexual contra las mujeres es un tema de primer orden en la agenda nacional. Nos parece muy grave que todos los días, en diferentes partes del país, se sigan presentando homicidios incalificables de mujeres, donde llevan implícitos no solamente una conducta delictiva o antisocial, sino un asunto de odio, un asunto de generar un daño, un sufrimiento, una denigración.
Por eso propusimos que en el caso de los feminicidios que se han presentado en Tula, Hidalgo, como en otras partes del país aquí se han tratado de otras regiones del país se exhortara a la Procuraduría General de Justicia de esa entidad a investigar a fondo, con diligencia, profesionalismo este caso aberrante. De igual manera, a que la Procuraduría General de la República, a través de la Fiscalía especializada, tomara cartas en el asunto.
Aquí queremos aprovechar para comentar que las fiscalías especiales en la Procuraduría General de la República, en particular la que tiene que ver con los delitos de violencia contra las mujeres y trata de personas, tienen que mantenerse. Sabemos por ahí que hay una propuesta de reestructuración, pero nos parece que este delito por su impacto social, por su impacto humanitario tiene que tener la mayor atención del Estado mexicano y de las dependencias de procuración de justicia en el país.
Por esa razón, nosotros estamos impulsando este tipo de iniciativas y queremos que esta Cámara siga avanzando también en la penalización y el combate a los delitos de desaparición forzada y trata de personas que están, sobre todo el último, vinculados a estos hechos delictivos.
Felicitamos nuevamente a la comisión respectiva por estos puntos de acuerdo. Es cuanto.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. También me está solicitando hacer uso de la voz la diputada Lorenia Valles, para el dictamen que tiene que ver con el estado de Sinaloa. Se le concede el uso de la voz a la diputada Lorenia Valles.
La diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro:Muchas gracias, presidente, con su permiso. Posicionamiento del Grupo Parlamentario del PRD, sobre el dictamen con proposición con punto de acuerdo, presentado por la Comisión de Equidad y Género, mediante el cual la Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de Justicia del estado de Sinaloa a aplicar, en coordinación con la Fiscalía Especial para los Delitos contra las Mujeres y Trata de Personas, las medidas necesarias a fin de atender el creciente índice de feminicidios en la entidad.La violencia en el país no amaina. Cerca de 3 mil muertos en los primeros meses del sexenio de Enrique Peña Nieto nos indican que algo no está bien. A esto se le suma que en la zona noreste de nuestro país Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas, Durango y Zacatecas el riesgo de muerte para las mujeres aumentó en 400 por ciento y supera el 200 por ciento en la región de Sonora, Baja California, Baja California Sur y Sinaloa.
Las cosas andan muy mal para las mujeres pues siempre al final resultan víctimas, el objeto olvidado de una sociedad que se niega a reconocernos y visibilizarnos. Que quede claro, existimos, somos mexicanas y merecemos el pleno respeto a nuestra vida y a nuestras decisiones.
Es sumamente preocupante la situación, pues se estima que de cada diez, siete mujeres en el mundo sufrirán golpes, violaciones, abusos o mutilaciones a lo largo de sus vidas. En la mayoría de los casos, tristemente, dicha violencia se produce a manos de compañeros sentimentales y familiares.
No existen cifras confiables para conocer a ciencia cierta la magnitud de los feminicidios en nuestro país y en muchos de los casos se usan mediciones que no demuestran la verdad por completo; en otros, a veces se manejan las cifras casi en secreto por las autoridades, y por si fuera poco, las entidades federativas no han cumplido con integrar la base de datos sobre este delito.
Sobre trata de personas es muy preocupante, pues según la Comisión de Derechos Humanos, México ocupa el segundo lugar mundial en víctimas de trata, y a decir de la Procuraduría General de Justicia, es el tercer lugar a nivel mundial.
De frente a la nación no podemos esconder la verdad, la mayoría de las niñas, adolescentes y mujeres no la pasan bien en nuestro país; la pobreza las abruma, y por ende, el mercado de trata en México afecta a miles de niñas y mujeres.
Lamentablemente México lidera la trata de menores en América Latina, además de esto, se les suman los resultados del estudio nacional sobre las fuentes, orígenes y factores que producen y reproducen la violencia contra las mujeres, que arriba citamos ya algunos datos y que retomándolos nos indican que muchas cosas están mal en las estructuras gubernamentales, porque la violencia no baja.
En el caso del centro, sur, occidente y oriente el hogar sigue siendo el ámbito de mayor riesgo de homicidios para las mujeres y han aumentado en el país los ataques con arma de fuego, a golpes y violaciones hacia las mujeres. A esto hay que abonarle el hecho de que el 12 por ciento de las mujeres que fueron a interponer una denuncia ante las autoridades de procuración de justicia fueron objeto de violencia institucional y sus denuncias fueron ignoradas o menospreciadas.
Las mujeres indígenas reportan haber sido vendidas; las niñas y las adolescentes reportan violencia, prostitución infantil, acoso y abuso sexual, y muchas mujeres fueron esterilizadas contra su voluntad.
Las desapariciones y levantones de jóvenes mujeres se consideran una práctica cotidiana en muchos lugares de nuestro país, como es el caso de Culiacán, Sinaloa y Nogales, Sonora, entre muchas otras.
¿En dónde alzar la voz? ¿Cómo exigir que no haya ni una muerta más en ninguna parte de nuestro país, si no es desde esta tribuna, representante de hombres y mujeres por igual?
El Grupo Parlamentario del PRD exige: ni una muerta más en nuestro México.
Es por ello que votaremos a favor de este punto de acuerdo y esperemos que todos y cada uno de ustedes lo hagan en ese mismo sentido. Muchísimas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada. Voy a pedir ahora sí, a la Secretaría, que recoja la votación económica sobre los puntos de acuerdo, con excepción del número 9, el que está en el lugar número 9, que el Grupo Parlamentario del PRI ha pedido que se vote por separado; entonces, pediría a la Secretaría consulte a la asamblea, en votación económica, si se aprueban los puntos de acuerdo de los dictámenes enlistados del 1 al 8 y el número 10.
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se aprueban los puntos de acuerdo, del número 1 al 8 y el 10. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Aprobados los acuerdos, comuníquense.
Ahora pido a la Secretaría recoger la votación económica relativa al dictamen enlistado en el numeral 9, que se refiere al estado de Querétaro.
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se aprueba el punto 9.
El Presidente diputado José González Morfín: Permítame un momento, diputada. Sonido en la curul de la diputada Malú Mícher.
La diputada Martha Lucía Mícher Camarena(desde la curul): Gracias, señor presidente. Compañeros y compañeras, creo que es importante tomar en cuenta que los puntos de acuerdo que aprobó la Comisión de Equidad y Género son puntos de acuerdo para avanzar en el acceso al ejercicio de los derechos humanos de las mujeres.Si bien puedo entender la postura del PRI para separar la discusión del tema de Querétaro, le quiero pedir al Partido Revolucionario Institucional que lo vean como una oportunidad, estamos coadyuvando para que los gobiernos visibilicen a las mujeres y los probables problemas que están enfrentando las mujeres.
Desde mi punto de vista, menoscaba la autoridad de la Comisión de Equidad y Género y del trabajo en comisiones cuando separan un punto de acuerdo de los que hemos aprobado desde el 13 de diciembre.
Me parece que, si bien las diputada del PRI no votaron este punto de acuerdo a favor, es importante hacer un exhorto al Partido Revolucionario Institucional, en el buen sentido, porque es una oportunidad para el gobierno de Querétaro el tomar en cuenta este exhorto, no como una amenaza, no como un tema contradictorio, sino para avanzar y coadyuvar desde el Legislativo para que avance en acciones en contra de la violencia hacia las mujeres.
Por eso hago este exhorto, para que no se vote en contra y, sobre todo, para que toda la Cámara de Diputados mandemos una señal positiva a la nación a favor de los derechos humanos de las mujeres y de las niñas.
Entiendo el sentido del PRI, pero también tengo la responsabilidad, como presidenta de la Comisión de Equidad y Género, de hacer este llamado respetuoso y sereno al partido para que el punto de acuerdo de Querétaro sea votado a favor. Muchísimas gracias, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada. Me solicitó también, desde su curul, el uso de la voz el diputado Manuel Añorve y también la diputada Raquel Jiménez, en este orden. Sonido en la curul del diputado Añorve.
El diputado Manuel Añorve Baños(desde la curul): Muchas gracias, señor presidente. Declinamos que se separe, y pedimos se vote en su conjunto. Gracias.El Presidente diputado José González Morfín: Nada más que ya se votaron los otros nueve. Sonido en la curul de la diputada Raquel Jiménez.
La diputada Raquel Jiménez Cerrillo(desde la curul): Gracias, diputado presidente. En el mismo sentido del llamado que hace la diputada presidenta de la Comisión de Equidad y Género, la diputada Malú Mícher, exhortar a todos los compañeros diputados y a todas las compañeras diputadas a votar este punto de acuerdo a favor.Éste no es un exhorto en contra de una persona ni de un gobernador, es un llamado a cumplir con la responsabilidad para la cual fue electo y es solidarizarnos con las mujeres, con las madres de familia, con las hermanas, con las amigas de las personas desaparecidas.
¿Cuánto más tiempo debemos esperar? Hemos esperado del 25 de septiembre al día de hoy, seis meses y medio para poder votar este punto de acuerdo. Hoy hay familias enteras esperando, no seis meses, esperando día a día en el sufrimiento de no saber dónde está un familiar.
Convoco a todos, hago un llamado al sentido común y a nuestra responsabilidad social con esas familias para votar este punto de acuerdo a favor. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada. Me están pidiendo la palabra, pero tomando el sentido de la propuesta que hizo la diputada Malú Mícher, de integralidad de estos dictámenes, y en razón de lo que ha planteado el PRI de que no se le excluya, voy a pedirle a la Secretaría que se voten en conjunto los 10 puntos de acuerdo para que se pueda tener el sentido de la votación de toda la asamblea respecto a los 10 dictámenes en su conjunto.
Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueban los puntos de acuerdo de la Comisión de Equidad y Género.
La Secretaria diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se aprueban los puntos de acuerdo del numeral 1 al 10. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Aprobados los acuerdos. Comuníquense.
Me había pedido la palabra la diputada Blanca Jiménez.
La diputada Blanca Jiménez Castillo (desde la curul): Presidente, era en el mismo sentido, no hay objeción alguna.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Vamos a pasar ahora a la discusión de los tres dictámenes de la Comisión de Derechos de la Niñez. Voy a pedir a la Secretaría lea los encabezados de los tres dictámenes.
EXHORTO AL EJECUTIVO FEDERAL A ORGANIZAR E INSTALAR UN CONSEJO NACIONAL DE PRESTACION DE SERVICIOS PARA LA ATENCION, EL CUIDADO Y EL DESARROLLO INTEGRALES INFANTILES
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Dictamen de la Comisión de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a organizar e instalar un consejo nacional de prestación de servicios para la atención, el cuidado y el desarrollo integrales infantiles
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, le fue turnada para su análisis y dictamen correspondiente la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al ejecutivo federal a organizar e instalar antes de este 1 de diciembre el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, el Cuidado y el Desarrollo Integral Infantil.
La Comisión de la Niñez, con fundamento los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 67, 80, 84, 85, 157, 162, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes:
Antecedentes
Primero. Con fecha 28 de noviembre de 2012, los diputados Francisco Javier Fernández Clamont y Gerardo Xavier Hernández Tapia, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron ante el pleno de la Cámara de Diputados la Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al ejecutivo federal a organizar e instalar antes de este 1 de diciembre el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, el Cuidado y el Desarrollo Integral Infantil.
Segundo. En la misma fecha, la Mesa Directiva determinó turnarla a la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, para su análisis y dictamen.
Contenido de la proposición
Los diputados proponentes señalan que el entorno social y económico en que participa la mujer en la vida económicamente activa en la actualidad, por su preparación, aspiraciones profesionales o por necesidad económica, las ha llevado a desempeñarse en labores y responsabilidades de diversa índole, esto ha generado que las guarderías en México sean una prestación social o un servicio asistencial que además de contribuir al fortalecimiento de la economía doméstica de las familias, es un mecanismo de apoyo para el empoderamiento de la mujer y sobre todo el crecimiento y desarrollo pleno de los menores.
En ese sentido, señalan que a partir de los lamentables acontecimientos ocurridos en la guardería ABC en Hermosillo, Sonora en junio de 2009, donde lamentablemente murieron 25 niñas y 24 niños, y 70 más resultaron con lesiones respiratorias, del corazón y físicas; se iniciaron trabajos de análisis y desarrollo de un esquema normativo que regule, autorice, controle, supervise, evalúe y en su caso, sancione la operación de los Centros de Atención en los que se presta el servicio de guarderías en México.
Consideran que tristemente, los menores de edad se encuentran en muchos peligros durante la infancia, principalmente por riesgos de quemaduras. De acuerdo con la Fundación Michou y Maula tasa nacional promedio de quemaduras es 107.26 por cada 100 mil habitantes, lo que representa un promedio anual de quemados en los últimos 5 años de 113 mil 531 pacientes. Desafortunadamente la población infantil constituye el riesgo más importante y latente ya que las posibilidades de perder la vida frente a un suceso de este tipo se incrementan en relación a una persona adulta, sin dejar de lado que pueden ocasionar lesiones severas que originen secuelas de invalidez, de discapacidad, estéticas y/o funcionales, lo que evidentemente causa un desajuste emocional, psicológico, social y en algunos casos hasta del tipo laboral, lo que repercute de manera directa en la calidad de vida de aquellas personas que lo han sufrido.
Asimismo señalan que los tratamientos y atenciones médicas relacionadas con las quemaduras, generalmente son costosos y largas, lo que impide en la gran mayoría de los casos que los afectados cuenten con las herramientas económicas y sociales e inclusive personales para atenderse de una manera integral.
Por otro lado, indican que la Ley General de Prestación para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, establece las medidas precautorias que deben seguirse para salvaguardar y proteger la vida y la integridad de niñas y niños.
Mencionan que las políticas a seguir en relación a la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral infantil a fin de garantizar el interés superior del menor, el cual ha sido definido no sólo como el derecho irrestricto de los padres para educar y guiar al menor, sino como un interés público que debe ser jurídicamente protegido con base en los principios de igualdad, protección efectiva, autonomía entre otros, los cuales permitan el pleno reconocimiento de los derechos dentro de la legalidad.
Asimismo, consideran que, el artículo 21, fracción II, de dicha ley establece que es competencia del Ejecutivo federal organizar el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil así como el cumplimiento de sus objetivos, sin embargo, hasta hoy la instalación del Consejo sigue pendiente.
Precisan que, con ello, es notable que el Ejecutivo actual demuestra su insensibilidad ante el desastre ocurrido y más grave aún que no existan funcionarios responsables que estén tras las rejas.
Este Consejo tiene como atribuciones el formular, conducir y evaluar la política nacional en materia de prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil; que permita la conjunción de esfuerzos de los distintos órdenes de gobierno y de los sectores público, privado y social en la promoción de condiciones favorables al cuidado y desarrollo integral de niñas y niños.
Determinan que, el artículo 33 de la Ley establece que el Consejo deberá reunirse por lo menos cuatro veces al año así como en sesiones extraordinarias que merezcan atención inmediata, pero también señalan que deberá entregar al honorable Congreso de la Unión un informe semestral o bien alguno de sus integrantes acudirá a comparecer.
Añaden que, cuando menos este Congreso debió haber recibido dos informes que permitan conocer cuál es el Programa Nacional de Prestación de Servicios, así como un Registro Nacional de Prestadores de Servicios, una base de datos de los infantes y las condiciones de seguridad que guardan los Centros de Atención del país.
Finalmente, hacen un llamado para que el titular del Poder Ejecutivo federal organice e instale de manera inmediata el consejo y que antes de que los titulares de despacho que lo integran muestren su disposición y atiendan el llamado respetuoso que se hace desde este órgano legislativo.
En consecuencia, someten a la consideración del pleno los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal para que a la brevedad organice e instale el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil de la respectiva ley.
Segundo. Se exhorta respetuosamente a los titulares de las Secretarías de Gobernación, de Desarrollo Social, de Educación Pública, del Trabajo y Previsión Social; del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas; de Instituto Mexicano del Seguro Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; y un representante del sector obrero y otro del sector empresarial, que lo serán los representantes en el Instituto Mexicano del Seguro Social, para que antes del 1 de diciembre tengan voluntad para instalar el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
Consideraciones
Primera. En cumplimiento a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los tratados internaciones, el constituyente permanente ha venido creando un marco jurídico que preserva los derechos de la infancia.
Así tenemos, el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que en todas las decisiones y actuaciones el Estado velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
Por otro lado, contamos con diversos instrumentos normativos internacionales que establecen el marco de principios y obligaciones relativos al principio del interés superior de la niñez, entre los que se encuentran: la Convención sobre los Derechos del Niño, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, entre otros.
En ese sentido, la Convención sobre los Derechos del Niño, refiere un marco amplio de diversas garantías efectivas hacia las niñas y los niños, a saber, el interés superior del niño, la no discriminación, el derecho a la supervivencia, al desarrollo, a la protección y a la participación en todos aquellos aspectos de la vida que les conciernen.
El gobierno mexicano asumió estos compromisos al firmar la Convención sobre los Derechos del Niño y en concordancia inició acciones que mostraran su intención de respetar los derechos humanos de las niñas y niños. Para ello, se creó la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, la cual es considerada un paso más en la lucha por preservar los derechos de la infancia.
Segunda. Por ello, para dar cumplimiento a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los tratados internaciones, el 24 de octubre de 2011, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, la cual reconoce como un derecho de las niñas y los niños recibir cuidados en cualquier guardería o centro de desarrollo infantil del país, en condiciones de calidad, seguridad, protección, calidez y respeto a sus derechos, identidad e individualidad con el fin de garantizar el interés superior de la niñez.
También establece la concurrencia entre la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y sus órganos político- administrativos, con el fin de garantizar que verdaderamente en todo el territorio nacional se lleve a cabo el acceso de las niñas y los niños a servicios de atención, cuidado y desarrollo integral infantil que cumplan con estas condiciones.
Para alcanzar este objetivo, la ley establece reglas en materia de capacitación, otorgamiento de permisos, evaluación, verificación, medidas precautorias, entre otras, y establece diversos instrumentos, mecanismos institucionales y acciones de política pública, con obligaciones concretas por parte de los distintos órdenes de gobierno.
Asimismo, la norma obliga a las autoridades responsables a lograr la observancia y ejercicio del derecho de niñas y niños a un entorno seguro, afectivo y libre de violencia; al cuidado y protección contra actos u omisiones que puedan afectar su integridad física o psicológica; a la atención y promoción de la salud.
Por otro lado, se fijó un plazo de 180 días contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, para que el titular del Ejecutivo federal expidiera su reglamento y constituyera el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil. El plazo venció el pasado 20 de abril de 2012, sin que hasta la fecha se haya instalado el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, que debe estar integrado por dependencias federales como las secretarías de Educación Pública y de Salud.
Lo que únicamente ha sido publicado después de cuatro meses fue Reglamento de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil. La cual es una legislación que garantiza la regulación de los servicios de atención, cuidado y desarrollo integral infantil que se prestan en México.
Tercera. Con fecha 22 de agosto de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Reglamento de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, el cual consta de 66 artículos y 15 capítulos que tienen como fin regular la prestación de los servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil a nivel federal.
Del artículo 22 al 27 el reglamento se refiere al Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
La secretaría técnica del Consejo estará a cargo del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF). Esta secretaría, a través de un acuerdo que se publicará en el DOF, integrará al Consejo a los titulares de otras dependencias y entidades federales que presten servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil, o cuyo ámbito de atribuciones esté vinculado con estos servicios; todos contarán con voz y voto.
Asimismo, el Reglamento estipula que el Consejo establecerá los lineamientos para la elaboración de la Política Nacional en la materia, la cual estará alineada al Plan Nacional de Desarrollo.
Precisa que las autorizaciones, permisos o licencias para operar una guardería serán emitidos por las autoridades municipales o estatales, quienes serán también las encargadas de alimentar el Registro Nacional de Guarderías, el cual debe contener todos los datos de estos establecimientos en el país, que serán actualizados cada seis meses.
En cuanto las sanciones por el incumplimiento de la Ley y el reglamento, éste señala que los procedimientos para determinar un castigo o medida precautoria a los prestadores del servicio pueden iniciar de oficio o por petición de parte mediante la presentación de una queja, por cuenta de los padres de familia beneficiarios del servicio. Las autoridades correspondientes podrán determinar sanciones que irán desde el simple llamado administrativo, hasta el cierre definitivo de la institución, además de multas y la aplicación de otras disposiciones civiles y penales.
Cuarto. Cabe destacar que la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil surgió en gran medida por el empuje e iniciativa de las madres y padres de familia que desafortunadamente perdieron a sus hijas e hijos y otros niños y niñas que resultaron con heridas permanentes en el incendio de la guardería ABC en Hermosillo, Sonora.
El propio ordenamiento legal, en su artículo tercero transitorio, otorga un plazo de 180 días al titular del Ejecutivo federal para constituir el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil. Dicho plazo ha vencido el 20 de abril del presente año, y aún no se ha constituido dicho consejo.
Por ello, es importante exhortar respetuosamente al titular del Ejecutivo federal y a las dependencias públicas federales y entes de gobierno para que a la brevedad organice e instale el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, a fin de que este consejo implemente en todos los niveles de gobierno políticas públicas, programas y acciones orientadas a garantizar el derecho de la infancia, así como formular, conducir y evaluar la política nacional en materia de prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil; que permita la conjunción de esfuerzos de los distintos órdenes de gobierno y de los sectores público, privado y social en la promoción de condiciones favorables al cuidado y desarrollo integral de niñas y niños.
Finalmente, esta comisión considera necesario hacer modificaciones a la propuesta del exhorto de los proponentes, ya que por cuestiones de técnica legislativa, se suprime acuerdo segundo para fusionarlo en un sólo acuerdo, a fin de que la redacción quede más clara.
Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal, a través de la Secretaria de Salud y a los titulares de las Secretarías de Gobernación, de Desarrollo Social, de Educación Pública, del Trabajo y Previsión Social; del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas; del Instituto Mexicano del Seguro Social; del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; y un representante del sector obrero y otro del sector empresarial, que lo serán los representantes en el Instituto Mexicano del Seguro Social, para que a la brevedad organicen e instalen el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
Palacio Legislativo de San Lázaro, diciembre de 2012.
La Comisión de Derechos de la Niñez, diputados: Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), presidenta; María del Rosario Martín García (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Cinthia Noemi Valladares Couoh (rúbrica), Marina Garay Cabada, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), secretarias; Flor Ayala Robles Linares (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica), Alberto Anaya Gutiérrez, Gerardo Villanueva Albarrán.»
EXHORTO A LOS CONGRESOS LOCALES A CONFERIR EN SUS LABORES LEGISLATIVAS PRIORIDAD AL INTERES SUPERIOR DE LA INFANCIA
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Dictamen de la Comisión de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los congresos locales a conferir en sus labores legislativas prioridad al interés superior de la infancia, conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los convenios internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano y las recomendaciones que de ellos emanan, para preservar los derechos de niños y de adolescentes
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados le fue turnada, para su análisis y dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los Congresos de los estados de la federación para que legislen priorizando el interés superior de la infancia, tomando en cuenta la Constitución General de la República, los convenios internacionales y las recomendaciones que de ellos emanan para preservar los derechos de las niñas, niños y adolescentes, presentada por la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
La Comisión de Derechos de la Niñez, con fundamento los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 67, 80, 84, 85, 157, 162, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes:
Antecedentes
Primero. Con fecha 6 de diciembre de 2012, la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los Congresos de los estados de la federación para que legislen priorizando el interés superior de la infancia, tomando en cuenta la Constitución General de la República, los convenios internacionales y las recomendaciones que de ellos emanan para preservar los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Segundo. En la misma fecha, la Mesa Directiva determinó turnarla a la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, para su análisis y dictamen.
Contenido de la proposición
La diputada proponente señala que el pasado 11 de octubre, se conmemoró por primera vez en México y el mundo el Día Internacional de la Niña, con el propósito de reconocer los derechos de las niñas y reconocer los problemas que enfrentan cotidianamente en todo el mundo. Siendo uno de los principales lograr la erradicación del matrimonio en la infancia, ya que es considerado una violación fundamental a sus derechos humanos que afecta todos los aspectos de su vida. El matrimonio a temprana edad elimina su infancia, interrumpe su educación, limita sus oportunidades, aumenta el riesgo de violencia y abuso, pone en peligro su salud física y mental.
En ese sentido, detalla que las niñas son uno de los grupos más discriminados por edad y por género, además de volverse invisibles en todas las facetas de sus vidas, desde la escuela al trabajo. Las niñas con bajos niveles de escolaridad tienen más probabilidades de contraer matrimonio a una edad temprana y se ha demostrado que el matrimonio en la infancia prácticamente significa el fin de la educación de las niñas. Por el contrario, las que han recibido una educación secundaria tienen hasta seis veces menos probabilidades de casarse en la infancia, lo que hace de la educación una de las mejores estrategias para proteger a las niñas y combatir el matrimonio en la infancia.
Consideran que de acuerdo con la Declaración de los Derechos del Niño se ha definido que el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, por lo que es necesario tener presente que los derechos humanos de la mujer y la niña son parte inalienable e indivisible de los derechos humanos universales, y por ello deben ser garantizados por el Estado.
Asimismo señala que de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el matrimonio infantil es una forma de esclavitud que no tiene ninguna justificación y debería ser penalizado como un crimen. No obstante el repudio general y la lucha que Naciones Unidas ha emprendido para abolir esta deleznable práctica, en la actualidad únicamente 113 países, de los 193 Estados Miembros de la ONU, prohíben el matrimonio infantil.
Añade que en nuestro país diversos estados han legislado sobre el tema, como el Distrito Federal que en su Código Civil en el artículo 148, establece que ambos contrayentes sean mayores de edad y una dispensa para los menores de edad siempre que ambos hayan cumplido dieciséis años, para lo cual se requiere el consentimiento del padre, madre o tutor, señalando que en ningún caso se otorgará a menores de catorce años. En otros más como Coahuila y Chiapas, la edad establecida para contraer matrimonio es de dieciséis años para ambos futuros cónyuges.
Finalmente, señala que no podemos ser indiferentes a las necesidades y el cumplimiento de los derechos de las niña, que deben ser el centro de atención de una sociedad que se considere protectora de la infancia sobre todo en lo que respecta al marco jurídico aplicable a esta población y que debe ante todo, integrar prioritariamente el interés superior de la infancia como principio rector de quienes tienen la responsabilidad y se relacionan con niñas, niños y adolescentes.
En consecuencia, someten a la consideración del pleno el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los Congresos de los estados de la federación para que legislen priorizando el interés superior de la infancia, tomando en cuenta la Constitución General de la República, los Convenios Internacionales y las recomendaciones que de ellos emanan para preservar los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Consideraciones
Primera. A la luz de la reforma constitucional, relativa a los derechos humanos, publicada el 10 de junio de 2011, la cual entró en vigor a partir del día siguiente de su publicación, y con la que se da un cambio radical en el tradicional paradigma en la tutela de los derechos inherentes a la persona, sitúa a México a la par de los países que enfocan su atención y esfuerzos en la protección y defensa de los derechos humanos a través de mecanismos de vanguardia.
Esta reforma es trascendental, pues en su artículo 1o., se determina el principio de convencionalidad, en el sentido de que los convenios internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano están en el mismo parámetro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tal es caso de la Convención de los Derechos del Niño.
De esta manera, los derechos humanos protegidos por los tratados internacionales ratificados por México, se elevan a rango constitucional.
Asimismo, la reforma constitucional al artículo 1o. establece que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas con la protección más amplia.
Por otro lado, existe el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que precisa que en todas las decisiones y actuaciones del Estado velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
Con base en el anterior artículo constitucional se integra el interés superior de la niñez, estableciéndose como obligación del Estado, velar y cumplir la observancia de tal principio en todas sus decisiones y actuaciones, garantizando de manera plena los derechos de las niñas y niños.
Sirve de apoyo a lo anterior, la tesis jurisprudencial emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que a la letra dice:
9a. Época; 1a. Sala; SJF y su Gaceta; Tomo XXXIII, Abril de 2011; página 310
Interés superior del niño. Es un principio de rango constitucional implícito en la regulación de los derechos de los menores previstos en el artículo 4o. constitucional.
De acuerdo a una interpretación teleológica, el interés superior del niño es principio de rango constitucional, toda vez que en el dictamen de la reforma constitucional que dio lugar al actual texto del artículo 4o., se reconoce expresamente que uno de los objetivos del órgano reformador de la Constitución era adecuar el marco normativo interno a los compromisos internacionales contraídos por nuestro país en materia de protección de los derechos del niño. En este sentido, el interés superior del niño es uno de los principios rectores más importantes del marco internacional de los derechos del niño. En el ámbito interno, el legislador ordinario también ha entendido que el interés superior es un principio que está implícito en la regulación constitucional de los derechos del niño, ya que es reconocido expresamente en la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como un principio rector de los derechos del niño.
Primera Sala
Amparo directo en revisión 1187/2010. 1o. de septiembre de 2010. Cinco votos. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretarios: Ana María Ibarra Olguín y Javier Mijangos y González.
En este mismo sentido, es importante mencionar también la fracción XXIX-P al artículo 73 constitucional, en donde se establece como facultad del Congreso de la Unión, la expedición de leyes que establezcan la concurrencia de la Federación Estados y Municipios en materia de niñas, niños y adolescentes, en donde rija el interés superior de los mimos y se observen los tratados internacionales de la materia de los que México es parte.
Segunda. Existen diversos instrumentos internacionales que establecen el marco de principios y obligaciones relativos al principio del interés superior de la niñez, entre los que se encuentran; la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención sobre los Derechos del Niño, El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, entre otros.
Particularmente, entre los instrumentos internacionales anteriormente mencionados, encontramos la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual fue suscrita y ratificada por el Estado Mexicano, misma que refiere un marco amplio de diversas garantías efectivas hacia las niñas y los niños, a saber, el interés superior del niño, la no discriminación, el derecho a la supervivencia, al desarrollo, a la protección y a la participación en todos aquellos aspectos de la vida que les conciernen.
La Convención sobre los Derechos del Niño, señala en su artículo 4o., que: Los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención. En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados Partes adoptarán esas medidas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del marco de la cooperación internacional.
Tercera. La Ley para la Protección de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, refiere en su artículo 4º que: De conformidad con el principio del interés superior de la infancia, las normas aplicables a niñas, niños y adolescentes, se entenderán dirigidas a procurarles, primordialmente, los cuidados y la asistencia que requieren para lograr un crecimiento y un desarrollo plenos dentro de un ambiente de bienestar familiar y social.
Atendiendo a este principio, el ejercicio de los derechos de los adultos no podrá, en ningún momento, ni en ninguna circunstancia, condicionar el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
Asimismo, el artículo 14, señala que: Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que se les asegure prioridad en el ejercicio de todos sus derechos, especialmente a que:
A. Se les brinde protección y socorro en cualquier circunstancia y con la oportunidad necesaria.
B. Se les atienda antes que a los adultos en todos los servicios, en igualdad de condiciones.
C. Se considere el diseñar y ejecutar las políticas públicas necesarias para la protección de sus derechos.
D. Se asignen mayores recursos a las instituciones encargadas de proteger sus derechos.
Cuarta. Es verdad que conforme a las reformas constitucionales antes señaladas y a la luz de los tratados internacionales de los que México es parte, ahora, todas las autoridades del país de cualquier ámbito de gobierno tienen, en sus respectivas competencias, que observar el interés superior de la niñez.
Así, tenemos que el principio del interés superior del niño o niña, en nuestro país se entiende como un conjunto de acciones y procesos tendientes a garantizar un desarrollo integral y una vida digna, así como las condiciones materiales y afectivas que les permitan vivir plenamente y alcanzar el máximo de bienestar posible.
Es por ello, que los Estados tienen el deber de legislar priorizando el interés superior de la infancia, tomando en cuenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Convenios Internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano, a fin de que se les garanticen a las personas menores de edad el pleno ejercicio de todos los derechos inherentes a la personalidad humana.
Es importante que cada uno de los Congresos estatales hagan uso de todo el andamiaje jurídico institucional, con el objeto de dar mayor protección a los derechos de las personas menores de edad. Lo anterior, hará que se coloque a las niñas y niños ante el pleno ejercicio de sus derechos y garantías que tienen en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Quinta. La garantía del interés superior del niño requiere sin duda, necesariamente, que las legislaturas de los estados no sólo cumplan con Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sino con los principios consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño, a fin de que adecuen sus normas jurídicas de derecho interno siempre priorizando el interés superior de la niñez.
En consecuencia con lo anterior, es deber del legislador evitar que se afecten la eficacia de los derechos asegurados de las niñas, niños y adolescentes. Por tal razón, compete a cada uno de los Congresos estatales de nuestro país, velar siempre por el interés superior consagrado tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como en los tratados internacionales de los que México es parte.
Finalmente, esta Comisión considera necesario hacer modificaciones a la propuesta del exhorto de la iniciante, ya que por cuestiones de técnica legislativa, se cita correctamente a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se adiciona la suscripción y ratificación de los tratados internacionales por el estado Mexicano, a fin de que la redacción quede más clara.
En razón de lo anteriormente expuesto, la Comisión Derechos de la Niñez somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:
Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los Congresos de los Estados de la Federación para que legislen priorizando el interés superior de la infancia, tomando en cuenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Convenios Internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano y las recomendaciones que de ellos emanan para preservar los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Palacio Legislativo de San Lázaro, diciembre de 2012.
La Comisión de Derechos de la Niñez, diputados:Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), presidenta; María del Rosario Merlín García (rúbrica), Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Cinthya Noemí Valladares Couoh (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Flor Ayala Robles Linares (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Lucila Garfias Gutiérrez, Alberto Anaya Gutiérrez, Gerardo Villanueva Albarrán.»
ESTRATEGIA NACIONAL DE PREVENCION INFANTIL CONTRA ABUSOS PRODUCTO DE LA NAVEGACION INSEGURA DE NIÑOS Y DE ADOLESCENTES EN INTERNET
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: «Dictamen de la Comisión de Derechos de la Niñez, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Segob y a la SEP a establecer una estrategia nacional de prevención infantil contra abusos producto de la navegación insegura de niños y de adolescentes en Internet; y a las legislaturas locales y a la ALDF, a legislar en la materia
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, le fue turnada para su análisis y dictamen correspondiente la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación y de Educación Pública a establecer una estrategia nacional de prevención infantil contra abusos producto de navegación insegura de las niñas, niños y adolescentes en internet; y a las legislaturas de los estados y del Distrito Federal a legislar en la materia.
La Comisión de Derechos de la Niñez, con fundamento los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 67, 80, 84, 85, 157, 162, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes
Antecedentes
Primero. Con fecha 9 de febrero de 2013, la diputada Magdalena Núñez Monreal, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, presentó ante el pleno de la honorable Cámara de Diputados la Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación y de Educación Pública a establecer una estrategia nacional de prevención infantil contra abusos producto de navegación insegura de las niñas, niños y adolescentes en internet; y a las legislaturas de los estados y del Distrito Federal a legislar en la materia.
Segundo.En la misma fecha, la Mesa Directiva determinó turnarla a la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, para su análisis y dictamen.
Contenido de la proposición
La diputada proponente expone que México ocupa el lugar número 15 en el ranking mundial de países con mayor número de usuarios de Internet. En Latinoamérica sólo se ubica detrás de Brasil que posee más de 67 millones de usuarios.
Afirma que, la situación de internet permite que un niño pueda acceder a páginas de cualquier tipo de temática. Como dato a destacar, 9 de cada 10 niños de edades comprendidas entre los 18 y los 16 años, han visto pornografía en internet. En la mayoría de los casos, el acceso a este tipo de contenidos se ha producido a través de búsquedas en internet sobre temas que no tuvieron relación con la búsqueda principal que se estaba realizando.
Añade que, en México la Asociación Mexicana de Internet realizó un estudio con objeto de conocer algunas características en el uso de internet y el perfil de los usuarios. Se halló que existen aproximadamente 30.5 millones de internautas, de los cuales 11.9 millones son personas de 13 años, el 35% de ellos entre 12 y 19 años.
Manifiesta que, de acuerdo con las publicaciones especializadas en el tema de seguridad para navegar en internet, aseguran que en la página web los riesgos a los que se exponen los niños y adolescentes cuando navegan libremente por internet, son el acceso a páginas de contenido para adultos con material sexual explícito. También pueden encontrar contenidos de juegos, apuestas, escenas de violencia, consumo de drogas y alcohol, etc. Los juegos de dinero, les puede crear adicción. Otro riesgo es la comunicación con personas desconocidas que pueden engañar, seducir, abusar e inclusive desarrollar acciones ilícitas contra ellos, solicitando información personal como nombre, dirección, teléfono, aficiones, datos de la familia. Aumentando el riesgo de ser víctimas de pederastia o de trata.
Considera que la mensajería instantánea es el servicio más usado por niños y adolescentes. Este medio permite activar la cámara web; la cual no es recomendable su uso, ya que uno de los riesgos más importantes es que cualquier persona puede tomar el control de la computadora a través de la cámara conectada a Internet y entrar a los hogares o ser utilizados por depredadores en línea.
Para la proponente, los jóvenes más vulnerables son los que tienen conflictos familiares, baja autoestima, antecedente de maltrato infantil o violencia familiar, depresión y búsqueda de atención o afecto en otras personas. En estos casos lo padres deben vigilar estrechamente la forma en que sus hijos usan la internet y solicitar ayuda profesional, señalan en el Acta Pediátrica.
Por otro lado, manifiesta que la División Científica de la Policía Federal de la Secretaría de Seguridad Pública informó que mediante el monitoreo permanente de la red pública de Internet, en 2011 se formalizaron 15 denuncias ante el Ministerio Público relativas a delitos cometidos contra menores de edad, logrando, en febrero de 2011, la primero sentencia federal por el delito de pornografía de menores de 18 años.
Finalmente, señaló que como es hoy vigente la nueva organización de la administración pública, federal, la seguridad pública es atribución de la Secretaría de Gobernación, y la Secretaria de Educación Pública continua con sus mismas atribuciones en materia de educación cívica, es que se propone exhortar a estas dependencias a implementar medidas que garanticen la integridad de las niñas, niños y adolescentes al navegar en internet por cualquier medio electrónico.
En consecuencia, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente
Proposición con punto de acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Gobernación y a la de Educación Pública a establecer una estrategia nacional de prevención infantil contra abusos, producto de navegación insegura de las niñas, niños y adolescentes en internet por cualquier medio electrónico.
Segundo. La Cámara de Diputados, respetuosa de la soberanía y materias exclusivas de los Congresos Locales de las entidades federativas y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, les exhorta a legislar en materia de seguridad en los espacios digitales, con el objeto de salvaguardar la integridad de las niños, niños y adolescentes.
Consideraciones
Primera. El artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, precisa que en todas las decisiones y actuaciones del Estado velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
Por otro lado, tenemos la reforma constitucional, relativa a los Derechos Humanos, la cual fue publicada el 10 de junio de 2011. Esta reforma dio un cambio radical en el tradicional paradigma en la tutela de los derechos inherentes a la persona. De manera que en su artículo 1º, se determina el principio de Convencionalidad , en el sentido de que los convenios internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano están en el mismo parámetro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tal es caso de la Convención de los Derechos del Niño.
Cabe señalar que la fracción XXIX-P al artículo 73 constitucional, se establece como facultad del Congreso de la Unión, la expedición de leyes que establezcan la concurrencia de la Federación Estados y Municipios en materia de niñas, niños y adolescentes, en donde rija el interés superior de los mimos y se observen los tratados internacionales de la materia de los que México es parte.
Segunda. En este sentido, nuestro país ha suscrito y ratificado diversos instrumentos internacionales que establecen el marco de principios y obligaciones relativos a la garantía de los derechos de los niños y de las niñas. Entre los instrumentos internacionales encontramos la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual refiere un marco amplio de diversas garantías efectivas hacia las niñas y los niños, a saber, el interés superior del niño, la no discriminación, el derecho a la supervivencia, al desarrollo, a la protección y a la participación en todos aquellos aspectos de la vida que les conciernen.
De ahí que la Convención de los Derechos del Niño establece en sus artículos 3, 4 y 19, lo siguiente
Artículo 3
1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.
2.Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.
Artículo 4
Los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención. En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados Partes adoptarán esas medidas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del marco de la cooperación internacional.
Artículo 19
1.Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.
2.Esas medidas de protección deberían comprender, según corresponda, procedimientos eficaces para el establecimiento de programas sociales con objeto de proporcionar la asistencia necesaria al niño y a quienes cuidan de él, así como para otras formas de prevención y para la identificación, notificación, remisión a una institución, investigación, tratamiento y observación ulterior de los casos antes descritos de malos tratos al niño y, según corresponda, la intervención judicial.
Por otro lado, en el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, se proclaman como derechos de la infancia, el cuidado y asistencias especiales que requieren.
Tercera.De acuerdo a nuestro marco jurídico nacional tenemos la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la cual establece lo conducente respecto a sus derechos, particularmente los Artículos 4 y 14 señalan lo siguiente:
Artículo 4. De conformidad con el principio del interés superior de la infancia, las normas aplicables a niñas, niños y adolescentes, se entenderán dirigidas a procurarles, primordialmente, los cuidados y la asistencia que requieren para lograr un crecimiento y un desarrollo plenos dentro de un ambiente de bienestar familiar y social.
Atendiendo a este principio, el ejercicio de los derechos de los adultos no podrá, en ningún momento, ni en ninguna circunstancia, condicionar el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
La aplicación de esta ley atenderá al respeto de este principio, así como al de las garantías y los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Asimismo, el artículo 14, señala que: Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que se les asegure prioridad en el ejercicio de todos sus derechos, especialmente a que:
A.Se les brinde protección y socorro en cualquier circunstancia y con la oportunidad necesaria.
B.Se les atienda antes que a los adultos en todos los servicios, en igualdad de condiciones.
C.Se considere el diseñar y ejecutar las políticas públicas necesarias para la protección de sus derechos.
D.Se asignen mayores recursos a las instituciones encargadas de proteger sus derechos.
Cuarta. De conformidad con lo anterior, en la actualidad el Internet ha cobrado especial relevancia por la relación que tiene con los derechos humanos, tales como: la libertad de enseñanza y la libertad de expresión, que a su vez contiene el derecho de difundir su libre pensamiento e ideas.
El Internet en el mundo se ha posicionado en los últimos años, como uno de los medios de comunicación que le permite a la sociedad acceder a un volumen importante de información y conocimientos, y a su vez le permite desarrollar con mayor ahínco sus posibilidades de expresar y comunicar libremente sus opiniones y provocar cambios en sus sociedades.
Cabe señalar que el Internet no sólo permite a los individuos ejercer su derecho de opinión y expresión, sino que también para asegurar el respeto de otros derechos, tales como el derecho a la educación, la atención de la salud, el trabajo, el derecho de reunión y asociación, por ello, el legislador no puede pasar por alto estos cambios en el mundo.
Por su parte, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), presenta un panorama general sobre el uso y aprovechamiento de Internet en los hogares y por los individuos, tomando como fuente la Encuesta sobre Disponibilidad y Uso de las Tecnologías de la Información en los Hogares, quien reveló que en 2010, en el país 38.9 millones de personas son usuarios de una computadora y 32.8 millones tiene acceso a internet.
Asimismo, tenemos que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), informó que en México existen 8.44 millones de hogares equipados con computadora, lo que representa un 29.8% del total de hogares en el país y significa un crecimiento de 13.2% con relación a 2009.
La Encuesta también registró que en entidades como el Distrito Federal, Nuevo León, Sonora y Baja California, cuatro de cada diez hogares cuentan con computadora, que significa un promedio de 43.4%; mientras que Chiapas, Guerrero y Oaxaca sólo uno de cada diez hogares tiene acceso a una computadora, en un promedio de 14 por ciento.
Quinta.Si bien,las nuevas tecnologías de la información han revolucionado el estilo de vida de los adultos, pero sin duda el cambio más espectacular se ha producido en los menores, ya que han aprendido hábilmente el manejo de las computadoras.
El Internet es, después de la televisión, el medio de comunicación que mayor influencia tiene en niñas, niños y adolescentes en particular, puesto que el Internet se ha convertido en un espacio para comunicarse, buscar información, estudiar, jugar, descubrir y crear.
Cuesta comprender que, las niñas, niños y adolescentes en lugar de estar jugando con los amigos en la calle, se encierren en casa a hablar con ellos a través del internet, donde se conecten a las redes sociales virtuales (Twiter o Facebook).
Sin embargo, aunque pueden ser usuarios experimentados del internet ignoran y pueden manejar incorrectamente los peligros que su uso implica, puesto que el Internet se ha convertido en el vehículo ideal para transmitir informaciones perjudiciales para las niñas, niños y adolescentes y para la comisión de diversos delitos.
Son diversos los riesgos a los que se exponen las niñas, niños y adolescentes al navegar libremente en internet, como la exposición a material pornográfico, de violencia, drogas, abuso y corrupción de menores. Los factores que mayor influencia tienen son la facilidad para acceder a páginas de contenidos inapropiados.
Otro riesgo es la comunicación con personas desconocidas que pueden engañar, seducir, abusar e inclusive desarrollar acciones ilícitas contra ellos, solicitando información personal como nombre, dirección, teléfono, aficiones, datos de la familia, etc.
Frente a estos hechos, esta Comisión Dictaminadora considera viable la propuesta de la proponente, en razón de que la Secretaría de Gobernación y a la de Educación Pública establezca una estrategia nacional de prevención infantil contra abusos, producto de navegación insegura de las niñas, niños y adolescentes en internet por cualquier medio electrónico.
Asimismo, en lo concerniente a los Estados tienen el deber de legislar priorizando el interés superior de la infancia, tomando en cuenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Convenios Internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano, a fin de que se les garanticen a las personas menores de edad y los adolescentes el pleno ejercicio de todos los derechos inherentes a la personalidad humana.
Por lo tanto, es importante que cada uno de los Congresos estatales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal hagan uso de todo el andamiaje jurídico institucional, con el objeto de dar mayor protección a los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Por lo que es fundamental que legislen en materia de seguridad en los espacios digitales, con el objeto de salvaguardar la integridad de las niños, niños y adolescentes.
En razón de lo anteriormente expuesto, la Comisión Derechos de la Niñez somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:
Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta a las Secretarías de Gobernación y a la de Educación Pública a establecer una estrategia nacional de prevención infantil contra abusos, producto de navegación insegura de las niñas, niños y adolescentes en internet por cualquier medio electrónico.
Segundo. La Cámara de Diputados, respetuosa de la soberanía y materias exclusivas de los Congresos Locales de las entidades federativas y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, les exhorta a legislar en materia de seguridad en los espacios digitales, con el objeto de salvaguardar la integridad de las niñas, niños y adolescentes.
Nota:
1 Comunicado de INEGI, Número 413/10, de fecha 08 de diciembre de 2010.
Palacio Legislativo de San Lázaro, febrero de 2013.
La Comisión de Derechos de la Niñez, diputados: Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), presidenta; María del Rosario Merlín García (rúbrica), Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Cinthya Noemí Valladares Couoh (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán (rúbrica), secretarios; Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica), Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica), Alberto Anaya Gutiérrez, Flor Ayala Robles Linares (rúbrica).»
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias. Para fundamentar los dictámenes por la comisión, tiene el uso de la voz la diputada Beatriz Juárez Piña.
La diputada Verónica Beatriz Juárez Piña:Con su permiso, señor presidente; compañeras y compañeros diputados, en principio quiero agradecer la participación comprometida de todas y todos los integrantes de la Comisión de los Derechos de la Niñez, en virtud de que han exteriorizado su compromiso y su esfuerzo para presentar los tres puntos de acuerdo que el día de hoy aquí serán enunciados.En particular, en principio me referiré al punto de acuerdo presentado por los diputados Francisco Javier Fernández Clamont, Gerardo Xavier Hernández Tapia, en el que se exhorta al Ejecutivo federal a organizar, a instalar el consejo nacional de prestación de servicios para la atención, el cuidado y el desarrollo integral infantil.
Este consejo tiene como atribuciones el formular, conducir y evaluar la política nacional en materia de prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil que permita la conjunción de esfuerzos de los distintos órdenes de gobierno y de los sectores público, privado y social en la promoción de condiciones favorables al cuidado y desarrollo integral de las niñas y niños.
De conformidad con la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de octubre de 2011, se fijó un plazo de 180 días contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley para que el titular del Ejecutivo federal constituyera el consejo nacional de prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil. El plazo venció el pasado 20 de abril de 2012, sin que hasta la fecha se haya instalado.
Cabe destacar que esta ley surgió en gran medida por el empuje e iniciativa de las madres y padres de familia que desafortunadamente perdieron a sus hijas e hijos, y otros niños y niñas que resultaron con heridas permanentes en el incendio de la guardería ABC, en Hermosillo, Sonora, con quien por cierto todavía tenemos muchos pendientes. Por esa razón es importante que llamemos a votar en favor este punto de acuerdo.
Por otra parte, la diputada Magdalena Núñez Monreal, del Partido del Trabajo, presentó el punto de acuerdo para exhortar a las Secretarías de Gobernación y de Educación Pública para establecer una estrategia nacional de prevención infantil contra abusos producto de la navegación insegura de las niñas, niños y adolescentes en Internet, y también este exhorto hacerlo para las Legislaturas de los estados y del Distrito Federal.
Quiero comentarles que también en la Comisión de los Derechos de la Niñez compartimos que de acuerdo con las publicaciones especializadas en el tema de seguridad para navegar en Internet, existen riesgos cuando los niños, niñas y adolescentes navegan libremente por Internet, como son el acceso a páginas de contenido para adultos, con material sexual explícito. También pueden encontrar contenidos de juegos, apuestas, escenas de violencia, consumo de drogas y alcohol.
Otro riego es la comunicación con personas desconocidas que pueden engañar, seducir, abusar e inclusive desarrollar acciones ilícitas contra ellos, solicitando información personal como nombre, dirección, teléfono, aficiones, datos de familia, etcétera, aumentando el riesgo de ser víctimas de la pederastia o de trata.
Sin embargo, aunque las niñas, niños y adolescentes pudieran ser experimentados en Internet, ignoran y pueden manejar incorrectamente los peligros que su uso implica, puesto que el Internet se ha convertido en el vehículo ideal para transmitir informaciones perjudiciales para las niñas, niños y adolescentes y para la comisión de diversos delitos. Por esta razón, también la Comisión de los Derechos de la Niñez determinó viable la propuesta que nos hizo la proponente, diputada Magdalena Núñez Monreal.
Por último, el dictamen del punto de acuerdo para exhortar respetuosamente a los Congresos de los estados de la federación, así como a la Asamblea Legislativa para que legislen observando y priorizando el interés superior de la infancia, tomando en cuenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los convenios internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano y las recomendaciones que de ellos emanan para preservar los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
De todos es conocido que a la luz de la reforma constitucional relativa a los derechos humanos, publicada el pasado 10 de junio de 2011, la cual entró en vigor a partir del día siguiente de su publicación y con la que se da un cambio radical en el tradicional paradigma en la tutela de los derechos inherentes a la persona, se sitúa a México a la par de los países que enfocan su atención y esfuerzos en la protección y defensa de los derechos humanos a través de mecanismos de vanguardia.
Tal es el caso que vemos en la reforma al artículo 1o., donde viene establecida la convencionalidad; en el artículo 4o. constitucional, donde se establece el interés superior de la niñez, y en el artículo 73, donde también tenemos presente la facultad que tiene la Cámara de Diputados para legislar sobre el tema de niños, niñas y adolescentes en los tres órdenes de gobierno.
En ese sentido, nos parece relevante que los Congresos de las distintas entidades federativas observen el interés superior de la niñez. Es cuanto, presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputada. Solo para conocimiento de la asamblea, la diputada Juárez Piña fundamentó los tres dictámenes de la Comisión de los Derechos de la Niñez, que serán los últimos que abordaremos el día de hoy.
Están a discusión los puntos de acuerdo. Para referirse a ellos, tiene el uso de la voz la diputada Lucila Garfias Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. También tengo anotados al diputado José Antonio Hurtado, al diputado Gerardo Villanueva, y al diputado Juan Ignacio Samperio.
La diputada Lucila Garfias Gutiérrez:Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados, los dictámenes sobre los puntos de acuerdo que presenta la Comisión de los Derechos de la Niñez contienen preocupaciones sobre un asunto ineludible como legisladores y representantes de la nación: el interés superior de la niñez mexicana.Las preocupaciones tienen relación con asuntos importantes en términos institucionales, legales y de políticas públicas necesarias para impulsar el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes de nuestro país.
Me referiré al exhorto al Poder Ejecutivo para organizar e instalar el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, el Cuidado y el Desarrollo Integrales Infantiles.
La atención, cuidado y desarrollo integral de nuestra niñez debe de estar por encima de cualquier consideración burocrática o administrativa, porque es obligación del Estado velar y cumplir con el principio del interés superior de la niñez, así como garantizar de manera plena sus derechos. Así lo marca y lo exige el artículo 4o. constitucional y los tratados internacionales que el Estado mexicano ha ratificado, como son la Convención sobre los Derechos del Niño, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Más aún cuando la creación de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil y la organización e instalación del Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, el Cuidado y el Desarrollo Integral Infantil que de ella se deriva, ha estado precedida de un lamentable acontecimiento que estremeció a toda la sociedad.
A un año y 10 meses de concluido el proceso de construcción del andamiaje jurídico que ofreciera mediante un instrumento de vanguardia para nuestro país mejores condiciones para la atención de la niñez mexicana, los integrantes del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza consideramos indispensable dar conclusión a ese mandato legislativo orientado a ofrecer mejores condiciones de atención a la niñez mexicana y dotar de la necesaria tranquilidad a sus padres o tutores, en el sentido de que las instituciones en las que confían el cuidado de sus hijos durante la jornada laboral cumplan con los requisitos de ley. Su cumplimiento contribuye directamente a la salvaguarda de los derechos de la infancia mexicana.
Es por eso que los integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez consideramos perfectamente factible este respetuoso exhorto al titular del Ejecutivo federal para crear el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, el Cuidado y el Desarrollo Integral Infantil, con lo cual se daría cumplimiento al expreso mandato de creación, que a la fecha no se ha atendido.
Dicho consejo tiene las atribuciones de formular, conducir y evaluar la política nacional en materia de prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo infantil; promover ante las instancias competentes la certificación de competencias laborales para el personal que preste sus servicios en los centros de atención; promover el monitoreo ciudadano y el acceso a la información de los programas de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil, a fin de garantizar la transparencia y el uso eficiente de los recursos públicos, así como la ampliación de la cobertura y la calidad de los servicios a través de esquemas diversificados y regionalizados, y la generalización, actualización y aplicación de normas oficiales mexicanas que permitan la regulación de los servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral, entre otras.
Es por ello que a tres años de que ocurrió el lamentable hecho de la guardería ABC, en Sonora, exigimos la instalación cuanto antes de este consejo.
Cabe destacar que la ausencia de este organismo ha facilitado que durante el año pasado el 70 por ciento de las más de 100 mil guarderías registradas en el país no cuenten con un seguro de responsabilidad civil profesional, lo que representa un riesgo latente para los menores que tienen que permanecer en estos establecimientos un promedio de 40 horas semanales. De este tamaño es la gravedad que la negligencia ha provocado. Basta ya de la omisión que se ha tenido.
Por lo tanto, invitamos a que votemos a favor de este dictamen a todas ustedes, compañeras y compañeros. Es cuanto, presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputada. Para referirse a este mismo dictamen, tiene el uso de la voz el diputado José Antonio Hurtado Gallegos, de Movimiento Ciudadano.
El diputado José Antonio Hurtado Gallegos:Con su permiso, señor diputado presidente. Compañeras diputadas, compañeros diputados, buenas tardes. A partir de los terribles sucesos ocurridos en la guardería ABC, en Hermosillo, Sonora, se iniciaron trabajos de análisis y desarrollo de un esquema normativo que regule, autorice, supervise, evalúe y, en su caso, sancione la mala operación de los centros de atención en los que se presta el servicio de guarderías en México.La Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil dispone las medidas precautorias que deben seguirse para salvaguardar y proteger la vida y la integridad de niñas y niños, y tiene por objeto establecer la concurrencia entre la federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, así como la participación de los sectores privado y social en materia de prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil, garantizando el acceso de niñas y niños a dichos servicios en condiciones adecuadas de igualdad, de calidad, seguridad y protección, que promuevan el ejercicio pleno de sus derechos.
Sin embargo, y a pesar de ser un avance importante en materia de protección civil, el cumplimiento de la misma no se está llevando conforme a lo establecido, ya que el Ejecutivo federal tiene la facultad de integrar un Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, el Cuidado y el Desarrollo Integral Infantil, y no se ha hecho.
Con ello se puede interpretar que esta ley solo fue integrada para salir del paso. Ningún titular del Ejecutivo en la pasada y presente administración ha tenido la intención de integrar dicho consejo, el cual tiene la facultad de conducir y evaluar la política nacional en materia de prestación de servicios y permitir el vínculo entre los distintos órdenes de gobierno y los sectores público, privado y social.
Es por eso que en la fracción parlamentaria de Movimiento Ciudadano nos mostramos a favor del presente dictamen a discusión, debido a la importancia de contar con mecanismos que ayuden a prevenir y proteger a las niñas, niños y adolescentes, además de obligar a las dependencias, entidades y organismos de seguridad social que prestan los servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil, a cumplir con sus leyes específicas y régimen interno, así como a lo dispuesto por esta ley.
Por lo anteriormente expuesto, para la fracción parlamentaria de Movimiento Ciudadano es necesario hacer un enérgico exhorto al titular del Ejecutivo para que cumpla a cabalidad la normatividad en materia de protección civil, a fin de evitar alguna otra tragedia, como la sucedida lamentablemente en años anteriores, en Hermosillo, Sonora. Es cuanto, señor presidente. Gracias, compañeras y compañeros.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Ahora tiene el uso de la voz el diputado Gerardo Villanueva Albarrán, de Movimiento Ciudadano, para referirse al dictamen por el que se exhorta a los Congresos de los estados para que legislen priorizando el interés superior de la infancia.
El diputado Gerardo Villanueva Albarrán:Con su venia, diputado presidente. La Asamblea General de las Naciones Unidas ha realizado un estudio a profundidad sobre el tema de la violencia contra los niños, las niñas y adolescentes. De este estudio se desprendió la existencia de unos siete millones de niños, niñas y adolescentes que deambulan en las calles de los distintos países, lo cual está vinculado a distintas formas de violencia, abandono, violencia doméstica que los empuja a huir del hogar y situaciones de explotación económica, entre otras.A ello se agrega el hecho de que de acuerdo con el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil, 12.6 millones de los 19.7 millones de niños, niñas y adolescentes de 5 a 17 años, que participan en actividades económicas; es decir, prácticamente 2 de cada 3, lo hacen en trabajos no permitidos para su edad o que se consideran dentro de las formas de trabajo infantil que deben ser erradicadas de inmediato y que implican situación de explotación económica con altos niveles de riesgo, que enfrentan abuso y maltrato.
Las niñas son uno de los grupos más discriminados por edad y por género, además de volverse invisibles en todas las facetas de sus vidas, desde la escuela hasta el trabajo; las niñas con bajos niveles de escolaridad tienen más probabilidades de contraer matrimonio a una edad temprana, y se ha demostrado que el matrimonio en la infancia prácticamente significa el fin de la educación de las mismas. Por el contrario, las que han recibido una educación secundaria tienen hasta seis veces menos probabilidades de casarse en la infancia, lo que hace de la educación una de las mejores estrategias para proteger a las niñas y combatir al matrimonio en la infancia.
Casi un 10 por ciento de la población total de los niños, niñas y adolescentes de 5 a 17 años se encuentra en estas situaciones, en clara violación de sus derechos y de lo que al respecto se plantean distintos instrumentos jurídicos, en particular la Convención de los Derechos del Niño.
El principio del interés superior del niño y la niña es entendido como un conjunto de acciones y procesos tendientes a garantizar un desarrollo integral y una vida digna, así como las condiciones materiales y afectivas que les permitan vivir plenamente y alcanzar el máximo de bienestar posible.
Por eso, los diputados del Grupo Parlamentario del Movimiento Ciudadano vamos a votar a favor de este punto de acuerdo. Nos parece que es indispensable que en todos los Congresos de las entidades federativas, incluyendo la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, se aborde con mucha seriedad este punto, al cual nos obligan no únicamente los convenios como ya se decía sino la propia Constitución.
Creo que no afecta de ninguna manera el pacto federal, siendo la materia de este tema nuestras niñas, nuestros niños y nuestros adolescentes. Es cuanto, diputado presidente. Muchas gracias.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias, diputado. Finalmente, en este paquete de dictámenes, tiene el uso de la voz el diputado Juan Ignacio Samperio Montaño, para referirse al dictamen por el que se exhorta a la Segob y a la SEP para que establezcan una estrategia nacional de prevención infantil contra abusos relacionados con el Internet.
El diputado Juan Ignacio Samperio Montaño:Con su venia, señor presidente. El fenómeno del Internet nos ha llevado a una nueva etapa de la historia. Como bien explica Manuel Castells, gracias a esta herramienta nos encontramos en la era de información y cualquier tema de nuestro interés se encuentra tan solo a unos clics de distancia.Con este instrumento tan poderoso se han obtenido enormes ventajas, la información que antes tardaba días en llegar a nuestras manos ahora se obtiene en segundos. Asimismo, los grandes sesgos que las televisoras utilizaban al hablar de los principales acontecimientos, ahora son enfrentados por las redes sociales y portales electrónicos.
El Internet no tan solo se limita al ámbito de la comunicación, ha permeado en la evolución económica y en las transformaciones políticas, sociales y culturales en el marco de una era caracterizada por la globalización.
Cabe mencionar que, como cualquier invento, no solo ha traído ventajas positivas a nuestro país, aunado a los beneficios mencionados ha presentado retos que nos obligan a modernizarnos al mismo ritmo que la tecnología se transforma.
Entre los principales desafíos se encuentran: el establecimiento de mecanismos de seguridad, el impacto en el empleo, la regulación de los nuevos medios de comunicación y la privacidad de los usuarios.
En el caso puntual de nuestro país, de acuerdo con el Inegi, el 38.9 millones de personas son usuarios de una computadora y 32.8 millones tienen acceso a Internet. Asimismo, el 30 por ciento de hogares mexicanos cuentan con equipo de cómputo en sus domicilios.
Con base en esto, podemos inferir que miles y miles de ciudadanos acceden diariamente a Internet, entre ellos se encuentra un sector que resulta vulnerable debido a la diversificación de información este medio, y son los niños y los jóvenes.
Para esta generación, el acceso al ciberespacio representa una actividad cotidiana, con la que prácticamente nacieron y a través de él conviven con sus allegados, realizan tareas y obtienen ratos de entretenimiento; el problema surge al darnos cuenta que no existen los candados suficientes para evitar que los niños accedan a páginas no apropiadas para su edad, en las que pueden encontrarse con pornografía, desórdenes alimenticios, violencia, apuestas y demás situaciones que vulneran su desarrollo.
Como ejemplo de la gravedad del asunto, observamos que nueve de cada diez niños, de edades comprendidas entre los 8 y los 16 años, han visto pornografía en Internet, y en la mayoría de los casos el acceso a este tipo de contenidos se ha producido a través de búsquedas sobre temas que no tuvieron relación con la exploración principal que estaban realizado.
Si en realidad se desea atacar el problema de fondo, se requiere de una visión integral que contemple al gobierno, a los padres de familia, a los niños, a los adolescentes y a la sociedad en general. A fin de cuentas la imposición de candados y restricciones, así como un monitoreo eficaz, no estarán a la altura del propósito si no se solucionan temas que ponen en situación de vulnerabilidad a los niños y a los jóvenes, como son los conflictos familiares, las drogas, la baja autoestima, el maltrato y la violencia familiar.
En Movimiento Ciudadano estamos convencidos de que este problema no se debe de abordar como una causa, sino como una consecuencia de los problemas estructurales que afectan a la niñez y a la juventud del país, los cuales solo se terminarán si trabajamos todos en conjunto.
Por lo anteriormente expuesto, el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano votará a favor del presente dictamen. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado José González Morfín: Muchas gracias, diputado. Agotada la lista de oradores, ruego a la Secretaría consulte a la asamblea, en votación económica, si son de aprobarse los puntos de acuerdo.
El Secretario diputado Fernando Bribiesca Sahagún: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se aprueban los puntos de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Los diputados y las diputadas que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado José González Morfín: Gracias. Aprobados. Comuníquense.
* INICIATIVAS Y PROPOSICIONES
El Presidente diputado José González Morfín: Compañeras y compañeros, en términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.
CLAUSURA Y CITATORIO
El Presidente diputado José González Morfín(a las 15:23 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el jueves 11 de abril, a las 11 horas. Se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 9:30 horas.
O
RESUMEN DE TRABAJOS
Tiempo de duración: 4 horas 16 minutos
Quórum a la apertura de sesión: 259 diputados
Asistencia al cierre de registro: 461 diputados
Oradores que participaron: 41
PRI 6
PAN 5
PRD 9
PVEM 3
PT 2
MC 13
NA 3
Se recibió
1 oficio de la Mesa Directiva relativo a modificación de turno de iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 141 Bis al Código Penal Federal, presentada por el diputado Jorge Francisco Sotomayor Chávez, del PAN
1 oficio de la Comisión de Gobernación, relativo a la información proporcionada por la Procuraduría General de la República relacionada sobre los posibles hechos delictivos contra la vida del diputado Ricardo Monreal Ávila y del senador David Monreal Ávila
1 oficio de la diputada María del Rocío Corona Nakamura por el que solicita que se retiren de los registros de la Comisión de Juventud: la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 11 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, presentada el 14 de marzo de 2013; y la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos estatales y municipales para que los puestos de dirección de todos los espacios gubernamentales, destinados a la atención de los temas referentes a la juventud, sean ocupados por personas menores de 29 años de edad, presentada el 19 de marzo del año en curso
1 oficio de la Secretaría de Gobernación, por el que solicita el permiso constitucional necesario para que la ciudadana Nohemí Lira Albarrán pueda presentar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México, e informa que el ciudadano Gilberto de Jesús Cardeña Ciau ha dejado de prestar servicios en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Mérida, Yucatán
1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite el informe anual sobre las concesiones otorgadas y autorizadas durante el ejercicio fiscal 2012, por la Secretaría de la Función Pública, a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales
1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Turismo, a punto de acuerdo relativo a apoyar el proyecto de recuperación del Barrio de Tacubaya en la delegación Miguel Hidalgo del Distrito Federal
1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Dirección Jurídica de Petróleos Mexicanos a punto de acuerdo relativo a la revisión de la infraestructura de todas las instalaciones de Petróleos Mexicanos
1 oficio del gobierno del estado de México, con el que remite contestación a punto de acuerdo relativo a la ampliación de la matrícula en educación media superior
1 oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite contestación de la Secretaría de Economía a punto de acuerdo relativo a a la problemática actual de los productores de caña
1 oficio de la Procuraduría Federal del Consumidor, con el que remite alcance a la contestación a punto de acuerdo relativo a la carne de pollo y a los huevos provenientes de las instalaciones donde se ha detectado el virus de la influenza aviar
1 oficio del Congreso del estado de México, con el que remite fe de erratas en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, enviada el 5 de marzo del año en curso
1 oficio del Congreso del estado de México, con el que remite fe de erratas en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y el Código Federal de Procedimientos Penales, enviada el 5 de marzo del año en curso
1 oficio de la Cámara de Senadores, con la que remite acuerdo aprobado por el que se exhorta a las Comisiones de Seguridad Pública, y de Derechos Humanos de ambas Cámaras a dar seguimiento puntual a cualquier atentado contra medios de comunicación y periodistas, así como a los actos que pongan en riesgo el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la información
1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de atención preventiva integrada a la salud, para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional
1 oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley de Coordinación Fiscal, presentada por el senador Carlos Alberto Puente Salas, del Grupo Parlamentario del PVEM
Se presentaron
1 iniciativa del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
1 iniciativa del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
1 iniciativa del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
1 iniciativa del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática
1 iniciativa del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
1 iniciativa del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo
1 iniciativa del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México
Declaratoria de publicidad de dictámenes
1 dictamen de la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto que adiciona las fracciones XXXVII Bis al artículo 8o. y XV al 20 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
1 dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 343-A, 343-C, 343-D y 343-E de la Ley Federal del Trabajo
1 dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo
1 dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 7, 9, 10, 11 y 14 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Peque ña y Mediana Empresa
1 dictamen de la Comisión de Energía, con proyecto de decreto que ratifica la Estrategia Nacional de Energía
Dictámenes aprobados:
1 de la Comisión de Energía, con proyecto de decreto que ratifica la Estrategia Nacional de Energía
1 de la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se solicita al Ejecutivo federal que fortalezca los programas e instrumentos de atención para combatir la violencia contra las niñas y las mujeres, a efecto de que puedan ser implantados de manera eficiente y equitativa
1 de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Sagarpa a incrementar los apoyos en favor de las mujeres rurales
1 de la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo relativos a lo sucedido en Tacotalpa, Tabasco
1 de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo relativo a la revisión de las reglas de operación de los programas contenidos en el anexo 10, Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres, conforme a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2012
1 de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos estatales a armonizar su legislación con lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en el Código Penal Federal en materia de feminicidios
1 de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría General de Justicia de Sinaloa a aplicar en coordinación con la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas medidas a fin de atender el creciente índice de feminicidios en el estado
1 de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos estatales a armonizar su legislación conforme a lo establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en materia de acceso pleno y permanencia de las mujeres en cargos de elección popular
1 de la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se solicita a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la Procuraduría General de la República a colaborar con la Procuraduría estatal en las investigaciones relacionadas con los feminicidios ocurridos en Tula, Hidalgo
1 de la Comisión de Equidad y Género, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al gobernador de Querétaro con relación a la ola de secuestros y desapariciones de personas en la entidad; y al Congreso local, a realizar los trabajos legislativos pertinentes para tipificar el delito de feminicidio
1 de la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Ejecutivos federal y estatales a establecer de manera corresponsable centros de justicia para mujeres y reforzar los existentes
1 de la Comisión de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a organizar e instalar un consejo nacional de prestación de servicios para la atención, el cuidado y el desarrollo integrales infantiles
1 de la Comisión de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los congresos locales a conferir en sus labores legislativas prioridad al interés superior de la infancia, conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los convenios internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano y las recomendaciones que de ellos emanan, para preservar los derechos de niños y de adolescentes
1 de la Comisión de Derechos de la Niñez, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Segob y a la SEP a establecer una estrategia nacional de prevención infantil contra abusos producto de la navegación insegura de niños y de adolescentes en Internet; y a las legislaturas locales y a la ALDF, a legislar en la materia
Acuerdos aprobados:
1 de la Junta de Coordinación Política, por el que se define la integración de la junta directiva de la Comisión Especial que se ocupa de indagar el funcionamiento de las instancias del gobierno federal relacionadas con el otorgamiento de permisos para juegos y sorteos
1 de la Junta de Coordinación Política, por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua a implantar medidas urgentes para garantizar el suministro de agua para actividades agrícolas en los distritos de riego 025 y 026 en el estado de Tamaulipas
de la Junta de Coordinación Política, por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Gobernación que libere los recursos correspondientes al Fonden con la misma oportunidad con que el 26 de marzo del presente fue emitida la declaratoria de emergencia por los incendios forestales presentados en San Luis Potosí
DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)
VOTACIONES
Del dictamen de la Comisión de Energía, con proyecto de decreto que ratifica la Estrategia Nacional de Energía (en lo general y en lo particular)
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abreu Artiñano, Rocío AdrianaFavor
2 Aceves y del Olmo, Carlos HumbertoAusente
3 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor
4 Anaya Gudiño, AlfredoFavor
5 Aguayo López, Miguel ÁngelFavor
6 Arroyo Ruiz, Alma JeannyAusente
7 Alcalá Padilla, LeobardoFavor
8 Aldana Prieto, Luis RicardoFavor
9 Allende Cano, Ana IsabelFavor
10 Alvarado Sánchez, Brenda María IzontliFavor
11 Astiazarán Gutiérrez, Antonio FranciscoFavor
12 Araujo de la Torre, Elsa PatriciaFavor
13 Arellano Guzmán, SalvadorFavor
14 Arroyo Vieyra, Francisco AgustínFavor
15 Añorve Baños, ManuelFavor
16 Athie Flores, KamelFavor
17 Ayala Robles Linares, FlorFavor
18 Badillo Ramírez, DaríoFavor
19 Barajas del Toro, SalvadorFavor
20 Barba Mariscal, Marco AntonioFavor
21 Barcenas Nieves, Delvim FabiolaFavor
22 Barrera Barrera, PetraFavor
23 Barrera Estrada, RodimiroFavor
24 Barrera Fortoul, LauraFavor
25 Barrueta Barón, NoéFavor
26 Bautista Villegas, OscarFavor
27 Beltrones Rivera, Manlio FabioFavor
28 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor
29 Bernal Gutiérrez, Marco AntonioFavor
30 Berzunza Novelo, Landy MargaritaAusente
31 Bonilla Gómez, AdolfoFavor
32 Caballero Garza, BenitoAusente
33 Calderón Ramírez, LeticiaFavor
34 Calzada Arroyo, Marco AntonioFavor
35 Campos Córdova, Lisandro ArístidesFavor
36 Cano Ayala, Ma. ElenaFavor
37 Cantú Segovia, EloyFavor
38 Carbajal Hernández, Juan ManuelFavor
39 Cárdenas Cantú, MiriamFavor
40 Cárdenas del Avellano, EnriqueFavor
41 Carreño Mijares, AngelinaFavor
42 Carreón Cervantes, VerónicaFavor
43 Castillo Rodríguez, MinervaFavor
44 Charleston Hernández, FernandoFavor
45 Chávez Dávalos, Sergio ArmandoFavor
46 Córdova Díaz, Luis ArmandoFavor
47 Córdova Morán, Frine SorayaFavor
48 Corona Nakamura, María del RocíoFavor
49 Corrales Corrales, Francisca ElenaFavor
50 Cruz Morales, MaricruzFavor
51 Curi Naime, AlbertoFavor
52 De la Cruz Requena, RosalbaFavor
53 Del Angel Acosta, JorgeFavor
54 Del Moral Vela, Paulina AlejandraFavor
55 Delgadillo González, ClaudiaFavor
56 Díaz Athié, Antonio de JesúsFavor
57 Doger Guerrero, José EnriqueFavor
58 Domínguez Zepeda, Pedro IgnacioFavor
59 Duarte Murillo, José IgnacioFavor
60 Elizondo Ramírez, IrmaFavor
61 Escajeda Jiménez, José RubénFavor
62 Fernández Clamont, Francisco JavierFavor
63 Félix Chávez, FaustinoAusente
64 Flemate Ramírez, Julio CésarFavor
65 Flores Gómez, José Luis CruzFavor
66 Flores Méndez, José LuisFavor
67 Flores Sandoval, PatricioFavor
68 Fuentes Téllez, AdrianaFavor
69 Funes Velázquez, Erika YolandaFavor
70 Galindo Quiñones, Heriberto ManuelFavor
71 Galván Villanueva, Raúl SantosFavor
72 Gamboa Song, Lizbeth LoyFavor
73 Garay Cabada, MarinaFavor
74 García de la Cadena Romero, María del CarmenFavor
75 García Fernández, Maria de las NievesFavor
76 García García, HéctorFavor
77 García Hernández, JosefinaFavor
78 García Olmedo, María del RocíoFavor
79 Garza Moreno, María EstherFavor
80 Gauna Ruiz de León, Celia IsabelFavor
81 Gómez Carmona, Blanca EstelaFavor
82 Gómez Gómez, LuisAusente
83 Gómez Gómez, PedroAusente
84 Gómez Michel, GabrielFavor
85 Gómez Olguín, Roy ArgelFavor
86 Gómez Tueme, Amira GriceldaFavor
87 González Cruz, CristinaFavor
88 González Farías, Eligio CuitláhuacFavor
89 González Gómez, CeciliaFavor
90 González Martínez, Olivares IrazemaFavor
91 González Reséndiz, RafaelFavor
92 González Valdez, Marco AntonioFavor
93 González Vargas, FranciscoFavor
94 Grajales Palacios, FranciscoFavor
95 Gualito Castañeda, RosalbaFavor
96 Guerra Garza, AbelFavor
97 Guevara González, Javier FilibertoFavor
98 Gurrión Matías, SamuelFavor
99 Gutiérrez Álvarez, HarveyFavor
100 Gutiérrez de la Garza, Héctor HumbertoFavor
101 Gutiérrez Manrique, MarthaFavor
102 Hernández Burgos, GaudencioFavor
103 Hernández González, NoéFavor
104 Hernández Iñiguez, AdrianaFavor
105 Hernández Morales, Mirna EsmeraldaFavor
106 Hernández Tapia, Gerardo XavierFavor
107 Herrera Delgado, JorgeFavor
108 Huerta Rea, María de JesúsFavor
109 Inzunza Montoya, AlfonsoFavor
110 Juan Marcos, Issa SalomónFavor
111 King de la Rosa, RaymundoFavor
112 Liceaga Arteaga, Gerardo FranciscoFavor
113 López Alvarado, Jaime ChrisFavor
114 López Landero, TomásFavor
115 López Segura, María CarmenFavor
116 López Zavala, JavierFavor
117 Macías Sandoval, RaúlFavor
118 Madrid Tovilla, AreliFavor
119 Magaña Zepeda, María AngélicaFavor
120 Maldonado Hernández, Fernando AlfredoFavor
121 Manzur Quiroga, José SergioFavor
122 Márquez Martínez, José LuisFavor
123 Márquez Velasco, SilviaFavor
124 Martínez Cárdenas, Esther AngélicaFavor
125 Martínez Gutiérrez, Virginia VictoriaFavor
126 Medina Fierro, RicardoFavor
127 Mendoza Curiel, María LeticiaFavor
128 Mendoza Garza, JorgeFavor
129 Mercado Gallegos, Sonia CatalinaFavor
130 Miranda Munive, EmilseFavor
131 Montano Guzmán, José AlejandroFavor
132 Montes Alvarado, AbrahamFavor
133 Morales Flores, JesúsFavor
134 Moreno Árcega, José IsidroFavor
135 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroFavor
136 Moreno Montoya, José PilarFavor
137 Muñiz Martínez, Dulce MaríaFavor
138 Muñoz Kapamas, Felipe de JesúsFavor
139 Murguía Lardizábal, Luis AlfredoFavor
140 Nava Gómez, José EverardoFavor
141 Navarrete Vital, María ConcepciónFavor
142 Navarro de Alva, César ReynaldoFavor
143 Niaves López, Ossiel OmarFavor
144 Núñez Sánchez, Gloria ElizabethFavor
145 Ochoa Gallegos, Williams OswaldoFavor
146 Ochoa González, ArnoldoFavor
147 Olvera Correa, LuisFavor
148 Ordaz Martínez, María del CarmenFavor
149 Ortega Pacheco, Guadalupe del SocorroFavor
150 Ortiz García, SalvadorFavor
151 Pacheco Rodríguez, Ricardo FidelFavor
152 Padilla Fierro, Román AlfredoFavor
153 Padilla Navarro, CesarioFavor
154 Pazzi Maza, Zita BeatrizFavor
155 Peña Recio, Patricia GuadalupeFavor
156 Pérez Anzueto, Hugo MauricioFavor
157 Pérez de Alba, José NoelFavor
158 Pérez Escalante, Elvia MaríaFavor
159 Ponce Orozco, NormaFavor
160 Quian Alcocer, Eduardo RománFavor
161 Quiñones Canales, Lourdes EulaliaFavor
162 Quintana León, Socorro de la LuzFavor
163 Rangel Espinosa, JoséFavor
164 Rangel Segovia, AlejandroFavor
165 Rellstab Carreto, TanyaFavor
166 Retamoza Vega, Patricia ElenaFavor
167 Robles Aguirre, Mayra KarinaFavor
168 Rocha Piedra, Juan ManuelFavor
169 Rodríguez Calderón, José AlbertoFavor
170 Rojo García de Alba, José AntonioFavor
171 Román Bojórquez, Jesús TolentinoFavor
172 Romero Valencia, SalvadorFavor
173 Ruiz Arriaga, GenaroFavor
174 Ruiz Gutiérrez, Adan DavidFavor
175 Ruiz Moronatti, RobertoFavor
176 Ruiz Sandoval, CristinaFavor
177 Sahui Rivero, MauricioFavor
178 Salgado Delgado, FernandoFavor
179 Salgado Peña, Abel OctavioFavor
180 Sámano Peralta, MiguelFavor
181 Sánchez Cruz, LeopoldoAusente
182 Sánchez Romero, CarlosFavor
183 Sánchez Santiago, María GuadalupeFavor
184 Schroeder Verdugo, María FernandaFavor
185 Sosa Altamira, William RenánFavor
186 Terán Guevara, María RebecaAusente
187 Terán Juárez, JorgeFavor
188 Treviño Cantú, JavierFavor
189 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor
190 Ugalde Alegría, Aurora DenisseFavor
191 Valanci Buzali, SimónFavor
192 Valdés Palazuelos, Jesús AntonioFavor
193 Vargas Vargas, Laura GuadalupeFavor
194 Vásquez Villanueva, Martín de JesúsFavor
195 Vázquez Saut, ReginaAusente
196 Vega de la Peña, AlfioFavor
197 Vela Reyes, Marco AlonsoFavor
198 Velasco Orozco, Víctor HugoFavor
199 Velázquez Díaz, María GuadalupeFavor
200 Velázquez López, MirnaFavor
201 Velázquez Ramírez, Diana KarinaFavor
202 Velázquez Sánchez, MaricelaFavor
203 Vildosola Lacarra, Miguel AlfonsoFavor
204 Villaseñor Gudiño, Blanca MaríaFavor
205 Villaseñor Vargas, María de la PalomaFavor
206 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor
207 Zacarías Capuchino, DaríoAusente
208 Zamora Morales, FernandoFavor
209 Zepeda González, Francisco AlbertoFavor
Favor: 198
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 11
Total: 209
PARTIDO ACCION NACIONAL
1 Adame Alemán, Juan PabloAbstención
2 Aguilar Rodríguez, Aurora de la LuzAbstención
3 Aguilar Vega, MarcosAbstención
4 Almaguer Torres, Felipe de JesúsAbstención
5 Alonso Morelli, HumbertoAbstención
6 Álvarez Tovar, Martha BereniceAbstención
7 Anaya Cortés, RicardoAbstención
8 Anaya Llamas, José GuillermoAbstención
9 Angulo Parra, Carlos FernandoAbstención
10 Aquino Calvo, Juan JesúsAbstención
11 Argüelles Loya, ConsueloAbstención
12 Azuara Zúñiga, XavierAbstención
13 Borboa Becerra, Omar AntonioAbstención
14 Botello Montes, José AlfredoAbstención
15 Bueno Torio, JuanAbstención
16 Cáceres de la Fuente, Juan FranciscoContra
17 Camarillo Ortega, RubénAbstención
18 Cárdenas Guízar, Gabriel de JesúsAbstención
19 Carreño Muro, GenaroAbstención
20 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoAbstención
21 Chan Lugo, Sergio AugustoFavor
22 Coronado Quintanilla, AlbertoAbstención
23 Cortázar Lara, Gerardo MaximilianoAbstención
24 Cortés Berumen, IsaíasAbstención
25 Cortes Talamantes, Gabriela EugeniaAbstención
26 Cruz Mendoza, EufrosinaAbstención
27 Dávila Delgado, Mario AlbertoAbstención
28 De la Rosa Anaya, AndrésAbstención
29 De la Rosa Escalante, ArturoContra
30 Díaz Trujillo, AlbertoAbstención
31 Pérez Gavilán, Rodolfo DoradorAbstención
32 Flores Flores, Enrique AlejandroAbstención
33 Fuentes Solís, Víctor OswaldoAbstención
34 Galindo Delgado, David CuauhtémocAbstención
35 García González, Carlos AlbertoAbstención
36 García Ramírez, José GuadalupeContra
37 García Rojas, Mariana DunyaskaAbstención
38 Gastélum Buenrostro, Juan ManuelAbstención
39 Gómez Ramírez, RaúlAbstención
40 González Aguilar, Lazara NellyAbstención
41 González Carrillo, AdrianaAbstención
42 González Manríquez, Víctor RafaelAbstención
43 González Morfín, JoséAbstención
44 González Serna, José ÁngelAbstención
45 Gordillo Castillo, Néstor OctavioAbstención
46 Heredia Lizárraga, Martín AlonsoAbstención
47 Jiménez Castillo, BlancaAbstención
48 Jiménez Cerrillo, RaquelContra
49 Jiménez Esquivel, María TeresaAbstención
50 Labastida Sotelo, KarinaAbstención
51 Larrazabal Bretón, Fernando AlejandroAbstención
52 Licea González, MargaritaAbstención
53 Llanas Alba, José AlejandroAbstención
54 López Cisneros, José MartínAbstención
55 López Landero, LeticiaAbstención
56 López López, RaudelAbstención
57 López Noriega, AlejandraAbstención
58 Lugo Barriga, PatriciaContra
59 Micalco Méndez, Rafael AlejandroAbstención
60 Mondragón González, María GuadalupeAbstención
61 Morgan Navarrete, Tania MargaritaAbstención
62 Muñoz Márquez, Juan CarlosAbstención
63 Neblina Vega, HebertoAbstención
64 Niño de Rivera Vela, Homero RicardoAbstención
65 Oliveros Usabiaga, José LuisAbstención
66 Orta Coronado, MarcelinaContra
67 Ortiz Mantilla, María IsabelAusente
68 Osorno Malpica, DamarisAbstención
69 Othón Zayas, MáximoAbstención
70 Oviedo Herrera, J. JesúsAusente
71 Pacheco Díaz, GermánAbstención
72 Pantoja Hernández, LeslieAbstención
73 Paz Alonzo, RaúlAbstención
74 Pedraza Aguilera, Flor de MaríaAbstención
75 Pelayo Covarrubias, FranciscoAbstención
76 Peña Avilés, GerardoAbstención
77 Pérez Camarena, Carmen LucíaAbstención
78 Prieto Herrera, Humberto ArmandoAbstención
79 Quintana Salinas, EstherAbstención
80 Ramírez Diez Gutiérrez, María ConcepciónAbstención
81 Ramírez Romero, Luis MiguelAbstención
82 Reina Lizárraga, José EnriqueAusente
83 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaAbstención
84 Rivadeneyra Hernández, AlfredoAbstención
85 Rivera Villanueva, Erick MarteFavor
86 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoAbstención
87 Rodríguez Doval, FernandoAbstención
88 Rodríguez Vallejo, Diego SinhueAbstención
89 Romero Sevilla, LeonorAbstención
90 Rosiñol Abreu, JorgeAbstención
91 Sada Pérez, VerónicaAusente
92 Saldaña Hernández, MargaritaAbstención
93 Salinas Garza, José ArturoAbstención
94 Salinas Mendiola, GlafiroAbstención
95 Sampayo Ortíz, Ramón AntonioFavor
96 Sánchez Ruiz, MarioAbstención
97 Serralde Martínez, VíctorAusente
98 Sosa Govea, Martha LeticiaAbstención
99 Sotomayor Chávez, Jorge FranciscoAbstención
100 Torres Cofiño, Marcelo de JesúsAbstención
101 Trejo Reyes, José IsabelContra
102 Urciel Castañeda, María CeliaAbstención
103 Uribe Padilla, Juan CarlosAbstención
104 Valladares Couoh, Cinthya NoemíAbstención
105 Vargas Martín del Campo, ElizabethAbstención
106 Villalobos Seáñez, Jorge IvánAbstención
107 Villarreal García, Luis AlbertoAbstención
108 Villarreal García, RicardoAbstención
109 Yamamoto Cázares, Beatriz EugeniaAbstención
110 Yáñez Robles, Elizabeth OsweliaAbstención
111 Zamora García, AlfredoAbstención
112 Zavala Peniche, María BeatrizAbstención
113 Zepeda Vidales, DamiánAbstención
Favor: 3
Contra: 7
Abstención: 98
Quorum: 0
Ausentes: 5
Total: 113
PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
1 Alavez Ruiz, AleidaContra
2 Algredo Jaramillo, EdilbertoAusente
3 Alonso Raya, Agustín MiguelContra
4 Amaya Reyes, María de LourdesContra
5 Antonio Altamirano, CarolContra
6 Arias Pallares, Luis ManuelContra
7 Ávila Pérez, José ÁngelContra
8 Águila Torres, Claudia ElenaContra
9 Aureoles Conejo, SilvanoContra
10 Barrios Gómez Segués, AgustínAbstención
11 Bautista Bravo, Alliet MarianaContra
12 Bautista Cuevas, GloriaContra
13 Bautista López, Victor ManuelContra
14 Belaunzarán Méndez, FernandoContra
15 Blanco Deaquino, SilvanoContra
16 Bojórquez Javier, Claudia ElizabethContra
17 Bonilla Jaime, JuanaContra
18 Borges Pasos, Teresita de JesúsContra
19 Brito Lara, TomásContra
20 Carbajal González, AlejandroContra
21 Carpinteyro Calderón, PurificaciónContra
22 Carrillo Huerta, Mario MiguelContra
23 Cedillo Hernández, ÁngelContra
24 Ceseñas Chapa, María del SocorroContra
25 Contreras Ceballos, ArmandoContra
26 Copete Zapot, Yazmín de los ÁngelesContra
27 Cruz Ramírez, ArturoContra
28 Cuéllar Reyes, FernandoContra
29 Cuevas Mena, Mario AlejandroContra
30 De Jesús, Alejandro CarlosAusente
31 De la Rosa Peláez, Sebastián AlfonsoContra
32 De la Vega Membrillo, Jorge FedericoContra
33 Diego Cruz, EvaContra
34 Duarte Ortuño, CatalinoContra
35 Espinosa Cházaro, Luis Ángel XarielContra
36 Esquivel Zalpa, José LuisContra
37 Flores Aguayo, UrielContra
38 Flores Salazar, Guadalupe SocorroContra
39 Fócil Pérez, Juan ManuelAusente
40 García Conejo, AntonioContra
41 García Medina, Amalia DoloresContra
42 García Reyes, VerónicaContra
43 Garza Ruvalcaba, MarceloContra
44 Gaudiano Rovirosa, GerardoContra
45 González Barrios, RodrigoContra
46 González Bautista, ValentínFavor
47 González Magallanes, Alfa ElianaContra
48 Guzmán Díaz, Delfina ElizabethContra
49 Jardines Fraire, JhonatanContra
50 Jarquín, HugoAusente
51 Juárez Piña, Verónica BeatrizContra
52 León Mendívil, José AntonioContra
53 López González, RobertoContra
54 López Rosado, RobertoContra
55 López Suárez, RobertoContra
56 Luna Porquillo, RoxanaContra
57 Maldonado Salgado, José ValentínContra
58 Manriquez González, Víctor ManuelContra
59 Martínez Rojas, Andrés EloyContra
60 Medina Filigrana, Marcos RosendoContra
61 Mejía Guardado, JulisaContra
62 Melchor Vásquez, Angélica RocíoContra
63 Méndez Martínez, Mario RafaelContra
64 Merlín García, María del RosarioContra
65 Mícher Camarena, Martha LucíaContra
66 Miranda Salgado, MarinoContra
67 Moctezuma Oviedo, María GuadalupeContra
68 Mojica Morga, Teresa de JesúsContra
69 Montalvo Hernández, RamónContra
70 Morales López, Carlos AugustoContra
71 Morales Vargas, Trinidad SecundinoContra
72 Moreno Rivera, IsraelContra
73 Moreno Rivera, Julio CésarAusente
74 Mota Ocampo, Gisela RaquelContra
75 Muñoz Soria, José LuisContra
76 Nájera Medina, Víctor ReymundoAusente
77 Navarrete Contreras, JoaquinaContra
78 Nolasco Ramírez, YeseniaContra
79 Orihuela García, JavierContra
80 Porras Pérez, PedroContra
81 Portillo Martínez, VicarioContra
82 Posadas Hernández, DomitiloContra
83 Quiroga Anguiano, KarenAusente
84 Reyes Gámiz, Roberto CarlosContra
85 Reyes Montiel, Carla GuadalupeContra
86 Rodríguez Montero, Francisco TomásContra
87 Rosas Montero, Lizbeth EugeniaContra
88 Salazar Trejo, JessicaAusente
89 Salgado Parra, JorgeContra
90 Salinas Narváez, JavierFavor
91 Salinas Pérez, JosefinaContra
92 Sánchez Torres, GuillermoContra
93 Sandoval Martínez, HugoContra
94 Sansores Sastré, AntonioContra
95 Serrano Toledo, RosendoContra
96 Tapia Fonllem, Margarita ElenaContra
97 Tovar Aragón, CrystalContra
98 Valles Sampedro, Lorenia IvethContra
99 Verde Avendaño, Milkdret MarinaContra
100 Zárate Salgado, FernandoContra
Favor: 2
Contra: 89
Abstención: 1
Quorum: 0
Ausentes: 8
Total: 100
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
1 Acosta Montoya, RubénFavor
2 Astudillo Suárez, RicardoFavor
3 Aubry de Castro Palomino, EnriqueFavor
4 Camarena García, Felipe ArturoFavor
5 Castellanos Mijares, Carlos OctavioFavor
6 Cuéllar Steffan, AntonioAusente
7 Escobar y Vega, ArturoFavor
8 García de la Fuente, MónicaFavor
9 Garza Cadena, Ana LiliaFavor
10 González Luna Bueno, Federico JoséFavor
11 Guerrero López, Judit MagdalenaFavor
12 López Moreno, Lourdes AdrianaAusente
13 Martel Cantú, Laura XimenaFavor
14 Medrano Galindo, GabrielaFavor
15 Narcia Álvarez, HéctorAusente
16 Núñez Aguilar, ErnestoFavor
17 Ochoa López, NaborFavor
18 Orozco Gómez, JavierFavor
19 Padilla Ramos, Carla AliciaFavor
20 Pariente Gavito, María del Rosario de FátimaFavor
21 Pérez Hernández, Rosa ElbaFavor
22 Pérez Tejada Padilla, DavidFavor
23 Ramírez Aguilar, Oscar EduardoFavor
24 Romo Fonseca, Bárbara GabrielaFavor
25 Torres Mercado, TomásFavor
26 Villafuerte Trujillo, Amílcar AugustoFavor
27 Vital Vera, Martha EdithFavor
28 Zavaleta Salgado, RuthFavor
Favor: 25
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 28
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Alcalde Luján, Luisa MaríaContra
2 Chávez Contreras, RodrigoContra
3 Córdova Bernal, Martha BeatrizAusente
4 Coronato Rodríguez, José FranciscoContra
5 Durazo Montaño, Francisco AlfonsoContra
6 Gómez Pozos, MerilynAusente
7 Huidobro González, ZuleymaAusente
8 Hurtado Gallegos, José AntonioContra
9 Jorrín Lozano, Victor ManuelContra
10 Martínez Martínez, Juan LuisContra
11 Mejía Berdeja, RicardoContra
12 Méndez Denis, LorenaContra
13 Monreal Ávila, RicardoContra
14 Romero Lozano, María FernandaAusente
15 Samperio Montaño, Juan IgnacioContra
16 Soto Martínez, JoséContra
17 Valencia Ramírez, Aída FabiolaContra
18 Valle Magaña, José LuisContra
19 Vargas Pérez, Nelly del CarmenContra
20 Villanueva Albarrán, GerardoContra
Favor: 0
Contra: 16
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 20
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaContra
2 Anaya Gutiérrez, AlbertoAusente
3 Benavides Castañeda, José AlbertoContra
4 Bonilla Valdez, JaimeContra
5 Cantú Garza, RicardoContra
6 Huerta Ladrón de Guevara, Manuel RafaelContra
7 López Cándido, José ArturoContra
8 Martínez Santillán, María del CarmenContra
9 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroContra
10 Orive Bellinger, AdolfoContra
11 Ortiz Ahlf, LorettaContra
12 Roblero Gordillo, Héctor HugoContra
13 Romero Guzmán, Rosa EliaContra
14 Torres Flores, AraceliContra
15 Vega Vázquez, José HumbertoAusente
Favor: 0
Contra: 13
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 2
Total: 15
PARTIDO NUEVA ALIANZA
1 Bribiesca Sahagún, FernandoFavor
2 Caamal Mena, José AngelinoFavor
3 Cerda Franco, María SanjuanaFavor
4 Félix Hays, Rubén BenjamínAusente
5 Fujiwara Montelongo, René RicardoFavor
6 Garfias Gutiérrez, LucilaFavor
7 González Roldán, Luis AntonioFavor
8 Olvera Barrios, CristinaFavor
9 Rincón Chanona, SoniaFavor
10 Talamante Lemas, Dora María GuadalupeFavor
Favor: 9
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 1
Total: 10