Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXIII Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidenta

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año II
México, DF, martes 18 de abril de 2017
Sesión No. 25

SUMARIO


COMUNICACIONES OFICIALES

La Mesa Directiva, de conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que se realizó modificación de turno a:

– Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Seminario de Cultura Mexicana, presentada por el diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, el 14 de febrero de 2017. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

Se modifica el turno, actualícense los registros parlamentarios

De la Junta de Coordinación Política, con la que comunica cambio de integrantes y de juntas directivas de comisiones. Se aprueba, comuníquese

De la diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández y el diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, del PRD, por medio de la cual solicitan el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto por el cual se deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

De la diputada Sara Paola Galico Félix Díaz, del PVEM, con la cual solicita el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal

Del diputado Evelio Plata Inzunza, del PRI, por medio de la cual solicita el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de la Agencia Mexicana del Servicio de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agrícola, Pecuaria, Agroforestal, Pesquera y Acuícola, y reforma los artículos 92, 93, 94 y 96 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Del diputado Alejandro González Murillo, del PES, con la cual solicita el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 343 Bis del Código Penal Federal, y 49 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del mismo grupo parlamentario

Se tienen por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios

De la diputada Sara Paola Galico Félix Díaz, con la que comunica que ha dejado de pertenecer al Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México

Del diputado Carlos Lomelí Bolaños, con la que comunica que ha dejado de pertenecer al Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

De enterado, comuníquese

De la Coordinación del Grupo Parlamentario Morena, por medio de la cual comunica la integración de los diputados Sara Paola Galico Félix Díaz y Carlos Lomelí Bolaños a ese grupo parlamentario. De enterado, comuníquese

De la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con la que remite el Informe Especial sobre Desaparición de Personas y Fosas Clandestinas en México. Se remite a la Comisión de Derechos Humanos, para su conocimiento

Del Instituto Nacional de Migración, con la cual remite el primer Informe Trimestral 2017 de los avances financieros correspondientes a los programas de Protección a Migrantes. Se remite a las Comisiones de Asuntos Migratorios, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

De la Secretaría de Gobernación, mediante la cual remite 10 contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados y la Comisión Permanente:

– Por el que se exhorta a la Sedatu a poner en operación el Programa de Atención de Conflictos en el Medio Rural a efecto de buscar la suscripción de un convenio de finiquito que contemple los recursos necesarios para la indemnización correspondiente de acuerdo a la sentencia dictada por el Tribunal Unitario Agrario Distrito 56 de Tepic, Nayarit; y generar mesas de diálogo con las autoridades y las comunidades wixaritari y los ganaderos nayaritas para poner fin a este conflicto. Se remite a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para su conocimiento

– Por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República para que en el ámbito de su competencia redoble los mecanismos de difusión sobre el Programa Alerta Amber. Se remite a la Comisión de Derechos de la Niñez, para su conocimiento

– Por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal y a la Semarnat a abrogar el decreto del 1 de octubre de 2013, publicado el 25 de enero de 1936, por el que se declaró Parque Nacional la montaña denominada Nevado de Toluca, y se solicite a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas realizar los procedimientos correspondientes para recategorizarlo como Reserva de la Biosfera. Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento

– Por el que se exhorta a la Comisión Federal de Electricidad y a la Secretaría de Energía a replicar los lineamientos y directrices generales del convenio aplicado a los usuarios deudores del servicio de energía eléctrica en Tabasco, en beneficio de los deudores en condiciones semejantes en el resto del país. Se remite a la Comisión de Energía, para su conocimiento

– Por el que se exhorta a la SHCP a informar sobre el destino de los recursos asignados en el Anexo 20 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, destinados a implementar acciones para el Programa Estratégico para Impulsar la Cadena de Valor del Cocotero en México. Se remite a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para su conocimiento

– Por el que se exhorta a la SHCP a celebrar un pacto nacional por la integridad, para fortalecer los mecanismos de transparencia, fiscalización y rendición de cuentas relacionados con la hacienda pública de los tres órdenes de gobierno, para generar, incrementar y consolidar la confianza de los ciudadanos sobre el manejo de recursos públicos. Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su conocimiento

– Por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua a emitir una opinión sobre la instalación de la planta cervecera de la empresa Constellation Brands en el municipio de Mexicali, BC, así como fortalecer el diálogo con las organizaciones de la sociedad civil que dan seguimiento a la construcción de dicha planta, a efecto de atender las preocupaciones respecto a dicho proyecto y encontrar vías de solución al conflicto. Se remite a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para su conocimiento

– Por el que se exhorta a las entidades federativas y a diversas dependencias de la administración pública federal a emprender acciones para promover la ciencia, tecnología e innovación. Se remite a la Comisión de Ciencia y Tecnología

– Por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a continuar brindando asistencia médica inmediata a la población que ha sido víctima de las explosiones en el mercado de San Pablito, municipio de Tultepec, atendiendo a lo dispuesto por la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se remite al promovente

– Por el que se exhorta a la Comisión Federal de Electricidad a instrumentar los mecanismos y acciones necesarias para evitar los incrementos sistemáticos de los costos de las tarifas eléctricas para el sector industrial, comercial y doméstico con alto consumo. Se remite al promovente

De la Secretaría de Gobierno del Estado de Guanajuato, con la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, para garantizar a las mujeres en zonas marginadas el acceso a los programas de prevención y detección oportuna del cáncer de mama. Se remite a la Comisión de Salud para su conocimiento

De la Secretaría de Salud del Estado de Hidalgo, mediante la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, para que a través de unidades médicas móviles se proporcionen servicios de prevención, diagnóstico y tratamiento de cáncer de mama. Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento

De la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado de Oaxaca, con la que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, para que a través de unidades médicas móviles se proporcionen servicios de prevención, diagnóstico y tratamiento de cáncer de mama. Se remiten a la Comisión de Salud, para su conocimiento

De la Procuraduría Fiscal de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General de Nuevo León, mediante la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se exhorta al gobernador constitucional del estado a instruir a esa dependencia sobre el pago solidario estatal a los trabajadores migratorios denominados “ex braceros”. Se remite a la Comisión de Asuntos Migratorios, para su conocimiento

Del Congreso del Estado de Nuevo León, con la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente, para que las entidades federativas tomen en consideración lo previsto en el Código Penal Federal, en materia de tipificación del delito de feminicidio. Se remite al promovente

De la Secretaría de Salud del Estado de Jalisco, con la cual remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados para que se realicen campañas informativas referentes a la detección temprana del cáncer infantil. Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento

De la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, con la que remite cinco contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados:

– Por el que se exhorta a la SCT federal, a la Secretaría de Movilidad local, y los gobiernos del Estado de México y de Morelos, a instalar una mesa de análisis y trabajo para que, en el ámbito de sus competencias, implementen acciones necesarias bajo un contexto de planeación con perspectiva metropolitana, que permita la adecuada movilidad en la zona metropolitana del Valle de México. Se remite a la Comisión de Ciudad de México, para su conocimiento

– Por el que se exhorta al titular de los poderes ejecutivos federal y locales, así como a las y los presidentes municipales, y a la Dirección de Equidad de Género y Asistencia Médica Social de la delegación Xochimilco a impulsar estrategias para que cesen las prácticas discriminatorias contra las personas que integran la Comunidad LGBTTTI, por parte de servidores públicos de las dependencias de seguridad pública e impartición de justicia y sancionen a quien incurra en ellas, atendiendo de manera oportuna y eficaz las denuncias por parte de miembros de esta comunidad, eliminando los tratos de intolerancia y malas prácticas, para garantizar el acceso a los derechos reconocidos en el orden jurídico mexicano. Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para su conocimiento

– Por el que se exhorta al titular de los poderes Ejecutivo federal y locales, así como a las y los presidentes municipales, y a la Dirección General de Desarrollo Social en la delegación de Iztacalco a que en el marco de sus facultades y responsabilidades ejerzan de manera eficiente, en tiempo y forma, la totalidad del presupuesto asignado al Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, así como fortalecer y brindar las facilidades necesarias conducentes a la adecuada operación del Mecanismo para el Adelanto de las Mujeres, a efecto de ejercer los recursos públicos del año fiscal correspondiente y no frenar el acceso de las mujeres a los beneficios del desarrollo. Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para su conocimiento

– Por el que se exhorta a las secretarías de Medio Ambiente federal y local, y a la Comisión Nacional del Agua, a realizar en el ámbito de sus competencias acciones para efectuar el saneamiento ambiental del vaso regulador de Cuautepec, evitar que persista su contaminación, y atender de forma oportuna la salud de la población que habita en sus alrededores que ha sido afectada por la degradación ambiental del vaso. Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento

– Por el que se exhorta al gobierno y la Secretaría de Movilidad locales, a observar el acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el Programa de Estabilidad Laboral, publicado en la Gaceta Oficial capitalina el 31 de diciembre de 2014, con el propósito de que no se lleven a cabo despidos injustificados de trabajadores que han prestado servicios conforme a esos lineamientos. Se remite al promovente

Del Congreso del Estado de Tamaulipas, con la cual remite dos contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados:

– Por el que se exhorta a las legislaturas locales a prever en sus ordenamientos medidas pecuniarias para quienes hagan llamadas falsas a los servicios de emergencia. Se remite a la Comisión de Gobernación, para su conocimiento

– Por el que se exhorta a los congresos de las entidades federativas para que se tipifique en materia del delito de feminicidio y, en su caso, realizar las reformas pertinentes a la legislación local. Se remite al promovente

De la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, por medio de la cual remite Informe de la Auditoría Interna a su Matrícula, correspondiente al Primer Trimestre del año 2017. Se remite a las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante la cual remite la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente a marzo de 2017, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal, y por entidad federativa. Se remite a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento

De la Cámara de Senadores, con la que devuelve para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional, el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 7o. de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen

MINUTAS

LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

LEY AGRARIA

De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2, 4, 5, 7 y 8 de la Ley Agraria. Se turna a la Comisión de Reforma Agraria, para dictamen

LEY FEDERAL DE FOMENTO A LAS ACTIVIDADES REALIZADAS POR ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL

De la Cámara de Senadores, se recibió la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen

INICIATIVAS DE LOS CONGRESOS ESTATALES

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

Del Congreso del Estado de Chihuahua, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el inciso d), fracción I, del artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen

LEY GENERAL PARA LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A PERSONAS CON LA CONDICIÓN DEL ESPECTRO AUTISTA

Del Congreso del Estado de Nuevo León, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un Capítulo III Bis De la Inclusión a la Educación, a la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen

LEY PARA LA PROTECCIÓN DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS

Del Congreso del Estado de Nuevo León, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 25, 36, 42, 44, 51, 52, 57, 66 y 67 de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL

Del Congreso del Estado de Nuevo León, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XVIII y se reforma el último párrafo del artículo 381 del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Del Congreso del Estado de Nuevo León, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen

LEY GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE

Del Congreso del Estado de Nuevo León, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Servicio Profesional Docente. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

INICIATIVA DE SENADOR

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

De la Cámara de Senadores, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por el senador Miguel Romo Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

INICIATIVAS DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS

EXPIDE EL REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

De la diputada Marisol Vargas Bárcena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto que expide el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL

De la diputada Evelyng Soraya Flores Carranza y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 4 y 20 de la Ley Federal de Sanidad Animal. Se turna a la Comisión de Ganadería, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Del diputado Alberto Martínez Urincho, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY GENERAL DE SALUD

Del diputado Daniel Ordoñez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 3o. y 7o. de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL Y DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL, SE ADICIONAN LAS FRACCIONES XXXV, XXXVI Y XXXVII Y UN QUINTO PÁRRAFO, Y SE REFORMA EL TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 225 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, PUBLICADO EN EL DOF EL 16 DE JUNIO DE 2016

Del diputado Alberto Martínez Urincho, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 367 Bis al Código Penal Federal y reforma el artículo décimo transitorio del artículo primero del decreto por el que se expide la Ley Nacional de Ejecución Penal, se adicionan las fracciones XXXV, XXXVI y XXXVII y un quinto párrafo, y se reforma el tercer párrafo del artículo 225 del Código Penal Federal, publicado en el DOF el 16 de junio de 2016. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

Del diputado Daniel Ordoñez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO

La diputada Nora Liliana Oropeza Olguín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 22 y 56 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

La diputada Marisol Vargas Bárcena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

El diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 3o. de la Ley General de Desarrollo Social. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen

LEY DE COORDINACIÓN FISCAL

El diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

La diputada Daniela de los Santos Torres, de Partido Verde Ecologista de México, en nombre propio y de diversos diputados integrantes de los grupos parlamentarios de los partidos Verde Ecologista de México, Revolucionario Institucional, Encuentro Social y de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de alimentos y autoridades auxiliares de las procuradurías de protección. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen

LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS

El diputado Virgilio Dante Caballero Pedraza, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en materia de prohibición de armas nucleares y minas antipersonal. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL

La diputada María Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 223 del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada Mirna Isabel Saldívar Paz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Se recibió del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 5o. y 14 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía. Se turna a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, para dictamen

LEY MINERA

La diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola, en nombre propio y del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 9 de la Ley Minera. Se turna a la Comisión de Economía, para dictamen

LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO

El diputado Tomás Roberto Montoya Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 8o., 9o. y 91 de la Ley General de Cambio Climático. Se turna a la Comisión de Cambio Climático, para dictamen

LEY GENERAL DE SALUD

El diputado Tomás Roberto Montoya Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 67, 112 y 113 de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El diputado Ariel Enrique Corona Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El diputado Ariel Enrique Corona Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

La diputada Sasil Dora Luz de León Villard, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 146 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Francisco Martínez Neri, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY GENERAL DE SALUD

La diputada Mariana Trejo Flores, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 166 Bis 3 de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO

El diputado Luis Manuel Hernández León, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

La diputada Ana Guadalupe Perea Santos, en nombre propio y del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Se turna a la Comisión de Competitividad, para dictamen

LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

La diputada Verónica Delgadillo García, en nombre propio y del diputado Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES DE LEY O DECRETO

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA, DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN, DE LA LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA Y GEOGRÁFICA, DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, DE LA LEY DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN, DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, Y DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 27 DE ENERO DE 2017

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo segundo transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2017

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y LEY ORGÁNICA DE LA ARMADA DE MÉXICO

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 2o. de la Ley Orgánica de la Armada de México

DICTÁMENES A DISCUSIÓN DE LEY O DECRETO

LEY DE AVIACIÓN CIVIL

A discusión el dictamen de la Comisión de Transportes con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil

Para fundamentar el dictamen y presentar propuestas de modificación en nombre de la Comisión, hace uso de la palabra:

–El diputado Alfredo Javier Rodríguez Dávila, del PAN

Se aceptan las modificaciones propuestas

Para fijar la posición de su grupo parlamentario, hace uso de la voz:

–La diputada Cynthia Gissel García Soberanes, del PES

–El diputado Carlos Gutiérrez García, de NA

–El diputado Jonadab Martínez García, de MC

–La diputada María Antonia Cárdenas Mariscal, de Morena

–El diputado Javier Octavio Herrera Borunda, del PVEM

–La diputada Tania Victoria Arguijo Herrera, del PRD

–El diputado Francisco José Gutiérrez de Velasco Urtaza, del PAN

–El diputado Daniel Torres Cantú, del PRI

Para la discusión en lo general, interviene:

–La diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, de MC, a favor

–La diputada Mirza Flores Gómez, de MC, a favor

Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil

Para la discusión en lo particular, participa:

–El diputado Juan Romero Tenorio, de Morena

–La diputada Concepción Villa González, de Morena

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

A discusión el dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Para fundamentar el dictamen y presentar propuestas de modificación a nombre de la comisión, así como fundamentar el siguiente dictamen, hace uso de la palabra:

–El diputado Jorge Enrique Dávila Flores, del PRI

Se aceptan las modificaciones propuestas

Para fijar la postura de su grupo parlamentario, hace uso de la voz:

–La diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del PES

–La diputada Carmen Victoria Campa Almaral, de NA

–La diputada Mirza Flores Gómez, de MC

–El diputado Vidal Llerenas Morales, de Morena

–La diputada Lorena Corona Valdés, del PVEM

–El diputado Waldo Fernández González, del PRD

–El diputado Miguel Ángel Salim Alle, del PAN

–El diputado Juan Antonio Ixtlahuac Orihuela, del PRI

Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados del proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Para la discusión en lo particular, participa:

–El diputado Juan Romero Tenorio, de Morena

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales

LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA

A discusión el dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), se adiciona un inciso y) a la fracción III, y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera

Se aceptan las modificaciones propuestas

Para fijar la postura de su grupo parlamentario, hace uso de la voz:

–El diputado Gonzalo Guízar Valladares, del PES

–El diputado Francisco Javier Pinto Torres, de NA

–El diputado Jorge Álvarez Maynez, de MC

–La diputada Concepción Villa González, de Morena

–La diputada Lorena Corona Valdés, del PVEM

–La diputada Lluvia Flores Sonduk, del PRD

–El diputado Ricardo del Rivero Martínez, del PAN

–El diputado Miguel Ángel González Salum, del PRI

Para la discusión en lo general, interviene:

–El diputado Vidal Llerenas Morales, de Morena, en contra

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), se adiciona un inciso y) a la fracción III, y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales

INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

La presidenta, diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, remite oficio, en términos de lo dispuesto por los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, por medio del cual las iniciativas y proposiciones que no se presentaron en tribuna se turnan a las comisiones correspondientes

DIPUTADAS Y DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESIÓN

De conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, se publican las votaciones de los dictámenes:

De la Comisión de Transportes, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil (en lo general y en lo particular los artículos no reservados)

De la Comisión de Transportes, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil (en lo particular los artículos 47 Bis, 52 y 84, en términos del dictamen)

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor (en lo general y en lo particular los artículos no reservados)

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor (en lo particular los artículos 65 Ter y 92 Ter, en términos del dictamen)

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), y se adiciona el y) a la fracción II del artículo 7, y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera (en lo general y en lo particular)

APÉNDICE

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 18 de abril de 2017, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados



Presidencia de la diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez

ASISTENCIA

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Pido a la Secretaría que haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y de diputados.

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 293 diputadas y diputados; por tanto, hay quórum.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez(a las 11:51 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día.

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la LXIII Legislatura.

Orden del día

Martes 18 de abril de 2017.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones oficiales

De la Mesa Directiva

Comunica modificación de turno de iniciativa.

De la Junta de Coordinación Política

Comunica cambio de integrantes y de juntas directivas de comisiones.

De los diputados Christina Ismene Gaytán, Sara Paola Galico Félix Díaz, Evelio Plata Inzunza y Alejandro González Murillo

Solicitan el retiro de iniciativas.

De los diputados Sara Paola Galico Félix Díaz y Carlos Lomelí Bolaños

Comunican que han dejado de pertenecer a sus grupos parlamentarios.

De la Coordinación del Grupo Parlamentario Morena

Comunica la integración de los diputados Sara Paola Galico Félix Díaz y Carlos Lomelí Bolaños a ese grupo parlamentario.

De la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Remite el informe especial sobre desaparición de personas y fosas clandestinas en México.

Del Instituto Nacional de Migración

Remite el primer informe trimestral 2017 de los avances financieros, correspondientes a los programas de protección a migrantes.

De la Secretaría de Gobernación

Remiten diez contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados y la Comisión Permanente.

De la Secretaría de Gobierno del Estado de Guanajuato

Remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados para garantizar a las mujeres en zonas marginadas el acceso a los programas de prevención y detección oportuna del cáncer de mama.

De la Secretaría de Salud del Estado de Hidalgo y la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado de Oaxaca

Remiten contestaciones a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados para que a través de unidades médicas móviles se proporcionen servicios de prevención, diagnóstico y tratamiento de cáncer de mama.

De la Procuraduría Fiscal de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de Nuevo León

Remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en relación con los ex trabajadores migratorios denominados “Ex braceros de Nuevo León”.

Del Congreso del Estado de Nuevo León

Remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, para que las entidades federativas tomen en consideración, lo previsto en el Código Penal Federal, en materia de tipificación del delito de feminicidio.

De la Secretaría de Salud del Estado de Jalisco

Remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para que se realicen campañas informativas referentes a la detección temprana del cáncer infantil.

De la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México

Remite cinco contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados.

Del Congreso del Estado de Tamaulipas

Remite dos contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados.

De la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo

Remite informe de la Auditoría Interna a su Matrícula, correspondiente al Primer Trimestre del año 2017.

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Remite la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente al mes de marzo de 2017, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y por entidad federativa, efectuando la comparación correspondiente al mes de marzo de 2016.

De la Cámara de Senadores

Devuelve para los efectos de la Fracción d) del artículo 72 Constitucional, el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 7o. de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

Minutas

Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social.

Con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2o., 4o., 5o., 7o. y 8o. de la Ley Agraria.

Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.

Iniciativa del Congreso del Estado de Chihuahua

Con proyecto de decreto por el que se reforma el inciso d), fracción I del artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

Iniciativas del Congreso del Estado de Nuevo León

Con proyecto de decreto por el que se adiciona un Capítulo III Bis “De la Inclusión a la Educación” a la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista.

Con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 25, 36, 42, 44, 51, 52, 57, 66 y 67 de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.

Con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XVIII y se reforma el último párrafo del artículo 381 del Código Penal Federal.

Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Servicio Profesional Docente.

Iniciativa de senador

Con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por el senador Miguel Romo Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política.

Iniciativas

Que expide el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Marisol Vargas Bárcena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 4o. y 20 de la Ley Federal de Sanidad Animal, a cargo de la diputada Evelyng Soraya Flores Carranza e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma los artículos 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 3o., 5o. y 8o. de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, a cargo de la diputada Araceli Damián González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 48 de la Ley de Instituciones de Crédito, a cargo del diputado Braulio Mario Guerra Urbiola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 30 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 2, 13 y 68 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, a cargo del diputado Francisco Martínez Neri, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alberto Martínez Urincho, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona los artículos 9o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte y 7o. de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 47 y 103 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Sofía del Sagrario de León Maza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Rodrigo Abdala Dartigues, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, suscrita por el diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana y diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 11 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por el diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana y diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 16 del Código Penal Federal y 405 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Carlos Alberto de la Fuente Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 5o., 31, 34 y 159 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por el diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana y diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, suscrita por el diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana y diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 32 de la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, a cargo del diputado José Santiago López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Arlet Mólgora Glover, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 25 y 51 de la Ley General de Partidos Políticos, a cargo del diputado José Santiago López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 51 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Lucía Virginia Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 87 de la Ley Federal del Trabajo y 58 de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Delia Guerrero Coronado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Lucía Virginia Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 24 de la Ley General de Educación; 53 y 55 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal, a cargo de la diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 4o. de la Ley Agraria, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Alberto Martínez Urincho y Francisco Xavier Nava Palacios, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y Manuel Jesús Clouthier Carrillo.

Que deroga el artículo 158 y reforma los artículos 264 y 334 del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Migración, a cargo del diputado Felipe Reyes Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, a cargo de la diputada Lucía Virginia Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Beatriz Vélez Núñez y diversos diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 40 y 85 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Santiago López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 115 y 212 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que expide la Ley General de Prevención, Atención y Posvención del Suicidio, a cargo de la diputada Adriana Terrazas Porras, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Arlette Ivette Muñoz Cervantes, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales y 2o. de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, a cargo de la diputada Erika Araceli Rodríguez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 420 del Código Penal Federal y 3o. y 56 de la Ley General de Vida Silvestre, a cargo de la diputada Erika Araceli Rodríguez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 6o. del Reglamento de la Cámara de Diputados, suscrita por los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín y Pedro Luis Noble Monterrubio, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 9o. de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, a cargo de la diputada Kathia María Bolio Pinelo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 86 de la Ley Federal del Trabajo y 33 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a cargo del diputado Julio Saldaña Morán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Miriam Dennis Ibarra Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 32 y 41 Bis, de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 15 y 379 del Código Penal Federal, suscrita por los diputados Verónica Delgadillo García y Jorge Álvarez Maynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 380, 394, 443 y 446 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada Miriam Dennis Ibarra Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, a cargo del diputado Erik Juárez Blanquet, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona el artículo 8o. del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Víctor Manuel Silva Tejeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 112 de la Ley General de Salud y 7o. de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Lillian Zepahua García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 5o. y 6o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Alfredo Anaya Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 25 y 60 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Juan Manuel Cavazos Balderas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 57 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Juan Manuel Cavazos Balderas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 2o., 7o. y 12 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Gretel Culin Jaime, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Elio Bocanegra Ruiz, Felipe Reyes Álvarez y Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 10 de la Ley del Servicio Militar, a cargo del diputado Luis de León Martínez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Mercado de Valores, para fortalecer la figura de los consejeros independientes, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 5o. y 6o. de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Adriana del Pilar Ortiz Lanz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, de la Ley de Hidrocarburos y del Código Penal Federal, a cargo del diputado Juan Antonio Ixtlahuac Orihuela, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mirna Isabel Saldívar Paz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de integración plural del Congreso de la Unión, suscrita por los diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Consulta Popular, a cargo del diputado Luis de León Martínez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 7o., 13 y 20 de la Ley General de Educación y 5o., 6o. y 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, a cargo del diputado Oscar Valencia García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

De decreto para inscribir con Letras de Oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, el nombre de Juan Rulfo, a cargo de la diputada Eloísa Chavarrias Barajas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Armando Luna Canales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona los artículos 66 y 97 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Alma Carolina Viggiano Austria, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 13 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, a cargo del diputado Pedro Luis Noble Monterrubio, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que deroga el segundo párrafo del artículo 112 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 2o. y 2o.-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Alfredo Bejos Nicolás, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 103 y 148 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Carlos Alberto de la Fuente Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona los artículos 7o., 10 y 33 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Beatriz Vélez Núñez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Karla Karina Osuna Carranco, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y suscrita por integrantes de los grupos parlamentarios del Partido Acción Nacional y del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 387 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 14 y 30 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 8o., 9o. y 91 de la Ley General de Cambio Climático, a cargo del diputado Tomás Roberto Montoya Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 67, 112 y 113 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Tomás Roberto Montoya Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 75 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado José Adrián González Navarro, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona el artículo 89 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona los artículos 76, 89, 105 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Antonio Estefan Garfias, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 1o., 2o. y 7o. de la Ley sobre la Celebración de Tratados, a cargo de la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona los artículos 48, 50, 52 y 81 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a cargo del diputado José Antonio Estefan Garfias, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona un artículo 45 Bis a la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, a cargo de la diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 1o. de la Ley de Ciencia y Tecnología, a cargo de la diputada María Angélica Mondragón Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 3o. y 7o. de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Daniel Ordoñez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 22 de la Ley de Asistencia Social, a cargo de la diputada María Angélica Mondragón Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un artículo 190 Bis a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Miriam Dennis Ibarra Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en materia de prohibición de armas nucleares y minas antipersonal, a cargo del diputado Virgilio Dante Caballero Pedraza, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 2o. de la Ley de Extradición Internacional, a cargo de la diputada Xitlalic Ceja García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que abroga la Ley sobre la Celebración de Tratados, a cargo del diputado José Antonio Estefan Garfias, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona los artículos 17 y 29 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma un artículo 367 Bis al Código Penal Federal y reforma el artículo décimo transitorio del artículo primero del decreto por el que se expide la Ley Nacional de Ejecución Penal; se adicionan las fracciones XXXV, XXXVI y XXXVII y un quinto párrafo, y se reforma el tercer párrafo del artículo 225 del Código Penal Federal, publicado en el DOF el 16 de junio de 2016, a cargo del diputado Alberto Martínez Urincho, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 395 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Alfredo Anaya Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 41 y 82 Bis de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Francisco Martínez Neri, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud, suscrita por los diputados Patricia Elena Aceves Pastrana, del Grupo Parlamentario de Morena, Lucely del Perpetuo Socorro Alpizar Carrillo y José Luis Sáenz Soto, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alfredo Anaya Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que expide la Ley de Retiro para los ex Presidentes de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Francisco Martínez Neri, Omar Ortega Álvarez y Felipe Reyes Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 74 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Benjamín Medrano Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona los artículos 132 de la Ley Federal del Trabajo y 46 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 33 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo de la diputada Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 2o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Vitalico Cándido Coheto Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Edith Anabel Alvarado Varela, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 3o., 46 y 52 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo de la diputada Adriana Elizarraráz Sandoval, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María del Carmen Pinete Vargas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 21 de la Ley General de Turismo, a cargo de la diputada Azul Etcheverry Aranda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona diversas disposiciones al Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado José Hernán Cortés Berumen, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Daniel Ordoñez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

De decreto por el que se inscribe con Letras de Oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Gregorio Torres Quintero, maestro ejemplar y creador del método onomatopéyico, formador de generaciones de mexicanos, a cargo de la diputada María Luisa Beltrán Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona los artículos 18 Bis 9 a la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, y 72 Ter a la Ley de Instituciones de Crédito, suscrita por las diputadas Ana Georgina Zapata Lucero y Susana Corella Platt, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 11 y 12 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona el artículo 73 de la Ley General de Protección Civil, a cargo del diputado David Jiménez Rumbo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Ariel Enrique Corona Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, a cargo del diputado Pedro Luis Noble Monterrubio, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 25 y 28 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada María Verónica Agundis Estrada, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 89 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo de la diputada María Verónica Agundis Estrada, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 34 del Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 41 Bis de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María Luisa Beltrán Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Exaltación González Ceceña, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, a cargo del diputado Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 12 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma los artículos 3o., 8o. y 11 de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, a cargo de la diputada Azul Etcheverry Aranda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Exaltación González Ceceña, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 41 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, a cargo del diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Braulio Mario Guerra Urbiola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Exaltación González Ceceña, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, a cargo del diputado Luis Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que adiciona los artículos 2o. y 18 de la Ley de Migración, a cargo del diputado Braulio Mario Guerra Urbiola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Braulio Mario Guerra Urbiola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mayra Angélica Enríquez Vanderkam, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, a cargo del diputado Luis Manuel Hernández León, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que adiciona el artículo 24 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Santos Garza Herrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Ricardo del Rivero Martínez y Juan Alberto Blanco Zaldívar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 6o., 21, 146 y 149 del Reglamento de la Cámara de Diputados, suscrita por los diputados Edna Ileana Dávalos Elizondo, Santos Garza Herrera, Armando Luna Canales, Juan Pablo Piña Kurczyn, José Refugio Sandoval Rodríguez y Vidal Llerenas Morales, de los grupos parlamentarios de los partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional, Verde Ecologista de México y Morena, respectivamente.

Que reforma el artículo 243 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Edna Ileana Dávalos Elizondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, a cargo de la diputada Edna Ileana Dávalos Elizondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 211 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Edna Ileana Dávalos Elizondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 166 Bis del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Edna Ileana Dávalos Elizondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 227 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Edna Ileana Dávalos Elizondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 3o. y adiciona un artículo 15 Bis de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 8o. de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del artículo 72 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, a cargo del diputado José Erandi Bermúdez Méndez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que expide la Ley para Prevenir el Desperdicio de Alimentos, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un artículo 21 Bis a la Ley General de Turismo, a cargo del diputado Alfredo Bejos Nicolás, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 22 y 56 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a cargo de la diputada Nora Liliana Oropeza Olguín, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 28 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Pedro Luis Noble Monterrubio, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Marisol Vargas Bárcena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 211 Bis del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Edna Ileana Dávalos Elizondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un artículo 417 Bis y reforma el artículo 444 del Código Civil Federal, a cargo del diputado Matías Nazario Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal, de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres y de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a cargo de la diputada Montserrat Alicia Arcos Velázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 271 de la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Luis Agustín Rodríguez Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 17 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo de la diputada Eva Florinda Cruz Molina, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 109 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Christian Joaquín Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Alejandra Gutiérrez Campos y suscrita por los diputados del estado de Guanajuato del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que expide la Ley General de Consulta Indígena y reforma el artículo 2o. de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, a cargo del diputado Christian Joaquín Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 49 de la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Jorge López Martín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo de la diputada Susana Corella Platt, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Susana Corella Platt e integrantes de la Comisión Especial de Minería.

Que reforma y adiciona el artículo 100 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a cargo de la diputada Martha Lorena Covarrubias Anaya, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 15, 154 y 162 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo de la diputada Martha Lorena Covarrubias Anaya, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un artículo 26 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 44 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, a cargo de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 50 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, suscrita por los diputados Laura Nereida Plascencia Pacheco y Rafael Yerena Zambrano, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 133 y 994 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Alma Carolina Viggiano Austria, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 2-A de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Salomón Fernando Rosales Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con proyecto de decreto para inscribir con Letras de Oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre “Batallas de Celaya”, a cargo de la diputada Adriana Elizarraraz Sandoval, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 166 Bis 3 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Mariana Trejo Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado José Santiago López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 27, 42 y 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 146 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Sasil Dora Luz de León Villard e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma los artículos 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 86 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a cargo de la diputada Minerva Hernández Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a cargo de la diputada Minerva Hernández Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 113 de la Ley de Petróleos Mexicanos, a cargo del diputado Ulises Ramírez Núñez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 28 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ulises Ramírez Núñez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Ariel Enrique Corona Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 3o. de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 42 de la Ley de Aviación Civil, a cargo del diputado Enrique Zamora Morlet e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, a cargo de la diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

De decreto por el que se declara la última semana del mes de septiembre de cada año, como “Semana Nacional de la Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales”, a cargo de la diputada Mirna Isabel Saldívar Paz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma y adiciona el artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona los artículos 387 del Código Penal Federal y 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada María Luisa Beltrán Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 17 de la Ley General de Salud, suscrita por los diputados Mariana Trejo Flores y Roberto Guzmán Jacobo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículo 6o., 13, 14, 15 y 24 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado Hugo Daniel Gaeta Esparza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 13 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a cargo de la diputada María Verónica Agundis Estrada, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona el artículo 12 de la Ley de Seguridad Nacional, a cargo de la diputada Azul Etcheverry Aranda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo de la diputada Azul Etcheverry Aranda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 27, 28 y 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, suscrita por la diputada Laura Valeria Guzmán Vázquez y diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona diversas disposiciones al Código Civil Federal, a cargo de la diputada Gloria Himelda Félix Niebla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Armando Luna Canales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 74 Bis de la Ley General de Salud, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Fidel Calderón Torreblanca, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 61 y 107 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Juan Romero Tenorio y Alfredo Basurto Román, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Yahleel Abdala Carmona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 15, 41 y 190 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo de la diputada Nadia Haydee Vega Olivas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona diversas disposiciones al Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Rafael Hernández Soriano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 56 de la Ley de Instituciones de Crédito, 45 de la Ley de Uniones de Crédito y 201 de la Ley del Mercado de Valores, suscrita por el diputado Cándido Ochoa Rojas e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma y adiciona el artículo 3o. Bis de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona los artículos 44, 90 y 105 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Daniel Torres Cantú, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 30 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona el artículo 15 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María Soledad Sandoval Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 3o., 13, 112 y 159 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Jesús Antonio López Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona los artículos 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 21 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, a cargo de la diputada Olga Catalán Padilla, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo del diputado Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que expide la Ley Nacional de Salud Mental, a cargo de la diputada Leticia Amparano Gamez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 13, 46 y 47 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 112, 160 y 166 Bis 15 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Edna Ileana Dávalos Elizondo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 7o., 16, 70, 71 y 76 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Miriam Dennis Ibarra Rangel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 77 Bis 5 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Víctor Ernesto Ibarra Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a cargo del diputado Marco Antonio Gama Basarte, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 39, 40 y 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 205 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Jorge Enrique Dávila Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Víctor Ernesto Ibarra Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 5o. de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo del diputado José Antonio Estefan Garfias, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 2o., 27, 28 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Laura Beatriz Esquivel Valdés, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 9o. de la Ley Minera, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma los artículos 8o. y 11 de la Ley General de Bibliotecas, a cargo de la diputada María del Rosario Rodríguez Rubio, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 76 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 14 y 23 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal, a cargo de la diputada María del Rosario Rodríguez Rubio, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Francisco Martínez Neri, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, a cargo de la diputada María García Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Alma Carolina Viggiano Austria, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y de la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal, a cargo de la diputada Cecilia Romero Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y deroga diversas disposiciones del Código de Justicia Militar, del Código Militar de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal y de la Ley para Conservar la Neutralidad del País, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de alimentos y autoridades auxiliares de las procuradurías de protección, suscrita por diversos diputados integrantes de los grupos parlamentarios de los partidos Verde Ecologista de México, Revolucionario Institucional, Encuentro Social y de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, a cargo del diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un artículo 16 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada María Candelaria Ochoa Avalos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona los artículos 5o. y 14 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Paola Iveth Gárate Valenzuela, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y adiciona un artículo 19 Bis a la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona el artículo 3o. de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 55 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona el artículo 325 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada María Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo único del decreto por el que se establece el Horario Estacional que se aplicará en los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Edgardo Melhem Salinas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Araceli Saucedo Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 6o. de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 223 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada María Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 261 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada María Gloria Hernández Madrid, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que expide la Ley General de Consulta Indígena, a cargo del diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 53 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, suscrita por los diputados Juan Romero Tenorio y Vidal Llerenas Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y deroga los artículos 10 y 11 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, a cargo del diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo del diputado Antonio Tarek Abdala Saad, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 8o. de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 420 del Código Penal Federal, a cargo del diputado René Cervera García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona los artículos 8o. y 9o. de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, a cargo de la diputada Zacil Leonor Moguel Manzur, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 3o. de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Olga Catalán Padilla, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo del diputado Erick Alejandro Lagos Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo transitorio segundo del decreto que reforma el párrafo primero; el inciso c) de la fracción II y la fracción V del artículo 3o., y la fracción I del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de febrero de 2012, a cargo del diputado Alejandro Ojeda Anguiano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la Ley de la Policía Federal, a cargo del diputado Héctor Ulises Cristopulos Ríos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 25 de la Ley General de Educación, y 7o. y 11 de Ley General de Infraestructura Física Educativa, a cargo del diputado Julio Saldaña Morán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 517 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado José del Pilar Córdova Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada María Luisa Beltrán Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 28 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 30 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 15 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona un Capítulo Décimo Cuarto Bis a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 16 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Sergio López Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 44 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano y 17 de la Ley Agraria, suscrita por los diputados Edna Ileana Dávalos Elizondo y Víctor Manuel Giorgana Jiménez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 3o. de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, a cargo del diputado Fernando Uriarte Zazueta, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

De decreto por el que se declara el 2018, año de Juan José Arreola, suscrita por el diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Hernán de Jesús Orantes López, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y deroga los artículos 76 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Marco Antonio Aguilar Yunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 8o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Marco Antonio Aguilar Yunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Marco Antonio Aguilar Yunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional y de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Marco Antonio Aguilar Yunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Marco Antonio Aguilar Yunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Declaratoria de publicidad

De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo segundo transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2017.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 2o. de la Ley Orgánica de la Armada de México.

Dictámenes a discusión de leyes o decretos

De la Comisión de Transportes, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil.

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), se adiciona un inciso y) a la fracción III, y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera.

De las Comisiones Unidas de Derechos Humanos y de Justicia, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal; de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; de la Ley de Extradición Internacional.

De la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del artículo 107 Bis del Código Penal Federal.

De la Comisión de Radio y Televisión, con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 89 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 78 de la Ley Federal de Trabajo.

De la Comisión de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 5 y 7 de la Ley de Ciencia y Tecnología.

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto por el que se adicionan las fracciones XXXI y XXXII al artículo 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en materia de salud.

De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 4; y se reforma el párrafo segundo del artículo 36 de la Ley Nacional de Ejecución Penal.

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 12 y 26 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2, 150, 180 y 242 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Proposiciones

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los poderes legislativos de las 32 entidades federativas, a efecto de que revisen las redacciones de sus tipos penales de allanamiento de morada y homologuen sus definiciones y sanciones, a cargo de la diputada Sara Latife Ruíz Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a iniciar los trabajos necesarios para la adhesión de México al convenio de Budapest a efecto de garantizar mayores instrumentos jurídicos para hacer frente a los delitos cibernéticos, a cargo del diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP y a la Secretaría de Salud, a agilizar y vigilar el proceso de formalización laboral de los trabajadores de salud del sector público del estado de Zacatecas y el ejercicio sano de los recursos federales asignados desde el PEF 2015, a cargo de la diputada Mariana Trejo Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la PGR, para que se ejerza acción penal en contra de los responsables del desvío de recursos de la Sedesol, suscrito por la diputada Claudia Sofía Corichi García e integrantes de la Comisión Especial para dar Seguimiento a los Procesos y Resultados de las Compras del Gobierno Federal.

Con punto de acuerdo relativo por el que se ponga en operación en el municipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas, una nueva guardería del IMSS, bajo el esquema de prestación directa, a cargo de la diputada Yahleel Abdala Carmona, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se solicita información relativa al desempeño de las funciones del titular de la autoridad del Espacio Público del Gobierno de la CDMX, a cargo de la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua y al Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, a difundir los estudios relativos al impacto que puede tener la instalación de sistemas de captación de agua pluvial, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, para que implemente las medidas necesarias para simplificar, flexibilizar y clarificar el procedimiento y los trámites que deben cumplir las organizaciones de la sociedad civil mexicanas para convertirse en donatarias autorizadas, a cargo del diputado Enrique Rojas Orozco, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de la Ciudad de México, a implementar estrategias que coadyuven a mejorar las condiciones de movilidad en la demarcación Tláhuac, a cargo de la diputada Norma Xochitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la SEP, a implementar medidas y campañas mediáticas que favorezcan la prevención de futuros contagios del virus del papiloma humano y así evitar el cáncer cérvico uterino en adolescentes, a cargo de la diputada María Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP y al ISSSTE, a garantizar a los jubilados y pensionados el pago de las prestaciones que se adeudan desde el año 2011, derivado de los incrementos en los conceptos de bono de despensa y previsión social múltiple, a cargo de la diputada Delia Guerrero Coronado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la PGR, para que una vez concretado el proceso de extradición de Javier Duarte de Ochoa, por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, continúe con las investigaciones y consigne ante tribunales competentes, las indagatorias relacionadas con los delitos de financiamiento ilícito a la campaña presidencial de Enrique Peña Nieto en 2012, entre otros asuntos pendientes de investigación en el estado de Veracruz, a cargo del diputado Cuitláhuac García Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se hace un pronunciamiento en contra de la captura y daño de delfines en aguas mexicanas, a cargo del diputado René Cervera García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades del estado de Chiapas, a implementar medidas coordinadas e inmediatas para fortalecer e intensificar las acciones de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia feminicida contra las mujeres, a cargo de la diputada María Soledad Sandoval Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Seguridad, a aceptar los cuatro resolutivos de la Recomendación número 12/2017, sobre el caso de la detención arbitraria y retención ilegal de V1 y V2, emitida por la CNDH, suscrita por la diputada Claudia Sofía Corichi García y diputadas integrantes de diversos grupos parlamentarios.

Con punto de acuerdo relativo al avance en la identificación de víctimas y el pago de recuperación del desfalco de los defraudados en el estado de Jalisco, por las casas o cajas de ahorro populares, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.»

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Pido a la Secretaría que consulte a la asamblea si se dispensa su lectura.

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa su lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves seis de abril de dos mil diecisiete, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo año de Ejercicio de la Sexagésima Tercera Legislatura.

Presidencia de la diputadaSharon María Teresa Cuenca Ayala

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia doscientos ochenta y nueve diputadas y diputados, a las doce horas con veinticinco minutos del jueves seis de abril de dos mil diecisiete, la Presidenta declara abierta la sesión.

En votación económica se dispensa la lectura al Orden del Día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

Desde sus respectivas curules realizan comentarios sobre diversos temas los diputados: Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, de Morena; Emilio Enrique Salazar Farías, del Partido Verde Ecologista de México; y Juan Antonio Ixtlahuac Orihuela, del Partido Revolucionario Institucional. La Presidenta hace aclaraciones e informa que dichas intervenciones quedarán registradas en el Diario de los Debates.

En votación económica se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior.

Desde sus respectivas curules realizan diversos comentarios las diputadas y los diputados: Patricia Elena Aceves Pastrana, de Morena; Cristina Ismene Gaytán Hernández, del Partido de la Revolución Democrática; Juan Romero Tenorio, de Morena; Ximena Tamariz García, del Partido Acción Nacional; Jesús Salvador Valencia Guzmán, Ángel II Alanís Pedraza, ambos del Partido de la Revolución Democrática; y Omar Noé Bernardino Vargas, del Partido Verde Ecologista de México. La Presidencia informa que dichas expresiones quedarán asentadas en el Diario de los Debates.

En votación económica se aprueba el acta de la sesión anterior.

Desde sus respectivas curules realizan diversos comentarios las diputadas y los diputados: José Antonio Salas Díaz, del Partido Acción Nacional; Sara Paola Galico Félix Díaz, del Partido Verde Ecologista de México; Ángel II Alanís Pedraza, y Araceli Saucedo Reyes, ambos del Partido de la Revolución Democrática. La Presidencia informa que dichas expresiones quedarán asentadas en el Diario de los Debates.

A solicitud de la diputada Ximena Tamariz García, del Partido Acción Nacional, la Presidenta invita a la Asamblea ponerse de pie, para guardar un minuto de silencio en memoria de los fallecidos por un ataque en Siria.

Presidencia de la diputadaMaría Guadalupe Murguía Gutiérrez

Se da cuenta con comunicaciones oficiales:

a) De la Mesa Directiva, por la que comunica la modificación de turno de la proposición con punto de acuerdo relativo a la implementación de un programa de intervención en la zona de Asociación Nacional de Productores Agrarios (ANAPRA), en Ciudad Juárez, Chihuahua, presentada por la diputada Ana Georgina Zapata Lucero, del Partido Revolucionario Institucional, el veintitrés de marzo de dos mil diecisiete, se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen. Actualícense los registros parlamentarios.

b) Del diputado Miguel Ángel Sulub Caamal, y de la diputada Georgina Trujillo Zentella, ambos del Partido Revolucionario Institucional, por la que solicita que se retire de los registros parlamentarios la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal, y a su Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que actualicen y mantengan la vigencia durante el ejercicio de dos mil diecisiete del decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas de Campeche y Tabasco, publicado en el Diario Oficial de la Federación el once de mayo de dos mil dieciséis y que concluyó su vigencia el treinta y uno de diciembre de dos mil dieciséis en el marco del Acuerdo para el fortalecimiento económico y la protección de la economía familiar, presentada el veintitrés de febrero de dos mil diecisiete. Actualícense los registros parlamentarios.

c) De la Secretaría de Gobernación, con la que remite ocho contestaciones a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados y la Comisión Permanente, que se encuentran publicadas en la Gaceta Parlamentaria. Se remiten a las Comisiones correspondientes, o en su caso al promovente.

d) De la Secretaría General de Gobierno de Puebla, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, relativa al plan de Acción Aizheimer y otras Demencias (PAAD). Se remite a la Comisión de Salud para su conocimiento.

e) De las Secretarías de Salud de los estados de Durango y Tabasco, con la que remite contestaciones a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados para implantar acciones que garanticen a las mujeres en zonas marginadas el acceso a los programas de prevención y detección oportuna del cáncer de mama. Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento.

f) Del Tribunal Superior de Justicia del estado de Tlaxcala, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para armonizar su legislación en materia de trata de personas y protección y asistencia a las víctimas de estos delitos. Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para su conocimiento.

g) De la Cámara de Senadores, con la que remite minutas con proyecto de decreto:

• Por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil. Se turna a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Derechos de la Niñez, para dictamen.

• Por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo trece de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de inclusión y cohesión social. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.

• Por el que se adiciona un párrafo al artículo veintiocho de la Ley General de Desarrollo Social. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.

• Por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.

• Por el que se reforma y adiciona la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia. Se turna a la Comisión de Gobernación, para dictamen.

• Por el que se reforma el artículo sesenta y siete de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

Se reciben iniciativas con proyecto de decreto de la diputada Juana Aurora Cavazos Cavazos, del Partido Revolucionario Institucional:

• Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Se turna a la Comisión de Radio y Televisión, para dictamen.

• Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Cinematografía. Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.

Se concede el uso de la palabra para presentar iniciativas con proyecto de decreto a las diputadas y a los diputados:

• David Mercado Ruiz, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona un artículo cuatro bis a la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

• Juan Carlos Ruíz García, del Partido Acción Nacional, que adiciona el artículo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Ángel II Alanís Pedraza, del Partido de la Revolución Democrática, que adiciona el artículo setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Sharon María Teresa Cuenca Ayala e integrantes del Partido Verde Ecologista de México, que reforma los artículos sesenta y seis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y cuarto de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales la parte que le corresponde; y a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias la parte que le corresponde, para dictamen.

• Ariadna Montiel Reyes, de Morena, que adiciona el artículo ciento quince de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.

• Germán Ernesto Ralis Cumplido, de Movimiento Ciudadano, que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• Carmen Victoria Campa Almaral, de Nueva Alianza, que reforma y adiciona el artículo segundo de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. Se turna a la Comisión de Asuntos Indígenas, para dictamen.

Presidencia del diputadoJerónimo Alejandro Ojeda Anguiano

• Norma Edith Martínez Guzmán, del Partido Encuentro Social, que reforma y adiciona los artículos diecinueve y cincuenta y ocho de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.

• Héctor Ulises Cristopulos Ríos, y suscrita por diputados integrantes del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo treinta y tres de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Patricia Sánchez Carrillo, del Partido Acción Nacional, que reforma los artículos tercero, cuarenta, y sesenta bis de la Ley General de Vida Silvestre. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

• María Luisa Beltrán Reyes, el Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona el artículo quinientos cuarenta y seis del Código Federal de Procedimientos Civiles. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• Sofía González Torres e integrantes del Partido Verde Ecologista de México, que adiciona los artículos ciento cincuenta y siete del Código Nacional de Procedimientos Penales y trescientos veintidós del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• Juan Romero Tenorio, de Morena, que reforma el artículo mil cuatro de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

• Jorge Álvarez Maynez, de Movimiento Ciudadano, que reforma y deroga el artículo ciento siete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Carlos Gutiérrez García, de Nueva Alianza, que reforma el artículo once de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Se turna a la Comisión de Competitividad, para dictamen.

Presidencia de la diputadaMaría Guadalupe Murguía Gutiérrez

• Refugio Trinidad Garzón Canchola, del Partido Encuentro Social, que reforma el artículo veinticinco del Reglamento de la Cámara de Diputados. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

El siguiente punto del Orden del Día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto de la Comisión Medio Ambiente y Recursos Naturales, por el que se reforma el cuarto párrafo del artículo sesenta bis de la Ley General de Vida Silvestre, en materia de mamíferos marinos. Se concede el uso de la palabra para fundamentar el dictamen al diputado: Arturo Álvarez Angli, en nombre de la Comisión. Para presentar mociones suspensivas intervienen los diputados Jorge Triana Tena, del Partido Acción Nacional; y Juan Fernando Rubio Quiroz, del Partido de la Revolución Democrática. Desde sus respectivas curules realizan comentarios con relación al tema las diputadas y los diputados: Vidal Llerenas Morales, de Morena; Verónica Delgadillo García, de Movimiento Ciudadano; Kathia María Molio Pinelo, del Partido Acción Nacional; y Jesús Sesma Suárez, del Partido Verde Ecologista de México. La Presidencia solicita se someta a consideración del Pleno, si son de aceptarse las mociones suspensivas, no habiendo claridad en la votación económica, se instruye tomar la votación nominal, la cual registró ciento ochenta y un votos a favor; y ciento noventa y seis en contra, por lo que no se admiten a discusión las mociones suspensivas, y se desechan.

En su oportunidad y desde sus respectivas curules realizan comentarios sobre el dictamen a discusión las diputadas y los diputados: Verónica Delgadillo García, de Movimiento Ciudadano; Ariadna Montiel Reyes, de Morena; Jorge Triana Tena, del Partido Acción Nacional; Jesús Sesma Suárez, del Partido Verde Ecologista de México; José Antonio Estefan Garfias, del Partido de la Revolución Democrática; Adán Pérez Utrera, de Movimiento Ciudadano; Mariana Arámbula Meléndez, del Partido Acción Nacional; Martha Sofía Tamayo Morales, del Partido Revolucionario Institucional; Sofía González Torres, del Partido Verde Ecologista de México; Omar Ortega Álvarez, José de Jesús Zambrano Grijalva, ambos del Partido de la Revolución Democrática; Marko Antonio Cortés Mendoza, del Partido Acción Nacional; Jesús Sesma Suárez, del Partido Verde Ecologista de México; César Camacho Quiroz, del Partido Revolucionario Institucional; Virgilio Dante Caballero Pedraza, de Morena; José Clemente Castañeda Hoeflich, y Jorge Álvarez Maynez, ambos de Movimiento Ciudadano. La Presidenta hace aclaraciones.

No aceptadas las mociones suspensivas, se continúa con la discusión del dictamen, para fijar postura de su grupo parlamentario sólo hace uso de la voz el diputado Jesús Sesma Suárez, del Partido Verde Ecologista de México. La Presidencia informa a la Asamblea que se recibió propuesta de modificación al texto del dictamen en nombre de la Comisión, que en votación económica se aceptan. Se somete a discusión en lo general, y no habiendo oradores registrados en votación económica se considera suficientemente discutido en lo general.

Respecto a la discusión en lo particular, la Presidencia informa que se registraron reservas al dictamen, y en consulta a los proponentes si existía el interés de presentarlas, solamente desde su curul el diputado Carlos Gutiérrez García, de Nueva Alianza, solicitó a la Presidencia integre sus reservas en el Diario de los Debates. La Presidenta hace comentarios.

La Presidenta instruye la apertura del tablero electrónico por cinco minutos, para recoger la votación en lo general y en lo particular del dictamen, concluido este plazo se registró una votación de ciento noventa y nueve votos a favor; y dos abstenciones, no alcanzando el quorum reglamentario para continuar con la sesión, en consecuencia, en términos del artículo cuarenta y seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidenta a las quince horas con treinta y nueve minutos declara un receso.

A las quince horas con cincuenta y siete minutos, y con un registro en el sistema electrónico de doscientos votos a favor; y cinco abstenciones, la Presidenta declara por terminada la sesión por falta de quorum, y cita para la que tendrá lugar el martes dieciocho de abril a las once horas.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Proceda la Secretaría a poner a discusión el acta.

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobada el acta.Proceda la Secretaría a dar lectura al oficio de la Mesa Directiva, por el que comunica la modificación de turno de iniciativa.



COMUNICACIONES OFICIALES

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— Mesa Directiva.

Honorable Asamblea:

La Presidencia de la Mesa Directiva, de conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que se rea-lizó modificación de turno al siguiente asunto:

• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Seminario de Cultura Mexicana, presentada por el diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, el 14 de febrero de 2017.

“Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.”

Atentamente

Ciudad de México, a 18 de abril de 2017.— Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez (rúbrica), Presidenta.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: De conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se modifica el turno de la iniciativa mencionada. Actualícense los registros parlamentarios.

Continúe por favor la Secretaría.

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La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del Pleno, la modificación en la integración de las comisiones que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

• Que la diputada Marbella Toledo Ibarra cause baja como integrante de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

• Que la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis cause alta como integrante en la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

• Que el diputado Luis Ernesto Munguía González cause baja como integrante de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

• Que el diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco cause alta como integrante en la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

• Que el diputado Carlos Lomelí Bolaños cause baja como secretario de la Comisión de Economía.

• Que el diputado Luis Ernesto Munguía González cause alta como secretario en la Comisión de Economía.

• Que el diputado Carlos Lomelí Bolaños cause baja como secretario de la Comisión de Desarrollo Social.

• Que la diputada Marbella Toledo Ibarra cause alta como secretaria en la Comisión de Desarrollo Social.

• Que el diputado Carlos Lomelí Bolaños cause baja como integrante de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• Que la diputada Mirza Flores Gómez cause alta como integrante en la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro. Ciudad de México, a 6 de abril de 2017.— Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica), presidente.»

En votación económica se pregunta si son de aprobarse. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobados. Comuníquense.

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La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Diputada Marta Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Los suscritos, diputada federal Cristina Ismene Gaytán Hernández y diputado federal José de Jesús Zambrano Grijalva, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicitan respetuosamente que sea retirada de los registros parlamentarios la iniciativa con proyecto de decreto por el cual se deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados, y turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle la más alta y distinguida de mis consideraciones.

Palacio Legislativo, a 10 de abril de 2017.— Diputados: Cristina Ismene Gaytán Hernández y José de Jesús Zambrano Grijalva (rúbricas).»

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La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Diputada Marta Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

A través de la presente, con fundamento en el numeral 2 del artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, le solicito que sea retirada la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, misma que presente el 9 de febrero del presente año, de la cual soy promovente, por así convenir a mis intereses.

Agradezco de antemano la atención prestada a mi solicitud.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de abril de 2017.— Diputada Sara Paola Galico Félix Díaz (rúbrica).»

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La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Diputada Marta Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

De la misma manera, me permito distraer sus múltiples ocupaciones para solicitarle amablemente que gire sus instrucciones a quien corresponda, de forma tal que se retire de las Comisiones de Agricultura y Sistemas de Riego, y de Ganadería, así como de los registros parlamentarios, la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de la Agencia Mexicana del Servicio de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agrícola, Pecuaria, Agroforestal, Pesquera y Acuícola, y reforma los artículos 92, 93, 94 y 96 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, presentada por un servidor ante el pleno el 7 de diciembre de 2016 y publicada en la Gaceta Parlamentaria el 29 de septiembre de 2016.

Sin otro particular y agradeciendo la atención que sirva brindar a la presente quedo de usted.

Atentamente

Palacio Legislativo, a 6 de abril de 2017.— Diputado Evelio Plata Inzunza (rúbrica).»

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La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Sirva esta misiva para enviarle un cordial saludo y al mismo tiempo solicitarle de la manera más atenta, gire sus instrucciones a quien corresponda a fin de que se retire de las Comisiones Unidas de Justicia, y Derechos de la Niñez, así como de los registros parlamentarios, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 343 Bis del Código Penal Federal, y 49 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del Grupo Parlamentario del PES, presentada el 24 de noviembre de 2016.

Sin más por el momento y agradeciendo la atención que sirva brindarle, a la presente, quedo a sus órdenes para cualquier asunto relacionado con el mismo.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de abril de 2017.— Diputado Alejandro González Murillo (rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se tienen por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios.

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La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Diputada Norma Rocío Nahle García, coordinadora del Grupo Parlamentario de Morena.— Presente.

La suscrita, diputada Sara Paola Galico Félix Díaz, por medio del presente me dirijo a usted a fin de solicitar mi incorporación al Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional, que tiene a bien coordinar.

Por lo que mucho agradeceré su amable atención a efecto de que notifique a los órganos de gobierno de la Cámara de Diputados.

Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 7 de abril de 2017.— Diputada Sara Paola Galico Félix Díaz (rúbrica).»

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La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Diputado José Clemente Castañeda Hoeflich, coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.— Presente.

El suscrito, diputado federal Carlos Lomelí Bolaños, por medio del presente me permito hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 6, fracción XII, del Reglamento de la Cámara de Diputados, le comunico que he tomado la decisión de separarme del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

En consecuencia le solicito tome en cuenta mi petición, para los efectos legales que correspondan.

Agradeciendo su amable atención a la presente, para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Palacio Legislativo, a 1o. día de abril de 2017.— Diputado Carlos Lomelí Bolaños (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Diputada Norma Rocío Nahle García, Coordinadora del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIII Legislatura.— Presente.

El suscrito, diputado federal Carlos Lomelí Bolaños, por medio del presente me dirijo a usted a efecto de solicitar mi incorporación al Grupo Parlamentario del Movimiento Regeneración Nacional que tiene a bien coordinar.

Por lo que mucho agradeceré su amable atención a efecto de que se notifique a los órganos de gobierno de esta honorable Cámara de Diputados.

Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Palacio Legislativo, a 1 de abril de 2017.— Diputado Carlos Lomelí Bolaños (rúbrica)»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: De enterado. Comuníquese.

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La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva.— Presente.

Por este conducto me permito informar a usted del interés de la diputada Sara Paola Galico Félix Díaz de integrarse al Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), motivo por el cual le solicito gire sus apreciables instrucciones a quien corresponda, a fin de realizar los trámites conducentes a que haya lugar, para la formal integración de la diputada Galico a este Grupo Parlamentario, para que su prerrogativa y expediente correspondiente sea transferido a Morena, a partir del 10 de abril del año en curso.

Asimismo solicito se incorpore la curul de la diputada Galico Félix Díaz del Grupo Parlamentario de Morena en el salón de pleno.

Sin otro particular, le reitero las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2017.— Diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva.— Presente.

Por este conducto, me permito informar a usted el interés del diputado Carlos Lomelí Bolaños de integrarse al Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), motivo por el cual le solicito que dicte sus apreciables instrucciones a quien corresponda a fin de realizar los trámites conducentes a que haya lugar, para la formal integración del diputado Lomelí Bolaños a este grupo parlamentario, para que su prerrogativa y expediente correspondiente sea transferido a Morena a partir del 1 de abril del año en curso.

Asimismo, solicito se incorpore la curul del diputado Lomelí Bolaños al grupo de Morena en el salón de pleno.

Sin otro particular, le reitero las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2017.— Diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: De enterado. Comuníquese.

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La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Distinguida señora presidenta:

Por este conducto, me permito hacer de su conocimiento que el día de la fecha, esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió el Informe Especial sobre Desaparición de Personas y Fosas Clandestinas en México, a través del cual se da a conocer a la opinión pública y a las autoridades federales y estatales, el resultado de la investigación que realizó respecto de los temas de mérito.

Por lo anterior, con fundamento en los artículos 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 6, fracciones VII y VIII, y 15, fracción VIII, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como 174 de su Reglamento Interno, anexo a usted en una memoria USB, el informe especial de referencia anexo 2, acompañado del resumen ejecutivo correspondiente anexo 1. (1)

(1) El documento será consultable en la versión electrónica del Diario de los Debates de esta fecha en el Anexo “A”.

Lo expuesto, con la finalidad de que en el ámbito de su competencia, la honorable Cámara de Diputados implemente las acciones necesarias tendentes a cumplimentar las conclusiones y propuestas dispuestas en dicho informe especial.

Reitero a usted las seguridades de mi consideración más distinguida.

Atentamente

Ciudad de México, a 6 de abril de 2017.— Licenciado Luis Raúl González Pérez (rúbrica), Presidente.»

« Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 102.

A. El Ministerio Público de la Federación se organizará en una Fiscalía General de la República como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio.

Para ser Fiscal General de la República se requiere: ser ciudadano mexicano por nacimiento; tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos el día de la designación; contar, con antigüedad mínima de diez años, con título profesional de licenciado en derecho; gozar de buena reputación, y no haber sido condenado por delito doloso.

B. El Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán organismos de protección de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano, los que conocerán de quejas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa provenientes de cualquier autoridad o servidor público, con excepción de los del Poder Judicial de la Federación, que violen estos derechos.

Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Denominación de la Ley reformada DOF 26-11-2001 Título I, Capítulo Único, Disposiciones Generales

Artículo 1o. Esta leyes de orden público y de aplicación en todo el territorio nacional en materia de Derechos Humanos, respecto de los mexicanos y extranjeros que se encuentren en el país, en los términos establecidos por el apartado “B” del artículo 102 constitucional

La Comisión Nacional para el mejor desempeño de sus responsabilidades contará con un Consejo.

Artículo 6o. La Comisión Nacional tendrá las siguientes atribuciones:

VI. Procurar la conciliación entre los quejosos y las autoridades señaladas como responsables, así como la inmediata solución de un conflicto planteado, cuando la naturaleza del caso lo permita;

VII. Impulsar la observancia de los derechos humanos en el país;

VIII. Proponer a las diversas autoridades del país, que en el exclusivo ámbito de su competencia, promuevan los cambios y modificaciones de disposiciones legislativas y reglamentarias, así como de prácticas administrativas, que a juicio de la Comisión Nacional redunden en una mejor protección de los derechos humanos;

Artículo 15. El Presidente de la Comisión Nacional tendrá las siguientes facultades y obligaciones: Párrafo reformado DOF 26-11-2001

I. Ejercer la representación legal de la Comisión Nacional;

II. Formular los lineamientos generales a los que se sujetarán las actividades administrativas de la Comisión, así como nombrar, dirigir y coordinar a los funcionarios y al personal bajo su autoridad;

III. Dictar las medidas específicas que juzgue convenientes para el mejor desempeño de las funciones de la Comisión;

IV. Distribuir y delegar funciones en los términos del Reglamento Interno; Fracción reformada DOF 26-11-2001

V. Presentar anualmente a los Poderes de la Unión, un informe de actividades, en los términos del artículo 52 de esta Ley. Fracción reformada DOF 26-11-2001, 30¬06-2006 Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios. Última Reforma DOF 27-01-2017 6 de 36.

VI. Celebrar, en los términos de la legislación aplicable, acuerdos, bases de coordinación y convenios de colaboración con autoridades y organismos de defensa de los derechos humanos, así como con instituciones académicas y asociaciones culturales, para el mejor cumplimiento de sus fines;

VII. Aprobar y emitir las recomendaciones públicas y acuerdos que resulten de las investigaciones realizadas por los visitadores; Fracción reformada DOF 26-11-2001

VIII. Formular las propuestas generales conducentes a una mejor protección de los derechos humanos en el país;

Reglamento Interno de la CNDH

Título VI. Informes Anuales y Especiales. Capítulo Único.

Artículo 173. (Informe anual de actividades) El presidente de la Comisión Nacional presentará un informe anual de actividades a los Poderes de la Unión en los términos del artículo 52 de la ley. En el informe anual se incluirán los datos que señala el artículo 53 de la ley. En él se podrán omitir los datos personales de los quejosos, para evitar su identificación.

Artículo

174. (Informe especial) Cuando la naturaleza del caso lo requiera por su importancia o gravedad, el presidente de la Comisión Nacional podrá presentar a la opinión pública y a las autoridades, informes especiales que contendrán en su texto los siguientes elementos: a) Presentación; b) Antecedentes; c) Acciones; d) Hechos; Marco normativo Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos CNDH Fecha de publicación: Última reforma incorporada: 29 de septiembre de 2003 9 de septiembre de 2016 Integrado por: Subdirección de Informática Jurídica Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones Comisión Nacional de los Derechos Humanos Página 69 de 79 e) Observaciones, en las cuales se incluyan los logros obtenidos, la situación de particular gravedad que se presenta, las dificultades que para el desarrollo de las funciones de la Comisión Nacional hayan surgido, así como el resultado de las investigaciones sobre situaciones de carácter general o sobre alguna cuestión que revista especial trascendencia, y f) Conclusiones.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Remítase a la Comisión de Derechos Humanos, para su conocimiento.

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La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Instituto Nacional de Migración.

Cámara de Diputados.— Presente.

Por este medio me permito remitir amablemente a usted informe trimestral de avances financieros correspondientes de los programas de protección a migrantes referente a:

a) Grupos Beta de Protección al Migrante.

b) Programa de Repatriación Humana.

c) Programa Paisano.

d) Oficiales de Protección a la Infancia.

Al respecto, me permito enviarle los avances financieros del primer trimestre del ejercicio fiscal 2017.

Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 6 de abril de 2017.— Licenciado Rogelio Valles Rosas (rúbrica), director general de Administración.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Remítase a las Comisiones de Asuntos Migratorios y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-8-3045 signado por la diputada Sharon María Teresa Cuenca Ayala, vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 0023/ 2017 suscrito por el licenciado Ramón Sosamontes Herreramoro, jefe de la Oficina de la secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a poner en operación el Programa de Atención de Conflictos en el Medio Rural a efecto de buscar la suscripción de un convenio de finiquito que contemple los recursos necesarios para la indemnización correspondiente de acuerdo a la sentencia dictada por el Tribunal Unitario Agrario Distrito 56 de Tepic, Nayarit; y generar mesas de diálogo con las autoridades y las comunidades wixaritari y los ganaderos nayaritas para poner fin a este conflicto.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 5 de abril de 2017.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Subsecretaría de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Hago referencia al oficio SELAP / UEL/ 311/ 308/17, donde se comunica el punto de acuerdo aprobado por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el martes 14 de febrero del 2017:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, para que a la brevedad pongan en operación el Programa de Atención de Conflictos en Medio Rural, a efecto de buscar la suscripción de un convenio de finiquito que contemple los recursos necesarios para la indemnización correspondiente de acuerdo a la sentencia dictada por el Tribunal Unitario Agrario Distrito 56 de Tepic; Nayarit; asimismo se generen mesas de dialogo entre las diversas autoridades y las comunidades wixaritari y los ganaderos nayaritas para poner fin al conflicto de manera integral. (Se adjunta documento del honorable Congreso de la Unión)

Por lo anterior, adjunto para los fines procedentes y cumplimiento de la solicitud, Oficio REF.: III-313-G 000654 de fecha 23 de marzo de 2017, suscrito por el Director de General de Concertación Social, adscrito a la Subsecretaría de Desarrollo Agrario de la esta secretaría.

Sin más por el momento, no me resta más que enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 29 de marzo de 2017.— Licenciado Ramón Sosamontes Herreramoro (rúbrica).»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

Licenciado Ramón Sosamontes Herreramoro, jefe de la Oficina de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.— Presente.

Me refiero a su Tarjeta/ 029/ 2017 del 27 de febrero de 2017, turnado a esta Dirección General de Concertación Social para su atención, por la cual hace referencia al oficio SELAP/ UEL/ 311/ 308/ 17, donde se comunica el punto de Acuerdo aprobado por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el día 14 de febrero de 2017, en el que se cita lo siguiente:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, para que a la brevedad pongan en operación el Programa de Atención de Conflictos en el Medio Rural, a efecto de buscar la suscripción de un convenio de finiquito, que contemple los recursos necesarios para la indemnización correspondiente de acuerdo a la sentencia dictada por el Tribunal Unitario Agrario Distrito 56 de Tepic, Nayarit; asimismo se generen mesas de diálogo entre las diversas autoridades y las comunidades wixaritari y los ganaderos nayaritas para poner fin al conflicto de manera integral.

Al respecto y en respuesta a su petición en el sentido de que se le haga llegar la información que aplique, se anexa al presente la nota informativa, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente

Ciudad de México, a 23 de marzo de 2017.— Licenciado Carlos Ernesto Zataráin González (rúbrica), director general de Concertación Social.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

Nota Informativa

San Sebastián Teponahuaxtlán versus pequeños propietarios de Huajimic

Problemática:

Conflicto social agrario que enfrenta la comunidad indígena de San Sebastián Teponahuaxtlán, municipio de Mezquitic, Jalisco, con un grupo estimado de entre 45 y 62 posesionarías, pertenecientes al poblado de Huajimic, municipio de La Yesca, Nayarit, que mantiene en posesión irregular una superficie aproximada 10 mil 400-00-00 hectáreas, que jurídicamente son propiedad de la referida comunidad y que ante la ejecución forzosa, que autoridades del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 16, llevaron a cabo el 22 de septiembre de 2016, donde se le restituyó a la comunidad 184-00-00 hectáreas, se incrementó la conflictividad entre las partes.

Antecedentes

Por resolución presidencial de reconocimiento y titulación de bienes comunales del 15 de julio de 1953, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de septiembre del mismo año, se reconoció a la comunidad indígena wixarika de San Sebastián Teponahuaxtlán, municipio de Mezquitic, Jalisco, una superficie de 240 mil 447-04-00 hectáreas, ejecutándose en sus términos el 2 de noviembre de 1953. Desde entonces se han suscitado diversos conflictos en tal superficie, entre los que destacan los que involucran a los poblados Barranca del Tule, Cañón de Tlaxcala, ambos de Jalisco; y Puente de Camotlán y Huajimic, ambos de Nayarit.

El 23 de septiembre de 1983, la Subdirección de Bienes Comunales de la entonces Secretaría de la Reforma Agraria, solicitó a la delegación en Nayarit, realizara los trabajos técnicos complementarios, a efecto de localizar las propiedades particulares enclavadas en la comunidad de mérito, en virtud de establecerse en la aludida resolución presidencial, que se dejasen a salvo los derechos de los particulares que se encuentren dentro de la superficie motivo de reconocimiento y titulación de bienes comunales.

El 8 de enero de 1988, la entonces delegación Agraria en Jalisco, remitió a la oficina del entonces secretario técnico, el expediente relativo a la opinión respecto de los predios enclavados en la perimétrica de la comunidad indígena de San Sebastián Teponahuaxtlán, municipio de Mezquitic, Jalisco, estableciendo que “presuntos propietarios o poseedores, de conformidad con lo establecido en el artículo decimosexto del Reglamento para la tramitación de los expedientes de Confirmación y Titulación de Bienes Comunales, solicitaron la exclusión de sus predios, opinando que eran de excluirse de la superficie reconocida y titulada las señaladas en el apartado B...

El 30 de junio de 1989, se celebró reunión en la delegación en Jalisco de la entonces Secretaría de la Reforma Agraria, en la cual se informó el resultado de los trabajos técnicos e informativos realizados para los trámites de exclusión de propiedades.

El gobierno federal, en el mes de junio de 2003, a través del Programa de Atención a Conflictos Sociales en el Medio Rural, en los denominados “Focos Rojos”, dio atención del asunto de San Sebastián Teponahuaxtlán, municipio de Mezquitic, Jalisco, con la finalidad de buscar dar solución en esta zona de conflicto en beneficio de las partes involucradas y demás pobladores de la región; en consecuencia, esta Dependencia del Ejecutivo Federal, aplicó recursos del Programa de Atención a Conflictos Sociales en el Medio Rural, por un monto aproximado de 293 millones 614 mil 416 pesos.

Por otra parte, la comunidad indígena de San Sebastián Teponahuaxtlán, municipio de Mezquitic, Jalisco, ha promovido diversos juicios de restitución en contra de los posesionarios del poblado de Huajimic y ante el acto de ejecución forzosa. que el Tribunal Agrario Unitario Agrario del Distrito 16 llevó a cabo el 22 de septiembre de 2016, donde se le restituyó a la comunidad 184-00-00 hectáreas, se intensificó la conflictividad entre las partes;

Ante esta situación de conflictividad, durante el 2016, han solicitado la aplicación del Programa de Atención a Conflictos Sociales en el Medio Rural, los Congresos de los Estados de Jalisco y Nayarit y las Regidoras de los Ayuntamientos de la Yesca y Huajimic; cabe señalar, que el Congreso del Estado de Nayarit, exhortó también para que se valorará la posibilidad de un incremento presupuestal al Programa de Atención a Conflictos Sociales en el Medio Rural; sin embargo. En el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017 no autorizó ningún incremento presupuestal al programa de atención a conflictos sociales en el medio rural y sí en cambió se redujo considerablemente.

Finalmente, se han llevado a cabo reuniones en las que se busca que las partes que convergen en el conflicto a través de un diálogo constructivo resuelvan de la mejor manera el problema y se elimine el riesgo latente de la pérdida de la paz social, sin que a la fecha se haya llegado al mismo, primero por la negativa de la comunidad para ceder a favor de los pequeños propietarios 5 mil hectáreas y únicamente se le restituya a su favor la superficie restante; y segundo, por la inasistencia de dicha comunidad indígena a la reunión convocada para el pasado 20 de febrero de 2017, a la que únicamente asistieron los posesionarios.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL- 63-II-7- 1830 signado por la diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese Órgano Legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número DGPPVCI/ DV/ 0475/ 2017 suscrito por el doctor Eduardo Martínez Altamirano, director general de Políticas Públicas, Vinculación y Coordinación Interinstitucional de la Procuraduría General de la República, mediante el cual responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa procuraduría para que en el ámbito de su competencia redoble los mecanismos de difusión sobre el Programa Alerta Amber.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Procuraduría General de la República.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Distinguido maestro Martínez Garza:

En atención al contenido del oficio SELAP/ 300/ 297/17 de 10 de febrero, por el que se comunica a esta Procuraduría el Punto de Acuerdo, aprobado por el honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el día 9 de febrero del año en curso, que en su parte resolutiva señala:

Único.La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Procuraduría General de la República, para que en el ámbito de su competencia redoble los mecanismos de difusión sobre el Programa Alerta Amber.

Con fundamento en el artículo 89, fracciones X y XI, del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, hago de su conocimiento, que la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad, comunicó a esta área a mi cargo que:

Al respecto, informo a usted, que la PGR a través de la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (Fevimtra), en su calidad de Coordinación Nacional del Programa Alerta AMBER México, impulsa acciones orientadas a sumar diferentes sectores que desde el ámbito de sus respectivas competencias difundan las cédulas de las alertas de las niñas, niños y adolescentes.

Al día de hoy, la difusión se realiza a través de medios de comunicación, redes sociales, autoridades participantes, Organizaciones de la Sociedad Civil, funcionarios públicos que conforman la red de enlaces del Programa, y la ciudadanía.

Cabe mencionar que la Coordinación Nacional del Programa Alerta AMBER México trabaja permanentemente en sumar aliados para que repliquen la información de las niñas, niños y adolescentes no localizados que se encuentran en riesgo o peligro inminente de sufrir un daño grave en su integridad personal y de esta forma potencializar el alcance de las alertas activadas.

Aliados:

• Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT)

• AT&T

• facebook

• Unotv

• Onstar

• Uber

• Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC)

Aunado a lo anterior, la PGR, pone a disposición de la ciudadanía canales de comunicación para que pueda conocer o en su caso tenga acceso al Programa, tales como:

• La línea telefónica 01 800 00 854 00 las 24 horas, los 365 días del año

• El sitio web www.alertaamber.nob. mx

• El correo electrónico alertaamber.gob. mx.

• La página de facebook @Alerta AMBER México Oficial

• La cuenta de twitter @AAMBER_mx

• El sitio web de Fevimtra http://www.gob.mx/Fiscalias/fevimtra/

• La aplicación Alerta AMBER México Móvil disponible para plataformas Android, Apple y Windows Phone.

Sin otro particular, le reitero mi distinguida consideración.

Atentamente

Ciudad de México, a 4 de abril de 2017.— Doctor Eduardo Martínez Altamirano (rúbrica), director general.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite a la Comisión de Derechos de la Niñez, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-4-1805 signado por el diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número SPPA/ 318/ 2017 suscrito por el doctor Rodolfo Lacy Tamayo, subsecretario de Planeación y Política Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo donde se exhorta al titular del Ejecutivo federal a abrogar el decreto del 1 de octubre de 2013, publicado el 25 de enero de 1936, por el que se declaró Parque Nacional la montaña denominada Nevado de Toluca, y se solicite a la Comisión Nacional de Áreas Naturales protegidas realizar los procedimientos correspondientes para recategorizar el Nevado de Toluca como Reserva de la Biosfera.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 6 de abril de 2017.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica) subsecretario.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me permito hacer referencia al oficio número SELAP/ 300/ 302/17, mediante el cual se hizo del conocimiento de esta secretaría, el acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados, que se transcribe:

Único.La Cámara de Diputados exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que abrogue el decreto, del 1 de octubre de 2013, que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del diverso, publicado el 25 de enero de 1936, por el que se declaró Parque Nacional la montaña denominada Nevado de Toluca, y solicite a la Comisión Nacional de Áreas Protegidas realice los procedimientos correspondientes para recategorizar el Nevado de Toluca.

Al respecto, y con el propósito de dar cumplimiento al mencionado acuerdo, me permito hacer de su conocimiento que la Comisión Nacional de Áreas Protegidas informó mediante oficio número DAJ/ 372/ 2017 (se anexa copia) que el área de protección de flora y fauna (APFF) Nevado de Toluca, con una superficie de 53 mil 590.67 hectáreas se refiere a una formación geológica de tipo volcán y no a un área o región biogeográfica, la cual posee cobertura de bosques templados principalmente, mientras que las reservas de la biosfera refieren a una representatividad más amplia de ecosistemas.

El APFF Nevado de Toluca contiene el hábitat de los que depende la existencia de mil 127 especies de flora y fauna, de las cuales al menos 41 especies se enlistan en la norma oficial mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección Ambiental-Especies Nativas de México de Flora y Fauna Silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-lista de especies en riesgo.

El artículo 54 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) señala que, las áreas de protección de flora y fauna, se constituyen en lugares que contienen los hábitat de cuyo equilibrio y preservación depende la existencia, trasformación y desarrollo de especies de flora y fauna silvestres, y en donde se permiten, entre otras cosas las actividades relacionadas con la preservación, así como la autorización para el aprovechamiento sustentable de recursos naturales a las comunidades que ahí habiten en el momento de la expedición de la declaratoria respectiva.

Bajo este contexto, en el Nevado de Toluca habitan 2 mil 806 personas en 12 comunidades rurales que realizan actividades productivas sustentables, sin afectar la diversidad biológica del área, asimismo, través del manejo forestal sustentable permite la protección y conservación de los bosques, suelo, generación de oxígeno, la aportación de agua hacia el valle de Toluca y su zona metropolitana, entre otros.

Finalmente, señaló que el estatus de APFF ha permitido impulsar un moderno modelo de conservación participativa para mantener superficies bien conservadas, recuperar áreas deterioradas y promover acciones comunitarias de aprovechamiento sustentable de los recursos naturales. Por lo que de conformidad a lo establecido en el artículo 46, fracción VII, de la LGEEPA, esa comisión ratificó que el tipo de área de protección de flora y fauna, es la que corresponde al Nevado de Toluca.

Lo anterior, se remite para que a través de su conducto, se haga llegar la respuesta correspondiente a la Cámara de Diputados, de conformidad con el procedimiento instaurado para tales efectos.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 6 abril de 2017.— Doctor Rodolfo Lacy Tamayo (rúbrica), subsecretario.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Maestro en Ciencias Rodolfo Lacy Tamayo, subsecretario de Planeación y Política Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.— Presente.

Hago referencia a su oficio número SPPA/ 194/ 2017, de fecha 24 de febrero de 2017 dirigido al licenciado Alejandro del Mazo Maza comisionado nacional de Áreas Naturales Protegidas, a través del cual le informa el punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el cual señala lo siguiente:

Único. La Cámara de Diputados exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que abrogue el decreto del 7 de octubre del 2073, que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del diverso, publicado el 25 de enero de 1936, por el que se declaró Parque Nacional la montaña denominada Nevado de Toluca, y solicite a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas realice los procedimientos correspondientes para recategorizar el Nevado de Toluca como reserva de la biosfera.

Al respecto me permito remitirle copia del oficio F00. DRCNANP.- 39/2017 de fecha 28 de marzo de 2017 signado por el maestro en derecho César Sánchez Ibarra, director de Representatividad y Creación de Nuevas Áreas Naturales Protegidas, adscrito a esta comisión, a través del cual se remite información respecto del punto de acuerdo que nos ocupa.

Del mismo modo, le comunico que el diputado federal Macedonio Salomón Tamez Guajardo remitió al comisionado nacional mediante oficio LXIII/ GPMC/ 4STG/ 190/2017 de fecha 7 de marzo de 2017, (se anexa copia) el punto de acuerdo, por lo que le solicito que en su calidad de Enlace Legislativo haga llegar la respuesta a éste.

Sin otro particular, en espera de que la información vertida sea de utilidad, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 29 de marzo de 2017.— Licenciada Sofía Gabriela Hernández Correa (rúbrica), directora de Asuntos Jurídicos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Licenciada Sofía Gabriela Hernández Correa, directora de Asuntos Jurídicos.

En atención a su oficio número DAJ/ 132/ 2017 de fecha 7 de marzo de 2017, mediante el cual envía el punto de acuerdo aprobado por el honorable Congreso de la Unión, y solicita información técnica para responder lo referente a:

Primero.La Cámara de Diputados exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que abrogue el decreto del 1 de octubre de 2013, que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del diverso, publicado el 25 de enero de 1936, por el que se declaró Parque Nacional la montaña denominada Nevado de Toluca, y solicite a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas realice los procedimientos correspondientes para recategorizar el Nevado de Toluca como reserva de la biosfera.

Por lo anterior, con fundamento en el artículo 75, fracciones VII y XV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales artículo16, fracción X, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, le informo lo siguiente:

De conformidad con el artículo ,48 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, las reservas de la biósfera... “se constituyen en áreas biogeográficas relevantes a nivel nacional, representativas de uno o más ecosistemas no alterados significativamente por la acción del ser humano o que requieran ser preservadas y restauradas, en los cuales habiten especies representativas de la biodiversidad nacional, incluyendo a las consideradas endémicas, amenazadas o en peligro de extinción.

El área de protección de flora y fauna (APFF) Nevado de Toluca, con una superficie de 53 mil 590.67 hectáreas se refiere a una formación geológica de tipo “volcán” y no a un área o región biogeográfica. Que además posee cobertura de bosques templados principalmente, mientras que las reservas de la biosfera se refieren a una representatividad más amplia de ecosistemas.

El APFF contiene los hábitat de los que depende la existencia de mil 127 especies de flora y fauna, de las cuales al menos 41 especies animales se enlistan en la norma oficial mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección Ambiental-Especies Nativas, de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión Q cambio-Lista de especies en riesgo.

Por otra parte, de conformidad con el artículo 54 de la LGEEPA, las áreas de protección de flora y fauna... “se constituyen en lugares que contienen los hábitat de cuyo equilibrio y preservación depende la existencia, transformación y desarrollo de especies de flora y fauna silvestres, y en donde se permiten, entre otras, las actividades relacionadas con la preservación, así como la autorización para el aprovechamiento sustentable de recursos naturales a las comunidades que ahí habiten en el momento de la expedición de la declaratoria respectiva.

En este sentido, en el APFF Nevado de Toluca habitan 2 mil 806 personas aproximadamente, ubicadas en 12 comunidades rurales que realizan actividades productivas sustentables para satisfacer sus necesidades esenciales, sin afectar la diversidad biológica del área.

En el APFF Nevado de Toluca, la protección y conservación de los bosques se realiza a través del manejo forestal sustentable, que permite conservar los recursos forestales y el suelo, la provisión de servicios ambientales como la generación de oxígeno, la protección de poblaciones humanas, el aporte de agua hacia el valle de Toluca y su zona metropolitana, entre otros. Donde además, se promueva la reconversión productiva de agrícola a forestal, lo que permitirá recuperar la cobertura.

No omito señalar que el estatus de APFF ha permitido impulsar un moderno modelo de conservación participativa para mantener superficies bien conservadas, recuperar áreas deterioradas y promover acciones comunitarias de aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, con el objeto de fortalecer la protección de plantas y animales nativos, en especial aquellas en alguna categoría de riesgo, así como mejorar la provisión de servicios ambientales.

Por lo anterior, esta comisión nacional de conformidad con el artículo 46, fracción VII, de la LGEEPA, ratifica que el tipo de área de protección de flora y fauna, es la que corresponde al Nevado de Toluca.

Sin más por el momento, aprovecho para enviarle un saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 28 de marzo de 2017.— César Sánchez Ibarra (rúbrica), director.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIII Legislatura.

Licenciado Alejandro del Mazo Maza, comisionado nacional de Áreas Naturales Protegidas. Avenida Ejército Nacional número 223, colonia Anáhuac. Código postal 11320, delegación Miguel Hidalgo. Ciudad de México, México.— Presente.

Referencia: Punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal abrogue el decreto del 1 de octubre de 2013, que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del diverso, publicado e1 25 de enero de 1936, por el que se declaró Parque Nacional la montaña denominada Nevado de Toluca, y recategorizar el Nevado de Toluca como reserva de la biósfera.

Estimado licenciado Del Mazo:

Sirva la presente para extenderle un cordial saludo, esperando que se encuentre muy bien.

Me dirijo a usted en atención al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el pasado 9 de febrero de 2017, mediante el cual se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal abrogue el decreto del 1 de octubre de 2013, que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del diverso, publicado el 25 de enero de 1936, por el que se declaró Parque Nacional la montaña denominada Nevado de Toluca, y recategorizar el Nevado de Toluca como reserva de la biósfera.

En tal virtud, la presente tiene por objeto dar seguimiento al punto de acuerdo, así como solicitar información de los avances respecto de la abrogación del decreto del 1 de octubre de 2013; así como de la recategorización del Nevado de Toluca como reserva de la biosfera, y dar continuidad al exhorto emitido por la Cámara de Diputados con relación a ese tema.

Agradezco de antemano su atención a la presente y quedo a sus órdenes como su más seguro servidor.

Saludos cordiales.

Palacio Legislativo, a 7 de marzo de 2017.— Diputado Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 63-II-2-1366, signado por la diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 100.DGVI.129/17, suscrito por el ingeniero Ismael Orozco Loreto, director general de Vinculación Interinstitucional de la Secretaría de Energía, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se solicita a la Comisión Federal de Electricidad que los lineamientos y directrices generales del convenio aplicado a los usuarios deudores del servicio de energía eléctrica en el estado de Tabasco, se replique en beneficio de los deudores en condiciones semejantes en el resto del país.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 6 de abril de 2017.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Energía.

Licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.— Presente.

Por este medio, me permito hacer referencia al oficio número SELAP/UEL/311/2497/16, suscrito por el maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación que contiene punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el 15 de diciembre del 2016, mediante el cual

“Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión Federal de Electricidad, que los lineamientos y directrices generales del convenio aplicado a los usuarios deudores del servicio de energía eléctrica en el estado de Tabasco, se replique en beneficio de los deudores en condiciones semejantes en el resto del país.”

Sobre el particular, adjunto al presente copia del oficio número CRI-095/2017 de la Coordinación de Relaciones Institucionales de la Comisión Federal de Electricidad, que contiene los comentarios al punto de acuerdo en comento.

Sin otro particular, envío a usted un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 5 de abril de 2017.— Ingeniero Ismael Orozco Loreto (rúbrica), director general de Vinculación Interinstitucional.»

«Comisión Federal de Electricidad.

Ingeniero Ismael Orozco Loreto, director general de Vinculación Interinstitucional de la Secretaría de Energía.— Presente.

En atención al oficio número 100.DGVI.004/17, de fecha 2 de enero de 2017, que contiene el punto de acuerdo aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2016, por el que solicita lo siguiente:

“Único. La Cámara de Diputados del Congreso la Unión solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión Federal de Electricidad, que los lineamientos y directrices generales del convenio aplicado a los usuarios deudores del servicio de energía eléctrica en el estado de Tabasco, se replique en beneficio de los deudores en condiciones semejantes en el resto del país.”

Mediante oficio número 55B-02-0054-2017, de fecha 24 de marzo de 2017, el área de Procesos Comerciales CFE Suministro Básico, señaló que los convenios que se tienen con los clientes del estado de Tabasco, del programa llamado “De la Mano por Tabasco”, son en colaboración con el gobierno del estado, aclarando que este tipo de convenio se firmó con la finalidad de erradicar la cultura de no pago que se tiene en esa región del país.

Asimismo, señaló que el convenio “De la Mano por Tabasco” se considera aplicable siempre y cuando se tenga acuerdo previo por parte del gobierno estatal y la Comisión Federal de Electricidad.

Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo.

Ciudad de México, a 28 de marzo de 2017.— Licenciada Karina Elizabeth Rangel Juárez (rúbrica), gerente de Atención a Entidades Federativas.»

«Comisión Federal de Electricidad.

Licenciado José Agustín Quiñones Quiñones, director general de la Empresa Subsidiaria de Suministro Básico de la Comisión Federal de Electricidad.— Presente.

En atención al oficio número 100.DGV1.004/17, de fecha 2 de enero de 2017, que suscribe el licenciado Ismael Orozco Loreto, director general de Vinculación Interinstitucional de la Secretaria de Energía (Sener), que contiene el punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2016, por el cual solicita a esta Comisión Federal de Electricidad (CFE), lo siguiente:

“Único. La Cámara de Diputados del Congreso la Unión solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión Federal de Electricidad, que los lineamientos y directrices generales del convenio aplicado a los usuarios deudores del servicio de energía eléctrica en el estado de Tabasco, se replique en beneficio de los deudores en condiciones semejantes en el resto del país.”

Por lo anterior, le agradeceré gira sus apreciables instrucciones a quien corresponda a efecto de que remita a esta Gerencia la información y documentos soporta, que permita dar repuesta antes de1 término señalado en el oficio de referencia a la Sener.

Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo.

Ciudad de México, a 9 de enero de 2017.— Licenciada Karina Elizabeth Rangel Juárez (rúbrica), gerente de Atención a Entidades Federativas.»

«Comisión Federal de Electricidad.

Licenciada Karina Elizabeth Rangel Juárez, gerente de Atención a Entidades Federativas.— Presente.

En atención a su oficio número CRI-GRI/004/2017, mediante el cual nos solicita la atención a la petición que nos hace el licenciado Ismael Orozco Loreto, director general de Vinculación Interinstitucional de la Secretaría de Energía relativa al punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2016, por el cual solicita a esta CFE lo siguiente:

“Único. La Cámara de Diputados del Congreso la Unión solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión Federal de Electricidad, que los lineamientos y directrices generales del convenio aplicado a los usuarios deudores del servicio de energía eléctrica en el estado de Tabasco, se replique en beneficio de los deudores en condiciones semejantes en el resto del país.”

Con respecto a esta solicitud le comento lo siguiente:

Los convenios que se tienen con los clientes del estado de Tabasco, del programa llamado “De la Mano por Tabasco” son en colaboración con el gobierno del estado y consiste en que por cada peso pagado por el cliente el gobierno del estado pagara otro peso, aclarando que este tipo convenio se firmó con el gobierno estatal para erradicar la cultura de no pago que se tiene en esa región del país.

Asimismo, le comento que se tienen convenios “especiales” en otras regiones del país para apoyo tanto del sector doméstico como del sector agrícola, por lo que se considera aplicable para el ámbito nacional siempre y cuando se tenga el acuerdo previo por parte del gobierno y esta Comisión Federal de Electricidad.

Esperando cumplir con la solicitud me despido de usted no sin antes enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 24 de marzo de 2017.— Ingeniero Luis Antonio Ordaz Ledesma (rúbrica), encargado de Procesos Comerciales.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite a la Comisión de Energía, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 63-II-6-0205, signado por el diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano, entonces vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 307-A.-3-009, suscrito por la ingeniera Elsa Rebollar Plata, directora general adjunta de Programación e Integración Presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a informar sobre el destino de los recursos asignados en el anexo 20 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, destinados a implementar acciones para el Programa Estratégico para Impulsar la Cadena de valor del Cocotero en México.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 10 de abril de 2017.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la subsecretaría de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me refiero al oficio número SELAP/UEL/311/2411/15, por el cual hace del conocimiento a esta Secretaría que por medio del oficio número D.G.P.L. 63-II-6-0205, el diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, comunicó a la Secretaría de Gobernación el acuerdo aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión celebrada el 1 de diciembre de 2015, mismo que transcribió:

“Único.La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a fin de que informen a esta soberanía sobre el destino de los recursos asignados en el anexo 20 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, destinados a implementar acciones para el Programa Estratégico para Impulsar la Cadena de Valor del Cocotero en México.

Con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 y 3 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, segundo párrafo, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, y 62 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, hago de su conocimiento que en el Anexo 20 del Decreto de Presupuesto de Egresos de Federación 2015 no fueron aprobados recursos por parte de la honorable Cámara de Diputados para el Programa Estratégico para impulsar la Cadena de Valor del Cocotero en México.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 5 de abril de 2017.— Elsa Rebollar Plata (rúbrica), directora general adjunta de Programación e Integración.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-8-3092 signado por el diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 307-A.-0932 suscrito por el Lic. A. Isaac Gamboa Lozano, Titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual responde el Punto de Acuerdo por el que se exhorta a la celebración de un Pacto Nacional por la integridad, para fortalecer los mecanismos de transparencia, fiscalización y rendición de cuentas relacionados con la hacienda pública de los tres órdenes de gobierno, para generar, incrementar y consolidar la confianza de los ciudadanos sobre el manejo de recursos públicos.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 7 de abril de 2017.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernacion.— Presente.

Hago referencia al oficio número SELAP/ 300/ 441/ 17 de fecha 21 de febrero de 2017, mediante el cual el licenciado Felipe Solís Acero, Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación (SEGOB), informa que el Diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano, Vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a través del similar D.G.P.L.63-II-8-3092, comunicó el Acuerdo aprobado por el Pleno de ese Órgano Legislativo en la sesión celebrada el 16 de febrero del año en curso, en el cual se señalan los siguientes artículos:

“Primero.- La Cámara de Diputados convoca a los Gobiernos Federal, Estatales y Municipales, a la Cámara de Senadores, a los Congresos Locales, al Poder Judicial de la Federación, a los Organismos Autónomos, a las Cámaras Empresariales, a los Colegios de Profesionistas, a las Organizaciones Civiles, y a la sociedad en su conjunto, a la celebración de un Pacto Nacional por la Integridad, para fortalecer los mecanismos de transparencia, fiscalización y rendición de cuentas relacionados con la hacienda pública de los tres órdenes de gobierno, para generar, incrementar y consolidar la confianza de los ciudadanos sobre el manejo de sus recursos públicos. Segundo.- La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal, así como a las autoridades competentes a que aceleren y agilicen los procedimientos correspondientes a las observaciones con impacto económico pendientes de solventar de 2011 a 2014, a los procedimientos resarcitorios ya las denuncias penales relacionadas con la simulación de reintegros.”

Sobre el particular, con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, primer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH); y 62 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, esta Unidad Administrativa informa respecto al punto primero del acuerdo, lo siguiente:

I. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) ha tomado debido conocimiento del planteamiento dela LXIII Legislatura Federal, referente al Pacto Nacional por la Integridad.

II. Asimismo, se resalta que recientemente se ha fortalecido el Sistema Nacional Anticorrupción, instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno, a fin de favorecer el control, la vigilancia y la fiscalización del ejercicio de los recursos públicos, a través de la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, conforme a lo dispuesto en el artículo 113 Constitucional.

En este contexto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 79 Constitucional, segundo párrafo, la función de fiscalización debe ser ejercida por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) conforme a los principios de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad, -y está reglamentada por la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación (LFRCF).

III. Adicionalmente, en materia de acceso a la información, es atribución del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), interpretar y vigilar el cumplimiento de la normatividad correspondiente, así como brindar apoyo al ciudadano, en los casos en que se niegue o bloquee el derecho de acceso a la información pública; que se encuentra en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal.

En este sentido, los sujetos obligados deben dar cumplimiento a los siguientes ordenamientos. Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y a los Lineamientos que establecen los procedimientos internos de atención a solicitudes de acceso a la información pública, según corresponda.

Por último, no se omite señalar que el Poder Ejecutivo Federal ejerce los recursos públicos en los términos previstos en el artículo 134 Constitucional; en la LFPRH y su respectivo Reglamento, y con base en dichos ordenamientos ha instrumentado acciones para llevar a cabo la contención del gasto, destacando las siguientes:

1. El decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicado el 10 de diciembre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y sus respectivos Lineamientos;

2. Los criterios contenidos en la política de gasto que anualmente el Ejecutivo federal pone a consideración de la Cámara de Diputados;

3. Los lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la administración pública federal, publicados el 22 de febrero de 2016 en el DOF; y

4. Las disposiciones específicas para la reducción en las partidas de sueldos y salarios de los servidores públicos de mando superior, emitidas el 12 de enero del presente.

No obstante lo anterior, el Poder Ejecutivo federal estará atento a los resultados del impulso a la propuesta formulada por la Cámara de Diputados.

En lo que corresponde al punto segundo del acuerdo, se informa que el Ejecutivo federal se sujeta rigurosamente a lo dispuesto en la LFRCF, y a los términos y plazos establecidos por la Auditoría Superior de la Federación.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 29 de marzo de 2017.— Alfonso Isaac Gamboa Lozano (rúbrica), titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 63-II- 8-3297 signado por el diputado Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano, vicepresidente de la Mesa directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número B00. 00. 01.107 suscrito por el ingeniero Alfonso Camarena Larriva, coordinador de Asesores de la Comisión Nacional del Agua, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa comisión a emitir una opinión sobre la instalación de la planta cervecera de la empresa Constellation Brands en el municipio de Mexicali, Baja California, así como fortalecer el diálogo con las organizaciones de la sociedad civil que dan seguimiento a la construcción de dicha planta, a efecto de atender las preocupaciones respecto a dicho proyecto y encontrar vías de solución al conflicto.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 7 de abril de 2017.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Comisión Nacional del Agua.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernacion.— Presente.

Me refiero a su oficio SELAP/ UEL/ 311/ 427/17, dirigido al maestro Rodolfo Lacy Tamayo, subsecretario de Planeación y Política Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), sobre el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados relacionado con la instalación de la planta cervecera de la empresa Constellation Brands en el municipio de Mexicali, Baja California.

Con fundamento en el artículo 16, fracción III, del Reglamento Interior de esta Comisión Nacional del Agua, le adjunto la comunicación enviada por la Subdirección General de Administración del Agua.

Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 6 de abril de 2017.— Ingeniero Alfonso Camarena Larriva (rúbrica), coordinador de asesores.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Comisión Nacional del Agua.

Ingeniero Alfonso Camarena Larriva, coordinador de asesores de la Dirección General.

Hacemos referencia a su memorándum número B00. 00.01.- 101, de 13 de marzo del año en curso, remite el punto de acuerdo emitido por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en la sesión de 9 de marzo del presente que a la letra dice:

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional del Agua, a que emita opinión sobre la instalación de la planta cervecera de la Empresa Constellation Brands en el Municipio de Mexicali, B. C, así como fortalecer el dialogo con las organizaciones de la sociedad civil que’ dan seguimiento a la construcción de dicha planta, a efecto de atender las precauciones respecto a dicho proyecto y encontrar vías de solución al conflicto.

Derivado de lo anterior, se informa que por publicaciones realizadas en medios de información se tiene conocimiento de la intención de la empresa Constellation Brands, de construir en la ciudad de Mexicali, Baja California, una planta para la elaboración de cerveza que tendría capacidad de 10 millones de hectolitros, con un costo aproximado de mil 500 millones de dólares y está programada a concluir en un periodo de 4 o 5 años.

Se ha señalado que dicho proyecto, requiere 20 Mm3 anuales de agua, los cuales se pretenden extraer de la franja de la Mesa de Andrade, misma que se ubica entre la frontera con Estados Unidos de América y el Distrito de Riego 014, zona geográfica que corresponde enteramente al acuífero Valle de Mexicali, el cual presenta la condición hídrica de déficit, con un valor de -456.04 Mm3, de acuerdo a la publicación en el Diario Oficial de la Federación, el 20 de abril de 2015.

Atendiendo a la nula disponibilidad de agua y en términos de las disposiciones normativas contenidas en el artículo 22 de la Ley de Aguas Nacionales, no es factible el otorgamiento de nuevas concesiones, ya sea para el proyecto a que se refiere la presente nota o para cualesquier otro que se pretenda realizar en la zona del valle de Mexicali.

No obstante lo antes expuesto y ante dicho escenario, la Ley de Aguas Nacionales, reconoce la figura de la transmisión de derechos, para aquellos interesados en usar, explotar o aprovechar aguas nacionales en zonas deficitarias.

Haciendo de su conocimiento, que para efectos de estar en posibilidad de promover la transmisión de derechos al amparo de títulos de concesión vigentes e inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua, debe tener lugar previamente, el acuerdo entre el cedente y cesionario, además de someter dicha intensión a la aprobación y autorización de la Comisión Nacional del Agua.

Aunado a lo anterior y considerando que el acuífero valle de Mexicali, las aguas nacionales de este acuífero se encuentran concesionadas mayormente al uso agrícola, cuya titularidad ostenta el Distrito de Riego 014 y las Unidad de Riego que conforman el citado distrito de riego, en el supuesto de que la transmisión de derechos provenga de estas concesiones, se deberá sujetar a lo dispuesto: en el Reglamento de la Unidad de Riego de que se trate, sin perjuicio de la aprobación de la asamblea general de las asociaciones de usuarios del multicitado distrito de riego.

Informando, además, que la Comisión Nacional del Agua sólo podrá autorizar transmisiones de derechos al amparo de una concesión dentro de una misma cuenca o acuífero y, siempre que con ello no se vulnere el interés público, ni se afecte el régimen hidrológico de la cuenca o acuífero, así como el equilibrio de los ecosistemas vitales. la sustentabilidad ambiental, y además no exista afectación a los derechos de terceros.

En el caso concreto, se informa que al día de hoy, no se ha presentado ante alguna oficina de la Comisión Nacional del Agua, trámite alguno que tenga por objeto obtener concesión de aguas nacionales, por parte de la empresa Constellation Brands.

Atentamente

Ciudad de México, a 5 de abril de 2017.— Licenciado David Alejandro Pérez Carreón, subdirector General de Administración del Agua. (Rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

Por este conducto, con fundamento en lo dispuesto por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito remitir copia del oficio número 113.2017.DGVP.154, signado por el licenciado Edgar Alejandro Guerrero Flores, director general de Vinculación Política de la Secretaría de Economía, así como de su anexo, mediante los cuales da respuesta al punto de acuerdo aprobado el día 15 de diciembre de 2016, relativo a la difusión de la convocatoria y los trámites a seguir para que los participantes puedan acceder a los recursos de Prosoft, así como fortalecer las acciones de vinculación entre investigadores, academia, el empresariado y la industria, a fin de facilitar la incorporación de expertos en el sector productivo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 10 de abril de 2017.— Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace Legislativo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Economía.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernacion.— Presente.

Me refiero al oficio LXIII/CCYT/348/2015, de fecha 20 de septiembre de 2016, a través del cual remite el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, cuyos resolutivos se transcriben a continuación:

Primero. El honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de los gobiernos de las entidades federativas, así como a los Congresos locales, a ampliarlos incentivos fiscales en los rubros de ciencia, tecnología e innovación, así como de fortalecer y extender los programas y políticas para una mayor participación del sector empresarial en ciencia y tecnología.

Segundo. Se exhorta al titular de la Secretaría de Economía y a los titulares del Poder Ejecutivo de las entidades federativas a ampliar la difusión de la convocatoria y los trámites a seguir para que los participantes puedan acceder a los recursos de Prosoft y ampliar con el/o su cobertura.

Tercero. Se exhorta a la Secretaría de Economía y al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología a fortalecer y extender en todo el territorio nacional las acciones de vinculación entre investigadores, academia, el empresariado y la industria, a fin de facilitar la incorporación de expertos en el sector productivo.

Al respecto la Secretaría de Economía (SE) informa lo siguiente:

Que, a través del programa Prosoft que tiene el objetivo de promover el desarrollo y la adopción de las tecnologías de la información y la innovación en los sectores estratégicos del país que contribuya a incrementar su productividad.

Para poder ser organismo promotor, o beneficiario del programa, se deben cumplir los requisitos. de elegibilidad, de conformidad con las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (Prosoft) para el ejercicio fiscal 2017, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2016, y las convocatorias que emita el consejo directivo.

Existen dos tipos de convocatoria:

• Para fungir como Organismo Promotor.

• Para la recepción de Solicitudes de Apoyo por parte de la población Objetivo.

Ambas tienen carácter nacional y se publican cada año en la siguiente liga de internet https://prosoft.economia. gob.mx Independientemente que las convocatorias son publicadas en el portal del Prosoft, la SE a través de la instancia ejecutora realiza capacitaciones a las delegaciones federales con la finalidad de que éstas a su vez difundan dichas convocatorias entre las empresas del sector de TI y población en general, y canalicen a los interesados con los organismos promotores correspondientes, o en su caso, directamente a la instancia ejecutora.

Al mismo tiempo, los organismos promotores tienen la obligación de difundir las convocatorias para la recepción de solicitudes de apoyo por parte de la población objetivo, en medios locales impresos o electrónicos; dicha obligación se encuentra reflejada en las reglas de operación, e incluye el envío de evidencia a la instancia ejecutora.

No obstante lo anterior, se continúa trabajando en busca de fortalecer el mecanismo ya existente respecto a la difusión de las convocatorias, así como la vinculación entre los actores del ecosistema de tecnologías de información e innovación (gobierno, academia, industria y sector privado) con la finalidad de que el programa sea difundido y conocido.

Dentro de la difusión y el impacto que se busca obtener a nivel nacional, un factor importante es el presupuesto que le sea asignado al Prosoft para el siguiente ejercicio fiscal, pues en la medida de que el recurso destinado incremente como en años anteriores, se podrá hacer extensivo el apoyo a más empresas y continuar y fortalecer los proyectos e iniciativas nacionales iniciados en el presente año.

Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 27 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, artículo 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, así como el acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la conducción y coordinación de las relaciones del Poder Ejecutivo federal con el Poder Legislativo de la Unión, publicado el 1 de octubre de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, le solicito atentamente haga del conocimiento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la información contenida en el presente, en la forma que usted estime conveniente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Ciudad de México, a 10 de abril de 2017.— Licenciado Edgar Alejandro Guerrero Flores (rúbrica), director general de Vinculación Política.»

« Opinión emitida

Puntos de acuerdo

Datos generales

Punto de Acuerdo: PA-2016-LXIII-338

Tipo de asunto: Punto de Acuerdo

Resolutivos:

Primero. El honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de los gobiernos de las entidades federativas, así como a los Congresos locales, a ampliarlos incentivos fiscales en los rubros de ciencia, tecnología e innovación, así como de fortalecer y extender los programas y políticas para una mayor participación del sector empresarial en ciencia y tecnología.

Segundo. Se exhorta al titular de la Secretaría de Economía ya los titulares del Poder Ejecutivo de las entidades federativas a ampliar la difusión de la convocatoria y los trámites a seguir para que los participantes puedan acceder a los recursos de Prosoft y ampliar con el/o su cobertura.

Promovente: Diputado Jorge López Martín (PAN)

Grupo Parlamentario: PAN

Fecha de presentación: 22/09/2016

Presentado en: Cámara de Diputados

Fecha de envío de respuesta

Atendiendo al presente punto de acuerdo, me permito informar lo siguiente:

El objetivo general del Prosoft es promover el desarrollo y la adopción de las tecnologías de la información y la innovación en los sectores estratégicos del país que contribuya a incrementar su productividad.

Para poder ser organismo promotor, o beneficiario del programa, se deben cumplir los requisitos de elegibilidad, de conformidad con las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (Prosoft), y las convocatorias que emita el consejo directivo.

Hay dos tipos de convocatoria:

• Para fungir como Organismo Promotor.

• Para la recepción de Solicitudes de Apoyo por parte de la población Objetivo.

Ambas tienen carácter nacional y se publican cada año en la siguiente liga de internet https://prosoft.economia. gob.mx

Independientemente que las convocatorias son publicadas en el portal del Prosoft, la Secretaría de Economía a través de la instancia ejecutora realiza capacitaciones a las delegaciones federales con la finalidad de que éstas a su vez difundan dichas convocatorias entre las empresas del sector de TI y población en general, y canalicen a los interesados con los organismos promotores correspondientes, o en su caso, directamente a la instancia ejecutora.

Al mismo tiempo, los organismos promotores tienen la obligación de difundir las convocatorias para la recepción de solicitudes de apoyo por parte de la población objetivo, en medios locales impresos o electrónicos; dicha obligación se encuentra reflejada en las reglas de operación, e incluye el envío de evidencia a la instancia ejecutora.

No obstante lo anterior, se continúa trabajando en busca de fortalecer el mecanismo ya existente respecto a la difusión de las convocatorias, así como la vinculación entre los actores del ecosistema de tecnologías de información e innovación (gobierno, academia, industria y sector privado) con la finalidad de que el programa sea difundido y conocido.

Dentro de la difusión y el impacto que se busca obtener a nivel nacional, un factor importante es el presupuesto que le sea asignado al Prosoft para el siguiente ejercicio fiscal, pues en la medida de que el recurso destinado incremente como en años anteriores, se podrá hacer extensivo el apoyo a más empresas y continuar y fortalecer los proyectos e iniciativas nacionales iniciados en el presente año.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite a la Comisión de Ciencia y Tecnología.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-4-1710 signado por la diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UCVPS/ 430/ 2017 suscrito por el doctor Ernesto Héctor Monroy Yurrieta, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud, así como de sus anexos, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a continuar brindando asistencia médica inmediata a la población que ha sido víctima de las explosiones en el mercado de San Pablito, municipio de Tultepec, atendiendo a lo dispuesto por la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 5 de abril de 2017.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernacion.— Presente.

Me refiero al oficio SELAP/ 300/ 202/17, de fecha 26 de enero de 2017, suscrito por el licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación, mediante el cual informó que en la sesión de la Cámara de Senadores, celebrada el día 25 de enero del 2017, se aprobó el punto de acuerdo, que a continuación se transcribe:

Primero. ...

Segundo. La Comisión Permanente, exhorta al titular del Ejecutivo Federal para que por conducto de la Secretaría de Salud, continúe brindando asistencia médica inmediata a la población que ha sido víctima de las explosiones en el mercado de San Pablito, en el municipio de Tultepec, atendiendo a lo dispuesto por la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Tercero. ...

Cuarto. ...

Quinto. ...

Sexto. ...

Al respecto me permito acompañar oficio CClNSHAE- DGCINS- 257- 2017 y anexos, suscrito por el doctor Simón Kawa Karasik, director general de Coordinación de Institutos Nacionales de Salud.

Con base en lo anterior he de agradecer su amable intervención a efecto de remitir esta información al órgano legislativo para su desahogo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 30 de marzo de 2017.— Doctor Ernesto Héctor Monroy Yurrieta (rúbrica), titular de la Unidad.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Doctor Ernesto Héctor Monroy Yurrieta, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social.— Presente.

Por instrucciones del titular de la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad, doctor Guillermo Miguel Ruiz Palacios y Santos, hago referencia al oficio número UCVPS/ 942/ 2016, mediante el cual hizo de nuestro conocimiento, que en la Sesión de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, celebrada el 25 de enero de 2017, se aprobó el punto de acuerdo, que a continuación se transcribe:

Primero. ...

Segundo. La Comisión Permanente exhorta al titular del Ejecutivo Federal para que por conducto de la Secretaría de Salud, continúe brindando asistencia médica inmediata a la población que ha sido víctima de las explosiones en el mercado de San Pablito, en el municipio de Tultepec, atendiendo a lo dispuesto por la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Tercero. ...

Cuarto. ...

Quinto. ...

Sexto. ...

Al respecto, anexo al presente encontrará copia simple de 105, oficios número DG/ l000/ 2017-1 suscrito por el doctor José Alberto García Aranda, director general del Hospital Infantil de México Federico Gómez y DG/ASS/ 107/2017, suscrito por el Dr. Alejandro Serrano Sierra, Director General del Instituto Nacional de Pediatría, mediante los cuales remiten análisis y opinión técnica del Punto de Acuerdo en comento a efecto de coadyuvar en la postura institucional de la Secretaría de Salud.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 21 de marzo de 2017.— Doctor Simón Kawa Karasik (rúbrica), director general de Coordinación de Institutos Nacionales de Salud.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Doctor Simón Kawa Karasik, director general de la coordinación de Institutos Nacionales de Salud.— Presente.

En atención a su oficio CCINSHAE- DGCINS- 139-2017, anexo al presente el oficio 2000/ 139/ 2017 de fecha 7 de marzo firmado por el doctor Jaime Nieto Zermeño, director médico, dando respuesta a su solicitud de colaboración para el punto de acuerdo “La Secretaría de Salud, continúe brindando asistencia médica inmediata a la población que ha sido víctima de las explosiones en el mercado de San Pablito, en el municipio de Tultepec...”

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para enviarle un afectuoso saludo.

Atentamente

Ciudad de México, DF, a 8 de marzo de 2017.— Doctor José Alberto García Aranda (rúbrica), director general .»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Doctor José Alberto García Aranda, director general.— Presente.

Con relación al turno 392, donde se anexa el oficio CCINSHAE- DGCINS- 139-2017, en el cual solicita opinión al punto de acuerdo sobre exhortar al titular del Ejecutivo federal para que por conducto de la Secretaría de Salud, continúe brindando asistencia médica a la población que ha sido víctima de la explosiones en el mercado de San Pablito, en el municipio de Tultepec, al respecto me pronuncio para informarle que consideramos que es adecuado el que se sigan atendiendo.

Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 7 de marzo 2017.— Doctor Jaime Nieto Zermeño (rúbrica), director médico.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Doctor Simón Kawa Karasik, director general de Coordinación de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad.— Presente.

En respuesta al oficio CCINSHAE- DGCINS- 139-2017 de fecha 21 de febrero del actual, en el que solicita emitir opinión respecto al punto de acuerdo aprobado en la sesión de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, celebrada el miércoles 25 de enero del 2017; me permito hacer el siguiente comentario:

Se considera que las Instituciones del Sector Salud incluyendo al Instituto Nacional de Pediatría deben estar permanentemente atentas para brindar la atención médica que se requiera, particularmente a poblaciones vulnerables como es el caso al que hace referencia el Punto de Acuerdo, en la medida de la disponibilidad de recursos humanos, técnicos y materiales con los que disponen.

Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.

Ciudad de México, a 6 de marzo de 2017.— Doctor Alejandro Serrano Sierra (rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite al promovente.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 63-II-2-1512, signado por la diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 100.DGVI.130/17, suscrito por el ingeniero Ismael Orozco Loreto, director general de Vinculación Interinstitucional de la Secretaría de Energía, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Federal de Electricidad a instrumentar los mecanismos y acciones necesarios para evitar los incrementos sistemáticos de los costos de las tarifas eléctricas para el sector industrial, comercial y doméstico con alto consumo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 5 de abril de 2017.— Licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Energía.

Licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.— Presente.

Por este medio, me permito hacer referencia al oficio número SELAP/UEL/311/138/17, suscrito por el Maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, que contiene punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el 25 de enero de 2017, mediante el cual:

“Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Federal de Electricidad a instrumentar los mecanismos y acciones necesarios para evitar los incrementos sistemáticos de los costos de las tarifas eléctricas para el sector industrial, comercial y doméstico con alto consumo.”

Sobre el particular, adjunto al presente, copia del oficio número CRI-079/2017 de la coordinación de Relaciones Institucionales de la Comisión Federal de Electricidad, que contiene los comentarios emitidos al punto de acuerdo en comento.

Sin otro particular, envío a usted un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 5 de abril de 2017.— Ingeniero Ismael Orozco Loreto (rúbrica), director general de Vinculación Interinstitucional.»

«Comisión Federal de Electricidad.

Ingeniero Ismael Orozco Loreto, director general de Vinculación Interinstitucional de la Secretaría de Energía.— Presente.

En atención al oficio 100.GDV1.052/17 de fecha 30 de enero de 2017, relativo al oficio SELAP/UEL/311/138/17, suscrito por el maestro Valentín Martínez Garza, titular de la Unidad de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación (Segob) que contiene punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión en sesión celebrada el 25 de enero de 2017, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente:

Mediante oficio G0001-2017/00058 de fecha 2 de marzo de 2016, la Subdirección de Programación de la CFE, señalo que la Ley de Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, otorga a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) la atribución de regular y promover el desarrollo, eficiente de la generación de electricidad. De igual manera, el Título Cuarto relativo a las disposiciones aplicables a los integrantes de la Industria Eléctrica, establece que la CRE expedirá las metodologías para determinar el cálculo y ajuste de Tarifas Reguladas.

Por otra parte el Capítulo VI de la LIE establece que el Ejecutivo federal podrá determinar un mecanismo de fijación de tarifas distinto al de las tarifas finales que determine la CRE para usuarios del servicio básico. Asimismo, el Reglamento de la LIE señala que en la determinación de precios o tarifas reguladas, la CRE podrá realizar ejercicios comparativos y aplicar los ajustes que estime oportunos.

Con fundamento en lo anterior, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) continúa sancionando la aplicación de la disposición complementaria 7 “Cláusula de los ajustes por las variaciones en los precios de los combustibles y la inflación nacional”, misma que ajusta con respecto al valor del mes anterior, los cargos de las tarifas industriales en alta y media tensiones, comerciales (2, 3 y 7) y tarifa doméstica de alto consumo (DAC), reflejando de manera aproximada las variaciones de los costos de suministro, los cuales son exógenos a CFE.

Suspender dicho mecanismo de ajuste, no reflejaría los costos de suministro e impactaría negativamente en las finanzas de CFE. Respecto a las tarifas domésticas de bajo consumo, 1, 1A, 1B, 1C, 1D, 1E y 1F, desde enero de 2015 se suspendió el ajuste mensual que se aplicaba, y se ha aplicado una reducción de 4 por ciento a dichos cargos. Lo anterior, ha beneficiado desde entonces al 98.8 por ciento de los hogares mexicanos.

Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 14 de marzo de 2017.— Licenciada Karina Elizabeth Rangel Juárez (rúbrica), gerente de Relaciones Institucionales.»

«Comisión Federal de Electricidad.

Licenciada Karina Elizabeth Rangel Juárez, gerente de Relaciones Institucionales de la Comisión Federal de Electricidad.— Presente.

Hago referencia al oficio número CRI-025/2017 del 16 de febrero de 2017, recibido en esta subdirección el día 20 del mismo mes y año, mediante el que solicita remitir a la gerencia a su cargo, la información y documentos de soporte que permita dar respuesta al punto de acuerdo del honorable Congreso de la Unión mediante el que se exhorta a la Comisión Federal de Electricidad a instrumentar los mecanismos y acciones necesarios para evitar los incrementos sistemáticos a de los costos de las tarifas eléctricas para el sector industrial, comercial y doméstico de alto consumo. Sobre el particular, le hago los siguientes comentarios:

La Ley de Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, otorga a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) la atribución de regular y promover el desarrollo eficiente de la generación de electricidad, los servicios públicos de transmisión y distribución eléctrica, la transmisión y distribución eléctrica que no forma parte del servicio público y la comercialización de electricidad.

Por otra parte, el Título Cuarto, “Disposiciones aplicables a los Integrantes de la Industria Eléctrica”, Capítulo VI, “De las Tarifas”, contenido en la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), establece que la CRE expedirá, mediante disposiciones administrativas de carácter general, las metodologías para determinar el cálculo y ajuste de las tarifas reguladas para los servicios de transmisión; distribución; operación de los suministradores de servicios básicos; operación del Cenace y servicios conexos no incluidos en el mercado eléctrico mayorista.

Asimismo, el Capítulo VI de la LIE, señalado en el párrafo anterior, establece que el Ejecutivo federal podrá determinar, mediante Acuerdo, un mecanismo de fijación de tarifas distinto al de las tarifas finales que determine la CRE para determinados grupos de Usuarios del Suministro Básico.

El Reglamento de la LIE (RLIE) señala en el artículo 47 que en la determinación de contraprestaciones, precios o Tarifas Reguladas, la CRE empleará las herramientas de evaluación que estime necesarias para lagar sus objetivos regulatorios, para lo cual podrá realizar ejercicios comparativos y aplicar los ajustes que estime oportunos, así como emplear indicadores de desempeño.

De esta forma, la SHCP continúa sancionando la aplicación de la disposición complementaria número 7 “Cláusula de los ajustes por las variaciones en los precios de los combustibles y la inflación nacional”, misma que ajusta con respecto al valor del mes anterior, los cargos de las tarifas industriales en alta y media tensiones, comerciales (2, 3 y 7) y tarifa doméstica de alto consumo (DAC), reflejando de manera aproximada las variaciones de los costos de suministro, las cuales son exógenos a CFE.’ Suspender dicho mecanismo de ajuste, no reflejaría los costos de suministro e impactaría negativamente en las finanzas de CFE.

Respecto a las tarifas domésticas de bajo consumo 1, 1A, 1B, 1C, 1D, 1E y 1F, desde enero de 2015 se suspendió el ajuste mensual que se aplicaba, y se ha aplicado una reducción de 4 por ciento a dichos cargos. Lo anterior, ha beneficiado desde entonces al 98.8 por ciento de los hogares mexicanos.

Le envío un cordial saludo.

Atentamente

2 de marzo de 2017.— Pedro Luna Tovar (rúbrica), subdirector de Programación.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite al promovente.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Secretaría de Gobierno de Guanajuato.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presente.

Por instrucciones del licenciado Miguel Márquez Márquez, gobernador constitucional de Guanajuato y en atención a su oficio número DGPL- 63-II-7- 1846 con fecha de recibido 15 de febrero de 2017, por el que exhorta lo siguiente:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de las Secretaría de Salud Federal y de las entidades federativas para que en coordinación con los autoridades sanitarios responsables, implementen acciones para garantizar a las mujeres en zonas marginadas el acceso a los programas de prevención y detección oportuno del cáncer de mama. Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de las Secretarías de Salud federal y de las entidades federativas, a que refuercen una estrategia de prevención y detección oportuna con base en la autoexploración y mastografía a través de unidades médicas móviles que otorguen servicios de prevención, diagnóstico, vigilancia, seguimiento y tratamiento del cáncer de mama, con el fin de disminuir la tasa de mortalidad con un diagnóstico certero y oportuno para que puedan alcanzar su máximo potencial de vida. Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de las Secretarías de Salud federal y de las entidades federativas para que en el ámbito de sus respectivas competencias, refuercen y la detección oportuna del cáncer de mama, sin estimarse que el desarrollo de los acciones emprendidos representen un impacto presupuestal adicional al establecido para el cumplimiento y seguimiento de las actividades institucionales programadas.

Con base en lo anterior me permito manifestar que la Secretaría de Salud, dentro del Programa de Salud Reproductiva, contempla a los cánceres como programas prioritarios (Cáncer de Mama) lo anterior a través del Plan Específico de Acción del Programa de Cáncer de la Mujer 2013-2018 que marca tres objetivos generales:

1. Mejorar el conocimiento de mujeres y hombres sobre prevención y detección temprana del cáncer de mama y de cuello uterino;

2. Fortalecer la detección temprana de cáncer de cuello uterino y cáncer de mama; y

3. Contribuir a la convergencia de los sistemas de información y a la portabilidad en los servicios de atención de cáncer de mama y del cuello uterino en las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.

En Guanajuato, con una población de más de 5 millones de habitantes, de los cuales poco más de 1 millón 800 son mujeres de 25 a 69 años, se fortalece la detección oportuna de cáncer de mama con los 4 procedimientos indispensables en el programa de tamizaje o detección oportuna de acuerdo a la NOM-041-SSA Para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de junio de 2011): a) la autoexploración mamaria, b) la exploración clínica de la mama por personal de salud, c) la mastografía que es la técnica actual del programa de tamizaje, que se puede acompañar o no del ultrasonido mamario; y d) estudios de gabinete que al realizarlos permiten detectar lesiones sospechosas y positivas a cáncer de mama estadios tempranos.

A través de la NOM-041, las actividades de prevención, incluyen la comunicación educativa a la población para valorar los factores de riesgo y promover estilos de vida sanos que contribuyan a la disminución de la morbilidad por el cáncer de la mama, así como las actividades de detección temprana para la identificación, diagnóstico, tratamiento y control oportuno del cáncer de mama mediante las siguientes directrices:

Autoexploración mamaria. La autoexploración se deberá recomendar en forma mensual a partir de la menarca; entre el 7o. y 10o. día de iniciado el sangrado en la mujer menstruante y en la posmenopáusica se debe realizar en un día fijo elegible por ella. Es función del prestador de servicios de salud enseñar la técnica de autoexploración a todas las mujeres que acudan a la unidad de salud.

Examen clínico anual. Debe ser realizado por médico o enfermera capacitados, en forma anual, a todas las mujeres mayores de 20 años que asisten a las unidades de salud, previa autorización de la usuaria.

Mastografía. Se debe realizar anualmente o cada dos años, a las mujeres de 40 a 49 años con dos o más factores de riesgo y en forma anual a toda mujer de 50 años o más, por indicación médica y con autorización de la interesada, de existir el recurso.

En las unidades médicas de la Secretaría de Salud el servicio de mastografía no se debe negar a ninguna mujer por razones de tipo económico. A toda mujer que haya tenido un familiar (madre o hermana) con cáncer de mama antes de los 40 años, se le debe realizar un primer estudio de mastografía diez años antes de la edad en que se presentó el cáncer en el familiar y posteriormente de acuerdo a los hallazgos clínicos, el especialista determinará el seguimiento.

Adicionalmente, el Programa de Tamizaje o Scrinin para cáncer de mama se sustenta en el marco jurídico descrito en las normas oficiales mexicanas, (41, 04, 17, 07, 05, 16, 35) declaraciones, conferencias y convenciones internacionales vigentes.

Para dar cumplimiento a los objetivos de este programa, en cada uno de los municipios del estado se cuenta con el servicio de promoción y detección oportuna de cáncer de mama mediante el adiestramiento en autoexploración clínica, exploración clínica mamaria y mastografía, los cuales se ofertan como parte integral de servicios para este grupo de población de acuerdo al Modelo de Atención en primer nivel y segundo nivel.

• El avance que se ha presentado en el Programa de Detección, Diagnóstico y Tratamiento de Cáncer de Mama es:

En el estado de Guanajuato se atiende a la población que padece cáncer a través de los programas de cáncer de la mujer (mama, cervicouterino y ovario) y atención en general en tres centros oncológicos especializados (Hospital General Regional de León, Hospital Materno de Celaya, Materno Infantil de Irapuato y Hospital Regional de Alta Especialidad del Bajío). Los cuales pueden ser financiados a través del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos del Seguro Popular y se proporciona la atención de forma gratuita.

Asimismo, y con la finalidad de garantizar la atención completa de las pacientes positivas mastectomizadas en el estado, se cuenta con el apoyo emocional de las mujeres y la reconstrucción mamaria en coordinación con asociaciones civiles y colegio de cirujanos plásticos del estado de Guanajuato. A la fecha, se han realizado 3 jornadas con la reconstrucción de 31 mujeres de los diferentes municipios en el estado.

Son grandes los avances, sin embargo, la acción más importante es la de modificar los determinantes sociales y los factores de riesgo modificables, por lo que la actividad principal se centra en la promoción y prevención.

Las anteriores acciones, entre otras, son las que el gobierno del estado de Guanajuato realiza en favor de garantizar a las mujeres el acceso a los programas de prevención y detección oportuna del cáncer de mama.

Reciba un saludo y a la vez, encomiamos la labor de ese órgano legislativo al que representa.

Respetuosamente

Guanajuato, Guanajuato, 22 de marzo de 2017.— Licenciado Antonio Salvador García López (rúbrica), secretario de Gobierno.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite a la Comisión de Salud para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Secretaría de Salud de Hidalgo.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la LXIII Legislatura.— Presente.

En atención a su símil número DGPL-63.II-1846, relativo a la aprobación del dictamen emitido por la Comisión de Salud bajo el punto de acuerdo concerniente al fortalecimiento de los programas de cáncer de mama, así como a garantizar el acceso de estos a personas en zonas marginadas por este conducto informo a usted, que

La Clínica de Mastografía y la Clínica de Oncología del Hospital General de Pachuca garantizan y atienden a pacientes de los 84 municipios del estado de Hidalgo, agenda dos y referidos por las unidades de primer nivel de atención y de los Hospitales que realizan diagnóstico a través de sus clínicas de mastografía.

Asimismo, comunico a usted que se fortalece la estrategia de prevención y detección oportuna a través de:

• Jornadas médicas programadas de manera conjunta entre la Dirección de Primer Nivel de Atención y la Dirección de Unidades Médicas Móviles, mismas que garantizan el acceso a los servicios de mastografía de tamizaje (detección) a mujeres de los municipios asignados en el mapa de georreferencia. Estas jornadas son operadas por personal del Hospital General de Pachuca, previa solicitud de los presidentes municipales.

• Convocatorias a cargo de la jurisdicción sanitaria correspondiente, quien prioriza la atención de mujeres residentes de zonas marginadas y de acuerdo a indicaciones descritas en la normatividad vigente, identificando también a usuarias que presentan signos y/o sintomatología, quienes son referidas con “cero” dilatación.

• Relación coordinada con los subdirectores jurisdiccionales para la planeación y organización de los planes de trabajo, que garanticen la operatividad en la localidad o municipio al que este dirigido. Así como para lo referente a la ejecución de campañas de difusión y promoción, mediante: perifoneo, spot de radio, cápsulas informativas y anuncios de los servicios que se ofrecerán en las localidades.

• Prestación del servicio de trasporte a usuariasa cargo de la Uneme Dedicam, a fin de facilitar el traslado de beneficiarias provenientes de los municipios que comprenden las Jurisdicciones de Actopan y Atotonilco El Grande principalmente.

• Gestión de las Jurisdicciones Sanitarias ante autoridades locales (presidencias municipales) para el otorgamiento de apoyo para traslado de pacientes.

• Seguimiento de acciones programadas: Práctica de mastografías de tamizaje, revisión de imágenes, toma de estudios adicionales y complementarios en el mismo día de visita de la usuaria. La programación de biopsia, en los casos necesarios, es programada en un plazo no mayor a 5 días de la indicación del estudio.

Con este modelo de trabajo se favorece la:

– Reducción de los tiempos de espera para atención subsecuente

– Re-llamado de usuarias por inasistencia a protocolos de diagnósticos

– Reducción en costos de traslado

– Referencia oportuna para tratamiento en los casos de cáncer de mama, incluyendo el acompañamiento emocional de las usuarias diagnosticadas.

– Seguimiento semestral de usuarias con diagnostico BI-RADS 3 y la referencia para tratamiento de usuarias con otras enfermedades de la mama.

• La difusión de factores de riesgo y protectores de Cáncer de Mama como la enseñanza de autoexploración de glándula mamaria es realizada de manera diaria en las Salas de Espera de Uneme Dedicam.

• Canalización oportuna mediante los servicios de primer nivel de atención a los hospitales más cercanos que cuenten con servicios de mastógrafo, tales como: Hospital General de Tulancingo, Hospital General de Tula y Hospital del Valle del Mezquital o a través de las Unidades Móviles de Fortalecimiento a la atención Médica; lo que permite ampliar y garantizar la cobertura para dicho servicio.

• Participación en reuniones multidisciplinarias entre las diferentes Unidades y Servicios Médicos, a fin de sesionar los casos y realizar la retroalimentación en las áreas de oportunidad detectadas.

• En relación al Programa Anual de Capacitación, se realizaron 18 capacitaciones regionales durante los meses de septiembre, octubre y noviembre 2016, con los temas de: cáncer de mama y cervicouterino, cáncer en la mujer y jornadas conmemorativas a la “Lucha contra el Cáncer de Mama”. La programación para el presente año, comprende temas de Cáncer de Mama y Jornadas conmemorativas, corresponde a 6 capacitaciones regionales a ejecutar durante los meses de mayo, septiembre y octubre 2017.

• Durante el 2016 se practicaron 6,111 mastografías de tamizaje a mujeres asintomáticas de entre 40 y 69 años, en donde se diagnosticaron 63 casos sospechosos de cáncer de mama, con protocolo de estudio.

Agradeciendo su amable atención, me reitero a sus apreciables órdenes.

Pachuca de Soto, Hidalgo, marzo 16 de 2017.— (Rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla:«Consejería Jurídica de Oaxaca.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.

Por instrucciones del Consejero Jurídico del Gobierno del Estado y con fundamento en el artículos 98 Bis; de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 49 primer párrafo y fracción XXVIII; de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, 22, fracciones I y XIV, del Reglamento Interno de la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado; doy respuesta a su Oficio D.G.P.L. 63-II-7-1846, de fecha 9 de febrero de 2017, por el cual hace del conocimiento el punto de acuerdo por el que se exhorta a la dependencia a su digno cargo, a implementar acciones para garantizar a las mujeres de zonas marginadas el acceso a los programas de prevención y detección oportuna del cáncer de mama, así como a reforzar una estrategia de prevención y detección oportuna con base en la autoexploración y mastografía a través de unidades médicas móviles que otorguen servicios de prevención, diagnóstico, vigilancia, seguimiento y tratamiento de cáncer de mama; entre otros puntos que se mencionan en el oficio de referencia; sobre el particular adjunto copia del ocurso 3S/3S.2.3/0-101303/2017, de fecha 8 de marzo de 2017, signado por la doctora María del Pilar Nava Ramírez, directora de Prevención y Promoción de la Salud de los Servicios de Salud de Oaxaca, mediante el cual informa sobre lo exhortado; consecuentemente, pido a usted de manera atenta, se tenga a mi representado, cumpliendo plenamente con lo solicitado.

Sin otro asunto en particular, le reitero mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

“El Respeto al Derecho Ajeno es la Paz”

Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, a 27 de marzo de 2017.— Licenciada Elvira Morales Pérez (rúbrica) directora general de Consulta Normativa y Prospectiva Legislativa de la Consejería Jurídica.»

«Secretaría de Salud de Oaxaca.

Licenciado Ángel Alejo Torres, consejero jurídico del Gobierno del Estado

En seguimiento al oficio número GU/SPEE/STTPE/ G4/2017/193, de fecha 14 de febrero de 2017, contenido en el memorándum CI17-0579M de fecha 16 de febrero de 2017, mismo que incluye anexo el oficio número D.G.P.L. 63-II.7-1846, relativo al expediente 4281 y signado el 9 de febrero de 2017 en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Así como el memorándum consecutivo: CI17-0609M de fecha 21 de febrero del 2017.

Me permito informar a usted que en apego irrestricto a los artículos 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2o., 6o., 25, 26 y 27, fracciones II, III, IX y XI de la Ley General de Salud; 18, fracción XI, del Reglamento Interno de los Servicios de Salud de Oaxaca. De igual manera en los numerales 3.2.1, 3.2.3, 5.2, 5.2.1, 5.2.2, 5.2.3, 5.3, 6.1.1, 6.1.5, 6.2.1,6.4.1, 7.1.1 de la NOM-041-SSA2-2011 Para la prevención, diagnóstico, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama.

Es importante comentar que para poder dar cumplimiento y debida atención a las consideraciones de análisis contenidas en el documento emanado de la sesión celebrada el 24 de octubre de 2016 en el recinto de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. En cuanto a la consideración quinta, en la que se menciona [...la tarea de acercar los servicios de salud a la población que habita en zonas marginadas con alta dispersión y difíciles condiciones de acceso debido a su ubicación geográfica...] Se cuenta con un servicio de subrogación acorde a lo que dicta el artículo 8o. de la Ley General de Salud, que permite acercar el servicio de acuerdo a condiciones geográficas de las localidades. En lo que respecta a la consideración sexta: que aborda las unidades médicas móviles, las cuales [...cuentan con mastógrafos y el respaldo de un centro de diagnóstico...] [...se podrá duplicar el número de mastografías reduciendo drásticamente los tiempos de entrega de resultados.]. Las unidades se programan de acuerdo a sitios de riesgo epidemiológico, como de logística y de acuerdo a los accesos carreteros, para mayor eficiencia en su productividad. En lo concerniente a la consideración séptima: en que versa [...la necesidad de reforzar y duplicar los mecanismos que combatan esta problemática, favoreciendo a los grupos vulnerables que presentan difícil acceso a las instituciones de salud.] De manera preliminar durante 2016 se han realizado 10,796 exploraciones clínicas en mujeres de 25 a 39 años de edad, 32,390 mastografías en mujeres de 40 a 69 años de edad; de las cuales 624 han requerido estudios complementarios para confirmación de lesiones y de ellas 48 han requerido biopsia dando solamente 19 casos positivos que ya están en tratamiento.

Refiriéndome de manera específica a los acuerdos primero y segundo en su totalidad y tercero sobre la ejecución de los programas. Expreso puntualmente que en lo concerniente a cáncer de la mujer se difunde, oferta y atiende; la autoexploración mamaria desde los 20 años como señala el numeral 7.2.2, del mismo modo que para efecto de otras actividades como exploración clínica de la mama a partir de los 25 años como lo señalan los numerales 7.2.4 y de manera general los objetivos y campo de aplicación de la NOM-041-SSA2-2011, así mismo en el Programa de Acción Especifico “Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 2013-2018” de la federación. En el acuerdo tercero, en lo que respecta al reforzamiento y fortalecimiento de la difusión y promoción informo que se realizan de manera sistemática en todas las unidades de primer nivel de atención de los Servicios de Salud de Oaxaca, la difusión y promoción de la autoexploración como la realización de la exploración clínica de la mama. Al respecto se cuenta con la programación en el plan anual de trabajo con un mes completo de campaña de lucha contra el cáncer de mama, la cual se realiza en octubre. Durante ese mes se realizan entrevistas en televisión, radio y prensa escrita, eventos conmemorativos, iluminación de edificios públicos así como campañas de mastografías y exploraciones clínicas. Actividades que se realizan en coordinación con las 6 jurisdicciones sanitarias y en cada una de las unidades médicas al interior del estado.

Por lo anterior solicito de la manera más atenta y de acuerdo a sus competencias la apertura de espacios para la difusión en el canal del congreso acerca de los temas más importantes y medidas de prevención y promoción de la salud en materia de cáncer de la mujer.

Sin más por el momento reciba un cordial saludo.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

“El Respeto al Derecho Ajeno es la Paz”

Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, a 8 de marzo de 2017.— Doctora María del Pilar Nava Ramírez (rúbrica) directora de Prevención y Promoción de la Salud.»

«Secretaría de Salud de Oaxaca.

Licenciado Omar Pavel García, director de Asuntos Jurídicos de los Servicios de la Salud de Oaxaca.

En seguimiento al oficio número GU/SPEE/STTPE/G4/2017/193, de fecha 14 de febrero de 2017, contenido en el memorándum CI17-0579M de fecha 16 de febrero de 2017, mismo que incluye anexo el oficio número D.G.P.L. 63-II.7-1846, relativo al expediente 4281 y signado el 9 de febrero de 2017 en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Así como el memorándum consecutivo: CI17-0609M de fecha 21 de febrero del 2017.

Me permito informar a usted que en apego irrestricto a los artículos 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2o., 6o., 25, 26 y 27, fracciones II, III, IX y XI de la Ley General de Salud; 18, fracción XI, del Reglamento Interno de los Servicios de Salud de Oaxaca. De igual manera en los numerales 3.2.1, 3.2.3, 5.2, 5.2.1, 5.2.2, 5.2.3, 5.3, 6.1.1, 6.1.5, 6.2.1,6.4.1, 7.1.1 de la NOM-041-SSA2-2011 Para la prevención, diagnóstico, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama.

Es importante comentar que para poder dar cumplimiento y debida atención a las consideraciones de análisis contenidas en el documento emanado de la sesión celebrada el 24 de octubre de 2016 en el recinto de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. En cuanto a la consideración quinta, en la que se menciona [...la tarea de acercar los servicios de salud a la población que habita en zonas marginadas con alta dispersión y difíciles condiciones de acceso debido a su ubicación geográfica...] Se cuenta con un servicio de subrogación acorde a lo que dicta el artículo 8o. de la Ley General de Salud, que permite acercar el servicio de acuerdo a condiciones geográficas de las localidades. En lo que respecta a la consideración sexta: que aborda las unidades médicas móviles, las cuales [...cuentan con mastógrafos y el respaldo de un centro de diagnóstico...] [...se podrá duplicar el número de mastografías reduciendo drásticamente los tiempos de entrega de resultados.]. Las unidades se programan de acuerdo a sitios de riesgo epidemiológico, como de logística y de acuerdo a los accesos carreteros, para mayor eficiencia en su productividad. En lo concerniente a la consideración séptima: en que versa [...la necesidad de reforzar y duplicar los mecanismos que combatan esta problemática, favoreciendo a los grupos vulnerables que presentan difícil acceso a las instituciones de salud.] De manera preliminar durante 2016 se han realizado 10,796 exploraciones clínicas en mujeres de 25 a 39 años de edad, 32,390 mastografías en mujeres de 40 a 69 años de edad; de las cuales 624 han requerido estudios complementarios para confirmación de lesiones y de ellas 48 han requerido biopsia dando solamente 19 casos positivos que ya están en tratamiento.

Refiriéndome de manera específica a los acuerdos primero y segundo en su totalidad y tercero sobre la ejecución de los programas. Expreso puntualmente que en lo concerniente a cáncer de la mujer se difunde, oferta y atiende a la autoexploración mamaria desde los 20 años como señala el numeral 7.2.2, del mismo modo que para efecto de otras actividades como exploración clínica de la mama a partir de los 25 años como lo señalan los numerales 7.2.4 y de manera general los objetivos y campo de aplicación de la NOM-041-SSA2-2011, así mismo en el Programa de Acción Especifico “Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 2013-2018” de la federación. En el acuerdo tercero, en lo que respecta al reforzamiento y fortalecimiento de la difusión y promoción informo que se realizan de manera sistemática en todas las unidades de primer nivel de atención de los Servicios de Salud de Oaxaca, la difusión y promoción de la autoexploración como la realización de la exploración clínica de la mama. Al respecto se cuenta con la programación en el plan anual de trabajo con un mes completo de campaña de lucha contra el cáncer de mama, la cual se realiza en octubre. Durante ese mes se realizan entrevistas en televisión, radio y prensa escrita, eventos conmemorativos, iluminación de edificios públicos así como campañas de mastografías y exploraciones clínicas. Actividades que se realizan en coordinación con las 6 jurisdicciones sanitarias y en cada una de las unidades médicas al interior del estado.

Por lo anterior solicito de la manera más atenta y de acuerdo a sus competencias la apertura de espacios para la difusión en el Canal del Congreso acerca de los temas más importantes y medidas de prevención y promoción de la salud en materia de cáncer de la mujer.

Sin más por el momento reciba un cordial saludo.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

“El respeto al derecho ajeno es la paz”

Doctora María del Pilar Nava Ramírez (rúbrica), directora de Prevención y Promoción de la Salud.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remiten a la Comisión de Salud, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Procuraduría Fiscal de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General de Nuevo León.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, vicepresidenta de la Cámara de Diputados que integran la LXIII Legislatura del Honorable del Congreso de la Unión.— Presente.

Por instrucciones del secretario de Finanzas y tesorero general del estado, licenciado Carlos Alberto Garza Ibarra, y en atención al oficio número D.G.P.L. 63-II-1.1553, de fecha 15 de diciembre de 2016, y recibido en esta oficina el 13 de febrero de 2017, a través del cual exhorta al gobernador constitucional del estado de Nuevo León a instruir a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del estado el pago solidario estatal a los trabajadores migratorios denominados “ex braceros”, proveniente de montos aprobados por el honorable Congreso del estado y que hasta el ejercicio fiscal 2010 acumulaban 55 millones 114 mil pesos, así como que se haga público el estado que guarda la aplicación de estos recursos y el saldo a la fecha en este monto, al respecto me permito informar lo siguiente:

Que a la fecha no existe un monto de dinero acumulado en los Presupuestos de Egresos de 2009 y 2010, toda vez que lo que reportó el entonces secretario de Finanzas y tesorero general del estado, el contador público Othón Ruiz Montemayor, a la honorable LXXII Legislatura del Congreso del estado en el oficio de mérito, es la suma aritmética de los montos autorizados pero no ejercidos, y no así un fondo acumulado de dinero destinado al Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos en las Leyes de Egresos del Estado para los años referidos.

Ahora bien me permito informar a usted que en la Ley de Egresos de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal de 2017, se ha presupuestado la cantidad de $20,000,000.00 (veinte millones de pesos 00/100 m.n.) para el apoyo a braceros, los cuales serán entregados a aquellas personas que cumplan con los requisitos que en su momento señale la unidad administrativa correspondiente.

Sin más por el momento, quedo para cualquier duda o aclaración.

Atentamente

Monterrey, Nuevo León, a 30 de marzo de 2007.— Licenciado Ulises Carlin de la Fuente (rúbrica), Procurador Fiscal de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado.»

Secretaría General de Gobierno de Nuevo León.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

En relación a su oficio número D.G.P.L. 63-II-1-1553, dirigido al ingeniero Jaime H. Rodríguez Calderón, gobernador constitucional del estado de Nuevo León, y mediante el cual se aprobó un punto de acuerdo: “...el pago inmediato del apoyo solidario estatal a los trabajadores migratorios denominados “ex braceros”, proveniente de los montos aprobados por el honorable Congreso del Estado...”; me permito adjuntar original del oficio número PF-1607/2017, signado por el licenciado Ulises de la Fuente, procurador fiscal de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, dando respuesta al oficio arriba mencionado.

En este sentido, atentamente le solicitamos que se considere debidamente solventado el exhorto de mérito.

Sin otro particular por el momento, les reitero el testimonio de mi más distinguida consideración.

Atentamente

Monterrey, Nuevo León, a 4 de abril de 2017.— Licenciado Rubén Zaragoza Buelna (rúbrica) director de Relaciones con Poderes Legislativos e Institucionales Políticas.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite a la Comisión de Asuntos Migratorios, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Congreso de Nuevo León.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

En los términos del artículo 124 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de Nuevo León, por este conducto le comunicamos que en sesión del 3 de abril del presente año, fue aprobado el siguiente

Acuerdo Administrativo número 1177

Primero. La LXXIV Legislatura al honorable Congreso de Nuevo León da contestación al oficio número D.G.P.L.-63-II-6-1615, mediante el cual remite punto de acuerdo donde el honorable Congreso de la Unión exhorta a los Congresos de las entidades federativas para que tomen en consideración lo previsto en el Código Penal Federal, en materia de tipificación del delito de feminicidio, a fin de que realicen las reformas que consideren pertinentes sus legislaciones locales.

Segundo. Envíese al honorable Congreso de la Unión para los efectos legales a que haya lugar.

En virtud de lo anterior acompañamos a la presente copia del dictamen presentado por la Comisión de Justicia y Seguridad Pública.

Sin otro particular aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Monterrey, Nuevo León, a 3 de abril de 2017.— Diputada Laura Paula López Sánchez (rúbrica), diputada Liliana Tijerina Cantú (rúbrica).»

«Congreso de Nuevo León.

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, en fecha 1 de febrero de 2017, se turnó para su estudio y dictamen el expediente legislativo número 10666/LXXIV, el cual contiene un escrito signado por la diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández, vicepresidenta de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, mediante el cual remite oficio número D.G.P.L. 63-II-6-1615, en el que informa sobre el acuerdo aprobado en el que se exhorta a los Congresos de las entidades federativas, para que tomen en consideración lo previsto en el Código Penal Federal, en materia de tipificación del delito de feminicidio, a fin de que realicen las reformas que consideren pertinentes sus legislaciones locales.

Con la finalidad de ver proveído el requisito fundamental de dar vista al contenido de la iniciativa ya citada y según lo establecido en el artículo 47 inciso a) y b) del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, quienes integramos la comisión de dictamen legislativo que sustenta el presente documento, consideramos ante este pleno los siguientes

Antecedentes

Expone que los hechos de violencia contra las mujeres constituyen una violación de derechos humanos, señalando que en la última década los feminicidios en México se han incrementado, entre el 2007 y 2012, un promedio anual de 60 mil mujeres en el mundo fueron víctimas de homicidios, representa el 16 por ciento de los homicidios intencionales, México actualmente es uno de los 10 países con más feminicidios por armas de fuego en el mundo, es una de las 25 naciones que concentran la mitad de todos los crímenes cometidos en contra de las mujeres y niñas a escala mundial.

La violencia que se ejerce día con día en contra de las mujeres y niñas constituyen una violación a sus derechos humanos y tienen impacto en todos los ámbitos de su vida, social, salud, libertad, educación, desarrollo y su propia vida. Se considera que las entidades federativas es necesaria la homologación con el Código Penal Federal ya que presentan inconsistencias que puedan llegar a impedir la correcta investigación y sanción de delito de feminicidio.

Por lo anterior la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta con pleno respeto a su soberanía, a los Congresos de las Entidades Federativas, para que tomen en consideración lo previsto en el Código Penal federal, en materia de tipificación del delito de feminicidio y en su caso realicen las reformas que consideren pertinentes a sus legisladores locales.

Una vez señalado lo anterior y con fundamento en el artículo 47, inciso c), del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de Nuevo León, quienes integramos la Comisión de Justicia y Seguridad Públicaofrecemos al pleno de este Poder Legislativo, a manera de sustento para este dictamen, las siguientes

Consideraciones

Esta Comisión de Justicia y Seguridad Pública se encuentra facultada para conocer del asunto que le fue turnado, de conformidad con lo establecido en el artículo 70, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de Nuevo León, y 39, fracción III, inciso L), del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de Nuevo León.

En relación con el oficio número D.G.P.L.-63-II-6-1615, nos permitimos informar a esa honorable soberanía que esta comisión de dictamen legislativo, en fecha 27 de marzo de 2017, aprobó reforma por modificación de los artículos 331 Bis 2, primer párrafo, y fracciones II y III, y 331 Bis 3, primero y tercer párrafos; por adición de las fracciones IV, V y VI al artículo 331 Bis 2 y de un penúltimo párrafo; y por derogación del segundo párrafo del artículo 331 Bis 3, todos del Código Penal de Nuevo León, a fin de que se especificara lo siguiente:

La reforma contempla un tipo penal autónomo, al establecer lo siguiente: Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Asimismo se señala que se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

• Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

• A la víctima se le hayan infligido actos infamantes, degradantes o mutilaciones, de manera previa o posterior a la privación de la vida; o actos de necrofilia;

• Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;

• La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida; y

• El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

Aunado a lo anterior se adiciona que en caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio, lo anterior a fin de que como regla general se investigue el delito de feminicidio, complementando con ello la homologación del tipo penal federal.

En virtud de las consideraciones vertidas en el cuerpo del presente dictamen, los integrantes de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 63, fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, sometemos a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Acuerdo

Primero. La LXXIV Legislatura al honorable Congreso del Estado de Nuevo León da contestación al oficio número D.G.P.L.-63-II-6-1615, mediante el cual remite punto de acuerdo donde el honorable Congreso de la Unión, exhorta a los Congresos de las entidades federativas para que tomen en consideración lo previsto en el Código Penal Federal, en materia de tipificación del delito de feminicidio, a fin de que realicen las reformas que consideren pertinentes sus legislaciones locales.

Segundo. Envíese al honorable Congreso de la Unión para los efectos legales a que haya lugar.

Monterrey, Nuevo León.— Comisión de Justicia y Seguridad Pública: diputado Gabriel Tlaloc Cantú Cantú (rúbrica), presidente;diputada Eva Patricia Salazar Marroquín (rúbrica), vicepresidenta; diputada Laura López Sánchez (rúbrica), secretaria.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite al promovente.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Secretaría de Salud de Jalisco.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

En respuesta al oficio SPJ/01-0103/2017, girado al maestro Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, respecto al exhorto para que se realicen campañas informativas referentes a la Detección Temprana del Cáncer Infantil, le informo que en Jalisco, a través de los diferentes programas de salud pública, se están realizando acciones de difusión para prevenir esta enfermedad, como son Semana Nacional de Prevención de Cáncer en la Infancia y Adolescencia, Semanas Nacionales de Salud y conmemoración del Día de Lucha contra el Cáncer en la Infancia y Adolescencia. Asimismo le informo las actividades que se realizaron en Jalisco durante el mes de febrero 2017, dentro de la Campaña de Lucha Contra el Cáncer Infantil:

Sin otro particular, le envío un cordial saludo y me despido como su seguro servidor.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

“2017, Año de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco y del Natalicio de Juan Rulfo.”

Doctor Antonio Cruces Mada (rúbrica), secretario de Salud y director general del OPD Servicios de Salud de Jalisco.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

En ejercicio de la facultad conferida a la licenciada Patricia Mercado Castro, secretaria de Gobierno de la Ciudad de México, en la fracción III del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, relativa a la conducción de las relaciones del jefe de gobierno con órganos de gobierno local, Poderes de la Unión, con los gobiernos de los estados y con las autoridades municipales; y a lo dispuesto en los artículos 1o., 7o. y 18 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y al manual administrativo correspondiente; por este medio adjunto el oficio número SM-CA- 000052 -2017, de fecha 10 de marzo de 2017, signado por el licenciado Humberto Morgan Colón, coordinador de asesores en la Secretaría de Movilidad del gobierno de la Ciudad de México, mediante el cual remite la respuesta correspondiente al punto de acuerdo emitido por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión y, comunicado mediante el similar DGPL 63-II -2-1379, por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del gobierno federal, a la Secretaría de Movilidad del gobierno de la Ciudad de México, y a los gobiernos del estado de México y del estado de Morelos, para que instalen una mesa de análisis y trabajo, para que en el ámbito de sus competencias, implementen acciones necesarias bajo un contexto de planeación con perspectiva metropolitana que permita la adecuada movilidad en la zona metropolitana del valle de México

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Ciudad de México, a 4 de abril de 2017.— Maestra Nancy Beatriz Mejía Herrera (rúbrica), coordinadora de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México (nmejiah@cdmx.gob.mx).»

«Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.

Maestro Emery Troncoso Cordourier, subdirector de Información y Análisis Legislativo en la Coordinación de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.— Presente.

Me refiero a su oficio número SG/ CEL/ PA/ 014/ 2017, en el que se nos informa del punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión relativo a lo siguiente

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del gobierno federal, a la Secretaría de Movilidad del gobierno de la Ciudad de México, y a los gobiernos del estado de México y del estado de Morelos, para que instalen una mesa de análisis y trabajo, para que en el ámbito de sus competencias, implementen acciones necesarias bajo un contexto de planeación con perspectiva metropolitana, que permita la adecuada movilidad en la zona metropolitana del valle de México.

En razón de lo anterior, debo comentar a usted que esta Secretaría, habrá toma nota de la petición planteada, efectuando el análisis de la misma y, en su caso, instrumentando las acciones a que haya lugar, con el objeto de atender en los términos más perentorios posibles la solicitud de referencia.

En espera de haber satisfecho con toda oportunidad el exhorto que se contesta, le envío las expresiones de mi más cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 10 de marzo de 2017.—Humberto Morgán Colón, coordinador de asesores.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite a la Comisión de Ciudad de México, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

En ejercicio de la facultad conferida a la licenciada Patricia Mercado Castro, secretaria de Gobierno de la Ciudad de México, en la fracción III del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, relativa a la conducción de las relaciones del jefe de gobierno con órganos de gobierno local, Poderes de la Unión, con los gobiernos de los estados y con las autoridades municipales; y a lo dispuesto en los artículos 1o., 7o. y 18, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y al manual administrativo correspondiente; por este medio adjunto el oficio número XOCH13-609- 039.4- 0364- 2017, de fecha 21 de marzo de 2017, signado por la ciudadana Rosaura Salas Mancio, directora de Equidad de Género y Asistencia Médica Social en la delegación de Xochimilco, mediante el cual remite la respuesta correspondiente al punto de acuerdo emitido por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión y, comunicado mediante el similar DGPL 63-II-3-1538, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, a las y los titulares del Poder Ejecutivo en las entidades federativas, así como a las y los presidentes municipales, a impulsar estrategias para que cesen las prácticas discriminatorias contra las personas que integran la comunidad lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros, travestis, transexuales e intersexuales (LGBTTTI), por parte de servidores públicos de las dependencias de seguridad pública e impartición de justicia y sancionen a quien incurra en ellas, atendiendo de manera oportuna y eficaz las denuncias por parte de miembros de esta comunidad, eliminando los tratos de intolerancia y malas prácticas, para garantizar el acceso a los derechos reconocidos en el orden jurídico mexicano.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Ciudad de México, a 6 de abril de 2017.— Maestra Nancy Beatriz Mejía Herrera, coordinadora de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México (nmejiah@cdmx.gob.mx) »

«Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.

José Francisco Acevedo García, subsecretario de Programas Delegacionales y Reordenamiento de la Vía Pública. San Antonio Abad número 122, octavo piso, colonia Tránsito, código postal 06820, delegación Cuauhtémoc.— Presente.

Por medio de la presente, reciba un cordial saludo, y al mismo tiempo en relación a su oficio número SG/ SSPDRVP/ 032.15/ 2017 de fecha 23 de enero del año en curso, en donde el punto de acuerdo dice que la Cámara de Diputados exhorta al titular el Poder Ejecutivo de las entidades federativas, así como a las y los presidentes municipales, a impulsar estrategias para que cesen las prácticas discriminatorias contra las personas que integran la comunidad LGBTITI, por parte de los servidores públicos de las dependencias de seguridad pública e impartición de justicia y sancionen a quien incurra en ellas, atendiendo de manera oportuna y eficaz las denuncias por parte de los miembros de la comunidad, eliminando los tratos de intolerancia y malas prácticas, para garantizar el acceso a los derechos reconocidos en el orden mexicano.

Ante lo anterior me permito informarle que dentro de esta dirección a mi cargo se realizan Ferias Informativas dando información por medio de pláticas y folletería a todo tipo de personas incluyendo a la comunidad LGBTITI.

Sin otro particular por el momento, quedo de usted.

Atentamente

Xochimilco, Ciudad de México, a 21 de marzo de 2017.— Ciudadana Rosaura Salas Mancio (rúbrica), directora de Equidad Género y Asistencia Médica Social.»

«Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.

Ciudadano Avelino Méndez Rangel, jefe delegacional en Xochimilco.— Presente.

Por instrucciones de la licenciada Patricia Mercado Castro, secretaria de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en el artículo 32 Ter del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y por las facultades conferidas a la Subsecretaría de Programas Delegacionales y Reordenamiento de la Vía Pública del Distrito Federal en el Manual Administrativo de la Secretaria de Gobierno en el apartado de funciones publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 26 de noviembre de 2013, me permito referir lo siguiente

Derivado del punto de acuerdo suscrito por el vicepresidente en funciones de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, remitido mediante oficio DGPL 63-II-3- 1538, me permito informar que se solicita al órgano desconcentrado que representa la realización de las siguientes acciones, mismas que se detallan en las documentales anexas:

Único. La Cámara de Diputados exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, así como a la y los titulares del Poder Ejecutivo en las entidades federativas, así como a las y los presidentes municipales, a impulsar estrategias para que cesen las prácticas discriminatorias contra las personas que integran la comunidad LGBTTTI, por parte de los servidores públicos de las dependencias de seguridad pública e impartición de justicia y sancionen a quien incurra en ellas, atendiendo de manera oportuna y eficaz las denuncias por parte de los miembros de la comunidad, eliminando los tratos de intolerancia y malas prácticas, para garantizar el acceso a los derechos reconocidos en el orden mexicano.

En virtud de lo anterior, es menester que gire sus apreciables instrucciones a quien corresponda, a fin de que sean implantadas las medidas necesarias en el ámbito de sus atribuciones con el propósito de atender el punto de acuerdo en comento.

En consecuencia, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 39 fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, me permito solicitarle que en un. término breve, sea enviada la información solicitada, a fin de dar cumplimiento al referido punto de acuerdo y estar en condiciones de otorgar una respuesta al Órgano Legislativo citado contando con el puntual seguimiento del asunto que nos ocupa.

Sin más por el momento me permito enviar un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 23 de enero de 2017 — José Francisco Acevedo García (rúbrica), subsecretario de Programas Delegacionales y Reordenamiento de la Vía Pública.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

En ejercicio de la facultad conferida a la licenciada Patricia Mercado Castro, secretaria de Gobierno de la Ciudad de México, en la fracción III del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, relativa a la conducción de las relaciones del jefe de gobierno con órganos de gobierno local, Poderes de la Unión, con los gobiernos de los estados y con las autoridades municipales; y a lo dispuesto en los artículos 1o., 7o. y 18, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y al manual administrativo correspondiente; por este medio adjunto el oficio número DGDS/ 949/ 2017, de fecha 24 de febrero de 2017, signado por la licenciada Irma Fabiola Bautista Guzmán, directora general de Desarrollo Social en la delegación de Iztacalco, mediante el cual remite la respuesta correspondiente al punto de acuerdo emitido por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión y, comunicado mediante el similar DGPL 63-II-3-1537, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, así como, a las y los titulares del Poder Ejecutivo de las entidades federativas, así como a las y los presidentes municipales, a que en el marco de sus facultades y responsabilidades ejerzan de manera eficiente, en tiempo y forma la totalidad del presupuesto asignado en el Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, así como fortalezcan y brinden las facilidades necesarias para la adecuada operación del mecanismo para el adelanto de las mujeres, a efecto de ejercer la totalidad de los recursos públicos del año fiscal correspondiente, con la finalidad de no frenar el acceso de las mujeres a todos los beneficios del desarrollo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Ciudad de México, a 6 de abril de 2017.— Maestra Nancy Beatriz Mejía Herrera, coordinadora de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México (nmejiah@cdmx.gob.mx).»

«Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.

José Francisco Acevedo García, secretario de Programas Delegacionales y Reordenamiento de la Vía Pública.— Presente.

Referente al oficio numero SG/ SSPDRVP/ 031.7/ 2017, en el cual se hace del conocimiento punto de acuerdo relativo a la rendición de un informe sobre las acciones afirmativas que han llevado acabo para prevenir y erradicar la violencia contra la mujer, con el propósito de dar cumplimiento me permito señalar las siguientes acciones.

- Se crea el circuito de las Mariposas Iztacalco en el cual a partir de la infraestructura existente. Se realizaron acciones Integrales en Imagen Urbana y una Agenda Social desde la Comunidad.

Mismo que ha sido reconocido como una buena práctica dentro del Foro Global Ciudades y Espacios Públicos Seguros Acciones para Mujeres y Niñas en Seguridad, Empoderamiento y Ciudades Sostenibles”, presentado por el jefe delegacional Carlos Estrada Meraz, en este importante evento Internacional Inmujeres-ONU Mujeres 2017 en el panel de Experiencias locales sobre la creación de espacios públicos libres de violencia contra las mujeres y las niñas en la Ciudad de México.

Asimismo, se ha dado impulso y se ha fortalecido el Centro Integral de Atención a la Mujer “Mariposas Iztacalco” en el cual se pretende garantizar los Derechos de la Mujer mediante la atención especializada en múltiples disciplinas y en coordinación con instituciones gubernamentales y Asociaciones Civiles, en apego a lo establecido en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal.

- Capacitación a funcionarios públicos en materia de perspectiva de género, a través del convenio firmado con Inmujeres Ciudad de México 2015-2016, con los temas de Política y Presupuesto con Perspectiva de Género.

- Actividades Institucionales que fortalecen la Igualdad a través de; eventos, pláticas, talleres, proyectos y programas con transversalidad de género.

- Otra de las acciones relevantes que esta demarcación llevará a cabo, es la creación de un Centro de Justicia de la Mujer, a fin de llevar a cabo un proceso integral que permita el tránsito de las mujeres de cualquier situación de opresión, desigualdad, discriminación, explotación o exclusión, hacia un estadio de conciencia, autodeterminación y autonomía, el cual se manifieste en el ejercicio pleno de sus derechos.

- Debido a las recomendaciones señaladas en el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la mujer efectuadas durante la Convención en Naciones Unidas y tomando en consideración la Ley General para la Igualdad entre hombres y mujeres, la cual establece un vínculo obligatorio entre los niveles federal y estatal en la formulación de políticas y disposiciones legislativas, con la finalidad de crear los mecanismos suficientes para coordinar y lograr la interacción con los estados y los municipios en este proceso vital, se ha solicitado ante las instancias correspondientes se efectúe la modificación en el término que define a la Jefatura Departamental de Equidad, Diversidad y Género por el concepto de igualdad.

- Por otra parte, cabe señalar que esa área, sufrió un retroceso en su estructura, ya que considerando que su origen de creación fue a partir del nivel Subdirección, de acuerdo al mecanismo establecido en cuanto al crecimiento y fortalecimiento, será reconocida y promocionada en el rango a nivel Dirección sustentada con recursos financieros y humanos adicionales para respetar la armonización sistemática en la legislación federal, estatal y municipal garantizando así en esta demarcación el cumplimiento de los vínculos obligatorios en todos los niveles y el respeto a los derechos humanos de la mujer en todos los ámbitos, conforme a lo dispuesto en la Recomendación General 23 de la ONU, relativa las mujeres en la en la vida política y pública, así como, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del Artículo 4 de la Convención y la recomendación General 25, en donde se señala la necesidad de acelerar las gestiones para facilitar el ascenso de las mujeres a puestos de liderazgo en materia de igualdad de género.

Lo anterior, debido a las recomendaciones señaladas en el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la mujer efectuadas durante la Convención en Naciones Unidas y tomando en consideración la Ley General para la Igualdad entre hombres y mujeres, la cual establece un vínculo obligatorio entre los niveles federal y estatal en la formulación de políticas y disposiciones legislativas, con la finalidad de crear los mecanismos suficientes para coordinar y lograr la interacción con los estados y los municipios en este proceso vital.

Sin otro particular, y en espera de fortalecer los vínculos entre ambas instancias, quedo de usted y considero la ocasión propicia para hacerle llegar un cordial y afectuoso saludo por parte del jefe delegacional.

Atentamente

Iztacalco, Ciudad de México, febrero 24 de 2017.— Licenciada Irma Fabiola Bautista Guzmán (rúbrica), directora general de Desarrollo Social.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

En ejercicio a la facultad conferida a la licenciada Patricia Mercado Castro, secretaria de Gobierno de la Ciudad de México, en la fracción III, artículo 23, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, relativa a la conducción de las relaciones del jefe de gobierno con órganos de gobierno local, Poderes de la Unión, con los gobiernos de los estados y con las autoridades municipales; y a lo dispuesto en los artículos 1o., 7 y 18 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y al manual administrativo correspondiente; por este medio adjunto el oficio número SEDEMA/DEJ/149/2017, de fecha 4 de abril de 2017, signado por el licenciado Roberto Sanciprian Plata, director ejecutivo Jurídico de la Secretaría de Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México, mediante el cual remite la respuesta correspondiente al punto de acuerdo emitido por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión y comunicado mediante el similar D.G.P.L. 63-II-7-1596, por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Comisión Nacional del Agua y al Gobierno de la Ciudad de México, a que en el ámbito de sus respectivas competencias realicen las acciones necesarias para el saneamiento ambiental del vaso regulador de Cuautepec, ubicado en la Ciudad de México, se evite el que persista su contaminación, se atienda de forma oportuna la salud de la población que habita en sus alrededores, que ha sido afectada por la degradación ambiental del mencionado vaso regulador.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Ciudad de México, a 6 de abril de 2017.— Maestra Nancy B. Mejía Herrera (rúbrica), Coordinadora de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México (nmejiah@cdmx.gob.mx).»

«Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.

Maestra Nancy Beatriz Mejía Herrera, coordinadora general de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobierno.— Presente.

En atención al oficio folio SG/CEL/022/2017, signado por el maestro Emery Troncoso Cordourier, subdirector de Información y Análisis Legislativo en esa coordinación, por el cual solicita que esta autoridad que haga llegar a la Secretaría de Gobierno la información que sea necesaria, para estar en condiciones de atender lo requerido mediante oficio número D.G.P.L. 63-II-7-1596, de fecha 15 de diciembre de 2016, suscrito por la diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en el que hace del conocimiento el punto de acuerdo aprobado por ese órgano legislativo, a través del cual se pide a esta Secretaría informe lo siguiente:

...Único. La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Comisión Nacional del Agua y al gobierno de la Ciudad de México, a que en el ámbito de sus respectivas competencias realicen las acciones necesarias para el saneamiento ambiental del vaso regulador de Cuautepec, ubicado en la Ciudad de México, se evite el que persista su contaminación, se atienda de forma oportuna la salud de la población que habita en sus alrededores, que ha sido afectada por la degradación ambiental del mencionado vaso regulador ... (sic).

Al respecto, en el ámbito de competencia del Sistema de Aguas de la Ciudad de México (Sacmex), órgano desconcentrado de esta Secretaría del Medio Ambiente (Sedema), me permito indicar lo siguiente:

1. Por cuanto hace al punto de acuerdo que nos ocupa, referente a realizar acciones para el saneamiento ambiental del vaso regulador de Cuautepec, hago de su conocimiento que el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, conforme a sus facultades y atribuciones, una vez concluida la temporada de lluvias, lleva a cabo los levantamientos topográficos de los vasos de las presas que tiene bajo su custodia, operación y mantenimiento, con la finalidad de determinar si resulta necesario el retiro de azolve durante la temporada de estiaje.

2. En este sentido, para el caso del vaso regulador de la presa de Cuautepec, se ha realizado su desazolve en los años 2010, 2011, 2012 y 2015, retirando un volumen acumulado de 72 mil 300 metros cúbicos. Asimismo, durante el año 2016 se retiraron de dicho sitio 16 mil 296 metros cúbicos de azolve: en consecuencia, con las acciones anteriores, se ha conseguido evitar problemas mayores de inundación en la zona durante la temporada de lluvias, y se ha impedido la proliferación de fauna nociva.

3. En razón de lo anterior, se Anexa memoria fotográfica consistente en siete imágenes de los trabajos realizados durante el año de 2016, en las cuales se observa lo siguiente:

a) Se observa el vaso con maleza (noviembre 2016);

b) Construcción de peine para inicio de trabajos de retiro de maleza y azolve;

e) Maquinaria retirando azolve del interior del vaso;

d) Maquinaria retirando maleza y azolve del interior del vaso;

e) Maquinaria retirando azolve de su interior;

f) Se observa el peine por donde transita la maquinaria y equipo que retira el azolve del interior del vaso;

g) Se observa el vaso libre de maleza y azolve (diciembre 2016).

Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 4 de abril de 2017.— Licenciado Roberto Sanciprian Plata (rúbrica), director ejecutivo.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

En ejercicio de la facultad conferida a la licenciada Patricia Mercado Castro, secretaria de Gobierno de la Ciudad de México, en la fracción III artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, relativa a la conducción de las relaciones del jefe de gobierno con órganos de gobierno local, Poderes de la Unión, con los gobiernos de los estados y con las autoridades municipales; y a lo dispuesto en los artículos 1o., 7o. y 18, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y al manual administrativo correspondiente; por este medio adjunto el oficio número SM-CA- 000057-2017, de fecha 10 de marzo de 2017, signado por el licenciado Humberto Morgan Colón, coordinador de asesores en la Secretaría de Movilidad del gobierno de la Ciudad de México, mediante el cual remite la respuesta correspondiente al punto de acuerdo emitido por la entonces Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión y, comunicado mediante el similar DGPL 63-II-6-1613, por el que se exhorta al gobierno de la Ciudad de México, para que observe el acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el Programa de Estabilidad Laboral, publicado en la Gaceta Oficial de esta ciudad el 31 de diciembre de 2014, con el propósito de que no se lleven a cabo despidos injustificados de trabajadoras y trabajadores que han venido prestando sus servicios bajo los lineamientos del acuerdo mencionado.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 4 de abril de 2017.— Maestra Nancy Beatriz Mejía Herrera, coordinadora de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México (nmejiah@cdmx.gob.mx).»

«Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.

Maestro Emery Troncoso Cordourier, subdirector de Información y Análisis Legislativo en la Coordinación de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México.— Presente.

Me refiero a su oficio número SG/ CEL/ PA/88.15/ 2017, en el que nos informa que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, aprobó el siguiente punto de acuerdo:

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al gobierno de la Ciudad de México, para que observe el acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el Programa de Estabilidad Laboral, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2014, con el propósito de que no se lleven a cabo despidos injustificados de trabajadoras y trabajadores que han venido prestando sus servicios bajo los Lineamientos del acuerdo mencionado.

Al respecto me permito informarle que esta Secretaría ha respetado y respeta de manera indeclinable los Lineamientos del acuerdo de referencia en esa virtud, la seguridad laboral de los trabajadores adscritos a este organismo se encuentra totalmente salvaguardada.

Con el deseo de que esta información le sea propicia, le envío las expresiones de mi más distinguida consideración.

Atentamente

Ciudad de México, a 10 de marzo de 2017.— Licenciado Humberto Morgan Colón (rúbrica), coordinador de asesores.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite al promovente.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Congreso de Tamaulipas.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Ciudad de México.— Presente.

Con fundamento en el artículo 22, párrafo 1, inciso k) de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, me permito comunicarle que en la Sesión Pública Ordinaria del Pleno Legislativo celebrada en esta propia fecha, se recibió el Acuerdo de la Comisión de Justicia de este Poder Legislativo, mediante el cual dan respuesta al oficio número DGPL 63-II-1-1885, que hiciera el Congreso de la Unión, por el que se exhorta a las legislaturas locales a prever dentro de sus ordenamientos el establecimiento de medidas pecuniarias a quien o quienes hagan llamadas falsas a los servicios de emergencia.

Al respecto, se anexa copias del acuerdo de referencia, así como el decreto LXII-979, por medio del cual este congreso del estado dio cumplimiento a dicho exhorto.

Atentamente

Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 5 de abril de 2017.— Diputado Joaquín Antonio Hernández Correa (rúbrica), Presidente de la Mesa Directiva.»

«Congreso de Tamaulipas.

La Sexagésima Segunda Legislatura del Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, en uso de las facultades que le confieren los artículos 58 fracción I de la Constitución Política local y 119 de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del estado de Tamaulipas, tiene a bien expedir el siguiente:

Decreto Número LXII-979

Mediante el cual se reforman los artículos 5o., fracciones VIII y IX, 12, 32, 51, 52, 54, fracción I, 56, párrafo único, 60, 61, 63, 64, fracciones I, III y IV, y 66; y adiciona una fracción X al artículo 5o. y los artículos 61 Bis, 61 Ter, 61 Quáter, 61 Quinquies, 61 Sexies y 61 Septies; y deroga la fracción V del artículo 64 de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Tamaulipas.

Artículo Único. Se reforman los artículos 5o., fracciones VIII y IX, 12, 32, 51, 52, 54, fracción I, 56, párrafo único, 60, 61, 63, 64, fracciones I, III y IV y 66; se adicionan una fracción X al artículo 5o. y los artículos 61 Bis, 61 Ter, 61 Quater, 61 Quinquies, 61 Sexies y 61 Septies; y se deroga la fracción V del artículo 64 de la Ley de Desarrollo Social para el estado de Tamaulipas, para quedar como siguen:

Artículo 5o. Son...

I. a VII. ...

VIII. Respeto a la diversidad: Reconocimiento en términos de origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, las opiniones, preferencias, estado civil o cualquiera otra, para superar toda condición de discriminación y promover un desarrollo con igualdad y respeto a las diferencias;

IX. Transparencia: la información relativa al desarrollo social es pública en los términos de las leyes en la materia; y

X. Perspectiva de género: Metodología que permite identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de mujeres y hombres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas o culturales entre ambos.

Artículo 12. El Ejecutivo del estado, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, coordinará la correspondencia entre el programa estatal, el nacional y los municipales de desarrollo social.

Artículo 32. La Secretaría de Desarrollo Social será responsable de la integración y actualización de los datos relativos al Padrón Único de Beneficiarios de los Programas Sociales del gobierno del estado y podrá convenir con los gobiernos municipales la integración de los beneficiarios de sus programas sociales al padrón estatal.

Artículo 51. Se instituye el Sistema Estatal de Planeación del Desarrollo Social, con la coordinación y concertación del Ejecutivo del estado, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, y la concurrencia y colaboración de las dependencias y entidades estatales relacionadas con la materia, los municipios, los sectores social y privado, y la sociedad civil, de conformidad con la Ley Estatal de Planeación y en concordancia con el Sistema Nacional de Desarrollo Social.

Artículo 52. La Secretaría de Desarrollo Social, en el marco del Sistema Estatal de Planeación del Desarrollo Social, coordinará los programas sociales, obras, acciones, apoyos e inversiones para el cumplimiento de los principios rectores, vertientes y objetivos de la política estatal de desarrollo social.

Artículo 54. Corresponden...

I. Formular y ejecutar el Programa Estatal de Desarrollo Social, a través de la Secretaría de Desarrollo Social;

II. a VII. ...

Artículo 56. Corresponden a la Secretaría de Desarrollo Social las siguientes atribuciones:

I. a XVIII. ...

Artículo 60. La evaluación de la política de desarrollo social estará a cargo de la Comisión Estatal de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, que podrá realizarla por sí mismo o a través de uno o varios organismos independientes del ejecutor del programa, y tiene por objeto, revisar periódicamente el cumplimiento del objetivo social de los programas, metas y acciones de la Política de Desarrollo Social, para corregirlos, modificarlos, adicionarlos, reorientarlos o suspenderlos total o parcialmente.

Artículo 61. Los organismos evaluadores independientes que podrán participar serán instituciones de educación superior, de investigación científica u organizaciones no lucrativas. Cuando las evaluaciones se lleven a cabo por un organismo distinto de la Comisión, éste emitirá la convocatoria correspondiente y designará al adjudicado.

Artículo 61 Bis. Para la evaluación de resultados, los programas sociales de manera invariable deberán incluir los indicadores de resultados, gestión y servicios para medir su cobertura, calidad e impacto. Las dependencias del Ejecutivo Estatal, o municipales, ejecutoras de los programas a evaluar, proporcionarán toda la información y las facilidades necesarias para la realización de la evaluación.

Artículo 61 Ter. Los indicadores de resultados que se establezcan deberán reflejar el cumplimiento de los objetivos sociales de los programas, metas y acciones de la política estatal de desarrollo social.

Artículo 61 Quáter. Los indicadores de gestión y servicios que se establezcan deberán reflejar los procedimientos y la calidad de los servicios de los programas, metas y acciones de la Política Estatal de Desarrollo Social.

Artículo 61 Quinquies. La evaluación será anual, definiendo como periodo del primero de mayo al treinta de abril y podrá también ser multianual en los casos que así se determine.

Artículo 61 Sexies. De acuerdo con los resultados de las evaluaciones, la Comisión Estatal de Evaluación de la Política de Desarrollo Social podrá emitir las sugerencias y recomendaciones que considere pertinentes al Ejecutivo estatal y hacerlas del conocimiento público.

Artículo 61 Septies. Los resultados de las evaluaciones serán publicados en el Periódico Oficial del Estado y deberán ser entregados a la Comisión de Desarrollo Social del Congreso del estado de Tamaulipas.

Artículo 63. La Comisión Estatal de Evaluación de la Política de Desarrollo Social será presidida por el secretario de Desarrollo Social, y estará integrada por el titular de la Secretaría General de Gobierno, de la Secretaría de Finanzas, de la Secretaría de Desarrollo Económico y Turismo, de la Secretaría del Trabajo y Asuntos Jurídicos, de la Secretaría de Educación, de la Secretaría de Desarrollo Rural, de la Secretaría de Salud, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente y de la Procuraduría General de Justicia, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Tamaulipas, los presidentes municipales, organismos del sector social y privado y académicos relacionados con la materia.

Artículo 64. La...

I. La evaluación de las políticas y programas sociales que ejecuten las dependencias públicas, se podrá realizar directamente por la comisión o por medio de organismos independientes con capacidad técnica y conocimiento amplio de la materia de desarrollo social.

Los organismos evaluadores independientes deberán ser instituciones de educación superior, de investigación científica u organizaciones sin fines de lucro.

Cuando la evaluación se lleva a cabo por un organismo distinto de la Comisión Estatal de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, ésta emitirá la convocatoria correspondiente y designará al ganador de la misma.

Las evaluaciones deberán incluir los indicadores establecidos en términos del artículo 56 fracción X de esta ley.

Los indicadores de resultado que se establezcan deberán reflejar el cumplimiento de los objetivos sociales de los programas, metas y acciones de la Política Estatal de Desarrollo Social, en concordancia con la Política Nacional de Desarrollo Social.

Los indicadores de gestión y servicios que se establezcan deberán reflejar los procedimientos y la calidad de los servicios de los programas, metas y acciones de la Política Estatal de Desarrollo Social;

II. Revisar...

III. Emitir recomendaciones sobre el desempeño de los programas sociales, así como proponer, en su caso, corregirlos, modificarlos, adicionarlos, reorientarlos o suspenderlos total o parcialmente;

IV. Emitir...

V. Derogada.

VI. Promover...

Artículo 66. En los términos de la ley, la Secretaría de Desarrollo Social deberá denunciar ante el órgano de control estatal, las acciones que presumiblemente constituyan irregularidades.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial Estado.

Salón de sesiones del Honorable Congreso de Tamaulipas, a 30 de junio de 2016.— Diputado José Ricardo Rodríguez Martínez (rúbrica), Presidente;diputada Laura Teresa Zarate Quesada (rúbrica), secretaria;diputado Rogelio Ortiz Mar (rúbrica), secretario»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite a la Comisión de Gobernación, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Congreso de Tamaulipas.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Con fundamento en el artículo 22, párrafo 1, inciso k) de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, me permito comunicarle que en la Sesión Pública Ordinaria del Pleno Legislativo celebrada en esta propia fecha, se recibió el Acuerdo de las Comisiones de Justicia y de Igualdad de Género de este Poder Legislativo, mediante el cual dan respuesta al oficio DGPL II-6-1615, que hiciera el Congreso de la Unión, exhortando a los congresos de las entidades federativas, para que se tipifique en materia del delito de feminicidio y, en su caso, realizar las reformas pertinentes a la legislación local.

Al respecto, se anexa copias del acuerdo de referencia, así como el decreto LXII-956, por medio del cual el Congreso del estado dio cumplimiento a dicho exhorto.

Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi consideración atenta y distinguida.

Atentamente

Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 5 de abril de 2017.— Diputado Joaquín Antonio Hernández Correa (rúbrica), Presidente de la Mesa Directiva.»

«Congreso de Tamaulipas.

La Sexagésima Segunda Legislatura del Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, en uso de las facultades que le confieren los artículos 58, fracción I, de la Constitución Política local y 119 de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso de Tamaulipas, tiene a bien expedir el siguiente:

Decreto número LXII-956

Mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Civil para el estado de Tamaulipas y Código Penal PARA EL ESTADO DE Tamaulipas.

Artículo Primero. Se reforman los artículos 61, párrafo segundo, 62, 83, fracción 1, 85, fracción VIII, 138, fracciones I, VII y XI, 220, 249, fracciones I y II, 254 Bis párrafo primero, 259 fracción IV, 347 párrafo primero, fracción I, 386, 387, 407 fracción I y 408; y se derogan los artículos 63, 85 fracción II del párrafo primero y el párrafo segundo, 133, 134, 135, 136, 137, 151, 164, 212, 221, 222, 223, 252, 254 Bis fracción IV del párrafo primero y 413 fracción 11, del Código Civil para el Estado de Tamaulipas, para quedar como siguen:

Artículo 61. Cuando...

La madre y el padre no tienen derecho de dejar de reconocer a su hijo. Tienen la obligación de que sus nombres figuren en el acta de nacimiento de su hijo. Si al hacerse la presentación no se da el nombre de la madre o el padre, se omitirá ese dato, pero la investigación de la maternidad o paternidad podrá hacerse ante los tribunales de acuerdo con las disposiciones relativas de este Código.

En...

El...

Artículo 62. En el acta de nacimiento se deberá asentar el nombre de la madre y/o padre que lo reconozcan como propio, sin importar si se encuentran casados o no.

En este caso, se observará lo previsto en los dos últimos párrafos del artículo 61 del presente Código.

Artículo 63. Derogado.

Artículo 83. La...

I. Los nombres, apellidos, edad, ocupación, nacionalidad y domicilio, tanto de los pretendientes como de sus padres, si éstos fueran conocidos;

II. y III. ...

Artículo 85. A. ...

I. Copia...

II. Derogada.

III. a VII. ...

VIII. Constancia de haber recibido pláticas para evitar la violencia familiar, impartidas por el Instituto de la Mujer Tamaulipeca en conjunto con el Instituto Nacional de las Mujeres; y constancia expedida por personal médico de una institución oficial de salud, o médico particular, de que han sido debidamente informados de los riesgos concepcionales.

Derogado.

Artículo 133. Derogado.

Artículo 134. Derogado.

Artículo 135. Derogado.

Artículo 136. Derogado.

Artículo 137.- Derogado.

Artículo 138. Son...

I. La falta de edad requerida por la ley;

II. a VI. ...

VII. La violencia o miedo grave o cualquiera otra circunstancia que impida la expresión espontánea de la voluntad;

VIII. a la X. ...

XI. El vínculo de un matrimonio anterior subsistente al tiempo en que se pretenda contraer otro. De estos impedimentos sólo es dispensable el parentesco de consanguinidad en línea colateral desigual.

Artículo 151. Derogado.

Artículo 164. Derogado.

Artículo 212.Derogado.

Artículo 220.El matrimonio será nulo si uno o ambos de las personas contrayentes son menores de dieciocho años de edad.

Artículo 221.Derogado.

Artículo 222.Derogado.

Artículo 223.Derogado.

Artículo 249.El cónyuge...

I. Las reglas que propone en el tema de la guarda y custodia de los hijos menores o incapaces, conforme los parámetros de los artículos 386 y 387 de este Código;

II. Las modalidades que propone para ejercer el derecho de visitas, respetando los horarios de comidas, descanso y estudio de los hijos, conforme los parámetros de los artículos 386 y 387 de este Código;

III. a VI. ...

Artículo 252. Derogado.

Artículo 254 Bis. Procede el divorcio administrativo ante la Oficialía del Registro Civil en que se llevó a cabo el matrimonio, una vez que se agote el procedimiento que establece el presente artículo, y siempre que los cónyuges comparezcan personalmente a manifestar su voluntad de dar por terminado el vínculo matrimonial, para lo cual deberán reunirse los siguientes requisitos:

I. a III. ...

IV. Derogada.

V. a VII. ...

El...

Si...

Los...

Si...

Artículo 259. Desde...

I. a III. ...

IV. Fijar las reglas sobre la guarda y custodia de los hijos y el régimen de convivencias, oyendo el parecer de los cónyuges, la opinión de los infantes y privilegiando el interés superior de éstos. Para ello deberá atender las reglas previstas en los diversos 386 y 387 de este Código.

Salvo peligro para el normal desarrollo de los hijos, los menores que se encuentren en período de lactancia, quedarán preferentemente al cuidado de la madre.

V. a VII. ...

Artículo 347. La...

I. En los casos de secuestro, estupro o violación, cuando la época del delito coincida con la de la concepción:

II. a la IV. ...

Si...

Si...

Artículo 386. En caso de separación de quienes ejercen la patria potestad, ambos deberán continuar con el cumplimiento de sus deberes y podrán convenir voluntariamente los términos de su ejercicio, particularmente en lo relativo a la guarda y custodia de los menores. En caso de desacuerdo, el juez resolverá lo conducente, atendiendo las particularidades del caso y el entorno académico, social y familiar de las niñas, niños y adolescentes, oyendo al Ministerio Público y respetando el derecho de los menores a emitir su opinión, bajo los parámetros internacionales y protocolos vigentes.

En este último supuesto, con base en el interés superior de la infancia, el juez privilegiará la custodia compartida, buscando que ambos progenitores asuman el pago de alimentación y conservando igualitariamente los derechos de vigilancia, de educación y de convivencia cuando los hijos estén bajo su cuidado y tomando en cuenta las modalidades previstas y señaladas en el convenio o la resolución judicial que al efecto emita el juez.

Por custodia compartida se entenderá que quienes ejercen la patria potestad de los hijos también gozan igualitariamente del derecho de que los hijos habiten en su domicilio, que convivan juntos los fines de semana, en los cumpleaños, los periodos vacacionales de semana santa, de verano y diciembre, incluida la posibilidad de viajar; asimismo, de la obligación de proporcionar pensión alimenticia, acudir a las juntas y festejos escolares y, en general el de infundir a los hijos valores positivos e instrucción de civilidad que les permitan en cada etapa de su evolución, lograr un crecimiento y desarrollo físico, cognoscitivo, emocional y social plenos, dentro de un ambiente de bienestar familiar y social.

En caso de que quienes detenten la patria potestad radiquen en ciudades distintas, se considerará viables para las convivencias los sistemas tecnológicos que permitan entablar la comunicación en tiempo real, pugnando por fomentar la cercanía y convivencia de los progenitores con los hijos sujetos a este régimen.

Cuando alguno de los que ejerzan la patria potestad impida al otro el ejercicio de los derechos inherentes a la patria potestad, el juez podrá limitar, modificar o suspender el derecho a la custodia compartida.

El juez, atendiendo al interés superior del infante, con intervención del Ministerio Público y la opinión de los hijos, podrá modificar en cualquier tiempo las reglas de la guarda y custodia y de las convivencias familiares.

Artículo 387. Los que ejercen la patria potestad, aun cuando no tengan la custodia, tienen el derecho de convivencia con sus descendientes, salvo que por su conducta o antecedentes exista peligro para éstos. En tratándose de infantes que se encuentren en período de lactancia o que por su corta edad y condiciones especiales requieran cuidados específicos, quedarán preferentemente al cuidado de la madre, salvo convenio en contrario y previa autorización del Juez.

No podrá impedirse, sin justa causa, las relaciones personales y de convivencia entre el menor y sus parientes, salvo lo señalado en el párrafo anterior.

Sólo por mandato judicial podrá limitarse, suspenderse o perderse el derecho de convivencia, así como en los casos de suspensión o pérdida de la patria potestad, conforme a las modalidades que para su ejercicio se establezcan en el convenio o resolución judicial.

El juez privilegiará la convivencia libre entre los progenitores y sólo en el supuesto de riesgo fundado de la integridad física, psicológica o emocional de los menores, determinará mediante resolución fundada y motivada, el régimen de convivencia supervisada o asistida, considerando un parámetro que no exceda de 3 horas diarias, salvo que mediante estudio psicológico se evidencie que el aumento de las tres horas diarias no incidirá negativamente en la salud emocional y psicológica de los hijos.

En caso de oposición, a petición de cualquiera de los progenitores, el Juez resolverá lo conducente en atención al interés superior del menor.

Artículo 407. El...

I. Por la mayoría de edad de las hijas y los hijos;

II. y III. ...

Artículo 408. Dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento de la mayoría de edad, los que estuvieron sujetos a patria potestad pueden exigir cuentas de administración a quienes la ejercieron.

Artículo 413. La...

I. Por...

II. Derogada.

III. Por...

Artículo Segundo. Se reforman la denominación del Capítulo I del Título Duodécimo del Libro Segundo, y los artículos 267, 268, 269, 337 Bis, 368 Bis párrafo tercero; y se adicionan un párrafo segundo, recorriéndose los actuales segundo, tercero y cuarto para ser tercero, cuarto y quinto del artículo 296 y los artículos 421 Bis y 421 Ter, del Código Penal para el Estado de Tamaulipas, para quedar como siguen:

Capítulo IAbuso sexual

Artículo 267. Comete el delito de abuso sexual quien ejecute en una persona, sin su consentimiento, o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona, actos sexuales sin el propósito de llegar a la cópula.

A quien cometa este delito, se le impondrá pena de seis a diez años de prisión y hasta doscientos días de salario de multa.

Para efectos de este artículo se entiende por actos sexuales los tocamientos o manoseos corporales obscenos, o los que representen actos explícitamente sexuales u obliguen a la víctima a representarlos.

También se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a observar un acto sexual, o a exhibir su cuerpo sin su consentimiento.

Si se hiciera uso de violencia, física o psicológica, la pena se aumentará en una mitad más en su mínimo y máximo.

Artículo 268. A quien cometa el delito de abuso sexual en una persona menor de quince años de edad o en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, aun con su consentimiento, o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo en sí o en otra persona, se le impondrá una pena de seis a trece años de prisión y hasta quinientos días de salario de multa.

Si se hiciera uso de violencia, la pena se aumentará en una mitad más en su mínimo y máximo.

Artículo 269. El delito de abuso sexual sólo se castigará cuando se haya consumado.

Artículo 296. Al responsable...

La misma pena se aplicará a quien estando obligado a informar acerca de los ingresos de quienes deban cumplir con la obligación alimentaria desobedezcan la orden judicial de hacerlo o informen con datos falsos,

Para...

Si el...

Si no...

Artículo 337 Bis. Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

II. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

III. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

IV. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;

V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;

VI. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;

VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a cincuenta años de prisión y de quinientos a mil días multa.

Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.

Así también se le condenará a la pérdida de la patria potestad en el caso de que tenga hijos con la víctima.

En caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio.

Al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de quinientos a mil quinientos días multa, además será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Artículo 368 Bis. Comete...

Para...

a) a d)...

A quien cometa el delito de violencia familiar se le impondrá de seis meses a cuatro años de prisión y perderá el derecho de pensión alimenticia. Asimismo, se le sujetará a tratamiento psicológico especializado y estará obligado al pago de la reparación del daño de las víctimas.

Este...

Artículo 421 Bis. Comete el delito de fraude familiar, la persona que en detrimento de la sociedad conyugal o patrimonio común generado durante el matrimonio o el concubinato, oculte, transfiera o adquiera a nombre de terceros bienes.

Artículo 421 Ter. Al responsable del delito de fraude familiar se le impondrá sanción de uno a cinco años de prisión y hasta trescientos días multa.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Artículo Segundo. Los procedimientos que se hayan iniciado con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán desarrollándose conforme al procedimiento que se venía aplicando hasta la entrada en vigor del mismo.

Artículo Tercero. Las disposiciones relativas a los delitos de impudicia y feminicidio vigentes hasta la entrada en vigor del presente decreto, seguirán aplicándose por los hechos realizados durante su vigencia. Asimismo, dichos preceptos seguirán aplicándose a las personas procesadas o sentenciadas por dichos delitos previstos y sancionados por los mismos artículos.

Artículo Cuarto. Se derogan las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Salón de sesiones del Honorable Congreso de Tamaulipas, a 25 de mayo de 2016.— Diputada Érika Crespo Castillo (rúbrica), Presidenta;diputado Enrique Vázquez Cerda (rúbrica), secretario;diputada Laura Teresa Zárate Quesada (rúbrica), secretaria.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se remite al promovente.

———————— o ————————

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Estimada presidenta:

Con fundamento en el Capítulo VI, artículo 50 de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, que reconoce a la Contraloría General como el órgano oficial de fiscalización interna de la institución, encargado de diseñar, preparar y procesar la información que permita vigilar, evaluar y confirmar el cumplimiento de las funciones sustantivas y adjetivas de la universidad, me permito hacer de su conocimiento que:

En cumplimiento a lo establecido en la fracción V del artículo 43 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, en el que dispone la obligación de las universidades e instituciones públicas de educación media superior y superior de entregar a la Secretaría de Educación Pública la información sobre matrícula de inicio y fin de cada ciclo escolar, a más tardar el día 10 de los meses de abril, julio y octubre de 2017 y 10 de enero de 2018, entrego a usted: informe de la Auditoría Interna a la Matrícula de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo e “Informe de Matrícula” en el formato emitido por la DGESU/SES/SEP, correspondientes al primer trimestre del año 2017.

Agradeciendo su decidido apoyo para el desarrollo de la cultura de transparencia y rendición de cuentas en la vida universitaria, esperamos las indicaciones y observaciones que considere pertinentes y, sin otro particular por el momento, reitero a usted las seguridades de mi consideración.

Atentamente

“Amor, orden y progreso.”

Pachuca de Soto, Hidalgo, 7 de abril de 2017.— Maestra Laura Elena Islas Márquez (rúbrica), contralora general.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Remítase a las comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

———————— o ————————

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Con el propósito de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 107, tercer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito anexar la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente a marzo de 2017, desagregada por tipo de fondo de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación fiscal y por entidad federativa, efectuando la comparación correspondiente a marzo de 2016.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 12 de abril de 2017.— Vanessa Rubio Márquez (rúbrica) subsecretaria.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Remítase a las comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

———————— o ————————

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, de Marina, de Seguridad Social y de Estudios Legislativos, por el que se desecha el proyecto de decreto para reformar el artículo 7o. de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

Atentamente

Ciudad de México, a 6 de abril de 2017.— Senador César Octavio Pedroza Gaitán (rúbrica), vicepresidente.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.

MINUTAS



LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.

Atentamente

Ciudad de México, a 6 de abril de 2017.— Senador César Octavio Pedroza Gaitán (rúbrica), vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE ASISTENCIA SOCIAL

Artículo Único. Se REFORMA el inciso a) de la fracción II y ADICIONA una fracción XI, con lo que se recorren las actuales XI y XII para ser las nuevas fracciones XII y XIII, del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social, para quedar como sigue:

Artículo 4. ...

...

I. ...

a) a m)...

...

II. ...

a) En parto múltiple, estado de gestación o lactancia, las madres adolescentes y madres solas que tengan a su cuidado hijos menores de dieciocho años de edad;

b)y c) ...

III.a X. ...

XI. Niñas y niños nacidos de parto múltiple hasta la edad del primer nivel de educación básica;

XII. Coadyuvar en asistencia a las personas afectadas por desastres naturales, y

XIII. Los demás sujetos considerados en otras disposiciones jurídicas aplicables.

Transitorio

Único.El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 6 de abril de 2017.— Senador César O. Pedroza Gaitán (rúbrica), vicepresidente; senadora María E. Barrera Tapia (rúbrica), secretaria.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.



LEY AGRARIA

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2, 4, 5, 7 y 8 de la Ley Agraria,aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.

Ciudad de México, a 6 de abril de 2017.— Senador César Octavio Pedroza Gaitán (rúbrica), vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 2, 4, 5, 7 Y 8 DE LA LEY AGRARIA.

Artículo Único.- Se reforman los artículos 2, segundo párrafo; 4, primer párrafo; 5; 7 y 8 de la Ley Agraria para quedar como sigue:

Artículo 2o. ...

El ejercicio de los derechos de propiedad a que se refiere esta ley en lo relacionado con el aprovechamiento urbano, el equilibrio ecológico y el desarrollo rural sustentable se ajustará a lo dispuesto en la Ley General de Asentamientos Humanos, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y demás leyes aplicables.

Artículo 4o. El Ejecutivo Federal promoverá el desarrollo integral y equitativo del sector rural mediante el fomento de las actividades productivas y de las acciones sociales para elevar el bienestar de la población y su participación en la vida nacional, procurando para tales efectos el principio de desarrollo rural sustentable.

...

Artículo 5o. Las dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal fomentarán el cuidado y conservación de los recursos naturales y promoverán su valor, aprovechamiento racional y sostenido para preservar el equilibrio ecológico, el ambiente, los ecosistemas y la biodiversidad, considerando medidas o mecanismos de mitigación, adaptación y reducción de la vulnerabilidad ante el cambio climático, con el fin de propiciar un mejoramiento en las condiciones de la producción, el aprovechamiento potencial y aptitud de la tierra en beneficio de los pobladores y trabajadores del campo, lo anterior con base en el principio de desarrollo rural sustentable.

Artículo 7o. El Ejecutivo Federal promoverá y realizará acciones que protejan la vida en comunidad, propicien su libre desarrollo y mejoren sus posibilidades de atender y satisfacer las demandas de sus integrantes con base en el principio de desarrollo rural sustentable.

Artículo 8o. En los términos que establece la Ley de Planeación, el Ejecutivo Federal, con la participación de los productores y pobladores del campo a través de sus organizaciones representativas, formulará programas de mediano plazo y anuales en los que se fijarán las metas, los recursos y su distribución geográfica y por objetivos, las instituciones responsables y los plazos de ejecución, para el desarrollo integral y sustentable del campo mexicano.

ARTICULO TRANSITORIO

Artículo Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 6 de abril de 2017.— Senador César O. Pedroza Gaitán (rúbrica), vicepresidente; senadora María E. Barrera Tapia (rúbrica), secretaria.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Reforma Agraria, para dictamen.



LEY FEDERAL DE FOMENTO A LAS ACTIVIDADES REALIZADAS POR ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil,aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.

Atentamente

Ciudad de México, a 6 de abril de 2017.— Senador César Octavio Pedroza Gaitán (rúbrica), vicepresidente.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE FOMENTO A LAS ACTIVIDADES REALIZADAS POR ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL.

Artículo Único. Se reforman las fracciones IV y V del artículo 1; los actuales incisos a), f) y g) del artículo 2; la fracción X del artículo 6; las fracciones I y II del artículo 8; la fracción V del artículo 11; el artículo 12; el segundo párrafo del artículo 14; el segundo párrafo del artículo 24; los párrafos primero y actual segundo del artículo 26; las fracciones VI y VII del artículo 29; la fracción XII del artículo 30; las fracciones II y IV del artículo 31; se adicionan la fracción VI al artículo 1; los nuevos incisos b), g), h), j), k), l), n), o), con lo que se recorren los incisos actuales b), c), d), e), f), g), h) e i), para quedar como c), d), e), f), i), m), p) y q) respectivamente, todos del artículo 2; un segundo párrafo con las fracciones I y II al artículo 3; las nuevas fracciones VI y VII, con lo que se convierte en fracción VIII la actual fracción VI, al artículo 11; un tercer párrafo al artículo 14; el artículo 14 bis; nuevos segundo y cuarto párrafos, pasando el actual segundo a ser tercero, al artículo 26; las nuevas fracciones VIII, IX y X al artículo 29; una nueva fracción XIII, con lo que la actual fracción XIII se convierte en la fracción XIV, del artículo 30; se deroga la fracción II del artículo 11, todo ello de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, para quedar como sigue:

Artículo 1. ...

I. a III. ...

IV. Establecer los derechos y las obligaciones de las organizaciones de la sociedad civil que cumplan con los requisitos que esta ley establece para ser objeto de fomento de sus actividades;

V.Favorecer la coordinación entre las dependencias y entidades del gobierno federal y las organizaciones de la sociedad civil beneficiarias, en lo relativo a las actividades que señala el artículo 5 de la misma, y

VI. Promover la creación, organización y participación de las organizaciones, en asuntos públicos para fomentar su incidencia en políticas públicas, conforme a las disposiciones legales aplicables.

Artículo 2. ...

a)Autobeneficio: bien, utilidad o provecho que obtengan los miembros de una organización de la sociedad o sus familiares hasta cuarto grado por consanguinidad, afinidad o civil mediante la utilización de los apoyos y estímulos públicos que le hayan sido otorgados para el cumplimiento de los fines de la organización;

b)Autogestión: capacidad de las y los integrantes de las organizaciones, que en el marco de esta ley y como parte del objeto de la organización pueden generar acciones colectivas de autodesarrollo para que el esfuerzo comunitario responda y busque soluciones a las necesidades o intereses de la población; siempre y cuando formen parte de ellas, grupos que viven situaciones de vulnerabilidad, exclusión, discriminación, olvido, desventaja o violación a sus derechos humanos;

c)Beneficio mutuo: bien, utilidad o provecho provenientes de apoyos y estímulos públicos que reciban, de manera conjunta, los miembros de una o varias organizaciones y los funcionarios públicos responsables y que deriven de la existencia o actividad de la misma;

d) Comisión: la Comisión de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil;

e) Consejo: el Consejo Técnico Consultivo;

f)Dependencias: unidades de la Administración Pública Federal Centralizada;

g)Discapacidad: deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social;

h)Discriminación: toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo;

i) Entidades: los organismos, públicos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos de la Administración Pública Federal Paraestatal;

j) Fomento: El conjunto de principios, objetivos, políticas, estrategias, instituciones, actores, recursos, procedimientos y normas que, de manera articulada, tienen como propósito promover un ambiente propicio para el trabajo y desarrollo de las Organizaciones de la Sociedad Civil;

k)Igualdad de género: Situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar;

l) Incidencia: Refiere a la acción de las Organizaciones de la Sociedad Civil para influir el proceso de toma de decisiones en las diversas instancias de gobierno de los poderes de la Unión y en el ciclo de elaboración e implementación de las políticas públicas, a partir de las causas sociales que promueven;

m) Organizaciones: a las Organizaciones de la Sociedad Civil a que se refiere el artículo 3 de esta ley;

n) Perspectiva de género: concepto que se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género;

o) Programa de Fomento: el Programa Especial de Fomento a las actividades realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil, emitido en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática conforme lo previsto por la Ley de Planeación y demás disposiciones aplicables;

p) Redes: agrupaciones de organizaciones que se apoyan entre sí, prestan servicios de apoyo a otras para el cumplimiento de su objeto social y fomentan la creación y asociación de organizaciones, y

q) Registro: el Registro Federal de Organizaciones en el que se inscriban las organizaciones de la sociedad civil que sean objeto de fomento.

Artículo 3.

No se aplicará la presente ley, por estar reguladas en otros ordenamientos legales, a actividades que realicen:

I.Las personas morales que tienen como objeto principal trabajar exclusivamente en beneficio de sus miembros, cuyas actividades persiguen una finalidad productiva; y

II.Las personas morales que ejercen funciones públicas de carácter administrativo.

Artículo 6. ...

I. a IX. ...

X. Recibir asesoría, capacitación y colaboración por parte de dependencias y entidades para el mejor cumplimiento de su objeto y actividades, en el marco de los programas que al efecto formulen dichas dependencias y entidades, en el marco del Programa de Fomento;

XI. a XII. ...

Artículo 8. ...

I. Exista entre sus directivos y los servidores públicos, encargados de otorgar o autorizar los apoyos y estímulos públicos, relaciones de interés o nexos de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil hasta en cuarto grado, o sean cónyuges, y

II. Contraten, con recursos públicos, a personas con nexos de parentesco con los directivos de la organización, ya sea por consanguinidad, afinidad o civil hasta en cuarto grado.

Artículo 11. ...

I. ...

II. Se deroga;

III. a IV. ...

V. Expedir su reglamento interno;

VI.Elaborar la propuesta de Programa de Fomento, en términos de lo previsto en la presente Ley, la Ley de Planeación, el Plan Nacional de Desarrollo y las demás disposiciones aplicables; la Secretaría Técnica de la Comisión remitirá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la propuesta de Programa de Fomento, a fin de llevar a cabo el procedimiento para su emisión conforme la normativa aplicable;

VII.Impulsar esquemas de interacción y comunicación con el Consejo, y

VIII. Las demás que le señale la ley.

Artículo 12. La Secretaría de Desarrollo Social, a través de la Comisión, será la encargada de coordinar a las dependencias y entidades para la realización de las acciones de fomento a que se refiere la presente ley, sin perjuicio de las atribuciones que las demás leyes otorguen a otras autoridades.

Artículo 14. ...

El informe respectivo, consolidado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se incluirá como un apartado específico del Informe Anual que rinde el Ejecutivo al Congreso de la Unión y de la Cuenta Pública, con base en las leyes Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás leyes aplicables.

El Informe Anual deberá incluir las acciones de fomento que se realicen a favor de la promoción y fortalecimiento de las actividades realizadas por las organizaciones de la sociedad civil, dentro o fuera del territorio nacional.

Artículo 14 bis. El Ejecutivo Federal emitirá el Programa de Fomento para promover las actividades que realizan las organizaciones de la sociedad civil, el cual considerará al menos lo siguiente:

I. Promover la creación y profesionalización de las organizaciones;

II.Promover la rendición de cuentas y transparencia de las organizaciones;

III.Fortalecer la incidencia en las políticas públicas y los mecanismos de participación ciudadana en las dependencias y entidades;

IV.Fomentar la participación de las organizaciones en los procesos de la agenda nacional e internacional;

V.Promover apoyos y estímulos otorgados por las dependencias y entidades;

VI.Promover la profesionalización de los servidores públicos en temas relacionados con organizaciones; y

VII.Dar visibilidad al valor social, económico y político generado por las organizaciones.

Artículo 24. ...

Aquellas personas que deseen allegarse de información establecida en el Registro, deberán seguir el procedimiento a que se refiere el Título Quinto de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Artículo 26. El Consejo es un órgano consultivo, de representación de las organizaciones, para la interlocución directa con los representantes de gobierno formalizados en la Comisión de Fomento, que podrá presentar recomendaciones sobre la política de fomento, así como propiciar acuerdos para la aplicación y cumplimiento de esta Ley.

La participación en el Consejo será de carácter honorífico, por lo que sus integrantes no percibirán percepción o emolumento alguno.

El Consejo concurrirá con la Comisión para realizar la evaluación conjunta, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, de las políticas y acciones de fomento de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, conforme a las disposiciones aplicables.

El Consejo sesionará con la Comisión en reuniones ordinarias, por lo menos dos veces al año y en forma extraordinaria, las veces que sean necesarias cuando así lo determine el Consejo, para cumplir con las atribuciones que le confiere esta Ley.

Artículo 29. ...

I.a V....

VI. Emitir recomendaciones para la determinación de infracciones y su correspondiente sanción, en los términos de esta Ley;

VII. Expedir el Manual de Operación conforme al cual regulará su organización y funcionamiento;

VIII.Promover la rendición de cuentas y transparencia de las organizaciones;

IX. Coadyuvar en la elaboración, seguimiento y evaluación del Programa de Fomento, y

X.Participar en la selección de los representantes correspondientes a las fracciones II y III del artículo 27.

Artículo 30. ...

I. a XI. ...

XII.No informar al Registro dentro del plazo de cuarenta y cinco días hábiles, contados a partir de la decisión respectiva, sobre cualquier modificación a su acta constitutiva o estatutos, o sobre cualquier cambio relevante en la información proporcionada al solicitar su inscripción en el mismo;

XIII.Realizar actividades en términos de lo señalado en el artículo 3, fracciones I y II de esta ley, y

XIV.No cumplir con cualquier otra obligación que le corresponda en los términos de la presente ley.

Artículo 31. ...

I. ...

II. Multa: en caso de no cumplir con el apercibimiento en el término a que se refiere la fracción anterior o en los casos de incumplimiento de los supuestos a que se refieren las infracciones VII, VIII, IX, X, XI, XII y XIII del artículo 30 de esta ley; se multará hasta por el equivalente a trescientas veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.

III. ...

IV. Cancelación definitiva de su inscripción en el Registro: en el caso de infracción reiterada o causa grave. Se considera infracción reiterada el que una misma organización que hubiese sido previamente suspendida, se hiciera acreedora a una nueva suspensión, sin importar cuáles hayan sido las disposiciones de esta ley cuya observancia hubiere violado. Se considera como causa grave incurrir en cualquiera de los supuestos a que se refieren las fracciones I, II, III, IV, V, VI y XIII del artículo 30 de la presente ley.

...

...

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. El Ejecutivo Federal deberá armonizar el Reglamento de esta Ley, en un plazo de 180 días hábiles contados a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

TERCERO. Los artículos relacionados con el Programa de Fomento, entrarán en vigor al día siguiente de la publicación, en el Diario Oficial de la Federación, del Plan Nacional de Desarrollo de la Administración Pública Federal 2019-2024.

CUARTO. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente Decreto se cubrirán con cargo al presupuesto autorizado a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal involucradas, para el ejercicio fiscal que corresponda.

Salón de sesiones de la Honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 6 de abril de 2017.— Senador César O. Pedroza Gaitán (rúbrica), vicepresidente; senadora Lorena Cuéllar Cisneros (rúbrica), secretaria.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Gobernación, para dictamen.

INICIATIVAS DE LOS CONGRESOS ESTATALES



LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Congreso de Chihuahua.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Para su conocimiento y los efectos conducentes, le remito copia de la iniciativa de decreto ante el honorable Congreso de la Unión número LXV/UNICU/0002/2017 II P.O., por medio del cual el honorable Congreso del estado de Chihuahua, propone reformar el artículo 2o., fracción I, inciso D), de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en relación al precio de las gasolinas.

Asimismo, me permito informarle que el dictamen respectivo se encuentra para su consulta en la página oficial del honorable Congreso del estado: http://www.congresochihuahua.gob.mx/biblioteca/dictamenes/archivosDictamenes/71 36.pdf

Sin otro particular de momento, le reitero a usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente

Chihuahua, Chihuahua, a 16 de marzo de 2017.— Diputada Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Presidenta.»

«Congreso de Chihuahua.

La Sexagésima Quinta Legislatura del honorable Congreso del estado de Chihuahua, reunida en su segundo período ordinario de sesiones, dentro del primer año de ejercicio constitucional, tiene a bien emitir la siguiente resolución con carácter de

Iniciativa de decreto ante el honorable Congreso de la Unión

Primero. La Sexagésima Quinta Legislatura del honorable Congreso del estado de Chihuahua, envía iniciativa de decreto ante el honorable Congreso de la Unión, en la que propone reformar el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar redactado de la siguiente manera:

Artículo Único. Se reforma el artículo 2o., fracción I, inciso D), de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 2o. ...

I. ...

A)...

B)...

C)...

D) Combustibles automotrices:

I. Combustibles fósiles Cuota Unidad de medida

a. Gasolina menor a 92 octanos 0.00 pesos por litro

b. Gasolina mayor o igual a 92 octanos 0.00 pesos por litro

c. Diésel 0.00pesos por litro

2. Combustibles no fósiles 0.00pesos por litro

...

...

E) a J)...

II. ...

III. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. De conformidad con el artículo 71, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remítase copia de la presente resolución al honorable Congreso de la Unión, para los efectos conducentes.

Dado en el salón de sesiones del Poder Legislativo, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.— Diputada Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Presidenta;diputada Rocío Grisel Sáenz Ramírez (rúbrica), secretaria; diputado Jesús Villarreal Macías (rúbrica), secretario.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.



LEY GENERAL PARA LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A PERSONAS CON LA CONDICIÓN DEL ESPECTRO AUTISTA

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: «Congreso de Nuevo León.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 63, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como los artículos 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LXXIV Legislatura al honorable Congreso del Estado de Nuevo León, pone a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, iniciativa de reforma por adición de un Capítulo III Bis, denominado “De la Inclusión a la Educación” a la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, el cual consta de un artículo 16 Bis, 16 Bis I y 16 BIS II.

Se acompaña al presente copia del dictamen emitido por la Comisión de Legislación, aprobado en la sesión del día de hoy, así como del acuerdo número 778 que contiene la iniciativa citada en el párrafo anterior para su conocimiento y efectos legales correspondientes, con la atenta súplica de que nos den a conocer el trámite legislativo que se le haya dado al presente.

Lo anterior para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.

Sin otro particular, nos permitimos enviarle por este conducto un cordial saludo.

Atentamente

Monterrey, Nuevo León, a 4 de abril de 2017.— Diputada Laura Paula López Sánchez (rúbrica), primera secretaria; diputada Liliana Tijerina Cantú (rúbrica), segunda secretaria.»

«Congreso de Nuevo León.

El Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, LXXIV Legislatura, en uso de las facultades que le concede el artículo 63 de la Constitución Política local, expide el siguiente

Acuerdo número 778

Artículo Primero. La Septuagésima Cuarta Legislatura al Congreso del Estado de Nuevo León, con fundamento en el artículo 63, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como los artículos 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicita al honorable Congreso de la Unión, el análisis y, en su caso, aprobación del siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se reforma por adición de un Capítulo III Bis, denominado “De la Inclusión a la Educación” a la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, el cual consta de un artículo 16 Bis, 16 Bis I y 16 BIS II, para quedar como sigue:

Capítulo III BisDe la Inclusión a la Educación

Artículo 16 Bis. Las autoridades Educativas, dentro de las instituciones de educación pública tendrán las siguientes obligaciones:

I. Detectar a personas con signos del Trastorno del Espectro Autista en los niveles de educación inicial, educación básica, media, media superior y superior;

II. Obtener una evaluación de las habilidades de las personas diagnosticadas con Trastorno del Espectro Autista y elaborar un plan educativo acorde a las habilidades;

III. Promover el uso de apoyos visuales y material en la enseñanza de las temáticas dentro y fuera del aula;

IV. Realizar acciones de preparaciones para el ingreso a las personas con Trastorno del Espectro Autista que vayan a cursar el nivel inicial y educación básica;

V. Realizar campañas de sensibilización e inclusión de las personas con Trastorno del Espectro Autista dentro de las instituciones educativas;

VI. Prevenir el acoso escolar hacia las personas con Trastorno del Espectro Autista, en la educación inicial, educación básica, media y superior; y

Además de éstas, en todo memento la autoridad educativa deberá garantizar la inclusión de personas con Trastorno del Espectro Autista a un desarrollo integral dentro de las instituciones educativas.

Artículo 16 Bis I. Las autoridades educativas efectuarán evaluaciones trimestrales a las personas con Trastorno del Espectro Autista, con el fin de verificar el cumplimiento de los planes establecidos, actuando de manera consecuente a los resultados de cada uno de ellos.

Artículo 16 Bis II. Las autoridades educativas podrán celebrar convenios con instituciones públicas y privadas para la atención integral de las personas con Trastorno del Espectro Autista, para su evaluación e inclusión educativa.

Transitorios

Primero. Se envíe para su análisis y estudio a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y se siga el procedimiento legislativo correspondientes.

Segundo. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación- en el Diario Oficial de la Federación.

Tercero. Las autoridades educativas dentro de los 90 días siguientes a la publicación del presente decreto modificaran su normativa interna para dar cumplimiento a la presente ley.

Artículo Segundo. Remítase al Congreso de la Unión el presente acuerdo, así como el expediente que dio origen para sus efectos constitucionales.

Por lo tanto, envíese al Ejecutivo del estado para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Dado en el salón de sesiones del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en Monterrey, su capital, a los cuatro días del mes de abril de dos mil diecisiete.— Diputado Andrés Mauricio Cantú Ramírez (rúbrica), Presidente; diputada Laura Paula López Sánchez (rúbrica), primera secretaria;diputada Liliana Tijerina Cantú (rúbrica), segunda secretaria.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.



LEY PARA LA PROTECCIÓN DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: «Congreso de Nuevo León.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 63, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; y 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LXXIV Legislatura del Congreso de Nuevo León, pone a consideración de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión iniciativa de reforma por modificación de los artículos 25, 36, fracciones I, II, IV, V, VI, VII y VIII, 42, 44, 51, fracción IV, 52, 57, fracción I, 66, párrafo segundo, y 67 de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de los Derechos Humanos y Periodistas.

Se acompaña al presente copia del dictamen emitido por la Comisión de Legislación, aprobado en la sesión de hoy, y del acuerdo número 774, que contiene la iniciativa citada en el párrafo anterior, para su conocimiento y efectos legales correspondientes, con la atenta súplica de que nos den a conocer el trámite legislativo que se haya dado al presente.

Lo anterior, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.

Sin otro particular, nos permitimos enviarle por este conducto un cordial saludo.

Atentamente

Monterrey, Nuevo León, a 28 de marzo de 2017.— Diputada Laura Paula López Sánchez (rúbrica), primera secretaria; diputada Liliana Tijerina Cantú (rúbrica), segunda secretaria.»

«Congreso de Nuevo León.

El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, LXXIV Legislatura, en uso de las facultades que le confiere el artículo 63 de la Constitución Política local, expide el siguiente

Acuerdo Número 774

Artículo Primero. La Septuagésima Cuarta Legislatura del Congreso de Nuevo León, con fundamento en los artículos 63, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; y 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicita al Congreso de la Unión el análisis y, en su caso, la aprobación del siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se reforman por modificación los artículos 25, 36, fracciones I, II, IV, V, VI, VII y VIII, 42, 44, 51, fracción IV, 52, 57, fracción I, 66, párrafo segundo, y 67 de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de los Derechos Humanos y Periodistas, para quedar como sigue:

Artículo 25. La Unidad de Recepción de Casos y Reacción Rápida recibirá las solicitudes de incorporación al mecanismo, verificará que cumplan los requisitos previstos en esta ley y, en su caso, determinará el tipo de procedimiento. Solamente dará trámite a las solicitudes que cuenten con el consentimiento del potencial beneficiario, salvo que éste se encuentre impedido por causa grave. En estos casos se actuará oficiosamente y no será necesario el otorgamiento posterior del consentimiento.

Artículo 36. ...

I. Abandone, evada o impida injustificadamente las medidas;

II. Autorice injustificadamente el uso de las medidas por personas diferentes de las determinadas por las unidades del mecanismo;

III. ...

IV. Utilice injustificadamente al personal designado para su protección en actividades que no estén relacionadas con las medidas;

V. Agreda injustificadamente física o verbalmente o amenace al personal que está asignado a su esquema de protección;

VI. Autorice injustificadamente permisos o descanso al personal del esquema sin el consentimiento de las unidades correspondientes del mecanismo;

VII. Ejecute injustificadamente conductas ilícitas haciendo uso de los medios físicos y humanos dispuestos para su protección;

VIII. Cause injustificadamente daño intencionalmente a los medios de protección físicos y humanos asignados para su protección.

Artículo 42. La federación y las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, investigarán, recopilarán y analizarán toda la información que sirva para evitar agresiones potenciales a personas defensoras de derechos humanos y periodistas.

Artículo 44. La federación, las entidades federativas y el municipio, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán el reconocimiento público y social de la importante labor de las personas defensoras de derechos humanos y periodistas para la consolidación del estado democrático de derecho, y condenarán, investigarán y sancionarán las agresiones de que sean objeto.

Artículo 51. ...

I. a III. ...

IV. Los bienes que le transfiera a título gratuito el gobierno federal o las entidades federativas, así como los obtenidos de los juicios de extinción de dominio; y

V. ...

Artículo 52. El fondo contará con un comité técnico, presidido por el secretario de Gobernación e integrado por un representante de la Secretaría de Seguridad Pública, la Procuraduría General de la República y la Secretaría de Relaciones Exteriores, además con un representante de las personas defensoras de derechos humanos y un representante de los periodistas.

Artículo 57. ...

I. Que lo suscriba la persona o personas que hayan tenido el carácter de peticionario o beneficiario. Cuando por alguna razón no fuese posible lo anterior, la inconformidad la formulará un familiar o patrón del peticionario o beneficiario, en su caso.

II. ...

Artículo 66. ...

Por la comisión de este delito se impondrán de cinco a quince años de prisión, y de setenta hasta cuatrocientos días multa y destitución e inhabilitación de cinco a quince años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos en cualquier nivel de gobierno.

...

...

Artículo 67. Al servidor público que en forma dolosa altere o manipule los procedimientos del mecanismo para perjudicar, poner en riesgo o causar daño a la persona defensora de derechos humanos, periodista, peticionario y beneficiario se impondrán de cinco a quince años de prisión, y de setenta hasta cuatrocientos días multa y destitución e inhabilitación de cinco a quince años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos referidas en esta ley.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. Remítase al Congreso de la Unión el presente acuerdo, así como el expediente que dio origen, para sus efectos constitucionales.

Por tanto, envíese al Ejecutivo del estado para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Dado en el salón de sesiones del Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en Monterrey, su capital, a 28 de marzo de 2017.— Diputado Andrés Mauricio Cantú Ramírez (rúbrica), Presidente; diputada Laura Paula López Sánchez (rúbrica), primera secretaria; diputada Liliana Tijerina Cantú (rúbrica), segunda secretaria.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: «Congreso de Nuevo León.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 63, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; y 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LXXIV Legislatura del Congreso de Nuevo León pone a consideración de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión iniciativa de reforma modificación del último párrafo y adición de una fracción XVIII al artículo 381 del Código Penal Federal.

Se acompaña al presente copia del dictamen emitido por la Comisión de Legislación, aprobado en la sesión de hoy, así como del acuerdo número 775, que contiene la iniciativa citada en el párrafo anterior para su conocimiento y efectos legales correspondientes, con la atenta súplica de que nos den a conocer el trámite legislativo que se haya dado al presente.

Lo anterior, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.

Sin otro particular, nos permitimos enviarle por este conducto un cordial saludo.

Atentamente

Monterrey, Nuevo León, a 28 de marzo de 2017.— Diputada Laura Paula López Sánchez (rúbrica), primera secretaria;diputada Liliana Tijerina Cantú (rúbrica), segunda secretaria.»

«Congreso de Nuevo León.

El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, LXXIV Legislatura, en uso de las facultades que le confiere el artículo 63 de la Constitución Política local, expide el siguiente

Acuerdo Número 775

Artículo Primero. La Septuagésima Cuarta Legislatura del Congreso de Nuevo León, con fundamento en los artículos 63, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; y 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicita al Congreso de la Unión el análisis y, en su caso, la aprobación del siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se reforma modificación del último párrafo y adición de una fracción XVIII al artículo 381 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 381. Además de la pena que le corresponda conforme a los artículos 370 y 371, se aplicarán al delincuente las penas previstas en este artículo, en los casos siguientes:

I. a XVII. ...

XVIII. Cuando se apodere de uno o más bienes en cualquier institución educativa pública o privada que cuente con reconocimiento oficial y cuyo valor exceda de 50 cuotas.

...

En los supuestos a que se refieren las fracciones VII, VIII, IX, X, XVI, XVII y XVIII, de dos a siete años de prisión.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. Remítase al Congreso de la Unión el presente acuerdo, así como el expediente que dio origen para sus efectos constitucionales.

Por tanto, envíese al Ejecutivo del estado para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Dado en el salón de sesiones del Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en Monterrey, su capital, a 28 de marzo de 2017.— Diputado Andrés Mauricio Cantú Ramírez (rúbrica), Presidente; diputada Laura Paula López Sánchez (rúbrica), primera secretaria; diputada Liliana Tijerina Cantú (rúbrica), segunda secretaria.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.



LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: «Congreso de Nuevo León.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 63, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como los artículos 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LXXIV Legislatura al honorable Congreso del Estado de Nuevo León, pone a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, iniciativa de adición al artículo 7 Bis 1, 8 Bis 1, una fracción VIII Bis al artículo 24; una fracción II Bis al artículo 98; asimismo se reforman los artículos 126 y 127 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Se acompaña al presente copia del dictamen emitido por la Comisión de Legislación, aprobado en la sesión del día de hoy, así como del acuerdo número 776, que contiene la iniciativa citada en el párrafo anterior para su conocimiento y efectos legales correspondientes, con la atenta súplica de que nos den a conocer el trámite legislativo que se le haya dado al presente.

Lo anterior para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.

Sin otro particular, nos permitimos enviarle por este conducto un cordial saludo.

Atentamente

Monterrey, Nuevo León, a 3 de abril de 2017.— Diputada Laura Paula López Sánchez (rúbrica), primera secretaria; diputada Liliana Tijerina Cantú (rúbrica), segunda secretaria.»

«Congreso de Nuevo León.

El Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, LXXIV Legislatura, en uso de las facultades que le concede el artículo 63 de la Constitución Política local, expide el siguiente

Acuerdo número 776

Artículo Primero. La Septuagésima Cuarta Legislatura al Congreso del Estado de Nuevo León, con fundamento en el artículo 63, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como los artículos 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicita al honorable Congreso de la Unión, el análisis y, en su caso, aprobación del siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se adicionan los artículos 7 Bis 1, 8 Bis 1, una fracción VIII Bis al artículo 24, una fracción II Bis al artículo 98; asimismo se reforman los artículos 126 y 127 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como siguen:

Artículo 7 Bis 1. El proveedor está obligado a exhibir de forma notoria y visible todo material informativo correspondiente a los procedimientos que pueden seguir los consumidores y sus derechos, así como la ubicación de los módulos de atención más cercanos, mismo que les será brindado por la Procuraduría.

Artículo 8 Bis 1. La Procuraduría deberá fomentar permanentemente una cultura en combate al desconocimiento de los derechos de los consumidores y los procedimientos que pueden seguir ante la Procuraduría dada la insatisfacción de adquisición de bienes y servicios.

Para este propósito, elaborara materiales informativos en que se señalen los procedimientos que los consumidores pueden iniciar ante la Procuraduría y cuáles son sus derechos, así mismo contendrán la ubicación de los módulos o sistemas de atención y orientación a los consumidores más cercanos.

Artículo 24. La Procuraduría tiene las siguientes atribuciones:

I. a VIII. ...

VII Bis. Promover en conjunto con los proveedores y realizar directamente, material informativo en que se señalen los derechos y procedimientos que los consumidores pueden iniciar ante la Procuraduría, así como la ubicación de los módulos o sistemas de atención y orientación a los consumidores más cercanos.

IX. a XXIV. ...

Artículo 98. Se entiende por visita de verificación la que se practique en los lugares a que se refiere el artículo 96 de acuerdo con lo dispuesto en esta ley, debiéndose:

I. a II. ...

II Bis. Verificar que los proveedores exhiban de forma notoria y visible el material informativo que les brinde la Procuraduría a fin de informar al consumidor sobre sus derechos, los procedimientos que puede iniciar ante la Procuraduría, así como la ubicación de los módulos o sistemas de atención y orientación a los consumidores más cercanos.

Artículo 127. Las infracciones a lo dispuesto por los artículos 7 Bis, 7 Bis 1, 13, 17, 18 Bis, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 52, 53, 54, 55, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 66, 67, 68, 69, 70, 72, 75, 77, 78, 79, 81, 82, 85, 86 Quater, 87 Bis, 90, 91, 93, 95 y 113 serán sancionadas con multa de $473.10 a $1,513,916.80.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor a partir de su Publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. Remítase al Congreso de la Unión el presente acuerdo, así como el expediente que dio origen para sus efectos constitucionales.

Por lo tanto, envíese al Ejecutivo del estado para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Dado en el salón de sesiones del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en Monterrey, su Capital, a los tres días del mes de abril de dos mil diecisiete.— Diputado Andrés Mauricio Cantú Ramírez (rúbrica), Presidente; diputada Laura Paula López Sánchez (rúbrica), primera secretaria; diputada Liliana Tijerina Cantú (rúbrica), segunda secretaria.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Economía, para dictamen.



LEY GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: «Congreso de Nuevo León.

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Presidenta de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 63, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como los artículos 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LXXIV Legislatura al honorable Congreso del Estado de Nuevo León, pone a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, iniciativa de reforma adición de una fracción IV Bis al artículo 4; por adición de un segundo párrafo al inciso a), y un segundo párrafo al inciso f), fracción III, del artículo 7; por modificación al segundo párrafo del artículo 22; por modificación al primer y segundo párrafos del artículo 53; y por modificación al primer párrafo del artículo 61 de la Ley General del Servicio Profesional Docente.

Se acompaña al presente copia del dictamen emitido por la Comisión de Legislación, aprobado en la sesión del día de hoy, así como del acuerdo número 777, que contiene la iniciativa citada en el párrafo anterior para su conocimiento y efectos legales correspondientes, con la atenta súplica de que nos den a conocer el trámite legislativo que se le haya dado al presente.

Lo anterior para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.

Sin otro particular, nos permitimos enviarle por este conducto un cordial saludo.

Atentamente

Monterrey, Nuevo León, a 3 de abril del 2017.— Diputada Laura Paula López Sánchez (rúbrica), primera secretaria; diputada Liliana Tijerina Cantú (rúbrica), segunda secretaria.»

«Congreso de Nuevo León.

El Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, LXXIV Legislatura, en uso de las facultades que le concede el artículo 63 de la Constitución Política local, expide el siguiente

Acuerdo número 777

Artículo Primero. La Septuagésima Cuarta Legislatura al Congreso del estado de Nuevo León, con fundamento en el artículo 63, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como los artículos 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicita al honorable Congreso de la Unión, el análisis y en su caso aprobación del siguiente proyecto de:

Decreto

Artículo Único. Se reforma adición de una fracción IV Bis al artículo 4; por adición de un segundo párrafo al inciso a), y un segundo párrafo al inciso f), fracción III, del artículo 7; por modificación al segundo párrafo del artículo 22; por modificación al primer y segundo párrafos del artículo 53; y por modificación al primer párrafo del artículo 61 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, por modificación, para quedar como sigue:

Artículo 4. ...

I. a XV. ....

XV. Bis. Idoneidad: los conocimientos y capacidades del Personal Docente y del Personal con Funciones de Dirección y de Supervisión en la Educación Básica y Media Superior que imparta el Estado y sus Organismos Descentralizados, mediante el cálculo de los parámetros e indicadores en donde describan de forma detallada los conocimientos, aptitudes y capacidades, que permita identificar las fortalezas y debilidades del aspirante.

XVI. a XVIII. ...

a) a c). ...

XIX a XXXII. ...

Capítulo IIDe la Distribución de Competencias

Artículo 7. ...

a. a III. ...

a). ...

Los resultados de dichas evaluaciones se realizaran mediante el cálculo de los parámetros e indicadores en donde describan de forma detallada los conocimientos, aptitudes y capacidades, que permita identificar las fortalezas y debilidades del aspirante.

b) a e). ...

f) ...

Para ello se garantizará en todo momento principio de máxima privacidad de los datos personales de los docentes, por el cual los sujetos obligados están obligados a proteger y resguardar la intimidad y privacidad de los datos personales, que se encuentran bajo su resguardo.

g) a h). ...

Artículo 22. ...

Con el objeto de fortalecer las capacidades, conocimientos y competencias del Personal Docente de nuevo Ingreso, durante un periodo de seis meses tendrá el acompañamiento de un tutor designado por la Autoridad Educativa o el Organismo Descentralizado, según corresponda.

..

..

...

Artículo 53. Cuando en la evaluación a que se refiere el artículo anterior se identifique la insuficiencia en el nivel de desempeño de la función respectiva, el personal de que se trate se incorporará a los programas de regularización que la Autoridad Educativa o el Organismo Descentralizado determine, según sea el caso. Dichos programas incluirán el esquema de tutoría correspondiente.

El personal sujeto a los programas a que se refiere el párrafo anterior, tendrá la oportunidad de sujetarse a una segunda oportunidad de evaluación en un plazo no mayor de doce meses después de la evaluación a que se refiere el artículo 52, la cual deberá efectuarse antes del inicio del siguiente ciclo escolar o lectivo, para lo cual contara con una tutoría o acompañamiento en el proceso de regularización.

...

...

Artículo 61. Para el desarrollo profesional de los docentes, las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados establecerán periodos mínimos de permanencia en las escuelas y de procesos ordenados para la autorización de cualquier cambio de Escuela, debiendo tomar en cuenta la proximidad al lugar de residencia o preferencia del aspirante. Asimismo, podrán suscribir convenios para atender solicitudes de cambios de adscripción del personal en distintas entidades federativas.

...

...

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor a partir de su Publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. Remítase al Congreso de la Unión el presente acuerdo, así como el expediente que dio origen para sus efectos constitucionales.

Por lo tanto, envíese al Ejecutivo del estado para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Dado en el salón de sesiones del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en Monterrey, su Capital, a los tres días del mes de abril de dos mil diecisiete.— Diputado Andrés Mauricio Cantú Ramírez (rúbrica), Presidente; diputada Laura Paula López Sánchez (rúbrica), primera secretaria; diputada Liliana Tijerina Cantú (rúbrica), segunda secretaria.»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

INICIATIVA DE SENADOR



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Senadores.— México, DF.

Secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Comunico a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Miguel Romo Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción IX del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175 párrafo 1, 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, se dispuso que dicha iniciativa, misma que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

Ciudad de México, a 6 de abril de 2017.— Senadora Blanca Alcalá Ruiz (rúbrica), vicepresidenta.»

«Miguel Romo Medina, senador de la República del honorable Congreso de la Unión, en nombre propio y del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos 8o. fracción I, 164, numeral 1, 169, 172 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, someto a consideración de esta Honorable Soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción IX del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La movilidad ha adquirido nuevas dimensiones en el ámbito social, lo cual exige acciones públicas que confronten a estos fenómenos de forma transversal. La manera en que las sociedades actuales realizan su vida cotidiana, requiere de un derecho de movilidad que dé cuenta de los retos urbanos, medioambientales y económicos del mundo global, con el objeto de garantizar un derecho que tiene implicaciones en diversos ámbitos de nuestra sociedad.

La movilidad como derecho, constituye un elemento complejo que tiene diversas aplicaciones contextuales, ya sean jurídicas, políticas o sociales. Una de las aplicaciones que ha tenido desarrollo en los últimos años por parte de los Gobiernos y Organismos Internacionales, es el transporte individual en las zonas tanto urbanas como rurales. La movilidad, en el espectro individual de la vida diaria, es pieza fundamental para el desenvolvimiento y desarrollo socioeconómico de las personas y las colectividades. Desplazarse de un lugar a otro, es, al día de hoy, el primer paso que toda persona realiza para llevar a cabo sus tareas, las cuales se traducen en beneficios para la industria, la educación y de todas aquellas actividades sociales y políticas inalienables alas sociedades.

La movilidad, entendida como la capacidad de traslado individual, se ha concentrado históricamente en el uso de medios de transporte de combustión interna, principalmente, en los entornos urbanos. En la actualidad, “la posesión de automóviles y los índices de motorización aumentan en todo el mundo y con ellos el consumo de energías no renovables, la contaminación atmosférica, el ruido ambiental, la intrusión visual, los accidentes, el peligro y la congestión circulatoria.”

La utilización de los automóviles en las grandes urbes viene aparejada de una diversidad de efectos secundarios que afectan a la comunidad. El uso del automóvil en las grandes ciudades de nuestro país, lejos de constituir un medio de transporte rápido, afecta a la movilidad urbana, doblando el tiempo de traslado de un lugar a otro en horas de mayor circulación, como es el caso de la Ciudad de México, entre otras. La congestión vehicular lacera gran parte del día productivo de los mexicanos; los traslados laborales en las grandes urbes rondan entre dos y cuatro horas diarias, lo que se traduce en 2.4 años, en promedio por persona, de tiempo perdido a causa de la congestión vehicular. “De acuerdo al Índice de Tráfico TomTom, que mide los niveles de congestión vial en casi 400 ciudades de todo el mundo, la Ciudad de México es la metrópoli con más problemas de circulación vehicular de todo el mundo.”

El consumo de gasolina por parte de los automóviles, representa un daño directo en el medioambiente y, en consecuencia, a la calidad de vida de las personas. Los efectos al medioambiente a causa del uso de automóviles en la Ciudad de México, representan el 80 por ciento de la contaminación atmosférica; mientras que en otras ciudades oscila entre el 50 por ciento.” Las contingencias ambientales en algunas ciudades de México, son evidencia de la afectación a la calidad de vida de las personas debido al uso desmedido del automóvil, que no sólo constituye una afectación a la movilidad, sino también a la salud, así como al derecho a un medio ambiente adecuado y seguro para el desarrollo de las personas.

Organismos públicos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Agencia Europea de Medio Ambiente, han determinado que la contaminación atmosférica generada por el uso de automóviles en las grandes ciudades contribuye al deterioro de la salud: “Los principales efectos de la contaminación atmosférica sobre la salud van desde alteraciones de la función pulmonar, problemas cardíacos, aumento del número de defunciones, de ingresos hospitalarios y de visitas a urgencias, especialmente por causas respiratorias y cardiovasculares.”

En el ámbito económico, el abuso de combustibles fósiles repercute directamente en el gasto público y en el ingreso de la sociedad. El desarrollo de la infraestructura pública se encuentra destinado, en su mayoría, a la ampliación de los espacios para el desplazamiento de los vehículos automotores, lo cual incita aún más su utilización. Por otra parte, el incremento generalizado del costo de la gasolina, debido a factores estructurales en la economía mundial, repercute en los ingresos de los consumidores finales, quienes históricamente han dado un uso desmedido de dichos combustibles con repercusiones sociales, económicas y ambientales.

La utilización de estos medios de transporte genera afectaciones para las personas en distintos ámbitos de su vida cotidiana; sin embargo, y pese a las problemáticas insertas en la utilización de vehículos de combustión interna, es menester señalar que su uso sigue incrementándose anualmente en un 6.4 por ciento en las grandes ciudades de nuestro país. Es por ello que, la coyuntura social, económica y ambiental con la que actualmente se enfrenta el conglomerado internacional, hace necesario el fomento de acciones y medidas públicas que incentiven formas alternas de transporte que den solución a los retos anteriormente mencionados.

Los medios de transporte alternativo enfocados a las grandes ciudades han sido un punto vital en las políticas públicas en varios países europeos, quienes han coadyuvado en la inserción y promoción de dichos medios de transporte, siendo un ejemplo de ellos la bicicleta. Frente al incremento de automóviles de combustión interna y la reproducción de sus efectos colaterales, la bicicleta es un medio de transporte que ha reconfigurado positivamente las redes de vialidad en muchos países, como es el caso de Holanda, en donde se ha privilegiado un modelo ejemplar en la implementación de políticas públicas que detonan las posibilidades del uso de la bicicleta como medio de transporte masivo.

Los innegables beneficios de la bicicleta son un paso adelante ante todas las problemáticas de movilidad que afectan a las zonas urbanas: en lo económico, se evita el gasto en la compra de combustible, pago de estacionamientos, impuestos, etc.; en materia ambiental, se trata de un medio de transporte sustentable y plenamente ecológico; socialmente, se lograría destensar la congestión vehicular de las grandes ciudades y el estrés que esto provoca; y en cuanto a sus beneficios a la salud, el uso de la bicicleta combate al sedentarismo y fomenta una vida más sana.

Es menester fomentar el uso de la bicicleta como forma viable de autotransporte masivo. Sus beneficios contrastan de forma positiva ante muchas problemáticas que la sociedad mexicana enfrenta en los últimos años. Por ello, es pertinente plantear acciones legislativas que contribuyan a su promoción, a la vez que, faciliten el uso continuo de la bicicleta en las tareas diarias de la sociedad, a efecto de materializar un cambio en la cultura vial de nuestro país; asumiendo un uso ético y responsable de los vehículos de combustión interna.

Ante la volatilidad del precio de los combustibles fósiles, es necesario analizar alternativas que impacten de manera favorable en la economía de las personas, facilitando la adquisición y, posteriormente, la utilización de la bicicleta como un medio de transporte masivo. Es por ello que, la alternativa que aquí se propone, consiste en determinar a la bicicleta como un bien mueble susceptible a deducción fiscal por parte de personas físicas.

Si bien, en la actualidad existe la posibilidad de deducir, conforme a los términos fiscales, la compraventa de una bicicleta; esta norma facultativa sólo contempla como sujetos de su aplicación a las personas morales con actividad empresarial, según lo establecido en la fracción XIV del artículo 34 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Lo anterior, en esencia normativa, restringe dicha facultad a las personas físicas, quienes son la mayor parte de la población y que pertenecen al sector en el que se encuentra un gran número de contribuyentes, y, por ende, esto constituye una limitación legislativa para la promoción generalizada del uso de la bicicleta como medio de transporte masivo.

Haciendo una interpretación coherente del sentido funcional de la disposición normativa contenida en la fracción XIV del artículo 34 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, es decir, la intención del legislador en promover la adquisición y el uso de la bicicleta en la sociedad; aunada a la coyuntura sociohistórica por la que atraviesa nuestro país debido al incremento internacional del precio de la gasolina, es pertinente impulsar y facilitar la compraventa de bicicletas tanto a personas físicas y morales, a efecto de potencializar sus efectos positivos como medio de transporte eficaz y eficiente en la sociedad.

Por todo lo anterior, someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se adiciona la fracción IX del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 151.Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

Fracciones I a la VIII...

IX. Gastos destinados a la compraventa de bienes muebles dedicados a la transportación individual, siendo únicamente los denominados bicicletas estándar y eléctrica, siempre y cuando no requieran de combustible fósil, no generen combustión interna y se encuentre libre de emisiones contaminantes.

A efecto de que lo anterior sea aplicable, será necesario que la compra sea efectuada por el contribuyente para sí, para su cónyuge, para la persona que cumpla legalmente con los términos del concubinato y para sus descendientes menores de edad en línea recta hasta el primer grado.

El pago deberá de efectuarse mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México o mediante tarjeta de crédito, de débito, o de servicios.

En cuanto a su trámite y comprobación fiscal, la compra deberá estar sustentada mediante documentación que reúna los requisitos fiscales y exprese las cantidades pagadas, las cuales serán aplicadas, únicamente, en el periodo fiscal que correspondan.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Herce, Manuel, Sobre la movilidad en la ciudad. Propuestas para recuperar un derecho ciudadano, Reverté, Barcelona, 2009, p. 16.

2 Consultado en página web:

http://www.animalpolitico.com/2012/07/mexicanos-pierden-hasta-2 -4-anos-de-vida-atrapados-en-el-trafico/ en fecha 8 de marzo de 2017.

3 Consultado en página web:

http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2017/03/02/cdmx-la-mas-caotica- a-nivel-vial-del-mundo en fecha 10 de marzo de 2017

4 Pozueta Echevarri, Julio, Movilidad y planeamiento sostenible: Hacia una consideración inteligente del transporte y la movilidad en el planeamiento y en el diseño urbano, Faster, Madrid, 2011, p. 13

5 Consultado en página web:

http://www.ecodes.org/salud-calidad-aire/201302176117/Impactos-sobre- la-salud-de-la-contaminacion-atmosferica en fecha 7 de marzo de 2017.

6 Para más datos demográficos e información de las políticas públicas en movilidad consúltese: Pozueta Echevarri, Julio, Movilidad y planeamiento sostenible: Hacia una consideración inteligente del transporte y la movilidad en el planeamiento y en el diseño urbano, Faster, Madrid, 2011, p. 48.

Fuentes:

Aguirre Quezada, Juan Pablo, Movilidad urbana en México, Instituto Belisario Domínguez, México, 2017.

Herce, Manuel, Sobre la movilidad en la ciudad. Propuestas para recuperar un derecho ciudadano, Reverté, Barcelona, 2009.

Pozueta Echevarri, Julio, Movilidad y planeamiento sostenible: Hacia una consideración inteligente del transporte y la movilidad en el planeamiento y en el diseño urbano, Faster, Madrid, 2011.

http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2017/03/02/cdmx-la-mas-caotica-a-nivel -vial-del-mundo

http://www.animalpolitico.com/2012/07/mexicanos-pierden-hasta-2-4-anos- de-vida-atrapados-en-el-trafico/

http://www.ecodes.org/salud-calidad-aire/201302176117/Impactos-sobre-la-s alud-de-la-contaminacion-atmosferica

Senadores: Miguel Romo Medina, Raymundo García Chávez, Luisa María Calderón Hinojosa, Jesús Priego Calva, José Ascención Orihuela Bárcenas, Michelle Arandine Barrón Vivanco, María del Rocío Pineda Gochi, María Elena Barrera Tapia, Jesús Casillas Romero, Tereso Medina Ramírez, Manuel Cavazos Lerma, José de Jesús Santana García, Fernando Torres Graciano, Enrique Burgos García, Anabel Acosta Islas, Juan Alejandro Fernández Sánchez Navarro, Francisco Salvador López Brito, Óscar Román Rosas González, Lisbeth Hernández Lecona, Daniel Amador Gaxiola, Humberto Domingo Mayans Canabal, Víctor Hermosillo y Celada, Carmen Dorantes Martínez, María Hilaria Domínguez Arvizu, César Octavio Pedroza Gaitán (rúbricas).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

La diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez(desde la curul): Presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Sonido, por favor, en la curul de la diputada Margarita Cuata.

La diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez (desde la curul): Precisarle a nuestro presidente Peña Nieto, que no está bien ser candil de la calle y obscuridad de su casa, por su expresión en el caso de Leopoldo López, en Venezuela.

Y recordar que en días pasados aprobamos por unanimidad en esta Cámara de Diputados, un punto de acuerdo con el objeto de exhortar al Poder Judicial de la Federación para que en estricto apego a la legislación aplicable haga del conocimiento público el estado que guarda el proceso del doctor Juan Manuel Mireles Valverde, y se tomen las medidas pertinentes con el objeto de garantizar su salud, y se resuelva inmediatamente su situación jurídica, y así evitar se sigan vulnerando sus derechos humanos; sin embargo esto no ha sucedido.

En ese sentido, es por lo que solicito a usted, instruya a quien corresponda, realice las gestiones para obtener respuesta a dicho punto de acuerdo. Muchas gracias.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Margarita Cuata. Quedan asentadas sus expresiones.

La diputada Erika Irazema Briones Pérez(desde la curul): Presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Sonido, por favor, en la curul de la diputada Erika Briones.

La diputada Erika Irazema Briones Pérez (desde la curul): Gracias, diputada presidenta. Con el objeto de solidarizarme con las familias del municipio de Armadillo de los Infante, en San Luis Potosí, perteneciente a mi distrito electoral, donde este domingo ocurrió una tragedia: cerca de las 21:30 horas una tromba cayó en las faldas de la sierra de Álvarez y en el cauce natural del agua provocó que en el río Armadillo, ubicado en este municipio, desbordara ocasionando pérdidas materiales, daños a sus medios de trabajo y patrimonio de las familias.

Es todavía más lamentable que este hecho cobró más de cinco vidas, dentro de ellas la vida de una menor, de siete años, que son víctimas. Y que solicitamos, exhortamos al gobierno federal, al gobierno del estado a que apoyen a las familias que son afectadas en Armadillo de los Infante. Gracias.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada. Sus expresiones quedan asentadas en el Diario de Debates.

El diputado José Hugo Cabrera Ruiz(desde la curul): Presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Sonido, por favor, en la curul del diputado Hugo Cabrera.

El diputado José Hugo Cabrera Ruiz (desde la curul): Presidenta, muy buenos días. Solamente para denunciar desde mi curul, a reserva de que en breve presentemos un punto de acuerdo, de los hechos ocurridos en estos últimos días en el municipio de Querétaro.

Es lamentable las expresiones de: “La ley soy yo, tengo el permiso de dios y del INAH”, expresiones manifestadas por el presidente municipal panista de Querétaro, Marcos Aguilar, en relación a obras que se están haciendo en el Centro Histórico de Querétaro.

Y que no obstante o que no solamente los queretanos hemos sido víctimas en los últimos días, las últimas semanas, de robo a casa habitación, el incremento en estos delitos de alto impacto, robo a negocio, robo a transeúntes, y todo lo que va implicando la seguridad o, más bien dicho, la inseguridad, que a todo esto se sume una agresión artera, una agresión directa por parte de quienes se mencionan servidores públicos del municipio de Querétaro, que han hecho contra uno de los líderes del comercio organizado de Querétaro, el señor Arturo Rueda. Expresamos desde aquí nuestro total rechazo a ese tipo de actitudes que denuestan la política y que además dejan muy mal parada a la capital queretana, que ha sido siempre un lugar, un espacio, de paz, de tranquilidad, de concordia.

Por eso, exhortamos a las autoridades panistas del municipio de Querétaro, a que tomen cartas en el asunto y que la Fiscalía General del estado llegue hasta sus últimas consecuencias. Es cuanto, señora presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Cabrera. Quedan asentadas sus expresiones en el Diario de Debates.

INICIATIVAS DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS



EXPIDE EL REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: «Iniciativa que expide el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Marisol Vargas Bárcena, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Marisol Vargas Bárcena, así como diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, conforme a lo dispuesto por los artículos 6, 71 fracción II y 77 fracciones I y III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados, con objeto de que, dada la urgencia de contar con este instrumento normativo, se turne de inmediato a comisiones, exhortando a sus integrantes a que agilicen su estudio y produzcan en término perentorio el dictamen correspondiente, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

El Reglamento que se propone busca dotar a la Cámara de Diputados de un ordenamiento que posibilite el cabal cumplimiento de sus obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales, tras la reforma constitucional en la materia y la promulgación de las Leyes General y Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Antecedentes

A continuación se exponen en orden cronológico, acontecimientos relevantes en la evolución del derecho de acceso a la información, transparencia y protección de datos personales, con focalización en lo aplicable a la Cámara de Diputados:

• El 6 de diciembre de 1977, se reconoce por primera vez el derecho a la información como una garantía del Estado mediante la inclusión del texto “el derecho a la información será garantizado por el Estado”, en el artículo 6o constitucional.

• El 3 de septiembre de 1999, Se publica en el Diario Oficial de la Federación (en adelante DOF), la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y establece en el artículo 29, la obligación para la Cámara de incluir en su Cuenta Pública las subvenciones que se asignen a los Grupos Parlamentarios y en el artículo 113, la obligación de los Grupos de presentar a la Contraloría un informe semestral con la debida justificación del uso y destino de los recursos que la Cámara les otorgó.

• El 11 de junio de 2002, se publicó en el DOF la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que obliga a todas la dependencias y entidades de los tres poderes federales con mención expresa; la Cámara de Diputados se establece como sujeto obligado a garantizar al público la disponibilidad y medios de acceso a la información del gobierno.

El artículo 7 de la Ley en comento, estableció la obligación de publicar y mantener actualizada, entre otra, la información relativa a 17 temas, de los que destacan: Estructura orgánica, facultades, directorio, remuneraciones, domicilio y dirección electrónica para recibir solicitudes de información, metas y objetivos, servicios, trámites y requisitos, presupuesto asignado, informe de ejecución, resultados de auditorías, subsidios, concesiones y permisos especificando sus titulares, contrataciones con información detallada, marco normativo, informes, mecanismos de participación ciudadana y cualquier otro información de utilidad o relevante, que responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.

El artículo 61 de la Ley, incluyó al Poder Legislativo dentro de los sujetos obligados a establecer normas en materia de acceso a la información y el artículo cuarto transitorio le estableció la obligación de publicar las disposiciones reglamentarias correspondientes a más tardar un año después de la entrada en vigor de la Ley.

• El 12 de mayo de 2003, en cumplimiento a la obligación antes referida, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública, aprobado por la Cámara de Diputados.

• El 21 de abril de 2006, se publica en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados la Norma para Regular la Transferencia y Control de los Recursos Financieros Asignados a los Grupos Parlamentarios de la Cámara de Diputados y establece en un Capítulo V bajo el título De la Rendición de Cuentas, que comprende los artículos 21, 22 y 23, la obligación de los Grupos de presentar un informe cuatrimestral de uso y destino de las subvenciones que les sean asignadas y su publicación en la Gaceta Parlamentaria y la página electrónica de la Cámara.

• El 20 de julio de 2007, se publica en el DOF el decreto por el que se añade un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para establecer principios y bases para el ejercicio del derecho de acceso a la información en los siguientes términos:

Artículo 6o. ...

Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación, los Estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases:

I. Toda la informaciónen posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad.

II. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes.

III. Toda persona, sin necesidad de acreditar interésalguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de éstos.

IV. Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos. Estos procedimientos se sustanciarán ante órganos u organismos especializados e imparciales, y con autonomía operativa, de gestión y de decisión.

V. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos.

VI. Las leyes determinarán la manera en que los sujetos obligados deberán hacer pública la información relativa a los recursos públicos que entreguen a personas físicas o morales.

VII. La inobservancia a las disposiciones en materia de acceso a la información pública será sancionada en los términos que dispongan las leyes.

• El 30 de abril de 2009, se faculta al Congreso de la Unión para legislar en material de protección de datos personales en posesión de particulares, mediante un adición de la fracción XXIX, inciso O, del art. 73 constitucional.

• El 1 de junio de 2009, se elevó a garantía constitucional el derecho de protección de datos personales, así como el acceso, rectificación y cancelación de los mismos y a manifestar su oposición a determinado tratamiento, mediante reforma al artículo 16 constitucional.

• El 6 de abril de 2009, se aprobó el Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados.

En el artículo 46 del Reglamento en cita se estableció en 17 fracciones la obligación de la Cámara de divulgar información relativa a diversos temas, entre ellos, la estructura orgánica, facultades, directorio, remuneraciones, presupuestos e informes de ejecución, resultados de auditorías, licitaciones y contrataciones, informes, mecanismos de participación ciudadana y cualquier otra información útil o relevante y relativa a preguntas frecuentes del público.

En el artículo 49 se asignaron a los órganos administrativos obligaciones de transparencia relacionadas con la Gaceta Parlamentaria, el Diario de los Debates, bitácoras de asistencias, dictámenes, iniciativas o puntos de acuerdo, agenda legislativa, viajes oficiales y los informes correspondientes y resultados de estudios o investigaciones que realicen los centros de estudios.

En el artículo 50 se estableció la obligación de la Secretaría General de publicar la información descrita en el artículo 46, relacionada con la Mesa Directiva, la Junta, la Conferencia, los Diputados sin partido, las Comisiones y Comités.

En el artículo 52, la obligación de la Secretaría General de publicar información relativa a convocatorias, actas de sesiones y listas de asistencia, acuerdos que se adopten y sentido del voto de los diputados, asignación y custodia de vehículos, espacios y bienes y la relativa a la aplicación y destino final de los recursos económicos asignados por la Cámara.

Por virtud del artículo 51, se establece la obligación de los Coordinadores de los Grupos Parlamentarios de publicar la información a que se refiere el artículo 46, relacionada con los Grupos Parlamentarios.

• El 7 de febrero del año 2014 ,se publica en el DOF reforma a diversos artículos constitucionales para fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas a través de la transparencia y rendición de cuentas.

La lista de sujetos obligados abarcan ahora a cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como a cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad.

Establece también la obligación de documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades y la prevalencia del principio de máxima publicidad.

Establece las bases para la creación de un organismo garante federal, hoy Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (en lo sucesivo INAI) y organismos garantes en los estados y el entonces Distrito Federal.

Se faculta al Congreso para expedir las leyes generales en materia de transparencia gubernamental, acceso a la información, protección de datos personales y archivos y se le delega la atención de atender los temas en materia de protección de datos personales en tanto se determina una instancia responsable diversa.

• El 4 de mayo de 2015 se publica en el DOF la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

En ella, se establecen los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho humano de acceso a la información, que se encuentre en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, persona física, moral o sindicato que reciba recursos públicos o realice actos de autoridad en cualquiera de los 3 órdenes de gobierno.

Dispone en el artículo 70, que las leyes federales y de las Entidades Federativas contemplarán que los sujetos obligados deben publicar, según corresponda a sus facultades, atribuciones y funciones, en sus respectivos medios electrónicos información completa, oportuna y veraz de los temas comprendidos en 48 fracciones.

En el artículo 72, establece en 15 fracciones, obligaciones de transparencia adicionales y específicas para los Poderes Legislativos Federal y de las Entidades Federativas.

En resumen, la Cámara de Diputados está obligada a publicar y mantener actualizada en su portal de internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, como mínimo,la información que le resulte aplicable de la comprendida en el artículo 70 y toda la contemplada en el artículo 72 por ser específicamente diseñada para el Poder Legislativo.

En el marco de la transparencia proactiva, se establece que lo sujetos obligados deberán publicar información adicional que sea considerada de interés público.

Establece las reglas y plazos máximos para los procedimientos de acceso a la información.

Restringe los casos en que puede clasificarse, acota el plazo de reserva a 5 años y 5 más sujetándola a la prueba de daño y privilegiando el principio de máxima publicidad.

Establece también los procedimientos de impugnación y los casos en que deban sancionarse conductas que restrinjan indebidamente el derecho de acceso a la información de cualquier persona.

En materia de Protección de Datos Personales se establece la prueba de interés público para acotar la apertura discrecional de información confidencial.

Respecto del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, se establece en el artículo 28 entre sus fines, el de establecer e implementar criterios y lineamientos de conformidad con lo señalado en la propia Ley y demás normatividad aplicable y en el artículo 31, funciones amplias para la emisión de lineamientos y criterios, que una vez aprobados, resultan obligatorios para todos los sujetos obligados.

En su artículo Décimo Tercero Transitorio establece literalmente:

Décimo Tercero.Para el efecto del cumplimiento de las obligaciones genéricas y específicas a las que se refiere la presente Ley, cada Cámara del Congreso de la Unión aprobará, a más tardar el 30 de agosto de 2015, un programa de reorganización administrativa que deberá, comprender, al menos, las normas y criterios para la homologación programática, presupuestal, contable y organizacional de los grupos parlamentarios; las obligaciones de las Cámaras y de los grupos parlamentarios en cuanto sujetos obligados respecto a los recursos que a través de éstos se asigna a los legisladores; el tratamiento fiscal y presupuestal de los ingresos, prestaciones, apoyos y recursos, en dinero o especie, que reciban los legisladores para realizar la función legislativa y de gestión; el régimen laboral del personal adscrito a los grupos parlamentarios, las comisiones y los legisladores, así como las reglas relativas al uso, custodia, administración y disposición de los recursos públicos que no tengan la condición de dietas o contraprestaciones laborales, incluidas las relativas a las modalidades de acceso. Las obligaciones genéricas y específicas que corresponden a las Cámaras del Congreso de la Unión se harán efectivas conforme se implementen los programas de reorganización administrativa.

• El 9 de mayo de 2016, se publica en el DOF la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Siendo el aterrizaje de la reforma constitucional en la materia y la Ley General al ámbito federal, establece como su objeto, garantizar el derecho de acceso a la información pública en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos o cualquier persona física o moral que ejerza recursos públicos federales o realice actos de autoridad.

Remite al Título V de la Ley General las obligaciones de transparencia y la información que los sujetos obligados deben mantener actualizada en sus respectivos medios electrónicos.

Faculta al INAI para que pueda señalar a los sujetos obligados que alguna información que deban proporcionar sea considerada como obligación de transparencia, atendiendo a la relevancia de la información, la incidencia de las solicitudes sobre la misma y el sentido reiterativo de las resoluciones.

En el artículo 70, transcribe las 15 obligaciones de transparencia especiales para el Poder Legislativo contenidas en el artículo 72 de la Ley General.

En el artículo tercero transitoriodispone que los sujetos obligados deberán tramitar, expedir o modificar su normatividad interna a más tardar dentro de los doce meses siguientes a la entrada en vigor de esta Ley Federal, es decir, habiéndose publicado el día 9 de mayo de 2016, entró en vigor el día 10 del mismo mes y año, por lo tanto, el plazo antes referido abarca hasta el día 10 de mayo de 2017.

En atención a la evolución legislativa relatada, a continuación se explican diversos puntos que aborda el proyecto:

El Reglamento busca hacer efectiva la reforma constitucional en materia de transparencia y del ejercicio del derecho de acceso a la información y protección de datos personales en lo que respecta a la información que posee y genera la Cámara de Diputados y los órganos y unidades administrativas que la componen.

Se propone no dejar de observar principio o alcance alguno que se encuentre ordenado en las Leyes General y Federal de Transparencia, se adecua a sus principios y bases, incluso detalla la forma de actualizarlos en los casos que se presenten frente a los ciudadanos

Su redacción se ha concebido para facilitar la lectura al ciudadano que pretenda obtener información en posesión de la Cámara.

Inicia con Disposiciones Generales en un primer Capítulo, se expone el objeto, objetivos y el glosario; en el siguiente Capítulo, recoge en el artículo 4 la obligación de interpretar sus disposiciones en absoluta congruencia con la Constitución y las leyes General y Federal; así como la aplicación supletoria de las mismas y de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. En el artículo 5 mediante quince fracciones, se recogen todos los principios que en la materia deben observarse por devenir de los ordenamientos superiores.

En el Título Segundo, en el artículo 6, se establece la obligatoriedad del Reglamento para todos los órganos, unidades administrativas y servidores públicos de la Cámara existentes y los que se creen en lo sucesivo, de modo que no exista exclusión implícita alguna en la materia.

En el artículo 7 se detallan los órganos, unidades administrativas y otros sujetos obligados de la Cámara, los sindicatos y personas físicas y morales que en su caso ejerzan recursos de la Cámara inclusive, a fin de abarcar no sólo la totalidad de las atribuciones de la Cámara, sino también, el cien por ciento de los recursos asignados a la misma.

En el mismo artículo 7, se hace mención adicional de los Grupos Parlamentarios, no para restarles obligación alguna, sino para adicionarles las que por virtud de sus reglas internas de operación y de la normatividad del partido al que pertenezcan, les resulten aplicables.

En el artículo 8 se adecuan las obligaciones generales que se encuentran contenidas en el artículo 24 de la Ley General y 11 de la Ley Federal, a la Cámara.

En el artículo 9 se detalla la información que debe publicarse en el portal electrónico de la Cámara y en la Plataforma Nacional de Transparencia, sin que medie petición de parte y que resultan aplicables a la Cámara conforme a los artículos 70 y 72 de la Ley General y 68 y 70 de la Ley Federal. Se ha seguido el mismo orden que estos dos ordenamientos superiores tienen, a fin de facilitar la compulsa y verificación.

Se han establecido los períodos de actualización atendiendo a los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación y verificación en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia de las obligaciones de transparencia establecidas en el Título Quinto de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobados por el Sistema Nacional de Transparencia y publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de mayo de 2016.

Al mismo artículo 9, se ha adicionado la obligación de publicar una Tabla de Aplicabilidad en la que se expone cuáles órganos, unidades administrativas y otros obligados, participan en la generación de información requerida para abarcar cada una de las obligaciones de transparencia y el cien por ciento de los recursos asignados a la Cámara de Diputados.

En el párrafo 4 del artículo 9, se expresa el mecanismo base para la concentración de la información en la Secretaría General, la que deberá recibir la información de los órganos y áreas que corresponda, en los formatos aprobados por el Sistema, revisar que la misma sea completa, esto es, que la información no deje de abarcar obligaciones y el total de los recursos asignados a la Cámara y enviar a la Unidad de Transparencia para que coloque la información en el Portal de la Cámara y en la Plataforma Nacional, al tiempo que, en su caso, detectados los faltantes realice gestión para su obtención.

En el artículo 11 se ha decidido no establecer límite al tiempo en que la información de transparencia estará disponible, de forma tal que, se constituya el archivo histórico mediante la acumulación indexada de los datos y sea posible consultar en el futuro la información de años anteriores.

Se establece en el artículo 12 para la Unidad de Transparencia, la responsabilidad sobre el apartado de transparencia de la Cámara y la verificación del cumplimiento de obligaciones en el mismo.

En el artículo 13 se han previsto medidas de accesibilidad en la Unidad de Transparencia para garantizar el acceso de toda persona a la información pública de la Cámara.

En el Título Tercero, en los artículos 14 y 15 se define la información de interés público que debe ser publicada y los criterios para identificarla.

En el artículo 16 se recoge lo dispuesto por el artículo 144 de la Ley Federal, estableciendo la obligación de hacer públicas las solicitudes de información que la Cámara reciba, contando dicha información con los medios técnicos para localizarla por tema, estatus y tipo de respuesta, entre otros criterios que sean útiles para que los solicitantes pueden acceder a consultas recurrentes y sus respectivas respuestas.

Entendido el Parlamento Abierto como aquél que se caracteriza por una amplia transparencia mediante la puesta a disposición del público de datos abiertos y que en su organización permite además, la participación de la ciudadanía y su colaboración; se disponen diversas acciones para propiciarlo en la Cámara, considerando incluso, la posibilidad de adoptar las mejores prácticas que en lo sucesivo se conozcan a nivel internacional.

Para los casos en que la información buscada no se localice dentro del cúmulo ya publicado, se expone en el Título Cuarto, el Procedimiento de Acceso a la Información por vía de una solicitud que puede presentarse en múltiples formatos, sus plazos y procedimientos internos, respetando los plazos máximos establecidos en los artículos 132 de la Ley General y 135 de la Ley Federal.

Una vez expuestas todas las vías de acceso a la información, se aborda la forma de actualizar el derecho humano de Protección de Datos Personales, en el Título Quinto. Se explican los principios y obligaciones que debe atender la Cámara para proteger los datos personales; en el artículo 26 se contempla que hasta en tanto no se publique una ley en la materia se deberán emitir lineamientos para permitir a los titulares de datos personales en posesión de la Cámara, acceder, rectificar, cancelar u oponerse a determinado tratamiento.

De igual modo, se establece el contenido mínimo del Aviso de Privacidad que debe la Cámara dar a conocer a los titulares de los datos personales que recabe y la forma y casos en que la Cámara puede permitir acceso a los mismos.

A continuación, en concordancia con las normas superiores, se disponen las excepciones al acceso a la información que derivan de la clasificación de información en reservada y confidencial.

En un siguiente Título se definen los mecanismos para la integración, funciones y pormenores, de la Unidad y el Comité de Transparencia. Se ha previsto que sea la Conferencia la que proponga al Pleno y éste vote las correspondientes designaciones, previo proceso de convocatoria pública en el caso de los integrantes del Comité, de modo que se asegure que las personas que sean consideradas, cuenten con la mejor preparación posible en materia de transparencia y protección de datos personales y que puedan garantizar objetividad en sus decisiones para favorecer la máxima transparencia de la Cámara y evitar en lo posible, recursos de Revisión ante el órgano garante nacional, INAI.

Con objeto de dar a conocer a los ciudadanos solicitantes de acceso a información de la Cámara, la existencia y posibilidad de interponer el Recurso de Revisión se incluye un Título Octavo en el que se hace exposición de su procedencia, con remisión a los artículos aplicables de la Ley General.

En el Título Noveno, denominado De las Responsabilidades y Sanciones Administrativas, se hace remisión a las Leyes General y Federal, toda vez que en las mismas se regulan los procedimientos administrativos correspondientes con independencia de los que resulten en el orden civil, penal o cualquier otro tipo que se puedan derivar de los mismos hechos. Esas responsabilidades se determinarán de acuerdo a los procedimientos previstos en las leyes que resulten aplicables.

En la redacción, siguiendo las prácticas más modernas, se ha numerado cada párrafo de cada artículo a fin de ubicarlos fácilmente.

Por lo expuesto y fundado anteriormente, someto a consideración de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se expide el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados al tenor del siguiente:

Artículo Único. Se expide Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados.

Proyecto de decreto por el que se expide el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados

Título PrimeroDisposiciones Generales

Capítulo IDisposiciones Generales

Artículo 1. Objeto

1. El presente reglamento es de orden público y observancia general en el ámbito de la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y tiene por objeto:

I. Establecer los órganos, criterios y procedimientos institucionales para garantizar a las personas el derecho de acceso a la información pública y la protección de sus datos personales en posesión de la Cámara, en términos de lo previsto en la Constitución y los tratados internacionales sobre la materia de los que el Estado Mexicano sea parte, la Ley General y la Ley Federal.

II. Establecer los procedimientos para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas para fortalecer el escrutinio ciudadano sobre las funciones y el ejercicio de recursos públicos de la Cámara.

III. Fijar las bases para la implementación de prácticas de parlamento abierto y transparencia proactiva en la Cámara.

Artículo 2. Objetivos.

1. Son objetivos del presente Reglamento:

I. Establecer los criterios, mecanismos y procedimientos para la difusión oficiosa y proactiva de datos abiertos respecto de las funciones y el ejercicio de recursos públicos de la Cámara en su portal y en la Plataforma Nacional de Transparencia.

II. Fijar las bases, mecanismos y procedimientos para el desarrollo de un Parlamento Abierto, mediante la participación y colaboración ciudadana en la toma de decisiones públicas.

III. Establecer un procedimiento sencillo y expedito para que toda persona pueda tener acceso a la información pública en posesión de la Cámara.

IV. Establecer los mecanismos de protección y tratamiento que deberán de darse a los datos personales en posesión de la Cámara.

V. Delimitar la procedencia y el procedimiento de clasificación y desclasificación de la información reservada y confidencial.

VI. Establecer los principios rectores, mecanismos para la elección de los integrantes, atribuciones y funciones del Comité y la Unidad de Transparencia de la Cámara.

VII. Indicar a los solicitantes la procedencia del Recurso de Revisión ante el Instituto cuando las respuestas otorgadas por la Cámara no cumplan con los requisitos legales.

VIII. Fijar las competencias, sujetos obligados y responsables en materia de transparencia y rendición de cuentas en la Cámara y el régimen de responsabilidades y sanciones administrativas aplicables a incumplimientos de obligaciones en materia de transparencia.

Artículo 3. Glosario.

1. Además de las definiciones establecidas en el artículo 3 de la Ley General y 4 de la Ley Federal, para los efectos de este Reglamento se entiende por:

I. Actas: Documento que contiene la relatoría de las reuniones y acuerdos adoptados por los Órganos Legislativos y Administrativos.

II. Ajustes Razonables: modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones de los derechos humanos.

III. Áreas: Instancias de la Cámara que cuentan o pueden contar con la información, previstas en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Reglamento de la Cámara de Diputados y la Normatividad Administrativa de la Cámara de Diputados.

IV. Archivo: Los expedientes y documentos legislativos y administrativos que contienen información inherente al funcionamiento de la Cámara y sus Órganos, con independencia de su forma de presentación.

V. Cámara: La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

VI. Clasificación: El acto administrativo de dar a la información el carácter de reservada o confidencial en los supuestos previstos en la Ley General.

VII. Comisiones: Las comisiones de la Cámara de Diputados a que se refiere el Artículo 39 de la Ley Orgánica.

VIII. Comité de Transparencia: Órgano técnico especializado independiente e imparcial, responsable de garantizar el derecho de acceso a la información y la protección de datos personales de la Cámara.

IX. Comités: Los comités de la Cámara a que se refiere el artículo 46 de la Ley Orgánica, incluidos los comités de los centros de estudios y excluido el de Administración.

X. Comité de Administración: El Comité de Administración de la Cámara, que se crea en cada legislatura por la Junta, y se refiere en el artículo 46, numeral 3 de la Ley Orgánica y se rige por su acuerdo de creación.

XI. Conferencia:La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos a que se refiere el artículo 37 de la Ley Orgánica

XII. Constitución:Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

XIII. Consulta Directa:La prerrogativa que tiene toda persona de acceder a la información en el espacio habilitado para tal efecto.

XIV. Datos Abiertos: Los datos digitales de carácter público que son accesibles en línea que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado y que tienen las siguientes características:

a) Accesibles: Los datos están disponibles para la gama más amplia de usuarios, para cualquier propósito;

b) Integrales: Contienen el tema que describen a detalle y con los metadatos necesarios;

c) Gratuitos: Se obtienen sin entregar a cambio contraprestación alguna;

d) No discriminatorios: Los datos están disponibles para cualquier persona, sin necesidad de registro;

e) Oportunos:Son actualizados, periódicamente, conforme se generen;

f) Permanentes:Se conservan en el tiempo, para lo cual, las versiones históricas relevantes para uso público se mantendrán disponibles con identificadores adecuados al efecto;

g) Primarios:Provienen de la fuente de origen con el máximo nivel de desagregación posible;

h) Legibles por máquinas:Deberán estar estructurados, total o parcialmente, para ser procesados e interpretados por equipos electrónicos de manera automática;

i) En formatos abiertos:Los datos estarán disponibles con el conjunto de características técnicas y de presentación que corresponden a la estructura lógica usada para almacenar datos en un archivo digital, cuyas especificaciones técnicas están disponibles públicamente, que no suponen una dificultad de acceso y que su aplicación y reproducción no estén condicionadas a contraprestación alguna;

j) De libre uso: Citan la fuente de origen como único requerimiento para ser utilizados libremente;

XV. Datos personales:Cualquier información concerniente a una persona física identificada o identificable.

XVI. Datos personales sensibles:Aquellos datos personales que afecten a la esfera más íntima de su titular, o cuya utilización indebida pueda dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para este. En particular, se consideran sensibles aquellos que puedan revelar aspectos como origen racial o étnico, estado de salud presente y futuro, información genética, creencias religiosas, filosóficas y morales, afiliación sindical, opiniones políticas, preferencia sexual.

XVII. Diario de los Debates:Es el órgano oficial de la Cámara que contiene la memoria de debates parlamentarios, así como el desarrollo de las sesiones.

XVIII. Días Hábiles:Todos los días a excepción de los sábados y domingo, así como los no laborables en términos de la Ley.

XIX. Documento:Los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o bien, cualquier otro registro que documente el ejercicio de las facultades, funciones y competencias de la Cámara de sus sujetos obligados, sus Servidores Públicos e integrantes, sin importar su fuente o fecha de elaboración. Los documentos podrán estar en cualquier medio, sea escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico;

XX. Estrados Electrónicos:mecanismo mediante el cual se publican los avisos de las resoluciones en el portal de la Cámara con lo que se notifica legalmente al solicitante

XXI. Estrados: sitio en el que se colocan los avisos de las resoluciones con lo que se notifica legalmente al solicitante. Cada órgano responsable de dar respuesta tiene los suyos.

XXII. Expediente: Unidad documental constituida por uno o varios documentos de archivo, ordenados y relacionados por un mismo asunto, actividad o trámite de los sujetos obligados;

XXIII. Gaceta Parlamentaria:Es la publicación a través de la cual se difunden las actividades, comunicaciones, documentos o acuerdos que tienen que ver con la Cámara.

XXIV. Grupos: Los Grupos Parlamentario representados en la Cámara de Diputados a que se refiere el artículo 26 de la Ley Orgánica.

XXV. Información de interés público: Se refiere a la información que resulta relevante o beneficiosa para la sociedad y no simplemente de interés individual, cuya divulgación resulta útil para que el público comprenda las actividades que llevan a cabo los sujetos obligados;

XXVI. Instituto: El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

XXVII. Junta:La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados a que se refiere el artículo 31 de la Ley Orgánica.

XXVIII. Ley Federal:Ley Federal de Transparencia de Acceso a la Información Pública.

XXIX. Ley General:Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

XXX. Ley Orgánica: Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

XXXI. Mesa Directiva:La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados a que se refiere el artículo 17 de la Ley Orgánica.

XXXII. Plataforma Nacional:La Plataforma Nacional de Transparencia a que hace referencia el artículo 49 de la Ley General;

XXXIII. Pleno: Es la Asamblea General de la Cámara.

XXXIV. Prueba de Daño: Acreditación con elementos objetivos de que en la divulgación de alguna información podría perjudicar el interés público o la seguridad nacional en términos del artículo 104 de la Ley General.

XXXV. Publicación: La divulgación difusión y socialización de la información por cualquier medio

XXXVI. Secretario o Secretaria General: Es el Secretario o Secretaria General de la Cámara a que se refiere el artículo 48 de la Ley Orgánica.

XXXVII. Servidores Públicos: Los mencionados en el párrafo primero del artículo 108 de la Constitución.

XXXVIII. Sistema Nacional: El Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, a que se refiere el artículo 28 de la Ley General.

XXXIX. Unidad de Transparencia: es la instancia encargada de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia y el ejercicio del derecho de acceso a la información en los términos de este reglamento.

XL. Versiones Estenográficas: es la transcripción escrita de cuanto se dice en una reunión o sesión.

XLI. Versión Pública: Documento o Expediente en el que se da acceso a información eliminando u omitiendo las partes o secciones clasificadas.

Capítulo IIPrincipios Generales

Artículo 4. Interpretación.

1. El presente Reglamento se interpretará armónicamente con la Ley General y Ley Federal, atendiendo a los principios establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como en las resoluciones y sentencias vinculantes que emitan los órganos nacionales e internacionales especializados, favoreciendo a las personas en todo tiempo la protección más amplia.

2. A falta de disposición expresa se aplicará de manera supletoria y en el siguiente orden de prelación, las disposiciones de la Ley General, la Ley Federal y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Artículo 5. Principios en materia de Transparencia y Acceso a la Información.

1. El ejercicio del derecho humano de acceso a la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de la Cámara se sujetará a los siguientes principios:

I. Toda información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de la Cámara es pública, accesible a cualquier persona, salvo que se clasifique como reservada de forma temporal por razones de interés público o seguridad nacional o bien, como confidencial en los casos estrictamente necesarios y previstos en la Ley;

II. No podrá clasificarse como reservada, aquella información que esté relacionada con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad, de conformidad con el derecho nacional o los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.

III. En la generación, publicación y entrega de información, la Cámara garantizará que la misma sea accesible, confiable, verificable, veraz, oportuna y que atienda a las necesidades del derecho de acceso a la información de cualquier persona;

IV. La Cámara tomará todas las medidas necesarias y habilitará los medios, acciones y esfuerzos disponibles para asegurar el acceso a la información de todas las personas en igualdad de condiciones con las demás;

V. Está prohibida toda discriminación, por motivo alguno, que menoscabe o anule la transparencia o el derecho de acceso a la información pública de cualquier persona;

VI. Ninguna persona será objeto de inquisición judicial o administrativa por el ejercicio del derecho de acceso a la información, ni podrá restringirse este derecho por vías o medios directos o indirectos.

VII. La información de interés público que se genere tendrá un lenguaje sencillo para cualquier persona y se procurará, en la medida de lo posible, su accesibilidad y traducción a lenguas indígenas;

VIII. El ejercicio del derecho de acceso a la información no estará condicionado a que el solicitante acredite interés alguno o justifique su utilización, ni podrá condicionarse el mismo por motivos de discapacidad;

IX. El ejercicio del derecho de acceso a la información es gratuito y sólo podrá requerirse el cobro correspondiente a la modalidad de reproducción y entrega solicitada; y

X. En ningún caso los ajustes razonables que se realicen para el acceso de la información de solicitantes con discapacidad, será con costo a los mismos.

XI. Todo acto que se encuentre dentro de las facultades, competencia o funciones de la Cámara y de sus integrantes y órganos se debe documentar, incluyendo el ejercicio de recursos públicos.

XII. Se presume que la información solicitada debe existir cuando se refiera a facultades, competencias y funciones de la Cámara, sus órganos e integrantes, previstas en los ordenamientos jurídicos aplicables.

XIII. La negativa o inexistencia de la información obliga a la Cámara a demostrar que la información solicitada está prevista en alguna de las excepciones contenidas en la Ley General; que no se refiere a alguna de sus facultades, competencias o funciones o bien, motivar su respuesta con las causas por las cuales ciertas facultades, competencias o funciones no se hayan ejercido.

XIV. Todo procedimiento de acceso a la información pública en posesión de la Cámara debe sustanciarse de manera sencilla y expedita.

XV. La Cámara suplirá cualquier deficiencia para garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información.

Título SegundoObligaciones de Transparencia y Plataforma Nacional

Capítulo ÚnicoDe las Obligaciones de la Cámara como Sujeto Obligado

Artículo 6. Ámbito y Observancia Obligatoria.

1. El presente Reglamento es de observancia obligatoria para todos los órganos y unidades administrativas y servidores públicos que integran la Cámara de Diputados, los contemplados en el Manual General de Organización de la Cámara de Diputados y los que se creen al interior de la misma en ejercicio de sus atribuciones.

Artículo 7. Órganos, Áreas Administrativas y Otros Obligados.

1. Están obligados a documentar todos los actos que se encuentren dentro de sus facultades, competencia o funciones, incluyendo el ejercicio y destino final de los recursos públicos; transparentar y permitir el acceso a su información y proteger los datos personales que obren en su poder, los órganos y unidades administrativas y otros obligados que a continuación se detallan:

Órganos:

I. La Mesa Directiva;

II. La Junta;

III. La Conferencia;

IV. Los Grupos Parlamentarios;

V. Los Diputados;

VI. Los Diputados independientes o sin partido;

VII. Las Comisiones;

VIII. Los Comités;

IX. El Comité de Administración

Unidades Administrativas:

X. La Secretaría General;

XI. La Secretaría de Servicios Parlamentarios; las direcciones generales que la integran y los Centros de Estudios adscritos a la misma;

XII. La Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros y las direcciones generales que la integran;

XIII. La Contraloría Interna y las direcciones generales que la integran;

XIV. La Coordinación General de Comunicación Social y las direcciones generales que la integran;

XV. Toda otra área administrativa que se encuentre dentro de la estructura orgánica de la Cámara, contemplada en el Manual General de Organización de la Cámara de Diputados.

Otros:

XVI. Los sindicatos;

XVII. Toda persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos de la Cámara.

2. Los Grupos Parlamentarios deberán documentar todo acto que derive de sus facultades, funciones o competencias en la Cámara, y las que deriven de sus reglas internas de operación y uso de los recursos públicos que les hayan sido asignados, así como de la normatividad del partido político al que pertenezcan que incida en la función legislativa.

Artículo 8. Obligaciones Generales.

1. La Cámara para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley General, deberá:

I. Constituir el Comité de Transparencia designando por el voto de la mayoría calificada del Pleno de la Cámara a sus integrantes;

II. La Conferencia propondrá y el Pleno nombrará por la mayoría calificada al titular de la Unidad de Transparencia;

III. Proporcionar capacitación continua y especializada al personal que forme parte del Comité y de la Unidad;

IV. Constituir y mantener actualizados sus sistemas de archivo y gestión documental, conforme a la normatividad aplicable;

V. Promover la generación, documentación y publicación de la información en formatos abiertos y accesibles;

VI. Proteger y resguardar la información clasificada como reservada o confidencial;

VII. Reportar al Instituto sobre las acciones de implementación de la normatividad en materia de Transparencia en los términos que el Instituto determine;

VIII. Atender las recomendaciones, criterios y observaciones que en materia de transparencia y acceso a la información le realicen el Instituto y el Sistema Nacional de Transparencia;

IX. Fomentar el uso de las tecnologías de la información para garantizar la transparencia, el derecho de acceso a la información y la accesibilidad a estos;

X. Cumplir las resoluciones emitidas por el Instituto y atender sus recomendaciones;

XI. Publicar y mantener actualizada la información relativa a las obligaciones de transparencia;

XII. Difundir proactivamente información de interés público, atendiendo las políticas que al efecto emita el Sistema Nacional, y

XIII. Las demás que resulten de la normatividad aplicable.

Artículo 9. Obligaciones de Transparencia.

1. La información que la Cámara de Diputados, de conformidad con la Ley General y la Ley Federal, debe poner a disposición del público gratuitamente y mantener actualizada en la página electrónica de la Cámara y a través de la Plataforma Nacional, sin que medie petición de parte, debe ser al menos, la siguiente:

Apartado A. Obligaciones especiales del Poder Legislativo.

I. Agenda legislativa.

La que corresponda a cada uno de los Grupos Parlamentarios o en su caso, la Agenda común a varios.

Actualización: Para cada periodo ordinario de sesiones.

II. Gaceta Parlamentaria.

Actualización: A más tardar, a las 22:00 horas del día anterior a cada Sesión, y a partir de las 8:00 horas, cuando no hubiera Sesión y ésta se emitiera.

III. Orden del Día.

Actualización: A más tardar a las 22:00 horas del día anterior de cada Sesión.

IV. El Diario de Debates.

Actualización:A más tardar 5 días posteriores a la realización de la sesión de que se trate.

V. Las versiones estenográficas.

Actualización:Conforme avanza cada sesión de la Cámara.

VI. La asistencia de cada una de sus sesiones del Pleno y de las Comisiones y Comités.

Actualización:Por cada sesión del Pleno y de Comisiones y Comités, a más tardar al día seguiente de que la sesión haya tenido lugar.

VII. Las iniciativas de ley o decretos, puntos de acuerdo, la fecha en que se recibió, las Comisiones a las que se turnaron, y los dictámenes que, en su caso, recaigan sobre las mismas.

Actualización: Por cada Sesión.

VIII. Las leyes, decretos y acuerdos aprobados por el órgano legislativo;

Actualización: Por cada Sesión.

IX. Las convocatorias, actas, acuerdos, listas de asistencia y votación de las comisiones y comités y de las sesiones del Pleno, identificando el sentido del voto, en votación económica, y por cada legislador, en la votación nominal y el resultado de la votación por cédula, así como votos particulares y reservas de los dictámenes y acuerdos sometidos a consideración;

Actualización: Por cada Sesión.

X. Las resoluciones definitivas sobre juicios políticos y declaratorias de procedencia;

Actualización: Trimestral.

XI. Las versiones públicas de la información entregada en las audiencias públicas, comparecencias y en los procedimientos de designación, ratificación, elección, reelección o cualquier otro.

Actualización:En un plazo no mayor a 5 días en los casos de procedimientos de designación, ratificación, elección o reelección y trimestral en los demás.

XII. Las contrataciones de servicios personales señalando el nombre del prestador del servicio, objeto, monto y vigencia del contrato de los órganos de gobierno, Comisiones, Comités, Grupos Parlamentarios y centros de estudio u órganos de investigación.

Actualización:Trimestral.

XIII. El informe semestral del ejercicio presupuestal del uso y destino de los recursos financieros de los órganos de gobierno, Comisiones, Comités, Grupos Parlamentarios y centros de estudio u órganos de investigación;

Actualización:Semestral.

XIV. Los resultados de los estudios o investigaciones de naturaleza económica, política y social que realicen los centros de estudio o investigación legislativa, y

Actualización:Trimestral.

XV. El padrón de cabilderos, de acuerdo a la normatividad aplicable.

Actualización:Semestral.

2. En todos los casos relacionados en el presente apartado, deben incluirse hipervínculos que conduzcan a los documentos específicos de que se trate.

Apartado B. Obligaciones comunes.

I. Marco Normativo.

Catálogo por tipo de norma que contenga las leyes, códigos, reglamentos, decretos, manuales, criterios, políticas, acuerdos, lineamientos, y cualquier otro instrumento normativo que regule las funciones, atribuciones y procedimientos de los órganos de la Cámara.

Cada norma deberá estar categorizada e incluir un hipervínculo al documento correspondiente.

Actualización: Trimestral y cuando existan modificaciones, en un plazo no mayor a diez días hábiles a partir del inicio de vigencia.

II. Estructura Orgánica.

La estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada órgano y unidad administrativa, servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados de conformidad con las disposiciones aplicables

Actualización: Trimestral.

III. Facultades de cada Órgano.

Deberá encontrarse ligada a la información señalada en la fracción anterior, con hipervínculos que permitan desplegar las facultades de cada órgano y unidad administrativa, establecidas en la normatividad correspondiente, incluidos los reglamentos y manuales de organización.

Actualización: Trimestral.

IV. Metas y Objetivos.

Las metas y objetivos de cada órgano y unidad administrativa de conformidad con sus planes de trabajo o programas operativos.

Actualización: Semestral.

V. Indicadores de interés público o trascendencia social.

Los indicadores de interés público relacionados con las funciones legislativas y administrativas para medir logros y costo de efectividad.

Actualización: Semestral.

VI. Indicadores de Gestión.

La información relativa a los indicadores de resultados que están relacionados con los objetivos institucionales de cada órgano, en cuanto a las dimensiones de Eficacia (resultados y productos) y Gestión (eficiencia y calidad) en la Cámara de Diputados.

Actualización: Anual.

VII. Directorio.

El directorio de todos los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad, o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales.

Actualización:Trimestral.

VIII. Remuneraciones.

La remuneración bruta y neta de los Diputados, considerado el pago por concepto de dietas, asistencia legislativa, atención ciudadana y demás apoyos económicos, así como los sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración.

La remuneración bruta y neta de los demás Servidores Públicos de base o de confianza que laboren en la Cámara, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración.

Actualización:Trimestral.

IX. Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente.

Todas las asignaciones destinadas a cubrir los servicios de traslado, instalación y viáticos de los diputados y personal autorizado o prestador de servicios profesionales en una comisión fuera de las intalaciones de la Cámara de Diputados, con hipervínculo al informe correspondiente.

Actualización:Trimestral, con datos mensuales.

X. El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada órgano de la Cámara.

Actualización:Trimestral.

XI. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación.

Actualización:Trimestral.

XII. La información en Versión Pública de las declaraciones patrimoniales, de los Servidores Públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello de acuerdo a la normatividad aplicable.

Actualización:Trimestral.

XIII. El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información.

Actualización:Mensual o 15 días hábiles posteriores a que haya sufrido una modificación.

XIV. Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos.

Actualización:Mensual.

XV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio.

Actualización:Trimestral.

XVI. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.

Actualización:Trimestral o 15 días hábiles posteriores a que se modifiquen, a partir de su publicación y/o aprobación.

XVII. La información curricular desde el nivel de jefe de departamento o equivalente hasta Presidente de la Cámara, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que hayan sido objeto.

La información que dispone la presente fracción debe estar ligada y desplegarse mediante hipervínculo desde cada registro contenido en la estructura orgánica y el directorio a que se refieren las fracciones II y VII del presente artículo.

Actualización:Trimestral o 15 días hábiles posteriores a que se modifiquen.

XVIII. El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición.

Actualización:Trimestral.

XIX. Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos.

Entre otros, deberán considerarse:

a) Programa Diputada Amiga, Diputado Amigo.

b) Biblioteca

c) Museo Legislativo

d) Visitas guiadas

e) Los servicios en las materias de acceso a la información pública y datos personales, tales como la orientación y asesoría para ejercer los derechos de acceso a la información y de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales.

Cada servicio debe estar vinculado al catálogo, manual o sistema electrónico que les permita presentar las solicitudes correspondientes.

Actualización:Trimestral.

XX. Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen.

Los trámites, requisitos y formatos necesarios para acceder a los servicios que ofrece la Cámara.

Actualización:Trimestral.

XXI. La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable.

Deberá encontrarse organizado conforme a lo siguientes tres rubros:

a) Presupuesto Asignado Anual por Unidad Responsable de Gasto.

b) Informes trimestrales del gasto, detallando los montos ejercidos, comprometidos y disponibles, respecto del presupuesto asignado.

c) Cuenta pública

Actualización:Trimestral.

XXII. Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña.

La información se organizará en dos categorías:

a) Erogación de recursos por contratación de servicios de impresión, difusión y publicidad

b) Utilización de los Tiempos Oficiales: tiempo de Estado y tiempo fiscal.

Actualización:Trimestral.

XXIII. Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal que se realice a cada órgano o unidad administrativa, y, en su caso, las aclaraciones que correspondan.

La información deberá organizarse por rubro en internas y externas y por tipo de auditoría.

Actualización:Trimestral.

XXIV. El resultado de la dictaminación de los estados financieros.

Actualización:Trimestral.

XXV. Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos.

La información debe incluir, ente otros casos, los que corresponden a sindicatos.

Actualización:Trimestral.

XXVI. Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos.

La información debe incluir, lo que corresponde a bancos, restaurantes, cafeterías, agencias de viajes, líneas aéreas, Comisión Federal de Electricidad, entre otros.

Actualización:Trimestral.

XXVII. La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la Versión Pública del Expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener por lo menos lo siguiente:

a) De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:

1. La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;

2. Los nombres de los participantes o invitados;

3. El nombre del ganador y las razones que lo justifican;

4. El área solicitante y la responsable de su ejecución;

5. Las convocatorias e invitaciones emitidas;

6. Los dictámenes y fallo de adjudicación;

7. El contrato y, en su caso, sus anexos;

8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;

9. La partida presupuestal de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable;

10. Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva;

11. Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración;

12. Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados;

13. El convenio de terminación; y

14. El finiquito.

b) De las adjudicaciones directas:

1. La propuesta enviada por el participante;

2. Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;

3. La autorización del ejercicio de la opción;

4. En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos;

5. El nombre de la persona física o moral adjudicada;

6. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;

7. El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra;

8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;

9. Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados;

10. El convenio de terminación; y

11. El finiquito.

Actualización:Trimestral.

XXVIII. Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados.

La información debe incluir una relación de todos los informes que los órganos y unidades administrativas deben rendir conforme a la normatividad aplicable y un hipervínculo a cada documento.

Actualización:Trimestral.

XXIX. Las estadísticas que generen los órganos y unidades administrativas en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible.

Actualización:Trimestral.

XXX. Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero.

La información debe contener los avances programáticos, presupuestales, balances generales y estados financieros, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Actualización:Trimestral.

XXXI. Padrón de proveedores y contratistas.

Actualización:Trimestral.

XXXI. Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado.

Deben incluirse los celebrados con instituciones educativas, de investigación y comerciales, entre otros.

Actualización:Trimestral.

XXXIII. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad.

Actualización:Semestral o 30 días hábiles después de adquirir o dar de baja algún bien.

XXXIV. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado Mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención.

Actualización:Trimestral.

XXXV. Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio.

Actualización:Trimestral.

XXXVI. Los mecanismos de participación ciudadana.

La información debe incluir listado y calendario de acciones, informes, concursos, sesiones, encuestas, consultas, eventos, foros y demás mecanismos de participación ciudadana que se programen y las formas de acceder a ellos mediante propuestas, opiniones o participación presencial, así como los resultados de los ya acontecidos.

Actualización:Trimestral.

XXXVII. Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos.

Actualización:Trimestral.

XXXVIII. Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia.

Actualización:Trimestral.

XXXIX. Todas las evaluaciones, y encuestas que se realicen a programas financiados con recursos públicos.

Deben incluirse listado de las realizadas por los Centros de Estudios y cualquier otro órgano obligado de la Cámara.

Actualización: Anual.

XL. Los estudios financiados con recursos públicos.

Debe incluir un catálogo de todos los estudios, investigaciones o análisis que hayan sido financiados total o parcialmente con recursos públicos asignados a la Cámara.

Actualización:Trimestral.

XLI. El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben.

Actualización:Trimestral.

XLII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos.

Se incluye en el presente apartado los etiquetados en el Presupuesto de Egresos de la Federación bajo conceptos diversos, productos financieros, los resultantes de venta de bases, venta de bienes muebles, entre otros.

Actualización:Trimestral.

XLIII. Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie.

Actualización:Trimestral.

XLIV. El catálogo de disposición y guía de archivo documental.

Actualización:Trimestral.

XLV. El índice de los Expedientes clasificados como reservados, a que se refiere el artículo 35 del presente Reglamento.

XLVI. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.

Deberán incluir tres tipos de información: Información relevante; Preguntas frecuentes e Información proactiva.

XLVII. Un hipervínculo a la tabla de aplicabilidad que corresponde a la Cámara de Diputados, sus órganos, unidades administrativas y otros obligados respecto de las obligaciones de transparencia contenidas en los artículos 70 y 72 de la Ley General.

XLVIII. Los vínculos y espacio para que los sindicatos de la Cámara de Diputados cumplan a su vez con las obligaciones de transparencia que se refiere el artículo 79 de la Ley General. En todo momento, cada sindicato será responsable de la publicación, actualización y accesibilidad de esta información.

3. La información debe ser veraz, confiable, oportuna, congruente, integral, actualizada, accesible, comprensible y verificable y deberá de publicarse atendiendo a los lineamientos y formatos que al efecto emita el Sistema Nacional.

4. La Secretaría General será la encargada de recibir y en su caso, recabar de todos los órganos, áreas y otros obligados, la información que será publicada conforme al presente artículo, en los formatos previamente establecidos para dicho fin. Una vez recabada la información que corresponda a cada obligación de transparencia y revisada su completitud, será turnada a la Unidad de Transparencia para que se proceda a su colocación en el Portal de la Cámara y en la Plataforma Nacional.

Artículo 10. Actualización de la información.

1. Las áreas responsables de generar la información, tendrán la obligación de actualizarla con la periodicidad que indica cada una de las fracciones del artículo anterior y remitirla a la Secretaría General, la que una vez integrada y verificada su completitud, la enviará a la Unidad de Transparencia para que la publique en el apartado de transparencia del portal de la Cámara y a la Plataforma Nacional.

2. La publicación de la información indicará la fecha de su última actualización, así como el área responsable de generarla.

Artículo 11. Disponibilidad de la información.

1. La información correspondiente a las obligaciones de transparencia a que se refiere el artículo 9 que antecede, deberá encontrarse permanentemente disponible y accesible en el portal de internet de la Cámara y en la Plataforma Nacional, con independencia de que periódicamente se agreguen las actualizaciones correspondientes.

2. La página de inicio del portal de internet de la Cámara contará con los requerimientos técnicos e informáticos que faciliten el acceso y la búsqueda de la información a toda persona.

3. Las solicitudes de acceso a la información pública de la Cámara, se tendrán por atendidas cuando se proporcione por el medio requerido por el solicitante, la fuente, el lugar y la forma en la que puede consultar la información, siempre que la misma se encuentre efectivamente disponible.

Artículo 12. Verificación del cumplimiento.

1. La Unidad de Transparencia será responsable del apartado Transparencia del portal de Internet de la Cámara y deberá verificar que en el mismo, se cumpla y contenga lo siguiente:

I. Las obligaciones de transparencia a que se refiere el artículo 9 de este Reglamento;

II. Que la información se encuentre actualizada con la periodicidad que le es aplicable conforme el artículo 9 del presente Reglamento;

III. Exista un vínculo de acceso directo al sitio donde se encuentre la información pública;

IV. Un buscador que cumpla los requisitos técnicos que al efecto se aprueben;

V. La información se encuentre publicada con perspectiva de género, cuando así corresponda por su naturaleza, y

VI. La información sea accesible a personas con discapacidad y de manera focalizada a personas que hablen alguna lengua indígena en atención a solicitud expresa.

Artículo 13. Medidas de accesibilidad.

1. La Unidad de Transparencia deberá garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información.

2. En la oficina de la Unidad de Transparencia se ubicará un módulo de atención al público que contará con equipo de cómputo con acceso a internet, que permita a las personas interesadas consultar la información o utilizar el sistema de acceso a la información.

3. La Unidad de Transparencia pondrá a disposición los formatos de las solicitudes de información y, en su caso, deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas.

4. Además deberá de brindar asistencia especializada a aquellas personas que por condiciones de origen étnico, edad, discapacidad o cualquier otra, les impida ejercer libremente este derecho.

Título TerceroDe la transparencia proactiva y el parlamento abierto

Capítulo Único.De la Transparencia Proactiva y el Parlamento Abierto

Artículo 14. De la Transparencia Proactiva.

1. En materia de transparencia proactiva, la Cámara publicará información de interés público adicional a la que establece el artículo 9 del presente Reglamento observando que cumpla con las siguientes características:

I. Que resulte relevante o beneficiosa para la sociedad, es decir, que en posesión de particulares sirva para fortalecer el ejercicio pleno de sus derechos y contribuya a mejorar su calidad de vida.

II. Que su divulgación resulte útil para que los particulares conozcan y comprendan las actividades que se llevan a cabo en la Cámara, y

III. Que fomente la cultura de la transparencia, propicie la rendición de cuentas a la sociedad y contribuya al combate a la corrupción.

Artículo 15. Información de interés público.

1. Para identificar la información que pueda considerarse de interés público se podrá tomar en consideración, de manera enunciativa más no limitativa, lo siguiente:

I. Aquella información que por disposición legal publique la Cámara, es decir que la legislación o la normatividad interna obliga a difundir y que está relacionada con sus atribuciones y funciones;

II. Aquella información que ya ha sido publicada y que reviste las características de utilidad y relevancia;

III. Aquella información que sea requerida de forma frecuente, es decir, los asuntos relacionados con las solicitudes de acceso a la información pública realizadas constantemente por los particulares a la Cámara;

IV. La información relevante no solicitada por particulares, pero que la Cámara considere su importancia acorde a lo dispuesto en el artículo anterior.

2. La Secretaría General elaborará un listado de la información identificada conforme a los dos artículos anteriores, el cual se enviará al INAI para los efectos establecidos en el artículo 80 de la Ley General.

Artículo 16. Publicación de Solicitudes de Acceso a la Información.

1. A fin de dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 144 de la Ley Federal, la Cámara por conducto de la Unidad de Transparencia, incluirá en su portal de internet un apartado que permita visualizar todas las solicitudes de acceso a la información pública realizadas a la misma y las respuestas que se les den.

2. Dicha apartado deberá contar con un resumen estadístico de las solicitudes presentadas, así como un motor de búsqueda que permita identificarlas acorde al tipo de información solicitada, a su estatus y tipo de respuesta.

Artículo 17. Prácticas de Parlamento Abierto

1. A fin de propiciar el establecimiento de las mejores prácticas de parlamento abierto a la participación y colaboración ciudadana, la Cámara llevará a cabo las siguientes acciones:

I. Establecer las políticas internas necesarias para conducirse de forma transparente;

II. Crear mecanismos para rendir cuentas de sus acciones;

III. Promover la eficacia tanto en la organización de su trabajo como en su propio desempeño.

IV. Adoptará mecanismos de consulta, participación y colaboración de la ciudadanía y grupos de interés en el proceso legislativo, por conducto de las comisiones legislativas;

V. Publicará activamente información legislativa en línea que permita a las personas interesadas conocer las responsabilidades, tareas y funciones de los diputados y de la Cámara;

VI. Publicará información relevante sobre el proceso de consulta, investigación y deliberación llevado a cabo para formular iniciativas de Ley o Dictámenes;

VII. Facilitará la formación de alianzas con grupos externos para reforzar la participación ciudadana en la Cámara;

VIII. Permitirá que la ciudadanía tenga información más comprensible a través de múltiples canales;

IX. Publicará la información legislativa con formatos abiertos;

X. Utilizará, implementará y en su caso desarrollará plataformas digitales y otras herramientas que permitan la interacción ciudadana con la Cámara;

XI. Publicará explicaciones claras y sencillas sobre los principales contenidos de las leyes aprobadas;

XII. Desarrollará programas divulgativos dirigidos a jóvenes y comunidades históricamente marginadas;

XIII. Tomará las medidas necesarias para garantizar que la apertura parlamentaria adopte las mejores prácticas internacionales.

XIV. Publicará la explicación sobre los principales rubros del gastos aprobado en la Ley del Presupuesto General de Egresos;

XV. Publicará explicaciones sobre la creación de nuevos impuestos, derechos o aprovechamientos aprobados en la Ley de Ingresos de la Federación;

XVI. Propiciará que los Grupos Parlamentarios publiquen las razones que motivan su Agenda Legislativa;

XVII. Reforzará la participación ciudadana en el ejercicio de sus funciones a través de los mecanismos que apruebe el Pleno, y

XVIII. Publicará la información que reciba de los grupos de interés, organizaciones de la sociedad civil, instituciones gubernamentales y cabilderos registrados, que sea relevante como insumo para la deliberación y el proceso legislativo.

XIX. Las demás que acorde a los avances tecnológicos y las mejores prácticas internacionales resulten útiles para mejorar la participación y colaboración ciudadana en las funciones de la Cámara.

Título CuartoDel Procedimiento de Acceso a la Información

Capítulo Único.Del Procedimiento de Acceso a la Información

Artículo 18. Procedimiento de Acceso a la Información

1. El procedimiento de acceso a la información se sujetará a lo siguiente:

I. Solicitante.Cualquier persona por sí misma o a través de su representante, podrá presentar solicitud de acceso a información.

II. Presentación de la solicitud. Puede presentarse ante la Unidad de Transparencia o a través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional.

III. Identificación por folio.A las solicitudes formuladas mediante la Plataforma Nacional, se asignará automáticamente un número de folio, con el que los solicitantes podrán dar seguimiento a sus requerimientos.

IV. Acuse de recibo. En los casos, en que la solicitud se presente ante la Unidad de Transparencia, esta tendrá que registrar y capturar la solicitud de acceso en la Plataforma Nacional, el mismo día de su recepción, y deberá enviar el acuse de recibo al solicitante, en el que se indique la fecha de recepción, el folio que corresponda y los plazos de respuesta aplicables.

V. Requisitos de la solicitud. Para presentar una solicitud, no se podrán exigir mayores requisitos que los siguientes:

a) Nombre o, en su caso, los datos generales de su representante;

b) Domicilio o medio para recibir notificaciones;

c) La descripción de la información solicitada;

d) Cualquier otro dato que facilite su búsqueda y eventual localización, y

e) La modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a la información, la cual podrá ser verbal, siempre y cuando sea para fines de orientación, mediante consulta directa, mediante la expedición de copias simples o certificadas o la reproducción en cualquier otro medio, incluidos los electrónicos.

En su caso, el solicitante señalará el formato accesible o la lengua indígena en la que se requiera la información.

La información de los incisos a) y d) será proporcionada por el solicitante de manera opcional y, en ningún caso podrá ser un requisito indispensable para la procedencia de la solicitud, salvo cuando se trate de las solicitudes en materia de datos personales, en cuyo caso deberá acreditarse la titularidad de los mismos o la representación respectiva.

VI. Notificaciones.Cuando el particular presente su solicitud por medios electrónicos a través de la Plataforma Nacional, se entenderá que acepta que las notificaciones le sean efectuadas por dicho sistema, salvo que señale un medio distinto para efectos de las notificaciones. En el caso de solicitudes recibidas en otros medios, en las que los solicitantes no proporcionen un domicilio o medio para recibir la información, o, en su defecto, no haya sido posible practicar la notificación, se notificará por estrados en la oficina de la Unidad de Transparencia.

VII. Plazos.La respuesta a la solicitud deberá ser notificada al interesado en el menor tiempo posible, que no podrá exceder de veinte días, contados a partir del día siguiente a la presentación de aquélla.

Excepcionalmente, el plazo referido en el párrafo anterior podrá ampliarse hasta por diez días más, siempre y cuando existan razones fundadas y motivadas, las cuales deberán ser aprobadas por el Comité de Transparencia, mediante la emisión de una resolución que deberá notificarse al solicitante, antes de su vencimiento.

Los plazos empezarán a correr al día siguiente en que se practiquen las notificaciones. Cuando los plazos fijados sean en días, éstos se entenderán como hábiles.

VIII. Consulta directa.De manera excepcional, en aquellos casos en que la información solicitada implique análisis, estudio o procesamiento de Documentos cuya entrega o reproducción sobrepase las capacidades técnicas de la Cámara para cumplir con la solicitud, en los plazos establecidos para dichos efectos, de forma fundada y motivada se podrán poner a disposición del solicitante los Documentos en consulta directa, salvo la información clasificada.

En todo caso se facilitará su copia simple o certificada, así como su reproducción por cualquier medio disponible en las instalaciones de la Cámara o que, en su caso, aporte el solicitante.

IX. Trámite.Para dar respuesta a las solicitudes de información se seguirá el siguiente trámite:

a) Competencia.La Unidad de Transparencia, revisará el contenido de la solicitud a efecto de verificar si la información solicitada es competencia de la Cámara; en caso de que sea notoriamente incompetente deberá notificar al solicitante, dentro de los tres días siguientes a la recepción y orientarlo sobre el sujeto obligado que pudiera tener la información.

Si la Cámara es competente para atender parcialmente la solicitud de acceso a la información, deberá dar respuesta respecto de dicha parte. Respecto de la información sobre la cual es incompetente se procederá conforme lo señala el párrafo anterior.

b) Turno.La Unidad de Transparencia turnará la solicitud al día siguiente a aquél en que se haya recibido, a todos los órganos, unidades administrativas u otro obligado, competentes que deban tener la información, de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones.

c) Requerimiento. En el caso de que los detalles proporcionados para localizar los documentos resulten insuficientes, incompletos o sean erróneos, la Unidad de Transparencia requerirá al solicitante, por una sola vez y dentro de un plazo de cinco días, contados a partir de la presentación de la solicitud, para que, en un término de hasta diez días, indique otros elementos o corrija los datos proporcionados o bien, precise uno o varios requerimientos de información. En este supuesto se interrumpirá el plazo de respuesta, por lo que empezará a computarse nuevamente al día siguiente de su desahogo por el particular.

En este supuesto, la Unidad de Transparencia dará un plazo de tres días al órgano, área administrativa u otro obligado, para que señale si con los datos proporcionados por el solicitante se puede localizar la información, a efecto de poder proceder en los términos del párrafo anterior.

La solicitud se tendrá por no presentada cuando el solicitante no de cumplimiento al requerimiento. En el caso de requerimientos parciales no desahogados, se tendrá por presentada la solicitud por lo que respecta a los contenidos de información que no formaron parte del requerimiento.

d) Análisis de la solicitud.El órgano, unidad administrativa u otro obligado al que le haya sido turnada la solicitud, deberá:

1) Analizar si es de su competencia, en caso de que no lo sea, al día siguiente a que le fue turnada, deberá comunicarlo a la Unidad de Transparencia y, en su caso, sugerir el órgano que puede ser competente;

2) Cuando la información requerida por el solicitante ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, registros públicos, en formatos electrónicos disponibles en Internet o en cualquier otro medio, a más tardar en dos días enviará a la Unidad de Transparencia la contestación que contenga la fuente, el lugar y la forma en que se puede consultar, reproducir o adquirir dicha información para que ésta lo haga saber al solicitante, por el medio requerido, en un plazo no mayor a cinco días, contados a partir de la recepción de la solicitud.

3) Si cuenta con los elementos necesarios para identificar la información y se trata de información pública, procederá a realizar una búsqueda exhaustiva y razonable en sus archivos para remitir la información a la Unidad de Transparencia dentro de los nueve días siguientes a que le fue turnada la solicitud, o bien, indicará la modalidad en que se encuentra disponible o la fuente, lugar y forma en que se puede consultar. La Unidad de Transparencia notificará al solicitante la respuesta a su solicitud.

En caso contrario, dentro de los tres días siguientes a que le fue turnada procederá en los términos del inciso c) de este artículo. Si requiere una ampliación del plazo para procesar la información, dentro de los tres días siguientes a que le fue turnada deberá solicitar al Comité de Transparencia la ampliación del plazo, indicando las razones que motiven la misma.

El Comité de Transparencia deberá resolver sobre la procedencia de la ampliación del plazo dentro de los tres días siguientes a la recepción de la solicitud de ampliación. En caso de concederse, el órgano, unidad administrativa u otro obligado contará con seis días adicionales para entregar la respuesta correspondiente a la Unidad de Transparencia, agregados a los nueve días a que se refiere el numeral 3) del presente inciso o, en su caso, a más tardar tres días antes de que se venza el plazo de treinta días globales a que se refiere al artículo 132 de la Ley General.

En caso de que no conceda la misma, la Unidad de Transparencia deberá de comunicar a la brevedad al órgano, unidad administrativa u otro obligado para que continúe con el trámite de la solicitud. En el supuesto de que se conceda la prorroga se deberá notificar al solicitante la ampliación del plazo de respuesta, dos días antes del vencimiento del plazo de veinte días a que se refiere el artículo 132 de la Ley General.

e) Clasificación de la Información.Si el órgano, unidad administrativo u otro obligado al que le fue turnada la solicitud, determina que la información es reservada o confidencial, dentro de los tres días siguientes a su recepción, deberá comunicar al Comité de Transparencia con copia a la Unidad de Transparencia, de forma fundada y motivada la clasificación de la información y el plazo de reserva.

El Comité de Transparencia deberá resolver si confirma, modifica o revoca la clasificación de la información, dentro de los cinco díassiguientes a que le haya sido remitida la solicitud por el órgano, área administrativa u otro obligado. En caso de que no cuente con los elementos suficientes para resolver podrá ampliar el plazo de respuesta de la solicitud.

Cuando el Comité de Transparencia revoque la clasificación y concede acceso a la información, o bien, modifique parcialmente la clasificación, deberá ordenar al órgano, área administrativa u otro obligado que entregue la información, para que la Unidad de Transparencia de respuesta a la solicitud en el plazo de veinte días.

En el supuesto de que el Comité de Transparencia confirme la clasificación, la Unidad de Transparencia notificará la determinación al solicitante.

El Comité de Transparencia podrá tener acceso a la información que esté en poder del área administrativa, de la cual se haya solicitado su clasificación.

f) Inexistencia de la Información.El órgano obligado, dentro de los tres díassiguientes a que le fue turnada la solicitud, deberá de comunicar al Comité de Transparencia que la información solicitada no se encuentra dentro de sus archivos, o bien, exponer de manera fundada y motivada por qué no ejerció las facultades o funciones para generar la información.

El Comité de Transparencia, dentro de los cinco días siguientes a la recepción de la comunicación del órgano, área administrativa u otro obligado, analizará el caso y, de ser procedente, dictará las medidas para localizar la información e instruirá a la Unidad de Transparencia a fin de que realice las gestiones ante los órganos obligados para localizar la información. O bien, si es posible, ordenará que la información se genere o se reponga si se encuentra dentro de las facultades y funciones del órgano obligado.

Realizado lo anterior, en su caso, el Comité de Transparencia expedirá una resolución que confirme la inexistencia del Documento, misma que contendrá la relación de los actos realizados para localizar la información, a efecto de dar certeza al solicitante de que se utilizó un criterio de búsqueda exhaustivo, además de señalar las circunstancias de tiempo, modo y lugar que generaron la inexistencia en cuestión y señalará al servidor público responsable de contar con la misma.

El Comité de Transparencia, notificará a la Contraloría Interna quien, en su caso, deberá iniciar el procedimiento de responsabilidad administrativa que corresponda.

Artículo 19. Acceso a documentos.

1. Los órganos y unidades administrativas deberán otorgar acceso a los Documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones en el formato en que el solicitante manifieste, de entre aquellos formatos existentes, conforme a las características físicas de la información o el lugar donde se encuentre así lo permita.

2. En el caso de que la información solicitada consista en bases de datos se deberá privilegiar la entrega de la misma en Formatos Abiertos.

Artículo 20. Modalidad de entrega alternativa a la solicitada.

1. El acceso se dará en la modalidad de entrega y, en su caso, de envío elegidos por el solicitante. Cuando la información no pueda entregarse o enviarse en la modalidad elegida, la Unidad de Transparencia deberá ofrecer otra u otras modalidades de entrega.

2. En cualquier caso, se deberá fundar y motivar la necesidad de ofrecer otras modalidades.

Artículo 21. Costo de la Modalidad de Entrega.

1. Cualquier respuesta a solicitud de acceso a la información, cuya modalidad de entrega, reproducción o envío tenga un costo, procederá una vez que se acredite el pago respectivo.

2. Ante la falta de respuesta a una solicitud en el plazo previsto y en caso de que proceda el acceso, los costos de reproducción y envío correrán a cargo de la Cámara.

Artículo 22. Plazo en que se tendrá disponible la información solicitada.

1. La Unidad de Transparencia tendrá disponible la información solicitada durante un plazo de al menos sesenta días, contado a partir de que la información se hubiere puesto a disposición del solicitante cuando no tuviere costo, o bien, a partir de que el solicitante hubiere realizado el pago respectivo, el cual deberá efectuarse en un plazo no mayor a treinta días, contados a partir del día siguiente en que reciba la notificación por la que se le comunique la necesidad del pago.

2. Transcurridos dichos plazos, la Unidad de Transparencia dará por concluida la solicitud y procederá, de ser el caso, a la destrucción del material en el que se reprodujo la información.

Artículo 23. Cuotas de Acceso.

1. En caso de existir costos para obtener la información, deberán cubrirse de manera previa a la elaboración y no podrán ser superiores a la suma de:

I. El costo de los materiales utilizados en la reproducción de la información;

II. El costo de envío, en su caso, y

III. El pago de la certificación de los Documentos, cuando proceda.

2. La Unidad de Transparencia deberá comunicar al solicitante la cuenta bancaria donde deberá realizar el pago y, en su caso, los medios alternativos para obtener la información que no tengan costo o tengan un costo menor al que tendría la modalidad inicialmente elegida por el solicitante.

3. En este supuesto se interrumpirá el plazo de entrega, por lo que empezará a computarse nuevamente al día siguiente de que se acredite el pago correspondiente por el particular, o bien, que el particular opte por una forma alternativa de elaboración o entrega que no implique costo o tengan un costo menor al que tendría la modalidad inicialmente elegida por el solicitante.

4. La información deberá ser entregada sin costo, cuando implique la entrega de no más de veinte hojas simples. La Unidad de Transparencia podrá exceptuar el pago de reproducción y envío atendiendo a las circunstancias socioeconómicas del solicitante.

Título QuintoDe la protección de datos personales

Capítulo Único.De la Protección de Datos Personales

Artículo 24. Principios.

1. En el tratamiento de los datos personales en posesión de la Cámara se observarán los principios de licitud, consentimiento del titular, calidad de los datos, información al titular, seguridad, proporcionalidad, confidencialidad y finalidad para la que fueron recabados.

Artículo 25. Obligaciones de la Cámara respecto de los datos personales.

1. La Cámara, sus órganos, áreas administrativos y otros obligados, respecto de los datos personales en su posesión, deberán:

I. Tratar datos personales sólo cuando éstos sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con los propósitos para los cuales se hayan obtenido o dicho tratamiento se haga en ejercicio de las atribuciones conferidas por ley;

II. Adoptar medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas para garantizar la protección, integridad, disponibilidad y confidencialidad de los datos personales en su posesión y evitar su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado;

III. Contar con el consentimiento de los titulares para la obtención, uso, divulgación transmisión o almacenamiento de datos personales, salvo en las excepciones que señala la Ley;

IV. Abstenerse de divulgar, difundir, distribuir, transmitir, procesar o permitir el acceso a los datos personales contenidos en los sistemas de información, desarrollados en el ejercicio de sus funciones, salvo por disposición legal, orden judicial o cuando medie el consentimiento expreso de los titulares por escrito o por un medio de autentificación similar, incluyendo los electrónicos;

V. Procurar que los datos personales sean exactos y actualizados.

VI. Sustituir, rectificar o completar, de oficio, los datos personales que fueren inexactos, ya sea total o parcialmente, o incompletos, en el momento en que tengan conocimiento de esta situación;

VII. Abstenerse de crear bases de datos que contengan datos personales sensibles, sin que exista una disposición legal que expresamente lo autorice;

VIII. Usar los datos personales sólo para las finalidades para las que fueron recolectados.

2. El Comité y la Unidad deberán velar por el manejo confidencial de los datos personales.

Artículo 26. De los Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición en materia de Datos Personales.

1. Hasta en tanto se expidan leyes en la materia, la Cámara deberá emitir lineamientos que deberán contener procedimientos sencillos y expeditos para que todo titular pueda ejercer por si o a través de su representante legal, los derechos de acceso, rectificación y cancelación de sus datos personales, así como manifestar su oposición a determinado tratamiento, en los que se contemple:

I. Permitir a los titulares acceder a sus datos personales que obren en poder de la Cámara ,así como a tener acceso al aviso de privacidad al que está sujeto el tratamiento, en los términos que señalen los lineamientos;

II. Atender las solicitudes de rectificación de datos personales cuando sean inexactos o incompletos, para tal efecto los titulares ,deberán indicar las modificaciones a realizarse y aportar la información que sustente su petición;

III. Realizar la cancelación de datos personales de los titulares que lo soliciten, cuando:

a. No se hayan observado los principios rectores en el tratamiento de los datos personales; y

b. Los datos personales hayan dejado de ser necesarios para el cumplimiento de la finalidad para la que fueron recabados por la Cámara;

IV. Atender y cumplir las solicitudes por las cuales los titulares se opongana determinado tratamiento de sus datos personales, si tal tratamiento no deriva de causa legal debidamente fundada y motivada.

2. El ejercicio de cualquiera de ellos no es requisito previo ni impide el ejercicio de otro. Los datos personales deben ser resguardados de tal manera que permitan el ejercicio sin dilación de estos derechos.

Artículo 27. Aviso de Privacidad.

1. La Cámara de Diputados deberá informar a los titulares, los datos personales que se recaban de ellos y con qué fines, a través del Aviso de Privacidad.

2. El aviso de privacidad de la Cámara deberá contener, al menos:

I. La denominación de la Cámara como responsable de recabar datos personales, así como su domicilio;

II. La finalidad del tratamiento de datos personales;

III. Las opciones y medios con que cuenten los titulares de datos personales para limitar el uso o divulgación de sus datos;

IV. La posibilidad de que estos datos sean difundidos, en cuyo caso se debe hacer constar el consentimiento expreso de la persona;

V. La posibilidad de que estos datos sean procesados;

VI. Los medios para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de conformidad con los lineamientos que al efecto emita la Cámara;

VII. En su caso, las transferencias de datos que se efectúen, y

VIII. El procedimiento y medio por el cual la Cámara comunicará a los titulares los cambios que se realicen en el aviso de privacidad.

Artículo 28. Acceso a Datos Personales.

1. Para que la Cámara pueda permitir el acceso o tratamiento de datos personales requiere obtener el consentimiento de los particulares titulares de la información.

2. No se requerirá el consentimiento del titular de los datos personales cuando:

I. Los datos se encuentren en registros públicos o fuentes de acceso público;

II. Esté previsto en una Ley;

III. Exista una orden judicial o resolución de autoridad competente;

IV. Por razones de seguridad nacional y salubridad general, o para proteger los derechos de terceros, se requiera su publicación;

V. Cuando se transmita entre sujetos obligados y entre éstos y los sujetos de derecho internacional, en términos de los tratados y los acuerdos interinstitucionales, siempre y cuando la información se utilice para el ejercicio de facultades propias de los mismos;

VI. Los datos personales se sometan a un procedimiento previo de disociación;

VII. Tenga el propósito de cumplir obligaciones derivadas de una relación jurídica entre el titular y el responsable;

VIII. Exista una situación de emergencia que potencialmente pueda dañar a un individuo en su persona o en sus bienes;

IX. Sean indispensables para la atención médica, la prevención, diagnóstico, la prestación de asistencia sanitaria, tratamientos médicos o la gestión de servicios sanitarios, mientras el titular no este? en condiciones de otorgar el consentimiento, en los términos que establece la Ley General de Salud y demás disposiciones jurídicas aplicables y que dicho tratamiento de datos se realice por una persona sujeta al secreto profesional u obligación equivalente.

3. Para efectos de la fracción IV del presente artículo, el Comité deberá aplicar la prueba de interés público . Además, se deberá corroborar una conexión patente entre la información confidencial y un tema de interés público, así como la proporcionalidad entre la invasión a la intimidad ocasionada por la divulgación de la información confidencial y el interés público de la información.

Título SextoInformación clasificada

Capítulo I.Disposiciones Generales de la Clasificación y Desclasificación de la Información

Artículo 29. De la clasificación.

1. La clasificación es el proceso por el cual la Cámara determina que alguna información en su poder actualiza alguno de los supuestos de reserva o confidencialidad, la cual se realizará siguiendo el procedimiento establecido en el Título Cuarto del presente Reglamento y atendiendo a los Lineamientos que para dicho efecto emita el Sistema Nacional de Transparencia.

Artículo 30. Momento en que se realiza la clasificación.

1. La clasificación de la información se llevará a cabo por los áreas responsables de generar la información de que se trate, en el momento en que:

I. Se reciba una solicitud de acceso a la información;

II. Se determine mediante resolución de autoridad competente, o

III. Se generen versiones públicas para dar cumplimiento a las obligaciones de transparencia previstas en esta Ley.

2. En ningún caso se podrán clasificar documentos antes de que se genere la información.

3. Los Coordinadores de los Grupos Parlamentarios designarán dentro de su estructura interna, al titular responsable de clasificar la información.

Capítulo IIDe la Información Reservada

Artículo 31. De la información reservada.

1. En términos de la Ley General, la Cámara sólo puede clasificar como Reservada, aquella información cuya publicación:

I. Comprometa la seguridad nacional, la seguridad pública o la defensa nacional, y cuente conun propósito genuino y un efecto demostrable;

II. Pueda menoscabar la conducción de las negociaciones y relaciones internacionales;

III. Se entregue al Estado mexicano expresamente con ese carácter o el de confidencial por otro u otros sujetos de derecho internacional, excepto cuando se trate de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad de conformidad con el derecho internacional;

IV. Pueda afectar la efectividad de las medidas adoptadas en relación con las políticas en materia monetaria, cambiaria o del sistema financiero del país; pueda poner en riesgo la estabilidad de las instituciones financieras susceptibles de ser consideradas de riesgo sistémico o del sistema financiero del país, pueda comprometer la seguridad en la provisión de moneda nacional al país, o pueda incrementar el costo de operaciones financieras que realicen los sujetos obligados del sector público federal;

V. Pueda poner en riesgo la vida, seguridad o salud de una persona física;

VI. Obstruya las actividades de verificación, inspección y auditoría relativas al cumplimiento de las leyes o afecte la recaudación de contribuciones;

VII. Obstruya la prevención o persecución de los delitos;

VIII. La que contenga las opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos, hasta en tanto no sea adoptada la decisión definitiva, la cual deberá estar documentada;

IX. Obstruya los procedimientos para fincar responsabilidad a los Servidores Públicos, en tanto no se haya dictado la resolución administrativa;

X. Afecte los derechos del debido proceso;

XI. Vulnere la conducción de los Expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio, en tanto no hayan causado estado;

XII. Se encuentre contenida dentro de las investigaciones de hechos que la ley señale como delitos y se tramiten ante el Ministerio Público, y

XIII. Las que por disposición expresa de una ley tengan tal carácter, siempre que sean acordes con las bases, principios y disposiciones establecidos en esta Ley y no la contravengan; así como las previstas en tratados internacionales.

2. La Cámara deberá aplicar, de manera restrictiva y limitada, las excepciones al derecho de acceso a la información.

Artículo 32. Requisitos para Reservar.

1. Para reservar la información y la ampliación del plazo de reserva, el órgano obligado que corresponda deberá:

I. Fundar y motivar la reserva, para ello, se deben señalar las razones, motivos o circunstancias especiales que sustentan que el caso particular se ajusta al supuesto de reserva previsto en la Ley General;

II. Aplicar la prueba de daño a que se refiere el artículo siguiente;

III. Señalar el plazo a que estará sujeta la reserva, e

IV. Incluir en los documentos clasificados parcial o totalmente, una leyenda que indique tal carácter, la fecha de clasificación, el fundamento legal y, el periodo de reserva.

2. El Comité de Transparencia emitirá un acta de resolución a efecto de confirmar, modificar o revocar la decisión de reserva cuando se niegue el acceso a la información por actualizarse alguno de los supuestos de clasificación.

3. Los documentos clasificados como reservados o parcialmente reservados deben ser debidamente custodiados y conservados por los responsables de su clasificación, conforme a las disposiciones legales aplicables y, en su caso, los lineamientos que emita el Sistema Nacional de Transparencia.

Artículo 33. Prueba de daño.

1. En la aplicación de la prueba de daño, se deberá justificar que:

I. La divulgación de la información representa un riesgo real, demostrable e identificable de perjuicio significativo al interés público o a la seguridad nacional;

II. El riesgo de perjuicio que supondría la divulgación supera el interés público general de que se difunda, y

III. La limitación se adecua al principio de proporcionalidad y representa el medio menos restrictivo disponible para evitar el perjuicio.

Artículo 34. Periodo de Reserva.

1. La información clasificada como reservada podrá permanecer con tal carácter hasta por un periodo de cinco años. El periodo de reserva correrá a partir de la fecha en que se clasifica el documento.

2. El Comité de Transparencia, podrá ampliar el periodo de reserva hasta por un plazo de cinco años adicionales, siempre y cuando se justifique que subsisten las causas que dieron origen a su clasificación, mediante la aplicación de una prueba de daño.

Artículo 35. Índice de Expedientes Reservados.

1. Los órganos, áreas administrativas y otros obligados que cuenten con información reservada, elaborarán un índice de los Expedientes clasificados como reservados, señalando el tema y al responsable de la información.

2. El índice deberá elaborarse semestralmente y publicarse en Formatos Abiertos al día siguiente de su elaboración. Dicho índice deberá indicar el órgano, área administrativa u otro obligado que generó la información, el nombre del Documento, si se trata de una reserva completa o parcial, la fecha en que inicia y finaliza la reserva, su justificación, el plazo de reserva y, en su caso, las partes del Documento que se reservan y si se encuentra en prórroga.

3. En ningún caso el índice será considerado como información reservada.

Artículo 36. De la Desclasificación.

1. Los Documentos clasificados como reservados serán públicos cuando:

I. Se extingan las causas que dieron origen a su clasificación;

II. Expire el plazo de clasificación;

III. Exista resolución de una autoridad competente que determine que existe una causa de interés público que prevalece sobre la reserva de la información, o

IV. El Comité de Transparencia considere pertinente la desclasificación, de conformidad con lo señalado en este Reglamento.

Capítulo III.De la Información Confidencial

Artículo 37. De la Información Confidencial.

1. Se considera información confidencial la que contiene datos personales concernientes a una persona identificada o identificable.

2. La información confidencial no estará sujeta a temporalidad alguna y sólo podrán tener acceso a ella los titulares de la misma, sus representantes y los Servidores Públicos facultados para ello.

3. Se considera como información confidencial: los secretos bancario, fiduciario, industrial, comercial, fiscal, bursátil y postal, cuya titularidad corresponda a particulares, sujetos de derecho internacional o a sujetos obligados cuando no involucren el ejercicio de recursos públicos.

4. Asimismo, será información confidencial aquella que presenten los particulares a los sujetos obligados, siempre que tengan el derecho a ello, de conformidad con lo dispuesto por las leyes o los tratados internacionales.

5. Los documentos recibidos con el carácter de confidenciales, deben manejarse con discreción y mantenerse resguardados. Se debe anotar al pie de página, el fundamento jurídico y el nombre del órgano, área administrativa u otro obligado que resguarda el documento.

Artículo 38. Inaplicabilidad de los secretos fiduciario, bancario y fiscal.

1. Cuando se involucren recursos públicos de la Cámara ya sea en Fideicomisos, o como usuarios de instituciones bancarias o como contribuyente, no podrán invocarse los secretos fiduciario, bancario o fiscal para reservar la información relativa a su ejercicio.

Capítulo IVDe las Versiones Públicas

Artículo 39. Versión pública.

1. Los responsables de clasificar la información como reservada, en el caso de que un Documento contenga partes o secciones reservadas o confidenciales, para efectos de atender una solicitud de información, deberán elaborar una Versión Pública en la que se testen las partes o secciones clasificadas, indicando su contenido de manera genérica y fundando y motivando su clasificación.

2. Se deberá procurar que los sistemas o medios empleados para eliminar la información en las versiones públicas, no permitan la recuperación o visualización de la misma.

3. La información contenida en las obligaciones de transparencia no podrá omitirse en las versiones públicas.

Título SéptimoDel comité y la unidad de transparencia

Capítulo IDel Comité de Transparencia

Artículo 40. Comité de Transparencia.

1. El Comité de Transparencia es el órgano técnico, especializado, independiente e imparcial de la Cámara, responsable de garantizar, el ejercicio de los derechos de acceso a la información y la protección de datos personales, conforme a los principios y bases establecidos en el artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley General y la Ley Federal.

2. Las sesiones del Comité serán públicas, salvo aquéllas en las que se trate de la clasificación de información como reservada o confidencial.

Artículo 41. Principios rectores del Comité de Transparencia.

1. El Comité de Transparencia regirá su funcionamiento de acuerdo a los principios de certeza, eficacia, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo y transparencia en los términos previstos en la Ley General para los organismos garantes del derecho de acceso a la información.

Artículo 42. Integración del Comité.

1. El Comité de Transparencia se integrará por tres especialistas nombrados por mayoría calificada de los integrantes del Pleno de la Cámara, de las propuestas presentadas por la Conferencia, previa convocatoria pública en la que participe toda persona que cumpla con los requisitos que marca el presente Reglamento para integrar el Comité.

2. El Titular de la Unidad de Transparencia fungirá como Secretario Técnico del Comité, con voz pero sin voto.

Artículo 43. De las propuestas.

1. La elección de las personas propuesta por la Junta, deberá de sujetarse al siguiente procedimiento:

I. Convocatoria: convocaran a los interesados en participar, dando la más amplia difusión;

II. Examen: los interesados que cumplan los requisitos, participarán en un examen especializado para evaluar sus conocimientos, tanto técnicos como prácticos sobre la materia;

III. Entrevista: la Conferencia realizará entrevistas públicas a los aspirantes que hayan aprobado el examen; y

IV. Las personas propuestas serán los aspirantes que hayan sido considerados mejor evaluados.

Artículo 44. Duración en el cargo.

1. Los especialistas durarán en el cargo cinco años, serán nombrados de manera escalonada y podrán ser reelectos por un periodo más.

2. El cargo de especialista es remunerado. Los especialistas durante el ejercicio de su cargo no podrán tener otro empleo, cargo o comisión con excepción de los docentes en instituciones académicas, o bien los honorarios en instituciones científicas o de beneficencia.

Artículo 45. Requisitos.

1. Para ser especialista se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles;

II. Tener 30 años de edad cumplidos al día de la designación;

III. Poseer al día de la designación, título profesional de nivel de licenciatura preferentemente en el área de ciencias sociales, y contar con los conocimientos y experiencia en la materia, que le permitan el desempeño de sus funciones;

IV. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión, pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza, peculado o cualquier otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que fuera la pena; y

V. No haber sido diputado un año antes de la designación.

Artículo 46. Presidente del Comité.

1. La Conferencia designará como presidente del Comité a uno de los especialistas propuestos y aprobados por el pleno, quien durará en el cargo tres años y podrá ser reelecto por un periodo más.

2. El especialista presidente presidirá las sesiones del Comité y convocará a las mismas. El Comité adoptará sus resoluciones por mayoría de votos. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. A sus sesiones podrán asistir como invitados aquellos que sus integrantes consideren necesarios, quienes tendrán voz pero no voto.

3. Corresponde al Presidente verificar el cumplimiento de las resoluciones del Comité, para ello contará con el apoyo del Secretario Técnico.

Artículo 47. Funciones del Comité.

1. El Comité de Transparencia tendrá las siguientes funciones:

I. Instituir, coordinar y supervisar, en los términos de este reglamento, las acciones y los procedimientos para asegurar la mayor eficacia en la gestión de las solicitudes en materia de acceso a la información;

II. Confirmar, modificar o revocar las determinaciones que en materia de ampliación del plazo de respuesta, clasificación de la información y declaración de inexistencia o de incompetencia realicen los titulares de los órganos, áreas administrativas u otros obligados;

III. Ordenar, en su caso, a los órganos, áreas administrativas u otros obligados competentes que generen la información que derivado de sus facultades, competencias y funciones deban tener en posesión o que previa acreditación de la imposibilidad de su generación, expongan, de forma fundada y motivada, las razones por las cuales, en el caso particular, no ejercieron dichas facultades, competencias o funciones;

IV. Emitir los lineamientos y establecer políticas para facilitar la obtención de la información y garantizar el derecho de acceso a la información y la protección de datos personales en los términos de la Ley General y de los lineamientos que emita el Instituto;

V. Promover la capacitación y actualización de los Servidores Públicos o integrantes adscritos al Comité y a la Unidad de Transparencia;

VI. Establecer programas de capacitación en materia de transparencia, acceso a la información, accesibilidad y protección de datos personales, para todos los Servidores Públicos de la Cámara;

VII. Recabar y enviar al Instituto, de conformidad con los lineamientos que este expida, los datos necesarios para la elaboración del informe anual;

VIII. Autorizar la ampliación del plazo de reserva de la información;

IX. Interpretar, en el ámbito de su competencia, la Ley General, la Ley Federal y este Reglamento;

X. Promover y difundir el ejercicio del derecho de acceso a la información;

XI. Promover la cultura de la transparencia;

XII. Garantizar la protección de datos personales en posesión de la Cámara;

XIII. Fomentar los principios de parlamento abierto, la transparencia, la rendición de cuentas, la participación ciudadana, la accesibilidad y la innovación tecnológica;

XIV. Establecer políticas de transparencia proactiva para difundir la información legislativa y la información generada por la estructura administrativa, así como diseñar, implementar y evaluar acciones de apertura parlamentaria que permitan orientar las políticas internas en la materia;

XV. Colaborar con el Instituto y con el Sistema Nacional de Transparencia para el cumplimiento de sus atribuciones y promover mejores prácticas en la materia;

XVI. Instituir acciones para que en los procedimientos de acceso a la información, se contemple contar con la información necesaria en lenguas indígenas y formatos accesibles, para que sean sustanciados y atendidos en la misma lengua y, en su caso, se promuevan los ajustes razonables necesarios si se tratara de personas con discapacidad;

XVII. Garantizar condiciones de accesibilidad para que los grupos vulnerables puedan ejercer, en igualdad de circunstancias, su derecho de acceso a la información;

XVIII. Participar, en su caso, como invitado en el Sistema Nacional de Transparencia;

XIX. Elaborar y publicar estudios e investigaciones para difundir y ampliar el conocimiento sobre la materia de acceso a la información;

XX. Hacer del conocimiento de la Contraloría el incumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley General y en este Reglamento y en las demás disposiciones aplicables;

XXI. Establecerá las medidas necesarias para implementar, en el ámbito de competencia de la Cámara, los sistemas que conforman la Plataforma Nacional de Transparencia, atendiendo a las necesidades de accesibilidad de los usuarios;

XXII. El Comité llevará a cabo las acciones necesarias para que la Cámara adopte las políticas y lineamientos aprobados por el Instituto;

XXIII. Las demás que se desprendan de la normatividad aplicable.

Artículo 48. Atribuciones del Presidente.

1. El Presidente del Comité:

I. Convoca y conduce las sesiones;

II. Presenta a la consideración del Comité el orden del día y las propuestas de acuerdo y resolución de los asuntos de su competencia;

III. Formula el proyecto de Programa de Trabajo, para su aprobación por el Comité;

IV. Proponer personal habilitado necesario para auxiliar al Comité en el ejercicio de sus funciones;

V. Las demás que deriven de este Reglamento.

Artículo 49. Atribuciones del Secretario Técnico.

1. El titular de la Unidad de Transparencia, como secretario técnico del Comité:

I. Auxiliar al Presidente en el desarrollo de sus funciones;

II. Programar las sesiones;

III. Elaborar las convocatorias a sesión;

IV. Registrar la asistencia;

V. Corroborar el quórum en cada sesión;

VI. Realizar la propuesta del acta de la sesión anterior;

VII. Llevar el registro y seguimiento de los acuerdos del Comité, y

VIII. Las demás que deriven de este Reglamento.

Artículo 50. Funcionamiento del Comité.

1. El Comité de Transparencia excepcionalmente podrá sesionar con la mayoría de sus integrantes cuando haya causa fundada y motivada de la ausencia de alguno.

2. En caso de que la ausencia recaiga en el Presidente, presidirá el especialista de mayor antigüedad.

3. Podrá realizarse la asistencia de carácter virtual o remota, a través de las tecnologías de la información y comunicación, para que sin contar con la presencia de alguno de los especialistas, se pueda transmitir su voz e imagen cuando en los casos urgentes lo considere necesario el Presidente.

4. El Comité aprobará su reglamento interno para normar su funcionamiento.

Capítulo II.De la Unidad de Transparencia

Artículo 51. Nombramiento y requisitos del Titular.

1. El responsable de la Unidad de Transparencia será propuesto por la Conferencia y nombrado por la mayoría calificada de los integrantes del Pleno de la Cámara.

2. Deberá reunir los mismos requisitos que para ser integrante del Comité de Transparencia.

3. El titular desempeñará las funciones de Secretario Técnico del Comité y auxiliará al Presidente en la verificación del cumplimiento de las resoluciones del Comité.

Artículo 52. Funciones de la Unidad de Transparencia.

1. Las funciones que competen a la Unidad, son:

I. Recibir de la Secretaría General y publicar en el portal de internet de la Cámara y en la Plataforma Nacional, la información para dar cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el artículo 7 de este Reglamento y propiciar que los órganos, áreas administrativas y otros obligados la actualicen en los plazos correspondientes;

II. Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información y protección de datos;

III. Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, respuestas, resultados, costos de reproducción y envío;

IV. Mantener actualizada y publicar la información relativa a las solicitudes de acceso a la información que se reciban en la Cámara.

V. Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y, en su caso, orientarlos sobre los sujetos obligados competentes conforme a la normatividad aplicable;

VI. Realizar los trámites internos para la atención de las solicitudes de acceso a la información y protección de datos;

VII. Efectuar las notificaciones a los solicitantes;

VIII. Proponer al Comité de Transparencia los procedimientos internos que aseguren la mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información, conforme a la normatividad aplicable;

IX. Proponer personal habilitado que sea necesario para recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información;

X. Implementar políticas de transparencia proactiva procurando su accesibilidad;

XI. Fomentar la transparencia y accesibilidad al interior de la Cámara;

XII. Implementar la emisión de repuestas a solicitudes de información, en la lengua indígena, braille o cualquier formato accesible que apruebe el Sistema Nacional de Transparencia;

XIII. Orientar a los responsables de clasificar la información sobre los criterios y lineamientos emitidos por el Sistema Nacional y el Comité de Transparencia;

XIV. Establecer la coordinación correspondiente con el titular del área de archivos para la debida gestión documental;

XV. Coordinar junto con las Secretarías de Servicios Parlamentarios y Servicios Administrativos y Financieros, las acciones inherentes a la materia de archivos que se deben de implementar en la Cámara, de conformidad con la Ley de la materia;

XVI. Elaborar y presentar informes semestrales al Comité de Transparencia sobre el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, y

XVII. Las demás que se desprendan de la normatividad aplicable.

Artículo 53. Obligación de colaborar con la Unidad.

1. Cuando alguna Área de la Cámara se negara a colaborar con la Unidad de Transparencia, ésta dará aviso al superior jerárquico para que le ordene realizar sin demora las acciones conducentes.

Título OctavoDel recurso de revisión

Capítulo ÚnicoDel Recurso de Revisión

Artículo 54. Del Recurso de Revisión.

1. Cuando el solicitante considere que la respuesta otorgada por la Cámara no es congruente con lo solicitado podrá interponer, por sí o por medio de su representante legal debidamente acreditado, de forma directa o por medios electrónicos el Recurso de Revisión, mismo que podrá presentarse ante la Unidad de Transparencia de la Cámara o bien ante el Instituto dentro de los 15 días siguientes a la fecha de notificación de la respuesta o del vencimiento del plazo para su notificación.

2. La Unidad de Transparencia al recibir un Recurso de Revisión, lo remitirá sin dilación alguna al Instituto a más tardar al día siguiente de haberlo recibido.

Artículo 55. De la Procedencia.

1. En términos de lo dispuesto por el artículo 143 de la Ley General, el Recurso de Revisión procederá en contra de:

I. La clasificación de la información;

II. La declaración de inexistencia de información;

III. La declaración de incompetencia por la Cámara;

IV. La entrega de información incompleta;

V. La entrega de información que no corresponda con lo solicitado;

VI. La falta de respuesta a una solicitud de acceso a la información dentro de los plazos establecidos en la ley;

VII. La notificación, entrega o puesta a disposición de información en una modalidad o formato distinto al solicitado;

VIII. La entrega o puesta a disposición de información en un formato incomprensible y/o no accesible para el solicitante;

IX. Los costos o tiempos de entrega de la información;

X. La falta de trámite a una solicitud;

XI. La negativa a permitir la consulta directa de la información;

XII. La falta, deficiencia o insuficiencia de la fundamentación y/o motivación en la respuesta, o

XIII. La orientación a un trámite específico.

2. La respuesta que de la Cámara derivada de la resolución a un recurso de revisión que proceda por las causales señaladas en las fracciones III, VI, VIII, IX, X y XI es susceptible de ser impugnada de nueva cuenta ante el Instituto, mediante recurso de revisión.

Artículo 56. Del Trámite, Substanciación y Resolución.

1. Respecto al procedimiento y resolución del Recurso de Revisión se estará a lo dispuesto en el Título Octavo, Capítulo I, artículos del 144 al 158 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información.

Título NovenoDe las responsabilidades y sanciones administrativas

Capítulo ÚnicoDe las Responsabilidades y Sanciones Administrativas

Artículo 57. Infracciones administrativas.

1. Los órganos, áreas administrativas u otros obligados de la Cámara, serán responsables por el incumplimiento de las obligaciones de transparencia previstas en la Ley General, la Ley Federal y este reglamento.

Artículo 58. De las responsabilidades.

1. Cuando el Comité tenga conocimiento o determine que algún servidor público de la Cámara pudo haber incurrido en responsabilidad, por incumplir alguna de las obligaciones de transparencia, pondrá a la Contraloría Interna en conocimiento de los hechos para que inicie el procedimiento administrativo sancionador que corresponda.

Transitorios

Primero.El presente Reglamento iniciará su vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se deroga el Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de abril de 2009, sin perjuicio de lo siguiente:

I. Las disposiciones relativas a las obligaciones de transparencia continuarán vigentes hasta en tanto se implemente el Programa de Reorganización Administrativa en los términos del Artículo Transitorio Décimo Tercero de la Ley General.

II. El Comité de Transparencia podrá acordar las obligaciones de transparencia que se harán efectivas antes de la implementación del programa a que se refiere la fracción anterior.

Tercero. La Junta deberá emitir la convocatoria para el nombramiento de los especialistas integrantes del Comité de Transparencia, dentro de los quince días siguientes a la publicación de este Reglamento y el nombramiento deberá realizarse dentro de los siguientes cuarenta y cinco días. A efecto de que los nombramientos sean escalonados, deberá definir cuáles tendrán un primer encargo de 3, 4 y 5 años, con posibilidad todos de reelección por un periodo adicional de 5 años.

Cuarto.La obligación de la Cámara de incorporarse a la Plataforma Nacional de Transparencia se hará efectiva en los términos que señalen los lineamientos emitidos por el Sistema Nacional de Transparencia, de conformidad con el Artículo Transitorio Octavo de la Ley General.

Quinto. El Comité de Administración autorizará los recursos humanos, materiales, financieros y tecnológicos e informáticos necesarios para que el Comité de Transparencia y la Unidad de Transparencia puedan cumplir con las obligaciones establecidas en el presente Reglamento.

Sexto. La Secretaría General, por conducto de las Secretarías a su cargo, brindará a la Unidad de Transparencia la asistencia técnica y el apoyo necesario para incorporar oportunamente la información pública correspondiente al portal de internet de la Cámara y a la Plataforma Nacional.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de marzo de 2017.— Diputada Marisol Vargas Bárcena(rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

VOLUMEN II



LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: «Iniciativa que reforma los artículos 4o. y 20 de la Ley Federal de Sanidad Animal, a cargo de la diputada Evelyng Soraya Flores Carranza e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputada Evelyng Soraya Flores Carranza y diputados federales integrantes del Partido Verde Ecologista de México de la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y por los artículos 6, fracción I, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifican los artículos 4 y 20 de la Ley Federal de Sanidad Animal, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La evolución de la sociedad humana ha requerido también de la transformación del entorno en el cual se desarrollan sus actividades, entre ellas, las relacionadas con la producción de los insumos necesarios para su sobrevivencia.

Actividades como la agricultura y la ganadería surgieron a la par del establecimiento de comunidades sedentarias, en la etapa histórica en la cual los seres humanos comenzaron a desarrollarse en territorios estables, dejando atrás su pasado como criaturas nómadas.

En el caso de la ganadería, esta actividad se dio como resultado del proceso de domesticación de diversas especies en una etapa que se remonta aproximadamente hace mil 200 años, dando como resultado el surgimiento de una relación de dependencia entre los seres humanos y aquellos animales de los cuales se obtienen productos propios para la alimentación y la vestimenta.

Para acercarnos a un concepto en sentido amplio de ganadería, retomamos el considerado en un análisis sobre la actividad ganadera en un municipio mexicano, y que a continuación se transcribe:

“La ganadería se ocupa de la cría y explotación de los animales domésticos. Es decir, se encarga de cuidarlos dándoles alimento, de calcular que clase de ganado es más conveniente explotar, de seleccionarlo con la intención de una producción más intensa o más rentable; todo ello bajo una orientación económica encaminada a obtener el mayor rendimiento posible de esta actividad. Por lo tanto, bajo este enfoque, la ganadería es un negocio.

El ganado son todos los animales que el hombre explota con fines de lucro. Por lo general el ganado está constituido por animales domésticos (aunque también son objeto de explotación algunos animales salvajes sometidos a cautividad), los cuales viven en compañía del hombre, no rehúsan su presencia, se someten a su autoridad y se reproducen normalmente en cautiverio transmitiendo a su descendencia las características de la domesticación.”

Consecuentemente, la actividad mencionada ha sido objeto de descripción por parte de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), considerándola como la actividad que comprende el control de la reproducción de especies domesticadas en provecho de una comunidad humana.

La primera definición tiene una mayor amplitud, sin embargo ambas caen en el ámbito de la actividad ganadera, en la cual se obtienen productos destinados a la alimentación, aspecto que se encuentra entre las mayores preocupaciones de los gobiernos alrededor del mundo dado que el problema de la demanda futura de productos alimenticios, considerándose dos factores: el crecimiento demográfico durante el segundo decenio del siglo XXI y el estimado de la demanda alimenticia, siendo que ésta última equivaldría al consumo de productos agrícolas y de alimentos en los últimos 10 mil años y que afectaría a los países en desarrollo, donde se espera un aumento de 85 por ciento en dicho rubro.

A pesar de que nos beneficiamos del sacrificio de una gran variedad de especies animales, no debemos olvidar que merecen respeto y cuidados adecuados, no sólo durante su vida, sino también en las postrimerías de la misma.

En este sentido, es necesario considerar un concepto de salud o salubridad animal, dado que los insumos de origen animal se deben elaborar bajo especificaciones técnico-veterinarias, de manera que las condiciones en las cuales se desarrollan y mueren sean las adecuadas, tanto en beneficio de los mismos animales como de los consumidores. Al respecto, desde la disciplina veterinaria se considera el siguiente concepto de salubridad animal:

“El término salud para la medicina veterinaria incluye una definición desde un punto de vista productivo: Salud es la capacidad máxima de productividad, puesta de manifiesto por un animal.

Con esta definición se resalta la importancia económica que para nosotros tiene el término salud, pero no se debe olvidar que el fin último es buscar la salud en los animales es obtener la salud humana. Al producirse la proteína animal se está ayudando a solventar parte del problema nutricional de la población mundial [...]”.

En México, se establece un concepto referente a la salud de los animales en la Ley Federal de Sanidad Animal, el cual está contenido dentro de la descripción de sanidad animal, la cual tiene por objeto preservar la salud, así como prevenir, controlar y erradicar las enfermedades o plagas de los animales; [...].

La concepción de la salud animal se relaciona directamente con la salud del ser humano, de manera que la calidad de los productos cárnicos depende en parte de las condiciones en las cuales se sacrifica a las especies domésticas destinadas a tal fin, de manera que se deben cuidar las condiciones de vida y muerte de las mismas.

Considerando lo anterior, la elaboración de productos cárnicos nos permite combatir el problema de alimentación y nutrición, siempre y cuando se respeten las condiciones óptimas de protección a los animales que finalmente, nos benefician con su sacrificio, por lo que les debemos proveer de un ambiente sano y digno tanto para su desarrollo como para su destino final.

En relación con los productos de origen animal, existen más de 40 especies de animales domésticos que son utilizados para atender la demanda de alimentos. A pesar del número, su impacto es sustancial: ellas contribuyen directa e indirectamente con un rango de 30 a 40 por ciento de la producción agrícola y alimentaria mundial.

En nuestro país, el sector ganadero tiene gran importancia en cuanto al valor de la producción y porque es una actividad de la cual dependen miles de familias mexicanas. En este sentido, el seguimiento del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP) arroja como resultado una valuación total de ganado en pie de 212 mil millones 353 mil 823 pesos, mientras que, en el rubro de carne en canal, leche y otros productos se alcanzó un valor total de 356 mil millones, 167 mil 804 pesos.

A pesar del gran valor que tienen las actividades ganaderas en México, no se ha podido impedir el maltrato hacia los animales domésticos destinados al sacrificio para consumo humano, a pesar de que existe un marco jurídico reforzado por normas oficiales, en las cuales se han establecido protocolos de actuación que consideran aspectos como el cuidado durante el traslado, alimentación, medios físicos adecuados para los animales y técnicas de sacrificio humanitarias.

No son pocos los casos que se han documentado, y para muestra, se presentan los casos a los que le ha dado seguimiento las organizaciones Mercy for Animals e Igualdad Animal desde el año 2013, documentando lo siguiente:

• Incumplimiento de las normas relacionadas con el cuidado animal, encontrándose omisiones en el aturdimiento de los animales antes de su sacrificio para evitar una agonía dolorosa;

• Los animales pasan unos encima de otros debido a que perciben el peligro, aumentando su estrés por su deseo de escapar;

• Sometimiento de los animales con prácticas de tortura, tales como matarlos azotándolos en el piso, cortarles la cola vivos y golpearlos constantemente;

• Surgimiento de rastros clandestinos;

• Encadenamiento de especímenes, quienes reciben golpes, choques eléctricos y prácticas no aceptadas como muerte por desangramiento.

En contraste, existen lineamientos en nuestro país enfocados en la vigilancia de los establecimientos donde se cría y sacrifica a los llamados animales de abasto,entre las que se cuentan las dos normas siguientes:

1. Ley Federal de Sanidad Animal: Define la procuración del bienestar animal, entendido como el conjunto de actividades encaminadas a proporcionar comodidad, tranquilidad, protección y seguridad a los animales durante su crianza, mantenimiento, explotación, transporte y sacrificio. Del mismo modo, se establece la observancia general en todo el territorio nacional de la ley, dado que sus disposiciones son de orden público e interés social.

2. Norma Oficial Mexicana NOM-033-SAG/ZOO-2014, Métodos para dar muerte a los animales domésticos y silvestres: establece las normas que regulan las técnicas de sacrificio humanitario, en las cuales se privilegia la aplicación de métodos que provoquen la inconciencia previa a la muerte del animal, misma que debe ser rápida, sin sufrimiento, dolor, ansiedad y mínimo de estrés.

Sin embargo, los señalamientos referentes a la transgresión constante del marco jurídico que protege a los animales de abasto requiere de una revisión del mismo y su adecuación, de manera que se amplíe su campo de actuación y se mejoren los mecanismos de protección para los animales domésticos.

Ante este panorama y considerando la importancia que tiene la actividad ganadera en nuestro país, los integrantes del Partido Verde Ecologista de México impulsaremos esta propuesta para coadyuvar en el impedimento de prácticas relacionadas con el maltrato y sacrificio en condiciones indignas y que causan dolor innecesario para los animales de basto, reconocidos en la ley y en las normas oficiales mexicanas.

Por ello, creemos necesario incluir en la ley el concepto manejado en la NOM-033-SAG/ZOO-2014 referente a los animales para abasto, de manera que exista una diferenciación entre el concepto animales vivos y el citado, a fin de que en la interpretación de la ley se genere un reconocimiento de las especies que son criadas específicamente para consumo del ser humano. En el mismo sentido, se propone ampliar el concepto de sanidad animal, para que el sentido del mismo abarque todo el ciclo de vida de los animales.

Es por lo anteriormente expuesto que someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se modifican los artículos 4 y 20 de la Ley Federal de Sanidad Animal

Artículo Único. Se modifican los artículos 4 y 20 de la Ley de Federal de Sanidad Animal, para quedar como a continuación se presenta:

Ley Federal de Sanidad Animal

Artículo 4. Para los efectos de la ley se entiende por:

Animales para abasto: aquéllos que de acuerdo con su función zootécnica producen un bien destinado al consumo humano y/o animal.

Sanidad animal: la que tiene por objeto preservar la salud de los animales, desde su nacimiento hasta su deceso, ya sea natural o sacrificio necesario o para fines de abasto, así como prevenir, controlar y erradicar las enfermedades o plagas de los animales;

[...]

Artículo 20. La Secretaría en términos de esta ley y su reglamento, emitirá las disposiciones de sanidad animal que definirán los criterios, especificaciones, condiciones y procedimientos para salvaguardar el bienestar de los animales conforme a su finalidad, considerando en todo momento las buenas prácticas pecuarias y las técnicas de sacrificio humanitario;

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación

Notas

1 Torres, Blanca y Xóchitl Tamez. Diagnóstico de la actividad ganadera en el municipio de Ciudad Valles, San Luis Potosí 2000-2005. Biblioteca virtual de Derecho, Economía y Ciencias Sociales. Disponible en:

http://www.eumed.net/libros-gratis/2010e/808/Conceptos%20basicos%20 de%20la%20ganaderia.htm

2 FAO. Animales domésticos y biodiversidad. Disponible en:

http://www.fao.org/docrep/v8300s/v8300s07.htm#TopOfPage

3 Cordero, Lex y José Salas. Enfermedades de los animales domésticos. Editorial Universidad Estatal a Distancia. Disponible en: [https://books.google.com.mx/books?id=C8jN5jYlZzUC&pg=PA4 &lpg=PA4&dq=El+t%C3%A9rmino+salud+para+la+medicina+veterinaria+ incluye+una+definici%C3%B3n+desde+un+punto+de+vista+productivo:+Salud+ es+la+capacidad+m%C3%A1xima+de+productividad,+puesta+de+manifiesto+por+ un+animal.&source=bl&ots=aBy_LUJREH &sig=XEcaSZuPa9qiptSpl2F6p8A0Gt0&hl=es&sa=X &ved=0ahUKEwiB8b25qrTLAhUN8mMKHe3KCoIQ6AEIGzAA#v=onepage &q=El%20t%C3%A9rmino%20salud%20para%20la%20medicina%20veterinaria%20 incluye%20una%20definici%C3%B3n%20desde%20un%20punto%20de%20vista%20 productivo%3A%20Salud%20es%20la%20capacidad%20m%C3%A1xima%20de%20 productividad%2C%20puesta%20de%20manifiesto%20por%20un%20animal.&f=false]. Consultado el 8 de marzo de 2016.

4 Et. al. FAO

5 Ley Federal de Sanidad Animal. Leyes federales y estatales. Cámara de Diputados. Disponible en:

[http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFSA.pdf].

6 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) - Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) - Ley Federal de Sanidad Animal Norma Oficial Mexicana NOM-033-SAG/ZOO-2014, Métodos para dar muerte a los animales domésticos y silvestres., Sacrificio humanitario de los animales domésticos y silvestres. Disponible en:

http://www.senasica.gob.mx/?id=787

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de abril de 2017.— Diputada y diputado: Evelyng Soraya Flores Carranza,Jesús Sesma Suárez (rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Ganadería, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: «Iniciativa que adiciona el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alberto Martínez Urincho, del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del problema que la iniciativa pretenda resolver

La propuesta de ley plantea la creación de un organismo autónomo constitucional encargado de la reparación integral a las víctimas por violación a los derechos humanos. Igualmente, se dispone que las entidades federativas constituyan organismos autónomos locales. De este modo, tanto la Comisión Nacional de Atención a Víctimas y las comisiones locales constituirán un Sistema Nacional de Atención a Víctimas para garantizar la reparación integral a las víctimas en los todos los órdenes de gobierno. Se resalta que las relaciones entre la Comisión Nacional y las comisiones locales serán solidarias.

Por otra parte, la elección del Presidente y del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de Atención a víctimas tendrá un procedimiento similar al del ombudsman; es decir, con base en una consulta amplia y transparente, y por el voto calificado de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores.

Argumentos que la sustenten

Primero. El 6 de junio de 2011, se publicó la reforma constitucional en materia de derechos humanos Dicha reforma reconoce los derechos humanos recogidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte, así como garantiza su interpretación a la luz de dichos instrumentos y favoreciendo la mayor protección a la persona. Además, establece que las obligaciones de las autoridades mexicanas en materia de derechos humanos deberán cumplirse a la luz de los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los derechos. Asimismo, dispone que el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley, entre otras importantes modificaciones.

Segundo. En marzo de 2016, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó el informe “Situación de derechos humanos en México”.Este informe se realizó con base en las observación derivadas de la visita in loco que tuvo lugar del 28 de septiembre al 2 de octubre de 2015, así como otras visitas de la CIDH y de sus Relatorías Temáticas, en el monitoreo que hizo la Comisión y de diversas como audiencias, procesamiento de medidas cautelares, peticiones y análisis de casos.

El informe aborda “con particular énfasis en desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales y tortura, así como la situación de inseguridad ciudadana, el acceso a la justicia e impunidad, y la situación de periodistas, defensores y defensoras de derechos humanos y otros grupos especialmente afectados por el contexto de violencia en el país”. Se arguye que México atraviesa una grave crisis de violencia y de seguridad desde hace varios años.

Por ejemplo, con relación al grave problema de las desapariciones, el informe analiza homicidios y ejecuciones extrajudiciales tales como los hechos ocurridos en Tlatlaya, estado de México, el 30 de junio de 2014; Apatzingán, estado de Michoacán, el 6 de enero de 2015; y Tanhuato, estado de Michoacán, el 22 de mayo de 2015, y la prevalencia de la práctica de la tortura. En cuanto a homicidios, cifras hechas públicas por el Poder Ejecutivo el 1 de septiembre de 2015, apuntan a más de 94 mil asesinatos desde el inicio de la actual administración en 2012.

Por otro lado, el informe advierte que la tasa de homicidios es desde hace años superior a 10 por cada 100 mil habitantes, lo cual corresponde a niveles epidémicos de violencia de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS). El Relator Especial de ONU sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias calificó la impunidad en los casos de homicidios como “sistemática y endémica”. Las deficiencias en las investigaciones y la impunidad imperante no permiten establecer con certeza el número de muertes violentas que corresponden a ejecuciones extrajudiciales o al uso excesivo y desproporcionado de la fuerza letal por parte de agentes del Estado.

Asimismo, dicho informe también aborda la grave situación de los derechos humanos de algunos grupos poblacionales especialmente afectados por la violencia en el país, incluyendo defensores y defensoras de derechos humanos, mujeres, pueblos indígenas, niñas, niños y adolescentes, personas migrantes, personas lesbianas, gays, bisexuales y trans. Igualmente se analiza la situación de asesinatos, violencia y amenazas contra periodistas, que ha hecho que México sea considerado como uno de los países más peligrosos del mundo para ejercer el periodismo.

Hay que destacar que la CIDH ha reconocido avances significativos en materia constitucional, legislativa e institucional en los últimos años, así como la adopción de importantes políticas públicas en México que han sido elaboradas en consonancia con el derecho internacional de los derechos humanos. Sin embargo, la respuesta estatal sigue siendo insuficiente para enfrentar esta grave crisis de violencia e impunidad. La CIDH ha recibido información alarmante que indica que el 98% de los delitos en México no llegan a tener una sentencia condenatoria.

Con relación a la práctica de tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes, la CIDH encontró que esto suele ocurrir durante las primeras horas de detención de una persona y antes de que sea presentada ante un juez. El Estado mexicano informó que la Procuraduría General de República contaba, al mes de abril de 2015, con 2 mil 420 investigaciones en trámite sobre tortura, y que existen sólo 15 sentencias condenatorias por este delito a nivel federal. La respuesta estatal ante los casos de tortura, al igual que respecto de las desapariciones, los homicidios y las ejecuciones extrajudiciales, es débil e insuficiente.

“La desaparición forzada de 43 jóvenes estudiantes de la Normal Rural “Raúl Isidro Burgos” en el Estado de Guerrero, el 26 y 27 de septiembre de 2014, hechos en los que también resultaron heridas y asesinadas otras personas, constituye una grave tragedia en México así como un llamado de atención nacional e internacional sobre las desapariciones en México, y en particular en el Estado de Guerrero. Asimismo, es una muestra de las graves deficiencias que sufren las investigaciones sobre estos hechos y la impunidad estructural y casi absoluta en la que suelen quedar estos graves crímenes. Este caso es además un ejemplo emblemático de la aparente colusión entre agentes del Estado e integrantes del crimen organizado”.

Asimismo, el informe contiene recomendaciones de la CIDH al Estado mexicano en las áreas de seguridad ciudadana, desapariciones y desapariciones forzadas, torturas, ejecuciones extrajudiciales, acceso a la justicia, situación de personas y grupos en situación de particular vulnerabilidad, y acceso a la información.

Tercero. En el citado Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con relación a Ley de atención de víctimas se advierte que:

“La Ley General de Víctimas (LGV), promulgada en 2013, es el marco jurídico principal para la atención a víctimas de violaciones de derechos humanos y sus familiares. Entre otras cosas, la LGV prevé como centro de actuación del Estado mexicano el Sistema Nacional de Atención a Víctimas. Además, dispone el mecanismo para el funcionamiento de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), el Registro Nacional de Víctimas, la Asesoría Jurídica Federal, y el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral. La Comisión valora estos importantes avances en la normatividad para brindar apoyo a las víctimas y sus familiares.

Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión ha recibido información de ciertas falencias en el funcionamiento de la CEAV en la práctica. Por una parte, se reportó falta de coordinación entre las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Víctimas (SNAV), así como entre las agencias estatales y federales de atención a víctimas. La duplicidad de funciones entre entidades estatales y federal genera confusión para muchas de las personas que acuden a éstas en busca de asistencia.

Aunado, a esto, las procuradurías, fiscalías, y las comisiones de derechos humanos en ocasiones divergen en sus criterios de atención a víctimas, lo que genera lo que algunas víctimas consideran que la búsqueda de atención legal, médica o psicosocial es un “laberinto”. Además de la necesidad de una mayor cantidad de recursos humanosen función de que sus capacidades operativas correspondan a la demanda que la CEAV tiene que atender, se destaca también en la práctica la imposibilidad de las víctimas de acceder a sus serviciosen los casos en que se trate de delitos no previstos dentro del orden federal, caso en el que son remitidos a sus respectivos gobiernos estatales. Sin embargo, no todos los estados cuentan con la ley de atención a víctimas para los casos no previstos para la CEAV, y de los que sí, no todos cuentan con una comisión estatal de atención a víctimas, por lo que en la práctica no existen mecanismos para que todas las víctimas puedan acceder a los servicios que la Ley General de Víctimas presupone que tienen derecho. Es entonces imperativo una homologación de todas las legislaciones estatales con la Ley General de Víctimas, por lo que se llama a la voluntad política de los correspondientes gobiernos estatales a hacerlo.

Algunas instancias de investigación y administración de justicia destinadas a la atención a víctimas en ocasiones no son aptas para preservar la privacidad de información sensible, garantizar su seguridad, y generar un ambiente de confianza para las víctimas. La Comisión también ha recibido información que muchas veces es difícil para los familiares de las víctimas ser reconocidos como víctimas indirectas y coadyuvantes en el proceso, como lo contempla la LGV, particularmente en el contexto de personas migrantes desaparecidas en México.

Por otra parte, las personas indígenas cuyos familiares han desaparecido también enfrentan a menudo el problema de falta de intérpretes. Todo esto contribuye aún más a la desconfianza en dichas instituciones. Las cosas son aún más complicadas cuando algunos funcionarios que sí tratan de brindar ayuda a las víctimas son acosados, amenazados u hostigados por sus superiores, fenómeno del cual existe limitada información dado que dichos hechos rara vez se denuncian. La CIDH también recibió información que indica que la atención a víctimas a menudo carece de perspectivas diferenciadas para atender a víctimas con perspectiva de género, con perspectiva particular para niños, niñas o adolescentes, personas indígenas (incluido la falta de un centro nacional de traductores en lenguas indígenas en el contexto de atención a víctimas), personas migrantes, entre otras. La CIDH hace un llamado al Poder Ejecutivo mexicano a fortalecer y perfeccionar estas deficiencias del Sistema Nacional de Atención a Víctimas, así como otras identificadas en el informe de la propia CEAV.

Desde octubre de 2012 la Secretaría de Gobernación constituyó el Fideicomiso para el cumplimiento de obligaciones en materia de derechos humanos, para dar cumplimiento a las recomendaciones en materia de reparación monetaria realizadas por la Corte Interamericana, la CIDH, la CNDH, así como para brindar a las víctimas de violaciones de derechos humanos becas educativas, atención médica y psicológica, y cualquier otra medida que implique la erogación de recursos públicos. Las reglas para el funcionamiento del Fideicomiso fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2014. La CIDH reitera su agrado con estos avances formales, e insiste en la importancia de que éstos se traduzcan en cambios reales para las víctimas de violaciones de derechos humanos en México”.

Cuarto. Por otra parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) ha desarrollado una importante jurisprudencia en materia de reparaciones para víctimas de violaciones de derechos humanos. Haya que recordar que con la creación del sistema interamericano de promoción y protección de los derechos humanos tiene por objetivo no únicamente velar por la salvaguarda de los derechos humanos a través de acciones preventivas sino también a través del reconocimiento de la existencia de violaciones de dichos derechos que, cumplidos los requisitos, pueden incluso determinar la responsabilidad internacional del Estado por el incumplimiento de sus obligaciones internacionales en la materia y ordenar la reparación del daño.

Ahora bien, la jurisprudencia de la CoIDH en materia de reparaciones ha sido prolija y en constante evolución; sin embargo, para ordenar la reparación es necesario primero determinar una violación a una obligación internacional en materia de derechos humanos y en consecuencia la responsabilidad internacional del Estado.

Hay que recordar que, la CoIDH ha ordenado medidas emblemáticas para muchos países de la región, las cuales han colaborado en la consolidación del Estado de derecho y la vigencia de los derechos humanos. Dichas medidas en su dimensión individual han beneficiado a miles de personas en la región a través de otorgamiento de becas educativas, atención médica y psicológica, actos de conmemoración, búsqueda de desaparecidos, y compensaciones económicas. En su dimensión colectiva la CoIDH ha ordenado tales medidas con impacto social a la mayoría de Estados parte de la Organización de Estados Americanos, tales como reformas legislativas, campañas de concientización social, implementación de programas sociales a grupos en vulnerabilidad, sanción a responsables de violaciones a derechos humanos, entre otras. Seguido a ello, la Corte IDH tiene la facultad de supervisar el cumplimiento por parte del Estado de estas medidas y monitorear su debida implementación. La jurisprudencia de la Corte Interamericana al respecto, constituye uno de los avances más importantes en el desarrollo internacional de la reparación integral.

Hay que recordar que a la fecha la CoIDH ha emitido más de 155 sentencias de reparaciones con destino a 22 Estados miembros de la OEA. Si bien el cumplimiento y debida implementación de las reparaciones de la CoIDH aún representa un desafío, cada vez se incrementa el efectivo cumplimiento por parte de los Estados, a través de la incorporación de diferentes mecanismos de implementación doméstica, alcanzando cambios sustanciales en sus sociedades.

Quinto. En este momento, en la Cámara de Diputados se discute una minuta, proveniente de la Colegisladora, en el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas. A grosso modo, la minuta recibida del Senadoplantea:

a) Fortalecer el Sistema Nacional de Víctimas, estableciendo mayores obligaciones para las entidades federativas a fin de reparar y brindar la asistencia plena a las víctimas de los delitos del orden local;

b) Prever la posibilidad de, con el fondo de la CEAV, brindar apoyo a asuntos de carácter local cuando sean atraídos por la misma;

c) Establecer los casos en los que la CEAV podrá ejercer la facultad de atracción respecto de asuntos locales;

d) Contemplar que cuando algún gobierno estatal no cubra los gastos de apoyo a víctimas, la CEAV podrá brindar la ayuda correspondiente y, posteriormente, requerir a la autoridad local el reintegro de lo erogado;

e) Contemplar que la administración de la CEAV recaerá en la Junta de Gobierno y el Comisionado Ejecutivo.

f) Señalar las dependencias que representarán al Ejecutivo federal en la Junta de Gobierno;

g) Se contempla una Asamblea Consultiva que se conformará entre 8 y 14 representantes de organizaciones sociales, las cuales serán propuestas por quien presida la Comisión;

h) Se contempla el otorgamiento de medidas de carácter provisional que serán tomadas del fondo de emergencia;

i) Se contempla que para la asignación de medidas, podrán ejercerse recursos de manera inmediata, mismos que se comprobarán posteriormente (actualmente el ejercicio de los mismos se dan solamente por concepto de rembolso), entre otros cambios;

j) Se amplían diversos derechos a favor de las víctimas;

k) Se flexibilizan diversas disposiciones referentes al acceso de los recursos del Fondo para las víctimas;

l) Se incluyen mayores obligaciones a cargo de distintas autoridades y se enuncian de manera expresa diversos grupos que, por su especial situación de vulnerabilidad, requieren atención especial y prioritaria, entre otros elementos.

Sexto. El 18 de octubre de 2016, numerosos colectivos de víctimas y organizaciones de la sociedad civil suscribieron un comunicado conjunto en donde se solicita al titular del Ejecutivo Federal, así como a los presidentes de las Mesas Directivas de las Cámaras que integran el Congreso de la Unión, consideren sus observaciones a las reformas y adiciones a Ley General de Víctimas que se estudia y discute en el Poder Legislativo Federal.

Entre las observaciones que hacen los colectivos, se encuentran:

“1. Autonomía de la CEAV

Una reforma que no garantice la máxima autonomía para CEAV será ilusoria. Por ello, debe eliminarse la “Junta de gobierno” que incluye el dictamen y sustituirse por el Consejo Directivo que propuso sociedad civil en la iniciativa presentada al Senado el 13 de abril de 2016, a saber, una asamblea conformada por víctimas, expertos en su atención de sociedad civil y la academia, con facultades para decidir sobre el programa anual de trabajo, las prioridades de ejercicio presupuestal y el informe anual de la persona titular de CEAV.

2. Mecanismo de designación con consulta abierta y plural

No aceptamos la designación directa por parte del Ejecutivo, incluso con ratificación senatorial. Antes bien, demandamos la adopción de un mecanismo de designación semejante al de la CNDH en el cual el Senado realiza una consulta y convocatoria amplias y luego de un ejercicio de auscultación se determina quién se estima el perfil idóneo para ocupar la titularidad de la CEAV, o bien, que el Ejecutivo proponga una terna al Senado, pero no sin antes haber realizado un ejercicio de consulta amplia, plural y abierta a las víctimas sobre los perfiles que se estiman idóneos, lo cual tendría que reiterarse en el Senado con respecto a la terna que envíe el Ejecutivo.

Una reforma que no garantice la máxima autonomía para CEAV será ilusoria. Por ello, debe eliminarse la “Junta de gobierno” que incluye el dictamen y sustituirse por el Consejo Directivo que propuso sociedad civil en la iniciativa presentada al Senado el 13 de abril de 2016, a saber, una asamblea conformada por víctimas, expertos en su atención de sociedad civil y la academia, con facultades para decidir sobre el programa anual de trabajo, las prioridades de ejercicio presupuestal y el informe anual de la persona titular de CEAV”.

Por todo lo anteriormente expuesto, quienes suscriben diputados integrantes en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1, y 78 numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados; sometemos a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona un Apartado C al artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Único. Por el que se adiciona un Apartado C al artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 102.

A...

B...

C. El Estado está obligado a reparar integralmente las violaciones a los derechos humanos, así como atender y proteger a las víctimas, salvaguardando a la vez, sus derechos a la verdad, justicia, debida diligencia y todos los demás derechos consagrados en esta Constitución, en los Tratados Internacionales de derechos humanos que el Estado Mexicano sea parte, así como en demás instrumentos de derechos humanos.

Para reparar integralmente las violaciones de derechos humanos, el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán comisiones de atención integral a víctimas. En la reparación integral de violaciones a los derechos humanos, la Comisión Nacional actuará subsidiariamente con las comisiones de las entidades federativas. La Comisión Nacional de Atención a Víctimas y las comisiones locales constituyen un Sistema Nacional de Atención a Víctimas para garantizar la reparación integral a las víctimas en los todos los órdenes de gobierno.

La Comisión Nacional de Atención a Víctimas que establezca el Congreso de la Unión contará con autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios.

Las Constituciones de las entidades federativas establecerán y garantizarán la autonomía de las comisiones de atención a víctimas.

La comisión de atención a víctimas de carácter federal tendrá un Consejo Consultivo integrado por ocho consejeros que serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores o, en sus recesos, por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con la misma votación calificada. La ley determinará los procedimientos a seguir para la presentación de las propuestas por la propia Cámara. Los consejeros duraran cinco años.

El titular de la presidencia de la Comisión Nacional de Atención de Víctimas, quien lo será también del Consejo Consultivo, será elegido en los mismos términos del párrafo anterior. Durará en su encargo cinco años, podrá ser reelecto por una sola vez y sólo podrá ser removido de sus funciones en los términos del Título Cuarto de esta Constitución.

La elección del titular de la presidencia de la Comisión Nacional de Atención de Víctimas, así como de los integrantes del Consejo Consultivo, y de las comisiones las entidades federativas, se ajustarán a un procedimiento de consulta pública, que deberá ser transparente, en los términos y condiciones que determine la ley.

El titular de la Presidencia de la Comisión Nacional de Atención a Víctimas presentará anualmente a los Poderes de la Unión un informe de actividades. Al efecto comparecerá ante las Cámaras del Congreso en los términos que disponga la ley.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión deberá expedir la Ley Reglamentaria del Apartado C del Artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos, dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor del mismo.

Tercero. La Ley General de Víctimas continuará vigente hasta en tanto entra en no se expida la ley reglamentaria referida en el Segundo Transitorio del presente Decreto. Las solicitudes, peticiones, trámites y procedimientos deberán concluirse y ejecutarse conforme las disposiciones vigentes antes de la entrada en vigor de la ley general en la materia, pero atendiendo en todo momento, el principio pro persona.

Cuarto. En un plazo máximo de sesenta días, la Cámara de Senadores o, en su caso, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, deberá elegir al Presidente de la Comisión Nacional de Atención a Víctimas, así como a los integrantes del Consejo Consultivo, conforme al procedimiento dispuesto por el apartado C del Artículo 102 que se reforma por este Decreto.

Los miembros del primer Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de Atención a Víctimas serán elegidos por la Cámara de Senadores de conformidad a los siguientes periodos: cuatro por cinco años; dos por cuatro años y dos elegidos por tres años.

Quinto. En tanto el Congreso de la Unión expide las reformas a la Ley General de Víctimas, ésta ejercerá sus atribuciones y competencias conforme a lo dispuesto por el presente Decreto y la ley reglamentaria vigente hasta dicha expedición.

Sexto. Los recursos financieros y materiales, así como los trabajadores adscritos comisión de atención de víctimas previsto en la actual Ley General de Víctimas, se transferirán al organismo creado en los términos del presente Decreto. Los trabajadores que pasen a formar parte del nuevo organismo se seguirán rigiendo por el apartado B del Artículo 123 de esta Constitución y de ninguna forma resultarán afectados en sus derechos laborales y de seguridad social.

Séptimo. Conforme a las disposiciones aplicables, el régimen presupuestario del organismo creado en los términos del presente Decreto, deberá garantizar la libre administración y la suficiencia de recursos públicos. Lo anterior, a efecto de que el organismo esté en condiciones de dar cumplimiento a sus fines.

Octavo. Dentro de los 180 días naturales, posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, el Congreso de la Unión deberá emitir las disposiciones legales correspondientes relativas al Apartado C del Artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Noveno. Las entidades federativas contarán con plazo de sesenta días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para establecer y garantizar la autonomía de las comisiones locales de atención a las víctimas.

Décimo. Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente Decreto.

Notas

1 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “Situación de derechos humanos en México”,

http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Mexico2016-es.pdf, 26 de noviembre de 2016.

2 Ibídem, p. 11.

3 Op. Cit., “Situación...”, pp. 224-226.

4 Ibídem.

5 Publicada en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, el día 8 de noviembre de 2016.

6 Opinión a la Minuta con Proyecto de Decreto que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas, p. 21.

7 Ver:

http://redtdt.org.mx/?p=7349, 25 de noviembre de 2016.

8 Ibídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, febrero de 2017.— Diputado Alberto Martínez Urincho(rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



LEY GENERAL DE SALUD

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: «Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 3o. y 7o. de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Daniel Ordoñez Hernández, del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del problema

El párrafo cuarto del artículo 4o. de la Constitución federal establece el derecho humano a la protección de la salud; a su vez, el artículo 123, Apartado A, fracción XV así como la fracción XI del Apartado B, también del pacto federal, establece los derechos de los trabajadores al acceso a la salud, a través de la seguridad social incluyendo además el derecho a la rehabilitación para ciertas afecciones.

Los padecimientos de salud en los individuos suelen convertirse en un problema, cuando se trata de enfermedades crónicas, degenerativas o incapacitantes, las cuales demandan ser atendidas de manera inmediata, siempre y cuando existan las condiciones para hacerlo, esto impacta al individuo en su economía, su tiempo, su moral, entre otras particularidades.

Lo complicado de padecer algún tipo de enfermedad no es solamente sanar de manera pronta y efectiva, premisa fundamental para todos los pacientes, sino que, el ciudadano pueda retomar sus actividades cotidianas, sin complicaciones.

Justamente este último es el que nos ocupa y es que, los pacientes que han logrado concluir su periodo de rehabilitación satisfactoriamente de alguna enfermedad no cuentan con la herramienta legal para reintegrarse de nuevo a la sociedad sin ningún problema, inclusive el término “reintegración”, actualmente es utilizado únicamente para hacer referencia a enfermos por adicciones y ciudadanos en proceso penal, es decir, no existe el enfoque en materia de salud.

La presente iniciativa busca la reintegración biopsicosocial de los ciudadanos que han padecido alguna enfermedad crónica degenerativa o incapacitante.

Argumentos

Derivado del derecho humano plasmado en el artículo 4o. constitucional, párrafo III, que expresa: “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general...”, es que encontramos el origen de esta iniciativa, sin olvidar que también se encuentra plasmados en tratados internacionales, consideramos necesario fortalecer y dar continuidad al precepto de rehabilitación, idea fundada en dicho artículo y también expresada en la Ley General de Salud.

La rehabilitación como parte de un proceso de salud, es considerada como la última fase a la que se enfrenta alguna persona que ha sufrido una enfermedad, tal y como la palabra se compone, significa, recuperar algo que ha sido perdido o dañado, rehabilitar algún musculo, recuperar la movilidad, la fuerza, etcétera.

Sin embargo consideramos que esta fase no debe ser considerada como la etapa final del proceso de una enfermedad, pues hay una vertiente más que añadirle a este derecho de la salud, y es: reinsertar al ciudadano de manera efectiva a sus actividades familiares, académicas y sobre todo, laborales; a las que se ha visto obligado a perder por motivos de salud.

Es por eso que señalamos que el acceso a la salud no concluye con la rehabilitación sino que además debe incluir la reinserción biopsicosocial del paciente.

En tal virtud, en el cuerpo de esta iniciativa, nos referimos al ser humano bajo el concepto de ente biopsicosocial agregándolo a este nuevo enfoque en materia de salud y el derecho universal de acceso a la misma.

El concepto “biopsicosocial” surge con la intención de mostrar el resultado de la conjugación de las características que componen al ser humano, que se conocían desde tiempos antiguos, y que habían sido descritas por filósofos griegos y que sin embargo no se habían determinado gramaticalmente.

La concepción del ser humano como ente biopsicosocial, encuentra su fundamento primeramente en la definición de hombre a través de la historia.

Aristóteles en su tomo VIII del libro “Política” define al hombre como un animal racional: “el hombre, en cambio, vive también por acción de la razón, ya que es el único entre los animales que posee razón”.

El referido concepto refiere a la composición biótica, es decir, que el hombre cuenta con necesidades de supervivencia, pues son conducidos por impulsos que recaen en el instinto de supervivencia, los cuales pueden ser observados en actos que se realizan para conservar su vida y su salud corporal, dentro de esta característica podemos agrupar aquellas necesidades como: alimentación, descanso, reproducción, etcétera.

Por otro lado, refiere a la evolución de la especie humana, en tanto la composición del cerebro humano y este proceso de perfeccionamiento, lo cual deriva en ser un ser racional, elemento que lo hace distinto entre otras especies animales.

Asimismo, es importante considerar que el hombre también es denominado como un animal social, es decir que exige de una vida en sociedad, pues requiere de asociarse para sobrevivir.

La idea de necesidad del ser humano para asociarse ha sido objeto de múltiples debates, y más de una ocasión se ha intentado resolver la pregunta sobre ¿por qué nos asociamos? Algunas respuestas han recaído en la división de trabajo, otras en la necesidad de convivencia, lo cierto es que vivir en sociedad ha sido una de las características del hombre a lo largo de la historia.

En este sentido, un psiquiatra norteamericano, de nombre George Engel, proveniente de la Universidad de Rochester, en 1977 formula el “Modelo Biopsicosocial”, el cual “Trataba de integrar el entendimiento del ser humano en la salud y la enfermedad, es decir incorporar los aspectos psicológicos, sociales, culturales, familiares y el entorno del paciente.”

Dicho término, enfocado hacia el rubro de salubridad, se crea con la intención de generar contrapesos al entonces llamado “modelo médico”, el cual consideraba que las enfermedades que padecían los seres humanos eran producto de agentes externos biológicos, químicos, y sobre todo se veía al cuerpo en términos físicos, es decir, un conjunto de músculos, huesos, órganos, que ejercen alguna función en el cuerpo humano.

El modelo propuesto por George Engel, encuentra su fundamento en la famosa teoría general de sistemas, propuesta por Von Bertalanfy, esencialmente establece que podemos definir al hombre como un ser biopsicosocial, pues se integra por tres dimensiones, biótica, psíquica (racional) y social, en consecuencia, todas las enfermedades crónicas desafortunadamente tienen un impacto en el ser humano en 3 sentidos:

1. En el aspecto biológico (se generan desórdenes químicos, biológicos y físicos, dependiendo la enfermedad);

2. Nivel emocional, radica en la seguridad que pierden los seres humanos tras el enfrentamiento de alguna enfermedad, por ejemplo en mujeres que padecieron cáncer de mama y que como consecuencia de ello han perdido un seno; y

3. Sentido social, tras perder seguridad en sí mismos.

Ahora bien, el otro lado de la iniciativa es la que tiene que ver con el aspecto de reinserción, cuestión que debe ser vista en un binomio, si bien es cierto que primordialmente utilizaremos el término para sugerir la reinserción biopsicosocial, no podemos perder de vista que también es necesario aludir al concepto en materia de salubridad pues hoy en día únicamente está pensado en materia penitenciaria o de drogadicción.

Por ejemplo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 18 determina que: “El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto.”

En este mismo sentido la norma oficial mexicana NOM-028-SSA2-1999, Para la prevención, tratamiento y control de las adicciones determina que: “Reinserción social, al conjunto de acciones dirigidas a promover un estilo de vida mejor al de quien usa, abusa o depende de sustancias psicoactivas, y a lograr un mejor funcionamiento interpersonal y social.”

Retomando la idea original no podemos perder de vista que el estado mexicano tiene la obligación de proporcionar a sus ciudadanos los medios necesarios para que estos puedan desarrollarse de manera óptima y saludable dentro del ámbito social, coadyuvando a que los individuos puedan desenvolverse de manera íntegra en los diversos aspectos tanto sociales como personales.

Es decir, debe garantizar el estilo de vida de cada ciudadano, entendiéndose a esta como: “Al conjunto de patrones de comportamiento que define e identifica a una persona o un grupo, a través de lo que hace y expresa, y que se genera en la familia, la escuela y otros sitios de convivencia mediante la socialización, proceso diario en el que se interactúa con los padres, las autoridades y la comunidad”.

Bajo esta premisa, es deber del Estado mexicano el promover y llevar a cabo medidas que permitan a las personas con enfermedades que hayan limitado su convivencia social, las condiciones necesarias para su reinserción dentro de la sociedad.

Partiendo de este postulado, la Real Academia de la lengua Española al definir al término reinserción hace referencia a “volver a integrar en la sociedad a alguien que estaba condenado penalmente o marginado”. Por ende al usar en término reinserción hablamos de una integración dentro de la sociedad de los individuos que por determinados motivos fueron cooptados de esta. Bajo este contexto al emplear el concepto de reinserción social se está refiriendo a: “del latín re, preposición inseparable que denomina reintegración o repetición, y adaptación, acción y efecto de adaptar o adaptarse.”

A raíz de la reinserción social del individuo se busca la promoción de las condiciones sociales que brinden y favorezcan dentro de estos mismos su desarrollo integral como persona. Esto es debido a que el ser humano es un sujeto colectivo por naturaleza.

En virtud de lo anterior, es procedente proponer una reforma a la Ley General de Salud, específicamente en el capítulo único del Título Primero, referidos a las disposiciones generales de dicha norma, agregando una fracción XXVII Ter al artículo 3o. y por otra parte, agregar una fracción XIII Ter, al artículo 7o.

La finalidad es, agregar los criterios de reintegración biopsicosocial como materia de salubridad general y como una actividad a cargo de la coordinación del Sistema Nacional de Salud.

Con la referida propuesta, se garantizará el derecho humano al acceso a los servicios de salud, incluyendo la etapa de reinserción biopsicosocial del paciente, cualquiera que sea la etapa del tratamiento en que se encuentre.

Se propone el siguiente contenido de la fracción XXVII Ter del artículo 3o.: “La reintegración biopsicosocial de las personas, durante y después del tratamiento de enfermedades crónicas, degenerativas o incapacitantes”.

El contenido de la nueva fracción XIII Ter del artículo 7o. sería: “Implementar programas de reinserción biopsicosocial de personas en cualquier etapa de tratamiento que se encuentren como consecuencia de padecimiento de enfermedades crónicas, degenerativas o incapacitantes”.

En el siguiente cuadro comparativo, se establece la redacción actual de los artículos de la Ley General de Salud, cuya reforma se propone y las fracciones que integrarían su nueva redacción.

Fundamento legal

En virtud de lo expuesto, el que suscribe, diputado Daniel Ordoñez Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona una fracción XXVII Ter al artículo 3o. y una fracción XIII Ter al artículo 7o., ambos de la Ley General de Salud

Artículo 3o. ...

I. a XXVII Bis. ...

XXVII Ter. La reintegración biopsicosocial de las personas, durante y después del tratamiento de enfermedades crónicas, degenerativas o incapacitantes;

XXVIII. ...

Artículo 7o....

I. a XIII Bis. ...

XIII Ter. Implementar programas de reinserción biopsicosocial de personas en cualquier etapa de tratamiento que se encuentren como consecuencia de padecimiento de enfermedades crónicas, degenerativas o incapacitantes;

XIV. y XV. ...

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, versión en línea, disponible en:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm [Consultada: 15 Enero 2017]

2 Disponible en:

https://es.scribd.com/doc/200093790/Aristoteles-El-hombre-como-animal- racional-y-como-animal-politico (Consultada: 17 enero de 2017).

3 y 4 Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, define este término como: 1.adj. Biol. Característico de los seres vivos o que se refiere a ellos. Versión en línea, disponible en:

http://dle.rae.es/?id=5ZwVNC1 (Consultada: 17 enero de 2017).

5 Gómez Rocío, “La dignidad humana en el proceso salud enfermedad”, editorial Universidad Rosario, página 162.

6 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, versión en línea, disponible en:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_150816.pdf (Consultado: 20 de enero de 2016).

7 Norma oficial mexicana NOM-028-SSA2-1999, versión en línea, disponible en:

http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/028ssa29.html (Consultado: 22 de enero de 20169.

8 Ibídem.

9 Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, disponible en:

http://dle.rae.es/?id=5ZwVNC1 (Consultada: 25 de enero de 2017).

10 Enciclopedia Jurídica Online, disponible en:

http://mexico.leyderecho.org/readaptacion-social/ (Consultada: 25 de enero de 2017).

Palacio Legislativo de San Lázaro, en la Ciudad de México, México, a 7 de marzo de 2017.— Diputado Daniel Ordoñez Hernández(rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL Y DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL; SE ADICIONAN LAS FRACCIONES XXXV, XXXVI Y XXXVII Y UN QUINTO PÁRRAFO, Y SE REFORMA EL TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 225 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, PUBLICADO EN EL DOF EL 16 DE JUNIO DE 2016

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: «Iniciativa que adiciona el artículo 367 Bis al Código Penal Federal; y reforma el décimo transitorio del artículo primero del decreto por el que se expide la Ley Nacional de Ejecución Penal, se adicionan las fracciones XXXV, XXXVI y XXXVII y un quinto párrafo, y se reforma el tercer párrafo del artículo 225 del Código Penal Federal, publicado en el DOF el 16 de junio de 2016, a cargo del diputado Alberto Martínez Urincho, del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del problema que la iniciativa pretenda resolver

Es evidente señalar que nuestro sistema penitenciario pasó a ser un espacio de castigo y rehabilitación a espacios de únicamente de castigo, y donde las condiciones de las personas tienden a empeorar. Es decir, el infractor sale en peores condiciones de las que presentaba a su ingreso a la cárcel. Y es ahí, cuando se generan situaciones de violencia que se manifiestan no sólo entre los reclusos, sino también por parte de las instituciones encargadas del interno a través del uso excesivo de la fuerza y de las violaciones a los derechos humanos.

La evidencia que se vierte en la propuesta de ley, revela que la prisión y las condenas recaen principalmente en los estratos socioeconómicos más desfavorecidos. Estos estudios demuestran que quienes terminan en la cárcel no son por lo general los delincuentes más peligrosos y sofisticados, sino mayoritariamente quienes no contaron con recursos para corromper a las autoridades o montar una defensa adecuada.

En el nuevo sistema penal, las penas alternativas son un elemento sustancial para el desarrollo óptimo y eficiente su implementación. El caso de robo simple, sin violencia, en donde hay una población carcelaria considerable es loable que se busquen penas alternativas a la prisión. Con ello, se evita que estos primo delincuentes sean encarcelados bajo un modelo poco racional, económicamente alto y que no abona a en el quehacer de la justicia.

Argumentos que la sustenten

Primero. El fenómeno delictivo, no puede entenderse si no se hace un análisis concienzudo de lo que acontece en la sociedad. La compresión de las causas y los efectos de las conductas delictivas es fundamental para la construcción de políticas públicas orientadas a su prevención y sanción.

Resulta indispensable la generación de diagnósticos en materia criminal que sirvan para reformar o adecuar el marco legal, o bien para impulsar a corregir políticas públicas.

En términos generales, casi todos los establecimientos penitenciarios muestran un deterioro y carencias importantes en lo que se refiere al acondicionamiento de sus espacios, al estado de las instalaciones y del mobiliario, así como en la disponibilidad y el acceso universal por parte de los internos bienes y servicios básicos. Estas deficiencias tienen un indudable impacto negativo sobre la calidad de vida de los internos y, consecuentemente, sobre el tipo de relaciones e intercambios que se generan entre ellos y con el personal.

Las prisiones no se consideran un rubro sustantivo o relevante tanto dentro de la agenda política de nuestro país como de las políticas de asignación de recursos. Las prisiones no son vistas, en otros términos, como un renglón en el que merece la pena invertir sino, más bien, como un gasto que siempre sería deseable poder reducir y acortar.

En las prisiones existe una subcultura carcelaria donde predomina el régimen informal, paralegal, que, en todo caso, no hace otra cosa que prolongar la subcultura criminal y llevarla adentro de la prisión donde, además, encuentra las condiciones ideales para reproducirse. Baste señalar que los valores y normas que sustentan la organización informal en las prisiones, como lo han mostrado diversos estudios, no difieren de los que rigen en las subculturas delincuenciales de los barrios: son su prolongación. La única diferencia es que al interior de la prisión involucran la participación del personal penitenciario.

En el ámbito penitenciario, la defensa y los derechos de los reclusos, la realidad sucumbe ante la carencia de políticas públicas y de los institutos adecuados para la salvaguarda de los mismos. Al procesado y al condenado se le deja muchas veces al completo abandono. En las prisiones mexicanas la readaptación social y la justicia retributiva son una mera utopía.

Segundo. Sin duda el constante crecimiento de la población penitenciaria es uno de los principales problemas que enfrentan las autoridades de los centros de reclusión. La sobrepoblación penitenciaria implica enormes retos en infraestructura, vigilancia y salubridad. Si no se toman las medidas oportunas, el sistema penitenciario, particularmente en las entidades federativas, colapsará en el mediano plazo.

Por ejemplo, es importante señalar que en 2007, algunos penales locales alcanzaban una desmesurada sobrepoblación que hacía imposible un reinserción social, tales como la Cárcel Distrital de Chiapa de Corzo (Chiapas) que alcanzó el 837 por ciento, la Cárcel Distrito Copainalá (Chiapas) el 625 por ciento y la Cárcel de Guamúchil Salvador Alvarado (Sinaloa) 457 por ciento, entre otros.

Al respecto, es evidente que el Sistema Penitenciario enfrenta enormes retos. Éstos están relacionados con la infraestructura carcelaria, la sobrepoblación en las prisiones, la falta de recursos presupuestales y humanos que produce agravantes, como: el autogobierno al interior de las cárceles, el tráfico de drogas y de alcohol, la corrupción y la falta de seguridad.

Tercero. De acuerdo a los investigadores Marcelo Bergman y Elena Azaola, “el crecimiento de la población carcelaria en la última década obedece a un endurecimiento de las penas más que a un incremento de la capacidad de detección de delincuentes peligrosos por parte de las autoridades. A pesar que el delito creció, no se observa un significativo aumento en el número de sentencias. La estructura burocrática de la administración de Justicia ha sido estable, sin embargo, la actividad delictiva no lo fue”.

En este sentido, el incremento en las condenas y la extensión de las mismas provocó una explosión en la población carcelaria que no ha podido ser subsanada a pesar de un ligero aumento de la infraestructura carcelaria. La precariedad de los programas de readaptación social se profundizó con el aumento de reclusos. Así, la corrupción parece haber aumentado los recursos por interno disminuyeron, el control interno de las cárceles está cada vez más en manos de pandillas y liderazgos de algunos reclusos, los programas de educación y reentrenamiento son poco efectivos, y la desolación es cada vez mayor.

Es evidente señalar que nuestro sistema penitenciario pasó a ser un espacio de castigo y rehabilitación a espacios de únicamente de castigo, y donde las condiciones de las personas tienden a empeorar. Es decir, el infractor sale en peores condiciones de las que presentaba a su ingreso a la cárcel. Y es ahí, cuando se generan situaciones de violencia que se manifiestan no sólo entre los reclusos, sino también por parte de las instituciones encargadas del interno a través del uso excesivo de la fuerza y de las violaciones a los derechos humanos.

Por otro lado, el trabajo de Berman y Azaola con base en las encuestas realizadas a los detenidos en 2002 y 2006 han generado información valiosa sobre cuatro aspectos fundamentales:

a) características sociodemográficas de los internos y su entorno familiar;

b) los delitos por los que se encuentran recluidos y los que habían cometido con anterioridad, a fin de poder conocer el desarrollo de las carreras delictivas;

c) la evaluación que hacen de las instituciones que intervinieron en su detención y juicio; y

d) las condiciones de vida en la prisión.

Estos estudios nos permiten no solo conocer en estado que se encuentran las prisiones, sino también conocer cómo evoluciona y se modifican los cuatro aspectos fundamentales del sistema penitenciario.

Una conclusión importantísima a la que han llegado estos investigadores es la relacionada con los delitos por los que se encuentran presos tanto en el Distrito Federal como en el estado de México.

Al respecto “la investigación a cargo de las procuradurías logra identificar solo a una proporción muy reducida de responsables. La mayor parte de los sentenciados (92 por ciento) fue detenida en flagrancia.

Esto revela la incapacidad de las fuerzas policiales para investigar y detener a los delincuentes profesionales, lo que permitiría resolver los casos más complejos.

En línea con lo anterior, la mayoría de los delitos que se sancionan revisten escasa gravedad y complejidad. Son, en su mayor parte, robos simples de bienes por un valor inferior a los 200 dólares”.

Lo anterior revela que la prisión y las condenas recaen principalmente en los estratos socioeconómicos más desfavorecidos. Estos estudios demuestran que quienes terminan en la cárcel no son por lo general los delincuentes más peligrosos y sofisticados, sino mayoritariamente quienes no contaron con recursos para corromper a las autoridades o montar una defensa adecuada.

Para ilustrar los problemas de las prisiones en el Distrito Federal y el estado de México, transcribo parte de las conclusiones del trabajo de investigación de Bergman y Azaola “De mal en peor: las condiciones de vida en las cárceles mexicanas”:

Los datos de las dos encuestas confirman que, en términos generales, casi todos los establecimientos penitenciarios se han deteriorado y exhiben carencias importantes. Una de las primeras conclusiones, por lo tanto, es que las prisiones no constituyen un rubro sustantivo o relevante de la agenda política mexicana a la hora de establecer la asignación de los recursos públicos. Las cárceles no son vistas como un ámbito en el que se deben invertir recursos sino más bien como un gasto que siempre sería deseable reducir.

Por otro lado, los familiares asumen con frecuencia, y de diferentes maneras, una parte importante de los costos de reclusión del interno mediante el envío de alimentos, ropa y otros elementos esenciales para la supervivencia. Esto significa que la institución carcelaria impone, o admite de facto, penas que incluyen a la familia y que, por lo tanto, trascienden al interno. Además de ser jurídicamente inadmisible, esto coloca en una situación de desventaja a aquellos presos que carecen de lazos sólidos con el exterior. Y pone de manifiesto la ausencia de estándares explícitos que regulen los bienes que las instituciones penitenciarias están obligadas a proveer, de acuerdo tanto con las normas nacionales como con los tratados internacionales.

Las respuestas de los presos encuestados acerca del orden, la legalidad y la seguridad dentro de las cárceles fortalecen la hipótesis de que las prisiones definen un universo propio de relaciones que se caracteriza por el predominio de un régimen paralegal. Como demuestran diversos estudios, se trata de espacios que propician una normatividad y una organización informal paralelas al orden institucional formal (Pérez).

Otro factor que aconseja la revisión del actual modelo que rige las prisiones es el hecho de que éstas no se encuentren en condiciones de cumplir con su fundamento doctrinario de lograr la readaptación social mediante el trabajo, la educación y la capacitación. En este punto parece haberse centrado el debate que durante muchos años ha tenido lugar en el campo penitenciario, sin que por ello pueda afirmarse que se ha logrado arribar a una solución satisfactoria.

En cuanto al conjunto de instituciones que intervienen en la procuración de justicia, la actuación de la policía, de los fiscales y de los jueces deja mucho que desear en cuanto a los estándares legales y el respeto a las garantías básicas. El resultado de largo plazo es una sociedad sin reglas claras, donde todos saben que éstas se aplican solo parcialmente y con excepciones. Del mismo modo, el hecho de que la mayoría de los presos hayan sido detenidos en flagrancia revela la falta de eficacia de los procedimientos de investigación. Si se diseñara una política para incrementar la proporción de detenidos como resultado de una investigación policial, probablemente llegaría a prisión otro tipo de delincuentes: seguramente habría menos presos pobres.

Un sistema de justicia ineficiente, que sólo castiga a los pequeños infractores, envía un mensaje poco claro a quienes son capaces de producir daños más severos. Por eso, invertir en mejorar las instituciones de procuración y administración de justicia permitiría elevar los niveles de confianza de los ciudadanos. No se trata de invertir más recursos, sino de modificar mecanismos, crear incentivos para las buenas prácticas y diseñar procesos inteligentes. Sin un esquema claro de estándares y parámetros de calidad, sin el establecimiento de prioridades y estrategias, podrán invertirse más recursos, como de hecho se ha venido haciendo, pero los resultados seguirán siendo pobres. Solo de este modo se podrá arraigar la percepción de que hay reglas que nadie viola, que todos respetan. Ésta sería la mejor manera, la más sólida y sustentable, de reducir los índices delictivos.”

Por lo expuesto, quien suscribe Alberto Martínez Urincho diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1, y 78 numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados; someto a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona un artículo 367 Bis del Código Penal Federal; se reforma la fracción I del Décimo Transitorio del Artículo Primero del Decreto por el que se expide la Ley Nacional de Ejecución Penal; se adicionan las fracciones XXXV, XXXVI y XXXVII; se adiciona un quinto párrafo, y se reforma el tercer párrafo todos del artículo 225 del Código Penal Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2016, contenido en el Código Penal Federal

Único.Se adiciona un artículo 367 Bis del Código Penal Federal; se reforma la fracción I del Décimo Transitorio del Artículo Primero del Decreto por el que se expide la Ley Nacional de Ejecución Penal; se adicionan las fracciones XXXV, XXXVI y XXXVII; se adiciona un quinto párrafo, y se reforma el tercer párrafo todos del artículo 225 del Código Penal Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2016, contenido en el Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 367 Bis. El robo que se cometa sin ningún tipo de violencia, y que la cosa ajena apoderada no exceda 100 veces la Unidad de Medida y Actualización, y que en su comisión hayan participado primo delincuentes, se impondrán únicamente penas alternativas a privación de la libertad.

Decretopor el que se expide la Ley Nacional de Ejecución Penal; se adicionan las fracciones XXXV, XXXVI y XXXVII y un quinto párrafo, y se reforma el tercer párrafo del artículo 225 del Código Penal Federal

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2016

Artículo Primero. ...

...

Transitorios

Primero. ...

...

Segundo. ...

...

...

...

...

Tercero. ...

...

...

Cuarto. ...

...

...

Quinto. ...

...

Sexto. ...

...

Séptimo. ...

Octavo. ...

...

...

Noveno. ...

Décimo. ...

I. La comisión del delito de robo cuyo valor de lo robado no exceda de 100 veces la unidad de medida y actualización, y cuando en la comisión del delito no haya mediado ningún tipo de violencia, o

II. ...

...

Décimo Primero. ...

Décimo Segundo. ...

Artículo Segundo. ...

...

Transitorio

Único. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Elena Azaola: antropóloga y psicoanalista mexicana. Actualmente es investigadora del Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social. Especialista en sistemas carcelarios, ha publicado más de cien trabajos, libros y artículos sobre el tema.

Marcelo Bergman: doctor en Sociología por la Universidad de California e investigador del Centro de Investigación y Docencia Económica. Dirige encuestas y estudios sobre criminalidad y eficacia institucional en México.

2 Azaola, Elena y Bergman, Marcelo “De mal en peor: las condiciones de vida en las cárceles mexicanas”. Este artículo es copia fiel del publicado en la revista Nueva Sociedad número 208, marzo-abril de 2007, ISSN: 0251-3552.

3 Azaola, Elena y Bergman, Marcelo “De mal en peor: las condiciones de vida en las cárceles mexicanas”. Este artículo es copia fiel del publicado en la revista Nueva Sociedadnúmero 208, marzo-abril de 2007, ISSN: 0251-3552.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de marzo de 2017.— Diputado Alberto Martínez Urincho(rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.



LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: «Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a cargo del diputado Daniel Ordóñez Hernández, del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe, Daniel Ordoñez Hernández, diputado a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II; 72 inciso h) y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I y 77 numerales 1 y 3 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo anterior al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Consideraciones generales

Actualmente, el texto constitucional es expreso al señalar la responsabilidad penal de los adolescentes –aquellos entre los 12 años cumplidos y los 18 incumplidos–, por lo que el sistema de justicia para adolescentes “constituye una parte del sistema de justicia penal (como se ha anunciado), se debe considerar que los adolescentes son responsables penalmente, a diferencia de los niños, que no lo son”, susceptibles, por tanto, de ser sujetos de un verdadero “juicio de culpabilidad”.

En congruencia con ello y, al estar ese sistema de justicia penal íntimamente vinculado con el sistema nacional de seguridad pública, la visión que ha tenido este Congreso de la Unión en materia del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, es el de vincularlos, a fin de hacerlos congruentes y claros.

Así, el texto constitucional actual, contenido en el artículo 73, fracción XXI, inciso c) faculta de manera exclusiva al Congreso de la Unión para legislar de forma única en materia de justicia penal para adolescentes, que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común, de la siguiente forma:

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

XXI. Para expedir:

c) La legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias, de ejecución de penas y de justicia penal para adolescentes, que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común.

Tal redacción, adicionada el 2 de julio de 2015, pretendió fundar las facultades para la creación de una ley nacional en la materia, sin embargo, aun cuando no se reconozca expresamente, como bien apunta la doctrina:

...la segunda reforma constitucional aludida, la de 2011-10-12, consiguió los fines pretendidos por las iniciativas de reformas constitucionales de 2005 y 2008 a que me he referido, por lo menos en lo que respecta a la unificación legislativa y a su reserva en favor del legislador federal.

Dicha reforma consistió en la adición de una fracción XXIX-P al multicitado artículo 73 constitucional, en el que se establecieron las nuevas facultades legislativas del Congreso de la Unión en los siguientes términos:

“XXIX-P. Expedir leyes que establezcan la concurrencia de la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, velando en todo momento por el interés superior de los mismos y cumpliendo con los tratados internacionales de la materia, de los que México sea parte”.

Tales facultades, en la parte que interesa, se encuentran referidas a (i) reservar competencia exclusiva para el Congreso federal para expedir leyes que establezcan la concurrencia de la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, (ii) legislar en materia de derechos de adolescentes, (iii) ser respetuoso del interés superior del adolescente y (iv) ser respetuoso de los tratados internacionales de la materia, de los que México sea parte. Esto es, tratándose de los derechos procesales de los adolescentes (fundamentalmente debido proceso, reconocimiento de la personalidad jurídica, garantías judiciales, protección judicial, presunción de inocencia y especialización) reconocidos por la propia Constitución mexicana y los tratados en los que México es parte en materia de adolescentes, sólo el legislativo federal puede expedir leyes concurrentes al respecto.

Así las cosas, esta reforma constitucional ya había señalado desde hace casi cuatro años lo que se volvió a establecer en la reforma de este 2015.

Pero esta aseveración solamente puede sostenerse si se interpretan todas las disposiciones constitucionales aludidas de manera armónica, pues existe una tendencia a considerar que las actuales leyes nacionales, que se fundan en la referida reforma constitucional de 2013 (como el Código Nacional de Procedimientos Penales), no son concurrentes, lo cual podría ser cierto bajo cierta óptica y para determinadas materias y figuras, pero no para adolescentes, pues no puede desconocerse el contenido de la fracción XXIX-P con relación al inciso c) de la fracción XXI, ambos del artículo 73, en el entendido de que solo el Congreso de la Unión podrá legislar en materia de derechos procesales del sistema integral de justicia penal para adolescentes, lo que implica que en dicha ley que en su momento se elabore, se distribuyan competencias, que es lo que caracteriza a una materia concurrente, lo que deberá hacerse a través de una Ley General del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

Ante tal escenario, este cuerpo colegiado creó la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, misma que fuera publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2016, en ella, se estableció una obligación política criminal a cargo de este mismo órgano legislativo federal, la creación de una quinta conferencia dentro del referido Sistema Nacional de Seguridad Pública.

De conformidad con la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (LGSNSP), dicho sistema se integra por cuatro conferencias: (i) la de Procuración de Justicia, (ii) la de secretarios de Seguridad Pública o sus equivalentes, (iii) la del Sistema Penitenciario y (iv) la de Seguridad Pública Municipa. Además deberá crearse una quinta de (v) Autoridades Administrativas Especializadas en la Ejecución de Medidas para Adolescentes.

Es el artículo decimocuarto transitorio de la referida Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes el que mandata dicha obligación en los siguientes términos:

Artículo decimocuarto. Plazos para reformar otras disposiciones legales

El Congreso de la Unión contará con un plazo de 180 días naturales a partir de la publicación de la presente ley, para reformar la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a efecto de incluir en la organización del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a la Conferencia Nacional de Autoridades Administrativas Especializadas en la Ejecución de Medidas para Adolescentes, que estará integrada por los titulares en la materia de cada entidad federativa y del Poder Ejecutivo federal.

Esta conferencia estará encabezada por el titular de la Comisión Nacional de Seguridad y contará con un secretario técnico que será el Comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social. Tendrá como objetivo principal constituirse como la instancia de análisis, difusión e instrumentación de la política pública en materia de ejecución de las medidas para adolescentes, y propiciará la homologación de normas administrativas en cada entidad federativa.

Así, la presente iniciativa busca armonizar la referida Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública con las directrices marcadas por la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, así como cumplir con el mandato legal de regular en ella a la Conferencia Nacional de Autoridades Administrativas Especializadas en la Ejecución de Medidas para Adolescentes, misma que deberá estar integrada por los titulares en la materia de cada entidad federativa y del Poder Ejecutivo federal, según los estándares mandatados en la ley nacional de referencia.

Esta última también establece que el objetivo principal es “constituirse como la instancia de análisis, difusión e instrumentación de la política pública en materia de ejecución de las medidas para adolescentes”, y que “propiciará la homologación de normas administrativas en cada entidad federativa”.

No pasa por alto para el suscrito, el hecho de que, como menciona la doctrina:

“...no tenemos un nuevo régimen penal para adolescentes distinto a aquel que se construyó con las reformas de 2005, 2008, 2011 y 2013, sino una nueva disposición constitucional que sintetiza a aquellas, por lo que lo que en verdad podría erigirse como una novedad sería no el modelo constitucional, sino la Ley General del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, que con el nombre que se quiera adoptar, sea una verdadera legislación de avanzada que cumpla con los parámetros constitucionales en materia de justicia penal de adolescentes y además establezca un sistema de distribución de competencias entre la federación, los estados y el Distrito Federal.”

Lo que abona a la fundamentación de esta iniciativa, que es, al mismo tiempo, en materia de (i) seguridad pública, (ii) protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes y (iii) justicia penal para adolescentes.

Así, no solo se proponen las inclusiones que mandata el multicitado artículo transitorio, se propone la inclusión de diversas funciones a cargo de la nueva instancia, que permitan concebir la integralidad del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, eje rector de la nueva conferencia.

Además, sería muy deseable que el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes tuviera un mandato de contar con una estructura similar a las reguladas por el SNSP, a fin de proteger los derechos de esas personas cuando hayan cometido un hecho que la ley señale como delito, la que no deberá ser considerada como instancia o autoridad de seguridad pública.

Actualmente existe un “Aviso mediante el cual se dan a conocer las comisiones constituidas por el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes en el marco de sus atribuciones y los lineamientos para su integración, organización y funcionamiento”, emitido por el secretario ejecutivo del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, que hace del conocimiento la existencia del Acuerdo 7/2015, por el que se crea la Comisión de Justicia Integral para Adolescentes en Conflicto con la Ley, cuyo objetivo es el que:

“Las instituciones integrantes del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, en el ámbito de sus respectivas competencias, coordinen, articulen, promuevan y coadyuven en brindar apoyo a las autoridades locales y federales para el diseño, implementación y evaluación del sistema y la política de la Justicia para los Adolescentes.”

Pero si bien existe tal aviso, debe establecerse la obligación de contar con una estructura vinculada en específico con el SNSP, mandatada por la ley y con un reconocimiento superior al de un mero aviso de acuerdos diseñados por el Ejecutivo federal.

Por último, con una nueva reflexión sobre la estructura de la multicitada Conferencia Nacional de Autoridades Administrativas Especializadas en la Ejecución de Medidas para Adolescentes, se establece una estructura diversa a la que se señala en el transitorio de referencia: encabezada por el titular de la Comisión Nacional de Seguridad y contar con un secretario técnico que será el comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social, pues de ser así, generaría una discrepancia en la estructuración de las conferencias. Véase las estructuras como quedarían atendiendo a la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes (LeNaSIJPA):

Lo anterior se pone de relieve, a fin de mostrar dos errores de diseño institucional que se presentarían si se adoptase tal esquema:

Primero. Según puede observarse del contenido del artículo 71 de la LeNaSIJPA en la federación –así como en las entidades federativas– habrá un Órgano Especializado en la Ejecución de Medidas para Adolescentes, dependiente de la administración pública con autonomía técnica, operativa y de gestión, la que, independientemente de su organización administrativa, contará con cuatro áreas:

(i) Evaluación de riesgos;

(ii) Seguimiento y supervisión de medidas cautelares distintas a la prisión preventiva y de suspensión condicional del proceso;

(iii) Seguimiento y supervisión de medidas de sanción no privativas de la libertad, y

(iv) Seguimiento y supervisión de medidas de sanción privativas de la libertad.

Dicho Órgano Especializado (denominado Autoridad Administrativa por la LeNaSIJPA) deberá asegurar que todo el personal que tiene trato con las personas adolescentes, incluyendo el de seguridad, sea especializado (artículo 71, párrafo segundo, fracción XIV).

En síntesis, existe una visión político-criminológica para seguir con la visión de la especialización de este sistema, por lo que las autoridades en materia de justicia para adultos no deberán conocer también del modelo de adolescentes.

De ahí que deba crearse un Órgano Especializado en la Ejecución de Medidas para Adolescentes distinto al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (diseñado para adultos, aunque a la fecha se encuentre conociendo también de adolescentes), que dependerá también del CNS.

Segundo. Existe una gran diferencia entre el órgano especializado en adolescentes y el de adultos, consistente en que aquél incorpora la figura de la evaluación de riesgos, así como el seguimiento y supervisión de medidas cautelares y de suspensión condicional del proceso en la misma unidad administrativa; mejor conocidos como Servicios Previos al Juicio (Pretrial Services), lo que al día de hoy han venido realizando de forma separada las denominadas Unidades de Medidas Cautelares (UMECA).

Así las reformas deberán señalar que la referida conferencia estará presidida por el comisionado nacional de Seguridad y el secretario técnico deberá ser el titular del Órgano Especializado en la Ejecución de Medidas para Adolescentes, que, según la sistemática actual, deberá ser un órgano administrativo desconcentrado de la CNS.

Fundamento legal

Artículos 71, fracción II; 72 inciso h y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6o., numeral 1, fracción II y 77 numerales 1 y 3 del Reglamento de la Cámara de Diputados; 72, numeral 1, fracciones VII y VIII; 164 numeral 1.

Denominación

Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

Ordenamiento a modificar

El suscrito legislador propone cambios a la fracción XII del artículo 7o. y la fracción VIII del artículo 31, ambos, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Así como adiciones de la fracción IV Bis del artículo 10, el capítulo VI Bis y los artículos 31 Bis, 31 Ter de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Artículos Transitorios

En los artículos transitorios, se propone un régimen de entrada en vigor similar al que en su momento se presentó al momento de publicar el decreto que dio vida a la referida ley, con plazos idénticos a los que se señalaron para la figura de las conferencias respectivas.

Texto normativo propuesto

En el siguiente cuadro, se muestra el texto aún vigente y la propuesta de modificación.

Por lo anterior, es procedente someter a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Primero.Se reforman la fracción XII del artículo 7o. y la fracción VIII, párrafo primero del artículo 31, ambos de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para quedar como sigue:

Artículo 7. ...

I. al XI.

XII. Garantizar que todos los centros de readaptación social, establecimientos penitenciarios o centros de internamiento para adolescentes, federales o de las entidades federativas, cualquiera que sea su denominación, cuenten con equipos que permitan bloquear o anular de manera permanente las señales de telefonía celular, de radiocomunicación, o de transmisión de datos o imagen dentro del perímetro de los mismos;

XIII. a la XVI. ...

Artículo 31. ...

I. a la VII. ...

VIII. Formular los lineamientos para que la federación y las entidades federativas cumplan, en el ámbito de sus competencias, con la obligación de adquirir, instalar y mantener en operación equipos que permitan bloquear o anular de manera permanente las señales de telefonía celular, de radiocomunicación, o de transmisión de voz, datos o imagen en el perímetro de centros de readaptación social o establecimientos penitenciarios federales o de las entidades federativas, cualquiera que sea su denominación.

...

...

IX. ...

Segundo.Se adicionan la fracción IV Bis del artículo 10, el capítulo VI Bis y los artículos 31 Bis y 31 Ter, todos de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para quedar como sigue:

Artículo 10. ...

I. a la IV. ...

IV Bis. La Conferencia Nacional de Autoridades Administrativas Especializadas en la Ejecución de Medidas para Adolescentes;

V. a la VII. ...

...

Capítulo VI BisDe la Conferencia Nacional de Autoridades Administrativas Especializadas en la Ejecución de Medidas para Adolescentes

Artículo 31 Bis. La Conferencia Nacional de Autoridades Administrativas Especializadas en la Ejecución de Medidas para Adolescentes, estará integrada por los titulares en la materia de cada entidad federativa y del Poder Ejecutivo Federal.

Esta conferencia estará encabezada por el titular de la Comisión Nacional de Seguridad y contará con un secretario técnico que será el titular del Órgano Especializado en la Ejecución de Medidas para Adolescentes.

Artículo 31 Ter. Son funciones de la Conferencia Nacional de Autoridades Administrativas Especializadas en la Ejecución de Medidas para Adolescentes:

I. Constituirse como la instancia de análisis, difusión e instrumentación de la política pública en materia de ejecución de las medidas para adolescentes;

II. Propiciar la homologación de normas administrativas en cada entidad federativa;

III. Coordinarse con el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de cumplir con los objetivos que establece la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes y hacer efectivos los principios en ella señalados.

El Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes deberá contar con una conferencia similar a las reguladas por el sistema nacional de seguridad pública, a fin de proteger los derechos de esas personas cuando hayan cometido un hecho que la ley señale como delito, la que no deberá ser considerada como instancia o autoridad de seguridad pública.

IV. Ser la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del sistema nacional;

V. Promover la homologación de los mecanismos, sistemas y procedimientos de seguridad en los centros de internamiento;

VI. Proponer al Consejo Nacional, políticas, programas y acciones en materia de reintegración social y familiar, así como de reinserción;

VII. Plantear criterios para eficientar los convenios que se celebren entre la federación y las entidades federativas, a efecto de que los adolescentes sentenciados por delitos del ámbito de su competencia, cumplan las medidas de internamiento en centros dependientes de una competencia territorial diversa, con estricto apego a las disposiciones legales aplicables y velando siempre por el interés superior de aquellos;

VIII. Formular los lineamientos para que la federación y las entidades federativas cumplan, en el ámbito de sus competencias, con la obligación de adquirir, instalar y mantener en operación equipos que permitan bloquear o anular de manera permanente las señales de telefonía celular, de radiocomunicación, o de transmisión de voz, datos o imagen en el perímetro de los centros de internamiento.

Dichos equipos serán operados por autoridades distintas a las de los centros de internamiento en lugares remotos, y contarán con sistemas automáticos que envíen señales de alarma ante cualquier interrupción en su funcionalidad, los que serán monitoreados por el Sistema Nacional de Seguridad Pública, con la colaboración de los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones.

El bloqueo de señales a que se refiere este artículo se hará sobre todas las bandas de frecuencia que se utilicen para la recepción en los equipos terminales de comunicación móvil y en ningún caso excederá de veinte metros fuera de las instalaciones de los centros o establecimientos a fin de garantizar la continuidad y seguridad de los servicios a los usuarios externos.

IX. Recopilar y sistematizar la información que por motivo de sus atribuciones le corresponda para integrar el Sistema Nacional de Información Estadística del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes;

X. Colaborar con el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes y con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía para obtener la información con fines estadísticos que estos últimos requieran, y

XI. Las demás que establezcan las disposiciones legales aplicables y el Consejo Nacional.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Ejecutivo federal expedirá las disposiciones reglamentarias del presente decreto en un plazo no mayor a dieciocho meses a partir de su entrada en vigor.

Tercero. El consejo nacional y la conferencia que prevé este decreto, deberán expedir las disposiciones a que se refiere la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en un plazo no mayor a nueve meses, a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Notas

1 Alvarado Martínez, Israel, La construcción de un sistema de justicia integral para adolescentes en México. Lineamientos, Inacipe, México 2010, p. 21.

2 Ídem.

3 Alvarado Martínez, Israel, «¿“Nuevo” Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes a nivel Nacional?», El INACIPE opina, disponible en

[http://www.inacipe.gob.mx/ investigacion/INACIPE_opina/articulos_recientes/nuevosistemaintegral.php], consultado el 2016-11-28.

4 Artículo 10, fracciones II-V.

5 Integrada por los titulares de las Instituciones de Procuración de Justicia de la Federación, la de la Ciudad de México y las de los estados, y presidida por el Procurador General de la República.

6 Conformada por los titulares de las dependencias encargadas de la Seguridad Pública de la federación y de las entidades federativas, y presidida por el titular de la Secretaría de Gobernación, quien se podrá auxiliar del Comisionado Nacional de Seguridad.

7 Integrada por los titulares de los órganos de prevención y de reinserción social o sus equivalentes de la federación y los de las entidades federativas, y será presidida por quien designe el titular de la Secretaría de Gobernación.

8 Integrada por dos Presidentes Municipales de cada estado, designados por el Consejo Local de Seguridad Pública correspondiente; dos titulares de los órganos político-administrativos de la Ciudad de México, nombrados por el Consejo Local de Seguridad Pública, y un Presidente, designado de entre sus miembros por el Pleno de misma.

9 Véase Alvarado Martínez, Israel, «La Conferencia Nacional de Autoridades Administrativas Especializadas en la Ejecución de Medidas para Adolescentes», El INACIPE opina, disponible en

[http://www.inacipe.gob.mx/investigacion/INACIPE_opina/articulos_ recientes/nuevosistemaintegral.php], visitado en 2016-12-12.

10 Publicado en el DOF el viernes 22 de abril de 2016.

11 También conocidos como Servicios de Evaluación y Supervisión de Medidas Cautelares. En Reino Unido se les llaman Bail Supervision and Information Related Services (Servicios Relativos a la Información y Supervisión de la Libertad Provisional); en Australia, Bail Assessment Programs (Programas para la Evaluación de la Libertad Provisional), y en Sudáfrica, Pretrial Services (Servicios Previos al Juicio). Véase Carrasco Solís, Javier, «Unidad de Medidas Cautelares: Modelo de Servicios Previos al Juicio», Nuevo Sistema de Justicia Penal, Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, año II, número III, junio de 2011, México, p. 20.

12 Son «programas que otorgan una metodología para proveer al juez y a las partes, información concreta y confiable para la discusión de la procedencia de la medida cautelar, y ofrecen mecanismos de control o supervisión de las medidas cautelares alternativas». Véase Gutiérrez, Alberto, Natalie Reyes y Carolina Villadiego, Manual de Servicios de Antelación al Juicio. Mecanismos para racionalizar el uso de las medidas cautelares en materia penal, Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), Santiago, Chile, 2011.

A partir de 2011 se establecieron en Morelos los primeros servicios previos al juicio en América Latina, pero refiere la doctrina: «Según el acervo histórico sobre la función de los SPJ documentado por el centro especialista en el tema, Pretrial Justice Institute, ubicado en Washington, DC, los modelos surgieron de la reforma al sistema del régimen de libertad provisional de Estados Unidos, hace ya casi 50 años, en Nueva York». Véase Aguilar García, Ana y Javier Carrasco Solís, Servicios previos al juicio, Manual de implementación, Edición actualizada, Serie Prisión

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2017.— Diputado Daniel Ordoñez Hernández(rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.



LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Tiene la palabra por cinco minutos la diputada Nora Liliana Oropeza Olguín, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 22 y 56 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

La diputada Nora Liliana Oropeza Olguín:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, en esta Cámara de Diputados aprobamos el sistema nacional anticorrupción como la gran estrategia del Estado mexicano para combatir la corrupción en el sector público, para recuperar la confianza de la sociedad en las instituciones, siendo parte fundamental la transparencia y la rendición de cuentas de los actos de gobierno y de los servidores públicos.

En este contexto, el gobierno mexicano no sólo promueve, sino fortalece los mecanismos legales para instituir en nuestro país una política de gobierno abierta, con la finalidad de modernizar los mecanismos para combatir la corrupción, la opacidad, la impunidad, que genera pobreza y desigualdad social, que lesiona los derechos y el interés colectivo, el bien jurídico protegido como el patrimonio del Estado y la legalidad.

Ante esas situaciones de prácticas corruptas, la sociedad pierde, en términos económicos y sociales, en calidad y cobertura de servicios públicos, daño al tejido social, por la desconfianza entre ciudadanos. Pero también pierde el Estado en sus finanzas con la evasión al cumplimiento tributario.

Es parte de la idea que se propone con esta iniciativa, para reforzar la transparencia, el acceso a la información relacionada a las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.

En este contexto, presento la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo cuarto del artículo 22 y se adiciona el párrafo cuarto del artículo 56, recorriéndose los párrafos subsiguientes de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

La propuesta de esta iniciativa fortalece instrumentos como CompraNet, a cargo de la Secretaría de la Función Pública, portal electrónico de información pública gubernamental, sobre adquisiciones, arrendamientos y servicios; el registro único de proveedores; el registro de proveedores sancionados; las convocatorias a la licitación y sus modificaciones; la invitación a cuando menos tres por persona; las actas de las juntas de aclaración; del acto de presentación y la apertura de proposiciones y de fallo; los datos de los contratos y los convenios modificatorios y las adjudicaciones directas de los contratos de obra pública o de proveedores de servicios.

La iniciativa plantea que esta información de CompraNet sea incorporada a la plataforma digital nacional del sistema nacional anticorrupción, prevista en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, así como la información de personas físicas y morales impedidas de contratar con la administración pública y de servidores públicos sancionados.

Lo anterior, para fortalecer el establecimiento de los principios, bases generales, políticas públicas y procedimientos para la coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno, en la prevención, detección y sanción de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como la fiscalización y control de recursos públicos por parte de la autoridad correspondiente. Asimismo, para que las autoridades competentes en el combate a la corrupción tengan acceso al sistema electrónico que integra la plataforma digital de dicho sistema.

Por esa razón, es imprescindible que los actos administrativos, normados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Público, se vinculen al sistema al sistema nacional anticorrupción, la transparencia y el combate a la corrupción. Debe ser una política pública, con la que se comprometan gobierno y sociedad.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración esta iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Es cuanto, diputada presidenta.

«Iniciativa que reforma los artículos 22 y 56 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a cargo de la diputada Nora Liliana Oropeza Olguín, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, Nora Liliana Oropeza Olguín, diputada a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el párrafo cuarto del artículo 22; y se adiciona el párrafo cuarto del artículo 56, recorriéndose los párrafos subsiguientes de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La transparencia en la administración pública es fundamental en el fortalecimiento del sistema de rendición de cuentas en el país. En ese contexto el gobierno mexicano promueve y fortalece los mecanismos legales para instituir en nuestro país una política de gobierno abierto con la finalidad de modernizar los mecanismos de transparencia y la rendición de cuentas acorde con las nuevas relaciones entre la sociedad y el Estado; donde la pérdida de confianza en las instituciones es la constante en los estudios de opinión.

El Sistema Nacional Anticorrupción, recientemente aprobado por el Poder Legislativo, es el resultado de estos esfuerzos para combatir el flagelo de la corrupción y de la impunidad que genera pobreza y desigualdad social; aspectos que lesionan los derechos y el interés colectivo, así como el bien jurídico protegido como el patrimonio del Estado y la legalidad.

Ningún esfuerzo y estrategia será suficiente de no ir acompañado por la cultura de la denuncia. Esa pareciera ser la principal lucha del Estado, recobrar la confianza social en sus instituciones, de lo contrario seguiremos viendo prácticas de corrupción como la opacidad en la licitación pública, en particular, en el trámite administrativo.

La corrupción es el principal factor donde los particulares han encontrado su principal aliado para evadir el pago de impuestos o bien ocultar información para no cumplir con estándares de calidad de los bienes y servicios que ofrecen. Entre las prácticas que generan corrupción se pueden destacar: el incumplimiento de normas de responsabilidad social como los derechos sociales de los trabajadores, o bien no registrase en el registro público de la propiedad, entre otras muchas.

Ante esas situaciones de prácticas corruptas, la sociedad pierde en términos económicos y sociales; en calidad y cobertura de servicios públicos, daño al tejido social por la desconfianza entre ciudadanos. Pero también pierde el Estado en sus finanzas con la evasión al cumplimiento tributario.

La transparencia y el acceso a la información son dos herramientas que sirven a los ciudadanos a vigilar la actuación de sus autoridades y dar seguimiento a los resultados de su gestión; sin embargo, sólo serán efectivas en el combate a la corrupción en la medida que formen parte de la cotidianidad social y se sancionen las conductas contrarias a la honradez, profesionalismo y eficiencia que exige el servicio público.

En síntesis, dar cumplimiento a las disposiciones legales. Del mismo modo, enfrentar el problema que va planteando la corrupción con base en la apertura informativa a la sociedad con información proactiva y focalizada.

Es parte de la idea que se propone con esta iniciativa reforzando la transparencia y acceso a la información relacionada a las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público. Transparencia, para la rendición de cuentas, a la manifestación del conflicto de interés, a la participación en la licitación pública en términos de la ley, a la declaración fiscal y tributaria de todos los gobernados con actividades públicas y privadas.

Consideraciones

Hablar de adquisiciones y arrendamientos en el gobierno federal es llevar a debate una de las acciones más sigilosas y secretas que practican algunos funcionarios de la administración pública de todos los niveles de gobierno, considerada casi comúnmente “reservada y confidencial”. En este sentido, la iniciativa que se presenta pretende hacer más transparente las acciones que tengan que ver con las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.

La propuesta de esta iniciativa fortalece instrumentos existentes como CompraNet a cargo de la Secretaría de la Función Pública. Portal electrónico de “información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos y servicios, integrado por los programas anuales en la materia de las dependencias y entidades; el registro único de proveedores; el padrón de testigos sociales; el registro de proveedores sancionados; las convocatorias a la licitación y sus modificaciones; las invitaciones a cuando menos tres personas; las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones y de fallo; los testimonios de los testigos sociales; los datos de los contratos y los convenios modificatorios; las adjudicaciones directas; las resoluciones de la instancia de inconformidad que hayan causado estado y las notificaciones y avisos correspondientes. Dicho sistema de consulta gratuita y constituirá un medio por el cual se desarrollarán procedimientos de contratación”.

La iniciativa plantea que esta información de Compranet, sea incorporada a la Plataforma Digital Nacional del Sistema Nacional Anticorrupción prevista en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. Así como la información de personas físicas y morales impedidas de contratar con la administración pública; y los servidores públicos sancionados por la comisión de las infracciones a que se refieren los artículos 8 y 9 de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas.

Lo anterior para fortalecer el establecimiento de los principios, bases generales, políticas públicas y procedimientos para la coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno en la prevención, detección y sanción de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos por parte de la autoridad correspondiente. Asimismo, para que las autoridades competentes en el combate a la corrupción, tengan acceso a los sistemas electrónicos que integran a la Plataforma Digital Nacional.

Propone además la participación del comité coordinador de dicho Sistema Nacional Anticorrupción, como observador en los comités y subcomités de adquisiciones, arrendamientos y servicios previstos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Lo anterior considerando que el comité coordinador es la instancia responsable de establecer mecanismos de coordinación entre los integrantes del sistema nacional y tiene a su encargo el diseño, promoción y evaluación de políticas públicas de combate a la corrupción; y en términos de sus facultades que le confiere el artículo 9 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.

Es importante impulsar reformas y adiciones al marco jurídico para combatir la corrupción y poner fin a los abusos cometidos por los servidores públicos y particulares con conductas que erosionan la economía nacional y debilitan a las instituciones del Estado.

Contratos de proveeduría, compra venta por adquisición o arrendamiento, en la mayoría de las veces –en el caso de arrendamientos– los pagos son por adelantado, con una ocupación obligada por años, sin seguros de garantía para el gobierno federal, viejos edificios, casi en ruinas, con pésimos servicios de agua, luz, ventilación, salidas de emergencia en caso de siniestro, son una práctica recurrente.

Contratos de proveeduría de medicamentos con sobreprecio, de mala calidad y muchas veces son entregados fuera de los calendarios de compromisos sin que la autoridad penalice el incumplimiento.

Por esta razón, es imprescindible que los actos administrativos normados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se vinculen al Sistema Nacional Anticorrupción. La transparencia y el combate a la corrupción debe ser una política pública con la que se comprometan gobierno y sociedad.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que reforma diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

Artículo Primero.Se reforma el párrafo cuarto del artículo 22, para quedar como sigue:

Artículo 22. ...

I. a VII. ...

...

...

La Secretaría de la Función Pública podrá participar como asesor en los comités y subcomités a que se refiere este artículo, pronunciándose de manera fundada y motivada al emitir sus opiniones. De igual manera lo hará como observador el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción.

Artículo Segundo. Se adiciona el párrafo cuarto del artículo 56, recorriéndose los párrafos subsiguientes, para quedar como sigue:

Artículo 56. ...

...

...

Información que la Secretaría de la Función Pública deberá entregar al Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, para que la integre y conecte a la Plataforma Digital Nacional; y las autoridades competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos accedan a la información necesaria para el ejercicio de sus atribuciones.

...

I. a III.

...

a) a h)

...

...

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de marzo de 2017.— Diputadas y diputados: Nora Liliana Oropeza Olguín,Nora Liliana Oropeza Olguín, Alfredo Bejos Nicolás, Carmen Salinas Lozano, Claudia Sánchez Juárez, Delia Guerrero Coronado, Edna Ileana Dávalos Elizondo, Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, Heidi Salazar Espinosa, Hugo Daniel Gaeta Esparza, J. Jesús Zúñiga Mendoza, José Luis Orozco Sanchez Aldana, Lillian Zepahua García, Marco Antonio Aguilar Yunes, Marisol Vargas Bárcena, Martha Lorena Covarrubias Anaya, Noemí Zoila Guzmán Lagunes, Ramón Bañales Arambula, Ruth Noemí Tiscareño Agoitia, Santos Garza Herrera, Sofía del Sagrario de León Maza, Timoteo Villa Ramírez, Yahleel Abdala Carmona (rúbricas).»

Presidencia de la diputada Gloria Himelda Félix Niebla

La presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputada Liliana Oropeza Olguín. Túrnese a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

La diputada Claudia Sánchez Juárez (desde la curul): Presidenta.

La presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Sonido en la curul de la diputada Claudia Sánchez, por favor. ¿Con qué objeto, diputada?

La diputada Claudia Sánchez Juárez (desde la curul): Sí, diputada, para felicitar a mi compañera diputada de Hidalgo, la diputada Liliana, y pedirle que me permita suscribir su iniciativa.

La presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Diputada Liliana Oropeza, nos ha solicitado la adhesión a su iniciativa nuestra compañera, ¿acepta usted?

La diputada Nora Liliana Oropeza Olguin (desde la curul): Sí.

La presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Ha aceptado, por tanto, está a disposición de la Secretaría de esta Mesa Directiva para la suscripción correspondiente, diputada. Sí, ya ha aceptado la proponente, por tanto, está a disposición, gracias, diputada.



LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

La presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, la diputada Marisol Vargas Bárcena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

La diputada Marisol Vargas Bárcena: Yo también me suscribo, gracias, presidenta. Acudo a esta tribuna a presentar dos iniciativas. Con la primera de ellas propongo adicionar en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal de la Secretaría de Gobernación emita un informe periódico sobre el estado que guarda el respeto a los derechos humanos en el país, de acuerdo a los indicadores establecidos en su plan sectorial.

Y presento esta iniciativa por los siguientes datos: en febrero del presente año el Observatorio Nacional Ciudadano calificó la respuesta del Estado mexicano en materia de registro de personas desaparecidas como lenta, improvisada y poco transparente.

En el propio Plan de Desarrollo 2013-2018 se reconoce como consecuencias de la inseguridad y la violencia el aumento a las violaciones a los derechos humanos cometidas por autoridades encargadas de las acciones de seguridad.

Otro dato a considerar es el elaborado por la propia Comisión en la Agenda Nacional de Derechos Humanos 2013, que también observa un incremento de quejas recibidas por violaciones a diversos derechos humanos.

En el diagnóstico contenido en el Plan Nacional de Desarrollo se afirma la existencia de deficiencias en la prevención de violaciones a los derechos humanos y una insuficiente generación y sistematización de información integral en esta materia.

Existe un franco deterioro en el respeto a los derechos humanos y muestra de ello es que en los últimos años el aumento de las violaciones se reflejó en un incremento de las recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Hacer público un informe con el diagnóstico, avance y estado que guarde el respeto y protección a los derechos humanos debe ser parte de los objetivos prioritarios del gobierno, y sobre todo, deben ser considerados como parte de la política de Estado para su evaluación pronta y seguimiento.

No hay que perder de vista que desde el año 2003 la evaluación y el seguimiento al cumplimiento y realización de derechos humanos en México ha sido cuestionado en las recomendaciones de la oficina en México del Alto Comisionado de la Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado la falta de consenso sobre las cifras y datos estadísticos.

A la fecha de la publicación del programa se señaló la inexistencia de sistemas de indicadores para la medición del impacto general sobre el goce y ejercicio de los derechos humanos, por lo que se ha considerado urgente el retomar la metodología y mediciones utilizadas por la ONU y la Corte Interamericana, considerando que la falta de esta información puede convertirse en un obstáculo por el libre ejercicio de los derechos humanos, por lo que es necesario que la información esté disponible, sea exacta y se encuentre de forma completa.

El objetivo de la presente iniciativa es que todas las acciones, políticas públicas y las distintas medidas que se están implementando se muestren al público en general, a fin de fortalecer la cultura de respeto a los derechos humanos, al mismo tiempo que permita realizar un diagnóstico con la mejor información posible.

Con la segunda iniciativa que presento pretendo reformar la Ley Federal de Sanidad Animal, para facultar a la Sagarpa a coordinarse con otras dependencias y entidades de la administración pública federal, para fomentar el uso adecuado de medicamentos e insumos en antimicrobianos, en animales a través de parámetros internacionales, buenas prácticas y un programa de monitoreo, vigilancia y control del uso de antibióticos, antimicrobianos, compuestos hormonales, químicos, plaguicidas y otros insumos.

A nivel nacional e internacional se refuerzan las acciones en esta materia, pues la resistencia a los antibióticos y antimicrobianos constituye una amenaza urgente que afecta directamente a la actividad pecuaria, la producción de derivados e impacta en la salud de los consumidores.

Por ello es que propongo lo siguiente: que se fomente el uso adecuado de medicamentos e insumos conforme a los lineamientos establecidos por organismos internacionales. Se realice un programa de monitoreo, vigilancia y control del uso de antibióticos, antimicrobianos, compuestos hormonales, químicos, plaguicidas y otros insumos.

Que se establezcan medidas para la implementación de buenas prácticas pecuarias, determinar que el suministro de medicamentos de calidad y en cantidad se establezca de acuerdo a principios científicos, considerando que los medicamentos antimicrobianos desempeñan un papel fundamental en el tratamiento de enfermedades y su uso es esencial para proteger tanto la salud humana como la animal; pero que al ser usados indebidamente para tratar y prevenir enfermedades en el sector ganadero, acuícola y en la producción agrícola, puedan producir agentes resistentes que ocasionarían afectaciones a la salud. Muchas gracias a todos por su atención.

«Iniciativa que reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Marisol Vargas Bárcena, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada federal Marisol Vargas Bárcena, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En febrero del presente año, el Observatorio Nacional Ciudadano, organización de la sociedad civil, calificó la respuesta del Estado mexicano en materia de registro de personas desaparecidas como lenta, improvisada y poco transparente. La organización analizó registros oficiales, federales y estatales y de organismos autónomos, así como los no oficiales que llevan principalmente colectivos de familiares de personas desaparecidas. A partir de este ejercicio ha concluido que los registros de personas desaparecidas en México han sido impulsados por presiones de organismos internacionales o coyunturas en el país, por lo que están desorganizados.

Como parte del diagnóstico contenido en el Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018, en el apartado correspondiente a la situación que guarda el país en materia de Derechos Humanos, se ha detectado que hay un retraso en la implementación de la reforma constitucional en materia de derechos humanos, una ineficacia en la política pública de derechos humanos, un deterioro en el respeto a los derechos humanos, lo que ha derivado en otros problemas como es la desaparición de personas, violencia contra la mujer, la persistencia de múltiples formas de discriminación y la violación a los derechos de las comunidades indígenas.

En el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 (PND) se reconoce como consecuencias de la inseguridad y la violencia el aumento de las violaciones a los derechos humanos cometidas por las autoridades encargadas de las acciones de seguridad. Asimismo, se reconoce que se ha deteriorado la confianza de los ciudadanos en sus autoridades (ENVIPE 2012), pues no se ha logrado revertir el número de violaciones que persisten en muchos ámbitos de los derechos humanos.

Como parte de las cinco Metas Nacionales del PND, “México en Paz” y “México Incluyente”, el garantizar el respeto y protección de los derechos humanos y la erradicación de la discriminación, se consideran acciones fundamentales para alcanzar las metas trazadas en el Plan. Como parte de las líneas de acción está la construcción de una política de Estado en materia de Derechos Humanos con líneas de acción específicas:

• Establecer un programa dirigido a la promoción y defensa de los derechos humanos, incluyendo los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales.

• Promover la implementación de los principios constitucionales en materia de reconocimiento y protección de derechos humanos.

• Promover mecanismos de coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para lograr mayor incidencia en las políticas públicas de derechos humanos.

• Establecer mecanismos de colaboración para promover políticas públicas de derechos humanos con todas las autoridades del país.

• Promover adecuaciones al ordenamiento jurídico nacional, para fortalecer el marco de protección y defensa de los derechos humanos.

• Generar información que favorezca la localización de personas desaparecidas.

• Actualizar, sensibilizar y estandarizar los niveles de conocimiento y práctica de los servidores públicos federales en materia de derechos humanos.

• Promover acciones para la difusión del conocimiento y práctica de los derechos humanos.

• Promover los protocolos de respeto a los derechos humanos en la actuación de las Fuerzas Armadas y las policías de todo el país.

• Dar cumplimiento a las recomendaciones y sentencias de los organismos nacionales e internacionales de derechos humanos, y promover una política pública de prevención a violaciones de derechos humanos.

• Impulsar la inclusión de los derechos humanos en los contenidos educativos a nivel nacional.

• Fortalecer los mecanismos de protección de defensores de derechos humanos y de periodistas.

En esta misma tesitura, en el PND, dentro de las líneas de acción de la estrategia para proporcionar servicios integrales a las victimas u ofendidos de delitos, así como la estrategia para establecer una política de igualdad y no discriminación; se consideran acciones dirigidas al fortalecimiento del pleno respeto a los derechos humanos. Dentro de las líneas de acción para un gobierno cercano y moderno, se considera como estrategia estrechar vínculos con las organizaciones de la sociedad civil y la promoción del respeto a los derechos humanos incluyendo la relación con los organismos nacionales e internacionales en la materia.

Por otra parte, en el Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018 se establece que las metas nacionales “México en Paz”, “México Incluyente” y “México con Responsabilidad Global”, tienen por objeto el fortalecer la gobernabilidad democrática, mejorar las condiciones de seguridad y justicia, promover los derechos humanos, desarrollar las políticas de población y migración, y fortalecer la protección civil.

En el programa se concluye que la política pública que en materia de derechos humanos se llevó a cabo a partir de dos programas nacionales (2004-2006 y 2008-2012), su ejecución resultó ineficaz con motivo de una deficiente interlocución y articulación de los mecanismos de seguimiento y evaluación, escasa participación efectiva con los Poderes de la Unión y las entidades federativas, y lo más grave: el alejamiento de la sociedad civil en la elaboración y ejecución de la política.

Asimismo, se afirma que entre el año 2006 y 2012 se registró un incremento en el número de quejas y recomendaciones a la Policía Federal en materia de derechos humanos, se pasó de 0 a 3,851 quejas y de seis a 30 recomendaciones.

En el programa, también se advierte que existe un deterioro en el respeto a los derechos humanos, y muestra de ello es que en los últimos años el aumento de las violaciones se reflejó en un incremento de las recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) de hasta un 104% (de 46 en el 2006 a 94 en el año 2012), En tanto, del año 2013 a finales del 2014 se registraron 58 recomendaciones dirigidas a autoridades de la Administración Pública Federal y entidades federativas.

Otro dato a considerar es el elaborado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos en la Agenda Nacional de Derechos Humanos 2013 (ANDH) de la CNDH, presentada en el marco de la consulta para la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, refleja un incremento de quejas recibidas por violaciones a diversos derechos humanos en los años 2011-2012.

El gobierno federal ha reconocido que en los últimos años México ha logrado avances significativos en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos, sin embargo, dichos logros coexisten con dificultades que impiden el goce y ejercicio pleno de éstos derechos y libertades fundamentales.

Atendiendo a los indicadores considerados en el programa, se ha determinado considerar los siguientes:

a) Reducción de recomendaciones dirigidas a la Administración Pública Federal;

b) Medición de la prevalencia de la violencia contra las mujeres, expresada en porcentajes;

c) La Incorporación de la perspectiva de no discriminación en la legislación federal y estatal;

En el diagnóstico expuesto en el Programa Nacional de Derechos Humanos 2014 y 2018, se arriba a la conclusión de la persistencia de violaciones de derechos humanos, no obstante, la existencia de una infraestructura institucional, de un marco normativo y de políticas públicas en la materia. Por estos motivos se justifica la presencia de otros programas específicos dentro de la administración pública federal para la atención de este problema, posicionándose el programa como un instrumento rector y transversal basado en fundamentos, premisas y principios comunes para la consolidación de la política de Estado en materia de derechos humanos.

En el citado diagnóstico se afirma la existencia de deficiencias en la prevención de violaciones a los derechos humanos, una ineficiente garantía de su ejercicio y goce, una deficiente protección, una ineficiente coordinación y colaboración entre los actores involucrados en la política de Estado de derechos humanos, y una insuficiente generación y sistematización de información integral en materia de derechos humanos.

Hacer público un informe con el diagnóstico, avance y estado que guarda el respeto y protección de los derechos humanos debe ser parte de los objetivos prioritarios del gobierno, y sobre todo deben ser considerados como parte la política de Estado, contribuiría también a la sistematización de la información de forma adecuada y oportuna para su evaluación y seguimiento.

No hay que perder de vista que dese el año 2003, la evaluación y seguimiento al cumplimiento y realización de derechos humanos en México, ha sido cuestionada en las recomendaciones de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado la falta de consenso sobre cifras y datos estadísticos,

A la fecha de la publicación del programa, se señaló la inexistencia de sistemas de indicadores para la medición del impacto general sobre el goce y ejercicio de los derechos humanos, por lo que se ha considerado urgente el retomar la metodología y mediciones utilizadas por la ONU y la CIDH, considerando que la falta de esta información puede convertiré en un obstáculo para el ejercicio de los derechos humanos, por lo que es necesario que la información esté disponible, sea exacta y se encuentre de forma completa.

Si bien es cierto que, como parte de los anexos de los indicadores para el cálculo de metas, están considerados los registros elaborados por la CNDH así como su Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos que trabaja con su Sistema de Seguimiento a Recomendaciones (SISER), herramienta que permite conocer el número exacto de recomendaciones emitidas por la CNDH en tiempo real, así como su aceptación y estado de cumplimiento por parte de la autoridad responsable; es indispensable que la Secretaría de Gobernación presente y publique los indicadores considerados en su programa sectorial, con la finalidad de contar con un referente del estado que guardo el respeto a los derechos humanos en el país.

El objetivo de la presente iniciativa es que todas las acciones, políticas públicas, y las distintas medidas que se están implementando, se muestren al público en general, a fin de fortalecer la cultura del respeto de los derechos humanos, al mismo tiempo que permita realizar un diagnóstico con la mejor información disponible.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Para quedar como sigue:

Artículo 27.-A la Secretaría de Gobernación corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. a X. ...

XI. Vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país; coordinar en vinculación con las organizaciones de la sociedad civil, trabajos y tareas de promoción y defensa de los derechos humanos y dar seguimiento a la atención de las recomendaciones que emitan los organismos competentes en dicha materia , dictar las medidas administrativas necesarias para tal efecto; así como emitir y publicar un informe anual sobre el diagnóstico y estado de los indicadores en materia de derechos humanos.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veintiún días de marzo de 2017.— Diputadas y diputados: Marisol Vargas Bárcena, Adriana Elizarraraz Sandoval, Alejandra Gutiérrez Campos, Arlette Ivette Muñoz Cervantes, Brenda Velázquez Valdez, Carlos Alberto Palomeque Archila, Carlos Bello Otero, César Flores Sosa, Claudia Sánchez Juárez, Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Elías Octavio Íñiguez Mejía, Emma Margarita Alemán Olvera, Enrique Cambranis Torres, Exaltación González Ceceña, Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, Francisco José Gutiérrez De Velasco Urtaza, Gabriela Ramírez Ramos, Gerardo Gabriel Cuanalo Santos, Gina Andrea Cruz Blackledge, Gretel Culin Jaime, Herminio Corral Estrada, Hugo Alejo Domínguez, Jesús Antonio López Rodríguez, Jorge Ramos Hernández, Juan Alberto Blanco Zaldívar, Juan Corral Mier, Juan Pablo Piña Kurcyn, Karla Karina Osuna Carranco, Leonel Gerardo Cordero Lerma, Leticia Amparano Gamez, Lilia Arminda García Escobar, Luis de León Martínez Sánchez, Luis Fernando Antero Valle, Luz Argelia Paniagua Figueroa, Marco Antonio Gama Basarte, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, María del Rosario Rodríguez Rubio, María Guadalupe Murguía Gutiérrez, María Luisa Sánchez Meza, María Verónica Agundis Estrada, Mariana Arámbula Meléndez, Marko Antonio Cortés Mendoza, Miguel Ángel Huepa Pérez, Miguel Ángel Salim Alle, Nora Liliana Oropeza Olguín, Pedro Garza Treviño, Rocío Matesanz Santamaría, Rubén Alejandro Garrido Muñoz, Ruth Noemí Tiscareño Agoitia, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Víctor Ernesto Ibarra Montoya, Wenceslao Martínez Santos (rúbricas).»

La presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputada Vargas Bárcena. Túrnese a la Comisión de Gobernación, para dictamen.



LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

La presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla:Tiene la palabra por cinco minutos el diputado Jesús Valencia Guzmán, para presentar dos iniciativas en una sola intervención. Él es integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. La primera, con proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal, y una segunda con proyecto de decreto que adiciona el artículo 3 a la Ley General de Desarrollo Social.

El diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán:Con su permiso, diputada presidenta; diputadas, diputados. En esta ocasión acudo a esta tribuna a presentar dos iniciativas con proyecto de decreto que tienen como eje rector la protección de los derechos de la niñez y el fortalecimiento institucional para garantizar su interés superior y la armonización de nuestro marco normativo.

Así las cosas, pongo a consideración de este honorable pleno, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción al artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social y la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Permítanme exponer la primera propuesta. La Ley General de Desarrollo Social tiene como objeto garantizar el pleno ejercicio de los derechos sociales consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, asegurando el acceso de toda la población al desarrollo social.

Esta ley sujeta la política de desarrollo social a grandes principios que no incorporan el interés superior de la niñez. Así, este ordenamiento establece diversos principios bajo los cuales se deberá sujetar la política de desarrollo social, libertad, justicia distributiva, solidaridad, integralidad, participación social, sustentabilidad, respeto a la diversidad, libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas y sus comunidades, transparencia y perspectiva de género.

Aquí es donde se inscribe la presente iniciativa, pues dentro de los principios que establece la citada ley, en el artículo 3, no incluye el interés superior de la niñez como eje rector de la política de desarrollo social, lo cual contraviene lo establecido en la legislación nacional y los instrumentos internacionales ratificados por nuestro país, por lo cual propongo que así como se plasman y se definen los principios en la ley, se incluya el interés superior de la niñez y se defina como el conjunto de procesos y acciones enfocados a garantizar las condiciones necesarias que permitan un desarrollo pleno e integral y el acceso a una vida digna de niñas, niños y adolescentes.

Cabe hacer mención de que el artículo 4o. de nuestra Carta Magna fue reformado ya para elevar a nivel superior los derechos de la niñez, a la satisfacción de sus necesidades, de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Desde esa lógica y tomando como antecedentes lo establecido en los ordenamientos nacionales en cuanto a este principio, la reforma que se plantea abona la integralidad en cuanto al reconocimiento del principio del interés superior de la niñez como eje rector que sostiene y dirige la tarea legislativa, la interpretación judicial, la actuación de las autoridades administrativas y las políticas públicas en torno a los derechos de la niñez en México.

Aunado a lo anterior, propongo a ustedes que redoblemos el esfuerzo y el compromiso con las niñas, niños y adolescentes y reformemos también el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal.

La reforma propuesta tiene como objetivo que una tercera parte del recurso destinado para la asistencia social proveniente del fondo de aportaciones múltiples que reciben los estados de la federación, sean destinados a proyectos específicos de asistencia y protección de la infancia. Es decir, que de los nueve mil 980 millones de pesos de asistencia social de este fondo sean destinados tres mil 320 millones de pesos exclusivos para la atención de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Con esto, estaremos dando, ahora sí, un claro cumplimiento a la Ley General de las Niñas, Niños y Adolescentes, que sin duda es de las más avanzadas del mundo pero también con un presupuesto casi nulo que esta Cámara no ha aportado.

Lo anterior es prioritario, ya que no hemos previsto como Estado mexicano los recursos necesarios para la atención prioritaria de la infancia y la adolescencia. Ejemplo de ello es que la asignación de recursos para la provisión del sistema nacional integral de protección de niñas, niños y adolescentes ocurrió hasta la presentación del Presupuesto de Egresos de la Federación en 2017, el cual no prevé recursos que permitan a los gobiernos estatales y municipales la instrumentación de acciones específicas en materia de asistencia que fortalezcan al sistema y que además son mandatos establecidos en la propia ley general.

Así no se resuelve ningún problema, pues los gobiernos estatales y municipales participan en un nivel de coordinación sin posibilidades de generar proyectos e inversiones que respondan a las necesidades locales y la situación objetiva de la infancia.

Con ello, compañeras y compañeros, estoy seguro que estaremos fortaleciendo las acciones que el Estado emprende en materia de protección y cuidado de la infancia. Es cuanto, diputada presidenta.

«Iniciativa que adiciona el artículo 3o. de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán, del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe, diputado federal Jesús Salvador Valencia Guzmán, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de este pleno la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social.

Exposición de Motivos

El marco jurídico de protección a la infancia en nuestro país atiende lo establecido en el artículo 4, párrafo nueve, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 4, 6, numeral 2, y 18, numeral 2, de la Convención Internacional por los Derechos del Niño; el artículo 4, fracción I, de la Ley de Asistencia Social; el artículo 119, fracción I, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA), entre otros.

Con base en lo anterior, los derechos y el interés superior de los niños y las niñas, son garantizados por las instituciones del Estado mexicano, lo que hace imprescindible establecer los mecanismos e instrumentos administrativos, jurídicos y financieros para el cumplimiento de todas las medidas de protección establecidas en la legislación, particularmente los que permitan a las entidades federativas intervenir con eficacia en materia de atención a niñas, niños y adolescentes.

El 20 de enero de 2004 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que promulga la Ley General de Desarrollo Social.

Es importante mencionar que esta Ley fue la primera ley nacional que regula la política social, los programas y las acciones públicas orientadas al desarrollo social y que pone candados al gasto social. Con ello se crean mecanismos de coordinación del sector público en materia social y se reformulan los criterios de planeación de la política social.

Este ordenamiento normativo se erige como el instrumento jurídico para estructurar una de las tareas fundamentales del gobierno: la de asegurar a todas las personas que habitan en nuestro país la posibilidad de disfrutar una calidad de vida digna. Asimismo, en esta ley se agrupan y definen con claridad los derechos sociales de los mexicanos, la cual busca fortalecer la corresponsabilidad entre poderes y facilitar la coordinación y colaboración para impulsar una política nacional de desarrollo social.

Este ordenamiento reconoce parte de los derechos sociales plasmados en nuestra Carta Magna y establece diversos principios bajo los cuales la política de desarrollo social se deberá sujetar: libertad, justicia distributiva, solidaridad, integralidad, participación social, sustentabilidad, respeto a la diversidad, libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas y sus comunidades, transparencia y perspectiva de género.

Es aquí en donde se inscribe la presente iniciativa, pues dentro de los principios que establece la citada ley en el artículo 3, no incluye el principio del interés superior de la niñez como eje rector de la política de desarrollo social, lo cual contraviene a lo establecido en la legislación nacional y los instrumentos internacionales ratificados por México.

El principio del interés superior de la niñez es un concepto que se reconoce por primera ocasión en la Declaración de los Derechos del Niño de 1959. Posteriormente, fue retomado en varios instrumentos internacionales hasta su pleno reconocimiento en la Convención sobre los Derechos del Niño en 1989, documento internacional que cuenta con el mayor número de ratificaciones de países, entre ellos México, lo cual ocasionó que el concepto del interés superior del niño fuera retomado en varias normas jurídicas nacionales.

De su contenido destaca el artículo 3.1:

“En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”.

Desde esa perspectiva, el objetivo del concepto de interés superior del niño es garantizar el disfrute pleno y efectivo de todos los derechos reconocidos por la Convención y el desarrollo holístico del niño y, es la Observación General No. 14, en donde se definen los requisitos que se deben considerar los procesos de elaboración de leyes, políticas, planes, programas y presupuestos relativos a niñas, niños y adolescentes, entre otras cosas.

Como resultado de la ratificación de la Convención efectuada por el Estado mexicano, el artículo 4 de nuestra Carta Magna fue reformado en octubre de 2011, para elevar a nivel supremo los derechos de los niños y las niñas a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

Desde esta nueva perspectiva, niñas, niños y adolescentes se convierten en sujetos titulares de derechos propios y, por tanto, dejan de ser receptores pasivos de la voluntad del Estado o de los gobernantes, para erigirse en protagonistas con la facultad para participar en su propio desarrollo, por lo que se convierte en una tarea pendiente de los sectores público, privado y social establecer acciones mediante las cuales se privilegie en todo momento el interés superior de la infancia como eje rector de las políticas del Estado mexicano.

En consecuencia, las necesidades de nuestras niñas, niños y adolescentes se deben atender de manera integral, transversal y con perspectiva de derechos humanos para garantizar su pleno desarrollo integral.

No debemos olvidar que, según datos del INEGI, en el año 2015 en México habitaban 39.2 millones de niñas, niños y adolescentes de 0 a 17 años; es decir, uno de cada tres residentes en nuestro país correspondía a una persona menor de 18 años. Ése es el universo al que, con la inclusión de este principio en la Ley General de Desarrollo Social se beneficiará.

Es importante resaltar que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece que “ un México Incluyente plantea una política social de nueva generación. Es decir, una política enfocada en alcanzar una sociedad de derechos ciudadanos y humanos plenos. En este sentido, se proponen políticas sociales que giran en torno al ciudadano, ubicándolo como un agente de cambio, protagonista de su propia superación a través de su organización y participación activa, transitando hacia una sociedad equitativa e incluyente”. De acuerdo con ese instrumento, “ para lograrlo, se plantea generar esquemas de desarrollo comunitario con un mayor grado de participación social. Asimismo, se busca articular políticas que atiendan de manera específica cada etapa del ciclo de vida de la población. Necesitamos hacer de México un país para todas las generaciones. Se buscará garantizar los derechos de la infancia a través de un mejor diseño institucional y programático, además del incremento de la inversión en el bienestar de los más pequeños de acuerdo con el principio del interés superior del niño establecido en la legislación nacional e internacional”.

Desde esa lógica y tomando como antecedente lo establecido en los ordenamientos nacionales en cuanto a éste principio, la reforma que se plantea abona a la integralidad en cuanto al reconocimiento del interés superior de la niñez como eje rector que sostiene y dirige la tarea legislativa, la interpretación judicial, la actuación de las autoridades administrativas y las políticas públicas en torno a los derechos de la niñez en México, pero, sobre todo, abona al marco jurídico de atención integral de la niñez.

En mérito de lo antes expuesto y fundado, someto a consideración la presente

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social.

Único. Se adiciona el artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:

Artículo 3. La política de desarrollo social se sujetará a los siguientes principios:

...

XI. Interés superior de la niñez: conjunto de procesos y acciones enfocados a garantizar las condiciones necesarias que permitan un desarrollo pleno e integral y el acceso a una vida digna de niñas, niños y adolescentes.

Transitorio

Único. La reforma presentada en este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 La Ley General de Desarrollo Social fue aprobada por la Cámara de Diputados el 27 de noviembre y por la de Senadores el 9 de diciembre 2003

2 https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/juridica/ article/view/11574/10586, Blanco Escandón, Celia, Notas sobre la Ley General de Desarrollo Social, pág. 462.

3 Ídem, pág. 463.

4 Sánchez Cordero, Olga, El Interés Superior del Niño desde la Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en Juárez Piña, Verónica, Coord., El Interés Superior del Niño, Comisión de Derechos de la Niñez, Cámara de Diputados LXII Legislatura, México 2015, pág. 23.

5 Observación General No. 14 (2013) Sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial, en

http://www.unicef.cl/web/informes/derechos_nino/14.pdf, pág. 3

6 Diario Oficial de la Federación, 12 de octubre de 2011, Decreto por el que se reforman los párrafos sexto y séptimo del artículo 4o. y se adiciona la fracción XXIX-P al artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

[7] Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, Gobierno de la República, pág. 53.

[8] Ídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de marzo de 2017.— Diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán(rúbrica).»

La presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputado Valencia Guzmán. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.



LEY DE COORDINACIÓN FISCAL

El diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán:

«Iniciativa que reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán, del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe, diputado federal Jesús Salvador Valencia Guzmán, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de este pleno la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal, al tenor de la presente

Exposición de Motivos

El marco jurídico de protección a la infancia en nuestro país atiende lo establecido en los artículos 4, párrafo nueve, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 4, 6, numeral 2, y 18, numeral, 2 de la Convención Internacional por los Derechos del Niño; el artículo 4, fracción I, de la Ley de Asistencia Social; el artículo 119, fracción I, de la Ley General de los Derechos de la niña, niño y adolescentes (LGDNNA), entre otros.

Con base en lo anterior, los derechos y el interés superior de los niños y las niñas, son garantizados por las instituciones del Estado Mexicano, lo que hace imprescindible establecer los mecanismos e instrumentos administrativos, jurídicos y financieros para el cumplimiento de todas las medidas de protección establecidas en la legislación, particularmente los que permitan a las Entidades Federativas intervenir con eficacia en materia de atención a niñas, niños y adolescentes.

En el año 2016, se estimaba que en México vivían 13 millones 249 mil 872 niñas y niños menores de seis años, franja poblacional que se debe atender de manera especial.

Es en este marco que la UNICEF y la Red por los Derechos de la Infancia en México, contribuyeron con el Estado Mexicano señalando diez recomendaciones para atender, proteger y promover los derechos de los niños y las niñas en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, a saber:

1. Crear un Sistema Integral de Garantía de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.

2. Prevenir, atender y sancionar efectivamente todas las formas de violencia contra los niños, niñas y adolescentes, abordando sus causas subyacentes y asegurando que aquellos que la han sufrido no sean re victimizados en los procesos de justicia y atención institucional.

3. Garantizar que el 100% de los bebés recién nacidos tengan su acta de nacimiento gratis, antes de cumplir un año, y lograr que todos los niños y niñas entre uno y cinco años estén registrados.

4. Implementar el Sistema Federal de Justicia para Adolescentes, previsto por la Ley Federal en la materia y fortalecer los sistemas locales de justicia para adolescentes, priorizando las formas alternativas al juzgamiento y las medidas no privativas de la libertad para su reintegración social.

5. Elaborar en todos los estados leyes en materia de prestación de servicios para atención, cuidado y desarrollo integral infantil, así como las normas oficiales mexicanas previstas en la Ley General de Prestación de Servicios de Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil (LGPSACDII), y asegurar el pleno cumplimiento tanto de la ley como de su reglamento.

6. Disminuir a la mitad la razón de mortalidad materna (RMM), hacia el logro del Objetivo del Milenio 5, con estrategias específicas dirigidas a disminuir en al menos tres cuartas partes la RMM en el grupo de edad de 12 a 19 años y en los estados con mayor RMM. Asimismo, bajar a la mitad el número de embarazos en adolescentes de 12 a 17 años, a través de políticas de salud sexual y reproductiva para la población escolarizada y no escolarizada, en las que se aborden los aspectos de la salud, la educación y la familia.

7. Reducir en 20% la tasa de mortalidad infantil (TMI) y de menores de 5 años (TM<5) en los estados en donde se concentra el mayor número de muertes a fin de incidir en la tasa nacional, a través de un enfoque integral e intersectorial que aborde las dimensiones de desigualdad que propician las muertes infantiles.

8. Fomentar una nutrición adecuada y un estilo de vida saludable entre los niños, niñas y adolescentes, favoreciendo la lactancia materna exclusiva durante los primeros seis meses de vida y su duración hasta los dos años de edad, y garantizando la educación en materia de nutrición y actividad física, así como el acceso al agua potable y alimentos saludables en las escuelas.

9. Establecer una estrategia de inclusión educativa a nivel federal, estatal y municipal que detecte a las niñas, niños y adolescentes fuera de la escuela, los incorpore y garantice su permanencia incluyendo, entre otras medidas y como eje transversal, la participación infantil y la puesta en marcha de mecanismos eficaces que garanticen que la infancia y la adolescencia participen en todas las etapas del proceso educativo.

10. Reducir en 50% la tasa de deserción escolar en la educación media superior a nivel nacional (de 14.5% a 7.5%) y en los estados, así como la inasistencia en ese mismo nivel educativo a menos de 10% de los adolescentes de 15a 17años.

En este sentido, las acciones que se deducen contenidas en las recomendaciones citadas, expresan también los compromisos del Estado Mexicano en el marco de los objetivos internacionales en favor de la infancia. La mayor parte de las recomendaciones se encuentran previstas en el Programa Nacional de Asistencia Social.

Por otra parte, el Estado Mexicano establece una política que se traduce en la instrumentación de programas y acciones en el ámbito federal, en la cual participan 12 entidades entre Secretarias e Institutos, incluyendo la integración de aportaciones federales orientados a consolidar la base institucional para la atención y protección de los infantes en México, con una suma de recursos que alcanzó dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, $760,663,521,657.00 dentro del Anexo 18, “Recursos para la Atención de Niñas, Niños y Adolescentes”.

La centralidad con que se diseñaban los programas de asistencia o desarrollo de la infancia, se ha corregido con la instalación del Sistema Nacional de Protección Integral de niños, niñas y adolescentes, que conforma un esfuerzo de coordinación entre los tres niveles de gobierno (Federal, Estatal y Municipal) y de forma horizontal, suma esfuerzos entre diversas instancias públicas.

Sin embargo, la asignación de recursos para la provisión del Sistema descrito ocurre hasta la presentación del Presupuesto de Egresos de la Federación del 2017 contrario a los dos años anteriores, pero además este mismo no prevé los recursos que permitan, de parte de los gobiernos Estatales y municipales, la instrumentación de acciones específicas en materia de asistencia que fortalezcan al Sistema.

Así, el problema sustantivo no se resuelve, pues los gobiernos estatales y municipales participan en un nivel de coordinación, sin posibilidades de generar proyectos e inversiones que respondan a las necesidades locales y la situación objetivo de la infancia; y no solamente a las políticas públicas del gobierno federal.

Si bien, es innegable que el Estado Mexicano ofrece un nivel adecuado de servicios, queda aún por establecer este mismo nivel de compromiso a nivel de los Estados de la Federación y de los municipios. En el artículo 119 de LGDNNA se definen dichas atribuciones en el marco del Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. En el artículo 139 del mismo ordenamiento se establece que los ayuntamientos tienen la obligación de contar con un programa de atención, cosa que ya se incluye en el artículo 119, y con un área o servidores públicos que fungirán como autoridad de primer contacto con niñas, niños o adolescentes, que será la instancia que ejerza las atribuciones previstas en este último artículo.

En este sentido, desde la Sociedad Civil, se han propuesto una serie de recomendaciones para la creación los programas de atención a la infancia en el marco de los Sistemas Municipales de Protección a la Infancia, definiendo esta como:

“El Sistema Municipal de Protección lo integran todas las dependencias, o instancias del gobierno municipal/delegacional, sociedad civil organizada y demás participantes de la política pública de la infancia y la adolescencia. Es la instancia rectora de la política de infancia, que a través de la secretaría ejecutiva, da seguimiento a la ejecución de las decisiones del Sistema Municipal y a la implementación de las acciones por parte de cada uno de los subsistemas que lo conforman, es decir, todas las instituciones relacionados con NNA y la sociedad civil, así como niñas, niños y adolescentes.”

Y concibiendo al programa municipal como un elemento sustantivo de la gestión pública municipal al señalar que:

“En la definición de la política de infancia, el municipio tiene la importante atribución de “elaborar un Programa Municipal y participar en el diseño del Programa Local.” (Artículo 119, fracción I). En el artículo 139, se prevé que las bases generales de la administración pública municipal, dispongan la obligación para los ayuntamientos de contar con este Programa de atención.

Este es el camino para que el municipio incorpore su agenda de infancia y adolescencia en los órdenes estatal y federal y oriente su esfuerzo para garantizar derechos. El Sistema Municipal debe definir prioridades y acciones relevantes que deben estar incorporadas al Programa Municipal, que a su vez se integran al Programa Local o estatal.”

En este sentido, el Programa Municipal de Atención a la Infancia se constituye como el marco de acción que los municipios emprenden como resultado de una política municipal hacía la protección, atención y cuidado de la infancia dentro su ámbito de competencia, pero a la vez, se vuelve relevante en la medida que son los Ayuntamientos, los entes del Estado con quien las personas tienen el primer contacto.

Es por lo anterior, que la propuesta que se somete a esta soberanía, va dirigida a reformar el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal con el objeto de establecer los recursos alineados a las facultades de los Estados y Municipios para establecer programas de Atención de la Infancia, dando cumplimiento a lo establecido en la LGDNNA y fortaleciendo así, las acciones que el Estado emprende en materia de protección, atención y cuidado de la infancia.

El planteamiento que se formula es consecuente con su exposición y consiste en que los Estados y Municipios, cuenten con los elementos sustantivos para atender las necesidades de primer contacto con los casos y en las materias de protección a los derechos de los niños, niñas y adolescentes; la atención de los infantes en situación de riesgo a su salud, su integridad o su dignidad; la promoción educativa a través de servicios de asistencia y tratamiento de problemas cognitivos, de lenguaje o conducta; así como fortalecer la asistencia médica y de rehabilitación.

En mérito de lo antes expuesto y fundado, someto a consideración la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal

Único. Se reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal para quedar como sigue:

Artículo 40. Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones Múltiples reciban los Estados de la Federación y el Distrito Federal se destinarán en un 46% al otorgamiento de desayunos escolares; apoyos alimentarios y al desarrollo de programas de asistencia social a través de instituciones públicas, con base en lo señalado en la Ley de Asistencia Social, de los cuales al menos un tercio de los recursos destinados a asistencia social deberán corresponder a proyectos específicos de asistencia y protección a la infancia. Asimismo, se destinará el 54% restante a la construcción, equipamiento y rehabilitación de infraestructura física de los niveles de educación básica, media superior y superior en su modalidad universitaria según las necesidades de cada nivel.

Transitorios

Primero. Las reformas presentadas en este decreto tendrán efecto al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las acciones que realicen para dar cumplimiento al presente Decreto se sujetarán a los programas presupuestarios en la materia y se cubrirán con los recursos que apruebe la Cámara de Diputados destinados en el Fondo de Aportaciones Múltiples en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal de que se trate, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para el presente ejercicio fiscal, debiendo la autoridad cumplir de acuerdo a la suficiencia presupuestaria.

Notas

1 Ramírez Hernández, Nashieli, et al. Políticas públicas de atención a la primera infancia: el caso de la Ciudad de México, CDMX/DIF, Sedeso, Ririki Intervención Social, A. C., México 2016, pág. 35.

2 UNICEF y Red por los Derechos de la Infancia en México. 2014. La Agenda de la Infancia y la Adolescencia 2014-2018. 10 acciones por los niños, niñas y adolescentes en México. Consejo Consultivo UNICEF.

3 Diario Oficial de la Federación. 30 de marzo del 2014. Programa Nacional de Asistencia Social 2014-2018.

4 Diario Oficial de la Federación. 30 de noviembre del 2016. Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio Fiscal 2017, Pág. 71.

5 Manual de Organización y Operación del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes. Diario Oficial de la Federación, 3 de marzo del 2016.

6 Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2017, Anexo 10.

7 Barquera Medina Luís Alberto, Xóchitl Meseguer Lemus y Col. 2015. Sistemas municipales de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Apuntes para su desarrollo estratégico. Red por los Derechos de la Infancia en México. pp. 61; Pág. 10

8 Barquera, Meseguer y Col. 2015. Ídem, pág. 11.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de marzo de 2017.— Diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán(rúbrica).»

La presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Esta Presidencia desea saludar la presencia en este recinto de la Asociación Vamos Fuertes, de León, Guanajuato, invitados por la diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez. Sean ustedes bienvenidos a este recinto parlamentario.



LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

La presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Tiene el uso de la palabra por cinco minutos la diputada Daniela de los Santos Torres, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de alimentos, y autoridades auxiliares de las procuradurías de protección, suscrita por diputados integrantes de los grupos parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México, del Partido Revolucionario Institucional, del Partido Encuentro Social, y del Partido de la Revolución Democrática.

La diputada Daniela de los Santos Torres:Con su venia, presidenta. El día de hoy hago uso de esta tribuna a nombre propio y a nombre de mis compañeros diputados Alicia Gamboa, del PRI; Norma Edith Martínez Guzmán, del PES, y Jesús Salvador Valencia Guzmán, del PRD, a quienes agradezco el apoyo y la suma de esfuerzos para presentar esta iniciativa.

Los principios rectores y los derechos reconocidos constitucional y legalmente a niñas, niños y adolescentes, se han desarrollado y fortalecido de tal manera en México que hoy nuestro marco jurídico general se encuentra armonizado con los más altos estándares internacionales. A pesar de ello es preciso reconocer que aún falta mucho trabajo y mayores esfuerzos para garantizar su materialización, especialmente acciones de los poderes y organismos del Estado encaminados a subsanar las deficiencias que se enfrentan día a día.

En esa perspectiva, cualquier principio o derecho ya reconocido corre el riesgo de permanecer como referente interpretativo en casos concretos para orientar las políticas públicas, lo cual, si bien es indispensable, no es suficiente para garantizar materialmente las necesidades básicas que debe enmarcar el piso desde el que todas las niñas, niños y adolescentes ejercerán y disfrutarán sus derechos con dignidad.

Así, partiendo de la necesidad elemental de garantizar el derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo en condiciones de dignidad conforme al interés superior de la niñez y al derecho de prioridad, la presente iniciativa pretende establecer expresamente la obligación subsidiaria del Estado de proveer alimentos a niñas, niños y adolescentes, además proyecta incrementar las posibilidades de acción de las procuradurías de protección mediante el auxilio del aparato de gobierno, incluyendo al Ministerio Público y a las instituciones de seguridad pública.

Si bien las necesidades básicas en primera instancia no deben ser cubiertas por el Estado, sino especialmente por quienes ejercen la patria potestad, la realidad es que millones de niñas, niños y adolescentes aún viven en condiciones que les impidan ejercer cualquier derecho con dignidad, ya sea por incumplimiento, imposibilidad o ausencia de quienes tienen esta obligación, lo que aunado a su natural situación de indefensión, demanda acciones públicas de todo tipo, incluidas las legislativas y ejecutivas que establezcan expresamente y garanticen la cobertura subsidiaria de sus necesidades básicas.

Para ello, la presente iniciativa también propone fortalecer las procuradurías de protección, pues existe una gran disparidad a nivel nacional respecto a su organización y operatividad, lo que complica su desempeño ya que la ley les otorga un gran número de atribuciones iguales para cada una de las procuradurías de las entidades federativas y para la Federación, mientras que sus posibilidades materiales son muy distintas, lo que repercute difícilmente en el bienestar de niñas, niños y adolescentes.

Por poner un ejemplo, la mayoría depende directamente del sistema DIF correspondiente, pero cada una cuenta con organización propia que podemos ejemplificar con un muestreo de acuerdo a la información disponible en línea.

La Procuraduría de Aguascalientes es encabezada por una comisionada, no por una procuradora. En el caso de Baja California Sur, tiene una ley propia, autonomía técnica, una subprocuraduría y tres departamentos. La de Baja California tiene ocho departamentos y tres unidades.

En Campeche tiene dos coordinaciones y 11 procuradurías auxiliares. En Chiapas, la Procuraduría de Protección se creó mediante decreto con un rango intermedio entre dirección y coordinación y tres departamentos.

En Chihuahua también se ubica un rango intermedio entre dirección y coordinación. La Procuraduría de Colima, por ejemplo, se caracteriza por depender de la dirección de asistencia jurídica al DIF, con un Departamento de Trabajo Social y Psicología, y en el caso de la Ciudad de México se cuenta con una dirección ejecutiva, dos subdirecciones y seis jefes de unidad departamental; Guanajuato, por ejemplo, tiene su Procuraduría adscrita a la Dirección General Jurídica y de Servicios Asistenciales.

Un caso para analizar es el de Coahuila, cuya Procuraduría de Protección está en una situación excepcional en el marco de su Ley de Derechos Humanos de Niñas, Niños, ya que cuenta con delegaciones regionales, unidades de atención, defensores de los derechos, un cuerpo especializado de seguridad pública.

Desde mi punto de vista, esto es a lo que tenemos que aspirar, que todas las procuradurías del menor sean parecidas a las de Coahuila, que realmente cuando se denuncie que un niño, cuando haya una situación de violencia, la procuraduría del menor de cada uno de los estados tengan la capacidad y tengan los elementos necesarios para poder salir a defender a nuestros niños.

Considerando que no es nuestra facultad legislar al respecto a la organización de las procuradurías, además de la imposibilidad material de la mayoría de las entidades federativas para crear súper estructuras administrativas, lo que sí podemos determinar es que todas las autoridades sean auxiliares de las procuradurías cuando se les requiera, incluido el Ministerio Público y la policía, lo que permite utilizar los recursos humanos y materiales existentes redirigiéndolos en base al derecho de prioridad y al interés superior de la niñez.

Con ello se considera que las Procuradurías de Protección estarán en mejores condiciones de desempeñar y cumplir sus obligaciones. Pero, sobre todo, las niñas, los niños y adolescentes tendrán mayores oportunidades de que sus derechos sean verdaderamente garantizados. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de alimentos y autoridades auxiliares de las procuradurías de protección, suscrita por integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM, PRI, PES y PRD

Daniela de los Santos Torres, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista, Alicia Guadalupe Gamboa Martínez, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, Norma Edith Martínez Guzmán, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, y Jesús Salvador Valencia Guzmán, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, de la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y por los artículos 6, fracción I, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la presente Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes en materia de Alimentos y Autoridades Auxiliares de las Procuradurías de Protección, conforme la siguiente:

Exposición de motivos

Los principios rectores y los derechos reconocidos constitucional y legalmente a niñas, niños y adolescentes se han desarrollado y fortalecido de tal manera en México que hoy nuestro marco jurídico general se encuentra armonizado con los más altos estándares internacionales.

A pesar de ello, es preciso reconocer que aún hace falta mucho trabajo y mayores esfuerzos para garantizar su materialización, especialmente acciones de los poderes y organismos del Estado encaminadas a subsanar las deficiencias que se enfrentan día a día.

En esa perspectiva, cualquier principio o derecho ya reconocido corre el riesgo de permanecer como referente interpretativo en casos concretos o para orientar las políticas públicas, lo cual si bien es indispensable, no es suficiente para garantizar materialmente las necesidades básicas que deben marcar el piso desde el que todas las niñas, niños y adolescentes ejercerán y disfrutarán sus derechos con dignidad.

Así, partiendo de la necesidad elemental de garantizar el derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo en condiciones de dignidad, conforme al interés superior de la niñez y al derecho de prioridad, la presente Iniciativa pretende establecer expresamente la obligación subsidiaria del Estado de proveer alimentos a niñas, niños y adolescentes.

Además, proyecta incrementar las posibilidades de acción de las procuradurías de protección mediante el auxilio del aparato de gobierno, incluyendo al Ministerio Público y a las instituciones de seguridad pública.

De este modo, se establecería legalmente la obligación del Estado de cubrir subsidiariamente los alimentos de los menores de edad ante el incumplimiento, imposibilidad o ausencia de quienes tienen obligación, así como la facultad de las procuradurías de protección para requerir el auxilio de las autoridades y la obligación de éstas de atender dicho requerimiento, a fin de concretar la protección prioritaria que debe el Estado a niñas, niños y adolescentes.

Resulta procedente, necesario y prácticamente obligatorio legislar al respecto bajo los principios constitucionales que enmarcan los derechos humanos, mismos que son retomados por la propia Ley General al disponer la rectoría del interés superior de la niñez, la universalidad, interdependencia, indivisibilidad, progresividad e integralidad de los derechos de niñas, niños y adolescentes; así como la igualdad sustantiva, inclusión, transversalidad, accesibilidad, principio pro persona y autonomía progresiva.

Respecto al interés superior de la niñez, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado para dotarlo de contenido mediante su interpretación, arribando a tesis jurisprudencias como las siguientes:

Diciembre de 2012. Interés Superior del Menor. Su concepto. “...la expresión interés superior del niño implica que el desarrollo de éste y el ejercicio pleno de sus derechos deben ser considerados como criterios rectores para la elaboración de normas y la aplicación de éstas en todos los órdenes relativos a la vida del niño...”

Marzo de 2014. Interés Superior del Niño. Función en el Ámbito Jurisdiccional. “...Este principio ordena la realización de una interpretación sistemática que, para darle sentido a la norma en cuestión, tome en cuenta los deberes de protección de los menores y los derechos especiales de éstos previstos en la Constitución, tratados internacionales y leyes de protección de la niñez...”

Junio de 2014. Interés Superior del Menor. Su configuración como concepto jurídico indeterminado y criterios para su aplicación a casos concretos. “...criterios relevantes para la determinación en concreto del interés del menor en todos aquellos casos en que esté de por medio la situación familiar de un menor, los siguientes: a) se deben satisfacer, por el medio más idóneo, las necesidades materiales básicas o vitales del menor, y las de tipo espiritual, afectivas y educacionales...”

Diciembre de 2015. Interés Superior del Menor. Dimensiones en que se proyecta la aplicación de este principio. “...a) como derecho sustantivo, en cuanto a que el interés referido sea consideración primordial y se tenga en cuenta al sopesar distintos intereses respecto una cuestión debatida; b) como principio jurídico interpretativo fundamental, en el sentido de que si una norma jurídica admite más de una interpretación, se elegirá la que satisfaga de forma más efectiva sus derechos y libertades, a la luz del interés superior del menor; y, c) como norma de procedimiento, conforme a la cual, siempre que se tome una decisión que afecte los intereses de uno o más menores de edad, deberá incluirse en el proceso de decisión, una estimación de las posibles repercusiones en ellos...”

En torno a la universalidad, Unicef señala que todas las personas nacen con derechos humanos independientemente de su origen étnico, sus creencias y sus prácticas, su ubicación geográfica, su género o su nivel de ingresos. Sin embargo, a pesar de los sólidos marcos jurídicos internacionales y nacionales, los grupos sociales que tradicionalmente han sufrido las consecuencias de la marginación y de la discriminación dentro de sus países y sociedades son los que siguen corriendo un mayor riesgo de que sus derechos se vulneren o no se cumplan, una situación que ocurre sistemáticamente, por lo que es necesario aplicar soluciones innovadoras para defender los derechos de los niños marginados o desfavorecidos.

Igualmente, señala que, para los niños y niñas, la indivisibilidad significa garantizar que los derechos relacionados con la personalidad integral se cumplan mediante la satisfacción de sus necesidades físicas, psicológicas, de desarrollo y espirituales, y no solamente concentrándose en la prestación de servicios esenciales como la atención básica de la salud y la educación. Este enfoque, incluso, ha generado un mayor hincapié en conceptos de amplia base como el desarrollo durante la primera infancia, la continuidad de la atención de la salud para la madre, el recién nacido y el niño y la creación de un entorno protector para la infancia.

Por lo que ve al principio de progresividad, la Suprema Corte señala que implica tanto gradualidad como progreso. La gradualidad se refiere a que, generalmente, la efectividad de los derechos humanos no se logra de manera inmediata, sino que conlleva todo un proceso que supone definir metas a corto, mediano y largo plazos. Por su parte, el progreso implica que el disfrute de los derechos siempre debe mejorar.

Por tanto, el principio aludido exige a todas las autoridades del Estado mexicano, en el ámbito de su competencia, incrementar el grado de tutela en la promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos, especialmente de niñas, niños y adolescentes.

Por otro lado, la doctrina y la interpretación judicial mexicana han coincidido en que el derecho a los alimentos es una facultad jurídica que tiene una persona denominada acreedor alimentista para exigir a otra, deudor alimentario, lo necesario para vivir más allá de un plano meramente alimentario, que comprende educación, vestido, habitación, atención médica, entre otras necesidades básicas que una persona necesita para subsistir.

Asimismo, la Primera Sala ha sostenido que el origen de la obligación obedece al estado de necesidad en que se encuentran determinadas personas, como los menores de edad, a los que la ley les reconoce la posibilidad de solicitar lo necesario para satisfacer sus necesidades básicas.

Un ejemplo concreto es el amparo directo en revisión 676/2013, donde los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte analizaron el proceso legislativo que dio origen al texto actual del artículo 4 constitucional y advirtieron que no está plasmada una norma relativa a que el Estado, la sociedad o los ascendientes debieran responder de manera directa y solidaria con el pago de alimentos; sin embargo, en todo momento se reconoce que la carga corresponde a los progenitores y que será el Poder Legislativo el que emita las disposiciones necesarias para su regulación.

Los ministros precisaron que, atendiendo al interés superior del menor, la obligación de protección no es solamente de los ascendientes, sino del Estado mismo, como corresponsable en la protección de los menores; y que no pasa inadvertida la posibilidad de que el legislador, en ejercicio de una libertad de configuración, pueda instruir para que los alimentos se cubran de manera subsidiaria, mancomunada o bien, hasta solidaria.

En ese sentido, apuntan que es la ley, no la Constitución, la que señala la operatividad de la institución de los alimentos y cómo se distribuyen las obligaciones a cargo de los sujetos obligados a proporcionarlos, especialmente cuando los destinatarios de ese beneficio son menores de edad, pues en ese supuesto, no solamente ha de atenderse a la codificación civil, sino a las leyes especiales sobre protección de los derechos de las niñas y los niños, y es la ley, por tanto, la encargada de diseñar en todos sus pormenores las reglas dentro de las cuales tal institución debe desarrollarse para su ejercicio.

En otro caso, aun antes de la reforma constitucional de 2011 en materia de protección a la niñez, mediante la Tesis Aislada denominada “Alimentos. Forma en que el Estado mexicano debe acatar su obligación establecida en el artículo 4 constitucional”, se estableció que los sujetos tutelados y el contenido de la prestación a cargo del Estado denotan la naturaleza del derecho fundamental de que se trata, un derecho perteneciente, en origen, a los clásicos derechos civiles o de primera generación, entre los que se encuentran los relativos a la vida y la libertad -bienes jurídicos tutelados a través de la referencia a los alimentos y la salud, a la educación y al esparcimiento, respectivamente-, que ha evolucionado a ser un derecho social o de segunda generación, dado que se concede a los seres humanos en tanto que forman parte de un grupo social determinado, o sea, los niños, y exige de la organización estadual una intervención activa para realizarlo.

La tesis referida subraya que el derecho de los niños establecido en el artículo 4 constitucional tiene una caracterización de derecho público subjetivo de segunda generación, social y programático, dado que tiene delimitados a los sujetos pasivo (Estado) y activo (niños), así como a la prestación que el primero debe realizar, pero a diferencia de los clásicos derechos civiles fundamentales que, por lo general, exigen un hacer o no hacer del obligado , en el caso de que se trata éste debe efectuar una serie de tareas necesarias para dar vigencia sociológica a las facultades ya que, en caso contrario, se convierten en meros enunciados carentes de aplicación práctica.

Ello es así porque el derecho de que se trata requiere prestaciones positivas, de dar o de hacer, por parte del Estado como sujeto pasivo, en tanto busca satisfacer necesidades de los niños cuyo logro no siempre está al alcance de los recursos individuales de los responsables primarios de su manutención, es decir, los progenitores y, por ende, precisa de políticas de bienestar, de solidaridad y seguridad sociales, así como de un desarrollo integral (material, económico, social, cultural y político), ya que la dignidad de los seres humanos tutelados, elemento sine qua non de las tres generaciones de derechos conocidas, requiere condiciones de vida sociopolítica y personal a las que el Estado debe propender, ayudar y estimular con eficacia, a fin de suministrar las condiciones de acceso al goce del derecho fundamental de los niños.

Como vemos, esa es la forma en que el Estado mexicano tendría que acatar su obligación constitucionalmente establecida, aunque lamentablemente parecería que dicha obligación está condicionada a la instauración de un procedimiento judicial con efectos para cada caso particular.

Si bien las necesidades básicas, en primera instancia, no deben ser cubiertas por el Estado, sino especialmente por quienes ejercen la patria potestad, la realidad es que millones de niñas, niños y adolescentes aún viven en condiciones que les impiden ejercer cualquier derecho con dignidad, ya sea por incumplimiento, imposibilidad o ausencia de quienes tienen obligación, lo que aunado a su natural situación de indefensión, demanda acciones públicas de todo tipo, incluidas las legislativas y ejecutivas que establezcan expresamente y garanticen la cobertura subsidiaria de sus necesidades básicas.

Para ello, la presente iniciativa también propone fortalecer a las Procuradurías de Protección, pues existe una gran disparidad a nivel nacional respecto a su organización y operatividad, lo que complica su desempeño, ya que la ley les otorga un gran número de atribuciones, iguales para cada una de las procuradurías de las entidades federativas y para la federación, mientras que sus posibilidades materiales son distintas, lo que repercute directamente en el bienestar de niñas, niños y adolescentes.

Por ejemplo, la mayoría dependen directamente del Sistema DIF correspondiente, pero cada una cuenta con organización propia que podemos ejemplificar con un muestreo de acuerdo a la información disponible en línea: la Procuraduría de Aguascalientes es encabezada por una comisionada no por una procuradora; la de Baja California Sur tiene una ley propia, autonomía técnica, una subprocuraduría y 3 departamentos; la de Baja California tiene ocho departamentos y tres unidades; en Campeche tiene dos coordinaciones y once procuradurías auxiliares; en Chiapas la Procuraduría de Protección se creó mediante decreto con un rango intermedio entre dirección y coordinación y tres departamentos; en Chihuahua también se ubica en un rango intermedio entre dirección y coordinación; la Procuraduría de Colima se caracteriza por depender de la Dirección de Asistencia Jurídica del DIF, con un departamento de trabajo social y psicología; en la Ciudad de México se cuenta con una Dirección Ejecutiva, dos subdirecciones y seis jefes de unidad departamental; Guanajuato tiene su Procuraduría adscrita a la Dirección General Jurídica y de Servicios Asistenciales, con una dirección, cinco jefes de unidad y tres departamentos; mientras que, por ejemplo, Guerrero y Durango no cuentan con información de este tipo disponible en línea.

Un caso para analizar es el de Coahuila, cuya Procuraduría de Protección está en una situación excepcional en el marco de su Ley de Derechos Humanos de Niños y Niñas, ya que cuenta con delegaciones regionales, unidades de atención, defensores de los derechos, un cuerpo especializado de seguridad pública, áreas de medicina, adopción, psicología y psiquiatría, jurídico, medios alternos de solución de controversias y trabajo social; es una dependencia centralizada reconocida en la ley orgánica de la administración pública al nivel de secretaría de Estado y su titular es nombrado directamente por el gobernador a partir de 2014. Además, tiene la posibilidad de nombrar policías y ministerios públicos propios, lo que incrementa sus posibilidades de protección.

Considerando que no es nuestra facultad legislar respecto a la organización de las Procuradurías, además de la imposibilidad material de la mayoría de las entidades federativas para crear superestructuras administrativas, lo que sí podemos determinar es que todas las autoridades sean auxiliares de las Procuradurías cuando se les requiera, incluido el Ministerio Público y la Policía, lo que permite utilizar los recursos humanos y materiales existentes, redirigiéndolos en base al derecho de prioridad y al interés superior de la niñez.

Con ello, se considera que las Procuradurías de Protección estarán en mejores condiciones de desempeñar y cumplir sus obligaciones, pero sobre todo las niñas, niños y adolescentes tendrán mayores oportunidades de que sus derechos sean verdaderamente garantizados.

En mérito de lo fundado y motivado, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente Iniciativa con proyecto de decreto, para quedar como sigue:

Artículo Único. Se reforma el segundo párrafo del artículo 10, el segundo párrafo del artículo 13, el párrafo segundo de la fracción I del artículo 103, las fracciones VI y XI del artículo 116, las fracciones VI, VII y XIII del artículo 122; se adicionan los párrafos segundo y tercero al artículo 17, un párrafo segundo al artículo 44 y un párrafo segundo al artículo 122; todos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

Artículo 10. ...

Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán medidas de protección especial de derechos de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en situación de vulnerabilidad por circunstancias específicas de carácter socioeconómico, alimentario, psicológico, físico, discapacidad, identidad cultural, origen étnico o nacional, situación migratoria o apátrida, o bien, relacionadas con aspectos de género, preferencia sexual, creencias religiosas o prácticas culturales, u otros que restrinjan o limiten el ejercicio de sus derechos. Dichas autoridades tienen la obligación subsidiaria de satisfacer los derechos alimentarios de esas niñas, niños y adolescentes mediante la prestación prioritaria, inmediata y gratuita de sus servicios o programas de apoyo, por requerimiento de las Procuradurías de Protección o directamente cuando el menor de edad se encuentre en evidente estado de vulnerabilidad, sin necesidad de agotar procedimiento jurisdiccional o administrativo previo.

Artículo 13....

I. a XX. ...

Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas necesarias para garantizar estos derechos a todas las niñas, niños y adolescentes sin discriminación de ningún tipo o condición. Una de esas medidas será la obligación de vigilar que quienes tengan obligación garanticen los derechos alimentarios de niñas, niños y adolescentes.

Artículo 17....

I. a III. ...

Además, en ejercicio de sus respectivas atribuciones, las autoridades federales, estatales y municipales brindarán atención prioritaria respecto de las necesidades de alimentación y nutrición, habitación, educación, vestido, atención médica y psicológica preventiva integrada a la salud, asistencia médica y recreación a niñas, niños y adolescentes que no sean satisfechas por incumplimiento, imposibilidad o ausencia de quienes tienen obligación.

En todo proceso judicial en que se deban asegurar alimentos a niñas, niños o adolescentes, las autoridades judiciales notificarán a las Procuradurías de Protección competentes a fin de que ejerzan la representación que les corresponda y realicen lo conducente a efecto de que los alimentos sean cubiertos por quienes tienen obligación.

Artículo 44....

Entre las medidas a tomar por las autoridades para coadyuvar en este fin estará la prestación prioritaria de sus servicios o programas de apoyo por requerimiento de las Procuradurías de Protección o directamente cuando el menor de edad se encuentre en evidente estado de vulnerabilidad.

Artículo 103. ...

I. Garantizar sus derechos alimentarios, el libre desarrollo de su personalidad y el ejercicio de sus derechos, de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley y demás disposiciones aplicables.

Para los efectos de esta fracción, los derechos alimentarios comprenden esencialmente la satisfacción de las necesidades de alimentación y nutrición, habitación, educación, vestido, atención médica y psicológica preventiva integrada a la salud, asistencia médica y recreación. Las leyes federales y de las entidades federativas deberán prever los procedimientos y la orientación jurídica necesaria así como las medidas de apoyo para asegurar el cumplimiento del deber de garantizar los derechos alimentarios. Quienes ejercen la patria potestad de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en Centros de Asistencia Social deberán cubrir económicamente las necesidades de los menores de edad; en caso contrario, los menores de edad serán considerados susceptibles de adopción a partir de los treinta días posteriores a aquel en que se haya dejado de cumplir con dicha obligación, a excepción de los casos de imposibilidad económica o ausencia.

II. a XI. ...

Artículo 116. ...

I. a V. ...

VI. Garantizar los derechos alimentarios, el desarrollo y la supervivencia, prestar el auxilio o servicio que le sea requerido por las procuradurías de protección, así como investigar, sancionar efectivamente los actos que vulneren dichos derechos y los de privación de la vida de niñas, niños y adolescentes, garantizando la reparación del daño que corresponda;

VII. a X. ...

XI. Implementar medidas de inclusión plena y realizar las acciones afirmativas para garantizar a niñas, niños y adolescentes sus derechos alimentarios, la igualdad de oportunidades y de trato, así como a no ser discriminados;

XII. a XXV. ...

Artículo 122. ...

I. a V. ...

VI. Solicitar al Ministerio Público competente la imposición de medidas de protección conforme a lo dispuesto en el Código Nacional de Procedimientos Penales, quien deberá decretarlas a más tardar, durante las siguientes 3 horas a la recepción de la solicitud, dando aviso de inmediato a la autoridad jurisdiccional competente;

VII. Cuando exista riesgo inminente contra la vida, integridad o libertad de niñas, niños o adolescentes, las Procuradurías de Protección podrán ordenar y aplicar las medidas urgentes de protección que consideren necesarias, fundada y motivadamente, bajo su más estricta responsabilidad, dando aviso de inmediato al ministerio público y a la autoridad jurisdiccional competente. Para la aplicación de dichas medidas podrán requerir el auxilio de las autoridades correspondientes, mismas que deberán prestarlo de inmediato.

...

...

...

VIII. a XII. ...

XIII. Supervisar, con el auxilio de las autoridades respectivas, el debido funcionamiento de los centros de asistencia social y, en su caso, ejercer las acciones legales que correspondan por el incumplimiento de los requisitos que establece la presente Ley y demás disposiciones aplicables;

XIV. a XVI. ...

En todo caso, las Procuradurías de Protección serán competentes para requerir el auxilio y los servicios de las autoridades, incluidas las de seguridad pública y procuración de justicia. La negativa de auxilio por parte de las autoridades será sancionada en términos de la legislación en materia de responsabilidades de los servidores públicos aplicable, sin perjuicio de las sanciones que puedan resultar en términos de otras disposiciones.

Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Los poderes de la federación, de las entidades de la república y los municipios dispondrán la creación progresiva de programas de apoyo adicionales a los ya existentes a fin de coadyuvar en la materialización de los derechos alimentarios motivo del presente Decreto.

Tercero. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

Ciudad de México, a 18 de abril de 2017.— Diputadas y diputado: Daniela de los Santos Torres,Alicia Guadalupe Gamboa Martínez, Norma Edith Martínez Guzmán, Jesús Salvador Valencia Guzmán (rúbricas).»

Presidencia de la diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada De los Santos. Túrnese a la Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.



LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Tiene la palabra por cinco minutos el diputado Virgilio Dante Caballero Pedraza, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en materia de prohibición de armas nucleares y minas antipersona.

El diputado Virgilio Dante Caballero Pedraza:Gracias, presidenta. Diputadas, diputados, en los últimos días hemos sido participes de una tensión bélica en el mundo, que nos recuerda lo ocurrido durante la llamada Guerra Fría entre la Unión Soviética y los Estados Unidos.

Los recientes ataques a Afganistán, ordenados por el presidente Donald Trump, en los cuales se autorizó el uso de la bomba no nuclear más potente, y la escalada de declaraciones entre Corea del Norte y los Estados Unidos nos regresan a una situación que creíamos superada hace ya más de 20 años.

En un contexto así vale la pena recordar que la única forma en la que la humanidad logró superar las amenazas de aniquilación global, la delirante escalada de demostraciones militares vivida en la Guerra Fría, fue a través del diálogo, la sensatez y de programas de desarme nuclear que lamentablemente aún hoy siguen sin ser cumplidos del todo.

El gobierno de México ha reportado que no existen armas anti personales en ninguna región del país; sin embargo, existen múltiples casos en los que se ha encontrado este tipo de instrumentos, especialmente desde que Felipe Calderón decidió emprender su narco guerra.

Por ejemplo, el 24 de abril de 2015 en Tamaulipas se encontraron minas antipersona después de una ola de violencia. Datos de la PGR y de la SEIDO señalan que en nuestro país el crimen organizado utiliza en forma creciente las minas antipersona, tal como ha sido reportado por diversos medios de comunicación.

Debe quedar claro en nuestras leyes que ni siquiera el Ejército puede utilizar minas antipersona, armas nucleares y otras armas prohibidas por el derecho internacional. Además, debe sancionarse penalmente su utilización en nuestro país.

Ya tenemos bastante con el tráfico de armas que por toda la frontera con los Estados Unidos tiene diariamente una dimensión gigantesca. Debe quedar claro en nuestras leyes, como ya lo dijimos, que no ha sido suficientemente adecuada a los compromisos internacionales que hemos adoptado para no utilizar armas antipersona.

El artículo 11 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos parece admitir el uso de armas antipersonales. Como podemos comprobar hoy en día, la escalada armamentística no conduce a la paz, sino a conflictos que cada vez ponen en mayor riesgo a la propia humanidad.

Como ustedes saben, en febrero pasado se cumplieron 50 años de la firma del Tratado de Tlatelolco, que estableció la desnuclearización del territorio de América Latina y el Caribe. Fue un hecho que marcó un hito en la búsqueda de la paz internacional. En un contexto bélico como el que hoy se vive en el mundo, es fundamental que nuestro país reafirme su compromiso con esfuerzos decididos para alcanzar la paz mundial.

Baste recordar que los esfuerzos de México para lograr la firma del Tratado de Tlatelolco para la proscripción de armas nucleares en América Latina, valida a uno de nuestros más importantes internacionalistas, Alfonso García Robles, la obtención del premio Nobel de la Paz, en 1982.

Nuestra nación debe seguir encabezando la lucha contra las armas nucleares en el mundo entero y debe comenzar por poner el ejemplo al mundo, al considerarlas armas prohibidas, sancionando incluso su ingreso a nuestro país.

Por ello, la iniciativa que hoy presenta resulta fundamental para conseguir que nuestro país realmente armonice su legislación interna con el derecho internacional, en materia de conflictos armados, desarme nuclear y armas prohibidas. Bastante tenemos con la guerra no declarada que padece México desde hace más de diez años. Gracias.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en materia de prohibición de armas nucleares y minas antipersonales, a cargo del diputado Virgilio Dante Caballero Pedraza, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, integrante del grupo parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la presente iniciativa por la que se reforman los artículos 11, 12 y 84 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La presente iniciativa tiene como objetivo sancionar la utilización en nuestro país de armas prohibidas por el derecho internacional.

Hace unas semanas tuvo lugar una conmemoración fundamental para la historia de México y de América Latina. El 14 de febrero se cumplieron 50 años de la firma del Tratado de Tlatelolco, hecho que marca un hito en la búsqueda de la paz internacional.

México se ha caracterizado durante toda su historia por un compromiso con la paz mundial y por esfuerzos decididos para alcanzarla. Baste recordar que los esfuerzos para lograr la firma del Tratado de Tlatelolco comenzaron en México y le valieron a uno de nuestros más importantes internacionalistas, la obtención del Premio Nobel de la Paz.

Nuestra nación debe seguir encabezando la lucha contra las armas nucleares en el mundo entero y debe comenzar por poner el ejemplo al mundo, al considerarlas armas prohibidas, sancionando incluso su ingreso en nuestro país.

México ratificó la Convención Sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y Sobre su Destrucción, el 9 de junio de 1998 y dicha convención entró en vigor para nuestro país el 1 de marzo de 1999. Nuestro gobierno ha reportado internacionalmente que no existen minas antipersonales en ninguna región mexicana. Sin embargo existen múltiples casos en los que se han encontrado este tipo de instrumentos, especialmente desde que Felipe Calderón decidió emprender su narco-guerra.

Por ejemplo el 24 de abril de 2015 en Tamaulipas se encontraron minas antipersonal, después de una ola de violencia. Datos de la PGR y de la SEIDO señalan que en nuestro país el crimen organizado utiliza en forma creciente las minas antipersonales, tal como ha sido reportado por diversos medios de comunicación.1

Nuestra legislación sin embargo no ha sido suficientemente adecuada a los compromisos internacionales que hemos adoptado. El artículo 11 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos parece admitir el uso de minas antipersonal. Es por ello que la aprobación de nuestra iniciativa resulta fundamental para conseguir que nuestro país realmente armonice su legislación interna con el derecho internacional en materia de conflictos armados y armas prohibidas.

Debe quedar claro en nuestras leyes que ni siquiera el Ejército puede utilizar minas antipersonal, armas nucleares y otras armas prohibidas por el derecho internacional. Además debe sancionarse penalmente su utilización en nuestro país.

Es fundamental que nuestra legislación contemple el principio de distinción firmemente establecido en el derecho y la jurisprudencia internacional. El principio de distinción establece que las partes en un conflicto armado deben distinguir en todo momento entre combatientes y objetivos militares, por un lado, y personas civiles y bienes de carácter civil, por el otro, y atacar sólo a los objetivos legítimos.

Un argumento adicional para aprobar la iniciativa que se presenta es la necesidad de actualizar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, específicamente en su artículo 12 que sigue haciendo referencia a un Código que es ya inexistente. En materia penal el legislador debe ser especialmente cuidadoso para que las normas no pierdan vigencia y exacta aplicación.

Este esfuerzo va en consonancia con organismos como UNMAS (United Nation Mine Action Service, por sus siglas en inglés) y de oenegés como Western States Legal Foundation que trabajan para eliminar las minas y restos de explosivos en las zonas en conflicto que atentan contra la vida de civiles desarmados y de niñas y niños.

Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, Fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los Artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 11, 12 y 84 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Único. Se reforman los artículos 11, 12, 83, 83 Bis, 83 Ter y 84 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para quedar como sigue:

Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Artículo 11.Las armas, municiones y materia para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, son las siguientes:

a) [...] al g) [...]

h) Proyectiles-cohete, torpedos, granadas, bombas, cargas de profundidad, lanzallamas y similares, así como los aparatos, artificios y máquinas para su lanzamiento.

i) [...] al l) [...]

[...]

[...]

Artículo 12. Son armas prohibidas, para los efectos de esta Ley, las armas nucleares, las minas antipersonal, las municiones en racimo, las ya señaladas en el Código Penal Federal, así como cualquier arma cuya utilización implique la imposibilidad de distinguir entre civiles desarmados y los objetivos militares o combatientes.

Artículo 83.Al que porte armas prohibidas o al que sin el permiso correspondiente porte un arma de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea se le sancionará:

I. [...]

II. [...]

III. [...]

IV. Con prisión de cinco a treinta años y de cien a quinientos días multa, cuando se trate de armas prohibidas.

...

...

Artículo 83 Bis. Al que hiciere acopio de armas prohibidas o al que sin el permiso correspondiente hiciere acopio de armas, se le sancionará:

I [...]

II. [...]

III. Con prisión de cinco a treinta años y de cien a quinientos días multa, cuando se trate de armas prohibidas.

...

...

Artículo 83 Ter. Al que posea armas prohibidas oal que sin el permiso correspondiente posea un arma de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea, se le sancionará:

I. [...]

II. [...]

III. [...]

IV. Con prisión de cinco a treinta años y de cien a quinientos días multa, cuando se trate de armas prohibidas.

Artículo 84.Se impondrá de cinco a treinta años de prisión y de veinte a quinientos días multa:

I. Al que participe en la introducción al territorio nacional, en forma clandestina, de armas prohibidas así como de armas, municiones, cartuchos, explosivos y materiales de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea o sujetos a control, de acuerdo con esta Ley;

II. [...]

III. [...]

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las Fuerzas Armadas darán a conocer un calendario verificable con la finalidad de eliminar las minas y las armas prohibidas en un plazo de seis meses.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro; a 7 de marzo de 2017.— Diputado Virgilio Dante Caballero Pedraza(rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Caballero Pedraza. Túrnese a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada María Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 223 del Código Penal Federal.

La diputada María Victoria Mercado Sánchez:Con su venia, señora presidenta. Buenos días, compañeros y compañeras diputadas. El delito de peculado, en términos jurídicos consiste en la malversación de caudales públicos o la aprobación indebida de bienes pertenecientes al Estado, por parte de las personas que se encargan de su administración o custodia.

De acuerdo con el reporte de competitividad global del 2015 del Foro Económico Mundial, México es uno de los países con mayor desvío de recursos del gobierno. El país obtuvo una peor calificación que Haití y Sierra Leona, por mencionar algunos, toda vez que nuestro país se ubicó en el lugar 125, mientras que en el 2014 se posicionaba en el 119. Es decir, bajó seis posiciones en este rubro, de acuerdo con los datos del Reporte de Competitividad Global del 2015 del Foro Económico Mundial.

Lo anterior quiere decir que nuestro país obtuvo una peor calificación que un país como Haití, que está en el 120; Sierra Leona, que está en el 115; Rusia, que está en el 110; Pakistán, en el 85; China, en el 50.

Asimismo, en las primeras posiciones se encuentran los países como Nueva Zelanda, en el número uno, Finlandia, en el número dos; y en el fondo de la tabla se ubican Brasil, con el 139, y Venezuela, con el 140.

De acuerdo con Gabriela Alarcón, directora de Estudios Urbanos del Instituto Mexicano para la Competitividad, quien participó en la elaboración de un muestreo, mencionó que en los últimos años, y más aún, en los últimos meses, ha quedado muy adentro de la psique de los empresarios que este tipo de problemas son cada vez más frecuentes, como las casas de los funcionarios, el tren México-Querétaro, entre otros.

Hoy en día, hemos sido testigos del desvío constante de recursos por parte de ex gobernadores, presidentes municipales, etcétera. Ejemplo de ello tenemos los siguientes casos:

La Fiscalía de Chihuahua informó sobre la vinculación al proceso de dos ex funcionarios de la administración de César Duarte, en Chihuahua, ya que una vez consideró que hay elementos suficientes para iniciar un juicio en su contra, con la acusación de que incurrieron en peculado, con un monto de 246 millones de pesos.

La Secretaría del Gobierno de Veracruz interpuso una denuncia penal contra el ex gobernador interino Flavino Ríos Alvarado, por su probable responsabilidad en la comisión de desvío de recursos públicos durante su gestión como titular de la dependencia estatal.

En un comunicado, el gobierno veracruzano explicó que la denuncia deriva del proceso de entrega-recepción concluido en febrero del presente año y luego de encontrarse inconsistencias en gastos, de los cuales no se halló soporte documental para justificar la erogación de los recursos, cuyo monto asciende a 247 millones 126 mil 087 pesos.

El ex candidato del PRI a la gubernatura, Enrique Serrano Escobar, rechazó haber recibido apoyo económico para su campaña por parte del gobernador del estado, mientras que en el mandato de César Duarte desvió hacia su campaña de 250 millones de pesos en fondos estatales y fue aportada por la Fiscalía General del estado, dentro de la audiencia de vinculación a proceso, en el Centro de Justicia de la Ciudad de Chihuahua, en contra del ex director de la administración de la Secretaría de Hacienda, Gerardo Villegas Madriles, y el ex secretario de Educación, Cultura y Deporte, Ricardo Yáñez Herrera, acusados de desvío de recursos públicos.

Humberto Moreira fue gobernador de Coahuila desde diciembre de 2005 hasta enero del 2011 cuando pidió licencia para buscar la dirigencia nacional del PRI, cargo que ocupó por sólo nueve meses luego de enfrentar acusaciones que según él buscaban lincharlo políticamente.

Los señalamientos comenzaron en agosto, en este año, cuando Hacienda publicó que el gobierno de Coahuila había adquirido una deuda de más de 30 mil millones de pesos con Moreira al frente.

Al ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte, detenido este sábado en Guatemala, no dejan de salirle pagos pendientes, enfrenta una acusación por operaciones con recursos de procedencia ilícita que atienden a miles de millones de pesos, los cuales fueron transferidos a empresas fantasmas; de desvío de recursos y peculado.

Y como estos casos podemos encontrar miles. Por ello, considero importante aumentar la pena que antes de tres meses a tres años y de 15 a 70 días de multa, ahora sea de nueve meses a nueve 9 años y de 45 a 180 días de multa y devolución del dinero y reparación del daño causado. Así como también coadyuvar con las autoridades y dar seguimiento y solución a este delito que cínicamente queda impune por conflicto de amistades existente dentro del Poder Judicial. Es cuanto, señora presidenta.

«Iniciativa que reforma el artículo 223 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada María Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, María Victoria Mercado Sánchez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIII Legislatura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56, 62 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos, somete a consideración de este pleno iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 223 del Código Penal Federal, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El delito de peculado, en términos jurídicos, consiste en la malversación de caudales públicos o la apropiación indebida de bienes pertenecientes al Estado por parte de las personas que se encargan de su administración o custodia:

Los sujetos se clasifican en

• Sujeto activo. Debe ser servidor público atendiendo la definición dada en el código.

• Sujeto pasivo. El sujeto pasivo de este delito es el Estado y las personas que hubiesen sido afectadas por la falta de correcta administración y prestación de servicios por parte de sus servidores, cuando tenga relación con la realización de este delito.

Bien jurídico protegido

• El bien jurídico penalmente protegido u objeto jurídico del delito, como se dijo, constituye el interés o intereses o bienes que se busca proteger a través de la norma penal. Estos intereses o bienes serán aquellos sobre los cuales ha recaído el efecto jurídico del delito.

Objetos

• Objeto material. El objeto material u objeto de la acción de las formas de peculado, están constituidos por el término bienes.

• Objeto jurídico. Proteger la integridad del patrimonio público y su correcta administración y el deber de fidelidad y lealtad del servidor público.

Peculados propio e impropio

• Peculado propio. Es la apropiación de cosa pública cometida por una persona investida de un oficio público, a la cual en razón de él le había sido entregada la cosa apropiada, con la obligación de conservarla y restituirla.

• Peculado impropio. Consiste en apropiarse y utilizar caudales o efectos de propiedad del Estado y que el agente posee en razón de su cargo. Requiere por parte del agente un acto de disposición de los bienes.

Consumación y tentativa

• Teniendo en cuenta que, sea en la modalidad de “usar”, como en la de “permitir que otro use”, el tipo penal señala que debe darse un uso particular distinto al que le corresponde como instrumento público de trabajo, se considera que se trata de un delito de resultados por tanto, debe darse el uso indebido del bien para que el ilícito se consume.

De acuerdo con el Reporte de Competitividad Global de 2015, del Foro Económico Mundial, México es uno de los países con mayor desvío de recursos del gobierno; el país obtuvo una peor calificación que Haití y Sierra Leona, por mencionar algunos. Toda vez que nuestro país se ubicó en el lugar 125, mientras que un año antes, 2014, se posicionó en el 119, es decir bajó 6 posiciones en este rubro, de acuerdo con los datos del Reporte de Competitividad Global de 2015, del Foro Económico Mundial (WEF, por sus siglas en inglés).

Lo anterior quiere decir que el nuestro obtuvo una peor calificación que países como Haití (120), Sierra Leona (115), Rusia (110), Pakistán (85) o China (50). Asimismo, en las primeras posiciones se encuentran países como Nueva Zelanda (1) y Finlandia (2). En el fondo de la tabla se ubicaron Brasil (139) y Venezuela (140).

Gabriela Alarcón, directora de Estudios Urbanos del Instituto Mexicano para la Competitividad, quien participó en la elaboración del muestreo, mencionó que “en los últimos años y más aún en los últimos meses, ha quedado muy adentro de la psique de los empresarios que este tipo de problemas son cada vez más frecuentes, como las casas de los funcionarios o el tren México-Querétaro”.

De conformidad con la opinión de los expertos consultados por el WEFen torno a la pregunta “¿en su país, qué tan común es que exista un desvío de los fondos públicos a compañías, individuos u otros grupos, debido a la corrupción?, los resultados ubicaron a México en su peor posición desde 2006, año en que comenzó el indicador. De hecho, en nueve años se ha pasado de ocupar la posición 82 a la 125, es decir que en este periodo se han retrocedido 43 lugares en la tabla, es decir, el WEF alertó que la principal barrera que tienen las empresas para realizar negocios es la corrupción. Desde el 2012, ésta se ha colocado como el principal obstáculo para los empresarios, de acuerdo con los datos de la institución. De acuerdo a la influencia indebida de los funcionarios públicos, México pasó de la posición 100 a la 107, también su peor sitio desde que se elaboró el índice”.

Hoy, hemos sido testigos del desvío constante de recursos por ex gobernadores, presidentes municipales, etcétera. Ejemplos de ello, tenemos los siguientes casos:

1. La Fiscalía de Chihuahua informó sobre la vinculación a proceso de dos ex funcionarios de la administración de César Duarte en Chihuahua, pues un juez consideró que hay elementos suficientes para iniciar un juicio en su contra, con la acusación de que incurrieron en peculado por un monto de 246 millones de pesos; indicando el nombre de las empresas vinculadas con el caso, que firmaron contratos “casi simultáneamente los días 24, 25, 26 y 29 de febrero de 2016, y cuyos pagos millonarios se hicieron el 06 de abril de 2016”, por capacitaciones inexistentes, igual que el software que nunca se adquirió:

• Contrato número SHAD/078/2016, relacionado con talleres para padres nivel preescolar y primaria por 55 millones de pesos a la empresa Servicios y Asesorías Samex, SC.

• Contrato número SHAD/079/2016, por el servicio de capacitación y actualización de docentes de nivel básico y evaluación de personalidades, motivaciones y áreas de oportunidad por un monto de 55 millones de pesos dirigidos a Servicios y Asesorías Sinax, SA de CV.

• Contrato número SHAD/080/2016, por un curso sobre medio ambiente por la cantidad de 46 millones de pesos a Servicios y Asesorías Sisass, SA de CV.

• Contrato número SHAD/070/2016 por la planeación, el diseño y la implantación de software Sistema Integral en Trámite y Movimiento de Personal del Subsistema Estatal por la cantidad de 90 millones de pesos a Despacho de Profesionistas Futura SA de CV.

2. La Secretaría de Gobierno de Veracruz interpuso una denuncia penal contra el ex gobernador interino Flavino Ríos Alvarado por su probable responsabilidad en la comisión del desvío de recursos públicos durante su gestión como titular de la dependencia estatal. En un comunicado, el gobierno veracruzano explicó que la denuncia deriva del proceso de entrega-recepción concluido en febrero del presente año y luego de encontrarse inconsistencias en gastos de los cuales no se halló soporte documental para justificar la erogación de los recursos, cuyo monto asciende a 247 millones 126 mil 87 pesos.

El monto corresponde al periodo en que Ríos Alvarado se desempeñó como secretario de Gobierno, del 20 de julio de 2015 al 12 de octubre de 2016. El hallazgo es resultado del procedimiento que deben observar los servidores públicos al separarse de su cargo, establece la información. La denuncia se presentó ante la Fiscalía Especializada en Delitos Relacionados con Hechos de Corrupción y Cometidos por Servidores Públicos, de la Fiscalía General del Estado de Veracruz, a cargo de Jorge Winckler Ortiz. Ríos Alvarado fue detenido el domingo e ingresado en un penal por presuntamente facilitar un helicóptero al ex gobernador Javier Duarte de Ochoa, actualmente prófugo de la justicia.

3. El ex candidato del PRI a la gubernatura Enrique Serrano Escobar rechazó haber recibido apoyo económico para su campaña por el gobierno del estado durante el mandato de César Duarte; desvío hacia su campaña de 250 millones de pesos de fondos estatales, fue aportada por la Fiscalía General del estado dentro de la audiencia de vinculación a proceso, en el Centro de Justicia de la ciudad de Chihuahua, contra el ex director de Administración de la Secretaría de Hacienda Gerardo Villegas Madriles y el ex secretario de Educación, Cultura y Deporte Ricardo Yáñez Herrera, acusados de desvíos de recursos públicos.

Y como estos casos, podremos encontrar miles. Por ello considero importante aumentar las penas, así como también coadyuvar con las autoridades y dar seguimiento y solución a este delito, que cínicamente queda impune, por el conflicto de amistades existentes en el Poder Judicial.

Por lo expuesto y fundamentado, someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 223 del Código Penal Federal

Único. Se reforma el artículo 223 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 223. Comete el delito de peculado

I. a IV. ...

Al que cometa el delito de peculado se impondrán las siguientes sanciones:

Cuando el monto de lo distraído o de los fondos utilizados indebidamente no exceda del equivalente de quinientas veces el valor diario de la unidad de medida y actualización en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de seis meses a cuatro años de prisión y de sesenta a doscientos días multa.

Cuando el monto de lo distraído o de los fondos utilizados indebidamente exceda de quinientas veces el valor diario de la unidad de medida y actualización en el momento de cometerse el delito, se impondrán de cuatro años a veintiocho años de prisión y de doscientos a doscientos cincuenta días multa.

Cuando los recursos materia del peculado sean aportaciones federales para los fines de seguridad pública se aplicará hasta un tercio más de las penas señaladas en los párrafos anteriores.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Definición legal de peculado:

http://definicionlegal.blogspot.mx/2012/11/peculado.html

2 “México es uno de los países con mayor desvío de recursos”,

http://www.elfinanciero.com.mx/economia/mexico-entre-los-paises-con- mas-desvio-de-recursos-wef.html

3 “México es uno de los países con mayor desvío de recursos”,

http://www.elfinanciero.com.mx/economia/mexico-entre-los-paises- con-mas-desvio-de-recursos-wef.html

4 “México es uno de los países con mayor desvío de recursos”,

http://www.elfinanciero.com.mx/economia/mexico-entre-los-paises-con- mas-desvio-de-recursos-wef.html

5 “México es uno de los países con mayor desvío de recursos”,

http://www.elfinanciero.com.mx/economia/mexico-entre-los-paises- con-mas-desvio-de-recursos-wef.html

6 http://www.animalpolitico.com/2017/04/duarte-fantasma-chihuahua-juicio/

7 http://expansion.mx/nacional/2017/03/14/veracruz-demanda-al-exgobernador-interi no-por-desvio-de-recursos-publicos

8 http://diario.mx/Local/2017-04-02_7cde9491/rechaza-serrano-desvio-de-fondos-est atales-para-su-campana/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de abril de 2017.— Diputadas y diputado: María Victoria Mercado Sánchez,Juan Alberto Blanco Zaldívar, Karla Karina Osuna Carranco (rúbricas).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Mercado. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Mirna Saldívar Paz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada Mirna Isabel Saldívar Paz:La educación es el arma más poderosa que puedes usar para cambiar el mundo: Nelson Mandela.

Con su permiso, diputada presidenta. Compañeras y compañeros diputados, la Conferencia Internacional sobre Educación para Todos, de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, establece que la escuela debe ser un instrumento para la igualdad de oportunidades para todos, respetando la diversidad y atendiendo las necesidades de cada uno de forma diferencial, además de un espacio de integración social donde se conoce, comparte y convive con personas provenientes de otros grupos sociales y se aprende a respetar y valorar al diferente.

En Nueva Alianza sabemos que la educación es el mejor medio para alcanzar la libertad y garantizar la justicia e igualdad social. Tenemos la firme convicción de que, como un derecho humano, debe ser accesible a toda persona.

Estamos convencidos también de que la inclusión, el respeto y la tolerancia son valores inherentes a una educación de calidad; educación que permita construir mejores sociedades que nos conviertan cada día en un mejor país.

La escuela desempeña un papel fundamental en esa transformación, por eso debe ser el eje en torno al cual gire la política de la inclusión social, al garantizar la educación especial.

México ha realizado esfuerzos importantes en favor de la educación especial, al establecer planes, programas y políticas encaminadas para eso, que se han visto reflejadas en diversas normas como la misma legislación secundaria.

No obstante, nuestra Carta Magna presenta una omisión referente a este tema al no consagrar de manera expresa la educación especial. Es por ello que, en aras de resarcir dicha omisión, presento a esta soberanía la iniciativa que modifica las fracciones V y VI al artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de establecer que el sistema educativo contemple la educación especial.

Lo que se busca es que los estudiantes con necesidades educativas especiales, con o sin discapacidad, accedan al mismo tipo de experiencias que el resto de la comunidad. Además, de que se incluya orientación a los padres o tutores, así como a los maestros y personal de las escuelas que integren alumnos con necesidades especiales; tal como lo establecen ya diversos instrumentos internacionales en dicha materia.

Estamos convencidos de que el acceso universal a la escuela es la primera condición para asegurar la igualdad de oportunidades de aprendizaje y éxito educativo para toda la población y que la educación inclusiva brinda la posibilidad de enseñarle a todos por igual, incluyendo, por supuesto, a los que presentan mayores dificultades. Por los alumnos de educación especial, padres y maestros, agradezco su atención, pero sobre todo su apoyo a esta iniciativa. Es cuanto, presidenta. Gracias.

«Iniciativa que adiciona el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mirna Saldívar Paz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

La que suscribe, Mirna Isabel Saldívar Paz, diputada federal de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, vicecoordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, en ejercicio de la facultad que me otorga el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo dispuesto en los artículos 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se modifican las fracciones V y VI al artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de establecer en el sistema educativo la educación especial, al tenor del siguiente

Planteamiento del Problema

Convivir y actuar según el enfoque de la inclusión social es un proceso que requiere el involucramiento de acciones coordinadas, unificación de criterios de todos y cada uno de los actores sociales, desde el ámbito gubernamental hasta los “encargados” de la formación de los educandos en las escuelas.

Una de las características de la sociedad incluyente es la apertura de las escuelas a toda la población, de manera que todos los que lo desean tengan cabida y puedan acceder a una educación de calidad, permanecer en el sistema, participar en todas las actividades y prácticas socio–educativas, como parte integrante de la comunidad educativa y de la sociedad en general.

Por lo que, el equiparar oportunidades, reducir las barreras al aprendizaje, atender a la heterogeneidad y satisfacer las necesidades de todos los alumnos es un reto difícil de lograr; especialmente cuando insistimos en etiquetar, separar, distinguir o discriminar.

La escuela inclusiva no surge de la nada, sino que hay un largo camino previo que se ha tenido que recorrer, desde la idea de educación especial, a la de escuela de enseñanza especial, pasando por la escuela de integración, atención a personas con necesidades especiales de aprendizaje y llegando a la idea contemporánea de escuela inclusiva.

Sin embargo, para lograr una escuela incluyente requerimos construir una sociedad igualmente incluyente, en la que todos participemos, con nuestras diferencias y particularidades, con nuestras dotes y habilidades, y debilidades también. Es decir, en una sociedad democrática no de nombre, sino en la práctica, que haga sentir a todos sus miembros, a todos los ciudadanos en igualdad de condiciones para participar de la vida política, económica, social, cultural, con acceso a todos los servicios; particularmente salud, educación y vivienda.

Una sociedad que dé cabida a todos sin importar condición social, sexo, edad, creencias u origen étnico, y donde todos tengamos los mismos derechos y obligaciones sin privilegios ante la ley y de ninguna clase; esa es una sociedad inclusiva, que brinda oportunidades para todos, porque, de hecho, existen diferencias, no sólo las mencionadas anteriormente, sino también de capacidades intelectuales, de intereses, de oportunidades sociales y de preparación remota.

La escuela desempeña un papel fundamental en la transformación de la sociedad, en el tránsito de la sociedad y es reproductora de la transformación productiva con equidad y justicia; por ello, debe ser el eje en torno al cual gire la política de la inclusión social, de manera que la sociedad se vea reflejada en ella y se construya como modelo de democracia, libertad y tolerancia activa y creativa, es decir, en modelo de aceptación y de respeto total a las diferencias.

En síntesis, las barreras a las que se han enfrentado a lo largo del tiempo las personas con discapacidad o que sufren de discriminación y exclusión social y/o económica han impedido su inclusión e integración a la sociedad, colocándolos de esta manera en un estado de vulnerabilidad, originando discriminación y tratos degradantes hacia este sector y, por ende, truncando su desarrollo.

Argumentación

Como resultado de la Segunda Guerra Mundial, muchas personas quedaron con alguna discapacidad y los diferentes gobiernos tuvieron que afrontar esta nueva situación social; en un principio, con programas de asistencia social, los cuales se reducían a un apoyo económico y al poco tiempo se observó que no era suficiente porque las personas con discapacidad de aquel entonces, y de hoy, tienen otras necesidades de atención.

Ello motivó que se comenzara a atender el tema de las personas con discapacidad a nivel internacional en la Organización de las Naciones Unidas (ONU), a finales de los años cuarenta del siglo pasado. Uno de los temas de atención fue lo que hoy conocemos como accesibilidad y, posteriormente, se identificó la necesidad de revisar los esquemas de educación que se pudieran establecer para que quienes tienen una discapacidad pudieran tener acceso a una verdadera educación. Es así que comienzan a delinearse los bosquejos de lo que hoy en día se conoce como la educación especial.

Luego entonces, diversas naciones se sumaron y comenzaron a atender el tema en sus países. México asumió el compromiso en favor de la educación especial y estableció una de las primeras escuelas en atención a las personas ciegas a mediados de los cincuenta y, de la misma manera, una escuela para personas sordas.

En esa evolución, México continuó a través de la Secretaría de Educación Pública, estableciendo planes, programas y normas para la instauración de la educación especial, logrando profesionalizar este modelo educativo con la especialización de educandos, cuya formación les permitiera tener una preparación para poder impartir clases a las personas con discapacidad.

La concepción de la Escuela de Educación Especial, en esa época, estaba asociada a la rehabilitación del impedido, se consideraba que si se le brindaba atención en los años formativos de su personalidad, se le podía encauzar a una adecuada integración social, haciéndolos productivos.

En paralelo a esta atención educativa, la legislación respectiva se fue construyendo y fortaleciendo. Así, en la Ley General de Educación se establecieron algunos lineamientos en favor de las personas con discapacidad, y es hasta la creación de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad donde se establece con precisión la definición de educación especial.

Como se puede apreciar, desde el siglo XX hasta nuestros días han existido grandes contradicciones en la atención a las personas con discapacidad y, sobre todo, en cómo identificarlas. Además, coexiste una connotación negativa a nivel mundial sobre las palabras que aluden a las características de las personas que forman parte de la comunidad escolar de la educación especial. Con una marcada influencia europea, se instituyó el Año Internacional del Impedido, del Minusválido y, posteriormente, del Atípico.

Es a partir del año de 1993, tras la ordenanza de la modificación de la Ley General de Educación, cuando se inician una serie de cambios en el sistema educativo que, en muchos puntos, atienden a las recomendaciones de la Conferencia Mundial de Salamanca, incorporando la noción de diversidad como uno de los ejes por donde debía transitar el cambio educativo y la transformación de la escuela. El artículo modificado a la letra decía:

“La Educación Especial está destinada a individuos con discapacidades transitorias o definitivas, así como a aquellos con aptitudes sobresalientes. Procurara atender a los educandos de manera adecuada a sus propias condiciones, con equidad social. Tratándose de menores de edad con discapacidad, esta educación propiciará su integración a los planteles de educación básica regular. Para quienes no logren esa integración, esta educación procurará la satisfacción de necesidades básicas, de aprendizaje para la autónoma convivencia social y productiva.

Esta educación incluye orientación a los padres o tutores, así como también a los Maestros y personal de escuelas de educación básica regular que integren a alumnos con necesidades especiales de educación.”

En la Ley General de Educación vigente, en el párrafo primero del artículo 41 se establece que: “La educación especial tiene como propósito identificar, prevenir y eliminar las barreras que limitan el aprendizaje y la participación plena y efectiva en la sociedad de las personas con discapacidad, con dificultades severas de aprendizaje, de conducta o de comunicación, así como de aquellas con aptitudes sobresalientes. Atenderá a los educandos de manera adecuada a sus propias condiciones, estilos y ritmos de aprendizaje, en un contexto educativo incluyente, que se debe basar en los principios de respeto, equidad, no discriminación, igualdad sustantiva y perspectiva de género.”

Por lo que, la integración educativa busca que el colectivo estudiantil con necesidades educativas especiales, con o sin discapacidad, acceda al mismo tipo de experiencias que el resto de la comunidad.

En materia educativa la prioridad de la política pública federal es garantizar la equidad y mejorar la calidad del proceso y los resultados. Alcanzar la justicia educativa y la equidad es el primer objetivo estratégico establecido en el Programa Nacional del sector; ello implica un conjunto de acciones para revertir la desigualdad educativa y favorecer mediante mayores y mejores recursos a la población vulnerable de nuestro país, de la que forma parte la población con discapacidad.

No obstante, durante varias décadas el país ha intentado estrategias diferentes para atender las necesidades de atención de las personas con discapacidad o con necesidad de apoyos en el aprendizaje.

El acceso universal a la escuela es la primera condición para asegurar la igualdad de oportunidades de aprendizaje y éxito educativo para toda la población. En este aspecto se manifiesta el primer rasgo de la injusticia educativa: la mayor proporción de las niñas y niños que han permanecido al margen de los servicios educativos se ubica en poblaciones indígenas o en poblaciones rurales aisladas; son integrantes de familias de jornaleros agrícolas migrantes, o niñas, niños, adolescentes y jóvenes que trabajan o viven en la calle. En este mismo grupo se ubica a la población con alguna discapacidad que, en general, ha tenido menores posibilidades de acceder a los servicios educativos.

La segunda condición de la justicia educativa consiste en que todos, alumnas y alumnos, independientemente de su origen étnico, ambiente familiar de procedencia o características individuales, participen en experiencias educativas que propicien el desarrollo máximo posible de sus potencialidades; es decir, que dispongan de iguales oportunidades –tomando en cuenta sus puntos de partida, sus características personales y sociales–para alcanzar las metas fundamentales de la educación básica. Esta condición destaca el hecho de que el ingreso a la escuela, por sí misma, no garantiza la justicia y la equidad en la educación: la población infantil y adolescente procedente de los sectores vulnerables de la población afronta, en general, mayores riesgos de fracaso escolar.

En el año 2011, de acuerdo con datos del Programa de Fortalecimiento de la Educación Especial y de la Integración Educativa, durante el ciclo escolar 2010-2011, los alumnos atendidos por educación especial aproximadamente fueron los siguientes: Nuevo León, con el mayor número de estudiantes atendidos -aproximadamente 64,336 alumnos-, con lo que ocupó el primer lugar; seguido de Veracruz con 51,682; Coahuila con 38,080 y la Ciudad de México con 45,044.

No obstante, es necesario incrementar la atención de los alumnos que presentan necesidades específicas y requieren de mayores apoyos educativos en las escuelas públicas de Educación Básica, debiendo el Estado garantizar la educación especial para confirmar este derecho de manera específica en la Constitución.

Es entonces necesario que a nivel Constitucional se confirme al Estado como garante de este derecho, para fortalecer los mecanismos necesarios y lograr que las personas que se encuentran en esta situación interactúen con el resto de la población de una forma digna y respetable, para así estar en condiciones de lograr, en la medida de lo posible, la construcción de un modelo incluyente en varios aspectos de la vida social de nuestro país, que considere los diferentes sectores de grupos vulnerables de los cuales se conforma una sociedad como la nuestra.

A nivel nacional se encuentra contemplada la estructura normativa en materia de educación especial, principalmente en los artículos que a continuación de manera breve se exponen:

Constitución Política Mexicana

En el artículo 1o. y en el artículo 3o. de la Constitución se establece el derecho a la educación para todas las personas:

“Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Artículo 3o. Toda persona tiene derecho a recibir educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios-, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias.

El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos [....]”

No obstante, como se puede observar, en nuestra Constitución no se hace referencia alguna a la educación especial, debiendo ser necesario el reafirmar el derecho a la educación para este sector de la sociedad, que ya se encuentra en la legislación secundaria en nuestro país.

Asimismo, principalmente en los artículos 9, 33, y 41 de la Ley General de Educación, se establece lo correspondiente a la educación especial como modelo educativo y, en particular, en el artículo 41, se da una definición de este tipo de educación, como a continuación se expone:

Ley General de Educación

Artículo 9o. Además de impartir la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior, el Estado promoverá y atenderá -directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio– todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación inicial, especial y superior, necesarios para el desarrollo de la Nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal.

Artículo 33. Para cumplir con lo dispuesto en el artículo anterior, las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias llevarán a cabo las actividades siguientes:

I.Atenderán de manera especial las escuelas en que, por estar en localidades aisladas, zonas urbanas marginadas o comunidades indígenas, sea considerablemente mayor la posibilidad de atrasos o deserciones, mediante la asignación de elementos de mejor calidad, para enfrentar los problemas educativos de dichas localidades;

IV Bis.- Fortalecerán la educación especial y la educación inicial, incluyendo a las personas con discapacidad;

Artículo 41. - La educación especial tiene como propósito identificar, prevenir y eliminar las barreras que limitan el aprendizaje y la participación plena y efectiva en la sociedad de las personas con discapacidad, con dificultades severas de aprendizaje, de conducta o de comunicación, así como de aquellas con aptitudes sobresalientes.

Tratándose de personas con discapacidad, con dificultades severas de aprendizaje, de conducta o de comunicación, se favorecerá su atención en los planteles de educación básica, sin que esto cancele su posibilidad de acceder a las diversas modalidades de educación especial atendiendo a sus necesidades.

La formación y capacitación de maestros promoverá la educación inclusiva y desarrollará las competencias necesarias para su adecuada atención.

La educación especial deberá incorporar los enfoques de inclusión e igualdad sustantiva. Esta educación abarcará la capacitación y orientación a los padres o tutores; así como también a los maestros y personal de escuelas de educación básica y media superior regulares que atiendan a alumnos con discapacidad, con dificultades severas de aprendizaje, de comportamiento o de comunicación, o bien con aptitudes sobresalientes [...]”

Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

Principalmente, los artículos 12 y 15 de esta ley establecen lo relativo al multicitado derecho, y dispone lo siguiente:

“Artículo 12. La Secretaría de Educación Pública promoverá el derecho a la educación de las personas con discapacidad, prohibiendo cualquier discriminación en planteles, centros educativos, guarderías o del personal docente o administrativo del Sistema Educativo Nacional. Para tales efectos, realizará las siguientes acciones:

I. Establecer en el Sistema Educativo Nacional, el diseño, ejecución y evaluación del programa para la educación especial y del programa para la educación inclusiva de personas con discapacidad;

II. Impulsar la inclusión de las personas con discapacidad en todos los niveles del Sistema Educativo Nacional, desarrollando y aplicando normas y reglamentos que eviten su discriminación y las condiciones de accesibilidad en instalaciones educativas, proporcionen los apoyos didácticos, materiales y técnicos y cuenten con personal docente capacitado;

III. Establecer mecanismos a fin de que las niñas y los niños con discapacidad gocen del derecho a la admisión gratuita y obligatoria así como a la atención especializada, en los centros de desarrollo infantil, guarderías públicas y en guarderías privadas mediante convenios de servicios. Las niñas y niños con discapacidad no podrán ser condicionados en su integración a la educación inicial o preescolar;

IX. Diseñar e implementar programas de formación y certificación de intérpretes, estenógrafos del español y demás personal especializadoen la difusión y uso conjunto del español y la Lengua de Señas Mexicana;

Artículo 15. La educación especialtendrá por objeto, además de lo establecido en la Ley General de Educación, la formación de la vida independiente y la atención de necesidades educativas especiales que comprende entre otras, dificultades severas de aprendizaje, comportamiento, emocionales, discapacidad múltiple o severa y aptitudes sobresalientes, que le permita a las personas tener un desempeño académico equitativo, evitando así la desatención, deserción, rezago o discriminación.”

Dentro de nuestro derecho comparado interno a nivel Constitucional

En el presente apartado se hace uso de nuestro derecho interno comparado, a nivel Constitucional, a fin de contar con un panorama más amplio respecto a este tema, de la importancia que le dan a la educación especial en las Constituciones de las entidades federativas.

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes

Artículo 6.- La educación es un derecho de todas las personas que atiende a las necesidades de su desarrollo y un proceso colectivo de interés general y público.

El Estado deberá además promover y atender la educación media, la educación superior y otras modalidades educativas, como la formación y capacitación para el trabajo, la educación de adultos y la educación especial.”

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo

Artículo 5.- Sin distinción alguna, todas y todos los habitantes del Estado tienen los derechos y obligaciones, así como los derechos humanos, consagrados en esta Constitución.

VIII.-Establecer políticas sociales para proteger a los migrantes de los pueblos indígenas, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, mediante acciones para garantizar los derechos laborales de los jornaleros agrícolas; mejorar las condiciones de salud de las mujeres; apoyar con programas especiales de educación y nutrición a niños y jóvenes de familias migrantes; velar por el respeto de sus derechos humanos y promover la difusión de sus culturas [...]”

Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza

Artículo 118.El Estado y los municipios prestarán los servicios de educación preescolar, primaria, secundaria y media superior, estos niveles educativos serán obligatorios.

La educación inicial, especial, preescolar, primaria, secundaria y media superior que impartan el Estadoy los municipios en establecimientos sostenidos por recursos públicos será gratuita, de calidad y tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional en la independencia y en la justicia.

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima

Artículo 99.- Además de impartir educación básica, el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos, incluyendo la educación inicial, especial y superior necesaria para el desarrollo del Estado y la nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura.

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca

“Artículo 12. [...]

Los niños y las niñas, adolescentes y jóvenes, tienen derecho a la vida sana, a la integridad física y emocional, a la identidad, a la protección integral, a una vida libre de violencia, a la salud, a la alimentación, a la educación, a la diversión y a llevar una vida digna e intercultural, con perspectiva de género, en condiciones de no discriminación, no subordinación y trato igualitario. El Estado velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Asimismo, expedirá leyes y normas para garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes, para satisfacer sus necesidades y evitar la violencia, su explotación y trata. El menor de edad tiene derecho:

b) A qué (sic) se le proporcione alimentación, a la educación básica, media superior y a la especial, en los casos que se requiera, procurando que ésta sea bilingüe en los pueblos y comunidades indígenas, a efecto de preservar la lengua materna de su localidad. [ ...]”

En el marco internacional en esta materia, este derecho se plasma, principalmente, en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, por lo que el Estado mexicano se encuentra obligado a su observación y cumplimiento.

La Conferencia Internacional sobre “Educación para Todos” de Jomtien, en 1990, constituye un parteaguas en la política educativa internacional y, por consecuencia, en México, como miembro de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), puesto que establece que todos los habitantes del mundo tienen derecho a la educación y a la satisfacción de sus necesidades básicas de aprendizaje. De manera indirecta hace alusión a la escuela inclusiva, ya que no es privativo de los menores en edad escolar, sino se extiende también a los adultos sin o poca escolaridad, lo que implica necesariamente la apertura de las escuelas a todos los demandantes, sin distinción de condición social o física.

En síntesis, la declaración establece que: la escuela debe ser un instrumento para la igualdad de oportunidades -para todos-, respetando la diversidad y atendiendo a las necesidades de cada uno de forma diferencial, además de un espacio de integración social donde se conoce, comparte y convive con personas provenientes de otros grupos sociales, y se aprende a respetar y valorar al “diferente”. Se busca la mayor calidad educativa para lograr la plena participación e integración social y productiva de los educandos en el mundo adulto.

En estos principios se apoya la filosofía educativa de la inclusión, con un enfoque orientado a “responder a la diversidad de las necesidades de todos los estudiantes a partir de la mayor participación en el aprendizaje, las culturas y las comunidades”.

En la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en el artículo 19 que se refiere al derecho de vivir de forma independiente y a ser incluidos en la comunidad, los Estados que forman parte de dicha Convención reconocen el derecho de las personas con discapacidad a vivir en la comunidad en igualdad de condiciones y con las mismas opciones que los demás, quienes adoptarán medidas efectivas y pertinentes para facilitar a las personas con discapacidad, el disfrute pleno de este derecho y su total inclusión y participación en la comunidad.

La realidad, hasta ahora, está muy lejana de las aspiraciones de inclusión internacional; sin embargo, la materialización del derecho a vivir y a ser incluido en la comunidad plantea un desafío multidimensional y complejo para varios actores sociales, entre ellos las familias, los educadores, los empleadores, los gobiernos y las propias personas con discapacidad.

Entre las Iniciativas más importantes para la evolución de la Educación Especial en el mundo se encuentran: El Año Internacional de los Impedidos (1981) y, su complemento, El Decenio de las Naciones Unidas para los Impedidos (1983-1992); El Programa de Acción Mundial para los Impedidos (Naciones Unidas 1983); La Convención sobre los Derechos del Niño (1989) y La Aprobación por la Asamblea General de las Naciones Unidas de las Normas Uniformes sobre la Equiparación de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.

Derecho comparado a nivel internacional

Tomando como referencia el derecho comparado, se evidencia una generalidad de las Constituciones de otros países con respecto a la Constitución Mexicana, en relación a la educación especial. A continuación se citan algunos ejemplos:

El Salvador

En la Sección Tercera, Educación, Ciencia y Cultura, en el artículo 56 se establece que:“[ ...]La educación parvularia, básica y especialserá gratuita cuando la imparta el Estado....”

Venezuela

En el Título III De los Deberes, Derechos y Garantías Capítulo IV Derechos sociales, en el artículo 78 se señala que:“[...] Todos tienen derecho a la educación. El Estado creará y sostendrá escuelas, instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el acceso a la educación y a la cultura, sin más limitaciones que las derivadas de la vocación y de las aptitudes.Sin embargo, la ley podrá establecer excepciones respecto de la enseñanza superior y especial, cuando se trate de personas provistas de medios de fortuna [...]”

España

En el Capítulo tercero. De los principios rectores de la política social y económica, en el artículo 49 se advierte que:“Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos [...].”

Como podemos observar, queda clara la importancia que estos países y Estados le dan a la educación especial, ya que a pesar de contar con un marco jurídico para este tema, reconocen su importancia llevando este derecho en sus Constituciones, estableciendo al Estado como garante de este derecho, siendo que la importancia de la educación especial responde a una sociedad más democrática, equitativa e inclusiva, teniendo como propósito lograr una sociedad más solidaria y cooperativa.

Habiendo ya también analizado la legislación internacional podemos concluir que la política educativa en México se ha caracterizado por su inconsistencia en relación con este segmento de la población, desde la desatención absoluta, a la escuela de integración y una vaga propuesta de escuela inclusiva o educación especial, como se establece en algunos ordenamientos de nuestra legislación secundaria.

La educación especial es un movimiento orientado a transformar los sistemas educativos para responder a la diversidad del alumnado. Por ello, la presente reforma es fundamental para hacer efectivo el derecho a la educación con igualdad de oportunidades, y está relacionada con el acceso, la permanencia, la participación y los logros de todos los estudiantes, con especial énfasis en aquellos que por diferentes razones son excluidos o en riesgo de ser marginados.

En Nueva Alianza sabemos que la educación especial es un derecho humano, en ese sentido proponemos una adición al artículo 3 Constitucional para incorporar en su texto a la educación especial.

Fundamento legal

Por las consideraciones expuestas, en mi calidad de Diputada Federal del Grupo Parlamentario Nueva Alianza de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I; 77.1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía, la iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adicionan las fracciones V y VI al artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único.Se adicionan las fracciones V y VI al artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 3o...

...

...

I a II....

...

a) a d)...

III. a IV. ...

V. Además de impartir la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior, señaladas en el primer párrafo, el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos –incluyendo la educación inicial , especialy a la educación superior– necesarios para el desarrollo de la nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura;

VI.Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades–incluyendo la educación inicial, especialy a la educación superior– necesario para el desarrollo de la nación. En los términos que establezca la ley, el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de validez oficial a los estudios que se realicen en planteles particulares. En el caso de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal, los particulares deberán:

a) a b) ...

VII a IX. ...

a) a c) ...

...

...

...

...

...

...

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Juárez Núñez, José Manuel; Comboni Salinas, Sonia y Garnique Castro, Fely. De la educación especial a la educación inclusiva. Argumentos (México), 2010, vol.23, n.62, pp. 41-83.

2 Ibídem.

3 Ibídem pp.41-83.

4 Ibídem.

5 Ibídem.

6 Teresita de Jesús Cárdenas Aguilar y Arturo Barraza Macías, Marco conceptual y experiencias de la educación especial en México, Instituto Universitario Anglo Español, México, febrero del 2014.

7 Teresita de Jesús Cárdenas Aguilar y Arturo Barraza Macías, Marco conceptual y experiencias de la educación especial en México, Instituto Universitario Anglo Español, México, febrero del 2014.

8 Programa Nacional de fortalecimiento de la educación especial y de la integración educativa, Secretaría de Educación Pública Subsecretaría de Educación Básica y Normal Oficina de Representación para la Promoción e Integración Social para Personas con Discapacidad Consejo Nacional Consultivo para la Integración Social de las Personas con Discapacidad. Subcomisión de Educación, México, Secretaría de Educación Pública, 2002, en

http://www.educacionespecial.sep.gob.mx/pdf/publicaciones/ProgNal.pdf

9 Ibídem.

10 Ibídem.

11 Datos Programa de Fortalecimiento de la Educación Especial y de la Integración Educativa. Ciclo escolar 2010-2011

12 Constitución federal y estatales ubicadas por “voces”, Noviembre del 2015, Cámara de Diputados LXIII Legislatura, Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios, Dirección General de Servicios de Documentación, Información y Análisis, en

http://www.diputados.gob.mx/sedia/sia/spi_voces2-15.htm

13 Considerando núm. 1 de la Declaración Mundial sobre Educación para Todos, Jomtien, 1990.

14 José Manuel Juárez Núñez, Sonia Comboni Salinas, Fely Garnique Castro, de la educación especial a la educación inclusiva, Argumentos, UAM-X, México, nueva época, año 23, Núm. 62, enero-abril 2010.

15 Inclusión Internacional, Educación Inclusiva, 2006

16 Jorge González Chávez, Investigador Parlamentario en Política Interior, artículo 3o. Constitucional, Gratuidad de la educación superior, un enfoque jurídico, SIID: Servicio de Investigación y Análisis. División de Política Interior, 2 de septiembre, 1999.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2017.— Diputada Mirna Isabel Saldívar Paz(rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Saldívar. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Saludamos con mucho gusto a jóvenes estudiantes y profesores provenientes de diversas universidades del estado de Veracruz, invitados por el diputado Nicanor Martínez Olguín. Sean ustedes bienvenidos.

Asimismo, saludamos a estudiantes de la Universidad Internacional del estado de Querétaro, quienes asisten invitados por el diputado José Hugo Cabrera Ruiz. Bienvenidos.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: «Iniciativa que adiciona los artículos 5o. y 14 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del PES

Alejandro González Murillo, diputado federal por el Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social a la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XVIII al artículo 5 y se adiciona una fracción XIX Bis de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Como consecuencia de la compleja situación económica internacional, las finanzas de nuestro país se han visto gravemente afectadas, provocando la pauperización de la clase media y negando el adelanto social de los sectores más vulnerables del país.

De acuerdo con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), entre el año 2012 y el 2014 la población en pobreza aumentó 53.3 a 55.2 millones de personas, en el mismo sentido, según resultados de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, 2015, durante el primer trimestre de dicho año, la población sub ocupada alcanzó 4 millones de personas, tal y como se desprende de la siguiente gráfica:

Por lo anterior, resulta urgente impulsar el emprendimiento social como medio para fomentar la participación activa de la sociedad en el desarrollo económico del país; para lo cual, se hace necesario impulsar la propiedad social, y así, posibilitar que trabajadores, campesinos, ganaderos, artesanos, pescadores y acuicultores, puedan acceder al emprendimiento social y con ello a la generación de riqueza, y mejora en las condiciones de vida de los mexicanos menos favorecidos.

Como país, no hemos sido capaces de impulsar una adecuada cultura de Emprendimiento Social; no así en otros países, donde ya se encuentra ampliamente regulado.

En España la iniciativa de Ley de Apoyo a las Actividades de los Emprendedores Sociales, presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) al Congreso de los Diputados; en su artículo 1, dispone:

“... Artículo 1. Objeto de la Ley.

El objeto de la presente ley es establecer un nuevo marco jurídico que facilite las actividades de los emprendedores sociales, a través de la sociedad limitada. A los efectos de ganar en visibilidad el reconocimiento y facilitar el conocimiento de terceros del compromiso estatutario de la entidad, estas sociedades se denominarán a efectos sociales como sociedad de responsabilidad limitada de interés general...” (Énfasis añadido)

De la lectura del artículo anterior, resulta evidente que el marco jurídico busca facilitar y promover el emprendimiento social, a través de la creación de un nuevo tipo de sociedades; denominadas, sociedades de responsabilidad limitada de interés general.

Con lo cual, se busca atender las demandas de los emprendedores sociales, que piden un régimen especial para la constitución de las empresas con carácter social.

De igual manera, la Comisión Europea presentó y aprobó, en 2011, una iniciativa para implementar el concepto de emprendimiento social; la propuesta responde a la necesidad de incentivar dentro de la sociedad la creación de empresas con un enfoque social y ambiental.

De este modo, la Comisión Europea creo un marco legal seguro, que permita a la sociedad europea emprender y generar empresas que tengan un enfoque social, sustentable y acorde con los objetivos de la Estrategia Europea 2020. La legislación atiende 3 aspectos que facilitan la implementación de los proyectos de carácter social:

• Mejorar el acceso al financiamiento.

• Mejorar la visibilidad de las empresas Sociales.

• Mejorar el entorno jurídico.

Con su aplicación, la Comisión Europea, busca, fomentar una mayor participación social en la actividad económica, a través de la creación de empresas de carácter social.

Por otro lado, en el Reino Unido ya existe la figura legal de empresas de interés comunitario, estas empresas de carácter comunitario fueron introducidas en el marco legal británico en el año de 2005.

La finalidad de las Community Interest Companies, por sus siglas en inglés (CIC), atiende a beneficiar principalmente a la ciudadanía, y se establecen con la finalidad de agilizar la constitución de empresas sociales, cuyo objetivo es fomentar el emprendimiento social.

En este sentido, nuestro país requiere contar, urgentemente, con un marco legal similar, para fomentar la propiedad social a través del emprendimiento social.

A fin de poder encontrar una definición más amplia del concepto de emprendimiento social, a continuación, algunas de las definiciones propuestas por organizaciones internacionales.

Ashoka

Ashoka es una empresa de carácter social, la cual se encarga de proyectar, a todas esas personas que tienen el interés de desarrollar sus ideas con un enfoque social y ambiental. Define al emprendimiento social como:

“El emprendimiento social es el proceso mediante el cual los ciudadanos construyen o transforman instituciones o sistemas para resolver problemas sociales. Implica la creación de nuevos equipos y recursos que mejoren la capacidad de la sociedad para abordar problemas y así, maximizar el impacto social a través de la sustentabilidad y la sustentabilidad.”

Schwab Foundation for Social Entrepreneurship

Dicha organización, se enfoca en facilitar plataformas regionales y globales para destacar modelos de innovación social sostenible, mediante el apoyo a una comunidad de emprendedores sociales, en colaboración con el Foro Económico Mundial; para lo cual, establece la siguiente definición de emprendimiento social:

“El emprendimiento Social es un término un acercamiento practico, innovador y sustentable a los problemas económicos y sociales, un acercamiento que divide sectores y disciplinas basándose en ciertos valores y procesos comunes para todos los emprendedores sociales independientemente de cual sea su enfoque, o su organización es con fines de lucro o sin fines de lucro.”

The Grameen Creative Lab

Se trata de una organización, fundada por el Premio Nobel de la Paz el Profesor Muhammad Yunus y por Hanz Reitz quien es fundador y director creativo de CIRC (empresa dedicada a la incubación de empresas y proyectos innovadores); se trata, de una organización dedicada principalmente a la incubación de ideas de negocios sociales; a través de la investigación académica, experimentos empresariales y sociales; además, de estudios de las iniciativas empresariales que busquen la autosuficiencia; define como concepto de emprendimiento social:

“A diferencia de los negocios tradicionales, una empresa social opera por el beneficio de atender necesidades sociales que permiten a las comunidades funcionar de manera más eficiente. Las empresas sociales proveen un marco necesario para atender problemáticas sociales combinando el conocimiento de los negocios con el deseo de mejorar la calidad de vida.”

Finalmente, añadimos un último concepto que hace referencia al emprendimiento social, tanto a las empresas sociales y finalmente al concepto de emprendimiento social.

En el libro Emprendimiento social “Lo que todos necesitan saber” ( Social Entrepreneurship What Everyone Needs to Know), de David Bornstein y Susan Davis, definen claramente las necesidades y los razonamientos para incluir el concepto de emprendimiento social, el cual, es definido de la siguiente manera:

“Un emprendedor social es una persona que tiene tanto una idea poderosa para causar cambio social positivo y la creatividad, habilidades, determinación y empuje para transformar la idea en realidad. Los emprendedores Sociales combinan comprensión, oportunismo, optimismo e ingenio de emprendedores de negocios, pero se dedican a perseguir cambio social o “utilidad social” en lugar de utilidad financiera.”

Como se podrá observar, las diferentes definiciones de emprendimiento social, se enfocan, en la creación de empresas que puedan ser sustentables y que a su vez puedan generar beneficios sociales para la población.

Actualmente no existe un concepto unificado de emprendimiento social; sin embargo, todos los conceptos coinciden, en la necesidad de crear empresas sociales; como una medida acertada para la inclusión económica de la propiedad social.

Del mismo modo, coinciden en la necesidad de establecer la utilidad financiera y la generación de impacto y negocios sociales autosustentables, eficientes y exitosos.

La trascendencia de darle a la economía social el lugar que, en tiempos convulsos en lo económico, político y social merece recobrar, puede encontrar un espacio de privilegio en el Sistema Educativo Nacional; en tal sentido, la promoción y el desarrollo del emprendimiento social para la vigencia y vivencia de la economía social y solidaria en los educandos de nuestro país es una medida tan urgente como necesaria.

El Instituto Nacional de la Economía Social (INAES), es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social, que tiene por objeto instrumentar, como parte de la Estrategia Nacional de Desarrollo Social, las políticas públicas de fomento y desarrollo del sector social de la economía, con el fin de fortalecer y consolidar al Sector como uno de los pilares de desarrollo económico y social del país, a través de la participación, capacitación, investigación, difusión y apoyo a proyectos productivos del Sector.

Por lo anterior, es que el impulso de políticas públicas, educativas y económicas, encaminadas a fomentar en el ámbito educativo la cultura del emprendimiento social, resulta acertada toda vez que cumple con los objetivos ya establecidos para el Instituto.

La promoción que se pretende orientar mediante el INAES, atiende a incrementar la visión de los educandos en nuestro país, incursionándolos a un ámbito en el que no solamente estén comprometidos con sus estudios sino que, a su vez, se comprometan con su entorno social, cultural y tecnológico.

El nuevo modelo educativo, presentado por la Secretaria de Educación Pública establece, en su apartado Escuelas al Centro, como un punto transversal, a la participación social en la educación; dicho aspecto se refiere a la participación activa de los padres de familia en las actividades de las escuelas, así como a la generación de proyectos de carácter social encaminados al mejoramiento de su comu-nidad.

Por otra parte, en el nivel superior, se establece la participación de los educandos en proyectos de emprendimiento; en tal aspecto y, de acuerdo con lo establecido por el nuevo modelo educativo, resulta idóneo incorporar, en los currícula, al emprendimiento social, a fin que los educandos tengan una visión más comprometida con su entorno.

La oportunidad que se genera al incorporar el emprendimiento social dentro del sistema educativo nacional es inmejorable, ya que vivimos en un mundo globalizado en el que, con el paso del tiempo, se demandan las acciones de detonación económica y enfoque social necesarias para mitigar aspectos tan críticos del cambio de época como el calentamiento global.

Con la presente adición que se propone en la iniciativa se pretende, entre otros aspectos, impulsar el desarrollo económico y social de miles de localidades en el país, las que, de suyo, contarán con recursos humanos capaces de promover el crecimiento de proyectos que generen ganancias y, a su vez, contribuyan a la multiplicación de estabilidad social.

La finalidad de orientar a los educandos al emprendimiento social tiene una visión humanista, con la cual se pretende que se vean beneficiadas más personas y que no solamente sean proyectos que generen intereses personales.

El beneficio social que tendrán las comunidades, será muy importante, ya que podrán ser autosuficientes, en distintas áreas de la economía, mediante la generación y aplicación de proyectos que han sido creados bajo el panorama de emprendimiento social, que habrá de permear en las nuevas generaciones.

Emprender socialmente es una tarea que requerirá de todo el esfuerzo del sector para poder concretar los proyectos y, de este modo, impulsar un nuevo concepto que crecerá a la par de nuestros niños, niñas y jóvenes mexicanos.

Según cifras del Global Entrepreneurship Monitor, en el país, uno de cada seis mexicanosse encuentra inmerso en actividades emprendedoras y, de ellos, 18 por ciento son jóvenes de entre 18 y 24 años.

De lo anterior, podemos observar que los jóvenes son quienes han tenido un incremento en el interés por emprender, por lo cual, el estimular desde una edad temprana el emprendimiento social beneficiará al entorno y a la sociedad en su conjunto.

Otro dato proporcionado de gran relevancia, es el emitido por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en el que se demuestra que, el 14 por ciento de los emprendedores en nuestro país, deciden iniciar el camino de los negocios a partir de la experiencia que reciben en los colegios.

Con los datos arrojados por parte de la STPS se demuestra que, el lugar en donde empieza el interés por emprender, es en el aula; por esto, la propuesta de abordar el emprendimiento social desde temprana edad es viable y de mucha utilidad social hacia el futuro.

En este sentido, la presente iniciativa tiene, como objetivo establecer y orientar hacia el fenómeno educativo, en la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el concepto de emprendimiento social, a fin de establecer las bases que favorezcan una mayor participación social en el desarrollo económico de nuestro país.

Como resultado del poco impulso y desarrollo que ha presentado la propiedad social en México, resulta necesario aprovechar las experiencias internacionales en la materia y el área de oportunidad que puede representar el emprendimiento social para abonar al impulso económico de nuestro país.

No son pocas las naciones que han apostado por el emprendimiento social, como medio, para la generación de fuentes de trabajo y riqueza en las comunidades donde se establecen dichas experiencias. Es por ello que, en México, debemos de apuntar a crear un concepto que beneficie a todas las familias mexicanas.

Con la finalidad de facilitar e ilustrar de mejor manera los cambios propuestos, se presenta el siguiente cuadro comparativo:

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona una fracción XVIII al artículo 5 y se adiciona una fracción XIX Bis al artículo 14 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía

Artículo Primero. Se adicionauna fracción XVIII al artículo 5 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo Octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía, para quedar como sigue:

Artículo 5. Para los efectos de esta ley, se entiende por:

I. a XVII. (...)

XVIII. Emprendimiento Social, el esfuerzo que el sector, lleva a cabo para impulsar el desarrollo de la propiedad social, bajo un sistema socioeconómico basado en la solidaridad, cooperación y reciprocidad, con la finalidad de satisfacer las necesidades de sus integrantes y de la comunidad donde se desarrolla.

Artículo Segundo. Se adicionauna fracción XIX Bis al artículo 14 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo Octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía, para quedar como sigue:

Artículo 14. El Instituto tendrá como funciones las siguientes:

I. a XIX. (...)

XIX Bis. Impulsar el diseño de políticas públicas en el ámbito educativo, para fomentar, en los educandos, la cultura del emprendimiento social;

XX. a XXII. (...)

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), Informe de los Resultados de la Medición de Pobreza 2014, consultado el 9 de noviembre de 2016 en:

http://www.coneval.org.mx/SalaPrensa/Documents/Comunicado005_Medicion_ pobreza_2014.pdf

2 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), Resultados de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, cifras durante el primer trimestre de 2015, consultado el 9 de noviembre de 2016 en:

http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/boletines/2015/enoe_ie/ enoe_ie2015_05.pdf

3 Boletín Oficial de las Cortes Generales, Congreso de los Diputados X Legislatura, 18 de octubre de 2013, consultado el día 9 de noviembre del 2016, en:

http://www.congreso.es/public_oficiales/L10/CONG/BOCG/B/BOCG-10-B-140-1.PDF

4 La iniciativa de emprendimiento social de la comisión europea, (Iniciativa a favor del emprendimiento social logros obtenidos hasta la fecha), consultado el 9 de noviembre de 2016 en:

http://ec.europa.eu/internal_market/publications/docs/sbi-brochure/ sbi-brochure-web_es.pdf

5 Ashoka México y Centroamérica, Todos podemos ser agentes de cambio, consultada el día 18 de noviembre de 2016 en:

http://mexico.ashoka.org/preguntas-frecuentes

6 Qué es el Emprendimiento Social, Definiciones de Emprendimiento Social, Página 12, Consultada el día 18 de noviembre de 2016 en:

http://ebook.disruptivo.tv/wp-content/uploads/ 2015/ 10/%C2% BFQu%C3%A9-es-el-emprendimiento-social_-1.pdf

7 Página Principal de CIRC, consultada el día 18 de noviembre de 2016 en: http://www.circ.de/en/

8 Qué es el Emprendimiento Social, Definiciones de Emprendimiento Social, Página 13, Consultada el día 18 de noviembre de 2016 en:

http://ebook.disruptivo.tv/wp-content/uploads/2015/10/%C2%BF Qu%C3%A9-es-el-emprendimiento-social_-1.pdf

9 Social Entrepreneurship What Everyone Needs To Know, consultado el día 18 de noviembre de 2016 en:

http://ashokau.org/wp-content/uploads/2010/12/Social-Entrepreneurship- What-Everyone-Needs-to-Know-Teaching-notes-final.pdf

10 Qué es el Emprendimiento Social, Definiciones de Emprendimiento Social, Página 13, Consultada el día 18 de noviembre de 2016 en:

http://ebook.disruptivo.tv/wp-content/uploads/2015/10/%C2%BF Qu%C3%A9-es-el-emprendimiento-social_-1.pdf

11 Modelo Educativo para la educación obligatoria, Secretaría de Educación Pública, Pág. 115, consultada el día 26 de marzo 2017

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/199494/Modelo_ Educativo_para_la_Educacio_n_Obligatoria.pdf

12 Educación: El motor del emprendimiento social (Sitio Web), Consultado el día 27 de marzo 2017 en:

http://www.educacionyculturaaz.com/analisis/educacion-el-motor- del-emprendimiento-social,

Cifras obtenidas del estudio de Global Entrepreneurship Monitor 2012 llevado a cabo por el Tecnológico de Monterrey, Consultado en:

http://www.gemconsortium.org/docs/3076/gem-mexico-2012-report.

13 Educación: El motor del emprendimiento social (Sitio Web), Consultado el día 27 de marzo 2017 en:

http://www.educacionyculturaaz.com/analisis/educacion-el-motor- del-emprendimiento-social

Cifras obtenidas del estudio ¿Quiénes son los emprendedores innovadores mexicanos?, realizado por la Fundación IDEA y la Agencia para el Desarrollo Internacional (USAID).

Referencias

• Coneval,

http://www.coneval.org.mx/SalaPrensa/Documents/Comunicado005_ Medicion_pobreza_2014.pdf

• Inegi,

http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/boletines/2015/enoe_ie/enoe_ie2015_05.pdf

• Iniciativa de emprendimiento social de la comisión europea

http://ec.europa.eu/internal_market/publications/docs/sbi-brochure/ sbi-brochure-web_es.pdf

• Qué es el emprendimiento social por Juan del Cerro:

http://ebook.disruptivo.tv/wp-content/uploads/2015/10/%C2%BF Qu%C3%A9-es-el-emprendimiento-social_-1.pdf

• Social Entrepreneurship What Everyone Needs To Know

http://ashokau.org/wp-content/uploads/2010/12/Social-Entrepreneurship- What-Everyone-Needs-to-Know-Teaching-notes-final.pdf

• Modelo Educativo para la educación obligatoria, Secretaría de Educación Pública Pág. 115

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/199494/Modelo_ Educativo_para_la_Educacio_n_Obligatoria.pdf

• Educación: El motor del emprendimiento social (Sitio Web), Consultado en:

http://www.educacionyculturaaz.com/analisis/educacion-el-motor- del-emprendimiento-social

Cifras obtenidas del estudio de Global Entrepreneurship Monitor 2012 llevado a cabo por el Tecnológico de Monterrey, Consultado en:

http://www.gemconsortium.org/docs/3076/gem-mexico-2012-report.

• Educación: El motor del emprendimiento social (Sitio Web), Consultado en:

http://www.educacionyculturaaz.com/analisis/educacion-el-motor- del-emprendimiento-social

Cifras obtenidas del estudio ¿Quiénes son los emprendedores innovadores mexicanos?, realizado por la Fundación IDEA y la Agencia para el Desarrollo Internacional (USAID).

Salón del pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, abril 18 de 2017.— Diputado Alejandro González Murillo(rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, para dictamen.



LEY MINERA

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola, a nombre del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 9 de la Ley Minera.

La diputada Refugio Trinidad Garzón Canchola:Honorable asamblea. Gracias, presidenta. En tiempos de incertidumbre y turbulencia financiera internacional, Encuentro Social refrenda su compromiso con la detonación de la economía nacional con enfoque social, del mismo modo que ocurre con la economía doméstica, en que los tiempos adversos exigen el máximo aprovechamiento de los recursos con que cuentan los hogares antes de pretender planear respecto a nuevas aun existentes. A México le urge la utilización más eficiente de su entramado legal e institucional.

Asimismo, como desde tiempos de la Colonia, México cuenta aún con abundantes recursos mineros que en su momento facilitaron la fundación de grandes ciudades y atrajeron capital que ha venido coadyuvando a la economía nacional.

En Encuentro Social sabemos que contar con la Ley Minera y un servicio geológico mexicano es una oportunidad para la generación de recursos humanos nacionales de alta especialización.

Con la iniciativa que sometemos a consideración de esta soberanía, buscamos impulsar desde el servicio geológico mexicano, en coordinación con la SEP, el incremento a la matrícula de la ingeniería metalúrgica y metales a fin que los jóvenes salientes del bachillerato se involucren en una carrera que en los últimos años en México ha perdido su fuerza por falta de oportunidades.

Ello, en vista de que las carreras afines a la ingeniería metalúrgica y metales en nuestro país han tenido muy baja participación y demanda en el mercado académico en los últimos años.

Al ser una materia que requiere de ciertos procesos matemáticos y numéricos, muchos estudiantes optan por no inscribirse a dichas ramas de la ingeniería a pesar que, según el Instituto Mexicano para la Competitividad, es una de las carreras mejor pagadas en México.

Con su aprobación e implementación, de igual manera, además de crearse nuevos empleos se generarán beneficios sociales correlativos y tendrán mayor presencia en la industria minera.

Hoy, con una altísima participación extranjera y con un déficit de mano de obra de alta especialización, un México mejor educado y más activo en las industrias extractivas es posible. Hagámoslo nosotros. Es cuanto, diputada presidenta. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que adiciona el artículo 9o. de la Ley Minera, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del PES

Alejandro González Murillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona la fracción XXVI al párrafo décimo del artículo 9 de la Ley Minera, en lo referente a las funciones del Servicio Geológico Mexicano, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Las carreras afines a la Ingeniería Metalúrgica y de Minerales, en nuestro país, han tenido una muy baja participación y demanda en el mercado académico los últimos años; al ser una materia que requiere de ciertos procesos matemáticos y numéricos, muchos estudiantes optan por no inscribirse a dichas ramas de la ingeniería.

De acuerdo con un análisis de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior, entre 2015 y 2016 se registraron 3.9 millones de estudiantes universitarios activos en el país.

Un estudio realizado por el Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco), consistente en hacer una comparación de las carreras que más demanda tienen respecto a las que no cuentan con un mínimo de estudiantes para poder impartir las materias, arrojó los siguientes resultados:

Las carreras que presentan una menor tasa de desempleo son física, química, bellas artes, formación docente (programas multidisciplinarios o generales), formación docente para la educación básica de nivel secundaria, deportes, estadísticas, historia y arqueología, salud pública y servicios de transporte.

En contraste, las carreras con mayor tasa de desempleo son ciencias ambientales, tecnología y protección del ambiente, comunicación y periodismo, industria de la alimentación, manufacturas y procesos (programas multidisciplinarios o generales), terapia y rehabilitación, diseño, ciencias de la tierra y de la atmósfera, criminología y, finalmente, minería y extracción.

Precisamente, la carrera de minería y extracción es la de mayor tasa de desempleo, con un porcentaje de 25.6 por ciento, registrado por cálculos del Imco con información del Inegi.

Son datos que sin duda muestran el gran desinterés que acusan los jóvenes para estudiar dicha carrera; sin embargo, en el mismo estudio presentado por el Imco, encontramos que es una de las carreras mejor pagadas en México.

A continuación se muestra un cuadro realizado por el Imco, con la composición de las carreras con mejor y menor salarios:

En la tabla anterior observamos el comportamiento y posicionamiento laboral respecto de las demás carreras. La minería y extracción es la octava carrera con mejores salarios en todo México.

Pese al esfuerzo que realizan las instituciones de educación superior, privadas y públicas, con respecto a la promoción de la carrera, no son positivos los resultados que presentan, toda vez que, como señalábamos anteriormente, es una de las menos demandadas en el país.

En paralelo, el criterio respecto al retorno de inversión de la carrera de ingeniería metalúrgica y de minerales también demuestra importantes ventajas competitivas respecto a otros programas académicos al colocarse dentro de los primeros diez lugares, como se desprende de la siguiente gráfica:

En tiempos de reconfiguración y diversificación de la economía nacional, es indispensable que el Estado mexicano se enfoque en la promoción, impulso y fomento, para la incursión de jóvenes mexicanos en estudios superiores relacionados con la minería.

Facultar al Servicio Geológico Mexicano para establecer coordinación con las autoridades educativas para tal efecto es una decisión legislativa fundamental para coadyuvar a la reactivación económica nacional ya que, al producir ingenieros especializados en metalurgia y minerales, además de crearse nuevos empleos, se generarán beneficios sociales correlativos y se tendrá mayor presencia en la industria minera, hoy con una altísima participación extranjera y con un déficit de mano de obra de alta especialización.

A fin de facilitar e ilustrar de mejor manera la iniciativa que hoy se propone, se presenta el siguiente cuadro comparativo:

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XXVI al párrafo décimo del artículo 9o. de la Ley Minera, referente a las funciones del Servicio Geológico Mexicano

Por lo expuesto someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona la fracción XXVI al párrafo décimo del artículo 9o. de la Ley Minera, referente a las funciones del Servicio Geológico Mexicano

Único. Se adiciona la fracción XXVI al párrafo décimo del artículo 9o. de la Ley Minera, para quedar como sigue:

Artículo 9o. (...)

...

Para el cumplimiento de su objeto señalado en el párrafo primero de este artículo, el Servicio Geológico Mexicano tendrá las siguientes funciones:

I. a XXV. (...)

XXVI. Coordinarse con las autoridades educativas federales y estatales a fin de promover, impulsar y difundir la incursión de estudiantes en la matrícula de la carrera de ingeniería metalúrgica y de materiales, así como disciplinas afines; y

(Fracción adicionada)

XXVII. Realizar las actividades que le confieren expresamente otras leyes.

(Fracción recorrida)

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Anuario estadístico de educación superior de licenciatura, Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior, consultado el 29 de marzo de 2017 en

http://www.anuies.mx/gestor/data/personal/anuies05/anuario/ ANUARIO_EDUCACION_SUPERIOR-LICENCIATURA_2015-2016.zip

2 Compara carreras 2016, Instituto Mexicano para la Competitividad, consultada el 29 de marzo 2017 en

http://imco.org.mx/banner_es/compara-carreras-2016/

Salón del pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 6 de abril de 2017.— Diputada y diputado: Refugio Trinidad Garzón Canchola, Alejandro González Murillo (rúbricas).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Garzón Canchola. Túrnese a la Comisión de Economía, para dictamen.



LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Pasamos a una segunda ronda de iniciativas. Tiene la palabra por cinco minutos, el diputado Tomás Roberto Montoya Díaz, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos octavo, noveno y 91 de la Ley General de Cambio Climático, y asimismo, en la misma intervención, presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 67, 112 y 113, de la Ley General de Salud.

El diputado Tomás Roberto Montoya Díaz:Muchas gracias. Con su permiso, diputada presidenta. Compañeras y compañeros legisladores. El día de hoy me permito presentar ante ustedes dos iniciativas para las cuales solicito su apoyo, pues aun cuando las materias en las que versan no guardan relación entre sí, ambas representan un aporte significativo en el desarrollo social y colectivo de nuestra comunidad.

En primer lugar quisiera exponerles la importancia que tiene el involucrar a todos los órdenes de gobierno en la causa del cambio climático. Este fenómeno representa una asignatura que involucra esfuerzos en cada ámbito de gobierno de nuestro país, siendo la ley general de la materia la que asigna atribuciones a la federación, los estados y los municipios, y ordena la creación de un fondo con recursos federales.

No obstante, es importante que todos los niveles de gobierno asuman un compromiso de acuerdo con los parámetros establecidos en su legislación, y sus capacidades presupuestarias en materia de asignación de recursos y conformación de fondos específicos para implementar medidas de mejora de calidad de aire, manejo de residuos y otras acciones que mejoren la calidad de vida de la población, todo esto con plena independencia de los recursos federales que sean asignados.

La redacción actual de la Ley General de Cambio Climático contempla que los estados de la república y los municipios podrán gestionar y administrar fondos para implementar acciones en la materia. Sin embargo, no se determina que dichos fondos sean de carácter permanente.

Las acciones para combatir el cambio climático requieren del respaldo de recursos económicos accesibles, oportunos, constantes y suficientes que permitan el efectivo cumplimiento, y con esta reforma se busca que los estados y municipios cuenten con autonomía presupuestaria para establecer sus propios recursos en programas de mitigación y combate al cambio climático. Esta medida representa un aporte en el cumplimiento de los compromisos generados por el Estado mexicano en el Acuerdo de París, en noviembre de hace dos años. Contribuir a la causa del cambio climático, debe ser compromiso de todos. No hacerlo, es darle la espalda a las próximas generaciones.

La segunda iniciativa que hoy traigo a su consideración aborda un tema que por sus causas y consecuencias se ha convertido al mismo tiempo en un problema de salud pública y de planeación en la educación.

El embarazo en adolescentes se ha convertido en una problemática sustancial en nuestro país, alcanzando niveles alarmantes, considerando, además, que México cuenta con la concentración de jóvenes más grande en toda su historia.

La Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes reconoce que esta problemática impacta negativamente al proyecto de vida, de educación, de salud, pero, sobre todo, al pleno ejercicio y garantía de los derechos humanos, especialmente a la libertad y desarrollo de adolescentes e infantes.

El embarazo en adolescentes se considera un problema de salud pública, ya que afecta negativamente a la salud de los jóvenes, mujeres, es un problema educativo porque provoca abandono escolar o bajo rendimiento, y es un problema económico porque condiciona los ingresos futuros y el acceso a oportunidades.

De acuerdo con datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, México encabeza la lista de mayor índice de embarazos con 64 por cada mil adolescentes.

Por lo anterior, consideramos que la implementación de un modelo de educación integral configura la herramienta idónea para garantizar el desarrollo de una sexualidad saludable, así como la erradicación de prejuicios que limitan el acceso a los servicios de salud con calidad.

La presente iniciativa busca establecer también un criterio claro, transversal y permanente. En la Ley General de Salud para la Implementación de la Educación en materia de salud reproductiva, como una intervención efectiva para reducir la tasa de embarazos en adolescentes, tal como lo establece la Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes publicada en el año 2015.

La educación que se imparte en esta materia deberá de ser integral, libre de prejuicios e incluyente, que favorezca la interacción con padres de familia y privilegie por encima de cualquier otro aspecto la salud de los adolescentes.

Como podrán darse cuenta, ambas asignaturas son de gran importancia para el desarrollo y calidad de vida de la población, por lo que agradezco su atención y solicito su apoyo para que estas problemáticas no dejen de ser atendidas por esta Cámara de Diputados. Es cuanto, diputada presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 8o., 9o. y 91 de la Ley General de Cambio Climático, a cargo del diputado Tomás Roberto Montoya Díaz, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado Tomás Roberto Montoya Díaz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento a lo que establecen los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y; los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 65, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someto a consideración de esta Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifican la fracción XVII del artículo 8, la fracción IX, del artículo 9 y se reforma el artículo 91, todos de la Ley General de Cambio Climático en materia de fondos estatales y municipales para la mitigación de los efectos del Cambio Climático, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

México ha sido uno de los países más activos para combatir y reducir los efectos del cambio climático, siendo el primer país que promulgó una ley general en la materia, misma que establece los compromisos y acciones que deben adoptar todos los niveles de gobierno y los organismos especializados que permitan prevenir, combatir y mitigar los efectos del Calentamiento Global y el Cambio Climático en nuestro país, y al mismo tiempo colaborar con las metas globales establecidas en instrumentos internacionales.

En este sentido, el acuerdo de París, generado en 2015, establece la importancia de que todos los niveles de gobierno y diversos actores asuman un compromiso de acuerdo con los parámetros establecidos en su legislación, más específicamente en materia de asignación de recursos y conformación de fondos específico para la mitigación de los efectos de este fenómeno.

Hacen falta grandes flujos de inversiones destinadas a energías limpias, reforestación, potabilización de agua y prevención de desastres. La ONU estima que para lograr un desarrollo sostenible se necesitan entre 5 y 7 billones de dólares anuales, y que buena parte de ese dinero debe servir para financiar la transición a una economía mundial baja en carbono y resiliente.

De acuerdo con la investigación más reciente del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, en América Latina, los costos estimados por los eventos climáticos extremos, durante los últimos diez años, superan los 40 mil millones de dólares. Por todo ello, el cambio climático representa ya un nuevo reto al desarrollo en la región. 1

En el caso concreto de México, pese a que sólo contribuye con el 1.4% de las emisiones globales de CO2 derivadas de la quema de combustibles fósiles, la Estrategia Nacional de Cambio Climático señala que los impactos económicos han pasado de un promedio anual de 730 millones de pesos en el periodo de 1980 a 1999 a 21,950 millones para el periodo 2000-2012. 2

Estos impactos, están asociados al aumento de eventos extremos, incremento del grado de exposición de la población, la infraestructura y las actividades productivas en México. Tan sólo entre 2001 y 2013, los afectados por los fenómenos hidrometeorológicos en el país ascendieron a cerca de 2.5 millones de personas y los costos económicos sumaron 338.35 miles de millones de pesos. 3

El cambio climático es una asignatura que compete a todos los niveles de gobierno, siendo la Ley General en la materia, la que asigna atribuciones a la federación, los estados y los municipios, y ordena la creación de un fondo con recursos federales.

No obstante, el ejercicio de recursos para el combate al cambio climático debe contar con diversas alternativas que puedan enfocarse en las problemáticas de cada región.

El cambio climático genera inclemencias de distintos tipos según la parte del país en las que se presenten, en los litorales, las inundaciones y desastres provocados por huracanes cada vez más amenazantes, mientras que en otros Estados, las sequias ponen en riesgo la estabilidad económica y alimentaria de sus habitantes, así mismo los desplazamientos a consecuencia estos fenómenos son cada vez más frecuentes, provocando déficit de servicios, empleo, vivienda entre otros en las ciudades destino de quienes se ven desplazados.

La redacción actual de la Ley General de Cambio Climático, contempla que los Estados de la República y los municipios podrán gestionar y administrar fondos para implementar acciones en la materia, sin embargo, no se determina que dichos fondos sean de carácter permanente ni que puedan ser presupuestados directamente por la entidad y/o el ayuntamiento, lo que genera incertidumbre y dependencia de otras fuentes de ingreso para llevar a cabo las acciones necesarias para mitigar los efectos de desastres naturales y desplazamientos humanos.

Con esta propuesta, se garantiza que las entidades y los municipios puedan contar con un flujo directo de recursos para hacer frente a sus necesidades específicas, lo cual favorece su autonomía presupuestal y fortalece su capacidad de prevención y atención a problemáticas locales relacionadas con el cambio climático.

Elaborar la política estatal en materia de cambio climático, programando en su presupuesto anual una partida específica en el ramo, permitirá que los gobiernos estatales puedan implementar de manera autónoma y enfocada en las necesidades de cada entidad políticas dedicadas a:

• Instrumentar acciones de mitigación y adaptación al cambio climático.

• Preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos hídricos

• Monitoreo de Calidad del aire en las zonas urbanas y metropolitanas.

• Seguridad Alimentaria

• Desarrollo Rural

• Educación

• Infraestructura

• Ordenamiento territorial

• Residuos

• Protección Civil

• Prevención y atención de enfermedades derivadas de los efectos del cambio climático.

Estos mecanismos también pueden servir para identificar las necesidades de financiamiento dentro de las diferentes entidades de la República, conforme a las afectaciones sufridas por el cambio climático y para desarrollar capacidades y el intercambio de conocimiento para la correcta implementación de una política transversal en la materia.

Así mismo estos recursos pueden ser utilizados para atraer el financiamiento de otros sectores como la banca privada y proporcionar una coordinación estatal. El mecanismo puede ser diseñado de forma flexible, coordinada y predecible para apoyar el cumplimiento de prioridades de cada entidad y el fortalecimiento de instituciones locales.

Instrumentos Económicos

El artículo 91 de la Ley General de Cambio Climático, señala que los Estados y Municipios podrán desarrollar instrumentos económicos que beneficien la aplicación de programas que incentiven la aplicación de políticas contra el cambio climático, considerándose entre estos, los estímulos fiscales.

Consideramos que el Municipio, dentro de las atribuciones conferidas por la fracción IV del artículo 115 constitucional, puede ser considerado por la Ley para desarrollar instrumentos económicos e incentivos fiscales que favorezcan la creación y aplicación de una política municipal en materia de cambio climático con recursos y objetivos propios.

Las acciones para combatir el cambio climático requieren del respaldo de recursos económicos accesibles, oportunos, constantes y suficientes para su efectivo cumplimiento. Consideramos que el desarrollo de políticas fiscales e instrumentos económicos con enfoque climático impulsará la promoción de un desarrollo económico bajo en emisiones y elevará la competitividad.

Por lo anterior someto a su consideración el siguiente

Decreto por el que se modifican la fracción XVII del artículo 8, la fracción IX del artículo 9 y se reforma el artículo 91, todos de la Ley General de Cambio Climático en materia de fondos estatales y municipales para la mitigación del cambio climático

Primero.Se modifica la Fracción XVII del artículo 8 de la Ley General de Cambio Climático.

Artículo 8o.Corresponde a las entidades federativas las siguientes atribuciones:

XVII.Gestionar, programar y administrar en sus presupuestos de egresos fondos estatales para apoyar e implementar las acciones en la materia;

Segundo. Se modifica la fracción IX del artículo 9 de la Ley General de Cambio Climático.

Artículo 9o.Corresponde a los municipios, las siguientes atribuciones:

IX.Gestionar, administrar y destinar recursos para ejecutar acciones de adaptación y mitigación ante el cambio climático;

Tercero. Se modifica el artículo 91 de la ley General de Cambio Climático.

Artículo 91. La Federación, los Estados, la Ciudad de México y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, diseñarán, desarrollarán y aplicarán instrumentos económicos que incentiven el cumplimiento de los objetivos de la política nacional en materia de cambio climático.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y Parlamento Latinoamericano y Caribeño; Aportes Legislativos de América Latina y el Caribe en materia de cambio climático, Panamá, noviembre 2015, página 12.

2 PECC (2014) Programa Especial de Cambio Climático 2014-2018. Diario Oficial de la Nación. 28/04/2014. Disponible en:

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5342492&fecha28/04/2014

3 Compromisos de mitigación y adaptación ante el cambio climático para el periodo 2020-2030, página 4. Disponible en

http://www.inecc.gob.mx/descargas/adaptacion/2015_indc_esp-pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de marzo de 2017.— Diputados y diputadas: Tomás Roberto Montoya Díaz,Edna Ileana Dávalos Elizondo, Ramón Bañales Arambula, Santos Garza Herrera, Timoteo Villa Ramírez (rúbricas).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias diputado Montoya Díaz. Túrnese a la Comisión de Cambio Climático, para dictamen.



LEY GENERAL DE SALUD

El diputado Tomás Roberto Montoya Díaz:

«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 67, 112 y 113 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Tomás Roberto Montoya Díaz, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado Tomás Roberto Montoya Díaz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento a lo que establecen los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, y 65, numeral 1, fracción I; 73 fracción XXV; 77, numeral 1, y 78, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 67, 112 y 113 de la Ley General de Salud en relación al derecho a la educación en materia de sexualidad y derechos reproductivos de niñas, niños y adolescentes. Lo anterior, en aras de fortalecer el marco normativo en materia de la prevención y erradicación del embarazo en adolescentes, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Problemática

El embarazo en adolescentes se ha convertido en una problemática sustancial en nuestro país, alcanzando niveles alarmantes, considerando además que México cuenta con la concentración de población joven más numerosa de su historia.

La Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes reconoce que esta problemática impacta negativamente al proyecto de vida, educación, salud, pero sobre al pleno ejercicio y garantía de los derechos humanos, especialmente a la libertad y desarrollo de adolescentes e infantes.

El organismo internacional Save the Children informó que en México, cada año, medio millón de adolescentes se embarazan. La mayoría, de los casos, son niñas adolescentes de bajos recursos que no tienen la madurez y la preparación necesaria para enfrentar su nueva realidad. A partir del embarazo se desata un círculo perverso: la madre abandona sus estudios; los servicios de salud son insuficientes para cuidarla a ella y a su hijo; la familia carece de recursos para absorber los gastos del bebé y de la madre y las niñas-adolescentes tienen el doble de posibilidades de morir o sufrir complicaciones en el parto o el embarazo.

El Consejo Nacional de Población (Conapo) ha establecido que el embarazo en adolescentes cobra cada vez mayor importancia debido a las siguientes circunstancias:

1) Las mujeres de 15 a 19 años de edad constituyen el grupo de mayor tamaño entre los grupos quinquenales de mujeres en edad fértil; y

2) La disminución de la fecundidad en adolescentes es menor que en otros grupos de edad, tanto por su bajo uso de anticonceptivos (solamente 37.6 por ciento de las adolescentes empleó un método en su primera relación sexual y 45 por ciento usó uno en la última; en ambos casos, principalmente métodos con poca efectividad); como por el aumento en el porcentaje de la población adolescente que ha sido alguna vez sexualmente activa.

Coahuila y Tamaulipas muestran cifras por arriba de los 10 mil casos por año de los nacidos vivos de madres menores de 19 años, en tanto que en el Estado de México se registraron 53 mil 329, que representa 15 por ciento del total, siendo la entidad con el mayor número de embarazos de este tipo. Le sigue Veracruz, con 25 mil 729.

Entre los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), México encabeza la lista de mayor índice de embarazos, con 64 por cada mil adolescentes. El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) ubica a México en los primeros lugares de embarazos adolescentes —de 15 a 19 años de edad— por arriba de los ocurridos en Chile, Costa Rica, Uruguay y Perú.

Objetivo de la iniciativa

La presente iniciativa busca establecer un criterio transversal y permanente en el marco normativo para la implementación de la educación en materia de educación y salud reproductiva. Lo anterior, a la luz del estándar incorporado por la Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2015 respecto a la educación en sexualidad y salud reproductiva como una intervención efectiva para reducir la tasa de embarazos en adolescentes.

Educación en materia de derechos sexuales y reproductivos

Respecto a las directrices y contenidos de la educación sexual y salud reproductiva, la Estrategia Nacional retoma lo señalado por el Fondo de Población de las Naciones Unidas respecto a que las intervenciones en materia de educación sexual deben iniciar a más tardar en la pre-adolescencia, además de tener una duración de cuando menos dos años. Aunado a lo anterior, dicho organismo ha identificado que la educación en sexualidad, dentro del contexto escolar, debe cumplir con los siguientes aspectos:

1) Fidelidad técnica;

2) Servicios de salud vinculados a la escuela;

3) Docentes capacitados;

4) Inclusión de madres, padres y líderes comunitarios;

5) Currículo integral que combine aspectos de salud sexual y reproductiva con competencias de negociación, aspectos vocacionales, trabajo o arte y educación; y

6) Libertad para que el programa se adapte al sistema de valores y creencias de la comunidad.

Respecto a la inclusión de madres y padres en los esquemas de educación sexual y reproductiva, el Comité de los Derechos del Niño en su Observación General Nº4 emitió las siguientes consideraciones:

• La salud y el desarrollo de los adolescentes están fuertemente condicionados por el entorno en que viven. La creación de un entorno seguro y propicio supone abordar las actitudes y actividades tanto del entorno inmediato de los adolescentes –la familia, los otros adolescentes, las escuelas y los servicios– como del entorno más amplio formado por, entre otros elementos, la comunidad, los dirigentes religiosos, los medios de comunicación y las políticas y leyes nacionales y locales.

• La Convención reconoce las responsabilidades, derechos y obligaciones de los padres (o de cualquier otra persona encargada legalmente del niño) “de impartirle, en consonancia y con la evolución de sus facultades, dirección y orientación apropiadas para que el niño ejerza los derechos reconocidos en la presente Convención” (artículo 5). El Comité cree que los padres o cualesquiera otras personas legalmente responsables del niño están obligadas a cumplir cuidadosamente con sus derechos y obligaciones de proporcionar dirección y orientación al niño en el ejercicio por estos últimos de sus derechos. Tienen la obligación de tener en cuenta las opiniones de los adolescentes, de acuerdo con su edad y madurez y proporcionarles un entorno seguro y propicio en el que el adolescente pueda desarrollarse. Los adolescentes necesitan que los miembros de su entorno familiar les reconozcan como titulares activos de derecho que tienen capacidad para convertirse en ciudadanos responsables y de pleno derecho cuando se les facilita la orientación y dirección adecuadas.

Por otra parte, los programas educativos de promoción de la salud en general se pueden dividir en dos grandes grupos: los que buscan prevenir los riesgos, y los que buscan reducir el riesgo o disminuir sus consecuencias. En el caso de los programas de educación sexual, las estrategias de prevención de riesgo promueven la abstinencia y/o el retraso del inicio de la vida sexual, mientras que las de reducción de daño proveen información integral de sexualidad y género, cubriendo de manera extensa las opciones de anticoncepción y prevención de ITS, incluyendo cómo acceder a estas.

Al respecto, la Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes sugiere un diseño y desarrollo curricular inclusivo en y a partir de los planes y programas de estudio nacionales generales, donde se aborde, de manera actualizada los contenidos sobre el tema de la sexualidad, y a favor de la inclusión docente que permita su mejor formación sobre los contenidos y desarrollo de competencias para la enseñanza de estos temas, además de favorecer la implementación de una orientación sin prejuicios sobre la adolescencia, sus derechos, su salud sexual y reproductiva, y de la inclusión de espacios educativos, donde el tema sea visto como parte sustantiva de la formación de las y los adolescentes, en la comunidad educativa.

En cuanto al contenido de los programas educativos sobre el tema, la experiencia internacional ha encontrado en múltiples estudios que la educación sexual que aborda de manera explícita los temas de anticoncepción y prevención de ITS, incluyendo VIH, desde un enfoque de reducción del daño tienen un mayor efecto que las que se limitan a promover la abstinencia, que generalmente no son efectivas. Por lo anterior, la presente iniciativa aboga por la incorporación de la educación sexual desde el enfoque de reducción del daño, lo cual coincide con la postura adoptada en el Acuerdo número 384 de 2006 de la Secretaría de Educación Pública por el que se incluye la educación sexual en el nuevo plan y programas de estudio para educación secundaria.

De acuerdo con el programa de acción específico: “Salud sexual y reproductiva para adolescentes 2013-2018, la educación integral de la sexualidad comprende una amplia perspectiva basada en los derechos humanos y en el respeto a los valores de una sociedad plural y democrática en la que las familias y comunidades se desarrollan plenamente. La educación sexual debe generar conciencia en la población, desde su etapa formativa, a fin de dotarlos de las herramientas que les permitan vivir y experimentar la sexualidad de manera informada y saludable.

Bajo esta perspectiva, actualmente en la educación primaria la educación sexual está incluida en los programas de estudio. Dentro del contenido de los libros de texto gratuitos de 4o. y 5o. grados, se desarrollan los temas de los órganos sexuales, y en los de 6o. grado se explican las etapas de crecimiento del adolescente, los cambios hormonales, corporales, las consecuencias de las relaciones sexuales, del embarazo en adolescentes y se integra información sobre métodos anticonceptivos y VIH sida.

En la educación secundaria, conforme al acuerdo 384 del 2006 se incluye la educación sexual en las asignaturas Ciencias I y Formación Cívica y Ética I y II, desde una concepción amplia de la sexualidad que incorpora las dimensiones de afecto, género, reproducción y disfrute; las actitudes de aprecio y respeto por uno/a mismo/a y por las y los demás; el manejo de información veraz y confiable para la prevención de infecciones de transmisión sexual, embarazos tempranos y situaciones de violencia. Por lo anterior, se plantea que las y los alumnos reconozcan la sexualidad como:

1) Una expresión de la afectividad humana vinculada al ejercicio responsable de la libertad personal;

2) Un conjunto de prácticas sociales y culturales diversas que adquieren significados particulares en diferentes contextos históricos y geográficos;

3) Una práctica que entraña derechos y responsabilidades, así como el respeto a la dignidad humana;

4) Una forma de convivencia humana donde prevalece el trato igualitario y el respeto mutuo; y

5) Una vertiente de la cultura de la prevención donde la identificación de factores de riesgo y de protección constituye una condición para su mejor disfrute.

No obstante lo anterior, los criterios antes descritos en materia de educación sexual y reproductiva no se reflejan de manera idónea en las normas que integran el estándar normativo de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes. En primer lugar, la estrategia nacional vigente no alcanzó a incorporar el análisis de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, esta última publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2014, mientras que la Estrategia se presentó por la Presidencia de la República el 23 de enero de 2015.

Al respecto, si bien la ley general en comento establece en su artículo 50, fracción V, que las autoridades deberán coordinarse a fin de “desarrollar la atención sanitaria preventiva, la orientación a quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes, y la educación y servicios en materia de salud sexual y reproductiva” tal disposición se interpreta y aplica a la luz del derecho a la salud, y por tanto, se limita el alcance y contenido de la educación en materia de derechos sexuales y reproductivos. Especialmente frente a la necesidad de expandir los contenidos en materia de sexualidad y salud reproductiva en los planes y programas de la Educación Básica.

En igual sentido, el artículo 57 de la misma Ley, relativo al derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes, establece en su fracción XXI que las autoridades federales, de las entidades federativas y municipales deberán establecer acciones afirmativas que garanticen el acceso y permanencia de niñas y adolescentes embarazadas, faciliten su reingreso y promuevan su egreso del sistema educativo nacional.

Frente a lo anterior, es posible concluir que la obligación del Estado mexicano frente al derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes se acota a una medida enfocada a la atención y restitución de los derechos frente a los embarazos en adolescentes, dejando de lado las estrategias enfocadas a la prevención de los mismos, dentro de las que destaca la educación sexual y reproductiva en el ámbito escolar. Bajo esta perspectiva, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes incorpora la promoción de la educación sexual integral como uno de los propósitos que persigue la educación de calidad en nuestro país.

Sin embargo, la complejidad y magnitud de la problemática relativa a los embarazos en adolescentes exige para su prevención y erradicación que la educación sexual y reproductiva sea configurada normativamente como un fin en sí mismo, además de impactar a diversas instituciones estratégicas para la implementación de la política pública correspondiente. Frente a lo anterior, se requiere dotar a la educación sexual y reproductiva de la envestidura propia de las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos.

Por su parte, la Ley General de Salud incorpora medidas tendientes a la prevención y atención de los embarazos en adolescentes a través de dos perspectivas; en primer lugar, la planificación familiar y en segundo, la educación para la salud. Lo anterior a la luz de las siguientes disposiciones:

Artículo 67. La planificación familiar tiene carácter prioritario. En sus actividades se debe incluir la información y orientación educativa para los adolescentes y jóvenes. Asimismo, para disminuir el riesgo reproductivo, se debe informar a la mujer y al hombre sobre la inconveniencia del embarazo antes de los 20 añoso bien después de los 35, así como la conveniencia de espaciar los embarazos y reducir su número; todo ello, mediante una correcta información anticonceptiva, la cual debe ser oportuna, eficaz y completa a la pareja.

Los servicios que se presten en la materia constituyen un medio para el ejercicio del derecho de toda persona a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de los hijos, con pleno respeto a su dignidad.

Artículo 112. La educación para la salud tiene por objeto: I. Fomentar en la población el desarrollo de actitudes y conductas que le permitan participar en la prevención de enfermedades individuales, colectivas y accidentes, y protegerse de los riesgos que pongan en peligro su salud; II. Proporcionar a la población los conocimientos sobre las causas de las enfermedades y de los daños provocados por los efectos nocivos del ambiente en la salud; y III. Orientar y capacitar a la población preferentemente en materia de nutrición, alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, activación física para la salud, salud mental, salud bucal, educación sexual, planificación familiar, cuidados paliativos, riesgos de automedicación, prevención de farmacodependencia, salud ocupacional, salud visual, salud auditiva, uso adecuado de los servicios de salud, prevención de accidentes, donación de órganos, tejidos y células con fines terapéuticos, prevención de la discapacidad y rehabilitación de las personas con discapacidad y detección oportuna de enfermedades, así como la prevención, diagnóstico y control de las enfermedades cardiovasculares.

Por su parte, el Reglamento de la Ley General de Población en su artículo 16 refiere que la información y los servicios de salud, educación y demás similares, que estén relacionados con programas de planificación familiar, serán gratuitos cuando sean prestados por dependencias y organismos del sector público.

Aunado a lo anterior, el artículo 17 establece que los programas de planificación familiar incorporarán el enfoque de género e informarán de manera clara y llana sobre fenómenos demográficos y de salud reproductiva, así como las vinculaciones de la familia con el proceso general de desarrollo, e instruirán sobre los medios permitidos por las leyes para regular la fecundidad.

Finalmente, el artículo 18 indica que la educación e información sobre planificación familiar deberán dar a conocer los beneficios que genera decidir de manera libre y responsable sobre el número y espaciamiento de los hijos y la edad para concebirlos. Asimismo, deberán incluir la orientación sobre los riesgos a la salud que causan infertilidad y las estrategias de prevención y control. El Consejo pondrá especial atención en proporcionar dicha información a jóvenes y adolescentes.

Consecuentemente de las disposiciones antes citadas es posible concluir que la perspectiva desde la que se ha abordado la problemática del embarazo de adolescentes se concentra en la planificación familiar y el acceso a métodos anticonceptivos. Sin embargo, de acuerdo a las recomendaciones de diversas instancias internacionales, la educación configura la herramienta idónea para garantizar el desarrollo de una sexualidad saludable, el acceso a información completa e integral, así como la erradicación de prejuicios y aspectos ideológicos que limitan el acceso a los servicios de salud con calidad.

Por lo anteriormente expuesto presento a esta honorable asamblea la presente iniciativa que propone reformar y adicionar diversos artículos de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Único: Se reforman y adicionan los artículos 67 párrafo primero y último, 112, fracción III, y 113 de la Ley General de Salud, donde se propone adicionar un párrafo para quedar de la siguiente manera:

Capítulo VI. Servicios de Planificación Familiar

Artículo 67. La planificación familiar tiene carácter prioritario. En sus actividades se debe incluir, información, orientación y educación integral en salud sexual y reproductiva especialmente a niñas, niños y adolescentes. Asimismo, para disminuir los riesgos a la salud, se debe informar a la mujer y al hombre sobre la inconveniencia del embarazo antes de los 20 años o bien después de los 35, así como la conveniencia de espaciar los embarazos y reducir su número; todo ello, mediante una correcta información anticonceptiva, la cual debe ser oportuna, eficaz y completa.

...

En materia de planificación familiar, las acciones de información, orientación y educación en derechos sexuales y reproductivos de niñas, niños y adolescentes se proporcionarán de acuerdo a su edad, desarrollo cognoscitivo, madurez y condiciones particulares. Las acciones estarán encaminadas a orientar y facilitar herramientas con perspectiva de género e infancia sobre la prevención de enfermedades de transmisión sexual, el uso adecuado de los métodos anticonceptivos y consecuencias de la interrupción del embarazo, procurando la participación e inclusión de los padres de familia.

Las acciones dirigidas a las comunidades indígenas deberán llevarse a cabo con perspectiva de género, en español y en la lengua o lenguas indígenas en uso en la región o comunidad de que se trate.

Capítulo II. Educación para la Salud

Artículo 112. La educación para la salud tiene por objeto:

I. Fomentar en la población el desarrollo de actitudes y conductas que le permitan participar en la prevención de enfermedades individuales, colectivas y accidentes, y protegerse de los riesgos que pongan en peligro su salud;

II. Proporcionar a la población los conocimientos sobre las causas de las enfermedades y de los daños provocados por los efectos nocivos del ambiente en la salud, y

III. Orientar y capacitar a la población preferentemente en materia de nutrición, alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, activación física para la salud, salud mental, salud bucal, educación integral en salud sexual y derechos reproductivos, planificación familiar, cuidados paliativos, riesgos de automedicación , el ejercicio libre, informado y responsable de la sexualidad, prevención de farmacodependencia, salud ocupacional, salud visual, salud auditiva, uso adecuado de los servicios de salud, prevención de accidentes, donación de órganos, tejidos y células con fines terapéuticos, prevención de la discapacidad y rehabilitación de las personas con discapacidad y detección oportuna de enfermedades, así como la prevención, diagnóstico y control de las enfermedades cardiovasculares.

IV. Incorporar en los programas y políticas en materia de educación para la salud el enfoque de derechos humanos y perspectiva de género.

Artículo 113. La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y los gobiernos de las entidades federativas, y con la colaboración de las dependencias y entidades del sector salud, formulará, propondrá y desarrollará programas de educación para la salud, entre otros, aquellos que incorporen contenidos en materia de derechos sexuales y reproductivos de acuerdo a la edad, desarrollo cognoscitivo, madurez y condiciones particulares de las niñas, niños y adolescentes,alimentación nutritiva, suficiente y de calidad y a la activación física, procurando optimizar los recursos y alcanzar una cobertura total de la población. Así como, llevar a cabo la detección y seguimiento de peso, talla e índice de masa corporal, en los centros escolares de educación básica. Tratándose de las comunidades indígenas, los programas a los que se refiere el párrafo anterior, deberán difundirse en español y la lengua o lenguas indígenas que correspondan.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.Los instrumentos normativos que derivan de la presente ley, así como los que integran el Sistema Nacional de Protección Integral deberán adecuarse a la presente reforma.

Notas

1 http://www.hastaelultimonino.mx/

2 ONU, Comité de los Derechos del Niño, Observación general número 4, La salud y el desarrollo de los adolescentes en el contexto de la Convención sobre los derechos del niño, CRC/GC/2003/4, párrafo 7.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de marzo de 2017.— Diputados y diputadas: Tomás Roberto Montoya Díaz,Brenda Velázquez Valdez, Edna Ileana Dávalos Elizondo, Heidi Salazar Espinosa, José Hugo Cabrera Ruiz, Lillian Zepahua García, Marco Antonio Aguilar Yunes, Ramón Bañales Arambula, Santos Garza Herrera, Sofía Del Sagrario De León Maza, Timoteo Villa Ramírez (rúbricas).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Tiene la palabra por cinco minutos el diputado Ariel Enrique Corona Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Y asimismo, en una misma intervención, el diputado Corona Rodríguez presentará la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

El diputado Ariel Enrique Corona Rodríguez:Muchas gracias. Con su venia, diputada presidenta. Compañeras y compañeros diputados, para Acción Nacional la construcción de mecanismos mediante los cuales los ciudadanos puedan saber sobre las decisiones que toma su gobierno es un indicador de confianza en las instituciones.

En el PAN estamos profundamente comprometidos con el combate a la corrupción y a favor de impulsar los mejores mecanismos de transparencia y de rendición de cuentas en todos los órganos de gobierno.

Sin embargo, para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la rendición de cuentas parece ser una premisa desconocida; y más cuando se abordan temas como la opacidad con la que se manejan los recursos de cada ejercicio fiscal.

La irrazonable expansión del gasto público en áreas no prioritarias y las adecuaciones presupuestarias a la alza para sectores, como la Oficina de Presidencia de la República o Segob, precisamente en este tema el Centro de Investigación Económica y Presupuestaria ha mencionado que no es la primera vez que se ve un gasto mayor a lo previsto respecto a lo que se aprobó en este presupuesto.

Y esto se debe a que Hacienda a lo largo del año tiene la facultad de hacer modificaciones según le convenga, sin tener la mayor responsabilidad que informar a este Congreso aquellas modificaciones sin límite.

Este juego perverso de la Secretaría de Hacienda afecta la estabilidad económica, pues mientras que por un lado se anuncian recortes sensibles a sectores estratégicos, como salud, jóvenes, infraestructura, deporte y agua potable, por el otro se hacen adecuaciones fuera de proporción.

Pongo estos ejemplos, un incremento de mil 78 millones, es decir, 56 por ciento más de lo aprobado para actividades de Presidencia de la República, justificándolo por actividades de seguridad y logística para el Ejecutivo federal. Un incremento de 690 millones de pesos, es decir, 21 por ciento más de lo aprobado para el CISEN; 49.6 millones más de lo aprobado, es decir, 80 por ciento, para el Centro de Producción de Programas Informativos Especiales, órgano que se encarga de la comunicación social del Presidente. Y así podríamos seguir.

En contraste, ese mismo año la Secretaría de Hacienda y Crédito Público redujo el presupuesto de importantes programas para la ciudadanía, como, por ejemplo, 400 millones menos, es decir, 18 por ciento menos de lo aprobado para el Instituto Nacional de la Infraestructura Física, Educativa, el INIFED. Una reducción de 2 mil 400 millones menos para el Conacyt. Una reducción de 3 mil 217 millones menos para Semarnat.

Y aquí quiero aclarar, específicamente, una gran parte es de reducción en programas de infraestructura de agua potable, alcantarillado y saneamiento.

Es por ello, compañeros diputados, que presento la siguiente iniciativa con el objetivo de reformar la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para establecer un porcentaje máximo al tres por ciento a las adecuaciones presupuestales que hace la Secretaría de Hacienda. Basta ya de medidas discrecionales y sin justificación.

Por otro lado, esta iniciativa también propone establecer en la misma ley, en un anexo transversal para el desarrollo de los jóvenes, que no podrá sufrir alguna reducción en el presupuesto, pues como joven, me preocupa que el discurso de impulso a este sector no está acompañado de las medidas presupuestales adecuadas. Y es por ello que esta iniciativa pretende fortalecer el brazo económico a las disposiciones que puedan contemplarse en la Ley de Juventud que ya se analiza actualmente en esta soberanía.

Ahora bien, hablando de políticas para jóvenes, la segunda iniciativa que vengo a presentar el día de hoy, busca derogar y adicionar diversas disposiciones a la Ley de Impuestos sobre la Renta, para autorizar la deducción de impuestos de una parte proporcional del costo total de la renta de una casa habitación. Ya que para un servidor, garantizar a las y los jóvenes el acceso a servicios como la vivienda, sienta las bases para que la juventud mexicana sea un grupo productivo que participe activamente en el desarrollo de este país.

Este tipo de apoyo, como se compone esta iniciativa, puede ser muy benéfico para la población que se encuentra en condiciones limitadas para adquirir una vivienda como son los jóvenes. Para que puedan desarrollar un historial crediticio y aumenten sus posibilidades a un futuro de poder también tener una vivienda propia.

No obstante, deseo puntualizar que esta propuesta se basa en el concepto de corresponsabilidad, es decir, implica que los sujetos beneficiados deberán cubrir ciertos requisitos básicos para beneficiarse de la disposición, entre ellos está el que tanto el arrendador o el arrendatario cuenten con su registro federal de contribuyentes para presentar periódicamente la declaración de impuestos correspondientes.

Estoy convencido de que estas iniciativas que hoy propongo y pongo a su disposición abonarán de manera sustancial al bienestar de todas y todos los mexicanos, por lo que les pido su voto a favor, muchísimas gracias. Es cuanto, señora presidenta.

«Iniciativa que reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado Ariel Enrique Corona Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado federal Ariel Enrique Corona Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con base a la siguiente

Exposición de Motivos

Uno de los aspectos fundamentales de la consolidación de una democracia es sin duda la transparencia y la rendición de cuentas, la construcción de mecanismos mediante el cual los ciudadanos puedan obtener información de las decisiones que toma el gobierno es un indicador del grado de apertura de las políticas públicas y por ende de la confianza en las instituciones; no obstante la importancia de dichos mecanismos, en México éstos prácticamente son inexistentes o ineficaces.

La rendición de cuentas implica informar, explicar y justificar las acciones de los servidores públicos en el cumplimiento de sus obligaciones y en el manejo de recursos, así como determinar las sanciones que se deriven de un mal ejercicio de los mismos. Esta premisa puede parecer desconocida para el entorno de nuestro país, y más cuando se abordan temas como la opacidad con la que se maneja los recursos del paquete económico de cada ejercicio fiscal, la discrecionalidad en el manejo de ingresos extraordinarios, las adecuaciones presupuestarias y la irrazonable expansión del gasto público.

Así la transparencia en materia presupuestaria entendida en palabras de Guillermo Cejudo, como aquella que “sirve como instrumento de rendición de cuentas, control en la discrecionalidad de los gobernantes, mecanismo para reducir la corrupción, impulsor de mejoras en las políticas públicas y contribuye para promover la participación ciudadana”, debe fortalecerse con la finalidad de evitar que el gobierno federal incurra en excesos en materia de gasto. En este sentido, México Evalúa en su documento Las dos caras de la moneda, nos muestra la poca transparencia y rendición de cuentas en cuanto a la expansión del gasto público, pues este aumentó en casi 74 por ciento en términos reales durante los últimos 15 años. Solamente en la primera mitad de la presente administración, el gasto del gobierno federal aumento? 19 por ciento, o 597 mil millones de pesos, refiere el estudio; este ritmo de crecimiento rebasó el de la población y de la economía en su conjunto. Durante el mismo lapso de tiempo, la población creció 3.4 por ciento, pasando de 117 millones de personas en 2012 a 121 millones en 2015, mientras que la economía presentó un incremento inercial, ya que sólo aumento en 6.3 por ciento en tres años, es decir, un promedio anual de 2.1 por ciento.

Esta práctica recurrente queda fuera de fiscalización alguna, de acuerdo con la Auditoría Superior de la Federación (ASF) solo uno de cada cuatro pesos gastados por el gobierno federal es fiscalizado, el resto se mantiene en la opacidad. Esta situación es preocupante en un contexto en el que por un lado se anuncian reducciones al gasto público, pero en realidad se termina gastando más de los presupuestado, por ejemplo; a pesar de que en el 2015 se hicieron reducciones en el gasto público, como efecto de menores ingresos petroleros, la mayoría de las dependencias incrementó su gasto. De acuerdo con estadísticas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el presupuesto del gasto programable para el 2015 era de 3 billones 669,815 millones de pesos; no obstante, al cierre del 2015 este gasto fue 156,348 millones de pesos mayor, con un total de 3 billones 826,164 millones de pesos.

Fuente: México Evalúa.

La situación en materia de los ingresos no es distinta, de conformidad con los informes trimestrales de finanzas públicas publicados por la SHCP, los ingresos presupuestarios del sector público se ubicaron en 4 billones 840,902 millones de pesos, para 2016, monto superior en 10.5 por ciento en términos reales respecto al mismo periodo de 2015, lo cual ayudo incrementar los activos financieros del gobierno y la expansión del gasto público.

Desde la aprobación de la reforma hacendaria, los ingresos tributarios han crecido de manera considerable, en 2015 el gobierno recaudó 39 por ciento más ISR que en 2012, lo que representó un aumento al erario de 339 mil millones de pesos. Por su parte, la recaudación del IVA creció 12 por ciento en ese periodo. Con este impuesto, el gobierno federal recaudó 73 mil 711 millones de pesos más que en 2012. Es de destacar el crecimiento en la recaudación que ha tenido el IEPS para gasolinas, durante 2015 el gobierno de la república proyecto una recaudación de 30 mil millones de pesos pero se obtuvieron 220 mil millones; es decir un 626 por ciento más de lo proyectado, de igual forma para 2016 se estimó una recaudación de 209 mil 366 millones de pesos y se ha recaudaron un 277 mil 263 millones de pesos; es decir un 32.5 por ciento más que lo estimado.

Fuente: Elaboración propia con datos de las estadísticas oportunas de finanzas públicas. SHCP.

Desafortunadamente, un ingreso mayor al esperado y una expansión del gasto público no se tradujeron en una mejora en la calidad de vida de los ciudadanos, que el Gobierno Federal gaste más no significa que gaste mejor. El Centro de Investigación Presupuestaria y Económica (CIEP), ha mencionado que no es la primera vez que se ve un mayor gasto respecto de lo que se aprobó en el presupuesto, y ello se debe a que Hacienda, a lo largo del año, tiene la facultad de hacer modificaciones según convenga el propósito del incremento, y se ha pronunciado por establecer una mejor regulación para las adecuaciones presupuestarias. En este sentido, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) establece que las adecuaciones presupuestarias son las modificaciones a las estructuras funcional programática, administrativa, y económica, a los calendarios de presupuesto y las ampliaciones y reducciones al Presupuesto de Egresos o a los flujos de efectivo correspondientes, siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos de los programas a cargo de los ejecutores de gasto; las dependencias podrán realizar adecuaciones internas sin la autorización de la Secretaría y las adecuaciones externas necesitarán aprobación de la Secretaría.

De acuerdo con el Reglamento de la LFPRH, dentro las adecuaciones externas de las dependencias se encuentran las ampliaciones líquidas al Presupuesto de Egresos derivadas de la generación o captación de ingresos excedentes, así como las reducciones líquidas al Presupuesto de Egresos. En este orden de ideas y de conformidad con el Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2015, la ASF no pudo comprobar el 54.7 por ciento de los ingresos excedentes (origen de adecuaciones presupuestarias) es decir 134,026.2 millones de pesos, por lo que solicitó a la SHCP el destino por clave presupuestaria de los 244,907 millones de pesos, sin embargo la dependencia, no dispone de la totalidad de los datos solicitados.

Esta práctica recurrente por parte de las dependencias del Ejecutivo federal es preocupante pues vulnera la facultad de fiscalización que tiene el Poder Legislativo a través de la ASF, como un contrapeso de otros Poderes, además de violentar los principios de transparencia y rendición de cuentas que debe imperar el ejercicio del presupuesto. No se debe olvidar que como se mencionó con anterioridad, mientras que por un lado se anuncian recortes sensibles en sectores estratégicos (salud, jóvenes, infraestructura, deporte, agua) por el otro se realizan adecuaciones fuera de proporción; por ejemplo con información del cuarto informe trimestral 2016, elaborado por la SHCP se puede observar el incremento de 1,011.4 millones de pesos para la Presidencia de la República, justificado por actividades de seguridad y logística para el Ejecutivo Federal, el aumento de 4,571.7 millones de pesos para la Secretaría de Relaciones Exteriores, en específico un aumento del 522 por ciento para el Instituto de los Mexicanos en el Exterior sin justificación alguna.

Todos los años la SHCP realiza el “juego” de subestimar sus ingresos y de incrementar sus gastos con una opacidad total y muchas veces sin justificación, algunos ejemplos para 2016 son el incremento de 1,078 millones (56 por ciento más de lo aprobado) de pesos para la Presidencia de la República, justificado por actividades de seguridad y logística para el Ejecutivo federal, el incremento de 690 millones de pesos (21 por ciento más de lo aprobado) para el CISEN, el incremento de 49.6 millones de pesos (80 por ciento más de lo aprobado) para Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales, órgano que se encarga de la difusión en los medios de comunicación de las actividades del Ejecutivo federal (comunicación social) y incremento de 3,226 millones de pesos (11.8 por ciento más de los aprobado) para defensa nacional.

En contraste se presentaron reducciones importantes a programas sensibles como por ejemplo 400 millones menos (-17.4 por ciento menos de lo aprobado) para el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, una reducción de 2,4000 millones (-8.8 por ciento menos de lo aprobado) para el Conacyt o la reducción de 3,217 millones de pesos (-5.8 por ciento menos de lo aprobado) para Semarnat, específicamente para los programas de Infraestructura de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento; Agua Potable, Drenaje y Tratamiento.

La propia la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en su informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2015 ha determinado con respecto al gasto público: “se considera conveniente que la SHCP incluya (...) los elementos que permitan determinar con precisión los montos de las adecuaciones presupuestarias (...). La ASF considera conveniente que los ejecutores de gasto se ajusten al techo global de su presupuesto original aprobado y que las ampliaciones al presupuesto permitan un mejor cumplimiento de los objetivos de los programas, medidos por las metas de los indicadores de desempeño, con la transparencia y rendición de cuentas requeridas conforme a las disposiciones aplicables”. Por todo lo anteriormente expuesto, la siguiente iniciativa propone reformar la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con el objetivo de establecer un porcentaje máximo del 3 por ciento en su conjunto o por una sola vez en el ejercicio fiscal de que se trate, sobre las adecuaciones presupuestarias que pueda realizar la SHCP y que deban informar al Congreso, con ello generaremos el mecanismo sugerido por la ASF para que las dependencias se apeguen a su presupuesto aprobado y las ampliaciones estén debidamente justificadas.

Ahora bien, en lo que se refiere al presupuesto de los programas transversales, estos son definidos por Fundar como presupuestos que tienen por objeto “identificar y clasificar la proporción de recursos destinados a la atención de grupos específicos de la población o problemáticas nacionales que necesitan ser combatidas de manera integral” de la misma forma la SHCP establece a través de sus estructura programática que los anexos transversales son instrumentos importantes de la política pública nacional, pues en ellos se establecen acciones y estrategias e intervención de los diferentes sectores en el impulso de temas específicos.

Lo anterior queda plasmado en el artículo 2 fracción III Bis de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que establece que los anexos transversales son “anexos del Presupuesto donde concurren programas presupuestarios, componentes de éstos y/o unidades responsables, cuyos recursos son destinados a obras, acciones y servicios vinculados con el desarrollo de los siguientes sectores: igualdad entre mujeres y hombres; desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas; desarrollo de los jóvenes; Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable; Programa de Ciencia, Tecnología e Innovación; Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía; atención a grupos vulnerables; y los recursos para la mitigación de los efectos del cambio climático”.

En este sentido, el artículo 1o., párrafo penúltimo, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017, establece la SHCP reportara? en los Informes trimestrales la evolución de las erogaciones correspondientes a los anexos transversales. Sin embargo, es de observarse que si bien los programas transversales y sus anexos presupuestarios correspondientes son estratégicos para la política pública nacional, no todos cuentan con la seguridad jurídica de poder cumplir con las metas y los objetivos establecidos, pues algunos de ellos son susceptibles de ser recortados pues el artículo 58 de la LFPRH no menciona a los anexos transversales del Programa Especial Concurrente, de Transición Energética, y Aprovechamiento Sustentable de la Energía y Desarrollo de los Jóvenes, y Mitigación de los efectos del Cambio Climático como entidades sujetas a irreductibilidad presupuestaria.

Lo anterior, ha ocasionado que programas importantes dentro de los anexos transversales se vean constantemente afectados a pesar de ser “estratégicos” como lo han sido los programas para el desarrollo de los jóvenes, los cuales al ser sujetos de reducciones en su presupuesto no permiten tener una política pública integral de impulso para este sector que representa un tercio de la población del país, es por ello que se propone establecer la irreductibilidad presupuestaria al programa transversal en materia del desarrollo de los jóvenes, con la finalidad de sentar un precedente en la articulación de una política que verdaderamente impulso en desarrollo de los jóvenes en los ámbitos de salud, seguridad alimentaria, discriminación, cultura y deporte.

Con estas propuestas se recoge la inquietud no solo de las organizaciones de sociedad civil preocupadas por la rendición de cuentas, sino la demanda legítima de los ciudadanos para el mejoramiento de la calidad de vida a través de la toma de decisiones, oportunas, transparentes, informadas y debidamente justificadas.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se reforman el párrafo penúltimo y último del artículo 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:

Articulo 58. ...

I. ...

a) a d) ...

II. ...

III. ...

...

....

Las adecuaciones presupuestarias no podrán representar en su conjunto o por una sola vez en el ejercicio fiscal de que se trate, una variación máxima del 3 por ciento del presupuesto total del ramo de que se trate o del presupuesto de una entidad, tales adecuaciones se deberán reportar en los informes trimestrales. Con base en esta información, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública podrá emitir opinión sobre dichas adecuaciones.

No se podrán realizar reducciones a los programas presupuestarios ni a las inversiones dirigidas a la atención de la igualdad entre mujeres y hombres, al Programa de Ciencia, Tecnología e Innovación; las erogaciones correspondientes al desarrollo integral de los pueblos indígenas y comunidades indígenas, la atención a grupos vulnerables, y desarrollo de los jóvenessalvo en los supuestos establecidos en la presente ley y con la opinión de la Cámara de Diputados.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Nota

1 Entrevistas para la elaboración de este documento, sobre Transparencia presupuestaria y rendición de cuentas, realizadas al doctor Guillermo M. Cejudo, investigador del CIDE.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2017.— Diputados y diputadas: Ariel Enrique Corona Rodríguez,Adriana Elizarraraz Sandoval, Alejandra Gutiérrez Campos, Arlette Ivette Muñoz Cervantes, Brenda Velázquez Valdez, Carlos Alberto Palomeque Archila, Carlos Bello Otero, César Flores Sosa, Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Elías Octavio Íñiguez Mejía, Emma Margarita Alemán Olvera, Exaltación González Ceceña, Francisco José Gutiérrez De Velasco Urtaza, Gabriela Ramírez Ramos, Gerardo Gabriel Cuanalo Santos, Gina Andrea Cruz Blackledge, Gretel Culin Jaime, Herminio Corral Estrada, Hugo Alejo Domínguez, Jesús Antonio López Rodríguez, Jisela Paes Martínez, Jorge Ramos Hernández, José Everardo López Córdova, José Hernán Cortés Berumen, Juan Alberto Blanco Zaldívar, Juan Corral Mier, Juan Pablo Piña Kurcyn, Karla Karina Osuna Carranco, Leonel Gerardo Cordero Lerma, Leticia Amparano Gamez, Lilia Arminda García Escobar, Luis de León Martínez Sánchez, Luis Fernando Antero Valle, Luz Argelia Paniagua Figueroa, Marco Antonio Gama Basarte, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, María del Rosario Rodríguez Rubio, María Guadalupe Murguía Gutiérrez, María Luisa Sánchez Meza, María Verónica Agundis Estrada, Mariana Arámbula Meléndez, Marko Antonio Cortés Mendoza, Miguel Ángel Huepa Pérez, Miguel Ángel Salim Alle, Pedro Garza Treviño, Rocío Matesanz Santamaría, Rubén Alejandro Garrido Muñoz, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Víctor Ernesto Ibarra Montoya, Wenceslao Martínez Santos, Ximena Tamariz García (rúbricas).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Ariel Corona. Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El diputado Ariel Enrique Corona Rodríguez:

«Iniciativa que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Ariel Enrique Corona Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Ariel Enrique Corona Rodríguez, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6o., fracción I, del numeral 1, numeral 1 del artículo 77, 78 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta; lo anterior al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Ley del Impuesto sobre la Renta, tiene contemplado entre sus deducciones autorizadas los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de su casa habitación sin embargo contempla los gastos que se erogan por concepto de la renta de la casa – habitación.

El derecho a la vivienda es uno de los Derechos Humanos que se encuentra regulado en el séptimo párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; sin embargo, este ha sido uno de los menos estudiados por parte de la teoría constitucional; si comparamos los análisis que existen sobre la libertad de expresión, sobre la no discriminación o sobre el medio ambiente con los que se dedican al derecho a la vivienda, nos daremos cuenta de inmediato de la poca atención que ha merecido éste derecho.

El hecho de contar con una vivienda, es una condición indispensable para sobrevivir y desarrollarse como ser humano en términos de seguridad, autonomía e independencia. Por lo anterior el derecho a la vivienda es considerado como un derecho compuesto; pues es necesario para la materialización de otros, y la violación del mismo, pone en riesgo otros como el derecho a la salud, a la integridad física y mental, educación y al libre desarrollo de las personas, los cuales son imposibles de ejercer en espacios hacinados o que no cuenten con las condiciones mínimas de habitabilidad.

Según Manuel Velásquez de la Parra en su libro “El derecho a la vivienda”; el derecho a la vivienda pretende dar satisfacción a la necesidad de toda persona a tener un lugar donde vivir, tomando ese lugar como resguardo del mismo ser humano y de su familia y que actúa como plataforma para su desenvolvimiento influyendo en su progreso individual y colectivo.

Mucho se ha discutido acerca de las condiciones idóneas que permiten hacer realidad el ejercicio de este derecho por todos los mexicanos ya que disfrutar de él no se satisface con el mero acto de contar con un lugar para guarecerse de los elementos naturales, sino que también debe considerarse que ésta debe de contar con los requerimientos mínimos que permitan el sano bienestar y desarrollo de las personas y sus familias.

Es en este orden de ideas, según consideraciones del Comité de las Naciones Unidas de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; para que una vivienda sea adecuada, debe reunir como mínimo ocho criterios, tales como:

• Seguridad de su tenencia, es decir todas las personas deben gozar de un cierto grado de seguridad de tenencia que garantice una protección legal contra el desalojo forzoso, el hostigamiento u otras amenazas.

• Disponibilidad de servicios, materiales, instalaciones e infraestructura, o bien, que cuente con agua potable, instalaciones sanitarias y de aseo adecuadas, energía para la cocción, la calefacción y el alumbrado, almacenamiento de alimentos, eliminación de desechos, etc.

• Asequibilidad, la vivienda no es adecuada si las necesidades específicas de los grupos marginalizados y en situación de desventaja no son tomadas en consideración (como las de las personas con escasos recursos, que enfrentan discriminación, con discapacidades físicas, víctimas de desastres naturales)

• Habitabilidad, que garantice la seguridad física, proporcione espacio suficiente, así como protección contra el frío, la humedad, el calor, la lluvia, el viento u otros riesgos para la salud de vectores de enfermedad y peligros estructurales.

• Accesibilidad, o más bien, considere las necesidades específicas de los grupos desfavorecidos y marginados.

• Ubicación, que ofrezca acceso a oportunidades de empleo, servicios de salud, escuelas, guarderías y otros servicios e instalaciones sociales y no esté ubicada en zonas contaminadas o peligrosas; y, por último,

• Adecuación cultural, pues debe respetar la expresión de la identidad cultural y del modo de vida.

• Gastos soportables: Los gastos personales o del hogar relacionados con la vivienda no deben comprometer el logro y la satisfacción de otras necesidades básicas (por ejemplo, comida, educación, acceso a servicios de salud y de transporte).

Complementar la oferta actual de políticas de vivienda con opciones de alquiler puede contribuir a la solución de los principales problemas habitacionales como los déficits cuantitativos y cualitativos, la limitada asequibilidad, y la segregación espacial. La demanda de vivienda en alquiler no es una opción solo para los más pobres, entre los inquilinos por necesidad se encuentran las personas cuyos ingresos les impiden acceder a los mercados formales de vivienda en propiedad, o trabajadores que no pueden demostrar regularidad en su ingreso para obtener crédito hipotecario.

Este fenómeno se explica por el incremento en tasas de interés en créditos hipotecarios, o la falta de creación de empleos formales y bien remunerados que permita a las personas acceder a vivienda en propiedad. De la misma forma existen figuras específicas que no están preparadas para comprometerse con alternativas de largo plazo como son hogares jóvenes que recién entran al mercado de vivienda; estudiantes y otros residentes temporales; divorciados, adultos mayores y parejas que quieren disminuir su gasto en vivienda después de que los hijos han dejado el hogar. La mayoría de las personas han sido o serán inquilinos en algún momento de sus vidas, aunque no todas lo son por necesidad; algunas simplemente lo prefieren.

Esto sugiere que apoyar el alquiler puede ayudar a satisfacer mejor las preferencias de la demanda y a crear mayor movilidad residencial y laboral. Contrario a lo que sucede en países más desarrollados, el alquiler en América Latina y el Caribe no es una opción restringida a los más pobres. De hecho, la vivienda en renta presenta mejor calidad que la vivienda en propiedad informal y condiciones similares a las de la vivienda formal, incluso para los quintiles de ingreso más bajos, lo que demuestra que el alquiler puede ser una alternativa eficiente y costo-efectiva para resolver los problemas de déficit cuantitativo y cualitativo de la región. Algunos autores sostienen que resolver el problema habitacional a través de asentamientos informales puede tener ciertos beneficios al permitir a los hogares de bajos ingresos convertir trabajo en capital a través del proceso de autoconstrucción, expandir su vivienda a medida que el hogar crece, generar ingresos por alquiler o actividades comerciales.

En realidad, la vivienda es una combinación de múltiples servicios. Cuando se elige un lugar de habitación se está seleccionando a su vez un bien inmueble de determinadas características de tamaño y calidad; una localización específica dentro de la estructura urbana con atributos particulares de acceso; un barrio con externalidades de vecindad y cercanía dadas; y posiblemente una inversión financiera que se puede capitalizar en virtud de los otros factores señalados y de la evolución del mercado de vivienda. Esta decisión además se sopesa en función de lo que es deseable de acuerdo con las preferencias individuales, y de lo que es posible con los recursos disponibles.

Como parte de las estrategias de apoyo al sector de la vivienda, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en marzo de 2015 anunció un estímulo fiscal que consiste en el descuento del 100 por ciento del IVA para proveedores y prestadores de servicios en la construcción de viviendas. En este sentido, los proveedores obtendrán un descuento del 100 por ciento del pago del IVA, para que ese costo no se traslade a los desarrolladores y por lo tanto no encarezca el costo de la vivienda, reduciendo de manera significativa el precio al comprador, sin embargo sigue existiendo un rezago habitacional del alrededor del 31 por ciento de los hogares mexicanos de acuerdo con el Inegi.

En México, el ritmo de crecimiento de la vivienda ha sido mayor que el de la población, debido a la proliferación de créditos concedidos por instituciones públicas. Por ejemplo, en 2009 se otorgaron cerca de 900.000 créditos (la mayoría destinados a la compra de vivienda nueva), mientras que la formación de nuevos hogares fue de alrededor de 600.000, empero éstas unidades (en algunos casos de mala calidad), han sido ubicadas generalmente en las afueras de las ciudades por lo que una cuarta parte de las viviendas adquiridas a través de entidades públicas se encuentra desocupada (Salazar Cruz et al., 2012).

Derivado de lo anterior, esta Soberanía no debe ignorar los cambios de las condiciones sociales de la vida moderna, que en su constante transformación, han tenido un incontenible crecimiento urbano así como un aumento de necesidades económicas y jurídicas que obligan a renovar la legislación y como fue mencionado en un principio, garantizar un derecho tan fundamental como lo es el derecho a la vivienda; sin embargo una de las razones principales por la cual las familias abandonan su vivienda es por su ubicación ya que están localizadas generalmente lejos de las fuentes de trabajo, incrementando de forma relevante el costo del transporte, es decir, los propietarios muchas veces se encuentran en la disyuntiva de obtener recursos para el transporte al trabajo o para pagar la hipoteca.

Aun en aquellos mercados donde la vivienda se está apreciando, el alquiler puede ser una mejor alternativa cuando la tenencia va a ser corta, dado que las posibles ganancias de capital no compensan los costos de transacción (cierre de hipoteca, seguros y comisiones pagadas a las inmobiliarias) asociados a la adquisición y venta de la propiedad. Actualmente uno de cada cinco hogares alquila su vivienda y esta proporción ha ido aumentado en los últimos 10 años, pero de igual forma se presenta el fenómeno de la vivienda deshabitada y los costos que se pierden en traslados como parte del desarrollo urbano y la movilidad .

De lo anterior se desprende que el alquiler también permite una mayor movilidad residencial para las familias, pues se evitan los altos costos de transacción y de mantenimiento de la vivienda en propiedad. Es cierto que al comprar una vivienda se obtiene un activo, pero también se está adquiriendo inmovilidad. En algunos casos, se ha visto que los propietarios dejan su vivienda para convertirse en inquilinos en otra localización.

En México, algunos hogares están dejando sus viviendas subsidiadas por problemas de calidad y acceso para relocalizarse en vivienda en alquiler, lo cual ha duplicado el número de casas embargadas en el último año. Vender una vivienda de origen informal puede ser aún más complejo, dada la dificultad de acceso a crédito de la demanda potencial (Gilbert, 1999) y, en algunos casos, el estigma asociado a los barrios subnormales (Smolka, 2002). Los beneficios de una mayor movilidad residencial pueden ir más allá del tema de vivienda, al permitir que el mercado laboral se ajuste más rápidamente ante cambios de la demanda.

La vivienda en alquiler tiene una localización más central que la vivienda en propiedad, lo que demuestra que la propiedad es más común en áreas suburbanas, por estar asociada con localizaciones más centrales, la vivienda en alquiler puede ser una mejor opción para ciertos hogares que buscan un impulso en la calidad profesional o laboral como son los jóvenes. Esto es así especialmente en la región, donde el centro de las ciudades todavía contiene un porcentaje importante de empleos que no son bien remunerados; más aún, estas ubicaciones ofrecen beneficios en materia de acceso a servicios urbanos y transporte público.

Adicionalmente, la vivienda en renta tiende a concentrarse en las áreas más centrales, densas y consolidadas de las ciudades, lo que sugiere que una política de alquiler articulada a herramientas adecuadas de planeación urbana, puede contribuir a generar ciudades más densas, accesibles y compactas. Por otro lado, la oferta de alquiler es diversa, privada y de pequeña escala lo que implica que un mayor dinamismo en el sector puede ayudar a los propietario-arrendadores a mejorar sus ingresos a la vez que se mitiga la carencia de vivienda de buena calidad y bien localizada. Por estas razones, una de las conclusiones y recomendaciones el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en su estudio sobre vivienda en renta es el de complementar la política de vivienda con la creación de incentivos a la oferta y a la demanda de vivienda en alquiler, cambios a los marcos regulatorios del mercado de renta, y una mayor articulación con la planeación urbana.

“Así, las políticas de vivienda en alquiler deben ser un complemento de la vivienda en propiedad, responder al contexto y ser incrementales para que se adecuen a espacios y lugares específicos”

La literatura sugiere que un marco jurídico equilibrado puede incluir controles de renta, si bien estos deben ser determinados en relación con los valores de mercado en el área y modificables de acuerdo con el comportamiento de la nación. En particular, el estudio del BID propone diferenciar entre nuevas unidades producidas por construcción y rehabilitación en las que la renta cobrada sea libre dentro de parámetros establecidos; unidades vacantes en las que la renta no esté controlada sino referida a límites razonables.

En este sentido, debemos reconocer los beneficios potenciales de la vivienda en alquiler como una alternativa de vivienda social con mayor sostenibilidad fiscal, como una opción flexible que satisface preferencias de ciertos sectores de la demanda y como una oportunidad de proveer mejores localizaciones y de desincentivar el desarrollo periférico de baja densidad.

En el mundo, existen figuras de apoyo a los sectores de la población que hemos mencionado como, por ejemplo; en Estados Unidos existe la sección 8 del Project-Based Rental Assistance que es un subsidio para el arrendamiento que puede ser entregado a los propietarios de las viviendas para que estos pidan un menor monto de alquiler a sus inquilinos o bien; puede ser entregado directamente al inquilino y así este tiene mayor libertad de escoger donde arrendar. En este programa el Gobierno Federal ofrece un subsidio equivalente a la diferencia entre la renta autorizada para el conjunto multifamiliar y la renta que puede pagar el inquilino (30 por ciento del ingreso familiar).

De igual forma en Chile, hay un programa de subsidio al arriendo que busca beneficiar a familias jóvenes y vulnerables, este ayuda a cubrir una parte de la renta y los beneficiarios del programa pueden escoger la vivienda, que debe cumplir con ciertos requerimientos. El programa Housing Choice Vouchersen Estados Unidos busca beneficiar a personas de bajos ingresos.

Por lo anterior; el que suscribe propone que, sea posible la deducción de impuestos de una parte proporcional del costo total de la renta de casa–habitación; en virtud de que este tipo de apoyo a la población puede ser funcional y complementario al deseo de obtener vivienda propia, pues al ser el ahorro el incentivo principal se considera que este beneficio sea encaminado preferentemente a la población que se encuentren en las situaciones antes descritas, como los jóvenes.

Asimismo, la propuesta se basa en el concepto de corresponsabilidad; esto implica que los sujetos beneficiados deberán cubrir requisitos básicos como cumplir formalidades señaladas por el Código Civil de la entidad en donde se encuentre el bien inmueble que se pretenda arrendar y ambas partes (tanto arrendador como arrendatario) cuenten con su Registro Federal de Contribuyentes para estos a su vez se vean obligados a presentar periódicamente la declaración de Impuestos correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior al alcanzar su cumplimiento ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la propuesta de la Iniciativa podría generar un reporte con la finalidad de que las familias puedan desarrollar un historial crediticio y de esta manera un mayor número de personas tendrían la posibilidad de tener acceso a una vivienda propia.

Para el que suscribe, garantizar a las y los jóvenes el acceso a servicios como la vivienda sienta las bases para que la juventud mexicana sea un grupo productivo que participe activamente en el aumento de los niveles de bienestar, inversión y desarrollo en el país.

La presente iniciativa atiende las recomendaciones del documento Políticas y Programas para el Desarrollo de la Juventud elaborado por el Instituto Mexicano de la Juventud en Alianza con el Fondo de Población de las Naciones Unidas, quienes determinaron que si se toma en cuenta que el objetivo central en materia de vivienda debería ser asegurar el acceso a una vivienda digna, independientemente de que ésta sea propia o arrendada; que uno de cada dos jóvenes emancipados ya es propietario de la vivienda en que habita, y que los jóvenes tienen frente a sí un periodo prolongado para adquirir una vivienda, si así lo desean, lo más adecuado parece darles apoyos para que puedan rentar una vivienda digna, como se hace en otros países.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Artículo Primero. Se derogan el segundo párrafo de la fracción XIII del artículo 28 y se adiciona una fracción IX al artículo 151, todos ellos de la Ley del Impuesto sobre la Renta para quedar como sigue:

Artículo 28. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:

I. a XII. ...

XIII. Los pagos por el uso o goce temporal de aviones y embarcaciones, que no tengan concesión o permiso del Gobierno Federal para ser explotados comercialmente.

(Se deroga)

Tratándose de automóviles, sólo serán deducibles los pagos efectuados por el uso o goce temporal de automóviles hasta por un monto que no exceda de $200.00, diarios por automóvil, siempre que además de cumplir con los requisitos que para la deducción de automóviles establece la fracción II del artículo 36 de esta Ley, los mismos sean estrictamente indispensables para la actividad del contribuyente. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable tratándose de arrendadoras, siempre que los destinen exclusivamente al arrendamiento durante todo el periodo en el que le sea otorgado su uso o goce temporal.

XIV. a XXXI. ...

Artículo 151. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

I. a VIII. ...

IX. Los gastos destinados al alquiler de casa-habitación, sin que la deducción sea mayor del equivalente a un salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevados al año y se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México o mediante tarjeta de crédito, de débito, o de servicios.

El Servicio de Administración Tributaria podrá regular el mecanismo para que estas deducciones puedan ser aprovechadas por los contribuyentes de los capítulos I y II de este título en los pagos provisionales.

...

...

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Disponible en

http://services.iadb.org/wmsfiles/products/Publications/38720359.pdf

2 Disponible en

http://www.flacsoandes.edu.ec/sites/default/files/agora/files/ 1218664030.ponencia_final_de_diego_aulestia_v_2.pdf

3 Disponible en

http://www.lincolninst.edu/publications/articles/informalidad-pobreza- urbana-precios-la-tierra

4 Ibídem

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de marzo de 2017.— Diputados y diputadas: Ariel Enrique Corona Rodríguez,Adriana Elizarraraz Sandoval, Alejandra Gutiérrez Campos, Arlette Ivette Muñoz Cervantes, Brenda Velázquez Valdez, Carlos Alberto Palomeque Archila, Carlos Bello Otero, César Flores Sosa, Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Elías Octavio Íñiguez Mejía, Emma Margarita Alemán Olvera, Enrique Cambranis Torres, Exaltación González Ceceña, Francisco José Gutiérrez De Velasco Urtaza, Gabriela Ramírez Ramos, Gerardo Gabriel Cuanalo Santos, Gina Andrea Cruz Blackledge, Gretel Culin Jaime, Herminio Corral Estrada, Hugo Alejo Domínguez, J. Apolinar Casillas Gutiérrez, Jesús Antonio López Rodríguez, Jisela Paes Martínez, Jorge Ramos Hernández, José Everardo López Córdova, José Hernán Cortés Berumen, Juan Alberto Blanco Zaldívar, Juan Corral Mier, Juan Pablo Piña Kurcyn, Leonel Gerardo Cordero Lerma, Leticia Amparano Gamez, Lilia Arminda García Escobar, Luis de León Martínez Sánchez, Luis Fernando Antero Valle, Luz Argelia Paniagua Figueroa, Marco Antonio Gama Basarte, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, María del Rosario Rodríguez Rubio, María Guadalupe Murguía Gutiérrez, María Luisa Sánchez Meza, María Verónica Agundis Estrada, Mariana Arámbula Meléndez, Marko Antonio Cortés Mendoza, Miguel Ángel Huepa Pérez, Miguel Ángel Salim Alle, Pedro Garza Treviño, Ricardo del Rivero Martínez, Rocío Matesanz Santamaría, Rubén Alejandro Garrido Muñoz, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Víctor Ernesto Ibarra Montoya, Ximena Tamariz García, (rúbricas).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Sasil Dora Luz de León Villard, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 146 del Reglamento de la Cámara de Diputados, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

La diputada Sasil Dora Luz de León Villard:Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, en nombre propio y el de la fracción de mi partido, el Verde Ecologista de México, hago uso de esta tribuna para presentar ante el pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de reforma en virtud del cual se adiciona el tercer párrafo del artículo 65, en su apartado De las comisiones, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Esta propuesta de reforma al Reglamento pretende generar condiciones de igualdad en el desarrollo laboral de las y los diputados, compartir equitativamente la agenda legislativa, así como las trascendentes decisiones que se toman en cada uno de los órganos de gobierno del Poder Legislativo federal, porque es la participación de las mujeres en los asuntos políticos y la igualdad en el acceso a los cargos públicos, derechos fundamentales reconocidos, tanto en el sistema interamericano de derechos humanos como en el sistema universal de la protección de estos derechos.

La relevancia de igualar las opciones del hombre y de la mujer en el disfrute y el ejercicio de los derechos políticos ha sido establecida por la comunidad internacional, tal y como lo demuestran las normas de la Carta Democrática Interamericana; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención Belém do Pará; la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, CEDAW; la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer; los Objetivos del Desarrollo del Milenio y otros ordenamientos internacionales.

La consolidación de la igualdad plena es uno de los principales ejes de la participación política de las mujeres en este pleno legislativo, su presencia en el Congreso federal o estatal ejerce un efecto multiplicador, pues las mujeres en la vida pública se vuelven referentes para que otras mujeres decidan participar ahora con la nueva ley electoral, que nos permite la paridad de género en las candidaturas. Lo que antes fue equidad ahora es paridad y hacía allá camina la tendencia política universal de esta materia.

Es innegable que las mujeres hemos avanzado en los ámbitos social, político y laboral. Sin embargo, todavía persisten falta de presencia en algunos de los espacios de toma de decisiones en la vida pública, debido, en buena medida, a la tardía inclusión y reconocimiento de nuestros derechos plenos en desigualdad en comparación con la de los varones.

Lo anterior contrasta con nuestra historia. Antes del reconocimiento de nuestros derechos políticos, las mujeres hemos estado presentes en la lucha por la defensa de diversas causas sociales, basta mencionar que tanto en el movimiento de Independencia como en el de la Revolución notables mujeres participaron hombro a hombro con distinguidos hombres, para formar la nación mexicana, y marcada fue la exclusión de que en el Constituyente de 1917 no hubo una sola legisladora.

Sin embargo, en un país como México es necesario seguir transformando políticas públicas en materia de perspectiva de género, con una transversalidad cultural para edificar el empoderamiento de las mujeres a una mejor representación y su participación en los cargos de toma de decisiones, puesto garantiza el fortalecimiento de nuestro sistema político más estable y con mayor eficiencia legislativa.

Es importante tomar en cuenta que la integración de estas comisiones en la praxis de las bancadas partidistas, la inclusión de las mujeres depende en gran medida de la voluntad de los líderes y/o coordinadores que comúnmente son varones, lo que las limita en su representación para presidir las comisiones, y por tanto, en la toma de decisiones.

Pues así como está integrada hoy en día esta Cámara, pese a que las legisladoras representamos un poco más del 40 por ciento de las curules, esa misma representación no se ve reflejada en las comisiones legislativas.

Es indiscutible que en los últimos años se han logrado avances significativos, por tanto, hoy es el tiempo de actualizar a este cuerpo colegiado en materia de igualdad en sus órganos internos de gobierno, pues es importante que siendo esta Cámara de Diputados el órgano promulgador de leyes en el país hayamos pasado por alto el compartir igualdad plena en el reconocimiento entre diputadas y diputados, pues el tener la igualdad en las comisiones legislativas nos pone en igualdad de circunstancias laborales de representatividad política, de actividad de la agenda legislativa y en todas las tomas de decisiones de este país.

En este sentido, la presente iniciativa tiene como prioridad el promover y fomentar la paridad de género legislativa en los órganos de gobierno de la propia Cámara, promoviendo la integración representativa para el empoderamiento de las mujeres en un plano de igualdad en la designación de las comisiones permanentes y en las comisiones ordinarias del Poder Legislativo federal, en todas las comisiones, tanto ordinarias como extraordinarias, misma que, de ser aprobada, deberán de ser distribuidas en paridad, es decir, 50 y 50 de manera equitativa, usando para su distribución el mecanismo vigente, como lo establece el actual ordenamiento, es decir, en proporción a la representatividad legislativa con que cuenta cada fuerza política representada en el Congreso, para lograr el pleno ejercicio de los derechos que de las leyes emanan, reconociendo y garantizando paridad en todos los órganos de gobierno y toma de decisiones de este Poder Legislativo.

Por cierto, quiero hacer un amplio reconocimiento a mi compañera diputada Guadalupe Murguía Gutiérrez porque hoy, después de casi diez años de ausencia, una mujer preside esta Cámara de Diputados. Es cuanto, muchísimas gracias por su atención.

«Iniciativa que adiciona el artículo 146 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Sasil Dora Luz de León Villard e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, Sasil Dora Luz de León Villard e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona un numeral 6 al artículo 146 del Reglamento de la Cámara de Diputados, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La historia del país registra que hace 62 años las mujeres mexicanas votaron por primera vez, pese a que la Constitución de 1917 estableció, como parte de las garantías individuales, el derecho a la igualdad. Actualmente, México se ubica en la posición número 36 dentro de la lista de 136 países con altos índices de empoderamiento político en materia de género.

No obstante que vivimos en una sociedad moderna que ha logrado diversos avances a favor de la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, todavía existen voces que argumentan que permitir el acceso a las mujeres a la política y al ejercicio del poder público en igualdad de condiciones con los hombres, resulta indigno, pues creen que las mujeres deben permanecer realizando actividades que se les han adjudicado con base en estereotipos que no encuentran sustento legal alguno, ya que éstos sólo se fundamentan en costumbres establecidas por las sociedades tradicionales, construidas a partir de prejuicios que prevalecieron antes del siglo XXI y que generaban la percepción falsa de que las mujeres tenían una pequeña representatividad a modo de concesión del sistema y no por contar con las capacidades y aptitudes necesarias para participar en la conducción del país.

La participación de las mujeres en los asuntos gubernamentales y la igualdad en el acceso a los cargos públicos han sido reconocidas como derechos fundamentales en las leyes, normas y organismos que en conjunto se conocen como: Sistema Interamericano de Derechos Humanos y Sistema Universal de Protección de Derechos Humanos.

La relevancia de igualar las opciones del hombre y de la mujer en el disfrute y ejercicio de los derechos políticos ha sido establecida por la comunidad internacional, de la cual forma parte México, como lo demuestran las normas de la Carta Democrática Interamericana; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará); la Convención para la Eliminación de Todas la Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer; y otros documentos de consenso internacional como los Objetivos del Desarrollo del Milenio, establecidos por la Organización de las Naciones Unidas; la Conferencia Internacional de la Mujer (Conferencia de Beijing) y la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (Conferencia de El Cairo).

La consolidación de la igualdad plena es uno de los principales ejes de la participación política de las mujeres en el plano legislativo. Su presencia en el Congreso federal o estatal ejerce un efecto multiplicador, pues las mujeres en la vida pública se vuelven referentes para que otras más decidan participar. En tal sentido, el marco jurídico debe garantizar su pleno acceso a esos y a otros espacios de decisión pública, como las dirigencias partidistas, las comisiones legislativas y los órganos electorales en condiciones igualitarias.

Es innegable que las mujeres han avanzado en los ámbitos social, político y laboral, sin embargo, la presencia en algunos de los principales espacios de decisión de la vida pública es aún escasa y desigual en comparación con la de los varones, debido en buena medida a la tardía inclusión y reconocimiento de sus derechos plenos.

Antes del reconocimiento de sus derechos políticos la mujer ha estado presente en la lucha por la defensa de diversas causas sociales. Basta mencionar que tanto el movimiento de Independencia, como la Revolución, fueron levantamientos populares en los cuales participaron juntos, hombro a hombro, mujeres y hombres en la formación de la nación mexicana. Además, es bien sabido que en México las mujeres, los niños y los ancianos son quienes más han sufrido las consecuencias de los conflictos armados, en ocasiones, aún más que los hombres.

En un país como México es necesario seguir transformando las políticas públicas en materia de perspectiva de género en una transversalidad cultural, a efecto de edificar el empoderamiento de las mujeres y garantizar su acceso a mejores condiciones de vida, así como su participación en los cargos de representación popular. Lo anterior posibilita la igualdad de condiciones y mejora la calidad de vida en el núcleo familiar.

La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura ha dejado muy claro que

La búsqueda de la igualdad de género es un elemento central de una visión de la sostenibilidad en la cual cada miembro de la sociedad respeta a los demás y desempeña un papel que le permite aprovechar su potencial al máximo. La amplia meta de la igualdad de género es una meta social a la que la educación y las demás instituciones sociales deben contribuir. La discriminación de género está imbricada en el tejido de las sociedades.

Planteamiento del problema

La igualdad, la paridad y alternancia de género son demandas legítimas de los diversos sectores de la sociedad, principalmente de las mujeres que durante el proceso evolutivo de sus derechos cobra nueva significancia en el Estado moderno. En los procesos de transición democrática, democratización o de cambio institucional sigue vigente este anhelo, por ello es obligatorio que el sistema político mexicano responda a esta demanda ya que éste se encuentra en un momento de constante fortalecimiento de sus instituciones.

La presente iniciativa tiene como prioridad promover y fomentar la paridad de género en los órganos de gobierno de la Cámara de Diputados. Nuestra propuesta es la integración representativa para el empoderamiento de las mujeres, en un plano de igualdad en la designación de las presidencias de las Comisiones legislativas, tanto ordinarias como especiales, mismas que seguirán siendo distribuidas en función de la representatividad con que cuente cada fuerza política, pero procurando que la mitad de éstas sean encabezadas por hombres y la otra mitad por mujeres.

Nuestro planteamiento se fundamenta en lo siguiente:

a) La igualdad formal y real entre las mujeres y hombres, lo cual es un derecho fundamental del ser humano;

b) Las mujeres representan más de la mitad de la población y, por lo tanto, del electorado mexicano. La democracia exige la paridad en la representación popular y en la administración pública;

c) Las mujeres constituyen la mitad de las inteligencias y de las capacidades potenciales de la humanidad y la subrepresentación en los puestos de decisión constituye una pérdida para el conjunto de la sociedad;

d) Hoy, el marco jurídico electoral establece la obligatoriedad en la paridad de género para la asignación de candidaturas a cargos de elección popular; y

e) Una participación equilibrada entre mujeres y hombres en la toma de decisiones puede generar ideas, valores y comportamientos diferentes, que vayan en la dirección de un mundo más justo y equitativo para ambos géneros.

México está a la vanguardia en la lucha y las demandas de las mujeres por la construcción de una igualdad sustantiva, sólida, más justa y equitativa como se ha considerado en diversos instrumentos en los que nuestro país ha formalizado su defensa por los derechos de las mujeres.

La igualdad de género es un principio elemental de toda sociedad democrática, para hacerla efectiva se necesita de la participación de hombres y mujeres en la vida pública del país. De ahí la importancia de un equilibrio social, a través del perfeccionamiento de acciones afirmativas que permitan el ejercicio de los derechos fundamentales en condiciones de igualdad.

De acuerdo con datos del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género de la Cámara de Diputados en la Sexagésima Tercera Legislatura federal, de las 56 comisiones ordinarias establecidas, 42 presidencias son ocupadas por legisladores y sólo 14 por legisladoras. Lo anterior no corresponde a la proporción actual de diputadas, que suman 212 y representan 42.5 por ciento del total de la Cámara, mientras que su representación al frente de las comisiones es de sólo 18 por ciento.

En el caso del Senado de la República, la situación no es muy diferente, pues de las 64 comisiones existentes, 44 presidencias las ocupan senadores varones y tan sólo 20 son presididas por senadoras.

En la designación de las juntas directivas de estas comisiones, la inclusión de las mujeres depende en gran medida de la voluntad de los líderes o coordinadores, que comúnmente son varones, por lo cual las mujeres no cuentan con alguna herramienta normativa para defender su derecho a participar en la conducción tanto de las comisiones ordinarias, como de las comisiones especiales.

En los últimos años se han logrado avances significativos en materia de paridad de género, pero hoy es tiempo de que este cuerpo colegiado se actualice y promueva la igualdad en los órganos de apoyo legislativo. Resulta impostergable garantizar la igualdad plena entre diputadas y diputados, de modo tal que las mujeres no sólo estén mejor representadas sino que tengan mayores oportunidades de participar en la definición de la agenda legislativa y en la toma de decisiones del país.

Por lo expuesto someto a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de

Decreto que adiciona un numeral 6 al artículo 146 del Reglamento de la Cámara de Diputados

Único.Se adiciona un numeral 6 al artículo 146 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para quedar como sigue:

Artículo 146.

1. a 5. (...)

6. En la designación de las presidencias de las comisiones, así como de sus secretarías, deberá garantizarse la paridad de género, debiendo ser ocupados por mujeres el 50 por ciento del total de los espacios disponibles.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.— Diputada y diputado: Sasil Dora Luz de León Villard,Jesús Sesma Suárez (rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada de León Villard. Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Rectificando una omisión, tiene la palabra por cinco minutos el diputado Francisco Martínez Neri, presidente de la Junta de Coordinación Política —nada más, nada menos—, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Francisco Martínez Neri:Muchas gracias, presidenta. Compañeros diputados, compañeras diputadas. Presento ante ustedes una iniciativa de reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de perfeccionar el marco institucional en materia de anticorrupción y así subsanar un vacío en el caso de faltas administrativas no graves.

Es conocido por ustedes que las reformas de 2015 fueron un avance significativo y, entre otros temas, fortalecieron el marco jurídico aplicable a los titulares de los órganos internos de control, de los organismos con autonomía constitucional. Es decir, de los antes llamados contralores.

Así, los titulares de los organismos constitucionales autónomos, por ejemplo, del Instituto Nacional Electoral o de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en su calidad de ejecutores presupuestales, tienen previsto conjuntamente con la Auditoría Superior de la Federación, un régimen para prevenir e investigar actos que pudieran constituir faltas administrativas graves.

Pero en el diseño normativo existe un vacío, porque no se precisa cuál es la distancia facultada para conocer las faltas administrativas no graves de los titulares de los organismos con autonomía constitucional. Es decir, no hay claridad de quién sanciona esas faltas, aun a sabiendas de que esa es una posibilidad presente en el actuar de cualquier servidor público.

La anomalía consiste en que, mientras en todo el conjunto del servicio público se sancionan las faltas no graves, los titulares de los órganos constitucionales autónomos quedarían exentos de una sanción en caso de incurrir en irregularidad.

Por lo anterior y en congruencia con la tendencia que ha seguido el poder constituyente, se propone facultar a la Cámara de Diputados para que sea quien vigile el actuar de los titulares de esos órganos, considerando que esta soberanía los nombra originalmente.

El alcance de la propuesta es tan sencillo como relevante, consiste en reformar el segundo párrafo de la fracción III del artículo 109 constitucional, para establecer que la Cámara de Diputados conocerá y resolverá las faltas y sanciones administrativas no graves cometidas por los titulares de los órganos internos de control de los organismos con autonomía reconocida en la Constitución.

Diputadas y diputados, los exhorto a revisar y a aprobar esta iniciativa que fortalece el control de los órganos que juegan un papel clave en el combate a la corrupción. Esta Cámara de Diputados tiene la posibilidad de culminar con esta aportación, un proceso de reforma que inició en el Senado y que en su momento respaldamos con toda plenitud.

Ayudemos todos sin distingos partidistas a culminar con éxito esta tarea en beneficio de la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben observarse en el conjunto del servicio público mexicano. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Francisco Martínez Neri, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, Francisco Martínez Neri, diputado a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, y 77 numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo segundo de la fracción III del artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con lo siguiente:

Planteamiento del problema

Las reformas constitucionales de 2015 en materia de anticorrupción fueron un avance significativo y fortalecieron el marco jurídico respecto a los titulares de los órganos internos de control de los organismos con autonomía reconocida en la Constitución que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Específicamente, se establecieron facultades para prevenir, corregir e investigar actos u omisiones que pudieren constituir responsabilidades administrativas; para sancionar las distintas de las que son competencia de los tribunales de justicia administrativa; revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de recursos públicos; así como presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la fiscalía especializada en combate de la corrupción.

No obstante, hay un vacío constitucional, pues no se establece quién estará facultado para conocer de las faltas no graves y las que se desprendan del actuar específico de los titulares de los órganos internos de control de los organismos con autonomía reconocida en la Constitución. En congruencia con la tendencia que recientemente ha seguido el Poder Constituyente, se propone facultar a la Cámara de Diputados para que vigile el actuar de los titulares de estos órganos, considerando que esta soberanía los nombra originalmente.

Argumentos

Los órganos internos de control de los organismos con autonomía reconocida en la Constitución son una pieza clave para el combate de la corrupción, por lo cual resulta necesario que desde la Carta Magna se les faculte para mantener actualizada la información de la evolución patrimonial, de las declaraciones de intereses y las constancias de las declaraciones fiscales de todos los servidores públicos que forman parte de cada uno de los organismos constitucionales autónomos.

El objeto de la reforma propuesta respecto al segundo párrafo de la fracción III del artículo 109 de la Constitución es precisar quién podrá aplicar las sanciones administrativas no graves en que puedan incurrir estos titulares por las omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus funciones.

Por lo expuesto, y con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, y 77, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, el suscrito somete a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el párrafo segundo de la fracción III del artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se reforma el párrafo segundo de la fracción III del artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 109. ...

I. y II. ...

III. ...

Las faltas administrativas graves serán investigadas y substanciadas por la Auditoría Superior de la Federación y los órganos internos de control, o por sus homólogos en las entidades federativas, según corresponda, y serán resueltas por el tribunal de justicia administrativa que resulte competente. Las demás faltas y sanciones administrativas serán conocidas y resueltas por los órganos internos de control. La Cámara de Diputados conocerá y resolverá las faltas y sanciones administrativas no graves cometidas por los titulares de los órganos internos de control de los organismos con autonomía reconocida en esta Constitución.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.Al entrar en vigor el presente decreto, deberán realizarse las reformas y adiciones a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la forma y términos en que se substanciarán los procedimientos administrativos materia del presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de abril de 2017.— Diputado Francisco Martínez Neri(rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Martínez Neri. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



LEY GENERAL DE SALUD

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Mariana Trejo Flores, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 166 Bis 3 de la Ley General de Salud.

La diputada Mariana Trejo Flores:“No quiero que me curen, quiero que me entiendan”. Petición a solicitud de un enfermo terminal. Con la venia de la Presidencia y de todos los aquí presentes. El día de hoy presento ante esta tribuna de Cámara de Diputados el proyecto de decreto que reforma y adiciona las fracciones I y XI del artículo 166 Bis 3 de la Ley General de Salud, en un tema que ha sido poco tratado por nosotros los legisladores, un tema que estamos obligados a tratar, guiados por los principios de humanidad, de protección a la vida y respeto a los derechos humanos, como son los cuidados paliativos del enfermo terminal.

Los enfermos terminales son diagnosticados con este calificativo cuando la atención médica ha llegado al límite de sus capacidades y acciones para curar el padecimiento del paciente, a partir de este momento sólo tiene la certeza de su padecimiento y no tiene la cura y el avance de la enfermedad va mermando la salud del paciente hasta que se extingue la vida.

Con lo anterior, compañeros diputados, los pacientes terminales y sus familias demandan atención médica y psicológica profesional, demandan el respeto a los derechos humanos y que sean tratados con igualdad y equidad.

Los enfermos terminales exigen que se respete su dignidad, su dolor y el de sus familias. Exigen ser tratados con respeto y que las instituciones médicas no vulneren sus derechos humanos. Lo anterior se debe principalmente a cuatro factores.

Uno. La tendencia a tratar los problemas del paciente en su vertiente puramente biológica.

Dos. La obstinación innecesaria en prácticas diagnostica desplazamientos injustificados en los servicios de urgencias hospitalarias.

Tres. El vacío asistencial que puede producirse una vez que el paciente se encuentra en fase terminal. Por otro lado, la familia, que en ocasiones se encuentra impotente y es incapaz de atender correctamente las necesidades del paciente. Por último, la estancia hospitalaria en que la mayoría de las ocasiones no está preparada para brindar cuidados paliativos al enfermo terminal.

Cuatro. La falta de comunicación del paciente en fase terminal de enfermedad con su familia.

En la actualidad como complemento a la medicina curativa, ha surgido con fuerza la medicina paliativa que trata de ofrecer una atención de calidad a todos aquellos pacientes sometidos a un proceso irreversible.

Lo anterior ha generado controversias profundas desde la perspectiva de la bioética para establecer claros que permitan direccionar el rumbo del avance de las ciencias médicas sin violentar los derechos humanos y tratando de preservar la vida.

Con esta iniciativa, compañeros diputados, proponemos que de forma legal con las modificaciones planteadas se considere cuidar la intimidad del paciente, cuidar la integridad emocional del paciente y cuidar la integridad emocional de los familias, respetando los derechos humanos del paciente hasta la hora de su muerte, así como los derechos humanos de los familiares y de las personas cercanas.

Los enfermos terminales tienen derecho a ser tratados dignamente, con el respeto de las facultades que gozan como ciudadanos mexicanos, ellos y sus familias. Este es el objetivo central de esta iniciativa. Es cuanto, diputada presidenta.

«Iniciativa que reforma el artículo 166 Bis 3 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Mariana Trejo Flores, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada federal Mariana Trejo Flores, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan las fracciones I y XI del artículo 166 Bis 3 de la Ley General de Salud en materia de asistencia psicológica de enfermos terminales.

Exposición de Motivos

El estudio sistemático de la conducta humana en el ámbito de las ciencias de la vida y del cuidado de la salud, examinada a la luz de los valores y de los principios morales, constituye uno de los conceptos e interpretaciones clásicas de la bioética, tema obligado en las investigaciones actuales como referente de análisis donde se implica la preservación de la vida.

Con el avance tecnológico en las ciencias médicas y el desarrollo de técnicas orientadas a preservar la vida y reducir las tasas de mortalidad, la medicina humana se ha colocado dentro de las ciencias que más innovación presentan. El progreso médico ha conseguido prolongar la vida y retrasar la muerte de los pacientes que presentan enfermedades consideradas como “irreversibles”.

Los pacientes que presentan enfermedades incurables, en la actualidad, han tenido la protección legal de un marco asistencial que ha evolucionado favorablemente en pro de la humanización de la atención médica en la mayoría de las legislaciones de los países de occidente, impactando directa y positivamente, en una regulación de la asistencia hospitalaria durante el tratamiento de enfermedades consideradas como incurables o terminales, brindada por profesionales y especialistas que ayudan al paciente a hacer frente al proceso de tratamiento, curable o no.

Con lo anterior, los pacientes han demandado una profesionalización del personal médico que se incorpore a un esquema irrestricto de los avances que la bioética vaya generando durante su continuo proceso de reconstrucción. En materia de enfermos terminales o enfermedades incurables, la demanda asistencial de la población es constante, pues con todos los avances médicos, el grado de satisfacción en el tratamiento de los enfermos terminales por la asistencia recibida en la etapa final del tratamiento es poco satisfactoria, según encuestas aplicadas a familiares e inclusive al propio paciente.

Lo anterior se debe a los siguientes factores:

1) La tendencia a tratar los problemas del paciente en su vertiente puramente biológica, prestando atención casi exclusivamente a lo que sucede en sus órganos enfermos o en los resultados de pruebas complementarias, sin considerar la repercusión afectiva y socio-familiar de la enfermedad (“Hoy se puede morir usted sólo, afligido, pero eso sí, con una analítica normal”).

2) La obstinación innecesaria en prácticas diagnósticas y terapéuticas inútiles, desplazamientos injustificados a los servicios de urgencias hospitalarios, etc. Sólo consiguen aumentar el sufrimiento del enfermo (el llamado “encarnizamiento terapéutico”).

3) El vacío asistencial que puede producirse una vez que el paciente se encuentra en fase terminal. El médico de atención primaria desbordado por el número de pacientes curables que tiene que atender, la falta de recursos y su escasa formación específica en este tipo de cuidados influye negativamente en la atención. Por otro lado, la familia que en ocasiones se encuentra impotente o es incapaz de atender correctamente las necesidades del paciente. Por último el hospital que, en la mayoría de ocasiones, no está preparado para cuidar de forma permanente a los pacientes que no se pueden curar.

4) La falta de comunicación con el paciente con enfermedad en fase terminal y con su familia. En la actualidad, como complemento a la medicina curativa, ha surgido con fuerza la medicina paliativa que trata de ofrecer una atención de calidad a todos aquellos pacientes sometidos a un proceso irreversible (no sólo oncológicos), proporcionándoles una muerte digna, sin dolor, en su ambiente familiar y sin excesivo tratamiento exterior.

Para entender lo anterior, es necesario definir el concepto de paciente terminal en el sentido estricto y acotado de su propia connotación:

El concepto de paciente terminal, según la definición de ABC Diccionarios, es aquel que se aplica a personas que sufren una enfermedad y que se encuentran en la etapa terminal o final de ella, sin esperanzas ni posibilidades de recuperación ya sea porque no se conoce la cura específica a la condición que se posee o porque el estado avanzado de la enfermedad no permite mejora alguna. Sin dudas, la noción de paciente terminal implica un gran nivel de complejidad ya que supone la idea de muerte y de una vida llegando a su fin.

Lo anterior ha generado controversias profundas desde la perspectiva de la bioética para establecer cánones claros que permitan direccionar un rumbo con el avance de las ciencias médicas sin violentar los derechos humanos y tratando de preservar la vida.

Temas como eutanasia, tanatología, atención psicológica, asistencia espiritual, cuidados paliativos, salen a debate al tratar y abordar un tema tan complejo como lo es: “Cuidados a enfermos terminales”.

R. Buisán y J.C. Delgado, expertos en cuidados de enfermos terminales, concluyen en sus investigaciones y aportaciones a la ciencia médica que durante el proceso del cuidado de un paciente en condiciones de enfermo terminal es importante lo siguiente:

a) La comunicación como forma de cuidado

Cuando pensamos en los cuidados a una persona, siempre o casi siempre imaginamos acciones positivas, donde nuestros actos se materialicen de una forma real en el bienestar del paciente. Nuestra idea del cuidado suele ser procurar su alimentación, hidratación, descanso, etcétera, pero normalmente se nos olvida la importancia que tiene la comunicación en dicho cuidado, pudiendo ser la misma comunicación una forma de cubrir las necesidades de la persona enferma o afectada.

Dentro de nuestro trabajo, se nos olvida con cierta frecuencia que a veces las herramientas más importantes son la palabra y la escucha. El establecer una comunicación abierta con el enfermo en fase terminal es para los cuidadores un escollo difícil de salvar en la práctica diaria. La muerte y el proceso de morir evocan en nosotros reacciones psicológicas que producen directa o indirectamente a evitar la comunicación. Nunca es fácil contestar a preguntas como: ¿Cuánto me queda de vida? ¿Cómo voy a morir? ¿Por qué a mí? Ante este tipo de preguntas nos quedamos sin respuesta y es que a veces no tienen respuesta. Como dice Bertrand Russell en Misticismo y Lógica: “Desde el punto de vista de la filosofía, el descubrimiento de que una pregunta carece de respuesta es una respuesta tan completa como cualquier otra”.

Para Buber existen tres tipos de diálogos: El auténtico, el técnico y el monólogo. Vamos a tratar de aclararlos.

– El diálogo auténtico. Es bidireccional, se aprende y se enseña, existe retroalimentación de la información y por lo tanto hay comunicación, es positivo para los interlocutores.

– El diálogo técnico. Es una escucha objetiva y es lo que se conoce como información unidireccional, uno habla y otro escucha. Suele asociarse a la información de expertos en algún tema. Los cuidadores caemos con frecuencia en él, pues nos falta la retroalimentación y saber que ha comprendido el paciente de lo que hemos dicho.

– El monólogo, nosotros añadiríamos que compartido. Dos o más personas hablan siempre consigo mismo aunque piensen intercambiar información. Sólo sirve para desahogarse de las tensiones, como válvula de escape pero no existe intercambio de experiencias y conocimientos. No existe la escucha activa por ninguna de las partes.

La comunicación es todo un proceso de hacer partícipe a otro de lo que pienso y saber mediante el diálogo de lo que él piensa, por lo tanto es un proceso tanto activo, decir, como pasivo, escuchar, si es que podemos decir que escuchar es un proceso pasivo y en ambos, tenemos que poner toda nuestra atención. Por tanto, podríamos definir la comunicación como: “Hacer partícipe o transmitir a otra persona algo que se tiene, información, sentimientos, pensamientos. Lo que no se tiene no se puede transmitir.

En el cuidado de una persona ante la muerte, la comunicación es algunas veces, la mayor tecnología que podemos emplear. Por ella podemos realizar dos funciones de enorme importancia. Primera, informar, asesorar y enseñar, tanto al paciente como a la familia, modos y formar de un determinado tipo de cuidado. Segunda, informarnos, aprender y comprender cuales son las prioridades del paciente y de la familia. Cuáles son sus temores, sus preferencias, sus valores y sobre todo que es lo bueno para ellos. El cuidado debe ser un concepto regido por la beneficencia y la beneficencia sólo se puede ejercer plenamente, cuando se sabe las preferencias del que se cuida, no del que cuida. No puedo hacer el bien a alguien si no sé lo que es el bien para esa persona. Si esta idea es importante, cuando atendemos a una persona sana o enferma, es fundamental si esta se encuentra en la fase final de su vida. Jamás podremos cuidar bien y promocionar la beneficencia a una persona en fase terminal, si le impedimos que pueda ejercer su autonomía. Sus opiniones, deseos y preferencias servirán de guía para asesorarle, enseñarle y aconsejarle en los cuidados que se deben llevar a cabo.

Los cuidadores debemos integrar este concepto de la comunicación en nuestra relación, y no sólo con el enfermo, sino con la familia del enfermo. Ésta relación profesional que nos ocupa es una relación de ayuda y debe ser interpretada de forma especial.

La relación de ayuda plantea la existencia de dos partes distintas. Una parte débil compuesta por el enfermo y su familia, con múltiples malestares que pueden ser subjetivos u objetivos, pero que para ellos son reales, y una parte fuerte compuesta por el equipo cuidador, capaz de ayudar a solucionar parte de esos malestares. Es una relación asimétrica donde una de las partes necesita de la otra, donde una de las partes se encuentra en una situación de potencial debilidad respecto de la otra. Por eso, debemos tener cuidado a la hora de tomar decisiones para no afectar la autonomía del enfermo, pues ayudar y apoyar no implica hacer del otro sujeto un completo inválido, que no pueda ejercer su propia autonomía. En la comunicación se debe ser especialmente cuidadoso para no lesionar o cambiar las preferencias y los valores del paciente.

Busian y Delgado exploran mediante la comunicación y las diferentes técnicas del diálogo, una intimación de comunicación con el paciente para que éste encuentre en el ejercicio de la comunicación, una vía para la aceptación de su condición y estado de enfermo terminal, coloquialmente expresado como “el bien morir o descansar”, es aterrador imaginar ayudar a un paciente a descansar en paz y tranquilidad cuando las alternativas médicas de tratamiento y cura de una enfermedad se enfrentan a nulidad de respuesta favorable y mejoramiento de la salud del paciente.

Los mismos autores recomiendan que:

• Se tiene que cuidar la intimidad del paciente.

• Se tiene que cuidar la integridad emocional del paciente.

• Se tiene que cuidar la intimidad e integridad emocional de familiares y cercanos del paciente a través de métodos de inducción a la aceptación con asistencia especializada y basada en los cánones de la bioética.

• Se tiene que cuidar la nutrición del paciente.

• Respetar y cuidar los derechos humanos del paciente hasta la hora de su muerte, así como los derechos humanos de familiares y personas cercanas al paciente hasta el final de la vida del enfermo terminal bajo el apego a derechos, respeto de la vida humana, creencias religiosas y cuidados paliativos.

¿Qué son los cuidados paliativos? Son cuidados que se dan para aliviar los síntomas, estado o condición del paciente terminal para brindar la mejor calidad de vida durante el proceso final de su tratamiento, mediante medicamentos, tratamientos experimentales, asistencia tanatológica, psicológica, psiquiátrica, etc. Ya sea desde un hospital o desde su hogar, cualquier espacio que la familia o el paciente escoja.

Este tipo de cuidados están orientados a calmar el sufrimiento que un paciente experimenta en las fases más críticas de su enfermedad terminal y, siempre tiene que tener el respeto de sus derechos humanos.

La tanatología ha cobrado importancia en éste tipo de tratamientos orientados a enfermos terminales y, esta rama de la ciencia, es una disciplina científica que se encarga de encontrar el sentido al proceso de la muerte, sus ritos y significado concebido como disciplina profesional, que integra a la persona como un ser biológico, psicológico, social y espiritual para vivir en plenitud y buscar su transcendencia. También se encarga de los duelos derivados de pérdidas significativas que no tengan que ver con la muerte física o enfermos terminales.

Una definición más concreta es considerarla como “el estudio de la vida que incluye a la muerte”. Del origen griego thanatos (muerte) y logos (estudio o tratado); por tanto, el objetivo de la tanatología es proporcionar ayuda profesional al paciente con una enfermedad en etapa terminal y a sus familias, o bien a una persona que esté en viviendo algún tipo de pérdida.

Dentro del estudio de la tanatología se incluyen aspectos tales como:

• Ayudar a crear en las personas sistemas de creencias propios sobre la vida y la muerte, no como una fantasía o castigo sino como la aceptación de la muerte como un proceso natural.

• Preparar a la gente para asumir cualquier tipo de pérdida.

• Educar a tratar en forma humana e inteligente a quienes están cercanos a la muerte.

• Entender la dinámica de la pena desde un punto de vista humano, donde se acentúe la importancia de las emociones.

Uno de los puntos más importantes dentro la tanatología es el principio de Autonomía el cual le permite al individuo tomar sus propias decisiones relacionadas con el proceso de morir o de su propia vida. La dignidad de la persona se comprende sólo a través del respecto a la libertad.

Esta iniciativa respeta la dignidad, los derechos humanos, moral y principios éticos de los pacientes terminales, buscando fortalecer la Ley General de Salud, en su ámbito normativo, por considerar que existen mejoras que pueden ayudar, para que de manera legal, los pacientes en estado terminal tengan la certeza y certidumbre de que serán asistidos, ellos y sus familias durante el proceso de su etapa terminal y la asistencia y apoyo de sus familias.

La modificación que se plantea en el artículo 166 Bis 3, complementa el trabajo arduo que se ha realizado en la materia, dando un respaldo legal, sustentado en la Ley General de Salud, bajo los principios dispuestos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el respeto de la vida, los derechos humanos y la salud como un derecho universal.

Los enfermos terminales, tienen derecho a ser tratados dignamente, con el respeto irrestricto de las facultades que gozan como ciudadanos mexicanos, ellos y sus familias, como objetivo central de ésta iniciativa.

Por lo expuesto, sometemos a la consideración de la honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma y adiciona la fracción I y fracción XI del artículo 166 Bis 3 de la Ley General de Salud

Artículo Único.

Artículo 166 Bis 3. Los pacientes enfermos en situación terminal tienen los siguientes derechos:

I. A recibir atención médica y psicológica integral;

II. a X. ...

...

XI. A recibir asistencia profesional psicológica, psiquiátrica, tanatológica y servicios espirituales, cuando lo solicite él, su familia, representante legal o persona de su confianza; y

XII. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrara envigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 El doctor Francisco Buigues Mengal, especialista en medicina familiar, acuña este concepto para referir a las enfermedades incurables o para las que los tratamientos son ineficientes.

2 Término utilizado por la diputada Mariana Trejo Flores para describir a enfermedades irreversibles.

3 Concepto que refiere al respeto de los derechos humanos de los pacientes en tratamiento médico

4 http://www.san.gva.es/documents/246911/251004/guiasap027terminal.pdf

5 http://www.definicionabc.com/salud/paciente-terminal.php

6 http://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext &pid=S1137-66272007000600008

7 http://tanatologia.org.mx/que-es-tanatologia/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.— Diputada y diputado: Mariana Trejo Flores,Elias Octavio Iñiguez Mejía (rúbricas).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Trejo Flores. Túrnese a la Comisión de Salud para dictamen.

Saludamos con mucho gusto a estudiantes de bachillerato del Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey, campus Estado de México, invitados por el diputado Hernán de Jesús Orantes López.

De igual manera saludamos a estudiantes de la Universidad Autónoma del Estado de Chihuahua, que vienen llegando a este salón de plenos, invitados por el diputado César Alejandro Domínguez Domínguez. Bienvenidos, tomen asiento.



LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Luis Manuel Hernández León, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.

El diputado Luis Manuel Hernández León:Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, me dirijo a esta asamblea para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, cuya finalidad es incorporar en el texto de ley los formatos digitales o libros electrónicos.

Nuestra Constitución establece en sus artículos 3o. y 4o. tanto el derecho a una educación de calidad como el acceso a la cultura y el ejercicio de los derechos culturales. En congruencia con estos principios, la Ley General de Educación señala en el párrafo segundo, en su artículo 2, que la educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura, es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos y para formar a mujeres y a hombres de manera que tengan sentido de solidaridad social.

Uno de los principales vehículos para la educación, la cultura y la adquisición de conocimientos, es la lectura y la comprensión de la misma. Con el propósito de promover este hábito, en el 2008 fue expedida la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro que, entre otros objetivos, busca propiciar la generación de políticas, programas, proyectos y acciones dirigidas al fomento y promoción de la lectura, fomentar y estimular la edición, distribución y comercialización del libro y las publicaciones periódicas, y hacer accesible el libro en igualdad de condiciones en todo el territorio nacional para aumentar su disponibilidad y acercarlo al lector.

A pesar de que la ley está a punto de cumplir diez años de vigencia, los hábitos de lectura de los mexicanos lamentablemente siguen siendo sumamente limitados. De acuerdo con la Unesco, en un índice de lectura de 2013 que incluye a 108 países, México ocupó el penúltimo lugar, siguiendo en ese mismo estudio, los mexicanos leen en promedio, 2.8 libros al año, y sólo un dos por ciento de la población tiene la lectura como costumbre y buen hábito.

A manera de contraste, según el boletín estadístico del libro en Iberoamérica elaborado por el Centro Regional para el Fomento del libro en América Latina y el Caribe, y la Unesco, en España, el promedio de lectura es de 10.3 libros por habitante; en Portugal, 8.5; en Chile, 5.4; en Argentina, 4.6, y en Brasil, 4. Esa es la realidad que tenemos.

La educación de calidad y la cultura son ejes rectores de la agenda del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza. Por ello se pretende mediante esta iniciativa que las autoridades competentes fomenten la lectura en la ciudadanía, incorporando en el texto de la ley el formato del libro electrónico.

La lectura digital se ha convertido en un medio propicio para crear el hábito de la lectura en las nuevas generaciones. Lamentablemente, y a pesar de que la forma de lectura digital puede ser más amigable y accesible, de acuerdo con el boletín antes citado, si bien la lectura en soportes digitales ha ido ganando terreno, sólo se presenta en una proporción aún pequeña.

Las diputadas y los diputados de Nueva Alianza nos comprometimos a legislar a favor de un modelo educativo incluyente y acorde con los desafíos del siglo XXI. En este contexto que la inclusión de los formatos del libro electrónico en la ley contribuirá de manera decisiva a que los mexicanos redescubran el placer de leer. En Nueva Alianza estamos convencidos de que un país de lectores es un país más informado, consciente y participativo.

A la memoria de un gran mexicano de excepción, don Jaime Torres Bodet, en el 115 aniversario de su natalicio. Es cuanto, señora presidenta.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, a cargo del diputado Luis Manuel Hernández León, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Quien suscribe, Luis Manuel Hernández León, diputado federal de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, e integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 76, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, con base en el siguiente

Planteamiento del problema

La Ley de Fomento para la Lectura y el Libro fue publicada el Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2008, fecha en que entró en vigor una norma que tiene por objeto propiciar la generación de políticas, programas, proyectos y acciones dirigidas al fomento y promoción de la lectura; así como fomentar y apoyar el establecimiento y desarrollo de librerías, bibliotecas y otros espacios, públicos y privados, propicios para la lectura y difusión del libro; incentivar la vinculación con los sectores social y privado,; impulsar las actividades relacionadas con la función educativa y cultural del fomento a la lectura y el libro; así como hacer accesible el libro, en igualdad de condiciones, en todo el territorio nacional, a fin de aumentar su disponibilidad y acercarlo al lector, entre otros.

La función educativa y el fomento de la cultura tienen la naturaleza de ser derechos humanos garantizados por la Carta Magna; es decir, es una obligación irrenunciable para el Estado mexicano, propiciar, fomentar, facilitar, e implantar programas y políticas públicas, tendientes a cumplir con esos derechos humanos entre la población, que se encuentran consignados en los artículos 3o. y 4o. de nuestra norma suprema.

La educación y la cultura son los medios por antonomasia, que facilitan al ser humano lograr un desarrollo armónico, a fin de que esté en posibilidad de acceder a un constante mejoramiento económico, social y cultural.

En conjunto, la educación y la cultura, utilizan como medio, sine quanom, la lectura, el análisis, la investigación y la comprensión, para, con ello, lograr y alcanzar el conocimiento. Éste, por supuesto, permite la superación, el progreso y el mejoramiento constante, tanto en lo individual como en lo colectivo.

Así lo establece el párrafo segundo del artículo 2o. de la Ley General de Educación, mismo que me permito transcribir:

Artículo 2o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación de calidad en condiciones de equidad, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso y permanencia en el sistema educativo nacional, con sólo satisfacer los requisitos que establezcan las disposiciones generales aplicables.

La educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos y para formar a mujeres y a hombres, de manera que tengan sentido de solidaridad social.

...

(Énfasis añadido).

Al respecto, es oportuno señalar que en México se leen en promedio, y por persona, 5.3 libros al año, ocupando el segundo lugar de América Latina en hábitos lectores, sólo después de Chile; además, de que registra un incremento de 11.6 por ciento en plataformas digitales. De esta misma información, se desprende que el fomento a la lectura proviene de los padres de familia, quienes participan en un 43.8 por ciento, así como de los maestros, a quienes les corresponde un 60.5 por ciento.

Sin embargo, de acuerdo con datos emitidos por la Organización de las Naciones Unidas, otras cifras arrojan que nuestro país ocupa el nada honroso penúltimo lugar en el consumo de lectura, entre 108 países del mundo; en esta valoración, un mexicano, en promedio, lee menos de tres libros al año, en comparación con naciones como Alemania, donde la cifra se eleva a 12. En este sentido, para la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), el número de libros leídos al año son de 2.94 por persona y aunado a ello, también disminuyó la asistencia a bibliotecas. Lo más alarmante, es que año con año disminuye el número de lectores en nuestro país, sobre todo entre la población infantil.

Ante la problemática expuesta, como grupo parlamentario comprometido con la educación, en Nueva Alianza estamos convencidos de que es necesario ampliar los escenarios vinculados al fomento de la lectura, a fin de potencializar el desarrollo educativo y cultural de los mexicanos, y no solo para alcanzar los estándares internacionales en la materia.

Exposición de Motivos

Leer para aprender y aprender para cambiar, solo a través de ese esquema se llega al conocimiento y, con ello, al mejoramiento constante. En Nueva Alianza enarbolamos la bandera de la defensa y preservación de los derechos sociales, conscientes de que dentro de ese catálogo se encuentra, de forma relevante, el derecho a la educación.

Para el periodo de sesiones que transcurre, comprometidos responsablemente con nuestra agenda legislativa, entre cuyos ejes rectores se encuentra la educación de calidad y la cultura, preparamos la presente unidad legislativa que tiene como propósito que las autoridades competentes procedan a fomentar la lectura en la ciudadanía a partir de los instrumentos tradicionales como son revistas, periódicos, folletos, el libro impreso y, ahora, con esta acción legislativa, incorporamos otro canal de difusión que es el libro electrónico.

Acordes al desarrollo tecnológico y a las opciones disponibles, se parte de la premisa que mientras más amplia sea la oferta y los canales de fomento a la lectura, más lectores se sumarán a este ejercicio que contribuye al desarrollo educativo y cultural de una nación; ante lo cual, en nuestra bancada parlamentaria nos hemos propuesto elevar la calidad de la educación en México, convencidos de que se coadyuva a alcanzar la meta propuesta, por medio de la lectura de libros, sin importar si es impreso o electrónico, reconociendo que es el medio más eficaz para arribar al aprendizaje pleno.

Es por ello que nos hemos comprometido en legislar a favor de un modelo educativo incluyente y acorde con los desafíos del Siglo XXI, como lo manifestamos en nuestra Agenda Legislativa para este periodo.

A finales de la primera década del siglo XXI comenzaron a aparecer dispositivos que tenían como función la lectura de libros en versión electrónica. El avance de la tecnología en esta materia ha sido muy vertiginoso, al grado que en los últimos años se ha empezado a incorporar el uso de estas versiones electrónicas en los acervos bibliotecarios de las instituciones académicas.

La presencia de esta nueva modalidad está generando una revolución en la transmisión del conocimiento y en la difusión de la cultura. Se observa que esta versión de textos ofrece muchas ventajas, dentro de las que podemos contar las siguientes:

• Su reproducción puede ser en grandes volúmenes y en periodos cortos; por lo tanto, se ahorra tiempo en su distribución y no se necesitan grandes cantidades de papel e insumos;

• En su producción no se atenta contra el medio ambiente;

• Se ahorra mano de obra;

• Facilita la posibilidad de préstamo entre usuarios con el mismo dispositivo, además de la enorme capacidad de almacenamiento de información que éstos llegan a tener disponible;

• Permite la posibilidad de transportar enormes volúmenes, con mayor movilidad para el lector;

• Se puede leer casi cualquier documento, en cualquier lugar;

• Su accesibilidad es otro de los puntos fuertes del libro electrónico;

• La experiencia es similar a la lectura de un libro en papel;

• Permite que no se canse la vista muy fácilmente, propiciando prolongar la experiencia lectora durante más tiempo;

• Permite hacer anotaciones y comentarios al margen.

Como se observa, las ventajas señaladas redundarían en un aumento significativo del porcentaje de lectores en nuestro país, así como en la lectura terminal de títulos, contribuyendo a vencer las inercias y las resistencias de la sociedad para adoptar el hábito de la lectura.

Atentos a la propuesta legislativa que se plantea, consideramos que debe hacer acto de presencia el brazo del Estado para regular la materia, bajo el precepto de que es su obligación natural el fomento de la lectura, porque una sociedad bien informada es una sociedad crítica y objetiva.

Fundamento legal

Por las consideraciones expuestas, en mi calidad de diputado federal e integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión; con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 76, 77, numeral 1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento ante esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro

Artículo Primero. Se reforman el primer párrafo del artículo 3; la fracción V del artículo 4; la fracción IV y V del artículo 11 y la fracción XIV del artículo 15, todos de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, para quedar como sigue:

Artículo 3. El fomento a la lectura y el libro se establece en esta Ley en el marco de las garantías constitucionales de libertad de escribir, editar y publicar libros sobre cualquier materia, propiciando el acceso a la lectura y el libro en papel y electrónico o digital a toda la población.

...

Artículo 4. La presente ley tiene por objeto:

I. a IV. ...

V. Hacer accesible el libro en papel y el libro electrónico o digital en igualdad de condiciones en todo el territorio nacional para aumentar su disponibilidad y acercarlo al lector;

VI. a VIII. ...

Artículo 11. Corresponde a la Secretaría de Cultura:

I. a III. ...

IV. Garantizar la existencia de materiales escritos y libros electrónicos o digitales que respondan a los distintos intereses de los usuarios de la red nacional de bibliotecas públicas y los programas dirigidos a fomentar la lectura en la población abierta, tales como salas de lectura;

V. Coadyuvar con instancias a nivel federal, estatal, municipal y del Distrito Federal, así como con miembros de la iniciativa privada en acciones que garanticen el acceso de la población abierta a los libros escritos y libros electrónicos o digitalesa través de diferentes medios gratuitos o pagados, como bibliotecas, salas de lectura o librerías, y

VI. ...

Artículo 15. El Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura tendrá las siguientes funciones:

I. a XIII. ...

XIV. Proponer incentivos para la creación, edición, producción, difusión, venta y exportación de libros en papel y libros electrónicos o digitales en las diferentes lenguas del país, y apoyar la traducción a ellas de textos de literatura nacional y universal a las diferentes lenguas del país,

XV. ...

Artículo Segundo. Se adicionan un noveno párrafo al artículo 2, recorriéndose los subsecuentes y una fracción I Bis al artículo 10, todos de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, para quedar como sigue:

Artículo 2. Para efectos de la presente ley se entenderá como:

...

...

...

...

...

...

Libro: ...

Libro electrónico o digital: cualquier texto en formato digital que pueda encontrarse en el espacio virtual o en cualquier dispositivo de almacenamiento de datos.

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

Artículo 10. Corresponde a la Secretaría de Educación Pública:

I. ...

I Bis. Fomentar, facilitar el acceso, impulsar y promover la lectura del libro electrónico o digital, en los mismos términos del párrafo precedente.

II. a VIII. ...

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/137_010616.pdf

2 Los datos fueron presentados en la Encuesta Nacional de Lectura y Escritura 2015,el lunes 9 de noviembre por Rafael Tovar y de Teresa, presidente del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes

3 Crónica. Com.mx 1º de mayo de 2016. Fecha de consulta 1 de marzo de 2016.

www.cronica.com.mx/notas/2016/958432.html

4 Agenda Legislativa del Grupo Parlamentario Nueva Alianza. Segundo periodo ordinario de sesiones segundo año legislativo. Página 7.

5 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 6o. El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet. Para tales efectos, el Estado establecerá condiciones de competencia efectiva en la prestación de dichos servicios

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a 16 de marzo de 2017.— Diputado Luis Manuel Hernández León(rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Hernández León. Túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.



LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Ana Guadalupe Perea Santos, a nombre del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

La diputada Ana Guadalupe Perea Santos:Con el permiso de la Presidencia. Honorable asamblea y medios que el día de hoy nos acompañan. A nombre del diputado Alejandro González Murillo, presento iniciativa al tenor de la siguiente exposición de motivos.

Encuentro Social reitera en esta oportunidad su compromiso con la detonación de la economía nacional y el aprovechamiento racional de la iniciativa, la inventiva y el empuje de las y los mexicanos para crear empresas y generar fuentes de empleo en beneficio de la sociedad.

Con la iniciativa que hoy sometemos a consideración de esta soberanía se busca impulsar el desarrollo y consolidación de las Mipymes. Ello, a fin de que las micro, pequeñas y medianas empresas contribuyan al fortalecimiento de la planta productiva del país y se detone el potencial exportador de las mismas.

Al proponer que el Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa se incluya al director general de ProMéxico, se contará con una opinión calificada para la experiencia del fideicomiso que permite posicionar la presencia comercial de nuestro país en el mundo.

De igual modo, ello beneficiará en garantizar una industria nacional fuerte, capaz de atender las necesidades del mercado nacional y competir en los mercados internacionales a través de la exportación de bienes y servicios de alta calidad a precios competitivos.

Encuentro Social se ha comprometido con la reactivación económica del país, aprovechando las sinergias de las normas e instituciones con que cuenta el Estado mexicano. En esta ocasión las vocaciones del sector económico convergen en una propuesta cabal y viable.

Además de la fortaleza que las Mipymes dan a las finanzas nacionales, una verdadera variedad en el intercambio comercial de nuestro país con un mayor número de naciones es una finalidad que permitirá a México superar la coyuntura económica del exterior, a partir del fortalecimiento interior. De este modo, ante el proteccionismo debemos responder con desarrollo empresarial y el fortalecimiento en materia de exportación. Es cuanto. Por su atención, muchas gracias, diputada presidenta.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del PES

Alejandro González Murillo, diputado federal por el Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social a la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la presente Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XIX al artículo 3; un inciso j) al apartado II del artículo 4 y se reforma el primer párrafo, las fracciones XXI y XXII y se adiciona una fracción XXIII al artículo 18, todos de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, con base en la siguiente:

Exposición de motivos

La nueva administración en los Estados Unidos ha venido anunciando, entre otros excesos, su intención de imponer altos gravámenes a los productos mexicanos; lo anterior, como una medida proteccionista, que busca proteger los empleos en aquel país y generar nuevos empleos para sus ciudadanos. Como resultado, los gobiernos de México, Estados Unidos y Canadá han externado la intención de renegociar el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).

Al respecto, nuestro gobierno ha dejado claro que, en el supuesto que las negociaciones no resultaren favorables para los intereses del país, se podría explorar incluso la posibilidad de abandonar el TLCAN.

Lo anterior nos exige, como Estado, mercado y sociedad, trabajar juntos en propuestas que posibiliten la creación de una más vigorosa planta productiva nacional y una auténtica y efectiva diversificación de nuestras relaciones comerciales con el resto de las naciones del orbe.

Sobre el particular, como parte del Congreso de la Unión estamos obligados a plantear soluciones legislativas que permitan a nuestro país enfrentar de una mejor manera la eventual modificación o cancelación del TLCAN.

En este sentido, es pertinente recordar que, la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (LDCMIPYMES), tiene como finalidad promover el desarrollo económico a través del fomento a la creación y desarrollo de las MiPyMEs, las cuales, resultan ser los instrumentos económicos idóneos para favorecer el empleo y el bienestar social de los mexicanos; al respecto, el artículo 1 de dicha Ley, señala:

La presente ley tiene por objeto promover el desarrollo económico nacional a través del fomento a la creación de micro, pequeñas y medianas empresas y el apoyo para su viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad. Asimismo incrementar su participación en los mercados, en un marco de crecientes encadenamientos productivos que generen mayor valor agregado nacional.

Lo anterior, con la finalidad de fomentar el empleo y el bienestar social y económico de todos los participantes en la micro, pequeña y mediana empresa.

La ley es de observancia general en toda la República y sus disposiciones son de orden público.

En tiempos de turbulencia e incertidumbre financiera, la importancia de las Mipymes para nuestra economía es mayúscula. De acuerdo con el Censo Económico 2014, de un total de 5 millones 654 mil 014 establecimientos económicos, el 99.8 por ciento son micro, pequeñas y medianas empresas, las que generan el 35.9 por ciento de la producción bruta total del país (Instituto Nacional de Estadística y Geografía, 2015).

Las pequeñas y medianas empresas generan el 80 por ciento de los empleos actuales y el 29 por ciento de ellas exportan sus bienes y servicios a Canadá y a los Estados Unidos; además, se caracterizan por estar conformadas por familias, toda vez que el 65 por ciento de las Pymes tiene este carácter, por lo que son de importancia toral para la economía nacional. La participación de las diferentes actividades económicas que dichas empresas prestan es la siguiente: prestación de servicios (28 por ciento), manufactura (19 por ciento), comercio (10 por ciento), construcción (10 por ciento), entre otros (Crédito Real, 2015).

Por otra parte, en 2016 el TLCAN representó un 83.7 por ciento de las exportaciones totales nacionales y el 48.9 por ciento de las importaciones. México exportó un total de 373 mil 929.6 millones de dólares, de los cuales, el 80.9 por ciento se destinó a Estados Unidos y el 2.8 por ciento a Canadá; mientras que, el valor de las importaciones provenientes de Estados Unidos sumó 179 mil 582.7 millones de dólares, siendo que, con Canadá, fue de 9 mil 631.5 millones de dólares, lo que representó el 46.4 por ciento y el 2.5 por ciento del total de las importaciones, respectivamente (El Banco de México, 2017).

Antes que México optara, hace dos décadas, por la apertura económica, contábamos con una muy fuerte industria nacional que cubría la demanda del mercado. Podíamos presumir de una importante y variada planta productiva que cubría todas las necesidades del mercado interno; teníamos una prospera industria del vestido y el calzado, una muy importante industria metalúrgica, una naciente industria del juguete y plástico, etc.

Sin embargo, como resultado de la liberación comercial emprendida por nuestro país a finales del siglo pasado, la gran mayoría de los sectores que integraban la planta industrial del país, sucumbieron ante la entrada, al país de productos provenientes de China y algunas otras naciones; los cuales, resultaban de muy bajo costo y mala calidad.

La industria del juguete, antes de la firma del TLCAN, producía más del 80 por ciento de los juguetes que consumía el mercado nacional. En 1993, la Asociación Mexicana de la Industria del Juguete (Amiju) tenía registrados a 380 fabricantes, dos años después, en 1995, el número se redujo a sólo 30, hecho que refleja el desplome que sufrió dicha industria con la apertura comercial (BBC, 2014).

En cuanto al calzado, se ha experimentado un proceso de pérdida de competitividad que ha ocasionado que la demanda interna sea satisfecha principalmente con importaciones (Iglesias Lesaga, 2014).

Como consecuencia de lo anterior, se ha provocado la extinción de una parte muy importante de nuestra industria manufacturera, la que fue incapaz de competir con la mano de obra excesivamente barata del gigante asiático; fue así que dejamos de producir calzado, juguetes, electrodomésticos, ropa, etc. y nos especializamos en manufacturas más especializadas, como la que supone la industria automotriz.

Dicha situación hoy nos pone en un predicamento, toda vez que, cada día, más naciones están optando por políticas proteccionistas en contraposición con el libre mercado. En tal sentido, debemos trabajar, desde ya, en la reconstrucción de una planta productiva nacional que nuevamente sea capaz de atender todas las necesidades del mercado interno.

Nuestra especialización en sólo algunas industrias ha traído, como consecuencia, que una muy importante parte de los productos que se consumen sean importados, afectando gravemente nuestra balanza comercial.

En 2016 importamos 1,016.5 millones de dólares en calzado. Cerca del 80 por ciento de los importaciones provienen de tres países: China (39 por ciento), Vietnam (31 por ciento) e Indonesia (9 por ciento) (International Trade Center, 2017).

Asimismo, el valor de las importaciones de vestido y accesorios, para 2016, registró un total de 1,825.9 millones de dólares; el 60 por ciento de la demanda nacional de vestido es cubierto por importaciones de China (32 por ciento), Estados Unidos de América (10 por ciento), Bangladesh ( por ciento, Vietnam (6 por ciento) y Honduras (5%) (International Trade Center, 2017).

En materia de juguetes, juegos y artículos deportivos, importamos 1,946.1 millones de dólares, de los que el 74% proviene de China y el 11 por ciento de los Estados Unidos de América; es decir, el 85 por ciento de las importaciones se concentra en dos países (International Trade Center, 2017).

En este sentido, la presente iniciativa tiene como objetivo favorecer la creación y fortalecimiento de una planta productiva nacional competitiva que sea capaz de atender las necesidades del mercado nacional y aprovechar, de manera efectiva, para su crecimiento y consolidación, los tratados de libre comercio que hemos suscrito.

Para ello, se propone incluir a ProMéxico dentro del apartado de conceptos que maneja la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (LDCMIPYMES), con la intención de aprovechar las sinergias, experiencias y logística que dicho fideicomiso público tiene en materia de comercio exterior.

Con la intención de hacer valer la experiencia que el director general de ProMéxico tiene en materia de promoción del comercio exterior, se propone que integre al Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa; con ello, se posibilita que, dicho Consejo, cuente con una opinión calificada que contribuya a promover y apoyar la actividad y capacidad exportadora de las Mipymes.

De igual manera, las reformas propuestas buscan favorecer una verdadera diversificación del intercambio comercial de nuestro país con un mayor número de naciones; actualmente, a pesar de contar con un número importante de tratados de libre comercio, el grueso de nuestro intercambio comercial lo tenemos con los Estados Unidos; resulta obvio que no hemos sido capaces de aprovechar los beneficios arancelarios del resto de los tratados comerciales.

Con tal fin, la presente iniciativa posibilitará la promoción, estimulo, creación y reactivación de una planta productiva nacional competitiva, capaz de hacer frente a las necesidades del mercado interno y al creciente proteccionismo comercial global; asimismo, favorecerá la competitividad de la industria nacional en su conjunto.

Por último, con la intención de contribuir a una mayor diversificación de la industria mexicana, se propone aumentar, de tres a cuatro, los miembros de los sectores que integran el Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

Con la presente iniciativa, Encuentro Social reafirma su compromiso con la detonación de la economía nacional a partir de propuestas legislativas serias, racionales y edificantes.

A fin de facilitar e ilustrar de mejor manera los cambios propuestos, se presenta el siguiente cuadro comparativo:

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente:

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa a fin de favorecer la creación y fortalecimiento de una planta productiva nacional competitiva que sea capaz de atender las necesidades del mercado nacional.

Artículo Único. Se adiciona una fracción XIX al artículo 3; un inciso j) al apartado II del artículo 4 y se reforma el primer párrafo, las fracciones XXI y XXII y se adiciona una fracción XXIII al artículo 18, todos de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para quedar como sigue:

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley, se entiende por:

I. a XVIII. (...)

XIX. ProMéxico: Fideicomiso Público ProMéxico.

Artículo 4. Son objeto de esta Ley:

I. (...)

II. Promover:

a) a i) (...)

j) La actividad y capacidad exportadora de las Mipymes; asimismo, establecer, a través de ProMéxico, mecanismos que favorezcan la diversificación del intercambio comercial de nuestro país con el resto de las naciones.

Artículo 18. El Consejo estará conformado por 33 integrantes:

I. a XX. (...)

XXI. Cuatromiembros de los sectores que incidan en el cumplimiento de los objetivos de esta ley, quienes serán designados por la Secretaría,

XXII. Dos representantes del Congreso del Trabajo y un representante de la Unión Nacional de Trabajadores, y

XXIII. El director general de ProMéxico.

(...)

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón del pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a 30 de marzo de 2017.— Diputado Alejandro González Murillo(rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Ana Guadalupe Perea. Túrnese a la Comisión de Competitividad, para dictamen.



LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Tiene la palabra por cinco minutos la diputada Verónica Delgadillo García, a nombre del diputado Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario del Partido de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

La diputada Verónica Delgadillo García:Gracias, diputada presidenta. Compañeras y compañeros. En un país en el que el crimen organizado se ha enquistado en la vida pública resulta imprescindible no sólo fortalecer los esquemas policiales y nuestras propias instituciones de seguridad, sino también reconocer que necesitamos reorientar los instrumentos jurídicos con los que ya contamos, mediante los que combatimos las estructuras financieras de las organizaciones criminales.

En los Estados Unidos y en Italia, países que en décadas pasadas enfrentaron a poderosas organizaciones criminales que estuvieron a punto de colapsar sus sistemas judiciales y policíacos, diseñaron en los años 70 y 80 legislaciones más estrictas para combatir, tanto el poder criminal y de fuego, como las estructuras financieras de las organizaciones criminales.

En 1970, en Estados Unidos entró en vigor la conocida Ley RICO, que sirvió para desmantelar entre otras la red mafiosa de John Gotti, que era en ese momento la mayor organización criminal de Nueva York. Esta legislación entró y vio sus esfuerzos centrados en incluir hasta 27 delitos en el tipo penal del crimen organizado.

Italia, en 1982, aprobó la llamada Ley Rognoni-La Torre, que centró sus objetivos en desmantelar las organizaciones mafiosas a través del control y vigilancia de sus actividades económicas y de sus vínculos con la clase política, lo que logró el encarcelamiento de los principales líderes mafiosos de Italia.

Hoy, México atraviesa un momento crítico en materia de corrupción y de impunidad, en donde vemos un connubio entre el crimen organizado y sectores de la clase política, afectando en términos reales la viabilidad y continuidad de las instituciones democráticas de nuestro país.

Así pues, en medio de discusiones sobre seguridad interior, debemos traer a la mesa instrumentos que permitan combatir de fondo las estructuras que ha generado el propio crimen organizado, así como sus redes de corrupción que están enquistadas en la vida política de México.

México se encuentra en un momento en que no sólo los capos del crimen organizado, sino un creciente número de ex gobernadores y políticos pasan a formar parte de los delincuentes más buscados: Javier Duarte, Tomás Yarrington, César Duarte, Roberto Borge, Andrés Granier, son ejemplos vergonzosos de auténticas estructuras criminales, que explican sin duda la necesidad de que el tipo penal sobre delincuencia organizada sea ampliado e incluya los delitos relacionados con la clase política, como el peculado, el enriquecimiento ilícito, el fraude, el soborno, el tráfico de influencias, la extorsión, la usurpación de funciones, entre otros. La inclusión de estos delitos en el tipo penal sobre la delincuencia organizada permitirá, sin duda, seguir con mayor eficacia los activos financieros que tienen las organizaciones criminales y su poder corruptor en la clase política.

Como señala Edgardo Buscaglia en su libro “Vacíos del poder en México”, cómo combatir el crimen organizado, las estructuras financieras y patrimoniales que tiene el crimen es la parte más importante de su actividad operativa y es necesario analizarlas para tener investigaciones serias y con ello desactivar todas las redes de corrupción que ellos generan.

Mediante la presente reforma de la fracción I del artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada se podrá reforzar la vigilancia sobre los activos financieros del crimen organizado y, con ello, identificar todas las redes y el complejo andamiaje de corrupción que está vinculado a la clase política de nuestro país.

En Movimiento Ciudadano estamos seguros de que para construir una sociedad más segura y en paz, no basta con incrementar el poder del fuego de nuestras policías, si no se trata de militarizar los esquemas actuales, ni se trata de militarizar los esquemas actuales de seguridad, sino que debemos construir mejores herramientas de combate al crimen organizado que ataquen su razón de existir desde su raíz, acabando así con la impunidad de quienes desde el servicio público se corrompen y corrompen al servicio del crimen organizado. Es cuanto, señora presidenta.

«Iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a cargo del diputado Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, Clemente Castañeda Hoeflich, diputado integrante del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someto a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

I. Desde que en 2006 se declaró la “guerra” contra el narcotráfico por parte del Estado mexicano, fue instalado en el imaginario colectivo la idea de que se luchaba contra “las drogas”, sin tomar en cuenta que el trasiego de enervantes y estupefacientes es ejercido por la delincuencia organizada y que ésta no solamente tiene al narcotráfico entre sus negocios ilícitos, sino que éste es solamente uno más de las decenas de negocios ilícitos que lleva a cabo.

Es debido a lo anterior que el Estado mexicano no puede pretender que el narcotráfico forma parte de una empresa aislada de la delincuencia organizada, ni pretender atajarlo sin combatir el resto de “empresas” del crimen organizado, y sobre todo sin atacar sus estructuras financieras y patrimoniales. Como señala Edgardo Buscaglia en el libro Vacíos de poder en México, cómo combatir la delincuencia organizada:

“En cualquier país desarrollado del mundo, las unidades de investigación patrimonial son una pieza fundamental en las pesquisas contra la delincuencia organizada, pues revelan el esqueleto de los negocios de una organización criminal, esto es, la parte más importante, pues es la que genera los recursos económicos para emprender cualquier tipo de actividad operativa. Sin estos análisis patrimoniales, es muy difícil que una investigación seria se extienda hacia otros miembros de la organización o a una empresa criminal con el fin de desactivarla y cercarla financieramente. Tanto por la falta de éstos como por la pervivencia de un pacto de impunidad entre la élite político-empresarial mexicana, ha sido prácticamente imposible no sólo que se generen investigaciones internacionales en materia de lavado de dinero, malversación de fondos públicos, fraudes, sobornos, tráfico de influencias, sino que se recuperen los activos robados por funcionarios que hoy radican en bancos y propiedades en el exterior de México. En la mayoría de los países desarrollados se ha generado todo un andamiaje institucional y jurídico que hace posible la existencia de investigaciones patrimoniales. En Estados Unidos, una ley, conocida como Ley RICO –el Racketeer Influenced and Corrupt Organizations Act–, permite acusar a individuos, mediante una investigación en red, de 27 delitos federales y ocho delitos estatales relacionados con la delincuencia organizada, entre los que se encuentran el asesinato, la extorsión, el secuestro, el tráfico de estupefacientes, el soborno, el tráfico de material obsceno, la malversación de fondos, el fraude, el lavado de dinero y la violación a los derechos de autor. Es una ley muy completa que permite al fiscal acusar no sólo a una persona detenida sino a toda empresa criminal que lo rodea, con contadores incluidos. Es decir, permite no sólo situar a la delincuencia organizada en su amplitud operativa, sino atacar su dimensión patrimonial y política.”

Es importante tomar en cuenta la experiencia de otros países, como los Estados Unidos, que mediante la «Racketeer Influenced and Corrupt Organizations Act», mejor conocida como la Ley RICO y publicada desde 1970, se han emprendido juicios relacionados con el crimen organizado, consiguiendo que se desmantelen organizaciones criminales como las de John Gotti, que en aquellos tiempos era el principal jefe mafioso de Nueva York.

Igualmente, la Ley RICO también ha sido utilizada en casos tan variados como el desmantelamiento de pandillas como las llamadas maras, y para impulsar juicios contra la corrupción en instituciones como la Fédération Internationale de Football Association (FIFA).

En tal sentido, emulando la llamada Ley RICO y otras legislaciones europeas en la materia, como la italiana, la presente iniciativa contempla reformar el artículo 2o. de la Ley Federal de Delincuencia Organizada, para ampliar el catálogo de delitos que constituyen el de la delincuencia organizada.

Actualmente, sólo están contemplados en dicho artículo los siguientes tipos penales: terrorismo, delitos contra la salud, falsificación de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, acopio y tráfico de armas, tráfico de indocumentados, tráfico de órganos, corrupción de menores, pornografía infantil, turismo sexual con menores, lenocinio, asalto, tráfico de menores, robo de vehículos, trata de personas y secuestro.

En el contexto actual conviene añadir a los delitos que configuran la delincuencia organizada aquellos relacionados con controles patrimoniales, como fraude y extorsión, y sobre todo aquellos delitos que contribuyen a los delitos financieros del crimen organizado con la participación de servidores públicos, como cohecho, enriquecimiento ilícito, intimidación, entre otros.

En orden a lo anterior, cabe señalar que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ha detectado operaciones inexistentes por más de 900 mil millones de pesos, después de practicar más de 3 mil auditorías a empresas fantasma. Resulta claro que muchas de esas operaciones no habrían podido producirse sin la connivencia de servidores públicos, y que en muchas ocasiones dichas empresas fantasma están asociadas con el crimen organizado.

En Movimiento Ciudadano consideramos que resulta urgente que el Estado Mexicano ejerza un control estricto de los capitales de que se nutre la delincuencia organizada, sobre todo a la luz de que México es el segundo país del mundo con mayor flujo de capitales ilícitos:

“Según las mediciones del Global Financial Report, México es el segundo país que recibe mayor flujo de capitales ilícitos (alrededor de 476 mil millones de dólares entre 2001 y 2010), sólo por debajo de China, el indiscutible campeón (2.74 billones de dólares), por encima de Malasia (285 mil millones de dólares). Esto refleja la delicada situación en la que se encuentra este país.”

Asimismo, tomando en cuenta la enorme “diversificación” de los negocios de la delincuencia en México, debe considerarse la inclusión en dicho Artículo 2o. de aquellos delitos hacia los que se han derivado las acciones ilícitas organizadas.

Actualmente en México se ha iniciado la discusión pública sobre la necesidad de legislar en materia de seguridad interior, fundamentalmente por las amenazas que el crimen organizado representa hacia ésta. Consideramos que una tarea legislativa previa y necesaria para el combate del crimen organizado consiste en afinar nuestros ordenamientos en la materia para combatir de manera efectiva las estructuras financieras que dan sustento y viabilidad a estas organizaciones.

En tal sentido, la presente iniciática contempla incorporar a la fracción I, del artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, los delitos de intimidación, ejercicio abusivo de funciones, tráfico de influencia, cohecho, peculado, enriquecimiento ilícito, usurpación de funciones, fraude y extorsión.

Por lo anteriormente expuesto, me permito presentar ante esta Soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma la fracción I del artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada

Artículo Único.Se reforma la fracción I del artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:

Artículo 2o. [...]

I. Terrorismo, previsto en los artículos 139 al 139 Ter, financiamiento al terrorismo previsto en los artículos 139 Quáter y 139 Quinquies y terrorismo internacional previsto en los artículos 148 Bis al 148 Quáter; contra la salud, previsto en los artículos 194 y 195, párrafo primero; intimidación, previsto en el artículo 219; ejercicio abusivo de funciones, previsto en el artículo 220; tráfico de influencia, previsto en el artículo 221; cohecho, previsto en los artículos 222 y 222 Bis; peculado, previsto en el artículo 223; enriquecimiento ilícito, previsto en el artículo 224;falsificación o alteración de moneda, previstos en los artículos 234, 236 y 237; usurpación de funciones públicas o de profesión y uso indebido de condecoraciones, uniformes, grados jerárquicos, divisas, insignias y siglas, previsto en los artículos 250, 250 Bis y 250 Bis 1;el previsto en la fracción IV del artículo 368 Quáter en materia de hidrocarburos; fraude, previsto en los artículos 386, 387, 388 y 389; extorsión, previsto en el artículo 390;operaciones con recursos de procedencia ilícita, previsto en el artículo 400 Bis; y el previsto en el artículo 424 Bis, todos del Código Penal Federal;

II. a IX. [...]

[...]

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Buscaglia, Edgardo, Vacíos de poder en México, cómo combatir la delincuencia organizada,Debate, México,2013 (edición electrónica).

2 “¿Moribundos o clandestinos?”, El País, 12 de junio de 2002. http://elpais.com/diario/2002/06/12/internacional/1023832816_ 850215.html

3 «EEUU aplica Ley RICO contra pandillas», Proceso digital, 20 de febrero de 2017.

http://www.proceso.hn/internacionales/8-internacionales/eeuu-aplica- ley-rico-contra-pandillas-el-salvador-les-ha-declarado-terroristas.html

4 «¿Qué es la Ley RICO?», Infobae, 28 de mayo de 2015.

http://www.infobae.com/2015/05/28/1731688-que-es-la-ley-rico-la- herramienta-antilavado-que-eeuu-aplica-contra-la-corrupcion-fifa/

5 Para abundar sobre la Ley RICO, confróntese:

https://www.hg.org/rico-law.html

6 Redacción Animal Político, “Empresas fantasma en México han facturado hasta 900 mil mdp: SAT”, Animal Político, 7 de marzo de 2017.

http://www.animalpolitico.com/2017/03/empresas-fantasma-sat/

7 Buscaglia, Edgardo, Op. Cit.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de marzo de 2017.— Diputado y diputada: Clemente Castañeda Hoeflich,Verónica Delgadillo García (rúbricas).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Verónica Delgadillo. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.

Saludamos la presencia en este recinto legislativo del artista Abdallahy Antonio Velázquez, cuya exposición pictórica “Artivismo, El Arte que se Vive, Saharauis: Los ojos como reflejo del mar” se presenta en el vestíbulo de este recinto, a invitación del diputado Jesús Zambrano. Esta exposición permanecerá hasta el próximo viernes 21 de abril. El artista Abdallahy Antonio Velázquez es activista defensor de los derechos humanos de la causa Saharaui, en el Sahara occidental, al norte de África. Sea usted bienvenido.

DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES DE LEY O DECRETO



DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA, DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN, DE LA LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA Y GEOGRÁFICA, DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, DE LA LEY DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN, DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, Y DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 27 DE ENERO DE 2017

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: Dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo segundo transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley del Sistema Nacional de Información, Estadística y Geografía, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2017.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.



LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y LEY ORGÁNICA DE LA ARMADA DE MÉXICO

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y el 2o. de la Ley Orgánica de la Armada de México.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.

Saludamos con mucho gusto la presencia de niñas, niños, personas del distrito XIV de la Ciudad de México, acompañadas, en este caso los niños y las niñas, de sus tutores. Invitados por el diputado Carlos Hernández Mirón. Sean ustedes bienvenidos.

VOLUMEN III

DICTÁMENES A DISCUSIÓN DE LEY O DECRETO



LEY DE AVIACIÓN CIVIL

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen de la Comisión de Transportes, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil.

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: Dictamen de la Comisión de Transportes con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Alfredo Javier Rodríguez Dávila, para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

El diputado Alfredo Javier Rodríguez Dávila:Con el permiso de la Mesa Directiva. Subo a esta tribuna a posicionar el dictamen de la Comisión de Transporte de esta Cámara, donde se modifica la Ley de Aviación Civil en los artículos 42, 49, 50, 52, 62 y 82 y se adiciona un Capítulo X bis, comprendiendo los artículos 47 bis al 47 bis cuatro, en los que se incluyen los derechos de pasajeros.

Primero, me gustaría hacer la aclaración que en el Poder Legislativo en ocasiones es muy complejo ver materializadas las modificaciones que hacemos desde la tribuna en la Cámara de Diputados y en la de Senadores. Esta iniciativa es una iniciativa que pronto esperemos sea ley, publicada por la Presidencia de la República, que es extremadamente medir el beneficio que tiene directo para la gente que usa el transporte aéreo en nuestro país.

Quiero aclarar también que es una iniciativa que tiene y aglutina 17 propuestas de distintos diputados de muchos grupos parlamentarios. No es el trabajo exclusivo de un solo diputado.

También quiero agradecer la intervención de los vicecoordinadores de algunos grupos parlamentarios, de la Secretaría de Economía, la de Turismo, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Profeco. Tuvimos un montón de reuniones de la Mesa Directiva, donde todos puntuales en más de diez ocasiones estuvieron presentes.

Es la primera reforma que se hace en la Ley de Aviación Civil desde su creación, desde 1993, y es la primera vez en cualquier Congreso, ya sea Cámara de Diputados o de Senadores, que se definen los derechos de los pasajeros. En la ley que se estaba modificando se hablaba más de los daños a una maleta que de lo que se habla de los derechos de los pasajeros.

También es importante aclarar que tuvimos que vencer una tentación muy grande de meternos, desde el Poder Legislativo, desde esta tribuna, en la comisión, directamente a la mecánica de libre competencia de las aerolíneas.

Creo que se venció bien, ya que hubo un análisis importante a través de la Cámara de Aviación de nuestro país, de la IATA, del Oasis y todos los organismos internacionales que nos prendieron señales de alerta, que dijeron: “Lo que hagas desde el Legislativo que interfiera directamente en la Ley de Competencia va a ser negativo, porque lo único que va a pasar es incrementar el precio de los boletos, ya que esto aplica para todas y cada una de las aerolíneas”.

Me voy a permitir enumerar 19 puntos que modifica esta iniciativa, para que todos podamos comprenderla un poquito mejor. Me voy a tardar un poco, por lo cual les pido un poquito de paciencia.

Se permite que los pasajeros con discapacidad viajen solos y puedan transportar sus artículos, como sillas de ruedas, muletas y otro tipo de accesorios sin tener un costo adicional. Hoy en día algunas te decían: “Tienes que viajar con alguien más”. Esto ya no va a pasar, una vez que esto se apruebe.

Los niños menores de dos años en todo el mundo viajan gratis. En México también viajaban gratis, pero les cobraban 700 pesos por expedir un boleto o 500 pesos por documentar la carriola. Una vez que aprobemos esto, no va a pasar más.

Se permite que todos los pasajeros puedan llevar al menos una maleta de 25 kilos y no terminar cobrándoles hasta 700 pesos adicionales porque en la publicidad no quedaba claramente especificado.

Las dimensiones de las maletas de mano que van arriba en la cabina también se especificaron, porque resulta que algunas aerolíneas cuando llegas rebajan cinco centímetros el tamaño de la maleta, ya no cabe, y también te cobran 700 pesos adicionales.

Para el caso de los vuelos redondos, perdías el boleto de ida porque no llegaste al aeropuerto y también te quitaban el boleto de regreso. Ya lo habías pagado, ¿por qué lo van a volver a vender? Eso tampoco pasará una vez que esto sea ley. Comprabas un boleto en internet o en cualquier aerolínea y al minuto siguiente te dabas cuenta que te habías equivocado en la fecha o si habían tecleado mal el nombre y en alguna de las tarifas perdías el 100 por ciento de tu boleto. Ahora no, tendrás 24 horas para cancelar tu boleto y adquirirlo en la nueva tarifa que tengas en ese momento, como es en las mejores prácticas internacionales.

Se duplican los montos de indemnización por la pérdida o daño de las maletas. Estábamos sumamente atrás con respecto a las demás y mejores prácticas internacionales; entonces, ahora es el doble, hasta 11 mil pesos te podrán pagar por perder una de tus maletas.

Las aerolíneas deberán hacer públicas sus políticas de compensación y registrarlas ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Hoy en día sólo las aerolíneas saben cuáles son sus políticas de compensación, ahora las tendrán que hacer públicas y la misma Profeco y la SCT las podrán sancionar.

En caso de demoras mayores a cuatro horas. Hoy en día te decían: el vuelo va a salir, si no te quieres ir es problema tuyo, ya perdiste el 100 por ciento de tu boleto. Hoy en día se le pagará 100 por ciento su boleto y 25 por ciento más.

Otorga mayores beneficios para aquellos pasajeros que decidan ceder su lugar en el tema de sobreventa y se defina una política para que no pase lo que acaba de pasar en un país vecino; en el tema de sobreventa, las mujeres, adultos mayores y los niños tendrán preferencia, tendrá que haber ofrecimiento de las aerolíneas para que motu propiolas personas que no puedan viajar por sobreventa tengan boletos adicionales y dinero y sea voluntario.

Se obliga a las aerolíneas a dar, de manera clara y exacta, los términos y condiciones del contrato con el que vuelan todos los pasajeros, la SCT y la Profeco, porque anteriormente la Profeco no tenía atribuciones para sancionar y multar a las aerolíneas, solamente lo hacía la SCT y la SCT no tenía un lugar específico ni módulos como los tiene la Profeco.

Las aerolíneas deberán notificar a los pasajeros por todos los medios a su alcance y las modificaciones a su itinerario con 24 horas antes. Hoy en día algunas aerolíneas todavía te cobran si quieres que te envíen un mensaje de SMS para avisarte que tu vuelo está cambiando, es increíble.

Las aerolíneas deberán entregar a la SCT estadísticas de retrasos, reclamos y tendrán que ser públicas para que los usuarios puedan definir si vuelan por esa aerolínea o por otra —ya voy a terminar— y se le ponen sanciones a todas las aerolíneas. En los retrasos las aerolíneas tendrán que pagar, además de las políticas públicas que tendrán que registrar ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, hasta un 7.5 por ciento adicional del costo total de la tarifa. Esto incluye las tarifas, el TUA y los demás impuestos.

Compañeros diputados, con esto concluyo, no sin antes agradecer a la Comisión de Transportes, a la mesa directiva, su participación. Debates de hasta cuatro horas en dos sesiones consecutivas tuvimos para llevar a cabo esta iniciativa.

Y solamente resumiendo que lo que acabo de anunciar el día de hoy en esta tribuna, solamente habla de la iniciativa que se presentó por más de 17 diputados en la Comisión de Transportes de esta Cámara de Diputados. Muchas gracias por su atención.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Alfredo Rodríguez Dávila. Consulte la Secretaría a la asamblea si se aceptan las modificaciones propuestas por la comisión.

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: En votación económica se consulta a la asamblea si se aceptan las modificaciones propuestas por la comisión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:En consecuencia, está a discusión en lo general, con las modificaciones propuestas por la comisión y aceptadas por la asamblea.

De conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se han registrado para fijar la posición de sus grupos parlamentarios los diputados y diputadas siguientes, quienes harán uso de la palabra hasta por cinco minutos. Por el Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, la diputada Cynthia Gissel García Soberanes.

La diputada Cynthia Gissel García Soberanes: Con su venia, diputada presidenta. Honorables asamblea, buenas tardes. El día de hoy, después de un arduo trabajo realizado por la Comisión de Transportes al haber analizado 16 iniciativas que fueron presentadas por legisladores de diversas fuerzas políticas, entre ellas una elaborada por su servidora como miembro de la fracción parlamentaria del Partido Encuentro Social, vengo a exponer posicionamiento a favor del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil en materia de derechos de pasajeros en las aerolíneas. La finalidad del mismo consiste en reconocer y hacer nuestras las mejores prácticas e instrumentos internacionales en pro de los derechos de los usuarios del transporte aéreo al incluirlas en nuestra legislación.

Es menester señalar que la actual Ley de Aviación Civil, hasta la fecha no contempla tales derechos y mucho menos escenarios compensatorios en caso de infracción, aun cuando en el propio reglamento de la ley se reconocen algunos derechos y estos deben ser ampliados y precisados y elevados a mayor rango a fin de dar certeza jurídica a los pasajeros.

Por ello, en el dictamen de mérito primeramente se definen los conceptos de pasajero y boleto; asimismo, se crea el capítulo 10 Bis denominado De los derechos y obligaciones de los pasajeros, en el que se sistematizan y aglutinan los derechos con carácter de irrenunciables, mismos que fueron propuestos por los diferentes promoventes.

Entre los elementos más luminosos, para bien de los usuarios, destacan: el derecho de reconocer el precio total del boleto desde inicio de la transacción y prohibición de cobros adicionales que pudieran adicionar el servicio, por ejemplo, la selección de asiento; tener garantizado el servicio para personas con discapacidad con la prohibición de cargos adicionales y el derecho de transportar silla u otros instrumentos indispensables para el pasajero; poder utilizar cualquier segmento del total de los trayectos que comprenda el boleto sin la omisión de alguno, que esto impida el ejercicio de los demás; estar en amplitud de solicitar la devolución del precio de un boleto en caso de decidir no efectuar el viaje, habiéndolo informado dentro de las 24 horas posteriores a la compra; poder recibir indemnización en caso de retrasos atribuibles a la aerolínea, independientemente del derecho a una bonificación o compensación prevista en términos generales de la Ley de Protección al Consumidor.

Las compensaciones variarán de acuerdo con el tiempo de retraso de una a cuatro horas, las que cada aerolínea estipule y registre ante la SCT; mayores a cuatro horas que se equiparará a las que correspondan a la cancelación, de cuatro horas, perdón, que se equipararán a las que correspondan a la cancelación de vuelos, es decir, además de la reintegración del boleto que se compensará con el 25 por ciento del valor del boleto, transporte sustituido en el primer vuelo disponible, comunicación telefónica o por correo electrónico y, en su caso, alimentos, hospedaje y traslado aeropuerto-hotel-aeropuerto.

Para en caso de sobreventa, la aerolínea solicitará voluntarios que renuncien al embarque a cambio de mayores beneficios y dará prioridad para viajar a personas con discapacidad, adultos, mayores, menores no acompañados y mujeres embarazadas.

Para evitar la diversidad de criterios, entre las aerolíneas se establece el derecho a 25 kilogramos de equipaje documentado y 10 kilogramos para de mano. Se sancionará el daño de equipaje con el 80 por ciento de unidades de medida y actualización, y la pérdida con 150.

Se contemplan convenios entre la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Procuraduría Federal del Consumidor para llevar a cabo tareas de supervisión, seguimiento y la promoción, protección y vigilancia de los derechos de los pasajeros con medidas tales como el establecimiento de un módulo de atención al pasajero en cada terminal que deberá contar con procedimientos sencillos, expeditos, por medios electrónicos.

Finalmente, se estipula que la Procuraduría Federal del Consumidor sancionará las infracciones a los derechos de los pasajeros.

Por lo anterior, conscientes de la trascendencia de esta reforma, porque estamos a favor de un México más justo y comprometidos con la defensa de los derechos de los pasajeros de aerolíneas, reitero que en el Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social votaremos a favor de este dictamen. Es cuanto, señora presidenta. Gracias.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias diputada Cynthia García Soberanes. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Carlos Gutiérrez García.

El diputado Carlos Gutiérrez García:Buenas tardes. Con el permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores. En esta ocasión nos referimos al dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil, con la finalidad de incluir conceptos esenciales para garantizar los derechos de los pasajeros y las obligaciones de los concesionarios y permisionarios del servicio de transporte aéreo.

El dictamen que estamos discutiendo es el resultado de una inquietud de todos los legisladores y deriva de la cuestionable calidad de los servicios que prestan las aerolíneas que funcionan en nuestro país.

La ley vigente no reconoce los derechos a los cuales los pasajeros deben tener acceso, al ser una de las dos partes del contrato de transporte de pasajeros. Tampoco contempla las compensaciones para los pasajeros, en el caso de que el prestador del servicio de transporte aéreo público no cumpla con los términos establecidos en el contrato, cuando el incumplimiento se deba a alguna causa imputable al mismo prestador.

En este sentido, para Nueva Alianza es fundamental que por principio se incluya una definición de pasajero, hasta ahora inexistente en el texto vigente, lo cual permitirá que todas las líneas aéreas del país homologuen este concepto.

Del mismo modo se busca incluir la definición de boleto, lo anterior de acuerdo con lo que señala el artículo 49 de la ley, en el cual se establece que el contrato deberá constar en un billete de pasaje o boleto. Así, de aprobarse el presente dictamen en sus términos, el boleto será para efectos de la ley el documento que contiene el contrato realizado entre el concesionario o permisionario y el pasajero para efectuar el servicio de transporte.

La definición propuesta también incluye que, en el cálculo de compensaciones, indemnizaciones u otras referencias que se hagan del boleto, se considerará el monto total incluyendo impuestos, comisiones y cualquier otro cargo cubierto por el pasajero.

La parte total de esta reforma se encuentra contenida en la creación de un capítulo décimo bis, que establecerá los derechos y obligaciones de los pasajeros. De este modo la ley será específica en cuanto a los términos mínimos que está obligado a cumplir el prestador del servicio y que deben ser irrenunciables para el pasajero.

Otro aspecto importante, y que en Nueva Alianza no queremos dejar de mencionar, es el hecho de que la reforma propuesta contempla que para garantizar el servicio público del transporte aéreo para personas con discapacidad, los prestadores del servicio tendrán la obligación de crear los mecanismos específicos que permitan el acceso al servicio a personas con discapacidad para permitir su abordaje con la prohibición del cobro de cargos adicionales.

Los derechos de los pasajeros son violentados cotidianamente por las líneas aéreas, en gran medida por falta de precisión en los preceptos legales.

En Nueva Alianza sabemos que para la existencia de seguridad jurídica en nuestro país es necesario adaptar a nuestro tiempo las leyes, reglas y normas que rigen a la sociedad, y sobre todo que éstas sean claras para terminar con la incertidumbre que afecta a los bienes y a los derechos de todos los mexicanos. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, diputada presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Gutiérrez García. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, tiene el uso de la palabra por cinco minutos el diputado Jonadab Martínez García.

El diputado Jonadab Martínez García:Muy buenas tardes. Saludo principalmente a las personas que nos escuchan y nos ven a través de los medios de comunicación y de información de este Canal del Congreso. También a todos mis compañeros y compañeras.

En el dictamen que hoy venimos a presentar la Comisión o los integrantes de la Comisión de Transporte, toma mucha relevancia en nuestro país, más por los acontecimientos recientes.

Ya lo dijo el diputado Alfredo, presidente de la Comisión de Transporte, de todo el trabajo que hubo dentro de la misma, de que artículo por artículo, párrafo por párrafo se estuvo analizando desde la redacción, la técnica y todas las consecuencias jurídicas de este dictamen que hoy estamos discutiendo y que seguramente vamos a aprobar, porque es en beneficio de los mexicanos.

Todos nosotros somos testigos de cómo todos los días existen quejas de los que usan los medios de transporte aéreo en nuestro país. El dictamen el día de hoy, que estamos a punto de aprobar, reforma diferentes artículos de esta Ley de Aviación Civil. Y mencionaré algunos que ya han comentado mis compañeros que me han antecedido en la voz y que me hacen de gran importancia resaltarlos en este posicionamiento. Y que, además debo comentarlo y que quede subrayado, que son iniciativas del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, porque de esas 16 iniciativas que hoy dictaminamos, seis son de los diputados de Movimiento Ciudadano.

Entre las iniciativas se incluye la publicidad engañosa. Esta publicidad que vemos todos los días, que publicita un precio y que al final, cuando uno ya está a pagar el monto total, es otro y siempre es mayor al publicitado.

Los boletos al mismo precio. Muchas aerolíneas se prestaban a vender según el asiento que uno eligiera un costo adicional. Con esta reforma se homologa el costo del boleto y ya no existirá ese más o ese menos en el costo del asiento.

También este costo extra que algunas aerolíneas cargaban al costo del boleto a personas con discapacidad por sus instrumentos para mayor movilidad. Con esta reforma también se para y se pone un alto a este cargo extra.

También el costo a los infantes menores de dos años. Existe hoy en día, lamentablemente muchas aerolíneas cobraban el costo del boleto o la impresión del mismo, aparentando y de manera disfrazada sí cobrando el costo del menor. Hoy, con esta reforma, ni siquiera el costo de la impresión de ese boleto se va a poder cobrar al usuario.

También, en el caso de vuelos redondos, que muchas veces cuando cancelaba uno el primer vuelo, automáticamente la aerolínea daba por cancelado el segundo o el regreso. Con esta reforma queda abierto todavía el vuelo redondo.

En caso de las demoras —como ya lo dijeron también los diputados que me antecedieron y quiero también señalarlo, fueron propuestas del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano—, que después de la primera hora, ya tenga el usuario el derecho a alimentos por esa hora de demora, hasta las cuatro horas. Después de las cuatro horas, tendrá el usuario el derecho de cancelar sin menoscabo y sin prejuicio del usuario, sino bien tener el reembolso de su boleto, más el 25 por ciento de indemnización. Esto todo es en beneficio de los que hoy en día usan el servicio aéreo en nuestro país. Además, hay un énfasis aquí muy importante, que muchos de los usuarios deberán ser compensados, y dejábamos al arbitrio de las aerolíneas que compensaran según su voluntad al usuario afectado.

Hoy, con esta reforma, ya no existe esa libertad, sino que estas compensaciones deberán estar registradas en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y también en la Procuraduría Federal del Consumidor y cada seis meses deberán ser actualizadas y serán de manera transparente abiertas para cada uno de nosotros.

De esta manera, el usuario tendrá el derecho y la obligación de las aerolíneas de poder elegir qué aerolínea ofrece mayores compensaciones y así elegir a quién contratar. Así, entre muchas otras cosas, como en el caso de cancelación, si es en perjuicio del usuario y responsabilidad de la aerolínea, tendrá el usuario el derecho de cancelar y que se le beneficie con el reembolso de su boleto y ser puesto en el primer vuelo que exista; y si no existe en ese día un vuelo, tener el derecho el usuario de tener beneficio a hospedaje, a transporte de aeropuerto a hotel, hotel a aeropuerto, así como también acceso a llamadas telefónicas y acceso a computadora con internet, para llevar a cabo sus asuntos.

Con estas reformas también estamos homologando el volumen y el peso del equipaje. Hoy en día las aerolíneas, de manera individual, tienen su tamaño y tienen su peso, con estas reformas estamos homologando a que todas las aerolíneas proporcionen el derecho que tiene el usuario de transportar una maleta de 25 kilos y una de 10, que es de mano.

Entre muchas otras reformas, que el tiempo ya no me da oportunidad de comentar. Y es por eso que los diputados de Movimiento Ciudadano vamos a votar a favor de estas iniciativas, porque son propuestas en su mayoría de este Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano y porque el dictamen alberga a cada una de ellas. Muchísimas gracias. Es cuanto, señora presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Jonadab Martínez. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Morena, tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, la diputada María Antonia Cárdenas Mariscal.

La diputada María Antonia Cárdenas Mariscal:Con su venia, presidenta. En el Grupo Parlamentario de Morena estamos a favor del presente dictamen, mismo que ha sido pensado a favor de los ciudadanos, ya que de aprobarse se estaría protegiendo a los usuarios, el mantenerlos informados, defendiendo sus derechos, cuando se utilicen las aerolíneas.

A su vez, se está dotando a la Profeco y obligándola a que difunda, garantice y proteja a los derechos de los pasajeros de avión, esto en cuanto se realicen actos que vulneren los derechos individuales o colectivos de los usuarios.

La Procuraduría está legitimada y podrá interponer cualquier acción o gestión que proceda ante las autoridades competentes y ante los concesionarios o permisionarios. Por otra parte, dotar de la información precisa y concreta en el precio final del usuario es garantizar que no se llevará ningún sobrecargo en el costo final.

De igual manera, con la aprobación de este dictamen, garantizamos el servicio público de transporte aéreo para personas con discapacidad, a través del establecimiento obligatorio por parte de los prestadores de servicios de mecanismos específicos que permitan el acceso al servicio de personas con discapacidad y de la prohibición del cobro de cargos adicionales para permitir su abordaje.

De esta manera se estará tomando una medida pública que prevenga la discriminación por parte de las aerolíneas.

Asimismo, reconoce el derecho del pasajero a solicitar la devolución del monto del precio del boleto, en caso de que decida no efectuar su viaje. Esto será posible siempre y cuando el pasajero lo haga del conocimiento de las aerolíneas dentro de las 24 horas posteriores a la compra del boleto.

Lo anterior, con la intención de permitir a los permisionarios o concesionarios con tiempo suficiente para vender de nueva cuenta los asientos que hayan sido cancelados en este término.

Estas y más modificaciones están dentro de este dictamen. Hacemos más claras las normas jurídicas y contribuimos a su cabal cumplimiento. Como legisladores esta es nuestra convicción, apoyar a la ciudadanía.

Por estas razones, en el Grupo Parlamentario de Morena votaremos a favor del dictamen que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, señora presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Cárdenas Mariscal. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, el diputado Javier Octavio Herrera Borunda.

El diputado Javier Octavio Herrera Borunda:Con la venia de la Presidencia. Muchas gracias. Defender los derechos de los consumidores frente al avance de esos intereses de particulares que buscan un beneficio preponderantemente económico es una obligación que tenemos que fijarnos como gobierno y como legisladores. Es uno de los compromisos por los cuales estamos aquí representando a la gente.

En este caso, el de las líneas aéreas, los usuarios están enfrentando una situación realmente desventajosa en cuanto a lo que respecta de la compra de boletos y el trato que reciban.

En este provechoso negocio los pasajeros siempre llevan la de perder en los mostradores y el servicio, muchas veces excusado en faltas de infraestructura que ya se están remediando o en otras cosas, sobre todo en la falta de claridad, hace que sea un viacrucis, sobre todo para el pasajero, recibir una compensación justa o defender sus derechos.

Hoy discutimos un dictamen que otorga precisamente derechos a los usuarios de los servicios y contempla varias adecuaciones a la Ley de Aviación Civil. Fuimos muy cuidadosos, como ya se ha señalado en otras intervenciones, en no afectar el libre mercado; en no sobrerregular de tal manera que después se tuviera que impactar el costo a los pasajeros.

Se llevó un trabajo pulcro, un trabajo consensuado con todas las fracciones parlamentarias y una discusión nutrida. Estamos hablando de más de 15 iniciativas, pero además se hicieron foros, se trabajó con la industria. Como pocas veces, se dio una dinámica en la cual se pudo lograr un dictamen en el que se están defendiendo y protegiendo los intereses de quienes lo necesitan.

Vivimos en un mundo globalizado, donde viajar en avión, sea por negocios o sea por placer se ha convertido en una opción atractiva para aquellos que desean acortar tiempos de traslado y aprovechar mejor las situaciones. Pero no hay plan que resista los retrasos en las terminales aéreas, y no importa si es de una hora, dos horas, cuatro horas. El tiempo no se puede recuperar. Lo que sí podemos hacer es regular para que las personas reciban una retribución justa.

Hay que decirlo, este trabajo legislativo no estuvo exento de presiones de esos poderosos intereses, pero no fue un pretexto para abandonar los temas. Y es por eso que hoy estamos aquí presentando esta iniciativa, la cual seguramente va a contar con el voto favorable de todas las fracciones, incluida la del Partido Verde.

Debemos ponernos del lado del usuario, del ciudadano que no pide que le regalen nada. Que al pagar un boleto lo único que pide es que sea considerado y tratado como lo que es: un cliente que está haciendo una transacción, que está solicitando un servicio y no le están dando por ningún motivo una concesión.

Considero que este dictamen tiene elementos muy positivos, que es un documento que se ha enriquecido en el debate y me gustaría señalar algunos que ya han destacado, pero implica mejores compensaciones en indemnizaciones. Porque se considera no sólo el costo del boleto sino aquellos costos que estaban escondidos en la tarifa, como son los impuestos, las comisiones y cualquier otro cargo cubierto. Hoy, para indemnizar al pasajero, le van a tener en consideración todos estos cargos cubiertos.

Ataca, como bien lo señalaban, la publicidad engañosa. Hay una obligación por parte de los concesionarios de informar y respetar las tarifas de manera exacta, veraz y comprobable.

Regula también la famosa sobreventa. Acabamos de ver un episodio muy famoso en redes sociales y hoy lo que pasa es que si hay sobreventa, el concesionario, la aerolínea tendrá que negociarlo directamente con el pasajero en los términos y los beneficios que ellos acuerden. Actualmente la ley y su reglamento establecían políticas de compensación iguales a los de una cancelación, no era viable para un pasajero el sacrificio que tenía que hacer.

Incorporamos y elevamos a ley derechos de las minorías y de los infantes. Cabe decirlo, que ya existían a nivel reglamento, pero consideramos fundamental elevarlos a nivel ley porque son derechos y obviamente se manejan también temas de penalización, se reguló bien el tema de las maletas, se reguló bien el tema del equipaje de mano y la devolución del boleto, del costo del boleto en caso de que el pasajero dentro de las 24 horas de comprarlo decida retirarse.

Tenemos claro entonces que con esta reforma estamos protegiendo los derechos de los mexicanos usuarios de los servicios aéreos. Ese es un karma que tiene el Verde, por eso vamos a votar el día de hoy y los invito, compañeros, a que sigamos enriqueciendo este debate. Muchas gracias.

Presidencia de la diputada Gloria Himelda Félix Niebla

La presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputado Herrera Borunda. Para fijar el posicionamiento del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Tania Victoria Arguijo Herrera.

La diputada Tania Victoria Arguijo Herrera:Ahora sí, compañeros, con esta reforma ya no va a haber excusa para que lleguen tarde a legislar. Con su venia, diputada presidenta.

El Grupo Parlamentario del PRD votará a favor de este dictamen por razones obvias. La población que utiliza el medio de transporte aéreo, aclaro, por necesidad, no por lujo, pasa horas sin atención de las aerolíneas, como si fueran las jefas.

Actualmente, las aerolíneas exigen a los usuarios que cumplan con todos los requisitos al pie de la letra, que no lleguen ni un segundo tarde, que cumplan sus medidas para el equipaje, que les hablen bonito, pero estas no cumplen con la ley, la manejan a su antojo, no entienden razones cuando uno llega un minuto tarde, se truenan los dedos para que puedan vender ese lugar inmediatamente, sin que el pasajero pueda recibir ni una disculpa por parte de algún encargado, los cuales, por cierto, pareciera que no existen.

Ahora sí habrá penalizaciones de verdad. Que les quede claro a las aerolíneas que los que mandan son los usuarios; ellos pagan las tarifas exorbitantes para que mínimo tengan una atención personalizada.

Hoy les decimos a las aerolíneas que se les acabó su agosto. La gente se cansó de sus falsas ofertas, letras chiquitas, largas esperas, horarios sin actualizar, sobreventa de boletos, pérdida y maltrato de maletas, de la mala sincronización en conexiones y, sobre todo, de la discriminación de la que son objeto por parte del personal mal capacitado y arrogante.

Antes los precios no eran tan caros y hasta alimentos te ofrecían sin importar la duración del vuelo, y ahora hasta la sonrisa te quieren cobrar. A esas aerolíneas les decimos que el día de hoy vamos a votar su penalización por cada falta antes mencionada.

Si los aeropuertos no dan para movilizar equis número de vuelos, entonces que no los anuncien. Ni modo, dejen de echarle la culpa al aeropuerto y que asuman su responsabilidad. Les llegó la hora y, por ello, este pleno trae el tema y la voz de los usuarios. Esa gente que pierde vuelos, reuniones y hasta equipaje por su mal servicio.

Ahora la aerolínea estará obligada a pagar la indemnización dentro de un periodo máximo de diez días naturales posteriores a su reclamación por parte del pasajero. Además, todas las aerolíneas deberán presentar y registrar cada seis meses ante la SCT y la Profeco las políticas de compensación, las cuales serán públicas.

Ojo, el dictamen es bueno y muy avanzado, porque nadie, nadie, se había aventurado a tocar a las aerolíneas, pero aun falta. Debo mencionar que no hay dictamen perfecto, y este lo hubiese sido si se hubiera agregado la penalización por el megafraude, por ese programa de las millas y kilómetros acumulados y después canjearlos por boletos, lo cual no sucede. Esta propuesta fue hecha por el diputado Agustín Basave ante la Comisión de Transportes, la cual pido que se incluya.

Estamos aquí para traer la voz del pueblo y no de las empresas. Hoy fueron las aerolíneas, mañana será otro tema con otras empresas. Ellas no son la prioridad, que le quede claro a este pleno. Es cuanto.

La presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias, diputada Arguijo Herrera.

Esta Presidencia desea saludar la presencia en este recinto de jóvenes de acción juvenil del municipio El Marqués, perteneciente al estado de Querétaro, invitados por la diputada María García Pérez. Así como también saludamos la presencia de alumnos de Administración Gubernamental de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Autónoma de Chihuahua, invitados por el diputado Juan Alberto Blanco Saldivar. Bienvenidos a este recinto parlamentario.

Para fijar el posicionamiento del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Francisco José Gutiérrez Velasco Urtaza.

El diputado Francisco José Gutiérrez de Velasco Urtaza:Compañeros diputados y diputadas, en el Grupo Parlamentario del PAN, reconocemos que este dictamen ha sido producto de un gran trabajo de la Comisión de Transportes y de los grupos parlamentarios que la integran.

Debido a que en el análisis y en el debate se escucharon y se consideraron las demandas de los ciudadanos que exigen que se reconozcan sus derechos y se regule con más firmeza a las líneas aéreas.

Saludamos también que en el documento se hayan incorporado las distintas propuestas que como grupo hemos presentado. Se trata de un tema que vivimos en carne propia semana a semana; es un tema que afecta a miles de mexicanos, por los que hoy estamos dando un paso al frente para evitar abusos, para tener servicios más dignos.

Hoy en día, las cifras que señalan los retrasos son un importante factor a resolver en los aeropuertos. De acuerdo con una encuesta, en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, en el 2016, las aerolíneas aéreas registran el 64 por ciento del problema en los retrasos y demoras; el 27 por ciento corresponde a condiciones del clima, y el nueve por ciento a problemas de infraestructura de la terminal.

Ante la contundente impunidad en el servicio de transportación aérea y de los constantes abusos que sufren los usuarios, el presente dictamen contiene una serie de reformas que buscan regular con más precisión al sector, a fin de hacer más eficiente la presentación del servicio, así como proteger a los pasajeros cuando las causad imputables a las aerolíneas, este no cumpla con los criterios de eficiencia y calidad.

Aunado a lo anterior, con la contratación de los servicios de transportación aérea, es frecuente que los pasajeros se vean vulnerados en sus derechos, como es el caso de la sobreventa, retrasos en los vuelos y cancelaciones, daños o pérdidas en equipajes, tarifas excesivas, servicios deficientes, prácticas discrecionales en las aerolíneas que derivan en abusos, atropellos a los usuarios.

Todo ello se une a la falta de información por parte de la autoridad aeronáutica y de la Procuraduría Federal del Consumidor en materia de los Derechos de los Pasajeros. Con esta reforma se pretende obligar a las aerolíneas a informar y respetar las tarifas que sean registradas, autorizadas en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. De igual forma, el usuario debe conocer en todo momento la información relativa a las tarifas a fin de evitar abusos más recurrentes en las temporadas vacacionales.

En Acción Nacional consideramos necesario que el pasajero tiene el derecho de un trato digno y debe contar con la información de tarifas, de cambio de itinerarios y de retrasos, así como las condiciones mínimas que puedan alterar el servicio y al concesionario, el cual deberá informar a través de llamadas telefónicas, correos electrónicos, mensajes de texto y cualquier otro medio electrónico que al menos en 24 horas antes del viaje, tenga la información el pasajero.

Asimismo, vemos sumamente positivo que el pasajero sea indemnizado y/o compensado en caso de retraso en relación con la hora de salida estipulada en el boleto, a causa atribuible a la línea aérea.

En relación a las personas con discapacidad, vemos favorable que el pasajero con alguna discapacidad tenga el derecho de transportar sillas de ruedas, andadores, prótesis, muletas, bastones, y siempre y cuando la persona que viaja haga uso de esta manera personal, se encuentre directamente asociado con la discapacidad que presenta.

Nos parece que con estas reformas estamos dando un paso muy importante para mejorar la competitividad del sector de servicios aeronáuticos, pero más allá de eso, estamos mejorando la situación de los pasajeros y ampliando sus derechos. Queremos que haya trato digno y servicio de calidad, que se entienda que bien, que con la aprobación de este dictamen, por ningún motivo estamos en contra de la aerolíneas, por el contrario, es necesario regular el servicio a fin de ser más competitivos y eficientes en un sector que es prioritario para nuestro país.

El día de hoy estamos aprobando en el marco legal en pro de la equidad y la certeza, y la seguridad en las relaciones entre aerolíneas y pasajeros. Es cuanto, presidenta, diputada.

La presidenta diputada Gloria Himelda Félix Niebla: Gracias diputado Gutiérrez de Velasco. Para fijar el posicionamiento del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, tiene el uso de la palabra el diputado Daniel Torres Cantú.

El diputado Daniel Torres Cantú:Con su permiso, diputada presidenta. Hoy es un día muy importante y muy trascendente para el pueblo de México. Este dictamen de la Ley de Aviación Civil, donde alberga 16 iniciativas de diferentes diputados de todas las fracciones parlamentarias, es una iniciativa de un trabajo de la Comisión de Transporte de cerca de un año, de innumerables mesas de análisis, en la cual hubo una destacada participación por el diputado César Camacho y el diputado Jorge Carlos Ramírez Marín en llegar a los acuerdos con todas las fracciones parlamentarias.

Darles derechos a los usuarios del transporte aéreo es una obligación de quienes estamos aquí representando un segmento de la población, un estado o un municipio. Estas reformas, es una reforma muy integral que alberga muchos cambios a beneficio de los usuarios; derechos de los pasajeros, como garantizar el acceso a la personas con alguna discapacidad; obligar a las aerolíneas a que puedan registrar sus políticas de compensación en el caso de las demoras; darle el derecho al usuario de cuando compra un boleto que pueda cancelar esa compra y que no le cueste ni un peso.

Hoy si te equivocas en la fecha, si te equivocas en el apellido, si te equivocas en cualquier forma ya perdiste la lana porque ya lo pagaste y no hay cambios ni hay cambio de itinerario. Se va a poder, y se regresa íntegro el ciento por ciento del costo.

Los vuelos redondos, en la actualidad, si pierdes un trayecto automáticamente la aerolínea te quita el segundo trayecto aun y aunque esté pagado este boleto. Ahora, con esta reforma, le damos el derecho al usuario a que si perdió el vuelo de ida, le avise a la aerolínea y le respeten el vuelo de regreso y que no se quede con ese dinero la aerolínea como actualmente lo están haciendo.

Hoy los menores no pagan, pero tiene un costo de emisión el boleto de 700 pesos, más la carriola, y a final de cuentas es una injusticia porque le cobran a la gente lo que se supone que no deben cobrar. Con esta reforma no van a pagar ni un cinco ni por la carriola ni por la emisión del boleto, y podrán llevar a este menor de dos años completamente gratuito.

Hoy la publicidad engañosa reina en las páginas de las aerolíneas: un precio económico, pero a la hora de escoger el vuelo y cuando quieres pagar ya aumentó el doble o el triple de la tarifa porque te anexan accesorios que no escogiste, como escoger un asiento, como el poder llevar más peso en el equipaje o un traslado del hotel al aeropuerto, y eso no le preguntan a la gente que por desconocimiento paga; pero ahí esto se va a castigar y esto ya no se va a permitir con esta reforma.

Las demoras, el aeropuerto, si ustedes recuerdan, tienen diez días que están publicando por causas de quién son las demoras, y el 64 por ciento de las demoras son por culpa de las aerolíneas. Y eso es muy grave, porque ahora con estas reformas tendrán ellos muchísimo mayor inspección y tendrán que cumplir con esta legislación.

Hoy se fija un piso mínimo del 7.5 por ciento del costo total del boleto en el caso a partir de la segunda hora, además de alimentos y bebidas. Esto generará que la inconformidad y la molestia del usuario será reflejada en el siguiente trayecto al mismo destino con este descuento, cuando menos.

También, después de las cuatro horas se va a determinar una cancelación del vuelo. Hoy no te dan información y puedes pasar medio día o un día completo y la demora sigue. Con esta reforma, a partir de cuatro horas será cancelación y tendrán que indemnizar con un 25 por ciento de la tarifa total, además de alimentos y bebidas y si lo requieren, hospedaje.

En la sobreventa de boletos, tendrán que darle prioridad a las personas adultas mayores, a las personas con discapacidad, a los menores que viajan sin los padres y a mujeres embarazadas.

También se le da la atribución a la Profeco para que ellos también vigilen el cumplimiento de esta Ley de Aviación Civil. De esta manera tendrán que tener sus módulos, como hemos visto en algunas ocasiones, hoy será obligatorio; pero además la inspección estará permanente por parte de la Profeco y regulará el módulo de atención.

Las aerolíneas tienen que informar a la SCT de todos sus movimientos administrativos, para que el usuario, antes de comprar un boleto, se meta a la página y pueda ver quien es la aerolínea que menos cumple, quién es la aerolínea que más retrasos tiene, cuál es la aerolínea que tiene más sanciones por incumplir la Ley de Aviación Civil, y que pueda tener el usuario toda la libertad de poder escoger con quién volar.

Pedimos, el Grupo Parlamentario del PRI, el voto a favor de este dictamen, que es la suma del esfuerzo de todas las fracciones legislativas y que estas modificaciones a la Ley de Aviación son a beneficio de la gente que representamos, a beneficio de los ciudadanos, a beneficio de México. Es cuanto, diputada presidenta.

Presidencia de la diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Torres Cantú. Se informa a la asamblea que con esta intervención concluye el plazo para la presentación de reservas al dictamen a discusión.

De conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción V, esta Presidencia informa que se han registrado para la discusión en lo general las siguientes diputadas. Para hablar a favor, la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, y la diputada Mirza Flores Gómez, también del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano. Tiene la palabra, por tres minutos para hablar en pro, la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis.

La diputada Rosa Alba Ramírez Nachis:Gracias, diputada presidenta. El día de hoy, que se discute y se presenta para aprobación este dictamen, en el que diversos grupos parlamentarios hemos incidido con diferentes iniciativas para dar certeza y para proteger a los usuarios de las aerolíneas, yo participo con ustedes el gran honor de que hoy la coincidencia de salvaguardar los derechos de los usuarios de las aerolíneas nos tenga en este recinto perfectamente amalgamados para lograr que, en esta ocasión, vayamos en pro de los que dan a las aerolíneas la oportunidad y la viabilidad de ser un verdadero negocio.

Ya se dijo por cada uno de los compañeros que me antecedieron en qué sentido vienen y cuáles son las ventajas de la aprobación de esta iniciativa, o de esta serie de iniciativas que en este dictamen se aprueban.

Sin embargo, nos hace falta, nos hace falta bastante, porque quedan pendientes temas como la prohibición a las aerolíneas de sobrevender los vuelos. También no ha quedado perfectamente clarificado cómo se generará la transferencia en el caso de no ocupar tu boleto para podérselo otorgar a otra persona. Por tanto, le dejamos ahí una lagunita donde las aerolíneas, segura estoy, que van a aprovecharse para seguirle sacando raja económica a esa oportunidad.

Compañeras y compañeros legisladores, sin duda la aprobación de este dictamen representa un gran avance en la tutela de los derechos de los usuarios de las aerolíneas, pero no es suficiente, por eso debemos nosotros seguir trabajando como lo hicimos hoy, con esa entrega y esa dedicación en favor de quienes son los usuarios de estos prestadores de servicios.

Es necesario que como legisladores visualicemos que en esta ocasión coincidimos a favor de los usuarios de las aerolíneas. Debemos seguir coincidiendo a favor de todos los mexicanos para su bienestar.

Por eso este grupo parlamentario, al cual dignamente pertenezco, vamos en pro de la garantía de los derechos de los usuarios de las aerolíneas y seguiremos trabajando arduamente, para evitar a toda costa que los usuarios sigan siendo afectados en su patrimonio, en su tiempo y, en muchas ocasiones, hasta en el despojo de la oportunidad de poder viajar. Muchísimas gracias. Gracias, presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Ramírez Nachis. Para hablar también en pro, tiene el uso de la palabra, por tres minutos, la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

La diputada Mirza Flores Gómez:Muy buenas tardes, compañeras diputadas, compañeros diputados. Presidenta, buenas tardes, con su venia. El día de hoy es digno de celebrarse y que quede anotado en la historia de esta legislatura, la forma en la que de manera muy articulada se fue construyendo este dictamen, con la voluntad de casi todas las fracciones parlamentarias.

A quien quiero saludar de forma muy cordial y respetuosa es a mi compañero Miguel Ángel Salim, que fue el primer valiente dentro de esta Legislatura que puso el primer dedo en la llaga. Y eso lo celebro y lo festejo. Y de ahí empezamos todos a trabajar en el mismo sentido.

La fracción de Movimiento Ciudadano nos hemos caracterizado por estar siempre cerca de la gente y ser una voz digna que represente los intereses de millones de personas que están allá afuera esperando que verdaderamente seamos su voz.

Y nos dimos a la tarea de ir a los aeropuertos de la ciudad de Guadalajara, la Ciudad de México, Acapulco, Veracruz, a escuchar a los ciudadanos cuáles eran sus mayores quejas, pero sobre todo, ver la impotencia con la que quedaban completamente vulnerables y en estado de indefensión ante las políticas discrecionales de las aerolíneas y los malos manejos de las logísticas de los aeropuertos, en donde en los dos casos quienes quedaban siempre a la deriva eran los usuarios, quienes les tocaba, como dicen, bailar con la más fea.

Todos los días los aeropuertos están llenos de personas en estado de indefensión. Y este es el momento en el que nosotros de forma responsable estamos aquí discutiendo un dictamen que vamos a votar, en donde vamos a dignificar nuestro papel de representantes sociales. La máxima representación de este país se va a hacer valer el día de hoy de forma digna.

Cuántos de nosotros, y lo digo en general, no estamos cansados de llegar con dos horas de anticipación a los aeropuertos y que nos tengan esperando, para que después de un largo tiempo no digan o que el vuelo no va a salir o que está retrasado por tiempo indefinido. Y ante eso, ninguna compensación.

De lo que se trata en esta ley, las modificaciones, es de dejar con mucha claridad; no es la sobrerregulación lo que va a salvaguardar los derechos de las mexicanas y los mexicanos, es la claridad con la que se legisle para que los ciudadanos conozcamos con mucha efectividad y precisión los derechos a los que somos acreedores.

Pero no solamente es eso, es la parte en la que nos interesa darle mucho mayor elemento a la Profeco para que pueda defender a los usuarios. Pero no solamente es regular o darle más elementos de defensa al consumidor. Es que generemos una conciencia de denuncia. De nada sirve que aquí sobrerregulemos si afuera en la calle sigue con desconfianza institucional.

La gente también te dice: ¿Para qué voy y me quejo si no voy a ganar nada? Voy a perder más tiempo que lo que yo voy a recibir a cambio por el abuso de la aerolínea. Voy a perder más dinero denunciando. No tengo tiempo para ir a hacerlo. Cuando la verdad es que lo que se ha generado es desconfianza en la gente de las instituciones.

Por eso es sumamente importante regresar el péndulo al término medio. Antes de los setenta el Estado lo regulaba todo. Después de los ochenta y noventa se convirtió en una política de comercio neoliberal. Este péndulo de un extremo a otro deja a los usuarios de cualquier tipo de servicios en una total indefensión.

El péndulo hay que ponerlo en el justo medio, en donde el Estado mexicano se haga responsable de regular los derechos de los usuarios de cualquier producto o servicio. Y es ahí en donde tenemos que poner el dedo en el renglón. La lucha no está terminada, es inconclusa. Aquí se va a aprobar un dictamen que se ha manejado con mucha responsabilidad. Habrá que darle seguimiento muy puntual y responsable a que se dictamine en el Senado de la República. Ahora vamos a dejar el balón de su lado de la cancha, pero no podemos soltar este dictamen hasta que lo veamos concluido y, entonces, darles respuesta y la buena noticia a las mexicanas y mexicanos que estamos aquí representando.

Es importante generar una conciencia de denuncia, pero también es importante que el Estado se haga garante de defender los derechos de usuarios. Muchas gracias.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Mirza Flores Gómez.

Saludamos con mucho gusto a representantes escolares del Décimo Parlamento de las Niñas y los Niños de México, de 2017, invitados por el diputado Jesús Emiliano Álvarez López. De igual manera tenemos mucho gusto en tener la presencia de alumnos de las Universidades de Sotavento Metropolitana y del Centro de Estudios Superiores pertenecientes al municipio de Córdoba, Veracruz. Invitados por el diputado Marco Antonio Aguilar Yunes. Sean ustedes bienvenidos.

Agotada la lista de oradores, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutido en lo general.

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Suficientemente discutido en lo general.

Esta Presidencia informa que, de conformidad con el artículo 109 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se han reservado para su discusión en lo particular los siguientes artículos: artículo 47 Bis y la adición de un artículo 47 Bis 5 por parte del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena; artículo 47 Bis, 52 y 84 por parte de la diputada Concepción Villa González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados con las modificaciones aceptadas por la asamblea.

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados.

(Votación)

Si algún compañero o compañera diputada o diputado falta por emitir su voto, el sistema sigue abierto. Ciérrese el sistema electrónico de votación. Se emitieron, a favor, 422 votos, 0 abstenciones, 0 en contra. Es cuanto, presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobado en lo general y en lo particular por unanimidad en los artículos no reservados por 422 votos.

De conformidad con el artículo 110 del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene la palabra por tres minutos el diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar su propuesta de modificación al artículo 47 Bis y adición de un artículo 47 Bis-5 a la Ley de Aviación Civil.

El diputado Juan Romero Tenorio:Con venia de la Mesa Directiva. Estamos proponiendo dos reservas: un artículo 47 Bis, fracción VIII, y crear un 47 Bis-5. Se atiende parte del problema en el retraso de vuelos. Generalmente cuando uno está en el aeropuerto escucha la justificación de la demora del vuelo por tráfico aéreo o por mal clima y esta situación va a excluir de responsabilidad a las líneas aéreas.

Estamos proponiendo en el 47 Bis, fracción VIII, que el pasajero tenga derecho de ejercer su cancelación del vuelo en caso de demora por parte de la aerolínea y también de los permisionarios que administran los aeropuertos.

El ciudadano, cuando viaja, lo hace por trabajo o por placer; independientemente de ello una demora de un vuelo estropea un plan de trabajo y tendrá que compensársele la demora que generó la aerolínea o la administración del aeropuerto.

Hay que atender el problema en su integridad. No solamente es responsabilidad de las aerolíneas, también de las empresas que tienen la concesión de la administración de aeropuertos.

Si hay una mala planificación en las rutas de vuelo, la empresa que tiene la concesión y la administración de aeropuertos, tanto en la administración de la pista para despegue o aterrizaje, así como los servicios auxiliares que apoyan en el transbordo de los pasajeros de una línea a otra o en el transporte de los pasajeros de la línea al avión, tendrá que ser responsabilidad de estas administradoras de aeropuertos.

Queda impune esta parte del mal servicio; cuando es responsabilidad de las administradoras de aeropuertos, tendremos que abrirle la puerta al ciudadano para que pueda acceder a medios sencillos y reclamar la devolución de su vuelo, la devolución de su pasaje a la administradora de aeropuertos, porque fácilmente las aerolíneas van a excusarse señalando que es responsabilidad operativa de quien administra el aeropuerto porque hay problemas de tráfico aéreo o no hay andenes para que los ciudadanos aborden o bajen del avión; es un problema de operación que no se contempla en una visión integral de la reforma que se propone.

Estamos proponiendo la adición del 47 Bis, donde señalamos que cuando la demora o cancelación del vuelo sea responsabilidad del concesionario de la administración, operación y explotación del aeropuerto, se aplicará la compensación o indemnización señalada en esta ley. De esta forma cubrimos parte del problema, no solamente de la aerolínea, sino también de la administradora del aeropuerto.

Hay otro problema que también impacta a esta reforma, cuando se compra a través de las agencias de viaje. La agencia de viajes es una intermediaria, no es la responsable de la demora de la aerolínea o de la mala administración de un aeropuerto, que también es un supuesto que tampoco se prevé, tampoco se atiende en el planteamiento que se hace.

Votamos a favor la iniciativa, el dictamen, porque sí atiende parte del problema, pero nos faltan estas dos áreas responsables: la administradora del aeropuerto y la responsabilidad que tengan las agencias de viajes o las agencias intermediarias en el caso de la sobreventa de boletos para utilizarlos en el vuelo que uno está programando. En este sentido van nuestras propuestas, esperamos su apoyo. Es cuanto, señora presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Romero Tenorio. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la reserva presentada.

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

Estamos a consideración de las reservas, compañeros, le voy a volver a dar lectura; por favor les pido su atención. En votación económica se pregunta la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Señora presidente, mayoría por la negativa.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se desecha y se reserva para su votación nominal en conjunto en los términos del dictamen.

De conformidad con el artículo 110 del Reglamento de la Cámara de diputados, tiene la palabra, por tres minutos, la diputada Concepción Villagómez, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar propuestas de modificación a los artículos 47 Bis, 52 y 84 de la Ley de Aviación Civil.

El diputado Cuitláhuac García Jiménez(desde la curul): Presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Sonido, por favor, en la curul del diputado Cuitláhuac García. ¿Con qué objeto, diputado?

El diputado Cuitláhuac García Jiménez (desde la curul): Diputada presidenta, solamente para hacer la observación en la votación que acaba de pasar. En el primer llamado de la secretaria de la Mesa se vio claramente que habíamos ganado la votación para aprobar las reservas, y tuvieron que volver a repetirla.

Nada más exijo respeto y que en el procedimiento se conserve. Lo quiero nada más anotar, porque en otras ocasiones nosotros hemos llamado a que se repita, y la niegan. Gracias, presidenta. Para registro.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado García. Continuamos, por favor, diputada Villa Gómez.

La diputada Concepción Villa González:Villa González.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Villa González.

La diputada Concepción Villa González: Gracias, diputada presidenta. Compañeros, compañeras, les pido un momento de su atención. Y la reserva que estoy presentando a los artículos 47 Bis, 52 y 84 del proyecto de dictamen de la Ley de Aviación Civil, en materia de derechos de los pasajeros de aerolíneas, tiene como objetivo dejar bien definido los derechos de los pasajeros y pasajeras de esta modalidad de transporte.

Nadie debe olvidar que las iniciativas de ley resumidas en el proyecto de dictamen a discusión derivan del hartazgo de la ciudadanía por los abusos que sufren por parte de las líneas aéreas.

De acuerdo con los datos oficiales del mes de septiembre de 2015 a agosto de 2016, se transportaron por vía aérea 70 millones de pasajeros. También, de acuerdo con datos oficiales, casi 20 por ciento de los vuelos programados tienen algún tipo de retraso y de demora en su salida, atribuida a las compañías aéreas.

El porcentaje de demora o retraso genera evidentes molestias y enojos en gran parte de los usuarios, debido a que si han elegido ese tipo de transporte es porque requieren trasladarse con rapidez de una ciudad a otra y por la situación que convenga. Por lo cual, el precio de esta, que están dispuestos a pagar los usuarios, se relaciona directamente con la expectativa razonable de llegar a tiempo a un destino.

Si bien las modificaciones y adiciones que contiene el proyecto presente, algunos avances en cuanto a la cancelación de vuelos y la denegación del embarque por sobreventa de boletos, deja de atender el reclamo principal de los usuarios de transporte aéreo: las demoras y retrasos de los vuelos debido a la ineficiencia y negligencia de las líneas aéreas. Tan sólo durante los meses de enero y febrero de 2015 la Procuraduría Federal del Consumidor recibió 300 quejas por demoras y cancelaciones de vuelos en el Aeropuerto de la Ciudad de México.

Compañeras, compañeros, como legisladores tenemos la obligación de atender los reclamos de la ciudadanía. No hacerlo equivale a dejar a la indefensión material y jurídica a quienes nos eligieron. Y seguramente los electores les reclamarán a esta soberanía la omisión en la cual estamos incurriendo.

Por lo anterior, les solicito que aprueben sancionar a las líneas aéreas a partir de la segunda hora de demora de retraso. Es falso lo que afirman algunos diputados en el sentido de que aumentar las sanciones, las sanciones significarán una desventaja competitiva para las aerolíneas que operen en nuestro país. Es tan sólo como en los Estados Unidos de Norteamérica se sanciona con mil 300 dólares de retraso o a cancelaciones de vuelos.

Ahora, en cuanto a transparencia, en un Estado democrático de derechos los gobernantes en funciones no tienen derecho a guardar secretos frente a sus mandatos, los ciudadanos. Por esto, cuando los particulares obtienen una concesión o permiso para la prestación de un servicio público, la información que se genere con motivo de este permiso o concesión debe ser absolutamente pública, transparente y accesible a los ciudadanos. De esta manera, los ciudadanos podrán evaluar y seleccionar con conocimiento de causa, a aquellas líneas y que respeten los derechos de los usuarios.

En este sentido, les pido el voto a favor de las reservas que presento en materia de transparencia y acceso a la información pública. Es cuanto y gracias por su atención.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Villa González. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión.

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: Compañeros, ponemos a consideración las reservas de la diputada Concepción Villa González, para su aprobación.

En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la negativa.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Se desecha y se reserva para su votación nominal en conjunto, en los términos del dictamen.

Se pide a la Secretaría, abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación de los artículos 47 Bis, 52 y 84 de la Ley de Aviación Civil, en los términos del dictamen modificado.

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación nominal de los artículos 47 Bis, 52 y 84, en los términos del dictamen.

(Votación)

¿Algún compañero o compañera diputada que falte de emitir su voto? Sigue abierto el sistema. Ciérrese el sistema de votación electrónico. Se emitieron, a favor, 359 votos, 5 abstenciones, en contra 54, de un total de presentes de 418 diputadas y diputados. Es cuanto, presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobados los artículos reservados en términos del dictamen modificado, por 359 votos. Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil. Pasa al Senado, para sus efectos constitucionales.

VOLUMEN IV



LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, y de la Ley de Inversión Extranjera.

La secretaria diputada María Eugenia Ocampo Bedolla: Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Tiene la palabra, por siete minutos, el diputado Jorge Enrique Dávila Flores, para fundamentar el dictamen que adiciona y reforma incisos w) y x) y adiciona un inciso y) a la fracción III y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera, así como el dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal de Protección al Consu-midor.

El diputado Jorge Enrique Dávila Flores: Con el permiso de la Presidencia. Compañeras, diputadas y diputados. En representación de la Comisión de Economía presento ante esta soberanía dos dictámenes relacionados con las líneas aéreas: en primer lugar, el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera y, en segundo lugar, el dictamen con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Iniciaré con la exposición del primero de ellos, que tiene por objeto reformar la Ley de Inversión Extranjera, para eliminar el límite de 25 por ciento y consecuentemente aumentar al 49 por ciento la posibilidad de participación del capital extranjero en los servicios de transporte aéreo nacional regular y no regular, transporte aéreo internacional no regular en la modalidad de taxi aéreo y transporte aéreo especializado.

De entre todas las actividades económicas del país, la del transporte aéreo ha sido una de las más restringidas para recibir capital extranjero, ya que está limitado a tan sólo el 25 por ciento del capital social y este régimen no se ha modificado desde hace más de 24 años, cuando la Ley de Inversión Extranjera entró en vigor.

La protección del sector era lógica entonces, cuando México transitaba de una economía de tendencia estatista a otra basada en la liberación del mercado. Hoy, tanto la economía nacional como la internacional han cambiado de forma sustantiva en comparación con lo que sucedía en 1993, y consideramos que los límites de la inversión extranjera que la ley establece para el transporte aéreo, lejos de contribuir en su desarrollo y competencia, han ocasionado un rezago si se compara con otras naciones.

Es importante subrayar el interés que distintas compañías aéreas nacionales han expresado por contar con la posibilidad de hacerse de mayor inversión extranjera, ya que en la actualidad se ven obligados a recurrir a complejos esquemas jurídicos para hacerse de más recursos del exterior.

Lo anterior, se puede lograr sin perder el control de las empresas al incrementar del 25 al 49 por ciento el monto de la inversión extranjera en esta industria.

Acompañando a este dictamen, se presenta también una adenda que lo modifica, con el objetivo de homologar los conceptos del dictamen con la Ley de Aviación Civil, que fue aprobada posteriormente a la Ley de Inversión Extranjera, esto para armonizar ambos ordenamientos jurídicos y así evitar confusiones.

Por lo que respecta al segundo dictamen que adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor haré una breve exposición.

Los usuarios de las líneas aéreas ya contamos con una serie de derechos como consumidores, conocidos como los siete derechos básicos del consumidor. La información ofrecida a los consumidores debe de ser oportuna, completa, clara y veraz.

Con la propuesta que presento a esta asamblea, en representación de la Comisión de Economía, se pretende robustecer el derecho a la información de los pasajeros de las líneas aéreas, contemplando tres obligaciones para los permisionarios o concesionarios del servicio de transportación aérea.

La primera de ellas, publicar a través de medios electrónicos o físicos, en área de abordaje y en los módulos de atención al pasajero, las causas o razones por las que los vuelos serían demorados y, poner a disposición de los consumidores toda la información relativa para la presentación de quejas o denuncias en cada una de las terminales en donde operen.

La segunda, informar al momento de la compra del boleto y en los módulos de atención al pasajero, mediante folletos o por medios electrónicos, los términos y condiciones del servicio contratado, las políticas de compensación, así como el listado de los derechos de los pasajeros en los puntos de atención en los mostradores, en las centrales de reserva, así también como a bordo de las aeronaves.

Tercera. Publicar los derechos de los pasajeros de forma constante en medios electrónicos y a través de las agencias de viajes.

Como podemos constatar, queremos otorgar herramientas a los consumidores, buscando así un equilibrio en la relación de consumo.

Es muy importante señalar que la propuesta que se presenta ante esta soberanía está relacionada con el dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil que acabamos de votar en positivo hace unos minutos y, junto con éste, son un esfuerzo sin precedentes en pos de los derechos de los usuarios de líneas aéreas en México.

Es importante reconocer la participación de todos los integrantes de la Comisión de Economía, de los integrantes de la Comisión de Transporte, de la Canaero, que también estuvo en las reuniones de trabajo; del diputado Miguel Ángel Salim, que fue uno de los impulsores.

Pero principalmente de nuestro coordinador, el diputado César Camacho, de nuestro vicecoordinador, el diputado Jorge Carlos Ramírez, que sin su apoyo, sin su participación no habría sido posible que este bloque de reformas contemple, entre otras cosas, una regulación inédita de compensaciones e indemnizaciones por retrasos en los vuelos por causas imputables a las aerolíneas, que originalmente se contemplaba en esta propuesta. Sin embargo, por técnica legislativa se decidió incorporarle en la Ley de Aviación Civil.

Entre los beneficios que se contemplan para los pasajeros están los siguientes: cuando la demora sea superior a dos e inferior a cuatro horas, se compensará con el 7.5 por ciento del valor del boleto. Si la demora es mayor a cuatro horas, el pasajero será compensado recibiendo la devolución del valor total del boleto. Es importante señalarlo, es con base en la tarifa completa, más una indemnización equivalente al 25 por ciento del valor del boleto.

Finalmente, señora presidenta, hago de su conocimiento que se presentó una propuesta de modificación al dictamen en cuestión. Por lo que solicito respetuosamente ponga a consideración de la asamblea la propuesta de adenda presentada por la Junta Directiva de la Comisión de Economía, que me honro en presidir.

Por lo anteriormente expuesto, compañeras diputadas y diputados, solicitamos el voto a favor de los dictámenes presentados. Es cuanto, señora presidenta, muchas gracias.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Dávila. El diputado Jorge Dávila fundamentó dos dictámenes de la Comisión de Economía. La fijación de posturas y la votación se llevará a cabo de manera independiente.

Consulte la Secretaría a la asamblea si se aceptan las modificaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, propuestas a nombre de la comisión.

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si se acepta la adenda planteada por la comisión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: En consecuencia está a discusión en lo general, con las modificaciones propuestas por la comisión y aceptadas por la asamblea. De conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, se han registrado para fijar la posición de los grupos parlamentarios, las siguientes diputadas y diputados quienes harán uso de la palabra hasta por cinco minutos cada uno.

Por el Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, tiene el uso de la palabra la diputada Norma Edith Martínez Guzmán.

La diputada Norma Edith Martínez Guzmán: Muy buenas tardes, diputada presidenta, compañeros legisladores. En Encuentro Social entendemos nuestra realidad en materia aeronáutica y sabemos que como Congreso debemos trabajar en medio de un contexto en el que la industria ha tenido una acelerada expansión, por lo que se vuelve necesario establecer regulaciones en diversos ámbitos, sobre todo en el tema de la puntualidad.

Una investigación realizada por la Comisión Federal de Competencia Económica en 2014 dio cuenta de las aerolíneas con más vuelos atrasados en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México. Según la Dirección General de Aeronáutica Civil de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para el 2015 el índice de puntualidad promedio de las aerolíneas mexicanas fue de sólo 38 por ciento y el número de quejas contra las líneas aéreas por las deficiencias en la prestación de servicios se incrementó de 2015 al siguiente año en un 3.2 por ciento, destacando Aeroméxico con un 53 por ciento en el incremento de las quejas presentadas por los usuarios.

En el mismo contexto, tan sólo en las terminales 1 y 2 del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, la Procuraduría Federal del Consumidor durante la temporada vacacional de Semana Santa y Pascua de 2016, recibió alrededor de 880 quejas principalmente por sobreventa de vuelos, cancelaciones, demoras y retrasos en la entrega del equipaje.

Los incumplimientos considerados como imputables a las aerolíneas se deben principalmente a temas relacionados con el mantenimiento de los aviones o por causa de la tripulación.

Las demoras en los vuelos, además de afectar los derechos de los pasajeros como consumidores, violan los contratos de transporte de pasajeros y afectan la competitividad de los transportistas aéreos, eso sin incluir el tema del despotismo con el que en ocasiones precisamente estos consumidores son tratados cuando intentan averiguar la causa de la demora del vuelo, la causa de la pérdida del equipaje o cualquiera otra de las razones de su justa molestia.

Actualmente, nuestra legislación no considera en suficiencia la responsabilidad y las indemnizaciones a los usuarios por los vuelos con demoras imputables a las aerolíneas, como tampoco prevé la obligación de los concesionarios de informar sobre los derechos que tienen los usuarios, lo que se traduce en una gran dosis de incertidumbre jurídica y pérdida de productividad para los consumidores a veces irrecuperable.

De este modo, el Grupo Parlamentario de Encuentro Social apoya esta y cualquiera otra iniciativa que vaya orientada a proteger a los consumidores, así como cualquiera que incluya modernizar y hacer más eficiente y competitivo el sector privado de nuestra economía.

En ese sentido, estimamos pertinente votar en pro del dictamen que ahora nos ocupa, en tanto que establece que los permisionarios o concesionarios deberán publicar en las áreas de abordaje la causa o las causas o razones por las que los vuelos se vean demorados.

Es increíble cómo en ocasiones el tablero permanece con la leyenda a tiempo, luego de que el vuelo ya tiene por lo menos media hora de retraso. Poner también la dirección electrónica donde presentar las quejas o denuncias pertinentes. Será obligatorio que las aerolíneas y las agencias de viajes también se encarguen de difundir los derechos de los pasajeros.

También este dictamen establece que, en caso de que la demora de salida sea de más de 30 minutos por causa imputable a los concesionarios o permisionarios, la bonificación sea de al menos el 20 por ciento del billete o el 100 por ciento, que creo que va por ahí el tema, el cambio.

Con tan claras y contundentes bondades del dictamen, ciertamente se verán potencialmente beneficiados más de 50 millones de pasajeros que año con año hacen uso de las aerolíneas nacionales, lo que facilitará la comunicación y la ejecución de negocios capaces de detonar y fortalecer la economía del país, especialmente en estos tiempos de turbulencia e incertidumbre financiera. Hagámoslo nosotros. Es cuanto, diputada presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Norma Edith Martínez Guzmán.

Saludamos la presencia de un grupo de estudiantes de licenciatura en contabilidad de la Universidad Partenón de Cozumel, Quintana Roo, que asisten el día de hoy a la sesión, invitados por la diputada Arlet Mólgora Glover. Sean ustedes bienvenidos.

Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, la diputada Carmen Victoria Campa Almaral.

La diputada Carmen Victoria Campa Almaral:Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros legisladores. En esta ocasión me refiero al dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Lo anterior con la finalidad de establecer que, en caso de una demora imputable a las aerolíneas, estas tendrán que otorgar una indemnización al pasajero.

En Nueva Alianza nos sumamos a la intención que se persigue con esta reforma, ya que va en sintonía con la iniciativa sobre la Ley de Aviación Civil que nuestro grupo parlamentario presentó el pasado martes 7 de febrero, y que pretende mejorar la calidad de los servicios de las líneas aéreas.

Quienes hemos viajado en avión por nuestro país, hemos padecido la falta de atención que los concesionarios y permisionarios que los servicios de transporte aéreo nacional prestan.

Uno de los problemas más recurrentes es la impuntualidad de las líneas aéreas, misma que no es vigilada de forma eficiente, carece de transparencia y no es sancionada de una manera adecuada.

Esta forma de operar hace que el único que pierda, con un retraso en su vuelo, sea el usuario. De acuerdo con los índices de puntualidad realizados por la Dirección General de Aeronáutica Civil, durante el año 2015, el promedio de las aerolíneas mexicanas que presentaron aterrizajes o despegue fuera de horario, fue de un 38 por ciento.

El artículo 49, de la Ley de Aviación Civil es claro al definir que el contrato de transporte de pasajeros es el acuerdo entre un concesionario o un permisionario y un pasajero, por el cual el primero se obliga a trasladar al segundo de un punto de origen a uno de destino contra el pago de un precio.

A pesar de lo anterior y de que la ley referida se establece en las responsabilidades de las aerolíneas, no se contempla la responsabilidad y las indemnizaciones correspondientes a los daños ocasionados por los vuelos con demoras imputables a la aerolínea, ni mucho menos tampoco la obligación de los concesionarios de informar sobre los derechos que tienen los usuarios.

Esa falta de normatividad es aprovechada por los concesionarios para no responsabilizarse por las afectaciones que causan a los usuarios. Aunado a lo anterior, es una realidad que existe un desánimo de los usuarios al presentar quejas o denuncias sobre las aerolíneas debido a que en el proceso no sólo es complejo, sino tardado.

Por esta razón, la adición propuesta incluye la obligación de las aerolíneas de poner a disposición de los pasajeros la dirección electrónica donde puedan presentarse quejas o denuncias en sus terminales.

En Nueva Alianza estamos comprometidos con el bienestar de la población, y es por ello que buscamos mediante esta reforma, que los servicios que pagan con un enorme esfuerzo sean de la más alta calidad. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, diputada presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Campa. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, la diputada Mirza Flores Gómez.

La diputada Mirza Flores Gómez:Con el permiso de la presidenta. Que algunos estarán en desacuerdo en que decimos presidenta, pero eso será tema a discusión de otra ocasión.

Los diputados y diputadas de Movimiento Ciudadano, en nuestro ADN, está el estar en contacto permanentemente con la ciudadanía y cuando salimos a las calles a recabar información de qué estaba pasando, cuáles eran las quejas y cuáles eran las impotencias o condiciones de vulnerabilidad de los ciudadanos, recogimos muchas expresiones, pues, de fastidio, de molestia, de incredulidad; y por eso hicimos una campaña que denominamos “Mándalos a volar”, bajo la connotación de que “no te den el avión”.

Y cuando decimos “Mándalos a volar” es promover la cultura de la denuncia y no volver a permitir que las facultades discrecionales de las empresas privadas y monopolios de transporte aéreo vuelvan a abusar y a atropellar los derechos de los usuarios, y dejándolos de verdad en estado de indefensión.

La forma de hacer política está cambiando, la idea de democracia se construye a partir de valores de igualdad y libertad. Y no solamente entre las relaciones de gobernados y gobernantes, también entre las relaciones de particulares.

Pueden poner piso parejo para que los ciudadanos y ciudadanas puedan ejercer sus derechos en condiciones de igualdad y de manera informada. Ese es el compromiso que hemos tenido en Movimiento Ciudadano.

Resulta por eso necesario cambiar el paradigma del modelo económico de atropello a los derechos de los consumidores que impera en México, a través de la adecuación de las leyes para revertir las prácticas abusivas que las grandes empresas, en el caso concreto las aerolíneas, han cometido durante muchos años a pasajeros.

Actualmente, la Procuraduría Federal del Consumidor es el organismo garante de la protección de los derechos de los consumidores y, a pesar de que la legislación en la materia contempla la prohibición de publicidad engañosa, máxima información en el contenido de los productos y servicios, así como la facultad de la institución para servir de conciliador entre proveedores y consumidores, la cotidianeidad en este siglo XXI nos demuestra lo contrario. Los pasajeros son sujetos débiles frente a las grandes empresas de carácter privado que controlan el mercado aéreo.

A pesar de que existe el mecanismo de protección jurídico, basta con platicar con cualquier pasajero o entrar a un foro para verificar el descontento social en contra de las aerolíneas. La ciudadanía exige y se merece una mayor calidad en los bienes y servicios que consume. Necesitamos el respaldo institucional para corregir el desequilibrio de fuerzas provocado por las leyes de la oferta y la demanda y la libre competencia.

Como lo dije hace unos momentos, el péndulo tiene que quedar en la parte de en medio. No solamente la regulación del Estado, pero tampoco el neoliberalismo, sino que el Estado regule la libre competencia, pero siempre vigilando el derecho de los consumidores a defenderse.

Cuando un vuelo se retrasa o cancela, las aerolíneas siempre justifican en la mayoría de los casos a temas meteorológicos, al clima o al tráfico aéreo, cuando están excusándose en sus políticas mentirosas o la mala administración de los aeropuertos. Si bien es cierto, ambos argumentos que acabo de mencionar, no tenemos manera de corroborarlo y tampoco le tenemos confianza a las aerolíneas. Tenemos que fiarnos de su buena fe y acabaron con su credibilidad.

Otra de las actuaciones de las aerolíneas que repercuten directamente en el bolsillo de los mexicanos son los cobros extras y la falta de seriedad para respetar los precios promocionados en los sitios de internet. Publicidad engañosa. ¿Cuántos no nos hemos encontrado en las páginas con un precio inicial y al momento en que vamos a pagar es otro el precio?

Así, en cada compra los consumidores deben estar al pendiente de los cargos extras que se les puedan estar cobrando. O sea, es el consumidor quien tiene que cuidarse de la empresa antes de darle clic en la página al momento de comprar, y las empresas tan campantes, no tienen vergüenza, no tienen límites y tampoco tienen castigo. Es inaceptable que en el estado de derecho existan disposiciones legales o lagunas legales que permitan beneficiar a un sector de empresarios, en detrimento de los derechos de los pasajeros.

Si la libre competencia en su momento reguló el mercado, también es cierto que se impuso la ley del más fuerte, y siendo las aerolíneas empresas casi monopólicas, de manera unilateral y discrecional han impuesto las condiciones para la prestación del servicio en detrimento de los derechos y la economía de los mexicanos. Por eso, resulta necesario que el Estado intervenga como principal garante y responsable de equilibrar la desvirtuada relación de fuerzas, a través del imperio de la ley.

¿Qué quiere decir esto? Que el Estado no solamente debe regular, sino informar a la población. ¿Y por qué digo esto? Porque muy poca gente sabe que existen 10 módulos de atención de Profeco en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México; cinco en terminal 1 y cinco en la terminal 2 y casi nadie lo sabe. También casi nadie sabe que de las denuncias que se hacen, entre el 82 y el 83 por ciento Profeco dictamina a favor del usuario. El gran problema es la falta de información.

Dejemos de quejarnos en las redes, con nuestros amigos o con nuestros vecinos; denunciemos. Profeco está obligada a dar respuesta a los consumidores y también está obligada a generar publicidad para informarnos. Muchas gracias, presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Mirza Flores. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Morena, tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Vidal Llerenas Morales.

El diputado Vidal Llerenas Morales:Con el permiso de la diputada presidenta. Evidentemente el dictamen que hoy se discute reforzará la capacidad de los usuarios de poder hacer cumplir a las líneas aéreas los compromisos que tienen que cumplir y que evidentemente no lo hacen.

Como decía la compañera diputada que me antecedió en el uso de la palabra, lo importante es que los ciudadanos sepan que tienen estos derechos, que acudan ante la Profeco para hacerlos cumplir, porque ahí está buena parte del asunto.

Yo cuando leí el dictamen me preguntaba, ¿qué hubiera pasado o qué pasaría si los que estamos aquí, los diputados, que usáramos otros servicios públicos? Me llama mucho la atención el enorme interés que hay en las líneas aéreas, pues porque somos usuarios de las líneas aéreas, y el poco interés que hay en otros servicios, tanto públicos como privados, que tienen que ver con el transporte público, por ejemplo, en donde no es una prioridad, porque los que estamos en esta soberanía no lo usamos regularmente.

Pues bienvenido el tema de regular mejor y de fortalecer la capacidad de Profeco con las líneas aéreas, pero me parece que hay una multitud de temas que no son de interés de esta Cámara de Diputados, en buena medida por indiferencia y en buena medida porque en realidad no usamos los servicios que la ciudadanía sí usa todos los días. Entonces, que esto sirva pues de un primer paso para entrar en otros temas que son también importantes.

Es un momento de también llamar la atención, para conocer más y poder exigir más a esa institución que es la Profeco. Hoy, la Profeco es una institución que a lo largo de esta administración, si no mal recuerdo, ha tenido cinco titulares, de hecho su titular no es titular en este momento porque, no de manera sorpresiva, se ha incorporado a la elección del Estado de México.

Entonces, en todo caso hay un encargado de la Profeco que va a ser quien reciba estas iniciativas y si logran pasar también por el Senado, pero hay también un problema serio, me parece, en el compromiso del Estado mexicano, de regular mejor a los operadores que ofrecen servicios públicos a la ciudadanía, a las líneas aéreas y a otros más.

Es decir, ¿realmente la Profeco, a quien le estamos dando más atribuciones y más responsabilidades en la materia, es una institución que es tomada en serio por el Estado mexicano o solamente sirve para un desfile de funcionarios públicos que se preparan para entrar a campañas electorales y que no tienen el menor empacho de dejar su cargo, ir a una campaña y regresar?

Qué bueno que estamos trabajando en beneficio del consumidor, que estamos dando mayores herramientas para que el consumidor sea protegido, en ese sentido nuestro voto será a favor de este dictamen, pero necesitamos entrar a otros temas que todos los días afectan al ciudadano común, en este caso fue un servicio que resulta que para los diputados es muy importante porque usamos el servicio, pero muchos otros más están ahí y no son protegidos de manera adecuada simplemente porque la institución del Estado mexicano que protege al consumidor es una institución a la que francamente no le damos importancia. Gracias.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Llerenas. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, tiene el uso de la palabra, hasta por cinco, la diputada Lorena Corona Valdés.

La diputada Lorena Corona Valdés:Con la venia de la Presidencia. Los derechos de los pasajeros de avión son totalmente desconocidos por nosotros los usuarios, por lo que cuando nos enfrentamos a vuelos con retraso, cancelaciones, sobreventa de boletos, pérdida de equipaje no sabemos ni qué hacer ni a qué instancia acudir.

A nivel internacional son ampliamente reconocidos los derechos de los pasajeros de aviones. Entre las medidas que se destacan se encuentra el Reglamento Europeo, conforme al cual los usuarios tienen un derecho de indemnización de entre 125 y 600 euros, según la distancia del vuelo y el retraso en la llegada al destino.

En nuestro país los derechos de los pasajeros de avión se encuentran regulados en el artículo 38 del Reglamento de la Ley de Aviación Civil que establece que todo pasajero debe ser transportado en el vuelo consignado en el boleto del pasaje y conforme a las condiciones de servicios derivados de una tarifa aplicada.

No obstante este derecho, las aerolíneas incurren en diversas faltas que afectan gravemente al usuario en sus derechos como consumidor. Al respecto, la puntualidad de un vuelo debe ser una de las mayores prioridades de las líneas aéreas, pues de ello depende el tiempo y el dinero de los pasajeros.

Según información disponible por las aerolíneas, estas son casi siempre responsables del 31 por ciento de los vuelos retrasados por más de 15 minutos, y la causa principal de estos retrasos son por las auditorías obligatorias que se efectúan en cada avión para garantizar la seguridad del vuelo, por lo que corresponde a la aerolínea establecer el tiempo necesario para hacer estas comprobaciones rutinarias y no afectar al pasajero.

Para efecto de que el consumidor esté en posibilidad de conocer si la demora de un vuelo es por causa imputable al concesionario o permisionario, se prevé establecer en la Ley Federal de Protección al Consumidor que las aerolíneas deberán publicar las causas o razones por las que los vuelos sean demorados y que no nos digan varias causas, que casi siempre son diferentes para los pasajeros.

Por tanto, lo anterior resulta fundamental si consideramos que tan sólo en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, en el 2011 las aerolíneas mostraron una puntualidad del 95 por ciento, y en el 2015 tienen una puntualidad de 78 por ciento, lo que va en detrimento del tiempo, dinero y mal trato a los pasajeros.

Por último, con el propósito de cumplir con uno de los principios básicos en las relaciones de consumo establecidos en la Ley Federal de Protección al Consumidor, como es el otorgamiento de información y facilidades a los consumidores para la defensa de sus derechos, se propone reformar dicho ordenamiento para que los permisionarios y concesionarios de las aerolíneas informen a los pasajeros sobre los términos del servicio contratado, las políticas de compensación y el listado de derechos de los pasajeros.

El conocimiento de los derechos de los pasajeros resulta fundamental para exigir su cumplimiento a las líneas aéreas. Con las reformas que hoy están a discusión desde el Poder Legislativo estamos regulando unas demandas largamente exigidas por los usuarios de las aerolíneas, como son la puntualidad y la transparencia en la información.

Al ser una demanda justa que es acorde a los derechos de los consumidores, el Grupo Parlamentario del Verde Ecologista de México votará a favor del presente dictamen. Es cuanto, señora presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Lorena Corona Valdés. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del PRD, tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, el diputado Waldo Fernández González.

El diputado Waldo Fernández González:Con su permiso, señora presidenta. El tema que hoy estamos discutiendo es importante para el fortalecimiento de los derechos de los pasajeros de las aerolíneas.

Hace tiempo, viajar en avión era un evento placentero. Hoy, viajar en avión se ha convertido en un deporte extremo, donde se está siempre pensando si saldrás a tiempo, si no habrá cancelaciones o si no la bendita línea aérea te cambiará las condiciones al momento de llegar al mostrador.

Estos temas que mediáticamente en cada época vacacional toman contundencia, realmente son una problemática que se presenta durante todo el año y que repercute en la productividad de todas y todos que viajan en las líneas aéreas.

Algunos datos importantes. De acuerdo con la Profeco, el principal reclamo de los consumidores es por reservaciones o vuelos cancelados y demoras, aproximadamente en un 40 por ciento, por la negativa a cambiar o la devolución del importe pagado, cerca de un 28 por ciento; y por el reclamo o pérdida de equipaje, cerca de un 12 por ciento.

La Dirección General de Aeronáutica Civil señaló que las quejas contra las líneas aéreas por las deficiencias en la prestación de servicios presentó un aumento del 3.2 por ciento en el 2015. Como ven, el problema es recurrente y ocurre en todas las épocas del año e involucra a todas las aerolíneas y cada año sigue creciendo.

Cabe señalar que se desconoce la cantidad real de pasajeros afectados por las demoras o cancelaciones debido a que muchos de ellos no realizan su denuncia porque simple y sencillamente desconocen sus derechos, así como las causas o las razones por las que sus vuelos son demorados o cancelados; por tanto, el consumidor se encuentra en un estado de indefensión permanente ante las líneas aéreas. La impuntualidad de las líneas aéreas se ha vuelto una costumbre en nuestro país, esta no es vigilada y no es sancionada de manera adecuada, teniendo como consecuencia demoras y cancelaciones.

No sólo eso, insisto, las afectaciones a un consumidor por un servicio retrasado y las indemnizaciones no han sido contempladas en su justa dimensión, los daños y perjuicios ocasionados a los ciudadanos han provocado caída en negocios y pérdida de empleos, entre otros factores que provocan el no llegar a tiempo o simple y sencillamente no llegar.

De acuerdo con las directrices de las Naciones Unidas para la Protección al Consumidor, los gobiernos deben hacer todo lo posible para que los consumidores obtengan el máximo beneficio por sus recursos económicos; eso es lo que de fondo se busca el día de hoy aquí con este dictamen, que los consumidores tengan el máximo beneficio por su dinero, que se respeten sus derechos, dejando claro que ello también conlleva obligaciones.

Por tales motivos aplaudimos y nos sumamos a la aprobación de este dictamen. Estos cambios llenan lagunas existentes y serán en beneficio de los derechos de los consumidores a quienes debemos defender. Es cuanto, señora presidenta. Gracias.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Waldo Fernández. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, el diputado Miguel Ángel Salim Alle.

El diputado Miguel Ángel Salim Alle:Muy buenas tardes, compañeras y compañeros diputados. Un poco demorada la iniciativa, pero la sacamos. Una iniciativa que tenía ya más de dos o tres Legislaturas que no había podido salir, en el tema de los vuelos demorados.

El pasado 13 de diciembre presenté a esta soberanía, junto con el diputado Jorge Dávila, una iniciativa en materia de puntualidad aérea cuyo objetivo central era ampliar los derechos de los pasajeros y regular de manera más justa el tema de los vuelos demorados que tanto padecen millones de usuarios de aerolíneas nacionales.

Desde aquel día recibimos miles de mensajes de respaldo a la propuesta, y escuchar que tanta gente compartía el reclamo sobre los vuelos demorados, por tanto defendimos el asunto en reuniones en la Comisión de Transportes, de Economía, de Turismo, en la Profeco y también en la de Comunicaciones y Transportes.

De esta manera, en el dictamen que hoy se presenta por parte de la Comisión de Economía, se propone reformar la Ley de Protección al Consumidor para establecer lo siguiente:

Primero. Que las aerolíneas informen a los pasajeros, a través de medios electrónicos en el área de abordaje y en los módulos de atención al pasajero, las razones que originen la demora, así como poner a disposición del pasajero toda la información para la presentación de quejas o denuncias, de conformidad con los lineamientos que establece la Profeco.

Segundo. Que las aerolíneas deberán informar a los consumidores, al momento de la compra del boleto y en los módulos de atención al pasajero, a cerca de los términos y condiciones del servicio, políticas de compensación y el listado de los derechos de los pasajeros a los que se refiere la Ley de Aviación.

Y, por último, este listado de derechos deberá estar disponible en mostradores centrales de reserva y a bordo de las aeronaves en cada una de las sillas de los pasajeros a través de un folleto.

Compañeras y compañeros, sabemos que estos cambios no son suficientes, pero es un primer paso y un importante avance en la regulación adecuada de un sector fundamental para la economía y en defensa de millones de usuarios que desde hace años han visto cómo se deteriora la calidad del servicio sin que la autoridad intervenga en la regulación, en el bien público como en el espacio aéreo.

Por primera vez y después de muchas iniciativas presentadas en esta Legislatura en la materia es que los diferentes grupos parlamentaros nos pusimos de acuerdo para impulsar un paquete de reformas a favor de los derechos de los usuarios del transporte aéreo. Este paquete se integra por este dictamen de Economía y por el dictamen de la Comisión de Transporte que regula servicios como la sobreventa de boletos, la falta de accesibilidad plena para las personas con discapacidad, equipaje de mano y documentado, y las sanciones por demoras, algo que hasta el día de hoy no existía en nuestra legislación.

Antes de terminar quiero agradecerles a los vicecoordinadores: al vicecoordinador Jorge Carlos Ramírez Marín, del Partido Revolucionario Institucional, por ese apoyo incondicional para sacar esta iniciativa; y, por supuesto, a nuestro vicecoordinador Federico Döring, también por su apoyo incondicional, y asimismo a todos los miembros de la comisión; al presidente de la Comisión de Economía, a nuestro compañero diputado Jorge Dávila; sin todos ellos no hubiera sido posible sacar esta iniciativa.

Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Parlamentario del PAN votará a favor del presente dictamen pues tendrá un impacto positivo en la competitividad de un sector tan importante como es la industria aérea. Por fin, amigas y amigos, hoy sí podemos decir que los vuelos demorados ya llegaron a su fin. Muchas gracias. Es cuanto, señora presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias diputado Salim. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del PRI, tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, el diputado Juan Antonio Ixtlahuac Orihuela.

El diputado Juan Antonio Ixtlahuac Orihuela:Con el permiso de la Presidencia. Compañeros diputados y compañeras diputadas. Sentenciaba Platón: la peor de las injusticias, es la justicia simulada.

Nuestro coordinador César Camacho ha señalado que los derechos políticos, las garantías, se tienen que robustecer y jamás se tienen que adelgazar. Por eso hoy asistimos a esta convocatoria de la discusión de este dictamen tan importante, convocados por la Comisión de Economía, convocados por la adenda del artículo 65 Ter y del artículo 65 Ter 1.

Asistimos convocados por los grupos parlamentarios en una importante discusión que se ha dado en el seno de las Comisiones de Transportes y de Economía. Asistimos convocados por el impostergable sentimiento de los ciudadanos, de los consumidores de las aerolíneas y del transporte aéreo nacional.

Es importante decir que para la discusión de este dictamen debemos observar datos que son importantes, y tener muy claro la importancia toral de la discusión de este dictamen.

Primero, que en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México operan 26 líneas aéreas de pasajeros nacionales e internacionales, y 12 aerolíneas de carga.

Y también debemos decir que sus quejas aumentaron en un 42 por ciento en el año 2016. También es importante señalar que las aerolíneas nacionales e internacionales movilizaron en México a más de 80 millones de pasajeros en el año 2016.

El Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional se suma a este importante dictamen, lo hace suyo porque propone crear una nueva cultura de respeto a los derechos de los usuarios del servicio de transporte aéreo al considerarlo un gran avance en esta dinámica de transportación que está creciendo en nuestro país.

Los priistas nos ponemos una vez más del lado de la sociedad. No sin exhortar al mismo tiempo a las empresas aéreas para que se apeguen a la normatividad y que se esfuercen por cumplir y mantener el lugar y la confianza de todos los usuarios nacionales.

Es importante señalar que esta propuesta establece que las aerolíneas informen a los pasajeros a través de medios electrónicos y el área de abordaje, otorgar mayores herramientas a la Profeco para sancionar a las aerolíneas que vulneren los derechos de los pasajeros.

De igual manera, nuestro grupo parlamentario se pronuncia en favor de dar una solución al problema que se ha vuelto cada vez más recurrente y constante, que es el servicio de la transportación aérea. Es tiempo, compañeros y compañeras diputadas, de darle su lugar a los derechos de los usuarios de las líneas aéreas en el marco de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Este dictamen, compañeros diputados, no sólo reivindica las virtudes y compromisos del legislador, del diputado con el pueblo, sino engrosa la justicia y proyecta la legislación garantista de la nueva época, del nuevo México, de las nuevas leyes que necesitamos en nuestra patria y en nuestro país.

El triunfo de esta discusión nos remite a un México más competitivo, nos remite a un México más democrático, nos remite a un México más justo. Democrático porque se logra lo que se quiere, justo porque se logra lo que se debe.

Con la democracia, el pueblo ha sido complacido, con la justicia simple y sencillamente el pueblo ha sido respetado. Es tiempo de construir el porvenir de nuestra patria. Que este dictamen sea para el provecho de la nación. Muchas gracias.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Juan Antonio Ixtlahuac. Agotada la lista de oradores, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutido en lo general.

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Suficientemente discutido en lo general.

Esta Presidencia informa que, de conformidad con el artículo 109 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se han reservado para su discusión en lo particular los siguientes artículos: los artículos 65 Ter y 92 Ter de la Ley Federal de Protección al Consumidor, por parte del diputado Juan Romero Tenorio.

Se pide a la Secretaría, abra el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general, y en lo particular de los artículos no reservados, con las modificaciones aceptadas por la asamblea.

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general, y en lo particular de los artículos no reservados, con la modificación aceptada por la asamblea.

(Votación)

¿Falta algún diputado o diputada por emitir su voto? Está abierto el sistema. ¿Alguna diputada o diputado que falte de emitir su voto? Sigue abierto el sistema. ¿Alguna diputada o diputado que falte de emitir su voto? Ciérrese el sistema electrónico de votación. Se emitieron 408 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones, presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobado en lo general y en lo particular, por unanimidad, los artículos no reservados, por 408 votos.

De conformidad con el artículo 110 del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene la palabra, por tres minutos, el diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar propuesta de reforma y adición a los artículos 65 Ter y 92 Ter de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

El diputado Juan Romero Tenorio:Con venia de la Presidencia. Diputadas, la propuesta de reserva que se presenta a dos disposiciones de esta reforma, va en el mismo sentido de las reservas que se rechazaron en la Ley de Aviación. Es de establecer el mecanismo para que las administradoras de aeropuertos también sean responsables en el caso de demora de los vuelos que uno programa en su itinerario de trabajo.

Estamos proponiendo, en el artículo 65 Ter, que también se hagan responsables las administradoras de aeropuertos y de líneas aéreas, en el caso de demora. Esto con la finalidad de establecer un procedimiento donde las administradoras asuman esa parte de responsabilidad que no corresponde a las líneas aéreas.

También se subraya, y esto para facilitar a los usuarios de líneas áreas, el procedimiento de información y de presentación de quejas, que se pondrá a disposición del pasajero el acceso a la información de la causa que genera el retraso.

No dejarle la carga al pasajero cuando se demore el avión y estar investigando si es la línea o es la administradora, es un derecho a la información que se consolida al usuario de las líneas aéreas, que en forma fácil vía electrónica acceda a las causas de la demora, de esta forma tendrá la información básica para presentar su quejan, queja que podrá presentar, ya sea en el mismo lugar del aeropuerto o a través de línea en el sitio de Internet de la aerolínea o de la administradora del aeropuerto.

La reserva del artículo 92 ter, igualmente se reafirma. La bonificación en caso de demora no solamente debe recaer en la aerolínea, también debe caer en las administradoras de aeropuerto.

Por eso, complementando la propuesta que se va a aprobar, es que también las administradoras de aeropuerto, cuando sea su responsabilidad, bonifiquen al pasajero el monto que establece esta Ley de Protección al Consumidor. De esta forma vamos cerrando el círculo de responsables y no somos omisos en dejar sin regular una parte del servicio aeroportuario, que generalmente se justifica o usan de justificación de que hay tráfico aéreo o de que no hay pista de aterrizaje o no hay andén en donde desciendan los pasajeros, y no solamente es que se retrase el avión, a veces el usuario tarda media hora, una hora arriba del avión en lo que le asignan el puerto de bajada de los pasajeros. Esa responsabilidad de los administradores de aeropuertos, no de las aerolíneas.

Tenemos que cerrar este círculo de responsabilidad, no solamente basta con sancionar a las aerolíneas, hay que establecer un procedimiento que dé pauta y dé paso para que las administradoras de aeropuertos también sean responsables.

En esto consisten las dos reservas, esperamos contar con su apoyo. Es cuanto, señora presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Juan Romero Tenorio. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite a discusión.

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si se admite a discusión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Presidenta, mayoría por la negativa.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Se desecha y se reserva para su votación nominal en conjunto, en los términos del dictamen.

Se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación de los artículos 65 Ter y 92 Ter, en los términos del dictamen modificado.

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:Por instrucciones de la Presidencia, háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación de los artículos reservados en términos del dictamen modificado y aceptado.

(Votación)

¿Falta algún diputado que falte de emitir su voto? Sigue abierto el sistema. ¿Alguna diputada o diputado que falte de emitir su voto? Ciérrese el sistema electrónico. De viva voz, diputada...

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Laura Esquivel.

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez:Laura Esquivel.

La diputada Laura Beatriz Esquivel Valdés (desde la curul): En contra.

La secretaria diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez: En contra. ¿Algún otro diputado o diputada que haya faltado de emitir su voto? Se emitieron 338 votos a favor, 5 abstenciones y 55 votos en contra, presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobados los artículos 65 Ter y 92 Ter, con las modificaciones del dictamen, por 338 votos a favor.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Pase al Senado para sus efectos constitucionales.



LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), se adiciona un inciso y) a la fracción III y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera.

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: «Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), se adiciona el y) a la fracción III del artículo 7, y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera.

Esta comisión legislativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, numeral 2, fracción XXII, y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 68, 80, numeral 1, fracción II, 82, numeral 1, 85, numeral 1, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se abocó al estudio y discusión del proyecto de iniciativa que se menciona, y conforme a las consideraciones y a la votación que realizaron los integrantes de esta Comisión Legislativa, somete a consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente

DICTAMEN

I. ANTECEDENTES

PRIMERO. El 13 de julio de 2016, el diputado Alfredo Javier Rodríguez Dávila, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentó la iniciativa de decreto que deroga el numeral II y adiciona el inciso y) al numeral III del artículo 7o. de la Ley de Inversión Extranjera.

SEGUNDO. El 13 de julio 2016, el Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente turnó la propuesta a la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, para dictamen.

TERCERO. El 18 de julio de 2016, la Comisión de Economía recibió, mediante oficio CP2R1A.-2043, la iniciativa en comento.

CUARTO. El 23 de septiembre de 2016, mediante oficio D.G.P.L.63.II-1-1217, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados autorizó a la Comisión de Economía prórroga para que se dictaminara la iniciativa en comento.

II. OBJETO DE LA INICIATIVA

La iniciativa tiene por objeto reformar la Ley de Inversión Extranjera para eliminar el límite de 25% a la participación de inversión extranjera en el transporte aéreo nacional, transporte en aerotaxi y transporte aéreo especializado, y aumentar dicho límite al 49%.

III. CONSIDERACIONES

PRIMERA. De conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión es competente para conocer la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera.

SEGUNDA. La Comisión que dictamina coincide con el objetivo que persigue la iniciativa en análisis, para que el límite en la participación de inversión extranjera en el transporte aéreo nacional, transporte en aerotaxi y transporte aéreo especializado pueda aumentar al 49%, considerando que México es uno de los países que restringe en mayor medida la inversión extranjera en esos rubros.

TERCERA. Que en la actualidad, el artículo 7o. de la Ley de Inversión Extranjera, establece que los extranjeros podrán participar hasta en un 25% en las siguientes actividades:

a) Transporte aéreo nacional;

b) Transporte en aerotaxi; y

c) Transporte aéreo especializado.

CUARTA. Que es perceptible que los participantes en el sector del transporte aéreo nacional propugnan por la posibilidad de permitir mayor inversión extranjera en el sector –y que en la actualidad se ven obligados a recurrir a complejos esquemas jurídicos para hacerse de más recursos exteriores–.

Para contextualizar, otras economías nacionales similares a la mexicana (incluso de menor tamaño) han optado por abrir el sector a la inversión a efecto de tener mayores beneficios y brindar un mejor servicio con costos menores, entonces la motivación proteccionista que a inicios de la década de los noventas dio lugar a fijar un máximo de 25 por ciento resulta hoy –casi 23 años después– anacrónica y poco conveniente para el sector en particular, y para la economía nacional, en general. El límite actual vigente puede considerarse, incluso, como un factor que entorpece el crecimiento de las empresas nacionales, las cuales, no obstante, han mostrado resultados positivos en los últimos años.

QUINTA. En comparación con otras economías latinoamericanas (que comparten rasgos con la mexicana), únicamente Brasil presenta una legislación más rígida que México, la nación sudamericana permite hasta el 20 por ciento de la inversión extranjera en el transporte aéreo. Por su parte, Argentina, Chile, Colombia, Costa Rica y Ecuador no presentan restricciones, mientras que países como Perú y Honduras establecen un tope de hasta 49 por ciento.

SEXTA. Es importante reconocer que por las dimensiones de las empresas mexicanas de transporte aéreo, en comparación con otras en Norteamérica y Europa, y las características particulares del mercado nacional, se estima conveniente que sigan siendo los inversores mexicanos los que tengan la mayoría de los votos en la toma de decisiones. Por tanto, esta iniciativa propone fijar un nuevo límite de inversión extranjera para el sector en 49 por ciento.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, los integrantes de la Comisión Economía de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión que hacen suyas las consideraciones del diputado promovente y se permiten someter a la consideración de esta Honorable Asamblea, la aprobación del siguiente proyecto de:

Decreto por el que se reforman los incisos w) y x), y se adiciona un inciso y) a la fracción III, del artículo 7o., y se deroga la fracción II del artículo 7o. de la Ley de Inversión Extranjera.

ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma los incisos w) y x), y se adiciona un inciso y) a la fracción III, del artículo 7o; Se deroga la fracción II del artículo 7o. de la Ley de Inversión Extranjera, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 7o. ...

I. ...

II. Se deroga.

a) Se deroga.

b) Se deroga.

c) Se deroga.

III. ...

a) a v) ...

w)Suministro de combustibles y lubricantes para embarcaciones y aeronaves y equipo ferroviario;

x) Radiodifusión. Dentro de este máximo de inversión extranjera se estará a la reciprocidad que exista en el país en el que se encuentre constituido el inversionista o el agente económico que controle en última instancia a éste, directa o indirectamente, y

y) Transporte aéreo nacional, transporte en aerotaxi y transporte aéreo especializado.

IV. ...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la sala de la Comisión de Economía de la H. Cámara de Diputados, a los ocho días del mes de diciembre de 2016.

La Comisión de Economía, diputados:Jorge Enrique Dávila Flores (rúbrica), presidente; Antonio Tarek Abdala Saad (rúbrica), Tristán Manuel Canales Najjar (rúbrica), Juan Manuel Cavazos Balderas (rúbrica), Juan Antonio Ixtlahuac Orihuela (rúbrica), Esdras Romero Vega (rúbrica), Juan Alberto Blanco Zaldívar (rúbrica), Miguel Ángel Salim Alle (rúbrica), Lluvia Flores Sonduk, Armando Soto Espino (rúbrica), Lorena Corona Valdés (rúbrica), Jesús Serrano Lora (rúbrica), Carlos Lomelí Bolaños (rúbrica), secretarios; Lorena del Carmen Alfaro García (rúbrica), Claudia Edith Anaya Mota (rúbrica en contra), Luis Fernando Antero Valle, Alma Lucía Arzaluz Alonso, Carmen Victoria Campa Almaral (rúbrica), Jesús Ricardo Canavati Tafich (rúbrica), Gerardo Gabriel Cuanalo Santos (rúbrica), Ricardo del Rivero Martínez (rúbrica), Waldo González Fernández (rúbrica), Ricardo David García Portilla (rúbrica), Miguel Ángel González Salum (rúbrica), Carlos Iriarte Mercado (rúbrica), Alejandro Juraidini Villaseñor (rúbrica), Vidal Llerenas Morales, René Mandujano Tinajero (rúbrica), Fernando Uriarte Zazueta (rúbrica).»

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Toda vez que este dictamen ya fue fundamentado por la comisión y esta presentó propuesta de modificación, consulte la Secretaría a la asamblea si se aceptan las modificaciones propuestas a nombre de la comisión.

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: Por instrucciones de la Presidencia, se pregunta a la asamblea si se aprueban las modificaciones propuestas a nombre de la comisión. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: En consecuencia, está a discusión en lo general con las modificaciones propuestas por la comisión y aceptadas por la asamblea. De conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se han registrado para fijar la posición de su grupo parlamentario, diputadas y diputados, quienes harán uso de la palabra por cinco minutos cada uno.

Por el Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, tiene el uso de la voz el diputado Gonzalo Guízar Valladares.

El diputado Gonzalo Guízar Valladares:Muchas gracias, diputada presidenta. Sin duda que la mejor forma de impartir justicia a un pueblo es que este tenga un desarrollo económico, un desarrollo integral.

La mejor forma de socializar la riqueza es con un mercado regulado, sin duda, a través del mercado, pero con un mercado regulado, es una concepción y es una parte muy convincente de los documentos básicos del Partido Encuentro Social. Y hoy hablamos precisamente de la Ley de Inversión Extranjera, una ley que anteriormente permitía hasta un 25 por ciento en las líneas nacionales aéreas, en los aerotaxis y otros modos de transporte aéreo, regulares, no regulares.

En ese sentido, se pretende incrementar que la inversión extranjera llegue hasta un 49 por ciento. Es decir, que no se pierda la rectoría en la toma de decisiones de los inversionistas nacionales.

Es un tema sobre todo y desde luego polémico, pero además de cierta manera protegiendo los intereses de los empresarios en este rubro tan importante y estratégico de la economía.

También hay que reconocer que la inversión extranjera en este país ha ido cambiando efectivamente, como lo marca el dictamen de la comisión, de manera cualitativa no solamente en adquisición de bienes públicos, sino ahora en la intervención de algunos sectores de la producción, de la vida productiva del país que esto genera empleos, genera riqueza y desde luego el anhelo de todo tipo de inversión; para Encuentro Social, debe repercutir en mejores empleos bien remunerados y para eso es la regulación del Estado ante el mercado.

Por eso nosotros vamos a favor de este dictamen. Consideramos que tiene elementos importantes, tiene factores comparados con algunos otros países de América Latina, excepto Brasil; pero sí Chile, sí Argentina, que incluso han liberado en estos rubros de inversión extranjera su mercado. No hay límite para inversión extranjera.

Aquí estamos nosotros permitiéndole, con el acuerdo y consenso de la mayoría, que llegue a un 49 por ciento. Creo que esto son algunas voces en los 80. Si tenemos memoria, era precisamente lo que se peleaba en materia de inversión extranjera sobre todo en lo energético y en algunos otros conceptos de la producción, en otros rubros, que no podía darse el 51 por ciento porque se perdía la rectoría precisamente en la toma de decisiones de los inversionistas nacionales.

Es una forma de protección que es correcta y se llegó por eso al 49 por ciento. Así quedó. Eran las voces de los 80 que de manera muy correcta —diría yo—, muy convincente peleaban hasta un 49 por ciento y no más. Que lo correcto era aceptar un 49 por ciento.

El día de hoy estamos nosotros reformando esta Ley de Inversión Extranjera para llegar al 49 por ciento, lo cual nos va a permitir, desde luego, incrementar la inversión extranjera directa que es necesaria en un país, hoy, donde por supuesto es discutible, no podemos nosotros cerrarnos a la globalización.

La inversión extranjera en ese tipo de empresas, sobre todo que los mismos empresarios así lo piden, tener acceso a dinero limpio, desde luego, dinero que les permita ser autofinanciables y más competitivos. Esto sin duda va concatenado con la iniciativa de exigirles a las empresas aeronáuticas un mejor servicio y mayor penalización en los momentos de no cumplir con los plazos de vuelos en horarios puntuales; ya les damos la cerrada y los estamos obligando a ser más eficientes y más eficaces, y protegiendo, desde luego, al consumidor, al ciudadano, que es lo que nos debe de interesar a nosotros.

En este caso estamos permitiendo la otra parte al empresario, dándole acceso a recursos para que puedan tener mayor planta productiva, mayor capacidad de servicios y desde luego, generar mayores y mejores empleos. Es cuanto, diputada presidenta, muchas gracias.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Gonzalo Guízar. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, el diputado Francisco Javier Pinto Torres.

El diputado Francisco Javier Pinto Torres:Con el permiso de la presidencia. Compañeras y compañeros diputados. En esta ocasión me refiero al dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley de Inversión Extranjera, con la finalidad de incrementar el monto de participación de inversión extranjera en el transporte aéreo.

La Ley de Inversión Extranjera tiene como objeto la determinación de reglas para canalizar la inversión extranjera hacia el país y proporcionar que esta contribuya a lo que todos queremos: el desarrollo nacional.

El texto vigente de la ley establece los porcentajes de inversión extranjera en los servicios de transporte aéreo nacional, transporte de los taxis y transporte aéreo especializado, señalando que esto pudiera ser hasta un 25 por ciento de la inversión.

En este aspecto la ley mexicana es de las más restrictivas de América Latina, superada únicamente por Brasil, que permite hasta el 20 por ciento de la inversión en el transporte aéreo.

Países como Argentina, como Chile, como Colombia, Costa Rica o Ecuador no presentan ninguna restricción al respecto, mientras que otros países, como Perú y Honduras, establecen un tope hasta del 49 por ciento.

En vista de lo anterior, quienes participan en el sector del transporte aéreo nacional han buscado ampliar ese porcentaje para la inversión extranjera, obviamente en este sector, ya que es muy complejo mejorar los servicios si no cuentan con mayores recursos.

En Nueva Alianza consideramos que la economía de mercado es la manera más eficiente para organizar las relaciones económicas. Precisamente, por esta razón coincidimos con la percepción de que es necesario incorporar nuevos parámetros para la inversión extranjera en el sector del transporte aéreo.

De acuerdo con cifras de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes las aerolíneas nacionales e internacionales que operan en México movilizaron tan sólo en el 2016 un poco más de 80 millones de personas.

A pesar de lo anterior, de acuerdo con la Secretaría General de la OCDE, nuestro país enfrenta el reto de incrementar la conectividad y competencia en vuelos locales, que se traduzca en tarifas más bajas; quienes venimos de ciudades o de estados pequeños en donde tenemos a una sola aerolínea, nos podrán constatar que eso es algo real, porque no hay competencia. A las personas que nos están viendo en el Canal del Congreso y viven en una localidad pequeña como es la mía, Colima, indudablemente darán fe de eso.

Entonces es necesario invertirle y es necesario que las aerolíneas nacionales le inviertan, y obviamente poder abrir a todo esta inversión, la inversión extranjera. Para ello es imprescindible —decíamos— modificar y ampliar la participación de inversionistas que depositen en México, en nuestro México, su industria aérea y su confianza.

Ante la situación económica internacional y las adversidades a que se enfrenta nuestro país, es preciso ser más audaces y demostrar que las puertas de nuestra nación están abiertas al mundo.

Diversificar nuestra industria implica también abrirla a una mayor participación extranjera. Debido a las dimensiones de las empresas mexicanas, de transporte aéreo que es el tema que nos refiere en esta ocasión, se estima conveniente que sigan siendo los inversores mexicanos quienes tengan la mayoría de votos en la toma de decisiones.

Consideramos que es preciso que se incremente la participación de inversión extranjera para este sector y que de este modo podamos hacer más competitiva a nuestra industria. México es confiable y, por ello, está abierto al mundo tendiendo puentes, no muros, para el crecimiento de todos los mexicanos. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, señora presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Pinto Torres. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Jorge Álvarez Maynez.

El diputado Jorge Álvarez Maynez:Con su permiso, presidenta. No es casualidad que estemos discutiendo esta minuta que viene del Senado, este dictamen, el mismo día que discutimos diversos dictámenes sobre derechos de usuarios de aerolíneas. Nos metieron el caballo de Troya, y es una fórmula que ya tiene muy ensayada el PRI.

Incluso no es casualidad que haya una agenda mediática del PRI hoy promoviendo el tema de derechos de usuarios de aerolíneas, sí, tratando de ocultar esta iniciativa, esta minuta del Senado, que incluso se aprueba en la hora menos mediática de esta Cámara de Diputados, ya al final de la sesión, ya cuando varios de los compañeros reporteros mandaron sus informes.

Y que esta iniciativa encaja en un artículo que escribió esta semana uno de nuestros compañeros, un parlamentario al que muchos admiramos más allá de posturas partidistas, Agustín Basave, que describía la realidad del Poder Legislativo en México. Y en una de sus categorías decía que este Poder Legislativo hace trajes a la medida, que ese era uno de sus vicios.

Lo que nosotros vamos a votar es un traje a la medida de un tema que ya negociaron las aerolíneas con sus contrapartes no en el mundo, sino en Estados Unidos. No vamos a invitar a la inversión extranjera a las grandes aerolíneas del mundo, a las que mejores prácticas tienen, a las que mejores estándares de calidad tienen, que en un 90 por ciento son asiáticas. La inmensa mayoría de las aerolíneas con mejores prácticas son asiáticas, les siguen algunas europeas, las menos; y las que van a venir a invertir son las peores.

Todos y todas ustedes vieron el caso de United, que se hizo famoso, viral en las redes sociales hace unos días. Va a venir Delta, que ya cerró una negociación con Aeroméxico. Va a venir Continental, que ya hizo una negociación con Aeromar. Y no va a haber nueva oferta para vuelos locales, sino que nos van a seguir mandando los desechos. Siempre que se les promete a los mexicanos que una apertura a la inversión extranjera los va a beneficiar, los traicionan.

Tuvimos el último ejemplo con la reforma energética, que aquí no se cansaron de jactarse el PRI y el PAN de que la reforma energética nos iba a dar mejores condiciones para enfrentarnos al mundo, mejores precios en las gasolinas para los mexicanos, y nos salió el tiro por la culata. Nunca había estado tan cara la gasolina, nunca habían estado tan caros los insumos en materia de gas, de electrificación para los mexicanos.

Por eso Movimiento Ciudadano no va a avalar esta reforma, porque es un traje a la medida. No va a haber nuevas ofertas, no van a mejorar las condiciones para los usuarios. Lo que acabamos de votar hace unos minutos no le incluye una nueva obligación a las aerolíneas, por eso las aceptaron. Todos esos derechos que mencionamos son reiterativos, ya estaban en la ley, ya se desprendían de los derechos que tenían los consumidores y si iban a un módulo de Profeco se los iban a hacer valer a cualquier consumidor que fuera a reclamar esos derechos que hoy supuestamente acabamos de votar.

Se pactó con las aerolíneas aprobar esos dizque derechos que son reiteraciones en la ley, para entregarles la inversión extranjeras como ellos la demandaron desde enero de este año. Las aerolíneas están legislando por nosotros y yo sé que la inmensa mayoría de los diputados no son parte de estas negociaciones, que las hacen los coordinadores parlamentarios, las burbujas de sus partidos, pero es bueno que se enteren de lo que están a punto de votar. Gracias, presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Álvarez Maynez. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Morena, tiene el uso de la palabra la diputada Concepción Villa González.

La diputada Concepción Villa González:Gracias, diputada presidenta. Compañeras, compañeros diputados, los que aún están y permanecen en su lugar.

El dictamen que hoy se discute recoge la propuesta de elevar del 25 hasta el 49 por ciento la participación de la inversión extranjera en aerolíneas nacionales; sin embargo, en el caso de la unión Delta-Aeroméxico, ese límite fue excedido ilegalmente hace tiempo.

De acuerdo con información de la Comisión de Economía de esta Cámara, el 10 de marzo de 2016 la empresa Delta Airlines adquirió 32 por ciento de las acciones representativas del capital social del Grupo Aeroméxico. Esa compra se hizo a través de una oferta pública de adquisición iniciada tanto por Delta como por Aeroméxico en la Bolsa Mexicana de Valores, el 18 de noviembre de 2015, para que la segunda línea aérea de Estados Unidos pudiera obtener hasta el 32 por ciento adicional de Aeroméxico, y de esta manera implicar su participación accionaria hasta 49 por ciento.

De ésta participaba con el 17 por ciento del Grupo Aeroméxico y con la compra de ese 32 adicional suman un 49 por ciento de las acciones de Aerolínea Mexicana. Esa participación supera el 41 por ciento de los empresarios mexicanos.

Delta Air Lines y Aeroméxico esperan operar a mediados de este año como una sola aerolínea después del acuerdo de cooperación conjunta que suscribieron, el cual ha sido avalado por las autoridades correspondientes, el Departamento de Transporte de Estados Unidos y la Comisión Federal de Competencia Económica de México.

Por su parte, la Cofece notificó la autorización para continuar con el proceso de acuerdo de colaboración conjunta entre Delta Air Lines y Aeroméxico. Se prevé que la decisión de la comisión sea pública antes del 17 de mayo, de vencimiento de la autorización para la alianza profunda establecida para operar entre Estados Unidos y México y que fue el paso previo a la venta de acciones.

Esta nueva unión Aeroméxico-Delta concentrará el 24 por ciento del mercado de ambos países. El porcentaje restante corresponde a las líneas aéreas extranjeras.

Las primeras aerolíneas beneficiadas serían Aeroméxico, Aeromar. La primera, como vimos, ha anunciado desde 2015 la intención de Delta Air Lines por adquirir al máximo el porcentaje posible de la mexicana.

Lo mismo ocurre con Grupo Synergy, socio mayoritario de Aviacsa, que ha firmado desde entonces su firme intención de adquirir el 49 por ciento de la aerolínea regional mexicana Aeromar. Este movimiento supone una inversión de 100 millones de dólares.

Desde esta tribuna, el Grupo Parlamentario de Morena exige acatamiento al Poder Legislativo, único con la atribución de modificar las leyes y en particular la que hoy discutimos, la Ley de Inversión Extranjera, que ha sido violentada de manera flagrante.

Asimismo, también la Comisión de Competencia Económica, a que entregue, a la brevedad, a esta Cámara de Diputados una opinión amplia y fundada acerca de los efectos que tendrían en la democratización del capital y en la preponderancia en el mercado aeronáutico.

Los cambios que hoy se proponen a la Ley de la Inversión Extranjera, en general, y a las alianzas entre Aeroméxico y Delta, Aeromar y Aviacsa y otros casos que destaquen en particular. En consecuencia, demandamos, respetuosamente, a este pleno, que este dictamen sea votado en contra. Gracias, por su atención.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Villa González. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, tiene el uso de la palabra la diputada Lorena Corona Valdés.

La diputada Lorena Corona Valdés:Con la venia de la Presidencia. México se ubica entre los países en desarrollo con más captación de inversión extranjera directa.

Según el informe sobre las inversiones en el mundo 2016, de la ONU, ocupamos el decimoquinto lugar con más flujos entrantes de inversión extranjera mundial y en América Latina ocupamos el segundo lugar.

La inversión extranjera es un factor que tiene efectos diversos que contribuyen al desarrollo del país, no como lo mencionó la diputada que me antecedió en la palabra, ya que permite la estabilidad de variables macroeconómicas, la modernización de empresas nacionales y extranjeras, así como la generación de empleos y, por lo tanto, fortalecimiento del mercado interno.

La inversión extranjera directa refleja la importancia de un segmento de la economía mexicana como parte de las estrategias globales de empresas extranjeras. Actualmente, los sectores que reciben inversión extranjera importante, son la industria financiera, la automotriz, el sector energético y el sector electrónico.

Sin embargo, dado el escenario económico necesitamos diversificar la atracción de recursos económicos del exterior. No podemos soslayar que la economía mexicana ha transitado por significativos cambios estructurales, pues pasamos de una inversión extranjera donde predominó la compra de activos públicos a través de procesos de privatización, a un creciente flujo de inversión extranjera directa para aumentar la capacidad productiva a través de la adquisición de activos fijos privados o la generación de nuevos activos.

En este contexto, la Ley de Inversión Extranjera es del 27 de diciembre de 1993, la cual establece únicamente un 25 por ciento como límite a la participación de inversión extranjera en el transporte aéreo nacional, aerotaxi y transporte aéreo especializado, por lo que en la Comisión de Economía aprobamos un dictamen para reforma y permitir que los extranjeros puedan participar hasta un 49 por ciento.

Esta reforma tiende, principalmente, a que en 23 años la economía tanto nacional como internacional ha cambiado sustancialmente y en la actualidad constituye una limitante al desarrollo y competencia en el transporte aéreo en comparación con otros países, como ya también lo dijeron, con excepción de Brasil, Argentina, Chile, Colombia, Costa Rica y Ecuador no presentan restricciones.

Las empresas del sector de transporte aéreo nacional ante los obstáculos que se le plantea a la legislación vigente, se han visto obligados a recurrir a esquemas jurídicos muy complejos para satisfacer sus necesidades de financiamiento.

Así pues, existe la necesidad de reformar la Ley de Inversión Extranjera, ya que al establecer diversas restricciones a la participación del capital no nacional en industrias específicas limita el acceso a fuentes de financiamiento productivo y disminuye el atractivo de nuestro país como destino de inversiones.

La reforma que hoy está a discusión traerá beneficios al sector transporte aéreo, pues no sólo incrementará las alianzas internacionales, sino que además permitirá que los proveedores de las aerolíneas nacionales puedan participar en el transporte aéreo, lo que fortalecerá la competitividad en el mercado y la reducción de costos operativos.

En nuestro país, tan sólo en el 2015 las aerolíneas nacionales lograron un crecimiento del 15 por ciento al pasar de 40 a 47 millones de pasajeros transportados del 2014 al 2015.

Con esta reforma se generará un alto potencial de crecimiento en el transporte aéreo nacional, por lo que el Grupo Parlamentario del Verde Ecologista de México votará a favor del dictamen en discusión. Es cuanto, señora presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Lorena Corona. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del PRD, tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, la diputada Lluvia Flores Sonduk.

La diputada Lluvia Flores Sonduk:Con su permiso, señora presidenta. Gracias a los medios de comunicación que transmiten el día de hoy al pueblo de México. El dictamen que se nos presenta el día de hoy representa la culminación de un proyecto económico impulsado en 1988, cuando en obediencia a los dictados del Consejo de Washington se inició la privatización de la aviación mexicana, señoras y señores.

La privatización del sector de aviación en México se vendió con la promesa de prosperidad y mejora de los servicios y abaratamiento de costos y precios en los vuelos. Más de mil trabajadores de Mexicana de Aviación, además de quienes perdieron su trabajo con la privatización de aeropuertos, dan cuenta del costo laboral que tuvo la privatización en contraste de los beneficios que decían y prometían que traería la inversión extranjera.

Solamente unos cuantos se vieron beneficiados. Entre ellos, apellidos como Aspe, Azcárraga y Heredia; empresarios y políticos. La privatización que se emprendió no estuvo ausente de quienes consideraron el sector como un punto estratégico que tendría que poner límites claros que impidieran convertir la venta en un acto totalmente entreguista.

Si recordamos el caso de Cintra en 2004, o la propia quiebra de Mexicana en 2010, podemos identificar con claridad que el problema de la aviación mexicana en el marco de la privatización no se encuentra en la falta de inversión, sino en la política de desmantelamiento que ha sido clara en este sector. El favorecimiento de intereses comerciales y en la conversión del interés público del sector en acciones compensatorias con cargo al erario público.

Bien, sólo he citado algunos de los muchos ejemplos que esta comisión no se estudió, el dictamen no cita una metodología ni proporciona datos sobre la evolución del mercado de la aviación; es más, en dicho estudio debería considerarse la porción del mercado de transporte de pasajeros de carga que las empresas mexicanas cubren y de la importancia que juega el carácter compensatorio en la comunicación y transporte de mercancías en parte del sistema aeroportuario de México.

El estudio que presenta el dictamen señala, en el considerando segundo, que la necesidad de incrementar la participación extranjera, se pretende fundar en el argumento de que México es de los países que restringe dicha inversión, sin ofrecernos un análisis de las causas que dieron origen a tales restricciones y sin presentar evidencia contrario a los hechos que se han expuesto aquí, que estuviéramos en condiciones para ampliar dicha inversión.

En el quinto considerando señala el ejemplo de Brasil como uno de los países que ha restringido la inversión extranjera. Efectivamente, Brasil ha sido de los países que han restringido la inversión extranjera, pero también lo que no se dice es que Brasil ha producido piezas de aviones, ha producido aviones y también participa en la aeronáutica espacial.

En nuestro grupo parlamentario consideramos que aprobar un dictamen que no emite un análisis profundo que demuestre sin duda que el objeto de una iniciativa en efecto resuelve un problema de una realidad social económica de nuestro país sería incorrecto, pero sobre todo cuando los hechos demuestran la puesta en marcha de una política pública que lejos de traer beneficios se convirtió en un proyecto que sólo ha favorecido a unos cuantos.

Ahora, frente a la evidencia que demuestra que una mayor inversión extranjera se convierte en una actual integración subordinada con Estados Unidos, es una abrumadora dependencia a los Estados Unidos como en otros temas, como ha ocurrido con el sistema y el sector energético.

Los directivos de las principales aerolíneas están en todo su derecho de solicitar que estudiemos con claridad el tema de un incremento de la participación extranjera, pero las condiciones económicas y geopolíticas actuales en un proyecto privatizador que es a todas luces imperfecto, compañeras y compañeros, nos indican que hay que actuar con prudencia.

Por ello, en el Grupo Parlamentario del PRD su postura es muy clara y este dictamen, compañeras y compañeros, lo votaremos en contra. Es cuanto, compañera presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputada Lluvia Flores. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, tiene el uso de la palabra el diputado Ricardo del Rivero Martínez.

El diputado Ricardo del Rivero Martínez:Con su permiso, señora presidenta. Señoras y señores legisladores. El presente dictamen tiene como objetivo reformar la Ley de Inversión Extranjera para eliminar el límite del 25 por ciento a la participación extranjera en el transporte aéreo nacional, transporte de aerotaxis, transporte aéreo especializado y aumentar el límite a 49 por ciento.

La comisión que dictamina destaca que en México en esta materia es de los países que restringen en mayor medida la inversión extranjera. De igual forma, se señala que en la actualidad estas modalidades de transporte tienen que recurrir a complejos esquemas jurídicos para obtener recursos y que en otras economías similares a la mexicana, incluso de menor tamaño a la nuestra, se ha optado por abrir al sector de la inversión el efecto de tener mayores beneficios y brindar un mejor servicio a menores costos.

En consecuencia, en Acción Nacional consideramos apoyar el dictamen toda vez que es preciso aumentar el límite a 49 por ciento a fin de evitar barreras regulatorias que inhiban la inversión y frenen, deterioren el desarrollo de nuestro sector.

Debemos considerar las experiencias de otros países que restrinjan una mayor participación a la inversión extranjera en el sector de la aviación y que ha favorecido en el caso de Chile, Colombia, Costa Rica, y que tienen un sector más liberalizado en el que hay una restricción a la participación extranjera.

Hay casos como la Unión Europea en que existe una sana competencia entre sus miembros, y en lo que refiere a la inversión extranjera, no existen restricciones en cuanto a participación de extranjeros entre los países miembros. Hay un límite de 49 por ciento para los países no miembros.

Nos queda claro que la ley vigente en México limita el acceso a inversión extranjera para nuevas líneas aéreas, debido a que es un sector que requiere de fuertes impulsos económicos para hacer eficiente su operación.

Nuestro partido considera positivo el dictamen toda vez que el análisis, que nos queda claro, una mayor participación a la inversión extranjera permitirá mejorar a la aviación desde una perspectiva operacional y financiera que proporcionará un mayor margen al financiamiento y que apuntale al transporte aéreo, y que por último, generará condiciones para la integración de alianzas con inversionistas que permitan consolidar al sector y que los usuarios son los más favorecidos en este sector, con menores tarifas y mejores servicios.

No debemos perder de vista que la política de la aeronáutica debe de ser orientada a garantizar menores tarifas y mejores servicios que favorezcan a los consumidores y que por ende a la competencia y la eficiencia en los mercados en este importante sector para nuestro país. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, señora presidenta.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Ricardo del Rivero. Para fijar la postura del Grupo Parlamentario del PRI, tiene el uso de la palabra, por cinco minutos, el diputado Miguel Ángel González Salum.

El diputado Miguel Ángel González Salum:Muchas gracias, diputada presidenta. Compañeras y compañeros diputados. La fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional está a favor del presente dictamen porque fomenta la inversión, porque fomenta la competencia y porque fomenta la modernización en un sector clave de nuestra economía.

Y esto, finalmente, será en beneficio de los consumidores, será en beneficio del empleo y será en beneficio de la competitividad del país. En pocas palabras, es un dictamen que está a favor de la gente. Este dictamen también está a favor de una mayor inversión que genera a su vez un movimiento favorable en la economía.

La mayor inversión, asimismo, en el contexto de este dictamen, generará condiciones de competencia, que como ya lo expresé, será en beneficio de nuestra gente, de nuestros consumidores.

La inversión extranjera directa es aquella inversión que tiene como propósito crear un interés duradero y con fines económicos o empresariales a largo plazo por parte de un inversionista extranjero en el país receptor.

La literatura y evidencia empírica identifican a la inversión extranjera directa como un importante catalizador para el desarrollo, ya que tiene el potencial de generar empleo, incrementar el ahorro y la captación de divisas, estimular la competencia, incentivar la transferencia de nuevas tecnologías e impulsar las exportaciones, todo ello incidiendo positivamente en el ambiente productivo y competitivo de un país.

La economía mexicana ha transitado por significativos cambios estructurales, al menos desde finales de los años 80, destaca que la atracción de inversión extranjera directa ha sido funcional a la estrategia económica seguida y se ha convertido en uno de los pilares macroeconómicos para solventar el déficit en cuenta corriente.

Con pocas excepciones, desde finales de los años 90, la mayor parte de los sectores de la economía mexicana se encuentran abiertos al ingreso de la inversión extranjera directa. Y es desde esta perspectiva que la contribución de este tipo de inversión a la economía de nuestro país ha sido compleja, resultando en un factor importante para permitir la estabilidad en las variables macroeconómicas.

De igual forma, ha permitido una importante modernización de las empresas nacionales que han realizado diferentes tipos de fusiones y asociaciones con empresas extranjeras. México es el principal motor de la economía de América Latina ante el decrecimiento de otras naciones en esta región, y sigue atrayendo inversiones en distintos sectores, lo que demuestra, sin duda, la confianza que hay en el país.

Dado los flujos de inversión que hemos observado en el país en los últimos años, que suman alrededor de 120 mil millones de dólares de 2012 a 2016, esperamos que en este año 2017 el nivel de inversión extranjera directa sea de alrededor de los 25 mil millones de dólares, una cifra histórica para un inicio y para cinco años de sexenio, comparado con otros sexenios anteriores.

De esta forma, con la ampliación de esta capacidad de inversión extranjera en las líneas aéreas nacionales que hoy se discute, garantizaremos que puedan crecer las empresas mexicanas y en consecuencia ofrecer más rutas, más vuelos y tener una mayor competencia. Y todo esto, como ya se mencionó, en beneficio de los consumidores mexicanos.

En el Grupo Parlamentario del PRI estamos a favor de impulsar políticas que fomenten la inversión y generen nuevas oportunidades de crecimiento estable en nuestro país. Por lo anteriormente fundamentado, y con la finalidad de ampliar el margen de participación de inversión extranjera en el transporte aéreo, es que nuestra fracción parlamentaria se posiciona a favor del presente proyecto de decreto. Es cuanto. Muchas gracias.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Miguel Ángel González Salum. De conformidad con el artículo 144, numeral 1, fracción V, esta Presidencia informa que se ha registrado para la discusión en lo general el diputado Vidal Llerenas Morales, del Grupo Parlamentario de Morena, para hablar en contra. Tiene la palabra por tres minutos el diputado Vidal Llerenas Morales, para posicionar en contra.

El diputado Vidal Llerenas Morales:Con el permiso de la diputada presidenta. A ver, efectivamente es importante la inversión. Efectivamente la inversión extranjera directa, digamos, la que va a ir a actividades productivas, no la que va innecesariamente a actividades especulativas, es importante para el país. Eso no está a discusión.

El problema es que hay muchos temas aquí que no terminan por ser claros, va desde lo que se ha mencionado, de que efectivamente ya hay una compra de acciones de Aeroméxico por arriba de lo que la ley permite, no hay claridad si esta compra que aparentemente se da de cierto tipo de acciones, no de todas las acciones de control, es congruente con la Ley de Inversión Extranjera que estamos discutiendo y, sobre todo, cuál es la política del gobierno mexicano en materia de inversión.

Hoy la noticia que uno encuentra en las ediciones digitales de los periódicos de esta hora, es que el presidente de Estados Unidos vuelve a decir que el Tratado de Libre Comercio fue una tomadura de pelo, que es lo peor que le ha pasado a los Estados Unidos y que si no hay un cambio radical, Estados Unidos se va a salir del tratado.

Tenemos un país con el que comerciamos en la mayor parte de lo que hacemos, que tenemos una inversión directa importante y que es un país que no ha definido qué quiere hacer en su relación con México en materia comercial. Nos despertamos todos los días con noticias distintas de acuerdo con el ánimo de un presidente de los Estados Unidos, aquel que vino a invitación de Enrique Peña Nieto en la plena campaña electoral de los Estados Unidos, que no ha definido cuál y cuáles serán los términos de la negociación con México.

Ni siquiera se ha dado inicio al proceso de consultas del Tratado de Libre Comercio, del Congreso de los Estados Unidos, porque el gobierno de los Estados Unidos ni siquiera puede nombrar a sus principales funcionarios federales. Es un gobierno que es un desastre y que me parece a mí poco conveniente tomar medidas de apertura, como la que hoy se pide que se vote, sin tener claridad sobre cuáles van a ser los términos de la negociación comercial y económica con los Estados Unidos.

Parecería más inteligente, me parece, en todo caso condicionar estas facilidades que va a haber para que las líneas aéreas de los Estados Unidos inviertan en México, a que se mejore, se tenga claridad y se tengan propuestas claras de lo que se va a hacer en materia comercial. Me parece que es apostar a una apertura unilateral, sin exigir a la contraparte norteamericana que ya ponga las cartas sobre la mesa, y sobre todo que actúe con seriedad en la relación con México.

En ese sentido no nos parece pertinente votar una minuta de esta naturaleza, un dictamen de esta naturaleza. Nos parece que más bien tendría que ser producto de toda una discusión global sobre qué México va a hacer en el tema comercial, qué apertura queremos y qué estamos dispuestos o no a negociar con los Estados Unidos.

Por tanto, pediríamos que su voto fuera en contra, en congruencia de la necesidad de que México tenga una política clara frente a los Estados Unidos y al resto del mundo en materia de inversión. Gracias.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Gracias, diputado Vidal Llerenas.

Agotada la lista de oradores, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutido en lo general.

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez:Suficientemente discutido en lo general.

En virtud de que de conformidad con el artículo 109 del Reglamento de la Cámara de Diputados no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto y con las modificaciones aprobadas por la asamblea.

La secretaria diputada Isaura Ivanova Pool Pech: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto, con las modificaciones aceptadas por la asamblea.

(Votación)

¿Falta algún diputado o diputada por emitir su voto? Está abierto el sistema de votación. ¿Algún diputado o diputada falta por emitir su voto? Sigue abierto el sistema de votación. Ciérrese el sistema electrónico de votación. Se emitieron 280 votos a favor, 2 abstenciones y 83 en contra.

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez: Aprobado en lo general y en lo particular por 280 votos el proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), se adiciona un inciso y) a la fracción III, y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera. Pase al Senado para sus efectos constitucionales.



INICIATIVAS Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

La presidenta, diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, remite oficio, en términos de lo dispuesto por los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, por medio del cual las iniciativas y proposiciones que no se presentaron en tribuna se turnan a las comisiones correspondientes.(*)

( *) Las iniciativas y proposiciones se encuentran en el Apéndice de esta sesión.



CLAUSURA Y CITA

La presidenta diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez (a las 17:32 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana miércoles 19 de abril de 2017, a las 11:00 horas. Que tengan una excelente tarde.

————— O —————

RESUMEN DE TRABAJOS

• Tiempo de duración de la sesión: 5 horas 41 minutos

• Quórum a la apertura de la sesión: 293 diputadas y diputados

• Comunicaciones oficiales: 37

• Minutas: 3

• Iniciativas de los congresos estatales: 6

• Iniciativas de los senadores: 1

• Iniciativas de las diputadas y los diputados: 26

• Declaratoria de publicidad: 2

• Dictámenes a discusión de ley o decreto: 3

• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 43

5 PES

5 NA

6 MC

6 Morena

4 PVEM

5 PRD

6 PAN

6 PRI

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

Álvarez Maynez, Jorge (MC)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), se adiciona un inciso y) a la fracción III, y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera: 506
Arguijo Herrera, Tania Victoria (PRD)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Transportes con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil: 452
Caballero Pedraza, Virgilio Dante (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en materia de prohibición de armas nucleares y minas antipersonal: 211
Campa Almaral, Carmen Victoria (NA)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor: 489
Cárdenas Mariscal, María Antonia (Morena)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Transportes con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil: 451
Corona Rodríguez, Ariel Enrique (PAN)
Para presentar dos iniciativas con proyecto de decreto, la primera, que reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y la segunda, que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta: 245, 251
Corona Valdés, Lorena (PVEM)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor: 492
Corona Valdés, Lorena (PVEM)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), se adiciona un inciso y) a la fracción III, y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera: 507
Dávila Flores, Jorge Enrique (PRI)
Para fundamentar y presentar propuestas de modificación en nombre de la Comisión de Economía respecto a dos dictámenes con proyecto de decreto: el primero, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil; y el segundo, por el que se reforman los incisos w) y x), se adiciona un inciso y) a la fracción III, y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera: 467
De León Villard, Sasil Dora Luz (PVEM)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 146 del Reglamento de la Cámara de Diputados: 256
De los Santos Torres, Daniela (PVEM)
Para presentar, en nombre propio y de diversos diputados integrantes de los grupos parlamentarios de los partidos Verde Ecologista de México, Revolucionario Institucional, Encuentro Social y de la Revolución Democrática, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de alimentos y autoridades auxiliares de las procuradurías de protección: 205
Del Rivero Martínez, Ricardo (PAN)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), se adiciona un inciso y) a la fracción III, y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera: 509
Delgadillo García, Verónica (MC)
Para presentar, en nombre propio y del diputado Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada: 275
Fernández González, Waldo (PRD)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor: 492
Flores Gómez, Mirza (MC)
Para hablar a favor del dictamen de la Comisión de Transportes con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil: 456
Flores Gómez, Mirza (MC)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor: 490
Flores Sonduk, Lluvia (PRD)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), se adiciona un inciso y) a la fracción III, y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera: 508
García Soberanes, Cynthia Gissel (PES)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Transportes con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil: 448
Garzón Canchola, Refugio Trinidad (PES)
Para presentar, en nombre propio y del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 9 de la Ley Minera: 234
González Salum, Miguel Ángel (PRI)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), se adiciona un inciso y) a la fracción III, y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera: 510
Guízar Valladares, Gonzalo (PES)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), se adiciona un inciso y) a la fracción III, y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera: 504
Gutiérrez de Velasco Urtaza, Francisco José (PAN)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Transportes con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil: 453
Gutiérrez García, Carlos (NA)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Transportes con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil: 449
Hernández León, Luis Manuel (NA)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro: 266
Herrera Borunda, Javier Octavio (PVEM)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Transportes con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil: 451
Ixtlahuac Orihuela, Juan Antonio (PRI)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor: 494
Llerenas Morales, Vidal (Morena)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor: 491
Llerenas Morales, Vidal (Morena)
Para hablar en contra del dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), se adiciona un inciso y) a la fracción III, y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera: 511
Martínez García, Jonadab (MC)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Transportes con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil: 450
Martínez Guzmán, Norma Edith (PES)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor: 488
Martínez Neri, Francisco (PRD)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 259
Mercado Sánchez, María Victoria (MC)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 223 del Código Penal Federal: 215
Montoya Díaz, Tomás Roberto (PRI)
Para presentar dos iniciativas con proyecto de decreto, la primera, que reforma los artículos 8o., 9o. y 91 de la Ley General de Cambio Climático, y la segunda, que reforma y adiciona los artículos 67, 112 y 113 de la Ley General de Salud: 236, 240
Oropeza Olguín, Nora Liliana (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 22 y 56 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público: 190
Perea Santos, Ana Guadalupe (PES)
Para presentar, en nombre propio y del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa: 271
Pinto Torres, Francisco Javier (NA)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), se adiciona un inciso y) a la fracción III, y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera: 505
Ramírez Nachis, Rosa Alba (MC)
Para hablar a favor del dictamen de la Comisión de Transportes con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil: 455
Rodríguez Dávila, Alfredo Javier (PAN)
Para fundamentar el dictamen de la Comisión de Transportes con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil: 443
Romero Tenorio, Juan (Morena)
Para presentar propuesta de modificación al artículo 47 Bis, fracción VIII, de la Ley de Aviación Civil y adición de un ar-tículo 47 Bis 5: 458
Romero Tenorio, Juan (Morena)
Para presentar propuesta de modificación y adición a los artículos 65 Ter y 92 Ter de la Ley Federal de Protección al Consumidor: 495
Saldívar Paz, Mirna Isabel (NA)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 219
Salim Alle, Miguel Ángel (PAN)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor: 493
Torres Cantú, Daniel (PRI)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Transportes con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil: 454
Trejo Flores, Mariana (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 166 Bis 3 de la Ley General de Salud: 361
Valencia Guzmán, Jesús Salvador (PRD)
Para presentar dos iniciativas con proyecto de decreto, la primera, que adiciona el artículo 3o. de la Ley General de Desarrollo Social, y la segunda que reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal: 198, 201
Vargas Bárcena, Marisol (PAN)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: 193
Villa González, Concepción (Morena)
Para presentar propuestas de modificación a los artículos 47 Bis, 52 y 84 de la Ley de Aviación Civil: 459
Villa González, Concepción (Morena)
Para fijar la posición de su grupo parlamentario respecto al dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), se adiciona un inciso y) a la fracción III, y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera: 506

VOTACIONES

Dictamen de la Comisión de Transportes, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil (en lo general y en lo particular los artículos no reservados)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abdala Carmona, YahleelFavor

2 Abdala Saad, Antonio TarekFavor

3 Abramo Masso, YericoFavor

4 Aguilar Robles, DavidFavor

5 Aguilar Yunes, Marco AntonioFavor

6 Aguirre Chávez, Marco PoloFavor

7 Aguirre Romero, AndrésFavor

8 Alcántara Rojas, María GuadalupeFavor

9 Almanza Monroy, FidelFavor

10 Alpízar Carrillo, Lucely del Perpetuo SocorroFavor

11 Álvarez Ortiz, Héctor JavierFavor

12 Amaro Cancino, AntonioFavor

13 Anaya Mota, Claudia EdithFavor

14 Anaya Orozco, AlfredoFavor

15 Antelo Esper, BernardinoFavor

16 Arcos Velázquez, Montserrat AliciaFavor

17 Arellano Núñez, EfraínFavor

18 Armenta Mier, AlejandroAusente

19 Arroyo Bello, Erika LorenaFavor

20 Barragán Amador, CarlosFavor

21 Barrientos Cano, Laura MitziFavor

22 Basáñez García, PabloFavor

23 Bañales Arámbula, RamónFavor

24 Bedolla López, PabloFavor

25 Bejos Nicolás, AlfredoFavor

26 Beltrones Sánchez, SylvanaFavor

27 Benítez Tiburcio, MarianaAusente

28 Bernal Casique, IvethFavor

29 Borunda Espinoza, BrendaAusente

30 Botello Santibáñez, María BárbaraAusente

31 Bugarín Rodríguez, Jasmine MaríaFavor

32 Cabrera Ruiz, José HugoFavor

33 Camacho Quiroz, César OctavioFavor

34 Camargo Félix, María Esther GuadalupeFavor

35 Canales Najjar, Tristán ManuelFavor

36 Carvallo Delfín, Jorge AlejandroFavor

37 Casillas Zanatta, GabrielFavor

38 Castillo Martínez, EdgarAusente

39 Cavazos Balderas, Juan ManuelFavor

40 Cavazos Cavazos, Juana AuroraFavor

41 Ceja García, XitlalicFavor

42 Cervera Hernández, FelipeFavor

43 Chacón Morales, Samuel AlexisFavor

44 Chávez Acosta, Rosa GuadalupeFavor

45 Cházaro Montalvo, Oswaldo GuillermoFavor

46 Coheto Martínez, Vitalico CándidoFavor

47 Córdova Hernández, José del PilarFavor

48 Córdova Morán, Hersilia Onfalia AdaminaFavor

49 Corella Platt, SusanaFavor

50 Coronado Ayarzagoitia, Pedro LuisFavor

51 Covarrubias Anaya, Martha LorenaFavor

52 Cristopulos Ríos, Héctor UlisesAusente

53 Cruz Campos, VictorinoFavor

54 Dávalos Elizondo, Edna IleanaFavor

55 Dávila Flores, Jorge EnriqueFavor

56 De León Maza, Sofía del SagrarioFavor

57 Díaz Montoya, RocíoAusente

58 Domínguez Domínguez, César AlejandroFavor

59 Domínguez Rex, RaúlFavor

60 Elizondo García, PabloFavor

61 Escobar Manjarrez, GermánFavor

62 Escobedo Villegas, FranciscoFavor

63 Esquivel Hernández, Olga MaríaAusente

64 Estefan Chidiac, Charbel JorgeFavor

65 Etcheverry Aranda, AzulFavor

66 Fernández Márquez, JulietaFavor

67 Félix Niebla, Gloria HimeldaFavor

68 Gaeta Esparza, Hugo DanielFavor

69 Gamboa Martínez, Alicia GuadalupeAusente

70 Gamboa Miner, PabloFavor

71 Gárate Valenzuela, Paola IvethFavor

72 García Ayala, Marco AntonioAusente

73 García Barrón, ÓscarFavor

74 García Carreón, TelésforoFavor

75 García Navarro, OtnielFavor

76 García Portilla, Ricardo DavidFavor

77 Garza Herrera, SantosFavor

78 Giorgana Jiménez, Víctor ManuelFavor

79 González Calderón, Martha HildaAusente

80 González Salas y Petricioli, María MarcelaFavor

81 González Salum, Miguel ÁngelFavor

82 Guerra Urbiola, Braulio MarioFavor

83 Guerrero Aguilar, FabiolaFavor

84 Guerrero Coronado, DeliaFavor

85 Guerrero Esquivel, AraceliFavor

86 Guevara Cobos, Luis AlejandroFavor

87 Guillén Vicente, Mercedes del CarmenFavor

88 Gutiérrez Ramírez, Virginia NallelyFavor

89 Guzmán Lagunes, Noemí ZoilaFavor

90 Guzmán Vázquez, Laura ValeriaFavor

91 Hernández Madrid, María GloriaFavor

92 Hinojosa Ochoa, Baltazar ManuelFavor

93 Ibarra Hinojosa, ÁlvaroFavor

94 Ibarra Otero, Próspero ManuelFavor

95 Ibarra Rangel, Miriam DennisFavor

96 Iriarte Mercado, CarlosFavor

97 Ixtlahuac Orihuela, Juan AntonioFavor

98 Jackson Ramírez, Jesús EnriqueFavor

99 Jiménez Jiménez, Flor ÁngelFavor

100 Juraidini Villaseñor, AlejandroFavor

101 Lagos Hernández, Erick AlejandroFavor

102 Le Baron González, AlexAusente

103 Leyva García, Leydi FabiolaFavor

104 López Gutiérrez, David EpifanioFavor

105 López Velasco, Edith YolandaFavor

106 Luna Canales, ArmandoFavor

107 Luna Munguía, Alma LiliaFavor

108 Madrigal Méndez, Liliana IvetteFavor

109 Majul González, SalomónFavor

110 Maya Pineda, María IsabelFavor

111 Mazari Espín, RosalinaFavor

112 Medrano Quezada, BenjamínFavor

113 Meléndez Ortega, Juan AntonioFavor

114 Melhem Salinas, EdgardoFavor

115 Méndez Bazán, Virgilio DanielFavor

116 Méndez Hernández, SandraFavor

117 Mercado Ruiz, DavidFavor

118 Moctezuma Pereda, Fernando QuetzalcóatlFavor

119 Moguel Manzur, Zacil LeonorFavor

120 Mólgora Glover, ArletFavor

121 Mondragón Orozco, María AngélicaFavor

122 Monroy del Mazo, CarolinaFavor

123 Montoya Díaz, Tomás RobertoFavor

124 Mota Hernández, AdolfoFavor

125 Murrieta Gutiérrez, AbelFavor

126 Muñoz Parra, María VerónicaFavor

127 Muñoz Sánchez, RosalindaFavor

128 Navarrete Pérez, FernandoFavor

129 Nazar Morales, JuliánFavor

130 Nazario Morales, MatíasFavor

131 Noble Monterrubio, Pedro LuisFavor

132 Orantes López, Hernán de JesúsFavor

133 Oropeza Olguín, Nora LilianaFavor

134 Orozco Sánchez Aldana, José LuisFavor

135 Ortiz Lanz, Adriana del PilarFavor

136 Osorno Belmont, SusanaFavor

137 Palomares Ramírez, Elvia GracielaAusente

138 Pichardo Lechuga, José IgnacioFavor

139 Pinete Vargas, María del CarmenFavor

140 Plascencia Pacheco, Laura NereidaFavor

141 Plata Inzunza, EvelioFavor

142 Ponce Beltrán, Esthela de JesúsFavor

143 Quinto Guillén, Carlos FedericoFavor

144 Quiñones Cornejo, María de la PazFavor

145 Rafael Rubio, ÁlvaroFavor

146 Ramírez Marín, Jorge CarlosFavor

147 Ramírez Nieto, RicardoFavor

148 Ramírez Ponce, Miguel AngelFavor

149 Real Salinas, Dora ElenaFavor

150 Rebollo Mendoza, María del RocíoFavor

151 Rentería Medina, Flor EstelaFavor

152 Rivera Carbajal, SilviaFavor

153 Rivera Sosa, José LorenzoFavor

154 Rocha Aguilar, YulmaFavor

155 Rodríguez Hernández, Erika AraceliFavor

156 Rojas Orozco, EnriqueFavor

157 Rojas San Román, Francisco LauroFavor

158 Romero Vega, EsdrasFavor

159 Romo García, EdgarFavor

160 Rosales Reyes, Salomón FernandoFavor

161 Rosas Cuautle, FabiolaFavor

162 Ruíz Chávez, Sara LatifeFavor

163 Sáenz Soto, José LuisFavor

164 Salazar Espinosa, HeidiFavor

165 Salazar Muciño, Pedro AlbertoFavor

166 Salinas Lozano, CarmenFavor

167 Sánchez Arredondo, Nancy GuadalupeFavor

168 Sánchez Coronel, CristinaFavor

169 Sánchez Isidoro, DavidFavor

170 Sánchez Sánchez, Christian JoaquínFavor

171 Sandoval Martínez, María SoledadAusente

172 Santillán Oceguera, Francisco JavierFavor

173 Sarabia Camacho, CarlosFavor

174 Saracho Navarro, FranciscoFavor

175 Scherman Leaño, María Esther de JesúsFavor

176 Serrano Hernández, MaricelaAusente

177 Silva Ramos, AlbertoFavor

178 Silva Tejeda, Víctor ManuelFavor

179 Sobreyra Santos, María MonserrathFavor

180 Sulub Caamal, Miguel ÁngelFavor

181 Taja Ramírez, RicardoAusente

182 Tamayo Morales, Martha SofíaFavor

183 Tannos Cruz, YarithAusente

184 Terrazas Porras, AdrianaFavor

185 Tiscareño Agoitia, Ruth NoemíFavor

186 Toledo Medina, José LuisFavor

187 Torres Cantú, DanielFavor

188 Torres Huitrón, José AlfredoFavor

189 Trujillo Zentella, GeorginaFavor

190 Uriarte Zazueta, FernandoFavor

191 Valencia García, ÓscarFavor

192 Vallejo Barragán, ManuelFavor

193 Vargas Rodríguez, Federico EugenioAusente

194 Vidal Aguilar, LiborioFavor

195 Viggiano Austria, Alma CarolinaFavor

196 Villa Ramírez, TimoteoFavor

197 Villa Trujillo, EdithFavor

198 Villagómez Guerrero, RamónFavor

199 Vázquez Guerrero, Luis FelipeFavor

200 Vélez Núñez, BeatrizFavor

201 Yerena Zambrano, RafaelFavor

202 Zapata Lucero, Ana GeorginaFavor

203 Zepahua García, LillianFavor

204 Zúñiga Mendoza, J. JesúsFavor

Favor: 186

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 18

Total: 204

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

1 Aguilar López, María MercedesAusente

2 Agundis Estrada, María VerónicaFavor

3 Alejo Domínguez, HugoFavor

4 Alemán Olvera, Emma MargaritaFavor

5 Alfaro García, Lorena del CarmenFavor

6 Amparano Gámez, LeticiaFavor

7 Antero Valle, Luis FernandoFavor

8 Arámbula Meléndez, MarianaFavor

9 Barraza López, José TeodoroAusente

10 Barrera Marmolejo, HéctorFavor

11 Bello Otero, CarlosFavor

12 Bermúdez Méndez, José ErandiAusente

13 Blanco Zaldívar, Juan AlbertoFavor

14 Bolaños Aguilar, Edmundo JavierFavor

15 Bolio Pinelo, Kathia MaríaFavor

16 Cambranis Torres, EnriqueFavor

17 Casillas Gutiérrez, J. ApolinarFavor

18 Castañón Herrera, EukidAusente

19 Romero Castillo, María Guadalupe CeciliaFavor

20 Chavarrías Barajas, EloisaAusente

21 Cordero Lerma, Leonel GerardoFavor

22 Corona Rodríguez, Ariel EnriqueFavor

23 Corral Estrada, HerminioFavor

24 Corral Mier, JuanFavor

25 Cortés Berumen, José HernánFavor

26 Cortés Lugo, Román FranciscoAusente

27 Cortés Mendoza, Marko AntonioFavor

28 Cruz Blackledge, Gina AndreaFavor

29 Cuanalo Santos, Gerardo GabrielFavor

30 Culin Jaime, GretelFavor

31 De la Fuente Flores, Carlos AlbertoFavor

32 Del Rivero Martínez, RicardoFavor

33 Díaz Mena, Joaquín JesúsFavor

34 Döring Casar, FedericoAusente

35 Elizarraraz Sandoval, AdrianaFavor

36 Enríquez Vanderkam, Mayra AngélicaAusente

37 Flores Sosa, CésarFavor

38 Gama Basarte, Marco AntonioFavor

39 García Escobar, Lilia ArmindaFavor

40 García García, PatriciaFavor

41 García López, José MáximoFavor

42 García Pérez, MaríaFavor

43 Garrido Muñoz, Rubén AlejandroFavor

44 Garza Treviño, PedroAusente

45 Gómez Olivier, Sergio EmilioFavor

46 González Ceceña, ExaltaciónFavor

47 González Navarro, José AdriánFavor

48 González Suástegui, GuadalupeFavor

49 Gutiérrez Campos, AlejandraFavor

50 Gutiérrez de Velasco Urtaza, Francisco JoséFavor

51 Hernández Ramos, MinervaFavor

52 Huepa Pérez, Miguel ÁngelFavor

53 Huerta Villegas, GenovevaAusente

54 Ibarra Montoya, Víctor ErnestoFavor

55 Iñiguez Mejía, Elías OctavioFavor

56 Jiménez Márquez, Martha CristinaFavor

57 Lizárraga Figueroa, Teresa de JesúsFavor

58 López Córdova, José EverardoFavor

59 López Martín, JorgeAusente

60 López Rodríguez, Jesús AntonioFavor

61 Mandujano Tinajero, RenéFavor

62 Márquez Zapata, Nelly del CarmenFavor

63 Marrón Agustín, Luis GilbertoAusente

64 Martínez Montemayor, BaltazarFavor

65 Martínez Santos, WenceslaoFavor

66 Martínez Sánchez, Luis de LeónFavor

67 Matesanz Santamaría, RocíoFavor

68 Mesta Soule, Luis FernandoFavor

69 Moya Marín, AngélicaFavor

70 Muñoz Cervantes, Arlette IvetteFavor

71 Murguía Gutiérrez, María GuadalupeFavor

72 Nava Mouett, JacquelineFavor

73 Neblina Vega, Javier AntonioFavor

74 Osuna Carranco, Karla KarinaFavor

75 Ovando Reazola, JanetteAusente

76 Padilla Avila, KarinaFavor

77 Paes Martínez, JiselaFavor

78 Palomeque Archila, Carlos AlbertoFavor

79 Paniagua Figueroa, Luz ArgeliaFavor

80 Piña Kurczyn, Juan PabloFavor

81 Ramírez Núñez, UlisesFavor

82 Ramírez Ramos, GabrielaFavor

83 Ramos Hernández, JorgeFavor

84 Rendón García, César AugustoFavor

85 Reynoso Sánchez, Alejandra NoemíFavor

86 Rivera Castillejos, Armando AlejandroFavor

87 Rodríguez Aguirre, María de los ÁngelesFavor

88 Rodríguez Dávila, Alfredo JavierFavor

89 Rodríguez Rubio, María del RosarioFavor

90 Rodríguez Torres, Luis AgustínFavor

91 Ruiz García, Juan CarlosFavor

92 Salas Díaz, Gerardo FedericoFavor

93 Salas Valencia, José AntonioFavor

94 Salim Alle, Miguel ÁngelFavor

95 Sánchez Carrillo, PatriciaFavor

96 Sánchez Juárez, ClaudiaFavor

97 Sánchez Meza, María LuisaFavor

98 Schemelensky Castro, Ingrid KrasopaniFavor

99 Sheffield Padilla, Francisco RicardoAusente

100 Taboada Cortina, SantiagoFavor

101 Talavera Hernández, María EloísaFavor

102 Tamariz García, XimenaFavor

103 Torreblanca Engell, SantiagoFavor

104 Triana Tena, JorgeFavor

105 Valenzuela Armas, RafaelAusente

106 Valles Olvera, Elva LidiaAusente

107 Vargas Bárcena, MarisolFavor

108 Haydee Vega Olivas, Nadia HaydeeAusente

109 Velázquez Valdez, BrendaFavor

Favor: 92

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 17

Total: 109

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

1 Acosta Naranjo, GuadalupeAusente

2 Alanis Pedraza, Angel IIFavor

3 Aragón Castillo, HortensiaFavor

4 Arguijo Herrera, Tania VictoriaFavor

5 Barón Ortiz, Natalia KarinaFavor

6 Barrientos Ríos, Ricardo ÁngelFavor

7 Basave Benítez, Agustín Francisco de AsísFavor

8 Beltrán Reyes, María LuisaFavor

9 Bocanegra Ruiz, ElioFavor

10 Briones Pérez, Erika IrazemaFavor

11 Calderón Torreblanca, FidelFavor

12 Carrera Hernández, Ana LeticiaFavor

13 Castelán Mondragón, María ElidaFavor

14 Catalán Padilla, OlgaAusente

15 Contreras Julián, MaricelaFavor

16 Cruz Molina, Eva FlorindaFavor

17 Estefan Garfias, José AntonioAusente

18 Fernández González, WaldoFavor

19 Ferrer Abalos, ÓscarFavor

20 Flores Sonduk, LluviaFavor

21 García Bravo, María Cristina TeresaFavor

22 García Calderón, David GersonFavor

23 García Chávez, Héctor JavierAusente

24 Gaytán Hernández, Cristina IsmeneFavor

25 Hernández Alcalá, José GuadalupeFavor

26 Hernández Mirón, CarlosFavor

27 Hernández Soriano, RafaelFavor

28 Hurtado Arana, KarenFavor

29 Jiménez Rumbo, DavidAusente

30 Juárez Blanquet, ErikFavor

31 López Sánchez, SergioAusente

32 Madrigal Sánchez, AraceliAusente

33 Maldonado Venegas, LuisFavor

34 Martínez Neri, FranciscoFavor

35 Martínez Olguin, NicanorAusente

36 Martínez Soto, Norberto AntonioAusente

37 Martínez Urincho, AlbertoFavor

38 Meza Guzmán, Lucia VirginiaFavor

39 Nava Palacios, Francisco XavierFavor

40 Octaviano Félix, TomásFavor

41 Ojeda Anguiano, Jerónimo AlejandroFavor

42 Ordoñez Hernández, DanielAusente

43 Ortega Álvarez, OmarAusente

44 Parra Álvarez, EvelynAusente

45 Peralta Grappin, HéctorAusente

46 Pool Pech, Isaura IvanovaFavor

47 Pérez Alvarado, CandelarioAusente

48 Ramírez Peralta, Karen OrneyAusente

49 Reyes Álvarez, FelipeAusente

50 Rubio Quiroz, Juan FernandoFavor

51 Saldaña Morán, JulioFavor

52 Santana Alfaro, ArturoFavor

53 Santiago López, JoséAusente

54 Saucedo Reyes, AraceliFavor

55 Soto Espino, ArmandoAusente

56 Soto González, Cecilia GuadalupeFavor

57 Valencia Guzmán, Jesús SalvadorFavor

58 Valera Fuentes, Diego ValenteFavor

59 Valdes Ramírez, María ConcepciónFavor

60 Wences Real, VictorianoAusente

61 Zambrano Grijalva, José de JesúsFavor

Favor: 42

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 19

Total: 61

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

1 Álvarez Angli, ArturoFavor

2 Álvarez López, JorgeFavor

3 Álvarez Piñones, Rosa AliciaFavor

4 Arévalo González, José AntonioAusente

5 Arzaluz Alonso, Alma LucíaAusente

6 Avendaño Bermúdez, Luis IgnacioFavor

7 Ávila Serna, MaríaAusente

8 Bernardino Vargas, Omar NoéAusente

9 Canales Suárez, PalomaFavor

10 Canavati Tafich, Jesús RicardoFavor

11 Celis Aguirre, Juan ManuelAusente

12 Corona Valdés, LorenaFavor

13 Couttolenc Buentello, José AlbertoFavor

14 Cuenca Ayala, Sharon María TeresaFavor

15 De León Villard, Sasil Dora LuzFavor

16 De los Santos Torres, DanielaFavor

17 Fernández del Valle Laisequilla, AndrésFavor

18 Flores Carranza, Evelyng SorayaFavor

19 Galindo Rosas, José de JesúsFavor

20 Gaxiola Lezama, JorginaFavor

21 González Torres, SofíaAusente

22 Guevarra Jiménez, Yaret AdrianaFavor

23 Guirao Aguilar, Leonardo RafaelFavor

24 Herrera Borunda, Javier OctavioFavor

25 Izquierdo Rojas, Jesús GerardoFavor

26 Limón García, LiaFavor

27 Machuca Sánchez, MarioAusente

28 Márquez Alvarado, Cesáreo JorgeFavor

29 Mendoza Amezcua, VirgilioFavor

30 Ochoa Rojas, CándidoFavor

31 Salazar Farías, Emilio EnriqueFavor

32 Sandoval Rodríguez, José RefugioFavor

33 Sarur Torre, AdrianaFavor

34 Sedas Castro, Miguel ÁngelFavor

35 Sesma Suárez, JesúsAusente

36 Spinoso Carrera, EdgarAusente

37 Toledo Aceves, WendolinFavor

38 Torres Rivas, Francisco AlbertoFavor

39 Villanueva Huerta, ClaudiaFavor

40 Zamora Morlet, EnriqueAusente

Favor: 30

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 10

Total: 40

MOVIMIENTO REGENERACIÓN NACIONAL

1 Abdala Dartigues, RodrigoFavor

2 Aceves Pastrana, Patricia ElenaFavor

3 Alva y Alva, MiguelFavor

4 Álvarez López, Jesús EmilianoFavor

5 Barrientos Pantoja, AliciaFavor

6 Basurto Román, AlfredoFavor

7 Caballero Pedraza, Virgilio DanteFavor

8 Cañedo Jiménez, Roberto AlejandroFavor

9 Cárdenas Mariscal, María AntoniaFavor

10 Castro Vázquez, RogerioFavor

11 Chávez García, MaríaFavor

12 Cuata Domínguez, Blanca MargaritaAusente

13 Damián González, AraceliFavor

14 Esquivel Valdés, Laura BeatrizFavor

15 Falcón Venegas, Sandra LuzFavor

16 Fuentes Alonso, ModestaFavor

17 Gálico Félix Díaz, Sara PaolaFavor

18 García Jiménez, CuitláhuacFavor

19 Godoy Ramos, ErnestinaFavor

20 Guzmán Jacobo, RobertoFavor

21 Hernández Colín, Norma XochitlFavor

22 Hernández Correa, GuadalupeFavor

23 Hernández de la Piedra, Ángel AntonioFavor

24 Juárez Rodríguez, Mario ArielAusente

25 Llerenas Morales, VidalFavor

26 Lomelí Bolaños, CarlosAusente

27 López López, Irma RebecaFavor

28 Molina Arias, Renato JosafatFavor

29 Montiel Reyes, AriadnaFavor

30 Moreno Vega, MagdalenaFavor

31 Nahle García, Norma RocíoFavor

32 Ojeda Aquino, ElíasFavor

33 Ramos Ramírez, BlandinaFavor

34 Romero Tenorio, JuanFavor

35 Santiago Rodríguez, Guillermo RafaelFavor

36 Serrano Lora, JesúsFavor

37 Trejo Flores, MarianaFavor

38 Villa González, ConcepciónFavor

Favor: 35

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 38

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Álvarez Maynez, JorgeFavor

2 Cárdenas Gutiérrez, Gustavo AdolfoFavor

3 Castañeda Hoeflich, José ClementeFavor

4 Cervera García, RenéFavor

5 Corichi García, Claudia SofíaFavor

6 Delgadillo García, VerónicaFavor

7 Flores Gómez, MirzaFavor

8 Garzón Canchola, Refugio TrinidadFavor

9 Hauffen Torres, Angie DennisseAusente

10 Martínez García, JonadabFavor

11 Mercado Sánchez, María VictoriaFavor

12 Munguía González, Luis ErnestoFavor

13 Ochoa Avalos, María CandelariaAusente

14 Orantes López, María ElenaFavor

15 Pérez Utrera, AdánFavor

16 Ralis Cumplido, Germán ErnestoFavor

17 Ramírez Nachis, Rosa AlbaFavor

18 Sánchez Orozco, Víctor ManuelFavor

19 Tamez Guajardo, Macedonio SalomónFavor

20 Toledo Ibarra, MarbellaFavor

21 Zamora Zamora, SalvadorFavor

Favor: 19

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 21

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Campa Amaral, Carmen VictoriaFavor

2 García Yáñez, ÁngelAusente

3 Gutiérrez García, CarlosFavor

4 Hernández León, Luis ManuelFavor

5 Méndez Salas, Jesús RafaelFavor

6 Ocampo Bedolla, María EugeniaFavor

7 Pinto Torres, Francisco JavierFavor

8 Reyes Ávila, AngélicaFavor

9 Saldivar Paz, Mirna IsabelFavor

10 Sánchez Ruiz, KarinaAusente

11 Valles Mendoza, Luis AlfredoFavor

Favor: 9

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 11

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

1 Escobedo Miramontes, Justo FedericoAusente

2 Ferreiro Velazco, José AlfredoAusente

3 García Soberanes, Cynthia GisselFavor

4 González Murillo, AlejandroFavor

5 Guízar Valladares, GonzaloFavor

6 Martínez Guzmán, Norma EdithFavor

7 Perea Santos, Ana GuadalupeFavor

8 Pineda Morín, AbdiesFavor

9 Torres Sandoval, MelissaFavor

Favor: 7

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 9

DIPUTADOS INDEPENDIENTES

1 Clouthier Carrillo, Manuel JesúsFavor

Favor: 1

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 1

DIPUTADOS SIN PARTIDO

1 Espino Barrientos, Manuel de JesúsFavor

Favor: 1

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 1

Dictamen de la Comisión de Transportes, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil (en lo particular los artículos 47 Bis, 52 y 84, en términos del dictamen)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abdala Carmona, YahleelFavor

2 Abdala Saad, Antonio TarekFavor

3 Abramo Masso, YericoFavor

4 Aguilar Robles, DavidFavor

5 Aguilar Yunes, Marco AntonioFavor

6 Aguirre Chávez, Marco PoloFavor

7 Aguirre Romero, AndrésFavor

8 Alcántara Rojas, María GuadalupeFavor

9 Almanza Monroy, FidelFavor

10 Alpízar Carrillo, Lucely del Perpetuo SocorroFavor

11 Álvarez Ortiz, Héctor JavierFavor

12 Amaro Cancino, AntonioFavor

13 Anaya Mota, Claudia EdithFavor

14 Anaya Orozco, AlfredoFavor

15 Antelo Esper, BernardinoFavor

16 Arcos Velázquez, Montserrat AliciaFavor

17 Arellano Núñez, EfraínFavor

18 Armenta Mier, AlejandroAbstención

19 Arroyo Bello, Erika LorenaFavor

20 Barragán Amador, CarlosFavor

21 Barrientos Cano, Laura MitziFavor

22 Basáñez García, PabloFavor

23 Bañales Arámbula, RamónFavor

24 Bedolla López, PabloFavor

25 Bejos Nicolás, AlfredoFavor

26 Beltrones Sánchez, SylvanaFavor

27 Benítez Tiburcio, MarianaAusente

28 Bernal Casique, IvethAusente

29 Borunda Espinoza, BrendaAusente

30 Botello Santibáñez, María BárbaraAusente

31 Bugarín Rodríguez, Jasmine MaríaFavor

32 Cabrera Ruiz, José HugoFavor

33 Camacho Quiroz, César OctavioFavor

34 Camargo Félix, María Esther GuadalupeFavor

35 Canales Najjar, Tristán ManuelFavor

36 Carvallo Delfín, Jorge AlejandroFavor

37 Casillas Zanatta, GabrielFavor

38 Castillo Martínez, EdgarAusente

39 Cavazos Balderas, Juan ManuelFavor

40 Cavazos Cavazos, Juana AuroraFavor

41 Ceja García, XitlalicFavor

42 Cervera Hernández, FelipeFavor

43 Chacón Morales, Samuel AlexisFavor

44 Chávez Acosta, Rosa GuadalupeFavor

45 Cházaro Montalvo, Oswaldo GuillermoFavor

46 Coheto Martínez, Vitalico CándidoFavor

47 Córdova Hernández, José del PilarFavor

48 Córdova Morán, Hersilia Onfalia AdaminaFavor

49 Corella Platt, SusanaFavor

50 Coronado Ayarzagoitia, Pedro LuisFavor

51 Covarrubias Anaya, Martha LorenaFavor

52 Cristopulos Ríos, Héctor UlisesAusente

53 Cruz Campos, VictorinoFavor

54 Dávalos Elizondo, Edna IleanaFavor

55 Dávila Flores, Jorge EnriqueFavor

56 De León Maza, Sofía del SagrarioFavor

57 Díaz Montoya, RocíoAusente

58 Domínguez Domínguez, César AlejandroFavor

59 Domínguez Rex, RaúlFavor

60 Elizondo García, PabloFavor

61 Escobar Manjarrez, GermánFavor

62 Escobedo Villegas, FranciscoFavor

63 Esquivel Hernández, Olga MaríaAusente

64 Estefan Chidiac, Charbel JorgeFavor

65 Etcheverry Aranda, AzulFavor

66 Fernández Márquez, JulietaFavor

67 Félix Niebla, Gloria HimeldaFavor

68 Gaeta Esparza, Hugo DanielFavor

69 Gamboa Martínez, Alicia GuadalupeAusente

70 Gamboa Miner, PabloFavor

71 Gárate Valenzuela, Paola IvethFavor

72 García Ayala, Marco AntonioAusente

73 García Barrón, ÓscarFavor

74 García Carreón, TelésforoFavor

75 García Navarro, OtnielFavor

76 García Portilla, Ricardo DavidFavor

77 Garza Herrera, SantosFavor

78 Giorgana Jiménez, Víctor ManuelFavor

79 González Calderón, Martha HildaAusente

80 González Salas y Petricioli, María MarcelaFavor

81 González Salum, Miguel ÁngelFavor

82 Guerra Urbiola, Braulio MarioFavor

83 Guerrero Aguilar, FabiolaFavor

84 Guerrero Coronado, DeliaFavor

85 Guerrero Esquivel, AraceliFavor

86 Guevara Cobos, Luis AlejandroFavor

87 Guillén Vicente, Mercedes del CarmenFavor

88 Gutiérrez Ramírez, Virginia NallelyFavor

89 Guzmán Lagunes, Noemí ZoilaFavor

90 Guzmán Vázquez, Laura ValeriaFavor

91 Hernández Madrid, María GloriaFavor

92 Hinojosa Ochoa, Baltazar ManuelFavor

93 Ibarra Hinojosa, ÁlvaroFavor

94 Ibarra Otero, Próspero ManuelFavor

95 Ibarra Rangel, Miriam DennisFavor

96 Iriarte Mercado, CarlosFavor

97 Ixtlahuac Orihuela, Juan AntonioFavor

98 Jackson Ramírez, Jesús EnriqueFavor

99 Jiménez Jiménez, Flor ÁngelFavor

100 Juraidini Villaseñor, AlejandroFavor

101 Lagos Hernández, Erick AlejandroFavor

102 Le Baron González, AlexAusente

103 Leyva García, Leydi FabiolaFavor

104 López Gutiérrez, David EpifanioFavor

105 López Velasco, Edith YolandaFavor

106 Luna Canales, ArmandoFavor

107 Luna Munguía, Alma LiliaFavor

108 Madrigal Méndez, Liliana IvetteFavor

109 Majul González, SalomónFavor

110 Maya Pineda, María IsabelFavor

111 Mazari Espín, RosalinaFavor

112 Medrano Quezada, BenjamínFavor

113 Meléndez Ortega, Juan AntonioFavor

114 Melhem Salinas, EdgardoFavor

115 Méndez Bazán, Virgilio DanielFavor

116 Méndez Hernández, SandraFavor

117 Mercado Ruiz, DavidFavor

118 Moctezuma Pereda, Fernando QuetzalcóatlFavor

119 Moguel Manzur, Zacil LeonorFavor

120 Mólgora Glover, ArletFavor

121 Mondragón Orozco, María AngélicaFavor

122 Monroy del Mazo, CarolinaFavor

123 Montoya Díaz, Tomás RobertoFavor

124 Mota Hernández, AdolfoFavor

125 Murrieta Gutiérrez, AbelFavor

126 Muñoz Parra, María VerónicaFavor

127 Muñoz Sánchez, RosalindaFavor

128 Navarrete Pérez, FernandoFavor

129 Nazar Morales, JuliánFavor

130 Nazario Morales, MatíasFavor

131 Noble Monterrubio, Pedro LuisFavor

132 Orantes López, Hernán de JesúsFavor

133 Oropeza Olguín, Nora LilianaFavor

134 Orozco Sánchez Aldana, José LuisFavor

135 Ortiz Lanz, Adriana del PilarFavor

136 Osorno Belmont, SusanaFavor

137 Palomares Ramírez, Elvia GracielaAusente

138 Pichardo Lechuga, José IgnacioFavor

139 Pinete Vargas, María del CarmenFavor

140 Plascencia Pacheco, Laura NereidaFavor

141 Plata Inzunza, EvelioFavor

142 Ponce Beltrán, Esthela de JesúsFavor

143 Quinto Guillén, Carlos FedericoFavor

144 Quiñones Cornejo, María de la PazFavor

145 Rafael Rubio, ÁlvaroFavor

146 Ramírez Marín, Jorge CarlosFavor

147 Ramírez Nieto, RicardoFavor

148 Ramírez Ponce, Miguel AngelFavor

149 Real Salinas, Dora ElenaFavor

150 Rebollo Mendoza, María del RocíoFavor

151 Rentería Medina, Flor EstelaFavor

152 Rivera Carbajal, SilviaFavor

153 Rivera Sosa, José LorenzoFavor

154 Rocha Aguilar, YulmaFavor

155 Rodríguez Hernández, Erika AraceliFavor

156 Rojas Orozco, EnriqueFavor

157 Rojas San Román, Francisco LauroFavor

158 Romero Vega, EsdrasFavor

159 Romo García, EdgarFavor

160 Rosales Reyes, Salomón FernandoFavor

161 Rosas Cuautle, FabiolaFavor

162 Ruíz Chávez, Sara LatifeFavor

163 Sáenz Soto, José LuisFavor

164 Salazar Espinosa, HeidiFavor

165 Salazar Muciño, Pedro AlbertoFavor

166 Salinas Lozano, CarmenFavor

167 Sánchez Arredondo, Nancy GuadalupeFavor

168 Sánchez Coronel, CristinaAusente

169 Sánchez Isidoro, DavidFavor

170 Sánchez Sánchez, Christian JoaquínFavor

171 Sandoval Martínez, María SoledadAusente

172 Santillán Oceguera, Francisco JavierFavor

173 Sarabia Camacho, CarlosFavor

174 Saracho Navarro, FranciscoFavor

175 Scherman Leaño, María Esther de JesúsFavor

176 Serrano Hernández, MaricelaAusente

177 Silva Ramos, AlbertoFavor

178 Silva Tejeda, Víctor ManuelFavor

179 Sobreyra Santos, María MonserrathFavor

180 Sulub Caamal, Miguel ÁngelFavor

181 Taja Ramírez, RicardoFavor

182 Tamayo Morales, Martha SofíaFavor

183 Tannos Cruz, YarithFavor

184 Terrazas Porras, AdrianaFavor

185 Tiscareño Agoitia, Ruth NoemíFavor

186 Toledo Medina, José LuisFavor

187 Torres Cantú, DanielFavor

188 Torres Huitrón, José AlfredoFavor

189 Trujillo Zentella, GeorginaFavor

190 Uriarte Zazueta, FernandoFavor

191 Valencia García, ÓscarFavor

192 Vallejo Barragán, ManuelFavor

193 Vargas Rodríguez, Federico EugenioAusente

194 Vidal Aguilar, LiborioFavor

195 Viggiano Austria, Alma CarolinaFavor

196 Villa Ramírez, TimoteoFavor

197 Villa Trujillo, EdithFavor

198 Villagómez Guerrero, RamónFavor

199 Vázquez Guerrero, Luis FelipeFavor

200 Vélez Núñez, BeatrizFavor

201 Yerena Zambrano, RafaelFavor

202 Zapata Lucero, Ana GeorginaFavor

203 Zepahua García, LillianFavor

204 Zúñiga Mendoza, J. JesúsFavor

Favor: 186

Contra: 0

Abstención: 1

Quorum: 0

Ausentes: 17

Total: 204

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

1 Aguilar López, María MercedesAusente

2 Agundis Estrada, María VerónicaFavor

3 Alejo Domínguez, HugoFavor

4 Alemán Olvera, Emma MargaritaFavor

5 Alfaro García, Lorena del CarmenFavor

6 Amparano Gámez, LeticiaFavor

7 Antero Valle, Luis FernandoFavor

8 Arámbula Meléndez, MarianaFavor

9 Barraza López, José TeodoroAusente

10 Barrera Marmolejo, HéctorFavor

11 Bello Otero, CarlosFavor

12 Bermúdez Méndez, José ErandiAusente

13 Blanco Zaldívar, Juan AlbertoAusente

14 Bolaños Aguilar, Edmundo JavierFavor

15 Bolio Pinelo, Kathia MaríaFavor

16 Cambranis Torres, EnriqueFavor

17 Casillas Gutiérrez, J. ApolinarFavor

18 Castañón Herrera, EukidAusente

19 Romero Castillo, María Guadalupe CeciliaFavor

20 Chavarrías Barajas, EloisaAusente

21 Cordero Lerma, Leonel GerardoFavor

22 Corona Rodríguez, Ariel EnriqueFavor

23 Corral Estrada, HerminioFavor

24 Corral Mier, JuanFavor

25 Cortés Berumen, José HernánFavor

26 Cortés Lugo, Román FranciscoAusente

27 Cortés Mendoza, Marko AntonioFavor

28 Cruz Blackledge, Gina AndreaFavor

29 Cuanalo Santos, Gerardo GabrielFavor

30 Culin Jaime, GretelFavor

31 De la Fuente Flores, Carlos AlbertoFavor

32 Del Rivero Martínez, RicardoFavor

33 Díaz Mena, Joaquín JesúsFavor

34 Döring Casar, FedericoAusente

35 Elizarraraz Sandoval, AdrianaFavor

36 Enríquez Vanderkam, Mayra AngélicaAusente

37 Flores Sosa, CésarFavor

38 Gama Basarte, Marco AntonioFavor

39 García Escobar, Lilia ArmindaFavor

40 García García, PatriciaFavor

41 García López, José MáximoFavor

42 García Pérez, MaríaFavor

43 Garrido Muñoz, Rubén AlejandroFavor

44 Garza Treviño, PedroAusente

45 Gómez Olivier, Sergio EmilioFavor

46 González Ceceña, ExaltaciónFavor

47 González Navarro, José AdriánContra

48 González Suástegui, GuadalupeFavor

49 Gutiérrez Campos, AlejandraAusente

50 Gutiérrez de Velasco Urtaza, Francisco JoséAusente

51 Hernández Ramos, MinervaFavor

52 Huepa Pérez, Miguel ÁngelFavor

53 Huerta Villegas, GenovevaAusente

54 Ibarra Montoya, Víctor ErnestoFavor

55 Iñiguez Mejía, Elías OctavioFavor

56 Jiménez Márquez, Martha CristinaFavor

57 Lizárraga Figueroa, Teresa de JesúsFavor

58 López Córdova, José EverardoFavor

59 López Martín, JorgeAusente

60 López Rodríguez, Jesús AntonioFavor

61 Mandujano Tinajero, RenéFavor

62 Márquez Zapata, Nelly del CarmenFavor

63 Marrón Agustín, Luis GilbertoAusente

64 Martínez Montemayor, BaltazarFavor

65 Martínez Santos, WenceslaoFavor

66 Martínez Sánchez, Luis de LeónFavor

67 Matesanz Santamaría, RocíoFavor

68 Mesta Soule, Luis FernandoFavor

69 Moya Marín, AngélicaFavor

70 Muñoz Cervantes, Arlette IvetteFavor

71 Murguía Gutiérrez, María GuadalupeFavor

72 Nava Mouett, JacquelineFavor

73 Neblina Vega, Javier AntonioFavor

74 Osuna Carranco, Karla KarinaFavor

75 Ovando Reazola, JanetteAusente

76 Padilla Avila, KarinaFavor

77 Paes Martínez, JiselaFavor

78 Palomeque Archila, Carlos AlbertoFavor

79 Paniagua Figueroa, Luz ArgeliaFavor

80 Piña Kurczyn, Juan PabloFavor

81 Ramírez Núñez, UlisesFavor

82 Ramírez Ramos, GabrielaFavor

83 Ramos Hernández, JorgeFavor

84 Rendón García, César AugustoFavor

85 Reynoso Sánchez, Alejandra NoemíFavor

86 Rivera Castillejos, Armando AlejandroFavor

87 Rodríguez Aguirre, María de los ÁngelesFavor

88 Rodríguez Dávila, Alfredo JavierFavor

89 Rodríguez Rubio, María del RosarioFavor

90 Rodríguez Torres, Luis AgustínFavor

91 Ruiz García, Juan CarlosFavor

92 Salas Díaz, Gerardo FedericoFavor

93 Salas Valencia, José AntonioFavor

94 Salim Alle, Miguel ÁngelFavor

95 Sánchez Carrillo, PatriciaFavor

96 Sánchez Juárez, ClaudiaFavor

97 Sánchez Meza, María LuisaFavor

98 Schemelensky Castro, Ingrid KrasopaniFavor

99 Sheffield Padilla, Francisco RicardoAusente

100 Taboada Cortina, SantiagoFavor

101 Talavera Hernández, María EloísaFavor

102 Tamariz García, XimenaFavor

103 Torreblanca Engell, SantiagoFavor

104 Triana Tena, JorgeFavor

105 Valenzuela Armas, RafaelAusente

106 Valles Olvera, Elva LidiaAusente

107 Vargas Bárcena, MarisolFavor

108 Haydee Vega Olivas, Nadia HaydeeAusente

109 Velázquez Valdez, BrendaFavor

Favor: 88

Contra: 1

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 20

Total: 109

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

1 Acosta Naranjo, GuadalupeAusente

2 Alanis Pedraza, Angel IIFavor

3 Aragón Castillo, HortensiaFavor

4 Arguijo Herrera, Tania VictoriaFavor

5 Barón Ortiz, Natalia KarinaFavor

6 Barrientos Ríos, Ricardo ÁngelAusente

7 Basave Benítez, Agustín Francisco de AsísFavor

8 Beltrán Reyes, María LuisaFavor

9 Bocanegra Ruiz, ElioFavor

10 Briones Pérez, Erika IrazemaFavor

11 Calderón Torreblanca, FidelAbstención

12 Carrera Hernández, Ana LeticiaFavor

13 Castelán Mondragón, María ElidaFavor

14 Catalán Padilla, OlgaAusente

15 Contreras Julián, MaricelaFavor

16 Cruz Molina, Eva FlorindaFavor

17 Estefan Garfias, José AntonioAusente

18 Fernández González, WaldoFavor

19 Ferrer Abalos, ÓscarFavor

20 Flores Sonduk, LluviaFavor

21 García Bravo, María Cristina TeresaFavor

22 García Calderón, David GersonAbstención

23 García Chávez, Héctor JavierAusente

24 Gaytán Hernández, Cristina IsmeneFavor

25 Hernández Alcalá, José GuadalupeFavor

26 Hernández Mirón, CarlosAusente

27 Hernández Soriano, RafaelFavor

28 Hurtado Arana, KarenFavor

29 Jiménez Rumbo, DavidAusente

30 Juárez Blanquet, ErikFavor

31 López Sánchez, SergioAusente

32 Madrigal Sánchez, AraceliAusente

33 Maldonado Venegas, LuisFavor

34 Martínez Neri, FranciscoFavor

35 Martínez Olguin, NicanorAusente

36 Martínez Soto, Norberto AntonioAusente

37 Martínez Urincho, AlbertoFavor

38 Meza Guzmán, Lucia VirginiaFavor

39 Nava Palacios, Francisco XavierFavor

40 Octaviano Félix, TomásFavor

41 Ojeda Anguiano, Jerónimo AlejandroAbstención

42 Ordoñez Hernández, DanielAusente

43 Ortega Álvarez, OmarAusente

44 Parra Álvarez, EvelynAusente

45 Peralta Grappin, HéctorAusente

46 Pool Pech, Isaura IvanovaFavor

47 Pérez Alvarado, CandelarioAusente

48 Ramírez Peralta, Karen OrneyAusente

49 Reyes Álvarez, FelipeAusente

50 Rubio Quiroz, Juan FernandoFavor

51 Saldaña Morán, JulioFavor

52 Santana Alfaro, ArturoFavor

53 Santiago López, JoséAusente

54 Saucedo Reyes, AraceliFavor

55 Soto Espino, ArmandoAusente

56 Soto González, Cecilia GuadalupeFavor

57 Valencia Guzmán, Jesús SalvadorFavor

58 Valera Fuentes, Diego ValenteFavor

59 Valdes Ramírez, María ConcepciónFavor

60 Wences Real, VictorianoAusente

61 Zambrano Grijalva, José de JesúsFavor

Favor: 37

Contra: 0

Abstención: 3

Quorum: 0

Ausentes: 21

Total: 61

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

1 Álvarez Angli, ArturoFavor

2 Álvarez López, JorgeFavor

3 Álvarez Piñones, Rosa AliciaFavor

4 Arévalo González, José AntonioAusente

5 Arzaluz Alonso, Alma LucíaAusente

6 Avendaño Bermúdez, Luis IgnacioFavor

7 Ávila Serna, MaríaAusente

8 Bernardino Vargas, Omar NoéAusente

9 Canales Suárez, PalomaFavor

10 Canavati Tafich, Jesús RicardoFavor

11 Celis Aguirre, Juan ManuelAusente

12 Corona Valdés, LorenaFavor

13 Couttolenc Buentello, José AlbertoFavor

14 Cuenca Ayala, Sharon María TeresaFavor

15 De León Villard, Sasil Dora LuzFavor

16 De los Santos Torres, DanielaFavor

17 Fernández del Valle Laisequilla, AndrésFavor

18 Flores Carranza, Evelyng SorayaFavor

19 Galindo Rosas, José de JesúsFavor

20 Gaxiola Lezama, JorginaFavor

21 González Torres, SofíaAusente

22 Guevarra Jiménez, Yaret AdrianaFavor

23 Guirao Aguilar, Leonardo RafaelFavor

24 Herrera Borunda, Javier OctavioFavor

25 Izquierdo Rojas, Jesús GerardoFavor

26 Limón García, LiaFavor

27 Machuca Sánchez, MarioAusente

28 Márquez Alvarado, Cesáreo JorgeFavor

29 Mendoza Amezcua, VirgilioFavor

30 Ochoa Rojas, CándidoFavor

31 Salazar Farías, Emilio EnriqueFavor

32 Sandoval Rodríguez, José RefugioFavor

33 Sarur Torre, AdrianaFavor

34 Sedas Castro, Miguel ÁngelFavor

35 Sesma Suárez, JesúsAusente

36 Spinoso Carrera, EdgarAusente

37 Toledo Aceves, WendolinFavor

38 Torres Rivas, Francisco AlbertoFavor

39 Villanueva Huerta, ClaudiaFavor

40 Zamora Morlet, EnriqueAusente

Favor: 30

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 10

Total: 40

MOVIMIENTO REGENERACIÓN NACIONAL

1 Abdala Dartigues, RodrigoContra

2 Aceves Pastrana, Patricia ElenaContra

3 Alva y Alva, MiguelContra

4 Álvarez López, Jesús EmilianoContra

5 Barrientos Pantoja, AliciaContra

6 Basurto Román, AlfredoContra

7 Caballero Pedraza, Virgilio DanteContra

8 Cañedo Jiménez, Roberto AlejandroContra

9 Cárdenas Mariscal, María AntoniaContra

10 Castro Vázquez, RogerioContra

11 Chávez García, MaríaContra

12 Cuata Domínguez, Blanca MargaritaAusente

13 Damián González, AraceliContra

14 Esquivel Valdés, Laura BeatrizContra

15 Falcón Venegas, Sandra LuzContra

16 Fuentes Alonso, ModestaContra

17 Gálico Félix Díaz, Sara PaolaContra

18 García Jiménez, CuitláhuacContra

19 Godoy Ramos, ErnestinaContra

20 Guzmán Jacobo, RobertoContra

21 Hernández Colín, Norma XochitlContra

22 Hernández Correa, GuadalupeContra

23 Hernández de la Piedra, Ángel AntonioContra

24 Juárez Rodríguez, Mario ArielAusente

25 Llerenas Morales, VidalContra

26 Lomelí Bolaños, CarlosAusente

27 López López, Irma RebecaContra

28 Molina Arias, Renato JosafatContra

29 Montiel Reyes, AriadnaContra

30 Moreno Vega, MagdalenaContra

31 Nahle García, Norma RocíoContra

32 Ojeda Aquino, ElíasContra

33 Ramos Ramírez, BlandinaContra

34 Romero Tenorio, JuanContra

35 Santiago Rodríguez, Guillermo RafaelContra

36 Serrano Lora, JesúsContra

37 Trejo Flores, MarianaContra

38 Villa González, ConcepciónContra

Favor: 0

Contra: 35

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 38

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Álvarez Maynez, JorgeContra

2 Cárdenas Gutiérrez, Gustavo AdolfoContra

3 Castañeda Hoeflich, José ClementeContra

4 Cervera García, RenéContra

5 Corichi García, Claudia SofíaFavor

6 Delgadillo García, VerónicaContra

7 Flores Gómez, MirzaContra

8 Garzón Canchola, Refugio TrinidadFavor

9 Hauffen Torres, Angie DennisseAusente

10 Martínez García, JonadabContra

11 Mercado Sánchez, María VictoriaContra

12 Munguía González, Luis ErnestoContra

13 Ochoa Avalos, María CandelariaAusente

14 Orantes López, María ElenaContra

15 Pérez Utrera, AdánContra

16 Ralis Cumplido, Germán ErnestoContra

17 Ramírez Nachis, Rosa AlbaContra

18 Sánchez Orozco, Víctor ManuelContra

19 Tamez Guajardo, Macedonio SalomónContra

20 Toledo Ibarra, MarbellaContra

21 Zamora Zamora, SalvadorContra

Favor: 2

Contra: 17

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 21

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Campa Amaral, Carmen VictoriaFavor

2 García Yáñez, ÁngelAusente

3 Gutiérrez García, CarlosFavor

4 Hernández León, Luis ManuelFavor

5 Méndez Salas, Jesús RafaelFavor

6 Ocampo Bedolla, María EugeniaFavor

7 Pinto Torres, Francisco JavierFavor

8 Reyes Ávila, AngélicaFavor

9 Saldivar Paz, Mirna IsabelFavor

10 Sánchez Ruiz, KarinaAusente

11 Valles Mendoza, Luis AlfredoFavor

Favor: 9

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 11

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

1 Escobedo Miramontes, Justo FedericoAusente

2 Ferreiro Velazco, José AlfredoAusente

3 García Soberanes, Cynthia GisselFavor

4 González Murillo, AlejandroFavor

5 Guízar Valladares, GonzaloFavor

6 Martínez Guzmán, Norma EdithFavor

7 Perea Santos, Ana GuadalupeFavor

8 Pineda Morín, AbdiesFavor

9 Torres Sandoval, MelissaFavor

Favor: 7

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 9

DIPUTADOS INDEPENDIENTES

1 Clouthier Carrillo, Manuel JesúsAbstención

Favor: 0

Contra: 0

Abstención: 1

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 1

DIPUTADOS SIN PARTIDO

1 Espino Barrientos, Manuel de JesúsContra

Favor: 0

Contra: 1

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 1

Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor (en lo general y en lo particular los artículos no reservados)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abdala Carmona, YahleelFavor

2 Abdala Saad, Antonio TarekAusente

3 Abramo Masso, YericoFavor

4 Aguilar Robles, DavidFavor

5 Aguilar Yunes, Marco AntonioFavor

6 Aguirre Chávez, Marco PoloFavor

7 Aguirre Romero, AndrésFavor

8 Alcántara Rojas, María GuadalupeFavor

9 Almanza Monroy, FidelFavor

10 Alpízar Carrillo, Lucely del Perpetuo SocorroFavor

11 Álvarez Ortiz, Héctor JavierFavor

12 Amaro Cancino, AntonioFavor

13 Anaya Mota, Claudia EdithFavor

14 Anaya Orozco, AlfredoFavor

15 Antelo Esper, BernardinoFavor

16 Arcos Velázquez, Montserrat AliciaFavor

17 Arellano Núñez, EfraínFavor

18 Armenta Mier, AlejandroFavor

19 Arroyo Bello, Erika LorenaFavor

20 Barragán Amador, CarlosFavor

21 Barrientos Cano, Laura MitziFavor

22 Basáñez García, PabloFavor

23 Bañales Arámbula, RamónFavor

24 Bedolla López, PabloFavor

25 Bejos Nicolás, AlfredoFavor

26 Beltrones Sánchez, SylvanaFavor

27 Benítez Tiburcio, MarianaAusente

28 Bernal Casique, IvethFavor

29 Borunda Espinoza, BrendaAusente

30 Botello Santibáñez, María BárbaraAusente

31 Bugarín Rodríguez, Jasmine MaríaFavor

32 Cabrera Ruiz, José HugoFavor

33 Camacho Quiroz, César OctavioFavor

34 Camargo Félix, María Esther GuadalupeFavor

35 Canales Najjar, Tristán ManuelFavor

36 Carvallo Delfín, Jorge AlejandroFavor

37 Casillas Zanatta, GabrielFavor

38 Castillo Martínez, EdgarAusente

39 Cavazos Balderas, Juan ManuelFavor

40 Cavazos Cavazos, Juana AuroraFavor

41 Ceja García, XitlalicFavor

42 Cervera Hernández, FelipeFavor

43 Chacón Morales, Samuel AlexisAusente

44 Chávez Acosta, Rosa GuadalupeFavor

45 Cházaro Montalvo, Oswaldo GuillermoFavor

46 Coheto Martínez, Vitalico CándidoFavor

47 Córdova Hernández, José del PilarFavor

48 Córdova Morán, Hersilia Onfalia AdaminaFavor

49 Corella Platt, SusanaFavor

50 Coronado Ayarzagoitia, Pedro LuisFavor

51 Covarrubias Anaya, Martha LorenaFavor

52 Cristopulos Ríos, Héctor UlisesAusente

53 Cruz Campos, VictorinoFavor

54 Dávalos Elizondo, Edna IleanaFavor

55 Dávila Flores, Jorge EnriqueFavor

56 De León Maza, Sofía del SagrarioFavor

57 Díaz Montoya, RocíoAusente

58 Domínguez Domínguez, César AlejandroFavor

59 Domínguez Rex, RaúlFavor

60 Elizondo García, PabloFavor

61 Escobar Manjarrez, GermánFavor

62 Escobedo Villegas, FranciscoFavor

63 Esquivel Hernández, Olga MaríaAusente

64 Estefan Chidiac, Charbel JorgeFavor

65 Etcheverry Aranda, AzulAusente

66 Fernández Márquez, JulietaFavor

67 Félix Niebla, Gloria HimeldaFavor

68 Gaeta Esparza, Hugo DanielFavor

69 Gamboa Martínez, Alicia GuadalupeAusente

70 Gamboa Miner, PabloFavor

71 Gárate Valenzuela, Paola IvethFavor

72 García Ayala, Marco AntonioAusente

73 García Barrón, ÓscarFavor

74 García Carreón, TelésforoAusente

75 García Navarro, OtnielFavor

76 García Portilla, Ricardo DavidFavor

77 Garza Herrera, SantosFavor

78 Giorgana Jiménez, Víctor ManuelFavor

79 González Calderón, Martha HildaAusente

80 González Salas y Petricioli, María MarcelaFavor

81 González Salum, Miguel ÁngelFavor

82 Guerra Urbiola, Braulio MarioFavor

83 Guerrero Aguilar, FabiolaFavor

84 Guerrero Coronado, DeliaFavor

85 Guerrero Esquivel, AraceliFavor

86 Guevara Cobos, Luis AlejandroFavor

87 Guillén Vicente, Mercedes del CarmenFavor

88 Gutiérrez Ramírez, Virginia NallelyFavor

89 Guzmán Lagunes, Noemí ZoilaFavor

90 Guzmán Vázquez, Laura ValeriaFavor

91 Hernández Madrid, María GloriaFavor

92 Hinojosa Ochoa, Baltazar ManuelAusente

93 Ibarra Hinojosa, ÁlvaroFavor

94 Ibarra Otero, Próspero ManuelFavor

95 Ibarra Rangel, Miriam DennisFavor

96 Iriarte Mercado, CarlosFavor

97 Ixtlahuac Orihuela, Juan AntonioFavor

98 Jackson Ramírez, Jesús EnriqueFavor

99 Jiménez Jiménez, Flor ÁngelFavor

100 Juraidini Villaseñor, AlejandroFavor

101 Lagos Hernández, Erick AlejandroFavor

102 Le Baron González, AlexAusente

103 Leyva García, Leydi FabiolaFavor

104 López Gutiérrez, David EpifanioFavor

105 López Velasco, Edith YolandaFavor

106 Luna Canales, ArmandoFavor

107 Luna Munguía, Alma LiliaFavor

108 Madrigal Méndez, Liliana IvetteFavor

109 Majul González, SalomónFavor

110 Maya Pineda, María IsabelFavor

111 Mazari Espín, RosalinaFavor

112 Medrano Quezada, BenjamínFavor

113 Meléndez Ortega, Juan AntonioFavor

114 Melhem Salinas, EdgardoFavor

115 Méndez Bazán, Virgilio DanielFavor

116 Méndez Hernández, SandraFavor

117 Mercado Ruiz, DavidFavor

118 Moctezuma Pereda, Fernando QuetzalcóatlFavor

119 Moguel Manzur, Zacil LeonorFavor

120 Mólgora Glover, ArletFavor

121 Mondragón Orozco, María AngélicaFavor

122 Monroy del Mazo, CarolinaFavor

123 Montoya Díaz, Tomás RobertoFavor

124 Mota Hernández, AdolfoFavor

125 Murrieta Gutiérrez, AbelFavor

126 Muñoz Parra, María VerónicaFavor

127 Muñoz Sánchez, RosalindaFavor

128 Navarrete Pérez, FernandoFavor

129 Nazar Morales, JuliánFavor

130 Nazario Morales, MatíasFavor

131 Noble Monterrubio, Pedro LuisFavor

132 Orantes López, Hernán de JesúsFavor

133 Oropeza Olguín, Nora LilianaFavor

134 Orozco Sánchez Aldana, José LuisFavor

135 Ortiz Lanz, Adriana del PilarFavor

136 Osorno Belmont, SusanaFavor

137 Palomares Ramírez, Elvia GracielaAusente

138 Pichardo Lechuga, José IgnacioFavor

139 Pinete Vargas, María del CarmenAusente

140 Plascencia Pacheco, Laura NereidaFavor

141 Plata Inzunza, EvelioFavor

142 Ponce Beltrán, Esthela de JesúsFavor

143 Quinto Guillén, Carlos FedericoFavor

144 Quiñones Cornejo, María de la PazFavor

145 Rafael Rubio, ÁlvaroFavor

146 Ramírez Marín, Jorge CarlosFavor

147 Ramírez Nieto, RicardoFavor

148 Ramírez Ponce, Miguel AngelFavor

149 Real Salinas, Dora ElenaFavor

150 Rebollo Mendoza, María del RocíoFavor

151 Rentería Medina, Flor EstelaFavor

152 Rivera Carbajal, SilviaFavor

153 Rivera Sosa, José LorenzoFavor

154 Rocha Aguilar, YulmaFavor

155 Rodríguez Hernández, Erika AraceliFavor

156 Rojas Orozco, EnriqueFavor

157 Rojas San Román, Francisco LauroFavor

158 Romero Vega, EsdrasFavor

159 Romo García, EdgarFavor

160 Rosales Reyes, Salomón FernandoFavor

161 Rosas Cuautle, FabiolaFavor

162 Ruíz Chávez, Sara LatifeFavor

163 Sáenz Soto, José LuisFavor

164 Salazar Espinosa, HeidiFavor

165 Salazar Muciño, Pedro AlbertoFavor

166 Salinas Lozano, CarmenFavor

167 Sánchez Arredondo, Nancy GuadalupeFavor

168 Sánchez Coronel, CristinaFavor

169 Sánchez Isidoro, DavidAusente

170 Sánchez Sánchez, Christian JoaquínFavor

171 Sandoval Martínez, María SoledadAusente

172 Santillán Oceguera, Francisco JavierFavor

173 Sarabia Camacho, CarlosFavor

174 Saracho Navarro, FranciscoFavor

175 Scherman Leaño, María Esther de JesúsFavor

176 Serrano Hernández, MaricelaAusente

177 Silva Ramos, AlbertoFavor

178 Silva Tejeda, Víctor ManuelFavor

179 Sobreyra Santos, María MonserrathFavor

180 Sulub Caamal, Miguel ÁngelFavor

181 Taja Ramírez, RicardoFavor

182 Tamayo Morales, Martha SofíaFavor

183 Tannos Cruz, YarithFavor

184 Terrazas Porras, AdrianaFavor

185 Tiscareño Agoitia, Ruth NoemíFavor

186 Toledo Medina, José LuisFavor

187 Torres Cantú, DanielFavor

188 Torres Huitrón, José AlfredoFavor

189 Trujillo Zentella, GeorginaFavor

190 Uriarte Zazueta, FernandoFavor

191 Valencia García, ÓscarFavor

192 Vallejo Barragán, ManuelFavor

193 Vargas Rodríguez, Federico EugenioAusente

194 Vidal Aguilar, LiborioFavor

195 Viggiano Austria, Alma CarolinaFavor

196 Villa Ramírez, TimoteoFavor

197 Villa Trujillo, EdithFavor

198 Villagómez Guerrero, RamónFavor

199 Vázquez Guerrero, Luis FelipeFavor

200 Vélez Núñez, BeatrizFavor

201 Yerena Zambrano, RafaelFavor

202 Zapata Lucero, Ana GeorginaFavor

203 Zepahua García, LillianFavor

204 Zúñiga Mendoza, J. JesúsFavor

Favor: 182

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 22

Total: 204

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

1 Aguilar López, María MercedesAusente

2 Agundis Estrada, María VerónicaFavor

3 Alejo Domínguez, HugoFavor

4 Alemán Olvera, Emma MargaritaFavor

5 Alfaro García, Lorena del CarmenFavor

6 Amparano Gámez, LeticiaFavor

7 Antero Valle, Luis FernandoFavor

8 Arámbula Meléndez, MarianaFavor

9 Barraza López, José TeodoroAusente

10 Barrera Marmolejo, HéctorFavor

11 Bello Otero, CarlosFavor

12 Bermúdez Méndez, José ErandiAusente

13 Blanco Zaldívar, Juan AlbertoFavor

14 Bolaños Aguilar, Edmundo JavierFavor

15 Bolio Pinelo, Kathia MaríaFavor

16 Cambranis Torres, EnriqueFavor

17 Casillas Gutiérrez, J. ApolinarFavor

18 Castañón Herrera, EukidAusente

19 Romero Castillo, María Guadalupe CeciliaFavor

20 Chavarrías Barajas, EloisaAusente

21 Cordero Lerma, Leonel GerardoFavor

22 Corona Rodríguez, Ariel EnriqueFavor

23 Corral Estrada, HerminioFavor

24 Corral Mier, JuanFavor

25 Cortés Berumen, José HernánFavor

26 Cortés Lugo, Román FranciscoAusente

27 Cortés Mendoza, Marko AntonioFavor

28 Cruz Blackledge, Gina AndreaFavor

29 Cuanalo Santos, Gerardo GabrielFavor

30 Culin Jaime, GretelFavor

31 De la Fuente Flores, Carlos AlbertoFavor

32 Del Rivero Martínez, RicardoFavor

33 Díaz Mena, Joaquín JesúsFavor

34 Döring Casar, FedericoAusente

35 Elizarraraz Sandoval, AdrianaFavor

36 Enríquez Vanderkam, Mayra AngélicaAusente

37 Flores Sosa, CésarFavor

38 Gama Basarte, Marco AntonioFavor

39 García Escobar, Lilia ArmindaFavor

40 García García, PatriciaAusente

41 García López, José MáximoFavor

42 García Pérez, MaríaFavor

43 Garrido Muñoz, Rubén AlejandroFavor

44 Garza Treviño, PedroFavor

45 Gómez Olivier, Sergio EmilioFavor

46 González Ceceña, ExaltaciónFavor

47 González Navarro, José AdriánFavor

48 González Suástegui, GuadalupeFavor

49 Gutiérrez Campos, AlejandraFavor

50 Gutiérrez de Velasco Urtaza, Francisco JoséFavor

51 Hernández Ramos, MinervaFavor

52 Huepa Pérez, Miguel ÁngelFavor

53 Huerta Villegas, GenovevaAusente

54 Ibarra Montoya, Víctor ErnestoFavor

55 Iñiguez Mejía, Elías OctavioFavor

56 Jiménez Márquez, Martha CristinaFavor

57 Lizárraga Figueroa, Teresa de JesúsFavor

58 López Córdova, José EverardoFavor

59 López Martín, JorgeAusente

60 López Rodríguez, Jesús AntonioFavor

61 Mandujano Tinajero, RenéFavor

62 Márquez Zapata, Nelly del CarmenFavor

63 Marrón Agustín, Luis GilbertoAusente

64 Martínez Montemayor, BaltazarFavor

65 Martínez Santos, WenceslaoFavor

66 Martínez Sánchez, Luis de LeónFavor

67 Matesanz Santamaría, RocíoFavor

68 Mesta Soule, Luis FernandoFavor

69 Moya Marín, AngélicaFavor

70 Muñoz Cervantes, Arlette IvetteFavor

71 Murguía Gutiérrez, María GuadalupeFavor

72 Nava Mouett, JacquelineFavor

73 Neblina Vega, Javier AntonioFavor

74 Osuna Carranco, Karla KarinaFavor

75 Ovando Reazola, JanetteAusente

76 Padilla Avila, KarinaFavor

77 Paes Martínez, JiselaFavor

78 Palomeque Archila, Carlos AlbertoFavor

79 Paniagua Figueroa, Luz ArgeliaFavor

80 Piña Kurczyn, Juan PabloFavor

81 Ramírez Núñez, UlisesFavor

82 Ramírez Ramos, GabrielaFavor

83 Ramos Hernández, JorgeFavor

84 Rendón García, César AugustoFavor

85 Reynoso Sánchez, Alejandra NoemíFavor

86 Rivera Castillejos, Armando AlejandroFavor

87 Rodríguez Aguirre, María de los ÁngelesFavor

88 Rodríguez Dávila, Alfredo JavierFavor

89 Rodríguez Rubio, María del RosarioFavor

90 Rodríguez Torres, Luis AgustínFavor

91 Ruiz García, Juan CarlosFavor

92 Salas Díaz, Gerardo FedericoFavor

93 Salas Valencia, José AntonioFavor

94 Salim Alle, Miguel ÁngelFavor

95 Sánchez Carrillo, PatriciaFavor

96 Sánchez Juárez, ClaudiaFavor

97 Sánchez Meza, María LuisaFavor

98 Schemelensky Castro, Ingrid KrasopaniFavor

99 Sheffield Padilla, Francisco RicardoAusente

100 Taboada Cortina, SantiagoAusente

101 Talavera Hernández, María EloísaFavor

102 Tamariz García, XimenaFavor

103 Torreblanca Engell, SantiagoFavor

104 Triana Tena, JorgeFavor

105 Valenzuela Armas, RafaelAusente

106 Valles Olvera, Elva LidiaAusente

107 Vargas Bárcena, MarisolFavor

108 Haydee Vega Olivas, Nadia HaydeeAusente

109 Velázquez Valdez, BrendaFavor

Favor: 91

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 18

Total: 109

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

1 Acosta Naranjo, GuadalupeAusente

2 Alanis Pedraza, Angel IIFavor

3 Aragón Castillo, HortensiaFavor

4 Arguijo Herrera, Tania VictoriaFavor

5 Barón Ortiz, Natalia KarinaFavor

6 Barrientos Ríos, Ricardo ÁngelFavor

7 Basave Benítez, Agustín Francisco de AsísFavor

8 Beltrán Reyes, María LuisaFavor

9 Bocanegra Ruiz, ElioFavor

10 Briones Pérez, Erika IrazemaFavor

11 Calderón Torreblanca, FidelFavor

12 Carrera Hernández, Ana LeticiaFavor

13 Castelán Mondragón, María ElidaFavor

14 Catalán Padilla, OlgaAusente

15 Contreras Julián, MaricelaFavor

16 Cruz Molina, Eva FlorindaFavor

17 Estefan Garfias, José AntonioAusente

18 Fernández González, WaldoFavor

19 Ferrer Abalos, ÓscarFavor

20 Flores Sonduk, LluviaFavor

21 García Bravo, María Cristina TeresaFavor

22 García Calderón, David GersonFavor

23 García Chávez, Héctor JavierAusente

24 Gaytán Hernández, Cristina IsmeneFavor

25 Hernández Alcalá, José GuadalupeAusente

26 Hernández Mirón, CarlosAusente

27 Hernández Soriano, RafaelAusente

28 Hurtado Arana, KarenFavor

29 Jiménez Rumbo, DavidAusente

30 Juárez Blanquet, ErikFavor

31 López Sánchez, SergioAusente

32 Madrigal Sánchez, AraceliAusente

33 Maldonado Venegas, LuisFavor

34 Martínez Neri, FranciscoFavor

35 Martínez Olguin, NicanorAusente

36 Martínez Soto, Norberto AntonioAusente

37 Martínez Urincho, AlbertoAusente

38 Meza Guzmán, Lucia VirginiaFavor

39 Nava Palacios, Francisco XavierFavor

40 Octaviano Félix, TomásFavor

41 Ojeda Anguiano, Jerónimo AlejandroFavor

42 Ordoñez Hernández, DanielAusente

43 Ortega Álvarez, OmarAusente

44 Parra Álvarez, EvelynAusente

45 Peralta Grappin, HéctorAusente

46 Pool Pech, Isaura IvanovaFavor

47 Pérez Alvarado, CandelarioAusente

48 Ramírez Peralta, Karen OrneyAusente

49 Reyes Álvarez, FelipeAusente

50 Rubio Quiroz, Juan FernandoFavor

51 Saldaña Morán, JulioFavor

52 Santana Alfaro, ArturoFavor

53 Santiago López, JoséAusente

54 Saucedo Reyes, AraceliFavor

55 Soto Espino, ArmandoAusente

56 Soto González, Cecilia GuadalupeFavor

57 Valencia Guzmán, Jesús SalvadorAusente

58 Valera Fuentes, Diego ValenteAusente

59 Valdes Ramírez, María ConcepciónFavor

60 Wences Real, VictorianoAusente

61 Zambrano Grijalva, José de JesúsFavor

Favor: 36

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 25

Total: 61

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

1 Álvarez Angli, ArturoAusente

2 Álvarez López, JorgeFavor

3 Álvarez Piñones, Rosa AliciaFavor

4 Arévalo González, José AntonioAusente

5 Arzaluz Alonso, Alma LucíaAusente

6 Avendaño Bermúdez, Luis IgnacioAusente

7 Ávila Serna, MaríaAusente

8 Bernardino Vargas, Omar NoéAusente

9 Canales Suárez, PalomaFavor

10 Canavati Tafich, Jesús RicardoFavor

11 Celis Aguirre, Juan ManuelAusente

12 Corona Valdés, LorenaFavor

13 Couttolenc Buentello, José AlbertoFavor

14 Cuenca Ayala, Sharon María TeresaFavor

15 De León Villard, Sasil Dora LuzFavor

16 De los Santos Torres, DanielaFavor

17 Fernández del Valle Laisequilla, AndrésFavor

18 Flores Carranza, Evelyng SorayaFavor

19 Galindo Rosas, José de JesúsFavor

20 Gaxiola Lezama, JorginaFavor

21 González Torres, SofíaAusente

22 Guevarra Jiménez, Yaret AdrianaFavor

23 Guirao Aguilar, Leonardo RafaelFavor

24 Herrera Borunda, Javier OctavioFavor

25 Izquierdo Rojas, Jesús GerardoFavor

26 Limón García, LiaFavor

27 Machuca Sánchez, MarioAusente

28 Márquez Alvarado, Cesáreo JorgeFavor

29 Mendoza Amezcua, VirgilioFavor

30 Ochoa Rojas, CándidoFavor

31 Salazar Farías, Emilio EnriqueFavor

32 Sandoval Rodríguez, José RefugioFavor

33 Sarur Torre, AdrianaFavor

34 Sedas Castro, Miguel ÁngelFavor

35 Sesma Suárez, JesúsAusente

36 Spinoso Carrera, EdgarAusente

37 Toledo Aceves, WendolinFavor

38 Torres Rivas, Francisco AlbertoFavor

39 Villanueva Huerta, ClaudiaFavor

40 Zamora Morlet, EnriqueAusente

Favor: 28

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 12

Total: 40

MOVIMIENTO REGENERACIÓN NACIONAL

1 Abdala Dartigues, RodrigoFavor

2 Aceves Pastrana, Patricia ElenaAusente

3 Alva y Alva, MiguelFavor

4 Álvarez López, Jesús EmilianoFavor

5 Barrientos Pantoja, AliciaFavor

6 Basurto Román, AlfredoFavor

7 Caballero Pedraza, Virgilio DanteFavor

8 Cañedo Jiménez, Roberto AlejandroFavor

9 Cárdenas Mariscal, María AntoniaFavor

10 Castro Vázquez, RogerioFavor

11 Chávez García, MaríaFavor

12 Cuata Domínguez, Blanca MargaritaAusente

13 Damián González, AraceliFavor

14 Esquivel Valdés, Laura BeatrizFavor

15 Falcón Venegas, Sandra LuzFavor

16 Fuentes Alonso, ModestaFavor

17 Gálico Félix Díaz, Sara PaolaFavor

18 García Jiménez, CuitláhuacFavor

19 Godoy Ramos, ErnestinaFavor

20 Guzmán Jacobo, RobertoFavor

21 Hernández Colín, Norma XochitlFavor

22 Hernández Correa, GuadalupeFavor

23 Hernández de la Piedra, Ángel AntonioFavor

24 Juárez Rodríguez, Mario ArielAusente

25 Llerenas Morales, VidalFavor

26 Lomelí Bolaños, CarlosAusente

27 López López, Irma RebecaFavor

28 Molina Arias, Renato JosafatFavor

29 Montiel Reyes, AriadnaFavor

30 Moreno Vega, MagdalenaFavor

31 Nahle García, Norma RocíoFavor

32 Ojeda Aquino, ElíasFavor

33 Ramos Ramírez, BlandinaFavor

34 Romero Tenorio, JuanFavor

35 Santiago Rodríguez, Guillermo RafaelFavor

36 Serrano Lora, JesúsFavor

37 Trejo Flores, MarianaFavor

38 Villa González, ConcepciónFavor

Favor: 34

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 38

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Álvarez Maynez, JorgeFavor

2 Cárdenas Gutiérrez, Gustavo AdolfoFavor

3 Castañeda Hoeflich, José ClementeFavor

4 Cervera García, RenéFavor

5 Corichi García, Claudia SofíaFavor

6 Delgadillo García, VerónicaFavor

7 Flores Gómez, MirzaFavor

8 Garzón Canchola, Refugio TrinidadFavor

9 Hauffen Torres, Angie DennisseAusente

10 Martínez García, JonadabFavor

11 Mercado Sánchez, María VictoriaFavor

12 Munguía González, Luis ErnestoFavor

13 Ochoa Avalos, María CandelariaAusente

14 Orantes López, María ElenaFavor

15 Pérez Utrera, AdánFavor

16 Ralis Cumplido, Germán ErnestoFavor

17 Ramírez Nachis, Rosa AlbaFavor

18 Sánchez Orozco, Víctor ManuelFavor

19 Tamez Guajardo, Macedonio SalomónFavor

20 Toledo Ibarra, MarbellaFavor

21 Zamora Zamora, SalvadorFavor

Favor: 19

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 21

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Campa Amaral, Carmen VictoriaFavor

2 García Yáñez, ÁngelAusente

3 Gutiérrez García, CarlosFavor

4 Hernández León, Luis ManuelFavor

5 Méndez Salas, Jesús RafaelFavor

6 Ocampo Bedolla, María EugeniaFavor

7 Pinto Torres, Francisco JavierFavor

8 Reyes Ávila, AngélicaFavor

9 Saldivar Paz, Mirna IsabelFavor

10 Sánchez Ruiz, KarinaAusente

11 Valles Mendoza, Luis AlfredoFavor

Favor: 9

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 11

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

1 Escobedo Miramontes, Justo FedericoAusente

2 Ferreiro Velazco, José AlfredoAusente

3 García Soberanes, Cynthia GisselFavor

4 González Murillo, AlejandroFavor

5 Guízar Valladares, GonzaloFavor

6 Martínez Guzmán, Norma EdithFavor

7 Perea Santos, Ana GuadalupeFavor

8 Pineda Morín, AbdiesFavor

9 Torres Sandoval, MelissaFavor

Favor: 7

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 9

DIPUTADOS INDEPENDIENTES

1 Clouthier Carrillo, Manuel JesúsFavor

Favor: 1

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 1

DIPUTADOS SIN PARTIDO

1 Espino Barrientos, Manuel de JesúsFavor

Favor: 1

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 1

Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor (en lo particular los artículos 65 Ter y 92 Ter, en términos del dictamen)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abdala Carmona, YahleelFavor

2 Abdala Saad, Antonio TarekAusente

3 Abramo Masso, YericoAusente

4 Aguilar Robles, DavidFavor

5 Aguilar Yunes, Marco AntonioFavor

6 Aguirre Chávez, Marco PoloFavor

7 Aguirre Romero, AndrésFavor

8 Alcántara Rojas, María GuadalupeFavor

9 Almanza Monroy, FidelFavor

10 Alpízar Carrillo, Lucely del Perpetuo SocorroFavor

11 Álvarez Ortiz, Héctor JavierFavor

12 Amaro Cancino, AntonioFavor

13 Anaya Mota, Claudia EdithFavor

14 Anaya Orozco, AlfredoFavor

15 Antelo Esper, BernardinoFavor

16 Arcos Velázquez, Montserrat AliciaFavor

17 Arellano Núñez, EfraínFavor

18 Armenta Mier, AlejandroAbstención

19 Arroyo Bello, Erika LorenaFavor

20 Barragán Amador, CarlosFavor

21 Barrientos Cano, Laura MitziFavor

22 Basáñez García, PabloFavor

23 Bañales Arámbula, RamónFavor

24 Bedolla López, PabloFavor

25 Bejos Nicolás, AlfredoFavor

26 Beltrones Sánchez, SylvanaFavor

27 Benítez Tiburcio, MarianaAusente

28 Bernal Casique, IvethFavor

29 Borunda Espinoza, BrendaAusente

30 Botello Santibáñez, María BárbaraAusente

31 Bugarín Rodríguez, Jasmine MaríaFavor

32 Cabrera Ruiz, José HugoFavor

33 Camacho Quiroz, César OctavioFavor

34 Camargo Félix, María Esther GuadalupeFavor

35 Canales Najjar, Tristán ManuelFavor

36 Carvallo Delfín, Jorge AlejandroFavor

37 Casillas Zanatta, GabrielFavor

38 Castillo Martínez, EdgarAusente

39 Cavazos Balderas, Juan ManuelFavor

40 Cavazos Cavazos, Juana AuroraFavor

41 Ceja García, XitlalicFavor

42 Cervera Hernández, FelipeFavor

43 Chacón Morales, Samuel AlexisAusente

44 Chávez Acosta, Rosa GuadalupeFavor

45 Cházaro Montalvo, Oswaldo GuillermoFavor

46 Coheto Martínez, Vitalico CándidoFavor

47 Córdova Hernández, José del PilarFavor

48 Córdova Morán, Hersilia Onfalia AdaminaAusente

49 Corella Platt, SusanaFavor

50 Coronado Ayarzagoitia, Pedro LuisFavor

51 Covarrubias Anaya, Martha LorenaFavor

52 Cristopulos Ríos, Héctor UlisesAusente

53 Cruz Campos, VictorinoFavor

54 Dávalos Elizondo, Edna IleanaFavor

55 Dávila Flores, Jorge EnriqueFavor

56 De León Maza, Sofía del SagrarioFavor

57 Díaz Montoya, RocíoAusente

58 Domínguez Domínguez, César AlejandroFavor

59 Domínguez Rex, RaúlFavor

60 Elizondo García, PabloFavor

61 Escobar Manjarrez, GermánFavor

62 Escobedo Villegas, FranciscoFavor

63 Esquivel Hernández, Olga MaríaAusente

64 Estefan Chidiac, Charbel JorgeAusente

65 Etcheverry Aranda, AzulAusente

66 Fernández Márquez, JulietaFavor

67 Félix Niebla, Gloria HimeldaFavor

68 Gaeta Esparza, Hugo DanielFavor

69 Gamboa Martínez, Alicia GuadalupeAusente

70 Gamboa Miner, PabloFavor

71 Gárate Valenzuela, Paola IvethFavor

72 García Ayala, Marco AntonioAusente

73 García Barrón, ÓscarFavor

74 García Carreón, TelésforoAusente

75 García Navarro, OtnielFavor

76 García Portilla, Ricardo DavidFavor

77 Garza Herrera, SantosFavor

78 Giorgana Jiménez, Víctor ManuelFavor

79 González Calderón, Martha HildaAusente

80 González Salas y Petricioli, María MarcelaFavor

81 González Salum, Miguel ÁngelFavor

82 Guerra Urbiola, Braulio MarioFavor

83 Guerrero Aguilar, FabiolaFavor

84 Guerrero Coronado, DeliaFavor

85 Guerrero Esquivel, AraceliFavor

86 Guevara Cobos, Luis AlejandroFavor

87 Guillén Vicente, Mercedes del CarmenFavor

88 Gutiérrez Ramírez, Virginia NallelyFavor

89 Guzmán Lagunes, Noemí ZoilaFavor

90 Guzmán Vázquez, Laura ValeriaFavor

91 Hernández Madrid, María GloriaFavor

92 Hinojosa Ochoa, Baltazar ManuelAusente

93 Ibarra Hinojosa, ÁlvaroFavor

94 Ibarra Otero, Próspero ManuelFavor

95 Ibarra Rangel, Miriam DennisFavor

96 Iriarte Mercado, CarlosFavor

97 Ixtlahuac Orihuela, Juan AntonioFavor

98 Jackson Ramírez, Jesús EnriqueFavor

99 Jiménez Jiménez, Flor ÁngelFavor

100 Juraidini Villaseñor, AlejandroFavor

101 Lagos Hernández, Erick AlejandroFavor

102 Le Baron González, AlexAusente

103 Leyva García, Leydi FabiolaFavor

104 López Gutiérrez, David EpifanioFavor

105 López Velasco, Edith YolandaFavor

106 Luna Canales, ArmandoFavor

107 Luna Munguía, Alma LiliaAusente

108 Madrigal Méndez, Liliana IvetteFavor

109 Majul González, SalomónFavor

110 Maya Pineda, María IsabelFavor

111 Mazari Espín, RosalinaFavor

112 Medrano Quezada, BenjamínFavor

113 Meléndez Ortega, Juan AntonioFavor

114 Melhem Salinas, EdgardoFavor

115 Méndez Bazán, Virgilio DanielFavor

116 Méndez Hernández, SandraFavor

117 Mercado Ruiz, DavidFavor

118 Moctezuma Pereda, Fernando QuetzalcóatlFavor

119 Moguel Manzur, Zacil LeonorFavor

120 Mólgora Glover, ArletFavor

121 Mondragón Orozco, María AngélicaFavor

122 Monroy del Mazo, CarolinaFavor

123 Montoya Díaz, Tomás RobertoFavor

124 Mota Hernández, AdolfoFavor

125 Murrieta Gutiérrez, AbelFavor

126 Muñoz Parra, María VerónicaFavor

127 Muñoz Sánchez, RosalindaFavor

128 Navarrete Pérez, FernandoFavor

129 Nazar Morales, JuliánFavor

130 Nazario Morales, MatíasFavor

131 Noble Monterrubio, Pedro LuisFavor

132 Orantes López, Hernán de JesúsFavor

133 Oropeza Olguín, Nora LilianaFavor

134 Orozco Sánchez Aldana, José LuisFavor

135 Ortiz Lanz, Adriana del PilarFavor

136 Osorno Belmont, SusanaFavor

137 Palomares Ramírez, Elvia GracielaAusente

138 Pichardo Lechuga, José IgnacioFavor

139 Pinete Vargas, María del CarmenAusente

140 Plascencia Pacheco, Laura NereidaFavor

141 Plata Inzunza, EvelioFavor

142 Ponce Beltrán, Esthela de JesúsFavor

143 Quinto Guillén, Carlos FedericoFavor

144 Quiñones Cornejo, María de la PazFavor

145 Rafael Rubio, ÁlvaroFavor

146 Ramírez Marín, Jorge CarlosFavor

147 Ramírez Nieto, RicardoFavor

148 Ramírez Ponce, Miguel AngelFavor

149 Real Salinas, Dora ElenaFavor

150 Rebollo Mendoza, María del RocíoFavor

151 Rentería Medina, Flor EstelaAusente

152 Rivera Carbajal, SilviaFavor

153 Rivera Sosa, José LorenzoFavor

154 Rocha Aguilar, YulmaFavor

155 Rodríguez Hernández, Erika AraceliFavor

156 Rojas Orozco, EnriqueFavor

157 Rojas San Román, Francisco LauroFavor

158 Romero Vega, EsdrasFavor

159 Romo García, EdgarFavor

160 Rosales Reyes, Salomón FernandoFavor

161 Rosas Cuautle, FabiolaFavor

162 Ruíz Chávez, Sara LatifeFavor

163 Sáenz Soto, José LuisFavor

164 Salazar Espinosa, HeidiFavor

165 Salazar Muciño, Pedro AlbertoFavor

166 Salinas Lozano, CarmenFavor

167 Sánchez Arredondo, Nancy GuadalupeFavor

168 Sánchez Coronel, CristinaFavor

169 Sánchez Isidoro, DavidAusente

170 Sánchez Sánchez, Christian JoaquínAusente

171 Sandoval Martínez, María SoledadAusente

172 Santillán Oceguera, Francisco JavierFavor

173 Sarabia Camacho, CarlosFavor

174 Saracho Navarro, FranciscoFavor

175 Scherman Leaño, María Esther de JesúsFavor

176 Serrano Hernández, MaricelaAusente

177 Silva Ramos, AlbertoFavor

178 Silva Tejeda, Víctor ManuelFavor

179 Sobreyra Santos, María MonserrathFavor

180 Sulub Caamal, Miguel ÁngelFavor

181 Taja Ramírez, RicardoFavor

182 Tamayo Morales, Martha SofíaFavor

183 Tannos Cruz, YarithFavor

184 Terrazas Porras, AdrianaFavor

185 Tiscareño Agoitia, Ruth NoemíFavor

186 Toledo Medina, José LuisFavor

187 Torres Cantú, DanielFavor

188 Torres Huitrón, José AlfredoFavor

189 Trujillo Zentella, GeorginaFavor

190 Uriarte Zazueta, FernandoFavor

191 Valencia García, ÓscarFavor

192 Vallejo Barragán, ManuelFavor

193 Vargas Rodríguez, Federico EugenioAusente

194 Vidal Aguilar, LiborioFavor

195 Viggiano Austria, Alma CarolinaFavor

196 Villa Ramírez, TimoteoFavor

197 Villa Trujillo, EdithFavor

198 Villagómez Guerrero, RamónFavor

199 Vázquez Guerrero, Luis FelipeFavor

200 Vélez Núñez, BeatrizFavor

201 Yerena Zambrano, RafaelFavor

202 Zapata Lucero, Ana GeorginaFavor

203 Zepahua García, LillianFavor

204 Zúñiga Mendoza, J. JesúsFavor

Favor: 175

Contra: 0

Abstención: 1

Quorum: 0

Ausentes: 28

Total: 204

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

1 Aguilar López, María MercedesAusente

2 Agundis Estrada, María VerónicaFavor

3 Alejo Domínguez, HugoAusente

4 Alemán Olvera, Emma MargaritaFavor

5 Alfaro García, Lorena del CarmenFavor

6 Amparano Gámez, LeticiaFavor

7 Antero Valle, Luis FernandoFavor

8 Arámbula Meléndez, MarianaFavor

9 Barraza López, José TeodoroAusente

10 Barrera Marmolejo, HéctorFavor

11 Bello Otero, CarlosFavor

12 Bermúdez Méndez, José ErandiAusente

13 Blanco Zaldívar, Juan AlbertoFavor

14 Bolaños Aguilar, Edmundo JavierFavor

15 Bolio Pinelo, Kathia MaríaFavor

16 Cambranis Torres, EnriqueFavor

17 Casillas Gutiérrez, J. ApolinarFavor

18 Castañón Herrera, EukidAusente

19 Romero Castillo, María Guadalupe CeciliaFavor

20 Chavarrías Barajas, EloisaAusente

21 Cordero Lerma, Leonel GerardoFavor

22 Corona Rodríguez, Ariel EnriqueFavor

23 Corral Estrada, HerminioFavor

24 Corral Mier, JuanFavor

25 Cortés Berumen, José HernánFavor

26 Cortés Lugo, Román FranciscoAusente

27 Cortés Mendoza, Marko AntonioFavor

28 Cruz Blackledge, Gina AndreaFavor

29 Cuanalo Santos, Gerardo GabrielFavor

30 Culin Jaime, GretelFavor

31 De la Fuente Flores, Carlos AlbertoFavor

32 Del Rivero Martínez, RicardoFavor

33 Díaz Mena, Joaquín JesúsFavor

34 Döring Casar, FedericoAusente

35 Elizarraraz Sandoval, AdrianaFavor

36 Enríquez Vanderkam, Mayra AngélicaAusente

37 Flores Sosa, CésarFavor

38 Gama Basarte, Marco AntonioFavor

39 García Escobar, Lilia ArmindaFavor

40 García García, PatriciaAusente

41 García López, José MáximoFavor

42 García Pérez, MaríaFavor

43 Garrido Muñoz, Rubén AlejandroFavor

44 Garza Treviño, PedroFavor

45 Gómez Olivier, Sergio EmilioFavor

46 González Ceceña, ExaltaciónFavor

47 González Navarro, José AdriánContra

48 González Suástegui, GuadalupeFavor

49 Gutiérrez Campos, AlejandraFavor

50 Gutiérrez de Velasco Urtaza, Francisco JoséFavor

51 Hernández Ramos, MinervaFavor

52 Huepa Pérez, Miguel ÁngelFavor

53 Huerta Villegas, GenovevaAusente

54 Ibarra Montoya, Víctor ErnestoFavor

55 Iñiguez Mejía, Elías OctavioFavor

56 Jiménez Márquez, Martha CristinaFavor

57 Lizárraga Figueroa, Teresa de JesúsFavor

58 López Córdova, José EverardoFavor

59 López Martín, JorgeAusente

60 López Rodríguez, Jesús AntonioFavor

61 Mandujano Tinajero, RenéFavor

62 Márquez Zapata, Nelly del CarmenFavor

63 Marrón Agustín, Luis GilbertoAusente

64 Martínez Montemayor, BaltazarFavor

65 Martínez Santos, WenceslaoFavor

66 Martínez Sánchez, Luis de LeónFavor

67 Matesanz Santamaría, RocíoFavor

68 Mesta Soule, Luis FernandoFavor

69 Moya Marín, AngélicaFavor

70 Muñoz Cervantes, Arlette IvetteFavor

71 Murguía Gutiérrez, María GuadalupeFavor

72 Nava Mouett, JacquelineFavor

73 Neblina Vega, Javier AntonioFavor

74 Osuna Carranco, Karla KarinaFavor

75 Ovando Reazola, JanetteAusente

76 Padilla Avila, KarinaFavor

77 Paes Martínez, JiselaFavor

78 Palomeque Archila, Carlos AlbertoFavor

79 Paniagua Figueroa, Luz ArgeliaFavor

80 Piña Kurczyn, Juan PabloFavor

81 Ramírez Núñez, UlisesAusente

82 Ramírez Ramos, GabrielaAusente

83 Ramos Hernández, JorgeFavor

84 Rendón García, César AugustoFavor

85 Reynoso Sánchez, Alejandra NoemíFavor

86 Rivera Castillejos, Armando AlejandroFavor

87 Rodríguez Aguirre, María de los ÁngelesFavor

88 Rodríguez Dávila, Alfredo JavierFavor

89 Rodríguez Rubio, María del RosarioFavor

90 Rodríguez Torres, Luis AgustínFavor

91 Ruiz García, Juan CarlosAbstención

92 Salas Díaz, Gerardo FedericoFavor

93 Salas Valencia, José AntonioFavor

94 Salim Alle, Miguel ÁngelFavor

95 Sánchez Carrillo, PatriciaAusente

96 Sánchez Juárez, ClaudiaFavor

97 Sánchez Meza, María LuisaFavor

98 Schemelensky Castro, Ingrid KrasopaniAusente

99 Sheffield Padilla, Francisco RicardoAusente

100 Taboada Cortina, SantiagoAusente

101 Talavera Hernández, María EloísaFavor

102 Tamariz García, XimenaFavor

103 Torreblanca Engell, SantiagoFavor

104 Triana Tena, JorgeFavor

105 Valenzuela Armas, RafaelAusente

106 Valles Olvera, Elva LidiaAusente

107 Vargas Bárcena, MarisolFavor

108 Haydee Vega Olivas, Nadia HaydeeAusente

109 Velázquez Valdez, BrendaAbstención

Favor: 83

Contra: 1

Abstención: 2

Quorum: 0

Ausentes: 23

Total: 109

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

1 Acosta Naranjo, GuadalupeAusente

2 Alanis Pedraza, Angel IIFavor

3 Aragón Castillo, HortensiaFavor

4 Arguijo Herrera, Tania VictoriaFavor

5 Barón Ortiz, Natalia KarinaFavor

6 Barrientos Ríos, Ricardo ÁngelFavor

7 Basave Benítez, Agustín Francisco de AsísContra

8 Beltrán Reyes, María LuisaFavor

9 Bocanegra Ruiz, ElioFavor

10 Briones Pérez, Erika IrazemaFavor

11 Calderón Torreblanca, FidelContra

12 Carrera Hernández, Ana LeticiaFavor

13 Castelán Mondragón, María ElidaFavor

14 Catalán Padilla, OlgaFavor

15 Contreras Julián, MaricelaFavor

16 Cruz Molina, Eva FlorindaFavor

17 Estefan Garfias, José AntonioAusente

18 Fernández González, WaldoFavor

19 Ferrer Abalos, ÓscarFavor

20 Flores Sonduk, LluviaFavor

21 García Bravo, María Cristina TeresaFavor

22 García Calderón, David GersonFavor

23 García Chávez, Héctor JavierAusente

24 Gaytán Hernández, Cristina IsmeneAusente

25 Hernández Alcalá, José GuadalupeFavor

26 Hernández Mirón, CarlosAusente

27 Hernández Soriano, RafaelFavor

28 Hurtado Arana, KarenFavor

29 Jiménez Rumbo, DavidAusente

30 Juárez Blanquet, ErikFavor

31 López Sánchez, SergioAusente

32 Madrigal Sánchez, AraceliAusente

33 Maldonado Venegas, LuisFavor

34 Martínez Neri, FranciscoFavor

35 Martínez Olguin, NicanorAusente

36 Martínez Soto, Norberto AntonioAusente

37 Martínez Urincho, AlbertoAusente

38 Meza Guzmán, Lucia VirginiaFavor

39 Nava Palacios, Francisco XavierFavor

40 Octaviano Félix, TomásFavor

41 Ojeda Anguiano, Jerónimo AlejandroFavor

42 Ordoñez Hernández, DanielAusente

43 Ortega Álvarez, OmarAusente

44 Parra Álvarez, EvelynAusente

45 Peralta Grappin, HéctorAusente

46 Pool Pech, Isaura IvanovaFavor

47 Pérez Alvarado, CandelarioAusente

48 Ramírez Peralta, Karen OrneyAusente

49 Reyes Álvarez, FelipeAusente

50 Rubio Quiroz, Juan FernandoFavor

51 Saldaña Morán, JulioFavor

52 Santana Alfaro, ArturoFavor

53 Santiago López, JoséFavor

54 Saucedo Reyes, AraceliFavor

55 Soto Espino, ArmandoAusente

56 Soto González, Cecilia GuadalupeAusente

57 Valencia Guzmán, Jesús SalvadorAusente

58 Valera Fuentes, Diego ValenteAusente

59 Valdes Ramírez, María ConcepciónFavor

60 Wences Real, VictorianoAusente

61 Zambrano Grijalva, José de JesúsFavor

Favor: 36

Contra: 2

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 23

Total: 61

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

1 Álvarez Angli, ArturoAusente

2 Álvarez López, JorgeFavor

3 Álvarez Piñones, Rosa AliciaFavor

4 Arévalo González, José AntonioAusente

5 Arzaluz Alonso, Alma LucíaAusente

6 Avendaño Bermúdez, Luis IgnacioAusente

7 Ávila Serna, MaríaAusente

8 Bernardino Vargas, Omar NoéAusente

9 Canales Suárez, PalomaFavor

10 Canavati Tafich, Jesús RicardoFavor

11 Celis Aguirre, Juan ManuelAusente

12 Corona Valdés, LorenaFavor

13 Couttolenc Buentello, José AlbertoFavor

14 Cuenca Ayala, Sharon María TeresaFavor

15 De León Villard, Sasil Dora LuzFavor

16 De los Santos Torres, DanielaFavor

17 Fernández del Valle Laisequilla, AndrésFavor

18 Flores Carranza, Evelyng SorayaFavor

19 Galindo Rosas, José de JesúsFavor

20 Gaxiola Lezama, JorginaFavor

21 González Torres, SofíaAusente

22 Guevarra Jiménez, Yaret AdrianaFavor

23 Guirao Aguilar, Leonardo RafaelFavor

24 Herrera Borunda, Javier OctavioFavor

25 Izquierdo Rojas, Jesús GerardoFavor

26 Limón García, LiaFavor

27 Machuca Sánchez, MarioAusente

28 Márquez Alvarado, Cesáreo JorgeFavor

29 Mendoza Amezcua, VirgilioFavor

30 Ochoa Rojas, CándidoFavor

31 Salazar Farías, Emilio EnriqueFavor

32 Sandoval Rodríguez, José RefugioFavor

33 Sarur Torre, AdrianaFavor

34 Sedas Castro, Miguel ÁngelFavor

35 Sesma Suárez, JesúsAusente

36 Spinoso Carrera, EdgarAusente

37 Toledo Aceves, WendolinFavor

38 Torres Rivas, Francisco AlbertoFavor

39 Villanueva Huerta, ClaudiaFavor

40 Zamora Morlet, EnriqueAusente

Favor: 28

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 12

Total: 40

MOVIMIENTO REGENERACIÓN NACIONAL

1 Abdala Dartigues, RodrigoContra

2 Aceves Pastrana, Patricia ElenaContra

3 Alva y Alva, MiguelContra

4 Álvarez López, Jesús EmilianoContra

5 Barrientos Pantoja, AliciaContra

6 Basurto Román, AlfredoContra

7 Caballero Pedraza, Virgilio DanteContra

8 Cañedo Jiménez, Roberto AlejandroContra

9 Cárdenas Mariscal, María AntoniaContra

10 Castro Vázquez, RogerioContra

11 Chávez García, MaríaContra

12 Cuata Domínguez, Blanca MargaritaAusente

13 Damián González, AraceliContra

14 Esquivel Valdés, Laura BeatrizContra

15 Falcón Venegas, Sandra LuzContra

16 Fuentes Alonso, ModestaContra

17 Gálico Félix Díaz, Sara PaolaContra

18 García Jiménez, CuitláhuacContra

19 Godoy Ramos, ErnestinaContra

20 Guzmán Jacobo, RobertoContra

21 Hernández Colín, Norma XochitlContra

22 Hernández Correa, GuadalupeContra

23 Hernández de la Piedra, Ángel AntonioContra

24 Juárez Rodríguez, Mario ArielAusente

25 Llerenas Morales, VidalContra

26 Lomelí Bolaños, CarlosAusente

27 López López, Irma RebecaContra

28 Molina Arias, Renato JosafatContra

29 Montiel Reyes, AriadnaContra

30 Moreno Vega, MagdalenaContra

31 Nahle García, Norma RocíoContra

32 Ojeda Aquino, ElíasContra

33 Ramos Ramírez, BlandinaContra

34 Romero Tenorio, JuanContra

35 Santiago Rodríguez, Guillermo RafaelContra

36 Serrano Lora, JesúsContra

37 Trejo Flores, MarianaContra

38 Villa González, ConcepciónContra

Favor: 0

Contra: 35

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 38

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Álvarez Maynez, JorgeAbstención

2 Cárdenas Gutiérrez, Gustavo AdolfoContra

3 Castañeda Hoeflich, José ClementeContra

4 Cervera García, RenéContra

5 Corichi García, Claudia SofíaContra

6 Delgadillo García, VerónicaContra

7 Flores Gómez, MirzaContra

8 Garzón Canchola, Refugio TrinidadFavor

9 Hauffen Torres, Angie DennisseAusente

10 Martínez García, JonadabContra

11 Mercado Sánchez, María VictoriaContra

12 Munguía González, Luis ErnestoContra

13 Ochoa Avalos, María CandelariaAusente

14 Orantes López, María ElenaContra

15 Pérez Utrera, AdánContra

16 Ralis Cumplido, Germán ErnestoFavor

17 Ramírez Nachis, Rosa AlbaContra

18 Sánchez Orozco, Víctor ManuelContra

19 Tamez Guajardo, Macedonio SalomónContra

20 Toledo Ibarra, MarbellaContra

21 Zamora Zamora, SalvadorContra

Favor: 2

Contra: 16

Abstención: 1

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 21

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Campa Amaral, Carmen VictoriaFavor

2 García Yáñez, ÁngelAusente

3 Gutiérrez García, CarlosFavor

4 Hernández León, Luis ManuelFavor

5 Méndez Salas, Jesús RafaelFavor

6 Ocampo Bedolla, María EugeniaFavor

7 Pinto Torres, Francisco JavierAusente

8 Reyes Ávila, AngélicaFavor

9 Saldivar Paz, Mirna IsabelFavor

10 Sánchez Ruiz, KarinaAusente

11 Valles Mendoza, Luis AlfredoFavor

Favor: 8

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 11

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

1 Escobedo Miramontes, Justo FedericoAusente

2 Ferreiro Velazco, José AlfredoAusente

3 García Soberanes, Cynthia GisselFavor

4 González Murillo, AlejandroFavor

5 Guízar Valladares, GonzaloFavor

6 Martínez Guzmán, Norma EdithFavor

7 Perea Santos, Ana GuadalupeFavor

8 Pineda Morín, AbdiesFavor

9 Torres Sandoval, MelissaAusente

Favor: 6

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 9

DIPUTADOS INDEPENDIENTES

1 Clouthier Carrillo, Manuel JesúsAbstención

Favor: 0

Contra: 0

Abstención: 1

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 1

DIPUTADOS SIN PARTIDO

1 Espino Barrientos, Manuel de JesúsContra

Favor: 0

Contra: 1

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 1

Dictamen de la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se reforman los incisos w) y x), y se adiciona el y) a la fracción II del artículo 7; y se deroga la fracción II del artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera (en lo general y en lo particular)

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Abdala Carmona, YahleelFavor

2 Abdala Saad, Antonio TarekAusente

3 Abramo Masso, YericoAusente

4 Aguilar Robles, DavidFavor

5 Aguilar Yunes, Marco AntonioFavor

6 Aguirre Chávez, Marco PoloFavor

7 Aguirre Romero, AndrésFavor

8 Alcántara Rojas, María GuadalupeFavor

9 Almanza Monroy, FidelFavor

10 Alpízar Carrillo, Lucely del Perpetuo SocorroFavor

11 Álvarez Ortiz, Héctor JavierAusente

12 Amaro Cancino, AntonioFavor

13 Anaya Mota, Claudia EdithAbstención

14 Anaya Orozco, AlfredoFavor

15 Antelo Esper, BernardinoFavor

16 Arcos Velázquez, Montserrat AliciaFavor

17 Arellano Núñez, EfraínFavor

18 Armenta Mier, AlejandroAusente

19 Arroyo Bello, Erika LorenaFavor

20 Barragán Amador, CarlosFavor

21 Barrientos Cano, Laura MitziFavor

22 Basáñez García, PabloFavor

23 Bañales Arámbula, RamónAusente

24 Bedolla López, PabloFavor

25 Bejos Nicolás, AlfredoFavor

26 Beltrones Sánchez, SylvanaFavor

27 Benítez Tiburcio, MarianaAusente

28 Bernal Casique, IvethFavor

29 Borunda Espinoza, BrendaAusente

30 Botello Santibáñez, María BárbaraAusente

31 Bugarín Rodríguez, Jasmine MaríaFavor

32 Cabrera Ruiz, José HugoFavor

33 Camacho Quiroz, César OctavioFavor

34 Camargo Félix, María Esther GuadalupeAusente

35 Canales Najjar, Tristán ManuelAusente

36 Carvallo Delfín, Jorge AlejandroFavor

37 Casillas Zanatta, GabrielFavor

38 Castillo Martínez, EdgarAusente

39 Cavazos Balderas, Juan ManuelFavor

40 Cavazos Cavazos, Juana AuroraFavor

41 Ceja García, XitlalicFavor

42 Cervera Hernández, FelipeFavor

43 Chacón Morales, Samuel AlexisFavor

44 Chávez Acosta, Rosa GuadalupeFavor

45 Cházaro Montalvo, Oswaldo GuillermoFavor

46 Coheto Martínez, Vitalico CándidoAusente

47 Córdova Hernández, José del PilarFavor

48 Córdova Morán, Hersilia Onfalia AdaminaFavor

49 Corella Platt, SusanaFavor

50 Coronado Ayarzagoitia, Pedro LuisFavor

51 Covarrubias Anaya, Martha LorenaAusente

52 Cristopulos Ríos, Héctor UlisesAusente

53 Cruz Campos, VictorinoFavor

54 Dávalos Elizondo, Edna IleanaFavor

55 Dávila Flores, Jorge EnriqueFavor

56 De León Maza, Sofía del SagrarioFavor

57 Díaz Montoya, RocíoAusente

58 Domínguez Domínguez, César AlejandroFavor

59 Domínguez Rex, RaúlFavor

60 Elizondo García, PabloAusente

61 Escobar Manjarrez, GermánFavor

62 Escobedo Villegas, FranciscoFavor

63 Esquivel Hernández, Olga MaríaAusente

64 Estefan Chidiac, Charbel JorgeAusente

65 Etcheverry Aranda, AzulAusente

66 Fernández Márquez, JulietaFavor

67 Félix Niebla, Gloria HimeldaFavor

68 Gaeta Esparza, Hugo DanielFavor

69 Gamboa Martínez, Alicia GuadalupeAusente

70 Gamboa Miner, PabloFavor

71 Gárate Valenzuela, Paola IvethFavor

72 García Ayala, Marco AntonioAusente

73 García Barrón, ÓscarAusente

74 García Carreón, TelésforoAusente

75 García Navarro, OtnielAusente

76 García Portilla, Ricardo DavidFavor

77 Garza Herrera, SantosFavor

78 Giorgana Jiménez, Víctor ManuelFavor

79 González Calderón, Martha HildaAusente

80 González Salas y Petricioli, María MarcelaFavor

81 González Salum, Miguel ÁngelFavor

82 Guerra Urbiola, Braulio MarioFavor

83 Guerrero Aguilar, FabiolaFavor

84 Guerrero Coronado, DeliaFavor

85 Guerrero Esquivel, AraceliFavor

86 Guevara Cobos, Luis AlejandroFavor

87 Guillén Vicente, Mercedes del CarmenFavor

88 Gutiérrez Ramírez, Virginia NallelyAusente

89 Guzmán Lagunes, Noemí ZoilaFavor

90 Guzmán Vázquez, Laura ValeriaFavor

91 Hernández Madrid, María GloriaFavor

92 Hinojosa Ochoa, Baltazar ManuelAusente

93 Ibarra Hinojosa, ÁlvaroFavor

94 Ibarra Otero, Próspero ManuelFavor

95 Ibarra Rangel, Miriam DennisFavor

96 Iriarte Mercado, CarlosAusente

97 Ixtlahuac Orihuela, Juan AntonioFavor

98 Jackson Ramírez, Jesús EnriqueFavor

99 Jiménez Jiménez, Flor ÁngelFavor

100 Juraidini Villaseñor, AlejandroFavor

101 Lagos Hernández, Erick AlejandroFavor

102 Le Baron González, AlexAusente

103 Leyva García, Leydi FabiolaFavor

104 López Gutiérrez, David EpifanioFavor

105 López Velasco, Edith YolandaFavor

106 Luna Canales, ArmandoFavor

107 Luna Munguía, Alma LiliaFavor

108 Madrigal Méndez, Liliana IvetteFavor

109 Majul González, SalomónFavor

110 Maya Pineda, María IsabelFavor

111 Mazari Espín, RosalinaFavor

112 Medrano Quezada, BenjamínFavor

113 Meléndez Ortega, Juan AntonioFavor

114 Melhem Salinas, EdgardoAusente

115 Méndez Bazán, Virgilio DanielFavor

116 Méndez Hernández, SandraAusente

117 Mercado Ruiz, DavidFavor

118 Moctezuma Pereda, Fernando QuetzalcóatlFavor

119 Moguel Manzur, Zacil LeonorFavor

120 Mólgora Glover, ArletAusente

121 Mondragón Orozco, María AngélicaFavor

122 Monroy del Mazo, CarolinaFavor

123 Montoya Díaz, Tomás RobertoFavor

124 Mota Hernández, AdolfoFavor

125 Murrieta Gutiérrez, AbelFavor

126 Muñoz Parra, María VerónicaFavor

127 Muñoz Sánchez, RosalindaFavor

128 Navarrete Pérez, FernandoFavor

129 Nazar Morales, JuliánFavor

130 Nazario Morales, MatíasFavor

131 Noble Monterrubio, Pedro LuisFavor

132 Orantes López, Hernán de JesúsFavor

133 Oropeza Olguín, Nora LilianaFavor

134 Orozco Sánchez Aldana, José LuisFavor

135 Ortiz Lanz, Adriana del PilarFavor

136 Osorno Belmont, SusanaFavor

137 Palomares Ramírez, Elvia GracielaAusente

138 Pichardo Lechuga, José IgnacioFavor

139 Pinete Vargas, María del CarmenAusente

140 Plascencia Pacheco, Laura NereidaFavor

141 Plata Inzunza, EvelioFavor

142 Ponce Beltrán, Esthela de JesúsFavor

143 Quinto Guillén, Carlos FedericoFavor

144 Quiñones Cornejo, María de la PazFavor

145 Rafael Rubio, ÁlvaroFavor

146 Ramírez Marín, Jorge CarlosFavor

147 Ramírez Nieto, RicardoFavor

148 Ramírez Ponce, Miguel AngelFavor

149 Real Salinas, Dora ElenaFavor

150 Rebollo Mendoza, María del RocíoFavor

151 Rentería Medina, Flor EstelaFavor

152 Rivera Carbajal, SilviaFavor

153 Rivera Sosa, José LorenzoFavor

154 Rocha Aguilar, YulmaFavor

155 Rodríguez Hernández, Erika AraceliFavor

156 Rojas Orozco, EnriqueFavor

157 Rojas San Román, Francisco LauroAusente

158 Romero Vega, EsdrasFavor

159 Romo García, EdgarFavor

160 Rosales Reyes, Salomón FernandoFavor

161 Rosas Cuautle, FabiolaFavor

162 Ruíz Chávez, Sara LatifeFavor

163 Sáenz Soto, José LuisFavor

164 Salazar Espinosa, HeidiFavor

165 Salazar Muciño, Pedro AlbertoFavor

166 Salinas Lozano, CarmenAusente

167 Sánchez Arredondo, Nancy GuadalupeFavor

168 Sánchez Coronel, CristinaFavor

169 Sánchez Isidoro, DavidAusente

170 Sánchez Sánchez, Christian JoaquínAusente

171 Sandoval Martínez, María SoledadAusente

172 Santillán Oceguera, Francisco JavierFavor

173 Sarabia Camacho, CarlosFavor

174 Saracho Navarro, FranciscoFavor

175 Scherman Leaño, María Esther de JesúsFavor

176 Serrano Hernández, MaricelaAusente

177 Silva Ramos, AlbertoFavor

178 Silva Tejeda, Víctor ManuelFavor

179 Sobreyra Santos, María MonserrathFavor

180 Sulub Caamal, Miguel ÁngelFavor

181 Taja Ramírez, RicardoFavor

182 Tamayo Morales, Martha SofíaFavor

183 Tannos Cruz, YarithAusente

184 Terrazas Porras, AdrianaAusente

185 Tiscareño Agoitia, Ruth NoemíFavor

186 Toledo Medina, José LuisAusente

187 Torres Cantú, DanielAusente

188 Torres Huitrón, José AlfredoFavor

189 Trujillo Zentella, GeorginaFavor

190 Uriarte Zazueta, FernandoFavor

191 Valencia García, ÓscarFavor

192 Vallejo Barragán, ManuelFavor

193 Vargas Rodríguez, Federico EugenioAusente

194 Vidal Aguilar, LiborioFavor

195 Viggiano Austria, Alma CarolinaFavor

196 Villa Ramírez, TimoteoFavor

197 Villa Trujillo, EdithFavor

198 Villagómez Guerrero, RamónFavor

199 Vázquez Guerrero, Luis FelipeFavor

200 Vélez Núñez, BeatrizFavor

201 Yerena Zambrano, RafaelAusente

202 Zapata Lucero, Ana GeorginaFavor

203 Zepahua García, LillianFavor

204 Zúñiga Mendoza, J. JesúsFavor

Favor: 157

Contra: 0

Abstención: 1

Quorum: 0

Ausentes: 46

Total: 204

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

1 Aguilar López, María MercedesAusente

2 Agundis Estrada, María VerónicaFavor

3 Alejo Domínguez, HugoFavor

4 Alemán Olvera, Emma MargaritaFavor

5 Alfaro García, Lorena del CarmenFavor

6 Amparano Gámez, LeticiaFavor

7 Antero Valle, Luis FernandoFavor

8 Arámbula Meléndez, MarianaFavor

9 Barraza López, José TeodoroAusente

10 Barrera Marmolejo, HéctorFavor

11 Bello Otero, CarlosFavor

12 Bermúdez Méndez, José ErandiAusente

13 Blanco Zaldívar, Juan AlbertoFavor

14 Bolaños Aguilar, Edmundo JavierFavor

15 Bolio Pinelo, Kathia MaríaFavor

16 Cambranis Torres, EnriqueFavor

17 Casillas Gutiérrez, J. ApolinarFavor

18 Castañón Herrera, EukidAusente

19 Romero Castillo, María Guadalupe CeciliaFavor

20 Chavarrías Barajas, EloisaAusente

21 Cordero Lerma, Leonel GerardoFavor

22 Corona Rodríguez, Ariel EnriqueFavor

23 Corral Estrada, HerminioFavor

24 Corral Mier, JuanFavor

25 Cortés Berumen, José HernánFavor

26 Cortés Lugo, Román FranciscoAusente

27 Cortés Mendoza, Marko AntonioFavor

28 Cruz Blackledge, Gina AndreaFavor

29 Cuanalo Santos, Gerardo GabrielFavor

30 Culin Jaime, GretelFavor

31 De la Fuente Flores, Carlos AlbertoFavor

32 Del Rivero Martínez, RicardoFavor

33 Díaz Mena, Joaquín JesúsFavor

34 Döring Casar, FedericoAusente

35 Elizarraraz Sandoval, AdrianaFavor

36 Enríquez Vanderkam, Mayra AngélicaAusente

37 Flores Sosa, CésarFavor

38 Gama Basarte, Marco AntonioFavor

39 García Escobar, Lilia ArmindaFavor

40 García García, PatriciaAusente

41 García López, José MáximoFavor

42 García Pérez, MaríaFavor

43 Garrido Muñoz, Rubén AlejandroFavor

44 Garza Treviño, PedroFavor

45 Gómez Olivier, Sergio EmilioAusente

46 González Ceceña, ExaltaciónFavor

47 González Navarro, José AdriánContra

48 González Suástegui, GuadalupeFavor

49 Gutiérrez Campos, AlejandraFavor

50 Gutiérrez de Velasco Urtaza, Francisco JoséFavor

51 Hernández Ramos, MinervaFavor

52 Huepa Pérez, Miguel ÁngelFavor

53 Huerta Villegas, GenovevaAusente

54 Ibarra Montoya, Víctor ErnestoFavor

55 Iñiguez Mejía, Elías OctavioFavor

56 Jiménez Márquez, Martha CristinaFavor

57 Lizárraga Figueroa, Teresa de JesúsFavor

58 López Córdova, José EverardoFavor

59 López Martín, JorgeAusente

60 López Rodríguez, Jesús AntonioFavor

61 Mandujano Tinajero, RenéFavor

62 Márquez Zapata, Nelly del CarmenFavor

63 Marrón Agustín, Luis GilbertoAusente

64 Martínez Montemayor, BaltazarAusente

65 Martínez Santos, WenceslaoFavor

66 Martínez Sánchez, Luis de LeónFavor

67 Matesanz Santamaría, RocíoFavor

68 Mesta Soule, Luis FernandoFavor

69 Moya Marín, AngélicaFavor

70 Muñoz Cervantes, Arlette IvetteFavor

71 Murguía Gutiérrez, María GuadalupeFavor

72 Nava Mouett, JacquelineFavor

73 Neblina Vega, Javier AntonioAusente

74 Osuna Carranco, Karla KarinaFavor

75 Ovando Reazola, JanetteAusente

76 Padilla Avila, KarinaFavor

77 Paes Martínez, JiselaContra

78 Palomeque Archila, Carlos AlbertoFavor

79 Paniagua Figueroa, Luz ArgeliaFavor

80 Piña Kurczyn, Juan PabloFavor

81 Ramírez Núñez, UlisesAusente

82 Ramírez Ramos, GabrielaAusente

83 Ramos Hernández, JorgeAusente

84 Rendón García, César AugustoFavor

85 Reynoso Sánchez, Alejandra NoemíFavor

86 Rivera Castillejos, Armando AlejandroAusente

87 Rodríguez Aguirre, María de los ÁngelesFavor

88 Rodríguez Dávila, Alfredo JavierFavor

89 Rodríguez Rubio, María del RosarioFavor

90 Rodríguez Torres, Luis AgustínFavor

91 Ruiz García, Juan CarlosFavor

92 Salas Díaz, Gerardo FedericoFavor

93 Salas Valencia, José AntonioFavor

94 Salim Alle, Miguel ÁngelFavor

95 Sánchez Carrillo, PatriciaFavor

96 Sánchez Juárez, ClaudiaFavor

97 Sánchez Meza, María LuisaFavor

98 Schemelensky Castro, Ingrid KrasopaniAusente

99 Sheffield Padilla, Francisco RicardoAusente

100 Taboada Cortina, SantiagoAusente

101 Talavera Hernández, María EloísaFavor

102 Tamariz García, XimenaFavor

103 Torreblanca Engell, SantiagoFavor

104 Triana Tena, JorgeFavor

105 Valenzuela Armas, RafaelAusente

106 Valles Olvera, Elva LidiaAusente

107 Vargas Bárcena, MarisolFavor

108 Haydee Vega Olivas, Nadia HaydeeAusente

109 Velázquez Valdez, BrendaAbstención

Favor: 80

Contra: 2

Abstención: 1

Quorum: 0

Ausentes: 26

Total: 109

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

1 Acosta Naranjo, GuadalupeAusente

2 Alanis Pedraza, Angel IIContra

3 Aragón Castillo, HortensiaContra

4 Arguijo Herrera, Tania VictoriaContra

5 Barón Ortiz, Natalia KarinaContra

6 Barrientos Ríos, Ricardo ÁngelContra

7 Basave Benítez, Agustín Francisco de AsísContra

8 Beltrán Reyes, María LuisaContra

9 Bocanegra Ruiz, ElioAusente

10 Briones Pérez, Erika IrazemaContra

11 Calderón Torreblanca, FidelContra

12 Carrera Hernández, Ana LeticiaContra

13 Castelán Mondragón, María ElidaContra

14 Catalán Padilla, OlgaContra

15 Contreras Julián, MaricelaContra

16 Cruz Molina, Eva FlorindaContra

17 Estefan Garfias, José AntonioAusente

18 Fernández González, WaldoFavor

19 Ferrer Abalos, ÓscarFavor

20 Flores Sonduk, LluviaContra

21 García Bravo, María Cristina TeresaContra

22 García Calderón, David GersonContra

23 García Chávez, Héctor JavierAusente

24 Gaytán Hernández, Cristina IsmeneContra

25 Hernández Alcalá, José GuadalupeContra

26 Hernández Mirón, CarlosAusente

27 Hernández Soriano, RafaelContra

28 Hurtado Arana, KarenContra

29 Jiménez Rumbo, DavidAusente

30 Juárez Blanquet, ErikContra

31 López Sánchez, SergioAusente

32 Madrigal Sánchez, AraceliAusente

33 Maldonado Venegas, LuisAusente

34 Martínez Neri, FranciscoContra

35 Martínez Olguin, NicanorAusente

36 Martínez Soto, Norberto AntonioAusente

37 Martínez Urincho, AlbertoAusente

38 Meza Guzmán, Lucia VirginiaAusente

39 Nava Palacios, Francisco XavierContra

40 Octaviano Félix, TomásContra

41 Ojeda Anguiano, Jerónimo AlejandroContra

42 Ordoñez Hernández, DanielAusente

43 Ortega Álvarez, OmarAusente

44 Parra Álvarez, EvelynAusente

45 Peralta Grappin, HéctorAusente

46 Pool Pech, Isaura IvanovaContra

47 Pérez Alvarado, CandelarioAusente

48 Ramírez Peralta, Karen OrneyAusente

49 Reyes Álvarez, FelipeAusente

50 Rubio Quiroz, Juan FernandoAusente

51 Saldaña Morán, JulioContra

52 Santana Alfaro, ArturoContra

53 Santiago López, JoséContra

54 Saucedo Reyes, AraceliContra

55 Soto Espino, ArmandoAusente

56 Soto González, Cecilia GuadalupeContra

57 Valencia Guzmán, Jesús SalvadorAusente

58 Valera Fuentes, Diego ValenteAusente

59 Valdes Ramírez, María ConcepciónContra

60 Wences Real, VictorianoAusente

61 Zambrano Grijalva, José de JesúsContra

Favor: 2

Contra: 34

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 25

Total: 61

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

1 Álvarez Angli, ArturoAusente

2 Álvarez López, JorgeFavor

3 Álvarez Piñones, Rosa AliciaFavor

4 Arévalo González, José AntonioAusente

5 Arzaluz Alonso, Alma LucíaAusente

6 Avendaño Bermúdez, Luis IgnacioAusente

7 Ávila Serna, MaríaAusente

8 Bernardino Vargas, Omar NoéAusente

9 Canales Suárez, PalomaFavor

10 Canavati Tafich, Jesús RicardoFavor

11 Celis Aguirre, Juan ManuelAusente

12 Corona Valdés, LorenaFavor

13 Couttolenc Buentello, José AlbertoAusente

14 Cuenca Ayala, Sharon María TeresaFavor

15 De León Villard, Sasil Dora LuzFavor

16 De los Santos Torres, DanielaFavor

17 Fernández del Valle Laisequilla, AndrésFavor

18 Flores Carranza, Evelyng SorayaFavor

19 Galindo Rosas, José de JesúsFavor

20 Gaxiola Lezama, JorginaFavor

21 González Torres, SofíaAusente

22 Guevarra Jiménez, Yaret AdrianaFavor

23 Guirao Aguilar, Leonardo RafaelFavor

24 Herrera Borunda, Javier OctavioFavor

25 Izquierdo Rojas, Jesús GerardoFavor

26 Limón García, LiaFavor

27 Machuca Sánchez, MarioAusente

28 Márquez Alvarado, Cesáreo JorgeFavor

29 Mendoza Amezcua, VirgilioFavor

30 Ochoa Rojas, CándidoFavor

31 Salazar Farías, Emilio EnriqueFavor

32 Sandoval Rodríguez, José RefugioAusente

33 Sarur Torre, AdrianaAusente

34 Sedas Castro, Miguel ÁngelFavor

35 Sesma Suárez, JesúsAusente

36 Spinoso Carrera, EdgarAusente

37 Toledo Aceves, WendolinFavor

38 Torres Rivas, Francisco AlbertoFavor

39 Villanueva Huerta, ClaudiaFavor

40 Zamora Morlet, EnriqueAusente

Favor: 25

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 15

Total: 40

MOVIMIENTO REGENERACIÓN NACIONAL

1 Abdala Dartigues, RodrigoContra

2 Aceves Pastrana, Patricia ElenaContra

3 Alva y Alva, MiguelContra

4 Álvarez López, Jesús EmilianoContra

5 Barrientos Pantoja, AliciaContra

6 Basurto Román, AlfredoContra

7 Caballero Pedraza, Virgilio DanteContra

8 Cañedo Jiménez, Roberto AlejandroContra

9 Cárdenas Mariscal, María AntoniaContra

10 Castro Vázquez, RogerioContra

11 Chávez García, MaríaContra

12 Cuata Domínguez, Blanca MargaritaAusente

13 Damián González, AraceliContra

14 Esquivel Valdés, Laura BeatrizContra

15 Falcón Venegas, Sandra LuzAusente

16 Fuentes Alonso, ModestaContra

17 Gálico Félix Díaz, Sara PaolaContra

18 García Jiménez, CuitláhuacAusente

19 Godoy Ramos, ErnestinaContra

20 Guzmán Jacobo, RobertoContra

21 Hernández Colín, Norma XochitlContra

22 Hernández Correa, GuadalupeContra

23 Hernández de la Piedra, Ángel AntonioContra

24 Juárez Rodríguez, Mario ArielAusente

25 Llerenas Morales, VidalContra

26 Lomelí Bolaños, CarlosAusente

27 López López, Irma RebecaContra

28 Molina Arias, Renato JosafatContra

29 Montiel Reyes, AriadnaContra

30 Moreno Vega, MagdalenaAusente

31 Nahle García, Norma RocíoContra

32 Ojeda Aquino, ElíasContra

33 Ramos Ramírez, BlandinaContra

34 Romero Tenorio, JuanAusente

35 Santiago Rodríguez, Guillermo RafaelContra

36 Serrano Lora, JesúsAusente

37 Trejo Flores, MarianaContra

38 Villa González, ConcepciónContra

Favor: 0

Contra: 30

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 8

Total: 38

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Álvarez Maynez, JorgeContra

2 Cárdenas Gutiérrez, Gustavo AdolfoContra

3 Castañeda Hoeflich, José ClementeContra

4 Cervera García, RenéContra

5 Corichi García, Claudia SofíaContra

6 Delgadillo García, VerónicaContra

7 Flores Gómez, MirzaContra

8 Garzón Canchola, Refugio TrinidadFavor

9 Hauffen Torres, Angie DennisseAusente

10 Martínez García, JonadabContra

11 Mercado Sánchez, María VictoriaContra

12 Munguía González, Luis ErnestoContra

13 Ochoa Avalos, María CandelariaAusente

14 Orantes López, María ElenaAusente

15 Pérez Utrera, AdánContra

16 Ralis Cumplido, Germán ErnestoContra

17 Ramírez Nachis, Rosa AlbaContra

18 Sánchez Orozco, Víctor ManuelContra

19 Tamez Guajardo, Macedonio SalomónContra

20 Toledo Ibarra, MarbellaContra

21 Zamora Zamora, SalvadorContra

Favor: 1

Contra: 17

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 21

PARTIDO NUEVA ALIANZA

1 Campa Amaral, Carmen VictoriaFavor

2 García Yáñez, ÁngelAusente

3 Gutiérrez García, CarlosFavor

4 Hernández León, Luis ManuelFavor

5 Méndez Salas, Jesús RafaelFavor

6 Ocampo Bedolla, María EugeniaFavor

7 Pinto Torres, Francisco JavierFavor

8 Reyes Ávila, AngélicaFavor

9 Saldivar Paz, Mirna IsabelFavor

10 Sánchez Ruiz, KarinaAusente

11 Valles Mendoza, Luis AlfredoFavor

Favor: 9

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 11

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

1 Escobedo Miramontes, Justo FedericoAusente

2 Ferreiro Velazco, José AlfredoAusente

3 García Soberanes, Cynthia GisselFavor

4 González Murillo, AlejandroFavor

5 Guízar Valladares, GonzaloFavor

6 Martínez Guzmán, Norma EdithFavor

7 Perea Santos, Ana GuadalupeFavor

8 Pineda Morín, AbdiesFavor

9 Torres Sandoval, MelissaAusente

Favor: 6

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 9

DIPUTADOS INDEPENDIENTES

1 Clouthier Carrillo, Manuel JesúsAusente

Favor: 0

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 1

DIPUTADOS SIN PARTIDO

1 Espino Barrientos, Manuel de JesúsAusente

Favor: 0

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 1